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Acceso de los indígenas a la justicia oficial en Guatemala: percepción y recomendaciones desde las/los usuarios

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Acceso de los indígenas a la justicia oficial en Guatemala: percepción y recomendaciones desde las/los usuarios

Comisión Nacional para el Seguimiento y Apoyo al Fortalecimiento de la Justicia

(CNSAFJ)

Acceso de los indígenas a la justicia oficial en Guatemala:

Percepción y recomendaciones desde las/los usuarios

Guatemala, mayo de 2007

Magna Terra editores s.a5a. avenida 4-75 zona 2, Ciudad de GuatemalaTeléfonos: (502) 2238-0175, 2250-1031, Fax: (502) 2251-4048Correos electrónicos: [email protected] [email protected]

Acceso de los indígenas a la justicia oficial en Guatemala: Percepción y recomendaciones desde las/los usuarios

Consultoría a cargo de: Jesús Gómez

Comisión Nacional para el Seguimiento y Apoyo al Fortalecimiento de la JusticiaAvenida la Reforma 7-62 zona 9, Edificio Aristos oficina 1001 B, Guatemala, Centroamérica

Teléfonos: (502) 2360-4238, 2360-4266 Fax: (502) 2360-4300Correo electrónico: [email protected]

Integrantes de la ComisiónCiudadanos

Licenciada Helen Mack ChangCoordinadora General

Señora Rosalina Tuyuc VelásquezLicenciado Romeo Tiu López

Licenciado Jesús GómezLicenciada Yolanda Auxiliadora Pérez Ruiz

Corte Suprema de JusticiaLicenciado Rubén Eliú Higueros Girón, MagistradoLicenciado José Francisco de Mata Vela, Magistrado

Instituto de la Defensa Pública PenalLicenciada Blanca Aída Stalling Dávila, Directora

Ministerio PúblicoLicenciado Juan Luis Florido, Fiscal General

Ministerio de GobernaciónLicenciada Adela de Torrebiarte, Ministra

Policía Nacional CivilSeñor Julio Roberto Hernández Chávez, Director General

Comisión Presidencial Coordinadora de la Política del Ejecutivo Derechos HumanosLicenciado Frank La Rue, Presidente

Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, Universidad de San Carlos de GuatemalaLicenciado Bonerje Mejía Orellana, deCano

Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, Universidad Rafael LandívarLicenciado Rolando Escobar Menaldo, deCano

Colegio de Abogados y Notarios de GuatemalaLicenciado José Arturo Sierra, Presidente

Irma Elizabeth Palencia Orellana, direCtora ejeCutiva

Índice

Introducción 7

Capítulo IMarco Metodológico 9 Delimitación de la investigación 9 Entrevista directa 10 Percepción fundamentada, más allá de la simple opinión 11 Lugares donde se realizaron las entrevistas 11 Criterios de selección de las y los entrevistados 12 Algunos datos etnográficos de la población-contexto de la investigación 12

Capítulo IIMarco referencial 13 Concepto de acceso a la justicia 13 La inconclusa tarea de reforma integral del Sistema, para garantizar un acceso efectivo de los indígenas a la justicia oficial 14

Capítulo IIIPrincipales resultados de la investigaciónProblemática del acceso de los indígenas a la justicia oficial vista desde la perspectiva de los propios usuarios 17Desconfianza y frustración generalizada hacia el Sistema 17 1. Ineficiencia e ineficacia del sistema 18 1.3 Exceso de formalismo, burocracia y complejidad del sistema 20 1.4 No existe información ni orientación oportuna y pertinente 21 1.5 No hay atención bilingüe 21 1.6 Discriminación contra los usuarios indígenas 22 1.7 Desprotección de derechos 23 1.8 Poca cobertura del Sistema 23 1.9 Poca transparencia 23 2. Carencia de legitimidad 24 3. Priorización de aspectos que merecen atención inmediata 24 4. Algunos elementos importantes del marco normativo a nivel interno de las instituciones del sistema de justicia para garantizar el acceso efectivo de los indígenas a la justicia oficial 27 Organismo Judicial 27 Ministerio Público 29 Instituto de la Defensa Pública Penal 29 Policía Nacional Civil 30

Capítulo IVConclusiones y recomendaciones 33Conclusiones 33

Bibliografía 41

Anexos 43

La Comisión Nacional para el Seguimiento y Apoyo al Fortalecimiento de la Justicia, parte de la denominada Institucionalidad del Proceso de Paz, creada por medio del Acuerdo Gubernativo número 953-99, reformado a través de los Acuerdos Gubernativos 310-2000 y 175-2004, insta-

lada formalmente el 8 de febrero del año 2000, tiene como objetivo, dar seguimiento y apoyo a las recomendaciones emitidas por la Comisión de Fortalecimiento de la Justicia contenidas en el informe “Una Nueva Justicia para la Paz”, así como las formuladas por el Relator Especial de Naciones Unidas para la Independencia de Magistrados y Abogados, en lo que corresponda; de igual manera, elaborar y gestionar propuestas y recomendaciones que considere oportunas y convenientes para el mejoramiento integral del Sistema de Justicia de Guatemala.

Con tales propósitos, la Comisión Nacional presta en la actualidad su asesoramiento y servicios a los organismos y entidades estatales, internacionales, públicas o privadas que así lo requieran, especial-mente a las instituciones del Sistema de Justicia y las relacionadas. El desempeño de todas estas tareas se realizan con total independencia de criterio.

La Comisión Nacional, al presentar este documento, pretende hacer resaltar que en América existen no menos de cuarenta millones de indígenas que constituyen poco más de cuatrocientos pueblos diversos, que hablan sus propias lenguas y viven modelos de organización social y dinámicas económicas parti-culares. Estas formas especiales y diversas no coinciden, en todo o en parte, con los modelos sociales y culturales de las sociedades nacionales —no indígenas— dentro de las cuales viven estos pueblos. Esta situación, que no ha sido resuelta en el proceso de desarrollo del Estado moderno, prevalece con varias consecuencias negativas para el pleno acceso de los indígenas en tanto ciudadanos a sus derechos fun-damentales, así como para el reconocimiento y ejercicio de los derechos colectivos que les corresponden a los pueblos como sujetos históricos y sociales.1

La protección de la diversidad étnica y cultural encuentra un punto de apoyo en el reconocimiento del pluralismo jurídico, pero plantea, al mismo tiempo, contradicciones y tensiones con la jurisdicción ordinaria que necesariamente requiere de la coordinación y coexistencia pacífica entre ambos. La con-vivencia de cosmovisiones diversas y aún de sistemas jurídicos e instituciones diferentes, se apoya, a su vez, en los principios de tolerancia, diversidad, respeto a la diferencia y pluralismo, esenciales para la efectiva administración de justicia.

Es preciso ampliar y mejorar el debate nacional sobre el tema con el objetivo de encontrar fórmulas razonables y consensuadas para armonizar al país en materia de justicia, sobre la base de un auténtico respeto de la diversidad cultural. Es indispensable tener presente que, en el debate pendiente, los propios indígenas deben ser considerados como protagonistas principales, puesto que la solución en proceso de búsqueda se refiere, en particular, a una problemática que les atañe de manera directa y crucial.

Presentación

1 Pag. Web: http//www.iidh.ed.cr/comunidades/Diversidades/

Acceso de los indígenas a la justicia oficial en Guatemala

El presente estudio, tiene la particularidad de negarse a sí mismo la pretensión de sólo engrosar los múltiples diagnósticos y documentos que enuncian los diversos problemas de Guatemala, sino por el contrario, constituirse en una herramienta de la propia Comisión Nacional, que le posibilite impulsar las acciones específicas y concretas que las recomendaciones y percepciones de las y los usuarios indígenas del sistema de justicia demandan.

Finalmente, la Comisión Nacional para el Seguimiento y Apoyo al Fortalecimiento de la Justicia, tiene como eje principal de su quehacer el acceso de los pueblos indígenas a la justicia, para lo cual se ha constituido en un espacio importante para continuar el impulso al proceso de reforma y fortaleci-miento del Sistema de Justicia, generando una serie de espacios de diálogo, consenso y coordinación de acciones por medio de discusiones técnicas y políticas desde distintos niveles de coordinación, que le permitan incidir en alcanzar una nueva justicia para la paz, en la construcción de un país más solidario, humano e incluyente para todas y todos los guatemaltecos.

Ciudad de Guatemala, mayo de 2007.

introducción

El presente documento constituye el informe final de la investigación efectuada entre marzo y sep-tiembre de 2006, en las ciudades de Cobán, Alta Verapaz y Quetzaltenango, con el objetivo de contar con la percepción que tienen los usuarios indígenas sobre el sistema de justicia oficial y, al

mismo tiempo, a partir de su propia experiencia, contar con recomendaciones puntuales de los propios usuarios hacia las instituciones que integran el sistema, con el propósito de que se garantice su acceso efectivo a la justicia oficial en Guatemala.

Esta investigación es complemento de otro estudio titulado “Propuestas de lineamientos de políticas públicas para el acceso de los pueblos indígenas a la justicia oficial”, que de igual forma fue realizada a petición de la Sub-Comisión de Acceso a la justicia de la Comisión Nacional para el Seguimiento y Apoyo al Fortalecimiento de la Justicia (Cnsafj). El mencionado estudio efectúa un análisis de los obstáculos y las limitaciones que enfrentan los indígenas a la hora de buscar justicia, visto desde lo interno del sistema de justicia. En dicho estudio también se formulan una serie de políticas públicas para mejorar el acceso de los indígenas a la justicia oficial.

El presente informe está compuesto de cuatro capítulos. En el primer capítulo se presenta la delimi-tación metodológica de la investigación. En el segundo, se plantean algunos referentes teórico-concep-tuales sobre el acceso a la justicia. En el tercero, se analiza la problemática del acceso de los indígenas a la justicia oficial, a partir de los casos y situaciones concretas relatadas por los propios usuarios. Y, finalmente, en el capítulo cuatro, se presentan las principales recomendaciones que fueron efectuadas por las y los mismos usuarios indígenas en aras de mejorar su acceso a la justicia oficial. Asimismo, se presentan dos anexos, el primero correspondiente a un cuadro sintético de casos y situaciones registradas y analizadas en el documento, y el segundo consistente en la guía utilizada para las entrevistas.

Partícipes de la idea de que los cambios sustentables y legítimos son aquellos que se inician desde el sentir y el pensar de los mismos usuarios del sistema, se espera que el presente documento contribuya en ubicar de mejor manera las principales demandas, necesidades y expectativas de los usuarios indígenas hacia el sistema de justicia oficial. Al mismo tiempo, remarcar los aspectos más importantes que merecen atención inmediata, ubicados desde un enfoque de reforma integral del sistema, pues claro está que es el sistema en su totalidad el que aún no garantiza el acceso efectivo de los indígenas a la justicia oficial.

Mención especial se merece el proyecto hurist, que mediante administración del Programa Parti-cipación de la Sociedad Civil (PasoC) del Programa de las Naciones Unidades para el Desarrollo (Pnud) —sede Guatemala—, apoyó financieramente la realización de esta investigación y su respectiva publi-cación que se espera, se constituya en una fuente de consulta y una herramienta de trabajo, tanto de los propios usuarios indígenas del sistema como de todas y todos aquellos que día a día se esfuerzan en transformar el sistema de justicia oficial en Guatemala.

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caPÍtulo iMarco Metodológico

w Delimitación de la investigación“Ubicar la percepción que los usuarios (as) indígenas de Guatemala tienen sobre el sistema de justicia oficial (ordinaria), a partir de casos o situaciones concretas”,1 fue el objetivo general de esta investigación. Asimismo, como objetivos específicos, interesaba conocer “las quejas” más frecuentes y las recomenda-ciones más importantes de dichos usuarios para mejorar su acceso al sistema de justicia oficial.

Con base en los Acuerdos de Paz, el Sistema Nacional de Justicia, en correspondencia con el mo-delo de Estado pluricultural, “concibe tres mecanismos institucionales para dar respuesta efectiva a las demandas de acceso a la justicia: a) la justicia ordinaria, a cargo del sector justicia (Organismo Judicial, Ministerio Público, Policía Nacional Civil, Sistema Penitenciario, Instituto de la Defensa Pública Penal, y las instituciones públicas correspondientes); b) el Derecho Indígena, como sistema de normas, proce-dimientos y autoridades propias para la regulación social y resolución de conflictos, dentro de pueblos y comunidades indígenas; y c) los Mecanismos Alternativos de Resolución de Conflictos -marCs-, destinados a los conflictos de bienes disponibles.2

En este sentido, como parte de la delimitación metodológica, es oportuno aclarar que la presente investigación se ubica específicamente en la justicia ordinaria. Como se sabe, ésta también es conocida comúnmente como justicia oficial, optando en este documento por la utilización de esto último.

Pero, además de esta precisión, se hace también necesario ubicar que este estudio no se realiza desde el interior del sistema oficial de justicia, sino desde los usuarios, y particularmente, desde los usuarios indígenas.

Está claro, asimismo, que no se trata de un estudio sobre Derecho Indígena ni de los marCs. Es una investigación sobre cómo perciben los usuarios indígenas su situación de acceso a la justicia oficial, con base en sus propias vivencias o experiencias. Es por ello que en este documento también se incluyen circunstancias o situaciones, entendidas éstas como aquellos hechos que no necesariamente se hayan constituido “en casos o procesos” formales dentro del sistema. De hecho, una de las maneras para ubicar el grado y calidad del acceso de los indígenas al sistema de justicia oficial es precisamente observando que muchos hechos y situaciones no llegan a constituirse en “casos” atendidos por el sistema, ya sea por las debilidades en la recepción de denuncia; una precaria investigación y aportación de pruebas, o por el mismo trato o calidad de atención que el sistema brinda a las personas desde el primer contacto que ellas tienen con la misma. E inclusive, muchos hechos nunca llegan al sistema por la misma desconfianza que la mayoría de usuarios manifiestan hacia el mismo.

1 Según Términos de Referencia de la consultoría.2 Yrigoyen, Raquel y Ferrigno, Víctor. Acceso a la justicia en Guatemala: Situación y propuestas. Guatemala, asdi. 2003.

P. 6.

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Acceso de los indígenas a la justicia oficial en Guatemala

Por lo tanto, el énfasis no está en la disposición de documentos que pudiesen constatar los casos, sino más bien la importancia está en el relato mismo de las personas y la información que ellas aportan, reconociéndoles la veracidad, la seriedad y la consistencia que para ellas representa su vivencia.

Resulta oportuno mencionar que como muestra de la desconfianza y temor que prevalece en las y los usuarios indígenas, una de las dificultades que se encontró en la fase de investigación de campo fue precisamente la poca anuencia de las personas a entablar una conversación y a compartir información sobre casos concretos. Esto se debe a que en muchas ocasiones los investigadores sólo llegan a las co-munidades indígenas a extraer información, sin que se sepa a ciencia cierta la finalidad de los estudios y a quiénes realmente benefician. Asimismo, no se suele ver mecanismos de devolución de los resultados y los beneficios hacia la comunidad, por lo tanto, no se sienten parte de los procesos investigativos y los ven con cierta desconfianza.

La mayoría de las personas que sí accedieron a la entrevista, lo hicieron únicamente si hubo una tercera persona conocida y confiable para ellas y que les hablara en su idioma materno. En el caso de las y los entrevistados mayas q’eqchi’, hubo necesidad de ir acompañado por una persona q’eqchi’, que gozaba de la confianza de dichas personas. Esto fue clave para obtener la información que se requería, aunque muchos de los entrevistados fueron muy escuetos y reservados.

En el caso de los k’iche’ hablantes entrevistados, no hubo mayor dificultad, pues es éste el idioma materno del responsable de esta investigación.

Finalmente, resulta necesario señalar que se utiliza el término “usuarios indígenas” y no “pueblos indígenas como usuarios”, debido a la misma razón que el sistema oficial de justicia aún no tiene un tratamiento de pueblos indígenas como colectividad, sino más bien como individuos que son de origen etno-cultural indígenas, vistos como personas individuales que acuden al sistema oficial en busca de justicia. Según el último censo realizado en el 2004, se constató que un 42% de la población en general se auto-identifica como indígena.3

Este el marco teórico-político referencial permitido hasta ahora por un Estado que sigue siendo homogéneo y que, por supuesto, si se quiere verdaderamente transformar el sistema oficial de justicia, es necesario que dichos planteamientos se realicen desde un marco referencial mucho más amplio e incluyente; dicho de manera más específica, debe hacerse desde el marco de un verdadero Estado plural o pluricultural, multiétnico y plurilingüe, donde sí tiene sentido y cabida la visualización de los pueblos indígenas como tales, tal como lo plantean los acuerdos de Paz, principalmente el Acuerdos sobre Iden-tidad y Derechos de los Pueblos Indígenas (aidpi).

w Entrevista directaEn términos generales, la modalidad metodológica utilizada partió de la identificación de usuarios indíge-nas que pudieran relatar un caso y/o situación concreta. Una vez identificada a la persona, se le solicitó una entrevista individual, en la que se pudiera obtener información relacionada con la percepción que tiene del sistema y qué le recomendaría (con base en su propia experiencia) para que mejore el servicio de justicia, mismo que debe proveerse de manera pronta, efectiva y con pertinencia cultural por parte del Estado. Para la realización de las entrevistas se utilizó una guía de conversación individual,4 girada

3 Torres-Rivas, Edelberto. “La diversidad etnocultural y clasista en Guatemala”. Revista Latinoamericana de Desarrollo Humano; Pnud.

4 Ver anexo #2 del presente documento.

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Percepción y recomendaciones desde las/los usuarios

en torno a cómo consideran al sistema en términos de eficiencia-eficacia (esto es: la calidad del servicio, la pertinencia cultural del servicio, la cobertura, los tiempos y costos económicos, entre otros aspectos importantes que las personas encuentran a la hora de acudir a las instituciones del sistema en búsqueda de justicia). Asimismo, interesó conocer si las y los usuarios se sintieron protegidos a la hora de buscar justicia, tanto en el ejercicio de sus derechos, como en su seguridad física como personas.

La mayoría de las entrevistas se efectuaron en la residencia o en el lugar de trabajo de las personas seleccionadas. Inclusive, posteriormente a la entrevista directa y personal, en algunos casos hubo nece-sidad de completar la información mediante entrevistas vía telefónica con los mismos entrevistados (as), quienes pudieron ampliar o precisar algunos detalles.

w Percepción fundamentada, más allá de la simple opiniónPor otra parte, se hace necesario también indicar que la percepción de los entrevistados sobre el sistema de justicia oficial, y que en este documento se analiza a partir de los puntos de visión compartidos5 (es decir, las coincidencias, las tendencias y patrones comunes identificados), no constituye una simple opinión o generalización de las y los entrevistados. Constituye más bien el sentimiento y el pensamiento que prevalece entre los usuarios indígenas hacia el sistema oficial de justicia, con base en su propia experiencia.

Los resultados de la investigación que se presentan en el capítulo tres están sustentados en las versiones originales de los entrevistados. Es por ello que en el anexo número dos de este documento, se agrega un cuadro que contiene citas textuales de lo dicho por las y los entrevistados. Sólo en algunos casos y en algunos detalles, hubo necesidad de una mejor redacción (para efectos de una uniformidad en la redacción) pero sin interferir en su esencia y enfoque.

Además de este criterio de sistematización, también es importante mencionar que uno de los ele-mentos que le otorga objetividad y solidez a los resultados de esta investigación es la parte metodológica, ya que las entrevistas directas y personales se efectuaron de manera individual y separada, en distintos tiempos y lugares. Esta modalidad, permitió obtener información desde la fuente, sin ninguna influencia discursiva ni de criterio, de una persona hacia otra o de un caso hacia otro. Las coincidencias, por lo tanto, es resultado del análisis y la síntesis de los datos obtenidos en la fase de investigación de campo.

w Lugares donde se realizaron las entrevistasEn cuanto a la cobertura de esta investigación, la misma se enmarcó en la ciudad de Cobán, Alta Verapaz y en la cabecera departamental de Quetzaltenango.

5 En el campo de la facilitación procesal de diálogos, conversaciones públicas y construcción de consensos, “puntos de visión compartidos” se refiere a la confluencia de significados a los que arriba un grupo, a partir de sus narrativas (esto es, vivencias-experiencias individuales, conocido también en este campo como “ríos de vida”. En otras palabras, un punto de visión compartido es la síntesis colectiva de diferentes opiniones individuales, luego de que estas son puestas con franqueza y transparencia.

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Acceso de los indígenas a la justicia oficial en Guatemala

w Criterios de selección de las y los entrevistadosObjetivo-meta: en cada una de estas localidades, se seleccionó a un promedio de 20 personas indígenas, procurando un grupo heterogéneo, o sea, de distintas edades, mujeres y hombres, jóvenes y ancianos, de diferentes posiciones económicas, de variado nivel académico, incluyendo a algunas personas mo-nolingües en un idioma materno indígena.

Los dos principales criterios de selección de las/los entrevistados consistieron en: 1) que sean personas de origen étnico indígena (en este caso, en su mayoría maya k’iche’ —en el caso de Quetzaltenango—; y maya q’eqchi’, —en el caso de Cobán, Alta Verapaz); y, 2) que hayan vivido o que conozcan de algún caso y/o situación concreta, a partir del cual hayan formado una percepción fundamentada (es decir, más allá de la opinión) sobre el sistema de justicia oficial guatemalteco.

w Algunos datos etnográficos de la población-contexto de la investigaciónLas y los usuarios indígenas seleccionados para esta investigación pertenecen a la comunidad lingüística k’iche’ (en particular, los que radican en Quetzaltenango) y q’eqchi’ (particularmente los que viven en Cobán, Alta Verapaz).

Según el censo nacional de población y habitación efectuado en el 2002, “la comunidad lingüís-tica k’iche’ dispone de una cantidad de hablantes de 1,270,953, en tanto que la comunidad lingüística q’eqchi’, cuenta con 852,012. En este mismo sentido se había referido Leopoldo Tzian, quien en su momento reportó los datos aproximativos siguientes: un millón 842,115 de hablantes del idioma maya k’iche’ (en este caso, incluyendo al Achí, que aunque mucho lingüistas lo consideran un idioma, en realidad no dista mucho del idioma k’iche’). Y en lo que respecta al idioma q’eqchi’, Tzian reporta 711 mil 523 maya-hablantes.6

Según el Banco Mundial; ruta y el Ministerio de Cultura y Deportes, en su libro Perfil de los Pueblos: Maya, Garífuna y Xinka, publicado en abril del 2001, “La comunidad lingüística k’iche’ se encuentra ubicada en 70 municipios dispersos en nueve departamentos diferentes. Dichos departamentos son: El Quiché; Huehuetenango (Aguacatán, parte norte y parte de Malacatancito); Quetzaltenango; Retalhuleu; Sololá (parte); Suchitepéquez; Totonicapán y San Marcos (San Antonio Sacatepéquez).

En tanto que la comunidad lingüística q’eqchi’, abarca 20 municipios distribuidos en cuatro depar-tamentos, siendo éstos: Alta Verapaz; Petén; el Quiché (Ixcán, Playa Grande y parte norte de Uspantán) e Izabal”.7

6 Tzian, Leopoldo; Mayas y ladinos en Cifras. Guatemala, 1994. Editorial Cholsamaj.7 Banco Mundial; ruta y el Ministerio de Cultura y Deportes, en su el libro Perfil de los Pueblos: Maya, Garífuna y Xinka,

publicado en abril del 2001. P. 28.

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caPÍtulo iiMarco referencial

w Concepto de acceso a la justiciaConsiderando siempre los Acuerdos de Paz como base y retomando el concepto utilizado en el otro estudio del que ya se hizo mención en la parte introductoria de este documento, para el propósito de esta investigación, en términos generales se entiende por acceso a la justicia “...como la facultad de todo guatemalteco de acudir a mecanismos efectivos y culturalmente adecuados del sistema nacional de justicia para la protección de derechos y la resolución de conflictos, sea en la justicia ordinaria, el derecho indígena y/o los mecanismos alternativos de resolución de conflictos”.8

Y de manera más específica, el acceso a la justicia oficial implica, por lo menos:

I. “...La existencia de mecanismos e instituciones tutelares accesibles de acuerdo con las necesidades económicas, culturales y lingüísticas de la población.

II. Sensibilidad de los operadores de justicia para respetar la diversidad étnica, lingüística y cultural. Y,

III. Respuesta eficiente y eficaz en un plazo razonable.”9

Al analizar la situación actual del acceso de los indígenas a la justicia oficial en Guatemala, a la luz de los conceptos anteriormente citados, es evidente que la misma no ha variado mucho desde que se firmaron los Acuerdos de Paz y desde que el país ratificó el Convenio No. 169 de la Organización Internacional del Trabajo (oit) sobre Pueblos Indígenas y tribales en países independientes. En esta te-mática es importante tomar en cuenta lo que señaló en su momento el relator de las Naciones Unidas para pueblos indígenas en una misión efectuada a Guatemala en 2003: “La situación de los pueblos indígenas en relación con el acceso a la justicia es... preocupante. Si bien el Gobierno ha tomado distin-tas medidas para extender el sistema de administración de justicia en todo el país, especialmente en las zonas indígenas, la cobertura es aún insuficiente. Los pueblos indígenas se quejan de las dificultades de acceso a los juzgados y tribunales, de discriminación contra su derecho consuetudinario y de la falta de intérpretes en lenguas indígenas en los tribunales, así como de defensores de oficio.”10

8 Cnsafj. Propuestas de lineamientos de políticas públicas para el acceso de los pueblos indígenas a la justicia oficial. Enero 2007. César Parodi y Nadezhda Vásquez, consultores. P. 9.

9 Ibidem. P. 14.10 Stavenhagen, Rodolfo. Informe del Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos y las libertades fun-

damentales de los indígenas. Sr. Rodolfo Stavenhagen, presentado de conformidad con la resolución 2001/57 de la Comisión. Febrero, 2003. P. 3.

