4. salidas alternas y proc. abreviado

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JUSTICIA RESTAURATIVASALIDAS ALTERNAS AL

JUICIO Y PROCEDIMIENTO

ABREVIADO

ANTECEDENTES

• A) CONCEPTO DE PRINCIPIO DE LEGALIDAD: Obligación de iniciar y sostener la persecución penal a cargo del Ministerio Público, en todo delito que llegue a su conocimiento:

• B) FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL DEL PRINCIPIO DE LEGALIDAD:

Artículo 21.

EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD

• IMPIDE:• Suspender;• Hacer cesar; ó• Interrumpir…..A su mero arbitrio

la investigación de un hecho (presumiblemente delictuoso).

PRINCIPIO DE LEGALIDAD

• Sub-principios (Que sustentan al P. Legalidad):

• B1). Principio de Promoción necesaria:

Obligatoriedad de promover la persecución penal ante la noticia de un hecho punible.

• B2). Principio de Irretractabilidad:

Prohibición de suspender, interrumpir o hacer cesar la persecución penal ya iniciada.

PRINCIPIO DE LEGALIDAD

• C) ORIGEN DEL PRINCIPIO DE LEGALIDAD:

• C1. Teoría Retributiva de la pena.• Castigo de todas las infracciones

sin excepción ( Justicia absoluta).• C2. (pierde sustento Teórico con

la: ) Aparición de Aceptación de Justificaciones preventivo-generales y especiales de la pena.

PRINCIPIO DE LEGALIDAD

• D). Cobra vigencia aun el Principio de Legalidad, debido a que las ideas de :

• Democracia y Estado de Derecho; • Le proporcionan nuevas bases teóricas, en donde

aparecen sirviendo al principio de:• D1) Principio de Igualdad.• No debe quedar la investigación de los delitos sujeta al

arbitrio de la autoridad ( del Estado).• Puede ser discriminatoria.• Perseguir por igual todos los delitos. (sin permitir se

seleccione casos).

E. “LA CRISIS DEL PRINCIPIO DE LEGALIDAD PROCESAL”.

• E1. La hipertrofia del derecho penal sustantivo MAS Incapacidad del Sistema procesal para perseguir la totalidad de los delitos Y LA APLICACIÓN ESTRICTA DEL P. DE LEGALIDAD han generado:

• Que no sea posible se genere UN ADECUADO SISTEMA DE SELECCIÓN FORMAL DE CASOS.

• Se genera por el contrario UN SISTEMA DE SELECCIÓN NATURAL O INFORMAL DE CASOS.

• En donde se dirige la persecución penal, hacia sectores socialmente mas desprotegidos.

• Se presenta la paradoja en que, un principio que su origen Teórico es la Igualdad, finaliza por ser el creador de profundas desigualdades.

Nuevos sistemas de justicia procesal penal.

• Un sistema procesal penal moderno no sólo es eficiente:

a) Cuando tiene capacidad de racionalizar su carga de trabajo, sino también;

b) Cuando es capaz de diversificar sus respuestas y ofrecer alternativas más útiles para los casos en que ello aparece más conveniente y razonable.

PRINCIPIO DE LEGALIDAD

• LA JUSTICIA RESTAURATIVA Y SUS SALIDAS ALTERNAS, CONSTITUYEN UNA EXCEPCION A LA INTERPRETACION ESTRCITA DEL PRINCIPIO DE LEGALIDAD.

• El articulo 17 Constitucional ( párrafo tercero):• “ Las leyes preverán mecanismos alternativos

de solución de controversias. En la materia penal regularan su aplicación, asegurarán la reparación del daño y establecerán los casos en los que se requerirá supervisión Judicial”

JUSTICIA RESTAURATIVA.

Se incorpora al nuevo procedimiento penal la llamada “JUSTICIA RESTAURATIVA”.

Se entiende por justicia restaurativa a todo proceso en el que la víctima y el imputado o sentenciado, participan conjuntamente de forma activa en la resolución de cuestiones derivadas del delito en busca de un resultado restaurativo, con o sin la participación de un facilitador. (Art. 95 C.P.P.Z.)

Justicia restaurativa. Constituye la incorporación al proceso

de un instrumento más humano de solución de conflicto y no como se ha dicho, la privatización de la justicia, pues finalmente estas soluciones están institucionalizadas y normadas en el Código Procesal Penal, y en la Ley de Justicia Alternativa.

RESULTADO RESTAURATIVO

• Concepto: Es el acuerdo encaminado a atender las necesidades y responsabilidades individuales y colectivas de las partes y a lograr la reintegración de la victima y el infractor en la sociedad: Partiendo de:

• A) Cuánto daño se debe reparar• B) Cuánto se puede prevenir en beneficio

de la comunidad.

