acta nº 38/08 · 2010-04-27 · Área de hacienda y contrataciÓn. 4º. 1. proposición relativa a...
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ALCALDEPRESIDENTE:SºSª DON GABRIEL AMAT AYLLÓN
TENIENTES DE ALCALDE:DON JOSÉ Mª GONZÁLEZ FERNÁNDEZ.DOÑA FRANCISCA C. TORESANO MORENO.DOÑA ELOISA Mª CABRERA CARMONA.DON ANTONIO GARCÍA AGUILAR.DON PEDRO ANTONIO LÓPEZ GÓMEZ.DON JOSÉ JUAN RUBI FUENTES.DON JOSÉ GALDEANO ANTEQUERA.DON FRANCISCO MARTÍN HERNÁNDEZ.
FUNCIONARIOS PÚBLICOS: DON LUIS ORTEGA OLIVENCIA, INTERVENTOR DE
ACTA Nº 41/08JUNTA DE GOBIERNO LOCAL
SESIÓN ORDINARIA
En la Ciudad de Roquetas de Mar, a día VEINTIOCHO del mes de ABRIL del año 2008, siendo las DIEZ HORAS, se reúnen, en el Salón de Sesiones de esta Casa Consistorial, al objeto de celebrar, la CUADRAGÉSIMA PRIMERA SESIÓN de la Junta de Gobierno Local, previa convocatoria efectuada y bajo la Presidencia de SªSª Don Gabriel Amat Ayllón, las Sras. y Sres. Tenientes de Alcalde miembros de la actual Junta de Gobierno Local designados por Decreto de la AlcaldíaPresidencia de fecha 16 de Junio de 2007, del que se dio cuenta al Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 22 de Junio de 2007 (publicado en el B.O.P. de Almería Núm. 134, de fecha 11 de julio de 2007), que al margen se reseñan.
Tiene esta Junta de Gobierno Local conferidas las atribuciones delegadas por el Sr. AlcaldePresidente mediante Decreto de 16 de Junio de 2007 del que se dio cuenta al Pleno el día 22 de Junio de 2007 (publicado en el B.O.P. de Almería Núm. 134, de fecha 11 de julio de 2007), así como las atribuciones delegadas por el Pleno en esta última sesión a la Junta de Gobierno Local (publicadas en el B.O.P. de Almería Núm. 137, de fecha 16 de julio de 2007).
Por la PRESIDENCIA se declara válidamente constituida la Junta de Gobierno Local, pasándose a conocer a continuación el ORDEN DEL DÍA que es el siguiente:
1º. Aprobación del Acta de la Junta de Gobierno Local celebrada el día 21 de abril de 2008.
I. ACUERDOS DEL GOBIERNO MUNICIPAL
ÁREA DE GOBERNACIÓN
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2º.1. Nª/Ref.: 111/07 Asunto: Recurso Contencioso Administrativo. Organo: Juzgado de lo Contencioso Administrativo Núm. 1 de Almería. Núm. Autos: 345/07CG Adverso: Ofitec Inversiones S.L. Situación: Sentencia Núm. 138/08.
2º.2º. Nª/Ref.: 75/08 Asunto: Expediente de Dominio. Exceso de Cabida. Organo: Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Núm. 2 de Roquetas de Mar. Adverso: Don Miguel Ruiz Antequera. Situación: Terminado porque no existe usurpación en el Territorio Municipal.
2º.3. Nª/Ref.: 77/08 Asunto: Expediente de Dominio. Exceso de Cabida. Organo: Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Núm. 4 de Roquetas de Mar. Adverso: Promociones Francisco Montoya Martínez S.L Situación: Terminado porque no existe usurpación en el Territorio Municipal.
2º.4. Proposición relativa a establecer al puesto de trabajo denominado Jefe/a de Sección de Prevención las tareas y funciones de su ámbito funcional derivadas de la dirección, seguimiento, control, vigilancia y análogas que corresponden al puesto.
2º.5. Proposición relativa a autorizar la ampliación del horario de trabajo de la empleada Doña Isabel María López Manzano, Profesora de Música.
2º.6. Proposición relativa a acusar recibo de la comunicación de la Presidencia de la Central Sindical CSICSIF, de utilización de horas sindicales por parte de Doña María del Carmen Berenguer Rivas.
2º.7. Proposición relativa al cambio de frecuencia y nuevo radioenlace y su adquisición a Sonimar Telecom S.L.
ÁREA DE DESARROLLO URBANÍSTICO Y FOMENTO
3º.1. Escrito presentado por Don Lorenzo López Asensio, titular de la licencia de AutoTaxi nº 26 solicitando su transmisión a su asalariado Don Ángel Pérez Rubio.
3º.2. Proposición relativa a la aceptación de la cesión obligatoria y gratuita realizada por la Sociedad Técnicos de Aguadulce S.L de la Parcela Eq. 19 del Sector 6 del PGOU de Roquetas de Mar.
3º.3. Dictamen de la C.I de Desarrollo Urbanístico y Fomento de fecha 07/04/08 relativo a la Moción del Sr. Concejal de Vivienda, Urbanismo y Transportes sobre el Proyecto de Pavimentación de Caminos Rurales.
3º.4. Moción del Concejal Delegado de Salud relativa a la Memoria de Actividades del Segundo Trimestre del 2008 de la Escuela Municipal de Salud.
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ÁREA DE HACIENDA Y CONTRATACIÓN.
4º. 1. Proposición relativa a contratar con Rotulos Poniente S.L.N.E el suministro e instalación del cartel indicador de la Residencia para Mayores de Roquetas de Mar
4º.4. Acta de la mesa de Contratación para la valoración del informe técnico emitido sobre las ofertas del expediente de contrato de servicio de limpieza de centros docentes dependientes del Ayuntamiento de Roquetas de Mar.
4º.5. Acta de valoración del informe técnico emitido en el expediente de concurso para la celebración del contrato de suministro de ropa de trabajo y equipos de protección individual para el personal de las distintas delegaciones y dependencias municipales adscritas al Ayuntamiento de Roquetas de Mar.
4º.6. Acta de valoración del informe técnico emitido en el expediente de concurso para la celebración del contrato de consultoría y asistencia técnica consistente en la elaboración de un estudio sobre el análisis, descripción y valoración de puestos de trabajo en el Ayuntamiento de Roquetas de Mar.
4º.7. Proposición relativa a contratar con A.I.E.R.T.A la cesión de los derechos de emisión y radiodifusión de diversa programación.
4º.8. Acta de la Comisión Informativa de Hacienda, Aseo Urbano y Contratación celebrada el día 17 de abril de 2008.
4º.9. Proposición relativa a la contratación de la consultoría y asistencia para la realización de un inventario de arbolado público (palmeras) en Roquetas de Mar.
ÁREA DE BIENESTAR SOCIAL Y DESARROLLO SOCIOCULTURAL
No existen asuntos a tratar.
II.DECLARACIONES E INFORMACION
6º. Único. Acuerdo marco de colaboración enel ámbito de la cultura científica entre el Consejo Superior de Investigaciones Científicas y el Ayuntamiento de Roquetas de Mar (Almería).
III.RUEGOS Y PREGUNTAS
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Acto seguido, se procede al desarrollo de la Sesión con la adopción de los siguientes,
1º. Aprobación del Acta de la Junta de Gobierno Local celebrada el día 21 de abril de 2008.
Se dacuenta del Acta de la Sesión Ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno el día 21 de abril de 2008, y no produciéndose ninguna observación, por la Presidencia se declara aprobada el Acta de la Sesión referida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92 del R.O.F.
I. ACUERDOS DEL GOBIERNO MUNICIPAL
ÁREA DE GOBERNACIÓN
2º.1. Nª/Ref.: 111/07 Asunto: Recurso Contencioso Administrativo. Organo: Juzgado de lo Contencioso Administrativo Núm. 1 de Almería. Núm. Autos: 345/07CG Adverso: Ofitec Inversiones S.L. Situación: Sentencia Núm. 138/08.
Objeto: Contra Resolución de la Alcaldía Presidencia del Ayuntamiento de Roquetas de Mar, Área de Urbanismo, Expte. 96/06 de 13/03/07, que estima parcialmente el recurso de reposición interpuesto por la mercantil, frente a la resolución de 02/01/07, que acordó la suspensión de la tramitación del expediente de licencias de obras solicitadas para la construcción de sótanogaraje, locales y 67 viiendas unifamiliares.
En relación con el asunto al margen referenciado y, para su conocimiento por la Junta de Gobierno, le comunico que con fecha 21 de abril de 2008 nos ha sido notificada la Sentencia Núm. 138/08 dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Núm. 1 de Almería en cuyo Fallo se desestima el recurso interpuesto frente a la resolcuión impugnada por se conforme a derecho. Sin Costas.
El fallo de la Sentencia es favorable para los intereses municipales.
La JUNTA DE GOBIERNO ha resuelto dar traslado de la copia de la Sentencia Núm. 138/08 y del acuerdo que adopte a la Sra. Jefe de los Servicios Jurídicos de Urbanismo.
2º.2º. Nª/Ref.: 75/08 Asunto: Expediente de Dominio. Exceso de Cabida. Organo: Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Núm. 2 de Roquetas de Mar. Adverso: Don Miguel Ruiz Antequera. Situación: Terminado porque no existe usurpación en el Territorio Municipal.
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En relación con el asunto del margen referenciado he de informarle para el conocimiento por la Junta de Gobierno lo siguiente:
1. Con fecha de 21 de abril de 2008 el Ayuntamiento fue citado en el Expediente de referencia, como colindante de la finca a la que afecta el Expediente, para que pudiera alegar lo que a su derecho conviniera.
2. El Letrado que suscribe dio traslado de la citación a los Servicios Técnicos Municipales, a fin de que comprobaran e informaran, dentro del plazo conferido; si del exceso de cabida tal y como la pretende el promotor pudiera resultar alguna ocupación o usurpación de inmuebles de propiedad municipal, para a la vista de este informe adoptar la posición procesal más adecuada.
3. Con fecha de 24 de abril de 2008 los Servicios Técnicos Municipales, tras dar vista al expediente, sobre parcela sita en la C/ Juan Bonachera, nos remite informe del siguiente tenor literal: "Habiendo efectuadola comprobación de la documentación aportada al expediente de dominio de referencia, en el día de hoy, la cual fue recibida con fecha 21/04/08 en este Ayuntamiento tengo que manifestar que da la misma se desprende que no existe ocupación del dominio público municipal, todo ello de conformidad con la documentación que obra en este Ayuntamiento, adjuntando plano catastral de la parcela”.
La JUNTA DE GOBIERNO ha resuelto en lo que al Ayuntamiento se refiere, dar el expediente por terminado, ya que no existe usurpación u ocupación de inmuebles municipales, sin que exija más tramitación, dando traslado del acuerdo y copia del plano al Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Núm. 2 de Roquetas de Mar.
2º.3. Nª/Ref.: 77/08 Asunto: Expediente de Dominio. Exceso de Cabida. Organo: Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Núm. 4 de Roquetas de Mar. Adverso: Promociones Francisco Montoya Martínez S.L Situación: Terminado porque no existe usurpación en el Territorio Municipal.
En relación con el asunto del margen referenciado he de informarle para el conocimiento por la Junta de Gobierno lo siguiente:
1. Con fecha de 23 de abril de 2008 el Ayuntamiento fue citado en el Expediente de referencia, como colindante de la finca a la que afecta el Expediente, para que pudiera alegar lo que a su derecho conviniera.
2. El Letrado que suscribe dio traslado de la citación a los Servicios Técnicos Municipales, a fin de que comprobaran e informaran, dentro del plazo conferido; si del exceso de cabida tal y como la pretende el promotor pudiera resultar alguna ocupación o usurpación
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de inmuebles de propiedad municipal, para a la vista de este informe adoptar la posición procesal más adecuada.
3. Con fecha de 25 de abril de 2008 los Servicios Técnicos Municipales, tras dar vista al expediente, sobre parcela sita en la Avda. del Sabinal nº 45, nos remite informe del siguiente tenor literal: "habiendo efectuado el examen de la documentación del expediente de referencia, e inspeccionado el solar el día 24/04/2008, tengo que manifestar que como resultado del mismo, la actuación que se pretende llevar a cabo, no supone ocupación alguna del dominio municipal, adjuntándose copia del plano catastral municipal”.
La JUNTA DE GOBIERNO ha resuelto en lo que al Ayuntamiento se refiere, dar el expediente por terminado, ya que no existe usurpación u ocupación de inmuebles municipales, sin que exija más tramitación, dando traslado del acuerdo y copia del plano al Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Núm. 4 de Roquetas de Mar.
