administración del sector público

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Sector público

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  • TEMARIO

    I. EL CONTEXTO DEL SECTOR PBLICO

    1. Nacin , concepto, elementos2. Estado, formas, elementos que lo constituyen , diferencia entre Estado, Nacin y

    Gobierno3. Forma de Estado y Gobierno en Mxico, marco constitucional, Republica

    Federal, Democrtica y Representativa, divisin de poderes, antecedentes,caractersticas, situacin existente en Mxico.

    II. LA ORGANIZACIN DEL SECTOR PBLICO

    1. Administracin Federal, Estatal y Municipal, responsables de cada una de estasinstancias de Gobierno en el mbito del poder ejecutivo, funciones y facultades.

    reas de apoyo directo al titular del ejecutivo federal, gabinetes. Organizacin administrativa estatal, funciones de los gobiernos estatales. Marco jurdico y antecedentes del municipio, estructura y funcionamiento

    de los municipios, servicios que proporciona. Mecanismos y sistemas de coordinacin intergubernamental, convenios de

    desarrollo, sistemas de coordinacin fiscal.

    2. Administracin central y Paraestatal

    Administracin central, identificacin de las secretarias de estado y susprincipales funciones, dependencias globalizadotes, rganosdesconcentrados, estructuras administrativas tipo, reglamento interior, lafuncin de modernizacin administrativa.

    Administracin Paraestatal, sectorizacin de la administracin Publica,tipos de entidades reconocidas en la ley, estructura administrativa, normasa las que se sujeta la operacin de las entidades, papel de las empresaspublica

  • III. LA PLANEACIN EN EL SECTOR PBLICO

    1. La planeacin general, antecedentes, principios, disposiciones normativas.

    El Plan Nacional de Desarrollo, contenido, caractersticas, vigencia,niveles de participacin.

    Topologa de los programas, caractersticas.

    2. La planeacin en las dependencias y entidades, vinculacin con laplaneacin general, programas operativos anuales y de mediano plazo,vinculacin con el presupuesto publico.

    IV. LA ADMINISTRACIN DE LOS RECURSOS HUMANOS EN EL SECTORPBLICO

    1. La normatividad vigente en materia de reclutamiento, seleccin,contratacin, valuacin de puestos, remuneracin y prestaciones.

    2. Las relaciones laborales en el Sector Pblico Apartado B del Art. 123Constitucional, jurisdiccin y diferencia respecto al apartado A, lasorganizaciones sindicales, condiciones generales de trabajo.

    3. El Servicio Civil de carrera, concepto, aplicacin en otros pises, finalidad yaplicacin en Mxico.

    V. LA ADMINISTRACIN DE LOS RECURSOS FINANCIEROS EN ELSECTOR PBLICO.

    1. El Financiamiento en las diversas instancias de gobierno, impuestos yderechos, venta de bienes y servicios, deuda pblica, criterios ynormatividad vigentes, el sistema de coordinacin fiscal.

    2. La administracin presupuestaria, presupuesto por programas, ejercicio delpresupuesto, clasificador por objeto de gasto, contabilidad gubernamental,cuenta publica.

  • VI. LA ADMINISTRACIN DE LOS RECURSOS MATERIALES EN ELSETOR PBLICO.

    1. Los procesos de adquisiciones de bines y servicios, programacin ypresupuestacin de las adquisiciones modalidades de las adquisiciones,formalizacin garantas.

    2. Inventarios, almacenes y suministro de bienes de consumo e inventariables yservicios para el funcionamiento de las organizaciones publicas, aseguramientode los bienes.

    3. Las obras publicas, programas de mantenimiento y conservacin de losinmuebles, administracin y distribucin de espacios.

    4. Nuevos esquemas de mantenimiento y conservacin de inmuebles,arrendamiento y distribucin de espacios.

    5. Nuevos esquemas en la administracin Outsoursing, reingeniera, proyecto enMxico, certificacin ISO.

    VII. EL CONTROL EN EL SECTOR PBLICO

    1. El control de Poder ejecutivo a travs del judicial y del legislativo, el control dela legalidad, la Auditoria superior de la Federacin, revisin de la cuentapublica, Auditoria Juicio Poltico.

    2. El control interno del ejecutivo, funciones de la SECODAM, las Contralorasinternas, Autoridades, informacin que se rinde a instancias globalizadotas ysectoriales, los comisarios y auditores externos en las empresas publicas, elcontrol en las entidades federativas.

    3. Control social y responsable, la contralora social, el OMBUSMAN, Cdigo detica y Programas de servicio en el sector pblico, aplicacin deresponsabilidades, declaracin de situacin patrimonial.

  • NACIN CONCEPTOS Y ELEMENTOS

    Nacin es un trmino que viene de nascor y se refiere ante todo al origen y a la filiacin,por lo que se podra definir como una poblacin dotada de una unidad tnica que habitaun territorio dotado de unidad geogrfica.

    La unidad geogrfica consiste en que el territorio que habita un grupo de personas estaseparado de otro por altas cordilleras, por grandes masas de agua, por bosques, etc., y launidad tnica depende de que la poblacin posea una lengua, una literatura, adems detradicin e historia comn, costumbres comunes y conciencia de lo licito e ilcito.Entre otras definiciones que se pueden considerar para definir nacin estn lassiguientes:

    Nacin es un conjunto de de hombres que hablan la misma lengua, se acomodan a lasmismas costumbres y se hallan dotados de las mismas cualidades morales, que losdiferencian de otros grupos de igual naturaleza.

    Naci es un cuerpo popular que habita un mismo pas o esta constituido bajo un mismosoberano gobierno.

    Se puede decir que los elementos principales para que exista una Nacin son:

    Individuos con caractersticas comunes entre si y diferentes de otros grupos. Una ubicacin geogrfica Una historia comn

    EL ESTADO

    Estado, denominacin que reciben las entidades polticas soberanas sobre undeterminado territorio, su conjunto de organizaciones de gobierno y, por extensin, supropio territorio.

    La caracterstica distintiva del Estado moderno es la soberana, reconocimiento efectivo,tanto dentro del propio Estado como por parte de los dems, de que su autoridadgubernativa es suprema.

  • CONCEPTOS PREVIOS DE ESTADO.

    La palabra Estado en trminos jurdico poltico se le debe a Maquiavelo, cuandointrodujo esta palabra en su obra "El Prncipe" al decir: "Los Estados y soberanas quehan tenido y tiene autoridad sobre los hombres, fueron y son, o repblicas oprincipados. Los principados son, o hereditarios con larga dinasta de prncipes, onuevos; o completamente nuevos, cual lo fue Miln para Francisco Sforza o miembrosreunidos al Estado hereditario del prncipe que los adquiere, como el reino de Npolesrespecto a la revolucin de Espaa. Los Estados as adquiridos, o los gobernaba antesun prncipe, o gozaban de libertad, y se adquieren, o con ajenas armas, o con laspropias, por caso afortunado o por valor y genio". Sin embargo, en trminos generalesse entiende por Estado a la organizacin poltica y jurdica de un pueblo en undeterminado territorio y bajo un poder de mando segn la razn.

    Platn estima que la estructura del Estado y del individuo son iguales, y con ello,analiza las partes y funciones del Estado y posteriormente, las del ser humano, con locual establece el principio de Estado anterior al hombre, porque, adems, la estructurade aqul, an siendo igual a la de ste, es ms objetiva o evidente. Aristteles, por suparte, es ms enftico y declara que el Estado existe por naturaleza, y por tanto, esanterior al hombre, no por ser ste autosuficiente y solo podr serlo respecto al todo, encuando a su relacin con las dems partes, complementando su expresin al decir, enbase a su Zoon Politikn, que quien no convive con los dems en una comunidad, "o esuna bestia, o es un dios".

    Por su parte, Luis XIV rey de Francia, en la poca del absolutismo se atreve a decir laya conocida frase "El Estado soy yo", que esto no implica ms que la falta de raciocinioen la que se viva en ese tiempo, indica solo la ms pura esencia del absolutismo en s,se tomaba al Estado como un rgimen poltico en el que una sola persona, el soberano,ejerca el poder con carcter absoluto, sin lmites jurdicos ni de ninguna otra manera. ElEstado no era sino una prolongacin de las caractersticas absolutas del rey en esetiempo. Por otro lado, a la revolucin Francesa se le considera como la pauta principaldel cambio de la evolucin del significado de la palabra Estado, pero eso lo veremos enotro apartado de este escrito. Por el momento, dar un breve recorrido por los EstadosAntiguos.

    ESTADOS ANTIGUOS.

    Tenemos en primer lugar al Estado egipcio y tratar de conceptuar a Egipto, como unaprimera formacin estatal. Ms o menos hace ms de 5 mil aos, aparece la autoridadcentralizada en el antiguo Egipto. Se carece de los datos exactos para reconstruir aqulproceso de centralizacin, sin embargo sabemos que era necesaria la presencia de ungobierno de esta ndole. Tenan un Estado personalizado, en el sentido de que laconcepcin de la autoridad se identifica plenamente con su depositario. La teora delEstado egipcio se resumira en que el Estado es el faran, afirmacin que no solo esreconocida por el faran mismo, si no por todos los subordinados a este.

  • Despus en Grecia empezar por especificar que su unidad poltica bsica fue la polis.Su geografa determina el aislamiento territorial, tenan una tecnologa pocodesarrollada en lo agrario y una poblacin en expansin.

    Los griegos tenan costumbres organizacionales, en las cuales se permita laparticipacin en los asuntos pblicos por medio de asambleas y no presentan un altosentido de centralizacin y personalizacin de la autoridad. Su autoridad no estababasada en una sola persona, sino que se divida en varios jefes y an se reconoca el"consejo de ancianos". Los tericos polticos de esa poca consideraban al Estado poruna parte como la ciudad o el sitio donde debe desarrollarse la plenitud de la vidahumana; por otro lado solo se referan a las funciones pblicas concedidas a cualquierciudadano que pueda realizarlas mediante la renovacin de los cargos.

    En Roma, el Estado aparece condicionado por las fuertes interacciones de distintosgrupos humanos. Surge por la necesidad de imponer la autoridad central al pueblo. Laformacin de Roma como Ciudad Estado, parece determinada por la existencia de unEstado anterior, el etrusco, cuyos orgenes se han perdido, pero que es posibleconjeturar como similar al desarrollo que se dio en Grecia.

    CONCEPTO ACTUAL DE ESTADO

    An no conocemos con exactitud el origen de la palabra Estado, desde el punto de vistajurdico poltico, pero si podemos afirmar que equivale a la Polis o ciudad Estado delos griegos. No es sino hasta la Edad Media, cuando por primera vez surge el nombrestat, estado, trmino tomado y sostenido por Maquiavelo, anteriormente citado. Loselementos del Estado son:

    Pueblo Territorio Poder

    Ahora podemos decir que el Estado es una sociedad humana, asentada de manerapermanente en el territorio que le corresponde, sujeta a un poder soberano que crea,define y aplica un orden jurdico que estructura la sociedad estatal para obtener el bienpblico temporal de sus componentes.

