administracion de reglamentos y permisos · para cumplir con dicha meta se llevó a cabo un...
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ADMINISTRACION DE REGLAMENTOS Y PERMISOS
DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL FINAL (DIA-F)
SABANERA SAN LORENZO
CARRETERA ESTATAL PR-203, SAN LORENZO
CONSULTA NUMERO 2005-48-0763-JPU
Septiembre 2010
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Administración de Reglamentos y Permisos Declaración de Impacto Ambiental Final (DIA-F)
Sabanera San Lorenzo Carretera Estatal PR-203, San Lorenzo
Consulta Numero 2005-48-0763-JPU i. PREAMBULO A. Agencia Proponente: Administración de Reglamentos y Permisos B. Promovente 1. Nombre : San Lorenzo Partners Representante Ing. Edmundo Colón Arizmendi 2. Dirección Postal : P.O. Box 194769, S.J., P.R. 00919-4769 3. Teléfono : (787) 764-0610 C. Título de la Acción Propuesta: Declaración de Ambiental Preliminar (DIA-P) 1. Nombre del Proyecto : Sabanera San Lorenzo 2. Dirección : Carretera PR-203 Barrio Quebrada, San Lorenzo 3. Cabida de los Terrenos : 778.0052 Cuerdas 4. Cabida del Proyecto: 778.0052 Cuerdas 5. Expansiones Futuras: Ninguna D. Funcionario Responsable Alterno
1. Nombre : Gerente - Centro Expreso de Trámite
2. Dirección : Administración de Reglamentos y Permisos Box 41179, Minillas Station S.J., Puerto Rico, 00940-1179
3. Teléfono : 721-8282 E. Resumen de la Acción Propuesta
Se propone el desarrollo de una comunidad planificada en una finca con cabida total de 778.0052 cuerdas. El desarrollo propuesto contempla la formación de 1600 unidades de vivienda consistente de 1,150 lotes con cabida entre 350 y 900 metros cuadrados para vivienda unifamiliar, y dos complejos multifamiliares con un total de 450 unidades en edificios de apartamentos de cuatro a seis plantas, extensas facilidades recreativas, un predio para el desarrollo de una escuela privada y otro predio para usos múltiples consistente de actividad comercial y centro de salud, campo de golf de 9 hoyos (tipo par tres) y paseo lineal público.
F. Fecha de Circulación del Documento:
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ii. RESUMEN EJECUTIVO ii-a. Trasfondo Procesal
San Lorenzo Partners, sometió ante la Junta de Planificación la consulta de ubicación para el desarrollo de una comunidad planificada en una finca con cabida de 619.3552 cuerdas según mensura. El proyecto original propuesto es uno residencial mixto consistente de un total de 2,100 unidades de vivienda, facilidades recreativas y una escuela. Los terrenos para el desarrollo propuesto ubican al lado Oeste de la Carretera Estatal PR-203 y al Norte del Río Grande de Loíza en el Barrio Navarro del Municipio de San Lorenzo. La Junta de Planificación de Puerto Rico emitió una Resolución con fecha del 27 de junio de 2006 en la cual solicita a la parte proponente emitir comentarios a la carta de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados con fecha del 10 de marzo de 2006 y a carta del Municipio de San Lorenzo con fecha del 2 de mayo de 2006 en la cual objetaba la consulta. Con posterioridad a la comunicación emitida por el Municipio, el promovente, San Lorenzo Partners, S.E. y el Municipio de San Lorenzo acordaron realizar un programa conjunto que considere el desarrollo integrado tanto de los terrenos objeto de esta consulta como de los colindantes hacia el lado Este de la Carretera Estatal PR-203 y los terrenos colindantes al Sureste de la propiedad. Para cumplir con dicha meta se llevó a cabo un programa de diseño conceptual para desarrollar una visión conjunta para el área. A estos efectos, se preparó un plano conceptual de la zona que representa la planificación de aproximadamente 1,000 cuerdas de terrenos localizados en la entrada del pueblo de San Lorenzo. El concepto revisado incorpora un campo de golf en la ribera del Río , una escuela y extensas áreas verdes. El concepto propuesto dentro de los terrenos de la acción propuesta contempla el desarrollo para las áreas residenciales de solamente el 50% de la finca. La densidad total será equivalente a dos unidades por cuerda. En el caso de San Lorenzo Partners, S.E., conforme a la enmienda a la consulta de ubicación radicada el 8 de diciembre de 2006, se propuso desarrollar 1,300 unidades de vivienda mixta en las 619.3552 cuerdas. A esa fecha el Municipio de San Lorenzo procuraría incorporar en este plan maestro los diferentes dueños de las propiedades colindantes y los diseños de las obras municipales que tienen en su programa de mejoras.
Para poder viabilizar el desarrollo del Plan Maestro concebido por el Municipio y San Lorenzo Partners, se incorporó como parte de esta consulta de ubicación
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los terrenos con cabida de 158.65 cuerdas propiedad de San Lorenzo Associates LLC, que colindan al Sur de la finca de San Lorenzo Partners y al Este de la Carretera PR-203 en las cuales se propone desarrollar 300 unidades unifamiliares en predios con cabidas entre 350 y 600 metros cuadrados.
El 30 de noviembre de 2007, la agencia proponente, Administración de Reglamentos y Permisos, sometió ante la consideración de la Junta de Calidad Ambiental una DIA-P para el proyecto propuesto de conformidad con el Artículo 4-(B)(3) de la Ley Número 416 del 22 de septiembre de 2004, según enmendada, conocida como Ley Sobre Política Pública Ambiental, dando incio al proceso de evaluación y trámite de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto propuesto.
EL 17 de enero de 2008 se publicó en la red de Internet la DIA-P.
El 23 de enero de 2008, la JCA envió carta a la Administración de Reglamentos y Permisos acusando recibo de la DIA-P, incluyendo copia del Aviso Público y requiriendo la publicación del mismo.
El 26 de marzo de 2008 se publicó un Aviso Público informando al público y personas interesadas la disponibilidad de la DIA-P, según se dispone en la Regla 254(C) del (RPPETDA). En dicho aviso se concedieron treinta (30) días para someter comentarios e información que pudiera ser útil en la preparación de la DIA-Final, así como el derecho de solicitar una vista pública.
El 15 de agosto de 2008 la JCA emite Orden de Hacer a las siguientes agencias para que sometieran sus comentarios a la DIA-P: Autoridad de Acueductos y Alcantarillados, Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, Instituto de Cultura Puertorriqueña, Autoridad de energía Eléctrica, Autoridad de Desperdicios Sólidos, Departamento de Agricultura y al Municipio de San Lorenzo.
En el presente caso no fue solicitada la celebración de vistas pública, pero se recibieron los comentarios de las agencias antes mencionadas y de la Autoridad de Carreteras y Transportación.
Mediante Resolución Interlocutoria fechada del 2 de julio de 2010 y notificada el 13 de julio de 2010, la Junta de Calidad Ambiental resuelve que la DIA-P presentada por la Agencia Proponente, Administración de Reglamentos y Permisos, en esta etapa cumple con la mayoría de los requisitos establecidos en al Ley Num. 416, supra, y en el RPPETDA y establece que la Agencia Proponente deberá presentar una Declaración de Impacto Ambiental Final (DIA-F) a tenor con las disposiciones de la Regla 254 (H)(2) del RPPETDA, en la cual se indiquen y atiendan las recomendaciones y requerimientos establecidos en la Resolución Interlocutoria. Ahora, luego de considerar los comentarios emitidos por las agencias
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consultadas en el proceso de evaluación de la DIA-P y los comentarios emitidos por la JCA en la Resolución Interlocutoria, se prepara y presenta esta Declaración de Impacto Ambiental Final (DIA-F) para el desarrollo de la comunidad planificada “Sabanera San Lorenzo” conforme a la visión del Municipio de San Lorenzo y San Lorenzo Partners, en la finca con cabida total de 778.0052 cuerdas. El desarrollo propuesto contempla la formación de 1600 unidades de vivienda consistente de 1,150 lotes con cabida entre 350 y 900 metros cuadrados para vivienda unifamiliar, y dos complejos multifamiliares con un total de 450 unidades en edificios de apartamentos de cuatro a seis plantas, extensas facilidades recreativas y un predio para el desarrollo de una escuela privada, un predio para usos múltiples comerciales y centro de salud, así como un campo de golf de 9 hoyos (tipo “par tres”) con un paseo lineal. II-b. Resumen de la Acción Propuesta
Se propone el desarrollo de una comunidad planificada para desarrollo residencial mixto consistente de un total de 1,600 unidades de vivienda, facilidades recreativas, un predio para escuela, un área para futuro uso comercial, centro de salud y un campo de golf de 9 hoyos tipo par tres. Los terrenos para el desarrollo propuesto ubican a los extremos Este y Oeste de la Carretera Estatal PR-203 y al Norte del Río Grande de Loíza en el Barrio Navarro del Municipio de San Lorenzo y tienen una cabida total de de 778.0052 cuerdas. El desarrollo propuesto contempla la formación de varios núcleos de vivienda unifamiliar en solares con cabida que varían de 350 a 900 metros cuadrados para un total de 1,150 unidades unifamiliares y la construcción de dos núcleos para 450 unidades de vivienda multifamiliar en edificios de apartamentos. Se propone desarrollar un complejo de facilidades recreativas y usos accesorios en el cual se proveerán varias canchas de tenis, baloncesto, club de natación, centros de reuniones, gimnasio, áreas de juego de niños, campo de juego, paseos y áreas de recreación pasiva. En adición, los núcleos residenciales unifamiliares contarán con un predio independiente para facilidades recreativas. Se contempla proveer la comunidad con un control de acceso y la posibilidad de que cada núcleo residencial cuente con un puesto de vigilancia al comienzo de la calle de acceso a estos, el cual servirá para complementar el programa de vigilancia y seguridad de la comunidad. Se propone desarrollar senderos para peatones y bicicletas, unos asfaltados y otros sobre el terreno natural como complemento a las actividades recreativas pasivas. Parte de estos senderos se desarrollarán en las áreas verdes naturales (sin que se afecte la vegetación arbórea) para integrar la comunidad a la naturaleza.
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Se propone reservar terrenos para la construcción de una escuela en la cual se proveerá facilidades, según surja la necesidad, para niveles desde preescolar hasta superior. La misma será construida por el desarrollador y operada por una entidad privada certificada para esos fines. La misma estará disponible para estudiantes de las comunidades adyacentes. Así mismo, se propone, sujeto a demanda, proveer un área para una futura actividad comercial de venta al detal y servicios, así como una facilidad médica. El área de desarrollo residencial ocupa aproximadamente 475 cuerdas, en las cuales se integran áreas verdes que separan los distintos núcleos residenciales. Se contempla la conservación de toda la porción de los terrenos que ubican sobre la elevación 140 metros sobre el nivel del mar. En dichas áreas se conservará intacta toda la vegetación natural. Los terrenos a desarrollar fueron utilizados en el pasado para la siembra de caña. En la actualidad los mismos están vacantes y se utilizan ocasionalmente para pastoreo de ganado perteneciente a dueños de propiedades aledañas.
La alternativa de uso agrícola para estos terrenos no es viable del punto de vista económico y falta de mano de obra para desarrollo de la misma, razón por la cual se encuentra vacante desde hace muchos años. El Municipio de San Lorenzo, se mueve hacia el área de los terrenos de la acción propuesta en su nueva visión de desarrollo con el propósito de suplementar la pérdida de empleos en el sector agrícola tradicional, con el impacto positivo en la generación de empleos que representa la actividad del proyecto propuesto. Por su localización y la viabilidad de proveer infraestructura adecuada, el uso propuesto constituye la mejor alternativa para los terrenos objeto de esta acción. La no acción limita la utilización de terrenos aptos para la provisión de vivienda, la generación de empleos y la inyección económica en servicios, turismo, recreación, educación y materiales relacionados a la fase de construcción. En este documento se discute cómo la economía del Municipio será positivamente impactada mediante la generación de empleos durante la fase de construcción, el pago de arbitrios, patentes y la compra de materiales y equipos en el comercio local. Una vez desarrollado el proyecto, la creación de viviendas y la escuela generarán millonarios ingresos al Municipio por concepto de las contribuciones sobre la propiedad y el comercio local se beneficiará por la demanda de servicios, compra de bienes de consumo y la generación de empleos tanto permanentes como de servicios dentro del proyecto. La acción propuesta armoniza con las políticas públicas del Plan de Uso de Terrenos de Puerto Rico, específicamente con las metas de desarrollo urbano de proveer terrenos suficientes y adecuados para acomodar el crecimiento poblacional a tono con la necesidad particular de cada municipio; y con la deseabilidad de dirigir el desarrollo hacia áreas donde se puede mejor operar y
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mantener, a un costo razonable los sistemas de infraestructura. El proyecto considerado en este documento ambiental representa la alternativa de desarrollo más viable para la propiedad, ya que permite una mejor utilización del terreno sin alterar sustancialmente las condiciones topográficas naturales del mismo ni los recursos naturales existentes.
El desarrollo propuesto tiene un impacto positivo en el sector inmediato tanto en la generación de empleos y recaudos al Municipio de San Lorenzo, así como en mejoras en la infraestructura de los sistemas de acueductos y alcantarillado sanitario. La alternativa de no desarrollo limita la utilización de los terrenos aptos para la provisión de vivienda, la generación de empleos y la inyección económica en servicios y materiales relacionados a la fase de construcción.
Las causas de posible impacto al ambiente de la acción propuesta son aquellas que normalmente se generan en proyectos de desarrollo de terreno, tales como erosión, sedimentación, polvo fugitivo y ruido, las cuales son de carácter temporero y controlables con medidas de mitigación sencillas. El sector cuenta con infraestructura que será mejorada para atender la demanda generada por la acción propuesta y mejorar las necesidades del sector inmediato. La generación de empleos durante la fase de construcción, la compra de materiales y equipos en el comercio local, la provisión de vivienda, el pago de arbitrios, patentes y contribuciones y la utilización adecuada de terreno, representan un impacto positivo.
Como se expone a lo largo del presente documento, se protegerán todos los valores naturales y/o ecológicos en el área del proyecto y se mejorarán las condiciones naturales existentes, en un desarrollo armónico, donde el uso residencial del área no entre en conflicto con los valores naturales. Además, la conservación y protección de los recursos naturales añade valor y atractivo para los residentes y sus visitantes. Por lo tanto, los posibles efectos adversos del desarrollo propuesto están circunscritos a los absolutamente necesarios que conlleva cualquier tipo de construcción, en su mayor parte de carácter transitorio y enteramente reversibles en su naturaleza.
Al igual que los otros proyectos desarrollados bajo el concepto “Sabanera”, este es uno de poco impacto durante su desarrollo. El mismo es uno de largo plazo, aproximadamente 15 años, en el cual se realizan obras para aproximadamente 100 unidades por año. Esto genera una demanda mínima de infraestructura al momento del desarrollo así como un impacto físico limitado a áreas pequeñas dentro del terreno.
II - c. Resumen de los Posibles Impactos al Ambient e
A continuación se presenta de manera resumida unos posibles impactos que son comunes a desarrollos como el propuesto. A saber:
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a. Durante la construcción Alteraciones a la
topografía - permanente
La alteración de la topografía ocurre solamente en la porción de los terrenos a desarrollar, manteniendo los rasgos físicos de las áreas propuestas para conservación.
Eliminación de flora - temporero
La eliminación de la flora ocurre mayormente en las áreas dinde la vegetación es predominantemente invasora, contando básicamente de gramíneas y arbustos. La flora relacionada a bosques secundarios se concentra en las áreas altas a preservar.
La flora en las áreas a perturbar será sustituida
por una planificada que promueva el desarrollo de la fauna del área.
Migración de la fauna - temporero
La fauna que puede emigrar es aquella que habita mayormente en las áreas cubiertas por gramíneas y arbustos. Esta migración ocurrirá hacia las áreas verdes localizadas dentro de los mismos terrenos a desarrollar.
Alguna erosión interna - temporero
La erosión que pueda ocurrir como parte del movimiento de tierra no alcanzará ningún cuerpo de agua toda vez que el mismo se realizará en áreas interiores de la finca que quedan separadas del río y la quebrada por amplias franjas verdes de terreno a permanecer en su estado natural. En adición se implantará un programa de control de erosión y sedimentación.
Aumento en ruidos - temporero El aumento en ruidos producto de la actividad
de construcción no será sensitivo a los
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sectores desarrollados en la periferia de los terrenos, tanto por la distancia como por el efecto de la topografía y la vegetación a preservar.
Aumento en polvo fugitivo - temporero
El aumento en polvo fugitivo será controlado mediante asperjación y controles de sedimento en las salidas de los equipos de construcción.
b. Completado el proyecto (todas permanentes)
El análisis de los impactos que se discuten adelante está basado en la experiencia obtenida en los tres proyectos realizados hasta el presente bajo el concepto “Sabanera” los cuales han demostrado ser unos de poco o ningún impacto ambiental, resultando en impactos positivos tanto para el ambiente como para los residentes del área y los propios Municipios en los cuales se han desarrollado los proyectos.
- Aumento en el volumen de desperdicios sólidos - Impacto mínimo
El impacto en el aumento de desperdicios sólidos es uno gradual que ocurrirá donde quiera que se desarrolle la actividad propuesta. La demanda de vivienda que suplirá el desarrollo ocurrirá en este o cualquier otro lugar como consecuencia del aumento poblacional.
- Aumento en la escorrentía - Impacto mínimo o ningún impacto
El desarrollo propuesto no aumentará la cantidad de escorrentía pluvial hacia los cuerpos de agua en el predio o colindante a este toda vez que se proveerá lagos para la retención del aumento en escorrentía generado por la impermeabilización de parte del predio.
- Aumento en el población del área - Impacto positivo
El aumento en la población del Municipio es un impacto positivo en todos los aspectos económicos y sociales. El aumento en población genera una demanda mayor en el aspecto de consumo de bienes y servicios, teniendo como resultado un aumento en la actividad comercial del área.
El aumento en el número de unidades de vivienda tiene el impacto positivo de aumentar los ingresos municipales por concepto de arbitrios, patentes y contribuciones sobre la propiedad, permitiendo al municipio ofrecer mejores servicios a la población.
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- Aumento en el tránsito vehicular - Impacto mínimo
El impacto por el aumento en tránsito es uno gradual que se mitiga con
las mejoras requeridas en la intersección de la Carretera PR-203 con la Carretera PR-931.
La vía de acceso al proyecto es la Carretera PR-203 la cual tiene las características y capacidad de una vía expreso.
Aumento en la demanda por servicios públicos
- Educación - Impacto positivo
En este aspecto el proyecto representa un impacto positivo. Se propone
como parte del desarrollo la construcción de una escuela con enseñanza de primer orden que producirá un estudiantado con capacidad para competir globalmente.
- Alcantarillado Sanitario - Impacto positivo El proyecto no tendrá impacto sobre la infraestructura sanitaria existente.
Por el contrario el desarrollo aportará a mejorar la misma mediante una aportación sustancial para la construcción de la segunda fase de la Troncal San Lorenzo que habrá de sustituir el sistema existente.
- Sistema de Acueducto - Impacto positivo Al igual que en el sistema de alcantarillado sanitario, el sistema de
acueducto del sector no será impactado por la demanda generada por la acción propuesta. El impacto del desarrollo será uno positivo toda vez que como parte del mismo se habrá de mejorar las condiciones de la planta de filtración existente y se proveerá un nuevo recurso de abasto con la construcción de una nueva línea de 16 pulgadas de diámetro que se instalará desde las facilidades existente en la Carretera PR-30 hasta la entrada del pueblo de San Lorenzo, discurriendo por la Carretera PR-203.
Flora y Fauna - Impacto positivo El impacto permanente sobre la flora y fauna en los terrenos del
desarrollo será uno positivo toda vez que se sustituirá la flora existente que no constituye habitáculo principalmente para aves, por una flora mayormente de especies nativas para fomentar habitáculos que permitan la migración de aves hacia las áreas verdes y de conservación de la propiedad.
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Factores Socioeconómicos - Impacto positivo
El proyecto propuesto es uno de carácter mixto consistente de la actividad residencial, educativa, turística y recreativa que fomentará empleos directos e indirectos con un impacto directo en la economía del Municipio. Se proveerá facilidades educativas de excelencia que mejorará las oportunidades de los estudiantes de los pueblos aledaños para proseguir estudios universitarios en instituciones que demandan una base educativa sólida. Igualmente se proveerá, en combinación con el Municipio de San Lorenzo, áreas de recreación pasiva públicas integradas a los proyectos planificados por el Municipio.
En este documento se presenta un análisis detallado de los aspectos o impactos antes mencionados, así como las medidas para mitigar o reducir a un mínimo aceptable cualquier impacto adverso temporero. El impacto acumulativo, si alguno, que pudiera generar el proyecto se discute en los apartados correspondientes a infraestructura.
Se discuten también los efectos positivos y beneficiosos del proyecto tales como la inyección a la economía local en un corto período de tiempo de aproximadamente $262 millones, la creación de empleos, el uso productivo de terrenos ahora baldíos por la cesión del uso agrícola al cual se dedicaban los mismos, etc.
En esta etapa del proyecto podemos cuantificar algunos aspectos o datos significativos del proyecto:
Cabida total del terreno - 778.0052 cuerdas
Numero de unidades - 1,600
Costo estimado del proyecto - $322 millones
Consumo de agua - 665,000 gpd
Descarga sanitaria - 581,750 gpd
Tratamiento de aguas usadas - Planta Regional A.A.A.
Desperdicios sólidos - 14.05 tons/día
Movimiento de tierra - 1,650,000 metros cúbicos
de corte para relleno
Demanda de energía eléctrica - 17.475 kva
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II - d. Alternativas consideradas
A - La alternativa de no construir o ubicación alterna
La alternativa de no llevar a cabo la acción propuesta no se justifica si se considera que los terrenos para ubicar la misma contará con toda la infraestructura necesaria sin ocasionar un impacto acumulativo que afecte el sector inmediato. En adición los terrenos están localizados contiguos al centro urbano del Municipio de San Lorenzo y hacia el extremo Este del mismo, el cual constituye la única alternativa para la expansión urbana y no están incluidos dentro de alguna zonificación que lo clasifique como reserva agrícola, de bosque o de conservación de recursos. Este proyecto está a tono con la visión de desarrollo integral para el futuro del pueblo del alcalde del Municipio de San Lorenzo.
Por el contrario, el Plan de Usos de Terrenos propone la densificación selectiva de aquellos terrenos que cuenten con la infraestructura adecuada con el propósito de densificar las áreas desarrolladas para hacer mejor uso de la infraestructura existente y controlar el desparramamiento hacia las áreas menos desarrolladas que no cuentan con infraestructura adecuada.
La alternativa de no llevar a cabo la acción propuesta solamente se justificaría si fuera de toda duda razonable la misma provocaría un impacto ambiental significativo con daños irrevocables e irreparables al ambiente, o si los terrenos fueran una reserva natural o los mismos presentaran características para clasificar los mismos como un Distrito de Conservación, lo cual no es el caso de estos terrenos según se demuestra en este documento ambiental.
Contando el predio con la infraestructura adecuada y existiendo una reglamentación que permite la consideración de un desarrollo extenso en el mismo a tenor con los planes de uso de terreno, imponer sobre los mismos la alternativa de no llevar acabo la acción propuesta constituiría una restricción irrazonable al uso y disfrute de la propiedad lo cual contraviene las garantías contenidas en la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
La alternativa de no llevar a cabo la acción propuesta no se seleccionó , ya que para el dueño de los terrenos no existe alternativa de una ubicación alterna, así como mantener los mismos vacantes sujeto al pago de contribuciones sobre la propiedad sin generar beneficio alguno de la misma.
Según se demuestra a través de este documento, el desarrollo propuesto cuenta con la infraestructura necesaria, no tiene un impacto ambiental significativo irreversibles o que no puedan ser mitigados, ni compromete recursos para futuras generaciones.
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No llevar a cabo acción alguna en estos terrenos se estaría limitando, sin justificación alguna, el desarrollo y construcción de 1,300 unidades de vivienda adecuada, la creación de 875 empleos, la inyección de $262 millones de capital en las actividades económicas relacionadas a la industria de la construcción, así como los ingresos municipales por conceptos de arbitrios de construcción y patentes los cuales sirven para mejorar los servicios de salud, seguridad y otros a la ciudadanía.
A base de lo anterior, se concluye que la no acción es una alternativa detrimental para la economía del municipio y la mejor utilización de la tierra dentro de parámetros razonables de conservación.
B - Desarrollo Mixto de 2,100 unidades residenciales
Para estos terrenos se consideró y sometió ante la Junta de Planificación una consulta de ubicación para un desarrollo extenso mixto consistente de 1250 unidades de vivienda unifamiliar y 850 unidades multifamiliares, un predio para escuela, centro comunal con facilidades recreativas y usos accesorios.
* La demanda de infraestructura para esta acción se desglosa de acuerdo a
lo siguiente: Abasto y consumo de agua potable - 840,000 gal/día; Volumen estimado de aguas usadas - 630,000 gal/día: Demanda de energía eléctrica - 26,000 Kva; Generación de desperdicios sólidos - 16.8 tons/día; generación de tránsito -7,350 viajes/día.
* En esta alternativa el impacto en la infraestructura es considerablemente
mayor que en la alternativa seleccionada.
* Esta alternativa no fue endosada por el Municipio de San Lorenzo y fue modificada a la alternativa seleccionada luego de un proceso de evaluación realizado en conjunto con el Gobierno Municipal.
C - Mantener el uso actual de los terrenos
Los terrenos se dedicaron para uso de ganadería. Esta actividad no es rentable dado el alto costo de adquisición de comida para el ganado ya que la finca no produce el pasto adecuado y necesario. El costo de reestructurar la siembra de pastos no es viable.
El alto costo de los terrenos ( 16 millones de dolares) no hace posible la adquisición de los mismos para comenzar una nueva actividad agrícola y en adición la cabida de la finca no permite una activad agrícola de ganadería o de siembra de productos agrícolas que repague el costo de adquisición de los terrenos.
* En términos socioeconómicos la actividad agrícola impacta
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negativamente las necesidades de la región en la creación de fuentes de empleo. La generación de empleos en este renglón es muy limitada.
* El Municipio se vería privado de recibir ingresos por concepto de
arbitrios y patentes, lo que limita los recursos de este para ofrecer servicios de salud, mejoras públicas y empleos.
* Los terrenos están localizados contiguos al área urbana del Municipio lo
que implica que estos constituyen el lugar inmediato para suplir las necesidades y requerimiento de expansión para proveer vivienda.
D - Desarrollo residencial según propuesto ( Alternativa seleccionada)
En el proyecto propuesto los recursos naturales y ambientales forman parte integral del mismo. El proyecto que se está proponiendo se adhiere estrictamente a esta norma. El mismo es un desarrollo de densidad media, donde se integran de manera sostenida, los valores ambientales y naturales existentes en el lugar. No solamente se protegen los recursos ambientales y naturales existentes, sino que se añaden también otros adaptables al lugar, para mejorar sustancialmente la calidad de vida y el entorno.
Los estudios realizados para producir esta Declaración de Impacto Ambiental Preliminar arrojan las siguientes conclusiones:
* La flora y fauna que pudiera impactarse que existe en el área a
desarrollarse no es única, escasa, especial, o endémica en peligro de extinción. Su eliminación, si ocurriera, no representa daño alguno a sistemas ecológicos de importancia en el sector.
* Los terrenos ya no tienen potencial agrícola económicamente
viable, ni forman parte de algún sistema natural de importancia ecológica . En adición el proyecto armoniza con el Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio de San Lorenzo.
* Se ofrecen como parte del concepto de desarrollo total del
proyecto, unas soluciones prácticas y reales para atender la protección y conservación de los valores ecológicos y recursos naturales del sector. La integridad ambiental de este se garantiza mediante el establecimiento de zonas y mecanismos de protección, según se describen y analizan en el presente documento.
* A corto plazo, la construcción generará empleos diestros y no-
diestros, cuya fuente principal sería el Municipio de San Lorenzo así como los otros municipios aledaños. Esta creación de nuevas fuentes de trabajo en el sector, aunque estas sean de carácter temporero, representa una inyección económica, saludable, de
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repercusiones multiplicadoras de enorme beneficio localmente. Se estima que el proyecto requerirá una inversión no menor de $262 millones y generará aproximadamente 875 empleos directos e indirectos por año durante un periodo de 15 años con un impacto en nómina de construcción de 0.87 millones de dolares mensualmente. Además, una vez construido, el campo de golf, la escuela, la administración y mantenimiento del complejo residencial y sus residentes generarán aproximadamente 525 empleos permanentes, directos e indirectos, a tiempo completo y parcial, entre servicios domésticos, de jardinería y mantenimiento, seguridad y administración.
A base de las conclusiones anteriores, se considera que el desarrollo tal y como se ha descrito en la presente Declaración de Impacto Ambiental Preliminar (DIA-P), constituye la mejor alternativa para el uso de estos terrenos.
II - e. Comunicaciones de las Agencias federales y locales consultadas
En esta sección se presenta un resumen de las comunicaciones de las agencias federales y locales consultadas. Copia de las comunicaciones correspondientes se incluyen el Apéndice 1 de este documento ambiental.
Los comentarios incorporados para la DIA-F están re presentados en letras itálicas.
1 - Municipio de San Lorenzo
El Municipio de San Lorenzo en comunicación del 2 de mayo de 2006 no recomienda la aprobación de la consulta de ubicación toda vez que los terrenos están propuestos para clasificarse dentro de una Zona SREP ( Suelo Rútico Especialmente Protegidos) como parte del Plan de Ordenamiento Territorial de dicha Municipalidad.
Posteriormente, el Municipio de San Lorenzo mediante carta del 11 de octubre de 2006 endosó el proyecto propuesto indicando que el mismo ha sido diseñado por el Municipio de San Lorenzo y San Lorenzo Partners, S.E., (promovente), con una visión conjunta para el área. En dicha comunicación el Municipio de San Lorenzo indica las condiciones a establecer en el futuro desarrollo.
2 - Departamento de Recursos Naturales y Ambientales
En comunicaciones fechadas del 16 de diciembre de 2005 y 2 de febrero de 2007 el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales indica que es necesario la preparación de un documento ambiental conforme a las disposiciones de la Ley 416 del 22 de septiembre de 2004, Ley Sobre Política Pública Ambiental en el cual se discuta, sin limitarse a esto, los siguientes
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aspectos:
1) Estudio de Flora y Fauna (con énfasis en la Paloma Sabanera) Se incluye como Apéndice 2 el estudio de flora y fauna preparado por el
biólogo Carlos R. Ruiz Lebrón. Dicho estudio no reflejó la presencia de la Paloma Sabanera dentro de las áreas del proyecto. En adición, en proyectos desarrollados por el promovente cercanos al área de la acción propuesta no se detectó la presencia de la Paloma Sabanera. La Sección A-4 del documento ambiental contiene la discusión de los aspectos relacionados a la flora y fauna presente en el proyecto.
Igualmente en la Sección C. 1e se resume los impactos sobre este aspecto.
2) Impacto sobre los cuerpos de agua
En este documento ambiental se discute sobre la preservación de las quebradas principales que discurren por los terrenos, así como las medidas a establecer para la protección de las mismas durante el proceso de construcción. Así mismo se establece los compromisos para la protección del Río Grande de Loiza.
El Departamento en su carta del 2 de febrero de 2007 solicita se radique
ante su consideración un plano de deslinde para el cauce del Río Grande de Loíza. Dicho plano será presentado ante el Departamento una vez se establezcan los puntos de deslinde.