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Acceso de los indígenas a la justicia oficial en Guatemala

w La inconclusa tarea de reforma integral del Sistema, para garantizar un acceso efectivo de los indígenas a la justicia oficialComo punto de partida es importante recordar que “el surgimiento de lo que hoy entendemos como Estado-nación tuvo como resultado, entre otros, la apropiación por él del derecho exclusivo de resolver conflictos conforme sus reglas, previamente codificadas. Así, por ejemplo, en el campo penal, uno de los problemas que provocó esa monopolización, que llega hasta nuestros días, es que la solución del conflicto se sustrae de la esfera de sus protagonistas. El Estado, que se considera ofendido, privilegia sus respuestas punitivas por sobre las de cualquier otro. Ello ha traído como consecuencia el abandono de la víctima, de sus legítimos intereses y, en muchos casos, la imposición absoluta de los intereses estatales. Con ello, se ha creado una especie de relación de dependencia de los individuos con el Estado, al menos en el campo de la resolución de conflictos de carácter penal. Esa dependencia de la actividad procedimental y punitiva del Estado, aunada a la saturación y falta de eficacia de su sistema, caracterizado entre otras cosas por la inexistencia de válvulas de escape apropiadas, ha traído como consecuencia un proceso de deslegitimación, tanto del discurso como de la práctica del sistema de justicia.11

Desde entonces, el sistema de justicia oficial ordinaria sigue descansando en el monopolio que mantiene la “idea del Estado-nación, visto como un solo pueblo, una sola cultura, un solo idioma, y por ende, un solo sistema jurídico, de autoridades, de administración de justicia; un modelo “monocultural, monolingüe y donde sólo existe un sistema jurídico [...] que explícitamente buscaba eliminar sus idiomas, su cultura, su espiritualidad y su derecho”.12

Para la transformación de dicho sistema, los Acuerdos de Paz firmados en Guatemala el 1996 con-templaban el diseño de un sistema nacional de justicia que respondiera a un modelo de Estado pluricul-tural. En ese marco, las demandas de acceso a la justicia de la población, en particular de los pueblos indígenas, debían ser satisfechas a través de una profunda reforma del sistema de justicia oficial ordinaria y el reconocimiento y respeto pleno al Derecho Indígena, el fortalecimiento de los marCs y la definición de mecanismos de coordinación entre el sistema de justicia ordinaria y el sistema de justicia indígena. Claro está que el tipo de coordinación al que se hace mención es concebido en un marco de simetría de poder (es decir, en equidad y complementariedad, sin que ningún sistema esté supeditado a otro).

Sin embargo, a decir de muchos especialistas, “las medidas de reforma que se tomaron después de la firma de los Acuerdos de Paz y posterior ratificación del Convenio 169 de la oit no han sido suficientes y más bien se han alejado de los objetivos previstos originalmente, dando prioridad a la justicia oficial, sin tomar en cuenta la necesidad de promover y fortalecer el reconocimiento del derecho indígena y el desarrollo de pautas de coordinación a fin de lograr un modelo de justicia que satisfaga a todos los guatemaltecos sin distinción.”13

En este sentido, es importante remarcar que el modelo de justicia nacional que persiste en el país continúa siendo de carácter homogéneo y utiliza el integracionismo para dar respuestas a las demandas de pluralización del sistema. Uno de los ejemplos es el caso de los Juzgados de Paz comunitarios, que aunque

11 Ramírez Luís, Solórzano Justo. Los Tribunales Comunitarios, una simbiosis cultural. unam-usaC, s/f; citado por Saborío Jenkins, José, en “Lineamientos para la formulación de una propuesta de coordinación entre los sistemas de justicia indígena y estatal, Guatemala, agosto del 2004.

12 Yrigoyen Fajardo, Raquel. “El debate sobre el reconocimiento constitucional del derecho indígena en Guatemala”. América Indígena, Vol. LVIII, Núm. 1-2, ene-jun. 1998. México: Instituto Nacional Indigenista-INI e Instituto Indigenista Interamericano-III oea, 1999.

13 Memoria del seminario-taller “Justicia de paz y derecho indígena: propuesta de coordinación”; Fundación para el Debido Proceso Legal y Fundación Myrna Mack; Guatemala, 12 y 13 de agosto de 2004.

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Percepción y recomendaciones desde las/los usuarios

efectivamente responden a una intención de descentración y una búsqueda de pertinencia cultural del sistema, los mismos terminaron desplazando a las propias autoridades indígenas y usurpando funciones propias de dichas autoridades en el marco del Derecho Indígena. En este mismo orden, el impulso de una justicia multilingüe también responde a la intención de otorgarle pertinencia cultural al sistema, pero es evidente que tiene como debilidad el limitar la transformación del sistema a lo lingüístico, olvidando que más allá del aspecto idiomático, lo que se requiere es la pluralización etno-cultural del sistema, además de los parámetros de eficiencia-eficacia que forman parte de todo proceso de modernización.

Pero aún en la misma línea de la modernización del sistema homogéneo, aunque se reconozca que “la posibilidad de acceder a los tribunales de justicia de manera rápida y efectiva es un componente esencial de una administración de justicia garante de los derechos humanos... actualmente la gran ma-yoría de los habitantes no tienen acceso afectivo a la justicia. La administración de justicia guatemalteca se muestra incapaz de atender las necesidades de la población tanto en términos de recursos humanos como de presencia territorial. A su vez, los costos asociados para los usuarios de la justicia y las demo-ras que se presentan dentro del sistema llevan a que muchos habitantes, sobre todo aquellos sectores marginados, resuelvan sus controversias por otros medios, incuso violentos...”.14

En materia de reformas al sistema de justicia oficial y el acceso de los indígenas hacia el mismo, es de reconocer que se han hecho múltiples esfuerzos en el país, que van desde el reto de erradicar el racismo y la discriminación (sobre todo el de carácter estructural);15 o el establecimiento de asesoría y asistencia técnica legal;16 o los intentos de descentración y desconcentración de los servicios y los recursos;17 o las acciones que van en la línea del mejoramiento de la calidad de la atención mediante programas de sensibilización y formación de personal sobre multiculturalidad y multiculturalismo;18 o inclusive el impulso de una atención cada vez más bilingüe.19 Es de mencionar, también, la importancia que ha tenido la creación de los Centros de Justicia en zonas remotas; los Centros Regionales de Justicia o Centros de Administración de Justicia.

Pero, a pesar de todos estos esfuerzos, el problema de falta de acceso de los indígenas al sistema de justicia oficial todavía persiste. Y según los resultados de esta investigación, persisten los mismos problemas: poca cobertura, falta de atención realmente bilingüe; o los altos costos económicos para el seguimiento de los procesos; la lentitud en la resolución de los conflictos, la discriminación contra los indígenas; entre otras debilidades.

Es de entender que han existido siempre serias limitaciones en esta tarea de reforma a la justicia ordinaria, entre las cuales destacan la escasez de recursos económicos y muchas veces la falta de apoyo

14 Comisión Internacional de Juristas (Cij); La Justicia en Guatemala: un largo camino por recorrer. Año 2005. P. 71.15 En este caso un ejemplo que debe mencionarse es lo que está desarrollando el Ministerio Público, en cuanto a la crea-

ción de tres Fiscalías contra la Discriminación y el Racismo en áreas de alta concentración de población indígena y conflictividad social; y la instauración de un área administrativa en el mp que apoye dichas fiscalías y realice estudios sobre la realidad multicultural del país. Esta iniciativa está ejecutando mediante convenio cooperación entre el Gobierno y la Unión Europea: “Fortalecimiento de la Sociedad Civil-Fiscalías Indígenas (2003-2008)”

16 En esta línea es de citar lo que el idpp está efectuando, en relación con la creación de defensorías indígenas en diez regiones con mayoría de población indígena.

17 Como por ejemplo la creación de los Juzgados de Paz Móviles impulsados por el oj; o los mismos Juzgados de Paz Comu-nitarios, aunque, como ya se indicó, esto último es considerado por muchos especialistas como un neo-integracionismo en relación con el Derecho Indígena, que debilita y desplaza a las autoridades indígenas en lugar de fortalecerlas.

18 Lo que realiza la pnc, por ejemplo, a través de la División de Multiculturalidad sub-general de prevención del delito.19 Cabe mencionar la contratación de personal bilingüe que algunas instituciones están realizando, o la contratación de

intérpretes por parte del oj.

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Acceso de los indígenas a la justicia oficial en Guatemala

y respaldo político para un mejor alcance e impacto de las acciones que se pretenden impulsar. Sin em-bargo, una de las debilidades que deben ser señaladas y que más atención ameritan, es lo relacionado con la ausencia de una visión integral en el país de reformas al Sistema (en particular esa ausencia de visión integral y a largo plazo se percibe mucho más a nivel de las instituciones del propio sistema oficial) y una coordinación de las diversas acciones e iniciativas. Actualmente “...cada una de las instituciones del sector justicia diseña y ejecuta sus propios lineamientos con la consecuencia de que los programas que se ejecutan muchas veces se superponen al no haber una comunicación fluida... —Por lo tanto, para que las reformas logren tener realmente el impacto y el resultado esperados; y— ...sin perjuicio de las incumbencias y responsabilidades de las instituciones del sector justicia, —para una verdadera transformación del Sistema— es necesario manejar una concepción sistémica... — a la hora de efectuar los cambios que se plantean.”20

Pero, además de la definición de una visión de cambio que sea consensuada, que involucre a todos los sectores, visto a largo plazo y de carácter integral, es indispensable que dicho cambio responda a un modelo verdaderamente plural o pluricultural.

20 Cnsafj. Propuestas de lineamientos de políticas públicas para el acceso de los pueblos indígenas a la justicia oficial. Enero, 2007. César Parodi y Nadezhda Vásquez, consultores. P. 41.

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caPÍtulo iiiPrinciPales resultados de la investigación

ProbleMática del acceso de los indÍgenas a la justicia oficial vista desde la PersPectiva de los ProPios usuarios

w Desconfianza y frustración generalizada hacia el SistemaDe los 31 casos-entrevistas que se registraron y analizaron, 30 revelan que las y los usuarios indígenas se sienten frustradas (os) y decepcionadas (os) con el sistema de justicia oficial. Aseguraron que no confían en el Sistema. Este dato representa el 97% del total de casos y entrevistas analizadas.

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Interesante es notar que al ser consultados “si su desconfianza surgió con su experiencia vivida, o más bien siempre han tenido desconfianza y lo que sucedió fue que la misma se confirmó y se reforzó con dicha experiencia.” A este respecto la mayoría manifestó que lo que les pasó confirmó y reforzó su desconfianza. Es decir, previo al requerimiento de los servicios de las instituciones del sistema, no guar-daban confianza suficiente hacia el mismo, pero que tampoco lo podían demostrar, pues esa percepción en ese momento estaba basada en lo que escuchaban, en lo que miraban en relación con otros casos, que no eran los suyos sino los de otras personas. Pero luego de haber tenido una experiencia concreta, ya pudieron formar un criterio y una percepción fundamentada, y en este sentido, la mayoría reafirmó su desconfianza, que al mismo tiempo está relacionada con el temor que sienten, pues la mayoría de usuarios indígenas dijeron no sentirse protegidos en cuanto al ejercicio pleno de sus derechos como ciudadanos y en cuanto a su seguridad física. En este sentido, de los treinta y un entrevistados, veintiocho dijeron que previo a su experiencia guardaban mucha desconfianza al sistema y que la misma se reforzó con los casos y situaciones vividas.

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Acceso de los indígenas a la justicia oficial en Guatemala

Para analizar y comprender por qué de la desconfianza de los usuarios, a continuación se presentan los resultados de la investigación, clasificados en dos grandes bloques: 1) lo relacionado con los bajos niveles de eficiencia y eficacia del sistema de justicia oficial percibido por los usuarios; y, 2) la poca identificación de los mismos usuarios indígenas con el sistema de justicia oficial.

w 1. ineficiencia e ineficacia del sisteMa

Algunos puntos de visión compartidos entre las y los usuarios indígenas del sistema de justicia oficial, y que de alguna manera pueden considerarse como los principales parámetros para medir si el sistema de justicia oficial ha logrado modernizarse o no, y sobre todo, si ha garantizado o no a los indígenas un acceso efectivo hacia el mismo. Entre los aspectos más importantes en este orden, sobresalen lo siguiente:

1.1 Lentitud en los procesosUno de los puntos de coincidencia de todas y todos los usuarios entrevistados, es su malestar por la tardanza en la resolución de los problemas y conflictos. De las 31 entrevistas, 28 (o sea, el 90%) iden-tifican la lentitud en los procesos como uno de los principales problemas que enfrentaron a la hora de haber buscado justicia. Y entre las instituciones que necesitan mejorar este aspecto se mencionan es-pecialmente al Ministerio Público y al Organismo Judicial. En la primera observan debilidad y lentitud en la tarea de investigación y aportación de pruebas, y en la segunda perciben lentitud en la atención y resolución de los casos. Los casos número cuatro, seis y diez, fundamentan esta afirmación y ofrecen mayores detalles al respecto.

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Percepción y recomendaciones desde las/los usuarios

Y en relación con que “si la tardanza en los casos tiene alguna relación directa con la etnicidad de los usuarios”, más de la mitad de los entrevistados indicaron que la lentitud se acentúa cuando se trata de usuarios indígenas.

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1.2 Altos costos económicosDe igual manera, existe coincidencia en el sentir de las y los usuarios en torno a que “la justicia es un privilegio de quienes pueden costearlo económicamente”. 28 de los 31 casos-entrevistas demuestran que ven el sistema de justicia ordinario muy costoso económicamente. Sobre este punto, puede verse especialmente los casos número seis, diez y veinte.

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Y es que los costos están relacionados especialmente con la contratación de servicios de abogados y la realización de viajes para seguir el proceso. Casi todos los entrevistados señalaron que los costos económicos son mayores si se toma en cuenta que para seguir un proceso, aparte de que realizan gastos en viajes, alimentación, transporte, entre otros, también están dejando de devengar ingresos, sobre todo cuando son personas que trabajan por cuenta propia, como los comerciantes, jornaleros, entre otras ocupaciones. Es de tomar en cuenta que según lo que se observa en la mayoría de casos, las personas viajan suelen viajar acompañadas por otra (u otras) personas.

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Acceso de los indígenas a la justicia oficial en Guatemala

Lo anterior tiene relación con el otro aspecto que se presenta en este apartado, relacionado con el exceso de formalismo que el sistema aún mantiene. La poca información y orientación y la lejanía, son otros factores que aumentan el costo económico del acceso a la justicia. Es decir, seguir un caso es mucho más caro cuando el sistema físicamente está ubicado a largas distancias de los usuarios. Asimismo, se agudiza cuando el sistema es poco entendible y, además, no hay información ni orientación adecuada y oportuna, o no hay acompañamiento. De igual manera, se vuelve más caro cuando el sistema sigue siendo demasiado formalista y burocrático, y que por lo mismo, la mayoría de usuarios se ven obligados a requerir los servicios de un abogado, incluso hasta para informarse qué deben y pueden hacer ante determinado caso, situación o circunstancia. De hecho, el mayor costo está precisamente en el pago de los servicios de abogados, que generalmente tienen una tarifa determinada, tenga o no tenga el usuario la posibilidad económica. Cobra mucha relevancia en este aspecto, los niveles de pobreza y pobreza extrema que azota el país, en los cuales los más afectados son los indígenas que viven en el área rural.

A este respecto es importante tomar en cuenta lo que señala el Informe Nacional de Desarrollo Humano del Pnud 2005: “Según estimaciones basadas en la enei 2004, el 21.9% de la población vivía con menos de 1 dólar diario. La situación de exclusión de la población indígena y de las áreas rurales trae como consecuencia peores indicadores de pobreza extrema... el 38% de la población indígena rural subsiste con menos de un dólar diario, lo que consecuentemente imposibilita el mínimo necesario para una alimentación adecuada”21

Tomando en cuenta a la población —contexto de la presente investigación, oportuno es retomar otro dato que aporta el indh 2005 del Pnud, con relación a que: “...Más del 40% de la población q’eqchi’ vive en condiciones extremas de pobreza... —Y en cuanto a las diferencias en el Índice de Desarrollo Humano desagregado étnicamente—, según datos del ind del 2002, la comunidad lingüística q’eqchi’ y k’iche’ se encuentran ubicadas dentro del grupo con ind mayor que 0.5 y menos que 0.6”22

1.3 exceso de forMalisMo, burocracia y coMPlejidad del sisteMa

De los 31 casos, veintisiete opinaron que el sistema de justicia oficial es muy complicado, es poco en-tendible, es muy formalista y es altamente burocrático (Ver casos: cuatro y diez)

21 Informe de Nacional de Desarrollo Humano, 2005. Diversidad étnico-cultural: la ciudadanía en un Estado plural. Pro-grama de las Naciones Unidas para el Desarrollo (Pnud). P. 109.

22 Ibidem.

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Percepción y recomendaciones desde las/los usuarios

1.4 no existe inforMación ni orientación oPortuna y Pertinente

Más de la mitad de los casos analizados revelan que las instituciones del sistema de justicia no tienen mecanismos ni sistemas de información adecuados, oportunos y accesibles a la ciudadanía para brindar información sobre los servicios que prestan, qué pasos debe dar una persona y a dónde debe acudir para resolver una situación determinada. A nuestro entender, éste es uno de los factores decisivos ya sea para estimular o des-estimular a las personas para que acudan al sistema y se decidan a seguir los procesos, dado que el sistema es todavía complejo, poco práctico-operativo y entendible para la población, tal como ya se señaló en numerales anteriores. Una revisión especial se merecen, para mejor comprensión sobre este aspecto, los casos: uno, dos, diez y once)

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1.5 no hay atención bilingüe

Asimismo, aunque existan también esfuerzos en la línea de la formación y contratación de intérpretes, es evidente que esto ha sido muy limitado, pues la mayoría de los casos analizados demuestran que cuando los usuarios solicitaron ser atendidos en su propio idioma, éste requerimiento no se les fue concedido. De las 31 entrevistas, 12 indicaron que solicitaron atención en su idioma materno pero no se les pro-porcionó. En tanto que 19 revelaron que no tuvieron dicha necesidad, aunque importante es mencionar que tampoco se les consultó si lo necesitaban o no. Para más detalles, ver casos: dos, tres, cuatro y seis, que reflejan esta situación.

El monolingüismo del sistema en el idioma español es el principal obstáculo para los indígenas monolingües en su idioma materno.

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1.6 discriMinación contra los usuarios indÍgenas

De los treinta y un casos analizados en este documento, veintidós demuestran actitudes de racismo y discriminación de parte de los operadores de justicia en contra de los usuarios indígenas (este dato re-presenta el 68.75%). En particular, los casos número uno, cinco, nueve, veintidós y veintitrés, dan más detalles al respecto de esta realidad.

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Las y los usuarios indígenas, al haber acudido a las instituciones del sistema en busca de justicia, en-contraron una mala atención, generalmente consistente en: a) un mal trato, que se expresa principalmente mediante la prepotencia. b) Indiferencia: esto consiste principalmente en no darle la importancia debida a los casos o situaciones. c) Tiempo de espera: en la mayoría de casos las y los entrevistados relatan que no los atendieron de manera inmediata. Y casi todos apuntan a que no se debe a ocupaciones o recargas de trabajo, sino simplemente como negligencia. El caso de la señora Dorotea (#1) es ilustrativo: “Cuando acudí al Ministerio Público de Cobán, esperé por más de dos horas, no me atendían, sólo me miraban. Y no había gente, ellos estaban platicando, uno fumando, otros riendo, unos sentados y otros parados. Y cuando por fin me atendieron, me dijeron que mi caso no tiene importancia, que mejor lo dejara ahí. Me dijeron que no buscara más problemas. Yo siento que me atendieron así por ser indígena.”

Las personas que fueron entrevistadas coinciden en señalar que la negligencia, indiferencia y los malos tratos hacia los usuarios indígenas tiene un fondo racista, sobre todo cuando uno observa el caso #2, en la que la persona entrevistada señala que mientras que el trato que le brindaron no era adecuado, “a otras personas no indígenas que llegaron en ese momento a solicitar información, sí los atendieron de manera inmediata y hasta con cortesía.”

Lo anterior demuestra que aunque en el ámbito jurídico y legislativo existan en el país algunos avances en cuanto al reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas, e inclusive la discrimi-nación étnica misma en la actualidad es tipificada ya como delito (aunque de manera limitada), en el ámbito actitudinal es evidente que el problema persiste.

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Percepción y recomendaciones desde las/los usuarios

1.7 desProtección de derechos

De igual forma, las y los entrevistados indicaron que cuando acudieron a las instituciones en búsqueda de justicia, no encontraron protección a sus derechos como personas, y tampoco el sistema les garantizó la protección a la vida (integridad física) a la hora de presentar la denuncia o al presentar pruebas. Esto cobra mayor relevancia cuando los sindicados de los delitos no están en la cárcel y que los mismos con-tinúan amenazando a sus víctimas. De los 31, 13 dijeron sentirse atemorizados, sin ninguna protección, lo que se constituye en el principal factor que incide en la mayoría a abandonar sus casos. Y, para mayor detalle, puede consultarse los casos: dos, siete, ocho, once y doce)

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1.8 Poca cobertura del sisteMa

Las y los usuarios indígenas del sistema de justicia oficial, con base en su experiencia coinciden en señalar que a pesar de los distintos esfuerzos que se realizan para acercar el sistema a los usuarios, el mismo es percibido todavía como muy centralista en su actuar y centralizado físicamente en las áreas urbanas, dejando a una mayoría sin atención. Es de recordar que la mayoría de población indígena vive en el área rural del país. A este respecto, puede observarse con más detenimiento los casos: seis y veintiséis.

1.9 Poca transParencia

A este respecto, también más de la mitad señalaron que ven al sistema muy vulnerable a la corrupción. Ven a la pnc como la más corrompible. De igual manera, consideran que el mp y el oj no escapan de este problema y que por lo tanto se debe tratar de manera integral y global en el sistema. Oportuno es mencionar algunos datos que aporta un estudio efectuado por el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales (ieCCP) y el Centro de Estudios de Justicia de las Américas. Este estudio lleva como titulo: “Seguimiento de los procesos de Reforma judicial en América Latina: informe de Guatemala 2002-2003”. En dicho documento se menciona que de un grupo de usuarios (indígenas y no indígenas) del sistema de justicia ordinaria que fueron entrevistados en los 17 municipios del departamento de Guatemala, “la mayoría coincide en señalar que desconfía del sistema, que percibe mucha corrupción, principalmente

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Acceso de los indígenas a la justicia oficial en Guatemala

en la pnc. Aseguran que la policía pide mordida, que no cuida al pueblo, que no agarra a los ladrones. Sencillamente creen que denunciar representa una pérdida de tiempo y que más bien representa peligro. Califican la labor de las instituciones del sistema como regular.”23

w 2. Carencia de legitimidadAsimismo, más allá de la eficiencia y eficacia, que se ubica en la perspectiva de la modernización del sistema, las y los usuarios coinciden en señalar que gran parte de las dificultades del sistema devienen de su poca legitimidad político-cultural. Es decir, muchas personas no se sienten representados en el sistema, no se identifican con el sistema y por lo tanto, no confían en el mismo. Lógicamente, esta desconfianza es reforzada por la poca eficiencia y eficacia que hasta ahora ha demostrado el Sistema.

23 Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales (ieCCP) y el Centro de Estudios de Justicia de las Américas. Este estudio lleva como titulo: “Seguimiento de los procesos de Reforma judicial en América Latina: informe de Guatemala 2002-2003”. Ver de la página 138 a la 144.

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w 3. Priorización de aspectos que merecen atención inmediataCon base en los casos, hechos y situaciones que en este documento son analizados, y a la luz de algunas acciones, medidas y disposiciones vigentes actualmente en el país, se pueden identificar como puntos prioritarios que ameritan atención urgente, lo siguiente:

a) Aspecto idiomático: aunque se han hecho esfuerzos en el país en la contratación de personal bilingüe (jueces) o particularmente en la capacitación y contratación de traductores e intérpretes en idiomas mayas, es de señalar que dichas acciones quedan cortas ante la demanda de una justicia realmente bilingüe. El sistema oficial sigue siendo mono-cultural y monolingüe, dejando a un gran porcentaje de usuarios (indígenas monolingües en su propio idioma) sin la atención respectiva. No obstante, debe quedar claro que el aspecto lingüístico es solamente un elemento de todo un componente de pertinencia cultural que debe impulsar el Sistema en el corto plazo, y en tanto que en el largo plazo, debe aspirar a su transformación profunda, para dejar de ser un sistema homogéneo y convertirse en uno pluricultural.

b) La distancia: aunque de igual manera se ha intentado acercar las instituciones a los usuarios, actualmente el sistema mantiene una presencia solamente en las áreas urbanas, más no así en el

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Percepción y recomendaciones desde las/los usuarios

área rural donde se ubica un mayor porcentaje de usuarios indígenas. Los indígenas, para buscar justicia, deben recorrer largas distancias, invertir gran cantidad de tiempo, recursos y esfuerzos para acudir a un centro donde han de tramitar sus casos.

c) La lentitud del sistema: además de la distancia, prevalece actualmente en el sistema una excesiva tramitología, lo que hace que los usuarios no encuentren una atención adecuada y una respuesta pronta a sus requerimientos. Lo que se infiere de los casos analizados es que este factor desmotiva y cansa a los usuarios indígenas y en muchas ocasiones los obliga a abandonar su búsqueda de justicia.

d) Racismo y discriminación contra los usuarios indígenas: pero de los casos analizados se des-prenden razones subyacentes. En casi todos se pone de manifiesto el racismo o por lo menos la discriminación con que son tratados los usuarios del sistema. Y se indica que es subyacente ya que no han existido estudios que han profundizado sobre la situación y es lo que comúnmente se le denomina “un secreto a voces”.

e) Desconocimiento de los operadores de justicia de la normatividad vigente en el país: a pesar de la relevancia de la situación en por lo menos dos casos, se nota que los funcionarios y empleados de las instituciones de justicia; Ministerio Público, Policía Nacional Civil, Organismo Judicial, actúan sin el conocimiento de las reformas a las leyes. Es el caso de la reforma al Código Penal (artículo 202 bis) en el que se tipifica la discriminación como delito. Es sorprendente también cómo en estas instituciones, donde la mayoría de sus funcionarios son ladinos, se utilizan las mismas prácticas para archivar los casos o no darle el trámite diligentemente en los plazos establecidos.

f) Otros derechos que se ven conculcados en estos casos son:

- el derecho a debido proceso;

- el derecho de petición y el derecho de defensa.

Los tres derechos son fundamentales para mejorar el acceso a la justicia en juicio frente a la acción punitiva del Estado. Asimismo, son pilares fundamentales para remarcar un Estado democrático y de derecho.

Los tres derechos tienen interrelación y figuran no sólo en la Constitución sino en Códigos y leyes ordinarias y especiales. Por ejemplo, el sólo hecho de proveer el derecho de defensa a una persona ya se está dando cumplimiento a un debido proceso. Eso no sucedió en el caso de la policía que actuó en el caso del piloto de trailer y automóvil a que se ha hecho referencia (ver caso No. 24, en el anexo No. 2). En esa situación si la persona “supuestamente culpable” o sea la del automóvil, no podía proveerse de un abogado privado como lo intentó, tuvo que haber sido auxiliado por la propia policía, solicitando a la defensa pública penal acompañarlo para la solución del caso, en una situación normal.

El caso pone de manifiesto dos males de los funcionarios encargados de la justicia: en primer lugar, la corrupción que es un factor determinante del otro que es la impunidad. Mas allá de la actitud discri-minatoria que puede subyacer en el caso, la corrupción y la impunidad tampoco ayudan a la concreción de un Estado de derecho.

