acción financiera del estado

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  • 7/21/2019 Accin Financiera Del Estado

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    Accin Financiera del Estado

    1.2. Las Funciones del Estado

    CONCEPCIN CLSICA: La concepcin clsica referente al papel o funciones que deba cu!plir el Estado en sociedad" fue presentada en los si#los $%III & $I$ por los bien lla!ados clsicos de la Econo!a: A'A( S(I)*+,AN -A,)IS)A SA. & +A(ES (ILL principal!ente/ Sus teoras respecto a la funcin del Estado pueden spresentadas en for!a resu!ida a continuacin:

    0/ La 1ida econ!ica" la produccin & la rique2a de las naciones son el resultado del libre 3ue#o de

    iniciati1a pri1ada dentro de las le&es del !ercado de libre co!petencia" esto es" ba3o el i!perio de la le& principio de equilibrio natural al con3u#arse !isteriosa!ente las funciones de la oferta & la de!anda/4/ 'entro de esta sociedad" el estado act5a co!o perturbador del creci!iento econ!ico" pues" a tra16s dlos tributos que e7i#e" distrae recursos 5tiles a la produccin" constitu&6ndose en una car#a social sobre In#reso Nacional al dis!inuir la capacidad de in1ersin de los particulares que 1en !en#uadas sus #anancia8/ Los efectos de esta car#a social se !ani9esta en perturbaciones econ!icas" pero sobre todo" pobre2colecti1a al dis!inuir la produccin por desaliento de los particulares a la in1ersin & rein1ersin que ede9niti1a causan el terrible fantas!a del dese!pleo de la poblacin// Por la ra2n anterior se ;ace necesario" es una e7i#encia" li!itar las funciones del estado a la !ni!e7presin posible" de for!a tal que a !enores funciones se ten#a que recurrir en !enores #astos< & !enores #astos" se corresponder con una !enor necesidad de procurarse recursos" & as co!o los recursoel Estado se los procura con los tributos" de9niti1a!ente" la car#a tributaria tan =da>ina? para la sociedanecesaria!ente deber ser la !enor/

    @/ Las funciones que el Estado debe li!itarse a cu!plir son: 'efensa Nacional" Se#uridad Interna Ad!inistracin de +usticia/ -a3o esta concepcin" fcil es obser1ar & co!prender co!o a5n en los pri!eroa>os de este si#lo 0B00B0@D" a>os de #randes conictos ar!ados & por lo tanto de carreras ar!a!entista& de #randes ero#aciones en !ateria de defensa" los i!puestos de los pases europeos & aun a!ericanosola!ente representaron" un poco !s o un poco !enos" del 0FG del Producto Nacional/

    CONCEPCIN (O'EHNA: La funcin pri!ordial del #obierno es la proteccin" la cual tiene co!o base dsustentacin los derec;os indi1iduales & colecti1os/

    Esta proteccin se e7tiende en la sociedad en las si#uientes direcciones:

    Proteccin contra terceros Proteccin contra ella !is!a

    Proteccin contra la i#norancia Proteccin contra la enfer!edad & Proteccin contra la e7plotacin & el abuso de al#unos de sus !ie!bros

    En el cu!pli!iento de esta funcin protectora" el #obierno ;a in1adido" con sus acti1idades" ca!pos anteinsospec;ados en una sociedad de!ocrtica/

    'esde esta concepcin & a partir de poco tie!po atrs" el estado ;a 1enido e3erciendo una inter1encin cad1e2 !s acti1a dentro de la sociedad/ Inter1encin que se !ani9esta cada 1e2 !s e7pansi1a en los ca!poecon!icos & sociales" ;asta lle#ar a la participacin directa< la reser1a para s de ciertas acti1idades cocarcter !onoplico/

    1.3. El Estado Intervencionista.

    La inter1encin del Estado" la e3erce a tra16s de 4 1as: LAS ACCIONES 'IHEC)AS . LAS ACCIONEIN'IHEC)AS