PRINCIPIOS DE LA JUSTICIA RESTAURATIVA

• 1. Consentimiento libre y voluntario• 2. Acuerdo razonable y en proporción al daño

causado.• 3. La participación del imputado o sentenciado, no

se utilizará como prueba de admisión de los hechos.

• 4.El incumplimiento de acuerdo, no debe ser utilizado como fundamento o agravación de condena.

• 5. La imparcialidad de los facilitadores.

• 6.Derecho de las partes a consultar un abogado.

REQUISITOS PARA ENVIAR UN ASUNTO A UN PROGRAMA DE JUSTICIA RESTAURATIVA

• Solicitud voluntaria de las partes.

• Informar a las partes su derechos, naturaleza del proceso y consecuencias de su decisión. (Juez o M.P.)

• Cerciorarse que el consentimiento no sea coaccionado. (Juez o M.P.)

• Si las partes aceptan la remisión, se suspenderá el procedimiento.

CREACION DE LA LEY REGLAMENTARIA

• Por decreto 232, publicado en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado correspondiente al día 31 de diciembre del 2008, nace a la vida Jurídica: LA LEY DE JUSTICIA ALTERNATIVA DEL ESTADO DE ZACATECAS

ORGANOS DE LA JUSTICIA RESTAURATIVA

CENTROESTATAL

DE JUSTICIA

ALTERNATIVA

CENTROREGIONAL

DEJUSTICIA

ALTERNATIVA

CENTRO REGIONAL

DEJUSTICIA

ALTERNATIVA

INSTANCIA DE

JUSTICIAALTERNATIVA

COMPETENCIACIVIL

FAMILIAMERCANTIL

CENTRO DE JUSTICIA RESTAURATIVACOMPETENCIA

PENAL

CREADO POR EL

PLENO T.S.J. E.

CREADO POR EL

EJECUTIVO

COMPETENCIA CIVIL

FAMILIARMERCANTIL

INSTANCIA DE JUSTICIA ALTERNATIVA

CENTRO DEJUSTICIA

RESTAURATIVA PENALP.J.E.Z.

MEDIACION CONCILIACIONPROCESO

RESTAURATIVO

MECANISMOS ALTERNATIVOS DE JUSTICIA RESTAURATIVA

(con facilitador)MEDIACION(mediadores)

CONCILIACION(conciliadores)

PROCESO RESTAURATIVO(facilitadores)

LA MEDIACION

¿QUE ES LA MEDIACIÓN?• FORMA ALTERNATIVA DE RESOLVER CONFLICTOS A TRAVÉS DE UNA

TERCERA PARTE NEUTRAL INTEGRADA POR UN EQUIPO MULTIDISICPLINARIO DE PROFESIONALES DE DIFERENTES ÁMBITOS (Abogados, Psicólogos, Ingenieros, etc.)

• TÉCNICA NO ADVERSARIAL POR LA QUE UN TERCERO NEUTRAL (EL

MEDIADOR) AYUDA A LAS PARTES EN CONFLICTO A RESOLVER SUS PROBLEMAS, ANTES DE INGRESAR AL SISTEMA ADVERSARIAL, ES DECIR EL LITIGIO TRADICIONAL

Características esenciales en la Mediación

Confidencial. Nada de lo dicho puede ser revelado por el mediador.

Voluntaria. Las partes inician el proceso por propia decisión, pueden determinar qué información revelan u ocultan, pueden decidir si llegan a un acuerdo o no y pueden retirarse en cualquier momento, sin que sean objeto de reclamo alguno.

• Flexible. Se adapta y es aplicable a todo tipo de conflictos.

• Creativa y cooperativa. Rápida y económica. El mediador conjuntamente con las partes trabajan para generar todas las opciones posibles para solucionar el conflicto, procurando acuerdos en forma rápida y a menos costo.

ROL DEL MEDIADOR:• Tercero neutral, entrenado para conducir

una audiencia cara a cara: Utilizar técnicas para escuchar, percibir el lenguaje no verbal, cuestionar, negociar y crear opiniones, ayudando a las partes a alcanzar su propia solución.

• Procura establecer una relación para facilitar el proceso.

• Crea un lugar y un tiempo para que las partes se identifiquen y se reconozcan, potenciando lo positivo del conflicto.

