“actualizado según rd 625/14”

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ABSENTISMO GESTIÓN DEL 2015 CIRCUITO ADMINISTRATIVO PARA LA COMUNICACIÓN DE LOS PARTES MÉDICOS DE INCAPACIDAD TEMPORAL POR CONTINGENCIA COMÚN INFORMACIÓN PARA LA EMPRESA “Actualizado según RD 625/14”

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Page 1: “Actualizado según RD 625/14”

ABSENTISMOGESTIÓN DEL

2015

CIRCUITO ADMINISTRATIVO PARA LA COMUNICACIÓN DE LOS PARTES MÉDICOS DE INCAPACIDAD TEMPORAL POR CONTINGENCIA COMÚN

INFORMACIÓN PARA LA EMPRESA

“Actualizado según RD 625/14”

Page 2: “Actualizado según RD 625/14”

ABSENTISMO

GESTIÓN DEL

JUSTIFICACIÓNPara poder realizar un control rápido, eficaz y

exhaustivo de las bajas por contingencia común,

es necesario que la empresa tenga establecidos

unos circuitos claros de gestión de las bajas mé-

dicas, que sean conocidos por todos.

OBJETIVOOfrecer un modelo del circuito administrativo

necesario para la gestión de los partes médicos

de baja, confirmación y alta relativos a los pro-

cesos de Incapacidad Temporal por Contingen-

cia Común (ITcc), con el fin de que la empresa

revise, optimice o implante el suyo, mejore su

control sobre las ausencias y agilice la comunica-

ción de éstas a la Mutua.

DESTINATARIOSAdministración de Personal/ RRHH/ Mandos.

METODOLOGÍA/CONTENIDOA continuación se detalla un modelo del circuito

de comunicación a seguir desde el punto de vista

de la empresa, destacando los agentes implica-

dos, trámites, plazos y documentación a rellenar.

¿QUÉ DEBE HACER LA EMPRESA EN CASO DE ENFERMEDAD COMÚN?Diagrama de flujo

* La entrega de justificante médico no es un requisito legal, depende de la normativa interna de la empresa.

Empleado Mando Directo / RRHH /

S. Médico

Servicio Público de Salud

Recoge información

Aviso a Adm. Personal

S. Prevención

¿Baja médica?

si

no

parte de baja

RRHHEmpleado

Entregaparte altaRetorno al trabajo

si

no

Ofrecereconocimiento

Reincorporación puesto

Entregaparte baja a la

empresa Sistema Red

Sistema Red

3 días hábiles desde fecha emisión del

parte

24 h. desde recepción parte 3 días hábiles desde

fecha recepción parte

3 días hábiles desde fecha recepción parte

Empleado se enferma o accidenta

Visita Médico de la

Seguridad Social.

Avisa a la empresa de su

ausencia

Retorno al trabajo

Aviso a la empresa

parte alta

Visita de control

si

no

parte de confirmación

Ausencia deltrabajo

Entregaparte

confirmación a la empresa

3 días hábiles desde fecha parte

Aviso a la empresa

Sistema Red

3 días hábiles desde fecha recepción parte

*Tal como dispone el artículo 37.3 del Reglamento de Servicios de Prevención (RSP).

¿Confirma baja?

¿Baja larga?*

Siguiente día laborable desde fecha de emisión del parte

ESQUEMA DEL PROCESO DE BAJA POR ITCC

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ABSENTISMO

GESTIÓN DEL

PREAVISO

El trabajador deberá avisar telefónicamente a

la empresa (determinar a quién: mando directo,

RRHH, Servicio Médico…) de su falta de asistencia

antes del inicio de su jornada laboral (determinar

el tiempo mínimo de preaviso).

El/la interlocutor/a de la empresa:

> Mostrará su preocupación por el estado de

salud del trabajador y le informará del proceso

a seguir en caso de ausencia: documentación

que es necesario que entregue a la empresa,

plazos, y le resolverá cualquier duda que

tenga en cuanto a estos procedimientos.

> Respetando el derecho a la intimidad del

trabajador, se buscará obtener información

sobre la duración prevista de la ausencia

(¿se trata de una indisposición leve?, ¿va ser

necesario acudir al médico?, ¿se prevé una

baja laboral?).

