actuaciones que evidencian la oportuna notificación y el

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INDOTEL detecta el uso del espectro radioeléctrico en frecuencias de 1710-1720 MHz y 2110 MHz-2120 MHz por la empresa VIVA. Fue detectado nuevamente en 25 de julio de 2017 4 de agosto de 2017 13 de septiembre de 2017 26 de noviembre de 2019 27 de noviembre de 2019 27 de diciembre de 2019 Actuaciones que evidencian la oportuna notificación y el ejercicio del derecho a la defensa de Trilogy Dominicana, S. A. INDOTEL informa a VIVA que no puede poner en funcionamiento ni ofrecer el servicio 4G LTE tecnología MIMO 4X4 en la frecuencia para la que no estaba autorizada. INDOTEL reitera a VIVA que debían pausar la puesta en funcionamiento del servicio 4G LTE tecnología MIMO 4X4 hasta tanto culminen las evaluaciones técnicas. El INDOTEL dicta la resolución 045-2019, extendiendo el plazo de seis meses para el Proced- imiento Sancionador Adminis- trativo iniciado. SATEL interpone una solicitud ante el Tribunal Superior Admin- istrativo y pide sobreseimiento del conocimiento y audiencia del proceso sancionador contra VIVA hasta que sea decidido el Recurso Contencioso Adminis- trativo interpuesto por SATEL contra la resolución No.075-18. VIVA solicita el sobreseimiento del conocimiento al proceso sancionador hasta que se decida la medida cautelar depositada el 26 de noviembre de 2019 ante el Tribunal Superior Administrativo y el recurso contencioso administrativo impuesto por SATEL contra la resolución Núm. 075-18 INDOTEL otorga una prórroga de 15 días a VIVA antes de ejecutar el procedimiento sancionador administrativo. La resolución se notifica a VIVA el 30 de diciembre de 2019. INDOTEL realiza las comproba- ciones técnicas que determinen el estatus de uso de las frecuencias en espectro radioeléctrico con los rangos 2110-2120 MHz y 2130-2135 MHz. Emite Acta de Comprobación MER- I-00002820 del 10 de marzo de 2020 en las instalaciones de VIVA donde se comprobó la actividad de los rangos 2110-2120 MHz y 2130-2135 MHz, para el uso no autorizado del espectro radioeléctrico. VIVA informa a INDOTEL el lanzamiento del servicio ¨4G LTE tecnología MIMO 4X4¨. 27 de junio de 2019 ALTICE DOMINICANA y CLARO solicitan que el INDOTEL inicie un proceso de sanción contra VIVA por utilizar el espectro radioeléctrico sin las licencias correspondientes. El INDOTEL notifica a VIVA el Acta Inicial de Infracción por indicios de faltas administrativa y conductas contrarias a la Ley General de Telecomunicaciones (153-98) INDOTEL notifica a VIVA el Acta Definitiva de Infracción. VIVA deposita el ¨Escrito de Defensa al Acta Definitiva de Infracción de Procedimiento Sancionador Administrativo¨. INDOTEL dispone la realización de tres audiencias donde se presentaron conclusiones al fondo con presencia del órgano instructor, los denunciantes y el presunto responsable. INDOTEL declara la caducidad del proceso sancionador contra VIVA por exceso de tiempo en la gestión que no cumplía con el plazo de reglamento que exige la norma. CLARO presenta una denuncia y solicita la sanción a VIVA por el uso no autorizado de frecuen- cias en el espectro radioeléctri- co para prestar los servicios de red 4G. INDOTEL notifica a VIVA el Acta Definitiva de Infracción en la que fue concedido el plazo de 20 días para formular su escrito de defensa ante el Consejo Directivo. 12 de enero 2021 12 de febrero 2021 16 de marzo 2021 8 de julio 2021 VIVA deposita su ¨Escrito de incidentes y respuesta al acta definitiva de infracción y solicita una audiencia para discutir los méritos del procedimiento sancionador. CLARO notifica a VIVA la instancia con la que motivan su posición de interés respecto al proceso sancionador. Continuación de la audiencia, presentación de las conclu- siones de todas las partes. Se otorga plazo adicional para la entrega de sus respectivos escritos de sustentación y conclusiones. CLARO notifica el escrito comple- mentario a la exposición verbal realizada en audiencia el día 23 de marzo de 2021 en ocasión de proceso sancionador contra VIVA. Consejo Directivo del INDOTEL emite la Resolución 064-2021 que decide el proceso sanciona- dor en contra de VIVA, retiene la responsabilidad administrativa de dicha concesionaria por la comisión de faltas a la Ley núm. 153-98. Acoge la intervención de CLARO como parte interesada. VIVA deposita escrito de defensa vinculado al Acta Inicial de Infracción y Apertura de Proceso Sancionador. 23 de marzo 2021 Dirección Ejecutiva del INDOTEL apodera al Consejo Directivo del procedimiento administrativo sancionador dando inicio a la fase decisora. INDOTEL celebra audiencia con la funcionaria instructora, abogados de VIVA y CLARO, la cual fue aplazada para regularizar la solicitud de intervención de CLARO como parte interesada en el proceso. VIVA reitera su oposición a la petición de intervención volun- taria intentada por CLARO al procedimiento sancionador. INDOTEL notifica a VIVA y a CLARO su escrito Ampliatorio de Conclusiones. VIVA presenta al INDOTEL su escrito de respuesta al escrito ampliatorio de conclusiones. Marzo de 2020 15 de abril de 2021 1 y 2 de junio 2017 24 de agosto y 6 de septiembre de 2017 29 de junio de 2018 29 de octubre de 2019 27 de noviembre de 2019 29 de Noviembre, 3 y 5 de diciembre de 2019 15 de enero de 2020 10 de julio de 2020 25 de julio de 2017 19 de enero 2021 17 de marzo 2021 13 de abril 2021 5 de mayo 2021 23 de octubre 2020 10 de marzo 2021 INDOTEL notifica a VIVA su condición de presunta infracto- ra, el Acta Inicial de Infracción y el inicio de un proceso sancio- nador. Además le concede 10 días para la presentación de sus argumentos y medios de defen- sa. 9 de octubre 2020 La resolución fue notificada el día 15 de julio de 2021.