    Muchos autores aseguran que el poder y el gobierno son sinnimos, sin embargo nosdamos cuenta que no es as, para muchos, el poder significa ser ley, ser total, y elgobierno no lo es as, el gobierno es regido por el pueblo y para el pueblo, perotomaremos al poder como un elemento del Estado.

  • ELEMENTOS DEL ESTADO

    Como Pueblo entendemos al compuesto social de los procesos de asociacin en elemplazamiento cultural y superficial, o el factor bsico de la sociedad, o una constanteuniversal en el mundo que se caracteriza por las variables histricas. El principal valordel pueblo est en su universalidad. No habr Estado si no existe el pueblo y viceversa.

    Al Poder lo entendemos como la capacidad o autoridad de dominio, freno y control alos seres humanos, con objeto de limitar su libertad y reglamentar su actividad. Estepoder puede ser por uso de la fuerza, la coercin, voluntaria, o por diversas causas, peroen toda relacin social, el poder presupone la existencia de una subordinacin de ordenjerrquico de competencias o cooperacin reglamentadas. Toda sociedad, no puedeexistir sin un poder, absolutamente necesario para alcanzar todos su fines propuestos.

    El Territorio es el ltimo elemento constitutivo del Estado. Francisco Prez Porra loconsidera como el elemento fsico de primer orden para que surja y se conserve elEstado, pero agrega "La formacin estatal misma supone un territorio. Sin la existenciade ste no podr haber Estado".Por otro lado, Ignacio Burgoa afirma "Como elemento del Estado, el territorio es elespacio dentro del cual se ejerce el poder estatal o imperium. Como esfera decompetencia el Estado delimita espacialmente la independencia de ste frente a otrosEstados, es el suelo dentro del que los gobernantes ejercen sus funciones."

    LA REVOLUCIN FRANCESA, EL ORIGEN DEL ESTADO MODERNO

    Desde el atropello del "El estado soy yo" manifestado como el ms nocivo absolutismo,el pueblo sinti la negacin total de sus derechos y rotos todos sus principios e ideales,es ah donde empieza a crecer el resentimiento y surge poco a poco la semilla de larebelin, y sta haba de manifestarse con toda su violencia y hacer explosin, paraculminar el 14 de Julio de 1789.

    La revolucin dio paso a nuevas formas, con todas sus naturales e impropiasacciones excesivas cometidas. La mayor aportacin que este levantamiento dio, fue laDeclaracin de los Derechos del Hombre y el Ciudadano, que se fundament en lateora de Jean Jacob Rosseau, que escribi en su obra "El Contrato Social."

    El ao de 1789 es de primordial importancia en sus manifestaciones, por que los rumbossealados cambiaran al mando en sus procedimientos y formas gubernamentales, ytambin en la nueva concepcin del hombre, que se convirti en ciudadano para ayudara los fines del Estado, los fines de un nuevo Estado nacido de la sangre de muchaspersonas, de un Estado que surge de las cenizas del despotismo y la crueldad: El EstadoModerno de Derecho.

  • CARACTERSTICAS DEL ESTADO MODERNO

    Las caractersticas del Estado Moderno son las siguientes:

    Una cierta entidad territorial. sta se refiere al medio fsico que es necesariapara la sustentacin del Estado y debe ser una magnitud tal que no convierta endemasiado pesadas las tareas que el Estado debe afrontar.

    Establecimiento de un poder central suficientemente fuerte. Se lograsuprimir o reducir drsticamente a los antiguos poderes feudales, entre ellos elpropio poder de la iglesia, que se vincula a lo que actualmente llamaramos alproyecto de Estado Nacional.

    Creacin de una infraestructura administrativa, financiera, militar ydiplomtica. Se desarrolla una burocracia administrativa que trabajaimpersonalmente para el Estado. Burocracia y capacidad financiera seretroalimentan. La obtencin y administracin de recursos exige personaldedicado por completo a estas tareas. La diplomacia se convierte en uninstrumento indispensable para las relaciones con las dems entidades estatalesque constituyen un sistema en su conjunto.

    Consolidacin de la unidad econmica. El Estado debe ser capaz de regular ydirigir la economa en su propio seno, y con respecto al exterior, implantar unsistema aduanal y normas precisas que controlen la entrada y salida de bienes.

    EL ESTADO A LA LUZ DE LA CONSTITUCIN POLTICA MEXICANA

    En el artculo 39 de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos podemosver los elementos del Estado Mexicano, el artculo dice:

    "La soberania nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poderpublico dimana del pueblo y se instituye para beneficio de este. El pueblo tiene en todotiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno."

    De ah desprendemos los elementos que son:

    Soberana. Soberana, poder o autoridad que posee una persona o un grupo depersonas con derecho a tomar decisiones y a resolver conflictos en el seno deuna jerarqua poltica. El hecho de poder tomar estas decisiones implicaindependencia de los poderes externos y autoridad mxima sobre los gruposinternos. En el campo de las relaciones internacionales, un Estado soberano esigual a los dems: puede gobernar su propio territorio, declarar la guerra, oregular su estructura poltica

    Pueblo Poder Pblico Derecho a alterar y modificar La forma de gobierno.

  • Toda sociedad humana, en cuanto adquiere cierta importancia y complejidad, seorganiza para responder a exigencias internas de la vida colectiva y a exigencias quepudieran llamarse externas frente a otros grupos sociales.

    El Estado por primitivo que sea, se estructura administrativamente de acuerdo con unplan que se deriva de la misma sociedad.

    En esa organizacin se distinguen dos aspectos: el Estado en relacin con los sbditos ypor parte de estos ciertos deberes hacia el Estado. As los servicios son recprocos ypueden clasificarse en tres tipos:

    1. Desempeo de servicios sociales por el Estado.2. Aportacin de los recursos necesarios a ste, por los individuos.3. Aplicacin por parte del Estado, de estos recursos, al sostenimiento de los

    servicios que les estn encomendados.

    Desempeo de servicios sociales por el Estado

    Servicios encomendados al Estado. Los servicios que el Estado debe proporcionar a lacolectividad, se subdividen en cuatro categoras:

    a. Servicios de defensa.b. Servicios de garanta.c. Servicios de promocin de la prosperidad pblica material.d. Servicios de promocin de la prosperidad pblica intelectual y moral.

    Servicios de la defensa. La primera misin del Estado consiste en proteger al ciudadanocontra los males que puedan lesionar y aun destruir su existencia.

    Como esos males son de diversa ndole, el Estado necesita organizar servicios mltiplespara evitarlos en cuanto sea posible.

    Por consecuencia, se organiza para defenderse en contra de los enemigos exteriores,contra los otros pases que podran invadirlo y someter a su poblacin. Esa organizacinde carcter militar tiene por objetivo el mantenimiento del orden interior de la paz.

    El Estado necesita defender igualmente a las personas y bienes de cada quien contra loscrmenes o delitos individuales que puedan privarlos de la vida o de sus propiedades, desu integridad corporal o de su salud. En este aspecto el Estado organiza laAdministracin y Justicia Poltica. Pero el hombre no slo esta expuesto a sufrir lasagresiones de sus semejantes, sino que corre el constante peligro de verse aniquilado porlas fuerzas de la naturaleza o por elementos o causas del medio biolgico.

    En estos casos el Estado protege al individuo mediante instituciones preventivas, desocorro y de polica sanitaria. Por ltimo, el ser humano que vive en sociedad se veamenazado por la prdida absoluta de medios de subsistencia, ya sea por sequas o por

  • las prdidas de las cosechas en los campos, por huelgas, por enfermedades, por vejez,entre otros.

    Para responder a estas necesidades el Estado necesita contar con organismosadministrativos de asistencia o de defensa social.

    Servicios de garanta. Tambin llamados de autentificacin, tienen por objeto dar aciertos actos, a ciertas circunstancias sociales un carcter indudable que es garanta parala colectividad.

    Para lo cual, el Estado necesita crear y sostener diversos organismos administrativospara atender este aspecto de sus funciones. De esta especie son los acontecimientos deacuacin de moneda o emisin de billetes, los centros de educacin profesional, laspatentes de invencin, las pesas y medidas, los actos del estado civil y todos los actos decertificacin que interesan en alguna forma especial a la sociedad.

    Servicios de promocin de la prosperidad pblica material. En esta categora estncomprendidos los servicios del Estado que se conocen con el nombre de obras pblicasindispensables en toda sociedad para hacer posible y satisfactoria la vida en comn:caminos, obras de irrigacin, de sanidad, puertos, etc., servicios que demandan otrostantos rganos administrativos especializados.

    Servicios de promocin de la prosperidad pblica intelectual y moral. Para satisfaceresta necesidad que existe en todos los grupos sociales, pero que se acenta en lassociedades modernas, el Estado dispone de rganos administrativos de EducacinPblica y de instituciones que tienen por objeto mantener y promover el trabajocientfico de investigacin y de estudio. Aqu entran las instituciones estticas que tienepor objeto el desarrollo del arte en sus mltiples manifestaciones, ya que contribuyen enforma decisiva al progreso intelectual y moral de los pueblos. Los museos, los teatros,las exposiciones, etc., son rganos administrativos por medio de los cuales el estadollena esta funcin.

    En algunos aspectos se ve auxiliado por instituciones privadas o por particulares; enotros aspectos las funciones del Estado le son exclusivas por su propia naturaleza puesrequieren imperio y soberana que slo a l le corresponden.

    A esta ltima clase que se refiere a los servicios encomendados al Estado, correspondennumerosas leyes como son:

    Servicios de defensa: leyes que organizan al ejrcito, la Justicia Militar, la Polica, losTribunales, etc.

    Servicios de garanta: Leyes de instituciones de Crdito, leyes relativas a la moneda, alas pesas y medidas, a las apetentes y marcas, leyes sanitarias, entre otras.

    Servicios de promocin de la prosperidad pblica material. Leyes que regulan lasactividades de las Secretarias, de los Gobiernos de los estados, territorios y municipios.

  • Servicios de promocin de la prosperidad pblica intelectual y moral. Leyes sobreEducacin Pblica en general.

    Aportacin de los recursos necesarios a ste, por los individuos

    Recursos proporcionados por los ciudadanos. Los recursos proporcionados al Estadopara que ste pueda cumplir satisfactoriamente sus fines son de dos clases:

    1. Contribuciones personales.2. Contribuciones pecuniarias (impuestos). Los impuestos son de diversas clases,

    se pueden distinguir por la forma de recaudacin y por las diversas actividades obienes sobre las cuales recaen.

