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actividad ganadera

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CONTABILIDAD APLICADA II

CONTABILIDAD APLICADA II

DEDICATORIA

PRESENTACIN

El presente ha sido elaborado por el equipo de trabajo, en el cual est reflejado el esfuerzo y dedicacin por parte de los integrantes con la finalidad de que la informacin que proporcionemos sea de provecho y beneficio para cada uno de nosotros como estudiantes y futuros profesionales.

El mismo que contiene informacin acerca de los sistemas de costos por productos como conceptos, objetivos, caractersticas, importancia, etc. Para lo cual esperamos cumplir con sus expectativas.

INTRODUCCIN

La ganadera en el Per es una actividad que se desarrolla casi en todo el pas, su importancia radica en que esta es una de las actividades de la cual se aprovecha no solo la carne de los ganados sino tambin su leche, la cual es una gran fuente de nutrientes para el hombre. Se desarrolla hace cientos de aos, aportada por varias especies representativas de ganado, entre ellas la vacuna, caprina, ovina, equina, camlida y porcina. Aproximadamente el 80% de la ganadera nacional se localiza en la regin de la sierra, y el 20% restante se distribuye entre las regiones de la costa y selva. En la Costa prevalecen los vacunos lecheros y de engorde, los porcinos, los caprinos, y algunos ovinos criollos y de pelo. En la regin de los Andes, la existencia de pastos naturales y las condiciones climticas favorecen mejor la crianza del ganado, siendo los ovinos de lana, los camlidos, los vacunos criollos de doble propsito y lecheros, y en menor magnitud los caprinos los que aportan la mayor parte de la produccin pecuaria de esta regin. Por tal motivo, el desarrollo de la ganadera en el Per tuvo su auge durante las pocas pre-incaica e incaica. Posteriormente durante la etapa de la conquista y coloniaje espaol, se inici la importacin de especies exticas, establecindose la crianza de ovinos, vacunos, cabras, aves y equinos, causando un desplazamiento geogrfico de las poblaciones de las especies nativas domsticas hacia zonas marginales y en sistemas de crianza familiar. Esta importacin caus la diversificacin de la produccin pecuaria con nuevos productos como leche, huevos y carnes de otras especies. Se produjo un cambio en los patrones de consumo, prefirindose los productos importados, en base a la idea que los productos nativos eran inferiores. El incremento en la poblacin del nuevo ganado y la creciente demanda de sus productos, posibilit el desarrollo de la ganadera, generndose por un lado las cuencas lecheras de Lima, Arequipa, Cajamarca y el Mantaro; en las zonas alto andinas de Puno, Junn y Pasco la crianza a gran escala de ovinos y alpacas.El proceso de la reforma agraria, signific un cambio en la tenencia de la tierra y el ganado, pero a su vez la disminucin de los niveles tecnolgicos de produccin. Sin embargo, a partir de la dcada del 70, se hace notorio el desarrollo empresarial de las crianzas intensivas de aves y cerdos, as como del engorde de vacunos.

INDICE

INTRODUCCINCAPITULO I GENERALIDADES DE LA ACTIVIDAD GANADERA1.1.Antecedentes1.2.Definicin De Ganadera1.3.La Empresa Ganadera1.4.Formas De Explotacin GanaderaExtensiva Semiextensiva Intensiva 1.5. Tipos de Ganaderia en el Pais 1.6.Agroindustria1.7.Tipologa De La ProduccionLa produccin tecnificada La produccin no tecnificada1.8.Clases o categoriasCAPITULO IIASPECTO CONTABLE2.1. Importancia De La Contabilidad En La Empresa Ganadera2.2. La Contabilidad Ganadera2.3. Libros Para La Contabilidad Ganadera2.4. Nic/Niif AplicablesA) Nic 1 Presentacin De Estados FinancierosB) Nic 2 Inventarios C) Nic 16 Propiedades Planta Y Equipo D) Nic 41 AgriculturaE) Niif 5 Activos No Corrientes Mantenidos Para La Venta Y Actividades Interrumpidas2.5. Un Sistema De Contabilidad Ganadera2.6. Costes Vinculados Al ProcesoCAPITULO IIIREGIMEN TRIBUTARIO3.1.Ley N 27360 Ley Que Aprueba Las Normas De Promocin Del Sector Agrario 3.1.1.Alcance3.1.2.Actividades Agroindustriales Incluidas En El Beneficio (Anexo Del D.S. N 007-2002-Ag) 3.1.3.Acogimiento Al Regimen Agrario3.1.4.Requisitos Para Gozar De Los Beneficios3.1.5.Beneficios Tributarios Otorgados3.2.Sistema De Detracciones Del IGV3.3.Impuesto A Las Transacciones Financieras (ITF) 3.4.Impuesto Temporal A Los Activos Netos Itan (Ley N 28424, Decreto Legislativo N 971 Y Decreto Legislativo N 976) CAPITULO IVASPECTO LABORAL4.1. Ley N 27360 Ley Que Aprueba Las Normas De Promocin Del Sector Agrario4.2. Seguro De Salud Agrario4.3. Sistema Nacional De Pensiones4.4. Sistema Privado De Pensiones 4.5. Seguro De Salud Y Rgimen Previsional. 4.5.1.Seguro De Salud4.5.2.Regimenes Previsionales4.5.3.Condicion Para El Goce De Los Beneficios 4.6.Participacion De Los TrabajadoresCAPITULO V ASPECTO LEGAL5.1. Ley N 28574 - Ley Que Precisa Los Alcances De La Ley N 27360 Que Aprueba Las5.2. Ley N 27360 - Ley Que Aprueba Las Normas De Promocion Del Sector Agrario (20 Oct. 2000) 5.3. Ley N 27037 - Ley De Promocion De La Inversion En La Amazonia (Publicada El 30 Dic. 1998) CONCLUSIONESBIBLIOGRAFA

CAPITULO IGENERALIDADES DE LA ACTIVIDAD GANADERA

1.1. AntecedentesLa ganadera es una actividad econmica de origen muy antiguo que consiste en el manejo de animales domesticables con fines de produccin para su aprovechamiento. En cambio, el manejo de animales pertenecientes a especies silvestres (no domsticas) cautiverio o semicautiverio se conoce como Zoo cra.Dependiendo de la especie ganadera, se pueden obtener diversos productos derivados, tales como la carne, la leche, los huevos, los cueros, la lana y la miel, entre otros. La ciencia encargada del estudio de la ganadera es la zootecnia y los profesionales encargados directamente del desarrollo de la produccin animal son los Ganaderos, ayudados por los Zootecnistas y los Ingenieros de Produccin Animal, en estrecha colaboracin con los Mdicos Veterinarios que son los encargados de la prevencin y control de las enfermedades de los animales.Los ganados ms importantes en nmero a nivel mundial son los relacionados con la ganadera bovina, la ovina y la porcina. Sin embargo, en algunas regiones del planeta otros tipos de ganado tienen mayor importancia, como el caprino y el equino, como as tambin la cunicultura, la avicultura y la apicultura.La ganadera est relacionada con la agricultura, ya que en una granja ambas pueden estar relacionadas. En estos casos el ganado aporta el estircol, que es utilizado como abono, y los cultivos aportan el alimento para los animales.Esquema de las actividades ganaderas del Neoltico relacionadas con sus herramientas. Se han elegido tanto dibujos de herramientas reales (hallazgos arqueolgicos), como actividades representadas, en este caso en representaciones mesopotmicas.Un proceso esencial en la historia de las sociedades fue el paso de una economa de recoleccin (caza, recoleccin y pesca) a una economa de produccin voluntaria de ciertas plantas y de ciertos animales. En un nmero restringido de lugares de la Tierra, ciertas sociedades, manteniendo a tensiones particulares, inventaron el dominio de la reproduccin de especies vegetales y animales.Para asegurar sus necesidades de alimento, cuero, huesos, y otros productos, las primitivas sociedades cazadoras-recolectoras deban seguir las migraciones de los grandes rebaos de bvidos, crvidos y otros animales. Hace unos 10.000 aos los seres humanos del neoltico descubrieron que capturar animales, domesticarlos y mantenerlos vivos para utilizarlos cuando fuera preciso, les permita reducir la incertidumbre que, en relacin con las posibilidades de alimentacin, les supona el hecho de tener que depender de la caza. El proceso debi constar de un periodo de pre domesticacin en el que, en un primer momento, los seres humanos habitaron a sus presas a su presencia mientras las seguan en sus bsquedas de alimento para, posteriormente, irlas reteniendo; esto supuso que ellos mismos tenan que encargarse de suministrar alimento a los animales. As, consiguieron domesticar varias especies, encargndose de mover los rebaos de unas zonas de pasto a otras, emulando los movimientos naturales de los mismos, pero ahora bajo su control.Este sedentarismo estuvo unido al nacimiento de las prcticas agrcolas, que ligaban al hombre a la tierra y que, adems, permitan el cultivo de forraje para los animales. De ese modo, cuando el hombre inici la domesticacin de animales herbvoros como vacas, ovejas, cabras y abandon la caza y la recoleccin de frutos, naci la ganadera, durante el neoltico y, muy probablemente, al mismo tiempo que la agricultura.Estos animales como el ganado vacuno sirvieron, adems de proporcionar carne, como animales de carga de mercancas, tiro del arado, suministro de pieles y, ms tarde, de leche y derivados. El estircol acumulado en los establos, estabulados y cuadras, debi haber servido de abono para los primeros cultivos.Carta del Creciente Frtil, una regin de Oriente Medio que abarcaba el Antiguo Egipto, el Levante mediterrneo, Mesopotamia y otras civilizaciones, donde se cree que naci la ganadera hace unos diez milenios.La domesticacin de animales permiti tambin utilizarlos para realizar trabajos agrcolas o transportar cargas. Adems, los restos de las cosechas que no eran utilizables en la alimentacin humana podan aprovecharse como alimento para el ganado.La agricultura y la ganadera permitieron a las poblaciones humanas conseguir una mayor certidumbre respecto a sus posibilidades de sustento, as como reducir el esfuerzo en obtenerlo, lo que posibilit un mayor desarrollo cultural, ya que el ser humano poda entonces empezar a disponer de ms tiempo para la creacin intelectual. En este sentido, parece que el desarrollo de la ganadera tuvo lugar en Oriente Prximo, precisamente en zonas donde, a su vez, el desarrollo cultural fue ms intenso y temprano. A partir de esos lugares se difundi esta nueva relacin con la naturaleza, ya sea que las sociedades convertidas en sociedades de agricultores y/o de pastores se fueron expandiendo (en gran parte gracias al potencial demogrfico que su nuevo modo de produccin, de alimentacin y de materias primas permita), ya sea que sociedades vecinas, todava paleolticas, hayan adoptado, por su propia voluntad o por la fuerza, este nuevo modo de vida.El trmino "neolitizacin" para designar a este proceso de domesticacin, deriva de "Neoltico" o Edad de la Piedra Pulida, palabra inventada por los prehistoriadores del siglo XIX para caracterizar el tipo ms reciente, en Europa, de industria prehistrica (de produccin de instrumentos de piedra), justo antes de la Edad de los Metales.Los lugares de la neolitizacin primaria son escasos y cada uno comprende slo un pequeo nmero de especies. En primer lugar, la Medialuna Frtil (hace 10.000 aos) donde se domestic el cerdo, la cabra, el asno y el carnero. El norte de la China (hace 8.500 aos) donde, de modo independiente, tambin se domestic el cerdo; Mesoamrica (hace 8.000 aos) en donde se domestic el pavo (Meleagris gallopavo) y los Andes, donde hace unos 6.000 aos comenz la domesticacin de la llama (Lama glama), la alpaca (Vicugna pacos) y el cuy (Cavia porcellus).La produccin crnica se comenz a desarrollar a finales del siglo XV, como una produccin precaria, de escasos recursos, escasa comercializacin y escaso consumo. Luego fue desarrollndose a gran escala, generando alta ganancia, y produccin en creces. Durante los siglos XIX y XX, con la colonizacin europea de Amrica, tuvo un desarrollo intensivo, que agotaba los recursos naturales.En la actualidad, el rea de extensin de la ganadera es superior que la de la agricultura, ya que el ganado puede ser criado en reas donde el duro clima imposibilita el crecimiento de los cultivos, como en las altas montaas o las zonas con una aridez extrema. La estabulacin del ganado y el desarrollo de nuevas tcnicas de alimentacin han contribuido para disminuir la dependencia de las condiciones del medio.

