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ESTRATEGIAS DE ENERGÍA SOSTENIBLE Y BIOCOMBUSTIBLESPARA COLOMBIA
MME-BID Cooperación Técnica No Reembolsable ATNJF-10827-COCONTRATO BID CCO-2602/2011
INFORME SOBRE:
ACTIVIDAD 1. Revisión de la normatividad y reglamentación existente a nivelnacional e internacional alrededor de los temas de calidad y aseguramiento decalidad de los combustibles y biocombustibles
ACTIVIDAD 3. Revisión de los esquemas internacionales de aseguramiento y control
de calidad (QA/QC) para la producción, almacenamiento, transporte y distribución debiocombustibles y sus mezclas con combustibles fósiles
ESTUDIO PARA LA ESTRUCTURACIÓN DE UN PROGRAMA DE ASEGURAMIENTO YCONTROL DE CALIDAD (QA/QC) DE LOS BIOCOMBUSTIBLES Y SUS MEZCLAS CON
COMBUSTIBLES FÓSILES EN COLOMBIA, CON PROYECCIÓN HACIA LOS MERCADOSINTERNACIONALES
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TABLA DE CONTENIDO
1. RESUMEN EJECUTIVO............................................................................................................. 6 1.1 ACTIVIDAD 1. REVISIÓN DE LA NORMATIVIDAD Y REGLAMENTACIÓN
EXISTENTE A NIVEL NACIONAL E INTERNACIONAL ALREDEDOR DE LOS TEMAS DE
CALIDAD Y ASEGURAMIENTO DE CALIDAD DE LOS COMBUSTIBLES YBIOCOMBUSTIBLES ................................................................................................................ 6 1.2 ACTIVIDAD 3. REVISIÓN DE LOS ESQUEMAS INTERNACIONALES DE
ASEGURAMIENTO Y CONTROL DE CALIDAD (QA/QC) PARA LA PRODUCCIÓN,
ALMACENAMIENTO, TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE BIOCOMBUSTIBLES Y SUS
MEZCLAS CON COMBUSTIBLES FÓSILES. .......................................................................... 7 2.
REGULACIÓN Y NORMATIVIDAD COLOMBIANA ................................................................... 9
2.1 ANTECEDENTES GENERALES .............................................................................. 9 2.2 MARCO LEGAL COLOMBIANO PARA LOS BIOCOMBUSTIBLES Y SUS
MEZCLAS ............................................................................................................................... 12 2.2.1 Cadena de Distribución de los Combustibles Líquidos ........................................... 12 2.2.2 Combustibles Oxigenados ...................................................................................... 16 2.2.3 Biodiesel y sus Mezclas con Diesel Fósil ................................................................ 22 2.2.4 Especificaciones de Calidad de los Combustible Líquidos y los Biocombustibles . 28
2.3 NORMALIZACIÓN TÉCNICA COLOMBIANA PARA LOS BIOCOMBUSTIBLES Y
SUS MEZCLAS CON COMBUSTIBLES FÓSILES 41
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4. METODOLOGIAS EMPLEADAS PARA LA ELABORACIÓN DE LA NORMATIVIDAD Y
REGLAMENTACION PARA COMBUSTIBLES Y BIOCOMBUSTIBLES ................................. 60 5. COMPARACIÓN ENTRE LA NORMATIVIDAD Y REGLAMENTACIÓN NACIONAL Y LA
EXTRANJERA .......................................................................................................................... 63 5.1 COMPARACIÓN ENTRE LA REGLAMENTACIÓN Y LAS NORMAS TÉCNICAS
NACIONALES ......................................................................................................................... 63 5.2 COMPARACIÓN ENTRE LAS NORMAS TÉCNICAS NACIONALES Y
EXTRANJERAS ...................................................................................................................... 64 5.2.1 Combustibles oxigenados ....................................................................................... 73 5.2.2 Biodiesel y sus mezclas con diesel fósil ................................................................. 84 5.2.3 Conclusiones ......................................................................................................... 100
6. REVISIÓN DE LOS ESQUEMAS INTERNACIONALES DE ASEGURAMIENTO Y CONTROLDE LA CALIDAD QA/QC PARA LA PRODUCCIÓN ALMACENAMIENTO, TRANSPORTE YDISTRIBUCIÓN DE BIOCOMBUSTIBLES Y SUS MEZCLAS CON COMBUSTIBLESFÓSILES ................................................................................................................................. 102 6.1 REVISIÓN DE LOS ESQUEMAS SELECCIONADOS .......................................... 102
6.1.1 Justificación para la selección de los esquemas .................................................. 102 6.1.2 AGQM / BPAC (Esquema alemán para biodiesel) ............................................... 103 6.1.3 BQ-9000 (Esquema estadunidense para biodiesel) ............................................. 106 6.1.4 PMQC (Esquema brasileño para todos los combustibles) ................................... 109 6.1.5 Ley japonesa sobre el control de la calidad de la gasolina y otros combustibles
(esquema para todos los combustibles) ................................................................ 113 6.2 COMPARACIÓN DE LOS ASPECTOS DE LOS ESQUEMAS ............................. 114
6.2.1 Esquemas voluntarios frente a esquemas obligatorios ........................................ 115 6.2.2 Alcance en la ubicación......................................................................................... 116
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ÍNDICE DE TABLAS
Tabla 1. Marco Legal sobre la Cadena de Distribución de Combustibles Líquidos ......................... 12Tabla 2. Agentes Cadena de Distribución de Combustibles Líquidos Derivados del Petróleo ........ 14Tabla 3. Clasificación de los Distribuidores Minoristas y del Gran Consumidor ............................... 15Tabla 4. Marco Legal sobre Reglamentación Técnica para los Combustibles Oxigenados ............ 16Tabla 5. Marco legal sobre Reglamentación Técnica en Colombia para el Biodiesel y sus Mezclas
.................................................................................................................................................. 23Tabla 6. Definiciones para los agentes de la cadena de distribución de biocombustibles, Resolución
182142 de 2007, Artículo 2. ..................................................................................................... 28Tabla 7. Resolución 898 de 1995 y sus Resoluciones modificatorias .............................................. 29Tabla 8. Resolución 2200 de 2005, Tabla 1A. Requisitos de calidad del etanol anhidro combustible
utilizado como componente oxigenante de gasolinas .............................................................. 30Tabla 9. Resolución 1565 de 2004, Tabla 1B. Requisitos de calidad del etanol anhidro combustible
desnaturalizado antes de mezclar con las gasolinas motor ..................................................... 30Tabla 10. Resolución 1180 de 2006, Tabla 2A. Requisitos de calidad de las gasolinas básicas .... 31Tabla 11. Resolución 1180 de 2006. Tabla 2B. Requisitos de calidad de las gasolinas oxigenadas
con etanol anhidro combustible para uso como combustible en motores de encendido dechispa........................................................................................................................................ 33
Tabla 12. Resolución 182087 de 2007. Tabla 3A. Requisitos de calidad del biocombustible paramezclar con los combustibles diesel ........................................................................................ 35
Tabla 13. Resolución 182087 de 2007. Tabla 3B. Requisitos de calidad del combustible dieselcorriente y sus mezclas con biocombustibles .......................................................................... 37
Tabla 14. Resolución 182087 de 2007. Tabla 3C. Requisitos de calidad del combustible dieselextra y sus mezclas con biocombustibles en Bogotá, D.C. ...................................................... 39
Tabla 15. Resolución 1499 de 2011. Tabla 3D. Requisitos de calidad del diesel renovable paramezclar con los combustibles diesel ........................................................................................ 41
Tabla 16. Normas Técnicas Colombianas sobre especificaciones de calidad del producto ............ 42
Tabla 17. Otras Normas y Guías Técnicas Colombianas aplicables al sector de losbiocombustibles ........................................................................................................................ 42Tabla 18. Documentos referenciados en las normas legales colombianas para los biocombustibles
y sus mezclas ........................................................................................................................... 45Tabla 19 Normas técnicas citadas en las normas legales colombianas para los biocombustibles y
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diferentes ................................................................................................................................ 135
Tabla 35. Requisitos del etanol anhidro combustible desnaturalizado que se incluyen en una sola
norma de las comparadas ...................................................................................................... 136Tabla 36. Requisitos del biodiesel (B100) con especificaciones iguales ........................................ 137Tabla 37. Requisitos del biodiesel (B100) con especificaciones similares ..................................... 139Tabla 38. Requisitos del biodiesel (B100) con especificaciones diferentes ................................... 140Tabla 39. Requisitos del biodiesel (B100) que se incluyen en una sola norma de las comparadas
................................................................................................................................................ 141Tabla 40.Comparación de los requisitos para el etanol anhidro establecidos en la reglamentación y
la normalización nacional ....................................................................................................... 144Tabla 41.Comparación de los requisitos para el etanol anhidro combustible desnaturalizado
establecidos en la reglamentación y la normalización nacional ............................................. 146Tabla 42. Comparación de los requisitos para la gasolina básica establecidos en la reglamentación
y la normalización nacional .................................................................................................... 151Tabla 43. Comparación de los requisitos para la gasolina oxigenada establecidos en la
reglamentación y la normalización nacional ........................................................................... 157Tabla 44. Comparación de los requisitos para el diesel corriente y sus mezclas establecidos en la
reglamentación y la normalización nacional ........................................................................... 165Tabla 45. Comparación de los requisitos para el diesel extra y sus mezclas establecidos en la
reglamentación y la normalización nacional ........................................................................... 174Tabla 46. Definiciones relacionadas con los biocombustibles ........................................................ 185
Tabla 47. Comparación de los requisitos para el etanol anhidro combustible desnaturalizadoestablecidos en la normalización nacional y extranjera ........................................................ 203
Tabla 48. Comparación de los requisitos para la gasolina oxigenada establecidos en lanormalización nacional y extranjera ....................................................................................... 210
Tabla 49. Comparación de los requisitos para la gasolina y mezclas con combustibles oxigenadosestablecidos en la normalización nacional y extranjera ........................................................ 211
Tabla 50. Comparación de los requisitos para el biodiesel (B100) establecidos en la normalizaciónnacional y extranjera ............................................................................................................... 212
Tabla 51. Comparación de los requisitos para los diesel establecidos en la normalización nacional y
extranjera ................................................................................................................................ 216Tabla 52. Comparación de los requisitos para el biodiesel y las mezclas con diesel fósilesestablecidos en la normalización nacional y extranjera ......................................................... 217
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1. RESUMEN EJECUTIVO
1.1 ACTIVIDAD 1. REVISIÓN DE LA NORMATIVIDAD Y REGLAMENTACIÓN EXISTENTE ANIVEL NACIONAL E INTERNACIONAL ALREDEDOR DE LOS TEMAS DE CALIDAD YASEGURAMIENTO DE CALIDAD DE LOS COMBUSTIBLES Y BIOCOMBUSTIBLES
Este informe corresponde al resultado de la ejecución de la Actividad 1 del estudio para laestructuración de un programa de aseguramiento y control de calidad (QA/QC) de losbiocombustibles y sus mezclas con combustibles fósiles en Colombia con proyección hacia losmercados internacionales.
Como resultado de la Actividad 1 se incluyen en este informe, los aspectos más relevantes de la
revisión de la normatividad y reglamentación existente a nivel nacional en lo referente a la calidad yel aseguramiento de la misma en la cadena de biocombustibles y sus mezclas con combustiblesfósiles.
Como parte de esta revisión se interactuó con las entidades nacionales relacionadas con lareglamentación técnica del sector y la evaluación de la conformidad, con el propósito de analizar las metodologías empleadas en el país para la elaboración de la reglamentación técnica paracombustibles y biocombustibles. Mediante esta interacción se identificaron los aspectos másrelevantes del proceso de elaboración de la reglamentación para combustibles y biocombustibles
en el país, el estado actual de la misma y algunas consideraciones sobre la prospectiva inmediata.
Los aspectos más relevantes en términos de los planteamientos y recomendaciones que losinterlocutores hicieron al grupo consultor constituyen una información valiosa para el desarrollo delestudio y las consideraciones que habrán de hacerse en el desarrollo de las demás actividades
ESTUDIO PARA LA ESTRUCTURACIÓN DE UN PROGRAMA DE ASEGURAMIENTO YCONTROL DE CALIDAD (QA/QC) DE LOS BIOCOMBUSTIBLES Y SUS MEZCLAS CON
COMBUSTIBLES FÓSILES EN COLOMBIA, CON PROYECCIÓN HACIA LOS MERCADOSINTERNACIONALES
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Organismo Nacional de Normalización y el marco regulatorio establecido por el legislativo y lasautoridades competentes para regular el sector de los biocombustibles.
Una comparación detallada entre las normas técnicas aplicables a los biocombustibles deinterés que han sido promulgadas por Colombia, los Estados Unidos, la Comunidad Europea,Canadá y Japón que permitió identificar las coincidencias entre estas normas y también susdiferencias en los diferentes requisitos aplicables.
Como resultado de la comparación entre las normas colombianas que regulan los combustiblesoxigenados, el etanol combustible, el biodiesel B100, el diesel y las mezclas diesel - biodieselcon las de los Estados Unidos, Unión Europea, Japón y Canadá se encontraron numerosasdiferencias en cuanto a los requisitos de calidad establecidos, los valores límite aplicados acada requisito (que se establecen teniendo en cuenta las condiciones geográficas y climáticas),la unidades de medición utilizadas y los métodos de ensayo empleados. El numeral 5.2 delpresente informe presenta estas comparaciones.
Las regulaciones o reglamentaciones técnicas de los países de interés del estudio establecenesencialmente requisitos de desempeño ambiental de los combustibles y los biocombustiblesen términos de los niveles permisibles de emisión de contaminantes resultantes de sucombustión. Para esas evaluaciones de desempeño ambiental los combustibles tienen quecumplir con unos requisitos específicos de calidad certificada de acuerdo con los protocolos de
evaluación, que no necesariamente corresponden a los que se establecen para loscombustibles que se comercializan, es decir no necesariamente son las especificaciones deproducto, Las especificaciones de producto de los biocombustibles para estos países, conexcepción de Japón, no son objeto de la reglamentación técnica sino que se adoptan a travésde las normas técnicas promulgadas por los organismos nacionales o regionales denormalización técnica.
En términos generales, las regulaciones o reglamentaciones técnicas de los países de interésdel estudio no establecen requisitos específicos sobre control o aseguramiento de la calidad
en la cadena de la industria de los biocombustibles. Este control o aseguramiento de la calidadsurge en esencia por iniciativa de la propia industria para dar garantía de calidad al mercado.Es decir, lo relativo a la calidad es gestionado a instancias del sector privado sin que medieuna normativa específica al respecto.
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PMQC - programa brasileño de control de combustibles; y Ley japonesa sobre control de la calidad de la gasolina y otros combustibles.
Cabe destacar que los esquemas analizados cubren los mercados de exportación potenciales deinterés para Colombia (Unión Europea, Estados Unidos, Canadá y Japón). Se incluyó también elmodelo de Brasil como referencia para la producción y exportación exitosas de biocombustibles enSuramérica. Existe en general una experiencia significativa con los biocombustibles en losesquemas analizados.
Como parte central de la revisión realizada se presenta una comparación general de los cuatroesquemas que pone de manifiesto las características de cada uno de estos esquemas deaseguramiento y control de calidad, según sean “esquemas voluntarios” al ser establecidos por laindustria y/o los comerciantes o “esquemas obligatorios”, esto es establecidos por ley.
El informe de revisión concluye con la presentación de recomendaciones para Colombia en lossiguientes aspectos relevantes:
La importancia del aseguramiento de la calidad para los biocombustibles; La estandarización internacional como referencia para el fortalecimiento del mercado local; Los muestreos y análisis de laboratorio como pilar central de los esquemas de aseguramiento; La relación de los esquemas de aseguramiento con los esquemas de sostenibilidad; y El cumplimiento de los requisitos por parte de los actores cualquiera sea el esquema de
aseguramiento de la calidad que se adopte.
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2. REGULACIÓN Y NORMATIVIDAD COLOMBIANA
2.1 ANTECEDENTES GENERALES
Colombia cuenta con un marco legal para la producción, comercialización, distribución y uso debiocombustibles que contempla temáticas de calidad, reglamentación técnica, estructura deprecios, estímulos tributarios y exenciones arancelarias para la importación de equipos requeridos.En este capítulo se realiza una revisión del marco regulatorio del sector de biocombustibles vigente
en Colombia desde el punto de vista de reglamentación técnica y especificaciones de calidad delos diferentes productos que conforman los biocombustibles y sus mezclas. Así mismo, sepresentan las normas emitidas en Colombia dentro del campo de la normalización técnicavoluntaria.
Antes de realizar el análisis objeto del presente capítulo, es necesario considerar que, si bien escierto que el Consejo Nacional de Política Económica y Social no emite ningún documento dentrodel marco legal, este Consejo como organismo encargado de la coordinación de la políticaeconómica en Colombia, expidió el documento CONPES 3510 del 31 de marzo de 2008 medianteel cual estableció los lineamientos de política para promover la producción sostenible debiocombustibles en el país. Entre los objetivos específicos de esta política se destacan lossiguientes para el presente estudio:
Posicionar al país como exportador de biocombustibles a partir de la consolidación de estaagroindustria como un sector de talla mundial.
Diversificar la canasta energética del país mediante la producción eficiente de biocombustibles,haciendo uso de las tecnologías actuales y futuras.
Incrementar competitivamente la producción sostenible de biocombustibles, contribuyendo a lageneración de empleo, al desarrollo rural y al bienestar de la población.
Para cumplir los objetivos propuestos, el documento CONPES recomienda varias estrategias yacciones específicas entre las cuales se destacan las siguientes para el presente estudio:
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“El Gobierno Nacional ha construido un marco de política y regulación con el fin de generar incentivos económicos que aseguren la participación del sector privado a lo largo de lacadena de producción de los biocombustibles. Las leyes 693 de 2001, 788 de 2002 y 939 de2004, establecieron la obligatoriedad de mezclar combustibles fósiles con biocombustibles y generaron un marco especial en materia tributaria para los productores. Estos han sido temasclaves en la creación de incentivos para la producción de biocombustibles en Colombia.
Con el propósito de implementar criterios de eficiencia en la oferta de biocombustibles comomezcla para vehículos automotores, contribuyendo a la diversificación de la canastaenergética y permitiendo la disminución del impacto ambiental causado por residuosvegetales, el Gobierno nacional implementará acciones orientadas a:
………..
(4) avanzar en los estudios y las certificaciones necesarias para posicionar losbiocombustibles del país en los mercados internacionales;
(5) continuar participando en las iniciativas internacionales y de cooperación técnica conotros países, con miras a mantener actualizados los estándares internacionales decalidad de biocombustibles y garantizar las opciones de acceso a mercados con
potencial de utilización de dichos productos;
(6) ……..”
Por otra parte, puesto que lo que se pretende estructurar en este estudio es un programa deaseguramiento y control de calidad (QA/QC) de los biocombustibles y sus mezclas concombustibles fósiles en Colombia, es indispensable analizar la cadena completa de distribución decombustibles líquidos.
El Artículo 61 de la Ley 812 del 26 de junio de 2003, por la cual se aprobó el Plan Nacional deDesarrollo 2003-2006 “Hacia un Estado Comunitario”, establecía los agentes de la cadena dedistribución de combustibles líquidos derivados del petróleo:
“Artículo 61. Cadena de distribución de combustibles líquidos derivados del petróleo.
El artículo 2º de la Ley 39 d e 1987 quedará así:”
“Artículo 2º. Los agentes de la cadena de distribución de combustibles líquidos derivados del
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utilizados dentro del país a personas distintas a los distribuidores mayoristas autorizados por elMinisterio de Minas y Energía.4 Igualmente, el reglamento técnico establece que los distribuidores
mayoristas de combustibles no podrán comprar alcohol carburante a proveedores no inscritos en elregistro de productores.5 Así las cosas, la cadena de distribución de gasolinas oxigenadas incluyeal productor de alcohol carburante, adicional a los agentes establecidos por la Ley 812 de 2003.
Adicionalmente, la Resolución 182142 de 2007 por el cual se expiden normas para el registro deproductores y/o importadores de biodiesel, establece la prioridad de abastecer el mercado internocomo requisito para poder exportar el producto, y en este mismo sentido obliga a los productoresde biodiesel a vender el producto exclusivamente a los mezcladores autorizados (refinadores ydistribuidores mayoristas de combustibles). Por lo tanto, también en el caso del biodiesel y susmezclas la cadena de distribución incluye al productor de biodiesel, adicional a los agentesestablecidos por la Ley 812 de 2003.
Con base en todo lo anterior, es claro que la cadena de distribución real incluye a los productoresde alcohol carburante y biodiesel, adicionales a los agentes establecidos por la Ley 812 de 2003.La versión original del Decreto 4299 delimitaba la cadena de distribución de combustibles de unaforma relativamente clara y ordenada, como se indica en Figura 1. Sin embargo, el Decreto 1333de 2007 introdujo varios cambios importantes, permitiendo el suministro de algunos combustiblesentre agentes relativamente distanciados en la cadena de distribución. Estas nuevas relacionesentre agentes se muestran en color rojo en la Figura 2.
Figura 1. Cadena de Distribución – Versión Original del Decreto 4299 de 2005
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Figura 2. Cadena de Distribución – Modificaciones Decreto 1333 de 2007
Fuente: Consultor con base en el Decreto 1333 de 2007.
2.2 MARCO LEGAL COLOMBIANO PARA LOS BIOCOMBUSTIBLES Y SUS MEZCLAS
A continuación se presenta la reglamentación vigente para la cadena de distribución decombustibles líquidos y la reglamentación legal técnica vigente para biocombustibles en Colombia,así como la reglamentación mediante la cual se establecen disposiciones sobre la calidad de los
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Tipo NúmeroAño deemisión
Emisor Alcance Producto(s)
Ley 1205 2008 Congreso deColombia
Por la cual se mejora la calidad de vidaa través de la calidad del diesel y sedictan otras disposiciones
Combustibles Diesel
Ley 1450 2011Congreso de
Colombia
Por el cual se expide el Plan Nacionalde Desarrollo 2010-2014.Artículo 276°. Vigencias yderogatorias. “[…] se mantienenvigentes las siguientes disposiciones, dela Ley 812 de 2003 los artículos 20, 59,61, 65, 81 y 121; […]”
Combustibles líquidosderivados del petróleo
Decreto 4299 2005Presidencia dela República
Por el cual se reglamenta el Artículo 61de la Ley 812 de 2003 y se establecenotras disposiciones.
Combustibles líquidosderivados del petróleo
Decreto 1333 2007Presidencia dela República
Por el cual se modifica el Decreto 4299 de 2005 y se establecen otrasdisposiciones.
Combustibles líquidosderivados del petróleo
Decreto 1717 2008Presidencia de
la República
Por el cual se modifica el Decreto 4299 de 2005 y se establecen otrasdisposiciones
Combustibles líquidos
derivados del petróleo
Resolución 182087 2007
Ministerio deMinas y
Energía yMinisterio de Ambiente,Vivienda y
DesarrolloTerritorial
Por la cual se modifican los criterios decalidad de los biocombustibles para suuso en motores diesel comocomponente de la mezcla con elcombustible diesel de origen fósil enprocesos de combustión.
Por la cual se modifica el artículo 4° dela Resolución 898 del 23 de agosto de1995
1. Biocombustible paramezclar con loscombustibles diesel
2. Combustible dieselcorriente y susmezclas conbiocombustibles
3. Combustible diesel
extra y sus mezclascon biocombustiblespara consumo enBogotá, D.C.
Ministerio de
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sancionatorio aplicables a los agentes de la cadena de distribución de combustibleslíquidos derivados del petróleo, excepto GLP, y se define cada agente, incluyendo la
clasificación de los distribuidores minoristas y de los grandes consumidores. De acuerdocon este Decreto, en la Tabla 2 y Tabla 3 se presentan las definiciones de cada uno de los agentes.
Así mismo, el Decreto 4299 asigna al Ministerio de Minas y Energía como autoridad de laregulación, control y vigilancia de las actividades de refinación, importación, almacenamiento,distribución y transporte de los combustibles líquidos derivados del petróleo, sin perjuicio de lascompetencias atribuidas o delegadas a otras autoridades, y mantiene de manera transitoria losrequisitos técnicos para cada uno de los agentes establecidos en el Decreto 283 de 1990, "Por elcual se reglamenta el almacenamiento, manejo, transporte, distribución de combustibles líquidosderivados del petróleo y el transporte por carro tanque de petróleo crudo" y en el Decreto 1521 de1998, "por el cual se reglamenta el almacenamiento, manejo, transporte y distribución decombustibles líquidos derivados del petróleo, para estaciones de servicio", hasta tanto no seexpidan los reglamentos técnicos pertinentes.8
Además de lo anterior, el Decreto 4299 de 2005 establece como combustibles líquidos derivadosdel petróleo a todos los productos clasificables dentro de las categorías de:
Gasolinas: AVIGAS, Gasolina Corriente, Gasolina Corriente Oxigenada, Gasolina Extra,
Gasolina Extra Oxigenada Gasóleos: Diesel Corriente (ACPM), Diesel Extra (ACEM), Diesel Marino
Querosenes: Querosene y Jet A-1
Fuelóleos: Fuel Oil, Combustóleo
Tabla 2. Agentes Cadena de Distribución de Combustibles Líquidos Derivados del Petróleo
LEY 812 DE 2003,ARTICULO 61 DECRETO 4299 DE 2005 - ARTÍCULO 4
REFINADORToda persona natural o jurídica que ejerce la actividad de refinación dehidrocarburos para la producción de combustibles líquidos derivados
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LEY 812 DE 2003,ARTICULO 61
DECRETO 4299 DE 2005 - ARTÍCULO 4
DISTRIBUIDORMINORISTA
Toda persona natural o jurídica dedicada a ejercer la venta decombustibles líquidos derivados del petróleo al consumidor final, através de una estación de servicio, o como comercializador Industrial,en los términos del Capítulo VII del presente decreto.
GRANCONSUMIDOR
Persona natural o jurídica que, por cada instalación, consume enpromedio anual más de 20.000 galones mes de combustibles líquidosderivados del petróleo para uso propio y exclusivo en sus actividades,en los términos establecidos en el Capítulo VIII del presente decreto, y
puede ser: i) gran consumidor con instalación fija, ii) gran consumidor temporal con instalación y iii) gran consumidor sin instalación.
Fuente: Decreto 4299 de 2005, Artículo 4 y Ley 812 de 2003, Artículo 61
Tabla 3. Clasificación de los Distribuidores Minoristas y del Gran Consumidor
LEY 812 DE2003.
ARTICULO 61DECRETO 4299 DE 2005, ARTICULO 4
Establecimiento en el cual se almacenan y distribuyen al consumidor final los combustibles líquidos derivados del petróleo. Dependiendo deltipo de combustibles que distribuyan las estaciones de servicio seclasifican en: Estación de servicio de aviación, Estación de servicio automotriz, Estación de servicio fluvial, y Estación de servicio marítima.
Establecimiento en el cual se almacenan y distribuyencombustibles básicos utilizados para vehículos
automotores, los cuales se entregan a partir de equiposfijos (surtidores) que llenan directamente los tanques decombustible. En las estaciones de servicio automotriztambién podrá operar venta de GLP en cilindros portátiles,con destino al servicio público domiciliario caso en el cual
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LEY 812 DE
2003.ARTICULO 61
DECRETO 4299 DE 2005, ARTICULO 4
Estacióndeserviciomarítima
Establecimiento en donde se almacenan y distribuyencombustibles líquidos derivados del petróleo destinadosexclusivamente para buques o naves.
Comercializador industrial
Es el distribuidor minorista que utiliza vehículos tipo carrocería tanque obarcazas habilitadas para almacenar y distribuir combustibles líquidosderivados del petróleo, en los términos previstos en el Capítulo VII delpresente Decreto.
GRANCONSUMIDOR
Gran
consumidor coninstalación fija
Es aquel gran consumidor que cuenta con instalaciones que permiten
descargar, almacenar y despachar combustibles líquidos derivados delpetróleo.
Granconsumidor temporal coninstalación
Es aquel gran consumidor que cuenta con instalaciones que permitendescargar, almacenar y despachar combustibles líquidos derivados delpetróleo y que para el desarrollo de su actividad, como la ejecución deobras de infraestructura, servicios petroleros, exploración y explotaciónpetrolera y minera y actividades agroindustriales, requiera el consumode combustibles en un periodo que no exceda de un año.
Gran
consumidor sininstalación
Es aquel gran consumidor que consume combustibles para uso propio
y exclusivo en sus aeronaves, buques o naves.Fuente: Decreto 4299 de 2005, Artículo 4 y Ley 812 de 2003, Artículo 61
2.2.2 Combustibles Oxigenados
A través de la Ley 693 de 2001 se estableció la obligación de usar componentes oxigenados talescomo alcoholes carburantes en las gasolinas que se utilicen en el país en los centros urbanos demás de 500,000 habitantes en la cantidad y calidad que estableciera el Ministerio de Minas yEnergía, y se definió que el Gobierno podrá implementar el uso de estas sustancias para los
centros urbanos de menos de 500.000 habitantes. Así mismo, en esta Ley se estableció que elcombustible diesel (o aceite combustible para motores - ACPM) podría contener etanol carburantecomo componente oxigenante en la cantidad y calidad que estableciera el Ministerio de Minas yEnergía.
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Tipo NúmeroAño deemisión
Emisor Alcance Productos
Decreto 1135 9 2009Presidencia dela República
Por el cual se modifica el Decreto 2629 de 2007, en relación con el uso dealcoholes carburantes en el país y conlas medidas aplicables a los vehículosautomotores que utilicen gasolinas parasu funcionamiento.
Combustiblesoxigenados
Resolución 180687 2003Ministerio de
Minas y
Energía
Por la cual se expide la regulacióntécnica prevista en la Ley 693 de 2001,en relación con la producción, acopio,distribución y puntos de mezcla de losalcoholes carburantes y su uso en loscombustibles nacionales e importados.
Alcohol carburante yCombustibles
oxigenados
Resolución 1565 10 2004
Ministerios deMinas y
Energía y de Ambiente,Vivienda yDesarrolloTerritorial
Por la cual se modifica parcialmente laResolución 898 del 23 de agosto de1995, que regula los criteriosambientales de calidad de loscombustibles líquidos y sólidosutilizados en hornos y calderas de usocomercial e industrial y en motores decombustión interna.
Etanol anhidrocombustibledesnaturalizado(Alcohol carburante)antes de mezclar conlas gasolinas motor
Resolución 181069 2005Ministerio de
Minas y
Energía
Por la cual se modifica la Resolución180687 del 17 de junio de 2003 y seestablecen otras disposiciones paraseñalar los nuevos elementos sobre loscuales se desarrollará el programa deoxigenación de combustibles en el paísy se crea el registro de productores dealcohol carburante. Igualmente semodifican varias definiciones y variosartículos de la Resolución 180687 con el
fin de garantizar la calidad del productoy el cumplimiento de los procedimientosaplicables a cada uno de los agentes dela cadena de producción y distribuciónde alcohol carburante y las gasolinas
Alcohol carburante yCombustibles
oxigenados
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Tipo NúmeroAño deemisión
Emisor Alcance Productos
Resolución 1180 10 2006
Ministerios deMinas y
Energía y de Ambiente,Vivienda yDesarrolloTerritorial
Por la cual se modifican parcialmentelas Resoluciones 1565 del 27 dediciembre de 2004 y 1289 del 7 deseptiembre de 2005.
1. Gasolina básica(corriente y extra)2. Gasolina oxigenada(corriente y extra) conetanol anhidrocombustible para usocomo combustible enmotores de encendidode chispa
Resolución 180671 2007Ministerio de
Minas yEnergía
Por la cual se adicionan lasResoluciones 180687 del 17 de junio
de 2003 y 181088 del 23 de agosto de2005 y se establecen otrasdisposiciones para la entrada delprograma de oxigenación de gasolinasen Santander, sur del Cesar y norte deBoyacá, se hace necesario definir losfletes de transporte entre las plantasdestiladoras de alcohol carburanteubicadas en el suroccidente del país y eleje cafetero, y las Plantas de
Abastecimiento Mayorista en las cualesse realizará la mezcla, además delrégimen de distribución aplicable a lasciudades que se abastezcan de lasmismas, es decir la libertad vigilada y laregulada según corresponda.
Alcohol carburante yCombustiblesoxigenados
Resolución 182108 2008Ministerio de
Minas yEnergía
Por la cual se deroga la Resolución181627 del 26 de septiembre de 2008debido a que se aplaza la entrada delprograma de oxigenación de gasolinaspara los departamentos de Tolima,Huila, Antioquia, Chocó, Córdoba,Sucre, Atlántico, Magdalena y Bolívar,hasta que exista oferta nacional delalcohol carburante.
Alcohol carburante yCombustiblesoxigenados
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Tipo NúmeroAño deemisión
Emisor Alcance Productos
todavía no tengan sus respectivastarifas definidas, además del régimen dedistribución aplicable a las ciudades quese abastezcan de las mismas.