ETAPAS DE LA MEDIACIÓNPrimer Sesión: DISCURSO

DEL MEDIADOR• 1. Presentación del especialista.• 2. Explicar objeto de la mediación, principios,

etapas, alcances del convenio.• 3. Exposición del conflicto desde la perspectiva

de cada parte, origen del conflicto y pretensiones.• 4. Identificar las soluciones posibles y su viabilidad.

ETAPAS DE LA MEDIACIÓN

SESIONES SUBSECUENTES:

• Si el problema no es posible sanearlo en una sesión, se convocará a otra u otras sesiones.

• La sesión será oral, el especialista puede auxiliarse de expertos en la materia.

• Si se llega a una solución parcial, quedarán a salvo los derechos de lo que no se hubiere convenido.

CONCRECION DE LA MEDIACIÓN

EL ACUERDO El proceso de mediación se ve coronado

por el éxito, cuando se llega al acuerdo. (Convenio), que deberá ser firmado inmediatamente por todas las partes.

•LA CONCILIACION

Proviene del latín conciliare, que significa, componer o ajustar los ánimos de los que estaban contrapuestos. (Avenir sus voluntades)

LA CONCILIACION

PROCEDENCIA:

Si no prospera la MEDIACION, el especialista propondrá a las partes se sometan a la conciliación, de aceptar, se declarará concluido el procedimiento de mediación: Si las partes consienten, se continua con:

LA CONCILIACION

• PRIMER SESION:• A). Se presentará el especialista, auxiliará en la

negociación; explicará objeto de la conciliación, principios, etapas, ( exposición del conflicto desde la perspectiva de cada parte, origen del conflicto y pretensiones, e identificar las soluciones posibles y su viabilidad; establecer posibles puntos de acuerdo.

• B). Existe la posibilidad de que el ESPECIALISTA OFREZCA OPCIONES DE SOLUCION.

• SESIONES POSTERIORES: Si no es suficiente una sesión, se convocará a otra u otras.

LA CONCILIACION

ACCIONES DEL ESPECIALISTA• Crear condiciones y ambiente de confianza,

buen trato.• Estimulará a las partes para que propongan

soluciones posibles; en su defecto PROPONER soluciones viables.

• Desvanecer descalificaciones entre las partes.• EL OBJETIVO FINAL, SERA LA OBTENCION

DEL CONVENIO.

EL PROCESO RESTAURATIVO

FINES DEL PROCESO RESTAURATIVO

• Reparación y compensación para la victima.• Reconocimiento de la responsabilidad y del

daño causado por el ofensor, y la manera de repararlo.

• Reincorporación de ambos a la comunidad. (Obtener rehabilitación del ofensor y prevenir su reincidencia)

• Satisfacer necesidades de víctima como de victimario.

QUIEN DEBE INVOLUCRARSE

• Victima

• Ofensores.

• Cualquier persona o miembros de la comunidad ( miembros de familia)

ELEMENTOS DE LA REPARACION DEL DAÑO

• PRIMER ELEMENTO:

A) Disculpa verbal o escrita del ofensor: El ofensor acepta su conducta, constituyendo un real arrepentimiento, remordimiento o vergüenza; la víctima recobra el control que le fue perturbado.

ELEMENTOS DE LA REPARACION DEL DAÑO

• SEGUNDO ELEMENTO:

Cambio de conducta del ofensor, ( cambio del entorno). Capacitación programas educativos, programas para el tratamiento de adicción, alcoholismo o terapias de control de enojo.

ELEMENTOS DE LA REPARACION DEL DAÑO

• TERCER ELEMENTO:

Actitud de generosidad del ofensor: ( A partir de la aceptación a someterse a terapias o tratamientos).

ELEMENTOS DE LA REPARACION DEL DAÑO

CUARTO ELEMENTO:

Restitución:

• Económica.

• En servicios.

• Restitución o reemplazo.

REMISION A PROGRAMA RESTAURATIVO

• Las partes pueden pedir al Juez o M.P. la remisión a un proceso restaurativo: (PASOS)

• 1. Proporcionar información amplia a las partes, de las particularidades del mecanismo restaurativo, principios y fines:

• 2. Previo a la reunión restaurativa, se realizan reuniones por separado con las partes, proporcionando herramientas de comunicación, para valorar las posibilidades de llevar a cabo una reunión conjunta.

• 3. Se convoca la primer reunión restaurativa, en donde se explicará objeto del proceso restaurativo, reglas de comunicación, alcances del convenio, y facilitará la comunicación.

• 4. La obtención del convenio, será el fin máximo del proceso restaurativo.

TERMINACION DE LA MEDIACION- CONCILIACION Y PROCESO RESTAURATIVO

7INASISTENCIA

PARTECOMPLEMENT.

