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C C S

Consultoría en Capacitación

y Servicios

COMISIONES DE

SEGURIDAD E HIGIENE NOM-019-STPS-2011

Ponente: Lic. Moisés Arenas Cabrera.

SEGURIDAD E HIGIENE

Son los procedimientos, técnicas y elementos que se

aplican en los centros de trabajo, para el

reconocimiento, evaluación y control de los agentes

nocivos que intervienen en los procesos y

actividades de trabajo, con el objeto de establecer

medidas y acciones para la prevención de

accidentes o enfermedades de trabajo, a fin de

conservar la vida, salud e integridad física de los

trabajadores, así como evitar cualquier posible

deterioro al propio centro de trabajo.

MARCO LEGAL

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS,

ARTÍCULO 123. APARTADO "A”

FRACCIÓN XV: "El patrón estará obligado a observar, de acuerdo con la naturaleza de su negociación, los preceptos legales sobre higiene y seguridad en las instalaciones de su establecimiento, y a adoptar las medidas adecuadas para prevenir accidentes en el uso de las máquinas, instrumentos y materiales de trabajo, así como a organizar de tal manera éste, que resulte la mayor garantía para la salud y la vida de los trabajadores, y del producto de la concepción, cuando se trate de mujeres embarazadas. Las leyes contendrán al efecto, las sanciones procedentes en cada caso“;

ART. 132 SON OBLIGACIONES DE LOS PATRONES:

FRACC.XVII. Cumplir las disposiciones de seguridad e higiene

que fijen las leyes y los reglamentos para prevenir los accidentes y

enfermedades en los centros de trabajo y en general en los lugares

en que se deban ejecutarse las labores y disponer en todo tiempo de

los medicamentos y materiales de curación indispensables que

señalen los instructivos que se expidan, para que se presten

oportuna y eficazmente los primeros auxilios, debiendo dar desde

luego aviso a la autoridad competente de cada accidente que ocurra.

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

ARTÍCULO 509: "En cada empresa o

establecimiento se organizarán las

Comisiones de Seguridad e Higiene

que se juzgue necesarias, compuestas

por igual número de representantes de

los trabajadores y del patrón, para

investigar las causas de los accidentes y

enfermedades, proponer medidas para

prevenirlos y vigilar que se cumplan".

ARTÍCULO 510: "Las Comisiones a

que se refiere el artículo anterior serán

desempeñadas gratuitamente dentro de

las horas de trabajo".

ARTÍCULO 123: "La Secretaría, con el auxilio de las autoridades del trabajo de las

entidades federativas y del Distrito Federal, así como con la participación de los

patrones, de los trabajadores o sus representantes, promoverá la integración y

funcionamiento de las Comisiones de Seguridad e Higiene en los centros de

trabajo".

ARTÍCULO 124: La Secretaría determinará la organización de las comisiones de

seguridad e higiene, a través de la Norma correspondiente, la cual precisará las

características y modalidades para su constitución y funcionamiento, de acuerdo a

los criterios para determinar el tipo y escala de los centros de trabajo, en los

términos de lo dispuesto por el artículo 7º del Reglamento. (Rama industrial,

comercial o de servicios, Grado de riesgo, Ubicación geográfica y Número de

trabajadores).

ARTICULO 125: Las comisiones de seguridad e higiene deberán constituirse en un

plazo no mayor de treinta días a partir de la fecha de iniciación de las actividades

en la empresa o establecimiento, y será responsabilidad del patrón registrarlas ante

la Secretaría, en los casos que determine la Norma respectiva.

REGLAMENTO FEDERAL DE SEGURIDAD, HIGIENE Y

MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO

NOM-019-STPS-2011

5. Obligaciones del patrón:

5.1 Constituir e integrar al menos una comisión

en el centro de trabajo, de conformidad con lo

dispuesto en el Capítulo 7 de la presente

Norma.

5.2 Designar a sus representantes para

participar en la comisión que se integre en el

centro de trabajo. Dicha designación deberá

realizarse con base en las funciones por

desempeñar.

5.3 Solicitar al sindicato o a los trabajadores, si

no hubiera sindicato, la designación de sus

representantes para participar en la comisión.

Dicha designación deberá realizarse con base

en las funciones por desempeñar.

NOM-019-STPS-2011

5.4 Contar con el acta de constitución de la comisión del centro de

trabajo, y de sus actualizaciones, cuando se modifique su integración,

de conformidad con lo previsto en el numeral 7.4 de esta Norma.

5.5 Contar con el programa anual de los recorridos de verificación de la

comisión, de conformidad con lo previsto en los numerales 9.3 a 9.5 de

la presente Norma.