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INDOTEL detecta el uso del espectro radioeléctrico en frecuencias de 1710-1720 MHz y 2110 MHz-2120 MHz por la empresa VIVA. Fue detectado nuevamente en 25 de julio de 2017

4 de agosto de 2017 13 de septiembre de 2017 26 de noviembre de 2019 27 de noviembre de 2019 27 de diciembre de 2019

Actuaciones que evidencian la oportuna notificación y el ejercicio del derecho a la defensa de Trilogy Dominicana, S. A.

INDOTEL informa a VIVA que no puede poner en funcionamiento ni ofrecer el servicio 4G LTE tecnología MIMO 4X4 en la frecuencia para la que no estaba autorizada.

INDOTEL reitera a VIVA que debían pausar la puesta en funcionamiento del servicio 4G LTE tecnología MIMO 4X4 hasta tanto culminen las evaluaciones técnicas.

El INDOTEL dicta la resolución 045-2019, extendiendo el plazo de seis meses para el Proced-imiento Sancionador Adminis-trativo iniciado.

SATEL interpone una solicitud ante el Tribunal Superior Admin-istrativo y pide sobreseimiento del conocimiento y audiencia del proceso sancionador contra VIVA hasta que sea decidido el Recurso Contencioso Adminis-trativo interpuesto por SATEL contra la resolución No.075-18.

VIVA solicita el sobreseimiento del conocimiento al proceso sancionador hasta que se decida la medida cautelar depositada el 26 de noviembre de 2019 ante el Tribunal Superior Administrativo y el recurso contencioso administrativo impuesto por SATEL contra la resolución Núm. 075-18

INDOTEL otorga una prórroga de 15 días a VIVA antes de ejecutar el procedimiento sancionador administrativo. La resolución se notifica a VIVA el 30 de diciembre de 2019.

INDOTEL realiza las comproba-ciones técnicas que determinen el estatus de uso de las frecuencias en espectro radioeléctrico con los rangos 2110-2120 MHz y 2130-2135 MHz. Emite Acta de Comprobación MER- I-00002820 del 10 de marzo de 2020 en las instalaciones de VIVA donde se comprobó la actividad de los rangos 2110-2120 MHz y 2130-2135 MHz, para el uso no autorizado del espectro radioeléctrico.

