causas de las barreras comerciales
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Comercio Internacional
Causas de las Barreras Comerciales
UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE PANAMA
SEDE CHIRIQUI
TRABAJO FINAL COMERCIO INTERNACIONAL COMO OPCIÓN DE TESIS
TÓPICO:
CAUSAS DE LAS BARRERAS COMERCIALES
Estudiante:
VIRGINIA ESPINOSA
4-755-2113
PROFESOR:
DR. JUAN CORELLA
-2013-
ÍNDICE
Introducción. . . . . . . . .3
1. ¿Qué son las Barreras Comerciales?. . . . . . .4
2. Tipos de Barreras Comerciales. . . . . . .5
3. Alcances de las Barreras Comerciales. . . . . .11
4. Objetivos de las Barreras Comerciales. . . . . .12
5. Desventajas de las Barreras Comerciales. . . . . .14
6. Consideraciones Importantes de las Barreras Comerciales. . .16
7. Ejemplo de Barreras Comerciales en algunos países del Mundo. . .17
8. Barreras Comerciales que tiene Panamá. . . . . .20
9. Funcionamiento del GATT (General Agreement on Tariffs and Trade). .23
10.Obstáculos Técnicos al Comercio (OTC). . . . . .25
11.Efectos de la eliminación de las Barreras de Comercio. . . .29
Conclusión. . . . . . . . .30
Bibliografía. . . . . . . . .31
INTRODUCCIÓN
Con el objetivo de reducir el flujo de las importaciones, tanto de bienes como de
servicios, los gobiernos de los distintos países utilizan mecanismos de protección
llamados Barreras contra el comercio u Obstáculos del comercio. Estas barreras
pueden ser arancelarias o bien no arancelarias.
Para mejorar la posición internacional y la relación real de intercambio de un país,
produciendo con mayor eficacia, más calidad, a menor coste, mejorando la
organización productiva, la formación de los trabajadores y la tecnología. Estos
países buscan la protección de sus sectores productivos.
1. ¿Qué son las Barreras Comerciales?
Son medidas establecidas por los gobiernos (disposiciones legales,
reglamentarias o administrativas, normas, etc.) así como prácticas de tramitación
aduanera, usos y costumbres locales que prohíben, limitan o dificultan los
intercambios económicos internacionales (importaciones o exportaciones de
determinados bienes o servicios) y las inversiones. Las barreras comerciales,
también llamadas obstáculos al comercio, discriminan a favor de los productos
locales o de los servicios prestados por empresas del país originando problemas
en el comercio internacional. Las barreras a la inversión limitan o impiden la
actividad económica del inversor foráneo en determinados sectores.
Para corregir los desequilibrios de la balanza de pagos, los gobiernos tratarán,
lógicamente, de fomentar las exportaciones. Pero para ello, en algunos casos, se
sentirán tentados a utilizar medidas perjudiciales para el resto de los países, por lo
que pueden provocar reacciones indeseables. Además, siempre está la tentación
de establecer barreras a las importaciones.
2. Tipos de Barreras Comerciales
Las Barreras Comerciales pueden ser cuantitativas, impositivas y
administrativas:
1. Los contingentes son barreras cuantitativas : el gobierno establece un
límite a la cantidad de producto otorgando licencias de importación de
forma restringida.
2. Los aranceles son barreras impositivas : el gobierno establece una tasa
aduanera provocando una subida en el precio de venta interior del producto
importado con lo que su demanda disminuirá.
3. Las barreras administrativas : son muy diversas, desde trámites
aduaneros complejos que retrasan y encarecen los movimientos de
mercancías, hasta sofisticadas normas sanitarias y de calidad que, al ser
diferentes de las del resto del mundo, impidan la venta en el interior a los
productos que no hayan sido fabricados expresamente para el país.
Los acuerdos internacionales para derribar estas barreras no servirán de nada si
no hay una voluntad liberalizadora clara y firme. La imaginación de los dirigentes
políticos podrá siempre descubrir nuevos métodos "no prohibidos" de dificultar las
importaciones. La barrera más reciente y sofisticada de las ideadas hasta ahora
son las auto restricciones concertadas como las acordadas entre los Estados
Unidos y el Japón en virtud de las cuales éste último país limita voluntariamente la
cantidad de productos que envía a los americanos.