2º.4. Proposición relativa a establecer al puesto de trabajo denominado Jefe/a de Sección de Prevención las tareas y funciones de su ámbito funcional derivadas de la dirección, seguimiento, control, vigilancia y análogas que corresponden al puesto.
Se da cuenta de la siguiente Proposición:
“Mediante Resolución de la AlcaldíaPresidencia de fecha 9 de abril, y tras propuesta de fecha 7 de abril del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas convocadas por este Ayuntamiento ( BOP. número 049 de 12 de marzo del 2008, BOP. Número 211 de fecha 30 de octubre de 2007, BOJA número 224 de fecha 14 de noviembre de 2007), ha sido nombrada Funcionaria de Carrera del Ayuntamiento de Roquetas de Mar, perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnico de Grado Medio, denominación Técnico en Prevención de Riesgos Laborales, Grupo de Clasificación A, Subgrupo A2. La citada Aspirante en el proceso selectivo reseñado ha obtenido la mayor puntuación correspondiéndole el orden de prelación en el escalafonamiento de la promoción. Consta en la Relación de Puestos de Trabajo los siguientes dato: Servicio: Unidad de Prevención de Riesgos Laborales, código de adscripción 01104FB01/812. Grupo de clasificación A, subgrupo A2, Nivel 23, CE. 5.409,76 €, denominación del puesto Jefe/a de la Sección de Prevención.
El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, establece en su artículos 170.1 y 171.1, “Tendrán la consideración de funcionarios de Administración Especial los que tengan atribuido el desempeño de las funciones que constituyen el objeto peculiar de una carrera, profesión, arte u oficio.”, y “Pertenecerán a la Subescala técnica de Administración
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Especial, los funcionarios que desarrollen tareas que son objeto de una carrera para cuyo ejercicio exigen las leyes estar en posesión de determinados títulos académicos o profesionales.”
Es necesario en virtud de la estructura organizativa y de las necesidades de la Unidad, establecer el responsable técnico de la misma, y por ende, establecer las funciones del citado puesto atendiendo al grupo de titulación, y los conocimientos exigidos y el trabajo que se desarrolla con objeto de llevar a cabo las tareas de gestión, estudio y propuesta administrativa de nivel superior, de conformidad con lo establecido en el RDL 781/1986. El Artículo 144 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, establece que “Los funcionarios de Administración Local tienen las obligaciones determinadas por la legislación sobre función pública de la correspondiente Comunidad Autónoma y, en todo caso, las previstas en la legislación básica del Estado sobre función pública.”. El Artículo 73 de la Ley 7/2007, de 12 de Abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, establece, que “Las Administraciones Públicas podrán asignar a su personal funciones, tareas o responsabilidades distintas a las correspondientes al puesto de trabajo que desempeñen siempre que resulten adecuadas a su clasificación, grado o categoría, cuando las necesidades del servicio lo justifiquen sin merma en las retribuciones.” La Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado y el Decreto 90/1993, de 13 de julio, establece la asignación de los órganos administrativos de la Junta de Andalucía.
El Ayuntamiento de Roquetas de Mar no tiene establecido un Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional, por lo que, le es de aplicación el Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles del Estado o norma que lo sustituya o complemente. Actualmente está en trámite mediante licitación pública el análisis, descripción y valoración de los puestos de trabajo, en dónde tras la aprobación correspondiente se establecerán las tareas y funciones propias de cada uno de los puestos de trabajo de la RPT.
Por cuanto antecede, y a la vista de las necesidades organizacionales y funcionales de la Unidad de Prevención de Riesgos Laborales, y a propuesta de la Delegada del Área, de conformidad con lo dispuesto por Decreto de la AlcaldíaPresidencia de fecha 16 de junio del 2007, del que se dio cuenta al Ayuntamiento Pleno en Sesión celebrada el día 22 de junio (BOP. Número 134 de fecha 11/07/2007), es por lo que, VENGO EN PROPONER:
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Primero. Establecer en el puesto de trabajo denominado Jefe/a de la Sección de Prevención, con código de adscripción 01104FB01/812, las siguientes tareas y funciones de su ámbito funcional derivadas de la dirección, seguimiento, control, vigilancia y análogas que corresponden al titular del citado puesto, contrayéndose a las siguientes:a) Ordenar el despacho de asuntos.b) Informar a los interesados del estado de tramitación de los expedientes en su ámbito de
actuación, sin perjuicio de que dicha función se pueda encomendar a otro órgano especializado.
c) Expedir y autorizar las copias de documentos públicos o privados a que se refiere la Ley 30/92, obrantes en los expedientes que se encuentren tramitándose por dichos órganos.
d) Informar y orientar acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones imponen a los proyectos, actuaciones o solicitudes que los ciudadanos se propongan realizar.
e) Tramitación, cuando proceda, de los procedimientos de contratación, convenios y subvenciones.
f) Proponer la ampliación de plazos en los supuestos del artículo 42.2, párrafo 2º y 49.1, párrafo segundo, de la Ley 30/1992, y la declaración de urgencia en los procedimientos.
g) Acordar la acumulación de expedientes.h) Requerir la subsanación de escritos o solicitudes a loa interesados.i) Notificar actos a sus destinatarios.j) Autorizar el acceso a los documentos y registros que obren en los archivos del Servicio en
los términos previstos en la Ley.k) Ordenar cuanto fuere necesario para que el personal de su Servicio desarrolle
adecuadamente el cumplimiento de las obligaciones inherentes a su puesto de trabajo.l) En general las funciones de instrucción de los procedimientos y aquellos otros que se les
atribuyen por delegación o desconcentración o tengan ya atribuidas expresamente.m) Cuantas funciones se les asignen o tengan asignadas por la delegación o
desconcentración, así como aquellas que no estén expresamente atribuidas a otros órganos superiores o, en los términos del presente Decreto, a otros inferiores.
Segundo. Adscribir con carácter provisional al citado puesto a la funcionaria Doña Soledad Blanco Gálvez con DNI. número 27.501.606T. Tercero. Dar cuenta de la presente Resolución a la Unidad de RRHH, Junta de Personal y Titular del citado puesto de trabajo a los efectos indicados.”
La JUNTA DE GOBIERNO ha resuelto aprobar la Proposición en todos sus términos.
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2º.5. Proposición relativa a autorizar la ampliación del horario de trabajo de la empleada Doña Isabel María López Manzano, Profesora de Música.
Se da cuenta de la siguiente Proposición:
“Con fecha 11 de abril del actual, por la Sra. Delegada de Educación, Cultura y Participación ciudadana, se ha elevado propuesta, atendiendo al informe de fecha 10 de abril del 2008, evacuado por el Director de la Escuela municipal de música del siguiente tenor literal: “Que debido a la licencia por matrimonio que disfrutará el profesor de piano Don Francisco Javier Calderón García del día 2 al 17 de mayo del 2008, se hace necesaria la correspondiente sustitución en las clases de la especialidad para que el alumnado no resulte perjudicado. Esta función podría ser asumida por la profesora de Técnica Vocal Doña Isabel Mª López Manzano con DNI. número 75.232.493E, la cual se encuentra en posesión de la titulación exigida (Grado Medio de la especialidad de piano) y cuenta con disponibilidad horaria por estar contratada a media jornada. La necesaria ampliación del horario sería la siguiente: los días 8, 9, 15 y 16 de mayo, lo cual sumaría un total de 20 horas excedentes sobre su horario habitual.”
Igualmente, por la Concejal Delegada de Cultura se informa favorable que el citado
profesor sustituya durante el horario necesario la ausencia por licencia de matrimonio de la titular de la especialidad, a fin de que no constituya su ausencia un perjuicio a la comunidad docente.
El Real Decreto 861/1986 de 25 de abril, sobre régimen de retribuciones de los
funcionarios de Administración Local, en su artículo 6.3, relativo a las gratificaciones establece que las mismas, que en ningún caso podrán ser fijas en su cuantía ni periódicas en su devengo, habrán de responder a servicios extraordinarios realizados fuera de la jornada normal de trabajo.
Por cuanto antecede, y según lo dispuesto en la citada normativa legal, y de
conformidad con lo dispuesto por Decreto de la AlcaldíaPresidencia de fecha 16 de junio del 2007, del que se dio cuenta al Ayuntamiento Pleno en Sesión celebrada el día 22 de junio (BOP. Número 134 de fecha 11/07/2007), es por lo que, VENGO EN PROPONER:
1º. Autorizar la ampliación de horario de la empleada municipal Doña Isabel María
López Manzano con DNI. número 75.232.493E, con la categoría profesional de Técnico de Grado Medio, denominación profesora de música, Grupo de clasificación II, para la impartición de la disciplina de piano durante los días 8, 9, 15, y 16 de mayo, y con un computo total de 20 horas extraordinarias, a abonar previa realización de las mismas en la nómina del mes de Mayo.
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2º. Notificar la presente Resolución al Interesado y al Director de la Escuela de municipal de Música a los efectos indicados.
Consta estampilla de la Intervención de Fondos.
La JUNTA DE GOBIERNO ha resuelto aprobar la Proposición en todos sus términos.
2º.6. Proposición relativa a acusar recibo de la comunicación de la Presidencia de la Central Sindical CSICSIF, de utilización de horas sindicales por parte de Doña María del Carmen Berenguer Rivas.
Se da cuenta de la siguiente Proposición: “Con fecha 22 de abril del 2008, con NRE. 12.554, la funcionaria de carrera Doña María del Carmen Berenguer Rivas con DNI. número 27.512.718A, perteneciente a la Escala de Administración General, Subescala Administrativa, clase Administrativo, Grupo de clasificación C, Subgrupo C1, en su calidad de Secretaria de la Junta de Personal ha solicitado liberarse de la jornada ordinaria de trabajo para el ejercicio de sus funciones sindicales. El citado escrito viene visado por el Presidente de la central sindical CSICSIF.
El artículo 60.6 del Pacto de Desarrollo de los Derechos y Condiciones de Trabajo
del Personal Funcionario del Ayuntamiento de Roquetas de Mar, establece que el Presidente y el Secretario de la Junta de Personal no tendrán límite de horas Sindicales. El Artículo 41 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, que regula las garantías de la función representativa del personal, recoge que los miembros de la Junta de Personal de la misma candidatura que así lo manifiesten podrán proceder, previa comunicación al órgano que ostente la Jefatura de Personal ante la que aquélla ejerza su representación, a la acumulación de los créditos horarios. Por cuanto antecede, y de conformidad con la normativa anteriormente reseñada, así como lo establecido en el Ley 9/1987, de 12 de junio, de Órganos de Representación, Determinación de las Condiciones de Trabajo y Participación del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, Ley Orgánica 11/1995, de 2 de Agosto, de Libertad Sindical, se propone a la Junta de Gobierno la adopción del siguiente ACUERDO: 1º. Acusar recibo de la comunicación de la Presidencia de la Central Sindical CSICSIF, de utilización de horas sindicales por parte del empleada municipal Doña María del Carmen
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Berenguer Rivas procediéndole con efectos desde la adopción del presente acuerdo a liberarle del desempeño de su puesto de trabajo, manteniendo todos sus derechos y deberes inherentes a su condición Funcionaria de Carrera del Ayuntamiento de Roquetas de Mar en situación especial de servicio activo. 2º. Comunicar al Sindicato CSICSIF, a la Sra. Berenguer Rivas, Jefatura de la Policía Local y a la Unidad de Recursos Humanos y Prestaciones Económicas el acuerdo adoptado para conocimiento y a los efectos oportunos”.
La JUNTA DE GOBIERNO ha resuelto aprobar la Proposición en todos sus términos.
2º.7. Proposición relativa al cambio de frecuencia y nuevo radioenlace y su adquisición a Sonimar Telecom S.L.
Se da cuenta de la siguiente Proposición:
“Recibido informe de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información a través de la Jefatura Provincial de Inspección de Telecomunicaciones de Almería con número de salida 2008900400000364 y fecha 3 de marzo de 2008, en el que, de tenor literal arguyen que “haciendo uso de las frecuencias incluidas en la banda de 10.7 Ghz a 11.7 Ghz y 11.7 Ghz a 12.7 Ghz que de acuerdo con la orden ITC/3391/2007 de 15 de noviembre por la que se aprueba el cuadro nacional de frecuencias (CNAF) BOE de 23 de noviembre de 2007 y que se encuentran atribuidas respectivamente al servicio fijo por satélite y enlaces digitales fijos de la red troncal de ransporte, y para uso preferente por el Sevicio de Radiodifución por satélite”, se propone ante la posibilidad de incurrir en una infracción, tipificada como muy grave y recogida en el propio informe recibido:
El cambio urgente de la frecuencia con un nuevo radioenlace punto a punto con el fin de posicionarnos fuera de las bandas detalladas en el informe. La sustitución de este radioenlace está presupuestada por SONIMAR TELECOM S.L, empresa que con anterioridad nos ha realizadno las instalaciones televisivas en 11.800 Euros (IVA incluido)”.