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Acceso de los indígenas a la justicia oficial en Guatemala

Normalmente la vulneración de los tres derechos antes descritos va de la mano. Cuando no se da diligenciamiento a la petición de una o varias personas se vulnera el derecho de petición, pero también el derecho a un debido proceso y si eso recae en el procesado, se vulnera no sólo el derecho de defensa, sino también el de debido proceso como quedó establecido anteriormente.

Sin la garantía del derecho a la defensa en juicio, otro derecho que se vería afectado es el de la igualdad ante la ley establecido en el artículo 4 de la Constitución de Guatemala, o sea que si el derecho a la igualdad es frágil, se fragiliza también el sistema de justicia.

Esa igualdad ante la ley tiene una vía de concreción en el libre e irrestricto acceso a las institucio-nes de justicia, especialmente de los sectores que tradicionalmente han sido excluidos y marginados, quienes al final son los que reciben la carga de un proceso legal que no sólo desconocen, sino les es negado en varias formas y actitudes. Ese entramado en la justicia la hace lenta, corruptible y aumenta la impunidad.

Los casos anteriores lo que hacen es revalidar el conocimiento de que el mayor número de usuarios del servicio de justicia está conformada masivamente por personas de los sectores más marginados de la sociedad, tanto en términos económicos como culturales. Estos sectores mayoritarios de la sociedad, por su misma situación social y económica, desconocen generalmente sus derechos y, por lo tanto, no pueden exigir el respeto hacia los mismos. Esto se agrava mucho más cuando se observa la selectividad con que el sistema actúa a través de sus funcionarios, que tiende a la persecución o tramitación dife-renciada de casos, pero no por su prioridad o relevancia, sino por discriminación racial o de género especialmente.

Un sistema de justicia democrático debe asegurar a todos los ciudadanos el acceso a un servicio de asistencia legal. Cuando ello no ocurre, la justicia se convierte en una mera enumeración o declaración de principios o de derechos.

Las violaciones al derecho a un debido proceso se manifiesta en la vulneración de otros derechos entre los que se desatacan: 1) la presunción de inocencia, artículo 14 CPrG; 2) ser juzgado por juez o tribunal competente, imparcial e independiente, art. 6, 8, 9 CPrG; 3) derecho de defensa art. 8 12 CPrG; 4) derecho a no declarar contra sí mismo o contra sus parientes art. 16 CPrG; 5) derecho a contar con intérprete, artículo 142 del CPrG, 6) derecho a plazos establecidos legalmente para el juicio, art. 6 7, 9, 11, de la CPrG.

Bajo esas normas se puede apreciar que los funcionarios encargados de administrar o proveer justicia, tienen la obligación de prestar ese servicio de tal manera que no sean los primeros en vulnerar los dere-chos de los usuarios. Sin embargo, como se ha establecido en la muestra de casos que se ha desarrollado anteriormente, algunas de las actitudes, ya sea por desconocimiento o por prácticas establecidas en las instituciones de justicia, se dan bajo esquemas de impunidad, tráfico de influencias o corrupción.

Ante lo anterior, hacer un repaso de cada una de las instituciones en referencia al acceso a la justicia es importante, para hacer una valoración del avance que cada una de esas instituciones ha realizado, especialmente en materia normativa, aunque debe tenerse presente que lo más importante es que el acceso a la justicia no debe quedar solamente en ese ámbito, sino trascender a su aplicación práctica.

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Percepción y recomendaciones desde las/los usuarios

w 4. Algunos elementos importantes del marco normativo a nivel interno de las instituciones del sistema de justicia para garantizar el acceso efectivo de los indígenas a la justicia oficial

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El Organismo Judicial se rige por su ley (decreto 2-89 del Congreso de la República)

La misma contiene normas expresas que en concordancia con la Constitución dejan claro el acceso de las personas a sus instituciones.

El artículo 57 establece en relación con lo planteado que: “La justicia es gratuita e igual para todos, salvo lo relacionado con las costas judiciales según la materia del litigio. Pero específicamente dice que: Toda persona tiene libre acceso a los tribunales para ejercer sus acciones y hacer valer sus derechos de conformidad con la ley. Debe quedar claro sin embargo que solamente el libre acceso a los tribunales en forma física no equivale al acceso a la justicia en su conjunto.”

El acceso integral debe darse bajo diversas perspectivas, especialmente el que las demandas sean recibidas, revisadas y resueltas en igualdad de oportunidades para todos. En ese sentido y relacionado con la actitud que deben observar los operadores de justicia (por lo menos formalmente), es valioso lo establecido en las normas éticas del Organismo Judicial que tienen carácter obligatorio para todos los funcionarios y empleados de ese organismo en el sentido de que los magistrados, jueces, funcionarios, auxiliares y trabajadores administrativos son el eje esencial de la administración de justicia y actúan para servicio de la comunidad, por lo que es necesario que su función sea prestada ajustándose a claras normas éticas y morales, que exigen de cada uno: honor, probidad, decoro, prudencia, rectitud, lealtad, respeto, independencia, imparcialidad, veracidad, eficacia, solidaridad y dignidad en todas y cada una de sus actuaciones, manifestando una conducta recta, ejemplar y demostrando honestidad y buena fe en todos sus actos. (Segundo considerando Acuerdo 7-2001)

Por su parte, el artículo 21 de dicho Acuerdo establece: “Respeto a la dignidad y a la igualdad. El juez deberá respetar la dignidad de las personas y reconocer la igualdad de todas ellas, sin incurrir en discriminación alguna por razón de sexo, cultura, ideología, raza, religión, idioma, nacionalidad o condición económica, personal o social.

Deberá poner todos los medios a su alcance para tomar conciencia y, eventualmente, superar sus pro-pios prejuicios culturales con motivo de su origen o formación, sobre todo si pueden incidir negativamente en una apropiada comprensión y valoración de los hechos y en la interpretación de las normas”.

Bajo esos cánones se puede apreciar que la actitud no sólo de jueces, a quienes en mayor medida se refieren las leyes citadas, sino la de los otros órganos de justicia, o sea Ministerio Público, Policía Nacional Civil, Defensa Publica, deben tender no sólo al mejoramiento físico de las instalaciones de justicia, sino al cambio de actitudes para mejorar el acceso a la justicia de las personas más excluidas.

Como se puede apreciar, a pesar de que las causas de la falta de acceso a la justicia de personas indígenas son de variada índole, la discriminación es la que destaca. La misma se manifiesta ya sea de manera explícita, subliminal o subyacente y ocurre al momento de la atención no sólo a víctimas sino a procesados, testigos, peritos, etc., en lo penal; a los demandantes o demandados u otras personas indí-genas que intervienen en los juicios en los otros ramos del derecho.

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Acceso de los indígenas a la justicia oficial en Guatemala

Esa situación se manifiesta, aunque el Organismo Judicial ha reportado a 550 personas bilingües: 98 jueces, 323 auxiliares de justicia, 86 personas del personal administrativo y 43 intérpretes,24 que hablan algún idioma en los juzgados y tribunales establecidos en el país. Hace falta corroborar si ese número de personas sólo hablan su idioma indígena fuera del tribunal o juzgado en que están empleados o efectivamente, sirven a los usuarios desde que ingresan a sus instalaciones.

De esa cuenta, existe la posibilidad de que el número de personas que hablan o entienden un idioma indígena puede ser solamente cifras que arrojan datos cuantitativos, valioso para las estadísticas, pero no revelan la calidad en que se está prestando el servicio. A ese respecto es importante recordar los siguientes artículos de la Ley de Idiomas Nacionales, decreto 19-2003:

Artículo 15. De los servicios públicos. Facilitar el acceso a los servicios de salud, educación, justicia, seguridad, como sectores prioritarios, para los cuales la población deberá ser informada y atendida en el idioma propio de cada comunidad lingüística, sin menoscabo de la incorporación gradual de los demás servicios, a los términos de esta disposición.

Artículo 16. Calidades para la prestación de los servicios públicos. Los postulantes a puestos pú-blicos, dentro del régimen del servicio civil, además del idioma español, de preferencia deberán hablar, leer y escribir el idioma de la comunidad lingüística respectiva en donde realicen sus funciones. Para el efecto, deben adoptarse las medidas en los sistemas de administración de personal, de manera que los requisitos y calidades en las contrataciones contemplen lo atinente a la competencia lingüística de los postulantes. En el caso de los servidores públicos en servicio, deberá promoverse su capacitación, para que la prestación de servicios tenga pertinencia lingüística y cultural, en coordinación con la Academia de las Lenguas Mayas de Guatemala.

Hasta ahora se conoce una evaluación realizada por la Academia de las Lenguas Mayas de Guatemala a 57 intérpretes del Organismo Judicial, en la que se destaca que algunos de los intérpretes no entienden y, por lo tanto, no escriben ni leen un idioma indígena. Por otro lado, algunos de esos intérpretes no están asignados a la comunidad lingüística a la que corresponden y la mayoría tienen deficiencias en materia de lecto-escritura en el idioma que están atendiendo.

En este sentido, es necesario por un lado asignar a algunos intérpretes a su propia comunidad lingüística, por otro lado reemplazar a quienes no hablan un idioma indígena y promover capacitación no sólo en lecto-escritura sino en diversas materias culturales a quienes ya se encuentran nombrados como intérpretes. De la misma manera ha de procederse con quienes dicen que hablan un idioma en el sistema, especialmente aquellos que son jueces que han indicado hablar un idioma indígena, para mejorar el acceso de la justicia a personas indígenas.

En circunstancias óptimas, las instituciones del Estado deben darle un mayor valor a quienes hablan y sirven en un idioma indígena.

El Código de Ética Profesional para los abogados, aunque no directamente, hace referencia que dichos profesionales deben actuar siempre a favor de la justicia. O sea que los abogados deben ser defensores no sólo de las personas sino de la justicia que ha de administrarse, para fortalecer el Estado de derecho y los derechos humanos universalmente establecidos. Es elocuente en este aspecto lo establecido en el artículo 12 párrafo g, al indicar que las condiciones personales como filiación, sexo, raza, color, clase social, nacionalidad, hábitos, costumbres, creencias religiosas o ideas políticas, nunca pueden constituir motivo para negarle el patrocinio al cliente porque el derecho de defensa es sagrado.

24 Informe de Seguimiento de la cidh al informe Justicia e inclusión social. 2005.

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Percepción y recomendaciones desde las/los usuarios

Tiene relación ese párrafo con la función de justicia, ya que los mismos motivos que lo son para los abogados, lo son para jueces, fiscales, defensores públicos, en tanto son parte del gremio profesional. Es preciso destacar que la mayoría de abogados no ha realizado los esfuerzos suficientes para cumplir con esas normas, especialmente cuando sirven en lugares densamente poblados por personas indígenas.

w Ministerio Público Aunque en la Ley Orgánica del Ministerio Público no existen normas tan explícitas como las que se men-cionaron anteriormente para el Organismo Judicial, eso no quiere decir que no deben observar normas constitucionales, ordinarias y de carácter internacional para proveer el pleno acceso a las personas (sin distinción) a la justicia, especialmente porque es esta institución la encargada de promover la persecución penal y la dirección de la investigación de los delitos.

Hay que recordar que el mayor número de juicios que se ventilan en las instituciones del sector justicia son dentro del ámbito penal, y es el Ministerio Público, de acuerdo con la ley, el ente que crea las condiciones para que la justicia sea adecuada y oportuna para todas las personas, especialmente para quienes no cuentan con los recursos suficientes para lograr que su causa sea esclarecida.

w Instituto de la Defensa Pública PenalEsta institución ha recogido dentro de su normatividad importantes directrices que se enfocan hacia el acceso a la justicia. Para ilustrar lo anteriormente dicho se puede indicar que el artículo 1 establece que dicha institución se crea para asistir gratuitamente a personas de escasos recursos económicos. No hay que olvidar que un factor que siempre ha sido citado para la falta de acceso a la justicia de personas indígenas ha sido el económico, circunstancia que ha de ser observada por todas las instituciones del sector, especialmente por el idpp. En esa misma dirección apunta el artículo 2, al indicar que el idpp busca asegurar la eficacia de la prestación de dicho servicio a personas de escasos recursos.

O sea que el idpp, debe asegurar no sólo la asistencia gratuita de la defensa a las personas de escasos recursos sino la prestación de dicho servicio sea eficaz, esta última es la que hace factible el inicio del verdadero acceso a la justicia. Eso es reforzado por el segundo párrafo del artículo 2 al indicar que en su función el idpp reconocerá el carácter multiétnico, pluricultural y multilingüe de la población guate-malteca.

En esta parte hay que destacar que el idpp tiene un proyecto que impulsa defensorías para perso-nas indígenas, muchos obstáculos se han tenido que sortear para impulsar esa iniciativa. Es importante continuar con la institucionalización de la misma, sin que implique para la justicia una forma de evadir un adecuado servicio para todas las personas, especialmente a las indígenas de acuerdo con su propia normatividad. Hace falta también el incremento de defensores, asistentes e interpretes bilingües.

Por otro lado, si se tiene conciencia de que la defensa es un derecho humano constitucional y legalmente reconocido, es importante lo estipulado por el artículo 6 del mismo cuerpo legal que se está analizando en la materia, al indicar que es deber de los jueces, del Ministerio Público, la Policía y demás autoridades encargadas de la custodia de detenidos, solicitar un defensor público cuando el imputado no hubiere designado un defensor de confianza.

Es de importancia este artículo, especialmente para adecuar la actividad de quienes tienen el primer contacto con personas detenidas. Sobre todo si estas personas no cuentan o no han designado

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Acceso de los indígenas a la justicia oficial en Guatemala

a un defensor. Anteriormente ha quedado claro que el derecho de defensa es uno de los derechos más importantes en el acceso a la justicia, sin embargo muchos ejemplos pueden citarse, especialmente los relacionados con la policía, en las que no se provee de este mecanismo a los detenidos.

Hay que agregar que no solamente es necesario un defensor, cuando el o la imputada son hablantes de un idioma indígena debe proveérseles de un intérprete, inmediatamente, para cumplir con normas constitucionales, procesales y de derechos humanos internacionales, tal el caso del artículo 8 del Pacto de San José, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (ser humano), la Declara-ción Universal de los Derechos Humanos, el Pacto de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto de Derechos Sociales, Económicos y Culturales y el Convenio 169 de la oit sobre Pueblos Indígenas.

Otro aspecto que es importante resaltar es lo normado en el artículo 6 de la ley del idpp y que tiene que ver con el derecho fundamental de defensa, que indica que los jueces, el Ministerio Público, la po-licía y demás autoridades encargadas de la custodia de detenidos deben solicitar un defensor público, cuando el imputado no hubiere designado uno de su confianza.

Este artículo es importante, ya que en los casos analizados, como en muchos lo que más se vulnera es el derecho de defensa. Este derecho también está protegido suficientemente por normas nacionales e internacionales de las que Guatemala es parte. Asimismo, es importante ya que la actitud especialmente de las primeras autoridades que entran en contacto con los imputados no cumplen con su deber de solicitar un defensor para un o una imputada.

Al respecto de los aspectos a evaluar a un candidato a defensor público, el artículo 60 estipula que la entrevista tendrá como objetivo primordial los aspectos siguientes...f) Identificación con los diversos grupos étnicos y habilidad para trabajar con los diferentes sectores. Ese aspecto tiene relación con el desempeño que ha de tener el defensor público, que debe ser de manera eficiente y eficaz, con lealtad a su representado y atendiendo a la realidad pluricultural, que está enmarcado en el artículo 19 de la ley de la institución.

Sólo queda indicar que la política de la institución, si bien está adecuando algunas normas, todavía son insuficientes para cumplir con las normas analizadas en esta sección, o sea, ir de lo eminentemente formal a lo objetivo y práctico.

w Policía Nacional CivilSi existe una institución que debe superar todo tipo de circunstancias que mejore su actividad respecto de la justicia es la Policía Nacional Civil. Esta situación tiene su razón de ser, ya que es la institución que a través de sus elementos, constituye el primer acercamiento a las personas, especialmente en el ámbito penal, por lo tanto, su deber es brindar todas las garantías fundamentales para el pleno acceso de las personas, en este caso indígenas, a la justicia, solicitando defensor público, intérprete, atendiendo plazos, poniendo a disposición a los o las imputadas ante juez competente, etc.

Sin embargo, como se puede ver en los casos registrados, una buena parte de la falta de una ade-cuada atención a las personas proviene de los elementos de esta institución, a pesar de que su normativa contiene importantes avances como se puede apreciar seguidamente:

En el artículo 1 de la Ley de la pnc, se establece que ésta se creó para brindar seguridad pública, como servicio esencial de competencia exclusiva del Estado. Seguidamente en su artículo 2 establece que ejerce funciones durante las 24 horas del día en todo el territorio de la república. Está integrada por sus miembros, tanto de la carrera policial como de la carrera administrativa.

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Percepción y recomendaciones desde las/los usuarios

Un dato relevante de este artículo es su párrafo final que establece que para el reclutamiento, selección, capacitación y despliegue de su personal debe tenerse presente el carácter multiétnico y pluricultural de Guatemala.

A pesar de que en el reclutamiento del personal se han hecho esfuerzos positivos para captar miem-bros indígenas para la pnc, en cuanto a despliegue, hace falta mucho por avanzar, ya que se conoce que varias personas que pertenecen a una comunidad lingüística indígena son asignadas a otras que no son necesariamente donde pueden brindar un mejor servicio, por ejemplo, muchos elementos policiales que hablan el idioma mam son asignados a una comunidad k’iche’, por lo que el valor de que habla un idioma indígena no está siendo aprovechada ni es adecuada a la realidad pluricultural que establece su ley.

Dentro de los principios básicos de actuación de los miembros de la pnc, establecido en el artículo 12 de su ley, debe destacarse el párrafo b) que indica que su actuar debe ser con absoluta neutralidad política e imparcialidad y sin discriminación alguna, por razón de raza, religión, sexo, edad, color, idioma, origen, nacionalidad, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social u opinión.

La actuación de algunos elementos de la pnc no se adecúan a su Ley, como se puede desprender de las entrevistas realizadas a usuarios del sistema de justicia, especialmente en lo que respecta a actuar sin discriminación por razón de raza, edad, sexo y condición económica. Lo que hace que su actuación se aprecie como una violación a su propia ley, al ser su actuación profesional abusiva, arbitraria y dis-criminatoria.

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caPÍtulo ivconclusiones y recoMendaciones

w Conclusiones1. Es de reconocer que en materia normativa existen muchos avances en el país que velan por un

acceso efectivo a la justicia ordinaria sin distinción alguna. Asimismo, es de valorar que existen también en nuestro medio una serie de esfuerzos, iniciativas y acciones desde distintos sectores y desde las diferentes instituciones del sistema de justicia que buscan la modernización del mismo, y por ende, mejorar el acceso de los ciudadanos hacia dicho servicio, en particular de los usuarios indígenas. Sin embargo, es evidente que el acceso de los indígenas al sistema sigue siendo muy limitado, que hace de los pueblos indígenas mucho más vulnerables. Esta conclusión se sustenta con lo dicho por las y los entrevistados, que a su criterio el sistema de justicia oficial ordinario, sigue siendo:

a) Excluyente y discriminador hacia los indígenas;

b) Monolingüe en el idioma castellano, incoherente a la realidad multicultural del país y, por lo tanto, sin ninguna pertinencia cultural;

c) Lento y oneroso, que afecta mucho más a los de escasos recursos económicos, lo cual es el caso de la mayoría de indígenas;

d) Concentrado en las áreas urbanas;

e) Demasiado formalista y burocrático;

f) No ofrece información, orientación ni acompañamiento adecuado ni oportuno;

g) No logra proteger los derechos de las personas, ni la seguridad y protección física, principal-mente de quienes se atreven a denunciar y que son amenazadas por sus victimarios.

h) Todo esto que tiene que ver con la poca eficiencia y eficacia del sistema, refuerza aún más la desconfianza que la mayoría de usuarios indígenas tienen del sistema ordinario que no lo ven como legítimo, en el cual no se sienten representados, por el hecho de que el sistema no responde a la realidad multicultural del país.

w Principales recomendaciones efectuadas por los propios usuarios indígenas del sistema oficial de justiciaNo se debe perder de vista que el derecho de acceso a la justicia, a partir de los Acuerdos de paz y de normas nacionales e internacionales, es un derecho que debe proveerse eficaz y eficientemente por el

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Acceso de los indígenas a la justicia oficial en Guatemala

Estado, y el mismo debe responder a la demanda de los pueblos indígenas de un sistema plural y plura-lista etno-culturalmente.

Sin embargo, éste quizá es uno de los derechos que tiene un alto costo, especialmente económico. A eso se debe que normalmente a quienes más impactan los efectos de un acceso a la justicia deficiente, es a quienes menos pueden costear el ejercicio de ese derecho. De esa manera, la justicia normalmente es cara a menos que quien lo ejercita pueda costear su valor. Sin embargo, eso no deja fuera la obliga-ción del Estado de proveer ese servicio, ya sea en lo penal o en los distintos ramos en que está dividido el Derecho y la justicia particularmente.

De esa razón puede inferirse que la justicia ordinaria en Guatemala debe pasar por una reforma estructural para que responda a un concepto y contexto cultural diverso, como es en realidad el país, pero también debe darse pleno fortalecimiento del derecho indígena y la implementación adecuada de los mecanismos alternativos de resolución de conflictos.

En correspondencia a la percepción y las principales recomendaciones de las y los usuarios indígenas entrevistados, en este apartado se establecen una serie de acciones puntuales que deben implementarse para continuar con el reto de una transformación integral y efectiva del sistema de justicia oficial que hasta ahora continúa siendo homogéneo. La razón por la cual el sistema de justicia sigue siendo homogé-neo, está relacionada con el hecho mismo que el Estado, en su esencia y enfoque, también sigue siendo monocultural. Es por ello que aunque exista ya aceptación de la necesaria democratización del Estado y la inclusión de los pueblos indígenas, cuando no se tiene como visión el Estado plural sino más bien el Estado homogéneo, se vuelve a caer en el error una y otra vez, de impulsar inclusión pero mediante una corriente de neo-integracionismo, limitado a ciertos reconocimientos pero que no devuelven la libertad y el poder a las propias autoridades y sistemas de los pueblos indígenas, que en todo caso complementaria el sistema monista que cada vez se ve agotado.

En este sentido, para que los cambios realmente logren tener impacto y estén en coherencia con lo que la sociedad demanda, es importante establecer como marco referencial y visión política el Estado plural o pluricultural.

w Estado Plural: el nuevo marco referencial necesarioComo primer paso es importante retomar la necesidad de ubicar como marco la instauración en el país de un modelo de Estado plural o pluricultural25 que sustituya al actual Estado homogéneo,26 para garantizar un acceso efectivo de los indígenas a la justicia oficial, y de manera general, lograr la construcción de una paz social activa.27 El punto de llegada de toda reforma, por lo tanto, debe aspirar a la edificación

25 Estado plural es el sistema que no está controlado por un solo grupo ni cultura, sino, por el contrario, el resultado y reflejo de los diversos pueblos que integran la sociedad. Se basa en los principios de la libre determinación de los pue-blos y su derecho a la autonomía. Ver tesis, Jesús Gómez Gómez, “¿Qué significa el Estado multiétnico, pluricultural y multilingüe en el pensamiento político maya? Análisis crítico del discurso político ideológico”. Universidad Mariano Gálvez de Guatemala, 2006

26 Según Will Kimlyka y Luís Villoro, el Estado nacional homogéneo es la que prevalece actualmente en el mundo, y que en esencia se trata del sistema que pregona por un nacionalismo imaginario, que es incoherente y dañino a su realidad multicultural. No obstante, a pesar de ser “imaginario”, en realidad se trata de la imposición de una cultura sobre otra, mediante el control del Estado. Ver documentos: Ciudadanía multicultural, 1996, de Kimlyka. Estado plural de Luís Villoro, 2004.

27 Paz social activa, según Johan Galtung, teórico en temas de paz y resolución pacífica de conflictos, quiere decir, la au-sencia de guerras y conflictos, más la resolución de las posibles causas estructurales de los mismos, es decir, resolución efectiva de necesidades e intereses elementales de la sociedad.

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Percepción y recomendaciones desde las/los usuarios

del Estado pluricultural, que hoy por hoy es una demanda, una propuesta y una visión política de los pueblos indígenas en Guatemala, en particular del pueblo maya.28

Precisiones necesarias

1. Claro está que hasta ahora el Sistema Nacional de Justicia está integrado por a) Sistema Ordinario; b) Sistema Jurídico Indígena; y, c) marCs. En este sentido, al hablar de pluralización etno-cultural de sistema ordinario en ningún momento debe entenderse como sustitución, asimilación o neo-inte-gración del Derecho Indígena al sistema ordinario de justicia. Un sistema pluricultural de justicia es aquel que reconoce y respeta plenamente la vigencia del Derecho Indígena, el cual dispone de una lógica particular, una normativa, un conjunto de autoridades legítimas, un conjunto de procedimientos y una propia jurisdiccionalidad. La única condición es el respeto a los derechos humanos, y el único criterio de coordinación es el respeto pleno a la decisión de las personas en cuanto si optan en buscar justicia en el marco del Derecho Indígena o bien en el sistema ordina-rio.

2. En sintonía con lo anterior, un sistema nacional de justicia pluricultural, por lo tanto, es aquel que garantiza un sistema ordinario netamente multilingüe. No obstante, la atención bilingüe que se requiere es de carácter directo; es decir, la disposición de personal idóneo en todos las institu-ciones, en todos los ámbitos y niveles, que dispongan de proficiencia y competencia lingüística (esto es, que hablen, lean y escriban el idioma indígena predominante de la región donde están ejerciendo su labor). No obstante, de nuevo debe quedar claro que, como advierte Raquel Yri-goyen, “...la institucionalización del multilingüismo en la justicia no tiene como objeto suplir la justicia indígena, sino proteger los derechos de los hablantes de idiomas mayas [aunque en todo caso debe abarcar todos los idioma indígenas, es decir, los 22 idiomas mayas, más el garífuna y el xinka) que acceden al sistema estatal de justicia... la institucionalización del multilingüismo en la justicia supone un proceso que comprende la implementación [efectiva] de normas existentes, la eventual reforma de algunas, el diseño de sistemas organizacionales, el destino de recursos humanos y materiales, la difusión de derechos entre los usuarios de la justicia y el fomento de una nueva cultura jurídica entre los operadores de justicia”.29

w Recomendaciones principales y con carácter de urgencia, planteadas por los propios usuariosLas recomendaciones que a continuación se presentan, fueron planteadas de manera directa por las y los usuarios indígenas que fueron entrevistados. Algunas son de carácter general, otras más específicas, las cuales se espera puedan ser retomadas por las instituciones del sistema de justicia oficial y las adop-ten como líneas generales para sus políticas públicas, de acuerdo con sus mandatos y competencias. Es

28 Consejo Asesor sobre Pueblos Indígenas y Pluralidad de la Presidencia y Vicepresidencia de la República de Guatemala (CaPiP-Pixab’); documento “Estado plural: una demanda, una propuesta y una visión política de los Pueblos Indígenas de Guatemala; 2006.