Los instrumentos de fomento a la exportación son de varios tipos :
comerciales, financieros y fiscales.
Los gobiernos prestan apoyo comercial a sus exportadores ofreciéndoles
facilidades administrativas, servicios de información y asesoramiento e incluso
promocionando directamente los productos originados en el país mediante
publicidad, exposiciones y ferias internacionales.
Las ayudas financieras a la exportación son principalmente los préstamos y
créditos a la exportación, frecuentemente con tipos de interés muy bajo, y los
seguros gubernamentales que cubren los riesgos empresariales incluso el riesgo
derivado de perturbaciones políticas o bélicas. Entre las ayudas financieras hay
que incluir las medidas de tipo monetario que actúan sobre el tipo de cambio
haciendo que los productos nacionales resultan más baratos en el extranjero.
Los instrumentos fiscales consisten en las desgravaciones fiscales, la devolución
de impuestos y las subvenciones directas. Estos instrumentos son los menos
aceptados internacionalmente ya que pueden conducir a situaciones de dumping,
a que el producto se venda en el extranjero a un precio inferior al nacional e
incluso a precios inferiores a su coste.
En los últimos años se han multiplicado las denuncias contra el dumping
ecológico y social. Se denomina dumping ecológico a las exportaciones a
precios artificialmente bajos que se consiguen con métodos productivos muy
contaminantes y perjudiciales para el medio ambiente. Se denomina dumping
social a las exportaciones a precios artificialmente bajos que se consiguen
mediante trabajadores males pagados o esclavizados, trabajo infantil, trabajo de
presos, etc.
Si no existieran barreras a las importaciones ni ayudas artificiales a las
exportaciones, los movimientos internacionales de bienes y servicios se
producirían exclusivamente por razones de precio y calidad. Esa es, en el fondo, la
única forma sostenible de mejorar la posición internacional y la relación real de
intercambio de un país: conseguir producir con mayor eficacia, más calidad, a
menor coste. Y para ello lo que hay que hacer es mejorar la organización
productiva, la formación de los trabajadores y la tecnología.
a) Las Barreras al Comercio Internacional pueden incluir:
Aranceles
Permisos especiales
Cuotas especiales
Cupos
Boicots
Bloqueo total
La existencia de este tipo de factores obedece a muchas situaciones particulares
de los países: protección de sus sectores productivos, cierre de su economía al
exterior, razones políticas, etc.
De cualquier manera, ante un mundo en globalización que va en camino hacia un
súper mercado mundial, las barreras del comercio parecen estar cada vez más
fuera de lugar. Algunas todavía tienen alguna pequeña justificación, pero otras
obedecen más a falta de visión del beneficio que puede traer una liberalización del
comercio.
El hecho de que se celebren cada vez más tratados de libre comercio habla de
que poco a poco, se está tendiendo a dejar que la mano invisible de la economía,
en este caso del comercio internacional, tome las riendas del engranaje
económico mundial para que el más capaz, el más competitivo, el más eficaz
sobreviva en este mundo económico.
Expliquemos un poco cada uno de estos:
Aranceles
Un arancel es un impuesto o gravamen que se aplica a los bienes que son objeto
de importación o exportación. Esto se hace con el objetivo de que este con el
objetivo de incrementar el precio final de los productos, emparejando así, el precio
con los productos nacionales idénticos o similares.
Permisos especiales
Un permiso especial ya sea por tipo de mercancía, por sector a donde se destina,
por el tipo de uso, etc. Tiene como objetivo el desmotivar a realizar la
importación(o en casos raros la exportación) de las mercancías que necesiten
dicho permiso.
Cuotas especiales
Son gravámenes especiales sobre una situación especial, ya sea un tipo de
mercancía, un uso, un sector, un proceso de producción, etc. De la misma manera
que los impuestos, tienen el objetivo de incrementar el precio final del producto,
desmotivando así, el llevar a cabo la operación.