    ACCIONES DIRECTAS La inter1encin del estado por la 1a de las acciones directas" se !ani9esprincipal!ente a tra16s de las acciones desarrolladas por el Estado co!o un participante !s dentro de acti1idad econ!ica< puede cu!plir el Estado & de ;ec;o cu!ple en la realidad" un doble papel: El Estadco!o productor & co!o consu!idor

    Co!o productor" el estado inter1iene en la acti1idad econ!ica co!o un participante directo por !edio de prestacin de ser1icios p5blicos & la produccin de bienes & ser1icios" sea por 1a ad!inistrati1a nor!al o pola de las e!presas del Estado/

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    As" i!itando a la ad!inistracin pri1ada" sur#e una teora de plani9cacin por parte del sector p5blico" couna 1isin de #lobalidad" que co!o queda dic;o" se reconoce co!o 5nico siste!a 1alido" de los ;asta a;oconocidos para lo#rar un ar!nico creci!iento & por lo !is!o el desarrollo/

    La plani9cacin por parte del sector p5blico se traduce en los conocidos planes de desarrollo por cu&cu!pli!iento" en una econo!a !i7ta co!o la nuestra" corresponde al Estado una doble responsabilidad

    0/ Cu!plir lo conte!plado en dic;os planes co!o responsabilidad del sector p5blico4/ Crear condiciones fa1orables para que el sector pri1ado pueda sentirse esti!ulado a cu!plir la parte quconte!ple co!o su rea de accin en los planes" & que dentro de los siste!as de!ocrticos tiene carct

    indicati1o/

    Artculo 1/0. Los Estados son entidades autno!as e i#uales en lo poltico" con personalidad 3urdica plen& quedan obli#ados a !antener la independencia" soberana e inte#ridad nacional" & a cu!plir & ;acecu!plir esta Constitucin &las le&es de la Hep5blica/

    Artculo 1. Es de la co!petencia e7clusi1a de los estados:

    0/ 'ictar su Constitucin para or#ani2ar los poderes p5blicos" de confor!idad con lo dispuesto en estConstitucin/4/ La or#ani2acin de sus (unicipios & de!s entidades locales & su di1isin polticoterritorial" confor!e

    esta Constitucin & a la le&/8/ La ad!inistracin de sus bienes & la in1ersin & ad!inistracin de sus recursos" incluso de los pro1enientede transferencias" sub1enciones o asi#naciones especiales del Poder Nacional" as co!o de aquellos que sles asi#nen co!o participacin en los tributos nacionales// La or#ani2acin" recaudacin" control & ad!inistracin de los ra!os tributarios propios" se#5n ladisposiciones de las le&es nacionales & estadales/@/ El r6#i!en & apro1ec;a!iento de !inerales no !etlicos" no reser1ados al Poder Nacional" las salinas ostrales & la ad!inistracin de las tierras baldas en su 3urisdiccin" de confor!idad con la le&/K/ La or#ani2acin de la polica & la deter!inacin de las ra!as de este ser1icio atribuidas a la co!petenc!unicipal" confor!e a la le#islacin nacional aplicable// La creacin" or#ani2acin" recaudacin" control & ad!inistracin de los ra!os de papel sellado" ti!bres esta!pillas/M/ La creacin" r6#i!en & or#ani2acin de los ser1icios p5blicos estadales/

    B/ La e3ecucin" conser1acin" ad!inistracin & apro1ec;a!iento de las 1as terrestres estadales/0F/ La conser1acin" ad!inistracin & apro1ec;a!iento de carreteras & autopistas nacionales" as co!o dpuertos & aeropuertos de uso co!ercial" en coordinacin con el E3ecuti1o Nacional/00/ )odo lo que no corresponda" de confor!idad con esta Constitucin" a la co!petencia nacional o !unicipa