3) Sistemas ecológicos a impactarse La Sección A-16 de este documento ambiental discute sobre los sistemas
ecológicos tanto dentro de los predios de la acción propuesta como en la periferia del mismo y como se habrán de proteger durante el proceso de construcción.
4) Disposición de aguas pluviales. La Sección A-25 de este documento ambiental discute ampliamente sobre
la disposición y manejo de las aguas pluviales generadas dentro de los límites del proyecto.
5) Medidas para el control de la erosión y sedimentación
En la Sección A-21 de este documento ambiental se discute las medidas
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a implantar para el control de la erosión 6) Movimiento de tierra y sus impactos
Este tema se discute en la Sección A-19 de este documento. 7) Finca receptora del material sobrante, si aplica En la Sección A-19 se discute el movimiento de tierra del proyecto. Se
indica en la misma que no se proyecta disposición de material de corte o de capa vegetal fuera de los terrenos de la acción propuesta.
8) Análisis de la compatibilidad del proyecto con el entorno donde ubica y con las disposiciones de los estatutos vigentes.
La compatibilidad del proyecto con el entorno donde ubica y con las disposiciones de los estatutos vigentes se discute dentro del contexto de las Secciones A.8, A.12 A.17, A.21, A.37, B.1a, B1b, B.1i, B.3, B.4, B.5, B.6, B.7, B.8, B.9 y B.10.
Luego de circularse la DIA-P el Departamento en carta del 18 de diciembre de 2008, suscrita por el Secretario en la cual se emiten comentarios que por lo extenso de los mismos procederemos a discutirlos a continuación sin transcribirlos o citarlos literalmente. Se solicita se discuta o aclare los siguientes aspectos:
Quebradas en los predios
Indica el Departamento que el Mapa de Suelos del “Natural Resorces Conservation Service” ilustra alrededor de 25 quebradas que discurren en el predio mientras que en la DIA-P se menciona que solamente existen dos quebradas y otras depresiones de desagües naturales internos, algunas de las cuales serán modificadas por el sistema pluvial del proyecto.
El DNRA indica que la modificación de estas quebradas está en contra de los objetivos y política pública de la Ley Núm. 49 del 4 de enero de 2003, según enmendada que no propicia la canalización, relleno ni alteración de quebradas para favorecer proyectos de desarrollo.
Sobre este particular, queremos indicar que en la DIA-P cuando mencionamos la presencia de solamente dos quebradas, esto obedece a nuestro criterio sobre lo que constituye o define realmente una quebrada y no a la intención de omitir información. De hecho en el documento y en el diseño conceptual se atiende la presencia de varios drenajes naturales en adición a las quebradas señaladas.
Referente a este asunto redefinimos y aclaramos que en la porción de los
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terrenos localizados al Oeste de la Carretera PR-203 existen dos cuerpos de agua principales a los cuales tributan varios drenajes naturales que nacen dentro de la propia finca, según se desprende de los planos del Soil Survey y según identificados en el plano conceptual del desarrollo.. Estas quebradas principales, una discurre de Norte a Sur hacia el Río Grande de Loiza en el área Oeste de esta porción de la finca y la otra de Este a Oeste, en la porción Norte de los terrenos. En adición en esta porción de la finca existen cuatro cuerpos de agua adicionales que nacen en la propia finca y que su cauce definido termina en las charcas que menciona el Departamento en su comunicación. A partir de las charcas estos cuerpos de agua carecen de un cauce que se pueda distinguir de las áreas adyacentes.
Estos cuerpos de agua, desde su nacimiento hasta hasta el área donde se localizan las charcas poseen una la mayor diversidad de flora y fauna presente en los terrenos. Los mismos serán preservados en su estado natural y en adición los cauces aguas abajo de las charcas serán restaurados mediante siembra creando así los corredores ecológicos hasta la ribera del Río Grande de Loiza.
En la porción de los terrenos localizados al Este de la Carretera PR-203 discurre otra quebrada intermitente en dirección Norte a Sur, según se demuestra en el plano conceptual. Dicha quebrada nace fuera de los límites de la finca y la misma cuenta con otra charca donde termina de igual forma el cauce definido por topografía y vegetación. Aguas abajo de la charca existe un cruce de la quebrada el cual se mejorará para ser utilizado como calle de acceso a las áreas de desarrollo.
Al igual que en otros proyectos desarrollados por el promovente de esta acción, reconociendo la importancia de la preservación de los sistemas de drenaje naturales que constituyan hábitat de valor ecológico, el plano del desarrollo conceptual presentado como parte del documento ambiental reconoce la presencia de varios sistemas o cuerpos de agua que definimos algunos como quebradas, charcas y drenajes naturales. Se propone mantener los mismos en su estado natural y donde sea necesario mejorarlos para llevarlos a un nivel de Categoría 4 mediante siembra y paisajismo, creando así corredores ecológicos entre las áreas naturales a conservar en la parte alta de la finca hasta las áreas naturales en la ribera del río. Como parte de las medidas de conservación se habrá de mantener el cauce natural y se proveerán franjas verdes de 5.00 metros de ancho a cada lado del mismo.
En el plano conceptual que se acompaña estamos reconociendo 11 quebradas y drenajes naturales con las respectivas charcas, todos a permanecer como parte de la conservación de las áreas de Categoría 4.
Dado el número de cauces, se requiere de la construcción de varios cruces de estos para lograr acceso a las distintas áreas de desarrollo. Estos cruces que
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pueden consistir de tubos pluviales o atarjeas no alterarán el curso de las quebradas o drenajes naturales, pero requerirán alguna intervención del lecho para realizar las obras pluviales requeridas, las cuales no afectarán el flujo de las aguas en un evento de recurrencia de 100 años y no causaran obstrucciones y no conflijirán con funciones de conservación y limpieza.
Entendemos que dentro del espíritu de la Ley 49 del 4 de enero de 2003, se contempla la preservación de ríos y quebradas como ecosistemas que proveen múltiples beneficios. La Ley, literalmente se refiere a ríos cuando se señala que “no se promoverá el desarrollo de obras de control de inundaciones para el rescate de terrenos privados ni se permitirá la canalización de ríos de Puerto Rico para viabilizar proyectos con fines y propósitos privados”.
La acción propuesta y la necesidad de la construcción de atarjeas o instalación de tubos pluviales para crear cruces de cuerpos de agua en realidad no consiste de una actividad de control de inundaciones o canalización para el rescate de terrenos privados.
Para el manejo de las aguas pluviales de las áreas de desarrollo, se construirá un sistema pluvial consistente de canales abiertos, tubería pluvial y charcas de retención que se integrarán a los sistemas naturales de drenaje de la finca. Las charcas de retención y los canales o drenajes abiertos a construir proveerán conectividad con las áreas de alto valor ecológico existentes para crear nuevos corredores ecológicos desde las áreas altas de los terrenos hasta el Río Grande de Loiza.
Charcas existentes
El Departamento señala que en el proyecto existen cinco charcas conectadas a las quebradas, las cuales deberán ser eliminadas, restaurando los cauces o presentar evidencia de que las mismas cuentan con los permisos otorgados para llevar a cabo esa actividad. Sobre el particular queremos primeramente establecer que el número de charcas que existe en el proyecto es de 7 en la porción localizada al Oeste de la Carretera PR-203 las cuales interceptan el caudal de drenajes naturales de estos terrenos y 2 localizadas en la porción al lado Este de la Carretera PR-203. De estas solamente la que se localiza en el centro de esta porción de terreno está dentro del cauce de la quebrada.
Estas charcas fueron creadas a finales de los años 60 y/o principio de los setenta como parte de la actividad de crianza de ganado que se operó en la finca para esos años.
Dichas charcas constituyen el hábitat de la fauna ribereña. Las mismas sirven de criadero y refugio para especies de anfibios nativos y crustáceos como la
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buruquena y la avifauna del lugar.
Por la topografía de la finca, de no existir las charcas que acumulan parte del flujo de las aguas pluviales de los terrenos, la vegetación ribereña y la fauna de la finca sería una muy escasa por la falta del recurso agua.
Las charcas existentes no serán utilizadas como lagunas de retención del sistema pluvial. Las lagunas de retención habrán de ser construidas fuera de los cauces de los drenajes pluviales naturales de la finca y serán provista de vegetación que propicie el establecimiento de fauna adicional a la ya presente en la finca.
Entendemos que la preservación de las charcas existentes es tan o mas necesaria como la preservación de las quebradas, los drenajes naturales de la finca y la vegetación arbórea madura. Estas no serán utilizadas como lagunas de retención del sistema pluvial. Esta función la realizaran las nuevas charcas según aparecen en el plan maestro.
La carta del Departamento implica que el proyecto habrá de perturbar o modificar los drenajes naturales de la finca en contra de los objetivos de la Ley 49 del 4 de enero de 2003. Nada mas lejos de la verdad, el proyecto habrá de mantener la integridad de las quebradas, las áreas maduras de bosques y las extensas área verdes a lo largo del Río Grande de Loiza que en conjunto con las medidas para el control de erosión y sedimentación a implantar en las áreas desarrolladas, sirvan de filtros naturales para mantener el grado de pureza de las aguas que accesan al río.
Flora y Fauna
Indica la carta del Departamento que de la visita de campo se identificó dos especies que no fueron incluidas en el inventario de flora y fauna como la palma de coyor (Aiphanes acanthophylla) y la buruquena (Epibolocera sinuatifrons). Sobre el particular el biólogo del proyecto, Sr. Carlos Ruiz Lebrón, indica lo siguiente:
“El pasado jueves, 5 de febrero estuve visitando la finca de San Lorenzo para confirmar especies de plantas y animales mencionadas por el DRNA. Dichas especies fueron encontradas y localizadas. Las palmas de coyor (Aiphanes acanthophylla) se encuentran localizadas a lo largo de una de las quebradas intermitentes que discurren hacia el norte de la propiedad. Este grupo cuenta con dos individuos con un tamaño adulto (10 y 14 pies), unas siete palmas juveniles (de 4 a 8 pies) y unas doce plántulas (entre 1 y 3 pies). Esta pequeña población no representa peligro de ser afectadas por el desarrollo, ya que se encuentran dentro de la zona de amortiguamiento par alas quebradas de la propiedad.
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La especie de buruquena (Epilobocera sinuatifrons), también se encuentra dentro del cauce de las quebradas intermitentes y permanentes, que son áreas ya protegidas. Además, gran parte de esta población está concentrada en la parte superior de los cerros, las cuales son parte de los predios a conservarse dentro del desarrollo propuesto.”
“En cuanto a las especies endémicas encontradas en la propiedad, habitan principalmente en la zona boscosa a conservarse. En todos los proyectos que la empresa ha desarrollado se ha demostrado que estas especies utilizan las áreas residenciales como resultado de la diversidad y abundancia de vegetación que forma parte del paisajismo dentro del desarrollo. Además, parte de las estrategias de siembra de este tipo de desarrollo es aumentar la biodiversidad de las especies de flora y fauna del lugar y la incorporación de vegetación nativa que proporcione beneficios a la vida silvestre, en particular las aves. Esta estrategia se ha comprobado en el proyecto Sabanera Dorado, donde se han reportado 25 especies nuevas de aves luego de la actividad de construcción mejorar las áreas naturales dentro del desarrollo.”
“Como bien indica el DRNA en su carta al final del segundo párrafo de la página 3, las áreas boscosas que han permanecido por más de 30 años, son aquellas dentro de las áreas de conservación.”
“Este proyecto, al igual que todos los Proyectos Sabanera, cuentan con profesionales en el diseño paisajista y biólogos que combinan estrategias de restauración y creación de habitats de vida silvestre. Estas prácticas son parte del sello Sabanera y con mucho orgullo tenemos la certeza de contribuir a la biodiversidad del lugar a través de la creación de corredores ecológicos, bosque, humedales, lagos, entre otros.”
Mitigación Señala el Departamento que la Evaluación de los terrenos a base de las disposiciones de la Ley 241 del 15 de agosto de 1999, el Reglamento Núm. 6765 para Regir la Conservación y el Manejo de la Vida Silvestre, las Especies Exóticas y la Caza y el Reglamento Núm. 6766 para Regir las Especies Vulnerables y en Peligro de Extinción se clasificó el hábitat a impactarse como Hábitat de valor ecológico y Hábitat Natural con gran potencial de convertirse en Hábitat Esencial de alto Valor Ecológico o de Valor Ecológico.
Conforme al plano conceptual el desarrollo propuesto propone ocupar aquellas áreas que quedan fuera de los bosques maduros existentes en los terrenos, el humedal, los drenajes naturales y el área inundable adyacente al Río Grande de Loiza, ocupando la huella de desarrollo solamente un área de aproximadamente 316.00 cuerdas. El área remanente de aproximadamente 462 cuerdas,
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equivalentes a un 60%, quedará como áreas verdes, unas en su carácter natural y otras recreadas como parte del desarrollo.
Como parte de las áreas verdes se encuentra el área de aproximadamente 129.90 cuerdas donde enclavará el campo de golf, de las cuales solamente 54 cuerdas son ocupadas por el campo de juego, el cual es un corredor de área verde en el cual se desarrollan cuerpos de agua. El área remanente del campo de golf consiste en unos corredores entrelazados que tienen un área aproximada de 75 cuerdas y en la cual se siembran árboles de varias especies. Esta actividad es una muy cónsona con el desarrollo de hábitat para la avifauna y otras especies terrestres y acuáticas. Los campos de golf cuentan con extensas áreas de siembra de árboles las cuales a largo plazo se convierten en bosques maduros, que en conjunto con los cuerpos de agua que forman parte del campo de golf se convierten en hábitats naturales.
Se acompaña copia del estudio de la flora y fauna realizado para el campo de golf del Hotel Dorado Hyatt y foto área del mismo donde se demuestra la ocupación de las áreas arboladas.
El desarrollo propuesto contempla una huella verde de hábitat natural y recreado que representa una ocupación mayor que el área de la huella de impacto por lo que entendemos se cumple con los propósitos de la Ley 241 del 15 de agosto de 1999, según enmendada, conocida como “La Nueva Ley de Vida Silvestre de Puerto Rico”. Humedales
En el documento ambiental y en el desarrollo conceptual se reconoce la presencia de un pequeño humedal (antes bebedero de reses) el cual se localiza al Sur de los terrenos y dentro del área de desarrollo del campo de golf.
Para preservar la integridad hidrológica del humedal el área adyacente mantendrá la topografía natural del terreno para no alterar el curso de las aguas pluviales que alimentan de forma natural el sistema.
La calidad de las aguas de escorrentía del campo de golf no se afectan por los fertilizantes que se utilicen para el mantenimiento del área. Veamos;
Estudios han materializado que el uso correcto de fertilizantes, insecticidas y químicos en las gramas utilizadas en los campos de golf no representan un peligro de contaminación para los acuíferos , quebradas y ríos circundantes. Si a esto se le añade que el tipo de grama a utilizarse para este campo de golf en particular es del genero conocido por “paspalum” que es reconocido como la grama de golf mas “evironmentally friendly”, necesita la mitad de fertilizantes y agua que la grama “bermuda” ( comúnmente sembrada en los campos de golf.) y ademas su agresivo y
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denso patrón de crecimiento compite con las hiervas no deseadas, disminuyendo al mínimo el uso de yerbicidas que en la mayoría de las veces se trata con solamente sal en el área afectadas; por que también una de las características del “paspalum” es su alta resistencia a la salinidad. Estas características hacen que estas variedad de grama del tipo paspalum sea la grama ideal del punto de vista ambiental por el uso limitado de pesticidas que requeriría durante el proceso operacional de mantenimiento.
Cabe señalar que al uso y manejo de fertilizantes , insecticidas y químicos se hace dentro de las practicas conocidas como “Best Management Practices” (BPM), que son implementadas dentro de la parte operacional de mantenimiento del pampo de golf para minimizar la infiltración de químicos y fertilizantes a los cuerpos de agua. La meta de estas practicas es mediante pruebas del suelo limitar los fertilizantes a unos niveles iguales o por debajo de lo que la grama puede absorber y así minimizar que el fertilizante no utilizado se fugue con la escorrentía o se infiltre al terreno.
Los fertilizantes a utilizar son “Control Release Nutrients“ consistentes de nitrógeno, fosforo, potasio y elementos menores para el mejor aprovechamiento de las gramas y el menor daño por percolación y escorrentía a los cuerpos de agua.
Las aguas de escorrentía en el campo de golf serán recogidas por un sistema de drenaje que descarga en lagos de retención impermeabilizados, lo que evita que los nutrientes de los fertilizantes y otros químicos que no sean absorbidos por las raíces de la grama (paspalum) ganen acceso a los cuerpos de agua cercanos o se infiltren al terreno y afecten los acuíferos.
El uso de yerbicidas y químicos se manejará a través de las prácticas del “Integrard Pest Management Program” (IPM), que son implementadas para minimizar la transportación de los mismos vía escorrentía o percolación. Estas prácticas son parte del “Best Management Practices” (BMP’s).
El uso de químicos y métodos alterno como técnicas culturales y
biológicas (exterminación de insectos predadores) mediante el “Integrard Pest Management Program” (IPM), se sintetiza en tratar solamente las áreas afectadas en la etapa de detección temprana y aplicando los niveles mínimos de pesticidas con el menor potencial (rating) de percolación para así no afectar cuerpos de aguas y/o acuíferos.
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Otras características importantes de las gramas utilizadas en los campos de golf son las siguientes:
1. Contrario a las prácticas en la agricultura donde los fertilizantes y
pesticidas se aplican directamente al terreno, en los campos de golf la aplicación es directamente a la grama, donde la habilidad del “Turf” (capa de grama y su enraizado) para absorver y retener los nutrientes y pesticidas es insuperable. Además cabe señalar que la cantidad de fertilizantes y pesticidas es mucho menor que en la actividad agrícola.
2. El “turf” en los campos de golf absorven 6 veces más la lluvia que
en un campo agrícola con cosechas o pastos. 3. Son filtros naturales para purificar el agua a través de sus sistema de
raíces. 4. Reducen la erosión por los efectos de la lluvia y el viento. 5. Descargan más oxígeno que los árboles y cualquier otra vegetación
circundante. A base de lo anterior entendemos que la escorrentía del campo de golf no habrá de afectar la calidad de las aguas del río. Por el contrario la vegetación del campo de golf servirá de filtro para la escorrentía del área de desarrollo evitando la llegada de los contaminantes de las superficies de rodaje y otras actividades. En cuanto a la objeción del Departamento de Agricultura, entendemos que la misma es una sistemática y consistente para todos los proyectos que se presentan ante la Junta de Planificación.
LA DIA-P discute ampliamente sobre la capacidad agrícola de los suelos del proyecto, demostrando que los mismo requieren de prácticas de manejo demasiado onerosas para poder ser desarrollados dentro de un marco de viabilidad económica.
Planos de mensura certificados
El Departamento indica que para proseguir con la evaluación del documento ambiental y emitir los comentarios correspondiente es necesario se someta un plano de deslinde para el Río Grande de Loiza y se demarque las áreas verdes con sus respectivos lindes y cabidas, todo certificado por un ingeniero o agrimensor autorizado a ejercer la práctica de la agrimensura en PR.
Sobre este aspecto entendemos que en esta etapa de consulta de ubicación este requerimiento es irrazonable dado de que el plan maestro conceptual es un documento de carácter esquemático el cual pretende solamente ubicar
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esquemáticamente las actividades a desarrollar como parte de la planificación del proyecto.
No obstante, dicho gráfico y el contenido del documento ambiental se complementan para describir y establecer los compromisos de uso, impacto y mitigaciones que se habrán de recoger para delimitar de forma final en etapas posteriores de diseño y construcción los límites de la acción propuesta.
A base de lo antes expuesto, solicitamos que re-consideren lo expuesto en el comunicado del 18 de diciembre y emitan los comentarios correspondientes a la DIA-P, para así continuar el proceso de planificación y permisos del proyecto propuesto.
Además, incluimos fotos aéreas de otros proyectos desarrollados por el promovente en la inmediata vecindad (Sabanera del Rio) al igual que en Cidra y Dorado. Los mismos se han reconocido y continúan destacándose como ejemplares de desarrollo sensible a la naturaleza de nuestra Isla. Confiamos que el Departamento de Recursos Naturales apoye y fomente nuestras prácticas de desarrollo propuestas y probadas, promoviendo así un legado de mejor ambiente y calidad de vida para esta y futuras generaciones.
Se acompaña copia del plano conceptual revisado mostrando claramente la huella del proyecto propuesto con respecto a las áreas verdes, las quebradas identificadas y los drenajes naturales. Posteriormente mediante carta del 14 de julio de 2009, el DRNA indica “que luego de haber evaluado la DIA-P y la comunicación del 30 de marzo de 2009, la cual incluye un plano modificado fechado de febrero de 2009 y titulado “Preliminary Conceptual Master Plan”firmado y sellado por el ingeniero Edmundo Colón Arizmendi, Lic 7812, determinamos que los mismos discuten adecuadamente los aspectos ambientales bajo nuestra jurisdicción”. Dicho endoso está condicionado a que se cumpla con los siguiente: (Se resumen los comentarios) - Dedicar a uso público una franja de terreno comprendida por el cauce de las
quebradas, mas una franja adicional de cinco (5) metros de ancho medidos a ambos lados del cuerpo de agua. Dicha franja se mantendrá expedita y no podrá ser utilizada para uso distintos al propósito de conservación de los cuerpos de agua. La misma será segregada y dedicada para uso público y cedida y traspasada al Municipio de San Lorenzo.
- El Plano titulado “Preliminary Conceptual Master Plan” firmado y sellado por
el ingeniero Edmundo Colón Arizmendi, licencia 7812, incluye una tabla donde se expresa que el proyecto contempla un área de impacto de (huella de construcción) de 316.00 cuerdas y 462,00 cuerdas en áreas verdes naturales a conservar y restaurar (incluye charcas de retención, lagos,
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corredores, entre otros). En comunicación del 30 de marzo de 2009, se incluyó una Tabla con la mitigación requerida por el Departamento para cumplir con la Ley Núm. 41, supra, y el Reglamento Núm. 6765. En esta se indica las áreas verdes donde expresa y cito “Sistemas de charcas y drenajes naturales a conservar fuera de áreas naturales con R/W mínimo de 15.00 metros. Los restantes diez (10) metros mínimos establecidos para los cuerpos de agua son para cumplir con la mitigación requerida por dicha Ley. Además las ocho (8) charcas existentes también tendrán 15 metros como zona de amortiguamiento.
- Las 135 cuerdas ubicadas al Norte del predio y a ser conservadas en su
estado natural y conectadas a los corredores de vegetación propuestas deberán ser preservadas mediante el mecanismo de Servidumbre de Conservación a tenor con la Ley Núm. 183 de 27 de diciembre de 2001 (Ley de Servidumbre de Conservación de Puerto Rico), según enmendada. Dicha servidumbre será establecida mediante escritura pública la cual deberá ser otorgada y presentada en el registro de la Propiedad previo a la obtención de cualquier permiso, autorización, concesión o franquicia.
- Los base de los taludes a formar en colindancia con las quebradas y el Río
Grande de Loiza descansará fuera de la franja de terreno de los cuerpos de agua y deberán ser protegidos contra la erosión.
- Conforme a lo discutido en reuniones del 17 de marzo de 2008 y 15 de abril
de 2009, en los cruces de las quebradas se construirán puentes. Los mismos no deberán impactar el cauce de las quebradas. De no lograr en los trece (13) cruces de quebradas la construcción de puentes deberá buscar otras alternativas donde no se podrá impactar el cauce, e incluirlas en el plano a ser presentado en la fase de solicitud de algún permiso en el Departamento relacionado a este proyecto.
- Al sur del predio se identificó un área de humedal que se mantendrá en su
estado natural y formará parte de las áreas verdes del campo de golf. El mismo deberá tener una zona de amortiguamiento de cinco (5) metros.
- Conforme a la Hoja 1230H de los Mapas sobre Tasas de Seguros de
Inundación preparados por la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias y adoptados por la Junta de Planificación, parte de los predios localizados al sur de los terrenos ubican dentro de una Zona A. A teles efectos se deberá aplicar las disposiciones de la Sección 7.02 del Reglamento de Planificación Núm. 13 (Reglamento sobre Areas especiales de Riesgo a Inundación)
- Se cumplirá con las disposiciones del Reglamento de Planificación Núm. 25
( Reglamento de siembra, Corte y Forestación para Puerto Rico). La Ley Núm. 132 del 25 de junio de 1968, según enmendada y su Reglamento,
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prohíben la extracción, excavación, remoción y dragado de material de la corteza terrestre sin el permiso correspondiente del Departamento.
Durante la visita al campo se identificó la palma coyor (Aplanes acantophilla), considerada como elemento crítico, esta se encuentra a lo largo de una de las quebradas intermitentes. De la especie no estar dentro de la zona de amortiguamiento de quince (15) metros a conservar en su estrado natural, la misma deberá ser aumentada para que no se afecte la especie.
- Además, los corredores de vegetación propuestos deberán ser reforestados
cumpliendo con las disposiciones del Artículo 4 de la Ley Núm. 97 del 24 de junio del 1998 ( Ley para Fomentar la siembra de Arboles cuyas Frutas o Semillas Provean Alimento a Especies de Aves Silvestres de Puerto Rico).
- Deberá cumplir con las disposiciones de la Sección 14 ( Manejo de Aguas
Pluviales) del Reglamento de Planificación Núm. 3 ( Reglamento de Lotificación y Urbanización). Se le apercibe que del sistema pluvial descargar al Río Grande de Loiza o las quebradas del predio, deberá descartar la descarga en un punto concentrado, lo que implica que no puede afectar la faja verde e integrar a dicho sistema una alternativa de diseño que permita que el agua llegue de la misma forma que discurría en su estado natural.
- Deberá cumplir con las disposiciones del Reglamento Núm. 6916 (
Reglamento para Regir la Extracción, Excavación, Remoción y Dragado de los Componentes de la Corteza Terrestre). Se apercibe que la Ley Núm. 132 del 25 de junio de 1968, según enmendada y su Reglamento, prohíben la extracción, excavación, remoción y dragado de material de la corteza terrestre sin el permiso correspondiente del Departamento.
- Se deberá someter un plano de mensura certificado por un profesional
autorizado a ejercer la agrimensura en P.R. en la cual se incluirá las tablas de descripción de los puntos debidamente identificados en el plano como en el terreno, para certificar el deslinde del Río Grande de Loiza, las áreas a conservar de las quebradas y las 135 cuerdas a conservar en su estado natural. La franja de conservación del Río Grande de Loiza es de 20.00 metros según indicado en la Sección 15 – Tomas de Agua Públicas o Privadas, página 28 de la DIA-P. Durante la fase de radicación del permiso de urbanización ante la Administración de Reglamentos y Permisos, deberá presentar simultáneamente a la división de Procesos Ambientales el plano de deslinde certificado con la cabida final en cuerdas que será dedicada a conservación para la evaluación correspondiente. De no cumplir con lo anterior el Departamento se verá imposibilitado de tramitar el permiso incidental para una obra autorizada por ARPE.
- Deberá presentar copia de la escritura de cesión y traspaso correspondiente
en conjunto a una copia de la minuta de asiento de su presentación en el
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Registro de la Propiedad previo a la obtención en el Departamento de algún permiso, franquicia, autorización o concesión relacionada con este proyecto.
- De descubrirse en el predio objeto de desarrollo algún cuerpo de agua
superficial o subterráneo, sea perenne o intermitente deberá informarlo al DRNA y demás agencias concernidas. No informar hallazgos de este tipo así como las medidas de mitigación que se implantarán para proteger estos recursos naturales conllevará una revocación automática de la presente comunicación de no objeción y podrá ser base para acciones legales por parte del DRNA en los foros disponibles.
Todos los comentarios emitidos por el DRNA en las tres comunicaciones anteriormente discutidas, han sido incorporadas en el presente documento ambiental (DIA-F) o serán consideradas en los planos de construcción según correspondan. 3 - Autoridad de Carreteras y Transportación
La Autoridad de Carreteras y Transportación emitió una comunicación fechada del 8 de diciembre de 2005 en la cual se solicita la radicación de planos mostrando detalladamente todos los elementos de diseño de los accesos propuestos, así como la preparación de un estudio de tránsito y estudio de ruido.
Posteriormente, con fecha del 26 de enero de 2006, en comunicación dirigida a la Junta de Planificación, la Autoridad de Carreteras y Transportación indica que todos los comentarios de la comunicación del 8 de diciembre de 2005 continúan vigentes.
Con fecha del 30 de abril de 2010 la Autoridad de Carreteras emite una comunicación en respuesta a carta sometida el 8 de marzo por la parte promovente en la cual señala lo siguiente:
No tener objeción para que se someta en etapas posteriores los estudios de tránsito y de sonido ambiental para el proyecto que se encuentra en etapa de consulta de ubicación.
Una vez aprobada la consulta de ubicación, se deberá someter a la Oficina de Control de Accesos los estudios de tránsito y de sonido ambiental requeridos, previo al proceso de aprobación del anteproyecto de construcción y la preparación de los planos de diseño de dicho proyecto para determinar las mejoras a la infraestructura de carretera que serán necesarias construir por el desarrollador del proyecto.
Además será necesario tomar en consideración los siguientes comentarios, recomendaciones y requisitos ( Los mismos se transcriben en forma resumida):
el Municipio para resaltar y embellecer la entrada a la 1) El plano sometido el 12 de
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enero de 2007 muestra una intersección tipo rotonda en la Carretera PR-203 y se indica se proveerán rampas de entrada y salida en ambos lados de dicha carretera.
Sobre este particular se señala que dicha rotonda no tiene el propósito de crear intersección para acceso o virajes en la PR-203. Dicha rotonda fue requerida por Municipalidad.
La misma ha sido eliminada de los planos conceptuales de la consulta de ubicación.
Los accesos para el proyecto Sabanera San Lorenzo consistirán de una
rampa de entrada desde el carril Oeste de la PR-203 hasta el proyecto y una rampa de salida desde el proyecto hasta dicho carril en dirección del pueblo de San Lorenzo.
Se proveerá un conector desde el lado Oeste del proyecto al lado Este
bajo el puente de la Carretera PR-203 para proveer una rampa de salida desde la porción Este del proyecto hacia la PR-203 en dirección de Gurabo y una rampa de entrada para el tránsito proveniente del pueblo de San Lorenzo.
2) El Artículo 5, Sección III-B del Reglamento para el control de Accesos a
las Vías Públicas de Puerto Rico, según enmendado, establece que siempre que sea posible desarrollar accesos directos a calles de servicios o superficies de rodaje locales no se permitirá accesos a las vías principales. Por lo tanto recomiendan que los accesos sean canalizados hacia otras vías estatales o municipales colindantes con la propiedad.
Sobre este aspecto se indicará a la Autoridad de Carreteras al momento de la presentación de los estudios y planos del diseño de los accesos la situación o condición de que los terrenos a desarrollar no colindan con vias locales o estatales. La única alternativa de acceso es hacia la Carretera PR-203.
3) La Autoridad de Carreteras señala que el proyecto conforme con el
Reglamento Núm. 11-001, conocido como Normas para la Imposición de la Aportación por Concepto de Exacción por Impactos estará sujeto al pago del cargo de exacción por impacto. Sobre este aspecto, una vez se someta el proyecto final ante la Autoridad de Carreteras se coordinara el pago correspondiente de acuerdo a las etapas de desarrollo.
4 - Autoridad de Acueductos y Alcantarillados
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La AAA emitió una comunicación fechada del 10 de marzo de 2006 como resultado de varias reuniones del desarrollador con dicha agencia. En la misma se indica lo siguiente:
a) Para las primeras 300 unidades de vivienda se deberá construir la línea
para conectar el proyecto con la Planta de Filtración de San Lorenzo ( urbana) y para la conexión al sistema de alcantarillado sanitario el desarrollador deberá construir la Fase II de la Troncal Sanitaria San Lorenzo-Caguas la cual permitirá la eliminación de la actual Planta de Alcantarillado Sanitario de San Lorenzo dirigiendo las descargas hacia la Planta de Alcantarillado Regional de Caguas.