Cupos
Un límite al cual se debe ajustar una operación de comercio exterior. Un límite en
el volumen de importación o exportación de un determinado producto.
Boicots
Promover negativamente un producto o mercancía.
Bloqueo total
Prohibir tajantemente el comercio de una determinada mercancía.
Como pueden ver, existen varios tipos de instrumentos con los cuales, se
entorpece el libre tránsito de mercancías.
b) Barreras Comerciales más frecuentes
Las barreras arancelarias (altos aranceles, por ejemplo) van dejando paso a las
barreras no arancelarias (por ejemplo, certificados sanitarios, etiquetado) y
técnicas (normas y reglamentaciones de las especificaciones de los productos),
así como a las barreras al comercio de servicios y a la inversión.
Las barreras de la base de datos de la Secretaria de Estado de Comercio se han
clasificado en los siguientes grupos y tipos:
Barreras arancelarias:
- Crestas arancelarias
- Diferencias entre aranceles consolidados y aplicados
- Otras barreras arancelarias
Barreras no arancelarias:
- Administración de licencias de importación
- Precios mínimos de entrada
- Restricciones a la exportación de materias primas
- Prohibiciones de importación de ciertos productos
- Requisitos de etiquetado
- Barreras técnicas
- Barreras sanitarias y fitosanitarias
- Normas de contenido local
- Empresas comerciales de Estado
- Discriminaciones en el acceso a las compras públicas
- Falta de protección de derechos de propiedad intelectual e industrial (incluyendo
Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas)
- Otras barreras no arancelarias
Barreras al comercio de servicios e inversiones:
- Restricciones basadas en la nacionalidad de los empleados
- Restricciones al principio de no discriminación
- Restricciones al trato NMF
- Restricciones a la repatriación de capitales
- Requisitos de creación de Joint Ventures
- Limitaciones a la propiedad del capital
- Otras restricciones sectoriales
Medidas de defensa comercial (aplicadas a exportaciones españolas):
- Anti-dumping
- Anti-subvención
- Cláusulas de salvaguardia
3. Alcances de las Barreras Comerciales
Como se mencionó anteriormente las barreras comerciales son medidas aplicadas
por los gobiernos con el objeto de proteger su economía y sociedad.
Estos mecanismos impositivos buscan:
1. Proteger a la población en materia de salud a través de los distintos certificados
sanitarios que garanticen la calidad e inocuidad de los productos.
2. Apoyar al industrial nacional ya que le permite posicionar sus mercancías en los
mercados locales de manera competitiva en relación a los productos de
importación.
3. Limitar o prohibir la entrada de mercancías que atenten contra la seguridad
pública.
4. Permitir la recaudación de ingresos para los planes de desarrollo e inversión del
estado.
5. Incentivar la producción de bienes de producción local.
4. Objetivos de las Barreras Comerciales
De acuerdo al criterio de cómo se fijen las barreras comerciales y los fines que se
buscan, pueden distintos alcances, usualmente son fijadas como mecanismos de
protección ante cualquier evento que pueda afectar a la estabilidad económica y
comercial de un país, de igual manera existen países mucho más vulnerables que
otros en sentido de su ubicación geográfica, al ser este puerta de entrada o de
tránsito de mercancías, su potencial productivo y económico, su oferta y demanda,
entre otros son los siguientes:
- El cobro de derechos tributarios mínimos adquiridos por el fisco nacional a la
hora de entrada de mercancías, a través de las distintas aduanas. Procedimientos
de aduana a través de métodos de inspección y valoración de los productos
importados para propósitos de aduana.
- La protección de la industria nacional ante el comercio internacional.
Competencia lineal.
- En algunos países se establece un límite en las cuotas, lo cual limita la cantidad
de productos que pueden entrar o salir de un país. Lo que más busca es el exceso
de entrada y salida de mercancías lo cual permita tanto una saturación del
mercado al momento de una importación, así como lo atractivo que pueda resultar
la exportación e un producto y desabastecer al mercado de origen.