    Las Administracin Pblica, tanto para los servicios que exige la aportacin personal delos ciudadanos como los que solamente requieren el pago de impuestos, necesita contarcon una serie de organismos burocrticas que atienden las mltiples cuestiones, trabajosy actividades relacionadas con ellos.

    Esta segunda clase de servicios son los que prestan los ciudadanos al Estado, comoleyes correspondientes las de carcter fiscal y aquellas que reglamentan el serviciomilitar obligatorio y el servicio social profesional.

    Aplicacin por parte del Estado, de estos recursos, al sostenimiento de los serviciosque les estn encomendados.

    Aplicacin de los recursos del Estado a los servicios pblicos. En Mxico el Congresode la Unin es el encargado de fijar las contribuciones en relacin con el presupuesto, yen seguida hay una serie de organismos Administrativos de carcter Hacendario yFinanciero, que se ocupan de distribuir los recursos pecuniarios del Estado para suaplicacin a los diversos servicios, mediante sistemas de funcionamiento ms o menoscomplejos.

    Esta ltima clase de servicios se desarrolla mediante las Leyes de Ingresos y Egresos dela Federacin y de los Estados.

    Origen sociolgico de la Administracin Pblica

    La organizacin Administrativa del Estado se deriva de las necesidades sociales que ledan origen y que justifican su existencia.

    La Administracin Pblica tiene un carcter de generalidad, de necesidad que pone derelieve su valor sociolgico.

    Es verdad que la vida moderna exige la multiplicacin de las funciones estatales, yaque imperativos de justicia, de equidad, obligan a los Gobiernos a establecer una serie

  • de instituciones de servicio exclusivo o preferentes para las clases sociales desvalidas,aunque trae consigo el crecimiento inmoderado de la burocracia, de los impuestos, delas legislaciones, una complicacin exagerada en las tramitaciones oficiales quefavorecen la intervencin, que puede parecer o es perjudicial de innumerables empleosy funcionarios que representan en conjunto una carga pesadsima en la economa de unpas.

    En los Estados Totalitarios, la Administracin Pblica llega a la plenitud de sudesarrollo, sobre todo en donde la propiedad privada y los elementos e instrumentos deproduccin quedan en manos del Estado, porque entonces todas las actividadeseconmicas y sociales del pas que se desarrollan por medio de organismosadministrativos.

    La organizacin de la Administracin Pblica esta ligada estrechamente a la historiapoltica de todo pas, estudiando las diversas fases de ella, se tiene una visin exacta dela forma y de las vicisitudes de su integracin, del grado de civilizacin que haalcanzado, de sus tendencias, de sus posibilidades y se comprenden con exactitud susactuales instituciones.

    Breve historia de la Administracin Pblica Mexicana

    Las organizaciones administrativas de los Mexicas antes de la colonizacin habanalcanzado un gran desarrollo y su organizacin estaba asentada en un extensoterritorio, en la que se comprendan numerosos pueblos y se afianzaban organizacionesde diversas ndoles.

    La organizacin militar de los Aztecas tambin comprenda la administracin de lajusticia que se rega por leyes especiales y otros rganos auxiliares, los constituidos porlos embajadores y comerciantes: diplomacia y servicio de espionaje e informacin.

    Los embajadores tomaban parte de las negociaciones con otros pueblos para estableceralianzas o conseguir sumisiones. Procuraban persuadir especficamenteA los monarcas o caciques enemigos, a fin de evitar la guerra.

    Tambin haba un cuerpo de ejecutores encargados de cumplir las disposicionesdictadas por los reyes mexicanos en los pueblos que estaban sometidos a sus armas.

    En cuanto a los comerciantes, constituan el cuerpo de informacin y espionaje delejrcito. El contacto frecuente con los ms lejanos pueblos, favoreca el desempeeficaz de esta misin.

    La defensa interior estaba encomendada a los tribunales y a la polica.

    Las Administracin de Justicia corresponda a los tribunales de diversas categoras cuyacompetencia se rega por la naturaleza de los asuntos y la importancia de ellos.

  • En cada tribunal haba un ejecutor encargado de hacer cumplir las sentencias y losmandatos judiciales.

    La polica como auxiliar de la justicia, no solamente intervena para la aprensin de losdelincuentes, sino que desempeaba una funcin preventiva de vigilancia sobre ciertaspersonas y un determinado nmero de familias a fin de evitar la trasgresin de lascostumbres legales.

    Las penas de prisin se extinguan en crceles que servan tambin para que en ellaspermanecieran los reos condenados a muerte, mientras se ejecutaba la sentencia.

    Diversas insignias y adornos personales, distinguan a los nobles, a los altosfuncionarios, a los militares en sus varias graduaciones, a las diversas clases defuncionarios pblicos y el uso de todo esto se encontraba garantizado con la pena demuerte que se aplicaba a quienes se ponan trajes, insignias o adornos que nocorrespondan a su persona.

    En los mercados, tribunales especiales y una polica especial, garantizaban la justicia delas medidas y de las transacciones comerciales.

    La educacin pblica estaba encomendada a dos instituciones: al Calmecac y elTelpuchcalli. En el primero, a cargo de los sacerdotes se instrua a los hijos de losnobles para la viuda religiosa o para la vida civil; en el segundo, del que haba unaestablecimiento en cada calpulli o barrio, al que tenan acceso tambin los plebeyos, seeducaba a la juventud para la carrera militar.

    Durante la colonizacin, el rey era el Jefe de la Administracin Pblica. Lo auxiliabanen sus funciones gubernativas, los altos funcionarios de la nobleza, del clero y de laclase militar.

    La defensa estaba encomendada al ejrcito que haba alcanzado notable organizacin;tena un jefe supremo y estaba dividido en secciones, cada una de las cuales contaba asu vez con un jefe principal y varios subalternos.

    El sistema de ascenso y de distribucin de dignidades se haca de acuerdo con losmritos de los militares, demostrados en las guerras por el nmero de victorias y deprisioneros que lograban.

    Se destinaban grandes extensiones de tierra para el sostenimiento del ejrcito y sedispona de una compleja organizacin de abastecimiento y movilizacin para llevar loscontingentes a diversos puntos, para establecer guarniciones, que las haba en lugaresmuy distantes del centro de los reinos coaligados, para establecer las comunicacionesnecesarias y para atender a todos lo menesteres de un formidable contingente armadosiempre en toda lucha.

    En el reino de Mxico, en el de Texcoco y en el de Tacuba y en general en el de loscacicazgos y seoros de menor importancia, encontraron los espaoles notables obras

  • pblicas: acueductos, edificios, monumentos religiosos, caminos, entre otras, de talmodo que necesariamente exista en aquellos pueblos una organizacin administrativamuy adelantada que se encargaba de planear y ejecutar los trabajos materialesindispensables a la colectividad.

    El rey posea tierras, palacios, jardines, para cuya atencin requera de muchosempleados, generalmente nobles y numerosa servidumbre. El sostenimiento de las casasreales, del ejrcito, del clero, de los funcionarios pblicos, de los institutos deeducacin, de los servicios pblicos en general, demandaban cuantiosos recursos, parala recaudar y distribuir los cuales era indispensable una verdadera organizacinhacendara.

    La hacienda pblica de aquellos pueblos obtena recursos mediante la imposicin detributos (impuestos en especie), a los pueblos vencidos y a los sbditos. Estos impuestoseran colectivos. Cada pueblo tributario entregaba en fechas precisas determinadacantidad de productos agrcolas.

    En cuanto a los sbditos pagaban el impuesto por gremios si se trataba de comercianteso por barrios si se trataba de barios. El impuesto se pagaba en la capital mima del reinoo bien en lugares previamente determinados, pero tambin eran recaudadosdirectamente, por recaudadores que exigan el pago del impuesto o tributo por cuenta yrazn.

    Tenan los mexicanos una verdadera organizacin hacendara, los recaudadores estabanorganizados por categoras; los de ms alta jerarqua despachaban los asuntos en elpalacio, tenan bajo sus rdenes a recaudadores que cobraban los tributos a cienfamilias y bajo la direccin de stos haba otros encargados de cobrarlos a veintefamilias.

    Los efectos recaudados se almacenaban en edificios especiales en la capital del reino yen otros lugares adecuados para atender las necesidades administrativas en las distintasregiones dominadas por los aztecas. Cada almacn estaba al cuidado de un Jefe oMayordomo, que a su vez era auxiliado por un nmero de empleados en relacin con laimportancia del almacn. Por medio de pinturas jeroglficas se llevaba cuenta de lasentradas, salidas de efectos y productos.

    En los casos en los que las cosechas se perdan, se disculpaba a los agricultores, previoinforme oficial el pago del impuesto o del tributo, y cuando la miseria amenazabaalguna produccin del reino, se distribua entre sus habitantes parte de los productosalmacenados.

    Para mantener la disciplina en los diferentes organismos de la Administracin, seexigan responsabilidades a los encargados de las distintas funciones administrativas.Los funcionarios judiciales eran severamente castigados, hasta con la pena de muertecuando el ejrcito de su cargo, aceptaba ddivas de las partes interesadas en asuntossometidos de su decisin o cuando dictaban fallos notoriamente injustos.

  • poca colonial

    La organizacin de la Administracin Pblica en Mxico durante la poca de la colonia,se llev a cabo de manera paulatina a medida de las necesidades y posibilidades de laconquista, con el propsito de conseguir la consolidacin del Poder Real de Espaa enlos nuevos dominios.

    Esta empez desde la fecha en que fue fundada la Villa Rica de la Vera Cruz porHernn Corts y evolucion durante toda la poca colonial.

    rganos del gobierno

    Los rganos del gobierno de la Nueva Espaa fueron: Los Reyes. El Consejo Real de Indias. Las Audiencias Reales. El Virrey. Los Gobernadores y Adelantados. Los Intendentes. Los Corregidores. Los Ayuntamientos.

    Los Reyes. Los Reyes de Espaa en cuanto al gobierno de las Indias Occidentales,eran seores absolutos. Como consecuencia de la conquista, Espaa estableci unrgimen jurdico especial en todos los pases descubiertos en Amrica. La NuevaEspaa fue gobernada como un reino de la corona de Espaa, los reyes espaolesnombraron a sus favoritos y a personas de su confianza para encargarse de lascuestiones administrativas de los nuevos dominios.

    Despus, se encomend al Consejo de Castilla asuntos judiciales y de las msimportantes cuestiones de la administracin colonial corriendo a cargo de una grupoespecial del Consejo de Castilla, el Consejo de Indias en un principio funcion comoparte del Consejo de Castilla.

    Consejo Real de Indias. Era una especie de tribunal investido de facultades legislativas,administrativas y judiciales. Resida en Espaa y entre sus numerosas atribucionesestaban: dictar leyes, pragmticas, ordenanzas y provisiones previa consulta con losreyes.