29 Yrigoyen Fajardo, Raquel. Justicia y multilingüismo. Pautas para alcanzar una Justicia multilingüe en Guatemala. Octubre 2001. P. 83.

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Acceso de los indígenas a la justicia oficial en Guatemala

oportuno considerar que una política pública puede entenderse como el conjunto de programas, planes, programas, proyectos, acciones y medidas que disponen de un enfoque y que son desarrollados desde el poder público en respuesta a necesidades y demandas de la población. O, de manera más sencilla, es “lo que el Gobierno hace por acción u omisión”30 en el ejercicio del poder público.

En el marco de las políticas públicas, el ciclo de la gestión pública involucra al menos cuatro fases: planificación, presupuestación, ejecución, seguimiento y evaluación. Así concebido, el modelo se cierra con la fase de seguimiento y evaluación, siempre y cuando de ésta se deriven insumos y retroalimenta-ción para mejorar las demás fases de la gestión. Si la información del seguimiento y la evaluación logra influenciar positivamente los procesos de planificación, presupuestación y ejecución, puede decirse que se han establecido las condiciones para un modelo de gestión orientado por resultados y, en esa medida, para el mejoramiento continuo de la gestión pública.31

las recoMendaciones

La mayoría coincide en señalar que para recuperar la confianza de los usuarios indígenas hacia el sistema de justicia oficial, es necesario superar la actual ineficiencia en los servicios y la ineficacia aún prevale-ciente en los resultados. Sólo con mejores servicios y mejores resultados se recuperará la confianza de las y los usuarios indígenas del sistema de justicia oficial.

en esta lÍnea lo que sobresale es lo siguiente:1. Una urgente depuración en la mayoría de instituciones, pero sobre todo, en la Policía Na-

cional Civil (pnc), siendo dicha institución la que más evidencia corrupción e influencia del crimen (organizado, sobre todo) y tomando también en cuenta que es la primera institución que contacta normalmente el usuario en su búsqueda de justicia. Esta recomendación de los usuarios, según las entrevistas, también se aplica al mp y al oj, principalmente.

Es importante tomar en cuenta que para que la depuración sea consistente y seria, debe ser condu-cida, implementada y monitoreada por un ente independiente que esté fuera de las instituciones que requieren depuración. A este respecto se propone la conformación de una comisión de alto nivel, conforma por personas notables, representantes de distintos sectores. Es importante que en este órgano se tome en cuenta la representación amplia de los pueblos indígenas y de sus propias autoridades ancestrales.

2. Paralelamente a la depuración, se deben establecer mecanismos adecuados que permitan la selección de personal idóneo, capacitado y sensible a la realidad multicultural del país.

3. De igual manera, es importante que cada instituto efectúe una revisión de su normativa in-terna, eliminando cualquier precepto que limite el derecho de los indígenas a una justicia multilingüe. Es importante que cada institución visualice la construcción del Estado plural o pluricultural, respetando el derecho a la libre determinación de los pueblos.

30 Sosa, José. Política pública y participación social: visiones alternativas; Desarrollo Institucional de la Vida Pública, A.C. Centro de Estudios de Gobierno y Administración Pública, A.C. Universidad Nacional Autónoma de México. Primera edición, México, 2006.

31 Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia (seGePlan). Informe de la evaluación de la Ejecución de la Política General de Gobierno 2006. Guatemala, febrero de 2007. P. 6.

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Percepción y recomendaciones desde las/los usuarios

4. Las y los entrevistados coincidieron en exigir una justicia realmente bilingüe. Pero en este caso, una justicia bilingüe directa, es decir, esperan que los operadores y funcionarios de jus-ticia hablen el idioma predominante en la región, sin necesidad de intérpretes o traductores, pues éstos son terceras personas que son necesarias en una justicia monista culturalmente, pero un sistema plural, debe disponer de personal complemente bilingüe para una atención directa en el idioma del usuario. En lo inmediato posible, es necesario procurar que la justicia ordinaria sea adecuada a la realidad lingüística y cultural de la población a la que se sirve. La implementación de la Ley de idiomas nacionales, en lo lingüístico, es una herramienta importante para adecuar esa realidad. Es importante que por parte del Estado se instituciona-lice y garantice un servicio de intérpretes y personal bilingüe de decisión, entre ellos, jueces, magistrados, fiscales, defensores, etc. Esta propuesta de implementación tendrá que pasar por un estudio de la manera en que este servicio debe darse en cada una de las áreas con mayor población indígena, la ubicación de personal del mismo idioma, y la dotación de capacitación permanente para los funcionarios que cumplen con ese rol.

5. Implementación de sistemas y mecanismos prácticos de información sobre el sistema, qué pasos dar ante cualquier situación, a dónde acudir, qué se necesita para adquirir el servicio, temporalidades, etc.

6. Asimismo, recomiendan que se implementen iniciativas y estrategias de acompañamiento y orientación directa a víctimas

7. Las y los usuarios coinciden en señalar que el sistema es ajeno a la cultura de los usuarios. Indican que este aspecto no se logra resolver solamente con una justicia bilingüe. Más allá del idioma, consideran que el sistema debe reconocer su limitación para atender a pueblos indígenas y que por lo tanto no queda otra alternativa que reconocer y respetar (inclusive pro-mover) la vigencia plena del sistema jurídico propio de los pueblos indígenas en Guatemala. En este sentido, lo más relevante de lo mencionado por las y los usuarios se relaciona con la necesaria pluralización político-cultural del sistema, más allá de una atención bilingüe, más allá de la simple pertinencia cultural que también se ubica en el enfoque de modernización del sistema de justicia, lo que se plantea es la pluralización etno-cultural del sistema. En este sentido, cerca de la mitad señalaron la impertinencia cultural del sistema y proponen su transformación precisamente desde este eje, teniendo en cuenta la defensa de los derechos específicos y colectivos de los pueblos indígenas desde un enfoque de acción afirmativa. Es decir, se debe invertir más esfuerzos y recursos para la atención de los pueblos indígenas, en un marco de tratamiento desigual, favoreciendo a los pueblos indígenas que históricamente han sido desfavorecidos y que precisamente por ello han estado y siguen estando en situación de desventaja.

8. Debe darse un amplio ejercicio de la jurisprudencia en el que los fallos se encaminen a ar-gumentos doctrinarios que tomen en consideración los aspectos culturales de la población a la que se sirve.

9. El acceso a las instalaciones de los tribunales no debe verse solamente desde un ámbito fí-sico, sino debe responder a la garantía del ejercicio de los derechos del usuario del sistema, desde que toma contacto con las instituciones de justicia. Esta justicia debe estar abierta a los cambios sociales y culturales que se dan, precisamente para adecuar sus pautas a nuevas realidades, en evolución.

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Acceso de los indígenas a la justicia oficial en Guatemala

10. En materia laboral y agraria deben darse importantes cambios en la primera y la implemen-tación de la segunda, y que ambas materias son de especial trascendencia para el país.

11. Otro ramo que debe ser objeto de revisión por el impacto que tiene es el de familia, para dotar de mayor protección, especialmente a las usuarias del sistema, en su propio beneficio como la de los menores de edad.

12. En cuanto a la implementación de los mecanismos alternativos de resolución de conflictos, éstos deben responder a criterios culturalmente adecuados, no sólo para quienes se sirve, sino de quienes sirven en los casos puestos a disposición.

13. Debe continuarse con la descentralización del servicio de justicia, sin embargo, esa descentra-lización debe responder también al carácter multilingüe y pluricultural del país y con respeto pleno a las propias autoridades indígenas.

14. Además de la infraestructura física, debe invertirse en el cambio en la actitud de los operadores de justicia, frente a la situación de desventaja en que se ha puesto a pueblos indígenas y a las condiciones de indefensión y vulnerabilidad en que se encuentran, mujeres y niños; es urgente que las instituciones encargadas de la administración de justicia, superen las deficiencias en la atención de estos casos, lo que a su vez implica la superación de la discriminación racial y de genero, profundamente enraizado en el país.

15. Es necesario comprender bajo esas acciones que el acceso a la justicia no deben ser meramen-te enunciados normativos, sino un derecho fundamental que debe promoverse y realizarse, para su pleno ejercicio y que éste produzca los cambios requeridos, para que quienes estén postergados en ese ejercicio, tengan confianza en el sistema al que acuden. El Estado debe cumplir con su obligación de proveer justicia, dando acceso a sus ciudadanos en plano de igualdad, tal como está establecido legalmente.

16. La Comisión Nacional de Apoyo al Fortalecimiento de la Justicia, y la Instancia Coordinadora de Modernización del Sector Justicia, son en la actualidad los medios políticos y técnicos de ejecución, existentes para llevar a cabo las propuestas de mejoramiento y de acceso a la justicia estatal. Además, deben promover la implementación de los medios alternativos de resolución de conflictos, y en otro orden el fortalecimiento del derecho indígena, aunque ese no sea el tema central del presente informe.

algunas condiciones necesarias Para una verdadera transforMación del sisteMa

1. Toda reforma, para que sea efectiva, debe atender las exigencias y demandas de los usuarios indígenas de transformar filosóficamente el sistema, dotándole de un enfoque aglutinador de la diversidad cultural y de sistemas de orden social que existen en las distintas naciones y pueblos que conforman la sociedad guatemalteca. Deben de tomarse en cuenta las diferentes propuestas ya existentes en el país, para que los usuarios se sientan parte de los cambios y que por lo menos estén conscientes de que dichos cambios están en proceso. Asimismo, es importante lograr que la sociedad se involucre consciente, proactiva y propositivamente en los mismos, y que continuamente esté informada, que monitoree y perfeccione los procesos de cambio.

2. La reforma del sistema de justicia debe rescatar el enfoque integral y sistémico, en el sentido de procurar la articulación, coordinación y complementariedad en las acciones, con una

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Percepción y recomendaciones desde las/los usuarios

visión compartida a largo plazo y de carácter plural. Dichas acciones deben formar parte de una política de Estado en materia de justicia, planteada a largo plazo y que involucre a todas las instituciones del sistema y a todos los sectores y actores políticos y sociales.

3. Sin duda, aparte de la necesaria reforma integral del sistema nacional de justicia ordinaria, es impostergable la tarea de continuar con el reconocimiento y respeto pleno del Derecho Indígena, que aunque el sistema de justicia ordinario alcance alta eficiencia y eficacia, asi-mismo una verdadera pertinencia cultural, no podrá ni deberá desplazar y sustituir al Derecho Indígena que aún con sus limitaciones día tras día contribuye en velar por la armonía social, principalmente en las comunidades de los pueblos indígenas.

4. Debe darse una coordinación y articulación a nivel de todas las instituciones que integran el sistema de justicia, pues hasta ahora se aprecian una serie de acciones reformistas, pero cada institución tiene su propia visión y sus acciones no se complementan necesariamente con lo que están haciendo las demás instituciones. El horizonte debe ser la instauración de un modelo verdaderamente multilingüe. Esto está dirigido a todas las instituciones que integran el Sistema.

5. Respecto de lo anterior, se hace necesario promover procesos amplios de conversaciones públicas y de construcción de consensos que permitan dotar de contenido a un modelo de justicia multilingüe de modalidad directa. Esto podría pensarse en dos etapas; una primera, a nivel de las instituciones que integran el sistema, y una segunda, donde se pueda buscar el respaldo y participación de la sociedad en general.

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Percepción y recomendaciones desde las/los usuarios

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ños

caus

ados

por

su

s an

imal

es.

Le r

ecla

lo q

ue

hab

ía i

nver

tido

en

lo

s cu

ltiv

os,

co

nsis

tent

es e

n Q

2,35

0.00

. Pe

ro

el s

eñor

Pan

a en

vez

de

asum

ir

resp

onsa

bilid

ades

, se

bur

ló d

e m

í, qu

e va

ya a

don

de v

aya,

él

no a

su-

mía

nin

guna

resp

onsa

bilid

ad, p

ues

indi

caba

que

no

era

culp

a de

él

que

los

anim

ales

se

haya

n co

mid

o la

milp

a...”

La S

eñor

a C

uc a

firm

ó:

- “E

n la

s in

stit

ucio

nes

enco

ntré

in

dife

renc

ia h

acia

mi

caso

y m

e di

cue

nta

que

la m

ala

aten

ción

se

deb

e a

que

soy

indí

gena

, pue

s co

nozc

o ot

ros

caso

s de

per

sona

s no

indí

gena

s qu

e sí

se

les

aten

dió

adec

uada

men

te.”

- To

do lo

ant

erio

r me

lleva

n a

des-

confi

ar m

ucho

más

del

sist

ema

de

just

icia

. H

ay m

al s

ervi

cio,

mal

a at

enci

ón.

- Po

licí

a N

acio

nal

C

ivil

(pn

c)

- M

inis

teri

o Pú

blic

o (m

p)

- “H

ay q

ue q

uita

r a

los

mal

os

elem

ento

s y

ubic

ar a

per

sona

s qu

e re

alm

ente

qui

eran

tra

baja

r y

aten

der

bien

a la

gen

te.

- ...

Tam

bién

es n

eces

ario

hac

erle

s co

ncie

ncia

.”

- “A

l ig

ual

que

yo,

muc

has

mu-

jere

s no

muy

pue

den

habl

ar

espa

ñol.

.. s

ería

bue

no s

i no

s at

endi

eran

en

nues

tro

prop

io

idio

ma.

- “S

ería

bue

no o

rien

tar

bien

a la

s pe

rson

as,

para

que

sep

an q

ue

hace

r cu

ando

nec

esita

n de

la

just

icia

. Y q

ue n

o se

a m

uy c

aro

y ta

rdad

o, p

ues

la m

ayor

ía d

e in

díge

nas

som

os p

obre

s.”

anex

os

1. C

uadr

o si

ntét

ico

de e

ntre

vist

as-c

asos

, con

ext

ract

os o

cita

s te

xtua

les

46

Acceso de los indígenas a la justicia oficial en Guatemala

“...

los

agen

tes

de la

pn

c s

ólo

se m

e qu

edar

on v

iend

o, y

dije

ron

que

no

podí

an h

acer

nad

a. S

i el s

eñor

que

-rí

a pa

gar,

pues

pag

aba,

y s

i no,

no.

Q

ue a

sí s

e te

nía

que

qued

ar...

“...

An

te e

sto

, ac

ud

í al

mp p

ara

pres

enta

r la

den

unci

a re

spec

tiva,

pe

ro n

o m

e at

endi

eron

, me

dije

ron

que

era

un c

aso

sin

may

or i

mpo

r-ta

ncia

, que

mej

or lo

dej

ara

así.

Y s

i ta

nto

era

mi

inte

rés,

ent

once

s qu

e bu

scar

a un

abo

gado

par

a qu

e lle

-va

ra m

i cas

o...

Pero

, soy

de

esca

sos

recu

rsos

, po

r lo

tan

to,

ahí

dejé

mi

caso

. No

sé e

n qu

é qu

edó,

pue

s no

m

e lo

exp

licar

on,

sola

men

te m

e in

dica

ron

que

mej

or lo

dej

ara

ahí.

Perd

í to

do l

o qu

e te

nía,

inc

luso

qu

edé

ende

udad

a, p

ues

gran

par

te

de l

o qu

e ga

sté

en e

l cu

ltivo

era

di

nero

pre

stad

o. A

dem

ás,

no s

é a

dónd

e m

ás a

cudi

r, qu

é m

ás h

acer

, no

sól

o qu

e ap

enas

pue

do h

abla

r el

esp

añol

”.

“Cua

ndo

acud

í al

Min

iste

rio

Pú-

blic

o de

Cob

án,

espe

ré p

or m

ás

de d

os h

oras

, no

me

aten

dían

, sól

o m

e m

iraba

n. Y

no

habí

a ge

nte,

ello

s (lo

s ag

ente

s) e

stab

an p

latic

ando

, un

o fu

man

do,

otro

s ri

endo

, un

os

sent

ados

y o

tros

par

ados

. Y c

uand

o po

r fin

me

aten

dier

on,

me

dije

ron

que

mi c

aso

no ti

ene

impo

rtan

cia,

qu

e m

ejor

lo d

ejar

a ah

í. M

e di

jero

n qu

e no

bus

cara

más

pro

blem

as. Y

o si

ento

que

me

aten

dier

on a

sí p

or

ser

indí

gena

.”

4�

Percepción y recomendaciones desde las/los usuarios

(En

trev

ista

co

mp

lem

enta

da

con

revi

sión

de

Expe

dien

te, O

ficio

No.

85

-200

5, d

e fe

cha

29 d

e no

viem

bre

del

2005

, su

b.-E

stac

ión

No.

51-

51de

la P

olic

ía N

acio

nal C

ivil,

con

se

de e

n el

mun

icip

io d

e C

hise

c, A

lta

Ver

apaz

. Con

est

a re

visi

ón s

e lo

gró

cons

tata

r qu

e la

pn

c to

nota

del

as

unto

, pe

ro l

uego

el

mis

mo

fue

arch

ivad

o)

2A

nge

lin

a (A

ma

de

casa

, m

on

oli

ngü

e Q

’eqc

hi’)

Fech

a de

ent

revi

sta:

02

de

juni

o 20

06

“El 2

5 de

dic

iem

bre

del 2

005,

a e

so

de la

s 10

:00

hora

s, y

o y

mis

cin

co

herm

anos

men

ores

fui

mos

agr

edi-

dos,

en

nues

tra

casa

de

habi

taci

ón,

por

el s

eñor

Enr

ique

Coy

y u

n su

hi

jo,

quie

nes

llega

ron

en v

ehíc

ulo

prop

io e

ingr

esar

on h

asta

el p

atio

de

la c

asa

y co

men

zó a

rec

lam

arno

s,

segú

n él

, lo

s de

rech

os p

oses

orio

s qu

e ej

erce

sob

re e

l in

mue

ble

en

el q

ue n

os e

ncon

tram

os v

ivie

ndo.

D

ich

o i

nm

ueb

le s

e en

cuen

tra

regi

stra

do a

nom

bre

de m

i pa

dre

Arn

oldo

Coy

...

Los

hech

os y

la d

enun

cia:

“Al e

scuc

har l

os g

rito

s y

los

llant

os,

los v

ecin

os ll

amar

on d

e in

med

iato

a

la pn

c. A

los p

ocos

min

utos

lleg

aron

tr

es a

gent

es m

otor

izad

os,

quie

nes

sorp

rend

iero

n al

señ

or E

nriq

ue C

oy

y a

su h

ijo e

n el

mom

ento

en

que

nos

agre

dían

. Sin

em

barg

o, a

pes

ar

de

pre

sen

ciar

el

hec

ho

, d

ich

as

auto

rida

des

no h

icie

ron

nada

más

qu

e ve

r lo

que

suc

edía

...

- “C

uan

do

un

o e

s in

díg

ena,

es

difíc

il qu

e lo

atie

ndan

en

las

ins-

tituc

ione

s de

l Est

ado.

Más

si u

no

es m

ujer

, peo

r aún

, si u

no n

o sa

be

habl

ar e

spañ

ol. S

e bu

rlan

de

uno,

en

vez

de

brin

darl

e un

a at

enci

ón

com

o co

rres

pond

e...

- ...

cons

ider

o qu

e ha

y im

puni

dad

e in

just

icia

...

- ...

Hay

mie

mbr

os d

e la

pn

c i

nvo-

lucr

ados

con

los

mis

mos

del

in-

cuen

tes.

...

- ...

Qui

enes

deb

en i

nves

tigar

los

he

chos

no

lo h

acen

, y

si l

o ha

-ce

n, s

ólo

regi

stra

n un

a pa

rte

de

la v

erda

d, l

a qu

e m

ás c

onve

nga

a lo

s qu

e te

ngan

más

din

ero.

..

- ...

En l

os t

ribu

nale

s en

vez

de

fa-

vore

cer

a la

s ví

ctim

as,

más

bie

n fa

vore

cen

siem

pre

a lo

s vi

ctim

a-ri

os...

- “N

o m

e se

ntí

prot

egid

a, n

i fís

ica-

men

te,

ni p

ara

ejer

cer

mis

der

e-ch

os c

omo

pers

ona.

- Po

licí

a N

acio

nal

C

ivil

(pn

c)

- M

inis

teri

o Pú

blic

o (m

p)

- O

rgan

ism

o Ju

dici

al

(oj)

- “Q

ue la

s ins

tituc

ione

s de

just

icia

es

tén

aten

dida

s po

r pe

rson

as

que

adem

ás d

e se

r pr

epar

adas

pa

ra l

o qu

e te

ngan

que

hac

er,

tam

bién

sea

n pe

rson

as j

usta

s,

resp

etuo

sas,

y q

ue r

ealm

ente

qu

iera

n lu

char

por

que

algú

n dí

a en

el p

aís

sí e

xist

a ju

stic

ia...

- ...

Don

de i

nici

a el

pro

blem

a es

co

n lo

s po

licía

s, y

lue

go,

a la

ho

ra d

e ap

licar

jus

ticia

(o

sea

los

trib

unal

es d

e ju

stic

ia)..

.

- ...

Si s

e lo

gra

ende

reza

r a

la p

nc,

se e

star

ía d

ando

los

pri

mer

os

paso

s pa

ra c

orre

gir

lo d

emás

.”

4�

Acceso de los indígenas a la justicia oficial en Guatemala

...L

os

agra

vian

tes

cuan

do

no

s vi

eron

sum

amen

te g

olpe

ados

, se

re

tirar

on c

on t

anta

tra

nqui

lidad

y

para

el

colm

o, h

asta

sal

udar

on a

lo

s ag

ente

s ah

í pr

esen

tes.

De

los

agen

tes

se e

sper

aba

una

reac

ción

co

rrec

ta, q

ue e

ra d

eten

er a

las

dos

pers

onas

, sin

em

barg

o, d

ijero

n qu

e no

pod

ían

hace

r na

da...

... a

l día

sig

uien

te fu

i a r

atifi

car

mi

denu

ncia

al

Min

iste

rio

Públ

ico,

cr

eyen

do q

ue l

os a

gent

es a

unqu

e no

hay

an d

eten

ido

al se

ñor C

oy p

or

lo m

enos

tal v

ez h

abía

n le

vant

ado

una

denu

ncia

. Pe

ro,

com

o er

a de

es

pera

r, lo

s ag

ente

s nu

nca

tom

aron

no

ta d

e lo

s he

chos

. Por

lo ta

nto,

les

pedí

a l

os d

el M

P qu

e to

mar

an m

i de

nunc

ia,

lo c

ual

se h

izo.

Per

o, a

lo

s po

cos

días

, acu

dí o

tra

vez

para

ve

r qu

e co

rres

pond

ía h

acer

, pe

ro

me

dije

ron

que

no m

e pr

eocu

para

, qu

e ya

tom

aron

not

a de

l asu

nto,

y

nada

más

...

...A

dem

ás d

e q

ue

en e

l m

p n

o m

e or

ient

aban

ni

me

info

rmab

an

cóm

o ib

a el

cas

o, e

mpe

cé a

reci

bir

amen

azas

del

señ

or C

oy. T

anto

fue

el t

emor

que

dec

idí

ir a

l Ju

zgad

o m

ás c

erca

no, p

ero

me

dije

ron

que

nunc

a re

cibi

eron

nin

guna

den

un-

cia,

y q

ue i

nici

ar l

a m

ism

a er

a ya

muy

tar

de,

pues

¿có

mo

podí

a yo

com

prob

ar q

ue r

ealm

ente

me

golp

earo

n?...

...un

año

des

pués

, mi c

aso

sim

ple-

men

te q

uedó

en

el o

lvid

o, a

unqu

e,

el se

ñor C

oy c

ontin

úa c

on su

s am

e-na

zas

y lo

más

pro

babl

e es

que

nos

te

rmin

e en

qui

tar

la c

asa.

- ...

con

una

aten

ción

así

: ¿a

lgui

en

pued

e co

nfiar

?

...Y

o re

alm

ente

est

oy f

rust

rada

, no

pu

edo

espe

rar

más

... e

s di

fícil

que

las

cosa

s ca

mbi

en..

. la

jus

tici

a es

so

lam

ente

com

o un

sue

ño p

ara

los

de e

scas

os re

curs

os y

par

a qu

iene

s no

sa

ben

com

o m

anip

ular

el s

iste

ma,

es

una

conv

enie

ncia

de

los

que

tiene

n re

curs

os y

tien

en c

onec

tes.

4�

Percepción y recomendaciones desde las/los usuarios

3M

art

a

(Am

a

de

casa

, se

gun

do

pri

-m

aria

. M

onol

ingü

e q’

eqch

i’)

Fec

ha d

e en

trev

ista

: 0

2 d

e ju

nio

20

06

, Sa

n P

edro

Car

chá,

A

lta V

erap

az.

“Soy

pro

pie

tari

a d

e d

os

bie

nes

in

mue

bles

, car

ente

s de

insc

ripc

ión

regi

stra

l, l

a pr

imer

a ub

icad

a en

B

arri

o Sa

n Pe

dro

y el

seg

undo

en

la a

ldea

Chi

són,

juri

sdic

ción

de

San

Pedr

o C

arch

á, A

lta V

erap

az, q

ue m

i pa

dre

Euse

bio

Leal

me

lo d

ejar

a an

tes

de fa

llece

r...

...D

icho

s in

mue

bles

jun

tam

ente

co

n m

i fa

mili

a lo

s he

mos

ven

ido

pose

yend

o po

r m

ás d

e ci

ncue

nta

años

. Pe

ro a

l pa

sar

los

años

, un

a tía

llam

ada

Emili

a, si

mul

a un

a co

m-

prav

enta

, fal

sean

do in

form

ació

n de

m

i señ

or p

adre

Eus

ebio

Lea

l. D

icha

se

ñora

acu

dió

a lo

s tr

ibun

ales

sol

i-ci

tand

o nu

estr

o de

salo

jo,

petic

ión

que

le fu

e co

nced

ida,

por

lo q

ue a

lo

s po

cos

días

vin

o la

pol

icía

y n

os

sacó

de

nues

tra

casa

...

...no

sotr

os n

o te

nem

os d

iner

o, p

or

lo q

ue n

o no

s es

pos

ible

pag

ar u

n ab

ogad

o. P

or e

llo,

acud

í al

Min

is-

teri

o Pú

blic

o pa

ra r

eque

rir

apoy

o y

acom

paña

mie

nto,

per

o no

me

quis

iero

n at

ende

r...