- Embargos a través de la prohibición en la exportación y/o importación de ciertos
productos dentro o fuera de un país.
- El resguardo nacional sanitario y epidemiológico en contra de mercancías que
puedan acarrear problemas mayores. Esto viene referido en la mayoría de los
casos a productos alimenticios o agrícolas, los cuales deben de cumplir con las
normas de higiene, sanidad, certificados y una serie de inspecciones al momento
de su entrada al país. Si bien es cierto que un TLC tiene como objetivo
fundamental facilitar el intercambio comercial, también dentro de la negociación se
abordan temas relacionados con la protección de la salud de las personas los
animales y las plantas. Una medida sanitaria o fitosanitaria busca que los
productos exportados o importados cumplan con determinadas características o
requisitos para proteger la salud humana, animal y vegetal así como evitar que a
través del intercambio comercial se puedan transmitir plagas o enfermedades,
entre otras.
- Desde el punto de vista competitivo busca marcar una igualdad de actores, los
productos nacionales contra los importados, de igual manera es una medida de
salvaguarda a favor de la industria nacional, aunque también busca mayor
competitividad. Políticas de procuración gubernamental: Dar preferencia a los
proveedores internos sobre los extranjeros al otorgar contratos de compra del
gobierno.
5. Desventajas de las Barreras Comerciales
Estas medidas deben ser empleadas de forma equilibrada ya que así como el
imponerlas genera ciertos beneficios tan bien puede ocasionar desventajas para
los usuarios y consumidores finales. Algunas repercusiones pueden ser:
1. Al limitar el flujo de importaciones el público en general tendrá acceso a una
disminuida cantidad y variedad de productos.
2. Encarecimiento de las mercancías importadas.
3. Baja disposición por mejorar los productos locales por tener asegurado el
mercado local.
4. Necesidades insatisfechas por parte de consumidores y usuarios.
5. El cobro de derechos tributarios adquiridos por el fisco nacional a través de
sus aduanas repercute significativamente sobre el precio final del producto,
convirtiéndose este en un producto de un costo alto y no competitivo o
atractivo para el comercio nacional, esto genera sobre costos que algunos
casos no justifican su incremento, aunque este no sea un bien fabricado en
el país. Por otra parte la inspección y valoración de los productos en
algunos casos no es justa y clara con los productos, ocasionando mayores
costos y retrasos al momento de su paso por las aduanas.
6. La protección de la industria nacional a través de las barreras comerciales
cuando se trata de un mecanismo de defensa contra la industria nacional,
puede verse reflejado como un estancamiento al desarrollo y crecimiento
sostenido del mercado, aunque este problema debe ser subsanado desde
su raíz, (a través del potencial productivo nacional), este proteccionismo
hacia la industria nacional genera poca competitividad, variedad de
productos, comparación, pocos competidores, generando entonces una
matriz muy pequeña de comparación, lo cual hoy con las tendencias
mundiales y las exigencias del cliente no es favorable para el mercado
nacional.
7. Al no existir un mercado de clientes y competidores suficientemente amplio,
exigente y en vías de crecimiento por su proteccionismo a la industria
nacional, la gerencia de mercado se ve atada de manos a la hora de toma
de decisiones, estudios de mercado, estudios de competidores y de
precios, es decir cuando existen menos razones enfocadas hacia la
satisfacción y exigencias del cliente, seguramente obtendremos menores
desarrollos, logros, objetivos y metas a largo plazo, es decir la gerencia de
mercado no se verá forzada a mejorar su producto.
6. Consideraciones Importantes de las Barreras Comerciales
Se pueden eliminar las barreras comerciales, mediante la aplicación de los
acuerdos multilaterales que obligan a los países adheridos a organismos
internacionales a cumplir los compromisos acordados; por ejemplo, la
Organización Mundial del Comercio, la Organización Mundial de la Propiedad
Intelectual, la Organización Mundial de la Salud, la Organización Mundial de
Sanidad Animal, etc.