> Acordará la forma de comunicación que

se establecerá con la empresa durante su

ausencia.

> Remitirá un e-mail a Administración de RRHH

informando de la ausencia. En la comunicación

facilitará el nombre y apellidos del trabajador,

área/centro en el que trabaja, y el tipo de

ausencia (especificando si se trata de una

indisposición o una baja por enfermedad

común o accidente no laboral).

VISITA AL MÉDICO DE LA SEGURIDAD SOCIAL

El trabajador deberá acudir a un centro del Siste-

ma Público de Salud (SPS), a fin de que un facul-

tativo le realice un reconocimiento médico.

En caso de que el médico del SPS considere que

el trabajador está capacitado para trabajar, éste

deberá reincorporarse al trabajo.

A destacar

En algunas empresas, la normativa interna dispo-

ne que no sea necesario entregar el parte de baja

médica, para justificar problemas de salud infe-

riores a 3 días, ya que estos días no generan pres-

tación económica por ITcc. En estos casos queda

a criterio de la empresa la forma de gestionar las

ausencias de esta tipología.

BAJA

En caso de que el médico determine que el traba-

jador tiene una Incapacidad Temporal (IT) para

su trabajo, valorará la duración aproximada de

la baja en función del diagnóstico, la edad y el

puesto de trabajo, y expedirá:

> En caso de una duración estimada de la IT de

1 a 4 días naturales: el parte de baja médica

y el de alta.

Page 4: “Actualizado según RD 625/14”

ABSENTISMO

GESTIÓN DEL

El facultativo entregará dos copias del parte

de baja y alta médica al trabajador, una para

el interesado y otra para la empresa (Plazos de

entrega en el punto y el punto ).

La fecha de alta podrá ser la misma que la de

la baja médica (duración 1 día) o cualquiera

de los tres días naturales siguientes a ésta. En

cualquier caso, esta fecha de alta será consi-

derada como provisional, ya que si el día que

se haya fijado como fecha de alta el trabaja-

dor no se encuentra capacitado para su re-

incorporación al trabajo, podrá acudir a un

centro del Servicio Público de Salud (SPS) para

solicitar que se le realice un reconocimiento

médico.

» Si el facultativo considerase que el tra-

bajador no ha recuperado su capacidad

laboral, le emitirá un parte de confirma-

ción de la baja, no siendo necesario que

el trabajador se reincorpore al trabajo

(Plazos de entrega en el punto ).

» En caso de que el médico del SPS conside-

re que el trabajador está capacitado para

trabajar, éste deberá reincorporarse al tra-

bajo.

> En caso de una duración estimada de la IT

de 5 días naturales o superior: el parte de

baja médica donde se señalará la duración

estimada del proceso y la fecha de la próxima

revisión médica. En función de la duración

del proceso que haya estimado el facultativo,

esta revisión se dará en un plazo de, como

máximo, 14 días1 .

El facultativo entregará dos copias del par-

te de baja médica al trabajador, una para el

interesado y otra para la empresa. (Plazos de

entrega en el punto )

ENTREGA DEL PARTE DE BAJA

El trabajador se quedará con su ejemplar del par-

te de baja, mientras que el otro lo entregará (es-

pecificar canales permitidos: en mano, por carta o

fax, a través de un familiar o compañero de traba-

jo, etc.) en la empresa (especificar circuito: Recep-

ción, mando directo, RRHH, Servicio Médico, etc.)

en los 3 días hábiles siguientes a la fecha de

expedición.

Dependiendo de la ubicación del centro de tra-

bajo del empleado de baja, el circuito de entrega

podrá ser distinto. Por ejemplo:

1. Si trabaja en oficinas centrales: Deberá entre-

gar en mano (o determinar cómo: a través de

un compañero, familiar, por correo, fax…) el

parte a Administración de personal / RRHH (o

determinar a quién: buzón específico, recep-

ción, servicio médico, prevención…).

