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QU ES LA FORMALIZACIN MINERA?Es un proceso en el cual se va a determinar la explotacin en pequea minera, gran minera y minera artesanal. Este proceso de formalizacin consta en el cumplimiento de condiciones y requisitos que esta minera debe cumplir para que se pueda trabajar legalmente teniendo en cuenta las normas de la minera establecidas segn la UOE.Pasos:1. Declaracin de Compromisos2. Acreditacin de Titularidad, Contrato de concesin, Contrato de Explotacin sobre la concesin minera.3. Acreditacin de Propiedad o autorizacin de uso del terreno superficial4. Autorizacin del uso de aguas5. Aprobacin del instrumento de Gestin Ambiental Correctivo6. Autorizacin para inicio/reinicio de actividades de Exploracin, Explotacin y/o beneficio de minerales.

QU ES EL DERECHO DE VIGENCIA?El derecho de vigencia es el pago que el titular de la concesin minera hace para mantener en vigencia su concesin.En otras palabras consiste en el pago anual que realiza todo titular de cualquier concesin minera, de beneficio, de labor general, detransporteminero, de explotacin dematerialesdeconstruccin, sea que su condicin sea de gran, mediana, pequeaminerao de minera artesanal; para elmantenimientode su condicin de titular sobre el rea concesionada y para la vigencia del derecho real, consistente en la suma de las atribuciones que tiene todo concesionario, y otorgado a su favor porel Estado; segn las condiciones pactadas en su oportunidad, puesto que su incumplimiento de pago por dos aos continuos genera la caducidad de la concesin y por ende su extincin; sin perjuicio del cumplimiento de las demsobligacionesque como titular de la actividad minera le corresponde.

Hasta 350 TM/da, 0.0014 de una UIT por cada TM/da Ms de 350 TM/da hasta 1 000 TM/da, 1.00 UIT Ms de 1 000 TM/da hasta 5 000 TM/da, 1.5 UIT Por cada 5 000 TM/da en exceso, 2.00 UIT

QUE ES EL CANON?El canon minero est constituido por el 50% del total de ingresos y rentas obtenidos por el Estado en la actividad minera por el aprovechamiento de recursos minerales, metlicos y No Metlicos.Distribucin del canon: 10 % a la municipalidad distrital donde se extrae el recurso, 25 % a las municipales provincias, 40 % municipales del departamento (estas ltimas segn la poblacin y nivel de pobreza) y 25 % gobierno regional (80 % G.R y 20 % Universidades NacionalesQU ES LA NORMATIVA AMBIENTAL?Son un conjunto de normas cuyo objetivo es asegurar la proteccin del medio ambiente, la preservacin de la naturaleza y la conservacin del patrimonio ambiental, e imponen una obligacin o exigencia cuyo cumplimiento debe ser acreditado por el titular del proyecto o actividad durante el proceso de evaluacin.Se excluyen de este concepto, por lo tanto, aquellas normas que, si bien comparten el mismo objetivo, no imponen obligaciones o exigencias al titular directamente.ENTIDADES QUE FISCALIZAN EL AMBIENTE OEFA: Organismo de Evaluacin y Fiscalizacin Ambiental, garantiza que las actividades econmicas se desarrollen en equilibrio con el derecho de las personas a gozar de un ambiente sano. Para ello, se encarga de la evaluacin, supervisin, fiscalizacin y sancin en materia ambiental, as como de la aplicacin de incentivos en los sectores de minera, energa, pesquera e industria. OSINERGMIN: Organismo Supervisor de la Inversin en Energa y Minera,una institucin pblica encargada de regular y supervisar que las empresasdel sector elctrico, hidrocarburos y minero cumplan las disposiciones legalesde las actividades que desarrollan.