También hay otras vías de solución de problemas comerciales, tales como la
negociación de acuerdos bilaterales de la Unión Europea con terceros países y las
conversaciones directas entre los países afectados.
No son ilegales todas las barreras comerciales. Algunas barreras comerciales
vulneran la legislación comercial internacional, la cual prevé mecanismos para
suprimirlas (por ejemplo, el Órgano de Solución de Diferencias de la Organización
Mundial del Comercio). Otras barreras, en cambio, no constituyen incumplimientos
de obligaciones contraídas por los gobiernos y su eliminación se negocia entre las
partes interesadas (por ejemplo, a través de acuerdos de reconocimiento mutuo
de certificados sanitarios).
7. Ejemplo de Barreras Comerciales en algunos países del Mundo
INDONESIA: Barreras en productos agroalimentarios por razones sanitarias. La
Unión Europea, entre otros, se ha asociado a una solicitud de consultas en la
OMC. Además, en enero-junio 2013 se han establecido contingentes de
importación de 11 productos hortofrutícolas (cítricos, uvas de mesa, manzanas,
ajos, etc) y prohibido otros (frutas tropicales, etc).
EEUU: El Foreign Agricultural Service del Departamento de Agricultura de EEUU
ha abierto periodo de comentarios sobre posible reforma del sistema de licencias
para la importación de lácteos (contingentes arancelarios asignados con criterio
histórico o aleatoriamente).
OMAN: 'RESUELTA: Prohibición a la importación de carne de vacuno'. Omán ha
dado recientemente su visto bueno a las propuestas de certificado sanitario para
productos cárnicos de bovino y bovinos para reproducción españoles presentadas
por el MAGRAMA. Se convierte así en el primer país del Consejo de Cooperación
del Golfo (CCG) en dar efectividad al levantamiento de la prohibición a estos
productos, decidida por el CCG en junio de 2012, al calificar a España como “país
con control de riesgo de la encefalopatía espongiforme bovina”.
CHILE: 'Límites a contenidos en nutrientes y exige...'. El 15/01/2013 Chile notificó
al Comité TBT de la OMC la propuesta de reglamento de aplicación de la ley N°
20.606 sobre Composición Nutricional de los Alimentos y su Publicidad, cuyo
artículo 5 obliga a etiquetar los alimentos con contenido alto en sal, azúcares,
grasas saturadas y energía con la frase “Alto en…”, impactando a un alto número
de productos.
VENEZUELA: 'Control de cambios' El 30/01/2013 se publicó la Resolución Nº
3.276, actualizando el “Régimen especial para importaciones de bienes de capital,
insumos y materias primas”, con la lista de 2.191 ítems que gozarán de agilización
en la tramitación de la Autorización de Adquisición de Divisas (AAD) y la
Autorización de Liquidación de Divisas (ALD). Se mantiene el techo de 50.000
USD.
MARRUECOS: 'RESUELTA Problemas con los certificados EUR1'. Las gestiones
llevadas a cabo por la Ofecome en Rabat han conseguido eliminar la exigencia de
consignación en aduana del 25% del valor de la mercancía, hasta comprobar el
origen del certificado EUR1 con la aduana española, a todo el material de aluminio
importado (partidas arancelarias 8301 y 8302). La devolución de la cantidad
consignada demoraba hasta 10 meses.
ARGENTINA: 'Licencias no automáticas para la importación' Mediante la
Resolución 11/2013 de 24/01/2013, del Mº de Economía y Finanzas Públicas se
derogan las resoluciones que imponían Licencias No Automáticas Previas de
Importación (LNAPI) para la importación de más de 600 productos al país. El uso
arbitrario y abusivo está denunciado de estas licencias, junto con otros sistemas
de control relacionados está denunciado en la OMC. Entre los sectores
exportadores españoles afectados.
ARGENTINA: Elevación de aranceles. Según Decreto N° 25/2013 (B.O. del
23/01/13), se elevan, a partir de 24 de enero de 2013, los aranceles de
importación extrazona de cien Posiciones Arancelarias. Este Decreto se ampara
en la Decisión Mercosur Nº 39/2011. Los derechos se aumentan hasta el 35%,
consolidado en la OMC. Los productos de exportación española más afectados
son los neumáticos, bombas centrífugas, construcciones prefabricadas,
ventiladores y corcho (2,8 M US$. La medida se une a otras.
