administración de bienes incautados y decomisados

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Bolivia Dirección de Registro, Control y Administración de Bienes Incautados (DIRCABI) http://www.mingobierno.gob.bo/pdf/dircabi.pdf Órgano de derecho público con competencia de carácter nacional. Se encuentra bajo la dependencia funcional del Ministerio de Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia. http://www.mingobierno.gob.bo/ Decreto Supremo 26143 (6-Abril-2001) REGLAMENTO DE ADMINISTRACION DE BIENES INCAUTADOS, DECOMISADOS Y CONFISCADOS. En particular Art. 13 http://cicad.oas.org/fortalecimiento_institucional/Legislations/PDF/ BO/decreto_26143.pdf Decreto Supremo 29305 (10-Octubre-2007) Art 1 y ss. http://www.lexivox.org/norms/BO-DS-29305.xhtml También: Ley 1970, Ley 1008 Ley 007, Ley 004, D.S. 1101 Actualmente existe un proyecto de Ley de Extinción de Dominio de Bienes a favor del Estado, en tratamiento, con una declaración de inconstitucionalidad de algunos artículos por parte de la Cámara Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) http://www.diputados.bo/index.php? option=com_content&view=article&id=1385:ley-de-extincion-de-dominio- de-bienes-a-favor-del-estado&catid=1:ultimas-noticias&Itemid=89 Noticia reciente sobre la declaración de inconstitucionalidad http://www.jornadanet.com/n.php?a=89424-1 Brasil Ente: Consejo Nacional de Justicia (CNJ) [Conselho Nacional de Justiça] http://www.cnj.jus.br o Sistema Nacional de Bienes Incautados (SNBA) [Sistema Nacional de Bens Apreendidos] El CNJ es el órgano de la justicia brasileña encargado de supervisar el desempeño administrativo y financiero de los otros órganos de ese poder, así como de supervisar el cumplimiento de las funciones oficiales de los jueces. Fue creado por enmienda constitucional N º 45 del 30 de diciembre de 2004, que incluyó el artículo 103-B de la Constitución Federal de Brasil.

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Administración de Bienes Incautados y Decomisados Latinoamerica

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Bolivia Direccin de Registro, Control y Administracin de Bienes Incautados (DIRCABI) http://www.mingobierno.gob.bo/pdf/dircabi.pdf rgano de derecho pblico con competencia de carcter nacional. Se encuentra bajo la dependencia funcional del Ministerio de Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia. http://www.mingobierno.gob.bo/ Decreto Supremo 26143 (6-Abril-2001) REGLAMENTO DE ADMINISTRACION DE BIENES INCAUTADOS, DECOMISADOS Y CONFISCADOS. En particular Art. 13 http://cicad.oas.org/fortalecimiento_institucional/Legislations/PDF/BO/decreto_26143.pdf Decreto Supremo 29305 (10-Octubre-2007) Art 1 y ss. http://www.lexivox.org/norms/BO-DS-29305.xhtml Tambin: Ley 1970, Ley 1008 Ley 007, Ley 004, D.S. 1101Actualmente existe un proyecto de Ley de Extincin de Dominio de Bienes a favor del Estado, en tratamiento, con una declaracin de inconstitucionalidad de algunos artculos por parte de la Cmara Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) http://www.diputados.bo/index.php?option=com_content&view=article&id=1385:ley-de-extincion-de-dominio-de-bienes-a-favor-del-estado&catid=1:ultimas-noticias&Itemid=89 Noticia reciente sobre la declaracin de inconstitucionalidad http://www.jornadanet.com/n.php?a=89424-1