...m

e di

jero

n qu

e si

no

tení

a do

cu-

men

tos,

no

podí

a al

egar

der

echo

s so

bre

los

inm

uebl

es.

Y c

omo

no

habl

o bi

en e

l es

paño

l, no

muy

les

en

tend

ía lo

que

me

decí

an, y

ello

s ta

mpo

co m

e en

tend

ían

a m

í...

...lo

más

lam

enta

ble

es q

ue la

seño

-ra

y s

u ab

ogad

o ac

tual

men

te e

stán

of

reci

endo

ya

los

terr

enos

par

a ve

nder

los,

seg

ún t

engo

ent

endi

do,

la s

eñor

a Le

al l

e co

nced

ió a

l ab

o-ga

do u

no d

e lo

s in

mue

bles

com

o m

edio

de

pago

- “E

l si

stem

a es

muy

for

mal

ista

, a

tal

punt

o, q

ue l

e da

la

razó

n a

quie

n te

nga

un p

apel

, aun

que

el

mis

mo

sea

fals

o”.

- “L

a ju

stic

ia e

stá

muy

lej

os d

e la

m

ayor

ía,

es c

omo

un p

rivi

legi

o so

lam

ente

de

los q

ue h

abla

n bi

en

el e

spañ

ol,

que

han

estu

diad

o y

que

prin

cipa

lmen

te s

i tie

nen

dine

ro, p

orqu

e pa

gar a

boga

do e

s ca

ro y

ent

ende

r cóm

o fu

ncio

na e

l si

stem

a es

muy

com

plic

ado”

.

- N

o re

cono

ce o

tras

form

as, c

omo

la p

ropi

edad

col

ectiv

a o

los

con-

trat

os b

asad

os e

n la

pal

abra

de

hono

r.”

- “N

o s

e at

ien

de

en e

l id

iom

a m

ater

no d

e la

s pe

rson

as m

ono-

lingü

es e

n un

idio

ma

indí

gena

”.

- O

rgan

ism

o Ju

dici

al

(oj)

- M

inis

teri

o Pú

blic

o (m

p)

- “Q

ue e

l Sis

tem

a to

me

en c

uent

a la

s fo

rmas

pro

pias

de

cada

pue

-bl

os p

ara

pens

ar, a

ctua

r y

vivi

r;

clar

o, s

in q

ue e

llos

sust

ituya

n a

las

prop

ias

auto

rida

des

indí

ge-

nas.

..

- ...

Dis

pone

r de

pers

onal

bili

ngüe

ca

paci

tado

que

ati

enda

a l

os

usua

rios

indí

gena

s mon

olin

gües

en

un

idio

ma

indí

gena

...

- ..

.Ten

er s

iem

pre

info

rmac

ión

opor

tuna

, orie

ntac

ión

adec

uada

, y

acom

paña

mie

nto

en t

odo

el

proc

eso,

sob

re to

do a

las

pers

o-na

s de

más

esc

asos

recu

rsos

eco

-nó

mic

os y

baj

a es

cola

rida

d.”

�0

Acceso de los indígenas a la justicia oficial en Guatemala

por

habe

r he

cho

los

arre

glos

y q

ue

todo

est

é a

favo

r de

ello

s, a

unqu

e en

rea

lidad

se

trat

a de

una

usu

r-pa

ción

.”

4M

ozos

Col

onos

re-

clam

an ti

erra

s co

mo

pago

por

los

ser

vi-

cios

pre

stad

os e

n la

Fi

nca

Agu

a B

lanc

a,

San

Cri

stób

al,

Alt

a V

erap

az.

Faci

litó

in-

form

ació

n si

stem

a-ti

zad

a: O

scar

Po

p,

Cen

tro

de J

ustic

ia y

M

ult

icu

ltu

rali

dad

, C

obán

, Alta

Ver

apaz

Fech

a de

ent

revi

sta:

03

de

juni

o 20

06

“Un

grup

o de

60

fam

ilias

may

as

poqo

mch

i’, q

uien

es h

an t

raba

jado

po

r más

de

dos

déca

das

en la

finc

a A

gua

Bla

nca,

mun

icip

io d

e Sa

n C

rist

óbal

, Alta

Ver

apaz

, en

calid

ad

de m

ozos

col

onos

, rec

lam

an p

arte

de

la

finca

com

o m

edio

de

pago

de

muc

hos

años

que

el p

atro

no le

s ad

euda

ba...

...es

te c

aso

se a

gudi

zó d

uran

te e

l añ

o 20

02, c

uand

o el

due

ño in

form

ó a

los

trab

ajad

ores

que

ya

no h

abrí

a m

ás t

raba

jo,

pues

el

café

hab

ía

baja

do d

e pr

ecio

. Si

n em

barg

o,

cuan

do l

os t

raba

jado

res

exig

iero

n el

pag

o,

el f

inq

uer

o s

e n

egó

a

paga

rles

...

...C

omo

med

ida

de p

resi

ón,

los

cam

pesi

nos

tom

aron

la

finca

, ex

i-gi

endo

una

par

te d

e la

mis

ma

com

o m

edio

de

pago

de

todo

s los

sala

rios

qu

e po

r m

ucho

s añ

os s

e le

s ve

nía

post

erga

ndo.

..

...Si

n em

barg

o, e

l pr

oble

ma

está

en

que

exi

ste

una

orde

n ju

dici

al a

fa

vor d

el fi

nque

ro, p

ara

desa

loja

r a

los

cam

pesi

nos.

..

...C

omo

mec

anis

mos

alte

rnat

ivos

, al

guna

s in

stitu

cion

es h

an a

poya

-do

par

a en

cont

rarl

e un

a so

luci

ón

neg

oci

ada

al c

on

flic

to.

Dic

has

in

stitu

cion

es s

on: l

a A

uxili

atur

a de

lo

s Der

echo

s Hum

anos

del

dep

arta

-m

ento

de

Alta

Ver

apaz

, La

past

oral

So

cial

med

iant

e su

del

egac

ión

de

- “A

quí

en A

lta V

erap

az,

de t

odos

lo

s ám

bito

s o ra

mas

del

Der

echo

, el

lab

oral

y a

grar

io s

on l

os q

ue

más

pre

sent

an t

odav

ía m

ayor

es

dific

ulta

des

en la

prá

ctic

a...

- ...

Hay

des

prot

ecci

ón d

e de

rech

os

labo

rale

s, sa

lari

ales

, y so

bre

todo

, pa

ra p

erso

nas

y co

mun

idad

es

indí

gena

s...

- ...

el S

iste

ma

sigu

e si

endo

inse

nsi-

ble

a la

s nec

esid

ades

bás

icas

de

la

pobl

ació

n...n

o es

coh

eren

te c

on

la r

ealid

ad m

ultic

ultu

ral,

choc

a co

n el

Der

echo

Indí

gena

.”

- pn

c

- O

rgan

ism

o Ju

dici

al

(oj)

- “D

ebe

poné

rsel

e at

enci

ón e

spe-

cial

al r

amo

civi

l, la

bora

l y a

gra-

rio,

ya

que

en m

ucha

s re

gion

es

del p

aís

con

pobl

ació

n m

ayor

i-ta

ria

indí

gena

, se

reg

istr

an m

ás

caso

s de

est

e tip

o...

- ...

Tom

ar e

n cu

enta

ele

men

tos

de l

as c

ultu

ras

indí

gena

s, t

ales

co

mo

el s

entid

o de

per

tene

ncia

a

una

com

unid

ad, l

os d

erec

hos

cole

ctiv

os,

los

dere

chos

de

ca-

ráct

er h

istó

rico

, ent

re o

tros

.”

�1

Percepción y recomendaciones desde las/los usuarios

regu

laci

ón y

Leg

aliz

ació

n de

Tie

-rr

as, M

ercy

Cor

ps y

Co

nti

err

a.”

5K

arla

Pat

rici

a (S

e-cr

etar

ia,

bil

ingü

e q’

eqch

i’-es

paño

l)

Fech

a de

ent

revi

sta,

22

de

juni

o de

200

6

“Hac

e un

año

dos

jóve

nes

me

asal

-ta

ron

cuan

do ib

a po

r la

mañ

ana

al

trab

ajo.

Con

cuc

hillo

en

man

os,

me

desp

ojar

on d

e m

is p

erte

nenc

ias

(mon

eder

o, a

nillo

s y

aret

es)..

.

...A

l sal

ir d

e m

i tra

bajo

en

hora

s de

la

tar

de,

acud

í a

la e

stac

ión

de l

a Po

licía

Nac

iona

l Civ

il pa

ra p

rese

n-ta

r la

denu

ncia

... p

ero

tope

con

una

gr

an in

dife

renc

ia y

neg

ligen

cia.

..

...pu

ede

uste

d cr

eer

que

no m

e to

-m

aron

la d

enun

cia,

pue

s me

dije

ron

que

¿cóm

o po

día

prob

arle

s qu

e re

alm

ente

me

asal

taro

n?...

...sa

lí m

uy d

esm

otiv

ada,

des

ilusi

o-na

da y

me

sent

í co

mpl

etam

ente

de

spro

tegi

da...

si m

e at

endi

eron

de

esa

man

era,

¿có

mo

aten

derá

n a

las

pobr

es p

erso

nas

que

no e

ntie

nden

ni

pue

den

expr

esar

se e

n es

paño

l?,

o lo

s qu

e no

sab

en a

dón

de a

cudi

r cu

ando

nec

esit

an e

ncon

trar

jus

-tic

ia?.

..

...an

te e

sto

mi

caso

sim

plem

ente

lo

dej

é en

el

olvi

do,

por

lo m

enos

gr

acia

s a

Dio

s qu

e no

me

pasó

na

da.”

- “A

nte

todo

lo

ante

rior

, yo

rea

l-m

ente

no

conf

ío e

n el

sis

tem

a de

jus

ticia

, au

nque

es

más

en

la

Polic

ía e

n qu

e de

scon

fío m

ucho

m

ás,

pues

apa

rte

de q

ue a

ctúa

n co

n m

ucha

ind

ifere

ncia

y n

egli-

genc

ia, m

ucho

s no

s di

scri

min

an

por

ser

indí

gena

s...

Esto

se

com

-pr

ueba

en

la m

edid

a qu

e un

o m

ira

que

a ot

ros

sí l

os a

tiend

en

bien

, m

ient

ras

a no

sotr

os l

os i

n-dí

gena

s no

nos

bri

ndan

ate

nció

n co

mo

es s

u ob

ligac

ión.

...s

e ob

serv

a en

muc

has

ocas

ione

s co

mpl

icid

ad d

e lo

s se

rvid

ores

púb

li-co

s (y

fun

cion

ario

s),

con

los

mis

mos

de

lincu

ente

s...

...N

o m

e se

ntí p

rote

gida

, ni a

tend

ida,

po

r lo

mis

mo,

des

conf

ío d

el s

iste

ma.

Lo

veo

inefi

cien

te y

cor

rupt

o.”

- Po

licí

a N

acio

nal

C

ivil

- “S

ensi

biliz

ar a

los f

unci

onar

ios y

op

erad

ores

de

just

icia

en

tem

as

de d

iver

sida

d cu

ltura

l, at

enci

ón

a pu

eblo

s in

díge

nas,

a n

iños

y

muj

eres

...

- ..

.Gen

erar

for

mas

ade

cuad

as

para

que

los u

suar

ios d

enun

cien

y

cont

role

n el

abu

so d

e po

der

y la

cas

tiga

r la

ine

ptit

ud y

la

inefi

cien

cia.

�2

Acceso de los indígenas a la justicia oficial en Guatemala

6Fr

anci

sco

(C

om

er-

cian

te,

mon

olin

güe

Q’e

qchi

’ - e

spañ

ol)

Fech

a de

ent

revi

sta,

22

de

juni

o de

200

6

“Mi

hijo

tuv

o pr

oble

mas

con

un

veci

no...

fue

víc

tima

de u

na f

alsa

ac

usac

ión,

sin

pru

ebas

, sin

test

igos

y

sin

fund

amen

tos.

.. l

o es

taba

n ac

usan

do d

e ha

ber

com

etid

o un

ro

bo, l

o cu

al n

o er

a ci

erto

...

... c

omo

no e

ntie

ndo

bien

el

es-

paño

l, al

hab

er a

com

paña

do a

mi

hijo

ped

í que

nos

ate

ndie

ra a

lgui

en

que

sepa

hab

lar e

n q’

eqch

i’, lo

que

nu

nca

suce

dió.

..

... n

os d

ijero

n qu

e no

s ib

an a

met

er

al “

bote

” (c

árce

l)...

noso

tros

nos

as

usta

mos

muc

ho, p

ues n

o sa

bem

os

cóm

o de

mos

trar

que

mi h

ijo n

o es

ni

ngún

ladr

ón...

...de

spué

s m

e en

teré

que

qui

enes

no

s es

taba

n ac

usan

do,

son

unas

pe

rson

as q

ue e

n añ

os a

nter

iore

s le

s ha

bíam

os r

ecla

mad

o la

tal

a de

árb

oles

en

nues

tro

bosq

ue..

.lo

est

aban

hac

iend

o co

mo

ven-

ganz

a y

segú

n no

s co

ntar

on u

nos

veci

nos,

ten

ían

a al

guno

s po

licía

s a

su fa

vor..

.

...C

uand

o ac

udim

os a

l m

p no

nos

at

end

iero

n,

sin

nin

gun

a ex

pli

-ca

ción

, no

s di

jero

n qu

e nu

estr

o ca

so ib

a a

ser

rem

itido

a la

ciu

dad

capi

tal..

.

...en

la

capi

tal

sí n

os a

tend

iero

n,

aunq

ue e

sto

nos r

epre

sent

ó m

ucho

s vi

ajes

, que

en

tota

l nos

sig

nific

o un

ga

sto

de u

nos

Q13

mil.

..

...po

r lo

men

os lo

gram

os e

vita

r que

m

i hijo

fuer

a a

la c

árce

l inj

usta

men

-te

... A

hora

est

amos

eva

luan

do i

ni-

ciar

un

proc

eso

judi

cial

con

tra

las

pers

onas

que

nos

hic

iero

n da

ño...

- “L

a ju

stic

ia e

s m

uy t

arda

da e

n cu

anto

a ti

empo

, muy

cos

tosa

en

lo e

conó

mic

o y

tam

bién

cue

sta

muc

ho e

nten

der

cóm

o fu

ncio

-na

...

- ...

el h

echo

que

sea

poc

o co

m-

pren

sibl

e pa

ra p

erso

nas

sin

nin-

guna

for

mac

ión

esco

lar

com

o no

sotr

os,

hace

que

los

que

más

te

rmin

en g

anan

do e

n lo

s ca

sos

son

lo

s ab

oga

do

s, t

anto

par

a de

fend

er o

par

a ac

usar

, ya

que

lo e

llos

sabe

n qu

e se

pue

de

hace

r...

- ...

Veo

la ju

stic

ia m

uy c

ompl

icad

a,

aunq

ue e

s lo

que

se

tiene

y p

or lo

ta

nto

lo q

ue q

ueda

es

mej

orar

lo

cada

vez

más

.”

- M

inis

teri

o Pú

blic

o.

- O

rgan

ism

o J

ud

i-ci

al

- In

stitu

to d

e la

De-

fens

a Pú

blic

a Pe

-na

l

- “R

ecom

iend

o qu

e la

s in

stitu

cio-

nes b

rind

en o

rien

taci

ón a

decu

a-da

a lo

s qu

e bu

scan

just

icia

...

- ...

que

atie

nda

en id

iom

a pr

opio

de

las

pers

onas

...

- ...

debe

exi

stir

aco

mpa

ñam

ient

o en

los

pro

ceso

s, s

obre

tod

o a

las

pers

onas

de

esca

sos

recu

r-so

s ec

onóm

icos

y q

uien

es s

ólo

do

min

an e

l id

iom

a m

ater

no

indí

gena

.”

�3

Percepción y recomendaciones desde las/los usuarios

pero

a c

ómo

está

n la

s co

sas,

est

a-m

os p

ensá

ndol

o do

s vec

es, p

ues n

o es

tam

os s

egur

os d

e qu

e la

jus

ticia

to

das l

as v

eces

est

é al

lado

de

quie

n tie

ne la

raz

ón y

la v

erda

d.”

7Ef

raín

(jor

nale

ro, s

ex-

to p

rim

aria

, bili

ngüe

Q

’eqc

hi’ -

esp

añol

)

Fech

a de

ent

revi

sta,

22

de

juni

o de

200

6

“En

ener

o de

200

5 un

a pe

rson

a m

e am

enaz

ó si

seg

uía

grab

ando

un

part

ido

de fo

otba

ll, d

onde

se v

iero

n al

guno

s in

cide

ntes

de

viol

enci

a...

...lo

que

hic

e fu

e gu

arda

r m

i cá

-m

ara

y re

tirar

me

del

luga

r, pe

ro,

esta

nd

o y

a le

jos

del

cam

po

, la

pe

rson

a m

e pe

rsig

uió,

que

rién

do-

me

agre

dir,

me

mal

trat

ó, p

or p

oco

me

agar

raba

a g

olpe

s. C

omo

vio

que

yo a

pare

ntab

a ca

lma,

al

rato

ba

jó l

as o

fens

as v

erba

les

pero

me

dijo

que

si

algu

ien

se e

nter

aba

de

los

golp

es q

ue p

ropo

rcio

nó a

otr

a pe

rson

a en

el

cam

po d

e fo

otba

ll qu

e m

e lle

garí

a a

busc

ar a

mi c

asa

a as

esin

arm

e...p

ues

sólo

yo

tení

a gu

arda

da l

a gr

abac

ión

en m

i cá

-m

ara.

.. lu

ego,

inm

edia

tam

ente

me

exig

ió q

ue le

ent

rega

ra la

cin

ta, d

e lo

con

trar

io q

ue m

e at

uvie

ra a

las

co

nsec

uenc

ias.

..

...yo

, te

mie

ndo

por

mi

vida

y p

ara

calm

ar l

os

ánim

os,

le

entr

egu

é in

med

iata

men

te l

a ci

nta.

.. co

n lo

cu

al s

e ca

lmó,

per

o no

dej

ó de

am

enaz

arm

e.”

...t

emie

nd

o p

or

mi

vid

a, a

l d

ía

sigu

ient

e lo

den

unci

é a

la P

olic

ía...

aunq

ue d

ebo

indi

car

que

me

aten

-di

eron

am

able

men

te y

de

man

era

inm

edia

ta,

el c

aso

no p

asó

a m

ás,

pues

ahí

se q

uedó

...yo

pen

sé q

ue lo

ci

taba

n, o

tras

lada

ban

el c

aso

al M

P,

per

o n

ada

pas

ó d

esp

ués

de

la

- “A

pes

ar d

e qu

e el

cas

o no

se

com

plic

ó m

ás,

y a

pesa

r de

que

en

la

esta

ción

de

la p

olic

ía s

i m

e at

endi

eron

cor

rect

amen

te, e

l he

cho

que

no s

e si

guió

nin

gún

proc

eso

cont

ra l

a pe

rson

a po

r am

enaz

as d

e m

uert

e, m

e de

ja la

se

nsac

ión

de q

ue la

s ins

tituc

ione

s de

just

icia

no

actú

an c

omo

debe

se

r, y

a qu

e ha

y co

sas

que

no

pued

en e

sper

ar m

ucho

tiem

po y

qu

e au

nque

apa

rent

emen

te s

on

senc

illa

s, p

uede

n te

rmin

ar e

n tr

aged

ia...

- ...

no m

e se

ntí p

rote

gido

, ni a

ten-

dido

com

o de

be s

er,

pues

no

se

me

indi

có q

ué t

enía

que

hac

er

desp

ués

de l

a de

nunc

ia e

n la

pn

c.”

- Po

licí

a N

acio

nal

C

ivil

(pn

c)

- “Q

ue la

s in

stitu

cion

es c

umpl

an

adec

uada

men

te c

on s

us o

blig

a-ci

ones

...

- ...

La in

efici

enci

a, la

indi

fere

ncia

y

la p

oca

sens

ibili

dad

soci

al d

e lo

s ser

vido

res p

úblic

os, e

s lo

que

más

des

acre

dita

al s

iste

ma,

por

lo

mis

mo,

deb

e se

r at

endi

do, s

i se

qui

ere

recu

pera

r la

confi

anza

de

la g

ente

.”

�4

Acceso de los indígenas a la justicia oficial en Guatemala

den

unci

a...

el c

aso

ahí

qued

ó...

afor

tuna

dam

ente

, el a

sunt

o no

pas

ó a

más

, la

per

sona

nun

ca m

ás m

e vo

lvió

a m

oles

tar.”

8A

ugus

to

Fech

a de

ent

revi

sta,

22

de

juni

o de

200

6

“El a

ño 2

004

tres

ladr

ones

ent

raro

n a

mi c

asa

(un

día

dom

ingo

, día

de

mer

cad

o,

pre

cisa

men

te c

uan

do

nadi

e es

taba

en

casa

), lle

vánd

ose

cons

igo

equi

pos

eléc

tric

os,

tale

s co

mo

un e

quip

o de

son

ido,

tel

e-vi

sor,

la p

lanc

ha,

una

lava

dora

y

algu

nas

joya

s...

...al

inic

io n

o pr

esen

té la

den

unci

a,

pues

cas

i est

aba

segu

ro q

ue só

lo e

ra

para

ir a

per

der

tiem

po, q

ue a

part

e de

que

nor

mal

men

te n

o at

iend

en

bien

... d

e to

dos

mod

os q

ué p

odía

n ha

cer

las

auto

rida

des.

..

...pe

ro d

ías

desp

ués,

cie

rta

pers

ona

que

esta

ba e

n es

tado

de

ebri

edad

, es

taba

con

tand

o qu

e él

y o

tros

do

s su

jeto

s fu

eron

los

que

hab

ían

entr

ado

a la

cas

a...

segú

n lo

que

él

mis

mo

rev

eló

, la

s o

tras

do

s pe

rson

as s

on u

nos

sobr

inos

que

vi

vían

a d

os c

uadr

as...

a lo

s po

cos

días

, en

trar

on a

la

casa

del

vec

ino

y ta

mbi

én se

roba

ron

vari

os o

bjet

os

de v

alor

...

...no

sól

o er

a el

rob

o si

no ta

mbi

én

en v

aria

s oc

asio

nes

se o

bser

vaba

qu

e vi

gila

ban

la c

uadr

a, p

or l

o de

cidí

den

unci

arlo

s...

prim

ero

fui a

la

pn

c, l

levó

cie

rto

tiem

po, p

ues

me

aten

dier

on c

omo

hast

a la

seg

unda

ve

z qu

e lle

gue.

.. pe

ro d

espu

és d

e to

do s

í me

aten

dier

on...

rea

lizar

on

algu

nas

aver

igua

cion

es,

y fi

nal-

men

te c

aptu

raro

n a

los

ladr

ones

...co

inci

dent

emen

te,

tení

an a

lgun

os

ante

cede

ntes

... p

or l

o qu

e lo

s lle

-va

ron

a la

cár

cel..

.

- “P

ero

desp

ués

de t

odo

no m

e si

ento

sat

isfe

cho,

pue

s en

cie

rto

que

me

aten

dier

on b

ien

y fin

al-

men

te s

i ca

ptur

aron

a l

os d

elin

-cu

ente

s...

lo q

ue m

e m

oles

ta e

s qu

e a

los

poco

s dí

as q

ueda

ron

nuev

amen

te e

n li

bert

ad..

. es

to

repr

esen

ta u

na g

ran

amen

aza

para

los

que

denu

ncia

mos

los

de

litos

... y

a qu

e m

ient

ras n

osot

ros

no te

nem

os n

ingu

na p

rote

cció

n,

las

inst

ituci

ones

de

just

icia

no

cum

plen

bie

n co

n su

deb

er...

- ...

asim

ism

o, a

unqu

e lo

s la

dron

es

haya

n id

o a

para

r a

la c

árce

l, nu

nca

se ll

evó

mi c

aso

de m

aner

a fo

rmal

, y

lo q

ue s

e m

e ro

bado

nu

nca

se m

e fu

e de

vuel

to..

. o

sea,

en

real

idad

no

gané

nad

a...

eso

me

desm

otiv

a y

hace

sent

irme

desp

rote

gido

.”

- Po

licí

a N

acio

nal

C

ivil

- “H

ay q

ue m

ejor

ar l

a at

enci

ón,

espe

cial

men

te e

n la

for

ma

en

cóm

o re

cibi

r la

s de

nunc

ias.

..

...s

e de

be f

orta

lece

r la

s in

vest

iga-

cio

nes

, p

rese

nta

r p

rueb

as,

par

a lle

gar

a co

nden

as s

eria

s y

que

sean

cu

mpl

idas

...

...de

berí

a de

hab

er s

egur

idad

par

a q

uie

nes

pre

sen

tan

den

un

cias

...

sobr

e to

do,

cuan

do s

on o

bjet

o de

am

enaz

as.”

��

Percepción y recomendaciones desde las/los usuarios

...no

obs

tant

e, a

los

qui

nce

días

, sa

liero

n de

la

cárc

el,

y ca

da v

ez

que

está

n eb

rios

me

amen

azan

con

m

atar

me,

pue

s por

cul

pa m

ía fu

eron

a

para

r a

la c

árce

l...”

9Es

teba

n

Fech

a en

trev

ista

: 2

de ju

nio,

200

6

“El a

ño 2

005

en la

igle

sia

de C

obán

, A

lta V

erap

az f

uero

n ro

bada

s do

s cr

uces

ant

igua

s, e

labo

rada

s co

n m

ater

ial

de p

lata

... d

e in

med

iato

pr

esen

té la

den

unci

a an

te la

pn

c d

e es

ta lo

calid

ad, p

ero

los

agen

tes

no

quis

iero

n at

ende

rme,

me

dije

ron

que

para

dar

le s

egui

mie

nto

al c

aso

nece

sita

ban

tras

lada

rse

de u

n lu

gar

a ot

ro e

n la

radi

opat

rulla

, per

o qu

e ya

no

disp

onía

n de

gas

olin

a, p

or lo

qu

e re

gres

ara

a la

sigu

ient

e se

man

a,

para

con

tinua

r co

n el

cas

o...

...de

bido

a q

ue e

l ca

so a

mer

itaba

se

guim

ient

o in

med

iato

, lle

gué

al

extr

emo

de o

frec

erle

s gas

olin

a, c

on

tal d

e qu

e pu

dier

an e

fect

uar a

lgun

as

inve

stig

acio

nes

lo m

ás p

ront

o po

si-

ble.

.. si

n em

barg

o, a

l es

cuch

ar m

i pr

opue

sta,

me

dije

ron

que

no te

nía

tiem

po, q

ue h

abía

n ot

ros

caso

s qu

e at

ende

r...