    Dentro del Consejo Real de Indias se instituy una junta de guerra, compuesta porcuatro miembros del cuerpo y por cuatro consejeros especiales de guerra, nombradospor los reyes, para tratar de resolver todos los asuntos militares de las coloniasespaolas en Amrica.

  • El Consejo funcionaba como Tribunal Colegiado en el cual el Presidente daba cuenta delos negocios.

    Los gobernadores. Al emprenderse la dominacin de la Nueva Espaa, Corts fuenombrado gobernador por el Ayuntamiento de la Vera Cruz. Fue por tanto, el primerrepresentante de la autoridad poltica espaola y us de ella sin limitacin alguna.

    Las audiencias reales. En un principio tuvieron carcter judicial y administrativo, perocuando la Colonia fue regida por un virrey, las audiencias solo conservaron el carcterjudicial y gobernaban a falta del rey o gobernador.

    El virrey. El gobierno poltico y administrativo de la colonia tuvo al virrey como rganoprincipal, directo representante del poder real de Espaa.

    Al virrey de la Nueva Espaa estaban sujetos varios gobernadores y audiencias.

    DIFERENCIA ENTRE ESTADO NACION Y GOBIERNO

    Se ha expresado que los trminos de Estado y Gobierno designan cosas diferentes,aunque el uno presupone al otro y viceversa.La teora poltica asigna varias acepciones al trmino gobierno; as la ms usual, selimita a la idea de actividad que se ejerce para realizar los fines del Estado.Otra acepcin ms elaborada entiende que el Gobierno es el conjunto de los organismossuperiores que dictan las medidas que regulan la actividad del Estado .Por lo tanto sepuede decir que el gobierno es algo del Estado y para el Estado, pero no es el Estado. Enun sentido Funcional, el gobierno son las funciones diferenciales y especificas delEstado, es el Estado en la realizacin especifica de colectividad de carcter

    Fundamentalmente social; mientras que el Estado es una colectividad esencialmente porsu actividad funcional. En un sentido estructural, el gobierno es la estructurainstitucional especializada, mediante la cual el Estado hace efectivas sus funcionesespecificas.

    El concepto de Nacin se finca en estratos mucho ms profundos que sustentan elEstado, puesto que un Estado puede surgir o crearse por circunstancias de politicaInternacional, en un momento determinado. La historia contempornea esta llena deestos ejemplos. En cambio la Nacin requiere una continuidad y una tradicin quemantiene en el tiempo como unidad moral indisoluble.

    Manzini, uno de los primeros tericos de la nacionalidad, sostena que la nacin es unasociedad natural de hombres, creada por la unidad de territorio, de costumbres y de

  • idioma, formada por una comunidad de vida y conciencia social y mencionaba lossiguientes factores que contribuyen a formar la nacin:

    Naturales (territorio, raza e idioma) Histricos(tradicin costumbres, religin y leyes) Psicolgicos (conciencia colectiva)

    Sobre esta base estos conceptos de Manzini, muchos autores aseveran que la Nacin esuna poltica

    TIPOS DE ESTADO DE ACUERDO A SU PARTICIPACIN EN LAECONOMIA.

    1. Absolutista

    Poder absoluto del monarca Ausencia de derechos personales Potestad absoluta del monarca en relacin con el sujeto Ausencia total de la libertad.

    2. Polica

    Creacin de la Ley Aplicacin de la Ley en caso concreto Regulacin de ciertas actividades Vigilancia de lejos de la actividad de los particulares Preservacin de la seguridad interior Defensa del estado

    3. Promotor

    Motivacin para que los particulares realicen ciertas actividad Estimulacin de la participacin en la vida econmica Creacin de estmulos Fiscales.

    4. Benefactor

    Produccin y comercializacin de ciertos bienes y servicios Redistribucin de la Riqueza Creacin de mercados cautivos para proteger a los productores

    nacionales Otorgamiento de subsidios a determinados productos

  • 5. Planificador integral

    Es dueo de todos los modos de produccin Es el nico medio de comercializacin Se esfuerza por alcanzar la planeacin y administracin integral El Estado organiza la educacin, vivienda, actividades sociales,

    culturales y deportivas.

    La forma de gobierno Mxico actual

    La forma de gobierno mexicano es de tipo presidencial segn las siguientes razones:

    El presidente de la Repblica tiene las cualidades de jefe de Estado y Jefe deGobierno

    No existe primer ministro, no existe gabinete que trabaje en forma colegiada ytenga responsabilidad poltica frente al congreso.

    El congreso de la unin no tiene facultad de censurar a ningn integrante de laAdministracin Pblica en sus niveles Federales, centrales o Paraestatales.

    El presidente tiene la facultad de nombrar y remover a determinado nmero defuncionarios de primer nivel de la Administracin Pblica Federal, central yParaestatal y a numerosos funcionarios de niveles superiores.

    Las facultades del Presidente son mayores que las de oros poderes de la unin.

    La forma de gobierno de nuestro pas se encuentra descrita por el artculo 40constitucional en los trminos siguientes:

    Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una Republica representativa,democrtica, federal, compuesta de estados libres y soberanos en todo lo que conciernea su rgimen interior, pero unidos en una federacin establecida segn los principios eesta ley fundamental.

    En la forma de gobierno denominada republicana, el depositario del poder pblico eselegido peridicamente por los ciudadanos, es decir, no desempea su cargo en formavitalicia y se toma en cuenta la voluntad del pueblo para su eleccin. Dicha voluntad esexpresada mediante el voto o sufragio en las elecciones correspondientes.

    El concepto de democracia. segn Aristteles, el poder puede residir en un individuo,en una minora o en una mayora.En el primer caso tenemos la monarqua, en el segundo la aristocracia y en el tercero lademocracia, que degeneran respectivamente: en tirana, si el poder se ejercita enbeneficio propio o de unos cuantos; en oligarqua, si se hace uso del poder en beneficiode los pocos que lo detentan; y en demagogia, si se inclina en beneficio de losdesposedos nicamente

  • La monarqua, la aristocracia y la democracia constituyen lo que Aristteles llamformas puras de gobierno, por encontrarse encaminadas a buscar el bienestar delpueblo; en cambio la tirana, la oligarqua y la demagogia constituyen las formasimpuras de gobierno.

    Nuestra constitucin establece la forma pura de gobierno denominada democracia, en laque el poder proviene del pueblo y se ejercita en beneficio del pueblo, con lasdirectrices generales que seala la mayora de los ciudadanos.

    El sistema representativo. En las grandes comunidades humanas de la actualidad, yano es posible la participacin directa de todos los ciudadanos en las tareas del gobierno,por lo que se ha recurrido al sistema representativo, que consiste en dar al pblico laoportunidad de designar a las personas que habrn de realizar las funciones gubernativasen su representacin. Dicha designacin la realizan los ciudadanos mediante la emisinde su voto.

    El sufragio universal. El acto de manifestar los ciudadanos cul es su voluntad, enmateria poltica, es conocido con el nombre de voto o sufragio. La suma de los votosdemuestra cual es su voluntad de la mayora y determina las personas a quien debeatribuirse el ejercicio del poder.

    En caso de que el derecho al voto nicamente se conceda a quienes tienen determinadonivel econmico o cultural o solamente a los varones o a los que posean determinadacalidad radical, etc., se trata de un sistema de sufragio calificado o restringido.En cambio el sistema de sufragio universal consiste en conceder la intervencin en lafuncin electoral a todos los nacionales de un pas que hayan llegado a la mayora deedad, sin importar su sexo, raza, instruccin, etc., privndose del voto solamente aaquellos por alguna causa legal tengan ese derecho de suspenso. Este es el sistemaadoptado por nuestra constitucin.

    En nuestro sistema constitucional tratndose de eleccin de los diputados federales, nosolo se toma en cuenta la voluntad de la mayora, sino tambin de las minoras quienesya cuentan con representantes en el congreso de la unin, los diputados elegidos segnel principio de la representacin proporcional a la que se refieren los artculos 52, 53 y54 constitucionales.

    En nuestra republica, el derecho de voto o sufragio corresponde a los nacionales quetengan la calidad de ciudadanos, sin distincin alguna por motivo del sexo, condicineconmica o social, instruccin, etc.; ni siquiera es requisito, para poder votar el saberleer y escribir.

    La calidad de ciudadano corresponde a todos los mexicanos, por nacimiento o pornaturalizacin, sean mujeres u hombres, con tal que hayan cumplido los 18 aos deedad, y que tengan un modo honesto de vivir, segn lo dispone el artculo 34 de laConstitucin Federal.

  • Estn privados del derecho de voto de los ciudadanos que hayan dejado de cumplir lasobligaciones que , como tales, les impone el Art. 36 constitucional, los que seencuentren procesados por delitos que merezcan pena corporal, los vagos o ebriosconsuetudinarios, los condenados a una pena corporal, los profuso de la justicia, etc. Talprivacin es de carcter temporal y terminar cuando haya desaparecido las causas quelo motivaron.

    El ejerci del voto es a la vez un derecho o un deber. Como prerrogativa o derecho, loencontramos establecido por la fraccin I del Art. 35 constitucional y, como obligacin,lo impone la fraccin III del Art. 36.

    Los orgenes del federalismo mexicano. El federalismo consiste en la implantacin dela forma de Estado denominada federacin. La federacin supone la existencia previa devaria entidades polticas independientes que de comn acuerdo han resuelto unirsemediante un compromiso indisoluble para formar un nuevo Estado, ms grande en suterritorio, en su poblacin y en sus recursos, y distinto de los Estados miembros.

    La existencia del Estado Federal no implica la desaparicin de sus componentes, ya queellos conservan su libertad y autonoma en todo lo concerniente a su rgimen interior.

    Dicha forma de Estado naci en U.S.A con la finalidad de unificar las trece coloniasque acababan de emanciparse en 1776, para hacer frente al poder de Inglaterra.El federalismo fue establecido en nuestro pas mediante el Acta Constitutiva de laFederacin, de 31 de enero de 1824, y confirmando en la Constitucin Federal de losEstados Unidos Mexicanos del propio ao.

    Mientras en Norteamrica naci el Estado Federal como una necesidad de ordenpractico, en Mxico se imit dicha forma de organizacin poltica por la seduccin quedebe de haber producido en los constituyentes de la poca el xito y desarrolloalcanzado por U.S.A en tan breve plazo.

    En Norteamrica varios Estados se unieron para formar uno; en Mxico un gran Estadose fraccion para formar varios.

    Al consumarse nuestra independencia, Mxico era un Estado unitario o centralista quehaba permanecido, por trescientos aos, sujeto a las mismas leyes y a las mismasautoridades: las virreinales.

    De ah que la idea de centralismo haya tenido tantos simpatizantes durante los primeroscuarenta aos de vida independiente de nuestra nacin, cuyos paladines fueron losconservadores, triunfando finalmente le federalismo, sostenido con gallarda por losliberales.

