actualidad tributaria

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1.- Aprueban afiliar al Régimen de Financiamiento Semicontributivo del SIS a personas naturales del Nuevo Régimen Único Simplificado – NRUS Mediante D.S. 106-2013-EF - Afiliación al SIS a personas del RUS, se establece que se afiliarán al Régimen de Financiamiento Semicontributivo del Seguro Integral de Salud – SIS a las personas naturales comprendidas en el Nuevo Régimen Único Simplificado – NRUS, incluidos sus derechohabientes, siempre que aquellas no tengan trabajadores dependientes y no cuenten con un seguro de salud, debiendo haber realizado pagos de los tres períodos tributarios anteriores a la afiliación de acuerdo a la base de la SUNAT afiliación. 2.-Modifican disposiciones de precios de transferencia Mediante R. SUNAT 175-2013 - modifican precios de transferencia, manteniendo el supuesto que los ingresos devengados superen los S/. 6’000,000 y el monto de operaciones supere S/. 1’000,000, agregándose un nuevo supuesto en caso los contribuyentes enajenen bienes a sus partes vinculadas y/o desde, hacia o a través de países o territorios de baja o nula imposición, cuyo valor de mercado sea inferior a su costo computable. Los contribuyentes obligados al estudio técnico deberán presentarlo en archivo PDF , conjuntamente con la declaración jurada anual informativa de precios de transferencia, para lo cual deberán adjuntar dicho archivo al PDT Precios de Transferencia – Formulario Virtual Nº 3560, aprobándose la versión 1.3 del PDT Precios de Transferencia – Formulario Virtual N° 3560, la cual estará a disposición de los interesados a partir del 1 de junio de 2013 en SUNAT Virtual. 3.- Aprueban normas para la implementación del Nuevo Sistema de Comunicación por Vía Electrónica

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Page 1: ACTUALIDAD TRIBUTARIA

1.- Aprueban afiliar al Régimen de Financiamiento Semicontributivo del SIS a personas naturales

del Nuevo Régimen Único Simplificado – NRUS

Mediante  D.S. 106-2013-EF - Afiliación al SIS a personas del RUS, se establece que se afiliarán al

Régimen de Financiamiento Semicontributivo del Seguro Integral de Salud – SIS a las personas naturales

comprendidas en el Nuevo Régimen Único Simplificado – NRUS, incluidos sus derechohabientes,

siempre que aquellas no tengan trabajadores dependientes y no cuenten con un seguro de salud,

debiendo haber realizado pagos de los tres períodos tributarios anteriores a la afiliación de acuerdo a la

base de la SUNAT afiliación.

2.-Modifican disposiciones de precios de transferencia

Mediante  R. SUNAT 175-2013 - modifican precios de transferencia, manteniendo el supuesto que los

ingresos devengados superen los S/. 6’000,000 y el monto de operaciones supere S/. 1’000,000,

agregándose un nuevo supuesto en caso los contribuyentes enajenen bienes a sus partes vinculadas y/o

desde, hacia o a través de países o territorios de baja o nula imposición, cuyo valor de mercado sea

inferior a su costo computable. Los contribuyentes obligados al estudio técnico deberán presentarlo en

archivo PDF, conjuntamente con la declaración jurada anual informativa de precios de transferencia, para

lo cual deberán adjuntar dicho archivo al PDT Precios de Transferencia – Formulario Virtual Nº 3560,

aprobándose la versión 1.3 del PDT Precios de Transferencia – Formulario Virtual N° 3560, la cual estará

a disposición de los interesados a partir del 1 de junio de 2013 en SUNAT Virtual.

3.- Aprueban normas para la implementación del Nuevo Sistema de Comunicación por Vía

Electrónica

Por  R. SUNAT 174-2013 aprueban notificación de embargos electrónicos con sistema financiero. La

norma publicada el 30-05-2013, se aprueba la implementación del Nuevo Sistema de Comunicación por

Vía Electrónica a fin que la SUNAT notifique los embargos en forma de retención y actos vinculados a las

empresas del Sistema Financiero Nacional.

Vigencia: A partir del 1 de agosto de 2013.

Page 2: ACTUALIDAD TRIBUTARIA

4.- Aprueban normas relativas al Registro para el Control de Bienes Fiscalizados

Mediante R. SUNAT 173-2013- aprueban normas para control insumos químicos y otros a que se refiere

el artículo 6° del Dec. Leg. N° 1126, estableciendo procedimientos, plazos y demás condiciones, que

deben cumplir las personas naturales o jurídicas medidas de control en los insumos químicos y productos

fiscalizados, maquinarias y equipos utilizados para la elaboración de drogas ilícitas.

Archivos para lectura:

No eliminarán impuesto a ganancias en bolsa

Proyectos bonos empresariales no pagarán IGV

5.- Sala Civil declara que la Asignación Familiar se debe pagar de manera proporcional sobre el

cálculo a los días trabajados

A pesar que existe el Informe Nº 385-2011-MTPE/4/8 e Informe Nº 028-2012-MTPE/2/14  emitidos por el

Ministerio de Trabajo donde indican que la Asignación Familiar debe pagarse de manera completa, así el

trabajador únicamente haya laborado un solo día en el mes; en forma contraria la Segunda Sala Civil del

Callao, en la Resolución Nº 35 del 02.04.2013 declaró NULAS las resoluciones del MTPE sobre

asignación familiar indicando lo siguiente:

1. La Asignación Familiar es un derecho que tiene el trabajador de acuerdo a la Ley Nº 25129 y al

artículo 3º de su Reglamento - D.S.035-90-TR. Precisa que en la cas. lab. 2630-2009 huaura -

SPIJ, la Corte Suprema determinó que la Asignación Familiar tiene carácter y naturaleza

remunerativa.

2. Al no existir obligación de abonar la remuneración por producirse la suspensión del contrato de

trabajo, tampoco existe el deber de abonar la Asignación Familiar durante ese lapso.

3. Es correcto que la empresa realice el pago de la Asignación Familiar en forma proporcional a los

días laborados.

4. La asignación de exigir el abono de la Asignación Familiar en forma completa NO TIENE

ASIDERO LEGAL.

 

Page 3: ACTUALIDAD TRIBUTARIA

6.- A partir del jueves 30 de mayo se inicia vencimiento de las Declaraciones de Predios

ante la SUNAT

Están obligadas a presentar Declaración de Predios 2012 ante la SUNAT, las personas naturales,

sociedades conyugales y sucesiones indivisas, domiciliadas o no, que al 31 de diciembre del 2012, hayan

sido propietarias de:

Dos o más predios cuya suma de autoavalúo a la fecha supere los S/. 150,000,

Dos o más predios que fueron cedidos para ser destinados a cualquier actividad económica, o

Un único predio de valor mayor a S/. 150,000, que hubiera sido subdividido y/o ampliado para cederlo

a terceros, siempre que las subdivisiones y/o ampliaciones no hayan sido independizadas en Registros

Públicos.

Comentarios en: Declaraciones de Predios

ÚLTIMO DÍGITO DEL NÚMERO DE RUC O DEL DOCUMENTO DE

IDENTIDADFECHA DE VENCIMIENTO

9 o una letra 30 de mayo de 2013

8 31 de mayo de 2013

 7  3 de junio de 2013

6 4 de junio de 2013

5 5 de junio de 2013

4 6 de junio de 2013

3 7 de junio de 2013

2 10de junio de 2013

1 11 de junio de 2013

0 12 de junio de 2013