...d

espu

és d

e un

bue

n ra

to,

los

agen

te m

e di

jero

n qu

e ac

epta

ban

el

ofre

cim

ient

o, p

or lo

que

les c

ompr

é la

gas

olin

a, fu

imos

a v

isita

r a

algu

-na

s pe

rson

as q

ue t

enía

n no

ticia

s de

l ca

so,

que

tení

an i

nfor

mac

ión

de a

lgun

os t

estig

os,

pero

des

pués

lo

s ag

ente

s m

e d

ijer

on

qu

e el

ca

so y

a le

s es

taba

rep

rese

ntan

do

muc

ho t

iem

po...

que

tení

an o

tros

ca

sos

que

aten

der

y qu

e so

n m

ás

impo

rtan

tes.

..

- “N

o m

e se

ntí a

tend

ido.

..

- ..

.no

le d

iero

n la

im

port

anci

a de

bida

a m

i den

unci

a...

- ...

teng

o la

seg

urid

ad d

e qu

e fu

e po

r se

r in

díge

na, y

a qu

e ob

serv

é ac

titud

es d

iscr

imin

ator

ias.

..ent

re

ello

s se

dec

ían

que

era

un c

aso

sin

ning

una

impo

rtan

cia,

que

lo a

los

ind

ígen

as l

es i

nter

esa

esos

obj

etos

...qu

e ha

y ca

sos

más

re

leva

ntes

que

ate

nder

...

- ..

.Cas

i si

empr

e se

mir

a en

las

in

stitu

cion

es d

e ju

stic

ia m

ucha

In

dife

renc

ia d

e lo

s se

rvid

ores

y

func

iona

rios

púb

licos

pri

ncip

al-

men

te h

acia

los

indí

gena

s...

- ...

Falta

de

recu

rsos

mat

eria

les.

- Po

licí

a N

acio

nal

C

ivil

(pn

c)

- M

inis

teri

o Pu

blic

o (m

p)

“Se

debe

con

tinua

r en

la

sens

ibili

-za

ción

de

los

oper

ador

es d

e ju

stic

ia

sobr

e la

div

ersi

dad

cultu

ral..

.

- ..

.se

debe

con

tinu

ar t

ambi

én

en p

rogr

amas

de

capa

cita

ción

pa

ra l

os o

pera

dore

s de

jus

ticia

so

bre

mo

co

ord

inar

cas

os

con

las

auto

rida

des

indí

gena

s en

par

ticul

ar, y

con

el D

erec

ho

Indí

gena

s en

gen

eral

.”

�6

Acceso de los indígenas a la justicia oficial en Guatemala

...ah

í se

qued

ó, n

o qu

isie

ron

darl

e se

guim

ient

o. A

nte

esto

, ac

udí

al

Min

iste

rio

Públ

ico,

ahí

me

tom

a-ro

n la

den

unci

a, p

ero

no p

asó

a m

ás,

pues

ya

va m

ás d

el a

ño y

no

se s

upo

nunc

a de

l pa

rade

ro d

e la

s cr

uces

que

inc

lusi

ve f

orm

an p

arte

de

l pat

rim

onio

cul

tura

l.”

(Den

unci

a pr

esen

tada

ant

e el

MP,

se

gún

expe

dien

te N

o. P

. 39

63-9

8,

mp.

)”

10M

aría

Jose

fina

Fech

a de

ent

revi

sta,

22

de

juni

o de

200

6

Litig

io d

e te

rren

o ac

tual

men

te e

n pr

oces

o.

“Hay

pro

blem

as d

e m

onjó

n...u

n tío

qu

e vi

ve a

la

veci

ndad

aga

rró

tres

m

etro

s de

nues

tro

terr

eno,

dic

iend

o qu

e su

pro

pied

ad h

asta

ahí

lleg

a...

...el

pro

blem

a es

que

ni é

l ni n

oso-

tros

ten

emos

esc

ritu

ra r

egis

trad

a,

sólo

doc

umen

tos

dond

e se

men

-ci

onan

las m

edid

as q

ue n

os d

ejar

on

com

o he

renc

ia...

...ya

gas

tam

os m

ucho

din

ero

con

un a

boga

do p

ara

arre

glar

nue

stra

si

tuac

ión

y de

finir

de

una

vez

quié

n tie

ne la

raz

ón, p

ero

este

pro

blem

a ya

llev

a m

ás d

e tr

es a

ños

y aú

n no

es

tá r

esue

lto...

el

prin

cipa

l pr

oble

-m

a es

que

no

sabe

mos

qué

hac

er...

ya

que

par

a se

r ho

nest

a, n

unca

he

mos

lleg

ado

a lo

s tri

buna

les,

sólo

co

n el

abo

gado

... m

i tío

tam

bién

tie-

ne s

u ab

ogad

o...

y el

los

sí e

n va

rias

oc

asio

nes

los

hem

os v

isto

lleg

ar a

l m

p y

los

trib

unal

es...

no

sabe

mos

a

qué

han

ido,

qué

les

han

dic

ho o

qu

é pl

anifi

can

hace

r...”

- “c

uand

o un

o qu

iere

bus

car j

usti-

cia,

y u

no n

o sa

be c

ómo

func

iona

el

asu

nto,

los

más

ben

efici

ados

so

n lo

s ab

ogad

os...

... e

sto

porq

ue n

o ha

y or

ient

ació

n, s

o-br

e to

do p

ara

noso

tros

los i

ndíg

enas

...po

rque

el

sist

ema

de p

or s

í es

muy

co

mpl

icad

o, y

más

si l

as p

erso

nas

ni

ente

ndem

os b

ien

el e

spañ

ol.

...y

para

llev

ar u

n ju

icio

todo

es p

apel

, y

si u

no n

o tie

ne e

n or

den

los p

apel

es,

aunq

ue t

enga

uno

la

razó

n, p

arec

e qu

e un

o es

la q

ue s

ale

perd

iend

o.”

“Dar

inf

orm

ació

n...a

com

paña

mie

n-to

...

...R

ecup

erar

val

ores

, pr

áctic

as c

o-rr

ecta

s y p

ositi

vas e

n qu

iene

s tra

baja

n en

sis

tem

a de

just

icia

, de

los

valo

res

los

más

impo

rtan

tes

son:

la e

quid

ad,

la h

ones

tidad

, la

tra

nspa

renc

ia,

la

entr

ega

al tr

abaj

o.”

��

Percepción y recomendaciones desde las/los usuarios

11Es

mer

alda

Entr

evis

ta r

eali

zada

el

5 d

e ju

nio

2006

Den

unci

a de

am

enaz

a y

agre

sión

fís

ica.

“hac

e co

mo

tres

año

s m

i pro

pio

es-

poso

me

pega

ba m

ucho

, sob

re to

do

cuan

do v

enía

tom

ado.

..al p

rinc

ipio

yo

pen

sé q

ue i

ba a

cam

biar

, pe

ro

más

me

pega

ba,

hast

a lle

gar

a la

am

enaz

a...

...m

e fu

e m

uy d

ifíci

l dec

idir

en

ir a

la

pn

c p

ara

denu

ncia

r lo

que

pas

a-ba

, per

o ya

era

inso

port

able

, por

lo

que

obtu

ve v

alor

de

hace

rlo.

..

...y

sí m

e at

endi

eron

ráp

ido.

..cre

o qu

e le

s di

lás

tim

a...

cita

ron

a m

i es

poso

... tr

asla

daro

n m

i cas

o al

MP

y al

tri

buna

l, ah

í fu

e do

nde

ya n

o se

hiz

o m

ayor

cos

a, p

ues

lo q

ue y

o qu

ería

era

que

los

enc

erra

ran,

ya

que

si a

ntes

por

poc

o m

e m

atab

a,

imag

ínes

e ya

des

pués

de

denu

ncia

r-lo

seg

uro

me

iba

a m

atar

...

...ah

í fu

e el

pro

blem

a, p

ues

com

o no

lo

ence

rrab

an s

ino

que

a ca

da

rato

nos

cita

ban

a lo

s do

s pa

ra d

e-m

ostr

ar q

uién

ten

ía r

azón

(ya

que

él

neg

aba

los

hech

os y

bus

có u

n ab

ogad

o pa

ra q

ue l

o de

fend

iera

), ca

da v

ea m

e se

ntía

en

pelig

ro...

...no

se c

uánt

o le

pag

o al

lice

ncia

do

(abo

gado

) pe

ro s

í se

mir

aba

que

bu

scab

an c

ual

qu

ier

form

a p

ara

evita

rle

a él

un

cast

igo.

..

...au

nque

des

pués

de

vari

os m

eses

se

le p

rohi

bió

acer

cars

e a

y a

mis

hijo

s...

en r

ealid

ad e

l ca

so

no e

stá

resu

elto

del

tod

o, y

a qu

e m

e hi

ce m

ás d

e en

emig

o a

él y

a

nadi

e m

e de

fiend

e...n

o te

ngo

dine

ro p

ara

paga

r ab

ogad

o...

no

cono

zco

- “.

..al

no t

ener

din

ero

para

pag

ar

abog

ado,

no

encu

entr

o a

nadi

e qu

ien

pued

a or

ient

arm

e ...

ade-

más

, m

e si

ento

des

ampa

rada

, de

spro

tegi

da...

- ...

esto

se

com

plic

a m

ás c

uand

o ve

o qu

e se

tar

dan

muc

ho e

n re

-so

lver

los

pro

blem

as,

y m

ucha

s ve

ces y

o si

ento

que

pro

tege

n m

ás

a lo

s qu

e ha

cen

daño

que

a l

os

que

sufr

en lo

s da

ños.

..”

- Po

licí

a N

acio

nal

C

ivil

(pn

c)

- M

inis

teri

o Pu

blic

o (m

p)

- O

rgan

ism

o Ju

dici

al

(oj)

- “D

ar p

rote

cció

n a

las

víc

ti-

mas

...

- ...

orie

ntar

qué

se

hace

par

a en

-co

ntra

r ju

stic

ia, a

dón

de ir

.

- ...

cuan

do u

no n

o pu

ede

paga

r un

abo

gado

, qu

e no

s de

n un

ab

oga

do

par

a ll

evar

a c

abo

la a

cusa

ción

...ta

mbi

én q

ue l

e at

iend

an e

n el

idio

ma

de u

no”

��

Acceso de los indígenas a la justicia oficial en Guatemala

a na

die

que

me

pued

a or

ient

ar...

lo

únic

o qu

e ha

go e

s pe

dir a

Dio

s qu

e m

e cu

ide.

..”

12M

aría

Fech

a de

ent

revi

sta,

22

de

juni

o de

200

6

Pres

enta

ron

la d

enun

cia

de la

vio

-la

ción

de

una

seño

rita

de

quin

ce

años

. N

o lo

s at

endi

eron

bie

n, p

or

ser

indí

gena

s, s

e si

ente

n di

scri

mi-

nado

s e

igno

rado

s, e

l ca

so n

o ha

si

do r

esue

lto.

“Est

o fu

e en

el

2004

. Es

una

so-

brin

a, u

nos

mal

eant

es l

a vi

olar

on

cuan

do e

lla r

egre

saba

de

ir a

dej

ar

el a

lmue

rzo

a lo

s tra

baja

dore

s...

ella

re

cono

ció

a lo

s in

divi

duos

...

- ..

.”En

la

pnc n

os a

tend

iero

n de

man

era

inm

edia

ta...

hub

o ca

ptur

as...

fuer

on c

onsi

gnad

os

a lo

s tr

ibu

nal

es..

. in

clu

sive

fu

eron

llev

ados

a la

cár

cel p

or

otro

s de

litos

que

ant

es h

abía

n co

met

ido.

..

...e

s en

los

tri

buna

les

dond

e el

as

unto

es

más

lent

o...y

en

la c

árce

l no

exi

ste

ning

una

gara

ntía

de

que

los

delin

cuen

tes

no p

ueda

n es

ca-

par..

. y

post

erio

rmen

te a

per

segu

ir

a qu

iene

s lo

s de

nunc

iaro

n...

...so

bre

el c

aso

que

noso

tros

pre

-se

ntam

os e

stá

aún

en p

roce

so,

no

se s

abe

com

o va

a te

rmin

ar, y

a qu

e lo

s m

alea

ntes

sí t

iene

n di

nero

par

a pa

gar

a m

ejor

es a

boga

dos,

aho

ra

tiene

n do

s de

fens

ores

.”

- ..a

unqu

e en

la p

nc s

í nos

ate

ndie

-ro

n de

man

era

inm

edia

ta, e

n lo

s tr

ibun

ales

el

caso

cam

ina

muy

le

nto.

..no

hay

nada

de

prot

ec-

ción

...lo

s de

lincu

ente

s en

cua

l-qu

ier

mom

ento

pue

den

ases

inar

a

quie

nes

los

denu

ncia

n...

- ..

. no

hay

seg

urid

ad c

iuda

da-

na...

- Po

licí

a N

acio

nal

C

ivil

(pn

c)

- O

rgan

ism

o Ju

dici

al

(oj)

- Si

stem

a pe

nite

ncia

-ri

o

- “D

ebe

pro

tege

rse

a q

uie

nes

de

nunc

ian,

a q

uien

es p

rese

ntan

te

stim

onio

s..

- ..

.Tra

tar

de i

gual

for

ma

a la

s pe

rson

as, s

in d

iscr

imin

ació

n...

- ..L

os in

díge

nas q

ue lo

nec

esite

n,

debe

asi

gnár

sele

s in

térp

rete

s,

darl

es a

com

paña

mie

nto

y or

ien-

taci

ón.”

Otr

os e

ntre

vist

ados

en

Cob

án, A

lta

Ver

apaz

, que

aun

que

no d

iero

n m

ayor

det

alle

res

pect

o de

su

caso

o s

itua

ción

, sí c

ompa

rtie

ron

su p

erce

pció

n so

bre

el a

cces

o a

la ju

stic

ia o

fici

al y

alg

unas

rec

omen

daci

ones

par

a m

ejor

ar e

l sis

tem

a

13U

lpin

o

Fech

a en

trev

ista

: 5

de ju

nio

de 2

006

Den

un

ció

ro

bo

ocu

rrid

o e

n s

u ho

gar.

La p

nc a

tend

ió la

den

unci

a,

pero

no

está

sat

isfe

cho

pues

no

ve

- “N

o co

nfío

en

el s

iste

ma

de ju

s-tic

ia...

- Po

licí

a N

acio

nal

C

ivil

(pn

c)

- “H

ay q

ue b

usca

r fo

rmas

ade

-cu

adas

de

sele

cció

n de

per

sona

s qu

e se

an c

apac

es y

que

rea

l-

��

Percepción y recomendaciones desde las/los usuarios

resu

ltado

s, s

u ca

so n

o fu

e re

suel

-to

.

(No

fue

posi

ble

enco

ntra

r do

cu-

men

taci

ón, c

omo

por e

jem

plo,

una

co

pia

de la

den

unci

a pr

esen

tada

)

...S

e oy

e m

ucha

cor

rupc

ión,

mal

a at

enci

ón a

nos

otro

s lo

s in

díge

nas.

..

- ...

de p

or s

í las

cos

as n

o ca

min

an

rápi

do, y

yo

creo

que

más

cua

ndo

uno

es in

díge

na.”

- M

inis

teri

o Pu

blic

o (m

p)

men

te a

tiend

an b

ien

a la

gen

-te

...

- ...

Deb

e ex

istir

tam

bién

for

mas

pa

ra q

ue lo

s usu

ario

s den

unci

en

los

mal

os tr

atos

, la

inca

paci

dad,

pa

ra c

ambi

ar a

los

que

dem

ues-

tren

que

no

tiene

n vo

caci

ón d

e se

rvic

io.”

14H

écto

r

Ant

ropó

logo

gra

dua-

do.

Fech

a de

ent

revi

sta:

5

de ju

nio

de 2

006.

Rel

ata

que

su m

adre

fue

ins

ulta

da

en s

u ne

goci

o po

r do

s m

ujer

es.

Pres

enta

ron

la d

enun

cia,

per

o en

lu

gar d

e en

cont

rar j

ustic

ia, e

lla tu

vo

que

paga

r un

a m

ulta

, cu

ando

ella

er

a la

víc

tima

- “M

e si

ento

def

raud

ado

por

el

sist

ema

de ju

stic

ia...

- ...

En v

ez d

e en

cont

rar

just

icia

, en

cont

ram

os m

ás b

ien

a m

ucha

s ve

ces

inju

stic

ias.

- ...

cuan

do a

cudi

mos

a la

s in

stitu

-ci

ones

nos

dim

os c

uent

a qu

e a

los i

ndíg

enas

nos

trat

an m

uy m

al,

nada

de

orie

ntac

ión,

se

ve q

ue

hay

disc

rim

inac

ión,

no

hay

aten

-ci

ón e

n el

idio

ma

mat

erno

...

- ...

Cua

ndo

los u

suar

ios s

on in

díge

-na

s, n

o lo

s at

iend

en a

su

tiem

po,

los

hace

n es

pera

r muc

ho ti

empo

, m

ient

ras

atie

nden

a o

tras

per

so-

nas

no in

díge

nas.

- Po

licí

a N

acio

nal

C

ivil

(pn

c)

- “F

orta

lece

r la

fase

de

inve

stig

a-ci

ón y

pre

sent

ació

n de

evi

den-

cias

o p

rueb

as

- D

epur

ar a

los

ope

rado

res

de

just

icia

, co

ntra

tar

a pe

rson

al

idó

neo

, ca

paz

, q

ue

do

min

e pe

rfec

tam

ente

el

idio

ma

de l

a re

gión

, y

que

se l

es c

apac

ite y

se

nsib

ilice

con

tinua

men

te.”

15V

ícto

r

Trab

ajad

or

soci

al

grad

uado

, ur

l.

Fech

a: 5

de

juni

o de

20

06.

Den

unci

ó el

robo

de

un v

ehíc

ulo

de

su p

ropi

edad

, en

el

que

se e

ncon

-tra

ban

vario

s doc

umen

tos d

e m

ucha

im

port

anci

a. E

l ca

so f

ue a

tend

ido

aunq

ue n

o se

enc

ontr

aron

más

los

obje

tos

ni e

l veh

ícul

o ro

bado

.

- “L

a ca

paci

dad

de i

nves

tigac

ión

qued

a co

rta

en m

ucho

s ca

sos,

qu

e fo

rtal

ece

aún

más

la im

puni

-da

d, la

inju

stic

ia y

des

confi

anza

ha

cia

el s

iste

ma.

..

- ...

casi

sie

mpr

e un

o pr

esen

ta l

a de

nunc

ia n

o po

rque

uno

con

fíe

que

se c

astig

ue a

los

del

incu

en-

tes

o qu

e el

dañ

o se

a re

sarc

ido,

si

no q

ue a

sí c

omo

en m

i ca

so,

pres

enté

la

denu

ncia

más

bie

n co

mo

requ

isito

par

a po

der

saca

r de

nue

vo m

is p

apel

es,

o se

a la

re

posi

ción

...

- Po

licí

a N

acio

nal

C

ivil

(pn

c)

- “h

ay q

ue b

rind

ar o

rien

taci

ón a

lo

s us

uari

os...

- ...

brin

dar i

nfor

mac

ión

opor

tuna

, ac

ompa

ñam

ient

o, a

seso

ría

- ...

Hac

er d

e la

just

icia

una

just

i-ci

a re

alm

ente

bili

ngüe

.”

60

Acceso de los indígenas a la justicia oficial en Guatemala

- ...

ya p

asar

on d

iez

mes

es y

mis

pe

rten

enci

as n

unca

apa

reci

eron

, ya

los

di p

or p

erdi

dos.

16H

arol

do

Fech

a de

ent

revi

sta,

22

de

juni

o de

200

6

Den

unci

a de

pér

dida

de

plac

as d

e un

a m

oto

y ex

traví

o de

doc

umen

tos

de i

dent

ifica

ción

per

sona

l (c

édul

a de

vec

inda

d y

licen

cia

de c

ondu

-ci

r).

Rec

onoc

e qu

e lo

ate

ndie

ron

bien

, au

nque

los

obj

etos

nun

ca

apar

ecie

ron,

y se

ñala

que

hay

cas

os

que

esca

pa d

e la

s m

anos

de

las

auto

rida

des.

- “s

í co

nfío

en

que

cuan

do u

no

busc

a ju

stic

ia s

i lo

enc

uent

ra

uno,

lo ú

nico

es

que

lleva

muc

ho

tiem

po y

din

ero.

..

- ...

asim

ism

o, h

ay m

ucho

s ca

sos

ante

lo

s cu

ales

el

sist

ema

de

just

icia

ofic

ial q

ueda

cor

to, p

ues

hay

asun

tos

que

se c

ompr

ende

qu

e se

pue

de h

acer

muy

poc

o...

por

ejem

plo,

cua

ndo

los

robo

s o

curr

en s

in n

ingú

n t

esti

go o

pr

ueba

...

- ...

si u

no e

stá

disp

uest

o a

denu

n -ci

ar y

pro

cesa

r a q

uien

del

inqu

e,

uno

tiene

que

est

ar c

onsc

ient

e qu

e se

est

á po

nien

do l

a vi

da e

n ri

esgo

, ya

que

no h

ay s

egur

idad

, no

hay

pro

tecc

ión

de lo

s de

nun-

cian

tes

ni d

e te

stig

os...

- Po

licí

a N

acio

nal

C

ivil

(pn

c)

- M

inis

teri

o Pu

blic

o (m

p)

...”y

o cr

eo q

ue e

l si

stem

a de

be m

o-de

rniz

arse

, o s

ea, q

ue p

ueda

ser

más

ef

icie

nte,

con

per

sona

l al

tam

ente

ca

paci

tado

, se

nsib

le a

la

real

idad

, bi

lingü

e al

cie

n po

r cie

nto.

.. m

ejor

ar

segu

ridad

ciu

dada

na, m

ejor

ar p

rote

c-ci

ón y

apo

yo a

los

que

denu

ncia

n, a

lo

s qu

e so

n te

stig

os...

...la

s in

stitu

cion

es d

eben

con

tar

con

más

pre

supu

esto

par

a qu

e pu

edan

te

ner

mej

or e

quip

o m

ater

ial

y hu

-m

ano.

..

...pe

ro p

or o

tra

part

e, d

ebe

reco

no-

cer

y re

spet

ar e

l fun

cion

amie

nto

del

Der

echo

Indí

gena

...ya

que

est

e ot

ro

sist

ema

pued

e co

ntri

buir

a r

esol

ver

las

defi

cien

cias

de

cobe

rtur

a de

l si

stem

a ofi

cial

...”

17Ju

lio

Fech

a de

ent

revi

sta,

22

de

juni

o de

200

6

Pres

entó

den

unci

a de

un

robo

a

man

o ar

mad

a de

l que

fue

víct

ima,

en

la

ruta

a F

ray

Bar

tolo

de

las

Cas

as.

Esto

ocu

rrió

en

el a

ño

2000

.

“Pre

sent

é la

den

unci

a an

te l

a pn

c,

me

aten

dier

on d

e m

aner

a re

gula

r, ya

que

no

espe

ré m

ucho

tie

mpo

, pe

ro a

lgo

con

mal

as g

anas

...pe

ro lo

qu

e m

e in

tere

saba

era

que

tom

aran

m

i den

unci

a...

...ha

sta

ahí q

uedó

, pue

s ot

ra v

ez fu

i pa

ra v

er q

ue h

abía

n in

vest

igad

o...

me

dije

ron

que

no s

e tie

nen

nada

...no

si r

ealm

ente

inv

estig

aron

, o

sola

men

te t

omar

on n

ota

y na

da

más

...”

- “L

a at

enci

ón a

las

per

sona

s es

re

gula

r, m

ás c

uand

o se

tra

ta d

e in

díge

nas.

..

- ..

. m

ucho

s de

lito

s qu

edan

en

la i

mpu

nida

d, y

a qu

e la

pn

c y

el

mp

tiene

n po

ca c

apac

idad

de

inve

stig

ació

n y

reco

pila

ción

de

prue

bas.

..

- ...

si u

n ca

so n

o lle

ga a

los

trib

u-na

les,

no

tiene

sent

ido,

ya

que

ahí

es d

onde

se

hace

just

icia

...”

- Po

licí

a N

acio

nal

C

ivil

(pn

c)

- M

inis

teri

o Pu

blic

o (m

p)

- “M

ás c

apac

itaci

ón p

ara

la p

nc

y m

p, p

ara

mej

orar

inve

stig

acio

-ne

s...p

rese

ntar

pru

ebas

...

...ha

y qu

e da

rles

más

recu

rsos

mat

e-ri

ales

, equ

ipo.

..

...si

se

logr

a fo

rtal

ecer

la p

nc y

el m

p,

es m

ás fá

cil v

igila

r que

los

trib

unal

es

cum

plan

con

su

func

ión.

..”

61

Percepción y recomendaciones desde las/los usuarios

18G

uille

rmo

Fech

a de

ent

revi

sta,

22

de

juni

o de

200

6

Pres

enta

ción

de

denu

ncia

de

ex-

trav

ío d

e li

cen

cia

de

con

du

cir,

con

el fi

n de

obt

ener

la c

onst

anci

a re

spec

tiva

para

la

repo

sici

ón d

e la

lic

enci

a.

- “A

unqu

e en

la p

nc s

í me

aten

-d

iero

n a

l m

om

ento

en

qu

e lle

gué,

lo

hici

eron

de

man

era

taja

nte,

fría

e in

dife

rent

e...

- ...

Aun

que

habí

an v

ario

s ag

en-

tes

que

son

de o

rige

n m

aya,

nu

nca

se o

bser

va q

ue le

hab

len

a la

gen

te e

n id

iom

a m

aya,

a

pesa

r qu

e co

ntin

uam

ente

se

pres

enta

n ca

sos

que

lo a

me-

rita

n, p

ues

en l

as V

erap

aces

ex

iste

muc

ho m

onol

ingü

ism

o en

la p

obla

ción

indí

gena

en

su

prop

io id

iom

a...”

- “E

l Si

stem

a es

ind

ifer

ente

a l

a re

alid

ad s

ocio

cultu

ral d

el p

aís.

..

...es

muy

defi

cien

te p

ara

inve

stig

ar,

para

llev

ar lo

s ca

sos

a lo

s tr

ibun

ales

...so

n la

s pe

rson

as l

as q

ue t

iene

n qu

e pa

gar a

boga

dos p

ara

pone

r enc

amin

ar

un p

roce

so...

- Po

licí

a N

acio

nal

C

ivil

(pn

c)

- M

inis

teri

o Pu

blic

o (m

p)

- “C

ontr

atar

per

sona

l ca

paci

tado

y

bilin

güe.

..

- ...

Que

teng

an b

uena

s rel

acio

nes

hum

anas

, par

a qu

e pu

edan

brin

-da

r una

ate

nció

n ad

ecua

da a

los

usua

rios

del

sis

tem

a...