  • En el Estado federal existe una dualidad jurdico-poltica: la realidad del todo y la de suscomponentes.

    En su interior existen dos rdenes: el federal, que comprende lo que interesa a laNacin entera, y el local que se refiere o lo correspondiente a cada una de las entidadesfederativas.

    Existen leyes y autoridades que tienen aplicacin en toda la Republica, as como lasleyes y autoridades que solo tienen fuerza obligatoria en algunas de las entidadesfederativas.

    Los estados y sus constituciones. Las partes integrantes de la federacin se encuentranenumeradas, por orden alfabtico en el Art. 43 de la constitucin, comprendiendo treintay un estados y el Distrito Federal.

    Cada uno de estos estados que integra la Federacin tiene su propia constitucinpoltica, que es la ley suprema dentro del rgimen interior de cada uno de ellos, peroencontrndose siempre subordinada a la Constitucin Poltica de los Estados UnidosMexicanos, a las leyes federales y a los tratados, lo anterior lo encontramos establecidopor los artculos 41 y 133 de la constitucin citada en ltimo termino.

    La organizacin de gobiernos locales. En el texto de las constituciones propias de losEstados se encuentra la organizacin y competencia de los poderes locales, los quedeben adoptar, para su rgimen interior, la forma de gobierno republicano,representativo, popular, como aparece en el prembulo del Art. 115 de la Constitucinfederal.

    El poder ejecutivo local se ejercita por un gobernador de eleccin popular directa que nopuede durar en su cargo ms de seis aos, y que no podr ser reelecto ni designadocomo gobernador interino, provisional, sustituto o encargado del despacho.

    El poder legislativo de los estados radica en el congreso local, compuesto de diputadosde eleccin popular directa, cuyo nmero ser proporcional al de los habitantes, peronunca podr ser menor de siete en los Estados cuya poblacin sea inferior a loscuatrocientos mil habitantes; de nueve en aquellos que tengan ms de cuatrocientos mily no lleguen a ochocientos mil, y de once, cuando la poblacin exceda de losochocientos mil.

    El poder judicial de los Estados se ejerce por un Tribunal Superior de Justicia, por losjuzgados de Primera Instancia y por juzgados municipales.

  • El rgimen municipal. La base de la divisin territorial y de la organizacin poltica yadministrativa de los Estados es el municipio libre, administrado por un Ayuntamientode eleccin popular directa, sin existir ninguna autoridad intermedia entre dichoayuntamiento y el gobierno del Estado.

    Los Ayuntamientos

    Para que los particulares pudiesen emprender el descubrimiento y la conquista de lastierras desconocidas de Indias, era indispensable que se concertara las capitulacionesque sealaban determinadas facultades a quienes las obtenan obligndose a cumplirlas.Entre otras se encuentran las relativas al nombramiento de Ayuntamientos ygobernadores.

    Segn las antiguas leyes Espaolas, los Ayuntamientos estaban capacitados para elegiral Alcalde Mayor en los caos en que era difcil obtener la real provisin, por lo que loeprimeros municipio tenan un carcter irregular, nacieron sin apegarse a un sistema determinado ni en composicin ni en facultades.

    Cada Ayuntamiento se integra por un presidente municipal, los regidores y los sndicos.Los municipios administran libremente su hacienda, la que se forma con lascontribuciones que seale la legislatura del Estado correspondiente, las cuales deben sersuficientes para la atencin de las necesidades municipales.

    Los municipios estn vestidos de personalidad jurdica para todos los efectos legales; esdecir: son sujetos de derechos y obligaciones.

    El sistema presidencialista mexicano. El Art. 80 constitucional expresa que sedeposita el ejercicio del Supremo Poder Ejecutivo de la Unin en un solo individuo,que se denomina Presidente de los Estados Unidos MexicanosEl sistema presidencialista mexicano es, pues, unipersonal; y a pesar de que haysecretarios de Estado y Jefes de Departamento, stos son solo colaboradores delpresidente, quien asume la responsabilidad poltica derivada de los actos de aquellos.

    El Poder Ejecutivo Federal. Para designar al presidente de la Republica es necesaria,tambin, la eleccin popular directa. Es decir en el acto electoral participarn todos losciudadanos: el pueblo; adems, en el sistema indirecto, donde los ciudadanos ejercitanel voto para designar electores, en quienes radica efectivamente la facultad de elegir alos funcionarios pblicos.

  • Los que figuren como candidatos a tan elevado puesto como lo es el de Presidente de laRepublica debern reunir los siguientes requisitos sealados por el artculo 82constitucional:

    I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento, en pleno goce de sus derechos, ehijos de padres mexicanos por nacimiento;

    II. Tener 35 aos cumplidos al tiempo de la eleccinIII. Haber residido en el pas durante todo el ao anterior al da de la eleccin; la

    ausencia del pas, hasta por 30 das, no interrumpe la residencia.IV. No pertenecer al estado eclesistico ni ser ministro de algn culto;V. No estar en servicio activo, en caso de pertenecer al ejercito, seis meses

    antes del da de la eleccin;VI. No ser Secretario de Estado o Subsecretario de estado, jefe o secretario

    general del departamento administrativo; Procurador General de laRepublica, ni gobernador de algn Estado o territorio, a menos que se separede su puesto seis meses antes del da de la eleccin, y

    VII. No estar comprendido en alguna de las causas de incapacidad establecidas enel Art. 83.

    No se conforma nuestra constitucin con exigir la cantidad de ciudadano mexicano pornacimiento, sino que impone adems el requisito de ser hijo de padres mexicanos pornacimiento, con objeto de garantizar, en lo posible, un mximo de mexicanidad.

    El requisito de la edad se explica por que la madurez intelectual resulta, del todo,indispensable para desempear un cargo en el que se tiene tan elevada responsabilidad.

    La residencia en el pas durante el ao anterior al da de la eleccin tiene por objetoacreditar que el candidato a estado en contacto directo con la realidad mexicana, y quiztambin el evitar influencias extranjeras muy recientes.La limitacin sealada por la fraccin IV se funda en la separacin de la iglesia y delEstado realizada durante las leyes de reforma.

    Las exigencias contenidas en las fracciones V y VI fueron impuestas para garantizar laindependencia del candidato y la imparcialidad de la eleccin, as como para evitar quelos aspirantes llegaran a valerse del poder que deriva del ejercicio de un cargo publicopara forzar la voluntad de los electores a su favor.

    Las causas de la incapacidad que el Art. 83 constitucional se refiere constituyen unfuerte apoyo al principio de la no reeleccin que se ha venido sosteniendo en diversosmovimientos revolucionarios de nuestra historia.

    Interino es el presidente de la Republica que ha sido designado por el Congreso de laUnin en caso de falta absoluta del Presidente elegido, dentro de los dos primeros aosde su periodo constitucional.

  • Sustituto es el designado por el propio congreso cuando la falta absoluta ocurre dentrode los primeros cuatro aos del periodo.

    Presidente provisional es el que designa la comisin permanente, en caso de que la faltaabsoluta del presidente elegido ocurra en el tiempo en el que el Congreso general no seencuentra en periodo de sesiones, y su nombramiento solo surtir efectos mientras elcongreso se rene para nombrar al interino o sustituto.

    El Poder legislativo Federal

    Constituido por un congreso Federal, el cual est dividido en dos Cmaras; la dediputados que representa a la Nacin (Art. 50, 51, 52 constitucionales) y la deSenadores que representan a las entidades federativas incluyendo el DF (Art.56). Laprincipal caracterstica del poder legislativo es la capacidad de iniciativa y la formacinde leyes (art71, 72 y 73 constitucional).

    Es el grupo de representantes populares que se ocupan tanto de proponer, estudiar,discutir votar y aprobar y rechazar las iniciativas de Ley que presente el propio PoderLegislativo, las legislaciones de los estados, el ejecutivo y hasta cierto punto laciudadana. Segn el Art. 70 de la constitucin todo acuerdo del congreso tiene entoncesel carcter de ley o decreto. Pero tambin el legislativo tiene la funcin de resolveralgunos otros asuntos esenciales de la vida pblica como la vigilancia del desempeodel ejecutivo dentro del marco legal, o bien la ratificacin de las elecciones populares defuncionarios pblicos, comenzando por el presidente de la republica.

    Estructura Del Poder Legislativo

    CONGRESO DE LA UNIN

    CAMARA DE SENADORES

    COMISINPERMANENTEGRAN COMISIN

    OFICIALIA MAYOR

    GRUPOSPARLAMENTARIOS COMISIONES

    COMISIONESORDINARIAS

    COMISINESEXTRAORDINARIAS

    GRAN COMISIN

    OFICIALIA MAYOR

    GRUPOSPARLAMENTARIOS

    COMISIONESORDINARIAS

    COMISIONESESPECIALES

    COMISIONES CONJUNTAS

  • El Poder Judicial Federal

    Se deposita el ejercicio del Poder Judicial de la Federacin en una Suprema Corte deJusticia, en un Tribunal electoral, en Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito, enJuzgados de Distrito y en un Consejo de la Judicatura Federal.

    a) El tribunal electoral es la mxima autoridad jurisdiccional en la materiay rgano especializado del Poder Judicial de la Federacin competentepara conocer y resolver conflictos que se presenten en materiaelectoral.

    Para el ejercicio de sus atribuciones, el Tribunal funcionar con una sala superior ascomo con salas regionales y sus sesiones de resolucin sern pblicas, contar con elpersonal jurdico y administrativo necesario para su adecuado funcionamiento. Losmagistrados electorales que integran la sala superior y las regionales sern elegidos porel voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la cmara de senadores,o en sus recesos por la comisin permanente, a propuesta de la suprema corte dejusticia, de entre sus miembros para ejercer el cargo de cuatro aos.

    b) Los Tribunales Colegiados de Circuito

    Se componen de tres magistrados, un secretario de acuerdos, secretarios, actuarios yempleados que se requieran. Los magistrados son nombrados y adscritos por el Consejode la Judicatura Federal quienes durarn seis aos en el ejercicio de su encargo. Lacompetencia genrica de dichos tribunales colegiados recae de manera exclusiva enmateria de amparo, de un solo grado o en segunda instancia.

    c) Los tribunales Unitarios de Circuito

    Estn integrados por un solo magistrado. Estos tribunales conocen del juicio de amparocontra violaciones a los artculos 16, 19 y 20 constitucionales, de la calificacin de losimpedimentos y excusas de los jueces de distrito y de las controversias entre jueces dedistrito.

    d) Los Juzgados de Distrito.

    Estn integrados por jueces de distrito quienes son nombrados y adscritos por elConsejo de Judicatura Federal y durarn seis aos en el ejercicio de su poder.