BrasilEnte: Consejo Nacional de Justicia (CNJ) [Conselho Nacional de Justia] http://www.cnj.jus.br Sistema Nacional de Bienes Incautados (SNBA) [Sistema Nacional de Bens Apreendidos]El CNJ es el rgano de la justicia brasilea encargado de supervisar el desempeo administrativo y financiero de los otros rganos de ese poder, as como de supervisar el cumplimiento de las funciones oficiales de los jueces. Fue creado por enmienda constitucional N 45 del 30 de diciembre de 2004, que incluy el artculo 103-B de la Constitucin Federal de Brasil. El SNBA fue Establecido por el Consejo Nacional de Justicia (CNJ) en 2008, para la gestin o disposicin de los bienes incautados o decomisados en relacin con delitos de trfico ilcito de drogas y lavado de activos. Es una herramienta electrnica que consolida la informacin sobre los bienes incautados en los procesos penales en todo el territorio nacional, lo que permite un mejor control de los procesos y los activos por los rganos judiciales.El SNBA tambin proporciona informes sobre los procesos y los activos incautados en virtud de un aparato, corte judicial y en el poder judicial, impulsando la adopcin de una poltica de gestin de estos activos, la incautacin hasta el destino final, como para evitar la prdida, la depreciacin o pereciendo de mercancas. En el segundo mdulo, el SNBA habilitar la subasta electrnica de estos activos. El SNBA cuenta con manuales para la gestin de los bienes incautados. Adems, la legislacin constitucional de Brasil contempla mecanismos relacionados con la disposicin judicial de los bienes asociados con actividades de trfico ilcito de drogas. La legislacin brasilea permite la enajenacin anticipada o disposicin de bienes incautados en casos pendientes.Manual de Gestin de Bienes Aprendidos (portugus) http://www.tjce.jus.br/corregedoria/pdf/MANUAL_DE_GEST%C3%83O_DOS_BENS_APREENDIDOS_cd.pdf