- ...

...no

se

trat

a só

lo d

e lle

nar l

as

inst

ituci

ones

de

indí

gena

s...s

i fi-

nalm

ente

son

indí

gena

s qu

e so

n m

ás “

caxl

anes

” qu

e in

díge

nas.

..y

en to

do c

aso,

el a

sunt

o no

es

sólo

de

que

atie

ndan

a la

s per

so-

nas

en s

u id

iom

a m

ater

no...

sino

qu

e se

le p

regu

nte

a la

gen

te e

n qu

e Si

stem

a lo

qui

eren

ate

nder

...si

en

el S

iste

ma

de ju

stic

ia o

ficia

l o

en e

l Sis

tem

a Ju

rídi

co In

díge

-na

...”

19Ef

raín

Fech

a de

ent

revi

sta,

22

de

juni

o de

200

6

Pres

entó

una

den

unci

a de

un

robo

de

obj

etos

de

valo

r en

el

luga

r do

nde

trab

aja.

- “C

uand

o m

e pr

esen

té a

la e

sta-

ción

de

la p

nc p

ara

denu

ncia

r lo

ocu

rrid

o, n

adie

me

aten

dió,

pu

es m

e di

jero

n qu

e la

per

sona

en

carg

ada

no l

legó

a t

raba

jar

ese

día.

..me

dije

ron

que

llega

ra

al s

igui

ente

día

...

- ..

.así

lo

hice

...e

se d

ía s

i m

e at

endi

eron

...pe

ro d

espu

és d

e ha

ber

espe

rado

com

o do

s ho

-ra

s...n

o ha

bía

muc

ha g

ente

...lo

que

suc

ede

es q

ue s

on m

uy

lent

os e

n la

ate

nció

n...

- ..

.sól

o se

que

daba

n vi

endo

, co

mo

si fu

era

yo e

l del

incu

en-

te...

no s

é, c

reo

que

esa

mir

ada

fue

más

po

r se

r in

díg

ena.

..po

rque

por

qué

más

?”

“Hay

tod

avía

muc

ha d

iscr

imin

ació

n co

ntra

los i

ndíg

enas

...el

hec

ho q

ue n

o se

les

atie

nda

en s

u id

iom

a ya

es

dis-

crim

inac

ión.

..ade

más

de

que

muc

has

vece

s lo

s tr

atan

mal

...

...lo

s que

atie

nden

en

las i

nstit

ucio

nes

casi

sie

mpr

e no

tien

en v

ocac

ión

para

ha

cerl

o, p

or lo

mis

mo,

atie

nden

a la

s pe

rson

as p

or s

alir

del

pas

o, s

ólo

para

cu

mpl

ir c

on h

acer

alg

o, p

ero

no p

or-

que

crea

n en

el

sist

ema

de j

ustic

ia...

está

tan

mal

el s

iste

ma,

que

los m

ism

os

que

trab

ajan

en

ella

en

su m

ayor

ía n

o cr

ee e

n el

sis

tem

a...

...po

r es

o ha

y in

efici

enci

a, l

entit

ud

sobr

e to

do”

- Po

licí

a N

acio

nal

C

ivil

(pn

c)

- M

inis

teri

o Pu

blic

o (m

p)

- “A

giliz

ar p

roce

sos.

..

- ...

Vel

ar p

orqu

e se

bri

nde

aten

-ci

ón a

decu

ada

a lo

s us

uari

os...

- ...

Que

el s

iste

ma

sea

com

plet

a-m

ente

bili

ngüe

...

- ...

Que

se

fort

alez

ca e

l Der

echo

In

díge

na...

62

Acceso de los indígenas a la justicia oficial en Guatemala

20M

arga

rita

Fech

a de

ent

revi

sta,

22

de

juni

o de

200

6

Solic

itud

de p

ensi

ón fa

mili

ar, l

uego

de

hab

erse

ent

erad

a de

que

su e

spo-

so q

ue la

hab

ía re

cién

aba

ndon

ado

se e

ncon

traba

hac

iend

o pl

anes

par

a ca

sars

e co

n ot

ra m

ujer

. Ti

ene

un

hijo

de

un a

ño.

“Sí

me

aten

dier

on b

ien,

lo

únic

o qu

e m

e pr

eocu

pa e

s qu

e lo

s ca

sos

cóm

o lle

van

de t

iem

po y

din

ero.

¿Q

ué p

asa

cuan

do u

no n

o tie

ne e

l di

nero

y e

l tie

mpo

?. ..

.

...de

sde

hace

cin

co m

eses

mi c

aso

está

en

los

trib

unal

es,

tuve

que

bu

scar

y p

agar

un

abog

ado.

.. ah

o-ra

est

amos

esp

eran

do l

a se

gund

a ci

taci

ón...

con

fío e

n qu

e ga

naré

el

juic

io...

per

o ya

ver

é si

me

qued

a al

go d

e lo

que

est

oy s

olic

itand

o,

debi

do a

que

ya

es m

ucho

lo

que

he g

asta

do...

y n

o se

cuá

nto

más

ga

star

é y

cuán

to m

ás e

sper

aré?

.”

-

“Lo

s ca

sos

llev

an d

emas

iad

o tie

mpo

en

ser

resu

elto

s...

- ...

y se

gas

ta m

ucho

din

ero.

..

- Po

licí

a N

acio

nal

C

ivil

(pn

c)

- M

inis

teri

o Pu

blic

o (m

p)

- o

j

- “H

ay q

ue b

usca

r qu

e el

sis

tem

a se

a un

poc

o m

ás r

ápid

o...

- .

..Que

no

sea

dem

asia

do c

aro

com

o lo

es

actu

alm

ente

...”

21R

udy

Fech

a de

ent

revi

sta,

22

de

juni

o de

200

6

Rel

ata

caso

de

viol

ació

n ha

cia

una

seño

rita

que

no

fue

aten

dido

de

man

era

adec

uada

y q

ue e

l m

ism

o qu

edó

en e

l olv

ido.

- A

firm

a qu

e: “

la a

fect

ada

desi

s-tió

de

segu

ir c

on e

l cas

o, p

ues

pasó

ya

muc

ho ti

empo

sin

que

se

vea

n re

sulta

dos.

..

- ...

La a

fect

ada

no c

onoc

e co

mo

func

iona

el

sist

ema,

a d

ónde

ac

udir,

que

req

uisi

tos

o qu

e p

aso

s h

ay q

ue

dar

. Es

to e

s co

mpr

ensi

ble,

per

o lo

que

no

es a

cept

able

es

que

requ

irió

a

las

inst

ituci

ones

ya

seña

lada

s la

orie

ntac

ión

nece

saria

, lo

que

no s

e le

bri

ndó.

- “E

l si

stem

a de

jus

tici

a es

muy

fo

rmal

ista

, muy

com

plic

ado

para

la

may

oría

de

pers

onas

com

unes

y

corr

ient

es, e

s de

cir,

que

no s

on

abog

ados

, pue

s...

- ...

el s

iste

ma

no e

s de

ficie

nte

por

sí m

ism

o, s

ino

que

así

lo h

an

quer

ido

man

tene

r lo

s qu

e tie

nen

pode

r...p

ara

ello

s es m

ucho

mej

or

que

la g

ente

no

teng

a ac

ceso

a

la j

ustic

ia,

para

que

no

ejer

zan

sus

dere

chos

com

o ci

udad

anos

y

crea

rles

tem

or...

- ...

la ju

stic

ia s

ólo

mir

a el

col

or d

e la

pie

l, el

col

or d

el b

illet

e y

si

tiene

con

ecte

con

los

que

tiene

n el

pod

er...

ahí

si f

unci

ona,

y f

un-

cion

a bi

en y

de

man

era

rápi

da...

pero

cua

ndo

es a

lgui

en d

e pi

e,

- Po

licí

a N

acio

nal

C

ivil

(pn

c)

- M

inis

teri

o Pu

blic

o (m

p)

- O

rgan

ism

o Ju

dici

al

(oj)

- “O

rien

taci

ón a

decu

ada

y op

or-

tuna

..

- ...

Ate

nció

n bi

lingü

e

- A

giliz

ar p

roce

sos

- A

com

paña

r a

los

afec

tado

s.”

63

Percepción y recomendaciones desde las/los usuarios

es

peci

alm

ente

si

es i

ndíg

ena.

..si

mpl

emen

te l

a ju

stic

ia e

n es

te

país

par

a no

sotr

os n

o ex

iste

...”

B. C

asos

ilus

trat

ivos

reg

istr

ados

en

Que

tzal

tena

ngo

22D

anie

l

Fech

a en

que

suce

dió

el H

echo

o A

cto:

Nov

iem

bre

del

año

2003

.

“En

el

pro

ceso

ele

cto

ral

20

03

, cu

ando

par

ticip

é co

mo

cand

idat

o a

un c

argo

de

elec

ción

pop

ular

(a

la

Alc

aldí

a de

Que

tzal

tena

ngo,

po

stul

ado

por

el C

omit

é C

ívic

o X

el-J

ú) s

e no

s de

negó

el

inic

io d

e un

deb

ido

proc

eso,

cua

ndo

denu

n-ci

amos

acc

ione

s ile

gale

s efe

ctua

das

por

el p

artid

o po

lític

o Pa

rtid

o de

A

vanz

a N

acio

nal

(pa

n),

en d

onde

de

man

era

públ

ica

ello

s re

aliz

aron

m

anip

ulac

ión

e in

fluen

cia

dire

cta

de e

lect

ores

. El

los

real

izar

on l

a tra

nspo

rtac

ión

y la

influ

enci

a di

rec-

ta a

su

favo

r so

bre

los

elec

tore

s...

...El

mis

mo

día,

el fi

scal

de

nues

tra

inst

ituci

ón p

olíti

ca r

ealiz

ó la

de-

nunc

ia a

nte

las

auto

rida

des

com

-pe

tent

es, q

uien

es d

esco

noci

eron

y

omiti

eron

real

izar

acc

ione

s que

por

le

y so

n de

su

atri

buto

, es

pecí

fica-

men

te p

or e

l he

cho

de q

ue s

omos

un

com

ité c

ívic

o qu

e en

su m

ayor

ía

los m

ilita

ntes

y si

mpa

tizan

tes s

on d

e or

igen

indí

gena

may

a-qu

iché

...

...C

aso

cont

rari

o oc

urri

ó cu

atro

os a

ntes

, (e

lecc

ione

s ge

nera

les

del a

ño 2

000)

cua

ndo

nues

tra

inst

i-tu

ción

fue

clau

sura

da y

anu

lada

del

pr

oces

o el

ecto

ral

en e

l m

unic

ipio

de

Que

tzal

tena

ngo,

sin

que

par

a el

lo la

junt

a el

ecto

ral d

epar

tam

en-

tal,

el m

inis

teri

o pú

blic

o y

órga

no

juri

sdic

cio

nal

co

rres

po

nd

ien

te:

escu

char

a, i

nves

tiga

ra,

abri

era

a ju

icio

la

acus

ació

n en

con

tra

de

nues

tro

com

ité...

- “E

l Si

stem

a de

Jus

ticia

es

disc

ri-

min

ator

io c

ontr

a lo

s in

díge

nas.

..

- ..

.Más

si

son

pobr

es y

sin

son

m

ujer

es...

- ...

Pare

cier

a qu

e pr

eval

ece

aún

la

idea

de

que

“com

o so

n in

díge

nas,

qu

e se

agu

ante

n to

do, p

ues

tota

l, la

may

oría

son

sum

isos

, pu

es

vien

en d

e un

a es

clav

itud

hist

óri-

ca...

- ...

La d

iscr

imin

ació

n, e

n m

i cas

o,

tam

bién

se

dio

prin

cipa

lmen

te

en e

l cam

po d

e la

par

ticip

ació

n,

pues

la

inac

ción

con

stitu

ye p

re-

cisa

men

te u

na a

cció

n de

des

pro-

tecc

ión

de d

erec

hos,

en

este

cas

o,

de p

artic

ipar

en

las

elec

cion

es y

ej

erce

r el

der

echo

de

eleg

ir y

ser

el

ecto

.”

- Po

licí

a N

acio

nal

C

ivil

(pn

c)

- M

inis

teri

o Pu

blic

o (m

p)

- Tr

ibun

al S

upre

mo

Elec

tora

l (ts

e)

- “D

ebe

el s

iste

ma

ofi

cial

de

just

icia

act

uar

equi

tativ

amen

te,

con

just

icia

e im

parc

ialid

ad, c

on

toda

s la

s pe

rson

as, s

in d

iscr

imi-

naci

ón a

lgun

a

- A

sim

ism

o, c

omo

com

plem

ento

ne

cesa

rio

a la

coh

eren

cia

que

debe

man

ifest

ar e

l sis

tem

a co

n la

re

alid

ad s

ocio

-pol

ítico

-cul

tura

l, ta

mbi

én e

l si

stem

a de

be c

eder

pa

so a

nte

el D

erec

ho In

díge

na,

cuan

do é

ste

es re

quer

ido

por l

os

usua

rios

. Dar

pas

o en

el s

entid

o de

que

se

debe

ent

ende

r qu

e el

de

rech

o in

díge

na n

o de

be se

r in-

tegr

ado

ni s

uped

itado

al o

ficia

l, si

no q

ue c

oexi

sta

para

lela

men

te,

sin

ning

una

rest

ricc

ión.

64

Acceso de los indígenas a la justicia oficial en Guatemala

...Lu

ego

que

el c

aso

pasa

ra a

com

-p

eten

cia

del

Tri

bu

nal

Su

pre

mo

Elec

tora

l, es

te fu

e de

sest

imad

o y

se

reco

noci

ó el

res

ulta

do d

e la

ele

c-ci

ón d

e au

tori

dade

s m

unic

ipal

es

de Q

uetz

alte

nang

o.”

23C

lara

Mar

iela

Mae

stra

de

Edu

ca-

ción

Pri

mar

ia d

e la

Es

cuel

a O

ficia

l Áng

el

Joco

l.

Fech

a en

que

suce

dió

el H

echo

o A

cto:

04

de M

ayo

del 2

004

Mun

icip

io d

e La

Es-

per

anza

, D

epar

ta-

men

to d

e Q

uetz

alte

-na

ngo.

Fech

a d

e en

trev

is-

ta:

05 d

e m

ayo

de

2005

“El 0

4 de

May

o de

l año

200

4 co

mo

todo

s los

año

s los

mae

stro

s ten

emos

qu

e lle

nar

bole

tas

para

est

able

cer

esta

díst

icam

ente

los

niñ

os c

on l

os

cual

es e

stam

os tr

abaj

ando

; per

o es

el

cas

o de

que

en

la b

olet

a ex

istía

un

a ca

silla

en

dond

e se

ped

ía q

ue

se id

entifi

cara

la id

entid

ad c

ultu

ral

del a

lum

no, t

enie

ndo

las

opci

ones

de

ide

ntifi

carl

os c

omo

ladi

nos

o in

díge

nas,

par

a lo

cua

l la

dire

ctor

a de

la e

scue

la d

onde

labo

ro M

aest

ra

Elí

Och

oa d

e C

ifuen

tes,

nos

ord

e-nó

que

en

esa

casi

lla a

tod

os l

os

alum

nos

se l

es i

dent

ifica

ra c

omo

ladi

nos,

lo

cual

par

a m

í fu

e un

ac

to d

e di

scri

min

ació

n y

raci

smo

y co

nsid

eré

que

era

oblig

ació

n co

mo

mae

stra

den

unci

arlo

...

...Pr

imer

o ac

udí a

l Min

iste

rio

Públ

i-co

en

la c

iuda

d de

Que

tzal

tena

ngo,

pe

ro a

l pla

ntea

r los

hec

hos

susc

ita-

dos

no m

e at

endi

eron

bie

n, d

ebid

o a

que

cons

ider

aban

que

el

hech

o no

era

un

delit

o y

por

verm

e co

n m

i tr

aje

indí

gena

no

me

tom

aron

im

port

anci

a, p

or c

onsi

guie

nte

no

se a

brió

en

ese

mom

ento

nin

gún

expe

dien

te d

e pe

rsec

ució

n pe

nal

por e

l hec

ho q

ue y

o co

nsid

erab

a er

a un

del

ito d

e di

scrim

inac

ión

y qu

e se

en

cont

raba

tipi

ficad

o en

el c

ódig

o pe

nal;

segu

idam

ente

me

aper

sone

a

la in

stitu

ción

del

Pro

cura

dor d

e lo

s D

erec

hos H

uman

os, e

n es

ta in

stitu

-ci

ón fu

i bie

n at

endi

da, d

ebid

o a

- ”E

l hec

ho q

ue lo

s fu

ncio

nari

os y

se

rvid

ores

del

sis

tem

a de

just

icia

no

est

én i

nfor

mad

os d

e qu

e la

di

scrim

inac

ión

es ti

pific

ada

com

o de

lito,

dem

uest

ra su

inco

mpe

ten-

cia,

ade

más

de

su m

ala

fe...

...A

sim

ism

o, c

on b

ase

en m

i ex

pe-

rien

cia,

se

dem

uest

ra q

ue u

no d

e lo

s ni

vele

s de

l rac

ism

o qu

e ha

y qu

e at

en-

der

es e

l niv

el a

ctitu

dina

l-pe

rson

al, y

el

est

ruct

ural

-ins

tituc

iona

l.”

- Po

licí

a N

acio

nal

C

ivil

(pn

c)

- M

inis

teri

o Pu

blic

o (m

p)

- “E

s ne

cesa

rio

gara

ntiz

ar m

eca-

nism

os e

ficie

ntes

de

sele

cció

n de

per

sona

s ap

tas

y al

mis

mo

tiem

po s

ensi

bles

a e

ste

tem

a...

- ...

Asi

mis

mo,

hay

que

sens

ibili

zar

a to

do e

l si

stem

a, p

ara

gene

rar

acti

tud

es p

osi

tiva

s h

acia

lo

s us

uari

os in

díge

nas.

..

- ...

Ata

car e

l rac

ism

o en

el s

iste

ma

de ju

stic

ia, d

esde

las

inst

ituci

o-ne

s pa

ra l

as i

nstit

ucio

nes

y su

s fu

ncio

nari

os y

ser

vido

res

públ

i-co

s.”

6�

Percepción y recomendaciones desde las/los usuarios

que

el D

efen

sor

Dep

arta

men

tal d

e Pu

eblo

s In

díge

nas

me

cono

cía

y en

se

guid

a fu

e to

mad

a m

i den

unci

a...

... Te

ngo

info

rmac

ión

que

post

erio

r-m

ente

por

med

io d

el e

xped

ient

e or

dina

rio

de i

nves

tigac

ión

abie

rto

en la

Pro

cura

durí

a de

los

Der

echo

s H

uman

os s

e so

licitó

por

med

io d

e ofi

cio

que

se a

brie

ra e

xped

ient

e de

pe

rsec

ució

n pe

nal p

or D

iscr

imin

a-ci

ón, p

ero

que

hast

a la

fech

a a

pesa

r qu

e sí

fue

abi

erto

el

expe

dien

te

en n

ingú

n m

omen

to s

e le

dio

el

tram

ité c

orre

spon

dien

te s

egún

los

pl

azos

que

mar

ca e

l C

ódig

o Pr

o-ce

sal P

enal

...

... S

umad

o a

ello

, al

fina

l de

l pr

o-ce

dim

ient

o de

la

inst

ituc

ión

del

Proc

urad

or d

e lo

s D

erec

hos

Hu-

man

os s

e es

tabl

eció

una

vio

laci

ón

a lo

s de

rech

os d

e lo

s ni

ños

y ni

ñas

de

la e

scu

ela

do

nd

e la

bo

ro,

la

mis

ma

reso

luci

ón q

uedó

en

una

sim

ple

cond

ena

mor

al a

la a

ctitu

d,

com

po

rtam

ien

to y

men

tali

dad

de

la

dire

ctor

a y

en c

onju

nto

a la

di

recc

ión

depa

rtam

enta

l de

edu

-ca

ción

de

Que

tzal

tena

ngo,

la

cual

en

nin

gún

mom

ento

es

vinc

ulan

te

juríd

icam

ente

con

el p

roce

dim

ient

o de

l Min

iste

rio

Públ

ico

o el

juzg

ado

que

tuvo

que

tene

r a s

u ca

rgo

el c

o-no

cim

ient

o de

los

hech

os, c

ompl

e-m

entá

ndol

e a

ello

que

par

a co

noce

r de

que

exi

stía

una

con

dena

mor

al

por

part

e de

la P

rocu

radu

ría

de lo

s D

erec

hos H

uman

os, p

erso

nalm

ente

tu

ve q

ue a

cerc

arm

e a

sus

ofici

nas

a so

licita

rla,

por

que

en

ning

ún m

o-m

ento

se

me

notifi

có c

omo

part

e in

tere

sada

del

cas

o y

en d

onde

la

men

tabl

emen

te p

or la

falta

del

66

Acceso de los indígenas a la justicia oficial en Guatemala

Def

enso

r D

epar

tam

enta

l de

Pue

-bl

os I

ndíg

enas

que

me

aten

dió

en

la p

rim

era

ocas

ión,

el r

esto

de

fun-

cion

ario

s m

e tr

ató

de u

na m

aner

a di

scri

min

ator

ia y

raci

sta

al b

urla

rse

por s

egui

r int

eres

ada

a ca

si d

os a

ños

desp

ués

del c

aso.

Otr

os e

ntre

vist

ados

en

Que

tzal

tena

ngo

que

no t

enía

n ni

ngún

cas

o pe

rson

al, p

ero

que

rela

taro

n ca

sos

que

han

cono

cido

de

cerc

a y

que

los

mis

mos

ha

n fu

ndam

enta

do s

u pe

rcep

ción

sob

re e

l acc

eso

de lo

s in

díge

nas

a la

just

icia

ofi

cial

en

Gua

tem

ala

24Ed

dy

(Pén

sum

cer

rado

en

Der

echo

)

Fech

a d

e la

en

tre-

vist

a: 1

de

May

o de

l 20

06

“A fi

nale

s de

l m

es d

e D

icie

mbr

e de

l añ

o 20

04,

entr

e la

car

rete

ra

que

cond

uce

de la

ciu

dad

de Q

ue-

tzal

ten

ango

hac

ia e

l m

un

icip

io

de Z

unil,

yo

esta

ba a

rreg

land

o m

i ve

hicu

lo a

la o

rilla

de

la c

arre

tera

, cu

ando

pre

senc

ié u

n ac

cide

nte

auto

mov

ilíst

ico.

..

...c

omo

a ci

nco

met

ros

de d

onde

yo

est

aba,

al p

arec

er, d

ebid

o al

ac-

ceso

de

velo

cida

d, u

n tr

aile

r cho

cont

ra u

n au

tom

óvil,

pro

voca

ndo

post

erio

rmen

te u

na f

uert

e di

scu-

sión

ent

re e

l pi

loto

del

tra

iler

y el

pi

loto

del

aut

omóv

il. C

lara

men

te,

el c

ulpa

ble

era

el p

iloto

del

trai

ler,

pero

él,

en e

se m

omen

to,

le e

chó

la c

ulpa

al

pilo

to d

el a

utom

óvil,

tr

atán

do

lo c

on

mu

cha

agre

sió

n ve

rbal

...

...M

inut

os d

espu

és, u

na u

nida

d de

la

Pol

icía

Nac

iona

l C

ivil,

con

tre

s ag

ente

s a b

ordo

, lle

gó a

l lug

ar d

e lo

s he

chos

. En

ese

mom

ento

pla

ticar

on

de m

aner

a co

njun

ta c

on a

mbo

s pi

loto

s, p

ero

al ra

to, l

os s

epar

aron

, ha

blan

do c

on c

ada

uno

de e

llos

de

man

era

aisl

ada.

No

pasó

muc

ho

tiem

po,

cuan

do l

e ad

virt

iero

n al

pi

loto

del

aut

omóv

il qu

e si

nos

les

daba

din

ero,

lo a

cuba

n a

él c

omo

- “A

raíz

de

lo q

ue u

no m

ira,

de

lo

que

uno

obse

rva,

real

men

te e

l sis

-te

ma

se p

rest

a a

la c

orru

pció

n...

- ...

creo

que

es

un a

sunt

o de

con

-du

cta,

es

deci

r, si

hay

que

rec

o-no

cer q

ue h

ay b

uena

s per

sona

s...

pero

lo

lam

enta

ble

es q

ue l

as

buen

as p

erso

nas

term

inan

con

-ta

min

ándo

se c

on e

l re

sto,

pue

s el

sis

tem

a as

í est

á he

cho.

..

- ...

Prev

alec

e la

impu

nida

d...

- ...

Se c

omen

ten

inju

stic

ias.

..

- ..

.por

tod

o es

to e

s qu

e yo

en

lo p

erso

nal

teng

o un

a en

orm

e de

scon

fianz

a ha

cia

el s

iste

ma.

..qu

e ap

arte

de

que

no e

s efi

cien

-te

, es

muy

aje

no a

los

pue

blos

in

díge

nas.

..o s

ea...

cons

ider

o qu

e el

sis

tem

a no

sól

o es

rac

ista

y

disc

rim

inad

ora,

sino

que

es a

jena

e

inco

here

nte

con

la r

eali

dad

mul

ticul

tura

l del

paí

s...”

- Po

licí

a N

acio

nal

C

ivil

(pn

c)

- “S

e de

be a

taca

r an

te t

odo

la

corr

upci

ón...

- ...

Cre

ar m

ecan

ism

os d

e co

ntro

l de

abu

sos

de p

oder

...

- ..

.Dep

urar

per

sona

l, e

n pa

rti-

cula

r en

las

ins

tituc

ione

s m

ás

seña

lada

s de

est

os ti

pos

hech

os,

com

o la

pn

c...

- ...

Y a

dem

ás d

e m

ejor

ar e

l sis

te-

ma

naci

onal

de

just

icia

ofic

ial,

se d

ebe

prom

over

la a

plic

ació

n de

l D

erec

ho I

ndíg

ena.

.. ya

que

m

ucha

gen

te q

ue n

o co

nfía

en

el s

iste

ma

de j

ustic

ia o

ficia

l...

si c

on

fía

en l

as a

uto

rid

ades

tr

adic

iona

les

indí

gena

s qu

e dí

a a

día

vela

n po

r el

bie

nest

ar d

e la

pob

laci

ón”

6�

Percepción y recomendaciones desde las/los usuarios

culp

able

y q

ue e

n es

e m

omen

to lo

lle

varí

an p

reso

...

...É

l n

oto

riam

ente

mo

lest

o,

les

recr

imin

ó qu

e es

a er

a un

a es

tafa

y

que

el c

ulpa

ble

era

el o

tro

pilo

to. L

e in

dica

ron

que

si n

o da

ba e

l din

ero,

en

tonc

es l

o lle

vaba

n en

ese

mo-

men

to a

la c

árce

l, y

que

le p

odía

n su

mar

otr

os d

elito

s m

ás...