Resolución 182368 2009Ministerio de
Minas yEnergía
Por la cual se modifican lasResoluciones 180687 de 2003 y181088 de 2005, en relación con elprograma de oxigenación decombustibles en el país en el sentido deseñalar que a partir del 1º de enero de2010, las gasolinas que se distribuyan
en las plantas ubicadas en Bogotá, elcentro del país, los llanos orientales, sur y occidente del país, Bucaramanga,Santander y sur del Cesar debenreducir el contenido de alcoholcarburante a 8% de mezcla. Así mismo,la resolución establece que a partir del1º de febrero de 2010 se debe iniciar denuevo con la mezcla de 8% de alcoholcarburante con las gasolinas en Huila,
Tolima, Caquetá y Putumayo y que apartir del 1º de abril de 2010, se debeiniciar con igual porcentaje de mezcla entoda la costa atlántica.
Alcohol carburante yCombustiblesoxigenados
Resolución 182275 2010Ministerio de
Minas yEnergía
Determinó que las gasolinas que sedistribuyan en el país durante diciembrede 2010 no contendrán mezclas dealcohol carburante, dado el fuerteinvierno que se venía presentando.
Gasolinas Básicas yOxigenadas
Resolución 182531 2010Ministerio de
Minas yEnergía
Restableció el programa de oxigenaciónde gasolinas con una mezcla E8 para eloccidente, el eje cafetero, Antioquia,Chocó, Huila, Tolima, Putumayo,Caquetá y Amazonas, y mantuvo lasuspensión en la costa atlántica, losS
Gasolinas Básicas yOxigenadas
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Tipo NúmeroAño deemisión
Emisor Alcance Productos
Decreto 1609 2002Presidencia dela República
Reglamenta el manejo y transporteterrestre automotor de mercancíaspeligrosas por carretera.
Mercancías peligrosas
Decreto 3862 de 2005. Como apoyo a la viabilidad del programa de oxigenación de la gasolinas eldecreto 3862 de 2005 establece que para efectos fiscales la mezcla de gasolina motor con alcoholcarburante de que trata la Ley 693 de 2001, no se considera un proceso industrial o de producción.
Aunque desde el punto de vista técnico es claro que la mezcla de gasolina motor con alcohol
carburante es un proceso industrial, el propósito de este decreto es mantener los incentivosfiscales establecidos en la Ley 788 de 2002 para impulsar el desarrollo del mercado para estebiocombustible.12
Resolución 180687 de 2003 expedida por el Ministerio de Minas y Energía. De conformidadcon lo dispuesto en la Ley 693 de 2001, el Reglamento Técnico para la producción, acopio,distribución y puntos de mezcla de alcoholes carburantes fue establecido mediante la Resolución180687 de 2003 expedida por el Ministerio de Minas y Energía. De acuerdo con lo establecido ensu Artículo 2, el Reglamento Técnico contempla el siguiente alcance:
Producción, despacho y comercialización de alcoholes carburantes Cantidad y calidad de los alcoholes carburantes Transporte de alcoholes carburantes Mezcla de alcoholes carburantes con combustibles básicos Distribución Mayorista de Combustibles Oxigenados Distribución Minorista de Combustibles Oxigenados
En relación con el almacenamiento, manejo, transporte y distribución de alcoholes carburantes ycombustibles oxigenados, el reglamento técnico establece que además de las disposiciones
establecidas en éste, se debe cumplir las disposiciones dadas en los Decretos 283 de 1990, 353de 1991, 300 de 1993, 1521 de 1998, 1609 de 2002 y demás disposiciones que regulen la materiay los modifiquen o deroguen.
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2009 quedando las siguientes disposiciones en firme:
A partir del 1° de enero de 2010 se deberán utilizar en el país mezclas de diesel de origen fósilcon biocombustibles para uso en motores diesel en proporción 90-10, es decir 90% de ACPM y10% de biocombustible (B10).
A partir del 1° de enero de 2012 el parque automotor nuevo y demás artefactos nuevos amotor, que requieran para su funcionamiento diesel o ACPM, que se produzcan, importen,distribuyan y comercialicen en el país, deberán estar acondicionados para que sus motoresutilicen indistintamente diesel de origen fósil (ACPM) o mezclas compuestas por 80% de dieselde origen fósil con 20% de Biocombustibles para uso en motores diesel (B-20).
A partir del 1° de enero de 2012 los vehículos automotores hasta 2000 cm
3
de cilindrada quese fabriquen, ensamblen, importen, distribuyan y comercialicen en el país y que requieran parasu funcionamiento gasolinas, deberán estar acondicionados para que sus motores funcionencon sistema Flex-Fuel, es decir que puedan funcionar normalmente utilizando indistintamentegasolinas básicas o mezclas compuestas por gasolina básica de origen fósil con al menos 85%de alcohol carburante (E85).
A partir del 1° de enero de 2013, los vehículos con cilindrada mayor a 2000 cm3 de todas lasmarcas y modelos que requieran para su funcionamiento gasolinas, deberán soportar E85.
Para el cumplimiento de las disposiciones, el Decreto 1135 establece el siguiente calendario deaprovisionamiento de vehículos automotores hasta 2000 cm3 que requieran para su funcionamientogasolinas, que deberán tener en cuenta los comercializadores de vehículos automotores, siendoresponsabilidad de los Ministerios de Minas y Energía, Transporte, Ambiente, Vivienda y DesarrolloTerritorial y Protección Social, dentro de sus competencias, regular la producción, transporte,distribución y uso de los biocombustibles, así como las emisiones permitidas en las fechasestablecidas:
A partir del 1° de enero de 2012, el 60% de su provisión anual deberá soportar E85
A partir del 1° de enero de 2014, el 80% de su provisión anual deberá soportar E85 A partir del 1° de enero de 2016 el 100% de su provisión anual deberá soportar E85
Por último, el Decreto 1135 de 2009 establece un plazo de 15 meses contados a partir de su
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tecnología Flex Fuel (E25 – E85).
También establece que los Ministerios de Minas y Energía y de Ambiente, y Desarrollo Sostenibleo quien haga sus veces, podrán solicitar ajustes en los parámetros de la gasolina básica con el finde ser utilizadas en las diferentes mezclas, en lo que a octanaje se refiere, con el fin de mejorar eldesempeño de los vehículos con los nuevos combustibles y que cuando a juicio del GobiernoNacional, se presenten situaciones excepcionales de interés social, público y/o de conveniencianacional, los Ministerios de Minas y Energía y de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial podránautorizar el uso paralelo de otro tipo de combustibles. Por último, en el nuevo Decreto se indica quea partir del 1º de enero del año 2013, los Ministerios de Minas y Energía y de Ambiente yDesarrollo Sostenible, o quien haga sus veces, previa consulta con la Comisión Intersectorial deBiocombustibles, mediante acto administrativo podrán fijar porcentajes obligatorios de alcohol
carburante y/o de biocombustibles para uso en motores diesel, superiores a los señalados (E10 oB10) teniendo en cuenta la oferta nacional de alcohol carburante y de biocombustibles y latecnológica que sea viable para el parque automotor y la infraestructura asociada alalmacenamiento, transporte y distribución.
Con respecto a los octanajes, es importante recordar que el estudio realizado en 2010 por elMinisterio de Minas y Energía para la implementación del programa Flex Fuel recomendó eliminar la gasolina extra e incrementar el octanaje de la gasolina corriente básica de 81 a 84 IAD, llevandola mezcla E10 a 87 IAD.13 La eliminación de la gasolina extra, que es de muy bajo consumo en el
país, permitiría liberar la infraestructura de almacenamiento y distribución de este combustiblepara ser utilizada para etanol (distribuidores mayoristas) o para las mezclas E85 (estaciones deservicio).
2.2.3 Biodiesel y sus Mezclas con Diesel Fósil
La Ley 939 de 2004 establece que el combustible para uso en motores diesel que se utilice en elpaís podrá contener biocombustibles de origen vegetal o animal en las calidades que establezcanel Ministerio de Minas y Energía y el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. 14 LaLey 939 también incentiva tributariamente la producción y comercialización de biocombustibles deorigen vegetal o animal para uso en motores diesel mediante la exención del impuesto a las ventasy del impuesto global al ACPM al producto final, y la exención de impuestos de renta líquidagenerada por el aprovechamiento de nuevos cultivos de tardío rendimiento en cacao, caucho,palma de aceite cítricos y frutales
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compatibles con el tipo de motores en los que se utilizarán.
En la Tabla 5 se relaciona la reglamentación aplicable a las mezclas diesel - biodiesel y acontinuación se mencionan los aspectos más relevantes de cada una.
Tabla 5. Marco legal sobre Reglamentación Técnica en Colombia para el Biodiesel y susMezclas
Tipo NúmeroAño deemisión
Emisor Alcance Productos
Ley 939 2004Congreso de
Colombia
Por medio de la cual se subsanan losvicios de procedimiento en que incurrió
en el trámite de la Ley 818 de 2003, seestimula la producción y comercializaciónde biocombustibles de origen vegetal oanimal para uso en motores diesel y sedictan otras disposiciones
Biocombustiblespara uso en Motoresdiesel
Decreto 1609 2002Presidencia
de laRepública
Por el cual se reglamenta el manejo ytransporte terrestre automotor demercancías peligrosas por carretera.
Mercancíaspeligrosas
Decreto 3492 2007Presidencia
de la
República
Por el cual se reglamenta la Ley 939 de2004
Biocombustiblespara uso en Motores
diesel
Decreto 2629 15 2007Presidencia
de laRepública
Por medio del cual se dictandisposiciones para promover el uso debiocombustibles en el país, así comomedidas aplicables a los vehículos ydemás artefactos a motor que utilicencombustibles para su funcionamiento
Biocombustible y susmezclas con eldiesel (ACPM)
Resolución 180158 2007
Ministerios deMinas yEnergía,
ProtecciónSocial y Ambiente,Vivienda yDesarrollo
Por la cual se determinan loscombustibles limpios de conformidad con
lo consagrado en el Parágrafo del Artículo 1º de la Ley 1083 de 2006 y seincluye dentro de estos al Biocombustiblepara uso en motores diesel (Biodiesel)
Biocombustible y susmezclas con eldiesel (ACPM)
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Tipo NúmeroAño deemisión
Emisor Alcance Productos
Resolución 180212 2007Ministerio de
Minas yEnergía
Por la cual se modifica parcialmente laResolución 181780 en relación con laestructura de precios del ACPMmezclado con biocombustible para usoen motores diesel y se actualizanparámetros asociados al factor eficientede producción del biocombustible parauso en motores diesel, teniendo encuenta la variación del comportamientointernacional de los insumos, servicios yequipos asociados al proceso deproducción.
Biocombustible y susmezclas con eldiesel (ACPM)
Resolución 182087 2007
Ministerio deMinas y
Energía yMinisterio de
Ambiente,Vivienda yDesarrolloTerritorial
Por la cual se modifican los criterios decalidad de los biocombustibles para suuso en motores diesel como componentede la mezcla con el combustible diesel deorigen fósil en procesos de combustión.
Por la cual se modifica el artículo 4° de laResolución 898 del 23 de agosto de1995
Biocombustiblepara mezclar con loscombustiblesdiesel
Combustiblediesel corrientey sus mezclascon
biocombustibles Combustible
diesel extra ysus mezclasconbiocombustiblespara consumoen Bogotá, D.C.
Resolución 180243 2008Ministerio de
Minas yEnergía
Por la cual se establecen nuevas plantasde abastecimiento de las ciudades de la
Costa Atlántica que deberán distribuir mezclas B5.
Biocombustible y susmezclas con eldiesel (ACPM)
Por la cual se modifica el Artículo 3º de laResolución 182142 de 2007, en relación
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Tipo NúmeroAño deemisión
Emisor Alcance Productos
mayoristas serán los encargados derealizar la mezcla del 5% debiocombustible.
Resolución 180149 2009Ministerio de
Minas yEnergía
Por la cual se modifica la Resolución182142 de 2007, en relación con elprograma de mezcla de biocombustiblespara uso en motores diesel se establecenuevas plantas de abastecimiento para laCosta Atlántica y los departamentos deSantander y Cesar que deberán distribuir mezclas B5.
Biocombustible y susmezclas con eldiesel (ACPM)
Resolución 180906 2009Ministerio de
Minas yEnergía
Por la cual se modifica la Resolución182142 de 2007, en relación con elprograma de mezcla de biocombustiblespara uso en motores diesel, y establecelas plantas de abastecimiento quedeberán ingresar a partir del 15 de juniode 2009 para las ciudades de Santander y del sur del Cesar que deberán distribuir mezclas B7.
Biocombustible y susmezclas con eldiesel (ACPM)
Resolución 181318 2009Ministerio de
Minas yEnergía
Por la cual se modifica la Resolución
182142 de 2007, en relación con elprograma de mezcla de biocombustiblespara uso en motores diesel y establecelas plantas de abastecimiento quedeberán distribuir mezclas B5 a partir del24 de agosto de 2009 ubicadas enBogotá, el centro del país y los LlanosOrientales.
Biocombustible y susmezclas con eldiesel (ACPM)
Resolución 181370 2009 Ministerio deMinas yEnergía
Por la cual se modifica la Resolución182142 de 2007, en relación con el
programa de mezcla de biocombustiblespara uso en motores diesel y establecelas plantas de abastecimiento de
Antioquia que deberán distribuir mezclasB7 a partir del 1 de septiembre de 2009.
Biocombustible y susmezclas con eldiesel (ACPM)
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Tipo NúmeroAño deemisión
Emisor Alcance Productos
Resolución 180306 2010Ministerio de
Minas yEnergía
Por la cual se modifica la Resolución182142 de 2007, en relación con elprograma de mezcla de biocombustiblespara uso en motores diesel y establecelas plantas de abastecimiento quedeberán distribuir mezclas B8 en la Costa
Atlántica y mezclas B7 en Nariño, Valledel Cauca, Cauca, Risaralda, Caldas yQuindío.
Biocombustible y susmezclas con eldiesel (ACPM)
Resolución 180523 2010Ministerio de
Minas yEnergía
Por la cual se modifica la Resolución
182142 de 2007, en relación con elprograma de mezcla de biocombustiblespara uso en motores diesel y establecelas plantas de abastecimiento quedeberán distribuir mezclas B8 enSantander, el sur del Cesar, Huila,Putumayo y Tolima.
Biocombustible y susmezclas con eldiesel (ACPM)
Resolución 180895 2010Ministerio de
Minas yEnergía
Por la cual se modifica la Resolución182142 de 2007, en relación con el
programa de mezcla de biocombustiblespara uso en motores diesel y establecelas plantas de abastecimiento quedeberán distribuir mezclas B10 en laCosta Atlántica, 8% en el occidente delpaís y 10 % en el sur.
Biocombustible y susmezclas con eldiesel (ACPM)
Resolución 181120 2010Ministerio de
Minas yEnergía
Por la cual se modifica la Resolución182142 de 2007, en relación con elprograma de mezcla de biocombustiblespara uso en motores diesel y establece
las plantas de abastecimiento quedeberán distribuir mezclas B10 en eloccidente del país, en Santander y
Antioquia y B7 en el centro del país.
Biocombustible y susmezclas con eldiesel (ACPM)
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Tipo NúmeroAño deemisión
Emisor Alcance Productos
mayoristas.
Resolución 181721 2010Ministerio de
Minas y
Energía
Por la cual se modifica la Resolución182142 de 2007, en relación con elprograma de mezcla de biocombustiblespara uso en motores diesel y establecelas plantas de abastecimiento quedeberán distribuir mezclas B8 a partir del1 de octubre de 2010 para la Costa
Atlántica. Igualmente, las plantas deabastecimiento que deberán distribuir mezclas B8 a partir del 1 de octubre de2010 para las ciudades de Santander y elSur del Cesar.
Biocombustible y susmezclas con el
diesel (ACPM)
Resolución 182582 2010Ministerio de
Minas yEnergía
Por la cual se establecen las estructurasde precios de la Gasolina Motor Corrientey el ACPM que se distribuyan en el ÁreaMetropolitana de Cúcuta; para losdepartamentos de Norte de Santander,
Arauca, Vichada, Guainía, La Guajira yNariño, para el ACPM; y, los municipiosde Aldana, Carlosama, Contadero,Ipiales, Imues, Pupiales, Cumbal,Guachucal, Gualmatan, Guaitarilla,Ricaurte, Mallama, Iles, Túquerres yTumaco, en el Departamento de Nariño,para la gasolina motor corriente. Ademásse establece que para el áreametropolitana de Cúcuta, para todo elDepartamento de Norte de Santander ypara las estaciones de servicio ubicadasen la cabecera del municipio de Río deOro, Cesar, se distribuirá exclusivamentegasolina motor corriente y ACPM (B-2),
Biocombustible y susmezclas con eldiesel (ACPM)
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Tipo NúmeroAño deemisión
Emisor Alcance Productos
para uso en motores diesel y establecelas plantas de abastecimiento quedeberán distribuir mezclas B10 en
Antioquia.
Decreto 3492 de 2007. Con el fin de generar estímulos para la producción y comercialización delos biocombustibles, en el Decreto 3492 de 2007 se define que para efectos fiscales, las mezclasde diesel de origen fósil (ACPM) con los biocombustibles de origen vegetal o animal, para uso enmotores diesel de que trata la Ley 939 de 2004, no se considerará como proceso industrial o deproducción.
Aunque desde el punto de vista técnico es claro que la mezcla de diesel de origen fósil con losbiocombustibles es un proceso industrial, el propósito de este decreto es mantener los incentivosfiscales creados por la Ley 939 para impulsar el desarrollo del mercado para biocombustibles 16.
Resolución 182142 de 2007 expedida por el Ministerio de Minas y Energía. La Resolución182142 de 2007 establece las disposiciones para el registro de productores y/o importadores debiocombustibles para uso en motores diesel, los requisitos técnicos y de seguridad para el manejodel producto, y establece las disposiciones que deben cumplir los productores, importadores y
transportadores de biodiesel. Así mismo, en esta Resolución se citan como agentes de la cadena de distribución al productor, alimportador y al transportador de biodiesel, (no incluidos en el Artículo 61 de la Ley 812 de 2003,ver ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. ), especificando las definiciones para elproductor y el importador y se define el término “Mezclador de biocombustibles para uso enmotores diesel-diesel fósil”.
Tabla 6. Definiciones para los agentes de la cadena de distribución de biocombustibles,Resolución 182142 de 2007, Artículo 2.
TÉRMINO RESOLUCION 182142 DE 2007, ARTÍCULO 2
Importador deToda persona natural o jurídica que importe biocombustibles
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calderas de uso comercial e industrial y en motores de combustión interna de vehículosautomotores, los cuales son también aplicables en la implementación del programa debiocombustibles y combustibles oxigenados. Esta Resolución ha sido modificada por las siguientesresoluciones en las cuales se establecen requisitos de calidad de los productos correspondientes,ver Tabla 7.
Tabla 7. Resolución 898 de 1995 y sus Resoluciones modificatorias
Tipo NúmeroAño deemisión
Emisor
Resolución 898 1995 Ministerio de Medio Ambiente
Resolución 0068 2001 Ministerio de Medio Ambiente
Resolución 0447 2003Ministerios de Minas y Energía y de Ambiente,
Vivienda y Desarrollo Territorial
Resolución 1565 2004Ministerios de Minas y Energía y de Ambiente,
Vivienda y Desarrollo Territorial
Resolución 1289 17 2005 Ministerios de Minas y Energía y de Ambiente,Vivienda y Desarrollo Territorial
Resolución 2200 2005Ministerios de Minas y Energía y de Ambiente,
Vivienda y Desarrollo Territorial
Resolución 1180 2006Ministerios de Minas y Energía y de Ambiente,
Vivienda y Desarrollo Territorial
Resolución 180782 18 2007Ministerios de Medio Ambiente y Vivienda y
Desarrollo Territorial
Resolución 182087 2007Ministerio de Minas y Energía
Ministerio de Ambiente, Vivienda y DesarrolloTerritorial
R l ió 0447 d 2003 did l Mi i t i d A bi t Vi i d d ll
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Tabla 8. Resolución 2200 de 2005, Tabla 1A. Requisitos de calidad del etanol anhidrocombustible utilizado como componente oxigenante de gasolinas
Requisito Unidad Especificación Método de ensayo
Color -< /p> Incoloro Visual
Aspecto ---
Limpio, claro, sin color ylibre de impurezas y demateriales en suspensión yprecipitados
Visual
Acidez total(como ácidoacético),máximo
mg/l 56
ASTM D1613
ABNT/ NBR 9866MB 2606
Acidez total(como ácidoacético),máximo
% masa 0,007 ASTM D1613
ABNT/ NBR 9866MB 2606
Conductividadeléctricamáxima
µS/m 500 ASTM D1125
ABNT/ NBR 10547MB 2788
Densidad a20°C máximo
Kg/m3 791,5
ASTM D4052
ASTM D891 ABNT/ NBR 5992
MB 1533% etanol,mínimo
%Vol. 99,5 ASTM D5501
% alcohólico a20°C mínimo
°INPM 99,2 ABNT/ NBR 5992
MB 1533Material novolátil a 105°C,máximo
Mg/l 30 ABNT/ NBR 2123
Alcalinidad --- Negativo ABNT/ NBR 9866Fuente: Resolución 2200 de 2005.
Tabla 9. Resolución 1565 de 2004, Tabla 1B. Requisitos de calidad del etanol anhidro
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Requisito Unidad EspecificaciónMétodo de
ensayoObservaciones
Contenido dedesnaturalizante,mínimo
% Vol. 2 ABN/NBR 5992Método PIANO(ASTM D6729)
Contenido dedesnaturalizante,máximo
% Vol. 3 ABN/NBR 5992Método PIANO(ASTM D6729)
Contenido de cloroinorgánico, máx.
Ppm masa 40 ASTM D512 ABNT/NBR 10894
Contenido de cloroinorgánico, máx.
mg/l 32 ASTM D512 ABNT/NBR 10894
Contenido de Cobre,máx.
mg/kg 0,1 ASTM D1688 ABN/NBR 10893MB 3054
Acidez Total (comoácido acético), máx.
% masa 0,007 ASTM D1613 ABN/ NBR 9866MB 2606
No obstante que el paquete de aditivos(detergentes dispersantes,estabilizadores, anticorrosivos) en lasgasolinas colombianas se adiciona enel momento de la mezcla del etanol conla gasolina, el etanol anhidrocombustible desnaturalizado puedecontener aditivos tales comoinhibidores de corrosión y detergentesque pueden afectar la acidez titulable(acidez como ácido acético) del etanol
anhidro combustible terminado. Esposible que el etanol anhidrocombustible básico cumpla con lasespecificaciones de acidez, pero elf t d diti d d iAcidez Total (como
ASTM D1613
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Requisito Unidad Especificación Método de ensayo Observaciones
ndice Antidetonante,mínimo ndice Antidetonante: IAD = (RON +MON)/2
Gasolinacorriente
Adimensional 81 ASTM D 2699 ASTM D 2700IR (*)
(*) Método alterno: Infrarrojo
Gasolina extra Adimensional 87 ASTM D 2699 ASTM D 2700IR (*)
(*) Método alterno: Infrarrojo
Plomo, máximo g/l 0,013 ASTM D3237 ASTM D5059
Índice de cierre devapor (ICV), máximo
Kpa 98 _ ICV = P+1,13(A); en donde:P = Presión de vapor en kPa
A = % volumen evaporado a 70°C
Aromáticos, máximo
Gasolina corriente % vol. 28
ASTM D5580 ASTM D1319Método PIANO(ASTM D6729)
Gasolina extra % vol. 35
ASTM D5580 ASTM D1319
Método PIANO(ASTM D6729)
Benceno, máximo
Gasolina corriente % vol. 1,0
ASTM D5580 ASTM D3606Método PIANO(ASTM D6729)
Gasolina extra % vol. 2,0
ASTM D5580 ASTM D3606Método PIANO
(ASTM D6729) Azufre máximo % en masa 0,03
ASTM D4294 ASTM D2622
Corrosión al Cobre, 3h50°C á i
Clasificación 1 ASTM D130
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Requisito Unidad Especificación Método de ensayo Observaciones
Contenido de Aditivos _ _ _
Contenido de Aditivos: El paquete deaditivos deberá cumplir como mínimolas funciones de detergente dispersante-controlador de formación de depósitosen el sistema de admisión decombustibles de los motores, incluyendoacción de limpieza como mínimo hastalos asientos de las válvulas de admisión,estabilizador del combustible e inhibidor de oxidación. El Ministerio de Minas yEnergía determinará la dosis y calidadde los aditivos, al igual que el método de
prueba, de acuerdo con lo establecidoen la Resolución No. 81055 deseptiembre 20 de 1999 o la que lomodifique o sustituya.
RVP, máximo Psia 8.0 ASTM D4953 ASTM D5191 ASTM D323
RVP, Máx.: Presión de Vapor Reid, a37,8°C...".
RVP, máximo KPa 55 ASTM D4953 ASTM D5191 ASTM D323
RVP, Máx.: Presión de Vapor Reid, a37,8°C...".
Fuente: Resolución 1180 de 2006.
Tabla 11. Resolución 1180 de 2006. Tabla 2B. Requisitos de calidad de las gasolinasoxigenadas con etanol anhidro combustible para uso como combustible en motores de
encendido de chispa
Requisito Unidad Especificación Método de ensayo Observaciones
ndice Antidetonante,mínimo
ndice Antidetonante: IAD = (RON +MON)/2
Gasolina corrienteoxigenada
_ 84 ASTM D2699 ASTM D2700IR (*)
(*) Método alterno: Infrarrojo
Gasolina extraoxigenada
_ 89 ASTM D2699 ASTM D2700IR (*)
(*) Método alterno: Infrarrojo
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Requisito Unidad Especificación Método de ensayo Observaciones
Gasolina corrienteoxigenada
% vol. 0,9 ASTM D5580 ASTM D3606Método PIANO(ASTM D6729)
Gasolina extraoxigenada
% vol. 1,8
ASTM D5580 ASTM D3606Método PIANO(ASTM D6729)
Azufre, máximo % en masa 0,027 ASTM D4294 ASTM D2622
Corrosión al Cobre, 3ha 50°C, máximo Clasificación 1 ASTM D130
Contenido de agua,máximo
% vol 0,2 ASTM D6422
Contenido de Gomas,máximo
mg/100 mL 5 ASTM D381
Oxígeno, máximo % masa 3,5 ASTM D4815
% de etanol % vol 10±0,5 ASTM D5501
Contenido de Aditivos,mínimo (5)
mg/l _ _
(5) El paquete de aditivos deberá cumplir como mínimo las funciones de
detergente dispersante-controlador deformación de depósitos en el sistema deadmisión de combustibles de losmotores, incluyendo acción de limpiezacomo mínimo hasta los asientos de lasválvulas de admisión, estabilizador delcombustible e inhibidor de oxidación. ElMinisterio de Minas y Energíadeterminará la dosis y calidad de losaditivos, al igual que el método deprueba, establecido en la Resolución81055 de septiembre 20 de 1999 o lanorma que la modifique, adicione oderogue...".
Estabilidad a laoxidación, mínimo
Minutos 240 ASTM D525
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combustible diesel corriente y sus mezclas con biocombustibles y para el combustible diesel extra ysus mezclas con biocombustibles para consumo en Bogotá, D.C.. Las nuevas especificacionestécnicas fueron ajustadas con base en las establecidas en la NTC 5444 y se presentan de la Tabla12 a la Tabla 14.
Tabla 12. Resolución 182087 de 2007. Tabla 3A. Requisitos de calidad del biocombustiblepara mezclar con los combustibles diesel
Requisito Unidad EspecificaciónMétodo de
ensayoObservaciones
Densidad a 15 °C Kg/m3 860 – 900 ASTM D4052ISO 3675
Número de cetano Cetano 47 mínimo ASTM D613ISO 5165
Viscosidad(cinemática a 40 ºC)
mm2/s 1,9 – 6,0 ASTM D445ISO 3104
Contenido de agua mg/kg 500 máximo ASTM E203ISO 12937
Contaminación Total mg/kg 24 máximo EN 12662
Punto de inflamación °C 120 mínimo ASTM D93ISO 2719
Punto de inflamación(vaso cerrado)
_ _ _
Corrosión lámina decobre
Unidad 1 ASTM D130ISO 2160
Estabilidad a laoxidación
Horas 6 mínimo EN 14112
Estabilidad a la oxidación: Serecomienda complementar con elmétodo ASTM D4625, conniveles máximos de 1,5 mg/100ml a 6 semanas
Estabilidad Térmica% de
reflectancia70 % mínimo ASTM D6468
Cenizas sulfatadas % en masa 0,02 máximo ASTM D874ISO 3987
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Requisito Unidad EspecificaciónMétodo de
ensayoObservaciones
Punto de nube/enturbiamiento
°C Reportar ASTM D2500ISO 3015
Los valores para estosparámetros deberán establecerseen las normas técnicasespecíficas que se definan paracualquier mezcla biocombustibles
– diesel (ACPM) de origen fósilen cualquier proporción. Losvalores definidos deberán ser sustentados en estudiosrealizados en laboratoriosacreditados y avalados por la
autoridad competente.
Punto de fluidez °C Reportar ASTM D97
Los valores para estosparámetros deberán establecerseen las normas técnicasespecíficas que se definan paracualquier mezcla biocombustibles
– diesel (ACPM) de origen fósilen cualquier proporción. Losvalores definidos deberán ser sustentados en estudiosrealizados en laboratoriosacreditados y avalados por laautoridad competente.
Carbón residual % en masa 0,3 máximo ASTM D4530ISO 10370 (*)
(*) El carbón residual debe ser determinado sobre el 100 % de lamuestra.
Contenido de sodio ypotasio
mg/kg 5 máximo ASTM D5863EN 14108
EN 14109Contenido de calcioy magnesio
mg/kg 5 máximo ASTM D5863EN 14108EN 14109
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Tabla 13. Resolución 182087 de 2007. Tabla 3B. Requisitos de calidad del combustible
diesel corriente y sus mezclas con biocombustibles
Requisito Unidad EspecificaciónMétodo de
ensayoObservaciones
Azufre, máximo % masa0,05 (2010-01-01)(**) 0,005 (2013-01-01)
ASTM D4294 ASTM D2622 ASTM D1552 ASTM D1266(*)
(*) Métodos alternos: ASTMD2622, ASTM D1552 y ASTMD1266(**) A partir de enero 1º de 2010 secumplirá con la Resolución 180158de 2007 entregando Diesel de 50PPM de Azufre para todos losSistemas de Transporte Masivo.
Contenidos de Aromáticos,máximo
% volumen 35 ASTM D5186 ASTM D1319(*)
(*) Métodos alternos:Espectrometría de Masas, UltraVioleta Visible (UV-VIS).Válidopara diesel producido en ladestilación atmosférica del petróleocrudo, sin mezcla con otroscomponentes de refinería
Número de
Cetano, mínimo Adimensional 43 ASTM D613
Número de Cetano: Para dieselque contenga componentesprovenientes de procesos de
ruptura catalítica y/o térmica, y/oaditivos mejoradores de Cetano y/obiocombustibles.
Índice de Cetano,mínimo
Adimensional 45 ASTM D976 ASTM D4737
ndice de Cetano: Válido paradiesel producido en la destilaciónatmosférica del petróleo crudo, sinmezcla con otros componentes derefinería o biocombustibles
Contenido de
Contenido de Biocombustible: Lamezcla con biocombustible parauso en motores diesel es decarácter obligatorio y se señala elporcentaje de ±0,5 como unmargen de tolerancia para tener en
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Requisito Unidad EspecificaciónMétodo de
ensayoObservaciones
Destilación Punto Inicial
de Ebullición _ Reportar ASTM D86
Temp. 50 %vol.Recobrado
_ Reportar ASTM D86
Temp. 90%vol.Recobrado,máximo
_ _ _
Temp. 95%vol.Recobrado,máximo
_ 360 ASTM D86
Punto FinaldeEbullición.Máximo
_ 390 ASTM D86
Agua ySedimento,
máximo
% Vol. 0,050 ASTM D1796
ASTM D 2709
Punto de Fluidez,máximo
°C 3 ASTM D97 ASTM D5949
Temperatura deObturación delfiltro frío (CFPP)
°C Reportar ASTM D6371EN 116
Punto de nube/enturbiamiento °C Reportar ASTM D2500ISO 3015
Punto deI fl ió °C 52 ASTM D93
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Requisito Unidad EspecificaciónMétodo de
ensayoObservaciones
EstabilidadTérmica
% de
reflectancia a90 min
70 % mínimo ASTM D 6468
Estabilidad a laoxidación
g/m3 25 máximo ASTM D 2274
Tabla 14. Resolución 182087 de 2007. Tabla 3C. Requisitos de calidad del combustiblediesel extra y sus mezclas con biocombustibles en Bogotá, D.C.