5.6 Contar con las actas de los recorridos de verificación realizados por

la comisión, de conformidad con lo establecido en el numeral 9.12 de

esta Norma.

5.7 Facilitar a los trabajadores el desempeño de sus funciones como

integrantes de la comisión.

NOM-019-STPS-2011

5.8 Proporcionar a la comisión el diagnóstico

sobre seguridad y salud en el trabajo, a que

se refiere la NOM-030-STPS-2009, o las que

la sustituyan.

5.9 Apoyar la investigación de los accidentes

y enfermedades de trabajo que lleve a cabo la

comisión, proporcionando para tal efecto

información sobre:

a) Los incidentes, accidentes y

enfermedades de trabajo que ocurran en el

centro de trabajo;

b) Los procesos de trabajo y las hojas de

datos de seguridad de las sustancias

químicas utilizadas, y

c) El seguimiento a las causas de los riesgos

de trabajo que tengan lugar en el centro

laboral.

NOM-019-STPS-2011

5.10 Brindar facilidades a los integrantes

de la comisión para que utilicen los

apoyos informáticos desarrollados por la

Secretaría, a que se refieren los

numerales 9.7 y 9.8 de la presente

Norma.

5.11 Atender y dar seguimiento a las

medidas propuestas por la comisión para

prevenir los riesgos de trabajo, de

acuerdo con los resultados de las actas de

los recorridos de verificación y con base

en lo dispuesto por el Reglamento y las

normas que resulten aplicables, de

conformidad con lo dispuesto en el

numeral 9.11 de esta Norma.

NOM-019-STPS-2011

5.12 Difundir entre los trabajadores del centro de trabajo, por cualquier

medio:

a) La relación actualizada de los integrantes de la comisión,

precisando el puesto, turno y área de trabajo de cada uno de ellos;

b) Los resultados de las investigaciones, con las causas y

consecuencias, sobre los accidentes y enfermedades de trabajo, y

c) Las medidas propuestas por la comisión, relacionadas con la

prevención de riesgos de trabajo, a fin de evitar su recurrencia.

NOM-019-STPS-2011

5.13 Proporcionar a los integrantes de la

comisión, al menos una vez por año,

capacitación para la adecuada

realización de sus funciones, con base en

el programa que para tal efecto se

elabore, de acuerdo con lo señalado en el

Capítulo 10 de la presente Norma.

5.14 Exhibir a la autoridad del trabajo los

documentos que la presente Norma le

obligue a elaborar y poseer, cuando

aquélla así lo requiera.

6. Obligaciones de los trabajadores:

6.1 Designar a sus representantes para participar en la

comisión, con base en las funciones por desempeñar.

6.2 Participar como miembros de la comisión, cuando sean

designados:

a) A través del sindicato, mediante consulta entre los

trabajadores, o

b) Por la mayoría de los trabajadores, a falta de sindicato.

6.3 Participar como coordinador, secretario o vocal de la

comisión, cuando sean designados para tales efectos.

NOM-019-STPS-2011

6.4 Proponer a la comisión medidas para prevenir accidentes y

enfermedades de trabajo en el área o puesto donde desempeñan sus

actividades cotidianas.

6.5 Proporcionar a la comisión la información que se encuentre a su alcance

para la investigación de las causas de accidentes y enfermedades de trabajo.

6.6 Atender las medidas preventivas de seguridad y salud en el trabajo que

señale el patrón y/o la comisión, de acuerdo con los resultados de las actas

de los recorridos de verificación y con base en lo dispuesto por el

Reglamento y las normas que resulten aplicables.

6.7 Recibir la capacitación o adiestramiento que en materia de seguridad y

salud en el trabajo les proporcione el patrón, cuando formen parte de la

comisión, de conformidad con el programa que para tal efecto se

establezca.

NOM-019-STPS-2011

NOM-019-STPS-2011

CONSTITUCIÓN E INTEGRACIÓN

ORGANIZACIÓN

FUNCIONAMIENTO

CAPACITACIÓN

REGLAMENTO FEDERAL DE SEGURIDAD E HIGIENE Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO

TITULO PRIMERO TITULO SEGUNDO

DISPOSICIONES GENERALES CONDICIONES DE SEGURIDAD

DISPOSICIONES GENERALES OBLIGACIONES DE LOS PATRONES OLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES

EDIFICIOS Y LOCALES PREV. PROTECCION Y COMBATE DE INCENDIOS OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE MAQ. Y EQUIPO EQUIPO PARA SOLDAR Y CORTAR INSTALACIONES ELECTRICAS HERRAMIENTAS

MANEJO, TRANSP. Y ALMACENAMIENTO EN GRAL. DE SUST. QUIMICAS PELIGROSAS

TITULO TERCERO TITULO CUARTO

CONDICIONES DE HIGIENE ORGANZACION DE LA SEGURIDAD E HIG.