Consta en el expediente por parte de la Intervención de Fondos, retención de crédito con número de operación: 220080005720, importe: 11.800 Euros, número de referencia: 22008003887 y 22008003888 y de fecha 23/04/2008.
La JUNTA DE GOBIERNO ha resuelto aprobar la proposición en todos sus términos.
ÁREA DE DESARROLLO URBANÍSTICO Y FOMENTO
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3º.1. Escrito presentado por Don Lorenzo López Asensio, titular de la licencia de AutoTaxi nº 26 solicitando su transmisión a su asalariado Don Ángel Pérez Rubio.
Con fecha 17 de abril de 2008 y número de registro de entrada 11.867 se presenta solicitud de D. Lorenzo López Asensio con D.N.I. Número 27.186.050G relativa a la transferencia por jubilación de la Licencia de AutoTaxi Núm. 26 a favor de su asalariado D. Ángel Pérez Rubio y adjunta a la citada solicitud la diversa documentación de la Ordenanza Municipal del Servicio Urbano de Transportes en Automóviles Ligeros (AUTOTAXI) en el municipio de Roquetas de Mar (Almería), y el abono del importe de la tasa que se refleja en el artículo 6 de la citada Ordenanza que en este caso es de 300 Euros.
Consta informe del Sr. Jefe de la Policía Local de fecha 24 de abril de 2008 del siguiente tenor literal: “En contestación a su escrito de fecha 17 de abril de 2008, en relación a la solicitud presentanda por Don Lorenzo López Asensio, en la que expone que con motivo de su próxima jubilación quiere transferir la Licencia de AutoTaxi nº 26 a favor del conductor asalariado Don ñAngel Pérez Rubio, le informo lo siguiente:
Primero. Que la transferencia de las Licencias Municipales de Taxi, es de apliación el Art. 14 del R.D 763/1979, de 16 de Marzo, en el que se aprueba el Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos e interurbanos de transportes en automóviles ligeros (Autotaxis), en el Municipio de Roquetas de Mar (Almería) B.O.P de Almería nº 048 de 9 de marzo de 2007.
Segundo. Que no existe inconveniente por parte de esta Jefatura para la transferencia de la Licencia Municipal de Taxi nº 26 , al conductor asalariado Don Ángel Pérez Rubio, con D.N.I 27.490.393B, ya que cumple los requisitos establecidos en la Ordenanza Municipal del Servicio Urbano de Transportes en Automóviles Ligeros (Autotaxi), en el municipio de Roquetas de Mar.
Consideraciones Jurídicas.
Real Decreto 736/1979, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de los servicios Urbanos e Interurbanos de Transportes en Automóviles Ligeros. Modificado por el Real Decreto 236/1983, de 9 de Febrero.
La Disposición Transitoria Cuarta del Real Decreto 736/1979, establece que “Las licencias existentes a la entrada en vigor de este Reglamento podrán ser transmitidas, por una sola vez, de conformidad a lo dispuesto en el acuerdo de su adjudicación. Para las transmisiones futuras se estará a los dispuesto en el artículo 14 del este Reglamento.”
Asimismo, el artículo 14 del mismo Texto Legal, en su apartado b), establece que “cuando el cónyuge viudo o los herederos legitimarios y el jubilado no puedan explotar las
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licencias como actividad única y exclusiva, y previa autorización de la entidad Local, en valor de los solicitantes reseñados en el artículo 12, teniendo en todo caso derecho de tanteo cualquier otro heredero forzoso en posesión del “permiso local de conductor”.
Por cuanto antecede, y a la vista de la documentación presentada por los Interesados, Titular y Asalariado, la JUNTA DE GOBIERNO ha resuelto:
Primero. Autorizar la transmisión de la titularidad de la licencia municipal de vehículos ligeros del servicio público número 26 a favor del conductor asalariado D. Ángel Pérez Rubio con D.N.I. número 27.490.393B, en virtud de lo establecido en el artículo 14, apartado d) del Real Decreto 763/79, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos e Interurbanos de Transporte en Automóviles Ligeros.
Segundo. Que por la Jefatura de la Policía Local se expida el correspondiente permiso a D. Ángel Pérez Rubio, como titular de la citada licencia.
Tercero. Informar favorablemente la salida fuera del término Municipal del turismo con licencia de taxi número 26, Peugeot 407 ST cuya matrícula es 9681DHB.
Cuarto. Dar traslado del presente acuerdo a la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, a la Jefatura de la Policía Local, la Asociación Profesional Local Central Taxi e Interesados.
3º.2. Proposición relativa a la aceptación de la cesión obligatoria y gratuita realizada por la Sociedad Técnicos de Aguadulce S.L de la Parcela Eq. 19 del Sector 6 del PGOU de Roquetas de Mar.
Se da cuenta de la siguiente Proposición:
“D. Juan Carlos Corral Lorenzo, y D. José Manuel Rodríguez Rodríguez, en nombre y representación de la sociedad Técnicos de Aguadulce, SL, en virtud de escritura pública de fecha 11 de diciembre de 2006 llevada a cabo ante el notario D. José Sánchez y SánchezFuentes, bajo el número 4.154 de su protocolo, cede para incremento de suelo municipal en cumplimiento de obligaciones urbanísticas, al Ayuntamiento de Roquetas de Mar, el pleno dominio de la siguiente finca:
Parcela que se denomina EQ. 19 destinada a equipamiento deportivo, que se integra dentro de la unidad de ejecución denominada Sector 06 del P.G.O.U. del TM de Roquetas de Roquetas de Mar, paraje de Aguadulce, con una extensión superficial de 630 m2.y linda al Norte, el acceso peatonal colindante con la parcela U20; Este, la calle B, o
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Miguel Rueda; Sur: resto de la finca matriz registral 48.310; y Oeste, la Calle Movimiento Indaliano.
Dicha parcela se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad de Roquetas de Mar
al tomo 3.239, libro 1464, folio 50, finca nº 93.180, inscripción 1ª. De conformidad con lo dispuesto en la información registral dicha parcela se
encuentra libre de cargas, gravámenes, salvo las de procedencia y de afección fiscal y según el cuerpo de la escritura al corriente en el pago de contribuciones e impuestos.
Tal y como se indica en la escritura pública, el suelo pertenece al Sector 6 del P.G.O.U. de Roquetas de Mar y está destinado a zona de Equipamiento Deportivo.
Para la plena eficacia jurídica de la mencionada cesión, tiene que ser aceptada por el
Ayuntamiento de Roquetas de Mar, quedando en este momento perfeccionada la cesión. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 a) del Reglamento de Bienes de las
Corporaciones Locales aprobado por RD. de 13 de junio de 1986, en el artículo 9 b) de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, y en el artículo 25 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por D. 18/2006 de 24 enero, las Entidades locales pueden adquirir bienes y derechos por atribución de la ley derivados de deberes de naturaleza urbanística.
Asimismo tanto en el artículo 12.1º del Reglamento de Bienes como en el artículo 11
de la Ley de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía se precisa que la adquisición de bienes a título gratuito no estará sujeta a restricción alguna, sin que sea procedente la aplicación del párrafo 2º al no llevar la adquisición aneja condición o modalidad onerosa alguna.
El órgano competente para la resolución del presente expediente, tal y como se dispone en el artículo 11.3 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía y en el artículo 21.1º.p) de la Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local de 2 de abril es el AlcaldePresidente de la Corporación habida cuenta que el valor del bien no supera el 10 por 100 de los recursos ordinarios del Presupuesto ni los 3.005.060,52 €, si bien, de conformidad con el apartado 3º de este último precepto, el artículo 53 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico aprobado por Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre y el Decreto de 16 de junio de 2007 del que se dio cuenta al Pleno de 22 de junio de 2007 (BOP nº 134 de 11 de julio de 2007) la mencionada atribución ha sido delegada en la Junta de Gobierno Local, resultando ser éste el actual órgano competente.
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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 176 del Reglamento Notarial, aprobado por Decreto de 2 de junio de 1944, “...la adhesión a todo negocio jurídico, cuando en las escrituras matrices no aparezca la nota que las revoque o desvirtúe y la Ley no exigiere expresamente el requisito de la unidad de acto, podrán formalizarse mediante diligencia de adhesión en dichas matrices, autorizada dentro de los sesenta días naturales a contar desde la fecha de su otorgamiento, o en escritura independiente, sin sujeción a plazo”.
Ante lo expuesto se PROPONE lo siguiente: PRIMERO. Aceptar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 176 del
Reglamento Notarial, la cesión obligatoria y gratuita de la parcela descrita inicialmente, así como haciéndose cargo la parte cedente de los honorarios y suplidos de este otorgamiento y derivados de el.
SEGUNDO. Trasladar el contenido del presente acuerdo a la cedente y a la Oficina
del Catastro a los efectos oportunos. TERCERO. Proceder a la rectificación puntual del Inventario Municipal de Bienes y
Derechos mediante la correspondiente alta en el epígrafe correspondiente. CUARTO. Facultar al Alcalde – Presidente para la firma de la Escritura Pública y
cuantos documentos precise la ejecución del acuerdo.
No obstante, el órgano competente acordará lo que proceda en derecho”.
La JUNTA DE GOBIERNO ha resuelto aprobar la Proposición en todos sus términos.
3º.3. Dictamen de la C.I de Desarrollo Urbanístico y Fomento de fecha 07/04/08 relativo a la Moción del Sr. Concejal de Vivienda, Urbanismo y Transportes sobre el Proyecto de Pavimentación de Caminos Rurales.
Se da cuenta del siguiente Dictamen:
“DICTAMEN DE LA COMISIÓN INFORMATIVA DE DESARROLLO URBANISTICO Y FOMENTO EN SESION CELEBRADA EL DIA 7 DE ABRIL DE 2008.
La Comisión Informativa de Desarrollo Urbanístico y Fomento, en sesión celebrada el día 7 de abril de 2008, dictaminó lo siguiente:
“4º Se da cuenta de la Moción del Concejal Delegado de Vivienda, Urbanismo y Transportes relativa al Proyecto de Pavimentación de caminos rurales en este término, del siguiente tenor literal:
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“Mediante Resolución de la Consejería de Agricultura y Pesca de 29 de enero de 2008 (B.O.J.A. nº 27 de 7 de febrero de 2008), se convoca para el año 2008, la concesión de las subvenciones previstas en la orden de 24 de abril de 2007, modificada por la Orden de 27 de diciembre de 2007, por la que se establecían las normas de desarrollo para la concesión y abono de las ayudas a las infraestructuras agrarias en el marco del Programa de Desarrollo Rural 20072013.
Por tanto el Ayuntamiento de Roquetas de Mar, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.1 de la mencionada Orden de 24 de abril de 2007 ha procedido al encargo del proyecto titulado “Pavimentación en Caminos Rurales en Roquetas de Mar – Almería”, a la vista de lo cual esta Concejalía Delegada propone al respecto lo siguiente:
a) Aprobar el Proyecto de Pavimentación en caminos Rurales en Roquetas de Mar Almería, con un presupuesto total de 670.183,34 euros.
b) Solicitar la ayuda destinada a la mejora de caminos rurales, según el proyecto redactado, de acuerdo con las normas de desarrollo previstas en la Orden de 24 de abril de 2007, modificada por la Orden de 27 de diciembre de 2007 y la convocatoria efectuada mediante Resolución de 29 de enero de 2008.
c) Declarar la disponibilidad de los terrenos necesarios para la realización de la pavimentación en los caminos rurales de Roquetas de Mar incluidos en el proyecto.
d) Igualmente declarar la innecesariedad del sometimiento a previa licencia municipal la ejecución de las obras contempladas en el citado proyecto.
e) La tramitación de la adjudicación del contrato de obra para la pavimentación en caminos rurales de Roquetas de Mar, por razón de la cuantía 670.183,34 euros, iva incluido y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 85 y 141g) del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas se efectuará mediante Concurso Público, sujeto a las normas que rigen dicha forma de adjudicación.
f) Asumir el compromiso de mantener las actuaciones a realizar en el patrimonio del Ayuntamiento de Roquetas de Mar, por un periodo mínimo de 15 años.
g) Autorizar al Sr. Alcalde Presidente para realizar los trámites administrativos relacionados con el citado proyecto incluida su aceptación y para la firma de cuantos documentos sean precisos.