En PerEl desarrollo de la ganadera en el Per se remonta a tiempos ancestrales, en que los primeros pobladores peruanos domesticaron la alpaca, llama y el cuy, criando estas especies con el fin de beneficiarse de sus productos. Esta ganadera tuvo su auge durante las pocas pre-incaica e incaica. Posteriormente durante la etapa de la conquista y coloniaje espaol, se inici la importacin de especies exticas, establecindose la crianza de ovinos, vacunos, cabras, aves y equinos, causando un desplazamiento geogrfico de las poblaciones de las especies nativas domesticas hacia zonas marginales y en sistemas de crianza familiar. Esta importacin caus la diversificacin de la produccin pecuaria con nuevos productos como leche, huevos y carnes de otras especies. Se produjo un cambio en los patrones de consumo, prefirindose los productos importados, en base a la idea que los productos nativos eran inferiores. El incremento en la poblacin del nuevo ganado y la creciente demanda de sus productos, posibilit el desarrollo de la ganadera, generndose por un lado las cuencas lecheras de Lima, Arequipa, Cajamarca y el Mantaro; en las zonas alto andinas de Puno, Junn y Pasco la crianza a gran escala de ovinos y alpacas.El proceso de la reforma agraria, signific un cambio en la tenencia de la tierra y el ganado, pero a su vez la disminucin de los niveles tecnolgicos de produccin. Sin embargo, a partir de la dcada del 70, se hace notorio el desarrollo empresarial de las crianzas intensivas de aves y cerdos, as como del engorde de vacunos. Actualmente la ganadera en el Per, se desarrolla a nivel de las tres regiones naturales, configurndose una serie de sistemas y modos de produccin de acuerdo a las condiciones de propiedad de la tierra, las Caractersticas geogrficas y altitudinales donde se desarrolla esta actividad. Como caracterstica predominante destaca la crianza a nivel del minifundio, donde los productores desarrollan la actividad con fines de supervivencia ms que para obtener ganancias. Sin embargo cabe sealar la existencia de sectores con un grado avanzado de desarrollo empresarial en las actividades de avicultura, porcicultura, engorde de vacunos y produccin de leche, principalmente ubicadas en la regin Costa. En la costa y valles interandinos, se combina la actividad ganadera con la actividad agrcola, adquiriendo ms importancia la segunda. Mientras que en la zona alto andina la ganadera se constituir en fundamental, pues las condiciones climticas dificultan la actividad agrcola aunque favorecen el desarrollo de una gran extensin de pastos naturales.

1.2. Definicin De GanaderaLa ganadera es la rama de la Zootecnia, que se refiere al cuidado de los animales domsticos que constituyen los ganados, tanto en relacin a su crianza, como a su explotacin econmica, organizacin de los hatos, reproduccin, seleccin, mejora y a todas las atenciones que en general necesitan como animales vivos y como reproductores de riqueza.

La ganadera ha estado vinculada a las explotaciones agrcolas, ya sea como un complemento de stas o viceversa, desde tiempos remotos; sin embargo, al hacerse independiente la ganadera de la agricultura tom aquella el aspecto de una industria zootcnica con personalidad propia y con mtodos definidos. Los modernos procedimientos de mejora que la gentica ha puesto en manos del ganadero y del

Zootcnico, han permitido mejorar extraordinariamente los ganados y productos que de ellos se obtienen.

Es una actividad econmica, dedicada a la crianza del conjunto de especies animales para sacar provecho tanto animal y sus productos derivados, as como la propia explotacin del ganado.

La ganadera tiene como objetivo la produccin de animales para obtener carne y derivados, como la leche, huevos, cuero. La ganadera bovina, porcina, equina y caprina son las ms comunes, pero ltimamente la cra de liebres, cuyes, y otros animales alternativos ha comenzado a aumentar.

La ganadera est ntimamente relacionada con la agricultura, y estas dos actividades humanas dependen de un tipo especial de medio ambiente, que es el medio rural o agroecosistema.

1.3. La Empresa Ganadera DescripcinLa explotacin ganadera consiste en una serie de procedimientos para la procreacin, engorde, crecimiento y venta de animales (activos biolgicos), y el mantenimiento de los mismos para la obtencin de productos derivados. Adems, como ejemplos de los mismos podemos citar los siguientes:

ACTIVOS BIOLGICOSPRODUCTOS

Ganado BovinoLeche

Ganado BovinoCarne en cana

ArbustosAlimento

Clasificacin De La Ganadera De Acuerdo A Sus Fines: Ganado pie de cra Ganado de engorde Ganado lechero

1.4. Formas De Explotacin GanaderaLa empresa ganadera tambin es clasificada como actividad industrial, extractiva renovables, la misma que fomenta la crianza y el crecimiento, esta actividad se de en nuestro pas en 3 formas:

Extensiva Se basa esencialmente en la cra de ganado, dedicado ms que a un fin lucrativo al de la subsistencia en el cual el ganado adquiere una doble opcin. Cabe mencionar que siendo un producto de subsistencia carece de la alimentacin y de los cuidados, especiales por ejemplo: la tpica explotacin familiar ganadera en el campo comn de un pueblo, lindante con l, que no se labra, y donde suelen reunirse los ganados.

SemiextensivaConsiste en la cra de ganado con fines comerciales, animales que son alimentados con alimentos naturales o elaborados que les permitan desarrollarse, es decir, se aprovechan los pastizales cuando la naturaleza lo permita, y a falta de stos el ganado se alimenta de productos elaborados o enlatados.

IntensivaEs la produccin a gran escala con instalaciones, cuidado y tecnologa avanzada. La formas de produccin que se siguen en estos negocios difieren dependiendo de los fines que se persiguen, es decir, si se trata de la produccin de carne se utilizan razas animales que permiten ser explotados de esta manera y las actividades a seguir seran el de la recra, crecimiento y engorde de este ganado para su venta, considerando las unidades animales excedentes sobre los lmites de pie de cra como la base de le explotacin lucrativa.

1.5. Tipos De Ganadera En El Pas La ganadera en nuestro pas se desarrolla bsicamente con tres tipos:

Ganadera comercial (Costa principalmente): Crianzas modernas intensivas con ganado de raza especializado en la produccin de leche, carne y lana, manejando aproximadamente el 9% de la poblacin de vacunos, 13% de la poblacin de porcinos y el 8% de la poblacin de ovinos, aplican tecnologa avanzada, por lo que tienen ndices productivos por encima del promedio nacional 250 kg de carcasa en vacunos, 63 kg de carcasa en cerdos, 20 kg de carcasa en ovinos y 7,300 lt de leche por campaa. Los productores tienen un buen nivel de educacin y disponen de acceso a algn tipo de crdito y a informacin, pertenecen a alguna organizacin de productores. Tienen una vinculacin desarrollada con el mercado. Aqu se encuentran la produccin intensiva de porcinos, engorde de vacuno y ganaderos lecheros, principalmente de costa.

Pequea y mediana ganadera (Costa, Sierra y Selva): Explotaciones semi intensivas y extensivas, con ganado criollo mejorado, estos productores manejan aproximadamente el 34% de la poblacin de vacunos y el 38% de la poblacin de ovinos, utilizan tecnologa media a baja, puede encontrarse ndices productivos como 140 kg de carcasa en vacunos, 35 kg de carcasa en porcinos, 16 kg de carcasa en ovinos y 2300 lt por campaa de leche. Representan un alto porcentaje de la poblacin rural, los productores son pobres y su nivel de educacin es intermedio, no tienen acceso al crdito formal, carecen de un sistema de informacin y se encuentran dbilmente organizados. Tienen una vinculacin semi-desarrollada con el mercado, su produccin est principalmente orientada al mercado regional. Aqu se encuentran los pequeos ganaderos lecheros y la ganadera extensiva vacuna, ovina y un reducido nmero de empresas alpaqueras.

Ganadera de familias campesinas con produccin de subsistencia (Costa, Sierra y Selva): Actividad de productores que poseen pocas cabezas de ganado criollo, manejan el 57% de la poblacin vacuna, 54% de la poblacin ovina y el 71% de la poblacin porcina, poseen parcelas muy pequeas y bajo nivel tecnolgico; en este tipo de produccin encontramos ndices productivos de 120 kg de carcasa en vacunos, 35 kg de carcasa en porcinos y 9 kg de carcasa de ovinos y 700 lt por campaa de leche, que se complementa con la agricultura, en un sistema familiar. Campesinos de educacin muy limitada, y sin organizacin gremial cuya forma principal de organizacin es territorial, con altos indicadores de pobreza y extrema pobreza. Tienen una dbil articulacin con el mercado y desarrollan estrategias de autoconsumo en su produccin. En este tercer tipo de ganadera estn la gran mayora de los productores y representan el 70% de los productores a nivel nacional. Forman parte de este tipo de ganadera la gran mayora de comunidades campesinas y criadores de ganado criollo ovino, vacuno y porcino y de camlidos sudamericanos.

1.6. AgroindustriaConjunto de actividades que transforman, conservan o manipulan materias primas agrarias, para producir bienes de consumo o intermedios para la alimentacin humana o animal, o para ser utilizadas en otros procesos industriales.Las agroindustrias son talleres o fbricas en las cuales se desarrollan procesos de carcter artesanal o industrial destinados a la transformacin de productos provenientes de cualquier actividad agrcola o ganadera. Las transformaciones de los productos agropecuarios consisten en la modificacin de sus caractersticas fsicas, qumicas, o biolgicas, el producto resultante puede tener caractersticas muy diferentes a los insumos.Las industrias agrarias de tecnologa sencilla y las modernas abarcan una amplia gama de industrias. Entre otras comprende las siguientes industrias: Fbricas de harinas las Conserveras, Desmontaje del algodn, Produccin del aceite de palma, Procesamiento del T y caf,

Teneras o curtiembres, Mataderos, Lavado de la lana, Refineras de azcar, Lecheras y productos derivados, como el queso, Procesamiento de pulpa, papel y madera, Procesamiento de alimentos en general, etc.CIIUDESCRIPCION

0140.0Actividades de servicios agrcolas y ganaderas excepto las actividades veterinarias

Clasificacin Internacional Industrial Uniforme de todas las Actividades Econmicas (CIIU Revisin 3).