Para las restantes unidades de vivienda deberá construir la conexión hasta la tubería de 30 pulgadas de diámetro localizada en la Carretera PR-30 que servirá al proyecto de referencia y al Municipio de San Lorenzo. Esta tubería servirá de transmisión para el proyecto del Embalse y la Planta de Filtración Valenciano.
5 - Autoridad de Energía Eléctrica de P.R.
La Autoridad de Energía Eléctrica en carta del 12 de diciembre de 2005 indicó no tener objeción a que la Junta de Planificación apruebe el desarrollo o la consulta de ubicación del proyecto de la acción propuesta> Dicho endoso está condicionado a que se cumpla con lo siguiente: (texto resumido de las condiciones)
1) El dueño del proyecto tendrá que solicitar una evaluación de
campo, acompañada de información de programación, carga propuesta, alcance del proyecto, plano de localización y situación. El dueño será responsable de cumplir con los requisitos que establezca la AEE para la conexión del proyecto como resultado de la evaluación de campo.
2) El diseñador del proyecto deberá ser ingeniero licenciado y
colegiado, autorizado para ejercer en P.R.. Los planos deberán cumplir con todos los reglamentos, códigos, estándares y normas aplicables vigentes para los sistemas eléctricos en P.R.
3) Cumplir con los requisitos del Reglamento de Servidumbres para la
AEE en relación con: - Servidumbres nuevas a establecer como parte del
proyecto. - Servidumbres existentes cuando existan
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instalaciones eléctricas en el área del proyecto. 4) Solicitar endoso de la División de Servicios de Riego, Represas y
Embalses de la AEE cuando el proyecte afecte un sistema de riego.
Todos estos requisitos serán cumplidos una vez aprobada la consulta de ubicación.
6 - Instituto de Cultura Puertorriqueña
En comunicaciones del 22 de diciembre de 2005 y 19 de enero de 2007 el Instituto de Cultura Puertorriqueña indicó que el proponente deberá radicar ante esta agencia una solicitud de servicios arquelógicos ante el Programa de Arqueología y Etnohistoria.
Como parte de este documento ambiental se acompaña copia del Estudio Arqueológico Fase I y II preparado por el arqueólogo Juan González Colón. Ver Apéndice 4.
7 - Departamento de Agricultura
El Departamento de Agricultura en comunicación del 19 de junio de 2005 objetó la consulta de ubicación para el proyecto propuesto originalmente consistente de 2,100 unidades de vivienda. Dicha posición fue sostenida en su comunicación del 23 de enero de 2003 en respuesta a la enmienda a la consulta radicada para 1,300 unidades de vivienda.
En ambas comunicaciones el Departamento de Agricultura objeta la consulta dado el posible alto valor agrícola de los terrenos, la capacidad agrícola de los suelos y el fraccionamiento de la actividad agrícola en el sector.
En este documento ambiental se discute ampliamente en las Secciones A.5, A.7, B.1b, B.3, B.4 y C.1c que los suelos presentes en el proyecto son de baja producción agrícola, que en el sector inmediato no existe actividad agrícola que se afecte por el uso propuesto para los terrenos, que la actividad agrícola en los terrenos no es rentable y no se comprometen recursos futuros.
Las Secciónes B.3 (Acción Propuesta vs Planes de Usos de Terrenos) y B.4 (Cambio en usos de Terrenos) resume la discusión relacionada al potencial agrícola de los terrenos. En la misma se indica lo siguiente:
(Texto aplicable de la Sección B.3 Política 7.00 - Fomentar y mantener la agricultura como actividad
principal en el uso de los terrenos disponibles con potencial
xxxi
para ese uso, promoviendo programas y medidas necesarias para hacer viable esa actividad.
Esta política fomenta mantener la agricultura en los terrenos con potencial para ese uso. El potencial agrícola de un terreno es función tanto de sus características físicas (los tipos de suelo y el microclima de la finca), como de su ubicación con relación a otros usos.
En este documento ambiental se discute y demuestra que los tipos de suelo presentes en los terrenos de la acción propuesta tiene limitaciones para el cultivo de productos agrícolas como los son las limitaciones en el control de agua, la profundidad del basamento rocoso, la propensión a deslizamiento de su capa superficial y la necesidad de práctica de manejo costosas o especializadas. Las características intrínsecas del suelo de por sí limitan el potencial de cultivo. De hecho, en el pasado, los terrenos solo se han utilizado para pastoreo de ganado, loc cual hoy día esta no es una actividad rentable.
Por lo tanto, el uso propuesto resulta ser uno juicioso que resulta cónsono con las necesidades de vivienda del sector, ofrece oportunidades reales de empleos, aporta a mejorar la infraestructura necesaria del municipio y representa una inyección económica significativa para que el Gobierno Municipal pueda ofrecer mejores servicios a sus ciudadanos.
4. Cambio en uso de terrenos
Los terrenos para la acción propuesta ubican fuera del área zonificada del Municipio de San Lorenzo. Los mismos fueron utilizados para uso de ganadería, cesando el mismo por la poco productividad económica. El cambio en uso propuesto no altera significativamente la disponibilidad de suelos para usos agrícolas en el área ya que la cabida de estos terrenos, 778.0052 cuerdas representa solamente una ínfima parte de los terrenos agrícolas de la región.
Por el contrario, siendo terrenos contiguos al área urbana del pueblo , el cambio en uso propuesto provee para la continuación del suelo desarrollable sin sacrificar otros de mayor productividad agrícola.
El uso propuesto, contrario a la actividad de ganadería, producirá ingresos significativos al Municipio y a las actividades comerciales de todo tipo en el área, así como proveerá cientos de empleos directos e indirectos para beneficio de residentes de la región.
8 - Junta de Calidad Ambiental
xxxii
La Junta de Calidad Ambiental emitió la Resolución R-10-20-8, fechada del 2 de julio de 2010 y notificada el 13 de julio de 2010. Mediante dicha resolución la Junta de Calidad Ambiental ordena a la Agencia Proponente, la Administración de Reglamentos y Permisos, a preparar y circular una Declaración de Impacto Ambiental Final(DIA-F) para la acción propuesta en la cual se indiquen y atiendan las recomendaciones y requerimientos establecidos en dicha Resolución, las cuales son especificadas mediante las siguientes determinaciones:
(1) - La DIA-P fue circulada al Cuerpo de Ingenieros de los EU (COE)
para sus comentarios. Ya que existe en el predio un área identificada como humedal asociado a los cuerpos de agua que discurren por el predio se deberá presentar una solicitud de Delimitación Jurisdiccional para el proyecto y presentarlo ante el COE.
Sobre este aspecto, en la DIA-P y en este documento final se discute la presencia del humedal y se destaca que el mismo no habrá de ser impactado. La radicación de solicitudes de Delimitación Jurisdiccional proceden cuando se pretende impactar mediante el depósito de relleno un área de humedal para determinar el alcance o magnitud del impacto. Al presente el COE está atendiendo solamente aquellas solicitudes que se radican con el propósito de solicitar el permiso de dicho organismo para rellenar áreas de humedales. No obstante, como parte de la tramitación de los endosos finales para los planos de construcción, se presentará ante el COE el correspondiente plano delimitando el área de humedales para la acción que dicha dependencia entienda necesaria. (2) Deberá incluir toda aquella información relacionada y conducente que
haya sido solicitada por las agencias comentadoras, tales como estudios adicionales y las modificaciones al proyecto que se determine sean necesarias basado en dichos estudios.
En este documento ambiental ( DIA-F) se incluye el análisis hidrológico para el cálculo de las escorrentía que se generará como producto de la acción propuesta y la determinación preliminar del tamaño de las charcas de retención propuestas. Este estudio y sus resultados están basados en el diseño esquemático del desarrollo propuesto. Una vez se desarrollen los planos finales de construcción y se diseñe el sistema pluvial se habrá de realizar los cálculos y el diseño final de las charcas a proveer. En la Sección A, Inciso 25 de este documento se discute los resultados del Análisis Hidrológico preparado para la acción propuesta según requerido por la JCA en su Resolución Interlocutoria R-10-20-8.
xxxiii
Así mismo se somete el plano esquemático de la acción propuesta debidamente modificado integrando las charcas de retención, las enmiendas a las obras de carretera según solicitado por la Autoridad de Carreteras. (3) Deberá especificar la forma en que se atenderán los compromisos y
condiciones presentadas por el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales y el Municipio de San Lorenzo en sus comunicaciones del 16 de julio de 2009 y 2 de mayo de 2006.
Los comentarios del Departamento de Recursos Naturales se discuten en el preámbulo y en el texto de la DIA-F. Se incluye el plano modificado de acuerdo a los comentarios del DRNA.
II - f. Agencias federales y locales a las cuales s e circulará el documento
ambiental. 1 - Municipio de San Lorenzo
2 - Autoridad de Desperdicios Sólidos
3 - Departamento de Recursos Naturales y Ambientales 4 - Department Of The Army 5 - Autoridad de Carreteras y Transportación 6 - Autoridad de Acueductos y Alcantarillados 7 - Autoridad de Energía Eléctrica de P.R.
8 - Instituto de Cultura Puertorriqueña 9 -Departamento de Agricultura 10 - Junta de Calidad Ambiental
xxxiv
iii. INDICE: i. PREAMBULO ............................................................................................................................ i ii. RESUMEN EJECUTIVO ......................................................................................................... ii
II- a. Trasfondo Procesal .................................................................................................... ii II- b. Resumen de la Acción Propuesta ............................................................................. iv II- c. Resumen de los Posibles Impactos al Ambiente ....................................................... vi II- d. Alternativas consideradas ......................................................................................... xi II- e. Comentarios de Agencias Federales y Locales Consultadas .................................. xiv II- f. Agencias Federales y Locales a las que se circulará la DIA-P .............................. xxxiii
iii. INDICE ............................................................................................................................. xxxiv A. DESCRIPCION DE LA ACCION PROPUESTA ...................................................................... 1
1. Localización.................................................................................................................. 1 2. Descripción general del proyecto ................................................................................. 1 3. Area de ocupación del proyecto .................................................................................. 7 4. Flora y Fauna en el área del proyecto .......................................................................... 8 5. Tipos y características de los suelos y formaciones geológicas ................................. 10 6. Sistemas naturales y artificiales existentes ................................................................ 18 7. Uso y zonificación de los terrenos propuestos para el proyecto.................................. 31 8. Cuerpos de agua existentes en un radio de 400 metros ............................................ 32 9. Identificación del (de los) cuerpo (s) de agua impactado (s) ...................................... 32 10. Pozo (s) de agua potable dentro de un radio de 460 metros de.................................. 38 11. Inundabilidad ............................................................................................................. 40 12. Infraestructura disponible: .......................................................................................... 40 13. Distancia del proyecto a la residencia más cercana .................................................. 43 14. Rutas de acceso al proyecto propuesto: ..................................................................... 43 15. Tomas de agua potable públicas o privadas: .............................................................. 44 16. Areas ecológicamente sensitivas ............................................................................... 45 17. Tendencias de desarrollo y población del área bajo consideración ............................ 46 18. Estimado de costo total del proyecto: ......................................................................... 47 19. Volumen de Movimiento de tierra ............................................................................... 47 20. Niveles de ruido estimado y medidas de mitigación .................................................... 48 21. Medidas de protección a los sistemas naturales existentes ........................................ 50 22. Consumo estimado y abasto de agua ........................................................................ 51 23. Volumen estimado de aguas usadas a generarse .................................................. 52 24. Lugar de disposición de las aguas usadas durante las etapas .................................. 53 25. Lugar de disposición final de las aguas de escorrentía pluvial .................................... 54 26. Descarga de contaminantes a cuerpos de aguas ...................................................... 59 27. Tipo de desperdicios sólidos ( peligrosos o no-peligrosos) ......................................... 59 28. Almacenaje, transporte, tratamiento y disposición de los desperdicios sólidos ........................................................................................................................ 61
xxxv
29. Instalaciones para el manejo y disposición de desperdicios no peligrosos.. ............... 61 30. Instalaciones para el manejo y disposición de desperdicios peligrosos ...................... 61 31. Fuentes de emisión atmosférica y capacidad máxima estimada ................................ 61 32. Equipo y/o medidas para el control de la contaminación atmosférica ......................... 63 33 y 34 (Secciones que no aplican) .................................................................................. 63 35. Demanda de energía eléctrica ................................................................................... 63 36. Aumento en transito .................................................................................................. 64 37. Análisis de justicia ambiental ...................................................................................... 65
B. DISCUSION DEL IMPACTO AMBIENTAL DE LA ACCION PROPUESTA ........................... 67
1a. El bienestar y la salud humana ................................................................................... 67 1b. Usos del terreno ....................................................................................................... 67 1c. Calidad del aire y del agua ....................................................................................... 71 1d. Recursos Minerales ................................................................................................... 71 1e. Flora y Fauna ............................................................................................................. 72 1f. Suelos ......................................................................................................................... 72 1g. Areas Inundables ....................................................................................................... 73 1h. Niveles de sonido ....................................................................................................... 74 1i. Valores Históricos/Arqueológicos ............................................................................... 74 2. Descripción y evaluación de posibles agentes contaminantes ...................................... 75 3. Acción propuesta vs. Planes de uso de terreno...... ..................................................... 76 4. Cambio en uso de terrenos........ .................................................................................. 79 5. Probables impactos ambientales .................................................................................. 80 6. Compromiso de recursos ............................................................................................. 85 7. Compromisos irreversibles e irrevocables de los recursos .......................................... 86 8. Aspectos o valores ecológicos, históricos, culturales, arqueológicos ............................ 91 9. Planes de desarrollo que pudieran ser afectados por la acción propuesta ................... 91 10. Factores socioeconómicos ........................................................................................ 92 11. Necesidades de energía y medidas propuestas para mitigar ..................................... 93
C. ACCION PROPUESTA Y ALTERNATIVAS CONSIDERADAS ............................................ 94
1. Alternativas consideradas............................................................................................ 94 a. La alternativa de no construir o ubicación alterna (ver inciso 2) .............................. 94 b. Desarrollo mixto de 2,100 unidades residenciales .................................................. 94 c. Mantener el uso actual de los terrenos ................................................................... 95
d. Desarrollo residencial según propuesto .................................................................. 95 2. La alternativa de no construir ...................................................................................... 97 3. Alternativa seleccionada .............................................................................................. 98
D. CONCLUSIONES ............................................................................................................. 101 E. PERSONAL QUE TRABAJO EN LA PREPARACION DEL DOCUMENTO AMBIENTAL ..................................................................................................................... 102
xxxvi
BIBLIOGRAFIA ....................................................................................................................... 103 ILUSTRACIONES ILUSTRACION NUM. 1, Plano de localización ............................................................................ 4 ILUSTRACION NUM. 1-A, Foto aérea de la propiedad ............................................................... 5 ILUSTRACION NUM. 2, Plano conceptual del desarrollo ............................................................ 6 ILUSTRACION NUM. 3, Mapa de Suelos ................................................................................ 16 ILUSTRACION NUM. 4, Mapa Geológico ................................................................................. 17 ILUSTRACION NUM. 5, Mapa de Inundaciones ....................................................................... 39 APENDICES APENDICE 1 - Comentarios y endosos de Agencias Gubernamentales APENDICE 2 - Estudio de Flora y Fauna Y Plan de Conservación de Habitat APENDICE 3 - Tipos de suelo y Geología APENDICE 4 - Estudio Arqueológico Fase 1-A APENDICE 5 - Estudio Hidrológico-Hidraulico (Charcas de Retención)
1
A. DESCRIPCION DE LA ACCION PROPUESTA
1. Localización
El lugar para el proyecto lo constituye una finca con una cabida total de 778.0052 cuerdas
de terreno localizada al norte del Río Grande de Loíza a la altura del Kilómetro de la
Carretera Estatal PR-203 del Municipio de San Lorenzo. Ver Ilustración Número 1 (
Localización sobre impuesta en el Cuadrángulo Topográfico, Escala 1:20,000) e
Ilustración 1-A (Fotografía aérea de los terrenos).
2. Descripción General del Proyecto
( Ilustración número 2, Plano Esquemático del Proyecto)
Se propone el desarrollo de una comunidad planificada en una finca con cabida de
778.0052 cuerdas para la construcción de un proyecto residencial mixto consistente de un
total de 1,600 unidades de vivienda, facilidades recreativas, un predio para escuela, un
predio para usos múltiples comerciales y centro de salud y un campo de golf de 9 hoyos
(tipo par tres). Los terrenos para el desarrollo propuesto ubican a los extremos Este y
Oeste de la Carretera Estatal PR-203 y al Norte del Río Grande de Loíza en el Barrio
Navarro del Municipio de San Lorenzo.
El desarrollo propuesto contempla la formación de varios núcleos de vivienda unifamiliar
en solares con cabida que varían de 350 a 900 metros cuadrados para un total de 1,150
unidades unifamiliares y la construcción de dos núcleos para 450 unidades de vivienda
multifamiliar en edificios de apartamentos. Estos edificios se desarrollarán contemplado
áreas verdes en los límites exteriores que se integren a corredores de siembra para crear
amplias áreas verdes que servirán para la recreación pasiva.
Se propone desarrollar un complejo de facilidades recreativas y usos accesorios en el
cual se proveerán varias canchas de tenis, baloncesto, piscina, centros de reuniones,
áreas de juego de niños, paseos y áreas pasivas. Los núcleos residenciales unifamiliares
podrán contar con un predio independiente para facilidades recreativas.
2
Se contempla proveer la comunidad con un control de acceso y la posibilidad de que
cada núcleo residencial cuente con un puesto de vigilancia al comienzo de la calle de
acceso a estos, el cual servirá para complementar el programa de vigilancia y seguridad
de la comunidad.
Se propone desarrollar senderos para peatones y bicicletas, unos pavimentados y otros
sobre el terreno natural como complemento a las actividades recreativas pasivas. Parte
de estos senderos se desarrollarán en las áreas verdes naturales (sin que se afecte la
vegetación arbórea) para integrar la comunidad a la naturaleza.
Se propone reservar terrenos para la construcción de una escuela en la cual se proveerá
facilidades, según surja la necesidad, para niveles desde preescolar hasta superior. La
misma será construida por el desarrollador y operada por una entidad privada certificada
para esos fines. La misma estará disponible para estudiantes de las comunidades
adyacentes. En adición se reservará un predio para facilidades comerciales mixtas y un
centro de salud.
El campo de golf de nueve (9) hoyos (tipo par tres) será desarrollado como parte del plan
de desarrollo de área contemplado por el Municipio de San Lorenzo, y será operado y
mantenido por este.
El área para el campo de golf contará con una cabida aproximada de 141cuerdas.
El área de desarrollo residencial ocupa aproximadamente 450 cuerdas, en las cuales se
integran áreas verdes que separan los distintos núcleos residenciales. Se contempla la
conservación de toda la porción de los terrenos que ubican sobre la elevación 135 metros
sobre el nivel del mar. En dichas áreas se conservará intacta toda la vegetación natural.
Como parte de las áreas verdes a ser conservadas o desarrolladas se construirán varios
lagos artificiales que formarán durante la construcción parte del sistema de control de
erosión y sedimentación y una vez desarrollado el proyecto los mismos serán parte del
sistema pluvial funcionando como lagos de retención y habitáculo para peces y aves.
3
Los terrenos están delimitados de la siguiente forma:
* Por el Norte colinda con la Carretera Estatal PR-931 y con varias
propiedades.
* Por el Sur, la finca colinda con el Río Grande de Loíza que le separa del
centro urbano del Municipio de San Lorenzo.
* Por el Este colinda con la carretera Estatal PR-203 y con terrenos
privados.
* Por el Oeste colinda con la carretera Estatal PR-203 y con terrenos
privados
7
3. Area de Ocupación del Proyecto
El uso propuesto para los terrenos se desglosa aproximadamente conforme a lo siguiente:
Area de Desarrollo Huella de Construcción
Cuerdas % Ocupación
1 - Solares res - Calles y Fac. Rec. Int. 300.00 38.56
2 - Escuela, Comercio, Fam. Médica 18.00 2.31
3 - Facilidades Rec ( Solar y edificaciones) 4.50 0.58
4 - Golf Club House 3.50 0.45
Total Huella de Desarrollo 326.00 41.90
Areas Verdes
1 - Areas verdes naturales a conservar (Cat. 4) 135.00 17.35
2 - Sistemas de charcas y drenajes naturales
a conservar fuera de areas naturales con R/W
minimo de 15.00 metros (Cat. 4) 27.48 3.53
2 - Areas verdes ( Total 173 Cdas.)
a) Corredor y charcas nuevas (cat. 4) 100.52 12.92
b) Rem. areas verdes(Paisajismo (Cat.5) 59.00 7.58
3- Campo de Golf
a) Area de juego (grama y lagos )Cat.5 54.00 6.94
b) Corredor area de bosque (Cat.4) 51.00 6.56
c) Corredor area de siembra
(Paisajismo, lagos) 25.00 3.21
Total áreas verde 452.00 58.10
Total áreas verdes Categoría 4 314.00
Total áreas verdesCategoria 5 138.00
La cabida de los lotes para las comunidades propuestas así como el número de unidades
en las mismas pudieran variar en el diseño final pero manteniendo la densidades
propuestas para la totalidad del proyecto.
8
4. Flora y Fauna en el área del proyecto (Apendice 2)
Aspectos Biológicos y de Conservación ( Preparado por Carlos R. Ruiz Lebrón biólogo )
La finca bajo estudio se encuentra en el barrio Quebrada del municipio de San Lorenzo,
cuya extensión tiene alrededor de 650 cuerdas. La finca está dominada principalmente
por árboles de albizia en más de un 50% de toda la propiedad, particularmente en las
áreas utilizadas para el pastoreo de ganado vacuno. La parte alta de la propiedad cuenta
con un bosque secundario en etapa temprana y con algunos árboles entre los 40 y 50
años, como el algarrobo (Hymenaena courbaril) y el Pterocarpus (Pterocarpus indicus) y
una pequeña plantación de Pino Hondureño (Pinus caribbaea) en uno de los costados de
la montaña. Las especies de plantas y árboles distribuidos en toda la propiedad
presentan evidencia de disturbios en el pasado, principalmente actividades agrícolas y
siembra de pastos para ganado vacuno, lo cual es el uso actual.
La fauna existente en la propiedad se caracteriza principalmente por las especies de
aves, con algunas especies de reptiles, mamíferos y anfibios. Las especies de aves son
las más abundantes dentro del grupo de la fauna y se pueden encontrar desde las orillas
del río hasta las partes altas de la montaña. Podemos observar especies migratorias,
residentes y endémicas (únicas de Puerto Rico).
Desarrollo de corredores de vegetación y áreas boscosas
En la medida en que las prácticas de siembra se establecen en un proyecto de viviendas,
así se va a desarrollar una relación armoniosa entre los residentes y el ambiente natural
que los rodea. De esta forma establecemos un balance entre el desarrollo y la
conservación de los recursos naturales. Bien sabemos que el beneficio para la sociedad
y para la vida silvestre incrementa cuando ponemos nuestro esfuerzo en mejorar la
calidad de vida y nuestro entorno con aquellos elementos que incluyen el paisajismo
tradicional y la siembra de especies nativas en grupos que representan lo que sería un
hábitat natural para las especies silvestres.
En Sabanera San Lorenzo contamos con la topografía, cuerpos de agua, parchos de
bosque, tierra fértil, entre otros elementos para establecer las áreas verdes adecuadas
9
para darnos un producto que mantiene las condiciones y características de flora y fauna
que se distinguen dentro del concepto Sabanera. Este proyecto tiene como objetivo
sembrar una gran cantidad de especies nativas, en particular aquellas que producen
frutos para la vida silvestre. Entre estas especies se puede mencionar a la Palma Real, la
Péndula, el Capá Prieto, el Roble Nativo, el Guamá, entre otros. Mediante la creación de
parchos de bosque, corredores de vegetación, lagos artificiales, además de toda la
jardinería paisajista, se pretende formar un ecosistema que beneficie a la comunidad que
se va a establecer como a la vida silvestre de la región.
Experiencia de desarrollos previos
De la experiencia obtenida en los demás proyectos Sabanera, ya sea en construcción o
terminados, se puede constatar cómo la diversidad de vida silvestre y los beneficios a la
comunidad han logrado un balance entre el proyecto y la naturaleza. Por ejemplo, en
Sabanera de Cidra (proyecto terminado) las áreas boscosas remanentes se han
convertido en un refugio para una gran cantidad de aves, en particular las palomas
silvestres. Esto no ocurría en el pasado por el impacto del ganado vacuno en la
vegetación del sotobosque y el constante movimiento de las mismas en el área. De igual
manera en Sabanera del Río y Veredas (proyectos por terminar), la vida silvestre ha ido
en incremento, ya que más de un 70% de la finca era pastizal y se ha convertido en un
mosaico de corredores de vegetación entre la montaña y el río. Para el caso de
Sabanera Dorado los beneficios a la vida silvestre han sido de mayor proporción ya que
se han construido diversos ecosistemas que han complementado los existentes en la
propiedad. En el proyecto de han construido más de 50 cuerdas de lagos artificiales
utilizados como charcas de retención y que a su vez puedan funcionar como amenidades
del proyecto. El manejo adecuado de estos recursos ha propiciado el incremento en
especies que no se habían reportado para la finca. Ejemplo de esto son las 25 especies
de aves nuevas en la propiedad, la introducción de tres especies de peces y una especie
de camarón en los lagos, además de las especies de plantas, árboles y palmas nativos,
que sobrepasan los 6,000 individuos, representados en más de 50 especies.
Tomando en consideración todos los resultados obtenidos en los demás proyectos
Sabanera entendemos que Sabanera San Lorenzo cuenta con todas las características
apropiadas para establecer el mismo concepto de una comunidad dentro de un
10
ecosistema natural. Hemos demostrado que tenemos los elementos apropiados, la
experiencia y el personal capacitado para lograr este objetivo.
Conforme al estudio de la flora y la fauna realizado en los terrenos para el desarrollo
propuesto no se detectaron especies amenazadas o en peligro de extinción.
La flora en la propiedad está representada en 42 especies de árboles, 57 especies de
arbustos, 28 especies de bejucos y 22 especies de gramíneas (yerbas).
La fauna está representada por 38 especies de aves, 6 especies de reptiles y 5 especies
de anfibios.
El estudio de flora y fauna se presenta en el Apéndice 2 de este documento.
El impacto del proyecto sobre la flora existente es uno de carácter temporero y afectará
permanentemente solamente la flora existente en el área de desarrollo, la cual se
compone mayormente de gramíneas y arbustos. Las áreas de mayor densidad de árboles
se encuentran en las porciones de mayor elevación de la finca y las cuales se
mantendrán en su estado natural.
El proyecto propuesto contempla el desarrollo de extensas áreas verdes entre los
distintos núcleos residenciales y las otras actividades que forman parte del complejo.
Dichas áreas contarán con la siembra de árboles de especies nativas y cuerpos de agua
que promuevan el establecimiento de nuevas especies de aves y de las presentes en el
lugar.
5. Tipos y características de los suelos y formaciones geológicas en el área del
proyecto:
a. Tipos de suelo (Ilustración Núm. 3)
Conforme a los mapas del Servicio de Conservación de Suelos Federal, los suelos en el
área del proyecto están representados por los siguientes tipos:
(Ilustración Num 3, Mapa de Suelos)
11
CaF ( Caguabo clay loam, 40 to 60 percent slope):
Este suelo se encuentra presente en las partes altas de la finca que cuenta con
vegetación de bosque secundario en etapa temprana y con algunos árboles entre los 40 y
50 años toda vez que en estas no se desarrolló actividad agrícola alguna en el pasado.
La misma se mantendrán mayormente inalterada.
Este suelo se compone de una capa de arcilla con contenido de material orgánico
con una profundidad de aproximadamente 10 pulgadas, bajo la cual se encuentra el
substrato de roca volcánica descompuesta. El suelo a profundidades de 16 pulgadas se
compone de roca volcánica consolidada.
La capacidad y subclase del suelo es VIIs, indicativo de que los mismos no son
apropiados para cultivo.
JuC (Juncos clay 5 to 12 percent slope)
Estos suelos se encuentran presentes en tres porciones de la finca, próximos a las
quebradas que discurren por la misma. Los mismos son de topografía semi-llana y la
vegetación predominante en los mismos son gramíneas y albicias.
Su composición es de arcilla negra firme en las primeras 8 pulgadas, arcilla firme marrón
obscura en el subsuelo de 10 pulgadas de aproximadamente 10 pulgadas de profundidad
y arcilla firme marrón verdosa en el substrato. A una profundidad de 40 pulgadas se
encuentra la roca volcánica.
La capacidad y subclase del suelo es IIIe, indicativo de que los mismos para efecto de
cultivo son propensos a erosión, limitados en cuanto a las alternativas de plantas para
cultivo y que requieren de prácticas especiales de conservación.
MaB ( Mabi clay 2 to 5 percent slope)
Estos suelos se encuentran presentes en una porción de la finca localizadas en el
extremo sureste en la cual se propone el área del acceso principal del desarrollo
12
propuesto.
Los mismos se componen de arcilla firme que varía de tonalidad marrón grisácea obscura
a una marrón amarillenta en el substrato.
La capacidad y subclase del suelo es IIw, indicativo de que los mismos para efecto de
cultivo son propensos a erosión, limitados en cuanto a las alternativas de plantas para
cultivo y que requieren de prácticas especiales de conservación básicamente por
problemas de permeabilidad que requieren de sistemas de drenaje artificiales.
MaC ( Mabi clay 5 to 12 percent slope)
Estos suelos se manifiestan en la parte mas baja de la finca localizada en la porción
sureste en la cual se propone ubicar parte de los terrenos requeridos para el campo de
golf.
Son suelos compuestos de arcilla firme hasta el substrato. La cobertura superior se
compone de arcilla color marrón grisácea obscura con una profundidad de 7 pulgadas, el
subsuelo contiene arcilla marrón amarillenta obscura en una profundidad de 17 pulgadas
y el substrato de arcilla marrón amarillenta obscura con vetas de color grisáceo.
Estos suelos son de permeabilidad lenta, y alto contenido de agua con una escorrentía
lenta.
La capacidad y subclase del suelo es IIIe, indicativo de que los mismos para efecto de
cultivo son propensos a erosión, limitados en cuanto a las alternativas de plantas para
cultivo y que requieren de prácticas especiales de conservación.
MxD ( Mucara clay 12 to 20 percent slope)
Este suelo se localiza en una pequeña porción del área norte de la finca. El mismo
se compone de una capa de arcilla firme color marrón obscura. El substrato comienza a
una profundidad de 12 pulgadas y se compone de roca volcánica descompuesta. La roca
volcánica consolidada se encuentra a una profundidad de 30 pulgadas.
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La capacidad y subclase del suelo es IVe, indicativo de que los mismos para efecto de
cultivo son propensos a erosión, severamente limitados en cuanto a las alternativas de
plantas para cultivo y que requieren de prácticas especiales de conservación.
MxE ( Mucara clay 20 to 40 percent slope)
Este suelo es el más predominante en los terrenos del desarrollo propuesto. El mismo se
compone de una capa de aproximadamente 5 pulgadas de profundidad de arcilla firme
color marrón grisácea obscura, el subsuelo con una profundidad de 7 pulgadas contiene
arcilla firma color marrón obscura y el subtrato localizado a un profundidad de 12
pulgadas consiste de roca volcánica descompuesta. El manto de roca se localiza a una
profundidad de 30 pulgadas.