Requisito Unidad Especificación Método deensayo
Observaciones
Azufre, máximo % masa0,05 (Ene 1 2010)(**)0,005 (Ene 1 2013)
ASTM D4294 ASTM D2622 ASTM D1552 ASTM D1266(*)
(*) Métodos alternos: D2622,D1552 y D1266(**) A partir de enero 1º de 2010se cumplirá con la Resolución180158 de 2007 entregandoDiesel de 50 PPM de Azufre paratodos los Sistemas de TransporteMasivo.
Contenidos de Aromáticos, máximo
% vol. 35 ASTM D5186 ASTM D1319(*)
(*) Métodos alternos:Espectrometría de Masas, UltraVioleta Visible (UV-VIS).Válidopara diesel producido en ladestilación atmosférica delpetróleo crudo, sin mezcla conotros componentes de refinería
Número de Cetano,mínimo
Adimensional 43 ASTM D 613
Número de Cetano: Para dieselque contenga componentesprovenientes de procesos deruptura catalítica y/o térmica, y/oaditivos mejoradores de Cetanoy/o biocombustibles.ndice de Cetano: Válido para
diesel producido en la destilación
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Requisito Unidad EspecificaciónMétodo de
ensayoObservaciones
Residuos de Carbón
micro, máximo (10%de fondos)
% masa 0,20 ASTM D4530
Gravedad API, mínimo °API Reportar ASTM D4052 ASTM D1298 ASTM D287
Viscosidad a 40 °C,Mínimo - Máximo
mm2/s 1,9 – 5,0 ASTM D445
Destilación Punto Inicial de
Ebullición _ Reportar ASTM D86 Temp. 50 % vol.
Recobrado _ Reportar ASTM D86
Temp. 90% vol.Recobrado,máximo
_ _ _
Temp. 95% vol.Recobrado,máximo
_ 360 ASTM D86
Punto Final deEbullición.Máximo
_ 390 ASTM D86
Agua y Sedimento,máximo
% Vol. 0,050 ASTM D1796 ASTM D2709
Punto de Fluidez,máximo
°C 3 ASTM D97 ASTM D5949
Temperatura deObturación del filtrofrío (CFPP)
°C Reportar ASTM D6371EN 116
Punto de nube/enturbiamiento
°C Reportar ASTM D2500ISO 3015
Punto de Inflamación,°C 52 ASTM D93
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Requisito Unidad EspecificaciónMétodo de
ensayoObservaciones
Estabilidad a laoxidación g/m
3
25 máximo ASTM D2274
Resolución 1499 de 2011 expedida por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y desarrolloTerritorial y el Ministerio de Minas y Energía. La Resolución 1499 de 2011 reduce el contenidode aromáticos para los combustibles diesel y establece los requisitos de calidad para el dieselrenovable. Ver Tabla 15.
Tabla 15. Resolución 1499 de 2011. Tabla 3D. Requisitos de calidad del diesel renovable para
mezclar con los combustibles diesel
Requisito Unidad Especificación Método de ensayo
Número de Cetano, mínimo Cetano 70 ASTM D613
Corrosión lámina al cobre. Clasificación 1 ASTM D130
Color ASTM, máximo --- 2 ASTM D1500
Microcarbón residual, (10% defondos), máximo
g/100g 0,1 ASTM D4530
Densidad a 15ºC, mínimo - máximo Kg/m3 780 - 820 ASTM D4052
Viscosidad cinemática a 40 °C,mínimo - máximo
mm2/s 3,0 - 3,7 ASTM D445
Destilación
Punto Inicial de Ebullición,mínimo - máximo
ºC 198 - 270 ASTM D86
Temperatura 95% vol.Recobrado, Mínimo - Máximo °C 305 - 360 ASTM D86
Agua y Sedimento, máximo % Vol. 0,030 ASTM D1796
Punto de Fluidez, máximo °C 3 ASTM D97
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Tabla 16. Normas Técnicas Colombianas sobre especificaciones de calidad del producto
NúmeroAño deemisión
TítuloDocumento
de referencia
NTC 1380 2005Petróleo y sus derivados. Gasolinas para motores decombustión interna de encendido por chispa
N.A.
NTC 1438 2011Petróleo y sus derivados. Combustibles paramotores. Diesel
N.A.
NTC 5308 2004Etanol anhidro combustible desnaturalizado obtenidoa partir de biomasa, para mezclar con gasolinasmotor, empleado como combustible en vehículos conmotores de combustión interna de encendido por chispa.
N.A.
NTC 5444 2006Biodiesel para uso en motores diesel.Especificaciones
N.A.
Tabla 17. Otras Normas y Guías Técnicas Colombianas aplicables al sector de losbiocombustibles
NúmeroAño deemisión
TítuloDocumento
de referencia
NTC 5758 2010
Método de prueba estándar para densidad, densidadrelativa (gravedad específica), o gravedad API delpetróleo y productos líquidos de petróleo por elmétodo del hidrógeno.
ASTM D1298
NTC 5708 2009Biodiesel B100 para motores diesel. Transporteterrestre por camión cisterna o carrotanque
N.A.
NTC 5414 2006 Etanol anhidro desnaturalizado. Transporte. N.A.
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NúmeroAño deemisión
TítuloDocumento
de referencia
NTC 1939 1984 Transporte. Mercancías peligrosas. Clase 3.Líquidos inflamables. Condiciones generales sobreembalaje y estiba para transporte marítimo.
N.A.
NTC 1692 2005Transporte. Transporte de mercancías peligrosas.Clasificación. Etiquetado y rotulado.
N.A.
NTC 5836-1 2011
Manual de estándares de medición de petróleo,sección muestreo. Práctica normativa para elpetróleo y productos del petróleo. Parte 1: muestreomanual
API MPMS8.1:1995
REAF 2006(IDT-E)
NTC 5836-2 2011Manual de estándares de medición de petróleo,sección muestreo práctica normativa para el petróleoy productos del petróleo. Parte 2: muestreoautomático
API MPMS8.2:1995
REAF 2010(IDT-E)
NTC 5836-3 2011
Manual de estándares de medición de petróleo,sección muestreo práctica normativa para el petróleoy productos del petróleo. Parte 3: mezclado y manejode muestras
API MPMS8.3:1995
REAF 2010(IDT-E)
NTC 884 1975 Disolventes volátiles. Determinación de la acidez. ASTM D1613
NTC 834 1974 Hidrocarburos aromáticos. Determinación de ladensidad relativa.
ASTM D891
GTC 213 2011Guía de sostenibilidad en las etapas de producción yprocesamiento de biomasa en la cadena debiocombustibles en Colombia
N.A.
DE 122/201019 2011
Buenas prácticas de manejo para el biodiesel y lasmezclas diesel –biodiesel en la cadena dedistribución de combustibles líquidos derivados depetróleo en Colombia.
N.A.
Fuente: Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación, ICONTEC - www.icontec.org.co
NTC 1380. Establece los requisitos que deben cumplir las gasolinas empleadas para motores decombustión interna de encendido por chispa.
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distribuidores mayoristas, transportadores, importadores y proveedores para garantizar laconservación de la calidad del biodiesel B100, del medio ambiente y de la seguridad de personas,instalaciones y equipos involucrados en el transporte de biodiesel B100 por carrotanque o camióncisterna para uso en motores diesel cuyas especificaciones están establecidas en la NTC 5444.
NTC 5414. Establece los requisitos y procedimientos que deben cumplir los productores,distribuidores mayoristas, transportadores, importadores y proveedores para garantizar laconservación de la calidad del producto y la seguridad de las personas, instalaciones y equipos enel transporte de etanol anhidro desnaturalizado.
NTC 5389. Establece los requisitos y el procedimiento de almacenamiento que deben seguir losproductores, distribuidores y consumidores, para mantener la calidad del etanol anhidro
combustible desnaturalizado y su mezcla con las gasolinas que actualmente se comercializan enel país.
NTC 4865. Cubre la determinación de gasolinas naturales, gasolinas motor, gasolinas de aviación,combustibles de turbinas y aviación, espíritus de punto de ebullición especial, naftas, espíritublanco, kerosene, gasóleos, aceites combustibles destilados y productos de petróleo similaresutilizando equipos manuales o automatizados.
NTC 4786-2. Especifica los requisitos mínimos para el diseño, construcción, reparación,
modificación, marcado, rotulado y operación a los cuales deben someterse los carrotanques quese destinan al transporte de líquidos inflamables.
NTC 4702-3. Establece los requisitos que deben cumplir y los ensayos a los cuales se debensometer los embalajes y envases para transporte de mercancías peligrosas clase 3 líquidosinflamables.
NTC 4532. Aplica a la preparación de las tarjetas de emergencia para transporte de mercancíaspeligrosas. Presenta información básica sobre cómo desarrollar y preparar una tarjeta de energíapara el transporte, además identifica la información que se debe incluir para que sea completa,
clara y tenga un formato compatible. La información se presenta en cumplimiento de disposicionesinternacionales sobre salud, ambiente y seguridad.
NTC 4435 Aplica a la preparación de las hojas de datos de seguridad para materiales (msds) para
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del recipiente de muestra primario al equipo de análisis de prueba o a un recipiente intermedio.
NTC 884. Esta norma establece el método para determinar la acidez en los disolventes volátiles,
empleados en pinturas
NTC 834. Esta norma contempla aparatos, procedimiento, cálculos y presentación del informepara la determinación de la densidad relativa de los hidrocarburos.
GTC 213. Esta guía contempla los principios, criterios y recomendaciones de sostenibilidadambientales, sociales y económicos que se deberían cumplir en las etapas de producción yprocesamiento de biomasa en la cadena de biocombustibles. Esta guía no contempla otras partesde la cadena como transporte, almacenamiento y mezcla, distribución y consumo final de
biocombustibles.
2.4 DOCUMENTOS REFERENCIADOS EN LAS NORMAS LEGALES COLOMBIANAS PARALOS BIOCOMBUSTIBLES Y SUS MEZCLAS
En las Tabla 18 y Tabla 19 se relacionan las disposiciones legales o normas técnicas que semencionan en la normativa legal para biocombustibles y sus mezclas y que por lo mismo son deobligatorio cumplimiento.
Tabla 18. Documentos referenciados en las normas legales colombianas para losbiocombustibles y sus mezclas
Tipo NúmeroAño deemisión
Emisor Alcance
Ley 155 1959Congreso de
ColombiaPor la cual se dictan algunas disposiciones sobreprácticas comerciales restrictivas
Ley 256 1996Congreso de
Colombia
Por la cual se dictan normas sobre competencia
desleal.
Ley 681 2001Congreso de
Colombia
Por la cual se modifica el régimen de concesionesde combustibles en las zonas de frontera y seestablecen otras disposiciones en materia tributaria
b tibl
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Tipo NúmeroAño deemisión
Emisor Alcance
Decreto 1521 1998Presidencia de la
República
Por el cual se reglamenta el almacenamiento,manejo, transporte y distribución de combustibleslíquidos derivados del petróleo, para estaciones deservicio
Decreto 1980 2003Presidencia de la
República
Por el cual se reglamenta la distribución decombustibles en las Zonas de Frontera delDepartamento de La Guajira.
Decreto 2014 2003Presidencia de la
República
Por el cual se modifican los artículos 4° y 7° delDecreto 2195 del 18 de octubre de 2001 y 2° delDecreto 092 del 20 de enero de 2003 sobre la
determinación de los volúmenes máximos dedistribución en las Zonas de Frontera del país.
Decreto 386 2007Presidencia de la
República
Por el cual se reglamenta el artículo 1° de la Ley681 del 9 de agosto de 2001 y se establecen otrasdisposiciones en materia de distribución decombustibles en Zona de Frontera.
Decreto 2788 2004Presidencia de la
República
Por el cual se reglamenta el Registro ÚnicoTributario de que trata el artículo 555-2 delEstatuto Tributario.
Decreto 3563 2003 Presidencia de laRepública Por el cual se modifican los artículos 10° y 11° deldecreto 1503 del 19/07/2002
Resolución 81055 1999Ministerio de Minas y
Energía
Por la cual se dictan disposiciones relacionadascon el uso de aditivos detergentes dispersantes entodas las gasolinas automotores que se distribuyanen Colombia y se deroga la Resolución número32787 del 28 de diciembre de 1992.
Resolución 181661 2007Ministerio de Minas y
Energía
Por la cual se modifican los artículos 2º y 3º de laResolución 18 1780 de 2005, sobre tarifas detransporte del biocombustible para uso en motoresdiesel
Tabla 19. Normas técnicas citadas en las normas legales colombianas para losbiocombustibles y sus mezclas
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3. REGULACIÓN Y NORMATIVIDAD EXTRANJERA
3.1 REGULACIÓN EXTRANJERA SOBRE BIOCOMBUSTIBLES
3.1.1 Introducción
En este aparte se presenta una revisión de la regulación extranjera sobre biocombustibles,concretamente sobre Estados Unidos, la Unión Europea, Japón y Canadá. Se seleccionaron estospaíses y la Unión Europea de común acuerdo entre la Consultoría y el Ministerio de Minas yEnergía, atendiendo el importante desarrollo que han tenido esos mercados y el potencial querepresentan para Colombia dentro de una perspectiva exportadora para este sector industrial. Laselección se realizó en reunión del Comité Técnico de Seguimiento del estudio, celebrada el 3 deoctubre de 2011 (Acta 01), teniendo en cuenta el Reporte Preliminar II del proyecto SUSTAINABLEENERGY AND BIOFUEL STRATEGIES FOR COLOMBIA, CO-T1052, actualmente en curso bajoel mismo programa de Cooperación Técnica MME-BID al que pertenece el presente estudio.
La revisión que se presenta a continuación estuvo centrada en la identificación de reglas odisposiciones sobre aseguramiento y control de calidad para los biocombustibles como quiera queel objetivo general del estudio, una vez concluya, es el de plantear los elementos centrales para laestructuración de un programa de aseguramiento y control de calidad (QA/QC) para los
biocombustibles y sus mezclas con combustibles fósiles en Colombia, con proyección hacia losmercados internacionales, considerando todos los aspectos relacionados con las buenas prácticaspara su producción, almacenamiento, transporte y distribución.
3.1.2 Estados Unidos
Estados Unidos produce etanol a partir del maíz como materia prima. Desde el 2005 EstadosUnidos sobrepasó incluso a Brasil situándose como el mayor productor de etanol. En cuanto albiodiesel este combustible está disponible comercialmente en la mayoría de los estados
productores de combustible. Debido a los controles sobre el incremento de la polución, losrequerimientos por el cambio climático y las tasas o impuestos por compensación, el mercado debiocombustibles en Estados Unidos ha crecido hasta sobrepasar el billón de galones en el 2010.
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fortalecer el incremento en la producción y venta del E85 para vehículos Flex Fuel desde 2002.
Biodiesel. La industria del biodiesel comenzó a tener su desarrollo en los Estados Unidos después
de los ataques terroristas del 11 de septiembre de 2001 que devinieron en unos altos precioshistóricos del petróleo y en un incremento inesperado de la necesidad de asegurar el suministro deenergía. A mediados de 2005, la producción mundial de biodiesel alcanzó la cifra de 1,1 billones degalones, la mayoría de estos producidos en la Unión Europea, a pesar de que los proyectos habíanestado aumentando debido al incremento de los precios del petróleo y lo concerniente alcalentamiento global.
3.1.2.1 Legislación sobre biocombustibles 23
Renewable Fuel Standard (RFS1). El programa “National Renewable Fuel Standard Program“,(RFS1) fue establecido en desarrollo del “Energy Policy Act of 2005”, el cual adicionó el “Clean Air Act” que a su vez había establecido el primer estándar nacional sobre combustibles renovables. ElCongreso de los Estados Unidos delegó a la “Environmental Protection Agency” (EPA) laresponsabilidad de coordinar con el Departamento de Energía, el Departamento de Agricultura ylos grupos de interés o “stakeholders”, el diseño e implementación del programa RFS1.
Renewable Fuel Standard (RFS2). En mayo de 2009, la EPA revisó el “National Renewable FuelStandard Program”. Esta revisión introdujo cambios en la dirección señalada por la “Energy
Independence and Security Act” (EISA) promulgada en 2007. Esta revisión estatutaria estableciónuevos volúmenes objetivo para biocombustibles celulósicos, diesel basado en biomasa,biocombustibles avanzados y combustibles totalmente renovables que deben ser usados comocombustibles para el transporte año a año. Esta revisión introduce también nuevas definiciones ycriterios tanto para los combustibles renovables como para las materias primas usadas en suproducción e incluye nuevos niveles de emisión de gases efecto invernadero para los combustiblesrenovables. Estos requisitos regulatorios del programa RFS aplican a los productores domésticos yextranjeros y a los importadores de combustibles renovables.
A partir de estos programas RFS1 y RFS2, o mejor, para dar cumplimiento a los mismos, la EPA
establece en su normatividad condiciones o requisitos de desempeño ambiental de loscombustibles y los biocombustibles en términos de los niveles permisibles de emisión decontaminantes resultantes de su combustión. Ya en lo que respecta a las especificaciones deproducto de los biocombustibles éstas no son objeto de la reglamentación técnica de la EPA sino
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ESTABLISHING QUALITY ASSURANCE AND QUALITY CONTROL PROGRAMS,” el cual incluyemétodos de análisis, muestreo, procedimientos generales de laboratorio y técnicas e instruccionessobre prácticas de aseguramiento y control de calidad. Para la asociación, la alta calidad del
combustible debe ser el objetivo primario de cualquier programa de aseguramiento y control de lacalidad. El documento contempla los requerimientos mínimos para producir resultados delaboratorio válidos y para asegurar que la calidad del etanol cumple las expectativas de losclientes.
Esta completa guía remite también a otros documentos técnicos que tienen su propia importancia.Estos son la RFA Publication #960501 “Fuel Etanol – Industry Guidelines, Specifications andProcedures” que contempla información sobre recomendaciones para el transporte y requisitospara el envase y rotulado y dos normas ASTM relacionadas con el diseño y evaluación de las
propias plantas de producción del etanol; la ASTM E1117 “Standard Practice For Design Of Fuel Alcohol Manufacturing Facilities” y la ASTM E1344 “Standard Guide For Evaluation Of Fuel EthanolManufacturing Facilities”.
3.1.2.3 Aseguramiento de la calidad para el Biodiesel25. La “NATIONAL BIODIESEL BOARD” (NBB) es la asociación comercial representativa de la industria del biodiesel en los Estados Unidos.Los objetivos de los productores de biodiesel tienen que ver con la reducción de la dependencia delpetróleo importado, la creación de empleos verdes y la mejora del ambiente. A partir de la mezclade una diversidad de recursos fuente tales como aceites vegetales, aceite de cocina reciclado y
grasas animales, el biodiesel debe cumplir las especificaciones estrictas de la norma ASTM D6751.Para demostrar el cumplimiento de tales especificaciones la NBB creó un programa decertificación, “THE NATIONAL BIODIESEL ACCREDITATION PROGRAM”, el cual es un programacooperativo y voluntario para la certificación de los productores y comercializadores conocido comoBQ-9000®. El programa es una combinación especial de la norma ASTM para el biodiesel, la
ASTM D6751, y un esquema de sistema de calidad que incluye el almacenamiento, muestreo,ensayo, mezcla, embarque, distribución y prácticas de manejo del combustible.
El BQ-9000® está abierto a los fabricantes, comercializadores o distribuidores de biodiesel y
mezclas de biodiesel en los Estados Unidos y Canadá.
Este programa BQ-9000 será analizado en detalle como parte de la Actividad 3 de este estudio,actividad en la cual se estarán analizando diversos esquemas de aseguramiento y control de la
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la Directiva 2009/30/CE establece los mecanismos para monitorear y reducir los gases de efectoinvernadero para todos los combustibles, incluidos los biocombustibles.
La normativa de la UE, de obligatorio cumplimiento, plantea que este objetivo se puede lograr nosólo con los biocombustibles sino que da la posibilidad de que se pueda conseguir con energíaprocedente de otras fuentes limpias (electricidad, hidrógeno…), para poder contribuir de unamanera eficiente a reducir las emisiones de los gases de efecto invernadero, dentro del reto global“20-20-20”: reducir las emisiones un 20%; que el 20% de la energía primaria consumida procedade fuentes renovables y disminuir un 20% la energía consumida.
La Directiva establece una serie de condicionantes para impedir un crecimiento descontrolado delos biocombustibles, lo que tendría un efecto inverso sobre la emisión de gases de efecto
invernadero. De este modo, se trata de evitar que su implantación provoque la destrucción desuelos ricos en biodiversidad, tal y como han denunciado algunos movimientos ecologistas.
Con tal propósito, establece que la producción de cultivos para obtener biocombustibles deberealizarse con criterios de sostenibilidad, para garantizar un enfoque coherente entre las políticasenergéticas y la protección medioambiental. Por ello condiciona las ayudas públicas a sucumplimiento, al margen de que las materias primas utilizadas se hayan cultivado “dentro o fuera”de la Unión Europea.
El objetivo de las condiciones de sostenibilidad es el de garantizar la sostenibilidad de la biomasautilizada y también para garantizar que se logran los beneficios por reducción de gases de efectoinvernadero. Esta reglamentación es un incentivo ya que la cantidad de biocombustiblesconsumidos será la misma, independientemente de la sostenibilidad.
En esta norma los criterios de sostenibilidad establecen que la reducción de las emisiones degases de efecto invernadero derivados del uso de biocombustibles debe alcanzar el 35% comomínimo y no permite el uso de materias primas procedentes de tierras de elevado valor debiodiversidad ni de tierras con un elevado valor en reservas de carbono. Así mismo, prohíbe lasmaterias primas cultivadas en terrenos que hayan sido reservas naturales.
Para dar mayores garantías a los productores europeos, la Comisión impone a los importadores laobligación de cumplir no sólo estas condiciones para poder obtener las ayudas que estipulen cadauno de los Estados miembros sino que deben cumplir los diferentes convenios de la Organización
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CSPO (Aseguramiento de sostenibilidad Abengoa Bioenergy RED) Greenergy (Greenergy - programa brasileño de verificación de bioetanol)
Una directiva más reciente, la Directiva 2009/119/CE,26 estableció algunas obligaciones para quelos Estados miembros mantengan un nivel mínimo de reservas de petróleo crudo o productospetrolíferos y dentro de estos de los Biocarburantes y aditivos.
De manera similar al caso de los Estados Unidos, la normativa de la Comunidad Europea hasta elmomento no ha generado Directivas que establezcan las especificaciones de producto de losbiocombustibles ni disposiciones sobre el control o aseguramiento de la calidad a lo largo de lacadena de producción de los mismos.
Atendiendo este grado de desarrollo y las características de las Directivas expedidas por laComunidad Europea en materia de biocombustibles, el “Biofuels Research Advisory Council” en sureporte “Biofuels in the European Union: A VISION FOR 2030 AND BEYOND” recomendó desde el2006 que la comunidad debe profundizar en el desarrollo de la legislación, las regulaciones y lasnormas. Plantea que uno de los grandes avances debe darse en la armonización de las agendasentre los estados miembros, teniendo en cuenta que la legislación es vital para garantizar laseguridad en el suministro y establecer las reglas de competencia en el mercado.
Este reporte menciona también que es imperativo acordar normas de calidad para los combustibles
y sus mezclas y que dichas normas deben desarrollarse consultando los stakeholders relevantes,dado que los aspectos de calidad de los combustibles derivados de la biomasa son muyimportantes para los países emergentes y en desarrollo, los cuales pueden no tener normas sobrecombustibles equivalentes a las europeas, norteamericanas o japonesas. De esta manera, eldesarrollo de los combustibles derivados de la biomasa en Europa debería tener en cuenta tambiénla situación de los países que no pertenecen a la comunidad, especialmente de aquellos coneconomías que presentan un rápido crecimiento. Adicionalmente este reporte menciona que esimportante que los bio-residuos provenientes de la silvicultura, la agricultura y otros sectores noclasificados como basura puedan ser considerados como materia prima potencial para obtener combustibles.
3.1.4 Japón 27
El Acta Básica de Política Energética aprobada en junio de 2002 establece los principios de política
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obligatorio (2008-2012). La introducción y la promoción de la energía proveniente de la biomasa serequerían como una de las medidas para reducir la descarga de gases de efecto invernadero.
En abril de 2004 las metas cualitativas fueron revisadas e incluidas en el plan de mejoramiento delprotocolo de Kyoto. Dentro de estas metas fijaron que para el 2010, 500 millones de litros decombustible de biomasa serían mezclados con el combustible fosil tradicional para el transporte yen general más de 3080 millones de litros de combustible de biomasa serían usados en laindustria.
3.1.4.2 Biomass Nippon Strategy. La expansión de la producción de bioetanol fue anunciada por el gobierno por primera vez en la “Japanese Comprehensive Biomass Strategy”. Para promover lapreservación ambiental y la distribución de los recursos el Ministerio comenzó a examinar una
estrategia nacional para el uso adecuado y la promoción de la biomasa en el futuro.
Como parte del examen, se hizo una confirmación de las bondades en cuanto a calidad yseguridad del uso del combustible proveniente de la biomasa en los vehículos. De esta forma enmarzo de 2006 el legislativo adoptó una revisión para la estrategia que modificaba la originaladoptada en 2002. Uno de los puntos revisados de la nueva estrategia incluyó la promoción deluso del combustible obtenido de la biomasa para el sector transporte.
3.1.4.3 Leyes relacionadas con los biocombustibles. En Japón, los fabricantes de bioetanol apartir de la biomasa deben tener en cuenta los ítems que constituyen la especificación de la calidaddel bioetanol.
La ley relacionada con la biotecnología del combustible "Legislation concerning the quality andsafety of substances such as volatile oils” (buenas prácticas) fue revisada en mayo de 2006 paraajustar al 3% en volumen, el nivel de mezcla permisible en la gasolina considerando que para esepunto el sistema de combustible del vehículo es adaptable sin que se presente la degradación decauchos, de las resinas o corrosión del metal. También se deben tener en cuenta los métodos parala prevención de incendios al ser los biocombustibles mercancías peligrosas. Hay restriccionesdefinidas para el transporte de líquidos las cuales incluyen los alcoholes.
Para líquidos con contenido de alcohol entre 1% y 90% aplica la ley de impuesto a los licores,mientras que los líquidos con concentración de alcohol por encima del 90% son consideradosetanol industrial y se rigen por la ley para el negocio del etanol Las principales regulaciones son
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límite superior para el FAME y triglicéridos. Para el biodiesel, los requisitos adicionales incluyenlímites para el metanol, el número ácido total (TAN), los ácidos de peso molecular bajo y laestabilidad a la oxidación.
La norma JIS voluntaria propuesta para el biodiesel es similar a la norma europea del biodiesel convarias excepciones. La norma europea es para uso en relación con los valores de mezcla para elcombustible diesel o hasta combustible B100. Japón limita el contenido de biodiesel al 5%. Losrequisitos de estabilidad a la oxidación para Japón son para la mezcla B5 y no para el biodieselpuro como se hace en Europa. La ley de aseguramiento de la calidad también pone requisitosadicionales sobre el número ácido y sobre los ácidos de bajo peso molecular para la mezcla B5que no son requeridos en Europa.
3.1.5 Canadá
Desde el año 2006 la industria canadiense de los biocombustibles se ha expandido de manerasignificativa, respondiendo a la demanda de los consumidores y a las políticas y programas delgobierno provincial y federal.
La regulación para los combustibles renovables está condensada en el documento SOR/2010-189del 23 de agosto de 2010 de la CANADIAN ENVIRONMENTAL PROTECTION ACT, 1999“Renewable Fuels Regulations”, la cual, además de otras consideraciones para la regulación de la
actividad empresarial de la producción de los combustibles renovables, establece condiciones paralos niveles de emisión tolerables en la combustión de estos combustibles en los vehículos a motor Esta regulación no establece especificaciones o requerimientos en relación con la calidad y elaseguramiento de la calidad en la cadena de los biocombustibles y sus mezclas con loscombustibles fósiles.
En relación con este último aspecto, la propia regulación lo deja claro en un aparte donde dice quelas normas de calidad de los combustibles renovables no están incluidas o no son objeto de laRegulación ambiental y aclara que corresponde a la Canadian General Standards Board (elorganismo nacional de normalización de Canadá) desarrollar las normas de calidad para loscombustibles en general (incluyendo los renovables) a través de procesos consensuados con lossectores público y privado.
Realizada entonces una revisión completa de la regulación mencionada y de la información
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de las plantas de etanol actualmente en operación en Canadá sobrepasa 1.7 billones de litros alaño.
La industria canadiense del etanol se ha desarrollado rápidamente durante los últimos cinco años ylos productores han invertido en nuevas plantas dentro del programa ecoABC (ecoAGRICULTUREBiofuels Capital Initiative). Adicionalmente la industria ha potenciado el desarrollo de la economíarural dado que la mayoría de las facilidades están localizadas en área rurales.
El resultado de la “RENEWABLE FUELS STRATEGY” (Federal And Provincial Programs) ha sidola creación de un nuevo mercado doméstico para más de 4 millones de toneladas de materiaprima. Esto se ha logrado a través del incremento de la producción de las tierras dedicadas a laagricultura, por ejemplo cambiando las variedades de las cosechas en el caso del trigo, mejorando
las prácticas de manejo y mediante el uso de nuevas variedades de maíz.
3.1.5.2 La industria canadiense del biodiesel. La industria canadiense el biodiesel no se haexpandido tan rápido como la industria del etanol debido a que el primer mandato provincial fueestablecido apenas en 2009, cinco años después del primer mandato para el etanol.
Desde 2005, el promedio anual de crecimiento de la capacidad de producción ha sido de 140%. Lamayoría del biodiesel producido a la fecha en Canadá ha sido producido a partir de grasa animal yaceites de cocina usados. Únicamente una pequeña cantidad de biodiesel ha sido producida apartir de aceite de canola.
La industria canadiense del biodiesel ha respondido a las diversas iniciativas gubernamentalespero no con el mismo grado que en el sector del etanol. La principal razón para el lento arranquese dio por los aplazamientos en la introducción de los mandatos al mercado. El biodiesel producidopor las plantas existentes en Canadá ha sido comercializado internacionalmente, pero para que laindustria desarrolle completamente su potencial se requiere establecer un mercado doméstico en elpaís.
3.2 NORMALIZACIÓN EXTRANJERA SOBRE BIOCOMBUSTIBLES
En la Tabla 20 se presentan las normas existentes en Estados Unidos, la Unión Europea, Japón yCanadá relacionadas con las especificaciones de los biocombustibles, las cuales serán la basepara realizar la comparación con las normas técnicas colombianas
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Producto Estados Unidos Unión Europea Japón Canadá
Gasolina y mezclas concompuestos oxigenados
ASTM D4814.Especificación
estándar paracombustible paraautomóviles conencendido por chispa
ASTM D5798-11Mezclas de etanolcombustible para usoen automóviles conmotores de encendidopor chispa quefuncionen con sistemaFlex-Fuel
EN 228.Combustiblesparaautomoción.Gasolina sinplomo.Requisitos ymétodos deensayo.
JIS K22O2.Gasolina demotor
CAN/CGSB 3.5. Gasolina sin plomo parauso automotriz
CAN/CGSB 3.511.Gasolina sin plomooxigenada con etanolpara automóviles
Biodiesel (B100)
ASTM D6751.Especificaciónestándar parabiodiesel (B100) paramezclas concombustiblesdestilados medios
EN 14214.Combustibles deautomoción.Ésteres metílicosde ácidos grasos(FAME) paramotores diesel.Requisitos ymétodos deensayos
JIS K2390.Ésteresmetílicos deácidos grasos(FAME) comomezcla
El numeral 6.1 de lanorma CAN/CGSB-3.520 establece que “elcomponente de éster deldiesel deberá cumplir con la norma ASTMD6751o EN 14214”(biodiesel comúnmentedesignado B100)
Diesel y mezclas
ASTM D975.Especificaciónestándar para aceitecombustible diesel
ASTM D7467.Especificaciónestándar para aceitecombustible diesel ymezcla con biodiesel(B6 a B20)
EN 590. Combustiblespara motor diesel.Requisitos ymétodos deensayo
JIS K22O4.Combustiblediesel
CAN/CGSB 3.517 Combustible diesel parauso automotriz (On-road )
CAN/CGSB 3.520.Combustible diesel conbajo contenido de azufrepara uso automotriz ycon bajos niveles deésteres de Biodiesel (B1-B5)
A continuación se presenta un resumen de los alcances de las normas que serán objeto decomparación en el presente informe.