1.7. Tipologa De La ProduccinLa produccin pecuaria puede tipificarse desde los siguientes puntos de vista:A. Desde el punto de vista de la produccin. Generacin de nuevas unidades Produccin de carne Produccin de leche Produccin de lana, fibra y pieles. Sub. ProductosB. Desde el punto de vista tcnico. Produccin tecnificada Produccin no tecnificada

La produccin tecnificada.- Es del tipo empresarial con fines lucrativos, tratando de obtener los mejores resultados posible; por lo general con ganado seleccionado y de raza pura, instalaciones para recin nacidos y para recra, salas de ordeo, personal tcnico calificado; asimismo utiliza pasturas cultivadas y concentrados, control sanitario.La produccin no tecnificada.- Es el lado opuesto de lo anterior, no posee instalaciones de ningn tipo, utiliza pasturas naturales, no dispone de control sanitario oportuno, su explotacin es del orden emprico y su rendimiento antieconmico.Con la finalidad de efectuar una distribucin correcta del costo de produccin en las empresas ganaderas, es indispensable implantar en las mismas un sistema de organizacin y disear su contabilidad analtica de explotacin en forma tal, que compute su costo ganadero en cada una de ellas.

1.8. Clases O CategorasEl ganado es el elemento ms importante del negocio y es importante conocer su clasificacin y caractersticas. La expresin ganado se refiere al nmero total de unidades de las cuales es propietario el productor y las cuales tienen diferentes propsitos.Una clase o categora, viene a ser cierto nmero de animales, agrupados segn edades, existen muchas formas de efectuar estas agrupaciones, pues cada centro ganadero lo hace a su manera. Ejemplo:

GANADO VACUNO

Terneros hembras0 a 12 meses

Terneros machos0 a 12 meses

Vaquillonas12 a 24 meses

Toretes12 a 24 meses

Vacas / VR24 a ms meses

Toros / TR24 a ms meses

CAPITULO IICONTABILIDAD GANADERA

La contabilidad ganadera es una especialidad de la actividad contable, dedicada a la aplicacin y uso de la tcnica contable en las entidades econmicas exclusivas del ramo agropecuario, La contabilidad ganadera es un sistema que involucra un proceso y todo un contexto relacionado con Las transacciones del campo es decir, se abastece de insumos, los transforma, se obtiene resultados y se retroalimenta mediante el anlisis financiero en busca de nuevos horizontes de planeacin. Desarrolla la actividad agrcola y ganadera. La agricultura y la ganadera pertenecen a la industria extractiva de recursos renovables, ya que hacen producir a la naturaleza o toma de ella satisfactores de necesidades, aprovechando la metamorfosis de ciertos elementos que el hombre dirige. La agricultura y la industria ganadera fomentan el nacimiento y crecimiento de distintas especies orgnicas.La contabilidad ganadera tambin se aplica en las industrias manufactureras o de transformacin (agropecuarias), cuya finalidad consiste en modificar las materias primas procuradas, que algunas veces representa una materia prima para otra actividad industrial.Cuando en la contabilidad agraria los activos biolgicos se puedan determinar los valores razonables con confiabilidad.Cuando se considere el valor razonable hace uso de cuentas del balance. Entre las cuentas de balance tenemos: Existencias, que comprenden materias primas (por ejemplo semillas), materias auxiliares Productos cosechados (productos recolectados), productos ganaderos y los activos biolgicos. Las cuentas de existencia que sirven para la produccin de activos biolgicos recogen el movimiento de estas existencias. Los otros costos de produccin de los activos biolgicos igualmente se acumulan en esta cuenta. Las procreaciones se reconocen al valor razonable menos los costos estimados hasta el punto de venta. Al cierre del ejercicio o del periodo se ajustan a los valores razonables menos los costos estimados hasta el punto de venta. Si es para la venta se transfieren a existencias productos cosechados o ganaderos y si es para producir frutos permanecen en esta cuenta (activos biolgicos).En el caso de la cuenta ganado se debe considerar que se puede plantear la adquisicin de ganado para ser destinado a cra o invernada (engorde). Para la cra de animales se producir la adquisicin de toros reproductores y vacas que ingresarn al activo por su valor de compra, los nacimientos de terneros y terneras sern valuadas al valor razonable menos los costos estimados hasta el punto de venta. Al momento del corte del ejercicio se realizar el inventario de los mismos y, sern valuadas al valor razonable menos los, costos estimados hasta el punto de venta.En el caso de invernada (engorde) se producir la adquisicin de terneros, terneras, novillos, novillitos. En el transcurso del tiempo se lograr que el animal se encuentre en condiciones aptas para ser vendido, ya que se realizar el inventario y se aplicar el valor razonable menos los costos estimados hasta el punto de venta al cierre tal como se indic para la cra de animales.Cuando en la contabilidad agraria los activos biolgicos no puedan ser determinados con confiabilidad los valores razonables y otras estimaciones alternativas del valor razonable En tal caso, la NIC 41 exige que la entidad mida estos activos biolgicos a su costo menos la depreciacin acumulada y las prdidas acumuladas por deterioro del valor.Cuando se considere el valor razonable hace uso de cuentas del balance. Entre las cuentas de balance tenemos existencias que comprenden materias primas (por ejemplo semillas), materias auxiliares, Productos cosechados (productos recolectados), productos ganaderos y los activos biolgicos. Las cuentas de existencia que sirven para la produccin de activos biolgicos recogen el movimiento de estas existencias. Los otros costos de produccin de los activos biolgicos igualmente se acumulan en esta cuenta. Al cierre del ejercicio o del periodo si es para la venta se transfieren a existencias productos cosechados o ganaderos y si es para producir frutos permanecen en esta cuenta (activos biolgicos). Dentro de esto debe de considerarse le depreciacin y el deterioro de valor de los activos biolgicos.

2.1. Importancia de la contabilidad en la empresa ganaderaLa empresa de establecer un sistema contable en la empresa ganadera se debe a los propsitos que persigue la administracin en su aplicacin. Algunos de estos propsitos son: Proporcionar una lista adecuada de lo que se posee de lo que se debe y tambin de lo que se ha invertido mediante esto es posible establecer control sobre los recursos y obligaciones de la empresa servir como un medio de verificacin facilitando la actividad administrativa, y que muestra en cualquier momento una imagen clara de la situacin financiera y de productividad de la empresa para as evaluar la eficiencia administrativa. Permite conocer la evolucin de la empresa y determinar su progreso de un periodo a otro mediante la comparacin de los estados financieros. Registrar n forma clara y precisa todas las operaciones efectuadas por la entidad econmica Auxiliar a las personas que toman decisiones de carcter econmico administrativo.

Para establecer una adecuada clasificacin de los costos e ingresos obtenidos y de esta forma asegurar. 2.2. La Contabilidad Ganadera La contabilidad ganadera al igual que la agrcola es una contabilidad de explotacin en la que se analizan los costos de reproduccin y beneficios de los productos agropecuarios. Plan de cuentas: El plan de cuentas que se propone para una empresa ganadera, aparte de las cuentas de contabilidad general que como hemos dicho son comunes a todas las empresas, sera el siguiente: Activo fijo: constituidas por: Edilicio, -establo, camal, mquinas y herramientas, equipo veterinario, laboratorio, instalaciones, campo y etc. Realizables: ganado vacuno, produccin de leche, produccin de carne, pieles y abonos de corral. Cuentas de abastecimiento: lubricantes y combustibles medicinas veterinarias forrajes despensa, materiales. Cuentas de explotacin: explotacin ganadera gastos de explotacin ganadera gastos de administracin.

La explotacin ganadera comprende: la procreacin y la mortandad de ganado.Los gastos de explotacin comprenden los desgastes de mquinas los jornales de motoristas lubricantes y combustibles, fletes y acarreos, etc. Los gastos de administracin comprenden los sueldos y jornales de caporales los gastos de oficina los sueldos del personal tcnico veterinario las leyes sociales la movilidad etc.Si la empresa tiene explotaciones auxiliares tales -como: establo lechero y camal, los gastos correspondientes a estas explotaciones son absorbidas por ellas mismas.El costo de produccin se centra en la cuenta de explotacin ganadera.La empresa ganadera tiene por objeto la reproduccin y cra de ganado vacuno como explotacin principal incluyendo sus derivados de carne y leche. 2.3. Libros Para La Contabilidad Ganadera La contabilidad ganadera requiere tambin, como todo otro tipo de contabilidad, los siguientes libros: Diario General, Mayor General, Inventarios y Balances, Caja, Compras, Ventas y mayores auxiliares para bancos, clientes, cuentas por cobrar, proveedores, obligaciones a pagar, activos fijos, materiales, existencias de hacienda y costos de la explotacin.Se llevan en la administracin central de la empresa ganadera y no en su establecimiento rural. Tambin se lleva en las explotaciones pecuarias el Libro de Planilla Electrnica en el que se registran los datos del personal, las horas trabajadas, los haberes abonados y las bajas producidas. Regulada por la RM 018-2007 TR vigente a partir del 01/01/2008.

Para controlar los activos fijos, materiales y existencias de haciendas, cueros y lanas, se llevan tarjetas a fin de registrar su movimiento de entradas y salidas en unidades fsicas. En la administracin central estas tarjetas pueden llevarse en unidades fsicas y valores monetarios. Con estas labores el establecimiento rural cumple las funciones contables que le corresponden, sin intervenir en tareas ms complejas que le estn reservadas a la administracin central, en la cual se lleva la contabilidad de explotacin ganadera en los libres principales y auxiliares que hemos enumerado al comienzo de este prrafo. Adems, en la administracin central se pueden preparar numerosas planillas y cuadros estadsticos de suma utilidad para conocer la marcha y el estado de las actividades del establecimiento pecuario, en cuanto a existencias y costos e ingresos de la explotacin.Inventario y balance Como en todo tipo de empresa, los establecimientos ganaderos deben practicar al cierre del ejercicio su inventario y balance general.

2.4. Nic/Niif Aplicablesa) Nic 1 Presentacin De Estados Financieros

De acuerdo a la NIC 1 En el balance se incluirn, como mnimo, rbricas especficas con los importes correspondientes entre otros a los activos biolgicos.La actividad agrcola a menudo est expuesta a riesgos naturales como los que tienen relacin con el clima o las enfermedades. Si se produjese un evento de este tipo, que diese lugar a una partida de gastos o ingresos con importancia relativa, se revelar la naturaleza y cuanta de la misma, de acuerdo con lo establecido en la NIC 1 Presentacin de estados financieros. Entre los ejemplos de los eventos citados estn la declaracin de una enfermedad virulenta, las inundaciones, las sequas o las heladas importantes y las plagas de insectos.

b) Nic 2 Inventarios. Costo De Los Productos Agricolas Recolectados De Un Activo Biologico.