La Comisión, con la abstención del grupo INDAPA y los votos favorables de los grupos PSOE y PP, dictamina aprobar la citada moción en sus propios términos.
Del presente dictamen se dará cuenta al Pleno a los efectos de su aprobación, si procediera, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22.2, en relación al artículo 47.2 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril”.
La JUNTA DE GOBIERNO ha resuelto aprobar el Dictamen en todos sus términos.
3º.4. Moción del Concejal Delegado de Salud relativa a la Memoria de Actividades del Segundo Trimestre del 2008 de la Escuela Municipal de Salud.
Se da cuenta de la siguiente Proposición:
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“Habiéndose elaborado la Memoria de Actividades del Segundo Trimestre de 2008 de la ESCUELA MUNICIPAL DE SALUD, en cuyo desarrollo han participado el Médico Municipal, D. José Luís Navarro González, y el Psicólogo D. José Juan Ruiz Iborra, se propone a la Junta de Gobierno Local la aprobación de la Memoria adjunta, cuyo presupuesto asciende a la cantidad de 5700 (CINCO MIL SETECIENTOS) Euros.”
La JUNTA DE GOBIERNO ha resuelto aprobar la Proposición en todos sus términos.
ÁREA DE HACIENDA Y CONTRATACIÓN.
4º. 1. Proposición relativa a contratar con Rotulos Poniente S.L.N.E el suministro e instalación del cartel indicador de la Residencia para Mayores de Roquetas de Mar.
Se da cuenta de la siguiente Proposición:
“Visto el presupuesto presentado por la entidad RÓTULOS PONIENTE, S.L.N.E. con C.I.F. B04585352, para contratar el suministro e instalación de un cartel indicador de la “Residencia para mayores de Roquetas de Mar, Virgen del Rosario”, por un importe total de SIETE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO EUROS Y SESENTA Y OCHO CÉNTIMOS (7.885,68 Euros) IVA incluido, conforme se establece en el presupuesto adjunto, siendo aplicables los artículos 56 y 176 del TRLCAP, se propone:
1º. Contratar con la empresa RÓTULOS PONIENTE, S.L.N.E., con C.I.F. B04585352, el suministro e instalación del cartel indicador de la “Residencia para mayores de Roquetas de Mar, Virgen del Rosario”, por un importe total de SIETE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO EUROS Y SESENTA Y OCHO CÉNTIMOS (7.885,68 Euros) IVA incluido.
2º. La presente propuesta deberá ser objeto de fiscalización previa por la Intervención de Fondos.
3º. Dar traslado de la presente resolución a la mercantil adjudicataria, Intervención de Fondos y Unidad de Contratación”.
Consta en el expediente por parte de la Intervención de Fondos, retención de crédito con número de operación: 220080005456, importe: 7.885,68 Euros, número de referencia: 22008003681 y de fecha 22/04/2008.
La JUNTA DE GOBIERNO ha resuelto aprobar la Proposición en todos sus términos.
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4º.4. Acta de la mesa de Contratación para la valoración del informe técnico emitido sobre las ofertas del expediente de contrato de servicio de limpieza de centros docentes dependientes del Ayuntamiento de Roquetas de Mar.
Se da cuenta de la siguiente Acta:
“ACTA DE LA MESA DE CONTRATACION REUNIDA PARA LA VALORACION DEL INFORME TECNICO EMITIDO SOBRE LAS OFERTAS DEL EXPEDIENTE DE CONTRATO DE SERVICIO DE LIMPIEZA DE CENTROS DOCENTES DEPENDIENTES DEL AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR.
ASISTENTES:
Presidente: D. Gabriel Amat Ayllón, AlcaldePresidente. Vocales: Dª Mª Teresa Fernández Borja, Concejal Delegada de Contratación; Dª Eloísa Mª Cabrera Carmona, Concejal Delegada de Educación y Cultura; D. Guillermo Lago Núñez, Secretario General; D. Luís Ortega Olivencia, Interventor de Fondos; D. Gabriel Sánchez Moreno, Técnico del Área de Educación y Cultura; Pilar RuizRico Alcaide, Asesor Técnico de la Unidad de Contratación.
Secretario de acta: Dª. Josefa Rodríguez Gómez, Jefa de la Unidad de Contratación. En la Sala de Comisiones de la Casa Consistorial, a veintiuno de abril de 2008,
siendo las 13:50 horas, se constituye la Mesa de Contratación, compuesta en la forma precedentemente señalada, a fin de proceder al examen del informe emitido por el Técnico Municipal adscrito al Área de Educación y Cultura, relativo a la valoración de las proposiciones presentadas al concurso convocado para la adjudicación del contrato de Servicio de Limpieza de Centros Docentes dependientes del Ayuntamiento de Roquetas de Mar, según la convocatoria publicada en el B.O.P. de Almería nº 41 de fecha 29.02.08. El presupuesto de licitación se fija en las cantidades siguientes, IVA incluido: 1. CEIP LAS SALINAS: 68.882,90. €2. CEIP TORREQUEBRADA: 49.202,10. €3. CEIP LA ROMANILLA: 19.680,81. €4. CEIP JUAN DE OREA: 68.882,90. €5. CEIP LA MOLINA: 29.512,22. €6. CEIP LAS LOMAS: 68.882,90. €7. CEIP LLANOS DE MARÍN: 49.202,10. € TOTAL: 354.245,93. €
El citado informe, emitido el día 11 de abril de 2008, procede a la valoración de los licitadores que han optado al presente concurso, aplicando a las proposiciones presentadas los criterios objetivos de adjudicación que establece el Pliego de Cláusulas en su apartado III.4., y
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justificados debidamente en el citado informe, las puntuaciones finales obtenidas por los licitadores son las siguientes:
EMPRESA OFERTAECONOMICA:45 PUNTOS
CARACT. TECNICAS DEL PROYECTO: 30 PUNTOS
MEJORASPROPUESTAS:25 PUNTOS
PUNTUACIONTOTAL
1. ANDALUZA TRATAMIENTOS DE HIGIENE S.A.PRESUPUESTO: 347.161,01. €
44,49
25
25
94,49
2. MARIA DE MAR CASTILLO LOPEZPRESUPUESTO: 354.245,93. €
43,60
15
0
58,60
3.VERDIBLANCA CENTRO ESPECIAL DE EMPLEOPRESUPUESTO: 343.264,31.€
45
21
24
90
A la vista de las puntuaciones obtenidas, la Mesa ha resuelto formular propuesta de adjudicación del contrato de servicio de limpieza de Centros Docentes dependientes del Ayuntamiento de Roquetas de Mar, a la empresa ANDALUZA TRATAMIENTOS DE HIGIENE S.A. (ATHISA) con C.I.F. nº A18.485.516, en las condiciones expresadas en la proposición técnicoeconómica presentada, en la cual adjunta listado con los materiales empleados, conjunto de medios de que dispone, características técnicas de éstos, detalle de la plantilla de personal, con formación específica y vestuario, así como protocolo de actuación en materia de prevención de riesgos laborales. Así mismo, presenta programa de mejoras que se detalla en carros de limpieza, retirada de carteles, en horas de limpieza y en un servicio de desodorización. Además la empresa contempla explícitamente la opción de subrogar el personal que realiza el servicio actualmente. El presupuesto de adjudicación se fija en la cantidad de trescientos cuarenta y siete mil ciento sesenta y un euros con un céntimo (347.161,01.€) IVA incluido.
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Así mismo, el adjudicatario deberá depositar garantía definitiva por importe del 4% del presupuesto de adjudicación, dentro del plazo de quince días a partir de la notificación del acuerdo de adjudicación, como requisito previo a la formalización del preceptivo contrato, que tendrá lugar en el plazo de un mes posterior a dicha notificación. Con objeto de llevar a cabo la supervisión de la ejecución del contrato, se designará por el órgano de contratación al técnico municipal del Área de Educación y Cultura, Gabriel Sánchez Moreno, con el fin de asegurar la correcta realización del servicio. Del acuerdo de adjudicación se dará traslado a las empresas adjudicatarias, así como al resto de licitadores; Área de Educación y Cultura e Intervención de Fondos. En este estado se levanta la presente acta que, tras su lectura, firma la Mesa de Contratación, de lo que, como Secretario, certifico”.
La JUNTA DE GOBIERNO ha resuelto aprobar el Acta en todos sus términos.
4º.5. Acta de valoración del informe técnico emitido en el expediente de concurso para la celebración del contrato de suministro de ropa de trabajo y equipos de protección individual para el personal de las distintas delegaciones y dependencias municipales adscritas al Ayuntamiento de Roquetas de Mar.
Se da cuenta de la siguiente Acta:
“ACTA DE VALORACION DEL INFORME TECNICO EMITIDO EN EL EXPEDIENTE DE CONCURSO PARA LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO DE SUMINISTRO DE ROPA DE TRABAJO Y EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL PARA EL PERSONAL DE LAS DISTINTAS DELEGACIONES Y DEPENDENCIAS MUNICIPALES ADSCRITAS AL AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR.
ASISTENTES: Presidente: D. Gabriel Amat Ayllón, AlcaldePresidente.Vocales: D. Guillermo Lago Núñez, Secretario General; D Luís Ortega Olivencia, Interventor de Fondos; Dª. Mª. Teresa Fernández Borja, Concejal Delegada de Contratación, Dª. Francisca Candelaria Toresano Moreno, Concejal Delegada de Recursos Humanos y Régimen Interior, Dª. Josefa Rodríguez Gómez, Jefa de la Unidad de Contratación, Dª. Soledad Blanco Gálvez, Jefe de la Unidad de Prevención de Riesgos Laborales.Secretaria de acta: Dª. Pilar RuizRico Alcaide, Técnico de la Unidad de Contratación.
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En la Sala de Comisiones de la Casa Consistorial, a veintiuno de abril de 2008, siendo las 13.00 horas, se constituyó la Mesa de Contratación, compuesta en la forma precedentemente señalada, para proceder a la lectura del informe técnico emitido sobre las proposiciones presentadas por los licitadores que han optado al concurso convocado y publicado en el B.O.P. num. 43 de fecha 4 de marzo de 2.008, para el suministro de ropa de trabajo y equipos de protección individual para el personal de las distintas delegaciones y dependencias municipales adscritas al Ayuntamiento de Roquetas de Mar. Dicha licitación presenta la particularidad de que al tratarse del suministro de una pluralidad de bienes inexacta que deben ser entregadas a la Administración de forma sucesiva, a la que hace referencia el artículo 172 apartado 1, letra a) del TRLCAP, por estar subordinadas las entregas a las necesidades de la Administración, el límite máximo del gasto para la Administración viene determinado por los créditos presupuestarios que estuviese disponible durante el ejercicio. Como criterio orientativo, durante el ejercicio de 2007 el importe del suministro de los productos a los que hacemos referencia ascendió a 177.749,17 Euros. La presente licitación consta de 12 Lotes:
− LOTE 1: Vestuario de Jardineros (núm. Trabajadores 62), Albañiles (núm. Trabajadores
38) , Fontaneros (núm. Trabajadores 5) y Desinsectación (núm. Trabajadores 4)
− LOTE 2: Vestuario de Electricistas (núm. Trabajadores 19)
− LOTE 3: Vestuario de Pintores (núm. Trabajadores 16)
− LOTE 4: Vestuario de Carpinteros (núm. Trabajadores 8)
− LOTE 5: Vestuario de Parque Móvil (núm. Trabajadores 32) y conserjes naves municipales
(núm. Trabajadores 8)
− LOTE 6: Vestuario de Limpiadoras (núm. Trabajadores 41)
− LOTE 7: Vestuario de Conserjes Colegios (núm. Trabajadores 15) y Conserjes Edificios y
Cultura (núm. Trabajadores 13)
− LOTE 8: Vestuario de Teatro (núm. Trabajadores 3)
− LOTE 9: Vestuario de Deportes (núm. Trabajadores 35)
− LOTE 10: Vestuario de Notificadores (núm. Trabajadores 3)
− LOTE 11: Vestuario Policía Local (núm. Trabajadores 120)
− LOTE 12: Vestuario Protección Civil (núm. Trabajadores 1 funcionario y 65 voluntarios).