La capacidad y subclase del suelo es VIe, indicativo de que los mismos para efecto de
cultivo son propensos a erosión, con severas limitaciones que generalmente no le hacen
apropiados para cultivo.
MxF ( Mucara clay 40 to 60 percent slope)
Estos terrenos se encuentran presentes predominantemente accidentadas o de
pendientes severas en las cuales no se desarrollará actividad de construcción. Las
mismas cuenta con vegetación de bosque secundario en etapa temprana y con algunos
árboles entre los 40 y 50 años toda vez que en estas no se desarrolló actividad agrícola
alguna en el pasado.
El mismo se compone de una capa de aproximadamente 5 pulgadas de profundidad de
arcilla firme color marrón grisácea obscura, el subsuelo con una profundidad de 7
pulgadas contiene arcilla firma color marrón obscura y el substrato localizado a un
profundidad de 12 pulgadas consiste de roca volcánica descompuesta. El manto de roca
se localiza a una profundidad de 30 pulgadas.
La capacidad y subclase del suelo es VIIe, indicativo de que los mismos para efecto de
cultivo son propensos a erosión, con severas limitaciones que no le hacen apropiados
14
para cultivo.
Vv ( Vivi loam)
Estos suelos se encuentran presentes en una pequeña porción de terrenos en la
colindancia sur con el Río Grande de Loíza. La misma no será desarrollada excepto para
área de un paseo peatonal como parte de las áreas públicas del proyecto. La misma será
utilizada para siembra de árboles de especies nativas.
Estos suelos se componen mayormente de suelos con contenido orgánico hasta
profundidades de 22 pulgadas donde comienza un suelo de arena con contenido orgánico
hasta profundidades de 58 pulgadas.
La capacidad y subclase del suelo es Iis, indicativo de que los mismos para efecto de
cultivo son poco profundos o secos, limitados en cuanto a las alternativas de plantas para
cultivo y que requieren de prácticas especiales de conservación.
La capacidad agrícola de los suelos presentes en la finca no es del todo adecuada para
uso de cultivo según se desprende de la descripción provista por el servicio de
Conservación de Suelos del Departamento de Agricultura Federal.
Los mismos requieren de prácticas de manejo y conservación que al presente son muy
costosas para sustentar una actividad de cultivo, en adición al costo de la mano de obra
en Puerto Rico no le hace competitiva con otros países.
Estos suelos en su mayoría cuentan con un substrato de roca descompuesta y un manto
de roca que permite la utilización de los mismos para actividad de construcción con un
movimiento de tierra controlado por las mejores prácticas de la ingeniería.
b. Formaciones geológicas ( Ilustración Núm 4.)
Conforme al Mapa Geológico “Juncos Cuadrangle” ( carl H. Broedel, 1961), la geología
del sector está conformada por tres formaciones geológicas.
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El área baja de los terrenos adyacente a las faldas de las áreas altas y al norte del Río
Grande de Loíza esta compuesta de las formaciones:
“Qft” ( Alluvial Terrace Depósits, consisting of alternating layes of sand, gravel, silt and
clay lenses with some cobble content which usually merges into alluvium deposists))
Qal (Alluvium Deposit; Soil horizons of boulders cobbles, gravel, sand and silts).
Los terrenos de mayor pendiente y elevación se componen de la formación “Kv”,
formación de roca volcánica (lava flows, flows breccia, tuffaceous rock)
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6. Sistemas naturales y artificiales existentes en el área del proyecto y áreas
adyacentes dentro de una distancia de 400 metros:
Los terrenos del proyecto no cuentan con sistemas naturales con excepción de dos
quebradas sin nombre que discurren de norte a sur por los terrenos y el Río Grande de
Loíza que discurre por la colindancia sur. Dentro de los terrenos existen otras
depresiones de desagües internos, algunas de las cuales serán modificadas para el
sistema pluvial del proyecto.
Dentro de los terrenos se ha identificado una pequeña área de humedal la cual no se
alterará y formará parte del área verde del campo de golf. Dentro del radio de
cuatrocientos (400) metros medidos desde el perímetro del proyecto, solamente se
encuentra el Río Grande de Loíza.
El Departamento de Recursos Naturales y Ambientales emitió varias comunicaciones
las cuales fueron contestadas y discutidas con personal de dicha Agencia. A
continuación se incluye los comentarios del Departamento y el contenido de las
contestaciones a los mismos según presentado en el preámbulo de este documento
ambiental.
En comunicaciones fechadas del 16 de diciembre de 2005 y 2 de febrero de 2007 el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales indica que es necesario la preparación de un documento ambiental conforme a las disposiciones de la Ley 416 del 22 de septiembre de 2004, Ley Sobre Política Pública Ambiental en el cual se discuta, sin limitarse a esto, los siguientes aspectos:
1) Estudio de Flora y Fauna (con énfasis en la Paloma Sabanera)
Se incluye como Apéndice 2 el estudio de flora y fauna preparado por el
biólogo Carlos R. Ruiz Lebrón. Dicho estudio no reflejó la presencia de la Paloma Sabanera dentro de las áreas del proyecto. En adición, en proyectos desarrollados por el promovente cercanos al área de la acción propuesta no se detectó la presencia de la Paloma Sabanera. La Sección A-4 del documento ambiental contiene la discusión de los aspectos relacionados a la flora y fauna presente en el proyecto.
Igualmente en la Sección C. 1e se resume los impactos sobre este
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aspecto. 2) Impacto sobre los cuerpos de agua
En este documento ambiental se discute sobre la preservación de las quebradas principales que discurren por los terrenos, así como las medidas a establecer para la protección de las mismas durante el proceso de construcción. Así mismo se establece los compromisos para la protección del Río Grande de Loiza.
El Departamento en su carta del 2 de febrero de 2007 solicita se radique
ante su consideración un plano de deslinde para el cauce del Río Grande de Loíza. Dicho plano será presentado ante el Departamento una vez se establezcan los puntos de deslinde.
3) Sistemas ecológicos a impactarse La Sección A-16 de este documento ambiental discute sobre los sistemas
ecológicos tanto dentro de los predios de la acción propuesta como en la periferia del mismo y como se habrán de proteger durante el proceso de construcción.
4) Disposición de aguas pluviales. La Sección A-25 de este documento ambiental discute ampliamente sobre
la disposición y manejo de las aguas pluviales generadas dentro de los límites del proyecto.
5) Medidas para el control de la erosión y sedimentación
En la Sección A-21 de este documento ambiental se discute las medidas a implantar para el control de la erosión
6) Movimiento de tierra y sus impactos
Este tema se discute en la Sección A-19 de este documento. 7) Finca receptora del material sobrante, si aplica En la Sección A-19 se discute el movimiento de tierra del proyecto. Se
indica en la misma que no se proyecta disposición de material de corte o de capa vegetal fuera de los terrenos de la acción propuesta.
8) Análisis de la compatibilidad del proyecto con el entorno donde ubica y con las disposiciones de los estatutos vigentes.
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La compatibilidad del proyecto con el entorno donde ubica y con las disposiciones de los estatutos vigentes se discute dentro del contexto de las Secciones A.8, A.12 A.17, A.21, A.37, B.1a, B1b, B.1i, B.3, B.4, B.5, B.6, B.7, B.8, B.9 y B.10.
Luego de circularse la DIA-P el Departamento en carta del 18 de diciembre de 2008, suscrita por el Secretario en la cual se emiten comentarios que por lo extenso de los mismos procederemos a discutirlos a continuación sin transcribirlos o citarlos literalmente. Se solicita se discuta o aclare los siguientes aspectos:
Quebradas en los predios
Indica el Departamento que el Mapa de Suelos del “Natural Resorces Conservation Service” ilustra alrededor de 25 quebradas que discurren en el predio mientras que en la DIA-P se menciona que solamente existen dos quebradas y otras depresiones de desagües naturales internos, algunas de las cuales serán modificadas por el sistema pluvial del proyecto.
El DNRA indica que la modificación de estas quebradas está en contra de los objetivos y política pública de la Ley Núm. 49 del 4 de enero de 2003, según enmendada que no propicia la canalización, relleno ni alteración de quebradas para favorecer proyectos de desarrollo.
Sobre este particular, queremos indicar que en la DIA-P cuando mencionamos la presencia de solamente dos quebradas, esto obedece a nuestro criterio sobre lo que constituye o define realmente una quebrada y no a la intención de omitir información. De hecho en el documento y en el diseño conceptual se atiende la presencia de varios drenajes naturales en adición a las quebradas señaladas.
Referente a este asunto redefinimos y aclaramos que en la porción de los terrenos localizados al Oeste de la Carretera PR-203 existen dos cuerpos de agua principales a los cuales tributan varios drenajes naturales que nacen dentro de la propia finca, según se desprende de los planos del Soil Survey y según identificados en el plano conceptual del desarrollo.. Estas quebradas principales, una discurre de Norte a Sur hacia el Río Grande de Loiza en el área Oeste de esta porción de la finca y la otra de Este a Oeste, en la porción Norte de los terrenos. En adición en esta porción de la finca existen cuatro cuerpos de agua adicionales que nacen en la propia finca y que su cauce definido termina en las charcas que menciona el Departamento en su comunicación. A partir de las charcas estos cuerpos de agua carecen de un cauce que se pueda distinguir de las áreas adyacentes.
Estos cuerpos de agua, desde su nacimiento hasta el área donde se localizan las charcas poseen una la mayor diversidad de flora y fauna presente en los terrenos. Los mismos serán preservados en su estado natural y en
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adición los cauces aguas abajo de las charcas serán restaurados mediante siembra creando así los corredores ecológicos hasta la ribera del Río Grande de Loiza.
En la porción de los terrenos localizados al Este de la Carretera PR-203 discurre otra quebrada intermitente en dirección Norte a Sur, según se demuestra en el plano conceptual. Dicha quebrada nace fuera de los límites de la finca y la misma cuenta con otra charca donde termina de igual forma el cauce definido por topografía y vegetación. Aguas abajo de la charca existe un cruce de la quebrada el cual se mejorará para ser utilizado como calle de acceso a las áreas de desarrollo.
Al igual que en otros proyectos desarrollados por el promovente de esta acción, reconociendo la importancia de la preservación de los sistemas de drenaje naturales que constituyan hábitat de valor ecológico, el plano del desarrollo conceptual presentado como parte del documento ambiental reconoce la presencia de varios sistemas o cuerpos de agua que definimos algunos como quebradas, charcas y drenajes naturales. Se propone mantener los mismos en su estado natural y donde sea necesario mejorarlos para llevarlos a un nivel de Categoría 4 mediante siembra y paisajismo, creando así corredores ecológicos entre las áreas naturales a conservar en la parte alta de la finca hasta las áreas naturales en la ribera del río. Como parte de las medidas de conservación se habrá de mantener el cauce natural y se proveerán franjas verdes de 5.00 metros de ancho a cada lado del mismo.
En el plano conceptual que se acompaña estamos reconociendo 11 quebradas y drenajes naturales con las respectivas charcas, todos a permanecer como parte de la conservación de las áreas de Categoría 4.
Dado el número de cauces, se requiere de la construcción de varios cruces de estos para lograr acceso a las distintas áreas de desarrollo. Estos cruces que pueden consistir de tubos pluviales o atarjeas no alterarán el curso de las quebradas o drenajes naturales, pero requerirán alguna intervención del lecho para realizar las obras pluviales requeridas, las cuales no afectarán el flujo de las aguas en un evento de recurrencia de 100 años y no causaran obstrucciones y no conflijirán con funciones de conservación y limpieza.
Entendemos que dentro del espíritu de la Ley 49 del 4 de enero de 2003, se contempla la preservación de ríos y quebradas como ecosistemas que proveen múltiples beneficios. La Ley, literalmente se refiere a ríos cuando se señala que “no se promoverá el desarrollo de obras de control de inundaciones para el rescate de terrenos privados ni se permitirá la canalización de ríos de Puerto Rico para viabilizar proyectos con fines y propósitos privados”.
La acción propuesta y la necesidad de la construcción de atarjeas o instalación de tubos pluviales para crear cruces de cuerpos de agua en realidad no consiste
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de una actividad de control de inundaciones o canalización para el rescate de terrenos privados.
Para el manejo de las aguas pluviales de las áreas de desarrollo, se construirá un sistema pluvial consistente de canales abiertos, tubería pluvial y charcas de retención que se integrarán a los sistemas naturales de drenaje de la finca. Las charcas de retención y los canales o drenajes abiertos a construir proveerán conectividad con las áreas de alto valor ecológico existentes para crear nuevos corredores ecológicos desde las áreas altas de los terrenos hasta el Río Grande de Loiza.
Charcas existentes
El Departamento señala que en el proyecto existen cinco charcas conectadas a las quebradas, las cuales deberán ser eliminadas, restaurando los cauces o presentar evidencia de que las mismas cuentan con los permisos otorgados para llevar a cabo esa actividad. Sobre el particular queremos primeramente establecer que el número de charcas que existe en el proyecto es de 7 en la porción localizada al Oeste de la Carretera PR-203 las cuales interceptan el caudal de drenajes naturales de estos terrenos y 2 localizadas en la porción al lado Este de la Carretera PR-203. De estas solamente la que se localiza en el centro de esta porción de terreno está dentro del cauce de la quebrada.
Estas charcas fueron creadas a finales de los años 60 y/o principio de los setenta como parte de la actividad de crianza de ganado que se operó en la finca para esos años.
Dichas charcas constituyen el hábitat de la fauna ribereña. Las mismas sirven de criadero y refugio para especies de anfibios nativos y crustáceos como la buruquena y la avifauna del lugar.
Por la topografía de la finca, de no existir las charcas que acumulan parte del flujo de las aguas pluviales de los terrenos, la vegetación ribereña y la fauna de la finca sería una muy escasa por la falta del recurso agua.
Las charcas existentes no serán utilizadas como lagunas de retención del sistema pluvial. Las lagunas de retención habrán de ser construidas fuera de los cauces de los drenajes pluviales naturales de la finca y serán provista de vegetación que propicie el establecimiento de fauna adicional a la ya presente en la finca.
Entendemos que la preservación de las charcas existentes es tan o mas necesaria como la preservación de las quebradas, los drenajes naturales de la finca y la vegetación arbórea madura. Estas no serán utilizadas como lagunas
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de retención del sistema pluvial. Esta función la realizaran las nuevas charcas según aparecen en el plan maestro.
La carta del Departamento implica que el proyecto habrá de perturbar o modificar los drenajes naturales de la finca en contra de los objetivos de la Ley 49 del 4 de enero de 2003. Nada mas lejos de la verdad, el proyecto habrá de mantener la integridad de las quebradas, las áreas maduras de bosques y las extensas área verdes a lo largo del Río Grande de Loiza que en conjunto con las medidas para el control de erosión y sedimentación a implantar en las áreas desarrolladas, sirvan de filtros naturales para mantener el grado de pureza de las aguas que accesan al río.
Flora y Fauna
Indica la carta del Departamento que de la visita de campo se identificó dos especies que no fueron incluidas en el inventario de flora y fauna como la palma de coyor (Aiphanes acanthophylla) y la buruquena (Epibolocera sinuatifrons). Sobre el particular el biólogo del proyecto, Sr. Carlos Ruiz Lebrón, indica lo siguiente:
“El pasado jueves, 5 de febrero estuve visitando la finca de San Lorenzo para confirmar especies de plantas y animales mencionadas por el DRNA. Dichas especies fueron encontradas y localizadas. Las palmas de coyor (Aiphanes acanthophylla) se encuentran localizadas a lo largo de una de las quebradas intermitentes que discurren hacia el norte de la propiedad. Este grupo cuenta con dos individuos con un tamaño adulto (10 y 14 pies), unas siete palmas juveniles (de 4 a 8 pies) y unas doce plántulas (entre 1 y 3 pies). Esta pequeña población no representa peligro de ser afectadas por el desarrollo, ya que se encuentran dentro de la zona de amortiguamiento par alas quebradas de la propiedad.
La especie de buruquena (Epilobocera sinuatifrons), también se encuentra dentro del cauce de las quebradas intermitentes y permanentes, que son áreas ya protegidas. Además, gran parte de esta población está concentrada en la parte superior de los cerros, las cuales son parte de los predios a conservarse dentro del desarrollo propuesto.”
“En cuanto a las especies endémicas encontradas en la propiedad, habitan principalmente en la zona boscosa a conservarse. En todos los proyectos que la empresa ha desarrollado se ha demostrado que estas especies utilizan las áreas residenciales como resultado de la diversidad y abundancia de vegetación que forma parte del paisajismo dentro del desarrollo. Además, parte de las estrategias de siembra de este tipo de desarrollo es aumentar la biodiversidad de las especies de flora y fauna del lugar y la incorporación de vegetación nativa que proporcione
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beneficios a la vida silvestre, en particular las aves. Esta estrategia se ha comprobado en el proyecto Sabanera Dorado, donde se han reportado 25 especies nuevas de aves luego de la actividad de construcción mejorar las áreas naturales dentro del desarrollo.”
“Como bien indica el DRNA en su carta al final del segundo párrafo de la página 3, las áreas boscosas que han permanecido por más de 30 años, son aquellas dentro de las áreas de conservación.”
“Este proyecto, al igual que todos los Proyectos Sabanera, cuentan con profesionales en el diseño paisajista y biólogos que combinan estrategias de restauración y creación de habitats de vida silvestre. Estas prácticas son parte del sello Sabanera y con mucho orgullo tenemos la certeza de contribuir a la biodiversidad del lugar a través de la creación de corredores ecológicos, bosque, humedales, lagos, entre otros.”
Mitigación Señala el Departamento que la Evaluación de los terrenos a base de las disposiciones de la Ley 241 del 15 de agosto de 1999, el Reglamento Núm. 6765 para Regir la Conservación y el Manejo de la Vida Silvestre, las Especies Exóticas y la Caza y el Reglamento Núm. 6766 para Regir las Especies Vulnerables y en Peligro de Extinción se clasificó el hábitat a impactarse como Hábitat de valor ecológico y Hábitat Natural con gran potencial de convertirse en Hábitat Esencial de alto Valor Ecológico o de Valor Ecológico.
Conforme al plano conceptual el desarrollo propuesto propone ocupar aquellas áreas que quedan fuera de los bosques maduros existentes en los terrenos, el humedal, los drenajes naturales y el área inundable adyacente al Río Grande de Loiza, ocupando la huella de desarrollo solamente un área de aproximadamente 316.00 cuerdas. El área remanente de aproximadamente 462 cuerdas, equivalentes a un 60%, quedará como áreas verdes, unas en su carácter natural y otras recreadas como parte del desarrollo.
Como parte de las áreas verdes se encuentra el área de aproximadamente 129.90 cuerdas donde enclavará el campo de golf, de las cuales solamente 54 cuerdas son ocupadas por el campo de juego, el cual es un corredor de área verde en el cual se desarrollan cuerpos de agua. El área remanente del campo de golf consiste en unos corredores entrelazados que tienen un área aproximada de 75 cuerdas y en la cual se siembran árboles de varias especies. Esta actividad es una muy cónsona con el desarrollo de hábitat para la avifauna y otras especies terrestres y acuáticas. Los campos de golf cuentan con extensas áreas de siembra de árboles las cuales a largo plazo se convierten en bosques maduros, que en conjunto con los cuerpos de agua que forman parte del campo de golf se convierten en hábitats naturales.
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Se acompaña copia del estudio de la flora y fauna realizado para el campo de golf del Hotel Dorado Hyatt y foto área del mismo donde se demuestra la ocupación de las áreas arboladas.
El desarrollo propuesto contempla una huella verde de hábitat natural y recreado que representa una ocupación mayor que el área de la huella de impacto por lo que entendemos se cumple con los propósitos de la Ley 241 del 15 de agosto de 1999, según enmendada, conocida como “La Nueva Ley de Vida Silvestre de Puerto Rico”. Humedales
En el documento ambiental y en el desarrollo conceptual se reconoce la presencia de un pequeño humedal (antes bebedero de reses) el cual se localiza al Sur de los terrenos y dentro del área de desarrollo del campo de golf.
Para preservar la integridad hidrológica del humedal el área adyacente mantendrá la topografía natural del terreno para no alterar el curso de las aguas pluviales que alimentan de forma natural el sistema.
La calidad de las aguas de escorrentía del campo de golf no se afectan por los fertilizantes que se utilicen para el mantenimiento del área. Veamos;
Estudios han materializado que el uso correcto de fertilizantes, insecticidas y químicos en las gramas utilizadas en los campos de golf no representan un peligro de contaminación para los acuíferos , quebradas y ríos circundantes. Si a esto se le añade que el tipo de grama a utilizarse para este campo de golf en particular es del genero conocido por “paspalum” que es reconocido como la grama de golf mas “evironmentally friendly”, necesita la mitad de fertilizantes y agua que la grama “bermuda” ( comúnmente sembrada en los campos de golf.) y ademas su agresivo y denso patrón de crecimiento compite con las hiervas no deseadas, disminuyendo al mínimo el uso de yerbicidas que en la mayoría de las veces se trata con solamente sal en el área afectadas; por que también una de las características del “paspalum” es su alta resistencia a la salinidad. Estas características hacen que estas variedad de grama del tipo paspalum sea la grama ideal del punto de vista ambiental por el uso limitado de pesticidas que requeriría durante el proceso operacional de mantenimiento.
Cabe señalar que al uso y manejo de fertilizantes , insecticidas y químicos se hace dentro de las practicas conocidas como “Best Management Practices” (BPM), que son implementadas dentro de la parte operacional de mantenimiento del pampo de golf para minimizar la infiltración de
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químicos y fertilizantes a los cuerpos de agua. La meta de estas practicas es mediante pruebas del suelo limitar los fertilizantes a unos niveles iguales o por debajo de lo que la grama puede absorber y así minimizar que el fertilizante no utilizado se fugue con la escorrentía o se infiltre al terreno.
Los fertilizantes a utilizar son “Control Release Nutrients“ consistentes de nitrógeno, fosforo, potasio y elementos menores para el mejor aprovechamiento de las gramas y el menor daño por percolación y escorrentía a los cuerpos de agua.
Las aguas de escorrentía en el campo de golf serán recogidas por un sistema de drenaje que descarga en lagos de retención impermeabilizados, lo que evita que los nutrientes de los fertilizantes y otros químicos que no sean absorbidos por las raíces de la grama (paspalum) ganen acceso a los cuerpos de agua cercanos o se infiltren al terreno y afecten los acuíferos.
El uso de yerbicidas y químicos se manejará a través de las prácticas del “Integrard Pest Management Program” (IPM), que son implementadas para minimizar la transportación de los mismos vía escorrentía o percolación. Estas prácticas son parte del “Best Management Practices” (BMP’s).
El uso de químicos y métodos alterno como técnicas culturales y
biológicas (exterminación de insectos predadores) mediante el “Integrard Pest Management Program” (IPM), se sintetiza en tratar solamente las áreas afectadas en la etapa de detección temprana y aplicando los niveles mínimos de pesticidas con el menor potencial (rating) de percolación para así no afectar cuerpos de aguas y/o acuíferos.
Otras características importantes de las gramas utilizadas en los campos de golf son las siguientes:
6. Contrario a las prácticas en la agricultura donde los fertilizantes y
pesticidas se aplican directamente al terreno, en los campos de golf la aplicación es directamente a la grama, donde la habilidad del “Turf” (capa de grama y su enraizado) para absorver y retener los nutrientes y pesticidas es insuperable. Además cabe señalar que la cantidad de fertilizantes y pesticidas es mucho menor que en la actividad agrícola.
7. El “turf” en los campos de golf absorven 6 veces más la lluvia que
en un campo agrícola con cosechas o pastos. 8. Son filtros naturales para purificar el agua a través de sus sistema de
raíces.
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9. Reducen la erosión por los efectos de la lluvia y el viento. 10. Descargan más oxígeno que los árboles y cualquier otra vegetación
circundante. A base de lo anterior entendemos que la escorrentía del campo de golf no habrá de afectar la calidad de las aguas del río. Por el contrario la vegetación del campo de golf servirá de filtro para la escorrentía del área de desarrollo evitando la llegada de los contaminantes de las superficies de rodaje y otras actividades. En cuanto a la objeción del Departamento de Agricultura, entendemos que la misma es una sistemática y consistente para todos los proyectos que se presentan ante la Junta de Planificación.
LA DIA-P discute ampliamente sobre la capacidad agrícola de los suelos del proyecto, demostrando que los mismo requieren de prácticas de manejo demasiado onerosas para poder ser desarrollados dentro de un marco de viabilidad económica.
Planos de mensura certificados
El Departamento indica que para proseguir con la evaluación del documento ambiental y emitir los comentarios correspondiente es necesario se someta un plano de deslinde para el Río Grande de Loiza y se demarque las áreas verdes con sus respectivos lindes y cabidas, todo certificado por un ingeniero o agrimensor autorizado a ejercer la práctica de la agrimensura en PR.
Sobre este aspecto entendemos que en esta etapa de consulta de ubicación este requerimiento es irrazonable dado de que el plan maestro conceptual es un documento de carácter esquemático el cual pretende solamente ubicar esquemáticamente las actividades a desarrollar como parte de la planificación del proyecto.
No obstante, dicho gráfico y el contenido del documento ambiental se complementan para describir y establecer los compromisos de uso, impacto y mitigaciones que se habrán de recoger para delimitar de forma final en etapas posteriores de diseño y construcción los límites de la acción propuesta.
A base de lo antes expuesto, solicitamos que re-consideren lo expuesto en el comunicado del 18 de diciembre y emitan los comentarios correspondientes a la DIA-P, para así continuar el proceso de planificación y permisos del proyecto propuesto.
Además, incluimos fotos aéreas de otros proyectos desarrollados por el promovente en la inmediata vecindad (Sabanera del Rio) al igual que en Cidra y
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Dorado. Los mismos se han reconocido y continúan destacándose como ejemplares de desarrollo sensible a la naturaleza de nuestra Isla. Confiamos que el Departamento de Recursos Naturales apoye y fomente nuestras prácticas de desarrollo propuestas y probadas, promoviendo así un legado de mejor ambiente y calidad de vida para esta y futuras generaciones.
Se acompaña copia del plano conceptual revisado mostrando claramente la huella del proyecto propuesto con respecto a las áreas verdes, las quebradas identificadas y los drenajes naturales. Posteriormente mediante carta del 14 de julio de 2009, el DRNA indica “que luego de haber evaluado la DIA-P y la comunicación del 30 de marzo de 2009, la cual incluye un plano modificado fechado de febrero de 2009 y titulado “Preliminary Conceptual Master Plan”firmado y sellado por el ingeniero Edmundo Colón Arizmendi, Lic 7812, determinamos que los mismos discuten adecuadamente los aspectos ambientales bajo nuestra jurisdicción”. Dicho endoso está condicionado a que se cumpla con los siguiente: (Se resumen los comentarios) - Dedicar a uso público una franja de terreno comprendida por el cauce de las
quebradas, mas una franja adicional de cinco (5) metros de ancho medidos a ambos lados del cuerpo de agua. Dicha franja se mantendrá expedita y no podrá ser utilizada para uso distintos al propósito de conservación de los cuerpos de agua. La misma será segregada y dedicada para uso público y cedida y traspasada al Municipio de San Lorenzo.
- El Plano titulado “Preliminary Conceptual Master Plan” firmado y sellado por
el ingeniero Edmundo Colón Arizmendi, licencia 7812, incluye una tabla donde se expresa que el proyecto contempla un área de impacto de (huella de construcción) de 316.00 cuerdas y 462,00 cuerdas en áreas verdes naturales a conservar y restaurar (incluye charcas de retención, lagos, corredores, entre otros). En comunicación del 30 de marzo de 2009, se incluyó una Tabla con la mitigación requerida por el Departamento para cumplir con la Ley Núm. 41, supra, y el Reglamento Núm. 6765. En esta se indica las áreas verdes donde expresa y cito “Sistemas de charcas y drenajes naturales a conservar fuera de áreas naturales con R/W mínimo de 15.00 metros. Los restantes diez (10) metros mínimos establecidos para los cuerpos de agua son para cumplir con la mitigación requerida por dicha Ley. Además las ocho (8) charcas existentes también tendrán 15 metros como zona de amortiguamiento.
- Las 135 cuerdas ubicadas al Norte del predio y a ser conservadas en su
estado natural y conectadas a los corredores de vegetación propuestas deberán ser preservadas mediante el mecanismo de Servidumbre de Conservación a tenor con la Ley Núm. 183 de 27 de diciembre de 2001 (Ley de Servidumbre de Conservación de Puerto Rico), según enmendada. Dicha servidumbre será establecida mediante escritura pública la cual deberá ser
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otorgada y presentada en el registro de la Propiedad previo a la obtención de cualquier permiso, autorización, concesión o franquicia.
- Los base de los taludes a formar en colindancia con las quebradas y el Río
Grande de Loiza descansará fuera de la franja de terreno de los cuerpos de agua y deberán ser protegidos contra la erosión.
- Conforme a lo discutido en reuniones del 17 de marzo de 2008 y 15 de abril
de 2009, en los cruces de las quebradas se construirán puentes. Los mismos no deberán impactar el cauce de las quebradas. De no lograr en los trece (13) cruces de quebradas la construcción de puentes deberá buscar otras alternativas donde no se podrá impactar el cauce, e incluirlas en el plano a ser presentado en la fase de solicitud de algún permiso en el Departamento relacionado a este proyecto.
- Al sur del predio se identificó un área de humedal que se mantendrá en su
estado natural y formará parte de las áreas verdes del campo de golf. El mismo deberá tener una zona de amortiguamiento de cinco (5) metros.
- Conforme a la Hoja 1230H de los Mapas sobre Tasas de Seguros de
Inundación preparados por la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias y adoptados por la Junta de Planificación, parte de los predios localizados al sur de los terrenos ubican dentro de una Zona A. A teles efectos se deberá aplicar las disposiciones de la Sección 7.02 del Reglamento de Planificación Núm. 13 (Reglamento sobre Areas especiales de Riesgo a Inundación)
- Se cumplirá con las disposiciones del Reglamento de Planificación Núm. 25
( Reglamento de siembra, Corte y Forestación para Puerto Rico). La Ley Núm. 132 del 25 de junio de 1968, según enmendada y su Reglamento, prohíben la extracción, excavación, remoción y dragado de material de la corteza terrestre sin el permiso correspondiente del Departamento.
Durante la visita al campo se identificó la palma coyor (Aplanes acantophilla), considerada como elemento crítico, esta se encuentra a lo largo de una de las quebradas intermitentes. De la especie no estar dentro de la zona de amortiguamiento de quince (15) metros a conservar en su estrado natural, la misma deberá ser aumentada para que no se afecte la especie.
- Además, los corredores de vegetación propuestos deberán ser reforestados
cumpliendo con las disposiciones del Artículo 4 de la Ley Núm. 97 del 24 de junio del 1998 ( Ley para Fomentar la siembra de Arboles cuyas Frutas o Semillas Provean Alimento a Especies de Aves Silvestres de Puerto Rico).
- Deberá cumplir con las disposiciones de la Sección 14 ( Manejo de Aguas
Pluviales) del Reglamento de Planificación Núm. 3 ( Reglamento de
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Lotificación y Urbanización). Se le apercibe que del sistema pluvial descargar al Río Grande de Loiza o las quebradas del predio, deberá descartar la descarga en un punto concentrado, lo que implica que no puede afectar la faja verde e integrar a dicho sistema una alternativa de diseño que permita que el agua llegue de la misma forma que discurría en su estado natural.
