algunas consideraciones sobre los fondos de pensiones

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ALGUNAS CONSIDERACIONES SOBRE LOS FONDOS DE PENSIONES La evolución demográfica Índice en el sistema de Seguridad Social Los mecanisrnos del actual sistema contribuyen al aumento del número de beneficiario y de las prestaciones medias (1994) proponían un retraso de la edad de jubilación hasta los 70 años y un aumen- to de la proporcionalidad entre cotizacio- nes y pensiones, incluyendo todo el período contributivo del trabajador en el cálculo de la base reguladora. Sin llegar a una caracterización en tér- minos catastróficos de las perspectivas financieras del sistema español de pensio- nes de aquí a veinte años, que algunos estudios han revelado, sí existen motivos suficientes para la inquietud sobre su via- bilidad a ese plazo. Todos los mecanis- mos del actual sistema contribuyen al aumento tanto del número de beneficia- rios como de sus prestaciones medias, y por tanto, al aumento de los gastos. Por otro lado, el aumento de las afiliaciones y sus cotizaciones depende del comporta- miento del mercado de trabajo y de la productividad. Esta dependencia hace claramente inapropiada la política orien- tada a estabilizar o reducir el déficit del sistema de pensiones mediante un aumen- to de los tipos de cotización. Tal medida nunca resultaría positiva para el empleo, y posiblemente sería contraproducente para éste, resultando por tanto inocua de cara al aumento de los ingresos, sin que por ello se vieran afectados los mecanis- mos causantes del aumento del gasto de las pensiones. La reciente evolución del ahorro de las familias españolas refleja un cambio en las pautas de comportamiento y podría quien siempre se le ha considerado "el padre del Estado del bienestar sueco", o el premio nobel Gary Becker han cuestio- nado el porvenir de los sistemas públicos de pensiones, tal y como hoy están con- cebidos, y se han declarado a favor de aumentar la responsabilidad individual en la propia seguridad económica, y reforzar los componentes de capitalización en la provisión de las pensiones. Otros infor- mes como el de José Barea y varios A medida que se vislumbra el actual crecimiento de las obligaciones financieras derivadas del sistema público de pensiones vigente, aparecen grandes dudas sobre la viabilidad del mismo en los próximos años. La actual situación demográfica, caracterizada por un enve- jecimiento progresivo de la edad media de la población, acompañada de un esce- nario macroeconómico de crecimiento basado en las oscilaciones cíclicas de la producción nacional, da como resultado inevitable una proyección de ingresos y gastos para la Seguridad Social claramen- te deficitario en un horizonte no tan leja- no (según algunas estimaciones, no más allá del 2025). Desde que en 1977 se publicara el Libro Blanco de la Seguridad Social, se han sucedido los informes de expertos que subrayaban la necesidad de un análi- sis y una reconsideración del sistema público de pensiones. La evidencia del envejecimiento de la población y del cre- cimiento constante del gasto en presta- ciones por jubilación ha mantenido viva la tradición de atención crítica al proble- ma de las pensiones. En los últimos años, se observa cierta unanimidad entre economistas en señalar la necesidad de adoptar decisiones cuan- to antes para asegurar las pensiones futu- ras. Economistas como Assar Lindbeck, a 33

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ALGUNASCONSIDERACIONES

SOBRE LOS FONDOS DEPENSIONES

La evolución demográfica Índice en el sistema de Seguridad Social

Los mecanisrnos del actual sistema contribuyen al aumento del número de beneficiario yde las prestaciones medias

(1994) proponían un retraso de la edad dejubilación hasta los 70 años y un aumen­to de la proporcionalidad entre cotizacio­nes y pensiones, incluyendo todo elperíodo contributivo del trabajador en elcálculo de la base reguladora.

Sin llegar a una caracterización en tér­minos catastróficos de las perspectivasfinancieras del sistema español de pensio­nes de aquí a veinte años, que algunosestudios han revelado, sí existen motivossuficientes para la inquietud sobre su via­bilidad a ese plazo. Todos los mecanis­mos del actual sistema contribuyen alaumento tanto del número de beneficia­rios como de sus prestaciones medias, ypor tanto, al aumento de los gastos. Porotro lado, el aumento de las afiliaciones ysus cotizaciones depende del comporta­miento del mercado de trabajo y de laproductividad. Esta dependencia haceclaramente inapropiada la política orien­tada a estabilizar o reducir el déficit delsistema de pensiones mediante un aumen­to de los tipos de cotización. Tal medidanunca resultaría positiva para el empleo,y posiblemente sería contraproducentepara éste, resultando por tanto inocua decara al aumento de los ingresos, sin quepor ello se vieran afectados los mecanis­mos causantes del aumento del gasto delas pensiones.