De acuerdo con la NIC 41 Agricultura, los inventarios que comprenden productos agrcolas, que la entidad haya cosechado o recolectado de sus activos biolgicos, se medirn, para su reconocimiento inicial, por el valor razonable menos los costos de venta en el momento de su cosecha o recoleccin. Este ser el costo de los inventarios en esa fecha, para la aplicacin de la presente Norma.

c) Nic 16 Propiedades Planta Y Equipo.El marco conceptual para la preparacin y presentacin de estados financieros de las Normas Internacionales de Contabilidad, seala los requisitos para reconocer un activo: Se reconoce un activo en el Balance General cuando es probable que se obtengan de los mismos beneficios econmicos futuros para la empresa.

El activo tiene un valor de costo que puede ser determinado con fiabilidadAs, por ejemplo, si una empresa peruana dedicada a la crianza y venta de activos biolgicos adquiere animales reproductores, dicha operacin se reconocer como un activo, pues estos originaran beneficios econmicos futuros.La NIC 16 Inmuebles, maquina Y Equipo seala que esta no es aplicada a los activos biolgicos relacionados con la actividad agrcola. En efecto, cuando se seleccionan aquellos activos biolgicos que sern explotados como reproductores, se produce un cambio en el tratamiento econmico, y, por consiguiente, contable de estos, ya no resultara aplicable la NIC 41 sino la NIC 16, por lo tanto en la contabilidad efectuaremos una reclasificacin de conceptos (cambios de existencias a activos fijos).La NIC 16 seala que el reconcomiendo de los desembolsos posteriores en el valor en libros de un elemento de inmuebles, maquinaria y equipo finalizara cuando el elemento se encuentre en el lugar y en las condiciones necesarias para operar de la forma prevista por la administracin.Estos desembolsos posteriores realizados de acuerdo con la NIC 16, pueden clasificarse como mejoras realizadas a los activos fijos (hay aumento de la vida til, aumento del valor del activo, etc.) y gastos de mantenimiento (no aumenta la vida til).La NIC 16 seala que la estimacin de la vida til del activo es una cuestin de criterio, basado en la experiencia que la propia empresa tenga de activos similares.En las empresas peruanas se aplican las NIC para fines societarios pero no necesariamente dichos contenidos tienen aplicacin para determinar la renta de la empresa ya que para fines fiscales se aplican las normas tributarias.

d) Nic 41 AgriculturaA partir del ao 2003 tiene vigencia internacional la NIC 41 Agricultura. En el Per se aprob su aplicacin mediante Resolucin del Consejo Normativo de Contabilidad N 024- 2001-EF/93.01 (21/12/2001).Esta norma se aplica a los activos biolgicos (animal vivo o una planta). Asimismo a los hechos que generan su transformacin biolgica (intervencin gentica para mejorar razas, alimentacin balanceada, etc.).La transformacin biolgica est conformada por las fases de crecimiento y desarrollo, agotamiento y procreacin que origina cambios cualitativos (mejor calidad del animal, calidad gentica, contenido vitamnico, cobertura de grasa) o cuantitativos (peso longitud de fibra, creacin de animales vivos adicionales) en un activo biolgico.En ese sentido, la presente norma se aplica a los productos agrcolas, que son los productos obtenidos de los activos biolgicos de la empresa, solo hasta la fase de cosecha o beneficio. A partir de esa fase la NIC apropiada ser la NIC 2Existencias, por ejemplo si los activos sern incorporados a un proceso de produccin posterior, o la NIC 16 Inmuebles Maquinaria y Equipo si los bienes sern empleados como reproductores.

La empresa contabiliza un activo biolgico si controla el activo y existe la probabilidad de que fluyan hacia la empresa beneficios econmicos futuros asociados con el activo biolgico.El activo biolgico se vala a su valor razonable neto de los costos estimados para su venta.De tener acceso a diferentes mercados activos, la empresa utilizara como valor razonable el precio establecido en el mercado que piense utilizar.De existir imposibilidad del hacer una medicin al valor razonable de manera confiable en el momento del reconocimiento inicial del activo biolgico por no tener valores de mercado y las estimaciones de valor no son confiables, en estos casos el activo biolgico se vala a su costo menos la depreciacin acumulada y perdidas por desvalorizacin acumuladas que le correspondan.El reconocimiento inicial de un activo biolgico y los cambios ocurridos a su valor razonable neto se reconocen como ganancia o prdida.

e) NIIF 5 Activos No Corrientes Mantenidos Para La Venta Y Actividades Interrumpidas

Los criterios de valuacin de esta NIIF no es aplicable entre otros a los Activos no corrientes valorados por su valor razonable menos los costos estimados en el punto de venta de acuerdo con la NIC 41 Agricultora que queda cubierto por su norma respectiva independientemente de que sean activos individuales O que formen parte de un grupo enajenable de elementos.De acuerdo a la NIIC 41 Una vez que el activo biolgico no corriente cumpla los criterios para ser clasificado como mantenido para la venta (o est incluido -en un grupo enajenable de elementos clasificado como mantenido para la venta) de acuerdo con la NIIF E, se presume qua el valor razonable puede determinarse de forma confiable.

2.5. Un Sistema De Contabilidad GanaderaLlevar un sistema de Contabilidad Ganadera es relativamente complejo en nuestro pas, sobre todo por la forma emprica en que son manejados los equipos de trabajadores (cuadrillas conformadas mayormente por familiares), el tamao del negocio (que se conduce con informalidad).Por lo tanto, lo que se suele hacer es crear un Sistema de Contabilidad Ganadera desde la adaptacin adecuada de un Sistema de Costes Industriales por Procesos y para ello se presenta de la siguiente manera:Iniciar el proceso de produccin: consignar los sementales y vientres para la cra. A partir de ello, a los futuros padres del rebao, se les dejar de acumular sus costes, para contabilizarlos en una nueva cuenta, la cual, al final, vendr a representar a las que nazcan, ya con los costes que ocasionaron sus padres.A continuacin, se desarrolla el proceso de produccin, es decir; la crianza de los becerros recin nacidos, para luego pasar a una etapa de reclasificacin, es decir que ser puesto en venta, se

Utilizar para la produccin de leche, se sacrificara o se mantendr en la granja y por lo tanto se destinara a la recra.

2.6. Costes Vinculados Al ProcesoAnalizaremos fugazmente los costes que intervienen en un proceso de engorde de reses cuyo detalle debe ser considerado y ponderado adecuadamente por el evaluador del proceso.Costes Variables por kilo(que puedan ser vinculados estrechamente a la cantidad de kilos de peso ganados)

AlimentacinInsumos complementarios(Ncleo, micro elementos, sales minerales)Sanidad (solo por los kg producidos)Mano de Obra (dem anterior)Energa elctrica, gas oil y otros insumos variables.Traslado y comercializacinDesbaste (prdidas de peso por traslado)Porcentaje de mortandad

Costes variables por cabeza (vinculados a cada animal a engordar pero independientes de su volumen de peso) (cp2)SanidadOtros Insumos (seales, caravanas,etc.)Traslado y comercializacinPorcentaje de mortandad

Costes Fijos o de estructura del engorde (CE).Mano de ObraAmortizacionesMantenimiento preventivoCoste FinancieroHonorarios profesionalesOtros Costes Fijos Directos

CAPITULO IIIREGIMEN TRIBUTARIO

3.1. Ley N 27360 Ley Que Aprueba Las Normas De Promocin Del Sector Agrario

Rgimen Agrario3.1.1. Alcance SEGN Ley N 27360 Ley que aprueba las normas de promocin del sector agrarioSujetos comprendidos dentro de los Beneficios y Requisitos a cumplirse.Se encuentran comprendidas dentro de los beneficios tributarios otorgados al sector agrario aquellas personas naturales o jurdicas que:

a).- Desarrollen principalmente actividades de cultivos y/o crianzas con excepcin de la industria forestal. Cabe notar que en este caso, para gozar de los beneficios tributarios otorgados por la Ley N 27360, no se establece como obligacin de los sujetos beneficiarios la de realizar las actividades de cultivos y/o crianzas en forma exclusiva exigindose ms bien que sean dichas actividades las principales, entendindose por tales cuando los ingresos netos obtenidos por otras actividades distintas a las de cultivo, crianza y/o agroindustrial no superen, en conjunto, el veinte por ciento (20%) del total de los ingresos netos anuales proyectados.Por su parte, respecto de la exclusin de la actividad de industria forestal es conveniente precisar tambin que el hecho de que el sujeto beneficiario realice dichas actividades no hace que pierda los beneficios, salvo que por las mismas genere ingresos superiores al 20% del total de los ingresos netos anuales proyectados.

b).- Realicen principalmente actividad agroindustrial fuera de la Provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao. No estn incluidas las actividades agroindustriales relacionadas con el trigo, tabaco, semillas oleaginosas, aceites y cerveza.Al igual que en el caso de las actividades de cultivos y/o crianzas, consideramos que la actividad agroindustrial no tendra que ser la nica sino la actividad principal realizada por los sujetos beneficiarios, por lo que le son de aplicacin las opiniones vertidas respecto a tales actividades. No obstante lo anterior, para gozar del beneficio en el caso de la actividad agroindustrial es requisito indispensable que se utilicen principalmente insumos agropecuarios que son producidos por los sujetos que realicen tal actividad o que sean adquiridos de sujetos que desarrollen actividades de cultivos y/o crianzas en reas donde se producen dichos productos.La utilizacin de tales productos agropecuarios debe representar, por lo menos, el noventa por ciento (90%) del valor total de los insumos utilizados para la elaboracin del bien agroindustrial, no incluyndose dentro de dicho porcentaje el valor de los envases.

3.1.2. Actividades Agroindustriales Incluidas En El Beneficio (Anexo Del D.S. N 007-2002-Ag)

Las comprendidas en el CIIU 1513: Elaboracin y conservacin de frutas, legumbres y hortalizas, que incluye: La elaboracin de alimentos compuestos principalmente de frutas, legumbres u hortalizas. La conservacin mediante congelacin de frutas, legumbres y hortaliza, cocidas y sin cocer, incluso preparacin y conservacin de jugos de frutas y hortalizas. La conservacin por otros medios, tales como desecacin o inmersin en aceite o vinagre. El procesamiento de patatas. La elaboracin de smolas preparadas de legumbres y hortalizas. La elaboracin de harina y smolas de patata. La conservacin de frutas y hortalizas mediante envase en recipientes hermticos. La elaboracin de compotas, mermeladas y jaleas. Las actividades de adecuacin.Las comprendidas en el CIIU 1542: Elaboracin de azcar, que incluye: La produccin de azcar de caa en bruto, azcar refinada de caa, jarabes de azcar de caa. La produccin de melazas.