EN EL TRABAJO

RUIDO Y VIBRACIONES RADIACIONES ELECTROMAGNETICAS IONIZANTES Y NO

IONIZANTES SUSTANCIAS QUIMICAS CONTAMINANTES SOLIDAS,

LIQUIDAS O GASEOSAS AGENTES CONTAMINANTES BIOLOGICOS PRESIONES AMBIENTALES ANORMALES CONDICIONES TERMICAS DEL MED. AMB. DE TRABAJO ILUMINACION VENTILACION EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL ERGONOMIA SERV. PARA EL PERSONAL ORDEN Y LIMPIEZA

DISPOSICIONES GENERALES

COMISIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE

COMISION CONSULTIVA NACIONAL

COMISION CONSULTIVA ESTATAL

CMSH – EMPRESA

AVISOS Y ESTADISTICADE ACCIDENTES

PROG. DE SEG. E HIG. EN EL TRABAJO

CAPACITACION

SERV. PREV. DE MEDICINA

SERV. PREV. DE SEGURIDAD E HIGIENE

TITULO QUINTO TITULO SEXTO

PROTECCION DE MENORES Y MUJERES VIGILANCIA, INSPECCION Y SANCIONES ADMINISTRATIVA

TRAB. DE MUJERES GEST. Y LACT TRABAJO DE MENORES

CONTENIDO DE LAS NORMAS

OBJETIVO

CAMPO DE APLICACIÓN

REFERENCIAS

DEFINICIONES

OBLIGACIONES DEL PATRÓN

OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES

UNIDADES DE VERIFICACIÓN

VIGILANCIA

BIBLIOGRAFÍA

CONCORDANCIA CON NORMAS INTERNACIONALES

NOM-004

Sist. de Protección y Disp. de

Seguridad en Maq. Y Eq.

NOM-005

Manejo, Transporte y

Almacenamiento de Sust.

Quím.

NOM-006

Manejo y

almacenamiento de

materiales

NOM-009

Condiciones de

seguridad para

trabajos en alturas.

NOM-001

Edificios, Locales,

Instalaciones

NOM-020

R:S.P. y

Calderas

NOM-022

Electricidad

Estática

NOM-027

Soldadura y

Corte

NOM-029

Mantenimiento de

la Instalaciones

Eléctricas

NOM-002

Prevención, Protección y

combate de Incendios

NORMAS OFICIALES MEXICANAS

NOM-031

Construcción

NORMAS OFICIALES MEXICANAS

NOM-010

Sustancias

Químicas

NOM-011

Ruido NOM-012

Radiaciones

Ionizantes

NOM-013

Radiaciones

Electromagnéticas

no Ionizantes

NOM-014

Presiones

Ambientales NOM-015

Condiciones Térmicas

Elevadas o Abatidas

NOM-024

Vibraciones

NOM-025

Iluminación

NORMAS OFICIALES MEXICANAS

NOM-017 Equipo de Protección

Personal

NOM-018

Identificación y Comunicación de

Peligros por Sustancias Químicas

Peligrosas

NOM-019

Constitución,

Organización y

Funcionamiento de

las C.S.H.

NOM-021

Informes de los

riesgos de Trabajos,

Estadísticas

NOM-026

Colores y Señales de

Seguridad e Higiene,

Identificación de Riesgos por

Fluidos

NOM-028

Organización del Trabajo-

Seguridad en los Procesos

de Sustancias Químicas

NOM-030

Servicio Preventivos

de Seguridad y Salud

en el trabajo-

Organización y

Funciones

NOM-019-STPS-2011

ASISTENTE PARA LA IDENTIFICACIÓN DE NOMS

INVESTIGACIÓN DE

ACCIDENTES

Los accidentes

relacionados con el

trabajo son muy costosos

y pueden tener muchas

consecuencias graves

estas pueden ser

directas e indirectas

Pagar un trabajo no realizado.

Pagos por concepto de tratamiento

médico e indemnización.

Reparación o sustitución de máquinas

y equipos dañados.

La disminución o la interrupción

temporal de la producción.

El aumento de los gastos en

formación y administración.

La posible disminución de la calidad

del trabajo.

Las consecuencias negativas en la

moral de otros trabajadores.

Costos directos económicos y sicológicos:

COSTOS INDIRECTOS

Hay que sustituir al trabajador lesionado o

enfermo.

Hay que formar a un nuevo trabajador y darle

tiempo para que se acostumbre al puesto de trabajo.

Lleva tiempo hasta que el nuevo trabajador

produce al ritmo del anterior.

Se debe dedicar tiempo a las investigaciones, a

redactar informes y formularios.