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PROPOSICIÓN Nº 1 presentada por don Francisco Criado Fuentes, con D.N.I. nº 75190735D, en su propio nombre y representación, presenta una propuesta económica y técnica para el Lote 11: Policía Local, importe por uniformidad de MIL OCHENTA Y DOS EUROS CON CINCUENTA Y CINCO CENTIMOS (1082,55 €), en la que se incluye: una relación de la ropa de trabajo y equipos de protección individual para el personal del Ayuntamiento de Roquetas, detallando el precio unitario de cada uno de éstos productos. No se determina el código de los mismos. El plazo de entrega de los productos desde la fecha del pedido es de sesenta días. No presenta documentación administrativa acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en el artículo 79.2 del TRLCAP (según lo dispuesto en el artículo 81.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos
PROPOSICIÓN Nº 2 presentada por la empresa AGODIS, S.L., con C.I.F. B04127197, presenta una propuesta económica y técnica en la que se incluye: una relación de la ropa de trabajo y equipos de protección individual para el personal del Ayuntamiento de Roquetas, detallando el precio unitario de cada uno de éstos productos, detallando el precio unitario de cada uno de éstos productos y el código de los mismos, así como la documentación acreditativa de la calidad de los mencionados productos acompañada de fotografías de los mismos. El plazo de entrega del suministro es de cuarenta y cinco días desde la fecha del pedido. La oferta económica de la citada licitadora es la siguiente:
Lote 1: por un importe por uniformidad de DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO EUROS CON CUARENTA Y CINCO CÉNTIMOS (258,45 €)
Lote 2: por un importe por uniformidad de QUINIENTOS CATORCE EUROS CON SETENTA CÉNTIMOS (514,70 €)
Lote 3: por un importe por uniformidad de DOSCIENTOS TRES EUROS CON NOVENTA Y TRES CÉNTIMOS (203,93 €)
Lote 4: por un importe por uniformidad de DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE EUROS CON DIECISEIS CÉNTIMOS (249,16 €)
Lote 5: por un importe por uniformidad de CUTROCIENTOS VENTICUATRO EUROS CON VENTICUATRO CÉNTIMOS (425,24 €)
Lote 6: por un importe por uniformidad de CIENTO VENTIDOS EUROS CON DIECIOCHO CÉNTIMOS (122,18 €)
Lote 7: por un importe por uniformidad de TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO EUROS CON VEINTE CÉNTIMOS (384,20 €)
Lote 8: por un importe por uniformidad de CIENTO SESENTA Y DOS EUROS CON CINCUENTA Y DOS CÉNTIMOS (162,52 €)
Lote 9: por un importe por uniformidad de TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO EUROS CON CUARENTA Y DOS CÉNTIMOS (335,42 €)
Lote 10: por un importe por uniformidad de DOSCIENTOS NOVENTA Y UN EUROS CON NOVENTA Y SIETE CÉNTIMOS (291.97 €)
Lote 11: por un importe por uniformidad de NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE EUROS CON SETENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (979,74 €)
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Lote 12: por un importe por uniformidad de personal funcionario de QUINEINTAS QUINCE EUROS CON SETENTA Y UN CÉNTIMOS (515,71 €) y un importe por uniformidad de los voluntarios de QUINIENTOS VENTISIETE EUROS CON DIECISEIS CENTIMOS (527,16 €)
A continuación, se procede por la Mesa a la lectura del Informe Técnico emitido por la técnico de Prevención de Riesgos Laborales: Doña Soledad Blanco Gálvez, que pone de manifiesto la puntuación obtenida por las empresas en función de los criterios de adjudicación que establece el pliego de cláusulas:
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
EMPRESA LOTE
Mejor precio (de 0 a 45)
Mejoras de calidad y variedad en productos y materiales (de 0 a 45)
Menor plazo de entrega (de 0 a 10)
Puntuación Total
AGODIS, S.L. Lote 1 45 puntos
15 puntos 10 puntos0 puntos0 puntos0 puntos
0 puntos 70 puntos
Lote 2 45 puntos
20 puntos 10 puntos0 puntos0 puntos0 puntos
0 puntos 75 puntos
Lote 3 45 puntos
15 puntos 10 puntos0 puntos0 puntos0 puntos
0 puntos 70 puntos
Lote 4 45 puntos
15 puntos 10 puntos0 puntos0 puntos0 puntos
0 puntos 70 puntos
Lote 5 45 puntos
15 puntos 10 puntos0 puntos0 puntos0 puntos
0 puntos 70 puntos
Lote 6 45 puntos
15 puntos 10 puntos0 puntos0 puntos0 puntos
0 puntos 70 puntos
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Lote 7 45 puntos
20 puntos 10 puntos0 puntos0 puntos0 puntos
0 puntos 75 puntos
Lote 8 45 puntos
15 puntos 10 puntos0 puntos0 puntos0 puntos
0 puntos 70 puntos
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
EMPRESA LOTE
Mejor precio (de 0 a 45)
Mejoras de calidad y variedad en productos y materiales (de 0 a 45)
Menor plazo de entrega (de 0 a 10)
Puntuación Total
AGODIS, S.L. Lote 9 45 puntos
10 puntos 10 puntos0 puntos0 puntos0 puntos
0 puntos 65 puntos
Lote 10 45 puntos
15 puntos 10 puntos0 puntos0 puntos0 puntos
0 puntos 70 puntos
Lote 11 10 puntos
15 puntos 10 puntos0 puntos0 puntos0 puntos
0 puntos 35 puntos
Lote 12 10 puntos
15 puntos 10 puntos0 puntos0 puntos0 puntos
0 puntos 35 puntos
FRANCISCO CRIADO FUENTES
Lote 11 0 puntos
0 puntos 10 puntos0 puntos0 puntos0 puntos
0 puntos 10 puntos
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A la vista de las puntuaciones obtenidas por los licitadores según los criterios de baremación que establece el Pliego de Cláusulas Administrativas y Técnicas Particulares, excluido como se ha dicho anteriormente el Precio, se propone por la Mesa de Contratación formular propuesta de adjudicación del contrato de para el suministro de ropa de trabajo y equipos de protección individual para el personal de las distintas delegaciones y dependencias municipales adscritas al Ayuntamiento de Roquetas de Mar para los Lotes 1 al 12 a la mercantil AGODIS, S.L., con C.I.F. B04127197, por los importes por uniformidad establecidos anteriormente.
Asimismo, la entidad adjudicataria, atendiendo a lo dispuesto en el artículo IV.1 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, deberá constituir garantía definitiva por importe del 2% del importe indicativo señalado en el cláusula segunda del referido pliego, esto es, 3.545 Euros, como requisito previo a la formalización del contrato, dentro del plazo de 15 días hábiles a partir de la notificación de la adjudicación, que tendrá lugar en el plazo de un mes posterior a dicha notificación.
Con objeto de llevar a cabo la supervisión de la ejecución del contrato, se desgana como responsable de dicha supervisión a los Técnicos de la Unidad de Prevención de Riesgos Laborales del Ayuntamiento de Roquetas de Mar.
En este estado se levanta la presente acta que, tras su lectura, firma la Mesa de Contratación, de lo que, como Secretario, DOY FE.”
La JUNTA DE GOBIERNO ha resuelto aprobar el Acta en todos sus términos.
4º.6. Acta de valoración del informe técnico emitido en el expediente de concurso para la celebración del contrato de consultoría y asistencia técnica consistente en la elaboración de un estudio sobre el análisis, descripción y valoración de puestos de trabajo en el Ayuntamiento de Roquetas de Mar.
Se da cuenta del siguiente Acta:
“ACTA DE VALORACION DEL INFORME TECNICO EMITIDO EN EL EXPEDIENTE DE CONCURSO PARA LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO DE CONSULTORÍA Y ASISTENCIA TÉCNICA CONSISTENTE EN LA ELABORACIÓN DE UN ESTUDIO SOBRE EL ÁNALISIS, DESCRIPCIÓN Y VALORACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO EN EL AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR.
ASISTENTES: Presidente: D. Gabriel Amat Ayllón, AlcaldePresidente.
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Vocales: D. Guillermo Lago Núñez, Secretario General; D Luis Ortega Olivencia, Interventor de Fondos; Dª. Mª. Teresa Fernández Borja, Concejal Delegada de Contratación, Dª. Francisca Candelaria Toresano Moreno, Concejal Delegada de Recursos Humanos y Régimen Interior, Dª. Josefa Rodríguez Gómez, Jefa de la Unidad de Contratación, D. Rafael Leopoldo Aguilera Martínez, Jefe de la Sección de Recursos Humanos.Secretaria de acta: Dª. Pilar RuizRico Alcaide, Técnico de la Unidad de Contratación.
En la Sala de Comisiones de la Casa Consistorial, a veintiuno de abril de 2008, siendo las 13.30 horas, se constituyó la Mesa de Contratación, compuesta en la forma precedentemente señalada, para proceder a la lectura del informe técnico emitido sobre las proposiciones presentadas por los licitadores que han optado al concurso convocado para la celebración del contrato de consultoría y asistencia técnica consistente en la elaboración de un estudio sobre el análisis, descripción y valoración de puestos de trabajo en el Ayuntamiento de Roquetas de Mar, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería num. 30 de fecha 13 de febrero de 2.008. Dicha licitación presenta la particularidad de que dada la dificultad que supone la determinación del presupuesto y el desconocimiento del plan de trabajo que puede llevar a cabo la empresa adjudicataria y su metodología de trabajo y los honorarios a percibir, siempre respetando el pliego de prescripciones técnicas, “la reserva de crédito para hacer frente al gasto que se derive de la contratación, así como su fiscalización previa y aprobación, se realizará una vez conocido el importe de la oferta que resulte seleccionada como adjudicataria del contrato, en el supuesto de que el Ayuntamiento pueda atender la financiación.”
Antes de proceder a la lectura del referido informe se ponen de manifiesto las siguientes circunstancias:
• Que con fecha 11 de marzo de 2008 se procedió a la apertura de las ofertas presentadas al concurso al que hacemos referencia, se levantó acta de la sesión en la que se hizo constar lo siguiente: “Una vez concluido el examen de las ofertas presentadas, se procede a la calificación de la documentación general, siendo así que las mercantiles licitadoras cumplen con los requisitos exigidos en la Cláusula III.2.1. del Pliego de Cláusulas que rige la licitación y en el artículo 79.2 del TRLCAP (según lo dispuesto en el artículo 81.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos), excepto la UNIDAD DE INVESTIGACIÓN IPTORA/HUMANIA, PROYECTOS EMPRESARIALES, S.L. UNIVERSIDAD DE ALMERÍA, la cual no presenta documentación administrativa acreditativa de su capacidad de obrar alegando que la misma se proporcionará “en el caso de adjudicación del proyecto pues está en posesión de la Universidad de Almería” .Así mismo, no han presentado garantía provisional las siguientes empresas: NOVOTEC CONSULTORES, S.A., INNOVALIA GRUPO DE ASESORES, S.L., PROYECTOS DE INGENIERÍA Y CALIDAD, S.L. y CARLOS GARZÓN MORENO”.
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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 81.2 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, según el cual “si la mesa observa defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará verbalmente a los interesados , y tal y como se hizo constar en el acta de apertura de ofertas por medio de diligencia extendida al efecto, con fecha día 12 de marzo de 2008, se comunicó a la UNIDAD DE INVESTIGACIÓN IPTORA/HUMANIA, PROYECTOS EMPRESARIALES S.L. EBT UNIVERSIDAD DE ALMERÍA que no había presentado documentación administrativa alguna que acreditase la capacidad de obrar de dicho licitador, así como garantía provisional, ambos extremos imprescindibles para poder concurrir a la litación a la que nos referimos. Así mismo se le apercibió que, atendiendo a lo dispuesto en la normativa vigente en materia de contratos con las Administraciones Públicas, debería subsanar las deficiencias de la aludida documentación administrativa en el plazo de tres días hábiles. Con fecha 13 de marzo de 2008, siendo las 12:42 horas, se presentó en la Unidad de Contratación la documentación administrativa requerida el día anterior en nombre de la Sociedad HUMANIA PROYECTOS EMPRESARIALES, S.L. y se manifestó por el presentante, D. Francisco Martínez Gómez, socio fundador de la referida sociedad, que dicha empresa estaba constituida por las mismas personas que formaban el grupo de trabajo de UNIDAD DE INVESTIGACIÓN IPTORA Consta en el sobre A, declaración jurada en estos términos.Con fecha 13 de marzo de 2008, se les comunicó, vía telefónica, a los licitadores que no habían presentado garantía provisional que debían proceder a depositarla en el plazo establecido legalmente.