Chile Corporacin Administrativa del Poder Judicial [dinero u otros valores] Direccin General del Crdito Prendario (DICREP) [subsidiariamente]La Corporacin Administrativa del Poder Judicial de Chile es una organizacin dedicada a la administracin de recursos y prestacin de servicios al Poder Judicial, facilitando as la optimizacin de su funcin jurisdiccional y el acceso de la comunidad a la justicia. Fue creada en virtud de la Ley N 18.969, que la incluy en el Ttulo XIV del Cdigo Orgnico de Tribunales, expresando que dicha corporacin es la continuadora legal y sucesora en todos los bienes, derechos y obligaciones de la Junta de Servicios Judiciales y de la Oficina de Presupuestos del Poder Judicial.LA DICREP es un servicio pblico autnomo, encargado de otorgar prstamos en dinero con garanta sobre prenda civil o industrial. A partir del ao 2000, la DICREP se ha transformado en un rgano auxiliar de la administracin de Justicia, estando encargada de la ejecucin patrimonial de las sentencias penales condenatorias, debiendo rematar los bienes decomisados por el ministerio de la Justicia.Cdigo Procesal Penal de Chile, Art 469, Art 188 http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=176595 BREVE SNTESIS DEL SISTEMA DE BIENES INCAUTADOS Y DECOMISADOS QUE RIGE EN CHILETodo Sistema de Bienes Incautados y decomisados comprende, a lo menos las siguientes tres etapas:El Ministerio Pblico y las policas llevan a cabo la investigacin acerca de los bienes que sern objeto de incautacin y eventualmente de decomiso. La etapa de administracin se inicia con la incautacin de las especies que se estiman han sido instrumentos o efectos del delito que se investiga. Esta etapa, de conformidad a lo dispuesto en el artculo 188 del CPP se encuentra a cargo del Ministerio Pblico, el cual debe custodiar las especies recogidas durante la investigacin. El trmino de esta fase est determinado por la sentencia penal definitiva ejecutoriada, ya sea esta absolutoria, en cuyo caso las especies incautadas deben restituirse a sus propietarios o condenatoria, caso en el cual el juez ordenar la pena de comiso sobre las mismas.El Destino Final de los Bienes se inicia con la sentencia penal condenatoria ejecutoriada que dispone el comiso de las especies incautadas. Al respecto se debe distinguir la naturaleza de las especies incautadas para efectos de conocer su destino final y la forma en que se materializar ste:-Tratndose de dinero u otros valores. Se destinan a la Corporacin Administrativa del Poder Judicial directamente a travs del Tribunal (Artculo 469 del CPP inciso primero)-Tratndose de especies que el Tribunal estime necesario destruir, se destruirn bajo la responsabilidad del administrador del tribunal, salvo que se le encomendare a otro organismo pblico (Artculo 469 del CPP inciso segundo)-Tratndose de las dems especies decomisadas, se pondrn a disposicin de la DICREP para que proceda a su enajenacin en subasta pblica, o a destruirlas si carecieren de valor comercial, siendo el destino del producto de la venta, la Corporacin Administrativa del Poder Judicial (Artculo 469 del CPP inciso tercero)Fuente: http://www.dicrep.cl/transparencia2/normativo/interna/manual_remates_judiciales_credito_final.pdf Colombia Direccin Nacional de Estupefacientes (DNE) [actualmente en liquidacin] Fondo de Rehabilitacin, Inversin Social y Lucha contra el Crimen Organizado (FRISCO) Ministerio de Justicia y del DerechoCreada mediante decreto de estado de sitio 494 de 1990, convertido en legislacin permanente mediante decreto 2272 de 1991 y fusionada con el Fondo Rotatorio de Prevencin, Represin y Rehabilitacin del Consejo Nacional de Estupefacientes mediante decreto 2159 de 1992, las leyes 30 de 1986 y 333 de 1996, decretos 306 de 1992, 1575 de 1997 y 1461 de 2000. FRISCO es una cuenta especial sin personera jurdica administrada por la Direccin Nacional de Estupefacientes. La DNE cuenta con orden de supresin y liquidacin por Decreto 3183 de Septiembre de 2011. En su Artculo 29: Las referencias que a la Direccin Nacional de Estupefacientes hace el artculo 12 de la Ley 793 de 2002, modificada por el artculo 80 de la Ley 1453 de 2011 y dems normas que con anterioridad a la expedicin del presente decreto refieran a la Direccin Nacional de Estupefacientes, se entendern que hacen relacin al Ministerio de Justicia y del Derecho, trasladando as la funcin de administracin del FRISCO al Ministerio de Justicia y del Derechohttps://www.dne.gov.co/recursos_user/LinkClick.pdf https://www.dne.gov.co/?idcategoria=2247082 http://web.presidencia.gov.co/decretoslinea/2010/enero/21/dec13521012010.pdf Ecuador Procuradura General del Estado (PGE) http://www.pge.gob.ec/ Consejo Nacional de Sicotrpicos y Estupefacientes (CONSEP) http://www.consep.gob.ec/ El CONSEP depende de la Procuradura General del Estado de la Repblica de Ecuador. La Procuradura es un organismo pblico de control, con personera jurdica, patrimonio y fondos propios, autonoma administrativa, presupuestaria y financiera, dirigido y representado legalmente por el Procurador General del Estado. A la Procuradura se la concibe como un organismo pblico tcnico jurdico de patrocinio, asesoramiento y control de los actos y contratos suscritos por los organismos y entidades del sector pblico.Al Consejo de Participacin Ciudadana y Control Social le corresponde nombrar a la primera autoridad de la Procuradura General del Estado, para un perodo de cuatro aos, de una terna enviada por la Presidencia de la Repblica, terna conformada con criterios de especialidad y mritos, sujeta a escrutinio pblico e impugnacin ciudadana; quienes la conformen debern reunir los mismos requisitos exigidos para ser miembros de la Corte Constitucional.Ley de Administracin de Bienes sancionada el 15 de Junio de 2012, que reforma la Ley de Prevencin, Deteccin y Erradicacin del Delito de Activos y la Ley de Sustancias Estupefacientes y Psicotrpicas. http://www.lexis.com.ec/webtools/biblioteca_silec/documentos/noticias/2012-26-06-Ley%20de%20Administraci%C3%B3n%20de%20Bienes.pdf Reglamentacin del CONSEP http://www.consep.gob.ec/index.php?cod_categoria=6&cod_sub=58 Paraguay Secretara Nacional Antidrogas (SENAD) http://www.senad.gov.py/ Plan Nacional sobre DrogasEl rgano con competencia en la problemtica de las drogas es la SENAD la cual es otorgada por el art. 71 de la Constitucin Nacional. La SENAD depende directa y nicamente del Poder Ejecutivo siendo una entidad autnoma, manejada con rubro asignado anualmente por el presupuesto general de la nacin y creada por la ley nacional No. 108/91Sin reglamentacin vigente en relacin a la Administracin de Bienes Incautados y DecomisadosLey 1340/88 http://www.cej.org.py/games/Leyes_por_Materia_juridica/SALUD/LEY%201340.pdf Ley N 108/91 crea la Secretara Nacional Antidroga (SENAD) Ley N 396/94 Que ampla y modifica la Ley N 108/91 Decreto N 15975/97 Por el cual se reglamenta la Ley N 396, de fecha 18 de agosto de 1994, que modifica y ampla las funciones de la Secretara Nacional Antidroga (SENAD) de la Presidencia de la Repblica.Proyecto de Ley Orgnica de la SENAD que contempla la administracin de Bienes Incautados iniciada el 27/10/2011 http://www.senado.gov.py/silpy/main.php?pagina=info_proyectos&paginaResultado=info_tramitacion&idProyecto=4915 Concomitantemente, un proyecto de Ley de Polticas Sobre Drogas que modificara la denominacin de la institucin antidrogas, que de Secretara Nacional Antidrogas (SENAD), pasara a Direccin Nacional de Polticas sobre Drogas (DINADRO). El cambio ms importante se dara en el rango teniendo en cuenta que de una dependencia directa del Poder Ejecutivo, pasara con esta nueva legislacin, a apenas una Direccin Nacional, que por ende significar un relacionamiento con el Ejecutivo, obligatoriamente a travs de una Secretara de Estado. http://www.senado.gov.py/silpy/main.php?pagina=info_proyectos&&paginaResultado=info_tramitacion&idProyecto=5080 Legislacin del SENAD http://www.senad.gov.py/legislacion.html Compilacin de Leyes Penales Especiales Complementarias al Cdigo Penal http://www.pj.gov.py/ebook/libros_files/Coleccion_de_Derecho_Penal_TomoII.pdf Per Comisin Nacional de Bienes Incautados (CONABI) http://conabi.pcm.gob.pe CONABI, adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, creada mediante Decreto Legislativo N 1104, es la entidad encargada de la recepcin, registro, calificacin, custodia, seguridad, conservacin, administracin, arrendamiento, asignacin en uso temporal o definitiva, disposicin y venta en subasta pblica, de los objetos, instrumentos, efectos y ganancias generadas por la comisin de delitos en agravio del Estado, contemplados en dicho Decreto Legislativo, as como los previstos en las normas ordinarias o especiales sobre la materia.La CONABI asume el objeto, bienes, presupuesto y competencias del Fondo Especial de Administracin de Dinero Obtenido Ilcitamente en Perjuicio del Estado FEDADOI, de la Comisin de Administracin de Bienes Incautados y Decomisados COMABID y de la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas OFECOD.A diferencia de stas entidades y como consecuencia de la modificacin del procedimiento de prdida de dominio a travs del Decreto Legislativo N 1104, la CONABI tiene un mayor margen de accin para la administracin de los bienes incautados o decomisados, pudiendo incluso disponer su venta en subasta pblica, a fin de evitar el deterioro de tales bienes y el consecuente gasto en custodia y/o mantenimiento de los mismos, o en el caso de los bienes cuyo dominio se ha declarado a favor del Estado, proveer de recursos econmicos a ste para financiar la lucha contra la minera ilegal, la corrupcin y el crimen organizado.Decreto Legislativo N 1104 - Que modifica la legislacin sobre prdida de dominio.Decreto Legislativo N 1126 - Que establece medidas de control en los insumos qumicos y productos fiscalizados, maquinarias y equipos utilizados para la elaboracin de drogas ilcitasDecreto Supremo N 093-2012-PCM - Aprueban Reglamento del Decreto Legislativo N 1104Resolucin Ministerial N 221-2012-PCM - Designacin del PresidenteResolucin Ministerial N 140-2012-PCM - Designacin del Secretario Ejecutivo