2. Si trabaja en otro centro: Deberá entregar en

mano (o determinar cómo: a través de un com-

pañero, familiar, por correo, fax…) el parte al

mando directo (o determinar a quién: buzón

1 Ver tabla de clasificación de procesos en función de su duración estimada al final del documento

Page 5: “Actualizado según RD 625/14”

ABSENTISMO

GESTIÓN DEL

específico, recepción…). El responsable direc-

to del trabajador (o determinar quién), en el

momento en que recibe un parte de baja, de-

berá notificarlo vía correo electrónico y con la

máxima urgencia, a Administración de RRHH,

facilitando nombre y apellidos del trabajador

de baja, tipo de contingencia y fecha de baja.

Asimismo, deberá remitir de inmediato, a tra-

vés de correo o valija, el original del parte mé-

dico al departamento de Administración de

personal / RRHH.

PRIMERA REVISIÓN MÉDICA

El trabajador en situación de IT deberá volver

a visitar al facultativo del SPS para su reconoci-

miento médico en la fecha indicada en el parte

de baja.

Si la misma situación que dio origen a la baja se

mantiene, el facultativo expedirá un parte de

confirmación, o, en el caso de que se produzca

una modificación o actualización del diagnóstico,

un parte de confirmación que recogerá la nueva

duración estimada. El facultativo entregará dos

copias del parte de confirmación al trabajador,

una para el interesado y otra para la empresa

(Plazos de entrega en el punto). En el parte de

confirmación se detallará la fecha de la próxima

revisión médica, que, en función de la duración

estimada del proceso, podrá darse en un plazo

de, como máximo, 35 días 2.

Por el contrario, si tras valorar el estado del tra-

bajador éste ya se encuentra recuperado, el fa-

cultativo le expedirá el parte de alta del que le

entregará dos copias: una para el interesado y

otra para la empresa. (Plazos de entrega en el

punto )

2 Ver tabla de clasificación de procesos en función de su duración estimada al final del documento.

A fin de facilitar la organización del trabajo, el

trabajador se comunicará telefónicamente con

su mando directo (o determinar a quién: RRHH,

Serv. Médico…) para informarle de la continui-

dad o no de su situación de incapacidad laboral,

así como del tiempo estimado de duración de la

baja.

ENTREGA DEL PARTE DE CONFIRMACIÓN

El trabajador presentará a la empresa una copia

del parte médico de confirmación de la baja en-

tregado por el facultativo, como máximo dentro

del plazo de 3 días hábiles contados desde la

fecha de expedición. Este documento deberá

entregarse directamente al departamento de

Administración de personal / RRHH (o determi-

nar a quién: buzón específico, recepción, servicio

médico, prevención…) o, en caso de hallarse en

un centro distinto, al mando directo (o determi-

nar a quién) que lo remitirá por correo o valija

interna al departamento de Administración de

personal / RRHH.

Page 6: “Actualizado según RD 625/14”

ABSENTISMO

GESTIÓN DEL

REVISIONES MÉDICAS DE SEGUIMIENTO

Durante el tiempo que dure la baja por ITcc, el

trabajador deberá acudir, con la periodicidad

que le indique el facultativo del SPS, a revisiones

médicas de seguimiento de su proceso. En cada

visita, el médico deberá expedirle un nuevo parte

de confirmación de la baja3 o, si el trabajador ya

se encuentra recuperado, el parte de alta.

A fin de facilitar la organización del trabajo, tras

esta visita, el trabajador se comunicará telefóni-

camente con su mando directo (o determinar a

quién: RRHH, Serv. Médico…) para informarle de

la continuidad o no de su situación de incapa-

cidad laboral, así como del tiempo estimado de

duración de la baja.

ALTA

Si tras el reconocimiento médico realizado por el

facultativo del SPS, el trabajador se encuentra ca-

pacitado para reiniciar su actividad laboral, se le

expedirá el parte de alta médica.

El trabajador deberá confirmar telefónicamente

a la empresa (determinar a quién: mando directo,

RRHH, Servicio Médico…) la fecha de reincorpo-

ración, retornando al trabajo al día siguiente la-

boral al del alta médica.

3 A partir de los 365 días de ITcc no se emitirán más partes de confirmación por el SPS ya que el proceso pasa a ser compe-tencia del INSS. Esta información será puesta en conocimien-to del trabajador por parte del médico.