3.1.3. Acogimiento Al Rgimen AgrarioLa Ley N 27360 no establece ningn procedimiento de acogimiento a los beneficios otorgados al sector agrario, con lo cual podramos afirmar que bastara con que se realicen cualquiera de las actividades beneficiarias y se cumplan con los requisitos establecidos para gozar de dichos beneficios.No obstante, el Reglamento de la Ley N 27360 en su artculo 3 ha establecido, consideremos de manera ilegal, la obligacin de acogerse a los beneficio en forma anual, otorgndole a dicho acogimiento carcter constitutivo y no declarativo.Tal procedimiento es regulado por la SUNAT mediante Resolucin Superintendencia N 007-2203/SUNAT. Segn dicho procedimiento, a efectos del acogimiento a los beneficios tributarios, ser necesario que los sujetos beneficiarios presenten, hasta el 31 de diciembre de cada ejercicio gravable, el Formulario N 4888 Declaracin jurada de acogimiento a los beneficios

tributarios de la Ley de Promocin del Sector Agrario y de la Ley de Promocin y Desarrollo de la Acuicultura.Tratndose de personas que inicien actividades en el transcurso del ejercicio debern presentar el referido formulario hasta el ltimo da hbil del mes siguiente a aquel en que inicie actividades.De no presentarse dicho formulario en cada ejercicio, no se podr gozar de los beneficios tributarios otorgados al Sector Agrario en cada uno de los ejercicios por los que no se presente el mismo.

3.1.4. Requisitos Para Gozar De Los BeneficiosPara gozar de los beneficios, las personas naturales o jurdicas que realicen cualquiera de las actividades antes descritas debern estar al da en el pago de sus obligaciones tributarias. Teniendo en cuenta que el acogimiento a los beneficios es anual, el cumplimiento de tal requisito se verificara en cada ejercicio.A efectos de dicha verificacin se entender que el sujeto beneficiario no est al da en el pago de tales obligaciones si incumple el pago de cualquiera de los tributos a los que se encuentre afecto (incluyendo los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta) por tres (3) periodos consecutivos o alternados durante un ejercicio.No se considera incumplido el pago de obligaciones tributarias cuando el mismo se efecte dentro de los treinta (30) das calendario siguiente a su vencimiento.

3.1.5. Beneficios Tributarios OtorgadosEn el rgimen agrario se han establecido los siguientes beneficios tributarios:Impuesto a la Renta (IR)Tasa reducida del 15%.A las personas naturales o jurdicas comprendidas en el presente rgimen, se les aplicara la tasa de 15% (quince por ciento) sobre la renta, a efectos del Impuesto a la Renta, correspondiente a rentas de tercera categora.

Pagos a cuentaA partir del periodo tributario Agosto 2012 se abonar por concepto de pago a cuenta de tercera categora el monto que resulte mayor de comparar las cuotas mensuales determinadas de acuerdo a lo siguiente: - La cuota mensual obtenida al aplicar a los ingresos netos obtenidos en el mes el coeficiente que resulta de dividir el monto del impuesto calculado correspondiente al ejercicio gravable anterior entre el total de los ingresos netos del mismo ejercicio.Para el caso de los pagos a cuenta de los meses de enero y febrero, se utilizar el coeficiente resultante de dividir el impuesto calculado entre los ingresos netos correspondientes al ejercicio precedente al anterior.

Slo en caso de no existir impuesto calculado en el ejercicio anterior o, en su caso, en el ejercicio precedente al anterior, se abonar como pago a cuenta las cuotas mensuales que se determinen al aplicar el 1,5% a los ingresos netos obtenidos en el mes. -La cuota mensual obtenida de aplicar el 1,5% a los ingresos netos obtenidos en el mes.Para el caso de los contribuyentes del Rgimen de Amazona (Ley N 27037) el clculo se efectuar aplicando a los ingresos obtenidos en el mes el 0.3% (para aquellos afectos al Impuesto a la Renta con tasa del 5%) 0.5% (para aquellos afectos al Impuesto a la Renta con tasa del 10%).Los contribuyentes acogidos a la Ley de Promocin del Sector Agrario (Ley N 27360) y/o a la Ley de Promocin y Desarrollo de la Acuicultura (Ley N 27460), efectuarn el clculo considerando el 0.8% a los ingresos netos obtenidos en el mes.

DepreciacinOtro de los beneficios existentes para el rgimen del sector ganadero consiste en la posibilidad de aplicar porcentajes de depreciacin mayores establecidos en las normas generales de la ley del Impuesto a la Renta.

No obstante, para poder gozar de dicho beneficio es necesario que el sujeto beneficiario invierta sus recursos financieros en la realizacin de obras de infraestructura hidrulica u obras de riego. Para tal fin, el sujeto beneficiario deber presentar un programa de inversin ante el Ministerio de Agricultura.

En efecto, segn lo establecido por la Ley N 27360 los sujetos beneficiarios podrn depreciar, hasta el 31 de diciembre del 2021, en razn del 20% (veinte por ciento) anual, el monto de las inversiones financieras que realicen en cualquiera de las obras antes mencionadas.Tal porcentaje de depreciacin se aplicara sobre los bienes que los sujetos beneficiarios adquieran o construyan para la realizacin de la obras de inversin antes mencionadas, no pudiendo ser el mismo variado, debiendo, por el contrario, mantenerse hasta el trmino de la vida til de los bienes adquiridos o construidos y hasta la fecha de vigencia de los beneficios, esto es, hasta el 31 de diciembre del 2021.Siendo as, resultara que vencido el plazo mximo antes indicado, el sujeto beneficiario no hubiera terminado de depreciar lo bienes, los mismos debern terminar de ser depreciados conforme con los porcentajes establecidos por el rgimen general del Impuesto a la Renta hasta extinguir el saldo del valor depreciable.

Los bienes que sean adquiridos o construidos debern ser registrados en el activo en una cuenta especial denominada Bienes - Ley N 27360 y computarse a su valor de adquisicin o construccin (incluyendo los gastos vinculados a fletes y seguros, gastos de despacho y almacenaje y todos aquellos gastos necesarios para su utilizacin, excepto los interese por

financiamiento). El valor de adquisicin o construccin no podr exceder al valor de mercado determinado conforme con las normas de la Ley del Impuesto a la Renta.

Deduccin del gasto sustentado en boletas de ventaSe permite la deduccin de los gastos sustentados con boletas de venta o tiques. En este caso el importe deducible no podr exceder del lmite del 10% de los montos que se encuentren acreditados mediante comprobantes de pago que otorgan derecho a deducir gasto o costo y que se encuentren anotados en el registro de compras. Dicho lmite no podr superar, en el ejercicio gravable, las200 UIT.Cabe anotar que solo podr ser deducible aquellos montos que se encuentren sustentados en boletas de venta emitidas por contribuyentes que pertenezcan al Nuevo Rgimen nico Simplificado.Beneficios para efectos del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto de Promocin Municipal (IPM) Recuperacin anticipada del IGV y del IPMSe permite que los sujetos beneficiarios puedan solicitar la devolucin del IGV pagado en las operaciones de importacin y/o adquisicin de bienes de capital, insumos, servicios y contratos que se utilicen directamente en la etapa pre productivo de sus inversiones que sean destinadas al cultivo de productos principales. Al igual que para el Impuesto a la Renta, se considera inversin a la utilizacin de recursos financieros para la adquisicin de los bienes antes descritos.La etapa pre productiva comprende el periodo anterior al inicio de las operaciones productivas, las mismas que se consideran iniciadas cuando se realicen la primera transferencia de los principales bienes indicados en el programa de inversin. Cabe anotar que esta etapa PRE productiva en ningn caso podr exceder de cinco (5) aos.

Sujetos a los que se aplica el beneficio de recuperacin anticipada del IGV:Las personas naturales o jurdicas comprendidas en el rgimen (por realizar las actividades sujetas al beneficio que pueden solicitar la devolucin son: Las empresas nuevas que se encuentran exclusivamente durante la etapa pre productiva del total de sus inversiones. Las empresas nuevas (que encontrndose en la etapa pre productiva) que produzcan en el futuro los principales bienes sealados en el programa de inversin, los mismos que debern ser destinados a la exportacin o cuya venta se encuentre gravada con el impuesto.

3.2. Sistema De Detracciones Del IGVConsiste bsicamente en la detraccin (descuento) que efecta el comprador o usuario de un bien o servicio afecto al sistema, de un porcentaje del importe a pagar por estas operaciones, para luego depositarlo en el banco de la nacin, en una cuenta corriente a nombre del vendedor o quien presta el servicio. Este, por su parte, utilizara los fondos depositados en su cuenta para efectuar el pago de sus obligaciones tributarias.Los montos depositados en las cuentas que no se agoten cumplido el plazo sealado por la norma luego que hubieran sido destinados al pago de tributos, sern considerados de libre disponibilidad para el titular.

DEFINICIONDESCRIPCION%

MazAmarilloDuroBienes comprendidos en la subpartida nacional 1005.90.11.007%

AlgodnBienes comprendidos en la subpartida nacionales 5201.00.00.10/5201.00.00.90Y 5203.00.00.00, excepto el algodn en rama sin desmotar.Se incluye en esta definicin al algodn en rama sin desmotar, cuando el proveedor hubiera renunciado a la exoneracin contenida en el inciso A) del apndice I de la ley del IGV.

11%

Caa de azcarBienes comprendidos en las subpartidas nacionales 2505.10.00.00, 2505.90.00.00, 2515.11.00.00/2517.49.00.00 y 2521.00.00.00.12%

AzcarBienes comprendidos en las subpartidas nacionales 1701.11.90.00, 1701.91.00.00 y 1701.90.10.00

10%

Alcohol etlicoBienes comprendidos en las subpartidas nacionales 2207.10.00.00, 2207.20.00.00 y 2208.90.10.00.10%

LecheSolo la leche cruda entera comprendida en la subpartida nacional 0401.20.00.00, siempre que el proveedor hubiera renunciado a la exoneracin del IGV.4%

MaderaBienes comprendidos en las subpartidas nacionales 4403.10.00.00/4404.20.00.00, 407.10.10.00/4409.20.90.00Y 4412.13.00.00/4413.00.00.00.

9%

3.3. Impuesto A Las Transacciones Financieras (ITF) Bancarizacin E Impuesto A Las Transacciones Financieras (Decreto Supremo N 150-2007-Ef Y Decreto Supremo N 047-2004-Ef)

La actividad ganadera no est exonerada del I.T.F. por tanto para que dicho costo o gasto incurrido durante el ejercicio pueda aceptarse como deduccin de la base imponible del impuesto a la renta deber tener en cuenta lo siguiente:

Obligacin de utilizar medio de pago: montos de la obligacin (a partir del 01 de enero del 2009) Para obligaciones distintas al mutuo de dinero: S/ 3,500 o US$ 1,000 Para los mutuos de dinero: No existe monto mnimo. Clases de medios de pago Depsito en cuenta

Giro

Transferencia de fondos

Orden de pago

Tarjeta de dbito

Tarjeta de crdito emitida en el pas por una Empresa del Sistema Financiero

Cheques con la clusula de "no negociables", "intransferibles", "no a la orden" u otra equivalente, a que se refiere el inciso g) del Artculo 5 de la Ley.

Efectivo, por operaciones en las que no existe obligacin de utilizar Medios de Pago.

Efectivo, en los dems casos.