MARRUECOS: Productos siderúrgicos. A partir del 16 de enero de 2013, por un
periodo de 9 meses, se somete a los laminados en caliente de la UE y Turquía a
una 'Declaración previa de importación'. Se basa en la decisión 01/13 del
Ministerio de Industria. Comercio y Nuevas Tecnologías.
8. Barreras Comerciales que tiene Panamá
I. Restricciones a la inversión extranjera
País: Panamá
Última actualización: 18 de abril de 2012
Tipo de barrera: [Barreras al comercio de servicios e inversiones] Otras
restricciones sectoriales a los servicios e inversiones
Sectores a los que afecta:
• Todos los Sectores
Descripción:
La inversión extranjera se encuentra restringida en algunos sectores de la
economía panameña que son considerados de interés nacional. En concreto:
- El artículo 286 de la Constitución Política impide adquirir la propiedad de tierras
nacionales o particulares situadas a menos de 10 km de la frontera.
- El artículo 288 de la Constitución Política reserva el comercio al por menor a
panameños de nacimiento, extranjeros con más de tres años de nacionalizados y
personas jurídicas facultadas para ejercerlo.
- La pesca de determinadas especies en aguas panameñas queda reservada a
inversores nacionales. Recogida en la Ley de Recursos Marinos. Así, el artículo 4
del Decreto Ejecutivo Nº 38 de 15 de junio de 1992 establece la restricción de
nacionalidad para la pesca de atún con embarcaciones menores de 150 toneladas
mientras que el artículo 3 del Decreto Ejecutivo Nº 124 de 8 noviembre de 1990
establece la restricción de nacionalidad para la pesca ribereña de camarón con
embarcaciones menores de 10 toneladas.
- El artículo 14 de la Ley Nº 24 de 30 de junio de 1999 reserva las actividades de
radiodifusión a los ciudadanos panameños.
- El artículo 17 del Código de Trabajo de Panamá establece que todo empleador
mantendrá trabajadores panameños, o extranjeros de cónyuge panameño o con
diez años de residencia en el país, en proporción no inferior al 90% del personal
de trabajadores ordinarios, y podrá mantener personal extranjero especializado o
técnico que no exceda del 15% del total de los trabajadores.
- El artículo 74 de la Ley Nº 21 de 29 de enero 2003 permite el transporte aéreo de
cabotaje a empresas extranjeras siempre y cuando Panamá tenga acuerdos con
ese Estado. España tiene en vigor un Acuerdo sobre Transporte Aéreo con
Panamá desde 2001 en el que no se incluyó el transporte de cabotaje. Como
consecuencia, las empresas españolas no están autorizadas para realizar
inversiones orientadas a prestar este servicio de transporte.
II. Barreras de acceso al mercado porcino
País: Panamá
Última actualización: 18 de abril de 2012
Tipo de barrera: [Barreras no arancelarias] Otras barreras no arancelarias
Sectores a los que afecta:
• ANIMALES VIVOS
Descripción:
- Importación de jamón y derivados del cerdo procedentes de España.
Las autoridades sanitarias panameñas exigen que se realice una evaluación
zoosanitaria previa a cualquier importación de productos de origen animal. A este
respecto, la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos (AUPSA) efectuó
dicha evaluación y propuso su homologación. En noviembre de 2008 la AUPSA
emitió una resolución que autorizaba a 37 plantas españolas procesadoras de
carnes de origen porcino exportar a Panamá, después de la evaluación que los
inspectores panameños realizaran a nuestros servicios veterinarios en junio de
2008. En la misma resolución se establece la homologación de nuestro sistema de
inspección veterinaria, específicamente para los productos cárnicos derivados de
porcino, por un período de tres años, que ha sido renovado hasta la actualidad, y
se propone el mecanismo para la inclusión de nuevas plantas procesadoras a la
lista de elegibles para exportar a Panamá, mediante la solicitud 28 a la AUPSA.