6NEGATIVASUSCRIBIRCONVENIO

5INASISTENCIA

A DOSSESIONES

4DECISIONDE LASPARTES

3 CONDUCTA

IRRESPETUOSA DE LASPARTES

2CONDUCTA RETARDADA

DE LASPARTES

1CONVENIO

TOTALPARCIAL

FORMADE

TERMINACION

REQUISITOS DEL CONVENIO DE MEDIACION – CONCILIACION Y PROCESO RESTAURATIVO

POR ESCRITO

LUGAR Y FECHA

IDENTIFICACIONDE LASPARTES

DESCRIPCION DELCONFLICTO

ESPECIFICAR ACUERDOS

FIRMADE LOS

INTERVINIENTES

NOMBRE Y FIRMADEL ESPECIALISTA

RATIFICACION DEL CONVENIO Y RECONOCIMIENTO DE FIRMAS

MEDIACION- CONCILIACION Y PROCESO RESTAURATIVO

A) Las partes y especialista comparecerán a RATIFICAR EL CONVENIO, ante:

• El Director del Centro Estatal de Justicia Alternativa.

• El subdirector del Centro Estatal de Justicia Alternativa.

• Director del Centro Regional.

RATIFICACION DEL CONVENIOS DE ESPECIALISTAS INDEPENDIENTES

MEDIACION-CONCILIACION Y PROCESO RESTAURATIVO

I. Los convenios ante especialistas independientes o ante instancias de Justicia Alternativa, se ratificarán ante:

• El Director del Centro Estatal de Justicia Alternativa.

• El subdirector del Centro Estatal de Justicia Alternativa.

• Director del Centro Regional.• Ante notario que designen• Ante órgano Jurisdiccional.

APROBACION Y SANCION DEL CONVENIOMEDIACION- CONCILIACION Y PROCESO

RESTAURATIVO

• Juez del conocimiento.

• Juez de Primera Instancia

MECANISMOS ALTERNATIVOS

(Sin facilitador)

SUSPENSION DEL PROCESO A

PRUEBACONCILIACION

¿Qué son las salidas alternas?

• Son instrumentos; mecanismos procesales; institutos procesales que el Estado establece en un sistema procesal penal para racionalizarlo y hacerlo más eficaz a sus fines y objetivos.

Fundamentos para la introducción de salidas alternativas al proceso penal:

• 1. La necesidad de racionalizar la persecución penal pública frente a los escasos recursos disponibles y las características de la ultima ratio.

• 2. Prescindir al máximo de la respuesta penal tradicional con personas que tienen altas posibilidades de reinserción social.

• 3. La satisfacción real de los intereses de la víctima u ofendidos por parte del sistema penal, incentivando la reparación del daño sufrido.

• ¿Las salidas alternas son los únicos instrumentos que permiten racionalizar al sistema?

No

tici

a C

rim

inal

No

tici

a C

rim

inal

Querella

o

Denuncia

Querella

o

Denuncia

Archivo temporal.Archivo temporal.

No inicio de la No inicio de la investigación.investigación.

Criterios de Criterios de oportunidad.oportunidad.

Archivo temporal.Archivo temporal.

No inicio de la No inicio de la investigación.investigación.

Criterios de Criterios de oportunidad.oportunidad.

ESCENARIOS EN LA ETAPA PRELIMINAR. ESCENARIOS EN LA ETAPA PRELIMINAR.

Etapa de Investigación

Juez de Garantía Controlador de estos

Actos

Art. 247Art. 247

Artículos 91 - 93Artículos 91 - 93

Art. 248Art. 248

Las excepciones al principio de legalidad procesal (criterios de racionalidad de

operación del sistema)

• Mecanismos de selección o descongestión de casos:

• Salidas alternas:

a). Archivo Provisional.b). Criterio de oportunidad.

c) Facultad de no iniciar la investigación

a). Archivo Provisional.b). Criterio de oportunidad.

c) Facultad de no iniciar la investigación

a). Conciliación o acuerdos reparatorios.

b). Suspensión del proceso a prueba.

a). Conciliación o acuerdos reparatorios.

b). Suspensión del proceso a prueba.

Las salidas alternas legisladas ( c.p.p.z)

• Salidas alternas:

a). Acuerdos reparatorios o conciliación

b). Suspensión del proceso a prueba.

a). Acuerdos reparatorios o conciliación

b). Suspensión del proceso a prueba.