Medios de Pago usados en comercio exterior

Documentos emitidos por la EDPYMES y las Cooperativas de Ahorro y Crdito no autorizadas a captar depsitos del pblico.

Tarjetas de crdito emitida en el pas o en el exterior por una empresa no perteneciente al Sistema Financiero, cuyo objeto Principal sea la emisin y administracin de tarjetas de crdito.

Tarjetas de crdito emitidas en el exterior por empresas bancarias o financieras no domiciliadas.

Otros medios de pago

Alcuota:

- Del 01/01/2006 al 31/12/20060.08%

- Del 01/01/2007 al 31/12/20070.08%

- Del 01/01/2008 al 31/12/20080.07%

- Del 01/01/2009 al 31/12/20090.06%

- A partir Del 01/03/20110.005%

3.4. Impuesto Temporal A Los Activos Netos ITAN (Ley N 28424, Decreto Legislativo N 971 Y Decreto Legislativo N 976)

Cabe anotar que no se excluyen del mbito de aplicacin del ITAN a aquellos sujetos generadores de renta de tercera categora que se encuentran comprendidos en algn rgimen especial, como es el caso, por ejemplo, del rgimen de amazonia o el rgimen agrario.Base imponible del ITANEst constituida por el valor de los activos netos consignados en el balance general ajustado por inflacin en aplicacin del Decreto Legislativo N 797, cuando corresponda efectuar dicho ajuste, cerrado al 31 de diciembre del ejercicio anterior al que corresponde el pago, deducidas las depreciaciones y amortizacin admitidas por la Ley del Impuesto a la Renta.Cabe anotar que para el ejercicio 2009, no ser de aplicacin el ajuste por inflacin en aplicacin del la ley N 28394. En ese sentido por dicho ejercicio el monto del ITAN se determinara sobre la base del valor histrico de los activos netos de la empresa, segn balance cerrado al 31 de diciembre del 2008.

Alcuota del ITAN

0% Hasta S/.1000,000

0.4%Por el exceso de S/.1000,000

Para el ejercicio 2013 el ITAN se determina aplicando la tasa del 0.4% sobre la base del valor histrico de los activos netos de la empresa que exceda de un milln de Nuevos Soles, segn balance cerrado al 31.12.2012

CAPITULO IVASPECTO LABORAL

4.1. Ley N 27360 Ley Que Aprueba Las Normas De Promocin Del Sector AgrarioContratacin Laboral Respecto a la contratacin laboral, al igual que el rgimen laboral comn, los empleadores del rgimen agrario pueden celebrar contratos de trabajo a plazo determinado o indeterminado. Sin embargo, debern seguir un procedimiento especial para poder realizar el registro de los contratos a plazo temporal celebrados con sus trabajadores. Dicho procedimiento es el siguiente: Para el registro de los contratos sujetos a modalidad, el empleador deber presentar, el ltimo da hbil de cada semestre calendario, ante la Autoridad Administrativa de Trabajo (AAT) de la jurisdiccin correspondiente, una solicitud en la que se adjunten los siguientes documentos: Tres ejemplares de los contratos sujetos a modalidad. Copia simple del Registro nico de Contribuyente (RUC). Copia simple del formulario presentado ante la SUNAT a efectos de su acogimiento a los beneficios del Sector Agrario.Los empleadores del rgimen agrario deben cumplir con el otorgamiento de los beneficios laborales sealados expresamente por la ley agraria. As tenemos:

Jornada de trabajoEl empleador sujeto al rgimen agrario debe establecer una jornada laboral que no supere las 8 horas diarias o 48 horas semanales, conforme lo establece nuestra Constitucin y las normas que regulan la jornada de trabajo.Sin embargo, debido a la naturaleza de las labores que realizan los trabajadores (sobre todo los de campo), la Ley Agraria permite que los empleadores puedan establecer jornadas de trabajo acumulativas, siempre que el nmero de horas trabajadas no exceda en promedio los lmites mximos previstos por la ley de jornada laboral antes indicada, otorgndose pagos por sobre tiempo cuando se supere dicho lmite.

RemuneracinEl Ministerio de Trabajo y Promocin del Empleo, public en el Diario Oficial El Peruano el D.S. N 011-2010-TR que dispone el aumento de la Remuneracin Mnima Vital en S/. 50.00, con lo cual, la remuneracin mnima actual es de S/. 750.00 Remuneracin Mnima Diaria Agrcola:El Jornal establecido por la Ley es diario y puede ser pagadero e forma semanal, quincenal y se tiene como base la Remuneracin Mnima vital (aumenta en el mismo porcentaje de aumento de la RMV), mensual.Los trabajadores del sector agrario perciben S/. 26.34 diarios a partir del mes de febrero del 2011, en tanto laboren ms de 4 horas diarias. Este monto remunerativo incluye CTS y gratificaciones legales (Fiestas Patrias y Navidad).

Descanso vacacional

El descanso vacacional ser de quince (15) das calendario remunerados por ao de servicio o la fraccin que corresponda, salvo acuerdo entre trabajador y empleador para un periodo mayor.

Indemnizacin por despido arbitrario

En el caso de que un empleador despida en forma arbitraria a un trabajador, la indemnizacin ser equivalente a quince (15) remuneraciones diarias por cada ao completo de servicio, con un mximo de ciento ochenta (180) remuneraciones diarias. Las fracciones de aos sern abonadas por dozavos.

Asignacin Familiar

El trabajador que tenga hijos menores de 18 aos y/o alcanzada dicha edad hasta un lazo de 6 aos que cursen estudios superiores tienen el beneficio del 10% del sueldo mnimo vital, cuyo monto es remunerable. Alimentacin Directa. Es potestad del empleador brindar la prestacin de la alimentacin directa (racin diaria de alimento), el cual no es computable a la remuneracin siempre y cuando tengan la calidad de condicin de trabajo.

Alimentacin Indirecta. Es la que presta el empleador al trabajador en forma voluntaria o por convenio colectivo, las cuales se efectan por intermedio de las empresas proveedoras de alimentos, la cual no es remunerable. El valor de la prestacin no podr exceder el 20% del monto de la remuneracin ordinaria, no debiendo ser mayor en caso de ser otorgada superar las dos remuneraciones mnimas vitales.

Seguro de Salud Agrario

Reciben todas las prestaciones del Seguro Social de Salud y su aporte es del 4% de la remuneracin.

Sistema Pensionario

Pueden afiliarse a cualquiera de los sistemas, pblico o privado (AFP).

4.2. Seguro De Salud AgrarioRgimen de Seguridad social especial para los trabajadores de la actividad agraria, los mismos que al estar cubiertos por este seguro, no se encuentran sujetos a otro rgimen de seguridad social en la salud.Se consideran los trabajadores agrarios aquellos que laboran para empleados que realizan trabajos de cultivo y/o crianza, con excepcin de la industria forestal. Tambin se incluyen

a las que realicen actividades agroindustriales, siempre que utilicen principalmente productos agropecuarios producidos directamente o adquiridos de las personas que desarrollan las actividades de cultivos y/o crianzas sealadas anteriormente. No se incluyen las actividades agroindustriales relacionadas con el trigo, tabaco, semillas oleaginosas y cerveza.Este seguro otorga cobertura a los trabajadores de la actividad agraria, al cnyuge o concubina, los hijos menores de 18 aos, hijos mayores de 18 aos incapacitados para el trabajo.Los aportes son mensuales para todos los trabajadores, equivalen a 4% de la remuneracin mensual de cada trabajador y son de cargo de empleador, durante el periodo que dure la relacin de dependencia.El seguro social agrario otorga las siguientes prestaciones: Prevencin, promocin y atencin de la salud. Prestaciones de bienestar y promocin social. Prestaciones de dinero correspondientes a los subsidios por incapacidad temporal, maternidad y lactancia. Prestaciones por sepelio

4.3. Sistema Nacional De Pensiones Creada con la finalidad de brindar una proteccin ms amplia y adecuada a los trabajadores, posibilitndose con ello la incorporacin al sistema de los trabajadores independientes.Esta contribucin es a cuenta de los trabajadores que prestan servicios bajo el rgimen de la actividad privada o pblica, cualquiera que sea la duracin del contrato de trabajo y siempre que no estn afiliados al Sistema Privado de Pensiones.Para el clculo de dicha aportacin se considera un porcentaje equivalente al 13% de la remuneracin asegurable, entendindose a este como el total de los ingresos percibidos durante un mes. Est regulado por el D.L. N 19490 y es administrado por Essalud; las prestaciones que brinda son pensin de invalidez, jubilacin, sobrevivencia, viudez, orfandad, defuncin, etc.4.4. Sistema Privado De Pensiones: Es una contribucin asumida por el trabajador y est a cargo de las administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, las cuales se encargan de administrar los aportes de afiliados bajo la modalidad de cuentas de capitalizacin individual como otorgar pensiones de jubilaciones, invalidez y sobrevivencia.El trabajador podr elegir el pertenecer al Sistema Privado o al Sistema Nacional, pero una vez incorporado al sistema privado de pensiones se puede trasladarse o retornar al SNP, salvo que la SBS reconozca el contrato con la AFP nulo.

4.5. Seguro De Salud Y Rgimen Previsional4.5.1. Seguro De Salud

Se mantiene en vigencia para los trabajadores de la actividad agraria, en sustituciones del rgimen de prestaciones de salud. El aporte mensual es del 4% a cargo del empleador por cada trabajador. Los afiliados y su derecho habiente tienen derecho a las prestaciones del Seguro Social de Salud siempre que cuenten con 3 meses de aportaciones consecutivos o con 4 meses no consecutivos dentro de los

12 meses calendario anterior al mes en que inicio la causal. En caso de accidentes, basta que exista afiliacin.

4.5.2. Regmenes Previsionales:

Los trabajadores podrn afiliarse a cualquiera de ellos siendo opcin del trabajador su incorporacin o permanencia en los mismos.

4.5.3. Condicin Para El Goce De Los Beneficios:Pago de obligaciones: Seala que para el goce de los beneficios tributarios, las empresas debern estar al da en el pago de sus obligaciones tributarias conforme seala el reglamento. En caso contrario, se perder el beneficio.El art. 4 del reglamento de la ley, aprobado por D.S. N 049-2002-AG. A precisado que se pierden los beneficios otorgados por la ley, por el ejercicio gravable que se hubiera acogido, cuando incumple el pago de cualquiera de los tributos a los cuales esta afecto, influyendo los pagos a cuenta del impuesto a la Renta, por tres periodos mensuales, consecutivos o alternados, durante el referido ejercicio. Adems el reglamento a hecho precisiones respecto a los beneficios advirtindose que las empresas avcolas que utilizan en su proceso productivo el maz amarillo duro importado no estn comprendidas dentro de los alcances de la ley.Pero en la actualidad las empresas avcolas que utilicen maz duro importado en el proceso productivo de su actividad tambin pueden acogerse a la ley y gozar de sus beneficios.

4.6. Participacin De Los TrabajadoresEl estado reconoce el derecho de los trabajadores a participar en las utilidades de la empresa. De las empresas obligadas.- Se encuentran las empresas generadoras de rentas de 3ra categora que cuenten con ms de 20 trabajadores en el ejercicio.De los trabajadores, que sean contratados por la empresa sea a tiempo indeterminado sujetos a modalidad a tiempo parcial.Para las empresas agrarias la participacin de los trabajadores es del 5%. De la renta neta anual antes del impuesto.