3 2 1 N té i l t l hid b tibl d t li d
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3.2.2 Normas técnicas para la gasolina y mezclas con compuestos oxigenados
ASTM D4814. Esta norma establece los requisitos de los combustibles para vehículos automotores
equipados con motores de explosión y describe las características de los combustibles para su usoen un rango amplio de condiciones de operación. La norma contempla una variación de latolerancia de la volatilidad y el contenido de agua del combustible, de acuerdo con los cambiosclimáticos que se pueden dar en la localidad donde se utiliza el combustible. Para el período entreel 1° de mayo y el 15 de septiembre, los límites de máxima presión de vapor permitidos por la
Agencia de Protección Ambiental de los EE.UU., (EPA) se especifican para cada zona geográfica,con excepción de Alaska y Hawái. La variación del índice antidetonante según los cambiosclimáticos y la altura también se discuten en el Apéndice X1. Esta especificación no incluye todoslos tipos de combustibles para vehículos automotores ni necesariamente excluye combustibles que
pueden tener un desempeño insatisfactorio bajo ciertas condiciones de funcionamiento o conciertos equipos.
Los combustibles para motores con encendido por chispa cubiertos en esta norma son la gasolinay sus mezclas con compuestos oxigenados, como alcoholes y éteres. Esta especificación no seaplica a los combustibles que contienen un oxigenante como componente principal, como por ejemplo el metanol (M85). Las concentraciones y los tipos de compuestos oxigenados no se limitanespecíficamente en esta norma. Sin embargo, dependiendo del tipo de oxigenante, comocompuesto oxigenado, su incremento por encima del nivel de umbral incrementa la probabilidad deproblemas en el vehículo. La composición del combustible sin plomo o con plomo está limitada por consideraciones económicas, jurídicas y técnicas pero sus propiedades, incluida la volatilidad, sedefinen en esta norma. Además, la composición de gasolina sin plomo está sujeta a las normas,reglamentos, y a la ley de Aire Limpio de la Agencia de Protección Ambiental de los EE.UU. (EPA).Con respecto a las propiedades del combustible, incluyendo la volatilidad, esta norma puede ser más o menos restrictiva que la normativa de la EPA.
ASTM D5798. Esta norma establece los requisitos para las mezclas de combustible de etanol ygasolina automotriz para uso en vehículos terrestres equipados con motores de encendido por chispa que funcionen con sistema Flex-Fuel. Los combustibles cubiertos por esta especificación
contienen de 51% a 83% del volumen de etanol. Este combustible a veces se denomina "etanolFlex-Fuel".
La presión de vapor de las mezclas de etanol combustible es muy variada y depende de los
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CAN/CGSB-3.511. La norma se aplica a cuatro grados de gasolina oxigenada a la que no se lehan adicionado compuestos de fósforo o plomo y en los que el oxigenante se compone
esencialmente de etanol. Éstos han sido diseñados para ser utilizados en motores de encendidopor chispa en una gama amplia de condiciones climáticas. Las regulaciones federales controlanalgunos parámetros incluidos en esta norma. Donde cada regulación establece límites másrestrictivos que los dados en esta norma, se deben aplicar los límites de la regulación.
3.2.3 Normas técnicas para el biodiesel (B100)
ASTM D6751. Esta norma cubre los Grados S15 (grado de biodiesel con un contenido máximo de15 ppm de azufre) y S500 (grado de biodiesel con un contenido máximo de 500 ppm de azufre)
para uso como componente de la mezcla de biodiesel con combustibles destilados medios yestablece las propiedades requeridas del combustible diesel en el momento y lugar de entrega. Lasespecificaciones de los requisitos pueden ser aplicados en otros puntos en la producción y en elsistema de distribución cuando exista un acuerdo entre el comprador y el proveedor. Los valoresindicados en unidades SI deben ser considerados como norma. No se incluyen otras unidades demedida en esta norma.
EN 14214. La norma europea especifica los requisitos y los métodos de ensayo de los ésteresmetílicos de ácidos grasos (denominados FAME) comercializados y suministrados para su empleo
bien como combustible de automoción en motores diesel en una concentración del 100%, comodiluyente para dicho combustible de acuerdo con los requisitos de la Norma EN 590. Laconcentración del 100% es aplicable al combustible que se utilice en los vehículos con motoresdiesel diseñados o adaptados posteriormente para funcionar con un 100% de FAME.
JIS K2390. Esta norma especifica el FAME usado para mezclarse en el combustible diesel (B0) enuna proporción que no exceda del 5% en fracción de masa, el cual es utilizado para automóviles omotores de combustión interna de encendido por compresión.
3.2.4 Normas técnicas para el diesel y las mezclas con biocombustibles
ASTM D975. Esta norma cubre siete grados de aceites de combustibles diesel adecuados para losdistintos tipos de motores diesel. Estos grados son:
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(máximo), especialmente en condiciones de velocidad variable y carga.
Grado Nº 4-D. Combustible destilado pesado, o una mezcla de combustible destilado y aceite
residual, para su uso en motores diesel de baja y media velocidad en aplicaciones queinvolucran predominantemente constante velocidad y carga.
La designación SXXX ha sido adoptada para distinguir los grados por el azufre en lugar de utilizar palabras tales como "bajo en azufre", como antes porque el número de Grados de azufre estácreciendo y las descripciones en palabras no son precisas. El Grado S5000 corresponde al llamadocontenido de azufre "Regular" (anteriormente Grados Nº 1-D y 2-D). El grado S500 corresponde alllamado "bajo azufre". El Grado S15 no estaba en el sistema anterior y se conoce comúnmentecomo "Ultra-bajo en Azufre" o ULSD. A menos que se disponga lo contrario por acuerdo entre elcomprador y proveedor, esta especificación establece las propiedades requeridas de loscombustibles diesel en el momento y el lugar de entrega.
ASTM D7467. Esta norma cubre los grados de mezclas de combustibles de 6% a 20% en volumende biodiesel y el resto combustible diesel destilado medio ligero o medio, denominadoscolectivamente como B6 a B20. Estos grados son aptos para distintos tipos de motores diesel. Elcomponente de biodiesel de la mezcla se ajustará a los requisitos de la especificación ASTMD6751. El resto del combustible será diesel destilado grado medio ligero o medio, conforme con laespecificación ASTM D975, grados Nº 1-D y 2-D de cualquier nivel de azufre. Se exceptúa el dieseldestilado grado medio ligero o medio cuyo nivel de azufre, nivel aromático, cetano o lubricidad se
encuentra fuera de las especificaciones de la norma ASTM D975. Los grados de combustiblesegún el contenido de azufre son:
Grado B6 a B20 S15 - Un combustible con un máximo de 15 ppm de azufre. Grado B6 a B20 S500 - Un combustible con un máximo de 500 ppm de azufre. Grado B6 a B20 S5000 - Un combustible con un máximo de 5000 ppm de azufre.
La norma establece las propiedades requeridas de mezclas de biodiesel B6 a B20 en el momento ylugar de entrega. Los requisitos y sus especificaciones se pueden aplicar en otros puntos en el
sistema de producción y distribución, si existe un acuerdo entre el comprador y el proveedor.
EN 590. Esta norma específica los requisitos y métodos de ensayo para el gasóleo de automociónque se distribuye y comercializa. Es aplicable al gasóleo de automoción utilizado en los vehículos
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Los límites de las propiedades se prescriben para dos tipos de combustible diesel con bajos nivelesde ésteres de biodiesel. Estos tipos son:
Tipo A-LS, Bx está destinado para su uso en los autobuses de transporte urbano y losautomóviles de pasajeros o cuando la temperatura ambiente requiere mejores propiedades abajas temperaturas que las del Tipo B-LS, Bx.
Tipo B-LS, Bx está diseñado para uso en motores de servicios que impliquen cargasrelativamente altas que se encuentran en la industria y equipos móviles pesados tales comocamiones interurbanos y equipo de construcción, y cuando la temperatura ambiente ycondiciones de almacenamiento de combustible permiten el uso de este.
Los dos tipos, Tipo A-LS, Bx y el Tipo B-LS, Bx se pueden usar indistintamente con combustibleque cumplan con CAN/CGSB-3.517, Tipo A-LS y LS-tipo B, respectivamente.
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4. METODOLOGIAS EMPLEADAS PARA LA ELABORACIÓN DE LA NORMATIVIDAD YREGLAMENTACION PARA COMBUSTIBLES Y BIOCOMBUSTIBLES
Con el propósito de analizar las metodologías empleadas, más exactamente los procedimientosdefinidos a nivel gubernamental en el país, para la elaboración de la normatividad y reglamentaciónpara combustibles y biocombustibles se adelantaron reuniones con los responsables de estafunción en las siguientes entidades:
Tabla 21. Entidades entrevistadas
Entidad Persona entrevistada Nombre
Ministerio de Minas y Energía(MME) Julio Cesar Vera Director de Hidrocarburos
Ministerio de Ambiente yDesarrollo Sostenible (MADS)
Carolina ConvertPaula Rodríguez
Asesora Asesora
Ministerio de Comercio,Industria y Turismo (MCIT)
Alfredo Hernández Asesor de la Dirección de
RegulaciónOrganismo Nacional de
Acreditación de Colombia(ONAC)
Carlos Pacheco Director técnico
Considerada la información obtenida de las entrevistas con los responsables de la alta dirección encada una de estas entidades, se encuentran los siguientes aspectos relevantes sobre el procesode elaboración de la normatividad para combustibles y biocombustible en el país:
a) Esencialmente la reglamentación técnica (normatividad legal) para los combustibles ybiocombustibles es desarrollada y adoptada por el Ministerio de Minas y Energía.
b) El Ministerio de Minas y Energía trabaja de manera coordinada con el Ministerio de Ambientepara tener en cuenta los aspectos técnicos y legales en los que estas dos carteras tienencorresponsabilidad para alinear la política energética y la ambiental en materia del uso decombustibles y biocombustibles.
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e) Con las disposiciones adoptadas recientemente por el Gobierno Nacional, en materia de
reforma del Estado, en el término de seis meses se introducirán importantes elementos deeficiencia en cuanto al seguimiento a la aplicación de los reglamentos técnicos en materia de
combustibles y biocombustibles, toda vez que el Ministerio de Minas y Energía se concentraráen la generación y desarrollo de las políticas energéticas y en la reglamentación técnica,mientras que las funciones de regulación económica y supervisión, vigilancia y control quevenían estando a su cargo (con excepción de la vigilancia a las Estaciones de Servicio decombustibles líquidos que estaban a cargo de las Alcaldías Locales), pasarán ahorarespectivamente a la Comisión de Regulación de Energía y Gas - CREG y a laSuperintendencia de Industria y Comercio - SIC .
f) El enfoque de la reglamentación técnica que se ha publicado hasta el momento en materia de
biocombustibles se puede considerar como un enfoque nacional en la medida en que dichareglamentación ha estado centrada en el desarrollo de esta nueva industria y en laconsolidación de un mercado interno. Ahora con la próxima entrada en vigencia de los tratadosde libre comercio que ha suscrito el país, es claro que se debe comenzar a dar unaprofundización de la reglamentación técnica como también un alineamiento de la misma conlos estándares y prácticas internacionales.
g) Para la elaboración de la reglamentación técnica el Ministerio de Minas y Energía tiene encuenta, de manera general, los lineamientos y recomendaciones que ha dado en tal sentido elMinisterio de Comercio, Industria y Turismo y cuenta para tal efecto, dentro de su sistema degestión de calidad, con un procedimiento que está alineado con dichas recomendaciones y conlas directivas de la Comunidad Andina de Naciones.
h) El Ministerio de Minas y Energía socializa todas sus iniciativas de reglamentación técnica y asímismo contempla periodos de consulta pública nacional para los proyectos de reglamentaciónantes de ser expedidos. Sin embargo la parte de análisis de impacto o de riesgos, nonecesariamente se hace antes de la expedición de la reglamentación técnica, sino que es unproceso posterior a la expedición con miras a introducir los ajustes que sea necesario en dichareglamentación.
i) El Ministerio de Minas y Energía mantiene relación permanente con el Ministerio de Comercio,Industria y Turismo como Punto de Contacto de OMC en Colombia y recientemente le hareportado las 16 disposiciones legales vigentes expedidas a instancias de la Dirección de
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m) ONAC confirmó también que la definición de laboratorios de referencia y el desarrollo decomparaciones inter-laboratorios son programas que pueden ser desarrollados conjuntamente
con el Ministerio de Minas y Energía.
n) ONAC llamó la atención para que dentro del presente estudio se tenga en cuenta el tipo deacreditación o acreditaciones que se les estarán requiriendo a los organismos evaluadores dela conformidad que se definan dentro del programa de aseguramiento y control de la calidad delos biocombustibles, toda vez que ONAC dentro de su portafolio de servicios de acreditaciónsólo contempla la acreditación bajo modelos internacionales. De requerirse o adoptarsemodelos particulares, de otros países u organismos o asociaciones especializadas, deberántenerse en cuenta las implicaciones de logística y costos que estos pueden tener para el
programa que se busca establecer en Colombia.
o) Un primer análisis de la reglamentación técnica en materia de combustibles y biocombustiblesarroja que las mayores debilidades están en la parte de evaluación de la conformidad,explicable también por la falta de una completa red de laboratorios de pruebas que esténdebidamente acreditados.
p) Una plena o mayor participación de Colombia en los Comités e instancias internacionales enmateria de combustibles y biocombustibles representaría para el país una oportunidad parafortalecer sus políticas y también su reglamentación técnica.
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5. COMPARACIÓN ENTRE LA NORMATIVIDAD Y REGLAMENTACIÓN NACIONAL Y LAEXTRANJERA
5.1 COMPARACIÓN ENTRE LA REGLAMENTACIÓN Y LAS NORMAS TÉCNICASNACIONALES
En el Anexo 1 se presentan las tablas comparativas de los requisitos establecidos en lareglamentación y en las normas técnicas colombianas. En cada una de estas tablas (Tabla 40 aTabla 45) se incluye una columna en la cual se realiza un comentario sobre los resultados de lacomparación.
El análisis detallado de las causas de por qué no se da esta situación deseable, ya que lareglamentación técnica se apoya en normas internacionales o en normas nacionales alineadas conlas internacionales, no corresponde al presente estudio, pero se hace esta observación con elpropósito de que las entidades involucradas puedan revisar el tema y encontrar mecanismos quereduzcan la duplicidad de esfuerzos.
En este sentido, se puede observar que en general los requisitos y límites establecidos para eletanol anhidro combustible desnaturalizado y las gasolinas básicas y oxigenadas concuerdan salvoen el caso del contenido de azufre, para el que la NTC establece un mayor contenido.
En relación con los requisitos para el diesel, los valores para los límites establecidos concuerdansalvo en los siguientes casos: La NTC 1438 establece el doble del contenido de biodiesel (10%) que el indicado en la
Resolución 182087 de 2007. El requisito de estabilidad a la oxidación presenta las siguientes diferencias: el límite y las
unidades (2,5 mg/100ml) para el valor máximo son diferentes a los establecido en laResolución 182986 de 2007. Además incluye el requisito de estabilidad a la oxidación mínimono contemplado en la Resolución 182986 de 2007.
Para el requisito de destilación la NTC 1438 establece la temperatura a la que se evapora el90% del volumen del combustible y la reglamentación contempla la temperatura a la que seevapora el 95% del volumen del combustible.
A í i t d l áli i d l l ió bi b tibl li ó
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Aunque en el nuevo decreto que deroga el literal b) del Artículo 1º del Decreto 2629 de 2007 y elDecreto 1135 de 2009 se establece que a partir del 1º de enero del año 2013, los Ministerios deMinas y Energía y de Ambiente y Desarrollo Sostenible, o quien haga sus veces, previa consulta
con la Comisión Intersectorial de Biocombustibles podrán fijar porcentajes obligatorios de alcoholcarburante y/o de biocombustibles para uso en motores diesel, superiores a E10 o B10, esnecesario revisar la afectación de este nuevo decreto sobre las disposiciones de calidad para lagasolina oxigenada incluidas en las Resoluciones 1180 de 2006 donde se establece el E10 comorequisito (valor confirmado en el Artículo 7 de la Resolución 180687 de 2003) y la Resolución182087 de 2007 en la que se indica B10 para el diesel y sus mezclas.
5.2 COMPARACIÓN ENTRE LAS NORMAS TÉCNICAS NACIONALES Y EXTRANJERAS
El trabajo se realizó mediante la comparación de las especificaciones establecidas en las normastécnicas utilizadas en Colombia, Estados Unidos, la Unión Europea, Japón y Canadá para laproducción de bioetanol y biodiesel y su mezcla con gasolina y diesel, respectivamente. Como faseinicial, se realizó una comparación de las definiciones incluidas en las diferentes normas paraestablecer las similitudes y diferencias como punto de partida para la comparación de laspropiedades y los requisitos establecidos en cada norma. El resultado de la comparación de lasdefiniciones se presenta en la Tabla 22 y en la Tabla 23..
Tabla 22. Definiciones incluidas en las normas comparadas sobre combustibles oxigenados
TérminoNTC 5308
(Colombia)NTC 1380
(Colombia)
ASTMD4806
(EstadosUnidos)
ASTM D4814(EstadosUnidos)
ASTMD5798
(EstadosUnidos)
CAN/CGSB-3.511
(Canadá)Comentarios
Alcoholcarburante
Compuesto orgánicolíquido, de naturalezadiferente a loshidrocarburosderivados depetróleo, gas naturalo carbón (fósiles),que tiene en sumolécula un grupohidroxilo (OH)enlazado a un átomo
No locontempla
No locontempla
No locontempla
No locontempla
No locontempla
El términoúnicamente seencuentradefinido en lanorma NTC
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http://slidepdf.com/reader/full/8296 65/217
TérminoNTC 5308
(Colombia)NTC 1380
(Colombia)
ASTMD4806
(EstadosUnidos)
ASTM D4814(EstadosUnidos)
ASTMD5798
(EstadosUnidos)
CAN/CGSB-3.511
(Canadá)Comentarios
Sustanciadesnaturalizante
(ASTM:Desnaturalizantes)
Sustancia extrañaque se agrega alalcohol carburantepara convertirlo en nopotable y evitar quesea desviado para
usos diferentes al decomponenteoxigenante decombustibles paraautomotores.
No lo
contempla
Materialesadicionadosal etanolpara hacerloinadecuadopara el usoen bebidasbajo una
fórmulaaprobada por la agenciaregulatoriapara evitar elimpuestopara bebidasalcohólicas
No lo
contempla
Materialesadicionados al etanolparahacerloinadecuado para eluso enbebidasbajo unafórmula
aprobadapor laagenciaregulatoriapara evitar elimpuestoparabebidasalcohólicas
No lo
contempla
El término seencuentradefinido en lasnormas NTC5308 y ASTMD4806 y ASTMD5798, aunqueen éstasúltimas se
denomina"Desnaturali-zantes". Lasdefinicionesdadas entre lasnormas ASTMy NTC sonsimilares.
EtanolEtil alcohol, elcompuesto químicoC2H5OH.
No locontempla
Etil alcohol,el compuestoquímicoC2H5OH.
No locontempla
Etilalcohol, elcompuestoquímicoC2H5OH.
No locontempla
El término se
encuentradefinido en lasnormas NTC5308, ASTMD4806 y ASTMD5798. Lasdefinicionesdadas entre lasnormas ASTMy NTC sonidénticas
Un grado deetanol sindesnaturalizar con otroscomponente
El términoEtanol anhidro
t
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TérminoNTC 5308
(Colombia)NTC 1380
(Colombia)
ASTMD4806
(EstadosUnidos)
ASTM D4814(EstadosUnidos)
ASTMD5798
(EstadosUnidos)
CAN/CGSB-3.511
(Canadá)Comentarios
Etanolcombustibledesnaturalizado
No lo contempla No locontempla
Etanolcombustibleno apto parauso enbebidashecho por laadición dedesnaturaliza
ntes bajofórmula(s)aprobadaspor laagenciaregulatoriaaplicablepara prevenir la imposiciónde impuestosa bebidasalcohólicas
No locontempla
Etanolcombustible no aptopara usoen bebidashecho por la adicióndedesnaturalizantes
bajofórmula(s)aprobadaspor laagenciaregulatoriaaplicableparaprevenir laimposicióndeimpuestos
a bebidasalcohólicas
No locontempla
El término seencuentradefinido en lasnormas ASTM
D4806 y ASTMD5798. Lasdefinicionesdadas en lasnormas ASTMson idénticas
Mezcla volátil dehidrocarburos
Mezcla dehidrocarbur
Mezcla
volátil dehidrocarburos líquidos,quegeneralment
Mezcla volátildehidrocarburoslíquidos, que
l t
Mezclavolátil dehidrocarbur
os líquidos,quegeneralmente
ti
El término seencuentradefinido en lasnormas NTC5308, NTC1380, ASTMD4806, ASTMD4814 y ASTMD5798.
Exceptuando ladefinición dadaen la NTC1380, lasestablecidas
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TérminoNTC 5308
(Colombia)NTC 1380
(Colombia)
ASTMD4806
(EstadosUnidos)
ASTM D4814(EstadosUnidos)
ASTMD5798
(EstadosUnidos)
CAN/CGSB-3.511
(Canadá)Comentarios
Gasolina extraoxigenada No lo contempla
Es unagasolinaextrabásicamezcladaconalcoholescarburantes(véase laNTC 5308),en una
proporcióncontroladayreglamentada.
No locontempla
No locontempla
No locontempla
No locontempla
El términoúnicamente seencuentradefinido en lanorma NTC1380
Gasolina corriente
básica
Combustiblediseñado paramotores deencendido por
chispa. En elmercado colombianose comercializa como"Gasolina Corriente"
Combustible diseñadoparamotores deencendidopor chispa.En el
mercadocolombianosecomercializa comogasolinacorriente.
No lo
contempla
No lo
contempla
No lo
contempla
No lo
contempla
El término seencuentradefinido en lasnormas NTC5308 y NTC
1380. Lasdefinicionesdadas en lasnormas NTCson idénticas
Gasolina corrienteoxigenada
No lo contempla
Gasolinacorrientebásicamezcladaconalcoholescarburantes(véase laNTC 5308),
No locontempla
No locontempla
No locontempla
No locontempla
El términoúnicamente seencuentradefinido en lanorma NTC
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TérminoNTC 5308
(Colombia)NTC 1380
(Colombia)
ASTMD4806
(EstadosUnidos)
ASTM D4814(EstadosUnidos)
ASTMD5798
(EstadosUnidos)
CAN/CGSB-3.511
(Canadá)Comentarios
extra.
GasolinaOxigenada
No lo contempla
Mezclas de
combustibles básicosderivadosdel petróleocon unoxigenantecompatibley mezcladoen unaproporcióndeterminada. Susespecifica-ciones decalidadtécnica yambientalson regla-mentadaspor losMinisteriosde Minas yEnergía y
de Ambien-te, Vivienday Desarro-llo Territo-rial según
No locontempla
No locontempla
No locontempla
No locontempla
El términoúnicamente seencuentradefinido en lanorma NTC1380
7/16/2019 8296
http://slidepdf.com/reader/full/8296 69/217
TérminoNTC 5308
(Colombia)NTC 1380
(Colombia)
ASTMD4806
(EstadosUnidos)
ASTM D4814(EstadosUnidos)
ASTMD5798
(EstadosUnidos)
CAN/CGSB-3.511
(Canadá)Comentarios
Mezcla de
gasolina-alcohol
No lo contemplaNo lo
contempla
No lo
contempla
Mezcla degasolina-alcoholCombustibleque consisteprincipalmentede gasolina
junto con unacantidadsustancial deuno o más
alcoholes(máximo 0,35% en masa deoxígeno omáximo 0,15%en masa deoxigeno, si elúnicooxigenante esmetanol)
No lo
contempla
No lo
contempla
El término dela ASTMD4814
contempla unao varias clasesde alcohol
Mezcla degasolina-etanol
Combustible queconsisteprincipalmente degasolina junto conuna cantidadsustancial (máximo3,5 % de oxígeno - %en masa) de etanolanhidro combustibledesnaturalizado.
No locontempla
Combustible
que consisteprincipalmente de gasolina
junto conuna cantidadsustancial(máximo0,35 % enmasa deoxígeno) deetanolcombustibledesnaturalizado.
No locontempla
No locontempla
No locontempla
Las
definicionesson diferentesya que existediferencia entrelos porcentajesaceptados yaque para laNTC 5308, esde 3,5% enmasa mientrasque en la
ASTM D4814solo 0.35% enmasaEl términoúnicamente se
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TérminoNTC 5308
(Colombia)NTC 1380
(Colombia)
ASTMD4806
(EstadosUnidos)
ASTM D4814(EstadosUnidos)
ASTMD5798
(EstadosUnidos)
CAN/CGSB-3.511
(Canadá)Comentarios
Mezcla gasolina-
oxigenante
No lo contemplaNo lo
contempla
No lo
contempla
Mezclagasolina-oxigenante.Combustibleque consisteprincipalmentede gasolina
junto con unacantidadconsiderable(máximo 0,35
% en masa deoxígeno omáximo 0,15%en masa deoxigeno, si elúnicooxigenante esmetanol) deuno o másoxigenantes
No lo
contempla
No lo
contempla
El términoúnicamente seencuentra en lanorma ASTMD4814. si secomparará conla definición degasolinaoxigenada de
la NTC 1380,Existediferencia yaque en la dadapor la ASTM seestableceformalmente laproporción.
Oxigenante No lo contemplaNo locontempla
Uncompuestoorgánico sincenizas quecontieneoxigeno, talcomo elalcohol o eléter quepuede ser utilizadocomo un
combustibleo unsuplementodel
Un compuestoorgánico sincenizas quecontieneoxigeno, talcomo el alcoholo el éter quepuede ser utilizado comoun combustible
o unsuplemento delcombustible
No locontempla
Un compuestoorgánico sincenizas quecontieneoxigeno, talcomo elalcohol o eléter quepuede ser utilizado como
combustible ocomponentede mezclas
El término seencuentra enlas normas
ASTM D4814, ASTM D4814 yCAN/CGSB-3.511
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Tabla 23. Definiciones incluidas en las normas comparadas sobre biodiesel y mezclas con
diesel fósil
TérminoNTC 1438
(Colombia)NTC 5444
(Colombia)ASTM D975
(EstadosUnidos)
ASTM D6751(EstadosUnidos)
ASTM D7467(EstadosUnidos)
CAN/CGSB-3.517
(Canadá)
CAN/CGSB-3.520
(Canadá)Comentarios
Biodiesel
Son mezclasde mono -alquil ésteres
de los ácidosgrasos decadena largaderivados deaceitesvegetales ygrasasanimales.
Son mezclas demono - alquilésteres de losácidos grasosde cadenalarga derivadosde aceitesvegetales ygrasasanimales.
Combustiblecompuestode mono-alquilésteres delos ácidosgrasos decadena
largaderivados deaceitesvegetales ograsasanimales,designadoB100.También depuededenominar combustiblebiodiesel
Combustiblecompuesto demono-alquilésteres de losácidos grasosde cadenalarga derivadosde aceitesvegetales ograsasanimales,designadoB100.
Combustiblecompuesto demono-alquilésteres de losácidos grasos
de cadenalargaderivados deaceitesvegetales ograsasanimales,designadoB100.
No locontempla
ster biodiesel. Uncomponentedecombustiblecompuestode mono-alquil ésteresde cadenalarga deácidos grasosderivados deplantasaceites o
grasasanimales. Ensu formapura, elbiodiesel escomúnmente
designadocomo B100
Exceptuando lanormaCAN/CGSB-3.517, las demásnormas citan estadefinición. Ladefinición dadaen las normas esidéntica y en elcaso de lasnormas ASTM yCAN secomplementancon ladesignación deB100.
Es una mezclade
hidrocarburosentre 10átomos y 28átomos decarbono
Diesel. Sonmezclas dehidrocarburosde 10 átomoshasta 28átomos decarbonoconstituidas por fraccionesprovenientes de
diferentesprocesos derefinación delpetróleo tales
El término dieselcorriente seencuentradefinido en lanorma NTC 1438.la norma NTC5444 cita eltérmino "diesel"con unadefinición similar
a la del corriente.Las normas
ASTM D6751,CAN/CGSB-
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http://slidepdf.com/reader/full/8296 72/217
TérminoNTC 1438
(Colombia)NTC 5444
(Colombia)
ASTM D975(EstadosUnidos)
ASTM D6751(EstadosUnidos)
ASTM D7467(EstadosUnidos)
CAN/CGSB-3.517
(Canadá)
CAN/CGSB-3.520
(Canadá)Comentarios
de generación
eléctrica, entreotras.
atmosférica y con
un punto deinflamación envaso cerrado por encima de 38 ° C.
Diesel extra
Mezcla dehidrocarburossimilar aldieselcorriente perocon un menor
contenido deazufre, menor viscosidad,menor puntofinal deebullición yque puedecontener Biodiesel
No locontempla
No locontempla
No locontempla
No locontempla
No locontempla
No locontempla
El término
únicamente seencuentradefinido en lanorma NTC 1438
Mezclasbiodiesel -diesel, BXX
Son mezclasde biodiesel
con diesel endiferentesproporciones.La letra Brepresenta elbiodiesel y XXrepresenta suporcentaje envolumen (%vol.) en lamezcla final.
Son mezclas debiodiesel condiesel en
diferentesproporciones.La letra Brepresenta elbiodiesel y XXrepresenta elporcentaje envolumen (%vol.) delbiodiesel en lamezcla.
No locontempla
Mezcla debiodiesel condiesel fuel-oil.
No locontempla
No locontempla
Combustible
compuestode x por ciento envolumen deun éster debiodieselmezclado conelcombustiblediesel.
La definición seencuentra en lasnormas 1438,NTC 5444, ASTMD6751 yCAN/CGSB-3.520. Lasdefiniciones sonmuy similares.
Combustible No lo No lo No lo No lo No lo
Combustibleque nocontiene unaditivo delubricidad
Combustibleque nocontiene unaditivo delubricidad
El término seencuentradefinido en lasnormas
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http://slidepdf.com/reader/full/8296 73/217
TérminoNTC 1438
(Colombia)NTC 5444
(Colombia)
ASTM D975(EstadosUnidos)
ASTM D6751(EstadosUnidos)
ASTM D7467(EstadosUnidos)
CAN/CGSB-3.517
(Canadá)
CAN/CGSB-3.520
(Canadá)Comentarios
Biomasa No locontempla
Cualquier tipode materiaorgánica queha tenidoorigeninmediato enprocesosbiológicos, o dela materiavegetaloriginada enprocesos de
fotosíntesis, asícomo deprocesosmetabólicos deorganismosheterótrofos.
No locontempla
No locontempla
No locontempla
No locontempla
No locontempla
El términoúnicamente seencuentradefinido en lanorma NTC 5444
Mezcla decombustible
B6 y B20
No locontempla
No locontempla
No locontempla
No locontempla
Mezclacompuesta de6 a 20% envolumen debiodiesel de
acuerdo conlos requisitosde la norma
ASTM D6751y el resto unamedio ligero ode gradomedio dedestilados decombustiblediesel y elcumplimiento
de losrequisitosde esta
especificación.
No locontempla
No locontempla
El términoúnicamente seencuentradefinido en lanorma ASTMD6751
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establecidos en cada norma se presentan a continuación. 30, 31, 32, 33
5.2.1.1 Etanol anhidro combustible desnaturalizado (Alcohol carburante).
Es un tipo de alcohol etílico mezclado con desnaturalizantes que se caracteriza por tener muy bajocontenido de agua y ser compatible para mezclar con gasolinas en cualquier proporción paraproducir un combustible oxigenado con mejores características de eficiencia termodinámica yambiental.34 El etanol anhidro combustible desnaturalizado debe tener propiedades que garanticensu comportamiento adecuado como combustible en caso de ser utilizado como sustituto de lagasolina básica y que también garantice la calidad de la gasolina mezclada con éste o gasolinaoxigenada. Por lo anterior, a continuación se analizan sus principales propiedades.
Contenido de etanol. El contenido de etanol es importante para determinar las proporciones de la
adición de etanol combustible desnaturalizado para la mezcla en la gasolina terminada (gasolinaoxigenada). El contenido de etanol combustible desnaturalizado puede variar en función de losniveles de desnaturalizante, el agua y los componentes menores comunes para la producción deetanol. La verificación del grado de etanol es importante cuando existe la posibilidad de que hayaotros alcoholes además del etanol ya que el problema real es el control de los contaminantes(agua, metanol y alcoholes superiores).
Este requisito está contemplado en todas las normas pero los valores límites son diferentes, siendomuy similares los límites establecidos en las normas norteamericana y canadiense (92,1% y 92%en volumen, respectivamente) pero inferiores al límite establecido en la norma colombiana (96,3%en volumen). La norma japonesa establece el límite más alto (99,5% en volumen) inclusive frente allímite de 98,7% en volumen establecido en la norma europea. En relación con el método de ensayosalvo Japón, los demás países consideran el mismo método (ASTM D5501). Cabe anotar queadicionalmente la NTC contempla un método brasileño.