LA CONCILIACION

LA CONCILIACION

• 1. Concepto: Es el pacto entre la víctima u ofendido y el imputado que lleva como resultado la solución del conflicto a través de cualquier mecanismo idóneo que tiene el efecto de concluir el procedimiento.

Principios que rigen al acuerdo reparatorio o conciliación, artículo

101 C.P.P.Z.• 1. Voluntad de las partes.• 2. Confidencialidad.• 3. Flexibilidad. ( carencia de formalidades)• 4. Neutralidad. (Actuar con criterio de

objetividad)• 5. Imparcialidad. (sin ventajas p/partes)• 6. Equidad. (Equitativo)• 7. Legalidad. (Justo)• 8. Honestidad. (excusarse)

CONCILIACION

• Procedencia:

• En los delitos culposos;

• En los que proceda el perdón de la víctima u ofendido;

• En los de contenido patrimonial sin violencia sobre las personas;

CONCILIACION

• En los que admitan presumiblemente la sustitución de sanciones o la suspensión condicional de la condena;

• En aquellos cuya pena media aritmética no exceda de cinco años de prisión y carezcan de trascendencia social

• Problemática en la Interpretación de la Norma:

CONCILIACION

• Excepción de procedencia:

• En los homicidios culposos producidos en accidentes de tránsito bajo el influjo de sustancias que alteren la capacidad de conducir vehículos;

• Delitos en contra de la libertad y seguridad sexuales;

• El delito de Violencia familiar;

CONCILIACION

• EXCEPCION DE PROCEDENCIA:

• Los delitos cometidos por servidores públicos en el ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas;

• Los realizados por sujetos que pertenezcan a alguna asociación delictuosa de conformidad con el Código Penal.

• Tampoco procederá la conciliación en los casos en que el imputado haya celebrado anteriormente algún otro acuerdo por hechos de la misma naturaleza. ¿ ?

CONCILIACION

• Temporalidad de procedencia:

• Hasta antes de decretarse el Auto de Apertura a Juicio Oral. ¿ Y a partir de qué momento: (Pre-imputación, post-imputación, o post-vinculación ?

• VENTAJAS: Post- imputación; ante la inminente extinción de la acción penal.

Causas que impiden aprobar convenio

- Cuando No reúnan los requisitos legales.– Si las obligaciones de alguna de las

partes resulten notoriamente desproporcionadas.

– Cuando el juez detecte que una de las partes no estuvo en condiciones de igualdad para negociar, actuó bajo coacción o amenaza.

– ¡ reparación del daño excesiva ¡

Efectos del incumplimiento

• El incumplimiento con lo pactado genera la continuación del proceso y se tendrá como no realizado el acuerdo reparatorio.

Efectos que genera la celebración de la conciliación

• El plazo fijado para el cumplimiento de las obligaciones pactadas suspenderá el trámite del proceso y la prescripción de la acción penal.

• El plazo para el cumplimiento del convenio lo fijan las partes, a falta de ello será de noventa días)

• El cumplimiento de las obligaciones extingue la acción penal y motiva el sobreseimiento de la causa Zacatecas Artículo 104).

CONCILIACION

Termino de suspensión para Materializar Conciliación:

• Hasta treinta días.

CONSECUENCIAS:

• Suspende el procedimiento

• Suspende la prescripción de la acción penal.

LA JUSTICIA RESTAURATIVA ( CONATRIB)

DesarrollaLa Justicia

Restaurativa Con elementos

De la conciliación

No contempla La conciliación Como salida

alterna

No hace señalamiento Expreso

A que mecanismosSe pueden

recurrir

Tal vez lo debaDesarrollar la

Ley reglamentaria respectiva

CENTROESPECIALIZADO

ENMECANISMOS

ALTERNATIVOS

MECANISMOSALTERNATIVOS

DE SOLUCION DE

CONTROVERSIAS

LA JUSTICIA RESTAURATIVA(CONATRIB)

• 1. No contempla como mecanismo alternativo expresamente a la conciliación ?

LA CONCILIACION OAXACA

Procede desde que es imputadoHasta antes de a. de apertura

Procede en culposos

De carácter sexual, enPerjuicio de menores yViolencia Intrafamiliar

que lo soliciten yAdmitan sustitución de Sanciones o condena

condicional.

Perseguibles por querella

Contenido patrimonial Sin violencia

Admitan sustitución deSanciones o condena

condicional

Puede suspenderse p/ Conciliar por 30 días

EXCEPCIONHomicidio culposo

Servidores PúblicosAsociación delictuosa

Carácter sexual y violencia intrafSi lo solicitan partes.