...Im

pote

nte

y de

sesp

erad

o, e

l afe

c-ta

do s

e m

e ac

ercó

, m

e pi

dió

que

le r

ecom

enda

ra a

alg

ún a

boga

do,

por

lo q

ue a

cced

í en

dar

le e

l nú

-m

ero

de t

eléf

ono

de u

n co

noci

do

abog

ado

de Q

uetz

alte

nang

o...

de

inm

edia

to l

o lla

mó,

per

o el

otr

o ap

rove

chán

dose

de

la s

ituac

ión

le

esta

ba p

idie

ndo

tres

mil

quet

zale

s,

de e

ntra

da...

... M

ient

ras

tant

o, e

l ot

ro p

iloto

ya

se h

abía

ret

irad

o de

l lu

gar,

con

la

com

plic

idad

de

la p

nc .

..me

ima-

gino

yo

que

ante

la fa

lta d

e di

nero

su

ficie

nte

para

pag

ar u

n ab

ogad

o,

pens

ó en

mej

or d

arle

s un

poco

a lo

s ag

ente

s, c

on t

al d

e qu

edar

lib

re...

por

lo q

ue s

e le

s ac

ercó

de

nuev

o,

plat

icar

on y

al p

arec

er ll

egar

on a

un

arre

glo,

pue

s fin

alm

ente

lo d

ejar

on

tranq

uilo

...él

ya

no q

uiso

com

enta

r-m

e na

da a

l res

pect

o...y

yo

tam

poco

qu

ise

preg

unta

rle

nada

...

...¿C

uánt

o di

nero

le

habr

á da

do e

l pi

loto

del

trai

ler a

los

agen

tes,

par

a te

nerl

os a

su

favo

r?, C

uále

s ha

brán

si

do

las

raz

on

es,

adem

ás d

e la

ec

onóm

ica,

que

pre

vale

cier

on e

n es

te c

aso?

...

6�

Acceso de los indígenas a la justicia oficial en Guatemala

...El

det

alle

que

int

eres

a es

el

si-

guie

nte:

el p

iloto

del

aut

omóv

il, q

ue

fue

esta

fado

, era

a si

mpl

e vi

sta

indí

-ge

na,

mie

ntra

s el

pilo

to d

el t

raile

r er

a no

indí

gena

. De

los a

gent

es, p

or

la a

parie

ncia

físi

ca, d

os e

ran

ladi

nos

y un

o er

a in

díge

na...

25Le

ví Jo

el

(Tra

baj

ado

r so

cial

, gr

adua

do)

Aso

ciac

ión

Ces

ma.

Entr

evis

ta:

Que

tzal

-te

nang

o 03

de

Abr

il de

l 200

6.

“Una

señ

ora

pres

enta

ba u

n pr

oble

-m

a de

col

inda

ncia

s en

un

terr

eno

de s

u po

sesi

ón,

y do

min

ando

sol

o el

idio

ma

may

a-m

am d

el m

unic

ipio

de

Cab

ricá

n de

l de

part

amen

to d

e Q

uetz

alte

nang

o, a

l po

ner

su d

e-nu

ncia

en

el j

uzga

do y

min

iste

rio

públ

ico

no l

e di

eron

ni

tom

aron

im

port

anci

a, p

erdi

endo

el d

erec

ho

que

recl

amab

a; e

n co

ncre

to s

e le

ne

gó e

l der

echo

a s

u id

iom

a.”

- “L

a us

uaria

requ

ería

de

inté

rpre

te,

lo q

ue n

o se

le fa

cilit

ó, n

egán

dole

la

just

icia

... e

sto

dem

uest

ra q

ue e

l si

stem

a si

gue

sien

do m

onol

ingü

e ca

stel

lano

... y

aje

no a

los p

uebl

os

indí

gena

s en

cua

nto

a fo

rmas

de

proc

edim

ient

o y

enfo

ques

...

- ...

el s

iste

ma

tam

bién

es

muy

len-

to, l

leva

muc

ho ti

empo

y d

iner

o...

y m

i per

cepc

ión

no e

s so

lam

ente

un

a op

inió

n, s

ino

que

la m

ism

a es

tá f

unda

men

tada

con

muc

hos

caso

s, e

ntre

est

os e

ste

mis

mo

que

ahor

a es

toy

cont

ándo

le”

- Po

licí

a N

acio

nal

C

ivil

(pn

c)

- M

inis

teri

o Pu

blic

o (m

p)

- O

rgan

ism

o Ju

dici

al

(oj)

- “H

ay q

ue b

rind

ar o

rien

taci

ón

adec

uada

a lo

s us

uari

os...

- ..

.se

debe

ate

nder

igu

al a

las

p

erso

nas

, si

n d

iscr

imin

ació

n ét

nica

...

- ...

hay

que

aten

der

de m

aner

a es

peci

al e

n m

ejor

amie

nto

del

acce

so a

la

just

icia

de

los

indí

-ge

nas

a la

just

icia

ofic

ial.”

26M

ario

Hug

o

(Filó

sofo

y p

edag

ogo,

gr

adua

do)

Luga

r y

fech

a de

en-

trev

ista

: Q

uetz

alte

-n

ango

03

de

Ab

ril

del 2

006.

“No

he e

xper

imen

tado

nin

guna

si

tuac

ión

o ca

so,

pero

me

pare

ce

que

el s

iste

ma

de j

ustic

ia t

odav

ía

sigu

e si

endo

muy

defi

cien

te p

ara

todo

s. Y

par

a lo

s in

díge

nas

en p

ar-

ticul

ar,

el s

iste

ma

no e

s co

here

nte

con

la c

ultu

ra d

e ca

da u

no d

e lo

s pu

eblo

s qu

e co

nfor

man

la

naci

ón

guat

emal

teca

.”

- “E

l enf

oque

, la

visi

ón y

las f

orm

as

y pr

oced

imie

ntos

del

sis

tem

a no

so

n co

here

ntes

con

la id

iosi

ncra

-si

a de

la g

ente

...

- ..

.El

Sist

ema

está

tod

avía

con

-ce

ntra

do e

n la

s ár

eas

urba

nas,

de

jand

o a

los

indí

gena

s fu

era

de

los

serv

icio

s, y

a qu

e en

su

may

o-rí

a vi

ve e

n el

áre

a ru

ral..

.

- ...

El s

iste

ma

sigu

e si

endo

hom

o-gé

neo

y ho

mog

enei

zant

e, c

ultu

-ra

l y p

olíti

cam

ente

.”

- “H

ace

falta

tran

sfor

mar

lo a

uno

re

alm

ente

dem

ocr

átic

o,

qu

e es

té a

l ser

vici

o de

la g

ente

, que

se

bri

nde

faci

lidad

es a

los

de

esca

sos

recu

rsos

...

...Es

nec

esar

io a

cerc

ar a

ún m

ás a

los

usua

rios

, esp

ecia

lmen

te h

acia

la p

o-bl

ació

n qu

e vi

ve e

n el

áre

a ru

ral.”

6�

Percepción y recomendaciones desde las/los usuarios

27M

an

ue

l S

alv

ad

or

(Est

ud

ian

te d

e D

e-re

cho)

Luga

r y

fech

a de

en-

trev

ista

: Q

uetz

alte

-n

ango

03

de

Ab

ril

del 2

006.

Aso

ciac

ión

Cul

tura

l M

aya

K’a

k’ U

tzil.

“En

el ju

zgad

o de

Col

omba

una

per

-so

na fu

e a

pres

enta

r una

den

unci

a,

quie

n er

a or

igin

aria

de

Con

cepc

ión

Hui

sta

y ha

blab

a el

idi

oma

Popt

i’,

por

lo q

ue a

l dir

igir

se a

l ofic

ial d

el

juzg

ado

el m

ism

o no

lo a

tend

ió d

e-bi

do a

que

no

dom

inab

a el

idio

ma

Popt

i’, p

or l

o qu

e si

mpl

emen

te l

e di

jo q

ue fu

era

a po

ner

la d

enun

cia

en d

onde

lo

ente

ndie

ran,

no

le

dio

orie

ntac

ión

ni c

onse

jo,

sino

si

mpl

emen

te l

o en

vió

a su

lug

ar

de o

rige

n.”

- “I

ndife

renc

ia d

e lo

s se

rvid

ores

y

func

iona

rios

púb

licos

hac

ia l

os

indí

gena

s...

- ...

El s

iste

ma

es d

iscr

imin

ador

...

- ...

No

hay

info

rmac

ión

ni o

rien

ta-

ción

...

- ...

No

hay

acom

paña

mie

nto.

..

.

..Es

buro

crát

ico,

lent

o e

inse

nsi-

ble

haci

a la

gen

te.”

- O

rgan

ism

o Ju

dici

al

(oj)

- “H

ay q

ue d

emoc

ratiz

ar c

ultu

-ra

lmen

te e

l si

stem

a, y

ten

dría

n qu

e se

r ca

mbi

os r

ealm

ente

de

fond

o.”

28Ed

dy L

eona

rdo

(po-

litól

ogo)

Luga

r y

fech

a de

en-

trev

ista

: Q

uetz

alte

-n

ango

03

de

Ab

ril

del 2

006.

“Sól

o pu

edo

rela

tar

un c

aso

que

cono

zco.

No

me

suce

dió

a m

í, pe

ro p

uedo

dar

fe

que

de l

o qu

e di

go.

Hac

e co

mo

cuat

ro o

cin

co

mes

es,

está

bam

os p

or e

ntra

r a

un

luga

r pú

blic

o, c

uand

o de

lant

e de

no

sotr

os l

e ne

garo

n el

ing

reso

a

un l

ugar

, po

r el

sim

ple

hech

o de

po

rtar

su

traj

e; c

uand

o el

la a

cude

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denu

ncia

r el a

cto

disc

rim

inat

orio

en

con

tra

de e

lla,

el j

uzga

do q

ue

cono

ce l

a de

nunc

ia n

o se

le

dio

trám

ite c

orre

spon

dien

te d

ebid

o a

que

supu

esta

men

te n

o es

una

falta

ni

del

ito p

erse

guib

le.

Por

lo t

anto

co

nsid

ero

que

com

o in

díge

na a

la

seño

ra se

le fu

e de

nega

do e

l acc

eso

a la

just

icia

.”

- “A

pes

ar q

ue l

a di

scri

min

ació

n po

r ra

zone

s ét

nica

s es

tá t

ipifi

-ca

da c

omo

deli

to,

en m

ucha

s oc

asio

nes

no s

e co

nsid

era

com

o ta

l, de

ntro

de

las i

nstit

ucio

nes d

el

sist

ema

de ju

stic

ia...

- ...

prev

alec

e el

raci

smo

y la

dis

cri-

min

ació

n ha

cia

los

indí

gena

s...

esto

es

más

pes

ado

para

qui

enes

no

han

teni

do o

port

unid

ad d

e ir

a

la e

scue

la y

que

ade

más

sea

n de

es

caso

s re

curs

os e

conó

mic

os”

- Po

licí

a N

acio

nal

C

ivil

(pn

c)

- M

inis

teri

o Pu

blic

o (m

p)

- O

rgan

ism

o Ju

dici

al

(oj)

- In

stitu

to d

e la

De-

fens

a Pú

blic

a Pe

nal

(idd

pp)

- “E

s im

port

ante

llev

ar a

cab

o un

p

roce

so d

e em

po

der

amie

nto

ha

cia

la c

iuda

daní

a, d

e ta

l ma-

nera

que

pue

da u

tiliz

ar l

os i

ns-

trum

ento

s ju

rídi

cos

exis

tent

es,

para

hac

er v

aler

sus

der

echo

s”

29Fl

or

meP

u y

pen

sum

cer

ra-

do e

n D

erec

ho

Luga

r y

fech

a de

en-

trev

ista

: Q

uetz

alte

-n

ango

03

de

Ab

ril

del 2

006.

“Exi

sten

var

ios

caso

s, p

ero

prob

a-bl

emen

te e

n lo

per

sona

l el q

ue m

ás

aten

ción

le

he p

uest

o, e

s el

hec

ho

de q

ue c

uand

o la

s pe

rson

as i

ndí-

gena

s pr

oven

ient

es d

e un

a co

mu-

nida

d in

díge

na r

ural

se

aper

sona

n a

las

inst

ituci

ones

que

adm

inis

tran

ju

stic

ia,

lo p

rim

ero

que

pres

enta

n es

un

rost

ro d

e in

cógn

ita o

fal

ta

de c

onoc

imie

nto

de la

est

ruct

ura

y fu

ncio

nam

ient

o de

las

mis

mas

...

- “N

o ha

y or

ient

ació

n..

- ...

No

hay

info

rmac

ión.

.

- ...

Hay

un

prob

lem

a ac

titud

inal

en

los

func

iona

rios

y s

ervi

dore

s pú

-bl

icos

en

el s

iste

ma

de ju

stic

ia”

- Po

licí

a N

acio

nal

C

ivil

(pn

c)

- M

inis

teri

o Pu

blic

o (m

p)

- O

rgan

ism

o Ju

dici

al

(oj)

- In

stitu

to d

e la

De-

fens

a Pú

blic

a Pe

nal

(idd

pp)

“- E

s po

r el

lo q

ue s

iem

pre

hace

fa

lta u

n pr

oces

o se

rio,

sól

ido

y am

plio

de

sens

ibili

zaci

ón,

de

búsq

ueda

de

cam

bios

de

acti-

tud”

�0

Acceso de los indígenas a la justicia oficial en Guatemala

...Se

guid

o a

ello

cua

ndo

se a

cerc

an

a so

licita

r in

form

ació

n co

n al

guno

d

e lo

s fu

nci

on

ario

s lo

s m

ism

os

basá

ndos

e en

el a

rtíc

ulo

3 de

la le

y de

l org

anis

mo

judi

cial

los

rega

ñan

dici

éndo

les

que

acas

o no

sab

en

que

nadi

e pu

eda

aleg

ar ig

nora

ncia

de

la

ley

y qu

e si

no

cono

cen

por

qué

está

n ah

í...

...Ló

gica

men

te e

n un

paí

s co

n un

a po

blac

ión

may

orita

riam

ente

ana

lfa-

beta

com

o es

pos

ible

que

rer a

plic

ar

este

art

ícul

o, a

un c

uand

o no

sol

o el

sal

ario

de

los

func

iona

rio

surg

en

del p

ago

de lo

s im

pues

tos

de e

stas

pe

rson

a, s

i no

que

dem

uest

ran

su

falta

de

cono

cim

ient

o de

la re

alid

ad

de n

uest

ro p

aís,

si

no q

ue e

spec

í-fic

amen

te d

e la

div

ersi

dad

cultu

ral

que

nos

cara

cter

iza,

deb

ido

a qu

e to

daví

a lo

s mis

mos

se d

an e

l luj

o de

ci

tar a

rtícu

los e

n es

paño

l, id

iom

a en

su

may

oría

des

cono

cido

par

a qu

ie-

nes

busc

an u

n ap

oyo

u or

ient

ació

n pa

ra r

esol

ver

un p

robl

ema.

30A

lma

Luga

r y

fech

a de

en-

trev

ista

: Q

uetz

alte

-n

ango

07

de

Ab

ril

del 2

006.

“No

nece

sari

amen

te h

ay q

ue c

o-no

cer

algú

n ca

so,

si n

o en

la

vida

di

aria

o e

n el

que

hac

er c

otid

iano

, no

s di

scri

min

an d

e un

a u

otra

for

-m

a, v

edán

dono

s nu

estr

os d

erec

hos

por e

l hec

ho d

e se

r ind

ígen

as c

omo

el c

aso

pers

onal

men

te q

ue p

ase,

en

dond

e po

r ser

una

mae

stra

indí

gena

ag

ote

todo

s lo

s pr

oced

imie

ntos

ad

min

istr

ativ

os e

n la

esc

uela

don

-de

tra

baja

ba y

no

se m

e at

endi

ó,

post

erio

rmen

te a

l lle

gar

al m

p y

el

cent

ro d

e m

edia

ción

del

oj n

o tu

ve

una

orie

ntac

ión

adec

uada

y s

e m

e at

endi

ó de

una

man

era

desp

ectiv

a po

r el

hec

ho d

e se

r in

díge

na.”

- “P

reva

lece

los

mal

os tr

atos

hac

ia

usua

rios

ind

ígen

as,

que

son

ni

más

ni

men

os q

ue e

xpre

sion

es

de r

acis

mo

y di

scri

min

ació

n...

- ..L

o an

teri

or s

e ha

ce m

ucho

más

fu

erte

cua

ndo

se tr

ata

de in

díge

-na

s po

bres

, o

peor

aún

cua

ndo

son

muj

eres

.”

- Po

licí

a N

acio

nal

C

ivil

(pn

c)

- M

inis

teri

o Pu

blic

o (m

p)

- O

rgan

ism

o Ju

dici

al

(oj)

- “E

limin

ar e

n la

prá

ctic

a la

dis

-cr

imin

ació

n y

raci

smo

cont

ra lo

s in

díge

nas

en e

l sis

tem

a de

just

i-ci

a, p

ues

es e

l pri

mer

esc

enar

io

oblig

ado

a m

ante

ner l

a ig

uald

ad

en e

l eje

rcic

io d

e de

rech

os.”

�1

Percepción y recomendaciones desde las/los usuarios

31M

ario

Rig

ober

to

Luga

r y

fech

a de

en-

trev

ista

: Q

uetz

alte

-n

ango

05

de

Ab

ril

del 2

006.

Coo

rdin

ador

del

Pro

-gr

ama

de A

lcal

días

C

omun

ales

del

Cen

-tr

o Pl

uric

ultu

ral p

ara

la D

emoc

raci

a c

pd.

“En

el m

unic

ipio

de

Hui

tán

del

depa

rtam

ento

de

Que

tzal

tena

ngo

exis

tía u

na p

erso

na q

ue p

or p

asar

la

tub

ería

del

agu

a en

su

terr

eno

deci

dió

rom

perl

a, b

asán

dose

que

él

era

prop

ieta

rio

del t

erre

no y

que

no

le e

stab

an p

agan

do p

or e

l pas

o de

la

tube

ría;

los

com

unita

rios

afe

ctad

os

se q

ueja

ron

con

el a

lcal

de a

uxili

ar

de l

a co

mun

idad

, qu

ien

por

los

daño

s ca

usad

os le

pus

o un

a m

ulta

ec

onóm

ica,

la

pers

ona

prop

ieta

ria

del t

erre

no c

onsi

deró

que

no

resp

e-ta

ría

la d

ecis

ión

de la

s au

tori

dade

s co

mun

itari

as y

él

denu

nció

a l

as

mis

mas

an

te e

l m

p p

or

esta

fa y

ap

ropi

ació

n de

pro

pied

ad p

rivad

a;

en e

ste

sent

ido

el m

p di

o tr

ámite

a

su d

enun

cia

y pr

oced

e a

cita

r a

las

auto

rida

des

com

unita

rias

, con

est

a ac

ción

est

aba

nega

ndo

el a

cces

o de

l de

rech

o al

pro

pio

dere

cho

o si

stem

a de

just

icia

indí

gena

.”

- “A

ún h

ace

falta

ate

nder

de

ma-

nera

ade

cuad

a el

sist

ema

jurí

dico

pr

opio

de

los

pueb

los

indí

ge-

nas”

- Po

licí

a N

acio

nal

C

ivil

(pn

c)

- M

inis

teri

o Pu

blic

o (m

p)

- O

rgan

ism

o Ju

dici

al

(oj)

- “I

mpl

emen

tar

real

men

te e

n el

pa

ís m

edid

as q

ue p

erm

itan

la

coex

iste

ncia

y e

l pl

eno

func

io-

nam

ient

o de

sist

emas

dife

renc

ia-

das

de ju

stic

ia. E

sto

en e

l mar

co

de u

na s

imet

ría

de p

oder

, de

re

spet

o m

utuo

.”

32C

arlo

s

(Per

iod

ista

gra

du

a-do

)

Luga

r y

fech

a de

en-

trev

ista

: Q

uetz

alte

-na

ngo

31 d

e M

arzo

de

l 200

6.

“Par

a se

r sin

cero

no

he te

nido

nin

gún

caso

en

part

icul

ar, p

ero

que

a ra

íz d

e lo

que

esc

ucho

y d

e lo

que

veo

, no

gu

ardo

con

fianz

a ha

cia

el s

iste

ma

de

just

icia

... lo

veo

muy

com

plej

o, m

uy

caro

y s

e pi

erde

dem

asia

do t

iem

po.

Ade

más

, se

dis

crim

ina

muc

ho a

los

in

díge

nas,

hay

trat

o de

sigu

al, a

unqu

e la

s le

yes

apar

ente

men

te s

ean

igua

l pa

ra to

das

y to

dos”

- Po

licí

a N

acio

nal

C

ivil

(pn

c)

- M

inis

teri

o Pu

blic

o (m

p)

- O

rgan

ism

o Ju

dici

al

(oj)

- In

stitu

to d

e la

De-

fens

a Pú

blic

a Pe

nal

(idd

pp)

- El

sist

ema

no re

spon

de a

la re

ali-

dad

de d

iver

sida

d cu

ltura

l, au

n-qu

e ha

yan

inté

rpre

tes,

per

sona

l m

ás c

apac

itado

, el s

iste

ma

debe

tr

ansf

orm

arse

in

tegr

alm

ente

, in

icia

ndo

en p

lura

lizar

su v

isió

n,

sus

enfo

ques

, sus

pro

gram

as, s

u eq

uipo

hum

ano,

etc

.

�2

Acceso de los indígenas a la justicia oficial en Guatemala

anexo no. 2

forMulario de entrevista a usuarios

versión: junio 02, 2006

INFORMACIÓN GENERAL:

Lugar y fecha de la entrevista: __________________________________________

Nombre del (la) entrevistado (a): ________________________________________

Auto-identificación étnica:__________________________Sexo: (M)____ (F) ____

Idioma materno: __________________ Otros idiomas que habla: ____________

Sabe leer: Sí ___ No ___ Sabe escribir: Sí ___ No ___ Edad:___________

Grado académico: ___________________________________________________

Ocupación actual: ___________________________________________________

1. ¿Alguna vez ha requerido usted los servicios de?:

a) La Policía Nacional Civil (pnc): Sí ____ No ____

b) El Ministerio Público: Sí ____ No ____

c) Los Tribunales de Justicia: Sí ____ No ____

d) El Instituto de la Defensa Pública Penal: Sí ____ No ____

2. ¿Cuál fue el hecho o la situación?

_______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

�3

Percepción y recomendaciones desde las/los usuarios

3. ¿Cuando usted acudió a la institución, le atendieron amablemente?

Sí ___ No ___ ¿Por qué? ________________________________________

___________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

4. ¿Le atendieron de manera inmediata?

Sí ___ No ___ ¿Por qué?__________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

¿Cuánto tiempo transcurrió para que le atendieran? __________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

5. ¿Le exigieron algún requisito para que su caso fuera atendido?

Sí ____ No ____ ¿Cuáles?

______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

¿Logró cumplir con dichos requisitos?___________________________________________________________________________________________________________________________________________________

6. ¿Recibió información y orientación previa sobre a dónde debía acudir, qué pasos tenía que dar, entre otras orientaciones que usted necesitaba?

Sí ___ No ____ ¿Quien proporcionó la información?________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

7. ?De acuerdo con su experiencia, fue práctico y fácil obtener el servicio?

Sí___ No____ ¿Por qué?: ____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

�4

Acceso de los indígenas a la justicia oficial en Guatemala

8. ¿En qué idioma le atendieron?

_________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

9. ¿A qué distancia están las instituciones de justicia del lugar donde usted vive? _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

10. ¿Cuánto tiempo (en días) le representa (o representó) cada viaje?___________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

11. ¿Cuántos viajes realizó (o ha realizado) para poder encaminar su caso?______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

12. ¿Se ajustan a sus necesidades los días y los horarios de atención de las instituciones del sistema de justicia?

Sí ___ No ____ ¿Qué sugiere?

_________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

13. Ha viajado solo (sola) o con alguien más?

Sola (o) Acompañada (o)

¿Cuántos le acompañan?____________

14. ¿Cuánto le representó (o le ha representado) económicamente dichos viajes?________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

Otros gastos que haya efectuado (describa):_____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

��

Percepción y recomendaciones desde las/los usuarios

¿Cuanto?________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

15. ¿Recibió asesoría legal? Sí___ No____ ¿Quién la proporcionó? ________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

¿Tuvo algún costo?

Sí ___ No ____ ¿Cuánto? _____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

16. ¿Se sintió usted protegido (seguridad física) por el sistema a la hora de buscar justicia? Sí ____ No ____ ¿por qué?_____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

¿Se sintió amenazado? Sí ___ No ____

__________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________

¿Lo intimidaron? Sí ___ No ___

___________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

17. ¿Cree usted que el sistema le ofreció respuestas acordes con sus necesidades y requerimientos, en términos de agilidad y calidad de justicia?

Sí ____ No ____ ¿por qué? ___________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

�6

Acceso de los indígenas a la justicia oficial en Guatemala

18. ¿Actualmente, en qué etapa va su caso?

Ya culminó completamente Está en proceso

Nunca inició como proceso

Otros detalles: ____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

19. Con base en su propia experiencia, ¿cómo califica el servicio que le prestaron en las instituciones del sistema de justicia?

a) Excelente ____

b) Bueno ____

c) Regular ____

d) Malo ____

20. En cuanto a los resultados de sus diligencias y la manera como lo atendieron, ¿cómo se siente usted?

a) Satisfecho ____

b) Motivado ____

c) Desmotivado____

d) Defraudado ____

e) Frustrado ____

Desea ampliar sus razones:__________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

21. Con base en su experiencia, ¿qué otros obstáculos y limitaciones encuentran los indígenas para obtener justicia?___________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

22. ¿Por qué cree usted que encontró los obstáculos que mencionados?____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

��

Percepción y recomendaciones desde las/los usuarios

23. ¿Acudiría usted de nuevo, de ser necesario, al Sistema de justicia oficial estatal, o más bien, buscaría justicia a través de otros mecanismos y sistemas, como por ejemplo, en el Sistema Jurídico propio de los pueblos indígenas?_____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

24. ¿Qué recomendaría usted para mejorar el sistema de justicia oficial estatal, sobre todo para garantizar una igualdad en las oportunidades de acceso a la justicia?_____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

La edición de Acceso de los indígenas a la justicia oficial en Guatemala: percepción y recomendaciones desde los/las usuarios se terminó de imprimir en los talleres litográficos de

Magna Terra editores (5ta. avenida 4-75 zona 2). El tiro sobre bond 80 gramos consta de 3,000 ejemplares.