La reciente evolución del ahorro de lasfamilias españolas refleja un cambio enlas pautas de comportamiento y podría

quien siempre se le ha considerado "elpadre del Estado del bienestar sueco", oel premio nobel Gary Becker han cuestio­nado el porvenir de los sistemas públicosde pensiones, tal y como hoy están con­cebidos, y se han declarado a favor deaumentar la responsabilidad individual enla propia seguridad económica, y reforzarlos componentes de capitalización en laprovisión de las pensiones. Otros infor­mes como el de José Barea y varios

A medida que se vislumbra elactual crecimiento de las obligacionesfinancieras derivadas del sistema públicode pensiones vigente, aparecen grandesdudas sobre la viabilidad del mismo enlos próximos años. La actual situacióndemográfica, caracterizada por un enve­jecimiento progresivo de la edad mediade la población, acompañada de un esce­nario macroeconómico de crecimientobasado en las oscilaciones cíclicas de laproducción nacional, da como resultadoinevitable una proyección de ingresos ygastos para la Seguridad Social claramen­te deficitario en un horizonte no tan leja­no (según algunas estimaciones, no másallá del 2025).

Desde que en 1977 se publicara elLibro Blanco de la Seguridad Social, sehan sucedido los informes de expertosque subrayaban la necesidad de un análi­sis y una reconsideración del sistemapúblico de pensiones. La evidencia delenvejecimiento de la población y del cre­cimiento constante del gasto en presta­ciones por jubilación ha mantenido vivala tradición de atención crítica al proble­ma de las pensiones.

En los últimos años, se observa ciertaunanimidad entre economistas en señalarla necesidad de adoptar decisiones cuan­to antes para asegurar las pensiones futu­ras. Economistas como Assar Lindbeck, a

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Dos de cada diez familias tienen. contratado un plan de pensiones

El total del ahorro en nuestro país se elevó en. 1995 a más de 82 billones de pesetas

¿Son seguros los Planes de Pensio­nes?

La seguridad de los Planes dePensiones es muy superior a la de otros..productos financieros existentes en elmercado.

La Ley de Planes y Fondos de Pensio­nes garantiza a los ahorradores una segu­ridad máxima en los Planes, dada la exis-

La Ley de Regulación de Planes yFondos de Pensiones surgió como res­puesta a la demanda social de un sistemaprivado de pensiones.

Dicha Ley define el concepto de Plande Pensiones que se fundamenta median­te su naturaleza contractual la constitu­ción de un ahorro que se traducirá en lapercepción de unas pensiones.

¿Cómo se impulsó su creación?

Los Fondos de Pensiones que nacieroncon el fin de posibilitar a los ciudadanosampliar o complementar las prestacionesdel sistema estatal con planes de pensio­nes privados son un producto relativa­mente joven (8 de junio de 1987).

La Administración ha sido la gran pro­tagonista del desarrollo inicial de losFondos de Pensiones.

¿Por qué deben desarrollarse más?

Pese a las dificultades iniciales, todoslos especialistas esperan que a medioplazo los Planes y Fondos de Pensionesse conviertan en un éxito. La reforma pró­xima del sistema de Seguridad Social seráclave para la toma de conciencia de losciudadanos.

Cada vez es más evidente la necesidadde complementar con Fondos de Pensio­nes la cobertura para la jubilación, con elobjeto de aproximar las rentas de la jubi­lación a las percibidas durante al vidaprofesional.

¿Por qué surge la Ley de Planes yFondos de Pensiones?

La propia Constitución de 1978 (art.41) establece los tres pilares sobre losque se debe apoyar un sistema de pensio­nes (estatal, profesional y complementa­rio).

reglas de constitución del patrimonio queal cumplimiento de los derechos quereconoce ha de afectarse".

¿En qué marco legal se encuadranlos Planes y Fondos de Pensiones?

La Ley en la que se encuadran losPlanes y Fondos de Pensiones es del 8 dejunio de 1987 y se desarrolló a través delReglamento de 30 de septiembre de 1988y otras disposiciones complementarias.Ha sido modificada recientemente por laLey 30/1995.

¿Qué es un Plan de Pensiones?