Contenido de gomas extraíbles con solvente. La presencia de gomas puede contribuir a lacreación de depósitos en las superficies de los carburadores, inyectores de combustible, y loscolectores de admisión, puertos, las válvulas y guías de válvulas. El efecto de las gomas dealcoholes puros como el etanol puro sobre mal funcionamiento de los motores modernos no se
conoce. El método de prueba se utiliza esencialmente para detectar la presencia de impurezas conun insolubles en heptano. El método de ensayo determina la cantidad del residuo que quedadespues de la evaparación del combustible seguido de un lavado con heptano. El lavado conheptano elimina los compuestos solubles con heptano material no volátil como los aditivos los
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funcionan con la sustancia de la fase acuosa tal separación puede causar problemas graves defuncionamiento. La separación de las fases de la mezcla de etanol-gasolina se ve afectada por elcontenido de agua presente en la mezcla. Debido a que cierto grado de contaminación con agua
es inevitable en el transporte y manipulación y a que la mezcla combustible-etanol es higroscópicay puede recoger agua de la atmósfera durante el almacenamiento a largo plazo, todas las fuentesde agua deben ser identificadas, monitoreadas y controladas para evitar la separación de fases
Este requisito está contemplado en todas las normas pero los valores límites son diferentes asícomo las unidades (% en volumen y % en masa), siendo la norma norteamericana la que permiteun contenido más alto (1,26% en masa) y la norma europea la que establece el menor contenido(0,300% en masa). Todas las normas consideran el método de ensayo, Karl Fisher, entre otros.
Contenido de desnaturalizante. La adición de desnaturalizante se realiza para inutilizar el alcoholpara consumo o disfrute para los seres humanos.
Este requisito está contemplado en las normas NTC, ASTM y CAN pero los valores límites sondiferentes, siendo similares los valores mínimos establecidos en las normas norteamericana ycolombiana (2,0 y 1,96 % en volumen, respectivamente). En relación con el límite superior, lanorma ASTM especifica un valor superior al establecido por el Servicio de Impuestos Internos deEstados Unidos (IRS) (permite un máximo de 2,5% en volumen y la ASTM establece 5); el límiteestablecido en la ASTM coincide con el de la norma CAN y es superior al indicado en la NTC.
Además de establecer un límite para el requisito, las normas establecen cuales son los
desnaturalizante permitidos y cuáles son los prohibidos siendo estas especificaciones similares.En relación con el método de ensayo también existe diferencia entre todas las normascomparadas.
Contenido de cloro inorgánico. Concentraciones bajas de cloruro tienen efecto corrosivo sobrealgunos metales lo cual puede afectar las líneas de combustibles de los automóviles.
Este requisito está contemplado en las normas NTC, ASTM, EN y CAN, aunque establecendiferentes unidades y métodos de ensayo, se observa que los valores límites no coinciden siendo
el más alto el establecido en la NTC (40 ppm masa), valor que debería ser revisado teniendo encuenta que el cloruro es un contaminante muy agresivo en relación a la corrosión. La norma JIS nolo contempla.
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pHe. El pHe es la medición de la fuerza de la acidez en combustibles a base de etanol y es unindicativo del potencial de corrosión de estos. Este parámetro es muy importante para controlar lacorrosión, cuando el pHe de etanol usado como combustible para vehículos con motor de
encendido por chispa, está por debajo de 6,5, las bombas eléctricas de combustible puedenpresentar un mal funcionamiento como resultado de la película que se forma entre las escobillas yel conmutador, también los inyectores de combustible pueden fallar debido al desgaste por corrosión y puede ocurrir un desgaste excesivo del cilindro del motor. Cuando el pHe es superior a9,0, las partes plásticas de la bomba de combustible pueden fallar. Los efectos adversos sonmenores cuando el etanol es empleado en un 10 % en volumen en las mezclas con gasolinas.
Este requisito está contemplado en todas las normas coincidiendo el límite especificado de 6,5 a9,0 en las normas NTC, ASTM y CAN. En relación con el límite de la norma JIS el valor es inferior,
es decir más básico (7±1,0).Apariencia. La turbidez o evidencia de precipitación normalmente indica mayor contaminación.
Las especificaciones de todas las normas exigen que el producto sea claro y brillante, libre decontaminantes suspendidos o precipitados, esto se determina mediante un examen visual. En elcaso de la norma ASTM además establece que estas condiciones se deben presentar atemperatura ambiente o a 21°C (70°F), la que sea mayor.
Metanol. Aunque se pueden producir pequeñas cantidades de metanol durante el proceso de
producción de etanol, el metanol en altas concentraciones puede ser corrosivo en los componentesdel sistema de combustible y tiene un mayor efecto en el aumento de la presión de vapor que eletanol. El límite se establece para prevenir la corrosión que ocasiona el metanol y el efectoincremental de la presión de vapor. El límite también se establece para prevenir que el metanol seautilizado como un desnaturalizante.
La norma colombiana no establece este requisito aunque indica que está prohibido el uso demetanol como desnaturalizante. En relación con los otros países, las normas ASTM y CANestablecen el mismo valor de 0,5% en volumen y la EN indica un límite de prácticamente el doble
(1% en masa), mientras que la norma JIS establece el valor de 4 g/l como límite.
Azufre. El etanol prácticamente no contiene azufre (1-2 mg/kg) pero ciertos procesos productivospueden adicionar compuestos con azufre en el combustible Desnaturalizantes como gasolinas
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Color. Permiten evaluar la presencia de impurezas provenientes del proceso productivo o deltransporte inadecuado, así como la contaminación con otros productos o con herrumbre. Eloscurecimiento también puede ocurrir debido a la oxidación de compuestos inestables presentes
(alcoholes superiores y aldehídos). El bioetanol es incoloro o amarillo en presencia de proteínas. Elcolor puede cambiar con la adición de colorantes o desnaturalizantes. La presencia de impurezaspuede también reducir la vida útil de los filtros de combustible de los vehículos, causar la formaciónde depósitos u obstrucciones en los carburadores de los automóviles más antiguos o en piezasmovibles de los motores, como las del sistema de inyección electrónica de los automóviles másmodernos.
Este requisito no se define en ninguna de las normas pero en el numeral 4.2 de la norma ASTM seindica que puede ser acordado entre el comprador y el proveedor
Contenido de benceno. El benceno es uno de los compuestos que merecen mayor atencióndebido a su acción cancerígena en seres humanos, aún en pequeños contenidos. Se trata de uncompuesto de presencia natural en el petróleo y la gasolina, y es también producto de la reformacatalítica, generando gasolinas con elevado octanaje. Vale la pena resaltar que los aldehídos decadena molecular pequeña, también son cancerígenos y son rigurosamente controlados. Laadición de etanol diluye el benceno presente en las gasolinas base, mientras que tiende aaumentar el contenido de aldehídos en las emisiones, problema que ha sido solucionado con laintroducción de los catalizadores automotrices.
Este requisito solamente se define en la norma canadiense con un límite de 0,25 % en volumen. Así mismo, en la norma ASTM aunque no se establece un límite para el benceno, en el numeralX2 se indica que para California debe ser máximo de 1,10% en volumen, determinado según elmétodo ASTM D5580.
Contenido de aromáticos. El límite del contenido de aromáticos está relacionado con ladisminución de la emisión de sustancias tóxicas del aire. A mayor contenido de aromáticos,mayores emisiones de hidrocarburos aromáticos policíclicos (PAH) en los gases de escape.
Este requisito solamente se define en la norma canadiense con un límite de 2,5 % en volumen. Asímismo, en la norma ASTM aunque no se establece un límite para el contenido de aromáticos, enel numeral X2 se indica que para California debe ser máximo de 1,7% en volumen, determinadosegún el método ASTM D5580
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Octano Motor, (MON: capacidad antidetonante de una gasolina, medida en mono cilíndricoestándar de laboratorio, a 900 RPM y con control de temperatura de mezcla aire/combustibles a300°F). El índice es una medida de la capacidad antidetonante de la gasolina y la principal
característica que identifica el comportamiento de la combustión dentro del motor por lo que esmuy importante en el desempeño del motor. La durabilidad y el buen desempeño de los motoresdepende en gran medida que se les suministre el octanaje mínimo requerido. La determinación delrequerimiento mínimo de octano para el parque automotor de un país o región puede ser estimadoutilizando técnicas estadísticas. Los resultados de los análisis estadísticos muestran que eldesempeño antidetonante del combustible en algunos vehículos puede correlacionarse mejor conel RON mientras que en otros, la correlación es mejor con el MON. Estas correlaciones también sediferencian por las condiciones de operación del motor o vehículo y los modelos de los vehículos,lo que refleja los cambios en los diseños de motores en los últimos años.
En Colombia, Estados Unidos, Japón y Canadá existen diferentes clases o tipos de gasolina: Colombia: Gasolina corriente; gasolina extra Estados Unidos: Gasolina con plomo; gasolina sin plomo36 Japón: clase 1; clase 2 Canadá: Grado 1 o Regular; Grado 2 o grado medio; grado 3 o Premium: grado 4 o Súper
Premium.
El requisito de índice antidetonante está contemplado en las normas NTC, ASTM, y CAN para cada
uno de los tipos de gasolina con valores límites mínimos comprendidos entre 84 y 93. Así mismo,en la norma ASTM se establecen los índices en función de grandes grupos de vehículos y tambiénse analiza el efecto de la altitud y el clima en los requisitos de antidetonante debido. La normaCAN no establece el índice antidetonante pero si indica los números RON y MON mediante loscueles se puede calcular el IAD que corresponde a 89,8. La norma JIS no lo contempla.
Presión de vapor Reid (RVP). La presión de vapor evalúa la tendencia de la gasolina aevaporarse. Debe ser suficientemente alta para garantizar el arranque fácil del motor en frio, perono tan alta que contribuya a interrumpir el paso de combustible al sistema de alimentación por vaporización en las líneas de conducción. Una presión de vapor muy alta demuestra la presencia
de muchos hidrocarburos volátiles y provoca el mal funcionamiento del motor. Las gasolinas conpresión de vapor muy alta tienden a provocar pérdidas mayores por evaporación (COV), conimpacto negativo sobre el medio ambiente. Durante el invierno, cuando la temperatura ambiente es
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bronce del motor y del tanque de almacenamiento. La cinta de cobre calentada a 50°C en un bañode combustible por tres horas y comparada con cintas de referencia determina el grado decorrosión. Esta corrosión resultante puede ser inducida por algunos compuestos del azufre y por
ácidos presentes en el combustible por lo que este parámetro está relacionado con el número deacidez.
Este requisito se incluye en todas las normas con un límite de clasificación igual a 1. Los métodospara su determinación son similares.
Azufre. El requisito se encuentra definido en todas las normas con límites diferentes y existiendouna diferencia amplia entre estos, considerando como unidad % en masa (0,090 para Colombia;0,008 para Estados Unidos (gasolina sin plomo en la norma ASTM D4814 y para E85, norma
ASTM D 5798); 0,150 (gasolina con plomo); 0,01; 0,001 para Japón y 0,03 para Canadá). Ladeterminación del contenido de azufre mediante el método ASTM D2622 se utiliza en Colombia,Estados Unidos y Canadá.
Benceno. La norma ASTM no establece este requisito. En relación con los otros países, lasnormas NTC, EN, JIS y CAN establecen límites diferentes. Los límites establecidos en Colombia(0,9% en volumen para la gasolina oxigenada corriente y 1,8% en volumen para la extra)corresponden al menor y mayor valor de todas las especificaciones; el límite 1,5% en volumen dela norma canadiense es similar al de la gasolina extra.
Aromáticos. Este requisito se define en la norma colombiana con un valor máximo de 25 ml/100ml para la gasolina oxigenada corriente y 31,5ml/100 ml para la gasolina oxigenada extradeterminados según los métodos ASTM D5580 y ASTM D1319 y en la norma EN con un valor máximo de 35 %en volumen.
Contenido de Plomo. El plomo liberado después de la combustión de la gasolina es uncontaminante peligroso tanto para el medio ambiente como para la salud humana. La decisión dereducir el contenido de plomo en las gasolinas se originó al determinarse que los vehículos conmotor que usan la gasolina con plomo constituyen la principal fuente de emisión de óxidos de
plomo a la atmosfera. Además existe una incompatibilidad manifiesta entre el uso de gasolinas conplomo y los convertidores catalíticos (TWC) empleados para reducir las emisiones de monóxido decarbono (CO), hidrocarburos no quemados (THC) y óxidos de nitrógeno (NOx) a la atmosfera. Elplomo se fija sobre los puntos activos del catalizador inactivándolo totalmente de forma irreversible
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gasolina y muestra el porcentaje de los volúmenes que pasan de la fase líquida a la fase vapor amedida que se eleva la temperatura del combustible. Las curvas de destilación designan los límitesde temperaturas de punto final y la temperatura a la que se evapora el 10%, 50% y el 90% del
volumen del combustible. Estas características de destilación, junto con la presión de vapor y lascaracterísticas V/L, afectan las siguientes características de desempeño del vehículo: Arranque,manejabilidad (maniobrabilidad), bloqueo de vapor, la dilución del aceite del motor, economía decombustible y deshielo del carburador. La temperatura de evaporación del 10% de combustibleinicial debe ser lo suficientemente baja como para asegurar el arranque bajo condiciones normalesde temperatura. Los combustibles con la misma temperatura de evaporación del 10% y el 90%pueden variar considerablemente en la manejabilidad (maniobrabilidad) del vehículo debido a lasdiferencias en las temperaturas de ebullición de los componentes intermedios o fracciones. Lamanejabilidad (maniobrabilidad) y la calidad de marcha en vacío (ralentí) se ven afectadas por latemperatura de evaporación del 50% (Ver índice de manejabilidad más adelante, en esta sección).La temperatura de evaporación del 90% y la del punto final deben ser lo suficientemente bajas paraminimizar la dilución del aceite del motor.
Las normas ASTM D4814, JIS K2202 y CAN-CGSB 3.5 contemplan este requisito estableciendo ellímite máximo para la temperatura de evaporación del 10%, 50%, 90% y punto final de ebullicióncon valores similares en un rango de 70ºC a 225ºC. Además del límite máximo, la normacanadiense también establece el mínimo para la temperatura de evaporación del 10% con un valor de 35ºC. Las normas CAN-CGSB 3.5 y ASTM D4814 también indican un calendario estacional ygeográfico para el ajuste de los límites establecidos, lo cual no se encuentra definido en las normas
NTC 1380 y JIS K2202.
En relación con la norma EN define el requisito de volatilidad (propiedad relacionada con lafacilidad del combustible para mezclarse con el aire antes de su quema) para seis clases devolatilidad (A, B, C, D, E y F) considerando los límites para el 70%, 100% y 150% de evaporación.
La norma ASTM D5897 únicamente incluye el requisito de punto final de ebullición con un límitemáximo de 225ºC que es el mismo valor definido en todas las demás normas.
En relación con el requisito de residuo de destilación, éste se encuentra definido en todas lasnormas con un límite máximo de 2% en volumen.
Contenido de gomas La especificación de 5mg/100ml como contenido máximo de gomas es
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la norma ASTM D4814 contempla un rango entre (1 – 10)% en volumen y la norma ASTMD5798 un rango de (51 – 83) % en volumen,
la norma EN establece un valor de 5% en volumen máximo,
la norma JIS establece un valor de 3% en volumen, la norma CAN establece un rango de (3-10)% en volumen
Apariencia (Aspecto). Las especificaciones de todas las normas exigen que el producto sea claroy brillante, libre de contaminantes suspendidos o precipitados, esto se determina mediante unexamen visual. En la norma ASTM D4814, además se establece que estas condiciones se debenpresentar a temperatura ambiente o a 21°C (70°F), la que sea mayor. En la NTC se establece quese deben presentar a temperatura ambiente.
Corrosión, acero en agua37
.La determinación de las propiedades corrosivas de los inhibidoresque se van a utilizar en ductos que transportan productos destilados tales como gasolina y dieselentre otros, deben evaluarse y aceptarse en primera instancia a nivel de laboratorio. Con elprocedimiento de prueba NACE TM 0172 (NATIONAL ASSOCIATION OF CORROSIONENGINEERS) se determinan las características corrosivas por medio de manchas, causadas por eldestilado con y sin inhibidor. La aparición de mayor cantidad de manchas indicará tendenciacorrosiva. De acuerdo al porcentaje de manchas que el inhibidor ayude a disminuir se considerarási el producto es aceptado para proteger los ductos que transportan productos destilados.
Este requisito está definido únicamente en la norma CAN con un límite máximo de B+ (menos de5% de la superficie de prueba corroída) determinado por el método NACE TM0172.
Contenido de manganeso. El uso del manganeso tiene la función de aumentar el octanaje de lagasolina pero sólo se puede emplear en bajas concentraciones (0,016 gramos de manganeso por litro de gasolina) debido a que el carburante puede presentar problemas de estabilidad, creadepósitos en el motor y su respuesta al incremento de concentración llega a un límite, así mismoel manganeso, en dosis altas es extremadamente toxico y presenta y agresivo al medio ambiente.
Este requisito está definido únicamente en la norma CAN con un límite máximo de 18mg/ldeterminado por el método ASTM D3831.
Contenido de fósforo. El fósforo desactiva catalizadores en los automóviles para disminuir la
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IM = 1,5 T10 + 3,0 T50 + 1,0 T90 + 1,33°C (2,4°F) 3% de volumen de etanolDónde:
T10 es la temperatura de destilación a la que se evapora el 10% del volumen del combustible T50 es la temperatura de destilación a la que se evapora el 50% del volumen del combustible T90 es la temperatura de destilación a la que se evapora el 90% del volumen del combustible 1,33 es el coeficiente para el porcentaje en volumen presente, si los resultados de la
destilación se determinan en °C 2,4 es el coeficiente para el porcentaje en volumen presente, si los resultados de la destilación
se determinan en °F
Este requisito está definido en las normas ASTM y CAN con valores límite similares comprendidos
entre 597 ºC y 569 ºC para los Estados Unidos y 597 ºC y 550 ºC para Canadá.
Contenido de BEN (número de emisiones de benceno)38. Se trata de una estimación de laevaporación, el funcionamiento y las emisiones de benceno del tubo de escape de los vehículos.
Este requisito está definido únicamente en la norma CAN aunque no establece valores, indica quese deben reportar los valores de acuerdo con lo establecido en las Regulaciones para gasolina ybenceno. De acuerdo con lo establecido en el Anexo 1 de las Regulaciones para benceno en lagasolina de Canadá39, el número de emisiones de benceno se calcula a partir de las siguientesecuaciones:
a. Cálculo de emisiones durante el verano:
BENSUM = [6.73272 × exp(b1)] + [5.0784 × exp(b2)] + b3Siendo:
b1 = (0,0006197 × SUL) - (0,003376 × E200) + (0,02655 × ARO) + (0,22239 × BZ); b2 = (-0.096047 × OXY) + (0.000337 × SUL) + (0.011251 × E300) + (0.011882 × ARO) +
(0.222318 × BZ) b3 = 10 × BZ × {[(0.004775 × RVP2 - 0.05872 × RVP + 0.21306) × (-0.029 × MTBE -
0.080274 × RVP + 1.3758)] + [(0.006078 × RVP2 - 0.07474 × RVP + 0.27117) × (-0.0342 ×MTBE - 0.080274 × RVP + 1.4448)] + [(0.016169 × RVP2 - 0.17206 × RVP + 0.56724) × (-0.0342 × MTBE - 0.080274 × RVP + 1.4448)] + [(0.004767 × RVP + 0.011859) × (-0.0296
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BENWIN es el número de emisiones de benceno de la gasolina suministrada durante elinvierno.
BZ es la concentración de benceno en la gasolina, como un porcentaje de la gasolina por
volumen. Exp (x) es la base del logaritmo natural, elevado a la potencia de x, una variable. E200 es la proporción de evaporación de la gasolina a 93,3 °C (200°F), como porcentaje de la
gasolina por volumen. E300 es la proporción de evaporación de la gasolina a 148,9°C (300°F), como porcentaje de la
gasolina por volumen MTBE es la concentración de oxígeno en la gasolina, como un porcentaje de la gasolina en
peso, después de la adición de metil ter-butil éter (CH3OC (CH3) OXY es la concentración de oxígeno en la gasolina, como un porcentaje de la gasolina en
peso. RVP se refiere a la presión de vapor Reid de la gasolina a 37,8°C (100°F), en kPa, multiplicado
por 0,14504. SUL es la concentración de azufre en la gasolina, en mg/kg VOLANN es el volumen total de todos los lotes, en m3, suministrados durante el año por parte
del proveedor. VOLBAT es el volumen de un lote, en m3.
Densidad. Es una medida indirecta de la proporción agua y alcohol existente en el combustible. Si
es elevada, puede indicar gran cantidad de agua; si la masa específica es muy baja, indica lapresencia de componentes livianos, como metanol y aldehídos, los cuales pueden causar máspolución al medio ambiente. Como los motores son ajustados considerando el poder calorífico y enconsecuencia, el contenido energético por litro de combustible abastecido, la densidad es unapropiedad que debe ser monitoreada continuamente en diferentes etapas de la distribución delproducto.
Este requisito está definido en las normas CAN con un valor límite máximo de 720 kg/m3 y JIScon un valor límite máximo de 0,783 g/cm3 determinado mediante el método JIS K2249
Contenido de Metil Terbutil Eter, MTBE40. La adición de compuestos oxigenados tales comoalcoholes y éteres de bajo peso molecular para incrementar el octanaje de la gasolina y promover una combustión más completa, con la consiguiente reducción de emisiones de monóxido de
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como olefinas y sustancias nitrogenadas. La adición de colorantes y marcadores, también puedemodificar mucho esta propiedad, lo que debe ser considerado en las especificaciones del producto.
Este requisito está definido únicamente en la norma JIS en la cual establece el límite como basadoen naranja.
5.2.2 Biodiesel y sus mezclas con diesel fósil
5.2.2.1 Biodiesel
Es un combustible compuesto de ésteres metílicos de ácidos grasos de cadena larga derivados deaceites vegetales o animales designado como B100. Se utiliza en la preparación de sustitutostotales o parciales del petrodiesel o gasóleo obtenido del petróleo. A continuación se describen losrequisitos, límites establecidos y los métodos de ensayo que se le deben hacer al biodiesel B100,en los países objeto de comparación con la norma colombiana. En relación con lo anterior, cabeanotar que en las normas NTC 5444, EN 14214 y JIS K2390 aparecen definidos los requisitos paraun solo grado de Biodiesel B100; en la norma ASTM D6751 se contemplan dos grados deBiodiesel (B100), (Grados S15 y S500). Para el Canadá no se encontró una norma específica yque en la norma CAN/CGSB-3.520, en el numeral 6.1, se indica que “el componente de éster debiodiesel deberá cumplir con la norma ASTM D6751 o EN 14214” (biodiesel comúnmentedesignado B100), las cuales difieren en varios de los requisitos y límites solicitados. Por lo anterior y debido a que la norma CAN permite la aplicación indistinta de las normas ASTM D6751 ó la EN
14214, en la comparación, únicamente se hará mención acerca de si existen diferencias entre lasespecificaciones establecidas en estas dos normas. Así mismo, se debe tener en cuenta que paraColombia, la norma NTC 5444 cubre las especificaciones para uso como combustible o comocomponente de mezclas con combustibles diesel que coincide con la norma EN 14214 pero difierede lo indicado en las normas ASTM D6751, JIS K2390 y Canadá donde se describe solo para usocomo componente de la mezcla con combustibles diesel a base de hidrocarburos convencionales.
Dentro de la comparación realizada es importante tener en cuenta que el término Biodiesel esutilizado en Colombia41, en los Estados Unidos, se hace referencia a Biodiesel B100, mientras que
en las normas EN 14214, JIS K 2390, el término utilizado es ésteres Metílicos de ácidos grasos(FAME) y en la norma CAN/CGSB-3.520 se denomina como Éster biodiesel al B100.
Igualmente es importante destacar que para Colombia según la NTC 5444 que el Biodiesel se
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Los límites y las unidades especificadas en la Unión Europea coinciden con los de Colombia, perono los métodos de ensayo referenciados. En relación con Japón, los límites concuerdan con los deColombia pero están expresados en otras unidades (g/cm3) y el método de ensayo aplicado
tampoco es el mismo. En el caso de Canadá, las normas ASTM y EN son diferentes.
Número de cetano. El número de cetano es una medida de la calidad de ignición del combustible,influye en las emisiones de humo negro y en la calidad de la combustión. Los requisitos de númerode cetano dependen del diseño del motor, las variaciones de la carga y velocidad y las condicionesde arranque y atmosféricas.43 Si el número de cetano es muy alto la combustión puede iniciarse sinhaberse mezclado bien el combustible con el aire, dando como resultado una combustiónincompleta y generación de humo. Un número de cetano bajo conlleva ruidos en el motor prolongando el retraso de la ignición, causando problemas de encendido y aumentando lasemisiones de gases y partículas. Por lo general el biodiesel tiene números de cetano mayores queel diesel derivado del petróleo. El número de cetano depende de la estructura, cuanto mayor seala longitud de la cadena de los ácidos grasos y los grupos éster, mayor será el número de cetano.Igualmente será mayor cuando hay ausencia de dobles enlaces.
El número de cetano especificado para Colombia es de mínimo 47 y los métodos establecidos son ASTM D613 e ISO 5165, este valor coincide con el establecido por Estados Unidos así como elmétodo de ensayo (ASTM D613). El límite establecido en la norma EN es superior (51, mínimo) yconcuerda con el de Japón y el método de ensayo requerido (EN ISO 5165). En relación con lanorma CAN que permite el uso de las normas ASTM y EN, sin embargo los límites indicados en
estas dos normas son diferentes. Igualmente, la unidad cetano que aparece en la NTC 5444 noaparece en ninguna de las internacionales.
Viscosidad (cinemática a 40 ºC). Es una característica que indica la fluidez y facilidad deatomización del combustible, así también impacta en la característica de lubricidad del combustible.Debe poseer una viscosidad mínima para evitar pérdidas de potencia debidas a las fugas en labomba de inyección y en el inyector. De la misma forma se tiene un límite de viscosidad máximapor consideraciones en el diseño y tamaño de los motores y las características del sistema deinyección
La norma NTC 5444 fija los límites de (1,9-6,0) mm2/s y, como métodos de ensayo, el de la ASTMD445 y la ISO 3104; frente a Estados Unidos coinciden el límite especificado, las unidades y en elmétodo ASTM D445 aunque incluye la Nota X 1 3 donde indica que el límite superior para la
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Colombia, concuerda con el de la Unión Europea pero no con lo indicado en Japón. Es importanteresaltar que la especificación para los Estados Unidos no coincide con los requisitos descritos paraColombia, Unión Europea y Japón ya que presenta una diferencia sustancial porque en la norma
ASTM D5751, aparece el requisito como "Agua y sedimento" y el valor del límite máximocontempla las dos propiedades. En las otras normas aparecen por separado bajo los requisitos“Contenido de agua ” y “Contaminación total (sedimentos)”. En cuanto al método utilizado para sudeterminación tampoco es concordante. variables a diferencia de las normas de Colombia, UniónEuropea y Japón en donde los sedimentos aparecen por separado bajo el requisito “Contenido deagua” y “Contaminación total”. En relación con la norma CAN que permite el uso de las normas
ASTM y EN, los límites indicados en estas dos normas son totalmente diferentes debido a loexpresado anteriormente para la norma estadunidense.
Contaminación Total. Es la cantidad de material insoluble retenido después de la filtración de uncombustible en condiciones normales. Es importante porque, cuando se encuentra en altaconcentración de impurezas insolubles tienden a causar la obstrucción de los filtros de combustibley bombas de inyección. Puede ser debida altas concentraciones de jabones y de los sedimentos.
El valor de la contaminación total máximo permitido en Colombia es de 24 mg/Kg y el métodoaprobado para la determinación es la norma EN 12662. Tanto el límite, las unidades y el método deensayo son los mismos para la Unión Europea y Japón. Hay una diferencia con Japón en elnombre del requisito, pues en la norma JIS K2390 aparece como “Impurezas sólidas”. En EstadosUnidos no se pide este requisito como se indicó en el punto “Contenido de agua” ya que se está
contemplando el requisito como contenido de agua y sedimentos. En relación con la norma CANque permite el uso de las normas ASTM y EN, los límites indicados en estas dos normas sondiferentes.
Punto de inflamación. No está relacionado directamente con el rendimiento del motor. Sedetermina para satisfacer los requisitos legales y las medidas de seguridad involucrados en elmanejo y almacenamiento del combustible, precauciones que normalmente se especifican paracumplir con la seguridad y la normatividad contra incendios. En este sentido, a través del punto deinflamación es posible detectar un la presencia de un contenido de metanol alto dado que el punto
de inflamación disminuye cuando el contenido de metanol supera los límites permitidos afectandola seguridad en el manejo, transporte y almacenamiento del combustible .
En Colombia el valor límite es de 120ºC mínimo y se pueden emplear los métodos de análisis
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dificultades con las partes de cobre, latón o bronce del sistema de combustible. La presencia deácidos o compuestos que contienen azufre puede dañar la lámina de cobre, lo que indica laposibilidad de corrosión. Mediante la comprobación del desgaste de una lámina de cobre se puede
observar si existen dichos compuestos corrosivos.
Para Colombia, la especificación corresponde a la clasificación de 1 y el método por aplicar es elindicado en las normas ASTM D130 ó ISO 2160. En la norma de los Estados Unidos se estableceque se debe cumplir con la clasificación de 3, máximo que no coincide con el solicitado enColombia que es más estricto: los métodos de ensayo concuerdan. El valor establecido paraColombia coincide con la especificación de la Unión Europea y Japón aunque en estos dos países,el requisito aparece descrito como "Corrosión de la tira de cobre (3 h a 50ºC)”. En cuanto a lasnormas sobre el método de ensayo, el indicado en la NTC concuerda con el de la norma europeapero no con el de la japonesa. En relación con la norma CAN que permite el uso de las normas
ASTM y EN, los límites indicados en estas dos normas son diferentes.
Estabilidad a la oxidación. Se determina la vida de almacenamiento y la degradación potencial deun combustible durante su almacenamiento. La oxidación de un combustible suele venir acompañada de la formación de gomas solubles, que causan la producción de depósitos insolublesen la punta del inyector y fallas en las boquillas de los inyectores los cuales provocan problemasde obstrucción de filtros.
En Colombia, la NTC fija un límite de 6 horas mínimo y como método de determinación la norma
EN 14112, estas especificaciones difieren de lo establecido en la norma ASTM (siendo el valor establecido en Estados Unidos menos estricto) y coinciden con la norma EN de la Unión Europea.Japón no fija especificación e indica que el valor es el acordado entre las partes interesadas. Enrelación con la norma CAN que permite el uso de las normas ASTM y EN, los límites indicados enestas dos normas son diferentes.
Estabilidad Térmica. Este método proporciona una indicación de la estabilidad oxidativa térmicade los combustibles destilados cuando se calientan a altas temperaturas, simulando lo que puedeocurrir en algunos tipos de motores de recirculación o en sistemas quemadores de combustibles.
Los resultados no han sido sustancialmente correlacionados con el motor o el funcionamiento delquemador. El método de prueba puede ser útil para la investigación de los problemas operativosrelacionados con la estabilidad térmica del combustible. Cuando el método de ensayo se utilizapara controlar la fabricación o almacenamiento de combustibles los cambios en los valores de
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Destilación (PFE). El biodiesel presenta un punto de ebullición en lugar de una curva dedestilación. Las cadenas de ácidos grasos en los aceites crudos y grasas a partir de los que seproduce el biodiesel, se componen principalmente de hidrocarburos de cadena lineal con 16 a 18
átomos de carbono que tienen similares temperaturas de ebullición. El punto de ebulliciónatmosférico del biodiesel generalmente varía desde 330°C hasta 357°C, por lo tanto el valor de laespecificación de 360°C no es problema. Esta especificación fue incorporada como una precauciónadicional para garantizar que el combustible no haya sido adulterado con contaminantes de altopunto de ebullición.
La especificación para Colombia corresponde a 360ºC máximo y los métodos de ensayo estánindicados en las normas ASTM D86 e ISO 3405; la especificación de Estados Unidos coincide perono el método de ensayo; igualmente la descripción del requisito aparece como "Temperatura dedestilación, temperatura equivalente atmosférica, 90% recobrada. En la Unión Europea y Japón nose solicita este requisito. En relación con la norma CAN que permite el uso de las normas ASTM yEN, los límites indicados en estas dos normas son diferentes.
Número ácido. El número ácido se utiliza para determinar el nivel de ácidos grasos libres o ácidosde procesamiento que pueden estar presentes en el biodiesel. Se ha demostrado que el biodieselcon un número alto de ácido, aumenta los depósitos en el sistema de combustible y puedeaumentar el riesgo de corrosión. El número de ácido mide un fenómeno diferente para biodieselque para combustible diesel de petróleo. Este mide los ácidos grasos libres o degradación por productos que no se encuentran en combustible diesel de petróleo
La especificación para el Número ácido coincide para Colombia, Estados Unidos, Unión Europea,Japón y Canadá tanto en valor como en unidades. Del mismo modo el método de ensayo de lanorma NTC 5444 concuerda con el referenciado en las normas para Estados Unidos, UniónEuropea y Canadá. En el caso de Japón, no coincide. Hay diferencias en cuanto a la descripcióndel requisito para la Unión Europea ya que el requisito aparece como “Índice de acidez” y en lanorma japonesa aparece como Valor de ácido.