    Artculo 14. Son in'resos de los Estados

    0/ Los procedentes de su patri!onio & de la ad!inistracin de sus bienes/4/ Las tasas por el uso de sus bienes & ser1icios" !ultas & sanciones" & las que les sean atribuidas/8/ El producto de lo recaudado por concepto de 1enta de especies 9scales// Los recursos que les correspondan por concepto de situado constitucional/El situado es una partida equi1alente a un !7i!o del 1einte por ciento del total de los in#resos ordinarioesti!ados anual!ente por el Jisco Nacional" la cual se distribuir entre los Estados & el 'istrito Capital en for!a si#uiente: untreinta por ciento de dic;o porcenta3e por partes i#uales" & el setenta por ciento restante en proporcin a poblacin de cada una de dic;as entidades/En cada e3ercicio 9scal" los Estados destinarn a la in1ersin un !ni!o del cincuenta por ciento del !onque les corresponda por concepto de situado/ A los (unicipios de cada Estado les corresponder" en cade3ercicio 9scal" unaparticipacin no !enor del 1einte por ciento del situado & de los de!s in#resos ordinarios del respecti1Estado/En caso de 1ariaciones de los in#resos del Jisco Nacional que i!pon#an una !odi9cacin del PresupuestNacional" se efectuar un rea3uste proporcional del situado/La le& establecer los principios" nor!as & procedi!ientos que propendan a #aranti2ar el uso correcto e9ciente de los recursos pro1enientes del situado constitucional & de la participacin !unicipal en el !is!o/

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    @/ Los de!s i!puestos" tasas & contribuciones especiales que se les asi#nen por le& nacional" con el 9n dpro!o1er el desarrollo de las ;aciendas p5blicas estadales/K/ Los recursos pro1enientes del Jondo de Co!pensacin nter territorial & de cualquier otra transferencisub1encin o asi#nacin especial" as co!o de aquellos que se les asi#nen co!o participacin en los tributonacionales" de confor!idad con la respecti1a le&/Artculo 15. Los (unicipios constitu&en la unidad poltica pri!aria de la or#ani2acin nacional" #o2an de personalida3urdica & autono!a dentro de los l!ites de esta Constitucin & de la le&/ La autono!a !unicipco!prende:0/ La eleccin de sus autoridades/

    4/ La #estin de las !aterias de su co!petencia/8/ La creacin" recaudacin e in1ersin de sus in#resos/

    Artculo 0M/ Son de la co!petencia del (unicipio el #obierno & ad!inistracin de sus intereses & la #estin de la!aterias que le asi#nen esta Constitucin & las le&es nacionales" en cuanto concierne a la 1ida local" eespecial la ordenacin & pro!ocin del desarrollo econ!ico & social" la dotacin & prestacin de los ser1iciop5blicos do!iciliarios" la aplicacin de la poltica referente a la !ateria inquilinaria con criterios de equidad3usticia & contenido de inter6s social" de confor!idad con la dele#acin pre1ista en la le& que ri#e la !aterila pro!ocin de la participacin" & el !e3ora!iento" en #eneral" de lascondiciones de 1ida de la co!unidad" en las si#uientes reas:

    0/ Ordenacin territorial & urbanstica< patri!onio ;istrico< 1i1ienda de inter6s social< turis!o local< parque

    & 3ardines" pla2as" balnearios & otros sitios de recreacin< arquitectura ci1il" no!enclatura & ornato p5blico/4/ %ialidad urbana< circulacin & ordenacin del trnsito de 1e;culos &personas en las 1as !unicipales< ser1icios de transporte p5blico urbano de pasa3eros & pasa3eras/8/ Espectculos p5blicos & publicidad co!ercial" en cuanto concierne a los intereses & 9nes espec9co!unicipales// Proteccin del a!biente & cooperacin con el sanea!iento a!biental< aseo urbano & do!iciliarico!prendidos los ser1icios de li!pie2a" de recoleccin & trata!iento de residuos & proteccin ci1il/@/ Salubridad & atencin pri!aria en salud" ser1icios de proteccin a la pri!era & se#unda infancia" a adolescencia & a la tercera edad< educacin preescolar" ser1icios de inte#racin fa!iliar de la persona codiscapacidad al desarrollo co!unitario" acti1idades e instalaciones culturales & deporti1as< ser1icios dpre1encin & proteccin" 1i#ilancia & control de los bienes & las acti1idades relati1as a las !aterias de co!petencia !unicipal/K/ Ser1icio de a#ua potable" electricidad & #as do!6stico< alcantarillado" canali2acin & disposicin de a#ua

    ser1idas< ce!enterios & ser1icios funerarios// +usticia de pa2" pre1encin & proteccin 1ecinal & ser1icios de polica !unicipal" confor!e a la le#islacinacional aplicable/

