abandono de atropellados
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ELEMENTOS DEL DELITO SOBRE ABANDONO DE ATROPELLADOS UI CAMPI ZARAGOZATRANSCRIPT
Articulo 341 Código Penal Federal prevé:Al que habiendo atropellado a una persona,
culposa o fortuitamente, no le preste auxilio o no solicite la asistencia que requiere, pudiendo hacerlo se le impondrá de quince a sesenta jornadas de trabajo a favor de la comunidad, independientemente de la pena que proceda por el delito que con el atropellamiento se cometa.
ACTIVOEs la persona física
que, al haber atropellado a alguien lo deje en abandono y sin ofrecerle ayuda.
PASIVOEs la persona que
resultó afectada o dañada de dicho delito (el atropellado).
MATERIALPuede ser el sujeto
pasivo o sea la persona atropellada
JURÍDICOEl bien jurídico
tutelado como lo es: LA VIDA LA INTEGRIDAD
FÍSICA
FORMULACION
Amplio
ESTRUCTURA
Simple
Nº SUJETOS
Unisubjetivo
Nº ACTOS
UnisubsistenteCOMPOSICION
Normal
AUTONOMIA
Independiente
Autonomo
ORD. METODOLOGICA
Básico o fundamental
RESULTADO
Formal
DURACION
Instantáneo
CONDUCTA
Omisión
CLASIFICACION
Cáncer en etapa terminal Sale de quimioterapia choca
Nexo causal
(defensas bajas)
mata
Consiste en dejar en estado de abandono al atropellado sin prestarle ayuda después de atropellarlo.
No se exige que haya un resultado, puesto que se trata de un delito formal.
Por 2 grandes causas:
Vis absoluta--- Fuerza humana exterior
Vis maior--- Fuerza de la naturaleza
Se dará la tipicidad cuando encuadren todos los tipos a la norma penal.
Con los siguientes elementos:1.- Atropellamiento (culposa o
fortuitamente)2.- No prestar auxilio a la víctima.3.- No solicitar asistencia que requiera.4.- Cuando haya posibilidad de que el
agente lo haga.
Solo podrá configurarse la atipicidad cuando uno de los elementos anteriores falte (sin importar el que sea).
Se da cuando la conducta típica sea lo contrario a la ley.
CAUSAS DE JUSTIFICACIÓN Sucede cuando el sujeto activo se vea
en la necesidad de no poder prestar ayuda a la víctima
CIRCUNSTANCIA MODIFICADORA No existen atenuantes ni agravantes.
Se comete en forma dolosa o intencional, pues ya que no es admisible la culpa.
INCULPABILIDADPuede presentarse la no exigibilidad de
otra conducta, es decir, que el sujeto no tenía más opción que retirarse por alguna causa de fuerza mayor.
Este delito al ser sólo de peligro, tiene sanción, ya que es considerado antijurídico, es decir, al dejar en estado de abandono al atropellado.
La sanción que marca la ley en este delito es de 15 a 60 jornadas de trabajo a favor de la comunidad.
La consumación de dicho delito se da en el momento que el sujeto activo no ofrece auxilio a la víctima. EL DEJAR AL SUJETO PASIVO SIN AYUDA es el ERROR FRECUENTE dentro de el delito de abandono de atropellados.
PARTICIPACIÓN
Distintos grados de participación: Si un automovilista va acompañado de
otras personas, éstas pueden incurrir en omisión de socorro; porque para ser activo de este delito se requiere de que sea la persona que haya atropellado la que abandone a la víctima.
También se puede configurar el encubrimiento de dicho delito.
PERSEGUBILIDAD O PROCEDENCIA
*Éste delito es perseguible de oficio.