  • Administracin Federal, Estatal Y Municipal, Responsables De Cada Una DeEstas Instancias De Gobierno En El mbito Del Poder Ejecutivo, Funciones YFacultades.

    reas de apoyo directo al titular del Ejecutivo Federal, Gabinetes.

    El Art. 1 de la Ley Orgnica de la administracin pblica federal establece las basesde organizacin de la administracin pblica federal, centralizada y paraestatal. LaPresidencia de la Repblica, las Secretarias de Estado, los DepartamentosAdministrativos y la Conserjera Jurdica del Ejecutivo Federal, integran laAdministracin Pblica Centralizada.

    Adems haba de los organismos descentralizados, las empresas de participacinestatal, las instituciones nacionales de Crdito, la Organizaciones Auxiliares Nacionalesde Crdito, las instituciones nacionales de seguros y de fianzas y los fideicomisos,componen la administracin pblica paraestatal.

    ART. 2o.- En el ejercicio de sus atribuciones y para el despacho de los negocios delorden administrativo encomendados al Poder Ejecutivo de la Unin, habr lassiguientes dependencias de la Administracin Pblica Centralizada:

    I. Secretarias de Estado;II. Departamentos Administrativos, y Conserjera Jurdica.

    ART. 3o.- El Poder Ejecutivo de la Unin se auxiliara, en los trminos de lasdisposiciones legales correspondientes, de las siguientes entidades de la AdministracinPblica Paraestatal: Organismos descentralizados; Empresas de participacin estatal,

    Instituciones nacionales de Crdito, organizaciones auxiliares nacionales de Crdito einstituciones nacionales de seguros y de fianzas, y Fideicomisos

    ART. 13.- Los reglamentos, decretos y acuerdos expedidos por el Presidente de laRepblica debern, para su validez y observancia constitucionales ir firmados por elSecretario de Estado o el Jefe del Departamento Administrativo respectivo, y cuando serefieran a asuntos de la competencia de dos o ms Secretaras o Departamentos, debernser refrendados por todos los titulares de los mismos.

    Tratndose de los decretos promulgatorios de las leyes o decretos expedidos por elCongreso de la Unin, solo se requerir el refrendo del titular de la Secretara deGobernacin.

  • El Art. 5 del Reglamento Interior de la Administracin Pblica del Distrito Federaldice que adems de las facultades que establece la Ley, los titulares de las Dependenciastienen las siguientes facultades:

    I Dictar normas y disposiciones generales para que los rganos Poltico-Administrativos y los rganos Desconcentrados ejerzan las atribuciones que lesconceden las disposiciones jurdicas y administrativas aplicables,II Atender, en coordinacin con los titulares de los rganos Poltico-Administrativos,los asuntos relacionados con proyectos metropolitanos;III Atender directamente los asuntos que afecten el mbito territorial de dos o msrganos Poltico-Administrativos; yIV. Nombrar y remover libremente a los Directores Ejecutivos, Directores de rea ydems personal de las Unidades Administrativas y de Apoyo Tcnico-operativodependiente de las reas adscritas a ellos.ART. 10. La Administracin Pblica, para su mejor funcionamiento se Integra concuatro Gabinetes permanentes, los cuales cuentan con un Coordinador, cada uno.

    ART. 11. Los gabinetes son:I. De Gobierno y Seguridad Pblica, integrado por la Secretaria de Gobierno, laSecretaria de Seguridad Pblica, la Procuradura General de Justicia del Distrito Federaly la Consejera Jurdica y de Servicios Legales. Su Coordinador es el Titular de laSecretaria de Gobierno;II. De Desarrollo Sustentable, integrado por la Secretaria de Desarrollo Urbano yVivienda, la Secretaria del Medio Ambiente, la Secretaria de Obras y Servicios, y laSecretaria de Transporte y Vialidad. Su Coordinador es el Titular de la Secretaria deObras y Servicios;III. De Progreso con Justicia, integrado por la Secretaria de Desarrollo Econmico, laSecretaria de Desarrollo Social, la Secretaria de Salud y la Secretaria de Turismo. SuCoordinador es el Titular de la Secretaria de Desarrollo Social; yIV. De Administracin y Finanzas, integrado por la Secretaria de Finanzas, la OficialaMayor y la Contralora General del Distrito Federal. Su coordinador es el Titular de laSecretaria de Finanzas.

    ART. 12. Los Gabinetes tienen por objeto la planeacin, programacin, organizacin,coordinacin, control y evaluacin del funcionamiento de la Administracin PblicaCentralizada, Desconcentrada y Paraestatal, conforme a los lineamientos del PlanNacional de Desarrollo, del Programa General de Desarrollo del Distrito Federal, ascomo los dems programas que deriven de este y los que establezca el Jefe de Gobierno.

    ART. 13. Cada Gabinete podr llevar a cabo reuniones entre sus integrantes o con elJefe de Gobierno, con el fin de tratar los asuntos de inters, sin perjuicio de lasatribuciones que la Ley confiere a cada Dependencia.

  • Organizacin Administrativa Estatal funciones de los Gobiernos Estatales.

    LAS RELACIONES EN EL SISTEMA FEDERAL

    Estas se dan por la mezcla de responsabilidades en el sistema administrativa: dentro delas principales relaciones intergubernamentales se encuentran las siguientes:

    o Relaciones verticale.: Estas se enfocan en dar y recibir ayuda, a su vez, estaestructura esta formada por los federales, los valores polticos localistas y laparticipacin en las responsabilidades de los principales servicios internos.

    o Relaciones horizontales. Estas se caracterizan porque se dan entre losadministradores y servidores pblicos del mismo nivel, a su vez incluyefederaciones y grupos compactos o acuerdos que permiten que la administracinconjunta de los mismos servicios, se d para compartir informacin o ayudatcnica, donde la legislacin permite que los ciudadanos de una rea recibanayuda de otra.

    o Relaciones triangulares'. Estas se desarrollan involucrando a los gobiernosmunicipales y estatales con una dependencia federal, esta se puede llevar a cabode acuerdo a un programa conjunto y una consecucin federal, o un conjunto deprogramas estatales y municipales, que puedan recibir apoyo de diferentesconcesiones federales que ofrecen las diversas dependencias.

    DIVISION DE PODERES

    El estudio de la teora de la divisin de poderes puede ser examinado desde dos puntosde vista:

    a) Respecto a las modalidades que impone el ordenamiento de los rganos del Estado.

    b) Respecto a la distribucin de las funciones del Estado entre esos rganos.

    En el primer punto, la separacin de los poderes implica a su vez la separacin de losrganos del Estado en 3 diferentes grupos, donde en cada uno de ellos guarda entre s, launidad que les da el carcter de poder.

    En el segundo punto, la separacin de poderes impone la distribucin de las funcionesentre cada uno de los poderes, de tal manera, que el poder legislativo tiene atribuida lafuncin de crear leyes, el poder judicial, la funcin de cuidar que se cumplan y el poderejecutivo la de administrar.

    Esta teora, de la divisin de poderes, contribuye para hacer siempre ms apto el rganogubernamental, para la propia funcionalidad y en definitiva para mejorar el ejercicio delas actividades generales del Estado.

  • FEDERAL

    Poder ejecutivo:Presidente de la repblica y rganos que dependen de l.Poder legislativo:Congreso de la Unin (Cmara de Diputados y Senadores)Poder judicial:Suprema Corte De Justicia Tribunales Colegiados De Materia De Amparo Tribunales

    Colegiados En Materia De Apelacin Juzgados De Distrito

    ESTATAL

    Poder ejecutivo:Gobernador de Estado y rganos que dependen de l.Poder Legislativo:Diputados SenadoresPoder judicial:Tribunal Superior de Justicia Juzgado de primera instancia

    Juzgados menores y de paz.

    MUNICIPAL

    AyuntamIentos:Presidente municipalRegidores de municipiosSndicos.

    Bases de la administracin pblica y estatal:GobernadorSecretario general de gobierno Oficiala mayor TesoreroProcurador de Justicia y ministerio publico Secretaras,direcciones o departamentos. Organismos desconcentrados

    Funciones del ejecutivo: A l le corresponden los poderes que caracterizan lacentralizacin administrativa y que son:

    1. Poder de decisin2. Poder de nombramiento3. Poder de mando4. Poder de revisin5. Poder de vigilancia6. Poder de disciplina7. Poder de resolucin de conflictos de su competencia.

  • Facultad de nombramiento: Consiste en la facultad del nombramiento que tiene elsuperior jerrquico de nombrar y remover libremente a los titulares de los rganossecundarios del mismo. Dependen del poder ejecutivo. Fraccin segunda, Art.89 de laconstitucin poltica de los Estados Unidos Mexicanos Facultad de mando. Las autoridades superiores pueden dar ordenes e instruccin alos titulares de los rganos inferiores, para funcin administrativa en el mbito que laley seala para su intervencin, la ejercen rganos superiores jerrquicos. Art. 16 de laCPEUM Facultad de vigilancia. El superior jerrquico debe vigilar si sus empleados ycolaboradores cumplen eficazmente con las disposiciones que se les ha dado paragarantizar la buena marcha de la administracin pblica. Es realizada por el superior, selleva a cabo de manera material y directa. Facultad disciplinaria. Tiene por objetivo imponer las sanciones correspondientes alos funcionarios y empleados que no cumplan con su deber en el ejercicio de la funcinpblica. La ejercen los superiores jerrquicos. Para determinar las instrucciones en quedebe de incurrir un empleado o funcionario publico, se deben precisar las obligacionesque tienen.

    Los secretarios de Estado. Para despachar los asuntos de la administracin federal,ante la imposibilidad material de que lo haga todo personalmente el Presidente de laRepublica, cuenta este con la colaboracin de los secretarios de Estado y jefes dedepartamentos administrativos, cuyo numero y distribucin de los negocios que han deestar a su respectivo cargo estn determinados por una ley del Congreso: La vigenteLey Orgnica de la Administracin Publica Federal del 22 de diciembre de 1976.

    El Poder Legislativo Federal. Tiene a su cargo, como tarea fundamental, la de elaborarlas leyes que han de regir en toda la Republica, as como las propias del Distrito yterritorios federales.

    Dicho poder se deposita en un Congreso general dividido en dos Cmaras: LA DEDiputados y la de Senadores.La Cmara de Diputados se compondr de representantes de la nacin, elegidos en sutotalidad cada tres aos.

    La Cmara de Diputados estar integrada por trescientos electos segn el principio devotacin mayoritaria relativa, mediante el sistema de distritos electorales uninominalesy 200 diputados que sern electos segn el principio de representacin proporcional,mediante el sistema de listas regionales, votadas en circunscripciones plurinominales.

    Por cada diputado propietario se elegir un suplente, con objeto de que en caso de faltadel propietario correspondiente, pueda entrar en funciones para integrar el Congreso.

    Por cada senador propietario se elegir, asimismo, un suplente.