9. Funcionamiento del GATT
General Agreement on Tariffs and Trade
Dado el origen inglés de Adam Smith y David Ricardo, precursores del libre
comercio, Inglaterra fue el primer país que se ocupó de eliminar sus barreras
comerciales, sin embargo su acción no encontró eco en el resto del mundo.
Posteriormente, con los efectos devastadores de las 2 guerras mundiales y la
Gran Depresión, Estados Unidos se pronunció a favor de la liberalización del
comercio, convirtiéndose en el impulsor del GATT (Acuerdo General sobre
Aranceles Aduaneros y Comercio).
La creación del GATT respondió a la necesidad de establecer un marco de reglas
internacionalmente aceptadas para regir el comercio internacional y contrarrestar
la adopción de políticas comerciales unilaterales de corte proteccionista.
El GATT, desde su nacimiento en 1947, tenía un carácter provisional y su campo
de acción excluía a los países del antiguo bloque soviético. Sin embargo, a pesar
de esto, su éxito está fuera de toda discusión: el número de países miembros pasó
de 23 a más de 120, controló el 80% del comercio mundial, redujo los gravámenes
arancelarios y estuvo conformado principalmente por países en vías de desarrollo.
El sistema mundial de comercio se creó mediante una serie de negociaciones
comerciales y se desarrolló a través de 8 rondas comerciales que buscaban la
reducción de aranceles en primera instancia, y posteriormente, medidas
antidumping y no arancelarias.
La reglamentación del GATT incluye los siguientes temas:
1. Tratamiento de nación más favorecida (NMF)
2. Lista de concesiones
3. Derechos antidumping y compensatorios
4. Eliminación gradual de restricciones cuantitativas
5. Aplicación no discriminatoria de las restricciones cuantitativas
6. Libertad de tránsito
10. Obstáculos Técnicos al Comercio (OTC)
Los obstáculos técnicos al comercio (OTC) son producto de la necesidad de vigilar
que los consumidores puedan ejercer plenamente su derecho a una informada y
libre elección en el momento de adquirir algún bien o servicio. A su vez es muy
importante la aplicación del principio del trato nacional, regulado por la OMC y los
acuerdos comerciales.
El principio del trato nacional: es una de las normas de la OMC el cual expresa los
bienes importados y los de producción local deben tratarse de igual manera una
vez que los bienes extranjeros hayan entrado en el mercado local. No se puede
discriminar contra los bienes y servicios extranjeros en el mercado local por el
hecho de haber sido importados. El principio de “trato nacional” significa dar a
otros el mismo trato que a los nacionales del país propio. Pero también significa
según la OMC que aplicar derechos de aduana a un bien importado no es una
violación del trato nacional, aunque los productos de origen local no sean
gravados con un impuesto equivalente. El trato nacional solamente se aplica una
vez cumplidos los trámites en frontera.
Acuerdo OTC:
El Acuerdo OTC determina los derechos y las obligaciones de los Miembros de la
OMC cuando aplican reglamentos y normas técnicas o procedimientos de
evaluación de conformidad de los bienes comerciados.
Obligaciones de los firmantes del acuerdo OTC
El acuerdo OTC dispone que los firmantes deban:
Notificar o comunicar oportunamente cualquier norma o reglamento.
Justificar que cada norma o reglamento tiene una finalidad legítima.
Procurar que el impacto o costo de aplicar una norma o reglamento debe
ser proporcional al propósito de ella.
Si hay dos o más formas de lograr el mismo objetivo, se deberá adoptar por
la alternativa menos restrictiva para el comercio.
Objetivos y los ámbitos de aplicación de los Obstáculos Técnicos al
Comercio
Los objetivos y los ámbitos de aplicación de los obstáculos técnicos al comercio se
sitúan en los siguientes temas:
Protección de la seguridad de las personas: por ejemplo que los
automóviles lleven cinturones de seguridad o airbags de la misma manera
se incluyen aquellos reglamentos que restringen y que obligan a advertir,
por ejemplo, sobre pinturas con riesgos de inhalación de plomo.