- Deberá cumplir con las disposiciones del Reglamento Núm. 6916 (
Reglamento para Regir la Extracción, Excavación, Remoción y Dragado de los Componentes de la Corteza Terrestre). Se apercibe que la Ley Núm. 132 del 25 de junio de 1968, según enmendada y su Reglamento, prohíben la extracción, excavación, remoción y dragado de material de la corteza terrestre sin el permiso correspondiente del Departamento.
- Se deberá someter un plano de mensura certificado por un profesional
autorizado a ejercer la agrimensura en P.R. en la cual se incluirá las tablas de descripción de los puntos debidamente identificados en el plano como en el terreno, para certificar el deslinde del Río Grande de Loiza, las áreas a conservar de las quebradas y las 135 cuerdas a conservar en su estado natural. La franja de conservación del Río Grande de Loiza es de 20.00 metros según indicado en la Sección 15 – Tomas de Agua Públicas o Privadas, página 28 de la DIA-P. Durante la fase de radicación del permiso de urbanización ante la Administración de Reglamentos y Permisos, deberá presentar simultáneamente a la división de Procesos Ambientales el plano de deslinde certificado con la cabida final en cuerdas que será dedicada a conservación para la evaluación correspondiente. De no cumplir con lo anterior el Departamento se verá imposibilitado de tramitar el permiso incidental para una obra autorizada por ARPE.
- Deberá presentar copia de la escritura de cesión y traspaso correspondiente
en conjunto a una copia de la minuta de asiento de su presentación en el Registro de la Propiedad previo a la obtención en el Departamento de algún permiso, franquicia, autorización o concesión relacionada con este proyecto.
- De descubrirse en el predio objeto de desarrollo algún cuerpo de agua
superficial o subterráneo, sea perenne o intermitente deberá informarlo al DRNA y demás agencias concernidas. No informar hallazgos de este tipo así como las medidas de mitigación que se implantarán para proteger estos recursos naturales conllevará una revocación automática de la presente comunicación de no objeción y podrá ser base para acciones legales por parte del DRNA en los foros disponibles.
Todos los comentarios emitidos por el DRNA en las tres comunicaciones anteriormente discutidas, han sido incorporadas en el presente documento ambiental (DIA-F) o serán consideradas en los planos de construcción según correspondan.
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7. Uso y zonificación de los terrenos propuestos pa ra el proyecto y sus
colindancias:
Los terrenos del desarrollo propuesto no están zonificados, al igual que los terrenos
colindantes. Conforme a la carta del de de 2006, el Municipio de San Lorenzo indica
que endosa el proyecto propuesto.
El uso de ganadería en la finca cesó toda vez que esta actividad no era rentable. El
costo de reestructurar la siembra de pastos para ganadería no es viable.
El costo actual de los terrenos no hace posible la adquisición de los mismos para
comenzar una nueva actividad agrícola y en adición la cabida de la finca no permite una
activad agrícola de ganadería o de siembra de productos agrícolas que repague el costo
de adquisición de los terrenos.
En términos socioeconómicos la actividad agrícola impacta negativamente las
necesidades de la región en la creación de fuentes de empleo. La generación de
empleos en este renglón es muy limitada.
El uso de ganadería que existía en la finca no está asociado a ninguna otra actividad
agrícola que se desarrolle en el sector que pueda ser afectada por la eliminación del
mismo.
Los terrenos están localizados contiguos al área urbana del Municipio lo que implica que
estos constituyen el lugar inmediato para suplir las necesidades y requerimiento de
expansión para proveer vivienda.
La actividad agrícola de ganadería que se operaba en estos terrenos se desarrollaba
independientemente de otras actividades similares, localizadas propiamente en el
Municipio de San Lorenzo o pueblos limítrofes. Ninguna actividad, producción de
pastos, ordeño y otra actividad realizada en la finca daba soporte o servicio a otras
actividades agropecuarias en el sector, por lo que el cierre o cese de la actividad
agrícola no tiene ningún efecto sobre actividades asociadas en el sector.
Por el contrario el cese de la actividad agropecuaria en estos terrenos tendrá el efecto
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de aumentar la demanda y producción de otras actividades similares que se operan en
el sector en fincas con una extensión de terreno mucho mayor que representan
unidades agrícolas extensas cuyos beneficios económicos se ven afectado por
actividades de subsistencia que todavía operan en el área y que por su localización y
falta de infraestructura no pueden ser desarrolladas en actividades intensas.
La pérdida de empleos en esta actividad agrícola es extremadamente insignificante; por
el contrario la actividad de construcción y los servicios que demandarán los usos
propuestos habrán de tener un impacto significativo en la generación de empleos
permanentes.
8. Cuerpos de agua existentes en un radio de 400 me tros alrededor del
proyecto y distancia de los mismos al proyecto.
Los terrenos del proyecto colindan por el Sur con el Río Grande de Loíza. En adición
por la finca discurren varias quebradas intermitentes mayormente de Norte a Sur hasta
el río y existen varias charcas que interceptan algunas de estas quebradas.
En la próxima sección se discute los comentarios del DRNA y las contestaciones del
promovente a los mismos, así como la determinación y requerimientos del
Departamento sobre este aspecto.
9. Identificación del (de los) cuerpo (s) de agua i mpactado (s) por la acción
propuesta:
Quebradas en los predios
Indica el Departamento que el Mapa de Suelos del “Natural Resorces
Conservation Service” ilustra alrededor de 25 quebradas que discurren en el
predio mientras que en la DIA-P se menciona que solamente existen dos
quebradas y otras depresiones de desagües naturales internos, algunas de las
cuales serán modificadas por el sistema pluvial del proyecto.
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El DNRA indica que la modificación de estas quebradas está en contra de los
objetivos y política pública de la Ley Núm. 49 del 4 de enero de 2003, según
enmendada que no propicia la canalización, relleno ni alteración de quebradas
para favorecer proyectos de desarrollo.
Sobre este particular, queremos indicar que en la DIA-P cuando mencionamos la
presencia de solamente dos quebradas, esto obedece a nuestro criterio sobre lo
que constituye o define realmente una quebrada y no a la intención de omitir
información. De hecho en el documento y en el diseño conceptual se atiende la
presencia de varios drenajes naturales en adición a las quebradas señaladas.
Referente a este asunto redefinimos y aclaramos que en la porción de los
terrenos localizados al Oeste de la Carretera PR-203 existen dos cuerpos de
agua principales a los cuales tributan varios drenajes naturales que nacen dentro
de la propia finca, según se desprende de los planos del Soil Survey y según
identificados en el plano conceptual del desarrollo.. Estas quebradas principales,
una discurre de Norte a Sur hacia el Río Grande de Loiza en el área Oeste de
esta porción de la finca y la otra de Este a Oeste, en la porción Norte de los
terrenos. En adición en esta porción de la finca existen cuatro cuerpos de agua
adicionales que nacen en la propia finca y que su cauce definido termina en las
charcas que menciona el Departamento en su comunicación. A partir de las
charcas estos cuerpos de agua carecen de un cauce que se pueda distinguir de
las áreas adyacentes.
Estos cuerpos de agua, desde su nacimiento hasta el área donde se localizan
las charcas poseen la mayor diversidad de flora y fauna presente en los
terrenos. Los mismos serán preservados en su estado natural y en adición los
cauces aguas abajo de las charcas serán restaurados mediante siembra
creando así los corredores ecológicos hasta la ribera del Río Grande de Loiza.
En la porción de los terrenos localizados al Este de la Carretera PR-203 discurre
34
otra quebrada intermitente en dirección Norte a Sur, según se demuestra en el
plano conceptual. Dicha quebrada nace fuera de los límites de la finca y la
misma cuenta con otra charca donde termina de igual forma el cauce definido
por topografía y vegetación. Aguas abajo de la charca existe un cruce de la
quebrada el cual se mejorará para ser utilizado como calle de acceso a las áreas
de desarrollo.
Al igual que en otros proyectos desarrollados por el promovente de esta acción,
reconociendo la importancia de la preservación de los sistemas de drenaje
naturales que constituyan hábitat de valor ecológico, el plano del desarrollo
conceptual presentado como parte del documento ambiental reconoce la
presencia de varios sistemas o cuerpos de agua que definimos algunos como
quebradas, charcas y drenajes naturales. Se propone mantener los mismos en
su estado natural y donde sea necesario mejorarlos para llevarlos a un nivel de
Categoría 4 mediante siembra y paisajismo, creando así corredores ecológicos
entre las áreas naturales a conservar en la parte alta de la finca hasta las áreas
naturales en la ribera del río. Como parte de las medidas de conservación se
habrá de mantener el cauce natural y se proveerán franjas verdes de 5.00
metros de ancho a cada lado del mismo.
En el plano conceptual que se acompaña estamos reconociendo 11 quebradas y
drenajes naturales con las respectivas charcas, todos a permanecer como parte
de la conservación de las áreas de Categoría 4.
Dado el número de cauces, se requiere de la construcción de varios cruces de
estos para lograr acceso a las distintas áreas de desarrollo. Estos cruces que
pueden consistir de tubos pluviales o atarjeas no alterarán el curso de las
quebradas o drenajes naturales, pero requerirán alguna intervención del lecho
para realizar las obras pluviales requeridas, las cuales no afectarán el flujo de
las aguas en un evento de recurrencia de 100 años y no causaran obstrucciones
y no conflijirán con funciones de conservación y limpieza.
35
Entendemos que dentro del espíritu de la Ley 49 del 4 de enero de 2003, se
contempla la preservación de ríos y quebradas como ecosistemas que proveen
múltiples beneficios. La Ley, literalmente se refiere a ríos cuando se señala que
“no se promoverá el desarrollo de obras de control de inundaciones para el
rescate de terrenos privados ni se permitirá la canalización de ríos de Puerto
Rico para viabilizar proyectos con fines y propósitos privados”.
La acción propuesta y la necesidad de la construcción de atarjeas o instalación
de tubos pluviales para crear cruces de cuerpos de agua en realidad no consiste
de una actividad de control de inundaciones o canalización para el rescate de
terrenos privados.
Para el manejo de las aguas pluviales de las áreas de desarrollo, se construirá
un sistema pluvial consistente de canales abiertos, tubería pluvial y charcas de
retención que se integrarán a los sistemas naturales de drenaje de la finca. Las
charcas de retención y los canales o drenajes abiertos a construir proveerán
conectividad con las áreas de alto valor ecológico existentes para crear nuevos
corredores ecológicos desde las áreas altas de los terrenos hasta el Río Grande
de Loiza.
Charcas existentes
El Departamento señala que en el proyecto existen cinco charcas conectadas a
las quebradas, las cuales deberán ser eliminadas, restaurando los cauces o
presentar evidencia de que las mismas cuentan con los permisos otorgados para
llevar a cabo esa actividad.
Sobre el particular queremos primeramente establecer que el número de
charcas que existe en el proyecto es de 7 en la porción localizada al Oeste de la
Carretera PR-203 las cuales interceptan el caudal de drenajes naturales de
36
estos terrenos y 2 localizadas en la porción al lado Este de la Carretera PR-203.
De estas solamente la que se localiza en el centro de esta porción de terreno
está dentro del cauce de la quebrada.
Estas charcas fueron creadas a finales de los años 60 y/o principio de los
setenta como parte de la actividad de crianza de ganado que se operó en la
finca para esos años.
Dichas charcas constituyen el hábitat de la fauna ribereña. Las mismas sirven de
criadero y refugio para especies de anfibios nativos y crustáceos como la
buruquena y la avifauna del lugar.
Por la topografía de la finca, de no existir las charcas que acumulan parte del
flujo de las aguas pluviales de los terrenos, la vegetación ribereña y la fauna de
la finca sería una muy escasa por la falta del recurso agua.
Las charcas existentes no serán utilizadas como lagunas de retención del
sistema pluvial. Las lagunas de retención habrán de ser construidas fuera de los
cauces de los drenajes pluviales naturales de la finca y serán provista de
vegetación que propicie el establecimiento de fauna adicional a la ya presente
en la finca.
Entendemos que la preservación de las charcas existentes es tan o mas
necesaria como la preservación de las quebradas, los drenajes naturales de la
finca y la vegetación arbórea madura. Estas no serán utilizadas como lagunas
de retención del sistema pluvial. Esta función la realizaran las nuevas charcas
según aparecen en el plan maestro.
La carta del Departamento implica que el proyecto habrá de perturbar o
modificar los drenajes naturales de la finca en contra de los objetivos de la Ley
49 del 4 de enero de 2003. Nada mas lejos de la verdad, el proyecto habrá de
37
mantener la integridad de las quebradas, las áreas maduras de bosques y las
extensas área verdes a lo largo del Río Grande de Loiza que en conjunto con las
medidas para el control de erosión y sedimentación a implantar en las áreas
desarrolladas, sirvan de filtros naturales para mantener el grado de pureza de
las aguas que accesan al río.
Dichos cuerpos de agua no serán impactados por la acción de construcción ni serán
alterados en su cauce o en la vegetación existente en sus márgenes.
Toda vez que las quebradas que discurren dentro de la propiedad tiene el efecto de
dividir la finca en varios sectores, es necesario realizar obras sobre las mismas para los
cruces necesarios de un área a otra de la finca. Para el proceso de construcción será
necesario proveer dos vados provisionales los cuales serán removidos una vez se
construyan los cruces permanentes.
Las obras sobre las quebradas intermitentes se limitan a la construcción de atarjeas con
un largo aproximado de 15 a 18 metros y un ancho a determinar que permita el flujo del
caudal bajo las condiciones de no desarrollo y en un evento con recurrencia de 100
años.
El cauce natural de las quebradas intermitentes no será afectado por ningún otro tipo de
obra de construcción y el mismo será protegido mediante la conservación de franjas
verdes naturales de 10.00 metros de ancho a lo largo de ambos lados de los cauces.
El impacto que se genera sobre los cuerpos de agua como producto de la construcción
de las atarjeas está asociado a la generación de sedimentos como producto de las
excavaciones en el lecho de las quebradas y a la remoción de la vegetación existente.
Durante el proceso de colocación de las atarjeas y la preparación de las bases
correspondientes se proveerá filtros de pacas de heno aguas abajo de las áreas
intervenidas.
El impacto de la remoción de la vegetación existente en las áreas de los cruces
propuestos será minimizado, primeramente seleccionando para los cruces aquellas
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áreas que estén provistas de poca vegetación y sustituyendo toda la vegetación que
sea necesario eliminar en otro lugar de las quebradas.
Como parte del diseño del sistema pluvial del proyecto se construirán varias lagunas de
retención las cuales serán desarrolladas fuera del cauce de los cuerpos de agua
naturales de acuerdo al plano conceptual enmendado. Estas lagunas de retención serán
diseñadas para retener el caudal pluvial adicional que se genera por la condición de
impermeabilización de parte de los terrenos, conforme a las disposiciones del
Reglamento de Planificación Número 3.
10. Pozo (s) de agua potable dentro de un radio de 460 metros desde el
perímetro del proyecto:
En la propiedad objeto de la acción propuesta no existen pozos de agua potable , así
como dentro del radio de 460 metros medidos desde los límites de la finca.
El desarrollo propuesto no contempla el uso de agua subterránea para consumo ya que
las obras de mejoras al sistema de acueducto del sector tienen la capacidad para suplir
la demanda generada por el proyecto.
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El proyecto, conforme a las cartas emitidas por la Autoridad de Acueductos y
Alcantarillados se conectará al sistema de acueducto del sector según establecido en
este documento ambiental.
11. Zonas inundables: (Ilustración Núm 5)
Conforme a la Hoja 1230H de los Mapas sobre Tasas de Seguros de Inundación preparados por la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias y adoptados por la Junta de Planificación, parte de los predios localizados al sur de los terrenos ubican dentro de una Zona AE. A teles efectos se deberá aplicar las disposiciones de la Sección 7.03 del Reglamento de Planificación Núm. 13 (Reglamento sobre Areas especiales de Riesgo a Inundación)
Parte del campo de golf propuesto ubica dentro del área inundable identificada en los
mapas de inundaciones. El desarrollo del mismo se realizará fuera del área de deslinde
del Río Grande de Loíza. Para el desarrollo de esta actividad no será necesario el
depósito de relleno dentro del área inundable. El Reglamento de Planificación Núm. 13
permite el uso de áreas inundables para actividades recreativas siempre y cuando las
mismas no conlleven el depósito de relleno o la construcción de edificaciones que
afecten el curso de las aguas.
La Sección 25 discutirá ampliamente la disposición de las aguas pluviales a generarse
en el proyecto.
12. Infraestructura disponible:
a. Líneas de agua potable
La AAA emitió una comunicación fechada del 10 de marzo de 2006 como resultado de
varias reuniones del desarrollador con dicha agencia. En la misma se indica que el
Municipio de San Lorenzo cuenta con una planta nueva con capacidad de 6 MGD con
toma al Río Grande de Loíza. En la actualidad, esa planta está operando a mitad de su
capacidad (3 MCD) por falta de demanda quedando un residual con capacidad para el
proyecto propuesto. Sin embargo, como la planta tiene toma directa al Río, nos
informan de Operaciones Regionales que de vez en cuando tienen problemas con la
misma.
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En su carta del 10 de marzo de 2006 la AAA indica que para las primeras 300 unidades
de vivienda se deberá construir la línea para conectar el proyecto con la Planta de
Filtración San Lorenzo (Urbana).
Para las unidades restantes se solicita la construcción de una línea de agua de 16
pulgadas de diámetro desde la PR # 30 hasta el pueblo de San Lorenzo. Esta tubería
servirá de transmisión para el proyecto del Embalse y la Planta de Filtración Valenciano.
b. Líneas de Alcantarillado Sanitario
Conforme a la carta del 10 de marzo de 2006, en cuanto al sistema sanitario, la
Autoridad de Acueductos y Alcantarillados solicita la construcción de la Fase II de la
troncal San Lorenzo-Caguas que una vez más redundará en un gran beneficio al sector,
ya que se elimina la antigua planta de San Lorenzo que opera deficientemente. El
desarrollador del proyecto construirá el tramo de la troncal que discurrirá por los
terrenos del desarrollo hasta el punto de terminación de la primera fase de la troncal a
ser construida por la AAA .
c. Líneas de Energía Eléctrica
Mediante carta del 18 de enero de 2007 la Autoridad de Energía Eléctrica endosa el
desarrollo propuesto y señala que posteriormente habrá de indicar al proponente el
punto de conexión y las aportaciones necesarias para las mejoras correspondientes al
sistema existente a servir el proyecto.
Se estima que el proyecto propuesto generará una demanda de 14,775 kva, para lo cual
se proveerá el sistema de distribución primario que requiera la Autoridad de Energía
eléctrica una vez se determine el punto de conexión para el desarrollo.
d. Vías de acceso frente al predio
El desarrollo propuesto contempla la construcción de rampas de entrada y salidas a la
Carretera PR-203, la cual constituye la vía de acceso a los terrenos. Esta carretera en la
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actualidad trabaja en un nivel de servicio muy por debajo de su capacidad. El impacto
del proyecto sobre esta no alterará significativamente el nivel de servicio actual.
La Autoridad de Carreteras y Transportación emitió una comunicación fechada del 8 de diciembre de 2005 en la cual se solicita la radicación de planos mostrando detalladamente todos los elementos de diseño de los accesos propuestos, así como la preparación de un estudio de tránsito y estudio de ruido.
Posteriormente, con fecha del 26 de enero de 2006, en comunicación dirigida a la Junta de Planificación, la Autoridad de Carreteras y Transportación indica que todos los comentarios de la comunicación del 8 de diciembre de 2005 continúan vigentes.
Con fecha del 30 de abril de 2010 la Autoridad de Carreteras emite una comunicación en respuesta a carta sometida el 8 de marzo por la parte promovente en la cual señala lo siguiente:
No tener objeción para que se someta en etapas posteriores los estudios de tránsito y de sonido ambiental para el proyecto que se encuentra en etapa de consulta de ubicación.
Una vez aprobada la consulta de ubicación, se deberá someter a la Oficina de Control de Accesos los estudios de tránsito y de sonido ambiental requeridos, previo al proceso de aprobación del anteproyecto de construcción y la preparación de los planos de diseño de dicho proyecto para determinar las mejoras a la infraestructura de carretera que serán necesarias construir por el desarrollador del proyecto.
Además será necesario tomar en consideración los siguientes comentarios, recomendaciones y requisitos ( Los mismos se transcriben en forma resumida):
1) El plano sometido el 12 de enero de 2007 muestra una intersección tipo
rotonda en la Carretera PR-203 y se indica se proveerán rampas de entrada y salida en ambos lados de dicha carretera.
Sobre este particular se señala que dicha rotonda no tiene el propósito de crear intersección para acceso o virajes en la PR-203. Dicha rotonda fue requerida por el Municipio para resaltar y embellecer la entrada a la Municipalidad.
La misma ha sido eliminada de los planos conceptuales de la consulta de ubicación.
Los accesos para el proyecto Sabanera San Lorenzo consistirán de una
rampa de entrada desde el carril Oeste de la PR-203 hasta el proyecto y una rampa de salida desde el proyecto hasta dicho carril en dirección del
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pueblo de San Lorenzo.
Se proveerá un conector desde el lado Oeste del proyecto al lado Este bajo el puente de la Carretera PR-203 para proveer una rampa de salida desde la porción Este del proyecto hacia la PR-203 en dirección de Gurabo y una rampa de entrada para el tránsito proveniente del pueblo de San Lorenzo.
4) El Artículo 5, Sección III-B del Reglamento para el control de Accesos a
las Vías Públicas de Puerto Rico, según enmendado, establece que siempre que sea posible desarrollar accesos directos a calles de servicios o superficies de rodaje locales no se permitirá accesos a las vías principales. Por lo tanto recomiendan que los accesos sean canalizados hacia otras vías estatales o municipales colindantes con la propiedad.
Sobre este aspecto se indicará a la Autoridad de Carreteras al momento de la presentación de los estudios y planos del diseño de los accesos la situación o condición de que los terrenos a desarrollar no colindan con vias locales o estatales. La única alternativa de acceso es hacia la Carretera PR-203.
5) La Autoridad de Carreteras señala que el proyecto conforme con el
Reglamento Núm. 11-001, conocido como Normas para la Imposición de la Aportación por Concepto de Exacción por Impactos estará sujeto al pago del cargo de exacción por impacto. Sobre este aspecto, una vez se someta el proyecto final ante la Autoridad de Carreteras se coordinara el pago correspondiente de acuerdo a las etapas de desarrollo.
13. Distancia del proyecto a la residencia más cerc ana y a la zona de
tranquilidad más cercana:
a. Las residencias más cercanas a los terrenos del desarrollo propuesto están
localizadas en a mas de 50 metros lineales de la colindancia Oeste de la propiedad.
b. En el sector inmediato no existen zonas de tranquilidad a menos de 400 metros del
desarrollo propuesto.
14. Rutas de acceso al proyecto propuesto:
La vía de acceso principal del sector lo constituye la Carretera Estatal PR-30 y la
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Carretera PR-203 la cual discurre entre los Municipios de Gurabo y San Lorenzo
brindando acceso al Municipio de San Lorenzo donde enclavan los terrenos del
desarrollo propuesto.
15. Tomas de agua potable públicas o privadas:
El Río grande de Loíza no cuenta con toma alguna en la porción de su cauce que
discurre frente a los terrenos de la acción propuesta. Aguas abajo, a una distancia
mayor de 3 millas, existe una toma de agua. La misma no se afectará por el desarrollo
propuesto toda vez que se tomarán todas las medidas correspondientes para evitar el
acceso de sedimentos o contaminantes a las aguas del río.
La nivelación de los terrenos se realizará contemplando que la escorrentía de los
terrenos descargue a lagos de retención y sedimentación previo a su descarga a las
quebradas intermitentes que discurren por la finca y al Río Grande de Loíza.
Durante la construcción del proyecto, en todas sus etapas, se implementará un agresivo
plan de control de erosión y sedimentación el cual incluye entre otras cosas la
construcción de lagos de retención y sedimentación. En adición el desarrollo propuesto
contempla mantener una franja verde natural a lo largo de las márgenes del río con un
ancho mayor de 20 metros lo cual servirá de barrera filtrante para las aguas de
escorrentía que puedan discurrir sin ser retenidas en los lagos de sedimentación.
Igualmente, en las quebradas a preservar se mantendrán franjas naturales con ancho
mínimo de 10 metros a lo largo de sus márgenes que servirán de medida de filtración de
las aguas de escorrentía.
El movimiento de tierra para la actividad de construcción propuesta tiene menos
impacto en los cuerpos de agua que la actividad agrícola. El desarrollo de obras de
urbanización está regulado por el Reglamento de Planificación Número 3 y el
Reglamento de la JCA para la confección de planes de control de erosión y
sedimentación. La actividad agrícola en Puerto Rico no está reglamentada en cuanto a
controles de erosión y sedimentación y la misma se desarrolla indiscriminadamente,
identificándose como una de las fuentes dispersas de contaminación de cuerpos de
45
agua desde los años sesenta.
El uso de yerbicidas y fertilizantes en el campo de golf es uno limitado a las áreas
donde se siembra la grama especial para este uso (turfgrass) la cual requiere de poca
cantidad de abonos y pesticidas. En adición esta grama desarrolla una gran cantidad de
raíces que consumen la totalidad de los químicos que logran penetrar al terreno.
Por otro lado el campo de golf se diseña para que toda la escorrentía pluvial sea dirigida
a los lagos con el propósito de recircular las aguas para uso de riego.
Los lagos a su vez son impermeabilizados para evitar se vacíen por medio de infiltración
al terreno lo que reduce sustancialmente la contaminación del manto freático.
16. Identificación o ubicación de áreas ecológicam ente sensitivas cercanas al
área del proyecto y la distancia a la que se encuen tran del mismo:
Los terrenos del proyecto no cuentan con sistemas naturales con excepción de las
quebradas sin nombre que discurren de norte a sur por los terrenos, las charcas
existentes y el Río Grande de Loíza que discurre por la colindancia sur, según discutido
previamente en este documento. Sobre este aspecto esta DIA-F contiene los
comentarios y requerimientos del DRNA.
Dentro del radio de cuatrocientos (400) metros medidos desde el perímetro del
proyecto, con excepción del Río Grande de Loíza no se ha identificado recursos
naturales o áreas ecológicamente sensitivas.
Dentro del predio se ha identificado una pequeña porción de área de humedal. La
misma se mantendrá en su estado natural y formará parte de las áreas verdes del
campo de golf.
La Junta de Calidad Ambiental emitió la Resolución R-10-20-8, fechada del 2 de julio de 2010 y notificada el 13 de julio de 2010. Mediante dicha resolución la Junta de Calidad Ambiental ordena a la Agencia Proponente, la Administración de Reglamentos y Permisos, a preparar y circular una Declaración de Impacto Ambiental Final(DIA-F) para la acción propuesta en la cual se indiquen y atiendan las recomendaciones y
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requerimientos establecidos en dicha Resolución, entre las cuales se señala lo suigiuiente :
(1) - La DIA-P fue circulada al Cuerpo de Ingenieros de los EU (COE) para
sus comentarios. Ya que existe en el predio un área identificada como humedal asociado a los cuerpos de agua que discurren por el predio se deberá presentar una solicitud de Delimitación Jurisdiccional para el proyecto y presentarlo ante el COE.
Sobre este aspecto, en la DIA-P y en este documento final se discute la presencia del humedal y se destaca que el mismo no habrá de ser impactado. La radicación de solicitudes de Delimitación Jurisdiccional proceden cuando se pretende impactar mediante el depósito de relleno un área de humedal para determinar el alcance o magnitud del impacto. Al presente el COE está atendiendo solamente aquellas solicitudes que se radican con el propósito de solicitar el permiso de dicho organismo para rellenar áreas de humedales.
No obstante, como parte de la tramitación de los endosos finales para los planos de
construcción, se presentará ante el COE el correspondiente plano delimitando el área
de humedales para la acción que dicha dependencia entienda necesaria.
El sector en general es uno pobre en áreas que pudieran considerarse ecológicamente
sensitivas, no existiendo cuevas, estuarios, manglares, sabanas, acuíferos u otros de
similar valor.
17. Tendencias de desarrollo y población del área b ajo consideración y cualquier
información relacionada con estas variables que pue da justificar la acción o
determinar los impactos resultantes.
Los terrenos del desarrollo propuesto ubican próximos al área urbana del Municipio de
San Lorenzo y cuentan con infraestructura vial y de utilidades adecuadas o que
mejoradas pueden sostener una actividad de desarrollo como la de la acción propuesta
sin menoscabar los servicios a las facilidades existentes en el sector.
Los terrenos, luego del acuerdo de desarrollo entre el Municipio y los promoventes de la
acción propuesta serán contemplados en el Plan de Ordenamiento Territorial propuesto
por el Municipio de San Lorenzo para uso urbano. Los mismos colindan por el Oeste
con asentamientos residenciales extensos de recién desarrollo.
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La tendencia de expansión urbana tanto del Municipio de Caguas como del Municipio
de Gurabo es precisamente en dirección del Municipio de San Lorenzo, tanto por la
disponibilidad de una infraestructura vial adecuada como de terrenos apropiados para
desarrollo urbano.
El crecimiento poblacional del sector, la diversidad de usos, la red de carreteras
principales, la infraestructura y su proximidad a centros de estudios y trabajo justifican
la acción propuesta para estos terrenos.
18. Estimado de costo total del proyecto :
Se estima que el proyecto requerirá una inversión no menor de $322 millones y
generará aproximadamente 875 empleos directos e indirectos de carácter transitorio por
15 años con un impacto en salarios de 0.87 millones de dolares mensualmente.
Además, una vez construido, el campo de golf, la escuela, la administración y
mantenimiento del complejo residencial y sus residentes generarán aproximadamente
525 empleos permanentes, directos e indirectos, a tiempo completo y parcial, entre
servicios domésticos, de jardinería y mantenimiento, seguridad y administración.
19. Volumen de Movimiento de tierra
El movimiento de tierra contemplado para el desarrollo propuesto, de acuerdo al
esquema de desarrollo preliminar para el estudio de la acción propuesta, se estima en
un total de 1,650,000 metros cúbicos de corte para relleno. El mismo no tiene un
impacto significativo toda vez que el proceso de corte y relleno se realizará por etapas,
en un periodo de 15 años, en pequeñas áreas de desarrollo, las cuales son
estabilizadas una vez completado el movimiento de tierra en las mismas.
La actividad de movimiento de tierra se limitará al corte necesario en las áreas de
construcción, preservando en su estado natural todas las áreas que no requieran
nivelación y específicamente todas las franjas de protección de las quebradas y el río.
Se estima que el área de la finca sujeto a movimiento de tierra es de aproximadamente
580 cuerdas, quedando el resto en su estado o niveles naturales.
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El movimiento de tierra será uno interno en el cual no se proyecta acarreo de material
excedente fuera de los terrenos. La capa vegetal será almacenada dentro de los
terrenos para ser utilizada posteriormente como material para la creación de bermas y
relleno orgánico en las áreas de siembra.
El movimiento de tierra se realizará implantando todas las medidas que sean
necesarias para evitar la erosión y sedimentación del río y las quebradas existentes en
la propiedad.
El volumen del movimiento de tierra es uno estimado a base de un análisis preliminar.
En esta etapa de consulta de ubicación el plano esquemático que se somete es uno de
carácter conceptual en el cual se establece la distribución de usos de terreno en forma
general y establecer densidades, permitiendo planificar la demanda futura de
infraestructura y de ser aprobada la consulta de ubicación plasmar los parámetros que
habrá de seguir la Administración de Reglamentos y Permisos para la aprobación de las
etapas posteriores tales como el desarrollo preliminar y los planos de construcción tanto
para las obras de urbanización como para las edificaciones.