  • Los senadores y diputados al Congreso de la Unin no podrn ser reelegidos para elperiodo inmediato, salvo los que habiendo tenido la calidad de suplentes, no hayanestado en ejercicio

    Ambas cmaras tienen anualmente dos periodos de sesiones ordinarias; el primero apartir del 1 de noviembre de cada ao y que no podr prolongarse ms alla del 31 dediciembre siguiente y el segundo periodo, a partir del 15 de abril de cada ao.

    Puede tambin reunirse en sesiones extraordinarias ambas cmaras o solo una de ellascada vez que para ese objeto sean convocadas por la Comisin Permanente.

    Existen facultades exclusivas para cada una de las Cmaras; existen tambin lasllamadas facultades concurrentes, que corresponden en comn a ambas cmaras y quese encuentran contenidas en el ara73

    La Comisin Permanente. Es un rgano supletorio que tiene a su cargo larepresentacin del Poder Legislativo Federal durante los meses en que este se encuentreen receso, es decir, en los periodos que no celebra cesiones ordinarias. Esta comisintiene tambin sus propias atribuciones, a las cuales se refiere el art.79 constitucional.

    La Comisin Permanente se compone de 37 miembros, de los que 9 sern diputados y18 senadores, nombrados por sus respectivas camaras la vspera de la clausura de losperiodos ordinarios de cesiones.

    El Poder Judicial de la Federacin y su funcin de control de la constitucionalidad.Este poder se deposita en la Suprema Corte de Justicia, en los Tribunales de Circuito, enlos juzgados de Distrito y en el Jurado Popular Federal.

    La Suprema Corte de Justicia. Esta compuesta por 21 ministros numerarios y 5supernumerarios. Puede funcionar en pleno o en salas.El pleno lo componen los ministros numerarios, pero basta la presencia de 15 de susmiembros para que pueda funcionar. Los ministros supernumerarios tenen funciones desuplencia con respecto de los numerarios.Las salas comprenden 5 ministros cada una, pero pueden funcionar con 4 de ellossolamente.

    La primera sala se ocupa de los asuntos penales; la segunda de lo administrativo; latercera de lo civil; y la cuarta de asuntos de trabajo.

    Los tribunales colegiados de circuito estn formados por tres magistrados, un secretariode acuerdos y los secretarios, actuarios y empleados en el numero que determine elpresupuesto. Conocen de juicio de amparo en nica o en segunda instancia.

    Los tribunales unitarios de circuito tienen un magistrado y los secretarios, actuarios yempleados que el presupuesto seale. Conocen de apelaciones y otros recursos.

  • Los juzgados de distrito se integran con un juez y los secretarios, actuarios y empleadosque autorice el presupuesto federal. Tienen competencia para conocer en primerainstancia, de juicios federales en materia penal, administrativa y civil, as como de losjuicios de amparo.

    El jurado popular federal se forma de siete individuos particulares designados por sorteoen la forma previa por el Cdigo Federal de Procedimientos Penales.Dicho jurado popular federal tiene por objeto resolver, por medio de un veredicto, lascuestiones de hecho que le somete el juez de Distrito con arreglo a la ley.

    Los tribunales que forman el Poder Judicial de la Federacin tienen a su cargo laresolucin de las controversias o litigios que se susciten sobre asuntos de interes federal

    DIVISION DE PODERES

    El estudio de la teora de la divisin de poderes puede ser examinado desde dos puntosde vista:

    a) Respecto a las modalidades que impone el ordenamiento de los rganos del Estado.

    b) Respecto a la distribucin de las funciones del Estado entre esos rganos.

    En el primer punto, la separacin de los poderes implica a su vez la separacin de losrganos del Estado en 3 diferentes grupos, donde en cada uno de ellos guarda entre s, launidad que les da el carcter de poder.

    En el segundo punto, la separacin de poderes impone la distribucin de las funcionesentre cada uno de los poderes, de tal manera, que el poder legislativo tiene atribuida lafuncin de crear leyes, el poder judicial, la funcin de cuidar que se cumplan y el poderejecutivo la de administrar.

    Esta teora, de la divisin de poderes, contribuye para hacer siempre ms apto el rganogubernamental, para la propia funcionalidad y en definitiva para mejorar el ejercicio delas actividades generales del Estado.

    DEFINICIN DE MUNICIPIO

    Municipio, unidad bsica de la administracin territorial en Espaa y una parteconsiderable de estados latinoamericanos. El Estado se organiza en un conjunto deentidades pblicas, entre las cuales las ms importantes tienen una base territorial, demodo que puede decirse que su territorio se estructura en municipios, provincias,regiones, Estados federados o comunidades autnomas, entidades que suelen gozar deautonoma para la gestin o administracin de sus respectivos intereses. En unprincipio, el poder pblico contemplaba los municipios en su esencia fsica msprimaria como pueblos o agrupaciones de edificaciones y habitantes cuyo gobierno serealizaba a travs de autoridades asignadas, con la cooperacin de personas elegidas por

  • y entre los lugareos, y no eran considerados como corporaciones polticas niadministrativas.

    La implantacin de los principios organizativos impuso la consideracin sistemtica delas entidades municipales como estructuras polticas y ltimo peldao en laadministracin y organizacin del territorio que no se diferenciaban del Estado mismo,pero que ms adelante adquirieron plena autonoma.

    El principal elemento de un municipio es la poblacin o colectivo de personas fsicas,delimitado de un modo objetivo por la posesin de un vnculo especial de pertenencia yrelacin con l y se origina por la residencia permanente o circunstancial en el trminomunicipal o circunscripcin territorial que lo delimita. Integran tambin la poblacinmunicipal las personas que como tal aparecen en el padrn o registro municipal o en ellistado de habitantes elaborado para su medicin y control.

    Desde el punto de vista del territorio que les sirve de asiento, adquieren especial interslas leyes y normas que se refieren a las alteraciones o modificaciones del trminomunicipal, se distinguen as las hiptesis de incorporacin de un territorio a otro, lafusin entre dos o ms territorios y la segregacin de parte del mismo para formar unmunicipio independiente. Todos estos fenmenos se producen en funcin de criteriospolticos que tienden a promover una mayor eficiencia en el logro de los respectivosintereses as como una mejora en la satisfaccin de demandas y sus necesidadespblicas.

    Desde el punto de vista de la organizacin cobra un especial relieve el rgano degobierno que lo rige, el denominado Ayuntamiento. A veces, los ayuntamientos de doso ms municipios acuerdan formar una sociedad, consorcio o mancomunidad paraconseguir algn servicio especfico como transportes, abastecimiento de agua u otrospara conseguir mejoras en la satisfaccin de las necesidades pblicas.

    En algunas ocasiones, por razn de la mayor complejidad de la administracin de undeterminado municipio, se crea un rgimen especial que muchas veces no es compatiblecon el sistema uniforme de organizacin de todos los municipios dentro de un Estado;cuando son ms grandes se constituyen en reas metropolitanas, o por el contrario, acausa de la organizacin en pequea escala de un municipio y su escasa poblacin, secrea lo que se llama rgimen de consejo abierto, que se caracteriza por la inexistencia derganos colegiados representativos de los electores, donde todos los vecinos se renenen una asamblea vecinal que resuelve sus propios problemas.

    Gobierno MunicipalGobernador del municipio Ayuntamientos: Presidente, Sindico y Regidores

    FUNCIONES DEL MUNICIPIO

    Proporcionar a la poblacin servicio de agua potable, drenaje y alcantarillado. Dar servicio de alumbrado pblico Dar servicio de limpia, recoleccin, traslado, tratamiento y disposicin de

  • basura. Proporcionar Seguridad pblica Pavimentar calles Expedir reglamentos de transito Proporcionar transporte pblico Los dems que las legislaturas locales determinen segn las

    condiciones territoriales y socio-econmicas de los municipios, ascorno su capacidad administrativa y financiera

    FACULTADES DE LOS MUNICIPIOS

    Formular, aprobar, y administrar la zonificacin y planes de desarrollo urbanomunicipal. Participar en la creacin y administracin de sus reservas territoriales. Otorgar licencias y permisos para construcciones. Participar en la formulacin de planes de desarrollo regional, los cuales debern estaren concordancia con los planes generales de la materia, cuando la federacin o losestados elaboren proyectos de desarrollo regional debern asegurar la participacin delos municipios.Autorizar, controlar y vigilar la utilizacin del suelo, en el mbito de su competencia ensus jurisdicciones territoriales. Intervenir en la regularizacin de la tenencia de la tierra urbana. Celebrar convenios para la administracin y custodia de zonas federales. Participar en la creacin y administracin de zonas de reservas ecolgicas y en laelaboracin y aplicacin de programas de ordenamiento en esta materia. Intervenir en la formulacin y aplicacin de programas de transporte publico depasajeros cuando aquellos afecten su mbito territorial.

    FUNCIONES ADMNISTRATIVAS EN EL MUNICIPIO

    Son dos las funciones principales

    LEGISLAR: La verifican mediante la expedicin del bando de polica y el buengobierno de los presupuestos de ingresos y egresos de los diferentes reglamentosmunicipales.

    AUDITAR: Ejercida por conducto de los sndicos o comisiones nombradas al efecto,segn el propsito a que obedezcan.

    FUNCIONES DEL PRESIDENTE MUNICIPAL

    Representa dentro de la jurisdiccin del municipio del poder ejecutivo, ya que tiene asu cargo la representacin del ayuntamiento y la ejecucin de las realizaciones delmismo.

  • FUNCIONES DEL SNDICO

    Son funcionarios de carcter jurdico dentro del municipio. En algunas entidades se eligen junto con el ayuntamiento, mientras que en otras sedesignan por el presidente municipal. Representan al ayuntamiento ante toda clase de autoridades y los intereses pblicos enlos acuerdos del mismo, verifican el cumplimiento de las leyes orgnicas municipales,en trminos generales, son los representantes del poder judicial municipal.

