apersonamiento y apelacion de sentencia.docx
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EXP : N° 336-2008.ESP.LEGAL : JOSE DIAZ NESTAREZESCRITO : N°01.SUMILLA : APERSONAMIENTO A
INSTANCIA Y APELACION DE SENTENCIA .
SEÑORA JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CAÑETE:
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO
IMPERIAL, debidamente representado por su
Procurador Municipal Dr. CARLOS RUBÉN
PACHAS CAMA, designado por Resolución de
Alcaldía N°062-2013-AL-MDNI, señalando
domicilio real en Jr. Manchego Muñoz N° 410 del
Distrito de Nuevo Imperial y como domicilio
procesal en la Casilla N° 02-27 de la Central de
Notificaciones del Poder Judicial de la Provincia
de Cañete; en los autos seguidos con el CESAR
ALEJANDRO ELIAS CARRERA sobre OBLIGACION
DE DAR SUMA DE DINERO a Ud.
respetuosamente digo:
Que, me apersono a instancia señalando como
mi domicilio procesal en el lugar señalado en el exordio lugar donde deberá notificar las ulteriores
providencias que provengan de vuestro respetable Despacho.
OTROSI DIGO: Que, adjunto lo siguiente documentos:
a).- Copia fedateada de mi DNI.
b).- Copia fedateada de la Resolución de Alcaldía donde se me designa como Procurador
Municipal.
c).- Copia fedateada de la papeleta de habilitación Profesional.
I. APELACION DE SENTENCIA:
Que, habiendo sido notificado el día 22-05-13 la Resolución Nº.
18 de fecha 07-05-13 , que declara Fundada la demanda y ordena que mi representada cumpla
con pagar la suma de NOVENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y TRES NUEVOS SOLES CON
CUARENTA CENTIMOS, más intereses legales, costas y costos del proceso contiene,
produciéndome esta resolución agravio, con el con el propósito de que esta sea anulada o
revocada total o parcialmente, por el Superior Jerárquico, dentro del término interpongo,
RECURSO IMPUGNATIVO DE APELACION contra la referida sentencia ,en virtud a las razones y
fundamentos de agravios siguientes:
II. FUNDAMENTOS DE AGRAVIOS:
ERROR DE HECHO O DERECHO:
2.1. Que, en cuanto al punto tercero de la parte considerativa de la sentencia no sea tomado
los pagos efectuados al demandante que sea hacia en forma periódica de los cuales deberá ser
descontado de la suma puesta a cobro.
2.2. Que, se ha cometido un grave error en el punto cuarto al decir que el funcionario no
efectuó la conformidad, cuando en realidad si lo hizo dentro del término que estipula en el
contrato, sino que no había presupuesto para cancelarlo ya que en esos momentos mi
representada pasaba por una crisis económica.
2.3. Que, mi representada es conciente que adeuda al demandante pero no la suma que se
consigna en la sentencia y que al final tendrá que deducirse lo que se ha venido cancelando.
2.4. Que, en la parte resolutiva de la sentencia se esta condenando a mi representada al
pago de costas y costos, sin haber tenido en cuenta lo dispuesto en el Art.413 del Código
Adjetivo, que dice: “Están exentos de la condena en costas y costos los poderes legislativo,
ejecutivo y Judiciales, el Ministerio Público, los órganos constitucionales autónomos, los
Gobiernos Regionales y Locales.”
2.5. Que, la Municipalidad del Distrito de Nuevo Imperial –Cañete es un Gobierno Local, por
lo que esta exento de la condena de costas y costos, pero que erradamente se ha consignado en
la sentencia.
III. NATURALEZA DE AGRAVIOS:
Que, la naturaleza causa a mi representada es de orden económico y moral ya que el
presupuesto que tenemos para este año es muy ínfimo.
IV. PRETENSION IMPUGNATORIA
Que, con la apelación de autos se pretende que el Superior Jerárquico REVOQUE totalmente
dicha sentencia y se dicte una sentencia justa y equitativa.
V. FUNDAMENTACION JURIDICA:
Que, la apelación de autos se encuentra sustentada en lo dispuesto por el Art.364 del Código
Adjetivo.
OTRO SI DIGO: Que, no sea adjunta la tasa de arancel judicial por que los Gobiernos Locales gozan
de exoneración.
POR LO EXPUESTO:
A Usted pido Señora Juez se me tenga por
apersonado a instancia y por señalado mi domicilio procesal y se sirva concederme la apelación
elevando los autos al Superior Jerárquico.
Cañete, 23 de Mayo del 2013.-
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