Reglamento de Administracin de Bienes Decomisados d Incautados por Trfico Ilcito de Drogas http://www.mininter.gob.pe/admin/archivos/08022010131938_Reglamento%20de%20Administracion%20de%20Bienes%20decomisados%20o%20Incautados%20por%20TID.pdf

UruguayTexto Venezuela Oficina Nacional Antidrogas (ONA) http://www.ona.gob.ve/ Servicio Nacional de Administracin y Enajenacin de Bienes Asegurados o Incautados, Confiscados y Decomisados (SNB) Direccin de Administracin de Bienes http://www.snb.gob.ve/organizacion/unidades-sustantivas/direccion-de-administracion-de-bienes.html Organismo dependiente del Estado Venezolano y adscrito al Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia. rgano desconcentrado con autonoma funcional, administrativa y financiera, creada mediante Decreto No. 4.220, de fecha 23 de enero de 2006, publicado en Gaceta Oficial de la Repblica Bolivariana de Venezuela No. 38.363 de fecha 26 de enero de 2006 y el Fondo Nacional Antidrogas (FONA), servicio desconcentrado dependiente de la Oficina Nacional Antidrogas (ONA), creado mediante Decreto No. 6.778, de fecha 26 de junio de 2009, publicado en Gaceta Oficial de la Repblica Bolivariana de Venezuela No. 39.211, de fecha 1 de julio de 2009, reformado parcialmente, mediante Decreto No. 9.359, de fecha 22 de enero de 2013, publicado en Gaceta Oficial No. 40.097, de fecha 24 de enero de 2013.Ley Orgnica de Drogas, publicada en la Gaceta Oficial de la Repblica Bolivariana de Venezuela 39.546 del 05/11/2010 (reimpresa por correccin de error material de las GO 39.535 y 39.510) http://www.asoquim.com/QUIM_CONTROL%5CLEY_DE_DROGAS_MODIFICADA_5Nov2010.pdf El Art 183 Mientras se crea el servicio especializado de administracin de bienes incautados, los bienes antes sealados sern puestos a la orden del rgano rector para su guarda, custodia, mantenimiento, conservacin, administracin y uso Siendo el rgano Rector la Oficina Nacional Antidrogas (ONA) conforme Art. 4 de la citada ley.Reglamento del Servicio Nacional de Administracin y Enajenacin de Bienes Asegurados o Incautados, Confiscados y Decomisados Arts. 31 y 32 http://www.snb.gob.ve/images/stories/pdf/leyes/REGLAMENTO.pdf