    FUNCIONES DEL REGIDOR MUNICIPAL

    Son los representantes directos de la poblacin.Se eligen junto con el ayuntamiento por voto recto y otros asignados por el principio derepresentacin proporcional.Se encargan de vigilar el cumplimiento de los acuerdos del Consejo Municipal, vigilanque el ayuntamiento cumpla con las disposiciones que le sealan

    MARCO JURDICO MUNICIPAL

    Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos Constitucin Poltica del Estado Libre y Soberano de Mxico Ley Orgnica Municipal del Estado de Mxico Ley de Responsabilidades de los Servidores Pblicos del Estado de Mxico y

    Municipios Ley de ingresos de los municipios del Estado de Mxico para el ejercicio fiscal

    del ao 2003 Presupuesto de egresos del Gobierno del Estado de Mxico para el ejercicio

    fiscal del ao 2003 Cdigo financiero del estado de Mxico y Municipios Cdigo de procedimientos administrativos del Estado de Mxico Ley de Documentos Administrativos e Histricos del Estado de Mxico Ley de Parques Estatales y Municipales Ley del agua del Estado de Mxico Ley de Salud del Estado de Mxico Ley de Deuda Pblica Municipal del Estado de Mxico Ley de Aportaciones de Mejoras del Estado de Mxico Ley y reglamento de Obras Pblicas del Estado de Mxico Ley de Coordinacin Fiscal del Estado de Mxico

  • Ley y reglamento de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos,Mantenimientos y Almacenes del Estado de Mxico-

    Ley de Planeacin del Estado de Mxico Ley de Informacin e Investigacin Geogrfica, Estadstica y Catastral del

    Estado de Mxico Ley de Justicia Administrativa del Estado de Mxico Ley de Catastro del Estado de Mxico Bando Municipal de Polica y Buen Gobierno Ley de Coordinacin Fiscal del Presupuesto de Egresos de la Federacin

    AYUNTAMENTOS

    Presidente municipalRegidores de municipiosSndicos.Bases de la administracin pblica y estatal:

    GobernadorSecretario general de gobierno Oficiala mayor Tesorero

    Procurador de Justicia y ministerio publico Secretaras, direcciones odepartamentos. Organismos desconcentradosFunciones del ejecutivo: A l le corresponden los poderes que caracterizan lacentralizacin administrativa y que son:

    1. Poder de decisin2. Poder de nombramiento3. Poder de mando4. Poder de revisin5. Poder de vigilancia6. Poder de disciplina7. Poder de resolucin de conflictos de su competencia.

    Facultad de nombramiento: Consiste en la facultad del nombramiento que tiene elsuperior jerrquico de nombrar y remover libremente a los titulares de los rganossecundarios del mismo. Dependen del poder ejecutivo. Fraccin segunda, Art.89 de laconstitucin poltica de los Estados Unidos Mexicanos Facultad de mando. Las autoridades superiores pueden dar ordenes e instruccin a lostitulares de los rganos inferiores, para funcin administrativa en el mbito que la leyseala para su intervencin, la ejercen rganos superiores jerrquicos. Art. 16 de laCPEUM Facultad de vigilancia. El superior jerrquico debe vigilar si sus empleados ycolaboradores cumplen eficazmente con las disposiciones que se les ha dado para

  • garantizar la buena marcha de la administracin pblica. Es realizada por el superior, selleva a cabo de manera material y directa. Facultad disciplinaria. Tiene por objetivo imponer las sanciones correspondientes a losfuncionarios y empleados que no cumplan con su deber en el ejercicio de la funcinpblica. La ejercen los superiores jerrquicos. Para determinar las instrucciones en quedebe de incurrir un empleado o funcionario publico, se deben precisar las obligacionesque tienen.

    El Sistema Nacional de Coordinacin Fiscal

    SISTEMA NACIONAL DE COORDINACION FISCAL

    Otra tarea de especial importancia para avanzar hacia el nuevo federalismo consiste enapoyar las iniciativas de estados y municipios para estabilizar sus finanzas pblicas yconsolidar sus fuentes propias de ingreso.Este Plan propone reformar el Sistema Nacional de coordinacin Fiscal, con elpropsito de otorgar simultneamente mayores ingresos y atribuciones de gasto a lasentidades federativas, en correspondencia con sus responsabilidades institucionales ysus funciones pblicas.

    Comisin Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR)Art. 2do de la Ley para la coordinacin de los sistemas de ahorro para el retiro(derogada por la ley de los sistemas de ahorro para el retiro) dice que se crea laComisin Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro como rgano administrativodesconcentrado de la Secretaria de Hacienda y Crdito Publico.

    La Comisin tendr por objeto establecer los mecanismos, criterios y procedimientospara el funcionamiento de los sistemas de ahorro para el retiro, previstos en las leyes delSeguro Social, del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores ydel Instituto de Seguridad y Servidos Sociales de los Trabajadores del Estado

    Ley del Instituto Nacional de Estadstica, Geografa e Informtica (INEGI)

    El Art. 33 del Instituto Nacional de Estadstica, Geografa e Informtica dice que es unrgano, desconcentrado de la Secretaria, por conducto del cual, esta ejercer lasfacultades que le otorga la presente Ley, salvo aquellas que le sean atribuidasexpresamente en las materias que la misma regula, a su titular, por otras disposicioneslegales y reglamentarias. Formacin Estadstica y Geogrfica.

    Origen y Objetivo

    El objetivo principal del Sistema es el de armonizar el sistema tributario y distribuir alos estados miembros una proporcin de la recaudacin federal, mediante elestablecimiento de convenios de adhesin que se suscriben entre poderes soberanos: laFederacin y los estados.

  • Origen del SNCF Y Fundamento legal

    En el artculo primero de la LCF se establece el objeto del SNCF es coordinar elsistema fiscal de la Federacin con los estados, municipios y el Distrito Federal,establecer la participacin que corresponda a sus haciendas pblicas en los ingresosfederales; distribuir entre ellos dichas participaciones; fijar reglas de colaboracinadministrativa entre las diversas autoridades fiscales; constituir los mecanismos enmateria de coordinacin fiscal y dar las bases de su organizacin y funcionamiento

    Fundamento legal

    La Ley se compone de cinco captulos

    De las participaciones de los estados, municipios y el Distrito Federal eningresos federales

    Del Sistema Nacional de Coordinacin Fiscal De la colaboracin administrativa entre las entidades y la federacin De los organismos en materia de coordinacin De las aportaciones federales

    Funcionamiento del Sistema Nacional de Coordinacin Fiscal

    Recaudacin Federal Participable

    Concepto

    Es la gran bolsa de recursos fiscales transferibles a estados y municipios, que obtiene deFederacin por todos sus impuestos, as como por los derechos sobre la extraccin depetrleo y de minera, disminuidos por el total de las devoluciones por los mismosconceptos. .La Recaudacin Federal Participable no incluye:

    Los derechos adicionales o extraordinarios sobre la extraccin de petrleo. Los incentivos que se establezcan en los convenios de colaboracin

    administrativa (multas). Impuestos sobre tenencia o uso de vehculos y sobre automviles nuevos. La parte correspondiente al IEPS en que participen las entidades adheridas al

    SNCF. La recaudacin correspondiente a los pequeos contribuyentes que a partir del 1

    de enero del 2000 se incorporaron al Registro Nacional de Contribuyentes. El excedente de los ingresos que obtenga la Federacin por aplicar una tasa

    superior al 15% a los ingresos por la obtencin de premios a que se refieren losartculos 130 y 158 de la Ley del ISR.

  • Recaudacin Federal Participable

    Participaciones Federales

    Concepto

    En trminos polticos, es el dinero que les participa el gobierno federal por serparte del Pacto Federal.

    En este sentido, el objetivo de las participaciones es resarcir a los gobiernoslocales la parte que aportan a la riqueza nacional, expresada en los ingresosfiscales federales.

    Son recursos soberanos; no estn etiquetados.

    Participaciones FederalesOtros recursos participados a municipios

    IEPS

    Los municipios debern recibir al menos el 20% de lo que reciba la entidad federativapor participacin del IEPS (el estado recibe 20% de la recaudacin en cerveza, bebidasalcohlicas y refrescantes, as como el 8% de la recaudacin por tabacos labrados).

    ISAN y tenencia

    Los municipios debern recibir al menos el 20% del total de la recaudacin estatal porconcepto de los impuestos sobre el uso de vehculos (tenencia) y sobre automvilesnuevos.

    Participaciones FederalesOtros recursos participados a municipios

    A los municipios colindantes con la frontera o los litorales por los que se realicenexportaciones o importaciones, se les distribuye el 0.136% de la RFP, de acuerdo alcambio de un ao a otro en recaudacin de predial y derechos de agua.A los municipios colindantes con la frontera y litorales por donde se realice la salida deproductos petroleros, se les distribuir el 3.17% del derecho adicional por extraccin depetrleo, de acuerdo a los lineamientos que establezca e informe PEMEX.Estas participaciones sern entregadas directamente por la Federacin a los municipios.

  • Participaciones FederalesOtros recursos participados a municipios

    Los municipios debern recibir, en caso de que exista, una parte de la reserva decontingencia que reciba la entidad de que se trate.Adicionalmente los municipios podrn participar con el 80% de lo que se recaude porconcepto de pequeos contribuyentes, cuya incorporacin al Registro Federal deContribuyentes haya resultado de los actos de verificacin del propio municipio.

    Participaciones Federales

    Participaciones FederalesQu mecanismos de transparencia estipula la ley?

    Las participaciones sern cubiertas en efectivo, no en obra, sin condicionamiento algunoy no podrn ser objeto de deducciones (salvo el caso de la deuda de los gobiernosestatales y municipales).

    Los gobiernos estatales debern publicar en sus diarios oficiales los montos, porcentajesy calendarios de entrega de las participaciones a sus municipios, 15 das despus de quelo haga el gobierno federal.

    Participaciones FederalesQu mecanismos de transparencia estipula la ley?

    Tambin deben publicar trimestralmente el importe de las participaciones entregadas alos municipios y, en su caso, el ajuste realizado al trmino de cada ejercicio fiscal.De acuerdo al Art. 6 de la LCF, "La SHCP publicar en el Diario Oficial de laFederacin la lista de las entidades que incumplan con esta disposicin".

    Funcionamiento del Sistema Nacional de Coordinacin Fiscal

    Aportaciones federales

    Concepto

    Son aquellos recursos que transfiere el gobierno federal para que los ejerzan lasentidades federativas y municipios en funciones especficas previamente definidas porla Federacin en la LCF.Con este Ramo, se transfirieron recursos del presupuesto federal a los estados,destinados a la atencin de responsabilidades que la Federacin haba trasladado a stoscon anterioridad como salud y educacin.

  • Aportaciones federalesConceptoIgualmente se incluyeron recursos que eran canalizados a los gobiernos subnacionalespara la construccin de infraestructura bsica y se adicionaron recursos para la atencinde problemas de seguridad pblica y saneamiento financiero.Son recursos etiquetados; no son recursos soberanos

    Aportaciones federalesQu fondos componen el Ramo 33?Fondo de aportaciones para la Educacin Bsica y Normal (FAEB);Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud (FASSA);Fondo de aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS), en su vertiente estatal ymunicipal

    Aportaciones federalesQu fondos componen el Ramo 33 ?Fondo de aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de lasDemarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN-DF);Fondo de aportaciones Mltiples (FAM);

    Fondo de aportaciones para la Educacin Tecnolgica y de Adultos (FAETA)Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pblica de los Estados y del DistritoFederal.

    Aportaciones federalesCmo se distribuyen los fondos estatales en trminos generales?

    La distribucin de cada uno de los siete fondos utiliza distintos criterios.El FAEB, FASS