Tiempo perdido por el trabajador lesionado (día

del accidente).

Tiempo perdido por los compañeros de trabajo

que pararon por diversas causas.

Daño en la imagen social de la empresa.

Principales factores:

Falta de programas de seguridad e higiene o

mal elaborados.

Mala capacitación de inducción a personal de

nuevo ingreso, a comisiones de seguridad e

higiene y a brigadas.

EPP inadecuado.

Desconocimiento de planes de protección

civil por parte de los trabajadores.

Falta de visión para prevención de accidentes.

Inexistencia de procedimientos de trabajo.

Dejar la seguridad e higiene a la suerte.

Desconocimiento de la normatividad entre

otras cosas.

ORIGEN DE LOS FACTORES.

No tenemos dinero para eso.

No tenemos tiempo para

capacitar, hay que producir, si

no de que vivimos.

Aun que los capacites no

hacen caso.

Es muy cara una consultoría.

Con cumplir en papel ya esta

bien.

Nunca ha pasado nada.

Etc, etc, etc.

Condiciones Inseguras: Instalaciones de trabajo y edificios en mal

estado, maquinaria con arreglos

improvisados, escaleras y andamios en mal

estado, etc.

Actos Inseguros: Operar maquinaria sin autorización,

realizar trabajos sin el EPP asignado, jugar

en áreas de trabajo, etc.

CAUSAS DIRECTAS O INMEDIATAS

OTRAS CAUSAS:

Falta de procedimientos de trabajo o

inadecuados.

Mal diseño o mantenimiento de las

máquinas y equipos.

Hábitos de trabajo incorrectos.

Uso y desgaste normal de equipos y

herramientas.

Uso anormal e incorrecto de equipos,

herramientas e instalaciones.

Factores personales que propician accidentes:

Falta de conocimiento o de capacidad para desarrollar el

trabajo que se tiene encomendado.

Falta de motivación o motivación inadecuada.

Tratar de ahorrar tiempo o esfuerzo y/o evitar

incomodidades.

Lograr la atención de los demás, expresar enojo contra

alguien.

Existencia de problemas o defectos físicos o mentales.

DESARROLLO DE LA INVESTIGACIÓN

Implementar un procedimiento para accidentes y difundirlo.

Incidente

Accidente

Deshabilitar equipo.

Asegurar la zona.

Avisar al jefe de área.

DAÑO

LESION

Aplicar paro de

emergencia.

Avisar a brigada y a

jefe de área.

Avisar a CSH

para

investigación

Entregar acta e

investigación con las

recomendaciones y

costos del accidente a

R.H. y al

departamento de SEH

48 Hrs.

Verificar la

aplicación de las

recomendaciones

autorizadas.

(En el plazo fijado)

DESARROLLO DE LA INVESTIGACIÓN

Recomendaciones para encontrar las causas del accidente:

Obtener, de ser posible y de inmediato, la declaración

directamente del trabajador accidentado, acerca de las

circunstancias en que ocurrió;

Obtener la declaración de los testigos, en su caso;

Obtener el informe médico;

Hacer un reconocimiento del lugar del accidente;

Complementar la información si se considera necesario,

procediendo hasta la reconstrucción de los hechos;

Antes de iniciar las declaraciones hacerle saber a las personas involucradas que

se hace bajo protesta de decir verdad y tendrán que firmar su declaración una

vez que estén satisfechos con la misma, quien incurriera por cualquier razón

en mentira puede ser sujeto de las sanciones precedentes al caso.

Analizar la descripción del

accidente; (Congruencia)

Determinar actos o condiciones

inseguras.

Comparar, en primer lugar, los

hechos esenciales con los de otros

accidentes ocurridos, si los hubiera,

para encontrar situaciones riesgosas

en general;

Estudiar los hechos en conjunto,

los esenciales y los secundarios, con

objeto de precisar los factores que

provocaron el accidente, de quedar

dudas entrevistar nuevamente a las

personas involucradas y comparar la

con la versión inicial;

Verificar si se llevaron a cabo las disposiciones de seguridad e

higiene en cuanto a:

Cumplimiento de la normatividad,

Inclusión de seguridad e higiene en los procedimientos de

trabajo,

Capacitación y adiestramiento del trabajador;

Considerar otros factores que pueden estar relacionados con el accidente

como, situación psicosocial, descanso, rotación, etc.

Proponer las medidas de prevención y buscar los caminos apropiados

para que se lleven a la práctica las acciones correspondientes.

C C S

Consultoría en Capacitación

y Servicios

GRACIAS POR TU

PARTICIPACIÓN

E-mail: moy_arenas@hotmail.com

Tel: 01 (427) 264 8507.

Cel: 01 427 117 8362.

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