• Que con fecha 25 de marzo de 2008 al haberse producido la circunstancia expresada en el acta de apertura de las ofertas presentadas por los licitadores anteriormente citados, esto es, UNIDAD DE INVESTIGACIÓN IPTORA/HUMANIA, PROYECTOS EMPRESARIALES, S.L. UNIVERSIDAD DE ALMERÍA, NOVOTEC CONSULTORES, S.A., INNOVALIA GRUPO DE ASESORES, S.L., PROYECTOS DE INGENIERÍA Y CALIDAD, S.L. y CARLOS GARZÓN MORENO, se reúne la Mesa de Contratación a fin de proceder al estudio y valoración de la documentación administrativa presentada por los referidos licitadores, en relación a la normativa aplicable en materia de contratación pública. En el acta redactada a los efectos se puso de relieve que habiendo trascurrido el plazo establecido en el artículo 81.2 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, una vez examinada la solvencia económica financiera y técnica o profesional de los licitadores:
1) Fueron admitidas en la licitación las siguientes sociedades:
- RODRÍGUEZ VIÑALS, S.L., con C.I.F. B07207160.- ESTRATEGIA LOCAL, S.A., con C.I.F. A59108522.- ARES CONSULTORES ANDALUCÍA, S.L., con C.I.F. B04336673.- INNOVALIA GRUPO DE ASESORES, S.L., con C.I.F. B53732061.
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- AUREN ELISARDO SÁNCHEZ ASESORES, S.A., con C.I.F. A29244654.- CINDE CONSULTORES CT & D CONSULTING, S.C.A., con C.I.F. F23486210.- TEA CEGOS, S.A., con C.I.F. A28056604.- PRICEWATERHOUSECOOPERS ASESORES DE NEGOCIOS, S.L., con C.I.F. B
78016375.- INTERLOPH, S.L., con C.I.F. B04526992.- GRUPO SGS ESPAÑA SGS TECNOS, S.A., con C.I.F. A28345577.- CAU GROUP CONSULTORES, S.L. con C.I.F. b92009372 y AGAEX INFORMÁTICA,
S.L.U. con C.I.F. B41837725, con el compromiso de constituirse en UTE.- PROYECTOS DE INGENIERÍA Y CALIDAD, S.L. con C.I.F. B91011882 y
CONSULTORES ASOCIADOS CAS ASESORAMIENTO Y PROYECTOS, S.L. con C.I.F. B92775618, con el compromiso de constituirse en UTE.
- ZIES INVESTIGACIÓN Y CONSULTORÍA, S.L.L. con C.I.F. B37452026.- INSTITUTO DE LA CALIDAD, S.A.U., con C.I.F. A41583931.- MIRAVA CONSULTORES, S.L., con C.I.F. B83139006.- AON GIL Y CARVAJAL, S.A.U., con C.I.F. A28109247.
2) Fueron excluidas en la licitación las siguientes sociedades:
- HUMANIA, PROYECTOS EMPRESARIALES S.L. EBT UNIVERSIDAD DE ALMERÍA, con CIF número B04630802.
- NOVOTEC CONSULTORES, S.A. con CIF A 78068202. - CARLOS GARZÓN MORENO, con N.I.F. número 52.407.048F.
• Que con fecha 26 de marzo de 2008, y procediendo conforme a lo establecido en el acta de apertura del concurso al que nos referimos (en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 81.2 del TRLCAP), se solicita por la Mesa de contratación la emisión de informe de valoración del citado concurso por parte de los Técnicos especialistas en la materia, esto es, de la Unidad de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Roquetas de Mar. Con fecha 2 de abril de 2008 se emite informe de los referidos Técnicos de Recursos Humanos, en el que se pone de manifiesto que “para evaluar la propuesta de adjudicación del concurso para el análisis, descripción y valoración de los puestos de trabajo, y atendiendo al criterio de adjudicación señalado en el punto “III.4.2. Precio”, se tiene dificultad técnica para la aplicación de la fórmula expresada en la reseñada cláusula del Pliego, al no contar con el parámetro “tipo de licitación”, por lo que, se solicita a la Mesa de Contratación la redefinición de la fórmula, o en su caso, de los parámetros o criterios a tener en cuenta”.Tras ser debatido el asunto en cuestión por los miembros de la mesa de contratación se acuerda por unanimidad de los presentes, tal y como consta en el acta de fecha 4 de abril de 2008, excluir el criterio de “Precio” en la adjudicación del concurso al que nos referimos, manteniéndose el resto de los criterios de adjudicación en los términos establecidos en el pliego de cláusulas administrativas. Con ello se garantiza la igualdad en la participación de todos los licitadores y la transparencia del concurso.
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A continuación, se procede por la Mesa a la lectura del Informe Técnico emitido por los técnicos: D. Rafael Leopoldo Aguilera, Jefe del Servicio de Recursos Humanos, Dª. Ana Belén Pulido Delgado, Jefa de la Sección de Recursos Humanos y Dª. Maria José Rodríguez González, Jefa de la Sección de Prestaciones Económicas, que pone de manifiesto la puntuación obtenida por las empresas en función de los criterios de adjudicación que establece el pliego de cláusulas:
EMPRESASPROPUESTA DE PROYECTO Y RESOLUCIÓN TÉCNICA, Se
valora el enfoque global de los
trabajos, de cara al cumplimiento de los objetivos
básicos del proyecto
establecidos en el Pliego de
prescripciones técnicas,
otorgándose hasta un máximo
de 45 puntos
PRECIO El citado
criterio se ha excluido de
la adjudicación
del concurso. Acta de la mesa de
contratación de fecha 4 de abril de
2008
PLAZO DE EJECUCIÓNSe otorga un
máximo de 15 puntos.
MEJORAS DEL
PROYECTOSe otorga un
máximo de 10 puntos
TOTALPUNTOS
RODRÍGUEZ VIÑALS S.L. 30 puntos 12 puntos 1 punto
43 puntos
ESTATEGIA LOCAL 9 puntos 12 puntos
1 punto 22 puntos
ARES CONSULTORES ANDALUCÍA, S.L.
12 puntos6 puntos 1 punto
19 puntos
INNOVALIA GRUPO DE
ASESORES, S.L.6 puntos 3 puntos 1 punto 10 puntos
AUREN ELISARDO SÁNCHEZ
6 puntos 6 puntos 1 punto 13 puntos
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ASESORES, S.A.L.CINDE
CONSULTORES CT & D
CONSULTING S.C.A.
15 puntos6 puntos 5 puntos 26 puntos
TEA CEGOS, S.A..
21 puntos12 puntos 1 punto 34 puntos
PRICEWATERHOUSE ASESORES DE NEGOCIOS, S.L.
21 puntos 15 puntos 1 punto 37 puntos
INTERLOPH, S.L. 12 puntos 6 puntos 5 puntos 23 puntosGRUPO SGS ESPAÑA SGS TECNOS, S.A.
12 puntos 6 puntos 1 punto 19 puntos
CAU GRUPO CONSULTORES,
S.L. Y AGAEX INFORMÁTICA
S.L.U UTE
6 puntos 6 puntos 1 puntos 13 puntos
PROYECTOS DE INGENIERIA Y
CALIDAD S.L. Y CONSULTORES ASOCIADOS S.L.
9 puntos 0 punto 1 punto 10 puntos
ZIES S.L.L. 9 puntos
9 puntos 1 puntos 19 puntos
INSTITUTO DE CALIDAD S.A.U.
9 puntos 0 puntos 21punto 10 puntos
MIRAVA CONSULTORES,
S.L.
6 puntos 3 puntos 2 puntos 11 puntos
AON GIL Y CARVAJAL,
S.A.U.
9 punts 15 puntos 1 puntos 25 puntos
En consecuencia, a la vista de las puntuaciones obtenidas por los licitadores según los criterios de baremación que establece el Pliego de Cláusulas Administrativas y Técnicas
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Particulares, excluido como se ha dicho anteriormente el Precio, se propone por la Mesa de Contratación formular propuesta de adjudicación del contrato de para la elaboración de un estudio sobre el análisis, descripción y valoración de puestos de trabajo en el Ayuntamiento de Roquetas de Mar a la mercantil RODRÍGUEZ VIÑALS, S.L., con C.I.F. nº B07207160, por importe total de SETENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y UN EUROS (75.461 €) IVA incluido. No obstante y atendiendo a lo establecido en la oferta económica de la citada empresa se establece lo siguiente: “La asistencia presencial a reuniones municipales se producirá preferentemente en coincidencia con las fechas acordadas para las visitas programadas en la Memoria, adicionalmente, se podrán solicitar un máximo de 2 visitas complementarias más, el resto que pudieran ser necesarias, se atenderán y facturarán conforme a lo propuesto en la oferta económica”. En ésta se indica que el baremo a jornada completa de trabajo en el Ayuntamiento, fuera de las visitas programadas, las cuales se establecen en la referida memoria, y las dos complementarias;Sr. Ramón Rodríguez Viñals: 1.605 Euros (MIL SEISCIENTOS CINCO EUROS) IVA incluido.Sres. Consultores Superiores: 1.204 Euros (MIL DOSCIENTOS CUATRO EUROS) IVA incluido.
Por la mesa de contratación se examina la memoria presentada por la empresa que se propone como adjudicataria de la cual se extrae el siguiente resumen y orden cronológico:
FASE PRELIMINAR Y PRIMERA, de acción formativa para la correcta comprensión de los fundamentos técnicos y jurídicos del proyecto y determinación de la situación organizativa actual del Ayuntamiento de Roquetas de Mar, en esta fase se prevén uno o dos días de visita presencial, en jornada de ocho horas y días hábiles del Sr. Ramón Rodríguez Viñals y dos Sres. Consultores Superiores: Sra. Maria Jesús Martínez Virto y Sr. D. Alexander Dürbeck, tras una segunda y tercera parte de trabajo de gabinete de unos 20 días hábiles, se prevé una parte de trabajo de campo, en la que se realizarán visitas de cinco días hábiles, en las mismas condiciones expuestas, en las instalaciones del Ayuntamiento de Roquetas de Mar. Culmina esta fase con una etapa de trabajo de gabinete de unos 15 días hábiles. El resultado del trabajo realizado en esta fase se plasmará en un documento de organigramas y descripción definitiva de la situación organizativa actual. En el plazo de un mes de haberse producido la entrega formal de dicho trabajo, el Ayuntamiento emitirá certificación conforme o manifestará por escrito los reparos que pudiera tener. De producirse reparos, éstos vendrán acompañados de la relación de aspectos a ser subsanados. El silencio administrativo transcurrido en el plazo mencionado, se interpretará como de conformidad sin reparos de los trabajos entregados. Finalizados los plazos mencionados se expedirá la correspondiente primera factura.
FASE SEGUNDA: De estudio de optimización organizativa: Cuenta con una primera parte de trabajo de gabinete de 15 días hábiles de duración, así como una segunda parte de validación de la implantación de la propuesta organizativa a realizar en el Ayuntamiento de Roquetas de Mar con una duración de un día hábil. Una tercera parte, consistente en trabajo de gabinete y de campo (en las instalaciones del Ayuntamiento) de una duración de 20 días hábiles. . El resultado del trabajo realizado en ésta fase se plasmará en un documento en el que se plasmará los
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nuevos puestos de trabajo que se deben incorporar a la plantilla municipal a corto plazo. En el plazo de un mes de haberse producido la entrega formal de dicho trabajo, el Ayuntamiento emitirá certificación conforme o manifestará por escrito los reparos que pudiera tener. De producirse reparos, éstos vendrán acompañados de la relación de aspectos a ser subsanados. El silencio administrativo transcurrido en el plazo mencionado, se interpretará como de conformidad sin reparos de los trabajos entregados. Finalizados los plazos mencionados se expedirá la correspondiente segunda factura.
TERCERA FASE: Estudio comparativo de retribuciones: equidad externa. Consta esta fase de una única parte, consistente en un trabajo de gabinete de 15 días hábiles de duración.