La Ley reguladora caracteriza a losPlanes de Pensiones de la siguienteforma: "Los Planes de Pensiones definenel derecho de las personas, a cuyo favorse constituyen, a percibir rentas o capita­les por jubilación, supervivencia, viude­dad, orfandad o invalidez, las obligacio­nes de contribuir a los mismos y las

PREGUNTAS SOBRE LOS PLANESDE PENSIONES

explicarse, al menos en parte, por losmayores estímulos al ahorro que se deri­van por un lado de las dudas sobre laintensidad y sostenibilidad del actualperíodo expansivo del ciclo económico,la situación del mercado de trabajo,donde se ha producido un incrementonotable de la proporción de trabajadoressin contrato fijo, así como las incertidum­bres sobre el futuro de las prestacionessociales que hemos comentado, y queestán haciendo que se desvíe el ahorrotradicional hacia rentas de retorno en elfuturo (fondos de inversión, seguros yfondos de pensiones).

Este conjunto de factores ha provoca­do un incremento, en términos nominalesdel ahorro en el pasado año, del 8,3%,alcanzando los 82,7 billones de ahorroque las familias españolas tienen en ban­cos, cajas, fondos de inversión y pensio­nes, seguros de vida y otros. Además lasestimaciones para los próximos cuatroaños son de mantenimiento del ritmoactual de crecimiento, debido también ala modificación de la estructura de lostipos de interés, y las consecuencias de lareforma "parcial" del Impuesto sobre laRenta, manteniéndose los desplazamien­tos en las preferencias de las familias a lahora de colocar sus ahorros.

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El aumento del ahorro a largo plazo beneficia a la economía del país

tencia de controles muy estrictos sobre lagestión de los patrimonios de estas enti­dades y sobre su funcionamiento.

Los propios partícipes, como miem­bros mayoritarios de la comisión de con­trol de los Fondos de Pensiones, puedenrevisar la situación patrimonial de lasentidades. Reciben, además, informaciónpuntual sobre las inversiones del Fondo ysobre la situación patrimonial de susderechos consolidados, por lo que puedenevaluar la rentabilidad de sus ahorros confrecuencia.

¿Qué ventajas ofrece un Plan dePensiones?

Podríamos enumerar como ventajaslas siguientes:

b Fiscalidad de las aportaciones:deducibilidad en la base imponibledel IRPE

b No obligatoriedad de realizar apor­taciones: en cualquier momento sepuede dejar de aportar.

b Control de las inversiones porparte del propio partícipe.

b Iliquidez: ayuda a conseguir unadisciplina de ahorro.

b Aportaciones flexibles y domicilia­bies.

¿Por qué los Planes de Pensionesson ilíquidos?

El Estado otorga una fiscalidad privi­legiada a los Planes de Pensiones porquele interesa su promoción por dos razonesbásicas:

b Logran que, de forma efectiva, losciudadanos ahorren para su jubila­ción.

b El aumento del ahorro a largoplazo beneficia a la economía delpaís haciendo crecer el mercado decapitales y mejorando la financia­ción de las empresas y del propioEstado.

Para lograr que los dos hechos ante­riores se cumplan deben establecerse res­tricciones a la liquidez no totales pero síimportantes. En todos los países con pla­nes de pensiones individuales es así.

¿Existe solución a la iliquidez de losPlanes Pensiones?

Los Fondos de Pensiones pueden con­ceder préstamos a sus partícipes hasta un80% del valor de sus derechos consolida­dos en el caso en que éstos necesiten dis­poner de dinero por causas justificables(p.e. desempleo, enfermedades graves,problemas económicos, etc.).

¿Qué derechos básicos tiene el par­tícipe?

b Los partícipes tienen derecho a latitularidad de los recursos patri-

moniales en los que, a través delcorrespondiente Fondo, se materia­lice e instrumente su Plan dePensiones.

b Los partícipes tienen derecho a lano discriminación, es decir, a unaabsoluta igualdad de trato.

b Los partícipes tienen derecho alcontrol del Fondo, a través de unacomisión de control creada paraese efecto, y merced a una infor­mación completa sobre el estadode sus derechos consolidados..

b Por lo que respecta a la capitaliza­ción de las entregas llevadas a cabopor los partícipes, éstos tienenderecho a que el cálculo de equiva­lencia entre las aportaciones a rea­lizar y las prestaciones futuras sehaga aplicando un sistema finan­ciero actuarial de capitalización,

dicho sistema deberá ser ademásautosuficiente.

b Tendrán derec)lO a designar bene­ficiarios para el caso que se pro­duzca la contingencia del falleci­miento.

b Las aportaciones del promotor alPlan son irrevocables, es decir, nose admite su anulación salvo errordemostrado imputable a las entida­des gestora y depositaria delFondo.

b Los Partícipes tendrán derecho entodo caso a la atribución de dere­chos consolidados, que serán elresultado de las sumas de las entre­gadas e intereses devengados,menos los gastos efectuados.

b Tendrán derecho a movilizar susderechos consolidados a otroPlan.

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