    Artculo 140. Los (unicipios tendrn los si#uientes in#resos:0/ Los procedentes de su patri!onio" incluso el producto de sus e3idos & bienes/4/ Las tasas por el uso de sus bienes o ser1icios< las tasas ad!inistrati1as por licencias o autori2aciones< loi!puestos sobre acti1idades econ!icas de industria" co!ercio" ser1icios" o de ndole si!ilar" con lali!itaciones establecidas en esta Constitucin< los i!puestos sobre in!uebles urbanos" 1e;culoespectculos p5blicos" 3ue#os & apuestas lcitas" propa#anda & publicidad co!ercial< & la contribuciespecial sobre plus1alas de las propiedades #eneradas por ca!bios de uso o de intensidad dapro1ec;a!iento con que se 1ean fa1orecidas por los planes de ordenacin urbanstica/8/ El i!puesto territorial rural o sobre predios rurales" la participacin en la contribucin por !e3oras & otrora!os tributarios nacionales o estadales" confor!e a las le&es de creacin de dic;os tributos// Los deri1ados del situado constitucional & otras transferencias o sub1enciones nacionales o estadales/@/ El producto de las !ultas & sanciones en el !bito de sus co!petencias & las de!s que les seaatribuidas/

    La Ciencia de las Finan&as

    2.1 Conce"to6 Su7eto ( O#7eto.

    Conce"to: es aquella ra!a del conoci!iento ;u!ano que estudia los principios abstractos" los ob3eti1opolticos & las nor!as que ri#en la adquisicin" la ad!inistracin & la in1ersin de las rique2as" requeridas polos entes polticos para la satisfaccin de las necesidades p5blicas/

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    O#7etola constitu&e la acti1idad 9nanciera desarrollada por los estados a tra16s de sus diferentes r#anode ad!inistracin & sus di1ersos parcela!ientos a ni1el poltico co!o sera el caso Nacin" EstadoPro1incias o (unicipios/

    Al asi#nar co!o ob3eto de estudio la Acti1idad Jinanciera del Estado encontra!os que tal ob3eto scorresponde con una realidad 1isible" obser1able" por tanto la ciencia de las 9nan2as corresponde al #rupo dlas lla!adas ciencias fcticas/

    $8todoLas 9nan2as p5blicas co!o ciencia social les corresponder un !6todo espec9co/ Siendo pues unciencia social el !6todo a usar en la in1esti#acin de la Acti1idad Jinanciera del Estado" ob3eto de estudio d

    la ciencia de las Jinan2as P5blicas ser el ;ipot6tico deducti1o pues es el que corresponde a las cienciasociales que no acepta principios absolutos sino que los !is!os 1ienen su#eridos por la prctica & lle1ai!plcito el carcter de pri1isoriedad" contrastacin & posibilidad de error/

    2.3 Teoras so#re la actividad Financiera.

    Teoras Econ!icas" Consideran al Estado co!o un ente racional" capa2 de ase#urar a los indi1iduos" po!edio de una acti1idad 9nanciera su3eta al clculo & anlisis econ!icos" un !7i!o de utilidad & bienestaal !enor costo posible/

    Teoras Sociol'icasnie#an la e7istencia real del Estado" al cual consideran que co!o un #obierno de unclase do!inante que se 1ale de la acti1idad 9nanciera para en#a>ar & e7plotar a los de!s indi1iduos/

    )eoras Polticas" consideran al Estado co!o un ente real en el cual con1er#en distintas fuer2as polticas sociales" e intereses indi1iduales & colecti1os/ Con respecto a la AJE" sostienen que su naturale2a es polticatento a que tienen tal carcter" 0D su3eto acti1o 4D los procedi!ientos coerciti1os e!pleados por aquel/ los 9nes que se pretende alcan2ar con ella & D los principios de distribucin de las car#as p5blicas/