CAPITULO V:ASPECTO LEGAL

5.1. Ley N 28574 - Ley Que Precisa Los Alcances De La Ley N 27360 Que Aprueba Las Normas De Promocin Del Sector Agrario (Publicada El 07 Jul. 2005)De conformidad con el Artculo 1 de la Ley N 28574, se precisa que los beneficios tributarios otorgados por la Ley N 27360, en favor de los sujetos que realicen las actividades agroindustriales comprendidas en el Anexo del Decreto Supremo N 007-2002-AG, son aplicables inclusive a partir del ejercicio gravable 2001.El Artculo 2 de esta Ley, establece que tratndose de los sujetos que realicen las actividades agroindustriales comprendidas en el Anexo del Decreto Supremo N 007-2002-AG, precisase que la aplicacin de la tasa del 0.8% correspondiente a los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta a que se refiere la Segunda Disposicin Transitoria y Final de la Ley N 27360 y el numeral 2 de la Dcima Disposicin transitoria y Final del Texto nico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta aprobado por Decreto Supremo N 179-2004-EF, rige inclusive a partir del 1 de enero de 2001).Asimismo, se establece que el porcentaje mnimo de utilizacin de insumos agropecuarios de origen nacional que debe incluirse en las actividades agroindustriales sealadas en el Anexo del Decreto Supremo N 007-2002-AG, conforme a lo dispuesto al Art 2 del referido Decreto Supremo, es aplicable inclusive a partir del ejercicio gravable 2001.5.2. Ley N 27360 - Ley Que Aprueba Las Normas De Promocin Del Sector Agrario (20 Oct. 2000)Estn comprendidas en los alcances de esta Ley las personas naturales o jurdicas que desarrollen cultivos y/o crianzas, con excepcin de la industria forestal. Tambin se encuentran comprendidas en los alcances de la presente Ley las personas naturales o jurdicas que realicen actividad agroindustrial, siempre que utilicen principalmente productos agropecuarios, producidos directamente o adquiridos de las personas que desarrollen cultivo y/o crianzas, en reas donde se producen dichos productos, fuera de la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao.En la presente Ley solamente est comprendida aquella actividad avcola que no utilice maz amarillo duro importado en su proceso productivo. Los beneficios de esta Ley se aplicarn hasta el 31 de diciembre de 2010.

5.3. Ley N 27037 - Ley De Promocin De La Inversin En La Amazonia (Publicada El 30 Dic. 1998)Estn comprendidos en los alcances de esta Ley las actividades econmicas agropecuarias, acuicultura, pesca, turismo, as como las actividades manufactureras vinculadas al procesamiento, transformacin y comercializacin de productos primarios provenientes de las actividades antes indicadas y la transformacin forestal, siempre que sean producidos en la zona.

CONCLUSIONES

La Contabilidad Ganadera cumple con la funcin ineludible de informar con exactitud, cules son las partidas de costos y de gastos, en que incurre el criador, para producir y vender sus animales, a fin de que pueda saber cules habrn de ser sus costos totales y unitarios, para poder asignar sus precios de venta y conocer sus ganancias, o sus prdidas, netas.

La explotacin del ganado vacuno representa la actividad ms importante del sector ganadero a escala mundial y por tanto, el incremento en el consumo per cpita de carne y leche es un indicador del desarrollo alcanzado por un pas.

La Contabilidad Ganadera cumple con la funcin ineludible de informar con exactitud, cules son las partidas de costos y de gastos, en que incurre el criador, para producir y vender sus animales, a fin de que pueda saber cules habrn de ser sus costos totales y unitarios, para poder asignar sus precios de venta y conocer sus ganancias, o sus prdidas, netas.

Una adecuada toma decisiones con un sistema de costos bien implementado significara para la empresa ganadera utilidades al largo y corto plazo, la informacin laboral y tributaria por parte de la gerencia ser muy til para lograr dicho propsito.

BIBLIOGRAFIA

C.P.C. DANTE ATAUPILLCO VERA Contabilidad Por Sectores CPC. CARLOS PAREDES RETEGUI/ CPC ARMANDO VILLACORTA CAVERO: Plan Contable General Revisado con actividades por sectores

CIBERGRAFIA

www.portalagrario.gob.pe/rrnn_gana.shtml

http://www.monografias.com/trabajos40/contabilidad-agraria/contabilidad-agraria2.shtml

CASO PRCTICOACTIVIDAD GANADERAPgina 35[UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTIN]CONTABILIDAD APLICADA II

INTRODUCCIN

La ganadera en el Per es una actividad que se desarrolla casi en todo el pas, su importancia radica en que esta es una de las actividades de la cual se aprovecha no solo la carne de los ganados sino tambin su leche, la cual es una gran fuente de nutrientes para el hombre. Se desarrolla hace cientos de aos, aportada por varias especies representativas de ganado, entre ellas la vacuna, caprina, ovina, equina, camlida y porcina. Aproximadamente el 80% de la ganadera nacional se localiza en la regin de la sierra, y el 20% restante se distribuye entre las regiones de la costa y selva. En la Costa prevalecen los vacunos lecheros y de engorde, los porcinos, los caprinos, y algunos ovinos criollos y de pelo. En la regin de los Andes, la existencia de pastos naturales y las condiciones climticas favorecen mejor la crianza del ganado, siendo los ovinos de lana, los camlidos, los vacunos criollos de doble propsito y lecheros, y en menor magnitud los caprinos los que aportan la mayor parte de la produccin pecuaria de esta regin. Por tal motivo, el desarrollo de la ganadera en el Per tuvo su auge durante las pocas pre-incaica e incaica. Posteriormente durante la etapa de la conquista y coloniaje espaol, se inici la importacin de especies exticas, establecindose la crianza de ovinos, vacunos, cabras, aves y equinos, causando un desplazamiento geogrfico de las poblaciones de las especies nativas domsticas hacia zonas marginales y en sistemas de crianza familiar. Esta importacin caus la diversificacin de la produccin pecuaria con nuevos productos como leche, huevos y carnes de otras especies. Se produjo un cambio en los patrones de consumo, prefirindose los productos importados, en base a la idea que los productos nativos eran inferiores. El incremento en la poblacin del nuevo ganado y la creciente demanda de sus productos, posibilit el desarrollo de la ganadera, generndose por un lado las cuencas lecheras de Lima, Arequipa, Cajamarca y el Mantaro; en las zonas alto andinas de Puno, Junn y Pasco la crianza a gran escala de ovinos y alpacas.El proceso de la reforma agraria, signific un cambio en la tenencia de la tierra y el ganado, pero a su vez la disminucin de los niveles tecnolgicos de produccin. Sin embargo, a partir de la dcada del 70, se hace notorio el desarrollo empresarial de las crianzas intensivas de aves y cerdos, as como del engorde de vacunos.

INDICE

INTRODUCCINCAPITULO I GENERALIDADES DE LA ACTIVIDAD GANADERA1.1.Antecedentes1.2.Definicin De Ganadera1.3.La Empresa Ganadera1.4.Formas De Explotacin GanaderaExtensiva Semiextensiva Intensiva 1.5. Tipos de Ganaderia en el Pais 1.6.Agroindustria1.7.Tipologa De La ProduccionLa produccin tecnificada La produccin no tecnificada1.8.Clases o categoriasCAPITULO IIASPECTO CONTABLE2.1. Importancia De La Contabilidad En La Empresa Ganadera2.2. La Contabilidad Ganadera2.3. Libros Para La Contabilidad Ganadera2.4. Nic/Niif AplicablesA) Nic 1 Presentacin De Estados FinancierosB) Nic 2 Inventarios C) Nic 16 Propiedades Planta Y Equipo D) Nic 41 AgriculturaE) Niif 5 Activos No Corrientes Mantenidos Para La Venta Y Actividades Interrumpidas2.5. Un Sistema De Contabilidad Ganadera2.6. Costes Vinculados Al ProcesoCAPITULO IIIREGIMEN TRIBUTARIO3.1.Ley N 27360 Ley Que Aprueba Las Normas De Promocin Del Sector Agrario 3.1.1.Alcance3.1.2.Actividades Agroindustriales Incluidas En El Beneficio (Anexo Del D.S. N 007-2002-Ag) 3.1.3.Acogimiento Al Regimen Agrario3.1.4.Requisitos Para Gozar De Los Beneficios3.1.5.Beneficios Tributarios Otorgados3.2.Sistema De Detracciones Del IGV3.3.Impuesto A Las Transacciones Financieras (ITF) 3.4.Impuesto Temporal A Los Activos Netos Itan (Ley N 28424, Decreto Legislativo N 971 Y Decreto Legislativo N 976) CAPITULO IVASPECTO LABORAL4.1. Ley N 27360 Ley Que Aprueba Las Normas De Promocin Del Sector Agrario4.2. Seguro De Salud Agrario4.3. Sistema Nacional De Pensiones4.4. Sistema Privado De Pensiones 4.5. Seguro De Salud Y Rgimen Previsional. 4.5.1.Seguro De Salud4.5.2.Regimenes Previsionales4.5.3.Condicion Para El Goce De Los Beneficios 4.6.Participacion De Los TrabajadoresCAPITULO V ASPECTO LEGAL5.1. Ley N 28574 - Ley Que Precisa Los Alcances De La Ley N 27360 Que Aprueba Las5.2. Ley N 27360 - Ley Que Aprueba Las Normas De Promocion Del Sector Agrario (20 Oct. 2000) 5.3. Ley N 27037 - Ley De Promocion De La Inversion En La Amazonia (Publicada El 30 Dic. 1998) CONCLUSIONESBIBLIOGRAFA