20. Niveles de ruido estimado durante las etapas de construcción y operación
Etapa de construcción
Durante la etapa de construcción es inevitable que se registre un aumento en el nivel de
ruido en el área, debido a la operación de equipo pesado de construcción y al tránsito
de camiones para el acarreo de los materiales de construcción y de desperdicios, etc.
Este aumento en el nivel de ruido ocurrirá básicamente durante la operación de
movimiento de tierra, la cual es sólo una de las muchas etapas por las que tiene que
pasar un proyecto de construcción en su proceso de desarrollo. No obstante, dicho
aumento será uno de carácter temporero e intermitente y ocurrirá solamente durante
horas laborables, cinco o seis días en semana.
Los ruidos en este tipo de proyecto son generados principalmente por los motores de
las máquinas (palas mecánicas, camiones, equipo de acarreo como monos, grúas, etc.)
49
utilizadas en la construcción. En la Tabla 3 se indican los niveles de ruido en decibelios
(dBA) a una distancia estándar de registro de 50 pies generados por equipo de
construcción. Se llama la atención, a que el impacto mayor del ruido a generarse, se
hará sensible en lugares del desarrollo bien retirados de cualquier núcleo residencial o
urbano.
Para minimizar el impacto de aquellas actividades generadoras de ruido, éstas se
llevarán a cabo durante las horas laborables, de lunes y viernes. Además todo el
equipo pesado que se use en el proyecto contará con la tecnología necesaria para
controlar eficazmente las emisiones a la atmósfera y los niveles de ruido.
La entrada de vehículos y personal de construcción se realizará por el acceso provisto
por la Autoridad de Carreteras hacia la Carretera Estatal PR-931 como parte del
proceso de expropiación de terrenos necesarios para la construcción de la Carretera
PR-203. El mismo está localizado en el extremo Norte de los terrenos.
TABLA 3
RUIDO GENERADO POR EQUIPO DE CONSTRUCCION
: NIVEL DE RUIDO EN EQUIPO : dBA A 50 PIES
1. Movimiento de terreno :
Niveladoras : 80 - 93 Camiones : 82 - 94 Cargadores : 71 - 84 Tractores : 77 - 95 Rodillos : 73 - 75
2. Acarreo de materiales :
Mezcladora de hormigón : 74 - 87 Grúas : 75 - 88
3. Hincador de Pilotes : 95 - 105
Etapa de operación
La acción propuesta corresponde al desarrollo de un proyecto residencial, por lo que los
50
ruidos generados durante la etapa de operación se limitan a unos de tipo domésticos los
cuales no tienen impacto dentro del proyecto ni en los sectores inmediatos.
Los ruidos externos que pudieran afectar a las estructuras de vivienda son los
producidos por el tráfico vehicular en la Carretera PR-203 y la calle principal interna del
proyecto.
Los ruidos generados en la carretera estatal no habrán de proyectarse
significativamente sobre las unidades de vivienda. Las unidades más cercanas a dichas
vías están localizadas a una distancia no menor de 80 metros y protegidas por un muro
sónico producto de la combinación de bermas, verjas y vegetación arbustiva.
El tráfico de vehículos en la calle principal de la urbanización se produce a velocidades
no mayores de 25 millas por hora, por lo que el nivel de ruido generado por los mismos
debe producirse dentro de un registro aceptable. En adición las residencias mas
cercanas a la calle principal ubican a no menos de 15.00 metros de los límites del área
de rodaje de dicha calle.
21. Medidas de protección a los sistemas naturales existentes
Los únicos sistemas naturales que pudieran afectarse por las obras de construcción del
proyecto propuesto son las quebradas intermitentes que discurren por los terrenos y el
Río Grande de Loíza que discurre por el límite Sur de la propiedad.
El posible impacto a estos cuerpos de agua puede ser la erosión y sedimentación que
puede ocurrir durante el proceso de movimiento de tierra y construcción o instalación de
obras de infraestructura y cimentaciones.
Para evitar el impacto de la erosión y sedimentación se implantará las siguientes
medidas:
S Conservación del estado natural de una franja verde con un ancho no menor de 20
metros a lo largo de las márgenes del río y de 10 metros en las quebradas, así
como la preservación de toda la vegetación arbórea existente en las mismas.
51
S Implantación de un plan de control de erosión y sedimentación que incluye la
construcción de lagos de retención y sedimentación y la provisión de trampas de
sedimento en los puntos de descarga de la escorrentía pluvial, así como la
instalación de mallas sintética para proteger las franjas verdes naturales en aquellos
lugares donde pueda ocurrir deslizamiento de material granulado .
S Finalizado el proyecto, para su operación, se proveerá disipadores de energía en los
muros de cabecera del sistema pluvial para evitar la erosión de las áreas verdes en
las cuales estos descargan para discurrir hacia los lagos de retención y se dispondrá
en las cláusulas restrictivas sobre la protección y conservación de las áreas verdes
naturales así como las limitaciones para su uso.
22. Consumo estimado y abasto de agua
Abasto de agua
En carta del 10 de marzo de 2006, la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados indica
que el Municipio de San Lorenzo cuenta con una planta nueva con capacidad de 6
MGD con toma al Río Grande de Loíza. En la actualidad, esa planta está operando a
mitad de su capacidad (3 MCD) por falta de demanda quedando un residual con
capacidad para el proyecto propuesto.
Para las primeras 300 unidades se deberá construir una línea para conectar el proyecto
a la Planta de Filtración San Lorenzo. Para las unidades restantes y para mejorar la
redundancia del sistema, solicita se construya una línea de agua de 16 pulgadas de
diámetro desde la PR # 30 hasta el pueblo de San Lorenzo. Eso le daría al pueblo de
San Lorenzo dos sistemas independientes mejorando la situación de todo el pueblo y
sectores adyacentes que se puedan nutrir del mismo..
Consumo de Agua Potable:.
Durante el proceso de construcción se estima un consumo de agua diario de 300
galones para consumo, 2,000 galones para el riego del control de polvo fugitivo y de
500 galones en la construcción de las estructuras para un total de 2,800 galones por
52
día.
El consumo estimado para las 1,600 unidades residenciales es de 640,000 galones por
día (400 galones/unidad de vivienda), 4,000 galones por día para la escuela (40
gal/estudiante), 21,000 galones por día para las facilidades recreativas y el campo de
golf, para un total de 665,000 galones por día una vez completado el proyecto en un
periodo de 15 años. La demanda total estimada por año para las 100 unidades de
vivienda a construir será e 40,000 galones por día.
El consumo estimado total para el desarrollo propuesto puede ser suplido por la
capacidad residual del sistema existente del sector. No obstante, las obras extramuros
adicionales solicitadas por la AAA para mejoras al sistema de todo el sector proveerá
una capacidad de agua potable que excede por mucho el consumo a corto y largo
plazo.
El impacto acumulativo en la infraestructura de acueducto en el sector generado por el
proyecto no tiene efecto alguno toda vez que el aumento en la capacidad del sistema de
acueducto que habrá de aportar el desarrollo propuesto excede el consumo generado
por el mismo y el existente en el sector que se suple por la misma infraestructura.
23. Volumen estimado de aguas usadas a generarse
Etapa de Construcción
Durante la etapa de construcción las aguas usadas serán las generadas por los
empleados del proyecto. El volumen estimado para esta etapa es de aproximadamente
250 galones por día si se utilizaran aguas del servicio de acueducto. No obstante los
servicios sanitarios a ser utilizados son de tipo portátil los cuales operan bajo un sistema
prácticamente seco el cual utiliza una cantidad mínima de químicos para controlar los
olores.
La disposición del contenido de los tanques de almacenamiento de estos servicios
portátiles se realiza mediante un camión cisterna operado por el arrendador de estos
sistemas quien dispone del efluente en plantas de tratamiento autorizadas.
53
Durante la operación
Conforme a la carta del 10 de marzo de 2006, en cuanto al sistema sanitario, la
Autoridad de Acueductos y Alcantarillados solicita la construcción de la Fase II de la
troncal San Lorenzo-Caguas que una vez más redundará en un gran beneficio al sector,
ya que se elimina la antigua planta de San Lorenzo que opera deficientemente. El
desarrollador del proyecto construirá el tramo de la troncal que discurrirá por los
terrenos del desarrollo hasta el punto de terminación de la primera fase de la troncal a
ser construida por la AAA .
El proyecto propuesto no tiene impacto acumulativo inmediato a la infraestructura del
sistema de alcantarillado sanitario existente, toda vez que el mismo será sustituido por
una troncal a ser provista como parte de las obras requeridas a la acción propuesta, la
cual tendrá la capacidad tanto para esta como para manejar la descarga existente.
El volumen de las aguas usadas para la totalidad del proyecto será de 581,750 por día
un vez completado el mismo en un periodo de 15 años. La demanda generada por año
se estima en 350,000 galones por día para las 100 unidades proyectadas por año.
24. Lugar de disposición de las aguas usadas duran te las etapas de construcción
y operación.
a. Durante la construcción las aguas usadas de los servicios sanitarios serán
transportadas mediante camiones cisterna operados por el arrendador de los
sistemas sanitarios de tipo portátil, quien dispone del efluente en plantas de
tratamiento autorizadas.
Las aguas usadas generadas en la operación de la actividad residencial se
dispondrán a la troncal San Lorenzo, la cual será construida en parte por el
promovente de la acción propuesta y por la Autoridad de Acueductos y
Alcantarillado. La troncal San Lorenzo descargará a la planta de tratamiento de
Caguas.
El desarrollo propuesto no conlleva descarga de aguas usadas al subsuelo ni
54
requiere de la utilización de tanques para almacenaje de fluídos.
25. Lugar de disposición final de las aguas de esco rrentía pluvial
Por los terrenos de la acción propuesta discurren varias quebradas intermitentes en
dirección Norte a Sur, descargando ambas al Río Grande de Loíza que discurre por la
colindancia Sur de la finca. Estos cuerpos de agua serán los receptores primarios de las
aguas de escorrentía pluvial.
Todos los cuerpos de agua se mantendrán inalterados, no será necesario la
canalización o dragado de estos. La acción propuesta contempla mantener inalterado el
cauce de dichos cuerpos de agua y conservar franjas verdes en su estado natural para
la conservación de toda la vegetación existente a lo largo de los mismos.
El sistema pluvial del proyecto consiste de tubería y pocetos para la recolección de la
escorrentía previo a la descarga a los cuerpos de agua. La nivelación se realizará
obligando la descarga a lagos de retención y sedimentación que se construirán como
parte del sistema pluvial y como mecanismo para el control de erosión y sedimentación
y tratamiento de las aguas de escorrentía antes de su descarga final al Río Grande de
Loíza. Algunas de las áreas verdes naturales y las reforestadas descargarán la
escorrentía de forma laminar hacia los cuerpos de agua cuando la topografía existente
así disponga.
Para esta etapa de planificación donde se trabaja con un desarrollo conceptual
solamente se puede establecer el propósito de la formación de las lagunas. Las
dimensiones y capacidad de las lagunas es una proyectada a base del desarrollo
conceptual por lo que el diseño final de las mismas será realizado al momento del
desarrollo de los planos finales. El diseño de las lagunas tendrá provisiones para que
los sistemas pluviales cuenten con trampas de sedimentos previo a descargar a las
lagunas para evitar la necesidad de dragado en el proceso de limpieza de estas.
Igualmente contarán con una profundidad mínima de 18 pulgadas para evitar el
crecimiento de plantas invasoras que tienden a reducir la capacidad de almacenamiento
y dificultan el proceso de limpieza y mantenimiento.
55
El mantenimiento de las lagunas corresponderá a la asociación de residentes como
parte del mantenimiento de las áreas verdes del proyecto y las facilidades recreativas y
comunales.
Las lagunas correspondientes al sistema pluvial del campo de golf serán mantenidas
por el operador y administrador de dichas facilidades. Estas lagunas contarán con
sistema de bombas para ser utilizadas para el sistema de riego del campo de golf.
La formación de estas lagunas no habrá de afectar el flujo de las quebradas y el río ya
que las mismas estarán localizadas fuera del cauce de dichos cuerpos de agua y
solamente habrán de retener el aumento en caudal que se genere en las áreas de los
terrenos que serán desarrolladas. Es decir que el caudal de los terrenos en su estado
natural no será alterado.
Toda vez que el proyecto propuesto impermeabiliza un área menor al 50 por ciento de
los terrenos, el aumento en el caudal de escorrentía por efecto del desarrollo es mínimo.
Los lagos a construir tendrán la capacidad para retener el aumento en la escorrentía
pluvial.
Durante la etapa de construcción se implantará un plan de control de erosión y
sedimentación que incluya la provisión de trampas de sedimento en los puntos de
descarga de la escorrentía pluvial e instalación de mallas sintéticas para proteger las
áreas verdes que a su vez sirven de barreras de protección a los cuerpos de agua.
Durante el periodo que existan áreas descarnadas, la entrada de los pocetos pluviales
que fueran construidos serán protegidos con filtros de pacas de heno o piedra.
Una vez finalizado el proyecto, para su operación, se proveerá disipadores de energía
en los muros de cabecera del sistema pluvial para proteger las áreas verdes del
proceso de erosión y se incluirá en las cláusulas restrictivas para la operación del
complejo residencial, disposiciones sobre la protección y conservación de las áreas
verdes naturales así como las limitaciones para su uso.
El Apéndice 5 de esta DIA-F contiene el Análisis Hidrológico preparado como
contestación a los comentarios de la Junta de Calidad Ambiental y como requisito de
56
esta para ser incluidos en este documento. A continuación se transcribe parte del
contenido del estudio.
Para mostrar que las descargas de escorrentías de aguas pluviales del proyecto
propuesto no excederán las descargas del predio en su condición existente se realizó
un Análisis Hidrológico para ambas condiciones de forma que se cumpla con el
Reglamento # 3 de la Junta de Planificación, sección 14.0.
Para obtener el caudal en condición existente y propuesta se determinó los parámetros
hidrológicos del predio, entre ellos grupo hidrológico, numero de curva (CN), uso y
cobertura del suelo y tiempo de concentración. Una vez determinados estos
parámetros se utilizó el programa HEC-HMS creado por el Cuerpo de Ingenieros para
determinar el caudal de ambas condiciones para un evento de 2, 25 y 100 años con una
duración de 24 horas y una distribución de lluvia Tipo II.
Análisis del predio en condición existente: La finca se dividió en 3 aéreas de drenaje (A1, A2-A3 y A4) según se muestra en la
Figura A. Esto se hizo debido a que las áreas tienen diferentes puntos de descarga. EL
número de curva para las diferentes áreas de drenaje es de 79, éste se determinó
basándose en un grupo hidrológico D (suelos con alto potencial de escorrentía,
consisten mayormente de arcilla y tienen bien poca infiltración) y una cobertura de
bosque y pasto en buena condición.
La precipitación estimada para toda la finca fue de 5.02, 12.86 y 18.12 pulgadas para
los eventos de 2, 25 y 100 años respectivamente con una duración de 24 horas. Esta
información se obtuvo del NOAA Atlas 14.
Área “A1” drena hacia el noroeste del predio y consistente de 95 acres. Los caudales
determinados para esta área fue de 163, 563 y 832 cfs para los eventos de 2, 25 y 100
años respectivamente.
Área “A2-A3” queda comprendida por dos áreas de captación pertenecientes a dos
quebradas sin nombre las cuales se unen y drenan hacia el sur del predio descargando
57
al Rio Grande de Lo�íza. Esta área consiste de 451 acres. Los caudales determinados
fueron de 333, 1,171 y 1,739 cfs para los eventos de 2, 25 y 100 años respectivamente.
Área “A4” consta de 99 acres y drena hacia el sureste por medio de una quebrada la
cual descarga al Rio Grande de Loíza. Los caudales determinados fueron de 187, 655 y
968 cfs para los eventos de 2, 25 y 100 años respectivamente.
Análisis del predio en condición Propuesta: Para analizar la condición propuesta el predio fue dividido semejante a la condición
existente, en 3 áreas de drenaje (A1, A2-A3 y A4). Esto se hace para tratar de mantener
el patrón de drenaje existente del predio. El sistema pluvial del desarrollo urbano de las
diferentes áreas de drenaje descargará a una charca previo a descargar a la quebrada
correspondiente.
Área “A1” consiste de 95 acres de los cuales 21% corresponde a área de desarrollo y
el restante 79% área verde. El número de curva (CN) determinado fue de 82. Los
caudales determinados para esta área fueron de 203, 660 y 964 cfs para los eventos
de 2, 25 y 100 años respectivamente.
Área “A2-A3” consiste de 451 acres de los cuales 53% es área desarrollo y el restante
47% es área verde. El número de curva determinado fue de 86. Los caudales que se
obtuvieron fueron de 457, 1400 y 2,024 cfs para los eventos de 2, 25 y 100 años
respectivamente
Área “A4” consta de 99 acres de los cuales 55% es área de desarrollo y el restante 45%
es área verde. Los caudales determinados para esta área fueron de 305, 921 y 1326
cfs para los eventos de 2, 25 y 100 años respectivamente.
Análisis de la mitigación El sistema interno pluvial de las obras de urbanización se diseñara para un evento de
25 años sin embargo las obras de mitigación tendrán la provisión para manejar el
caudal de 2, 25 y 100 años.
58
El aumento en flujo generado por el desarrollo propuesto para las áreas “A1”, ”A2-A3” y
”A4” fue de 40, 124 y 118 cfs respectivamente, para el evento de 2 años. Para el
evento de 25 años fue de 97, 229 y 266 cfs respectivamente mientras que para el
evento de 100 años el aumento fue de 132, 255 y 358 cfs.
Para contrarrestar este aumento en flujo se diseñaran unas charcas de retención las
cuales retendrán el exceso controlando la salida por medio de unas estructuras de
mitigación diseñadas para 2, 25 y 100 años de forma que el caudal total de salida de
las distintas áreas de drenaje no exceda las descargas del predio en su estado natural
para las diferentes frecuencias.
El volumen de retención de cada una de las áreas de drenaje fue estimado usando el
método del TR-55. La distribución de las charcas en las diferentes áreas de drenaje se
muestra en la Figura B.
Se requieren los siguientes volúmenes de retención para poder mitigar el incremento en
flujo y de esta forma cumplir con el Reglamento #3;
• Área A1 = se requiere un volumen de retención de 21 acres pies
aproximadamente, el mismo se dividirá en 3 charcas de retención las cuales
tendrán una profundidad de 9 pies y un área de retención total entre ellas de
2.33 acres.
• Área A2-A3 = se requiere un volumen de retención de 104 acres
pies aproximadamente, el mismo se dividirá en 8 charcas de retención las cuales
tendrán una profundidad de 9 pies y un área de retención total entre ellas de
11.5 acres.
• Área A4 = se requiere un volumen de retención de 26 acres pies
aproximadamente, el mismo se dividirá en 2 charcas de retención las cuales
tendrán una profundidad de 9 pies y un área de retención total entre ellas de 2.9
acres.
59
26. Descarga de contaminantes a cuerpos de aguas
La acción propuesta no conlleva descarga de contaminantes a cuerpos de aguas por lo
que no es necesario la obtención de permisos de descarga.
27. Tipo de desperdicios sólidos ( peligrosos o n o-peligrosos)
Durante la Construcción
Durante el proceso de construcción se generará desperdicios típicos de proyectos de
construcción tales como cartones, madera, pedazos de varillas, etc., y desperdicios
domésticos generados por los empleados, todos de tipo no peligrosos.
Se estima una generación de desperdicios de 3.0 toneladas por día, los cuales se
almacenarán en recipientes adecuados y sobre el terreno en un área especialmente
designada y debidamente protegida dentro del predio. Será responsabilidad del
contratista del proyecto de disponer de estos desperdicios adecuadamente y con la
frecuencia que sea necesaria.
Los recipientes de combustible para la maquinaria serán colocados sobre trampas de
recolección para casos de derrames o serán provistos de envolturas plásticas
especiales para contener derrames.
Para la fase de construcción el contratista someterá ante la Autoridad de Desperdicios
Sólidos un Plan de reciclaje según lo establece la Ley 411 del 8 de octubre del 200,
artículo 2, inciso (A), la cual enmienda la Ley 70 para la Reducción y el reciclaje del 19
de septiembre de 1992.
Previo al comienzo de las obras de urbanización se solicitará ante la Junta de Calidad
Ambiental el permiso correspondiente para la disposición de desperdicios sólidos (DS-
3).
Durante la Operación
60
Durante la vida del proyecto se generará desperdicios sólidos principalmente
domésticos consistentes de papel, cartón, envases plásticos, latas, desechos de
comida, etc.
Se estima una generación de desperdicios de aproximadamente 14.05 tons/día para la
totalidad del complejo una vez completado el mismo en un periodo de 15 años. La
demanda por año para las 100 unidades a construir en cada año se estima en 0.80
ton/dia.
Para cumplir con las requerimientos de la Autoridad de Desperdicios Sólidos para este
tipo de proyecto, en la fase de operación se designarán áreas a ser dedicadas a la
separación y almacenamiento de los materiales sólidos reciclables en las diferentes
áreas del proyecto las cuales deben corresponder en su diseño y tamaño al volumen
de desperdicios a generarse.
En el desarrollo preliminar y anteproyecto de construcción se presentarán las áreas
reservadas para la separación, almacenaje y recogido de los materiales reciclables.
Dado la naturaleza mixta del proyecto, la separación de desperdicios será realizada
individualmente en cada unidad de vivienda unifamiliar. En los complejos
multifamiliares, para promover y facilitar esta etapa del reciclaje, cada piso de los
edificios de apartamentos contará con un cuarto de depósitos de desperdicios sólidos
en el cual se proveerán contenedores para el depósito y separación de los materiales
reciclables.
El almacenamiento para la disposición final será localizado en un área cercana a la
entrada del proyecto y en la misma se proveerán facilidades o espacio para que los
encargados de mantenimiento puedan realizar la separación final previo al recogido.
El Municipio de San Lorenzo en su carta de endoso del 11 de octubre de 2006 indica
que la recolección de los desperdicios sólidos generados durante la fase de operación
será responsabilidad de la Asociación de Residentes.
61
28. Almacenaje, transporte, tratamiento y disposici ón de los desperdicios
sólidos
Los desperdicios sólidos que surgen durante la etapa de construcción son almacenados
en contenedores de tipo industrial para ser transportados por un contratista autorizado
para la transportación y disposición de estos. Previo a su disposición en un vertedero
autorizado, estos desperdicios no requieren de tratamiento, con excepción de aquellos
que son separados previamente para propósitos de reciclaje, como aceites, neumáticos
y recipientes plásticos reutilizables.
Según se indica en el inciso anterior se solicitará ante la Junta de Calidad Ambiental el
permiso correspondiente para la disposición de desperdicios sólidos (DS-3).
Los desperdicios sólidos que surgen del uso doméstico, una vez establecida la actividad
residencial, serán separados y depositados en recipientes tipo domésticos en cada una
de la unidades residenciales y dispuestos en las áreas designadas para separación y
reciclaje para de estas ser dispuestos por la compañía contratada por la Asociación de
Residentes. Para las actividades de escuela, facilidades recreativas comunales y el
campo de golf se utilizarán recipientes de tipo industrial para disponer de los mismo
mediante compañías privadas de recolección de desperdicios sólidos. En estas
actividades también se establecerá un proceso de separación para reciclaje.
29. Instalaciones para el manejo y disposición de d esperdicios sólidos no
peligrosos
Este inciso no es de aplicación en la acción propuesta.
30. Instalaciones para el manejo y disposición de d esperdicios sólidos
peligrosos
Este inciso no es de aplicación en la acción propuesta.
31. Fuentes de emisión atmosférica y capacidad máxi ma estimada de cada
fuente en unidades convenientes durante la construcción y operación
62
Durante la construcción:
Las únicas fuentes de emisión atmosférica presentes en el proyecto propuesto son las
maquinarias y equipos de construcción que emiten monóxido de carbono y el polvo
fugitivo producto del movimiento de tierra y la transportación y almacenaje de
agregados para la construcción.
La capacidad máxima de emisión de estas fuentes no es estimable.
Durante la operación
La operación de la actividad residencial propuesta no genera emisión de contaminantes
atmosféricos, con excepción de las emisiones de monóxido de carbono producto de los
vehículos de motor asociados a las unidades residenciales y los de servicios a dicha
actividad.
Los generadores de electricidad no se contemplan como parte de las facilidades que
ofrecerá el desarrollador a los futuros residentes de las unidades unifamiliares. No
obstante, dada la experiencia de interrupciones prolongadas de servicio de electricidad
luego de eventos de huracanes, el uso de generadores se ha generalizado en la Isla.
Los generadores para el tipo de unidad de vivienda que se ofrecerá en el desarrollo
propuesto varían entre 5 y 20 kilos de capacidad. Estos están provistos de pequeños
tanques de combustible con capacidad de 5 a 11 galones o tanques externos que
normalmente tiene capacidad de 100 a 200 galones.
Las edificaciones para vivienda multifamiliar, la escuela, las facilidades recreativas y el
club del campo de golf podrán contarán con generadores de emergencia para los
sistemas que puedan ser requerido por los códigos de construcción vigentes. La
capacidad de estos se establecerá una vez se realice el diseño final de los mismos.
Previo a la operación de estos se solicitará ante la Junta de Calidad Ambiental los
permiso correspondientes para la actividad generadora de fuente de emisión.
Aunque al presente es imposible especificar la capacidad, características y
especificaciones de los generadores requeridos para las actividades señaladas
63
anteriormente, los mismos podrá tener una capacidad de generación de 100 a 150 kilos.
Estos serán operado con combustible diesel y estará enclaustrado dentro de una
estructura con provisiones para la atenuación de ruidos. En adición el equipo contará
con un dispositivo de atenuación de ruidos en su sistema de escape y el tanque de
combustible será provisto de un dique de contención para casos de derrame.
32. Equipo y/o medidas para el control de la conta minación atmosférica.
Los métodos y medidas para el control de estas emisiones son de fácil manejo y de
sencilla implantación:
El monóxido de carbono producido por la maquinaria y el equipo de construcción se
controla con mecanismos internos del equipo. Para un control efectivo el mantenimiento
de los equipos y sus controles tiene que ser óptimo.
El polvo fugitivo producto del movimiento de tierra y el almacenaje de agregados se
controla mediante riego. Todas las áreas desprovistas de vegetación tienen que ser
regadas continuamente. Así mismo los depósitos de agregados deben ser provistos de
asperjadores o mantenerse húmedos mediante riego.
Durante la transportación de los agregados o escombros de construcción, los camiones
de acarreo deben ser cubiertos con toldos.
Durante la operación las emisiones de los vehículos de motor y de los generadores de
electricidad son controlados por sus mecanismos internos.
33 y 34
Estos incisos no son de aplicación para la acción propuesta.
35. Demanda de energía eléctrica
El desarrollo propuesto una vez completado en un periodo de 15 años demanda una
carga total estimada en 17,475 KVA, correspondientes a 16,000 KVA para las 1,600
unidades de vivienda a base de una carga de 10 KVA/unidad, 1,475 KVA para las
64
facilidades vecinales, alumbrado público, la escuela y el campo de golf con sus
respectivas facilidades. La demanda para las 100 unidades proyectadas por año es de
1,000 KVA.
El proyecto se alimentará de las facilidades del sector en el punto que indique la
Autoridad de Energía Eléctrica. El punto de conexión, aportaciones requeridas, y otros
requisitos del proyecto relacionados con el servicio de energía eléctrica, se coordinará
con la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico según indicado por dicha agencia
en su carta del 12 de diciembre de 2005.
36. Aumento en tránsito a generarse en las etapas d e construcción y
operación
La construcción del desarrollo propuesto puede generar 200 viajes diarios durante el
periodo de 6:30 a.m. a 3:30 p.m. de lunes a viernes que son los días de máxima
actividad.
Los viajes generados corresponden a los empleados, camiones de acarreo, suplidores y
servicios. El mayor número de viajes ocurrirá en los períodos de 6:30 a 7:00 a.m. y 3:00
a 3:30 p.m. que corresponden respectivamente a las horas de entrada y salida de los
empleados.
Una vez desarrollada la totalidad del proyecto, en un periodo de 15 años, consistente de
un total de 1,600 unidades de vivienda, campo de golf y escuela, para un día de
semana típico se generarán por la actividad residencial 5,600 viajes en un periodo de 24
horas y aproximadamente 280 viajes para las actividades de la escuela y el campo de
golf para un total de 5,880 viajes. De estos durante la mañana, en el periodo de 7 a 9
a.m. se genera un flujo total de 2,058 viajes (35%) de los cuales 514 corresponde a la
entrada al proyecto y 1,543 saliendo del mismo.
Durante el periodo de la tarde, entre 4 y 6 p.m. se generará un total de 1,470 viajes
(25%) de los cuales 955 corresponden a viajes de entrada y 514 a los viajes de salida.
El impacto acumulativo que pudiera generar el proyecto propuesto es mínimo
65
considerando que la vía de acceso principal, Carretera PR-203, opera en la actualidad
en un nivel de servicio muy por debajo de su capacidad. La misma cuenta con una sola
intersección con controles de semáforos que aparenta operar en un nivel de servicio A.
El impacto del tránsito en dicha intersección es mínimo al considerar que la mayor parte
del mismo no realizará virajes a la izquierda ( hacia la Carretera PR-931) evitando
generar demoras por acumulación en el carril de viraje y que la Autoridad de Carreteras
se propone, utilizando las aportaciones impactos de los proyectos que se desarrollen
en el área, construir una intersección a desnivel en la misma.
37. Análisis de justicia ambiental
Justicia ambiental significa que toda persona debe de ser tratada con imparcialidad y
tener envolvimiento significativo en todas las decisiones según se establece en las
leyes, reglamentos y políticas públicas del gobierno. Debe existir un trato imparcial, y
que ningún renglón de la población, debido a la autoridad o poder económico o político
conferido, llevará la carga de los efectos negativos de los contaminantes a la salud y el
ambiente. (Orden ejecutiva del Presidente de los Estados Unidos Número 12898).
a. Distribución poblacional por grupos étnicos
Conforme al Censo del 2000, en Puerto Rico el 98.8% del total de la población es
considerada como hispánica, el .09 era blanca no hispánica y el restante 0.03
pertenecía a otros grupos étnicos.
La política de implantación de la Orden Ejecutiva sobre justicia ambiental para la Región
2 de la Agencia Federal de Protección Ambiental dispone que una población
homogénea como la de Puerto Rico, en donde la población entera es considerada como
“hispánica” es identificada en su totalidad como minoría. Por ende, el análisis por
grupos étnicos en Puerto Rico no procede.
b. Distribución poblacional por parámetros socioeconómicos
El proyecto propuesto va dirigido a un nivel socioeconómico medio a medio alto, en un
área que el desarrollo de proyectos de vivienda estuvo dirigido a unidades de costo
66
medio a medio bajo y la tendencia en los últimos años ha sido dirigida a viviendas de
costo media a medio alto por la demanda de este tipo de unidad al convertirse los
Municipios de esta región en el área de expansión urbana de la Zona Metropolitana.
La acción propuesta no altera recursos culturales, económicos, sociales o planes de
desarrollo programados que pueda afectar un grupo socioeconómico en particular.
La acción propuesta, por su razón social, no conlleva impactos al ambiente que puedan
afectar de forma discriminada o que requiera del desplazamiento de grupos de niveles
socioeconómicos distintos al que va dirigido el proyecto propuesto.
Los cambios físicos transitorios y permanentes que conlleva la actividad de desarrollo
tiene el mismo efecto en los grupos sociales y económicos asentados en la periferia de
los terrenos que en los futuros moradores del propio desarrollo.
Por el contrario, el desarrollo propuesto generará empleos directos e indirectos para los
integrantes de grupos socioeconómicos de niveles más bajos que están representados
en el sector y áreas adyacentes.