CUARTA FASE: Relación y Valoración de puestos de trabajo: “RPT”. Consta esta fase de una única parte, consistente en un trabajo de campo y de gabinete de 20 días hábiles de duración y otros 20 días hábiles en los que se habrán de resolver las alegaciones que se hayan formulado a la vista de los resultados provisionales de valoración. . El resultado del trabajo realizado en ésta fase se plasmará en un documento definitivo de RPT adaptado a modelo oficial. En el plazo de un mes de haberse producido la entrega formal de dicho trabajo, el Ayuntamiento emitirá certificación conforme o manifestará por escrito los reparos que pudiera tener. De producirse reparos, éstos vendrán acompañados de la relación de aspectos a ser subsanados. El silencio administrativo transcurrido en el plazo mencionado, se interpretará como de conformidad sin reparos de los trabajos entregados. Finalizados los plazos mencionados se expedirá la correspondiente tercera factura.
Se oferta como mejora una última fase formativa para el correcto mantenimiento de la RPT con el siguiente contenido:Acción formativa (A): Consistente en la explicación y aplicación práctica del manual de valoración y catalogación de puestos de trabajo para el futuro mantenimiento y actualización de la RPT. Acción formativa (B): Capacitación técnica general para la correcta comprensión de las medidas organizativas y la reasignación de su personal.Estas acciones formativas tendrán un plazo de duración de uno o dos días hábiles en el Ayuntamiento de Roquetas de Mar.Contendrá una tutoría no presencial para su implantación durante el plazo adicional de 6 meses, así como el apoyo para la adaptación de pactos y convenios y asesoramiento no presencial permanente durante el proceso negociador.En resumen: el plazo previsible para la totalidad de los trabajos se estima en seis meses (2, para la primera fase, dos para la segunda y dos para la tercera (prevista en el Pliego de Prescripciones Técnicas del concurso, la cual se identifica con la tercera y cuarta de las propuestas por la empresa RODRIGUEZ VIÑALS, S.L.).
Asimismo, la entidad adjudicataria deberá constituir garantía definitiva por importe del 4% del precio de adjudicación, esto es, TRES MIL DIECIOCHO EUROS Y CUARENTA Y CUATRO
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CÉNTIMOS (3.018,44 Euros) como requisito previo a la formalización del contrato, dentro del plazo de 15 días hábiles a partir de la notificación de la adjudicación, que tendrá lugar en el plazo de un mes posterior a dicha notificación.
Con objeto de llevar a cabo la supervisión de la ejecución del contrato, se desgana como responsable de dicha supervisión a la Comisión de valoración que según el Pliego de Prescripciones Técnicas
En este estado se levanta la presente acta que, tras su lectura, firma la Mesa de Contratación, de lo que, como Secretario, DOY FE.”
La JUNTA DE GOBIERNO ha resuelto aprobar el Acta de todos sus términos.
4º.7. Proposición relativa a contratar con A.I.E.R.T.A la cesión de los derechos de emisión y radiodifusión de diversa programación.
Se da cuenta de la siguiente Proposición:
“A.I.E.R.T.A. (Asociación Independiente de Emisoras de Radio de Televisión de Andalucía) es una entidad sin ánimo de lucro, dotada de personalidad jurídica y capacidad de obrar de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente. Que en desarrollo del objeto social de la misma, A.I.E.R.T.A. se ha convertido en titular en exclusiva, en su calidad de licenciatario, de los derechos de emisión y propiedad intelectual de una serie de Telenovelas, Concursos, Series infantiles, etc muestra de las cuales se contienen en el DVD que se incorpora como anexo a la presente propuesta. Que el Excmo. Ayuntamiento de Roquetas de Mar está interesado en poder emitir dicha programación a través de su emisora de televisión. Para ello será preciso que la entidad A.I.E.R.T.A ceda al referido Ayuntamiento los derechos de emisión de la mencionada programación, consistente en aproximadamente unas ochos horas diarias de productos televisivos tales como Telenovelas, Concursos, Series infantiles, etc. El precio de la referida cesión de derechos de emisión se fija en la cantidad de 18.000 Euros ANUALES más IVA.
En cuanto al procedimiento de adjudicación, dispone la Directiva 92/50/CEE del Consejo, de 18 de junio, en el artículo 25 que no es precisa la tramitación de un expediente de contratación, ya que “para determinados servicios audiovisuales en el ámbito de la radiodifusión deben poder tenerse en cuenta consideraciones de importancia cultural y social, debido a las cuales no resulta adecuada la aplicación de las normas de adjudicación de los contratos. Por eso, conviene establecer una excepción para los contratos públicos de servicios destinados a la compra, desarrollo, la producción o la coproducción de programas listos para su uso, así como los contratos que se refieren al tiempo de radiodifusión” En consecuencia, no
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es precisa la tramitación de expediente de contratación por procedimiento negociado sin publicidad por razón de la cuantía.
Se propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente ACUERDO:
1º. Contratar con A.I.E.R.T.A (Asociación Independiente de Emisoras de Radio y Televisión de Andalucía), provista de C.I.F. número G72000938, la cesión de los derechos de emisión y radiodifusión de la programación consistente en aproximadamente unas ochos horas diarias de productos televisivos tales como Telenovelas, Concursos, Series infantiles, etc muestra de las cuales se contienen en el DVD que se incorpora como anexo a la presente propuesta, por un importe DIECIOCHO MIL EUROS (18.000 EUROS) anuales, IVA no incluido, siendo el tipo impositivo aplicable del 16 %, por tanto el importe ascendería a la cantidad de VEINTE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA EUROS (20.880,00 Euros), por un periodo de UN AÑO, habiendo comenzando la puesta a disposición de la señal de dicha radiodifusión el día 1 de enero de 2008. El pago de la referida cantidad se hará por adelantado, abonándose el año completo con carácter previo en el plazo de un mes desde la adopción del presente acuerdo. La financiación del presente contrato se hará con cargo a la partida 010.01.463.227.07 del presupuesto del 2008.
2º. Será preciso informe de la Intervención de fondos relativo a la retención de crédito en la partida aludida por importe de VEINTE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA EUROS (20.880,00 Euros).
3º. Dar traslado del presente acuerdo a la Unidad de Contratación, Intervención de Fondos, y a la empresa adjudicataria a los efectos oportunos.
Consta en elexpediente por parte de la Intervención de Fondos, retencion de crédito con número de operación: 220080005719, importe: 20.880,00 Euros, número de referencia: 22008003886, y de fecha 23/04/08.
La JUNTA DE GOBIERNO ha resuelto aprobar la Proposición en todos sus términos.
4º.8. Acta de la Comisión Informativa de Hacienda, Aseo Urbano y Contratación celebrada el día 17 de abril de 2008.
Se da cuenta del ACTA DE LA COMISIÓN INFORMATIVA DE HACIENDA, ASEO URBANO Y CONTRATACIÓN CELEBRADA EL DÍA 17 DE ABRIL DE 2008, y por unanimidad de los Miembros asistentes, con excepción de los asuntos que deber ser sometidos a consideración del Ayuntamiento Pleno, acordó prestar su aprobación al Acta, y consecuentemente, adoptó los acuerdos en la misma Propuestos en los que por Delegación del Sr. AlcaldePresidente o Pleno es competente.
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“ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR LA COMISIÓN INFORMATIVA DE HACIENDA, ASEO URBANO Y CONTRATACIÓN
LUGAR: SALA DE COMISIONES, CASA CONSISTORIAL, ROQUETAS DE MAR (ALMERÍA).
FECHA: DÍA 17 DE ABRIL DE 2008. HORA DE COMIENZO: 11:00 HORAS.
PRESIDENTE: DON PEDRO ANTONIO LÓPEZ GÓMEZ.
CONCEJALES ASISTENTES Y ACTUACIÓN CORPORATIVADON ANTONIO GARCÍA AGUILAR. GRUPO P.P.
DOÑA MARÍA TERESA FERNÁNDEZ BORJA. P.P.
DON FRANCISCO MARTÍN HERNÁNDEZ. GRUPO P.P.
DON FERNANDO BENAVENTE MARÍN. GRUPO P.P.
DOÑA MARÍA ÁNGELES ALCOBA RODRÍGUEZ. GRUPO P.P.
DON JUAN MIGUEL PEÑA LINARES. GRUPO SOCIALISTA.
DOÑA MÓNICA RODRÍGUEZ LATORRE. GRUPO SOCIALISTA.
DON ANTONIO SUÁREZ SUÁREZ. GRUPO SOCIALISTA.
DON JOSÉ PORCEL PRAENA. GRUPO INDAPA.
FUNCIONARIOS PÚBLICOS ASISTENTES:
DOÑA MARIA DOLORES TORTOSA RAMOS, Técnico de Gestión, Adscrito a la Unidad de GestiónIntervención, que actúa de Secretaria de la Comisión.
En la ciudad de Roquetas de Mar, a los diecisiete días del mes de Abril de 2008 siendo las once horas, se reúnen, en la Sala de Comisiones de esta Casa Consistorial, al objeto de celebrar la Sesión Extraordinaria de la Comisión Informativa de Hacienda, Aseo Urbano y Contratación, previa convocatoria efectuada y bajo la Presidencia del Sr. Concejal Delegado de Hacienda y Aseo Urbano, DON PEDRO ANTONIO LÓPEZ GÓMEZ.
Por la PRESIDENCIA se declara válidamente constituida la Comisión Informativa a la que asisten los Concejales reseñados, pasándose a conocer el Orden del Día, que es el siguiente:
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PRIMERO. APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA COMISIÓN ORDINARIA DE HACIENDA CELEBRADA EL DÍA 31 DE MARZO DE 2008.
La Comisión aprueba el acta referenciada.
SEGUNDO. PROPUESTA DEL CONCEJALDELEGADO DE HACIENDA Y ASEO URBANO RELATIVA A REVISIÓN TARIFAS URBANAS AUTOMÓVILES LIGEROS (AUTOTAXIS).
Se da lectura de la propuesta, que es del siguiente tenor literal:
“D. PEDRO ANTONIO LÓPEZ GÓMEZ, CONCEJALDELEGADO DE HACIENDA Y ASEO URBANO en virtud de las funciones delegadas por el Sr. AlcaldePresidente con fecha 16/06/2007, ha dictado con fecha 11/04/08 la siguiente PROPUESTA DE RESOLUCIÓN:
Visto el expediente tramitado a instancia de la Asociación Profesional Local Central del Taxi de Roquetas de Mar relativo a la revisión de las tarifas urbanas correspondiente al servicio de transportes de viajeros en automóviles ligeros (autotaxis), acompañando tarifas para taxímetro del ejercicio 2.008 así como certificado del IPC anual del año 2.007.
Considerando lo dispuesto en la normativa legal vigente en la materia, y en particular la Disposición Adicional del Decreto 266/1988, y los acuerdos del Consejo de Gobierno de 22 de Enero de 1986, modificado por los de 5 de Julio de 1988, 4 de Abril de 1989, 27 de Marzo de 1990 y 26 de Noviembre de 1996, el art. 107 del RDL 781/1986, y el art. 37 de la vigente Ordenanza municipal reguladora del servicio de transportes en automóviles ligeros autotaxi, así como el Informe de Secretaría General e Intervención.
Esta ConcejalíaDelegada, eleva al Pleno, previo dictamen de la Comisión informativa de Hacienda, la adopción del siguiente Acuerdo:
Primero. Informar favorablemente la propuesta de revisión de tarifas para el ejercicio de 2.008, efectuada por la Asociación Profesional Local Central del Taxi de Roquetas de Mar, con arreglo al siguiente detalle:
CONCEPTO TARIFAS PROPUESTAS IVA INCLUÍDO/EUROS
I. Tarifa 1. Servicio urbano diurno laboral:Bajada de bandera………………………………………………………1,78Por Kilómetro recorrido…………………………………………………0,85Carrera mínima………………………………………………………….4,33Hora de espera… ……………………………………………………..17,20
Tarifa 2. Servicio urbano, fin de semana, festivo y nocturno:Bajada de bandera……………………………………………………….2,13
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Por kilómetro recorrido………………………………………………….1,02Carrera mínima…………………………………………………………. 5,18Hora de espera… ……………………………………………………...20,64
II. Suplementos:1. Servicios de periferia por recogida en:Solanillo, Cortijos de Marín o Las Losas…………………………………1,042. En servicio urbano, por cada bulto de más de 60 cmso carro de compra en supermercado………………………………………1,043. Espera en Palacio de Congresos y exposiciones o Terminal de Autobuses:…… ……………………………………………1,04
III. La tarifa 2 será de aplicación en los siguientes:1. Servicios nocturnos en días laborales desde las 22:00 horas a las 6:00 horas.2. Servicios de fin de semana, desde viernes a las 22:00 horas hasta lunes a las 06:00
horas.3. Servicios días festivos y ferias locales, desde las 00:00 horas a las 24:00 horas.4. Navidad y año nuevo desde las 22:00 horas del día 24 de diciembre hasta las 6:00
horas del día 7 de Enero.