MxicoEl SAE tiene por objeto la administracin, enajenacin y asignacin del destino de los bienes. El SAE se encuentra agrupado en el sector coordinado por la secretaria de Hacienda y Credito Publico ( PODER EJECUTIVO)HondurasLa OABI es un organismo de ADMINISTRACION: tiene la guarda, custodia, administracin, inversin, devolucin, donacin, subasta y destruccin de los bienes, objetos, productos e instrumentos cuyo origen sea una actividad delictiva y que la autoridad competente le ponga en depsito (art. 3). La OABI pertenece al PODER EJECUTIVO. Ley de estupefacientes, psicotrpicos y sustancias controladas. (Art. 36) Los activos utilizados para el Trfico Ilcito de Drogas y los adquiridos con fondos de dicho trfico sern incautados por el Estado de Honduras. Los bienes incautados quedarn en condicin de depsito en la Procuradura General de la Repblica. El dinero en efectivo, los ttulos valores, y dems crditos ingresarn al Banco Central de Honduras en condicin de depsito. Una vez que exista sentencia firme condenatoria, los activos, el dinero, los ttulos valores y dems crditos debern ser trasladados por el Banco Central de Honduras a la Tesorera General de la Repblica, los que se destinarn a programas de prevencin, educacin y combate contra el narcotrfico. La El Decreto 27- 2010 del 16 de junio del ao 2010 decreta la Ley sobre privacin definitiva del dominio de bienes de origen ilcito la cual en su Captulo III art. 4 dice que la privacin definitiva del dominio consiste en extinguir a favor del ESTADO. Los derechos personales trasferibles respecto a los bienes, productos, instrumentos o gananciasOtras Fuentes Sistemas de Administracin de Bienes de Amrica Latina y Gua para la Administracin de Bienes Incautados y Decomisados del Crimen Organizado OEA http://www.cicad.oas.org/lavado_activos/grupoexpertos/Decomiso%20y%20ED/Manual%20Bienes%20Decomisados%20-%20BIDAL.pdf

MERCOSUR - Comisin Tcnica de Armonizacin Legislativa (CTAL) Sobre la CTAL http://www.mercosur.int/buscarenmarco.jsp?url=http%3A//200.40.51.218/SAM/GestDoc/PubWeb.nsf/Busqueda%3FOpenAgent%26TextoBusqueda%3DArmonizaci%F3n%20Legislativa%26modulo%3DEstructura%26ModuloBusqueda%3DEstructura%26IncluirHistorico%3Dtrue%26Form%3DOrgano%26lang%3DESP%20 Reunin de Autoridades de Aplicacin en materia de Drogas del Mercosur - Informe sobre Necesidades de Armonizacin http://www.mercosur.int/innovaportal/file/3034/1/005_ARMONIZACION_LEGISLATIVA._documento_consolidado[1].doc Proyecto BIDAL (Proyecto de Bienes Decomisados en Amrica Latina) El Proyecto BIDAL http://www.cicad.oas.org/Main/Template.asp?File=/lavado_activos/bidal_spa.asp Resultados y perspectivas http://www.cicad.oas.org/lavado_activos/esp/GupoExpertos/Docs%20Reunion%20Grupo%20de%20Expertos/LavexMayo2010/Proyecto%20BIDAL%20-%20Dennis%20Cheng.pdf Avances http://www.cicad.oas.org/apps/Document.aspx?Id=1192 Documento del SEDRONAR acerca del Proyecto BIDAL http://www.sedronar.gov.ar/images/archivos/proyecto%20bidal.pdf