La preparación de este documento ambiental y el proceso establecido para la
evaluación del mismo constituye un acto de justicia ambiental, toda vez que se
garantiza el derecho a la participación y envolvimiento de los integrantes de los distintos
grupos socioeconómicos del sector en la evaluación de la acción propuesta.
67
B. DISCUSION DEL IMPACTO AMBIENTAL DE LA ACCION PRO PUESTA
Esta sección discute las características físicas más importantes del ambiente que
pudieran afectarse por el desarrollo del proyecto, o que pudieran ejercer una influencia
directa en el mismo, o vice-versa. Donde pertinente, se hace referencia a los posibles
impactos de la acción propuesta y a las medidas efectivas que se recomiendan para su
control, o para mantener estos a niveles aceptables.
1a. El bienestar y la salud humana
La acción propuesta no representa un perjuicio al bienestar o la salud humana toda vez
que la misma se limita a una actividad de construcción cuyos efectos al ambiente, si son
controlados o atendidos correctamente, son reversibles y limitados al tiempo que dure la
actividad de construcción.
El uso al que se dedicará el producto final de la acción propuesta es uno
predominantemente residencial, similar a las otras comunidades desarrolladas bajo el
concepto “Sabanera” donde se ha logrado un balance entre el Ser humano y la
naturaleza, muy compatible con los usos inmediatos en el sector. En la operación de la
actividad propuesta no se producen emisiones o ruidos contaminantes, ni se producen
desperdicios o descargas de contaminantes en el entorno físico del sector.
El desarrollo propuesto contempla el bienestar de sus ocupantes creando una
comunidad donde el ambiente natural del entorno residencial permite una excelente
calidad de vida para el Ser humano, compartida con los habitáculos que se desarrollan
tanto para la fauna existente en el lugar como para la que migra hacia estos.
1b. Usos del terreno
Los terrenos de la acción propuestas no están zonificados. La Junta de Planificación
tiene la facultad de establecer el uso adecuado de los terrenos en conjunto con el
Gobierno Municipal. Las actividades propuesta son de tipo residencial con una pequeña
representación de uso institucional (escuela) que son compatible con las características
del sector y una actividad recreativa de tipo comercial ( campo de golf) la cual será
68
operada y administrada por el Municipio de San Lorenzo.
El uso propuesto para el terreno está a tono con el Plan de Ordenamiento Territorial que
pretende establecer el Municipio de San Lorenzo. Mediante carta del 11 de octubre de
2006, el Municipio de San Lorenzo endosó el proyecto propuesto.
Los objetivos y Políticas Públicas del Plan de Usos de Terrenos de Puerto Rico
establece varias políticas que son de aplicación en la consideración de la acción
propuesta:
Política 1.01- Identificar por medio de los Planes de Usos de Terrenos en diferentes
escalas, Planes de Ordenación Territorial, Mapas de Expansión
Urbana y aplicación de instrumentos de implantación como
zonificación y nuevas competencias, hacia aquellos lugares donde es
deseable encauzar el crecimiento urbano.
Esta política distingue, además, las características que deben poseer los terrenos y las
características que impiden su utilización para usos urbanos. Entre las características
que inhabilitan un terreno para usos urbanos está: el que ubique dentro de recursos
naturales de importancia; que exista contaminación ambiental que impida el uso; que
sean escarpados; que estén sujetos a erosión, a deslizamientos o que tengan un alto
riesgo a desastres naturales.
Los terrenos del proyecto propuesto han sido considerados por el Municipio de San
Lorenzo para ser destinados a uso urbano. Por ser un proyecto de uso mixto no
necesariamente tiene que estar ubicado dentro del contexto de un mapa de expansión
urbana.
Los terrenos de la acción propuesta no ubican dentro de recursos naturales de
importancia; no presentan problema de contaminación ambiental que impida el uso
propuesto; no están sujetos a erosión ni a deslizamientos así como a alto riesgo a
desastres naturales y las áreas altas de topografía irregular o escarpadas serán
mantenidas en su estado natural.
69
Política 1.02 - Evitar y desalentar el desparramamiento urbano y el desarrollo de
núcleos aislados.
Por desparramamiento se entiende o refiere a la dispersión, dilución y especialización
de las áreas construidas. La dispersión se refiere a la construcción de grandes
proyectos de urbanizaciones residenciales alejadas de las áreas ya desarrolladas; por
dilución se refiere a la reducción en las densidades de esos proyectos residenciales; y
por especialización a la tendencia a desarrollar grandes poblados sin diversificación de
usos, sin instalaciones de servicios que luego se proveen en viviendas o en solares
remanentes.
El proyecto de la acción propuesta controla el desparramamiento urbano porque
planifica de antemano la provisión de infraestructura y dispone el emplazamiento
ordenado de un conjunto de actividades balanceando el uso de estos terrenos con los
usos existentes en el sector inmediato.
El proyecto, además, se integra a las áreas ya construidas o por construir en las
inmediaciones del mismo. No requerirá inversiones públicas porque proveerá la
infraestructura necesaria para servir tanto los usos propuestos como las necesarias
para el Municipio de San Lorenzo. Además, los terrenos han perdido su utilidad agrícola
por los desarrollos residenciales circundantes, por lo que representa una utilización
juiciosa de estos terrenos.
Política 3.00 - Mejorar el diseño de las comunidades, pueblos y ciudades y de sus
distintos componentes, centros urbanos tradicionales, comercios,
instituciones y residencias de manera que sea instrumento para
mejorar la calidad de vida de los habitantes y sean lugares atractivos
para residir, trabajar y para la conviviencia social.
El proyecto propuesto responde y cumple con esta política ya que en su diseño se
aplicarán las disposiciones de toda la reglamentación moderna sobre urbanismo (
Reglamento de Lotificaciones y Urbanizaciones, Reglamento de Siembra, Corte y
Forestación de Puerto Rico, Reglamento de Zonas Susceptibles a Inundaciones, entre
otros), evitando la improvisación y remiendos típicos de sectores urbanos o rurales
70
construidos de forma improvisada o espontánea.
El proyecto, al igual que los otros proyectos desarrollados bajo el concepto “Sabanera”,
también provee un desarrollo urbano en armonía con el ambiente, proponiendo la
conservación de áreas verdes naturales con vegetación de bosque secundario,
proveyendo extensas áreas verdes adicionales y creando habitáculos para la fauna del
área y otras migratorias. Promueve el desarrollo de vecindarios funcionales, eficientes,
agradables y seguros y fomenta la integración de actividades educativas, recreativas y
turísticas para beneficio del Municipio donde radica y los adyacentes.
Política 7.00 - Fomentar y mantener la agricultura como actividad principal en el uso
de los terrenos disponibles con potencial para ese uso, promoviendo
programas y medidas necesarias para hacer viable esa actividad.
Esta política fomenta mantener la agricultura en los terrenos con potencial para ese uso.
El potencial agrícola de un terreno es función tanto de sus características físicas (los
tipos de suelo y el microclima de la finca), como de su ubicación con relación a otros
usos.
En este documento ambiental se discute y demuestra que los tipos de suelo presentes
en los terrenos de la acción propuesta tiene limitaciones para el cultivo de productos
agrícolas como los son las limitaciones en el control de agua, la profundidad del
basamento rocoso, la propensión a deslizamiento de su capa superficial y la necesidad
de prácticas de manejo costosas o especializadas. Las características intrínsecas del
suelo de por sí limitan el potencial de cultivo. De hecho, en el pasado, los terrenos solo
se han utilizado para pastoreo de ganado, lo cual hoy día no es una actividad rentable.
Por lo tanto, el uso propuesto resulta ser uno juicioso que resulta cónsono con las
necesidades de vivienda del sector, ofrece oportunidades reales de empleos, aporta a
mejorar la infraestructura necesaria del municipio y representa una inyección económica
significativa para que el Gobierno Municipal pueda ofrecer mejores servicios a sus
ciudadanos.
71
1c. Calidad del aire y del agua
La calidad de aire en el sector puede considerarse buena. No puede descartarse, que
durante la etapa de construcción pueda ocurrir, temporeramente, algún deterioro por el
polvo fugitivo y las emisiones de escape del equipo pesado de movimiento de tierra y de
los camiones de acarreo de materiales de construcción. No obstante, esta actividad
será una intermitente, de corta duración y enteramente de naturaleza reversible un vez
concluida la etapa de construcción.
Como parte de un plan de mejores prácticas de manejo (MPM), se establecerá un
efectivo PLAN CES, para garantizar que no ocurran emisiones de polvo fugitivo dañinas
a la atmósfera, mediante la aspersión con agua, así como para el control de la posible
sedimentación y/o erosión asociadas con el movimiento de tierra. Además, el equipo
pesado a utilizarse deberá estar en condiciones óptimas de funcionamiento para ayudar
en el control de las emisiones de gases.
La calidad de los cuerpos de agua que colindan o discurren por los terrenos del
desarrollo propuesto no se verá afectada por la actividad de construcción toda vez que
se mantendrán amplias franjas de terreno en su estado natural a lo largo del cauce de
estos que ayudará a mantener la calidad del agua en adición a las medidas de control
de erosión y sedimentación que se implanten.
Finalmente, el uso propuesto para los terrenos no conlleva actividades que generen
emisiones contaminantes o produzca descarga de contaminantes a los cuerpos de
agua.
1d. Recursos Minerales
En el lugar no existen recursos minerales de valor económico que se pudieran afectar
por el desarrollo, de acuerdo a los catastros geológicos hechos por el Servicio
Geológico Federal. El ambiente geológico no es propicio a hallazgos de interés minero.
Por lo tanto, la acción propuesta no tiene impacto sobre este aspecto.
72
1e. Flora y Fauna
Conforme al estudio sobre este aspecto realizado por el ecólogo Carlos R. Ruiz Lebrón,
en los terrenos para el desarrollo propuesto no se detectaron especies amenazadas o
en peligro de extinción, por lo que la acción propuesta no tiene impacto significativo
sobre la flora y fauna del sector.
Como parte del estudio se realizó un inventario de la vegetación leñosa que forma
parte de la flora en el predio, la cual se localiza mayormente en los márgenes de los
cuerpos de agua y los sectores de mayor altura.
En adición a la preservación de la vegetación arbustiva antes mencionada, el desarrollo
propuesto contempla la siembra de especies nativas que debidamente localizados
contribuirán al aumento de la fauna, específicamente de especies de aves que al
presente no se encuentran en el sector por la falta de árboles y frutos que les atraiga
para anidaje o alimentación.
En este aspecto el impacto al ambiente generado por la actividad propuesta habrá de
ser positivo. Para el manejo de la flora y fauna existente a preservar, remover y
establecer, el proyecto contará con personal científico destacado permanentemente
durante el proceso de construcción y quienes posteriormente adiestraran y orientarán a
los empleados de mantenimiento de áreas verdes y recurso naturales que queden bajo
la titularidad de la Asociación de Residentes una vez se entregue las mismas a esta.
1f. Suelos
Los suelos del proyecto son adecuados para desarrollo. Estos suelos no presentan
características de susceptibilidad a deslizamientos. Aunque los mismos son de tipo
arcilloso, no son suelos expansivos y permiten fundar las edificaciones sobre zapatas
individuales a 2 pies de profundidad.
Los terrenos localizados en la porción de la finca que cuenta con topografía irregular
contiene suelos con alto riesgo de erosión. Durante el movimiento de tierra para la
nivelación de los terrenos se habrá de implantar un plan de control de erosión y
73
sedimentación. Una vez finalizado el movimiento de tierra en este sector se habrá de
estabilizar todos los taludes y las áreas que queden desprovistas de la capa vegetal
como medida permanente para el control de la erosión.
1g. Areas Inundables
Conforme al Panel 72000C1230H de los Mapas sobre Tasa del Seguro de Inundación
“FIRM”, con vigencia del 18 de noviembre de 2009 el predio está afectado por un área
inundable que comprende una franja de ancho variable a lo largo de la colindancia Sur
de los terrenos con el Río Grande de Loiza.
Dentro de dicha franja se define una Zona de clasificación AE con estudio detallado y en
menor proporción Zona X. En la Zona AE se ha determinado el cauce del mayor del río
el cual habrá de mantenerse en su estado natural.
Previamente cuando se sometió la DIA-P ante el Departamento de Recursos Naturales
para el año 2007, dicho Departamento solicitó que se realizara un estudio Hidrológico
Hidráulico para el predio dado a que el área de desarrollo estaba afectada por un área
inundable clasificada como Zona A sin niveles de inundación base y sin estudio
detallado según el mapa de inundación que estaba vigente para esa fecha el cual era el
de 19 de abril del 2005.
Debido a que la revisión de los mapas “FIRM” realizados por la Agencia Federal del
Manejo de Emergencia “FEMA” con efectividad en noviembre del 2009, en nuestra área
de desarrollo se realizó un estudio detallado donde se determinó los niveles bases de
inundación y el Cauce Mayor, no es requerido para nuestro proyecto realizar un estudio
Hidrológico Hidráulico.
Sin embargo, como parte de las obras pluviales a realizar en la propiedad se
contemplan la construcción de lagos para la retención y mitigación del aumento en el
caudal pluvial producto del desarrollo, garantizando de esta forma que las áreas
inundables más próximas no sufran cambio en los niveles base de inundación
existentes.
74
La cota de inundación más próxima a los terrenos varía entre 72 y 74. 5 metros con
referencia el nivel del mar. Las áreas de terreno a ser desarrollada estarán ubicadas
fuera del Cauce Mayor. En la Zona X y AE donde se permita relleno, este estará sobre
el nivel de inundación base (no menor 0.30 metros de acuerdo al Reglamento de
Planificación Núm. 13, Sección 7.03.
1h. Niveles de sonido
Los niveles de ruido que habrán de generarse durante la construcción son aquellos
producidos por el equipo o maquinaria de construcción, los cuales dada la distancia
existente a las áreas residenciales más próximas no habrán de tener impacto alguno.
La actividad residencial propuesta tampoco constituye una fuente de ruido que impacte
el ambiente negativamente.
1i. Valores Históricos/Arqueológicos
El Programa de Arqueología del Instituto de Cultura Puertorriqueña indicó en su
comunicación del 19 de enero de 2007 que el proponente deberá radicar en dicha
oficina una solicitud de servicios arqueológicos para efectos de endoso por parte de esa
institución.
Para los terrenos de la acción propuesta se preparó un Estudio Arqueológico Fase I-A
por el arqueólogo Juan González Colón. El mismo está incluido como Apéndice 4 de
este documento ambiental.
Dicho estudio en la sección “Sensitividad Arqueológica” indica entre otras cosas lo
siguiente:
“Entendemos que por las características topográficas del sector, los suelos y las
condiciones generales del medio ambiente, el área es de alta sensitividad
arqueológica.”
“Se debe entender que porque en un Barrio estén ubicados sitios con materiales
75
precolombinos, no todos los sectores y/o predios de terrenos del mismo son propensos
a tener remanentes culturales”
La síntesis de la fase 1-A señala :
1) En la literatura existente referentes a sitios arqueológicos que fue revisada, no hay
información sobre la existencia de sitios en/o los alrededores inmediatos de las
colindancias de los terrenos que serán intervenidos.
2) En los listados del consejo para la Protección del Patrimonio Arqueológico de Puerto
Rico no hay sitios registrados que estén ubicados en sectores inmediatos a las
colindancias.
3) La tradición oral es clara en cuanto a que no se conocen sitios de origen indígena,
no hay información sobre hallazgo de objetos de origen precolombinos en sectores
inmediatos al predio a desarrollarse.
4) Se hizo un rastreo/inspección de la superficie de los terrenos del predio. Se pudo
constatar la ausencia de recursos culturales precolombinos y/o históricos.
5) En el listado de propiedades de Puerto Rico incluidas en el Registro Nacional de
Lugares Históricos hay estructuras localizadas dentro de los límites de la
Municipalidad de san Lorenzo.
Conclusiones y Recomendaciones de la evaluación arqueológica
Conclusiones:
- En la investigación documental sobre los terrenos objeto de estudio, no se encontró
información sobre la existencia de recursos culturales.
- En la inspección/rastreo de los terrenos, se pudo constatar la no presencia de
remanentes precolombinos o históricos.
Recomendaciones:
- Se recomienda se proceda con un Estudio de Recursos Culturales Fase 1-B para
los terrenos en donde se desarrollará el proyecto propuesto.
Dicho estudio está siendo realizado al presente.
2. Descripción y evaluación de posibles agentes con taminantes
La acción propuesta, tanto en su etapa de construcción como de operación no conlleva
76
agentes contaminantes que puedan generarse, emitirse, vertirse o disponerse de modo
alguno al ambiente.
El la Sección A de este documento ambiental, se discute los aspectos de generación
de desperdicios y su modo de disposición. La acción propuesta no genera desperdicios
peligrosos ni emisión de gases que pudiesen contaminar el ambiente, por lo que este
aspecto no tiene impacto significativo al ambiente.
3. Acción propuesta vs. Planes de uso de terreno
El Municipio de San Lorenzo en su comunicación del 11 de octubre de 2006 endosa el
proyecto propuesto e indica que el mismo concuerda con los parámetros del Plan de
Ordenamiento Territorial para dicha Municipalidad.
La política pública de la Junta de Planificación promulgada en el documento “Objetivos y
Políticas Públicas del Plan de Usos de terrenos de Puerto Rico”, vigente del 1995,
establece para el desarrollo urbano la meta de proveer terrenos suficientes y adecuados
para acomodar el crecimiento poblacional a tono con la necesidad particular de cada
municipio. Se establece la deseabilidad de dirigir el desarrollo hacia áreas donde se
puede mejor operar y mantener, a un costo razonable, los sistemas de infraestructura
tales como el sistema de carreteras, energía eléctrica, acueducto y sistema sanitario.
El crecimiento urbano del Municipio de San Lorenzo se encuentra limitado en el Norte
por el Río Grande de Loíza y por el Sur, Este y Oeste por áreas escarpadas. Su única
opción de crecimiento urbano a corto plazo lo constituye el desplazamiento hacia el
Norte en los terrenos localizados al Norte del Río Grande de Loíza y a lo largo de la
Carretera PR-203 la cual constituye el acceso vial principal del Municipio.
El área donde se pretende la acción propuesta cuenta con una infraestructura de
carreteras excelente. Como parte del desarrollo se está proveyendo infraestructura de
agua y alcantarillado sanitario para atender el crecimiento urbano del Municipio.
Lo anterior armoniza con los objetivos y políticas públicas del Plan de Usos de Terreno
de Puerto y justifica la determinación del Municipio de San Lorenzo de incluir todo este
77
sector dentro del área para suelo urbano en su Plan de Ordenamiento Territorial.
Las políticas del Plan de Usos de Terrenos de Puerto Rico que aplican a la acción
propuesta se resumen a continuación:
Política 1.01- Identificar por medio de los Planes de Usos de Terrenos en diferentes
escalas, Planes de Ordenación Territorial, Mapas de Expansión
Urbana y aplicación de instrumentos de implantación como
zonificación y nuevas competencias, hacia aquellos lugares donde es
deseable encauzar el crecimiento urbano.
Esta política distingue, además, las características que deben poseer los terrenos y las
características que impiden su utilización para usos urbanos. Entre las características
que inhabilitan un terreno para usos urbanos está: el que ubique dentro de recursos
naturales de importancia; que exista contaminación ambiental que impida el uso; que
sean escarpados; que estén sujetos a erosión, a deslizamientos o que tengan un alto
riesgo a desastres naturales.
Los terrenos del proyecto propuesto han sido considerados por el Municipio de San
Lorenzo para ser destinados a uso urbano. Por ser un proyecto de uso mixto no
necesariamente tiene que estar ubicado dentro del contexto de un mapa de expansión
urbana.
Los terrenos de la acción propuesta no ubican dentro de recursos naturales de
importancia; no presentan problema de contaminación ambiental que impida el uso
propuesto; no están sujetos a erosión ni a deslizamientos así como a alto riesgo a
desastres naturales y las áreas altas de topografía irregular o escarpadas serán
mantenidas en su estado natural.
Política 1.02 - Evitar y desalentar el desparramamiento urbano y el desarrollo de
núcleos aislados.
Por desparramamiento se entiende o refiere a la dispersión, dilución y especialización
de las áreas construidas. La dispersión se refiere a la construcción de grandes
78
proyectos de urbanizaciones residenciales alejadas de las áreas ya desarrolladas; por
dilución se refiere a la reducción en las densidades de esos proyectos residenciales; y
por especialización a la tendencia a desarrollar grandes poblados sin diversificación de
usos, sin instalaciones de servicios que luego se proveen en viviendas o en solares
remanentes.
El proyecto de la acción propuesta controla el desparramamiento urbano porque
planifica de antemano la provisión de infraestructura y dispone el emplazamiento
ordenado de un conjunto de actividades balanceando el uso de estos terrenos con los
usos existentes en el sector inmediato.
El proyecto, además, se integra a las áreas ya construidas o por construir en las
inmediaciones del mismo. No requerirá inversiones públicas porque proveerá la
infraestructura necesaria para servir tanto los usos propuestos como las necesarias
para el Municipio de San Lorenzo. Además, los terrenos han perdido su utilidad agrícola
por los desarrollos residenciales circundantes, por lo que representa una utilización
juiciosa de estos terrenos.
Política 3.00 - Mejorar el diseño de las comunidades, pueblos y ciudades y de sus
distintos componentes, centros urbanos tradicionales, comercios,
instituciones y residencias de manera que sea instrumento para
mejorar la calidad de vida de los habitantes y sean lugares atractivos
para residir, trabajar y para la conviviencia social.
El proyecto propuesto responde y cumple con esta política ya que en su diseño se
aplicarán las disposiciones de toda la reglamentación moderna sobre urbanismo (
Reglamento de Lotificaciones y Urbanizaciones, Reglamento de siembra, Corte y
Forestación de Puerto Rico, Reglamento de Zonas Susceptibles a Inundaciones, entre
otros), evitando la improvisación y remiendos típicos de sectores urbanos o rurales
construidos de forma improvisada o espontanea.
El proyecto, al igual que los otros proyectos desarrollados bajo el concepto “Sabanera”,
también provee un desarrollo urbano en armonía con el ambiente, proponiendo la
conservación de áreas verdes naturales con vegetación de bosque secundario,
79
proveyendo extensas áreas verdes adicionales y creando habitáculos para la fauna del
área y otras migratorias. Promueve el desarrollo de vecindarios funcionales, eficientes,
agradables y seguros y fomenta la integración de actividades educativas, recreativas y
turísticas para beneficio del Municipio donde radica y los adyacentes.
Política 7.00 - Fomentar y mantener la agricultura como actividad principal en el uso
de los terrenos disponibles con potencial para ese uso, promoviendo
programas y medidas necesarias para hacer viable esa actividad.
Esta política fomenta mantener la agricultura en los terrenos con potencial para ese uso.
El potencial agrícola de un terreno es función tanto de sus características físicas (los
tipos de suelo y el microclima de la finca), como de su ubicación con relación a otros
usos.
En este documento ambiental se discute y demuestra que los tipos de suelo presentes
en los terrenos de la acción propuesta tiene limitaciones para el cultivo de productos
agrícolas como los son las limitaciones en el control de agua, la profundidad del
basamento rocoso, la propensión a deslizamiento de su capa superficial y la necesidad
de práctica de manejo costosas o especializadas. Las características intrínsecas del
suelo de por sí limitan el potencial de cultivo. De hecho, en el pasado, los terrenos solo
se han utilizado para pastoreo de ganado, loc cual hoy día esta no es una actividad
rentable.
Por lo tanto, el uso propuesto resulta ser uno juicioso que resulta cónsono con las
necesidades de vivienda del sector, ofrece oportunidades reales de empleos, aporta a
mejorar la infraestructura necesaria del municipio y representa una inyección económica
significativa para que el Gobierno Municipal pueda ofrecer mejores servicios a sus
ciudadanos.
4. Cambio en uso de terrenos
Los terrenos para la acción propuesta ubican fuera del área zonificada del Municipio de
San Lorenzo. Los mismos fueron utilizados para uso de ganadería, cesando el mismo
por la poco productividad económica.
80
El cambio en uso propuesto no altera significativamente la disponibilidad de suelos para
usos agrícolas en el área ya que la cabida de estos terrenos, 778.0052 cuerdas
representa solamente una ínfima parte de los terrenos agrícolas de la región.
Por el contrario, siendo terrenos contiguos al área urbana del pueblo , el cambio en uso
propuesto provee para la continuación del suelo desarrollable sin sacrificar otros de
mayor productividad agrícola.
El uso propuesto, contrario a la actividad de ganadería, producirá ingresos significativos
al Municipio y a las actividades comerciales de todo tipo en el área, así como proveerá
cientos de empleos directos e indirectos para beneficio de residentes de la región.
5. Probables impactos ambientales
Los posibles efectos adversos que la implantación de la acción propuesta tendrá sobre
el ambiente se han discutido y analizado en detalle, a lo largo de esta Declaración de
Impacto Ambiental Preliminar. También se han discutido aquellas medidas que se
recomiendan para minimizar cualquier impacto al mínimo tolerable. A continuación en
forma resumida, los impactos ambientales principales.
5.a - Remoción y Sustitución de la Vegetación Natural
El efecto adverso de alguna importancia que se puede señalar es la eliminación de la
vegetación existente dentro del predio a desarrollarse. Este efecto es de carácter
temporero ya que la acción propuesta conlleva un programa agresivo de siembra. La
flora a ser removida en su mayoría consiste de arbustos y gramíneas que invadieron los
terrenos cuando cesó el uso agrícola. No obstante, toda la vegetación existente a lo
largo de los cuerpos de agua y de las áreas de mayor elevación de los terrenos donde
abunda la vegetación leñosa se preservará.
En adición se sembrarán especies nativas adaptables al lugar como parte del
tratamiento paisajista y ecológico-ambiental del proyecto. Además, según se demostró
por el análisis ecológico del lugar, no existen especies únicas o especiales que se
81
puedan afectar por el desarrollo del proyecto.
5.b - Incremento Poblacional y Demanda de Servicios
Como resultado del proyecto se registrará un incremento en la densidad poblacional del
sector, con los consecuentes aumentos del tránsito vehicular, en la generación de
desperdicios sólidos, en la demanda de servicios de energía eléctrica, de agua,
alcantarillado sanitario y de facilidades de salud, etc. Estos efectos son de carácter
permanente. No obstante, no se anticipan problemas mayores en poder brindar los
servicios que requiere el proyecto, mediante la coordinación efectiva con las agencias
concernidas y la aportación de los desarrolladores para realizar las mejoras necesarias
a los sistemas existentes para cubrir el aumento en la demanda generada por el
proyecto y como contribución a mejoras del sector en general.
5.c - Movimiento de Tierra
Durante la etapa de construcción del proyecto, y en especial durante la etapa del
movimiento de tierra, es posible que ocurra, de no tomarse las medidas pertinentes,
algún deterioro en la calidad del aire del sector, por el polvo fugitivo y las emisiones de
escape del equipo pesado de movimiento de tierra y de los camiones de acarreo de
materiales de construcción. Además, es de esperar, que se registre un aumento en el
nivel de ruidos y alguna posible erosión y arrastre de sedimentos.
Para garantizar que no ocurrirán emisiones dañinas a la atmósfera de polvo fugitivo, se
establecerá un efectivo PLAN CES, mediante la aspersión con agua, así como para el
control de la posible sedimentación y/o erosión asociadas con el movimiento de tierra.
Mientras que el equipo a utilizarse deberá estar en condiciones óptimas de
funcionamiento para ayudar con el problema de las emisiones de gases.
5.d - Ruido
Como se indica en la Sección A de este documento, , durante la etapa de construcción
se registrará un aumento en el nivel de ruido en el área debido a la operación de
equipo pesado de construcción y al tránsito de camiones para el acarreo de los
82
materiales de construcción, el trajín de los obreros y de la disposición de desperdicios,
etc. Este aumento en el nivel de ruido ocurrirá básicamente durante la operación de
movimiento de tierra, la cual es sólo una de las muchas etapas por las que tiene que
pasar un proyecto de construcción en su proceso de desarrollo. No obstante, como la
actividad de movimiento de tierra y de construcción está retirada de las áreas habitadas,
el posible impacto del ruido en el medio ambiente se reducirá sustancialmente. Hay que
tener en cuenta que el impacto del ruido se mide en decibeles estándares (dBA) a
distancia de registro de 50 pies, y que cuando se duplica la distancia, el nivel de ruido
que es sensible disminuye por 6 dBA. Por ejemplo, un nivel de ruido de 100 dBA a 50
pies se convierten en 94 dBA a 100 pies, 88 dBA a 200 pies, 82 dBA a 400 pies, etc.
Todo el equipo pesado que se use en el proyecto contará con la tecnología necesaria
para controlar eficazmente las emisiones a la atmósfera y los niveles de ruido.
5.e - Medidas de mitigación
General
Básicamente el proyecto propuesto no presenta problemas insalvables desde el punto
de vista ambiental. No obstante se reconoce que ciertas actividades durante la etapa
de construcción y en menor grado durante su etapa de operación, aunque estas sean
por una corta extensión de tiempo, pudieran afectar el ambiente. Para mantener a un
mínimo aceptable y dentro de un marco de integridad ambiental cualquier impacto
negativo se ofrecen las siguiente medidas de mitigación, además de y/o conjuntamente
con aquellas otras medidas de protección al ambiente mencionadas a lo largo de este
documento ambiental.
En la Etapa de Construcción
A continuación las principales actividades durante la etapa de construcción con
potencial de generar algún problema y las medidas de mitigación y de control que se
implantarán.
1. El suelo expuesto se asperjará periódicamente con agua y según necesario,
para controlar el polvo fugitivo.
83
2. Los equipos de construcción se equiparán con silenciadores adecuados; se
le dará mantenimiento periódico a los mismos para conservarlos en buenas
condiciones.
3. El impacto sobre los cuerpos de aguas y sistema de escorrentía natural del
lugar se reducirá mediante prácticas de control de erosión y sedimentación,
que entre otras cosas conlleva la construcción de siete lagos para retención
y sedimentación que se mantendrán finalizado el proyecto como parte del
sistema pluvial para controlar la calidad de las aguas provenientes del
sistema pluvial interno de las áreas de desarrollo.
4. Se utilizará letrinas portátiles por parte del personal durante el período de
construcción.
5. Se observará un estricto control en el uso de combustible y aceites para
evitar derrames.
6. Los desperdicios sólidos no se depositarán en propiedades privadas vecinas,
carreteras principales, calles, aceras o cualquier otro terreno público o
privado. Los mismos se depositarán en recipientes industriales y serán
recolectados para transportar por contratistas privados debidamente
autorizados para este tipo de actividad.
7. Se tomará las medidas necesarias para que cada vehículo que se mueva a
través del proyecto durante la fase de construcción no disperse lodo, polvo y
otros desperdicios sólidos a través de éste.
8. Todo material o desperdicio sólido se transportará desde y hacia el proyecto
con cuidado, de manera que se evite el que se disperse a lo largo de los
caminos, calles y propiedades adyacentes.
9. Se manejará adecuadamente cualquier residuo de hormigón que quede en
los camiones después de éstos prestar sus servicios. No se depositará el
remanente en ningún solar público o privado que no sea el apropiado para
verter dichos residuos.
10. Los desperdicios sólidos se recogerán por el contratista por lo menos una
vez por semana o con la frecuencia necesaria (estimada en términos de
posibles riesgos a la salud pública, seguridad o calidad visual del área) para
este tipo de construcción.
11. En caso de descubrirse objetos de naturaleza histórica o valor arqueológico
el contratista detendrá los trabajos de construcción en el área específica
84
hasta tanto se lleve a cabo la labor indicada para el caso por el Instituto de
Cultura Puertorriqueña.