    Heconocen que los !edios son de naturale2a econ!ica" pero se>alan con apropiada ra2n" que tales !ediose los eli#e se#5n criterios polticos & se los destina a los 9nes polticos de un su3eto que es ta!bi6n" co!o eEstado" e!inente!ente poltico/

    Finalidades de la Actividad Financiera

    Es un con3unto de fen!enos 9nancieros" se#5n al#unos autores no constitu&en un 9n en s !is!a" sino cu!pli!iento de una funcin instru!ental de funda!ental i!portancia" cu&o re#ular desen1ol1i!iento e

    condicin indispensable para el desarrollo de todas las acti1idades restantes/Se#5n los clsicos< El criterio de la instru!entalidad tiene pleno 1alor cuando se concibe la AJE" co!o acti1idad i!prescindible para lo#rar los recursos que se e!plearan en los #astos necesarios para satisfaclas necesidades p5blicas/ Sin e!bar#o ese criterio no alcan2a a e7plicar su9ciente!ente todas las funcioneque esta cu!ple/

    LA AJE )IENE JINALI'A'ES PHOPIAS se#5n los estudios conte!porneos" entre los deno!inados:

    0D Los 9nes Jiscales: La obtencin de recursos con los cuales se efect5an los #astos que irro#an lanecesidades p5blicas/ La AJE cu!ple el papel del !edio o instru!ento con que se ;abr de cu!plir otr9nalidad" esto es la satisfaccin de necesidades p5blicas/

    4D Los 9nes E7tra 9scales" procuran atender el inter6s p5blico en for!a directa" se lo#ra !ateriali2ando po!edio de la AJE" una inter1encin en distintas acti1idades desarrolladas por la co!unidad/ )al inter1encin elle1ada no solo !ediante un #asto" sino ta!bi6n por !edio de los recursos/ E3/ La aplicacin de ele1adoi!puestos al consu!o de bebidas alco;licas/

    8D Los 9nes (i7tos de la AJE" participan de las caractersticas de los anteriores" se !ani9estan por e3/ cuandse trata por e3/ de un i!puesto que se aplica no solo para lo#rar !edios 9nancieros 9n 9scalD sino ade!para atender directa!ente el inter6s p5blico" !ediante e7enciones o deducciones para deter!inados #ruposociales o la aplicacin de alcuotas !s ele1adas a otra cate#ora" etc/

    Fines0D Hecaudar In#resos4D Hecortar el circulante !onetario aplicando polticas antiinacionariasD8D Jines #enerales" econ!ica" social & politica

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    Fases0D Jase de in#resos p5blicos Hecaudar In#resosD4D Jase de In1ersin de los Hecursos asto P5blicoD8D Jase de ad!inistracin de los recursos

    La actividad Financiera6 nos "er!ite caracteri&ar la Actividad Estatal

    La pri!era nota distinti1a de la acti1idad 9nanciera reside en que se trata de una acti1idad constituida por !o!entos distintos:

    0D LA PLANIJICACION: )anto de los recursos p5blicos co!o de los #astos p5blicos" que se !ateriali2a en uPHES,P,ES)O/

    4D El lo#ro u obtencin de los recursos p5blicos" lo cual i!plica una decisin con respecto a C!o" cundode donde obtenerlos" co!o ta!bi6n un anlisis sobre cules sern las consecuencias o efectos en econo!a & el orden social/

    8D La aplicacin o in1ersin de tales recursos" las ero#aciones o in1ersiones en bienes p5blicos" la cual suponta!bi6n un anlisis sobre los efectos que ella producir en la econo!a & en el orden social/

    Di9erencia entre la actividad -nanciera ( la actividad econ!ica.