Segundo. Dar traslado del expediente a la Comisión Provincial de Precios para su aprobación y posterior publicación en el BOJA a efectos de su entrada en vigor.”
Consta en el expediente:• Decreto de Alcaldía de Incoación de Expediente.• Informe del Secretario General• Informe del Interventor de Fondos
Sometido el punto a votación la misma es como sigue:P.P.: SIP.S.O.E.: SIINDAPA: ABSTENCIÓN
Por lo que dicha propuesta queda dictaminada favorablemente con los votos a favor de los grupos políticos P.P. y P.S.O.E. y la abstención del grupo político INDAPA.
TERCERO. PROPUESTA DEL CONCEJALDELEGADO DE HACIENDA Y ASEO URBANO, RELATIVA A LA APROBACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RESIDENCIA ASISTIDA PARA PERSONAS MAYORES Y UNIDAD DE ESTANCIAS DIURNAS.
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Se da cuenta de la propuesta del siguiente tenor literal:
“PROPUESTA DEL CONCEJAL DELEGADO DE HACIENDA Y ASEO URBANO, RELATIVA A LA APROBACION DE LA ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PUBLICO POR LA
PRESTACION DEL SERVICIO DE RESIDENCIA ASISTIDA PARA PERSONAS MAYORES Y UNIDAD DE ESTANCIAS DIURNAS
En cumplimiento de la Moción dictada por Alcaldía de fecha 03/04/2008, se tramita expediente de implantación deL Precio público por la prestación del servicio de Residencia Asistida para personas mayores y Unidad de Estancias Diurnas, así como de aprobación de la Ordenanza que lo regula, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 41 y ss (Título I) y artículo 127 (Título II) del RDL 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales.
En consecuencia, se propone al Ayuntamiento Pleno:
1º/ Aprobar provisionalmente la implantación de este Precio Público, así como la aprobación de la Ordenanza reguladora, cuyo texto es como sigue:
ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RESIDENCIA ASISTIDA PARA PERSONAS
MAYORES Y UNIDAD DE ESTANCIAS DIURNAS
ARTICULO 1. CONCEPTO.
De conformidad con lo previsto en el artículo 127, en relación con el artículo 41, ambos del RDL 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el TR de la LRHL, el Ayuntamiento de Roquetas de Mar, establece el precio público por la prestación del servicio de Residencia Asistida para Personas Mayores y Unidad de Estancias Diurnas, especificadas en las tarifas contenidas en el artículo 3, que se regirá por la presente Ordenanza, Reglamentos de Régimen Interior de la Residencia Municipal de Mayores y de la Unidad de Estancias Diurnas aprobadas por este Ayuntamiento y demás normativa de desarrollo.
ARTICULO 2. OBLIGADOS AL PAGO.
Están obligados al pago del precio público regulado en esta Ordenanza, quienes se beneficien de los servicios o actividades prestados en la Residencia Asistida ó Unidad de Estancias Diurnas a que se refiere el apartado anterior, o las Administraciones Públicas,
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Organismos, Entidades y personas públicas o privadas que estando obligadas por cualquier título al pago de los servicios sociales de la persona beneficiaria soliciten los referidos servicios.
ARTICULO 3. CUANTÍA.
1. La cuantía del precio público será la fijada en las tarifas contenidas en el apartado siguiente para cada uno de las distintas actividades o servicios.
2. Las tarifas serán las siguientes:
2.1. PLAZAS CONCERTADAS:
A) EN CENTRO RESIDENCIAL:
a) Para personas mayores válidas 25,89 €/díab) Para personas mayores asistidas 46,56 €/díac) Para personas mayores asistidas según aplicación de la Orden de 5 de noviembre de 2007:
47,01 €/día
d) Para personas mayores con trastornos graves y continuados de conducta:
59,66 €/día
B) EN CENTRO DE DIA (UNIDAD DE ESTANCIA DIURNA)
a) Para personas mayores asistidas en régimen de media pensión
20,26 €/día
b) Para personas mayores asistidas en régimen de media pensión y transporte
27,23 €/día
c) Para personas mayores en estancias diurnas fines de semana y festivos con transporte:
35,96 €/día
d) Para personas mayores en estancias diurnas fines de semana y festivos sin transporte:
28,99 €/día
C) PLAZAS DE RESPIRO FAMILIAR
a) Para personas mayores asistidas 65,98 €/díab) Para personas mayores con menor nivel de dependencia
48,88 €/día
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2.2. PLAZAS NO CONCERTADAS:
A) EN CENTRO RESIDENCIAL:
a) Para personas mayores válidas 25,89 €/díab) Para personas mayores asistidas 46,56 €/díac) Para personas mayores asistidas según aplicación de la Orden de 5 de noviembre de 2007:
47,01 €/día
d) Para personas mayores con trastornos graves y continuados de conducta:
59,66 €/día
B) EN CENTRO DE DIA (UNIDAD DE ESTANCIA DIURNA)
a) Para personas mayores asistidas en régimen de media pensión
20,26 €/día
b) Para personas mayores asistidas en régimen de media pensión y transporte
27,23 €/día
c) Para personas mayores en estancias diurnas fines de semana y festivos con transporte:
35,96 €/día
d) Para personas mayores en estancias diurnas fines de semana y festivos sin transporte:
28,99 €/día
C) PLAZAS DE RESPIRO FAMILIAR
a) Para personas mayores asistidas 65,98 €/díab) Para personas mayores con menor nivel de dependencia
48,88 €/día
ARTICULO 4. OBLIGACIÓN DE PAGO.
La obligación de pago del precio público regulado en esta Ordenanza, nace desde el momento que se preste o realice cualquiera de los servicios o actividades especificados en esta Ordenanza.
ARTICULO 5. COBRO.
1. El pago de los referidos precios públicos o de la parte de los mismos exigibles en cada mensualidad, se efectuará en el momento de presentación al cobro, a quien deba satisfacerlo, del correspondiente recibo mediante domiciliación bancaria.
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2. Las deudas impagadas se exigirán mediante el procedimiento administrativo de apremio.
DISPOSICION ADICIONAL UNICA
1. Las tarifas contenidas en la presente Ordenanza, se entenderán automáticamente actualizadas por el índice de precios al consumo del conjunto nacional interanual publicado por el INE, sin perjuicio de su adecuación una vez publicados los precios fijados por la Junta de Andalucía para las plazas concertadas.
2. Se establece expresamente conforme determina el artículo 23.2.b) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, de Bases del Régimen Local y al amparo de lo dispuesto en el artículo 47 del RDL 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el TR de la LRHL, la delegación en Junta de Gobierno Local de las competencias en materia de modificación de esta Ordenanza.
DISPOSICIÓN FINAL.
La presente Ordenanza, entrará en vigor al mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, siendo de aplicación y permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
2º/ Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptivas mediante exposición en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento, B.O.P. y diario provincial por plazo de 30 días hábiles, dentro de los cuales, los interesados podrán examinar y plantear las reclamaciones que estimen oportunas. De no presentarse éstas, se procederá a elevar a definitivo el acuerdo provisional en base al artº 47.3 del RDL 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el TR de la Ley de HH.LL., procediéndose a su publicación íntegra en el BOP.”
Consta en el expediente:• Decreto de Alcaldía de Incoación de Expediente.• Informe de la Secretaría e Intervención.• Informe económico del Interventor de Fondos
Sometido el punto a votación la misma es como sigue:
P.P.: SIP.S.O.E.: ABSTENCIÓNINDAPA: ABSTENCIÓN
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Por lo que dicha propuesta queda dictaminada favorablemente con los votos a favor del grupo P.P. y las abstenciones de los grupos políticos P.S.O.E e INDAPA.
Y no habiendo más asuntos a tratar de los incluidos en el orden del día, por la Presidencia se levanta la Sesión a las once horas y veinte minutos de todo lo cual levanto la presente Acta en siete folios, en el lugar y fecha “ut supra”. Doy fe.”
4º.9. Proposición relativa a la contratación de la consultoría y asistencia para la realización de un inventario de arbolado público (palmeras) en Roquetas de Mar.
Se da cuenta de la siguiente Proposición:
“Incoado expediente mediante Providencia de la AlcaldíaPresidencia de fecha 24 de marzo de 2008, una vez conocida la necesidad de llevar a cabo en el término municipal de Roquetas de Mar de un Inventario del arbolado público existente, que posibilite su posterior gestión, mantenimiento y cuidado, y que se extienda a todos sus núcleos de población.
Solicitados tres presupuestos a través de la Concejalía de Parques y Jardines del
Ayuntamiento de Roquetas de Mar, y sometidos los mismos a informe por parte del Jefe del Negociado de Informática, dado que dichos trabajos deberán configurarse mediante un Software que actúe a modo de base de datos, apoyo a mantenimiento y gestión de las palmeras; con fecha 22.04.08 el citado Técnico informa lo siguiente:
URBASER: Presenta oferta por importe de 33.400.€ IVA incluido: incluye Estudio
de campo y toma de datos, aplicación informática y proceso de datos y generación de fichas.
JARDITEC: Presenta oferta por importe de 10.000. € IVA NO incluido: incluye plano del término municipal con especies identificadas, listado de especies por localización, ficha de plantas, no se describe ninguna aplicación informática para el tratamiento de los datos.
JARQUIL VERDE S.L.: Presenta oferta por importe de 29.700.€ IVA incluido: incluye recogida de datos de localización de palmeras con GPS, localización planimétrica 1:10.000, programa informático InventPalm., fichas de localización y fichas específicas de cada palmera, placas identificadas de cada palmera.
Por lo antedicho, se propone a la Junta de Gobierno, de conformidad con lo dispuesto en el art. 210.h) del TRLCAP, la adopción del siguiente ACUERDO:
1º. La aprobación del expediente de contratación de consultoría y asistencia por el procedimiento negociado sin publicidad, en razón de la cuantía, consistente en la elaboración de un inventario de arbolado público (palmeras) en el T.M. de Roquetas de Mar, y su
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adjudicación a la mercantil JARQUIL VERDE S.L., con C.I.F. nº B04.626.263, con un presupuesto de adjudicación de veintinueve mil setecientos euros (29.700.€) IVA incluido.
2º. Comprometer el gasto con cargo a la partida presupuestaria 030.02.433.227.07, previa la fiscalización por la Intervención de Fondos.
3º. Dar traslado del presente acuerdo a la mercantil adjudicataria, Intervención de Fondos, Concejalía de Parques y Jardines y Unidad de Contratación.”
Consta en el expediente por parte de la Intervención de Fondos, retención de crédito con número de operación: 220080005721, importe: 29.700 Euros, número de referencia: 22008003889 y de fecha 23/04/08.
La JUNTA DE GOBIERNO ha resuelto aprobar la Proposición en todos sus
términos.
ÁREA DE BIENESTAR SOCIAL Y DESARROLLO SOCIOCULTURAL
No existen asuntos a tratar.
II.DECLARACIONES E INFORMACION
6º. Único. Acuerdo marco de colaboración enel ámbito de la cultura científica entre el Consejo Superior de Investigaciones Científicas y el Ayuntamiento de Roquetas de Mar (Almería).
Se da cuenta del Acuerdo Marco de Colaboración en el ámbito de la Cultura Ciéntifica entre el Consejo Superior de Investigaciones Científicas y el Ayuntamiento de Roquetas de Mar, cuya finalidad es colaborar para llevar a cabo actividades relacionacas con la difusión de la investigación ciéntifica y el desarrollo tecnológico, suscrito eldía 8 de abril de 2008.
La JUNTA DE GOBIERNO queda enterada, uniéndole como anexo único a la presente Acta.
III.RUEGOS Y PREGUNTAS
Y no habiendo más asuntos de que tratar de los incluidos en el Orden del Día, por la Presidencia se levanta la Sesión a las diez horas y treinta minutos, de todo lo cual
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como Secretario Municipal, levanto la presente Acta en treinta y una páginas, uniéndose un anexo único firmando la presente Acta junto al AlcaldePresidente, en el lugar y fecha “ut supra”, DOY FE.
Anexo Único. Acuerdo Marco de Colaboración en el ámbito de la cultura científica entre el Consejo Superior de investigaciones ciéntificas y el Ayuntamiento de Roquetas de Mar.
EL ALCALDEPRESIDENTE EL SECRETARIO GENERAL.
Fdo. Gabriel Amat Ayllón Fdo. Guillermo Lago Núñez
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