ENTREGA DEL PARTE DE ALTA

Tras su expedición, el trabajador dispone de un

plazo de 24 horas para entregar el parte de alta

a la empresa.

Al igual que los partes anteriores, este documen-

to deberá entregarse directamente al departa-

mento de Administración de personal / RRHH o,

en caso de hallarse en un centro distinto, al man-

do directo. Éste remitirá un e-mail a Administra-

ción de personal de manera inmediata informan-

do del alta del trabajador, y enviará el original del

parte de alta de manera urgente por correo o va-

lija interna al departamento de Administración

de personal / RRHH.

Page 7: “Actualizado según RD 625/14”

RECORDATORIO PLAZOS

EMPLEADO

EMPRESA

> Preaviso ausencia al trabajo: antes de que inicie la jornada laboral.

> Parte de BAJA: plazo máximo de entrega 3 días hábiles.

> Parte de CONFIRMACIÓN: plazo máximo de entrega 3 días hábiles.

> Parte ALTA: plazo máximo de entrega 24 horas.

EMPRESA

INSS

> Notificar la BAJA o el ALTA por sistema RED

> Plazo máximo de comunicación 3 días

ABSENTISMO

GESTIÓN DEL

COMUNICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DE

IT AL INSS (INSTITUTO NACIONAL DE LA SE-

GURIDAD SOCIAL)

La empresa (o determinar quién: Administración

de personal, RRHH, Prevención…) dispone de un

plazo máximo de 3 días hábiles, desde que el

trabajador le entrega los partes, para comuni-

carlos al INSS a través del Sistema Red. El INSS

a su vez se encargará de remitir la información

de los partes con los datos económicos a la en-

tidad gestora o colaboradora responsable. Una

vez remitidos los partes por sistema RED, la em-

presa deberá conservar las copias en papel de los

partes durante cuatro años (art. 3 de la Orden

TAS/399/2004).

El incumplimiento de los plazos en la comunica-

ción de documentos de incapacidad temporal

puede suponer la imposición de una sanción a la

empresa de acuerdo con el art. 21.6 del Real De-

creto Legislativo 5/2000.

NOTA:

Se recuerda a la empresa que según el art.

2.5 del RD 625/2014 está prevista la modi-

ficación de los modelos de partes médicos

de incapacidad temporal. Mientras no se

aprueben los nuevos modelos, mantendrán

su validez los actualmente vigentes.

Page 8: “Actualizado según RD 625/14”

TABLA DE CLASIFICACIÓN DE PROCESOS EN FUNCIÓN DE SU DURACIÓN ESTIMADA

Duración esti-mada IT (días naturales)

Fecha consignación parte de baja

Fecha consignación primera revisión / alta médica

Segunda revisión tras primera confirmación

Inferior a

5 díasDía del acto médico

El facultativo emitirá el parte de baja y el parte de alta en el mismo acto

médico. Es posible que la fecha de alta sea la misma que la de la baja

médica (duración 1 día).

Es una fecha provisional del alta. El facultativo podrá emitir un parte de

confirmación de la baja si considera que no ha recuperado su capacidad

laboral.

Entre

5 y 30 días

Día del acto médico,

consignando fecha

de la próxima revi-

sión médica

No superior a

7 días desde la

baja inicial

Después del primer parte de confirmación, los sucesi-

vos, cuando sean necesarios, se emitirán como máxi-

mo cada 14 días naturales entre sí.

Entre

31 y 60 días

Día del acto médico,

consignando fecha

de la próxima revi-

sión médica

No superior a

7 días desde la

baja inicial

Después del primer parte de confirmación, los sucesi-

vos, cuando sean necesarios, no podrán emitirse con

una diferencia de más de 28 días naturales entre sí.

Superior a

60 días

Día del acto médico,

consignando fecha

de la próxima revi-

sión médica

No superior a

14 días desde la

baja inicial

Después del primer parte de confirmación, los sucesi-

vos, cuando sean necesarios, no podrán emitirse con

una diferencia de más de 35 días naturales entre sí.

ABSENTISMO

GESTIÓN DEL

24 horas de atención

900 300 144www.mc-mutual.com

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