Índice de yodo. Es la medición de la insaturación total (dobles enlaces) en una mezcla de ácidos
grasos y es expresada en gramos de yodo que reaccionan con 100 gramos de biodiesel. Losvalores altos de yodo se lo relacionan con la polimerización de los combustibles, tendiendo aformar depósitos en las boquillas de los inyectores, en los anillos del pistón y en procesos dehidrólisis
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Este requisito (con esta descripción) solo se establece en la norma japonesa JIS K2390. Sinembargo tanto para Colombia, Estados Unidos, las normas piden los tres requisitos de punto de
nube, el punto obturación del filtro frío (CFPP) y el punto de fluidez a baja temperatura (LTFT) queson indicativos del desempeño de un combustible a bajas temperaturas. En la norma europea, EN14214, se establecen requisitos relacionados con el clima, indicando que cada país debe fijar suslímites de acuerdo con los datos meteorológicos nacionales. En relación con la norma CAN quepermite el uso de las normas ASTM y EN, los límites indicados en estas dos normas sondiferentes.
Temperatura de Obturación del filtro frío (CFPP). Se lo considera un indicador adecuado paradeterminar la menor temperatura operativa del combustible debido a que el CFPP es latemperatura a la que un combustible hace que un filtro de combustible se tapone debido a quealgunos de sus componentes han empezado a cristalizarse o solidificarse y se puede considerar que es una medida de la capacidad del combustible para desempeñarse a temperaturas bajas.
Este requisito en ninguna de las normas sujetas a comparación tiene un valor definido para laespecificación. La norma NTC 5444 indica que se reporte la temperatura y establece comométodos de ensayo, las normas ASTM D6371 y la EN 116. Además hace aclara que los valorespara estos parámetros deberán establecerse en las normas técnicas específicas que se definanpara cualquier mezcla biodiesel - diesel en cualquier proporción. Los valores definidos deberán ser
sustentados en estudios realizados en laboratorios acreditados y avalados por autoridadcompetente.
En la norma ASTM D6751 se hace la observación que este requisito junto con el LTFT y el puntode nube pueden ser utilizados como estimados para los límites de temperatura de operación paralas mezclas de biodiesel, aunque no están disponibles datos precisos para todos los métodos deensayo, por lo que no es real especificar requisitos para temperaturas bajas que aseguren laoperación satisfactoria de las mezclas de biodiesel bajo todas las condiciones ambientales, entodas las situaciones de almacenamiento. Igualmente, en la norma para la Unión Europea EN
14214 no se define un límite pero se establecen requisitos relacionados con el clima y se aclaraque cada país debe fijar sus límites justificándolos mediante datos meteorológicos nacionales. Enla norma Japonesa se solicita el desempeño a bajas temperaturas como se indicó en el numeralanterior En relación con la norma CAN que permite el uso de las normas ASTM y EN los límites
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enfríe bajo condiciones recomendadas. Cuanto más bajo sea el punto de fluidez del combustiblemejor será el desempeño del motor a bajas temperaturas. Los resultados de las pruebas de fluideza baja temperatura son indicativos del funcionamiento del flujo del combustible El método de
ensayo es especialmente útil para la evaluación de combustibles que contienen aditivos paramejoramiento de flujo en un intervalo de + 10°C a -30°C.
Para biodiesel B100, en Colombia, la norma pide reportar la temperatura y establece como métodode ensayo la norma ASTM D97. En las normas de los Estados Unidos, Unión Europea, Japón yCanadá, no se pide este requisito para biodiesel B100.
Carbón residual. Proporciona una medida de la tendencia de un aceite combustible a formar residuo carbonoso. Aunque no está directamente correlacionado con depósitos en el motor, estapropiedad se considera una aproximación. Como en el intervalo de ebullición de destilado, lasfracciones de biodiesel hierven aproximadamente a la misma temperatura y es difícil dejar un 10%residual de la destilación. Por lo tanto, se utiliza una muestra de 100% para sustituir la muestra del10% residual, con el cálculo ejecutado como si se tratara de la residual del 10%.
En Colombia se establece un límite máximo de 0,3 % en masa y como métodos de ensayo serelacionan las normas ASTM D4530 e ISO 10370. En los Estados Unidos no es el mismo valor (0,050% en masa), pero hay concordancia con el método de ensayo (ASTM D4530). El límiteespecificado en Colombia coincide con el de la Unión Europea y Japón. En cuanto al métodoespecificado, concuerda con el de la Unión Europea (EN ISO 10370) pero no con el Japón. En
relación con la norma CAN que permite el uso de las normas ASTM y EN, los límites indicados enestas dos normas son diferentes.
Contenido de fósforo. El fósforo puede dañar los catalizadores utilizados en los sistemas decontrol de emisiones y su nivel debe mantenerse bajo. Los convertidores catalíticos son cada vezmás comunes en los equipos impulsados con diesel, así las normas de emisiones son restringidas,así que niveles de fósforo bajos serán de creciente importancia. El biodiesel a partir de otrasfuentes puede o no contener niveles más altos de fósforo y esta especificación se añadió paraasegurar que todo el biodiesel, independientemente de la fuente, tenga bajo contenido de fósforo
En la NTC, el límite especificado es de 10 mg/kg máximo y los métodos de ensayo son losindicados en las normas ASTM D4951 e ISO 14107 y concuerda con la norma de los EstadosUnidos aunque existe diferencia las unidades En relación con la EN no coincide el límite Para
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El contenido de calcio y magnesio máximo establecido en Colombia es de 5 mg/kg y los métodosde análisis especificados están en las normas ASTM D5863, EN 14108 y EN 14109; El límite
coincide con los Estados Unidos aunque en la ASTM está expresado en otras unidades ppm(µg/g), no coincide el método de ensayo, Con la Unión Europea y Japón coinciden el límite delcontenido y unidades, pero no la referencia del método de ensayo. En la EN 14214, la descripcióndel requisito aparece como “Metales del grupo II (Ca + Mg)". Para Canadá coincide el límite paraambas normas.
Contenido de ésteres. Son los componentes que le dan el nombre al biodiesel (monoalquilesteres) Este parámetro es importante porque mide la eficiencia de conversión de la reacción(transesterificación) y permite determinar la posibilidad de presencia de otras sustancias ésteres.Los valores bajos de las muestras de biodiesel puro pueden provenir de malas condiciones dereacción o de varios componentes de menor importancia presentes en la grasa original o en lafuente de petróleo, tales como metanol, agua, glicerina, ácidos grasos libres, entre otros. Una altaconcentración de materia insaponificable como los esteroles, alcoholes residuales, glicéridosparciales y sin separar el glicerol puede dar lugar a valores por debajo del límite45. Los valoresinferiores de contenido de éster pueden provocar alta viscosidad, disminución del efecto deatomización, mala combustión y aumento en los depósitos de carbono.
La norma ASTM D6751 no incluye este requisito que se denomina como “Contenido en FAME” enlas normas EN y JIS 46. El valor del límite mínimo permitido en Colombia es de 96,5% en masa y
coincide con el de las normas EN 14103 y JIS K2390.
Contenido de alquilester de acido linolénico. El éster metílico del ácido linolénico posee tresdobles enlaces lo que lo hace muy inestable, susceptible a las reacciones de oxidación, causandodegradación y polimerización del combustible, ocasionando la formación de residuos sólidos yafectando negativamente la propiedad de lubricidad del combustible causando daños en el motor.
En requisito en la NTC aparece como “Contenido de alquilester de acido linolénico” presentadodiferencia con las normas EN y JIS donde se cita como “Ester metílico de ácido linolénico”. Este
requisito no se define en la norma ASTM. El contenido de ácido linolénico máximo permitido enColombia es de 12% en masa y la norma para el método de análisis es el de la EN 14103. El límitecoincide con el establecido en la Unión Europea y Japón. La norma ASTM no contempla esterequisito En relación con la norma CAN que permite el uso de las normas ASTM y EN los límites
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válvulas.47
El límite máximo de glicerina total permitido en Colombia es de 0,25 % en masa, los métodos de
ensayo autorizados están en las normas ASTM D6584 y la ISO 14105. Este límite es igual alestablecido en las normas de la Unión Europea y Japón y es diferente del indicado en la norma ASTM. En relación con la norma CAN que permite el uso de las normas ASTM y EN, los límitesindicados en estas dos normas son diferentes.
Contenido de Monoglicéridos. Son compuestos que quedan de la reacción incompleta del aceitey el metanol. Los niveles altos de monoglicéridos máximo pueden causar problemas de depósitosen el inyector, afectar negativamente el funcionamiento en clima frío y causar obstrucción en losfiltros.
En las normas NTC, EN y JIS, el límite permitido es de 0,8 % en masa y los métodos aceptadosestán en las normas ASTM D6584 e ISO 14105. La norma ASTM D6751 no establece un límite, sinembargo en el numeral X3.2.2, se indica que el requisito de glicerina total controla indirectamenteel contenido de monoglicéridos.
Contenido de digliceridos. Son compuestos que quedan de la reacción incompleta del aceite y elmetanol. Los niveles altos de digliceridos pueden causar problemas de depósitos en el inyector yafectar negativamente el funcionamiento en clima frío y causar obstrucción en los filtros. Losdigliceridos aumentan la corrosión al formar quelatos con los metales de las superficies metálicas
El contenido de digliceridos máximo permitido en Colombia es 0,2 % en masa y los métodos deensayo aprobados se indican en las normas ASTM D6584 e ISO 14105 lo cual concuerda con laUnión Europea y Japón. La norma de Estados Unidos no establece este requisito. En relación conla norma CAN que permite el uso de las normas ASTM y EN, los límites indicados en estas dosnormas son diferentes.
Contenido de Triglicéridos. Es aceite remante sin reaccionar que queda en el combustible. Losniveles altos de triglicéridos, como en el caso de los digliceridos pueden causar depósitos en el
inyector y afectar el funcionamiento en clima frío y obstruir los filtros. También aumentan lacorrosión de las superficies metálicas.
El contenido de triglicéridos máximo permitido para Colombia es 0 2 %en masa y los métodos para
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Azufre. Uno de los principales precursores de la formación de material particulado en las cámarasde combustión. Contribuye al desgaste del motor y a la aparición de depósitos que varíanconsiderablemente de importancia dependiendo en gran medida de las condiciones de operación
del motor. El azufre en el combustible también puede afectar el desempeño de los sistemas decontrol de las emisiones, así que por razones ambientales se han impuesto los d iferentes límites deazufre. Se indica que el B100 es esencialmente libre de azufre.
Es importante que sea controlado para evitar la acción corrosiva en el motor, el deterioro del aceitelubricante y la formación de gases tóxicos en las emisiones contaminantes. En los vehículos concatalizador, cuando la carga de material catalítico no es adecuada o cuando no es debidamentedimensionada, el azufre puede transformarse en ácido sulfídrico (H2S), que es tóxico y presenta unolor desagradable. Los óxidos, al ser lanzados a la atmósfera, también se oxidan formando ácidosulfúrico, que retorna a la corteza terrestre como lluvia ácida, capaz de atacar la salud humana yperjudicar a la flora y la fauna. Hay una tendencia mundial a adoptar tecnologías que minimicen laemisión de azufre para la atmósfera.
La NTC 5444 no contempla este requisito. Los límites definidos en las normas ASTM, EN y JIS nocoinciden. En relación con la norma CAN que permite el uso de las normas ASTM y EN, los límitesindicados en estas dos normas son diferentes.
Cold Soak Fi l tration Test (CSFT )48. El tiempo en segundos que tarda el biodiesel macerado enfrío, en pasar a través de dos filtros de 0,8 micrones y la cantidad de partículas recogida en el
filtro, se expresa en miligramos por litro (mg/L), cuando el biodiesel se almacena a temperaturasinferiores a 40°F (4,4ºC) durante largos períodos de tiempo (15 horas), algunos componentes seprecipitan de la solución y caen al fondo del tanque de almacenamiento. Este precipitado formaráuna capa espesa en el fondo del tanque. En general, mayor será la precipitación en el biodiesel sipermanece mayor tiempo a una temperatura fría. Este material precipitado puede tapar los filtrosy apagar el motor. El precipitado puede producirse por una incompleta remoción de la glicerinadurante el proceso de transesterificación. En estudios realizados, se identificó una preponderanciade monoglicéridos saturados en el componente orgánico49
Este ensayo no está contemplado en las normas de Colombia, Unión Europea y Japón. En lanorma ASTM D5751 se establece un límite máximo de 360 segundos para mezclas B5-B20 contemperaturas de punto nube por debajo de -12 GC y 200 segundos para mezcla B5-B20 con pto denube por debajo de -12 GC
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esto, una de las razones por las cuales se está usando el biodiesel en mezclas con combustiblesdiesel es los beneficios ambientales que esto genera..
Al hacer la revisión de las normas existentes que regulan los requisitos, especificaciones ymétodos de ensayo para el diesel y sus mezclas con biodiesel en Colombia, y en los cuatro lospaíses de la comparación, se encontró que en el caso de Colombia existe una sola norma quecobija el diesel derivado del petróleo y las mezclas de diesel con biodiesel, igual situación ocurrecon la norma de la Unión Europea, mientras que tanto en Estados Unidos como en Canadá hayuna norma para cada producto.
Contenido de Biodiesel (alquilésteres de ácidos grasos). La NTC 1438 establece un límite de10% en volumen. En relación con las normas ASTM, la ASTM D975 hace referencia a loscombustibles diesel sin mezcla de biodiesel o con un 5% máximo mientras que la ASTM D7467aplica para las mezclas de biodiesel de 6 a 20% en Volumen (B6 a B20) con combustible dieselderivado del petróleo. La norma EN 590 contempla un contenido de ésteres metílicos de ácidosgrasos (FAME) máximo del 7% en volumen. En el caso de Japón, según la Ley sobre el control decalidad de la gasolina y otros combustibles indica que el contenido de FAME máximo permitido esde 5% en masa, este valor también es citado en la norma JIS K2230. La norma CAN/CGSB-3.520,especifica que la concentración máxima permitida de ésteres de biodiesel es de 5% por volumende la mezcla final de combustible.
Azufre. En la norma NTC 1438 se establecen dos límites de azufre, para diesel corriente 0,05% en
masa y para diesel extra 0,005% en masa, como métodos de ensayo se indican las normas ASTMD4294, ASTM D2622, ASTM D1552 y ASTM D1266. Tanto los valores de contenido máximo deazufre, como los métodos de ensayo de la norma colombiana no coinciden con ninguna de lasnormas objeto de comparación; en el caso de Estados Unidos tanto en la norma ASTM D975 comoen la ASTM D7467, se presentan tres grados de diesel para azufre: S15 con un límite de 15 ppm(µg/g), S500 con un límite de 0,05% en masa y S5000 máximo con un límite de 0,50% en masa.La norma EN 590 fija un valor máximo de 10 mg/kg; en Japón el límite es de 0,0010% masa y enCanadá, la norma CAN/CGSB-3.517 para combustible diesel derivado del petróleo fija dos gradospara azufre: LS 500 mg/Kg y ULS 15 mg/kg y en la norma CAN/CGSB-3.520 para mezclas con
biodiesel fija un contenido de azufre de 500 mg/kg.Contenidos de Aromáticos. Esta prueba se especifica para prevenir un aumento en el contenidode aromáticos promedio en los combustibles diesel Los aromáticos son moléculas del
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Por último, en las normas CAN/CGSB 3.517 y CAN/CGSB 3.520 no se especifica un límite para elÍndice de cetano; sin embargo en ambas se establece que para control se puede utilizar el número
de cetano.Corrosión al cobre, 3h a 50 °C. El valor límite fijado para Colombia no concuerda con el de lasnormas de Estados Unidos, Unión Europea y Canadá. Japón no establece este requisito. Encuanto al método de ensayo la norma colombiana coincide con el establecido en las normas ASTMy CAN.
Color ASTM. En la NTC 1438 se dan límites para este parámetro tanto para diesel corriente comodiesel extra y el método indicado es el de la norma ASTM D1500. En ninguna de las demásnormas para combustible diesel derivado del petróleo ni para las mezclas con biodiesel seencuentra establecido dicho requisito. De otra manera, en las normas CAN/CGSB 3.517, (numeralD17) y CAN/CGSB 3.520 (numeral 6.17.1) se indica que están permitidos los intervalos de color deincoloro a ámbar o ligeramente café.
Residuos de Carbón micro, máximo (10% de fondos). El valor límite especificado paraColombia por la norma NTC 1438, no coincide con ninguno de los establecidos en las normas delos países estudiados; en cuanto al método de ensayo coincide con el de las normas canadienses.
Gravedad API. La gravedad API, de sus siglas en inglés American Petroleum Institute, es una
medida de densidad que describe que tan pesado o liviano es el petróleo comparándolo con elagua. Si los grados API son mayores a 10, es más liviano que el agua, y por lo tanto flotaría enesta. La gravedad API es también usada para comparar densidades de fracciones extraídas delpetróleo. Es una función especial de la densidad relativa (gravedad específica) a 15,56C/15,56C(60F/60F), definida ésta como la relación de la masa de un volumen igual de agua pura a lamisma temperatura.
En la NTC 1438 para este requisito no se dan valores sino que se pide reportar el dato obtenido;los métodos de ensayo especificados son ASTM D4052, ASTM D1298 y ASTM D287. En las
normas para Estados Unidos y Canadá, no se establece este requisito ni para combustible dieselpuro ni para las mezclas de diesel – biodiesel. En las normas de la Unión Europea y Japón, elrequisito esta descrito como “Densidad a 15ºC” y para ambas normas se definen límites mínimo ymáximo
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Las temperaturas del 90% y punto final deben ser lo suficientemente bajas para reducir al mínimode destilado se obtiene una mejor combustión, menos depósitos en la cámara de combustión yreducción de emisiones. La temperatura de punto final de ebullición máximo, limita la presencia de
compuestos de alto peso molecular, que producen mala combustión y depósitos.En relación con el punto inicial de ebullición, la norma NTC 1438 para Colombia pide reportar eldato e indica que el método de ensayo es la ASTM D86. Ninguna de las normas para diesel sinmezclar, ni para las mezclas con biodiesel establecen este requisito.
En relación con la temperatura de 50% en volumen recobrado, en la norma NTC1438 se indicaque se debe reportar el dato obtenido para diesel corriente. En ninguna de las normas seestablecen valores para este requisito, tanto para combustible diesel puro como para sus mezclascon biodiesel.
En relación con temperatura de 90% en volumen recobrado, la norma NTC 1438 fija un límitemínimo para el diesel extra, dicho valor coincide con el del Grado 2D del combustible diesel de lanorma ASTM D975. En las normas EN 590, JIS K2204, CAN/CGSB 3.517, CAN/CGSB 3.520 nose establecen valores pero en la norma europea se hace la misma aclaración de la temperaturadel 50%. Igualmente, la norma colombiana establece límite máximo que coincide parcialmente conlo establecido en Estados Unidos, Japón y Canadá para los valores fijados para combustible dieselpuro pero no coinciden los valores para las mezclas de diesel-biodiesel. En la norma EN 590 nohay valores definidos, solo la nota de observación citada en para la temperatura de 50% de
volumen recobrado.
Además de lo anterior, la norma EN 590 establece los requisitos de temperatura de 95% envolumen recobrado, % en volumen destilado a 250ºC y a 350ºC que no figuran en las demásnormas. La NTC 1438 establece el requisito de Punto de ebullición máximo que no se incluye enlas demás normas.
Para todos los requisitos relacionados con la destilación, el método de ensayo de la NTC 1438coincide con los establecidos para en las normas de Estados Unidos y Canadá, mientras que no
concuerdan con los métodos para la Unión Europea y Japón.Contenido de agua y sedimento, máximo. Este requisito está incluido en las normas deColombia Estados Unidos y Canadá donde coinciden los valores y el método de análisis En el
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consideran los requisitos de punto de fluidez (Pour Point), punto obstrucción del filtro frío (CFPP) ypunto de nube o enturbiamiento; en Estados Unidos y Canadá, el control se realiza a través de losrequisitos de punto de nube o enturbiamiento, punto de fluidez a baja temperatura (LTFT) y punto
obstrucción del filtro frío (CFPP); en el Japón, el control es para punto de fluidez (Pour Point).Igualmente que para biodiesel, la norma EN 590 establece requisitos relacionados con el climapara combustibles diesel y sus mezclas con FAME indicando que cada país debe fijar sus límitesde acuerdo a los datos meteorológicos nacionales.
Punto de Fluidez. Los valores especificados y los métodos de ensayo establecidos para Colombiano coinciden con ninguna de las normas de los países de la comparación. Cabe aclarar que aunuelas normas extranjeras no fijan límites para los valores de las propiedades de fluidez en frío, lasmismas normas indican que estos límites se deben determinar de acuerdo con las condicionesambientales existentes en el lugar donde vayan a ser comercializados tano los combustibles dieselcomo sus mezclas. En las normas de los Estados Unidos el requisito LTFT aparece descrito enunión con el CFPP y no se especifican valores para los límites, pero se hace la observación de queno es realista especificar las propiedades de baja temperatura que garanticen el funcionamientosatisfactorio en todas las condiciones ambientales. En general, el punto de nube (o punto deapariencia de cera), la Prueba de fluidez a baja temperatura y la prueba de punto de obstruccióndel filtro pueden ser usadas como una estimación de los límites de temperatura de funcionamientopara los aceites combustibles diesel, lo mismo que para las mezclas con biodiesel. Laspropiedades adecuadas de operatividad a baja temperatura deben ser acordadas entre elproveedor y el comprador de combustible para el uso previsto y de la temperatura ambiente
esperada. La norma igualmente presenta mapas de los estados unidos donde aparecen lastemperaturas mínimas para los diferentes estados.
La norma EN 590 no establece este requisito. Para Japón, la norma JIS K2204 presenta valorespara las cinco clases de combustible, los cuales se han clasificado de acuerdo con su punto defluidez (pour point).
En las normas de Canadá (CAN/CGSB-3.517 y CAN/CGSB-3.520) no se establecen límites para elLTFT pero se pide reportar los datos y que los combustibles deben cumplir con las propiedades de
flujo a baja temperatura de acuerdo a las condiciones climáticas, por lo tanto las propiedades deflujo del combustible a temperatura baja final deberán estar diseñadas para ofrecer un rendimientosatisfactorio a las temperaturas indicadas por los datos del 2,5% de temperatura baja finaldiseñada para el periodo y lugar destinados al uso previsto Sin embargo cuando esta sea más
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mencionan este requisito.
Punto de nube/enturbiamiento. Para este requisito, la NTC 1438 pide reportar el dato obtenido.
En las normas de los Estados Unidos no se establecen límites indicando que es muy difícilespecificar las propiedades de baja temperatura que garantice el funcionamiento satisfactorio entodas las condiciones ambientales. En general, el punto de nube (o punto de apariencia de cera),puede ser usadas como una estimación de los límites de temperatura de funcionamiento para losaceites combustibles diesel, lo mismo que para las mezclas con biodiesel.
La norma EN 590 no establece un límite pero en los requisitos dependientes del clima (clima árticoo de inviernos extremos) aparecen los límites correspondientes según la clasificación para loscombustibles. Igualmente se debe recordar que la norma también establece que cada país debefijar sus límites justificándolos mediante datos meteorológicos nacionales
En la norma Japonesa no se incluye este requisito. Las normas canadienses no establecen unlímite, solo piden reportar en la misma forma que lo descrito para el requisito Punto de Fluidez.
Punto de inflamación. Los límites establecidos en la NTC 1438, concuerdan con los de lasnormas de Estados Unidos pero no ocurre lo mismo con los dados para la Unión Europea, Japón yCanadá. En cuanto al método de ensayo concuerda con el indicado para Estados Unidos.
Cenizas. El límite para este requisito especificado en la NTC 1438 coincide en valor y en unidades
con los reportados en las normas de Estados Unidos, Unión Europea y Canadá. En cuanto almétodo de ensayo, coincide con el de Estados Unidos y Canadá. La norma JIS no establece esterequisito.
Lubricidad. La lubricidad es un término cuantitativo que describe la capacidad que tiene un líquidode afectar la fricción entre las superficies que están en movimiento relativo bajo carga y determinar el desgaste a las superficies de metal. Dos características de los combustibles afectan el uso deequipos: la baja viscosidad y la falta de suficientes cantidades de trazas de elementos que tienenuna afinidad por las superficies. Si la viscosidad del combustible cumple con los requisitos de un
motor en particular, una película de combustible se mantiene entre las superficies en movimientodel sistema de combustible. Esto evita exceso de contacto metal con metal y evita fallasprematuras debido al desgaste. De manera similar, ciertas moléculas de superficie activa en elcombustible se adhieren o se combinan con las superficies para producir una película protectora
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de alta frecuencia) como se describe en el documento SAE 961181 53. Pero si se tienen losresultados de la pruebas con un combustible base representativo, para cualquiera de los criteriosdescritos en los numerales correspondientes a Requerimientos de aditivos de lubricidad54, 55, 56
tendrán prioridad sobre el requisito anterior. En las Notas de Precaución de la norma CAN/CGSB3.520, se aclara que los requisitos detallados en los numerales 6.26 y 6.27 proporcionan unasolución provisional, hasta que sean completadas las actividades de desarrollo de informacióntécnica adicional de la ISO y la SAE.
Estabilidad Térmica. La NTC 1438 establece un límite de 70% mínimo de reflectancia a 90minutos de calentamiento y como método de ensayo menciona la norma ASTM D6468. La norma
ASTM D975 no establece un límite pero recomienda utilizar el método de ensayo ASTM D6468para conocer cualitativamente el desempeño a la estabilidad térmica para el diesel y también indicaque el desempeño es satisfactorio para un valor superior a 70% para periodo de calentamiento de90 minutos para uso normal y superior a 80% para periodo de calentamiento de 180 minutos parauso severo. De la misma manera, la norma ASTM D7467 para mezclas de biodiesel no estableceun límite pero recomienda utilizar el método de ensayo ASTM D6468 para investigar problemasoperacionales que puedan estar relacionados con la estabilidad térmica del combustible
Las normas EN, JIS y CAN no establecen este requisito. Sin embargo, para Canadá, las normasCAN/CGSB 3.515 y CAN/CGSB 3.520 indican que se puede utilizar la norma ASTM D6468 paramedir la estabilidad térmica de combustible diesel. Un resultado más alto del porcentaje dereflectancia en esta prueba, indica mejor estabilidad térmica y una tendencia menor a causar
obstrucción del filtro.
Estabilidad a la oxidación. Este requisito tiene como límite máximo 25 g/m3 y el método deensayo indicado es el ASTM D2274. Para Estados Unidos, la norma ASTM D975 para combustiblediesel puro no lo pide mientras que en la norma ASTM D7467 para mezclas de B6 a B20 si seencuentra establecido aunque el límite establecido en dicha norma no coincide con el de la normacolombiana. En la norma europea, el requisito contempla límites máximo y mínimo y estáexpresado en dos unidades (g/m3 y horas). En la NTC el requisito contempla límites máximo ymínimo no coincidiendo el límite máximo con las demás normas y coincide el límite mínimo (20 h)
con el establecido en la EN 590. En las normas JIS y CAN no se establece este requisito.Número de ácido. Este requisito se encuentra definido en las normas de Canadá tanto para eldiesel puro como las mezclas diesel - ésteres de biodiesel En la NTC se establece para diesel que
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Las normas NTC, EN y JIS no establecen este requisito. Para Estados Unidos, la especificaciónpara la conductividad eléctrica está definida en la norma ASTM D975 para combustible diesel puro.En las notas de prevención se advierte que el requisito de conductividad eléctrica de 25 pS/m
mínimo a la temperatura de entrega, será de aplicación cuando las condiciones de transferenciaexistan para la entrega en un contenedor de transporte móvil (por ejemplo, camiones cisterna,vagones y barcazas). El requisito de conductividad eléctrica no está establecido en la norma
ASTM D7467 para mezclas de B6 a B20.
En Canadá, en las normas CAN/CGSB 3.517 y CAN/CGSB 3.520, este requisito está especificado,tanto para diesel puro, como para diesel y sus mezclas con biodiesel.
Contaminación total. Este requisito únicamente se especifica en la norma EN 590 y el método deensayo corresponde al de la norma EN 12662. Cabe anotar que aunque no establecen el requisito, las normas ASTM D7467 y CAN/CGSB 3.520recomiendan referirse a la norma la ASTM D6469, para obtener información sobre cómo detectar ycontrolar la contaminación microbiana en combustible y en sistemas para combustibles. Hidrocarburos aromáticos policíclicos. Se definen como el contenido total en hidrocarburosaromáticos menos el contenido de hidrocarburos monoaromáticos, determinados ambos por lanorma EN 1291658.
Este requisito únicamente se incluye en la norma EN 590.
5.2.3 Conclusiones
En la comparación de las normas colombianas que regulan los combustibles oxigenados, eletanol combustible, el biodiesel B100, el diesel y las mezclas diesel - biodiesel con las de losEstados Unidos, Unión Europea, Japón y Canadá, se encontraron numerosas diferencias encuanto a los requisitos de calidad establecidos, los valores límite aplicados a cada requisito,unidades utilizadas y los métodos de ensayo empleados, que hacen que dicha comparación
sea difícil.
Con respecto a los métodos de ensayo establecidos también se presenta que aunque existed i l d l ét d t d té i i il
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aquellos que están asociados a las emisiones contaminantes de los vehículos.
Del análisis realizado en relación con los requisitos de calidad establecidos para el biodiesel
(B100) y sin tener en cuenta los métodos de ensayo aplicados y las cifras decimales de loslímites, se encuentra que en las normas comparadas sólo 16 requisitos coinciden en laespecificación (valor y unidades de medida equivalente), véase la Tabla 36; existen dosrequisitos con límites similares (véase la Tabla 37); ocho requisitos con límites diferentes(véase la Tabla 38Tabla 38) y siete requisitos que solo se encuentran descritos en una solanorma (véase la Tabla 39Tabla 39).
Una diferencia sustancial para el biodiesel B100, es que en las normas para los EstadosUnidos, Canadá y Colombia, aplican tanto a los ésteres metílicos de ácidos grasos (FAME)como a los ésteres etílicos de ácidos grasos (FAEE) y para la Unión Europea y Japón solo secontemplan los ésteres Metílicos de ácidos grasos (FAME).
Las normas para biodiesel en Colombia y en la Unión Europea se aplican para uso comocombustible o como componente de mezclas con combustibles diesel, a diferencia de las delos Estados Unidos, Japón y Canadá donde se describe solo para uso como componente de lamezcla con combustibles diesel a base de hidrocarburos convencionales.
Las normas de los Estados Unidos y Canadá, presentan muchas coincidencias entre ellas y asu vez las de la Unión Europea y Japón son muy parecidas. Las normas técnicas colombianas
NTC 5444 y NTC 1438, incluyen la mayoría de los requisitos presentes en las normas tanto dela Unión Europea como las de los Estados Unidos.
Es importante anotar que para el biodiesel B100, en la Norma Técnica Colombiana NTC 5444,no aparece el requisito para Azufre, el cual aparece en todas las demás normas de lacomparación. Si bien se aclara en dichas normas que el biodiesel prácticamente está libre deazufre, es importante hacerle un seguimiento, debido a que los límites son cada vez másestrictos a nivel internacional y podría ocurrir contaminación en los procesos de transporte oalmacenamiento.
En el caso del biodiesel y su mezclas, vale la pena mencionar que el requisito de Punto deapariencia de cera (método ASTM D3117), contemplado por las normas canadienses para el
t d P i d d d Fl id t t b j tá f ti d
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6. REVISIÓN DE LOS ESQUEMAS INTERNACIONALES DE ASEGURAMIENTO Y CONTROLDE LA CALIDAD QA/QC PARA LA PRODUCCIÓN ALMACENAMIENTO, TRANSPORTE Y
DISTRIBUCIÓN DE BIOCOMBUSTIBLES Y SUS MEZCLAS CON COMBUSTIBLES FÓSILES
El objetivo de esta actividad es revisar cuatro esquemas internacionales de aseguramiento ycontrol de la calidad (QA / QC) aplicables a la producción, el almacenamiento, el transporte y ladistribución de biocombustibles y sus mezclas con combustibles fósiles, y formular recomendaciones para que el gobierno de Colombia implemente su propio sistema QA / QC. Loscuatro esquemas evaluados en este informe son:
BPAC – sistema de biodiesel alemán (numeral 6.1.2 );
BQ-9000, sistema estadounidense de calidad del biodiesel (numeral 6.1.3 ); PMQC - programa brasileño de control de combustibles (numeral 6.1.4); y Ley japonesa sobre control de la calidad de la gasolina y otros combustibles (numeral 6.1.5).