VIVA informa a INDOTEL el lanzamiento del servicio ¨4G LTE tecnología MIMO 4X4¨.

27 de junio de 2019

ALTICE DOMINICANA y CLARO solicitan que el INDOTEL inicie un proceso de sanción contra VIVA por utilizar el espectro radioeléctrico sin las licencias correspondientes.

El INDOTEL notifica a VIVA el Acta Inicial de Infracción por indicios de faltas administrativa y conductas contrarias a la Ley General de Telecomunicaciones (153-98)

INDOTEL notifica a VIVA el Acta Definitiva de Infracción.

VIVA deposita el ¨Escrito de Defensa al Acta Definitiva de Infracción de Procedimiento Sancionador Administrativo¨.

INDOTEL dispone la realización de tres audiencias donde se presentaron conclusiones al fondo con presencia del órgano instructor, los denunciantes y el presunto responsable.

INDOTEL declara la caducidad del proceso sancionador contra VIVA por exceso de tiempo en la gestión que no cumplía con el plazo de reglamento que exige la norma.

CLARO presenta una denuncia y solicita la sanción a VIVA por el uso no autorizado de frecuen-cias en el espectro radioeléctri-co para prestar los servicios de red 4G.

INDOTEL notifica a VIVA el Acta Definitiva de Infracción en la que fue concedido el plazo de 20 días para formular su escrito de defensa ante el Consejo Directivo.

12 de enero 2021 12 de febrero 2021 16 de marzo 2021 8 de julio 2021

VIVA deposita su ¨Escrito de incidentes y respuesta al acta definitiva de infracción y solicita una audiencia para discutir los méritos del procedimiento sancionador.

CLARO notifica a VIVA la instancia con la que motivan su posición de interés respecto al proceso sancionador.

Continuación de la audiencia, presentación de las conclu-siones de todas las partes. Se otorga plazo adicional para la entrega de sus respectivos escritos de sustentación y conclusiones.

CLARO notifica el escrito comple-mentario a la exposición verbal realizada en audiencia el día 23 de marzo de 2021 en ocasión de proceso sancionador contra VIVA.

Consejo Directivo del INDOTEL emite la Resolución 064-2021 que decide el proceso sanciona-dor en contra de VIVA, retiene la responsabilidad administrativa de dicha concesionaria por la comisión de faltas a la Ley núm. 153-98. Acoge la intervención de CLARO como parte interesada.

VIVA deposita escrito de defensa vinculado al Acta Inicial de Infracción y Apertura de Proceso Sancionador.

23 de marzo 2021

Dirección Ejecutiva del INDOTEL apodera al Consejo Directivo del procedimiento administrativo sancionador dando inicio a la fase decisora.

INDOTEL celebra audiencia con la funcionaria instructora, abogados de VIVA y CLARO, la cual fue aplazada para regularizar la solicitud de intervención de CLARO como parte interesada en el proceso.

VIVA reitera su oposición a la petición de intervención volun-taria intentada por CLARO al procedimiento sancionador.

INDOTEL notifica a VIVA y a CLARO su escrito Ampliatorio de Conclusiones.

VIVA presenta al INDOTEL su escrito de respuesta al escrito ampliatorio de conclusiones.

Marzo de 2020

15 de abril de 2021

1 y 2 de junio 2017

24 de agosto y 6 de septiembre de 2017 29 de junio de 2018 29 de octubre de 2019 27 de noviembre de 2019 29 de Noviembre,

3 y 5 de diciembre de 2019 15 de enero de 2020 10 de julio de 202025 de julio de 2017

19 de enero 2021 17 de marzo 2021 13 de abril 2021 5 de mayo 202123 de octubre 2020 10 de marzo 2021

INDOTEL notifica a VIVA su condición de presunta infracto-ra, el Acta Inicial de Infracción y el inicio de un proceso sancio-nador. Además le concede 10 días para la presentación de sus argumentos y medios de defen-sa.

9 de octubre 2020

La resolución fue notificada el día 15 de julio de 2021.