Protección de la salud de las personas: en los cuales podemos nombrar
el empleo de etiquetados advirtiendo sobre el uso restrictivo de
medicamentos o sobre su formulación, que los cigarrillos pueden ser
perjudiciales para la salud o sobre el uso de artefactos o productos con
riesgos eléctricos, de combustión o de explosión.
Protección de la salud y la vida de los animales y vegetales: el objetivo
de estos es evitar la extinción de especies animales o vegetales
amenazadas por la contaminación del agua, la atmósfera y el suelo.
Algunos países, por ejemplo, prohíben la captura de ciertas especies
amenazadas y con ciertas características.
Protección del medio ambiente: esta categoría ha tomado gran
importancia debido a los crecientes niveles de contaminación de la
atmósfera, el agua y el suelo. El reciclaje de papel y de productos plásticos,
como la regulación de los niveles de emisión de gases de los vehículos a
motor o a dispositivos ahorradores de energía son algunas de las medidas
adoptadas.
Prevención de prácticas que induzcan a error: la mayor parte de esos
reglamentos prevén la protección de los consumidores mediante su
información, en forma principalmente de prescripciones en materia de
etiquetado, al igual que instructivos de uso o modo de manipulación para
impedir prácticas que induzcan a error o riesgos de daño por diferentes
factores.
Otros objetivos: dentro de esta categoría se pueden señalar la calidad
(marketing orders), la armonización técnica, la comunicación de atributos
que hagan comparables los productos o, simplemente, la facilitación del
comercio. En otros casos, se obliga a comunicar la manera en que se
elabora un producto, ya que ésta puede influir en esas características, en
cuyo caso se termina exigiendo la elaboración de reglamentos técnicos y
normas relativas a los procesos y métodos de producción en lugar de
obligar a especificar las características mismas del producto.
Inconvenientes mas denunciados por los países en materia de OTC:
Estos son:
Medidas más restrictivas al comercio de lo necesario.
Prácticas de comercio discriminatorias.
Ausencia de notificación o falta de notificación oportuna a la OMC de
proyectos de reglamento técnico o de procedimientos de evaluación de la
conformidad.
Fechas de entrada en vigencia de medidas no permiten plazos razonables
de observaciones y ajustes de las mismas.
Falta de respuesta a los comentarios que los países formulan a los
proyectos de reglamento y de procedimientos de evaluación de la
conformidad.
No se consideran las normas internacionales en la elaboración de los
reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad.
11. Efectos de la eliminación de las Barreras de Comercio.
Reubicación de industrias.
Efecto Precompetitivo: supone la ruptura o merma de posiciones de poder
en los mercados nacionales.
Reducción de los costes de comercio
Eliminar discriminaciones y diferencias de precios
Menores cambios en las escalas de producción y los requisitos de
almacenamiento, la evaluación de conformidad es más barata y más rápida;
Ganancias de bienestar a causa de la mayor competencia en los mercados,
así como los incentivos a competir sobre la base de la calidad.
CONCLUSIÓN
Actualmente el mundo en globalización en el que estamos viviendo día con día va
en camino hacia un súper mercado mundial, las barreras del comercio parecen
estar cada vez más fuera de lugar, pero algunas todavía tienen una pequeña
justificación, aunque otras obedecen más a la falta de visión del beneficio que
puede traer una liberalización del comercio.
Cada vez se celebran más tratados de libre comercio, quiere decir que poco a
poco, se está tendiendo a dar paso a una economía con menos barreras, en este
caso el comercio internacional toma las riendas del engranaje económico mundial
para que el más capaz, el más competitivo, el más eficaz sobreviva en este mundo
económico.
BIBLIOGRAFÍA
1. http://www.barrerascomerciales.es
2. http://www.gestiopolis.com/canales7/eco/repercusiones-de-las-barreras-
comerciales.htm
3. Almanaque Mundial 2013 (Spanish Edition) Carolina Obregon Sanchez
(Author), directora editorial (Author)
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