LA CONCILIACION OAXACA

• 1. Se reconoce la procedencia de la conciliación desde que se formula imputación; aún cuando las condiciones no se cumplan en el acto, y ante la inminencia del termino constitucional.

LA CONCILIACION ZACATECASProcede hasta antes

de decretarse auto de Apertura a Juicio Oral

Procede en culposos

Delitos en contra de Menores, pero que

lo soliciten

Perseguibles por querella

Contenido patrimonial Sin violencia

Admitan sustitución deSanciones o Suspensión

Condicional de lacondena

La pena media aritméticaNo exceda 5 años y

Carezca de trascendenciasocial

Puede suspenderse p/ Conciliar por 30 días

EXCEPCIONHomicidio culposoContra libertad y Seguridad sexual

Servidores PúblicosAsociación delictuosa

Violencia familiarSI HA CELBRADO

OTROS ACUERDOS POR HECHOS MISMA

NATURALEZA

LA CONCILIACION

• 1. En Zacatecas, limita a que solo en una ocasión ( en delitos de la misma naturaleza), se acceda a esta salida.

• 2. Al no existir un señalamiento expreso a partir de cuando se puede celebrar una conciliación, en Zacatecas, solo se realiza después de formulada imputación, si, las condiciones se van a cumplir en el acto, para que proceda la extinción de la acción penal y el sobreseimiento.

• Procede apelación: Cuando se niega la posibilidad de celebrar la conciliación.

LA SUSPENSION

DEL PROCESO A PRUEBA

SUSPENSION DEL PROCESO A PRUEBA:

• CONCEPTO:

Es un mecanismo que permite al M.P. con acuerdo del imputado y aprobación del Juez, dar por terminado por anticipado el procedimiento.

SUSPENSION DEL PROCESO A PRUEBA:

• JUSTIFICACION DE LA SALIDA ALTERNA:

b1. Se considera una oportunidad que ofrece el Estado, a cambio de:

• El cumplimiento de determinadas condiciones.

b2. Para: • Buscar soluciones alternativas a las tradicionales.• Economizar recursos y tiempo del M.P.• Evitar efectos nocivos inherentes al proceso penal y

eventual imposición de la pena.• Satisfacción de intereses a favor de ( Sociedad, Estado

y Victima).

SUSPENSION DEL PROCESO A PRUEBA:

• b3. El sustento de ésta salida alterna: Es el consentimiento del imputado.

• Critica: Porque la imposición de condiciones, constituyen una sanción a una persona no declarada aún culpable. ( la ventaja que se obtiene: Caso del robocop).

SUSPENSION DEL PROCESO A PRUEBA

Supuestos de procedencia:

• Que por las características del hecho y las del imputado ( art. 86.) sea razonablemente posible presumir que será acreedor a la suspensión condicional de la condena;

• No condena delitos dolosos; y,

• No tenga o haya tenido otro proceso suspendido condicionalmente.

• Comentario: Análisis de los extremos del 86 ?

SUSPENSION DEL PROCESO A PRUEBA

• Temporalidad de Procedencia:

• A partir de la vinculación a proceso y hasta antes que se acuerde apertura a Juicio Oral.

SUSPENSION DEL PROCESO A PRUEBA

• Requisitos de Procedencia:

• Plan reparatorio a satisfacción de la victima.

• Admisión de los hechos por el imputado.

• Detalle de condiciones por cumplir ( 106 c.p.p.)

SUSPENSION DEL PROCESO A PRUEBA

Condiciones por cumplir:• I. Residir en un lugar• II. Frecuentar o dejar de frecuentar lugares o personas;• III. Participar en programas de tratamiento con el fin de

abstenerse de consumir drogas, bebidas alcohólicas o cometer hechos delictivos;

• IV. Comenzar o finalizar la escolaridad básica, si no la ha terminado, aprender una profesión u oficio o seguir cursos de capacitación en el lugar o la institución que determine el Juez;

• V. Prestar servicios o labores sociales en favor del Estado o instituciones de asistencia pública;

• VI. Someterse a un tratamiento médico o psicológico, si es necesario;

SUSPENSION DEL PROCESO A PRUEBACONDICIONES

• VII. Permanecer en un trabajo o empleo, o adoptar, en el plazo que el Juez determine, un oficio, arte, industria o profesión, si no tiene medios propios de subsistencia;

• VIII. Someterse a la vigilancia que determine el Juez;

• IX. No poseer o portar armas;• X. No conducir vehículos;• XI. Abstenerse de viajar al extranjero;• XII. Cumplir con pensión alimenticia.