Un esquema de QA/QC se entiende en este informe como un conjunto de documentos queestablecen59: Requisitos aplicables a los operadores económicos (productores y/o distribuidores de
combustible). Requisitos o documentos de referencia que deben utilizar los organismos de certificación (es
decir, procedimientos de ensayo, documentos reglamentarios frente a los cuales se va arealizar la certificación o la inspección). Requisitos aplicables a los organismos de acreditación.
Los esquemas de QA / QC pueden pertenecer a diversas partes involucradas, por ejemplo a lasadministraciones públicas y las organizaciones que compran o venden los productos objeto de lacertificación (por ejemplo, asociaciones industriales).
6.1 REVISIÓN DE LOS ESQUEMAS SELECCIONADOS
6.1.1 Justificación para la selección de los esquemas
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de biodiesel en Estados Unidos en el año 2010, y pretende alcanzar un millardo de galones enel año 2012.
El Programa Brasileño para el Monitoreo de la Calidad de Combustibles (PMQC) querepresenta al productor y comercializador de bioetanol más grande de América Latina, en unpaís que ha sido pionero del etanol combustible desde la década de 1970 y que se puedeconsiderar un ejemplo para la región.
La ley japonesa sobre el control de la calidad de la gasolina y otros combustibles.
Todos los esquemas analizados cubren los mercados de exportación potenciales de interés paraColombia (Unión Europea, Estados Unidos, Japón)62, así como al modelo de referencia para laproducción y exportación exitosas de biocombustibles en Suramérica (Brasil). Igualmente, losesquemas incluyen tanto el bioetanol como el biodiesel, así como el mercado más amplio demezclas de combustibles. Existe una experiencia significativa con los biocombustibles en losesquemas analizados.
Las siguientes secciones proporcionan una visión general del funcionamiento de los esquemasseleccionados.
6.1.2 AGQM / BPAC (Esquema alemán para biodiesel)
En Europa, el diesel y el biodiesel están definidos por las normas EN 590 y EN 14214respectivamente, las cuales están implementadas en Alemania a través de las normas nacionalesDIN EN 590 y DIN EN 14214, y por la norma alemana B7 DIN 51628 desde enero de 2009. Elbiodiesel debe cumplir con los requisitos de la norma DIN EN 14214, independientemente de quese utilice como combustible puro (B100) o como componente en una mezcla.
AGQM (Arbeitsgemeinschaft Qualitaetsmanagement Biodiesel e.V) fue fundada en 1999 como unainiciativa de los productores y comercializadores de biodiesel alemanes, y la UFOP (Union zur Foerderung von Oel- und Proteinpflanzen e.V.).
La principal labor de la AGQM es inducir y establecer una base de confianza para los usuarios enel producto de biodiesel mediante la creación de un sistema uniforme de gestión de la calidad.
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de calidad, una auditoría inicial (exitosa) y teniendo valores analíticos adecuados para la primeramuestra, el documento de certificación es válido por un año. Se puede prolongar mediante unaauditoría durante un año.
La calidad del biodiesel producido o comercializado por los miembros que AGQM / BPAC severifica mediante control interno y a través del monitoreo externo permanente por medio deverificaciones no anunciadas del producto y auditorías anuales. Las muestras son tomadas sinprevio aviso (en cumplimiento de la norma DIN EN 51750, Parte 2 – Muestreo de productos de
petróleo líquido), por un instituto independiente y analizadas según la norma DIN EN 14214.
El esquema AGQM/BPAC cubre aproximadamente 3,6 millones de toneladas de biodiesel,alrededor del 74% de la capacidad de producción de biodiesel en Alemania, y aproximadamente ¾de todas las gasolineras que suministran biodiesel.
Monitoreo externo
Sistema de aseguramiento de la calidad de AGQM
Comité para el aseguramientode la calidad
Junta directiva
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Notificación final del ensayo e invitación a registrarse; Despacho de las muestras e inicio del ensayo;
Presentación de resultados y registro de datos, Evaluación de los datos; Despacho de certificados e informe, Taller sobre la evaluación del ensayo interlaboratorios.
Los miembros de AGQM / BPAC están obligados a participar y lo hacen sin ningún costo. Existeuna pequeña tarifa para los no miembros, máxima de 530 € para la ronda del 2012.
En cooperación con el FAM (organismo de normalización alemán para productos de aceite mineral)
en el DIN, la AGQM organiza actualmente un ensayo interlaboratorios exhaustivo para biodiesel yaceite vegetal en todo el mundo, el cual involucra a laboratorios de toda Europa y del exterior. Paralos productores alemanes de biodiesel, la participación en este ensayo es un prerrequisito para elreconocimiento de sus certificados de análisis por parte de las autoridades aduaneras (alemanas)(prueba de la conformidad con la norma de acuerdo con la ley de cuota de biocombustibles). En elaño 2011, un total de 70 laboratorios de Alemania, Europa, Suramérica y Asia tomaron parte, loque hizo del ensayo interlaboratorios de la AGQM / FAM el evento más grande de su tipo en todoel mundo (AGQM 2011).
La acreditación según la norma ISO 17025 no es requerida para los laboratorios. Sin embargo, AGQM hace un seguimiento anual de todos los participantes en el sistema de muestreo a través deunanounced por un laboratorio de pruebas independiente. Sólo este laboratorio tiene que ser 17025. El monitoreo sirve para entender el funcionamiento del plan. Por otro lado, la participaciónobligatoria de todos los laboratorios AGQM certificados en el Round Robin anual ayuda a loslaboratorios para la obtención de la acreditación, ya que un Round Robin es una verificación de lamedición de las competencias de acuerdo con la norma ISO 17025 para la acreditación delaboratorios de ensayo.
Relación con la legislación. De acuerdo con la 10ª ordenanza alemana para el control de la
inmisión (10. BImSchV), el biodiesel debe satisfacer los requisitos de la norma DIN EN 14214 paraque se permita su aplicación en vehículos como una mezcla con diesel o como combustible puro.Los requisitos de DIN EN 14214 también son una condición para que el biodiesel se cuente dentro
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Requisitos adicionales para la utilización de MEAG en las mezclas. Este tema está siendoexaminado por expertos de la UFOP y de la industria del petróleo.
Aumento en la estabilidad oxidativa, mediante el uso de aditivos 64, hasta un mínimo de ocho
horas. Reducción de los niveles de ceniza alcalina. Esto exigirá un cambio en el método PAI. Actualmente no tiene el apoyo de todos los laboratorios.
Valores de punto de obstrucción de filtros en frío (CFPP por sus siglas en inglés) (puede haber algunos cambios en la norma).
Componentes menores como glicósido de esterilo (véase UFOP 2011). Problemas con los países que tratan de reducir los contenidos de fósforo (Sudamérica) lo cual
puede ocasionar crecimiento microbiano (véase UFOP 2011).
Referencias para AGQM / BPAC. A continuación dese indican algunas referencias para consultasobre el tema. Comunicaciones personales con el representante de la UFOP. UFOP 2011 – Biodiesel 2010 – 2011 – Informe sobre la situación actual y las perspectivas –
Resumen tomado del informe anual de la UFOP, Union zur Förderung von Oel- undProteinpflanzen e. V. (UFOP), Berlín, Alemania, agosto de 2011 (disponible para descargar en:http://www.ufop.de/publikationen_english.php).
Sitio web de la AGQM en: http://www.agqm-biodiesel.de.
6.1.3 BQ-9000 (Esquema estadunidense para biodiesel)BQ-9000 es el programa estadounidense nacional para acreditación de biodiesel. Se trata de unesquema de colaboración y un programa voluntario para la acreditación de productores ycomercializadores de biodiesel. Por lo tanto, realmente es una combinación de certificación(sistema de gestión y producto) y acreditación de laboratorios. El programa es una combinación dela norma estadounidense (pero ampliamente utilizada en el ámbito internacional) ASTM parabiodiesel, ASTM D6751, y un programa de sistemas de calidad que incluye prácticas dealmacenamiento, muestreo, ensayo, mezcla, embarque, distribución y manejo de combustibles.
BQ-9000 está abierto a cualquier fabricante, comercializador o distribuidor de biodiesel y demezclas de biodiesel en Estados Unidos y Canadá.
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Importador
Laboratorios internos
BQ F1 – conformidad exigida para subcontratación
Establecen directrices para programas Auditores NBAC De gestión de la calidad del producto,también comercializador BQ-9000
Figura 4. Alcance del esquema BQ 9000 e importancia de las normas y los actores de lacadena de suministro
Productor BQ-9000: esta categoría es para empresas que producen biodiesel. El biodiesel debecumplir con la norma ASTM D6751 para que se defina legalmente como biodiesel en los EstadosUnidos o en Canadá. El programa garantiza que un productor está utilizando un sistema adecuadopara monitorear la calidad de su biodiesel, incluyendo muestreo, ensayo, almacenamiento yembarque. Los requisitos se especifican en “Requisitos del productor”65, los cuales estipulanrequisitos más bien generales para responsabilidades de la dirección (internas), documentación,
auditorías internas de la calidad, manejo de (cambios en) elementos operativos, prácticas delaboratorio, manejo de la no conformidad, acción correctiva, mezcla y carga desde camiones,ferrocarriles y buques, y compra de biodiesel a terceras partes.
Comercializador BQ-9000
Venta al por menor DistribuciónMezclaAlmacenamientoProducción
Productor BQ-9000
Laboratorio BQ-9000 Laboratorios externos
NABC
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publicitario que expone el logo de BQ-9000.
Laboratorios internos frente a los externos. Las organizaciones que utilizan laboratoriosexternos reciben de este laboratorio un formulario (BQF-1) diligenciado y firmado, junto con ladocumentación de soporte que indica su conformidad con los requisitos del sistema interno decalidad.
El laboratorio externo debe diligenciar anualmente este formulario, el cual debe ser conservado por la organización durante dos años mínimo.
La acreditación según la norma ISO 17025 no es requerida.
Proceso de certificación. Consta de las siguientes etapas
Certificación inicial. El proceso de certificación inicial está descrito en el documento NBAC“Paquete de solicitud de BQ-9000” 68. La fecha en que la Comisión de la NBAC aprueba lacertificación BQ-900 para un solicitante se convierte en la fecha de aniversario de sucertificación. Alrededor de un año después de la fecha del aniversario de la certificación, sellevará a cabo una auditoría de seguimiento en sitio.
Aproximadamente a los dos años desde la fecha de aniversario de la certificación se ejecutaráuna segunda auditoría de seguimiento. Al final de los tres años expira la certificación BQ-9000
de la organización. Si la organización continúa en el programa de certificación BQ-9000, debevolver a solicitar y completar una auditoría de recertificación antes de la fecha de expiración desu certificado.
Auditoría de seguimiento. La auditoría de seguimiento es una auditoría en sitio con duración deun día, durante la cual el auditor revisa los elementos del programa de la organización con BQ-9000. Esta auditoría tiene como objeto verificar que la organización certificada con BQ-9000continúa cumpliendo con los requisitos del programa, incluyendo todos los cambios en losrequisitos desde la última auditoría.
Se requiere de una segunda auditoría de seguimiento en el plazo de dos años desde la fechade certificación original.
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Ámbito geográfico: Estados Unidos y Canadá
Costos del programa. Las organizaciones que solicitan la certificación (productores ycomercializadores) pagan las siguientes tarifas a la NBAC por las auditorías: Tarifa de solicitud para un lugar: $3.800 miembros de NBB70 / $ 5.700 no miembros de NBB. Tarifa para la auditoría de seguimiento (al final del primero y segundo años): $1.900 miembros
de NBB / $2.850 no miembros de NBB. Tarifa para auditoría de recertificación (después de tres años): $3.200 miembros de NBB /
$4.750 no miembros de NBB.
Para productores y comercializadores duales, los costos de certificación se consolidaron: Tarifa de certificación para productor y comercializador dual: $4.800 miembros de NBB /
$7.100 no miembros de NBB. Tarifa de seguimiento para productor y comercializador dual: $3.500 miembros de NBB /
$5.200 no miembros de NBB. Tarifa de auditoría de recertificación para productor y comercializador dual: $4.800 miembros
de NBB / $7.100 no miembros de NBB.
Todas las tarifas excluyen los viáticos del auditor que se facturan inmediatamente después determinar la auditoría.
El esquema también incluye opciones para procesos provisionales, los cuales tienen un costo
ligeramente inferior a los costos arriba mencionados.
Referencias para BQ-9000. A continuación se indica una referencia para consulta sobre el tema.
Sitio web del programa: http://www.bq-9000.org.
6.1.4 PMQC (Esquema brasileño para todos los combustibles)
En Brasil, las normas de calidad para combustibles y su cumplimiento son manejados por la
Agencia Nacional de Petróleo, Gas Natural y Biocombustibles (ANP) a través de su programa demonitoreo de la calidad de combustibles líquidos (PMQC - Programa de Monitoreoento daQualidade dos Combustíveis Líquidos). La ANP es una entidad gubernamental establecida por ley.
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fin de orientar las acciones de cumplimiento de la ANP y también de las instituciones con las cualesla ANP mantiene contratos de cooperación.
Importación
Laboratorios propios de la ANP Publicación de resultados
(CPT) agregados
Figura 5. Alcance del sistema brasileño de aseguramiento de la calidad de los combustibles
El funcionamiento del programa PMQC está incluido en la resolución ANP 8/2011. De acuerdo conla reglamentación, el programa comprende muestreo, transporte, análisis físicos y químicos de lasmuestras que serán ejecutados por el Centro para la Investigación y el Análisis Tecnológicos (CPT)y por instituciones contratadas por la ANP a través de procesos de licitación (artículo 4).
Artículo 4 § 2: La ANP puede someter a las instituciones contratadas, en cualquier momento, a unaauditoria de calidad (bien sea directamente por parte de la ANP o por una tercera parte contratada)con respecto a los procedimientos y el equipo que tienen impacto en la calidad de los servicios
Venta al por menor DistribuciónMezclaAlmacenamientoProducción
Establece las normas
Programa PMQC
Inspección(Ley No. 9.478)
Laboratorios externos contratados
según licitación
ANP
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minorista) y sellarla en un sobre codificado, suministrado por el distribuidor. Cuando el minoristaorganiza su propio transporte, este proceso se ejecuta en el punto de distribución. Las muestras sedeberían recolectar en todos los compartimientos físicos que entregan el combustible. Estasmuestras se pueden utilizar posteriormente en caso de que una inspección por parte de la ANP ode un agente contratado evidencie incumplimiento de las normas de calidad. El minorista tiene elderecho a que la muestra se someta a ensayo en un laboratorio acreditado, cuyos costos lecorresponden al minorista.
Es responsabilidad del minorista el ejecutar las verificaciones de calidad de los combustiblescomercializados, cuando los consumidores lo solicitan. Con este propósito, el minorista deberíamantener el equipo necesario para ejecutar estos ensayos (resolución ANP No. 9/2007, artículo 8).Si el minorista no posee este equipo, puede verse sujeto a tarifas que van desde R$ 5.000 hastaR$ 50.000. El equipo y los procedimientos para estas revisiones de la calidad se detallan en el
documento de la ANP Cartilla del Puesto de Venta de Combustibles, 5a edición (2011), el cual sepuede descargar desde el sitio web de la ANP.
Inspección. La inspección puede ser llevada a cabo por la propia ANP o a través deorganizaciones contratadas, las cuales pueden ser organizaciones gubernamentales como latesorería estatal, el consejo municipal (para Sao Paulo), Procon (organización de defensa delconsumidor), quienes también son responsables de tomar las medidas legales cuando se detectaalguna no conformidad. Las consecuencias legales de la falta de conformidad pueden ser sanciones administrativas como cuotas, hasta la suspensión temporal de la operación y la
revocación de la licencia de operación (ANP 2011).
Cuando se toman las muestras para inspección, los minoristas tienen el derecho de una contramuestra, la cual se puede usar en su defensa, si se llegan a tomar acciones legales. Los costos por el análisis de las muestras en un laboratorio acreditado le corresponden al minorista.
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Costos. Los costos del sistema no son públicos. A modo de indicación, el programa PMQCcontrata a 23 instituciones que emplean a un total de 300 profesionales, para un total aproximadode 35.000 puntos de venta (gasolineras) en el año 2006. En 2010, se tomaron más de 16.000muestras de los puntos de venta.
Reglamentos sobre el etanol
Calidad del etanol. Las especificaciones de calidad para el etanol se indican en la resolución ANPNo. 7 (9.2.2011), que revoca a la resolución ANP No. 36 (6 diciembre de 2005). La resoluciónestablece las especificaciones para combustibles producidos en el territorio nacional o importados,tanto para etanol anhidro (alcohol etílico anhidro combustible, AEAC) como para etanol hidratado(alcohol etílico hidratado carburante, AEHC). En la Tabla 26 se presenta una lista completa de lasespecificaciones.
Metodología. La determinación de las características se debería llevar a cabo de acuerdo con lasnormas brasileñas (NBR) de la Asociación Brasileña de Normas Técnicas (ABNT) o con las normas
ASTM estadounidenses.
El muestreo se debería realizar de acuerdo a las siguientes normas: ABNT NBR 5764 ( Muestreode productos industriales químicos de monofase líquida), ASTM D4057 (Muestreo manual de
petróleo y productos de petróleo) o ASTM E300 (Muestreo desustancias químicas industriales).
La Tabla 29 y la Tabla 30 muestran los métodos de ABNT y ASTM que se deberían utilizar.
Reglamento sobre el biodiesel. La resolución ANP 15/2006 introdujo un contenido voluntario debiodiesel de 2 %. La ley 11.097 aprobada en diciembre de 2005 (enmienda de la ley 9.478 de1997) ordena 2 % de biodiesel para 2008 y 5 % para 2013 (Dieselnet 2011).
La norma brasileña para el biodiesel es un conglomerado de los conceptos de ASTM y CEN. Losmétodos de ensayo se relacionan con los métodos de ensayo de ASTM o, más comúnmente, conlos métodos de EN. En algunos casos, no se definen límites (sólo con fines de informe). Estaparece ser un acuerdo entre la tecnología existente en la planta y los requisitos del los fabricantesde automóviles (SENER-GTZ 2010).
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WUR 2007: Brazilian biodiesel and the EU - Fuel quality aspects and effect on sustainability .Rolf Blaauw, Wolter Elbersen, The Hague, November 19th, 2007.
6.1.5 Ley japonesa sobre el control de la calidad de la gasolina y otros combustibles(esquema para todos los combustibles)
Existen dos normas de calidad para biocombustibles en Japón: una norma obligatoria especificadaen la “Ley sobre control de la calidad de la gasolina y otros combustibles” (“Ley de aseguramientode la calidad”) y la norma industrial japonesa voluntaria (JIS - Japanese Industrial Standard) de la
Asociación Japonesa de Normas Industriales.
La ley de aseguramiento de la calidad ha sido modificada para permitir hasta 5% de metil ésteresde ácidos grasos (MEAG) por masa (en Estados Unidos y Europa la mezcla se da por volumen) y
3% de etanol (E3). Los requisitos han estado vigentes desde marzo de 2007. La ley tambiénespecífica un número de propiedades del combustible, y la norma se basa principalmente ennormas europeas. Las gasolineras que venden gasolina, combustible diesel o queroseno quesatisfacen las especificaciones de calidad de la norma están calificadas para utilizar las marcas SQ(sistema de certificación de marcas para distribuidores).
Con el fin de determinar la calidad del etanol que se permite mezclar con la gasolina, laOrganización Japonesa de Normas Automotrices (JASO – Japanese Automotive StandardsOrganisation) público directrices voluntarias para el uso de etanol en combustibles para
automóviles (JASO M 361) en octubre de 2006. La asociación también publicó una lista de normasexigidas relacionadas con la mezcla de MEAG con otros combustibles (JASO M 360). Las normasse establecieron según acuerdo con las industrias del alcohol, automotriz y del petróleo, así comocon grupos de consumidores. Se espera que estos reglamentos sean normalizados en el futuro por la Asociación Japonesa de Normas Industriales (JIS – Japanese Industrial Standards) y seconvertirán en las normas JIS K 2390:2008 (con base en la norma EN 14214) para MEAG y JASOM 361:2006 (ASTM 4806-04a y ANP No. 2 brasileñas modificadas) para etanol.
Funcionamiento del esquema. El esquema incluye a los actores provenientes de la producción (oimportación) hasta los procesadores y la venta dentro del mercado japonés. Todos los actores enla cadena de suministro se deben registrar ante el Ministerio de Economía, Comercio e Industria(METI - Ministry of Economy, Trade and Industry) y realizar verificaciones de la calidad tambiénpara las fases de los procesos subcontratados Esto implica que todas las empresas de la cadena
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incluye el ingreso en el registro de comercio, información sobre la empresa, etc.
Como alternativa, las verificaciones de la calidad pueden ser realizadas por laboratorios externosacreditados. Una lista de los laboratorios acreditados se publica en un sitio muy especial dedicadoal aseguramiento de la calidad de los combustibles del Ministerio de Recursos Naturales73. La NPAposee un laboratorio de ensayo acreditado con ISO 17025.
Independientemente del laboratorio que realice las verificaciones, se debe ensayar una muestracada 10 días de manera predeterminada. Después de que la NPA ha aceptado un plan demantenimiento de la calidad, que contiene información sobre la cadena de suministro, laconfirmación de la responsabilidad compartida y la prueba de que la verificación de la calidad delmes anterior no mostró ninguna no conformidad, la frecuencia de muestreo se reduce a una vezcada tres meses. El plan se debe volver a publicar una vez al año. Los documentos de los ensayos
internos se deben presentar, según solicitud, y conservar durante dos años. Los costos de losensayos están a cargo de los minoristas y los distribuidores.
Los resultados de los ensayos se envían a la NPA, la cual reporta ante el METI.
La verificación es realizada por la NPA, la cual toma muestras no anunciadas en las estaciones deservicio seleccionadas aleatoriamente. Esto se denomina “análisis de compra de prueba”.
Los resultados de los ensayos de las verificaciones por parte de la NPA se publican en su página
web74
. El METI también publica las no conformidades75
.
Participación de las partes involucradas. Las partes involucradas tanto del sector privado comodel gubernamental participaron en la formulación del esquema nacional. Por parte del gobierno,participaron el Ministerio de Economía, Comercio e Industria (METI), el Ministerio de AgriculturaForestal y Pesca (MAFF- Ministry of Agriculture Forestry and Fisheries), la Agencia para losRecursos Naturales y la Energía, y el sector privado estuvo representado por la AsociaciónPetrolera de Japón (PAJ- Petroleum Association of Japan).
Ámbito geográfico: Japón
Referencias para el esquema japonés. Además de las comunicaciones personales con elpersonal del Ministerio japonés de Economía Comercio e Industria reunidas por Carolin Capone
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6.2.1 Esquemas voluntarios frente a esquemas obligatorios
Los esquemas voluntarios tienen un procedimiento de solicitud y las tarifas se pagan al propietariodel esquema directamente, y/o a los laboratorios que realizan las verificaciones. No todos losactores del mercado participan en el esquema voluntario, dado que éste puede ser aceptado/pactado por algunos partes del mercado para comercializar y utilizar un producto que nocumple cabalmente con las normas de calidad. Por ejemplo, el propietario de una flotilla deautomóviles puede aceptar una calidad inferior del biodiesel, si cree que éste satisface suspropósitos. Obviamente, los distribuidores para el público general, normalmente participan, puestoque no pueden permitirse dudas acerca de la calidad del producto. Observe que las normas decalidad asociadas (ASTM en los Estados Unidos/Canadá y la EN 14214 en Europa) también sonvoluntarias.
Tabla 24. Comparación de los elementos principales de los cuatro esquemas
BPAC(Alemania)
BQ-9000 (USA) PMQC (Brasil)Esquema japonés
Propietario delesquema
Organizaciónindustrial
Organizaciónindustrial
Agenciagubernamental
Agenciagubernamental
Estatus legal Voluntario Voluntario Aceptado en las
leyes
Establecido por laley
Establecido por laley
Alcance en laubicación
Producción Distribución
Producción Distribución Puntos de
venta
Puntos de venta Puntos de venta
Auditores ylaboratorios
Muestras AGQM
Laboratoriosacreditados
Autoverificación Laboratorios
acreditados
Laboratoriocentral
Laboratorioscontratados
Autoverificación
Laboratoriosacreditados
Influenciarelativa
QA / QCinfluenciadoen la UniónEuropea
Gran mercadode
Gran mercado debiocombustibles(volumen), peroorientadoprincipalmente aEstados Unidos
Gran mercado debiocombustibles
Pequeño mercadode biocombustibles
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Ningún costo para el gobierno. La competencia entre auditores/laboratorios
acarrea una mayor eficiencia y menorescostos.
Participación con base en la voluntad paraentregar calidad en el combustible y facilitar elcomercio.
Participación innecesaria si una empresa decombustibles tiene un sistema deaseguramiento de la calidad individual paragarantizar la calidad del combustible.
Más flexibles hacia la participación en losmercados internacionales
Todos deben participar. Mejor protección del consumidor cuando los
actores del mercado están menos inclinados asalvaguardar voluntariamente la calidad delcombustible.
Se puede combinar con la administración deimpuestos/impuestos al consumo.
Menor pérdida de tiempo en la negociación eimplementación más rápida.
6.2.2 Alcance en la ubicación
Todos los esquemas monitorean la calidad del producto en los puntos de venta o a lo largo de lasrutas de distribución. El punto de venta es un punto lógico para verificar la calidad del producto,dado que es donde la calidad es más esencial. A lo largo de la cadena de suministro, la calidadpuede ser diferente. Esto permite flexibilidad al mercado, por ejemplo los comerciantes puedenelegir mezclar diversas calidades, aunque no todas cumplen con la norma, siempre que elresultado final si satisfaga la norma.
Una desventaja de verificar la calidad final únicamente en el punto de venta es que el comercio deproductos intermedios no está sustentado con un control sistemático de la calidad. Por tanto,especialmente en los esquemas voluntarios, las verificaciones se pueden realizar en diversasetapas de la cadena de suministro. Para el comercio, es importante que el vendedor y elcomprador conozcan la calidad del producto en cualquier punto de la cadena independientemente,incluso, de si la calidad satisface o no la norma.
6.2.3 Elementos metodológicos
La comparación indica que algunos esquemas optan por la acreditación de laboratorios de terceraspartes para realizar las verificaciones y otorgar los certificados de calidad. Cualquier laboratoriopuede solicitar la acreditación.
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incluyendo tuberías, tanques de almacenamiento, barcazas, tanques y estaciones de servicio paraevitar la posible contaminación. En puntos determinados de la cadena de suministro se tomanmuestras regulares y se someten a ensayo en laboratorios internos o de terceras partes. Estoslaboratorios son monitoreados a través de un esquema acreditado de aseguramiento de la calidad.La calidad del combustible en tales casos está garantizada por un esquema individual de calidaddel combustible – cada compañía tiene su propio esquema.
Si el sistema funciona bien, los gobiernos (por ejemplo la autoridad de impuestos) únicamenterealiza verificaciones aleatorias o en caso de sospecha de no conformidad.
En algunos países, este alto grado de autodeclaración no funciona bien, si existe un incentivosignificativo para entregar combustibles que no satisfagan las especificaciones y si la posibilidad deser atrapado o el castigo son bajos. Como reacción a esto, o como anticipación, los gobiernos
eligen instalar un esquema obligatorio de aseguramiento de la calidad.
En el caso de los biocombustibles, varias organizaciones alrededor del mundo han instalado unesquema voluntario de aseguramiento de la calidad de combustibles. Las principales razonespara la creación de esquemas voluntarios han sido:
Los biocombustibles eran “extraños” para la industria del petróleo tradicional. Las normas decalidad y los sistemas QA desarrollados por el sector productor de biocombustibles ayudaron aconstruir la confianza entre los productores y los comerciantes, así como a ganar la confianza
de los consumidores.
Los productores de biocombustibles eran relativamente pequeños, un enfoque grupal hacia elaseguramiento de la calidad del producto fue eficaz en términos de costos.
Las normas de calidad para biocombustibles abordan algunos aspectos un poco diferentes delas normas de calidad para combustibles fósiles y necesitan otras técnicas analíticas.Igualmente, nuevas materias primas y combinaciones alternas de materias primas imponencontinuamente nuevos interrogantes técnicos y analíticos. Los esquemas individuales
existentes para el aseguramiento de la calidad de los combustibles en las empresas depetróleos a menudo no pueden abordar estos aspectos.
L t difí il d t t l d t i di id l d
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gubernamental de aseguramiento de la calidad. Por supuesto, el gobierno realizará ensayosaleatorios y ensayos en caso de sospecha de no conformidad. En tal sistema híbrido, se podríancombinar las ventajas de ambos. No estamos seguros si tal cosa existe en alguna parte del mundo.
6.3.2 Estandarización internacional
El principal impulsor de la política para el desarrollo de un sector de biocombustibles en Colombiaes incrementar la seguridad de los biocombustibles y, de este modo, entregar biocombustibles almercado doméstico. En consecuencia, el aspecto más importante del esquema de aseguramientode la calidad para biocombustibles en Colombia es garantizar la calidad del mercado local debiocombustibles.
Es claro que los biocombustibles producidos en Colombia podrían ser muy interesantes para el
mercado internacional, y la exportación a Estados Unidos, Japón o la Unión Europea podría ser económicamente atractiva. Esto implica que, especialmente en el comercio de producto terminado(biodiesel, bioetanol), la calidad debería estar estandarizada con el mercado objeto. No esnecesario coincidir exactamente con los esquemas de aseguramiento de la calidad de talesmercados siempre que dicho esquema en Colombia sea convincente para los comerciantesinternacionales. Por ende, el muestreo y el análisis de cada lote comercializado deben cumplir conlas normas internacionales.
6.3.3 Muestreo y análisis de laboratorio
El muestreo y el análisis pueden tener lugar a lo largo de la cadena de suministro. Lo másimportante para la protección del consumidor es que el combustible dispensado en las gasolinerassatisfaga los requisitos de calidad. Tanto el muestreo rutinario como el aleatorio son esenciales.
Lo más importante para facilitar el comercio entre los productores de biocombustible y lascompañías petroleras es que se realice un muestreo independiente en este punto del intercambio.En los esquemas voluntarios, de cada lote comercializado se toman muestras, bien sea de formaindependiente (AGQM) o a través de la opción de autocertificación.
Para el caso de un esquema obligatorio, el análisis puede ser ejecutado por laboratorios delgobierno o laboratorios contratados (como en un proceso de licitación). Para un esquemavoluntario el análisis se puede llevar a cabo en un laboratorio acreditado en el ámbito nacional o
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Un nuevo diseño de esquemas de aseguramiento de la calidad para biocombustibles deberíaconsiderar la inclusión de la certificación de la información sobre sostenibilidad junto con losaspectos técnicos.
6.3.5 Cumplimiento
En caso de que el gobierno decida no instalar un esquema obligatorio, pero aún tenga dudasacerca de la capacidad de autorregulación de los actores del mercado, debería incrementar lacantidad de ensayos aleatorios y garantizar que la autoridad a cargo de las auditorías tengapoderes para el hacer cumplir los requisitos, especialmente en el punto de venta final, lagasolinera.
Si la agencia de control encuentra combustibles que no satisfacen la norma de calidad, debería, en
primer lugar, instruir a los proveedores del combustible para que cumplan con los reglamentos. Sino se cumplen los reglamentos, la agencia puede imponer la suspensión del negocio durante unperíodo determinado. Dependiendo de la falta, los distribuidores de combustibles deberían ser castigados con sanciones penales.
Tabla 26. Glosario
Sigla Descripción ABNT Asociación Brasileña de Normas Técnicas
ABNT NBR ISO/IEC17025 Requisitos generales de la ABNT para la competencia de laboratorios deensayo y calibración, con base en ISO/IEC 17025. AGQM Arbeitsgemeinschaft Qualitätsmanagement Biodiesel
Asociación alemana para la gestión de la calidad del biodiésel ANP Agencia Nacional de Petróleo, Gas Natural y Biocombustibles
ASTM American Society for Testing and MaterialsSociedad Estadounidense de Ensayos y Materiales
ASTM D6751 Norma ASTM internacional para biodiésel ASTM D6792 Sistema de calidad en laboratorios de ensayo para lubricantes y productos
de petróleo. Contiene un número de similitudes con ISO/IEC 17025
BPAC Producción de biodiésel certificada por AGQMBQ-9000 Programa Nacional Estadounidense para la Acreditación de BiodiéselCFPP Cold Filter Plugging Point
Punto de obstrucción de filtros en frío: temperatura mínima a la cual el
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Sigla Descripción
brasileña).JASO M 360 Norma japonesa para la mezcla de MEAG con otros combustibles.