    2..1. *or la E)tensin del O#7etoEn este caso se trata de su cuanta/ En efecto dentro de una sociedadeter!inada" en un estado" es !u& difcil que un particular lle#ue a !ane3ar un 1olu!en de recursoco!parables a los !ane3ados por el estado/

    2..2. *or la Naturale&a del O#7etoSe di3o en las se!e3an2as que el ob3eto es de id6ntica naturale2a" ea!bos casos son recursos !onetarios" por ser p5blicos los unos & pri1ados los otros no tienen un 1alor dca!bio diferente" un bol1ar del Estado 1ale i#ual que el bol1ar de +uan o de Pedro/ Entonces donde est ldiferencia" donde su diferente naturale2a No se trata de 1alor de ca!bio" la naturale2a diferente es sutil" establece la propiedad de los si#nos !onetarios< en el caso del bol1ar de Pedro o el de +uan" estos e3ercen udo!inio absoluto sobre su dinero" pueden #astarlo" !al#astarlo o aun destruirlo" es su proble!a/ En el casdel bol1ar del Estado" este nos pertenece a todos & por tanto si bien los #obernantes pueden #astarlo" ndeben sin e!bar#o !al#astarlo o destruirlo por las i!plicaciones que tal ;ec;o si#ni9ca/

    2..3. *or los $edios Aqu se re9ere a los !edios utili2ados por el Estado & los particulares parprocurarse los recursos/ 'esde este punto de 1ista e7iste una notable diferencia/ En efecto los particularedisponen de escasos !edios para procurarse los recursos< unos lo ;acen 1endiendo su fuer2a de traba3otros por re!uneracin o intereses de sus propiedades" otros !ediante contratos de co!pra1enta" co!e!presarios o por cr6ditos que les otor#an los entes 9nancieros" pero todos" absoluta!ente todos obtieneun in#reso !ediante nor!as re#uladas en el 'erec;o P5blico/

    2... Atesora!iento de Ri:ue&as Esta es una diferencia clsica & 1aledera" pues se ad!ite co!conducta natural & racional de los seres ;u!anos que ten#an una propensin al a;orro" co!o !edida dse#uridad para su e1entual incapacidad/ Para el estado no estn presentes tales factores & por tanto ne7iste la tendencia a a;orrar por el contrario de e7istir puede ser ob3eto de crtica" aunque ba3o el criterio dpoltica econ!ica de co&untura pudiera pre1erse Qa pro1isin de cierto a;orro en el sector p5blico/

    2../. *or la Deter!inacin de ,tilidades)a!bi6n en este caso esta diferencia tiene cierto #rado d1alide2" podra estudiarse co!o un corolario de la diferencia anterior pero ta!bi6n lo es en cuanto instru!ento de !edicin/ En efecto" en toda #estin 9nanciera e7iste la relacin entre dos ele!entos co!son: los in#resos & los e#resos/Por las acti1idades que reali2an los particulares & el estado encontra!os que en la de los particulares sie!pes posible deter!inar esta relacin" !ientras que en !uc;as de las reali2adas por el Estado no es posibdeter!inarla aun siendo id6nticas/

    2... *or sus FinesEsta diferencia es clsica" cuando se a9r!a que las 9nan2as pri1adas solo se !ue1een pos de lucro" !ientras que en las 9nan2as p5blicas este 9n est ausente/ Sin e!bar#o" se puede decir quen t6r!inos absolutos tal diferenciacin es relati1a" pues si bien el lucro es deter!inante en las 9nan2ap5blicas" ta!poco le es total!ente a3eno & puede con todo derec;o buscarlo en al#unas acciones sin lle#ar ser criticable" por el contrario ;a& autores & pensadores que de9enden con cierto basa!ento la rentabilidad por lo !enos el auto9nancia!iento en los ser1icios del estado/

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    2..4. *or sus Fuentes de In'resoAJ: Poltica 9scal" poltica petrolera" pri1ati2acin & ena3enacin/ A(ediante el precio/

    2..5. *or su co!"le7idadEsta diferencia 1iene a resultar un corolario de la anterior/ Se puede decir qupersi#uiendo las 9nan2as" pri1adas 5nica!ente ob3eti1os econ!icos" las cuales los lo#ra a tra16s de fabricacin de uno o 1arios productos" los proble!as a resol1er son relati1a!ente si!ples o dic;o de otrfor!a el #rado de co!ple3idad es relati1o/

    Por el contrario siendo los ob3eti1os de las 9nan2as p5blicas !s a!plios" & porque no" !s co!ple3os" lo

    proble!as que le presentan son ta!bi6n !uc;o !as co!ple3os/