CAPITULO IGENERALIDADES DE LA ACTIVIDAD GANADERA

1.1. AntecedentesLa ganadera es una actividad econmica de origen muy antiguo que consiste en el manejo de animales domesticables con fines de produccin para su aprovechamiento. En cambio, el manejo de animales pertenecientes a especies silvestres (no domsticas) cautiverio o semicautiverio se conoce como Zoocra.Dependiendo de la especie ganadera, se pueden obtener diversos productos derivados, tales como la carne, la leche, los huevos, los cueros, la lana y la miel, entre otros. La ciencia encargada del estudio de la ganadera es la zootecnia y los profesionales encargados directamente del desarrollo de la produccin animal son los Ganaderos, ayudados por los Zootecnistas y los Ingenieros de Produccin Animal, en estrecha colaboracin con los Mdicos Veterinarios que son los encargados de la prevencin y control de las enfermedades de los animales.Los ganados ms importantes en nmero a nivel mundial son los relacionados con la ganadera bovina, la ovina y la porcina. Sin embargo, en algunas regiones del planeta otros tipos de ganado tienen mayor importancia, como el caprino y el equino, como as tambin la cunicultura, la avicultura y la apicultura.La ganadera est relacionada con la agricultura, ya que en una granja ambas pueden estar relacionadas. En estos casos el ganado aporta el estircol, que es utilizado como abono, y los cultivos aportan el alimento para los animales.Esquema de las actividades ganaderas del Neoltico relacionadas con sus herramientas. Se han elegido tanto dibujos de herramientas reales (hallazgos arqueolgicos), como actividades representadas, en este caso en representaciones mesopotmicas.Un proceso esencial en la historia de las sociedades fue el paso de una economa de recoleccin (caza, recoleccin y pesca) a una economa de produccin voluntaria de ciertas plantas y de ciertos animales. En un nmero restringido de lugares de la Tierra, ciertas sociedades, manteniendo a tensiones particulares, inventaron el dominio de la reproduccin de especies vegetales y animales.Para asegurar sus necesidades de alimento, cuero, huesos, y otros productos, las primitivas sociedades cazadoras-recolectoras deban seguir las migraciones de los grandes rebaos de bvidos, crvidos y otros animales. Hace unos 10.000 aos los seres humanos del neoltico descubrieron que capturar animales, domesticarlos y mantenerlos vivos para utilizarlos cuando fuera preciso, les permita reducir la incertidumbre que, en relacin con las posibilidades de alimentacin, les supona el hecho de tener que depender de la caza. El proceso debi constar de un periodo de predomesticacin en el que, en un primer momento, los seres humanos habitaron a sus presas a su presencia mientras las seguan en sus bsquedas de alimento para, posteriormente, irlas reteniendo; esto supuso que ellos mismos tenan que encargarse de suministrar alimento a los animales. As, consiguieron domesticar varias especies, encargndose de mover los rebaos de unas zonas de pasto a otras, emulando los movimientos naturales de los mismos, pero ahora bajo su control.Este sedentarismo estuvo unido al nacimiento de las prcticas agrcolas, que ligaban al hombre a la tierra y que, adems, permitan el cultivo de forraje para los animales. De ese modo, cuando el hombre inici la domesticacin de animales herbvoros como vacas, ovejas, cabras y abandon la caza y la recoleccin de frutos, naci la ganadera, durante el neoltico y, muy probablemente, al mismo tiempo que la agricultura.Estos animales como el ganado vacuno sirvieron, adems de proporcionar carne, como animales de carga de mercancas, tiro del arado, suministro de pieles y, ms tarde, de leche y derivados. El estircol acumulado en los establos, estabulados y cuadras, debi haber servido de abono para los primeros cultivos.Carta del Creciente Frtil, una regin de Oriente Medio que abarcaba el Antiguo Egipto, el Levante mediterrneo, Mesopotamia y otras civilizaciones, donde se cree que naci la ganadera hace unos diez milenios.La domesticacin de animales permiti tambin utilizarlos para realizar trabajos agrcolas o transportar cargas. Adems, los restos de las cosechas que no eran utilizables en la alimentacin humana podan aprovecharse como alimento para el ganado.La agricultura y la ganadera permitieron a las poblaciones humanas conseguir una mayor certidumbre respecto a sus posibilidades de sustento, as como reducir el esfuerzo en obtenerlo, lo que posibilit un mayor desarrollo cultural, ya que el ser humano poda entonces empezar a disponer de ms tiempo para la creacin intelectual. En este sentido, parece que el desarrollo de la ganadera tuvo lugar en Oriente Prximo, precisamente en zonas donde, a su vez, el desarrollo cultural fue ms intenso y temprano. A partir de esos lugares se difundi esta nueva relacin con la naturaleza, ya sea que las sociedades convertidas en sociedades de agricultores y/o de pastores se fueron expandiendo (en gran parte gracias al potencial demogrfico que su nuevo modo de produccin, de alimentacin y de materias primas permita), ya sea que sociedades vecinas, todava paleolticas, hayan adoptado, por su propia voluntad o por la fuerza, este nuevo modo de vida.El trmino "neolitizacin" para designar a este proceso de domesticacin, deriva de "Neoltico" o Edad de la Piedra Pulida, palabra inventada por los prehistoriadores del siglo XIX para caracterizar el tipo ms reciente, en Europa, de industria prehistrica (de produccin de instrumentos de piedra), justo antes de la Edad de los Metales.Los lugares de la neolitizacin primaria son escasos y cada uno comprende slo un pequeo nmero de especies. En primer lugar, la Medialuna Frtil (hace 10.000 aos) donde se domestic el cerdo, la cabra, el asno y el carnero. El norte de la China (hace 8.500 aos) donde, de modo independiente, tambin se domestic el cerdo; Mesoamrica (hace 8.000 aos) en donde se domestic el pavo (Meleagris gallopavo) y los Andes, donde hace unos 6.000 aos comenz la domesticacin de la llama (Lama glama), la alpaca (Vicugna pacos) y el cuy (Cavia porcellus).La produccin crnica se comenz a desarrollar a finales del siglo XV, como una produccin precaria, de escasos recursos, escasa comercializacin y escaso consumo. Luego fue desarrollndose a gran escala, generando alta ganancia, y produccin en creces. Durante los siglos XIX y XX, con la colonizacin europea de Amrica, tuvo un desarrollo intensivo, que agotaba los recursos naturales.En la actualidad, el rea de extensin de la ganadera es superior que la de la agricultura, ya que el ganado puede ser criado en reas donde el duro clima imposibilita el crecimiento de los cultivos, como en las altas montaas o las zonas con una aridez extrema. La estabulacin del ganado y el desarrollo de nuevas tcnicas de alimentacin han contribuido para disminuir la dependencia de las condiciones del medio.

En PerEl desarrollo de la ganadera en el Per se remonta a tiempos ancestrales, en que los primeros pobladores peruanos domesticaron la alpaca, llama y el cuy, criando estas especies con el fin de beneficiarse de sus productos. Esta ganadera tuvo su auge durante las pocas pre-incaica e incaica. Posteriormente durante la etapa de la conquista y coloniaje espaol, se inici la importacin de especies exticas, establecindose la crianza de ovinos, vacunos, cabras, aves y equinos, causando un desplazamiento geogrfico de las poblaciones de las especies nativas domesticas hacia zonas marginales y en sistemas de crianza familiar. Esta importacin caus la diversificacin de la produccin pecuaria con nuevos productos como leche, huevos y carnes de otras especies. Se produjo un cambio en los patrones de consumo, prefirindose los productos importados, en base a la idea que los productos nativos eran inferiores. El incremento en la poblacin del nuevo ganado y la creciente demanda de sus productos, posibilit el desarrollo de la ganadera, generndose por un lado las cuencas lecheras de Lima, Arequipa, Cajamarca y el Mantaro; en las zonas alto andinas de Puno, Junn y Pasco la crianza a gran escala de ovinos y alpacas.El proceso de la reforma agraria, signific un cambio en la tenencia de la tierra y el ganado, pero a su vez la disminucin de los niveles tecnolgicos de produccin. Sin embargo, a partir de la dcada del 70, se hace notorio el desarrollo empresarial de las crianzas intensivas de aves y cerdos, as como del engorde de vacunos. Actualmente la ganadera en el Per, se desarrolla a nivel de las tres regiones naturales, configurndose una serie de sistemas y modos de produccin de acuerdo a las condiciones de propiedad de la tierra, las Caractersticas geogrficas y altitudinales donde se desarrolla esta actividad. Como caracterstica predominante destaca la crianza a nivel del minifundio, donde los productores desarrollan la actividad con fines de supervivencia ms que para obtener ganancias. Sin embargo cabe sealar la existencia de sectores con un grado avanzado de desarrollo empresarial en las actividades de avicultura, porcicultura, engorde de vacunos y produccin de leche, principalmente ubicadas en la regin Costa. En la costa y valles interandinos, se combina la actividad ganadera con la actividad agrcola, adquiriendo ms importancia la segunda. Mientras que en la zona alto andina la ganadera se constituir en fundamental, pues las condiciones climticas dificultan la actividad agrcola aunque favorecen el desarrollo de una gran extensin de pastos naturales.

1.2. Definicin De GanaderaLa ganadera es la rama de la Zootecnia, que se refiere al cuidado de los animales domsticos que constituyen los ganados, tanto en relacin a su crianza, como a su explotacin econmica, organizacin de los hatos, reproduccin, seleccin, mejora y a todas las atenciones que en general necesitan como animales vivos y como reproductores de riqueza.

La ganadera ha estado vinculada a las explotaciones agrcolas, ya sea como un complemento de stas o viceversa, desde tiempos remotos; sin embargo, al hacerse independiente la ganadera de la agricultura tom aquella el aspecto de una industria zootcnica con personalidad propia y con mtodos definidos. Los modernos procedimientos de mejora que la gentica ha puesto en manos del ganadero y del Zootcnico, han permitido mejorar extraordinariamente los ganados y productos que de ellos se obtienen.

Es una actividad econmica, dedicada a la crianza del conjunto de especies animales para sacar provecho tanto animal y sus productos derivados, as como la propia explotacin del ganado.

La ganadera tiene como objetivo la produccin de animales para obtener carne y derivados, como la leche, huevos, cuero. La ganadera bovina, porcina, equina y caprina son las ms comunes, pero ltimamente la cra de liebres, cuyes, y otros animales alternativos ha comenzado a aumentar.

La ganadera est ntimamente relacionada con la agricultura, y estas dos actividades humanas dependen de un tipo especial de medio ambiente, que es el medio rural o agroecosistema.

1.3. La Empresa Ganadera DescripcinLa explotacin ganadera consiste en una serie de procedimientos para la procreacin, engorde, crecimiento y venta de animales (activos biolgicos), y el mantenimiento de los mismos para la obtencin de productos derivados. Adems, como ejemplos de los mismos podemos citar los siguientes:

ACTIVOS BIOLGICOSPRODUCTOS

Ganado BovinoLeche

Ganado BovinoCarne en cana

ArbustosAlimento

Clasificacin De La Ganadera De Acuerdo A Sus Fines: Ganado pie de cra Ganado de engorde Ganado lechero

1.4. Formas De Explotacin GanaderaLa empresa ganadera tambin es clasificada como actividad industrial, extractiva renovables, la misma que fomenta la crianza y el crecimiento, esta actividad se de en nuestro pas en 3 formas:

Extensiva Se basa esencialmente en la cra de ganado, dedicado ms que a un fin lucrativo al de la subsistencia en el cual el ganado adquiere una doble opcin. Cabe mencionar que siendo un producto de subsistencia carece de la alimentacin y de los cuidados, especiales por ejemplo: la tpica explotacin familiar ganadera en el campo comn de un pueblo, lindante con l, que no se labra, y donde suelen reunirse los ganados.

SemiextensivaConsiste en la cra de ganado con fines comerciales, animales que son alimentados con alimentos naturales o elaborados que les permitan desarrollarse, es decir, se aprovechan los pastizales cuando la naturaleza lo permita, y a falta de stos el ganado se alimenta de productos elaborados o enlatados.

IntensivaEs la produccin a gran escala con instalaciones, cuidado y tecnologa avanzada. La formas de produccin que se siguen en estos negocios difieren dependiendo de los fines que se persiguen, es decir, si se trata de la produccin de carne se utilizan razas animales que permiten ser explotados de esta manera y las actividades a s