12. Antes de dar inicio a la construcción, el contratista tramitará y obtendrá de la
Junta de Calidad Ambiental los correspondientes permisos para la Operación
de una Fuente de Emisión de Polvo (Permiso PFE) y de Generación de
Desperdicios Sólidos (Permiso DS-3).
13. Se someterá a la Junta de Calidad Ambiental un Plan para el Control de la
Erosión y la Sedimentación (PLAN CES).
14. Los materiales provenientes de trampas de sedimentación no se apilarán ni
se dispondrá de ellos en forma alguna que los haga susceptibles de ser
llevados por la escorrentía hasta algún cuerpo de agua.
15. Se implantará medidas de protección y drenaje de suelo, particularmente los
canales de intercepción y controles similares los cuales desviarán la
escorrentía de manera que no se afecte el área de trabajo o suelo expuesto.
16. Se minimizará el tamaño de las zonas de tierra expuesta y la duración de su
exposición a los factores erosivos. Esto se hará mediante el establecimiento
de un itinerario apropiado basado en un programa previamente acordado con
el contratista y en las condiciones climatológicas prevalecientes.
17. Obstrucciones temporeras tales como madera sobrante, tablestacados, y
diques se removerán inmediatamente que haya terminado su uso.
18. Se minimizará las emisiones de contaminantes atmosféricos y generación de
ruido del equipo de construcción que se utilice en el proyecto mediante una
supervisión rigurosa del plan de conservación y reparación acordado con el
contratista, con el fin de verificar que el equipo cumple con los requisitos de
funcionamiento adecuado.
19. Hasta donde sea posible, se requerirá equipo moderno provisto de
mecanismos especiales para el control de emisiones.
20. Las medidas temporeras de erosión y sedimentación se completarán luego
con aquellas otras de carácter permanente que aseguren un control efectivo,
continuo y económico a través de todas las etapas de la fase de
construcción.
En la Etapa de Operación
85
La planificación correcta, buen diseño y construcción, con sus áreas verdes y árboles de
sombra, son las mejores garantías que en la etapa de operación se atenderá
adecuadamente cualquier aspecto que pudiera ser nocivo al ambiente.
5.f - Resumen de impactos ambientales
Por su localización, características del sector y disponibilidad de infraestructura, el
desarrollo propuesto no presenta un impacto significativo al ambiente ya que los
inconvenientes que se puedan causar son de carácter temporero y totalmente
reversibles en su naturaleza.
Este desarrollo se limita a obras dentro del predio, limitando obras extramuros a los
puntos de conexión en los límites de la finca.
El sector presenta condiciones muy favorables en cuanto al uso y capacidad de la
infraestructura existente en el área, la cual permite y tiene capacidad para asimilar el
aumento en la demanda generado por el desarrollo una vez realizado. Las mejoras a la
infraestructura mitigarán los efectos acumulativos del proyecto.
La alternativa propuesta, por la localización de la finca y sus características físicas,
representa un uso adecuado de los terrenos y provee empleos directos e indirectos
tanto en su etapa de construcción como permanentes en su operación.
6. Compromiso de recursos
La acción propuesta no compromete ningún recurso que interfiera con usos potenciales
para generaciones futuras. Los terrenos carecen de recursos minerales, arqueológicos,
históricos y valor agrícola que pudiese ser aprovechado por generaciones futuras, por
lo que la acción propuesta en el presente no tiene impacto en este aspecto.
El proyecto cumple con las guías aplicables al tipo de actividad propuesta. Por otro
lado, los usos potenciales del predio desde el punto de vista agrícola u otro uso son
muy limitados, o inexistentes, según analizado en el presente escrito, por lo que se
considera que su mejor uso y productividad a corto plazo es el desarrollo de viviendas
86
según propuesto. Se cumple así este cometido, con los mayores beneficios a un sector
de la población con el mínimo de costos ambientales y sociales.
Precisamente, dentro de este contexto es que consideramos que el tipo de acción aquí
propuesta y las decisiones que dicha acción conlleva, son medidas que representan la
utilización más efectiva que el hombre pueda hacer de su medio ambiente en el corto
plazo y que están encaminadas a lograr una mejor y mayor productividad en el largo
plazo, así como, a la misma vez, conservar los elementos esenciales de su medio
ambiente mediante la planificación adecuada del mismo.
Es por tanto razonable el indicar, que la actividad según propuesta, representa el mejor
uso a corto y largo plazo para estos terrenos, toda vez que el mismo rendirá mayores
beneficios para el hombre y su medio ambiente.
7. Compromisos irreversibles e irrevocables de los recursos envueltos en la
acción propuesta de ser implantada
La ejecución de la acción propuesta establecerá ciertos compromisos irrevocables, pero
mínimos, de los recursos existentes. La mayoría de éstos se han analizado en detalle a
través de este documento de Declaración de Impacto Ambiental Preliminar y se
presentan aquí en forma resumida.
a. Durante la construcción
Alteraciones a la
topografía - permanente
La alteración de la topografía ocurre solamente en la
porción de los terrenos a desarrollar, manteniendo los
rasgos físicos de las áreas propuestas para
conservación.
Eliminación de flora - temporero
87
La eliminación de la flora ocurre mayormente en las
áreas dinde la vegetación es predominantemente
invasora, contando básicamente de gramíneas y
arbustos. La flora relacionada a bosques secundarios
se concentra en las áreas altas a preservar.
Migración de la fauna - temporero
La fauna que puede emigrar es aquella que habita
mayormente en las áreas cubiertas por gramíneas y
arbustos. Esta migración ocurrirá hacia las áreas
verdes localizadas dentro de los mismos terrenos a
desarrollar.
Alguna erosión interna - temporero
La erosión que pueda ocurrir como parte del
movimiento de tierra no alcanzará ningún cuerpo de
agua toda vez que el movimiento de tierra se realizará
en áreas interiores de la finca que quedan separadas
del río y la quebrada por amplias franjas verdes de
terreno a permanecer en su estado natural.
Aumento en ruidos - temporero
El aumento en ruidos producto de la actividad de
construcción no será sensitivo a los sectores
desarrollados en la periferia de los terrenos, tanto por
la distancia como por el efecto de la topografía y la
vegetación a preservar.
Aumento en polvo fugitivo - temporero
El aumento en polvo fugitivo será controlado mediante
88
asperjación y controles de sedimento en las salidas de
los equipos de construcción.
La única pérdida permanente de recursos que ocurre como producto de la acción
propuesta es en el aspecto de la flora y fauna existente. En esta Declaración de Impacto
Ambiental Preliminar se ha discutido y establecido el compromiso de conservar 78
cuerdas de las áreas verdes con vegetación leñosa existentes, minimizando de esta
forma el impacto que se pueda ejercer en la perdida de la fauna asociada a la misma.
Además con el plan de siembra y conservación se mejorará la calidad del habitáculo
para la fauna existente en el lugar y promoverá la migración de especies adicionales
hacia el lugar.
b. Completado el proyecto (todas permanentes)
El análisis de los impactos que se discuten adelante está basado en la experiencia
obtenida en los tres proyectos realizados hasta el presente bajo el concepto “Sabanera”
los cuales han demostrado ser unos de poco o ningún impacto ambiental, resultando en
impactos positivos tanto para el ambiente como para los residentes del área y los
propios Municipios en los cuales se han desarrollado los proyectos.
- Aumento en el volumen de desperdicios sólidos - Impacto mínimo
El impacto en el aumento de desperdicios sólidos es una gradual que ocurrirá donde
quiera que se desarrolle la actividad propuesta. La demanda de vivienda que suplirá
el desarrollo ocurrirá en este o cualquier otro lugar como consecuencia del aumento
poblacional.
- Aumento en la escorrentía - Impacto mínimo o ningún impacto
El desarrollo propuesto no aumentará la cantidad de escorrentía pluvial hacia los
cuerpos de agua en el predio o colindante a este toda vez que se proveerá lagos
para la retención del aumento en escorrentía generado por la impermeabilización de
parte del predio.
89
- Aumento en el población del área - Impacto positivo
El aumento en la población del Municipio es un impacto positivo en todos los
aspectos económicos y social. El aumento en población genera una demanda mayor
en el aspecto de consumo de bienes y servicios, teniendo como resultado un
aumento en la actividad comercial del área.
El aumento en el número de unidades de vivienda tiene el impacto positivo de
aumentar los ingresos municipales por concepto de arbitrios, patentes y
contribuciones sobre la propiedad, permitiendo al municipio ofrecer mejores
servicios a la población.
- Aumento en el tránsito vehicular - Impacto mínimo
El impacto por el aumento en tránsito es uno gradual que se mitiga con las mejoras
requeridas en la intersección de la Carretera PR-203 con la Carretera PR-931.
La vía de acceso al proyecto es la Carretera PR-203 la cual tiene las características
y capacidad de una vía expreso.
- Aumento en la demanda por servicios públicos
- Educación - Impacto positivo
En este aspecto el proyecto representa un impacto positivo. Se propone como parte
del desarrollo la construcción de una escuela con enseñanza de primer orden que
producirá un estudiantado con capacidad para competir globalmente.
- Alcantarillado Sanitario - Impacto positivo
El proyecto no tendrá impacto sobre la infraestructura sanitaria existente. Por el
contrario el desarrollo aportará a mejorar la misma mediante la construcción de la
segunda fase de la Troncal San Lorenzo que habrá de sustituir el sistema existente.
90
- Sistema de Acueducto - Impacto positivo
Al igual que en el sistema de alcantarillado sanitario, el sistema de acueducto del
sector no será impactado por la demanda generada por la acción propuesta. El
impacto del desarrollo será uno positivo toda vez que como parte del mismo se
habrá de mejorar las condiciones de la planta de filtración existente y se proveerá un
nuevo recurso de abasto con la construcción de una nueva línea de 16 pulgadas de
diámetro que se instalará desde las facilidades existente en la Carretera PR-30
hasta la entrada del pueblo de San Lorenzo, discurriendo por la Carretera PR-203.
Flora y Fauna - Impacto positivo
El impacto permanente sobre la flora y fauna en los terrenos del desarrollo será uno
positivo toda vez que se sustituirá la flora existente que no constituye habitáculo
principalmente para aves, por una flora mayormente de especies nativas para
fomentar habitáculos que permitan la migración de aves hacia las áreas verdes y de
conservación de la propiedad.
Factores Socioeconómicos - Impacto positivo
El proyecto propuesto es uno de carácter mixto consistente de la actividad
residencial, educativa, turística y recreativa que fomentará empleos directos e
indirectos con un impacto directo en la economía del Municipio. Se proveerá
facilidades educativas de excelencia que mejorará las oportunidades de los
estudiantes de los pueblos aledaños para proseguir estudios universitarios en
instituciones que demandan una base educativa sólida. Igualmente se proveerá, en
combinación con el Municipio de San Lorenzo, áreas de recreación pasiva públicas
integradas a los proyectos planificados por el Municipio.
En este documento se presenta un análisis detallado de los aspectos o impactos antes
mencionados, así como las medidas para mitigar o reducir a un mínimo aceptable
cualquier impacto adverso temporero. El impacto acumulativo, si alguno, que pudiera
generar el proyecto se discute en los apartados correspondientes a infraestructura.
91
Se discuten también los efectos positivos y beneficiosos del proyecto tales como la
inyección a la economía local en un corto período de tiempo de aproximadamente $322
millones, la creación de empleos, el uso productivo de terrenos ahora baldíos por la
cesión del uso agrícola al cual se dedicaban los mismos, etc.
Se debe aclarar que las presiones de la demanda de facilidades como las que se
proponen, exigirán ineludiblemente el compromiso irrevocable de estos recursos, sea en
este lugar o en otro, con similares propiedades. La capacidad de elección está muy
limitada, y existe la capacidad de elección sólo en el lugar y en la forma o diseño en que
se permita ese compromiso.
8. Aspectos o valores ecológicos, históricos, cultu rales, arqueológicos y
fisiográficos que pudieran afectarse.
A lo largo de este documento ambiental se ha presentado, tanto en el contenido
narrativo como en los documentos de referencia o soporte técnico, la evidencia de que
los valores ecológicos existentes, la flora y fauna y cuerpos de agua no estarán sujetos
a un impacto significativo dado las medidas de conservación y protección que se habrán
de implantar.
Tampoco existen valores históricos, culturales y/o , arqueológicos que puedan ser
impactados por la acción propuesta.
9. Planes de desarrollo que pudieran ser afectados por la acción propuesta
Los terrenos seleccionados para la acción propuesta no forma parte de planes
establecidos por agencias de gobierno para ser utilizados para obras de interés social,
infraestructura, agricultura u otros fines de interés público. Estos están siendo
identificados en el Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio de San Lorenzo como
suelo urbano.
92
10. Factores socioeconómicos de importancia relaci onados con la ejecución o la
no ejecución de la acción propuesta, incluyendo emp leos permanentes o
temporeros a generarse durante la etapa de construc ción y operación.
La acción propuesta tiene un impacto socioeconómico muy positivo dentro del sector
económico de la industria de la construcción. El desarrollo de viviendas tiene un impacto
económico que se representa tanto en la industria privada como en los municipios
donde se ejecuta la acción. En adición, la acción propuesta mejorará la productividad de
los ciudadanos de la zona debido a la oferta educativa que ofrecerá el proyecto, al igual
que en el proyecto Sabanera Dorado con el establecimiento de la Escuela Tasis.
Se estima que el proyecto requerirá una inversión no menor de $267 millones y
generará aproximadamente 875 empleos directos e indirectos de carácter transitorio por
varios años con un impacto en salarios de 0.87 millones de dolares mensualmente.
Además, una vez construido, el campo de golf, la escuela, la administración y
mantenimiento del complejo residencial y sus residentes generarán aproximadamente
525 empleos permanentes, directos e indirectos, a tiempo completo y parcial, entre
servicios domésticos, de jardinería y mantenimiento, seguridad y administración.
El proyecto tiene un costo estimado total de 322 millones de dolares, correspondiendo
directamente a la fase de construcción 257 millones, de los cuales un cuarenta (40)
porciento corresponde al costo de mano de obra. Esto representa una inyección de 102
millones de dolares en salarios. La cantidad restante corresponde a costo de materiales
y servicios, lo que representa otra inyección de salarios en empleos indirectos.
Los ingresos municipales por concepto de arbitrios de construcción y patentes pueden
alcanzar una cifra aproximada de $9,500,000.00 directamente del desarrollador, sin
contar las patentes de volumen de negocio que tienen que pagar los suplidores locales
de materiales. En términos de ingresos por concepto de contribuciones sobre la
propiedad, el ingreso anual una vez desarrollada la totalidad del proyecto puede
representar una cantidad de aproximadamente 3.5 millones de dolares.
La no ejecución de la acción propuesta conlleva un impacto negativo en el aspecto
socioeconómico por la pérdida de los empleos y de ingresos municipales que genera la
93
acción de ser realizada.
11. Necesidades de energía y medidas propuestas par a mitigar y reducir el
consumo energético.
Las necesidades de energía del proyecto son las típicas demanda en actividades de
construcción y las requeridas para unidades de vivienda. Durante el proceso de
construcción la demanda por combustible se relaciona directamente a la operación de la
maquinaria y algunos equipos, los cuales se mantienen en condiciones óptimas para
que su operación no requiera un consumo excesivo de combustible.
Las unidades de vivienda se diseñan contemplando que las paredes y techos de las
mismas provean valores de transferencia térmica dentro de los parámetros establecidos
por el Código de Conservación de Energía de forma tal que el uso de acondicionadores
de aire sea eficiente.
94
C. ACCION PROPUESTA Y ALTERNATIVAS CONSIDERADAS
1. Alternativas consideradas
En esta sección se discute las alternativas de desarrollo que pueden ser consideradas
razonablemente por el dueño de los terrenos. Se ha dado consideración a la no acción,
al desarrollo contemplado originalmente, mantener el uso agrícola y al desarrollo
residencial mixto endosado por el Municipio de San Lorenzo como parte de un plan de
desarrollo del área.
La comparación de las dos alternativas de desarrollo se basó en el requerimiento y
demanda de infraestructura el cual es uno de los pocos parámetros que en esta etapa
de planificación es definible.
Las alternativas consideradas se describen conforme a lo siguiente:
a - La alternativa de no construir o ubicación alterna
Esta alternativa se discute en el Inciso 2 de esta sección.
b - Desarrollo Mixto de 2,100 unidades residenciales
Para estos terrenos se consideró y sometió ante la Junta de Planificación una consulta
de ubicación para un desarrollo extenso mixto consistente de 1250 unidades de
vivienda unifamiliar y 850 unidades multifamiliares, un predio para escuela, centro
comunal con facilidades recreativas y usos accesorios.
La demanda de infraestructura para esta acción se desglosa de acuerdo a lo siguiente:
Abasto y consumo de agua potable - 840,000 gal/día; Volumen estimado de aguas
usadas - 630,000 gal/día: Demanda de energía eléctrica - 26,000 Kva; Generación de
desperdicios sólidos - 16.8 tons/día; generación de tránsito -7,350 viajes/día.
En esta alternativa el impacto en la infraestructura es considerablemente mayor que en
la alternativa seleccionada.
95
Esta alternativa no fue endosada por el Municipio de San Lorenzo y fue modificada a la
alternativa seleccionada luego de un proceso de evaluación realizado en conjunto con el
Gobierno Municipal.
c - Mantener el uso actual de los terrenos
Los terrenos se dedicaron para uso de ganadería. Esta actividad no es rentable dado el
alto costo de los terrenos, 16 millones de dólares, de adquisición de comida para el
ganado ya que la finca no produce el pasto adecuado y necesario. El costo de
reestructurar la siembra de pastos no es viable.
En este documento ambiental se discute y demuestra que los tipos de suelo presentes
en los terrenos de la acción propuesta tiene limitaciones para el cultivo de productos
agrícolas como los son las limitaciones en el control de agua, la profundidad del
basamento rocoso, la propensión a deslizamiento de su capa superficial y la necesidad
de práctica de manejo costosas o especializadas. Las características intrínsecas del
suelo de por sí limitan el potencial de cultivo, por lo cual el uso agrícola de cultivo no es
viable.
Además, en términos socioeconómicos la actividad agrícola impacta negativamente las
necesidades de la región en la creación de fuentes de empleo. La generación de
empleos en este renglón es muy limitada.
El Municipio se vería privado de recibir ingresos por concepto de arbitrios y patentes,
lo que limita los recursos de este para ofrecer servicios de salud, mejoras públicas y
empleos.
Los terrenos están localizados contiguos al área urbana del Municipio lo que implica que
estos constituyen el lugar inmediato para suplir las necesidades y requerimiento de
expansión para proveer vivienda.
d - Desarrollo residencial según propuesto ( Alternativa seleccionada)
En el proyecto propuesto los recursos naturales y ambientales forman parte integral del
96
mismo. El proyecto que se está proponiendo se adhiere estrictamente a esta norma. El
mismo es un desarrollo de densidad media, donde se integran de manera sostenida, los
valores ambientales y naturales existentes en el lugar. No solamente se protegen los
recursos ambientales y naturales existentes, sino que se añaden también otros
adaptables al lugar, para mejorar sustancialmente la calidad de vida y el entorno.
Los estudios realizados para producir esta Declaración de Impacto Ambiental Preliminar
arrojan las siguientes conclusiones:
* La flora y fauna que pudiera impactarse que existe en el área a desarrollarse
no es única, escasa, especial, o endémica en peligro de extinción. Su
eliminación, si ocurriera, no representa daño alguno a sistemas ecológicos
de importancia en el sector. El plan de conservación y desarrollo mejora
significativamente el hábitat para la fauna del sector. ( Ver el Apéndice 2,
Estudio de Flora y Fauna y Plan de Conservación)
* Los terrenos ya no tienen potencial agrícola económicamente viable, ni
forman parte de algún sistema natural de importancia ecológica . En adición
el proyecto armoniza con el Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio
de San Lorenzo.
* Se ofrecen como parte del concepto de desarrollo total del proyecto, unas
soluciones prácticas y reales para atender la protección y conservación de
los valores ecológicos y recursos naturales del sector. La integridad
ambiental de este se garantiza mediante el establecimiento de zonas y
mecanismos de protección, según se describen y analizan en el presente
documento.
* A corto plazo, la construcción generará empleos diestros y no-diestros, cuya
fuente principal sería el Municipio de San Lorenzo así como los otros
municipios aledaños. Esta creación de nuevas fuentes de trabajo en el
sector, aunque estas sean de carácter temporero por un periodo de 15 años,
representa una inyección económica, saludable, de repercusiones
multiplicadoras de enorme beneficio localmente. Se estima que el proyecto
requerirá una inversión no menor de $262 millones y generará
97
aproximadamente 875 empleos por año directos e indirectos de carácter
transitorio con un impacto en nómina de construcción de 0.87 millones de
dolares mensualmente. Además, una vez construido, el campo de golf, la
escuela, la administración y mantenimiento del complejo residencial y sus
residentes generarán aproximadamente 525 empleos permanentes, directos
e indirectos, a tiempo completo y parcial, entre servicios domésticos, de
jardinería y mantenimiento, seguridad y administración.
A base de las conclusiones anteriores, se considera que el desarrollo tal y como se ha
descrito en la presente Declaración de Impacto Ambiental Preliminar, constituye la
mejor alternativa para el uso de estos terrenos.
2. La alternativa de no construir o ubicación alte rna
La alternativa de no llevar a cabo la acción propuesta no se justifica si se considera que
los terrenos para ubicar la misma puede contar con toda la infraestructura necesaria sin
ocasionar un impacto acumulativo que afecte el sector inmediato. En adición los
terrenos están localizados contiguos al centro urbano del Municipio de San Lorenzo y
hacia el extremo Este del mismo, el cual constituye la única alternativa para la
expansión urbana y no están incluidos dentro de alguna zonificación que lo clasifique
como reserva agrícola, de bosque o de conservación de recursos.
Por el contrario, el Plan de Usos de Terrenos propone la densificación selectiva de
aquellos terrenos que cuenten con la infraestructura adecuada con el propósito de
densificar las áreas desarrolladas para hacer mejor uso de la infraestructura existente y
controlar el desparramamiento hacia las áreas menos desarrolladas que no cuentan con
infraestructura adecuada.
La alternativa de no llevar a cabo la acción propuesta solamente se justificaría si fuera
de toda duda razonable la misma provocaría un impacto ambiental significativo con
daños irrevocables e irreparables al ambiente, o si los terrenos fueran una reserva
natural o los mismos presentaran características para clasificar los mismos como un
Distrito de Conservación, lo cual no es el caso de estos terrenos según se demuestra
en este documento ambiental.
98
Contando el predio con la infraestructura adecuada y existiendo una reglamentación
que permite la consideración de un desarrollo extenso en el mismo a tenor con los
planes de uso de terreno, imponer sobre los mismos la alternativa de no llevar acabo la
acción propuesta constituiría una restricción irrazonable al uso y disfrute de la propiedad
lo cual contraviene las garantías contenidas en la Constitución del Estado Libre
Asociado de Puerto Rico.
La alternativa de no llevar a cabo la acción propuesta no se seleccionó , ya que para el
dueño de los terrenos no existe alternativa de una ubicación alterna, así como mantener
los mismos vacantes sujeto al pago de contribuciones sobre la propiedad sin generar
beneficio alguno de la misma.
Según se demuestra a través de este documento, el desarrollo propuesto cuenta con la
infraestructura necesaria, no tiene un impacto ambiental significativo irreversibles o que
no puedan ser mitigados, ni compromete recursos para futuras generaciones.
No llevar a cabo acción alguna en estos terrenos se estaría limitando, sin justificación
alguna, el desarrollo y construcción de vivienda adecuada, ocasionando la pérdida en la
creación de empleos con una nómina aproximada de 102 millones de dólares, la
inyección de capital en las actividades económicas relacionadas a la industria de la
construcción, así como ingresos municipales por conceptos de arbitrios de construcción
y patentes estimados en 9.5 millones de dólares e ingresos por concepto de
contribución de la propiedad estimados en 3.5 millones de dolares anuales, los cuales
sirven para mejorar los servicios de salud, seguridad y otros a la ciudadanía del
Municipio de San Lorenzo.
A base de lo anterior, la no acción es una alternativa detrimental para la economía del
municipio y el uso adecuado de terrenos que fomentan desarrollo dentro de un concepto
de conservación y balance con el medio ambiente.
3. Alternativa seleccionada
La alternativa seleccionada consiste en el desarrollo de una finca con cabida de
99
778.0052 cuerdas para la construcción de un proyecto residencial consistente de un
total de 1,600 unidades de vivienda, compuestas de la combinación de 1,150 unidades
unifamiliares y 450 multifamiliares a ser desarrolladas en varias comunidades,
facilidades recreativas, una escuela, un predio de usos mixtos comerciales y de
facilidades de sadlud y un campo de golf de 9 hoyos 9tipo par tres) a ser cedido al
Municipio para su operación y administración de acuerdo al plan y visión Municipal.
El proyecto propuesto se ha planificado contemplando el desarrollo de varias
comunidades residenciales, separadas entre sí por extensas áreas verdes y
comunicadas por una calle colectora que discurre desde la Carretera Estatal PR-203 y
que sirve de acceso a la escuela y a las facilidades del campo de golf.
Como parte de las áreas verdes a ser conservadas o desarrolladas se construirán lagos
artificiales que formarán durante la construcción parte del sistema de control de erosión
y sedimentación y una vez desarrollado el proyecto los mismos serán parte del sistema
pluvial funcionando como lagunas de retención.
En el desarrollo propuesto los recursos naturales y ambientales forman parte integral
del mismo. La propuesta se adhiere estrictamente a esta norma. El mismo es un
desarrollo de densidad media, donde se integran de manera sostenida, los valores
ambientales y naturales existentes en el lugar. No solamente se protegen los recursos
ambientales y naturales existentes, sino que se añaden también otros adaptables al
lugar, para mejorar sustancialmente la calidad de vida y el entorno. No habiendo un
impacto negativo significativo como resultado del proyecto, según se ha demostrado a
lo largo del presente escrito, se considera esta como la alternativa más viable para uso
de los terrenos envueltos en la acción. Además, los estudios realizados para producir
esta Evaluación Ambiental, arrojan las siguientes conclusiones, entre otras:
* La flora y fauna que pudiera impactarse que existe en el área a desarrollarse no es
única, escasa, especial, o endémica en peligro de extinción. Su eliminación, si
ocurriera, no representa daño alguno a sistemas ecológicos de importancia en el
sector. El proyecto cuenta con un plan de conservación y desarrollo de hábitat.
* Los suelos del terrenos no tiene capacidad agrícola para cultivo y han sido
100
operados para uso de ganadería, en la actualidad no tienen viabilidad económica
para uso agrícola. Tampoco forman parte de algún sistema natural de importancia
ecológica y ubican en el corredor de potencial de expansión urbana para el
Municipio de San Lorenzo.
* Se ofrecen como parte del concepto de desarrollo total del proyecto, unas
soluciones prácticas y reales para atender la protección y conservación de los
valores ecológicos y recursos naturales del sector. La integridad ambiental de este
se garantiza mediante el establecimiento de zonas y mecanismos de protección,
según se describen y analizan en el presente documento.
* A corto plazo, la construcción generará empleos diestros y no-diestros, cuya fuente
principal sería el Municipio de san Lorenzo. Esta creación de nuevas fuentes de
trabajo en el sector, aunque estas sean de carácter temporero, representa una
inyección económica, saludable, de repercusiones multiplicadoras de enorme
beneficio localmente. Se estima que el proyecto requerirá una inversión no menor
de $267 millones. Además, una vez construido, la administración y mantenimiento
del complejo y sus residentes generarán aproximadamente 525 empleos
permanentes, a tiempo completo y parcial, entre servicios domésticos, de jardinería
y mantenimiento.
A base de las conclusiones anteriores, se considera que el desarrollo tal y como se
ha descrito en la presente Declaración de Impacto Ambiental Preliminar, constituye
la mejor alternativa para el uso de estos terrenos y no presentan impacto ambiental
significativo.
101
D. CONCLUSIONES
Luego de evaluado el proyecto a la luz de la información obrante en este
documento, se ha determinado que la acción aquí descrita no tiene impacto
ambiental significativo.
Esta determinación de no impacto ambiental está condicionada a que se
cumplan con las medidas expuestas en este documento, y con las condiciones y
las recomendaciones de todas las Agencias y Entidades con ingerencia en el
caso.
A base de lo anteriormente expuesto, se dan por cumplidas las disposiciones
del Reglamento de la Junta de Calidad Ambiental para el Proceso de
Presentación, Evaluación y Trámite de Documentos Ambientales del 28 de
septiembre de 1999 y con el Artículo 4, B (3) de la Ley de Política Pública
Ambiental, Ley Número 416 del 22 de septiembre de 2004.
102
E. PERSONAL QUE TRABAJO EN LA PREPARACION DEL DOCUM ENTO
AMBIENTAL (DIA)
El siguiente personal participó activamente, o contribuyó en la preparación de la
Declaración de Impacto Ambiental- Preliminar (DIA-P) revisada:
1- Ing. Edmundo Colón Arizmendi
Ing. Civil, Licencia 7812
Preparación y redacción del documento ambiental. Evaluación de la
demanda de infraestructura, alternativas de desarrollo, posibles impactos
ambientales, revisión y evaluación de estudios y documentos suplementarios.
2 - Carlos R. Ruiz Lebrón
Ecólogo
Estudio de Flora y Fauna, Plan de Conservación y Desarrollo de Hábitat
3 - Consultores
Ing. Luis García - GeoCIm; análisis de geología
Evaluación Arqueológica - Arq. Juan González Colón
4 - Ana I. Martínez – MCE, Lic. 20283
Análisis Hidrológico
103
BIBLIOGRAFIA
1. Briggs Reginald, P., 1965, "Hydrogeologic Map of Puerto Rico and Adjacent
Islands": US Geological Survey, Hydrol. Inv. atlas HA-197 2. Environmental Quality Board, 1972, Clear Air For Puerto Rico, 75 Pages,
Appendixes. 3. Junta de Calidad Ambiental de Puerto Rico, 1980, Reglamento para el Control
de la Contaminación Atmosférica, versión enmendada. 4. Junta de Calidad Ambiental de Puerto Rico, 1982, Reglamento para el Control
de los Desperdicios Sólidos Peligrosos y No Peligrosos. 5. Junta de Calidad Ambiental de Puerto Rico, 1999, Reglamento de la Junta de
Calidad Ambiental para el Proceso de Presentación, Evaluación y Trámite de Documentos Ambientales.
6. U.S. Geological Survey, 1982, Topographic Quadrangle Map of Gurabo, 7-1/2
Minute Series, Scale 1:20.000. Photorevised in 1982. 7. U.S. Department of Agriculture, 1978, Soil Survey of San Juan Area of Puerto
Rico,Soil Conservation Services in cooperation with the University of Puerto Rico College of Agricultural Sciences, Maps, Photos, Etc.
8. U.S. Department of Agriculture, 1977, Soil Survey of the Humacao Area of
Eastern Puerto Rico,Soil Conservation Services in cooperation with the University of Puerto Rico College of Agricultural Sciences, Maps, Photos, Etc.
9. Carl H. Broedel, 1961, Geology of the juncos Quadrangle, Puerto Rico, U.S.
Geological Survey, Misc. Geol. Inv., Map I-326.
104
APENDICE 1 Comentarios y Endosos de Agencias Gubernamentales
105
APENDICE 2 Estudio de Flora y Fauna Plan de Conservación y Creación de Hábitat
APENDICE 3 Geología y Tipos de Suelo
APENDICE 4 Estudio Arqueológico
APENDICE 5 Análisis Hidrológico