SUSPENSION DEL PROCESO A PRUEBA

Plazo de Suspensión:

• De 1 a 3 años:

• Ampliación: Por dos años mas, ( solo ante incumplimiento de plan reparatorio).

SUSPENSION DEL PROCESO A PRUEBA

• Medio de Impugnación:

• Solo es apelable cuando:

• a). Se concede la S.P.P. ( excesivas)• b). Niega la S.P.P.• C) Revoca la S.P.P.

SUSPENSIÓN DEL PROCESO A PRUEBA

Supuestos que revocan la suspensión:

I. Si el imputado incumple el plan de reparación: Consecuencia:

• a). Revocación de suspensión y reanudación

• b). Ampliación de plazo de suspensión por dos (2) años mas. ( solo una vez).

II. Se aparta considerablemente y en forma injustificada de las condiciones impuestas: Consecuencia:

• Revocación.

SUSPENSIÓN DEL PROCESO A PRUEBASupuestos

• III. Comete un nuevo delito: Consecuencia:• Privado de Libertad ( ante nuevo delito):

– Se suspende el plazo de suspensión.

• No Privado de Libertad ( ante nuevo delito):• No se suspende plazo de suspensión.

• En ambos: NO se puede concluir causa ( hasta absolución).

SUSPENSIÓN DEL PROCESO A PRUEBA

• Efectos al finalizar el plazo de suspensión:

a) SI CUMPLE (condiciones y plan ):– Extinción de la acción penal y sobreseimiento.

b) SI NO CUMPLE CON:

• Plan reparatorio: Ampliación o revocatoria• Condiciones: Revocatoria y reanudación de

prosecución penal ( STATU QUO).

SUSPENSIÓN DEL PROCESO A PRUEBA

• c) Comete nuevo delito: Revocatoria solo SI EXISTE SENTENCIA CONDENATORIA FIRME EN EL NUEVO PROCESO. ( SI es absolución, no produce revocatoria).

• NOTA: No se rechaza la salida alterna solo por falta de recursos del imputado.

SUSPENSION DEL PROCESO A PRUEBA (CONATRIB)

QPROCEDA

SUSPENSIONCOND.

MISMAS CONDICIONES

Q ZAC

SUSPENSION1 A 5 AÑOS

NO CONDENA

DELITODOLOSO

PLAN REPARATORIO

ASUNTOSCONPENA

NOPRIVATIVA

PROCEDAPERDON

CONATRIB

CONATRIB

• 1.- No existe limitante para que se pueda acceder a este beneficio en otras ocasiones.

• 2. No se exige que el imputado acepte el hecho

SUSPENSION DEL PROCESO A PRUEBA (OAXACA)

EXISTANDATOS

QUE CORROBOREN

HECHO

QLA PENA MAXIMANO MAS5 AÑOS

MISMAS CONDICIONES

Q ZACSUSPENSION

1 A 3 AÑOS

PLAN REPARATORIO

NO CONDENA

DELITODOLOSO

EL IMPUTADOADMITA

ELHECHO

NOESTE

GOZANDODEL BENEFICIO

EN OTROPROCESO

OAXACA

OAXACA

• 1. Si se requiere vinculación, está por demás que se exija que existan datos que corroboren el hecho.

• 2. Si no procede S.P.P. Cuando se está gozando el beneficio en otro proceso, debe entenderse que, entonces, si ya se extinguió la acción en otro proceso, si procede.

• 3. Es relevante que admita el hecho ? O solo para fines de Justicia restaurativa.

SUSPENSION DEL PROCESO A PRUEBA (ZACATECAS)

QPROCEDA

SUSPENSIONCOND.

MISMAS CONDICIONES

Q OAXY

CONAT.

SUSPENSION1 A 3 AÑOS

NO CONDENA

DELITODOLOSO

PLAN REPARATORIO

NO TENGAO

HAYA TENIDOPROCESO

SUSPENDIDO

ADMITA EL

HECHO

ZACATECAS

ZACATECAS

• 1.- Limita a que todo imputado solo una vez tenga oportunidad a la S.P.P.

• 2. Existe sentido que se le exija que admita el hecho el imputado, para poder acceder a la S.P.P.

MECANISMOS DE ACELERACION

EL PROCEDIMIENTO

ABREVIADO

MECANISMOS DE ACELERACIÓNPROCEDIMIENTO ABREVIADO

• GENERALIDADES:

• a) Hemos avanzado a través de sistemas penales: inquisitivos acusatorios y mixtos, pero ahora se está innovando la implementación de Sistemas basados en ELEMENTOS ACUSATORIOS Y CONSENSUALES

PROCEDIMIENTO ABREVIADO

• b) Ante la evolución de los sistemas, pierden vigencia modelos de autoridad y nociones de lo “Publico” (como rama a la que corresponde el derecho penal); y se insertan aspectos que tienden a una apertura a la PARTICIPACIÓN CIUDADANA y LA IGUALDAD de las partes.

PROCEDIMIENTO ABREVIADO

• c) Se proponen modelos mas informales, menos costosos, introduciendo formulas negociadas, en el terreno del derecho penal, como lo es: El procedimiento abreviado.

PROCEDIMIENTO ABREVIADO

• d) En Europa y Latinoamérica a fines del XX, introducen mecanismos simplificados, por las razones siguientes:

• No es posible enjuiciar todos los casos en procedimientos ordinarios.

• Para obtener mayor celeridad del proceso.

• Conciliar EFICACIA Y GARANTISMO. Se resuelve a favor de la EFICIENCIA para dar solución al mayor numero de casos.

PROCEDIMIENTO ABREVIADO

• e) Algunos críticos consideran que con estos nuevos modelos, El Estado se aparta de la búsqueda del establecimiento de la verdad, y se fija el propósito de la terminación anticipada del procedimiento basada en el CONSENSO, ENTRE PARTES DESIGUALES, TORNANDOSE EN UN SISTEMA NEO- INQUISITIVO.

• f) La legislación Europea recoge parcialmente el MODELO DE JUSTICIA NEGOCIADA DEL MODELO ANGLOAMERICANO.

PROCEDIMIENTO ABREVIADO

• g) Algunos autores dicen que el P. ABREVIADO, actúa como un instrumento de defensa social ( asegura que acusados sean castigados).

• h) En E. U existe el plea Bargaining símil del procedimiento abreviado, ya que solo se acredita culpabilidad con la confesión del acusado y se le ofrece la reducción de la pena, en función de ello se le equipara a la PRACTICA MEDIEVAL DE LA TORTURA.

Fundamento Constitucional

Apartado A del 20 Constitucional• VII. Una vez iniciado el proceso penal, siempre y cuando

no exista oposición del inculpado, se podrá decretar su terminación anticipada en los supuestos y bajo las modalidades que determine la ley.

• Si el imputado reconoce ante la autoridad judicial, voluntariamente y con conocimiento de las consecuencias, su participación en el delito y existen medios de convicción suficientes para corroborar la imputación, el juez citará a audiencia de sentencia.

• La ley establecerá los beneficios que se podrán otorgar al inculpado cuando acepte su responsabilidad.

PROCEDIMIENTO ABREVIADO

• Quien puede solicitarlo:

– Ministerio Público.

PROCEDIMIENTO ABREVIADO

Requisitos:

• Renuncia a Juicio Oral (imputado)

• Aceptación de los hechos ( 423 IV c.p.p) y la responsabilidad (20 VII C.). Imputado

• Consienta en la aplicación del procedimiento abreviado.

• Acepte ser Juzgado en base a antecedentes.

• Aceptación libre, voluntaria y asistido por defensor.

PROCEDIMIENTO ABREVIADO

Presupuesto:

• Que haya vinculación a proceso

Temporalidad para solicitarse:

• En audiencia de vinculación a proceso• Al formular acusación por escrito. ( etapa

preliminar)• Al formular acusación en Audiencia oral ( en

Etapa Intermedia)Recurribilidad de la sentencia.

• Es apelable dentro del termino de tres días.

PROCEDIMIENTO ABREVIADO• Cuestionamientos ante el procedimiento Abreviado:• Al aceptar abreviado:• 1. Puede discutirse la pena ?• 2. Puede el Juez imponer una pena inferior, cuando se pacta mas

de la mínima y ella no corresponde al grado de culpabilidad ? • 3. Conceder beneficio en fallo ? Aun en abreviado Privilegiando

la libertad ?• 4. La defensa puede debatir acusación en abreviado ?• 5. M.P: Puede dar reproducidos los argumentos de vinculación ?• 6. Los antecedentes para vincular, pueden ser suficientes para

vincular, pero no quiere decir que sean suficientes para sentenciar; y ante ese caso, el M.P. Pese a que pida se le den por reproducidos, debe abundar en sus argumentos, para poder obtener sentencia condenatoria.

• 7. El M.p. No solo debe concretarse a pedir la imposición de la pena, en abreviado, sino que cuando es mayor a la minima, debe fundar porque pide la imposición de esa sanción.

• MECANICA DE LAS AUDIENCIAS:

• LIC. RAUL GARCIA MARTINEZ

• garmarra@hotmail.com

Gracias

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