JIS Japanese Industrial Standard Organisation
Organización japonesa de normas industrialesJIS K 2390:2008 Norma japonesa para metil ésteres de ácidos grasos (MEAG) como base
para la mezcla (con base en la norma EN 14214)MAFF Japanese Ministry of Agriculture Forestry and Fisheries
Ministerio Japonés de Agricultura Forestal y PescaMETI Japanese Ministry of Economy, Trade and Industry
Ministerio Japonés de Economía, Comercio e IndustriaNBAC Comisión Nacional para la Acreditación de biodiésel establecida por la NBBNBB Junta Nacional de Biodiésel: asociación comercial para la industria
estadounidense de biodiésel
NPA National Petroleum Association Asociación Nacional de Petróleo
PAJ Petroleum Association of Japan Asociación Petrolera de Japón
PMQC Programa de Monitoramento da Qualidade dos Combustíveis LíquidosPrograma brasileño de monitoreo de la calidad de los combustibles líquidos
RR Round Robin: Ensayo interlaboratorio realizado independientemente variasveces por diferentes laboratorios. Comúnmente, involucra a múltiplescientíficos independientes que efectúan el ensayo con la utilización delmismo método en equipo diferente, o con una variedad de métodos y
equipos.SBQ Superintendencia de biocombustibles y calidad del producto en BrasilSQ Sistema japonés de sello de certificación para distribuidores.
UFOP Union zur Foerderung von Oel- und ProteinpflanzenUnión alemana para la promoción de plantas productoras de proteínas ysemillas para aceite.
Tabla 27. Especificaciones para etanol anhidro y etanol hidratado, tomadas de la resoluciónANP 7/2011
CARACTERÍSTICA UNIDADLIMITE MÉTODO
EAC EHC NBR ASTM
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Proporción de agua, máx.(9) (10)
% volumen 0,4 4,9 15531 15888 E203
Proporción de metanol,máx. (11)
% volumen 1 cromatografía
Residuo por evaporación,máx. (12) (13)
mg/100 ml 5 8644 -
Goma lavada (12) (13) mg/100 ml 5 - D381
Proporción dehidrocarburos, máx. (12)
% volumen 3 13993 -
Proporción de cloruro,máx. (12) (14)
mg/kg 1 10894D7328
D7319
Proporción de sulfato,
máx. (14) (15)
mg/kg 4 10894D7328
D7319Proporción de hierro,máx. (14) (15)
mg/kg 5 11331 -
Proporción de sodio, máx.(14) (15)
mg/kg 2 10422 -
Proporción de cobre, máx.(15) (16)
mg/kg 0,07 - 11331 -
Tabla 28. Generalidades de la norma brasileña para biodiesel tomadas de ANP 42, encomparación con la norma europea EN 14214 (fuente: WUR 2007)
Propiedad Unidad ANP 42 EN 14214 Aspecto - LII -Contenido de ésteres % (m/m) Tomar nota 96,5Densidad a 20 °C(BR)/15 ºC (EU)
Kg/m3 ANP 310 860 - 900
Viscosidad cinemática a40 °C
mm2/s ANP 310 3,5 – 5,0
Punto de encendido ºC 100 120Contenido de azufre mg/kg Tomar nota 10,0Residuo de carbono a90% (EU)/100% (BR)
% (m/m) 0,10 0,30
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Propiedad Unidad ANP 42 EN 14214
Contenido detriglicéridos
% (m/m) Tomar nota 0,20
Glicerol libre % (m/m) 0,02 0,02
Glicerol total % (m/m) 0,38 0,25Metales alcalinos(Na + K)
mg/kg 10 5,0
Metales alcalinotérreos(Ca + Mg)
mg/kg Tomar nota 5,0
Contenido de fósforo mg/kg Tomar nota 10,0
La Tabla 29 y la Tabla 30 muestran los métodos de ABNT y ASTM que se deberían utilizar para el
ensayo de las especificaciones del combustible.Tabla 29. Métodos ABNT
Método Descripción
NBR 5992Etil alcohol y mezclas con agua – Determinación de la masa específica y del contenidode alcohol – Método de densitómetro de vidrio.
NBR 8644 Etil alcohol combustible – Determinación del residuo por evaporaciónNBR 9866 Etil alcohol – Determinación de la acidez total.
NBR 10422 Etil alcohol – Determinación del contenido de sodio – Método de fotometría de llama.
NBR 10547 Etil alcohol – Determinación de la conductividad eléctricaNBR 10891 Etanol hidratado – Determinación del pH- Método del potenciómetro.
NBR 10894Etil alcohol – Determinación de iones de cloruro y sulfato – Método de cromatografía deiones.
NBR 11331Etil alcohol – Determinación del contenido de hierro – Método espectrométrico deabsorción atómica de llama.
NBR 13993 Etanol combustible – Determinación del contenido de gasolina.NBR 15531 Etil alcohol – Determinación del contenido de agua – Método volumétrico de Karl Fische.
NBR 15639Etil alcohol y mezclas con agua – Determinación de la masa específica y del contenidode alcohol. – Método de densitometría eléctrica
NBR 15888 Etanol – Determinación del contenido de agua – Método coulométrico de Karl Fischer
Tabla 30. Métodos ASTM
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Tabla 31. Comparación sistemática de los esquemas
BPAC (Alemania) BQ 9000 PMQC (Brasil) Sistema japonés
Información general
Propietario del
sistema
AGQM (ArbeitsGemeinschaft
QualitatsManagement Biodiesel)
Junta nacional de biodiesel
Jefferson City, MO, USADocumentos preparados por laComisión Nacional de Acreditaciónde Biodiésel
Agencia Nacional de Petróleo Gobierno
Estatus legal Esquema voluntario. La basepara obtener la certificaciónBPAC es cumplir con la normaeuropea de calidad parabiodiésel. En Europa, el biodiéseldebe cumplir los requisitos de lanorma DIN EN 14214, sinimportar si se utiliza comocombustible puro (B100) o comocomponente de la mezcla.
VoluntarioNota: un combustible DEBEsatisfacer la norma ASTM D6751para que se pueda definir legalmente como biodiesel.
Programa de monitoreo. El etanol (mezclas)debe cumplir con las normas nacionalesestablecidas en la resolución ANP 42/2004.
Impuesto
Alcance Partes cubiertasde la cadena desuministro
Incluye todas las partes deproducción, empezando con laadquisición de materias primas
hasta los procesos de carga.
Importadores, refinerías,mezcladores, gasolineras
Producción x x x Productores,procesadores,productores decombustible mezclado
Distribución x x x Compañías importadoras
Laboratorios x x x x Laboratorios registradosrealizan las verificacionesde calidad
Puntos de venta x x x Gasolinera
Ámbito geográfico BPAC es la solución para todosproductores internacionales debiodiésel, si se quieren beneficiar del concepto de gestión de la
calidad de AGQM. AGQM cubreúnicamente el mercado alemán,mientras que BPAC es parautilización fuera de Alemania.
Estados Unidos y Canadáúnicamente
Brasil, también combustibles importados Japón
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Información general
Influencia relativade la iniciativa
¿Cuál es la percepción del público? ¿Se percibe comocreíble?
Sí Desconocida. Dado que sólo puedeconsistir en verificaciones internas,y no aleatorias, podría ser considerado menos creíble.
Desconocida Desconocida
¿Tiene ampliaaceptación en el mercado?
No. En el momento únicamenteuna empresa internacional estáutilizando la etiqueta de BPAC:Malasian MissionBiothechnologies SDN.Sin embargo, 22 empresas en Alemania están aplicando elsistema de gestión de calidad dela AGQM. Entre ellas, hayempresas internacionales talescomo Cargill.
Los productores BQ-9000representan 70% a 80% delvolumen de producción de biodieselen Estados Unidos.
Brasil es uno de los países líderes enbiocombustibles en el mundo, y el programaabarca toda la nación.
Obligatorio
Normas asociadas ¿Con qué normasse puededemostrar laconformidad conel esquema?
La base es el cumplimiento de loslímites indicados en EN 14214.En Alemania, el esquema en símismo no se puede utilizar parademostrar la conformidad con lasleyes alemanas sobre la calidaddel biodiésel. Sin embargo, lascompañías que utilizan sistemasde gestión de la calidad de AGQM y, dentro de su marco dereferencia, realizan lasverificaciones de los parámetrosde calidad cada dos meses, notienen que someterse al examende la verificación de calidadaleatoria realizado por la oficinaalemana de aduana.
Norma ASTM D6751,Especificación para mezclas decombustible biodiésel (B100).EN 14214 (opcional)Norma ASTM D6751,Especificación para mezclas decombustible biodiesel (B100).EN 14214 (opcional)
Etanol: ANP 7/2011Biodiésel: 42/2004.
Varias, consulte elinforme.
Estatus(operativo/en
planificación)
Operativo Operativo Operativo Operativo
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Información general
Documentos dereferencia yversionesevaluadas
Evaluación de las campañas demuestreo de 2010.http://www.agqm-biodiesel.de/downloads/pdfs/20110530_Herstellerbepr_Final_eng.p
df
Sistema de gestión de la calidadBQ-9000 - Requisitos del productor,revisión 7 (fecha de vigencia, 1º defebrero de 2011).-Sistemas de gestión de la calidad
BQ.9000 - Requisitos delcomercializador.
Todos los documentos legales (como lasresoluciones ANP) disponibles en el sitio webde la ANP: http://www.anp.gov.br/?id=494
Ley sobre el control de lacalidad de la gasolina yotros combustibles yordenanza del METI No.24, más la enmienda de
2007 (impuesta en 2009).
Sitio web http://www.agqm-biodiesel.de/ http://www.bq-9000.org/ http://www.anp.gov.br/?pg=57658&m=&t1=&t2=&t3=&t4=&ar=&ps=&cachebust=1320270479556
Sitio web dedicado a laley de aseguramiento dela calidad debiocombustibles einformación relacionada.
Parámetrostécnicos
Parámetros delcombustible
Descripción Descripción Descripción Descripción
Parámetrostomados de lasnormas
Control de alcohol Consulte el informe, existen diferentesrequisitos para etanol y biodiesel.
Mezcla de biodiesel B5
Contenido de metil ésteres deácidos grasos
Agua y sedimentos, % volumen < 0,001 % masa
Contenido de azufre Punto de enturbiamiento, ºC >45
Contenido de agua Número ácido,mg KOH/gm
<360°C
Contaminación total Glicerina libre, % masa 0.001-0.01% M/m
Estabilidad oxidativa Glicerina total, % masa 0,1 – 5,0 % por masa
Valor ácido Azufre, ppm (requisitos de la EPA) > 0,01 % por masa
Valor de yodo Estabilidad oxidativa, horas <0.13% mg KOH/g
Glicerol/glicéridos Apariencia visual <0.003% M/m
Metales alcalinos(Na + K)
Ensayo de potencial de bloqueo defiltros en frío, segundos
<0.12 mg KOH/g
Metales alcalinotérreos(Ca + Mg)
Sodio y potasio, ppm
Contenido de fósforo Calcio y magnesio, ppm Mezcla de bioetanol E3
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Información general
CFPP No detectado
Perfil de ácidos grasos Para conformidad con EN 14214: < 0,001 % por masa
Contenido de metanol, % m/m <7% Vol
Contenido de agua, mg/kg < 1,3 % por masa
Contaminación total, mg/kg < 1 % por volumen
CFPP, oC según EN 14214 < 4 % por volumen
Valor ácido, mg KOH/g No detectado
Glicerol libre, % m/m < 3 % por volumen
Glicerol total, % m/m <5mg/100ml
Contenido de azufre, mg/kg Anaranjado
Estabilidad oxidativa, horas
Monoglicéridos, % m/m
Ensayo de potencial de bloqueo defiltros en frío, min
Participación de laspartes involucradas
¿Quién estuvoinvolucrado en el desarrollo del sistema?
Un consorcio alemán deproductores y comerciantes debiodiesel.
Productores (por favor especifique)
x Productores alemanes debiodiésel
x Representados a través de la NBB x Asociación Petrolera deJapón (PAJ), Sociedad deingenieros automotricesde Japón (JSAE).
Consumidores(por favor especifique)
x x Representados a través de la NBB …
Gobierno (por favor especifique)
x Gobierno de Brasil x Responsable: Ministeriode Economía, Comercio eIndustria (METI) junto
con: Ministerio de Agricultura Forestal yPesca (MAFF), Agenciapara Recursos Naturalesy Energía, y el InstitutoNacional de Ciencia yTecnología Avanzadas(AIST).
ONG (por especifique)
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Información general
Otros (por favor especifique)
Comerciantes alemanes debiodiésel
Academia (diversasuniversidades, por ejemplo Universidad dePrefectura de Shiga,universidad de Ibaraki,
etc.)ElementosmetodológicosCriterio Ejemplos /
explicacionesDescripción Descripción Descripción Descripción
Unidad deevaluación(orientado aproducto, orientadoa proyecto)
Orientado a producto
x X X
Unidad deoperación (es el caso cuando nose evalúa un producto sino unarefinería ogasolinera).
x x Punto de venta x
Sistema decertificación
¿Existe unsistema decertificación? Si no, ¿qué tipo deevaluación de laconformidad serealiza (es decir, por primera parte,segunda parte)?
Sí Sí Ningún sistema de certificación Sí. La ley deaseguramiento de lacalidad introdujo laexposición de uncertificado de norma decalidad (SQ) en lasestaciones de serviciopara combustibles quesatisfacen los requisitosde la norma de calidad enla ley y las normas JIS. Aligual que para las normasindustriales voluntarias,existe un segundosistema de certificaciónllamado JIS (conformidadcon normas JIS).
Métodos de ensayo ¿Qué normas serequieren para el ensayo de los parámetros del combustible? (Ej:normas ASTM)
DIN EN 14214 junto con DIN EN14103, EN ISO 20846, EN ISO20884, DIN EN ISO 12937, DINEN 12662, DIN EN 14112, DINEN 14104, DIN EN 14111, DINEN 14105, DIN EN 108, DIN EN14109, DIN EN 14538, DIN EN14107, DIN EN 116, DIN EN14103. Los ensayos Round Robinse evalúan con base en principiosestadísticos normalizados,
ASTM D1298, Densidad, densidadrelativa (gravedad específica), ogravedad API.-ASTM D4052, Densidad ydensidad relativa-ASTM D4057, Muestreo-ASTM D4176, Agua libre ycontaminación por partículas encombustibles diluidos.-ASTM D6751, Mezcla base paracombustible biodiésel (B100) para
Para etanol: ABNT (normas brasileñas) ymétodos ASTM.Para biodiésel: ASTM, ISO o CEN.
Las normas obligatoriasse establecen en la ley deaseguramiento de lacalidad (10 criterios paragasolina, 9 paracombustible diésel). Además, normasindustriales voluntarias:JIS K 2202, JIS K 2390,JIS K 2204, JASO M 361.
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Información general
reconocidos internacionalmenteen la industria del aceite mineralpara combustibles y lubricantes, ydescritas en detalle en la normaDIN EN ISO 4249.
combustibles destilados medios.
Requisitos paralaboratorios deensayo
¿Es necesarioque loslaboratorios esténacreditados?
No, pero sólo los parámetrosevaluados por los laboratoriosque participan en el ensayointerlaboratorio anual de la AGQM son tomados enconsideración para fines decertificación AGQM.
Pueden ser laboratorios internos(acreditados por la NBAC, pero nonecesariamente acreditados por elorganismo nacional de acreditación)o laboratorios externos(posiblemente, pero nonecesariamente, acreditados por laNBAC, los laboratorios noacreditados deben autocertificar suconformidad con el manual delaboratorio NBAC BQF-1).
Las instituciones contratadas debencomprometerse a buscar la acreditación delInstituto Nacional de Metrología, Normalizacióny Calidad Industrial (INMETRO), cumpliendolos requisitos de la norma ABNT ISO/IEC17025.
Los distribuidores puedenrealizar ellos mismos lasverificaciones de calidadsi designan a un gerentede calidad responsableque esté registrado anteel METI. Se puedenejecutar verificacionesalternativas de la calidadpor 4 laboratoriosacreditados. Una lista delos lugares se publica enun sitio web especialdedicado alaseguramiento de lacalidad de combustiblesdel Ministerio deRecursos Naturales.
¿Existenreferenciasexplícitas a lasnormas decalibración o alaboratorios?
Sí, el ensayo interlaboratorioRound Robin.
Desconocidas Desconocidas No. Sin embargo, el METIdebe ser informado sobrelos métodos analíticos, yel registro se deberenovar cada tres años.
Verificación Calidad de laverificación
Parece posible involucrar laboratorios externos que no sonauditados independientemente.
Análisis de muestras
Verificación por tercera parte,indique si el organismo
independientetiene ISO 65.
La verificación puede ser realizada por varios laboratoriosex ASG, que pueden o no estar acreditados.
Desconocida Los requisitos se establecen sobre basecontractual.
Organismo del gobierno
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Información general
¿Cómo se llevaa cabo laverificación(muestreo, datos,metodología?
La calidad de la producción esmonitoreada por un laboratorioindependiente acreditadoasignado por la AGQM. Lasmuestras se toman, analizan y
verifican para determinar laconformidad con los requisitos dela norma. Los muestreos yanálisis son llamados a licitacióny asignados nuevamente cadaaño. Para ello, únicamente seconsideran los laboratoriosacreditados para análisis debiodiésel y que han tomado parteen los ensayos Round Robinanuales de la AGQM.
Las muestras se deben someter aensayo según la norma ASTMD4176.
Muestreo y metodología El METI recibe losinformes sobre lasverificaciones de calidaduna vez cada diez días alprincipio, y si se pueden
comprobar la conformidadhistórica, laresponsabilidadcompartida y ladocumentación, lafrecuencia se reduce a 4veces por año. Tambiénexiste un “análisis decompra de prueba”realizado por la Asociación Nacional dePetróleos (un organismogubernamental). En casode no conformidad, seordenará a losproveedores que cumplancon los reglamentos. En
caso de no conformidadposterior el METI puedeordenar la suspensión delnegocio hasta por 6meses más multas.
¿Con quéfrecuencia seejecuta?
Las muestras se toman seisveces al año sin notificaciónprevia.
Se toman muestras de cada lotecomercializado y transportado, y sesometen a ensayo.
Aleatoriamente, No se indica la frecuencia. Cuatro veces al año.
Acreditación ¿Cuántosorganismos decertificación hansido acreditados para verificar el esquema? ¿Sonnacionales ointernacionales?
Las muestras solo deberían ser inspeccionadas por laboratoriosque demuestren idoneidad en elensayo de la calidad del biodiésel(ensayos según DIN EN 14214),por ejemplo la participaciónexitosa en el ensayo RoundRobin MEAG anual del FAM y la
AGQM. El ensayo interlaboratorioRound Robin de 2010/11involucró a 70 laboratorios de Alemania, Europa, Suramérica y Asia. Se desconoce cuántos deéstos tuvieron éxito.
Según el sitio web, tres laboratoriosse encuentran acreditados. Además, 36 productores y 22comerciantes están acreditados.
El propio programa no está acreditado. Loslaboratorios deberían acreditarse con elINMETRO.
Los gerentes de calidadque realizan los ensayosinternos y los laboratoriosexternos estánacreditados por laagencia gubernamentalNPA.
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Información general
¿Cumplen lossistemas deacreditación conISO 17011?
La participación exitosa en elensayo interlaboratorio facilitademostrar la competencia demedición según EN 17025, quees la base para la acreditación
por parte de un organismo deacreditación.
No, los requisitos de laboratorio deeste programa son específicos parael lugar o la instalación, pero sebasan en ASTM D6792 (Sistema decalidad en laboratorios de ensayo
para lubricantes y productos depetróleo) que tiene similitudes conISO/IEC 17025.
INMETRO es miembro de IAF. n/a
Otras normasreconocidas por elesquema (opcional)
¿Reconoce el esquema otrasnormas?
no n/a No. Sin embargo, existenesfuerzos para armonizar las normas ASEAN parabiocombustible y se hapublicado una norma dereferencia. Dado que lasprincipales importacionesprovienen de Brasil, seestableció la empresa“Brazil-Japan Ethanol Co.Ltd.” junto con Petrobraspara facilitar lasimportaciones.
Sistema de manejode datos
¿Existe unsistema para el manejo/registrode datos?
Sí Sí Desconocido. Registro previo deimportadores,mezcladores, refinerías,distribuidores.
¿Quiénadministra el esquema?
AGQM “La organización debe desarrollar eimplementar un sistema pararealizar auditorías internas decalidad”
ANP, Agencia Nacional de Petróleo, GasNatural y Biocombustibles
El METI es responsabledel monitoreo.
¿Existe unsistema demanejo de ladocumentación?
Sí. Incluye la documentación deproducción y transporte.
Por lo menos una vez al año, por una persona no responsable delárea auditada.
Desconocido. El METI exige informesde calidad una vez cadadiez días, o anualmente sila cadena de suministro
está aprobada por elMETI.
Auditorías internas
¿Existenrequisitos paraauditoríasinternas?
Sí, las organizacionesparticipantes realizan auditoríasinternas y verificaciones deproducto.
no
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Información general
Frecuencia deauditoría
Cada lote de producto esmuestreado y verificado por elparticipante a través de auditoríainterna o laboratorio externocontratado.
n/a No se mencionanrequisitos para auditoríainterna.
Aspectos deimplementaciónTransparencia ¿Es transparente
el sistema? ¿Qué parte del proceso para desarrollar el sistema y de losresultados de lasevaluaciones se publica?
Parcialmente. Sólo se publicanevaluaciones anuales de losparámetros individuales. Lasmuestras que se toman a losmiembros son anónimas.
Las organizaciones participantes seenumeran en el sitio web. Losresultados no son públicos.
Los resultados del muestreo del PMQC sepublican en el sitio web de la ANP.
La información essuministrada por losevaluadores de la calidadsegún solicitud. Tambiénlos resultados de losensayos se debendocumentar. Losconsumidores soninformados sobre laconformidad con lasnormas medianteetiquetas en lasgasolineras. Se establecióuna página web para
informar al público sobrela ley y toda lainformación relacionada,como no conformidad,nuevos registros ydesarrollos(http://www.enecho.meti.go.jp/hinnkakuhou)
Complejidad ¿Qué tancomplejo es todoel sistema encomparación conotros sistemas?
Bastante sencillo Relativamente sencillo Desconocida
Relación con otrasiniciativas
¿Qué relacionesexisten con otrasiniciativas?
Ninguna Ninguna Probablemente ninguna
Costos de laimplementación delsistema
¿Dónde seaplican los principalescostos?
Véase abajo Se desconoce, los costos no son públicos,puede haber elementos para tarifas depermisos y registro.
Contabilidad (software,
recolección dedatos)
Se desconoce Se desconoce x x La mayor parte de laintensidad del costo parael sector público está enel monitoreo.
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Información general
Costos decertificación
Tarifa de solicitud para un lugar:$3.800 miembros de NBB /$5.700no miembros de NBB-Tarifa paraseguimiento (al final del primero ysegundo años): $1.900 miembros
de NBB / $2.850 no miembros deNBB.-Tarifa para recertificación(después de tres años): $3.200miembros de NBB / $4.750 nomiembros de NBB.Para productoresy comercializadores dobles, loscostos de certificación seconsolidaron:-Tarifa de certificaciónpara productor y comercializador doble: $4.800 miembros de NBB /$7.100 no miembros de NBB.-Tarifade seguimiento para productor ycomercializador doble: $3.500miembros de NBB / $5.200 nomiembros de NBB.-Tarifa derecertificación para productor ycomercializador doble: $4.800
miembros de NBB / $7.100 nomiembros de NBB.
Desconocido
Costos deacreditación
Se incluyen en los costos decertificación, consulte arriba.
Desconocido
Perspectiva paranormas futuras
¿Cómo pretendeel esquemaabordar aspectosrelacionados conla bruma por sólidos (haze)?
No se sabe Se desconoce Se desconoce No se encontróinformación
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Información general
¿Se esperanotros avancesimportantes?
La AGQM /BPAC anticipacontinuamente el impacto denuevas materias primas y lasconsecuencias posteriores por laadaptación de la norma. No se
esperan avances importantes enel propio esquema.
Se desconoce Se desconoce Los criterios desostenibilidad sedesarrollancontinuamente y puedenhacerse obligatorios en el
futuro cercano.
Resumen de laevaluación de lapertinencia/aplicabilidad en ColombiaCriterio Ejemplos /
explicaciones
Propensión alfraude
Se permite que la aduana tomemuestras (para todos loscombustibles con impuestos). Sila muestra no cumple con lanorma, la multa es de 47 cts por litro. (muy alta).
Efectividad Desempeño del
sistema para laentrega lograndosu meta demanera creíble.
Muy efectivo debido al circuito de
retroalimentación positiva sobre lacalidad del producto y calidad delsistema de control. Los casos deno conformidad no se penalizaninmediatamente sino que, encambio, se les da soporte paramejorar la situación.
Todos los principales productores
de biodiésel participan; esto puedeindicar que el sistema se percibecomo creíble para el mercado. Lavisibilidad para los usuarios finalesprobablemente es baja.
Se desconoce Se desconoce
Puntos negativos ¿Cuáles son los problemasespecíficos que pueden ser motivos para nousar el sistema?(use viñetas paravarios aspectos)
No es prerrequisito para llevar biodiésel al mercado alemán.Sólo es visible para el usuariofinal en caso del producto B100porque estará visiblementerotulado en la estación debombeo. Para la calidad final delas mezclas bajas, es menosimportante.
Sin muestras no anunciadas Se desconoce Se desconoce
Puntos positivos ¿Cuáles son los puntosespecíficos que lohacen pertinente para Colombia?
Mucho soporte técnico para lasorganizaciones participantes(tanto productores comolaboratorios).La UFOP afirma que la calidad deBQ-9000 es menor porque notoma muestras no anunciadas.
No sabemos El amplio rango de materias primas usadas enBrasil, especialmente para biodiésel, es similar para el potencial en Colombia.
Se desconoce.
Tabla 32. Requisitos del etanol anhidro combustible desnaturalizado con especificaciones iguales
7/16/2019 8296
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134
ETANOL ANHIDROCOMBUSTIBLE
DESNATURALIZADO
NTC 5308: 2004(Colombia)
ASTM D4806-11a(Estados Unidos)
EN 15376-2011(Unión Europea)
JASO M361:2006(Japón)
CAN/CGSB-3.511-2005(Canadá)
Ítem Requisito Unidad Especificación Unidad Especificación Unidad Especificación Unidad Especificación Unidad Especificación
1Gomas
extraíbles consolvente, máx.
mg/100ml
5 mg/100 ml 5,0 __ __ __ __ mg/100
ml5,0
2Contenido de
Cobre, máximomg/Kg 0,1 mg/kg 0,1 mg/kg 0,100 mg/kg 0,1 mg/l 0,1
3 Apariencia _
Visiblementelibre de
contaminantessuspendidos oprecipitados
(claro ybrillante)
_ _ __ Transparente e
incoloro __
Transparente,incoloro, libre de
contaminantessuspendidos oprecipitados
__
Visiblemente librede sedimentoscontaminantessuspendidos
(claro y brillante)
4 Sulfatos _ _ ppm masa,máximo 4 mg/kg 4,0 __ __ _ _
Tabla 33. Requisitos del etanol anhidro combustible desnaturalizado con especificaciones similares
ETANOL ANHIDROCOMBUSTIBLE
DESNATURALIZADO
NTC 5308: 2004(Colombia)
ASTM D4806-11a(Estados Unidos)
EN 15376-2011(Unión Europea)
JASO M361:2006(Japón)
CAN/CGSB-3.511-2005(Canadá)
Ítem Requisito Unidad Especificación Unidad Especificación Unidad Especificación Unidad Especificación Unidad Especificación
1Contenido deagua, máximo
% Volumen 0,7 % Volumen 1,0 __ __ __ ::__ _ _
2
Contenido dedesnaturalizante,
mínimo% Volumen 2 % Volumen 2 __ __ __ __ % Volumen 1
Contenido dedesnaturalizante,
máximo% Volumen 3 % Volumen 3 __ __ __ __ % Volumen 5
3Contenido de
cloro inorgánico,máximo
_ _ mg/l 8 __ __ __ __ mg/l 10
ETANOL ANHIDRO
COMBUSTIBLENTC 5308: 2004
(Colombia)ASTM D4806-11a(Estados Unidos)
EN 15376-2011(Unión Europea)
JASO M361:2006(Japón)
CAN/CGSB-3.511-2005(Canadá)
7/16/2019 8296
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135
DESNATURALIZADO(Colombia) (Estados Unidos) (Unión Europea) (Japón) (Canadá)
Ítem Requisito Unidad Especificación Unidad Especificación Unidad Especificación Unidad Especificación Unidad Especificación
4
Acidez Total(como ácido
acético), máximo
% masa 0,007 % masa 0,007 % en masa 0,007 % Masa 0,007 % masa 0,0053
Acidez Total(como ácido
acético), máximo _ _ mg/l 56 __ __ __ __ mg/l 42
5 pHe _ 6,5 a 9,0 _ 6,5 a 9,0 __ __ __ 7±1,0 _ 6,5 a 9,0
Tabla 34. Requisitos del etanol anhidro combustible desnaturalizado con especificaciones diferentes
ETANOL ANHIDROCOMBUSTIBLE
DESNATURALIZADO
NTC 5308: 2004(Colombia)
ASTM D4806-11a(Estados Unidos)
EN 15376-2011(Unión Europea)
JASO M361:2006(Japón)
CAN/CGSB-3.511-2005(Canadá)
Ítem Requisito Unidad Especificación Unidad Especificación Unidad Especificación Unidad Especificación Unidad Especificación
1 % Etanol, mínimo % Volumen 96,3 % Volumen 92.1 % volumen 98,7 % Volumen 99,5 % Volumen 92
2Contenido deagua, máximo
% en masa _ % en masa 1,26 % en masa 0,300 % en masa 0,70 % en masa 1
3
Contenido decloro inorgánico,
máximop.p.m masa 40 ppm masa, 10 mg/kg 6,0 __ __ _ _
Contenido decloro inorgánico,
máximo _ _ mg/l 8 __ __ __ __ mg/l 10
4 Metanol, máximo _ _ % Volumen 0,5 % en masa 1,0 g/l 4 % Volumen 0,5
5 Azufre, máximo _ _ ppm masa 30 mg/kg 10,0 mg/kg 10 mg/kg 40
6 Color _ _ __
Puede ser acordado entreel comprador yel proveedor
__ __ __ __ _ _
7Conductividad
eléctrica, máximo _ _ _ _ uS/m 2,5 uS/m 500 __ __
ETANOL ANHIDRO
COMBUSTIBLENTC 5308: 2004
(Colombia)ASTM D4806-11a(Estados Unidos)
EN 15376-2011(Unión Europea)
JASO M361:2006(Japón)
CAN/CGSB-3.511-2005(Canadá)
7/16/2019 8296
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136
DESNATURALIZADO(Colombia) (Estados Unidos) (Unión Europea) (Japón) (Canadá)
Ítem Requisito Unidad Especificación Unidad Especificación Unidad Especificación Unidad Especificación Unidad Especificación
8Colorantes y
marcadores _ _ _ _ __
Se permite el usode colorantes y
marcadoresmg/100 ml 5,0 Máximo __ __
9Contenido de
fósforo _ _ _ _ mg/l 0,15 mg/100 ml 5,0 Máximo __ __
Tabla 35. Requisitos del etanol anhidro combustible desnaturalizado que se incluyen en una sola norma de las comparadas
PRODUCTO: ETANOLANHIDRO
COMBUSTIBLEDESNATURALIZADO
NTC 5308: 2004. Etanolanhidro combustible
desnaturalizado obtenido apartir de biomasa, paramezclar con gasolinasmotor, empleado como
combustibleen vehículos con motoresde combustión interna de
encendido por chispa(Colombia)
ASTM D4806-11ª.Especificación estándar
para etanol desnaturalizadocombustible para mezclar
con gasolinas de uso comocombustible automotriz enmotor de encendido por
chispa(Estados Unidos)
EN 15376-2011. Combustiblespara uso automotriz.
Combustibles para usoautomotriz. Etanol comomezcla componente de la
gasolina. Requerimientos ymétodos de ensayo
(Unión Europea)
JASO M361:2006. Combustiblepara automóviles. Etanol para
mezclar (Japón)
CAN/CGSB-3.511-2005.Gasolina sin plomo
oxigenada con etanol paraautomóviles
(Canada)
Ítem Requisito Unidad Especificación Unidad Especificación Unidad Especificación Unidad Especificación Unidad Especificación
1 Color _ _ __
Puede ser acordado entreel comprador y
el proveedor
__ __ __ __ _ _
2Contenido de
benceno, máximo _ _ _ _ __ __ __ __ % Volumen 0,25
3Contenido dearomáticos,
máximo _ _ _ _ __ __ __ __ % Volumen 2,5
NTC 5308: 2004. Etanol
anhidro combustible ASTM D4806-11ª.EN 15376-2011 Combustibles
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137
PRODUCTO: ETANOLANHIDRO
COMBUSTIBLEDESNATURALIZADO
desnaturalizado obtenido apartir de biomasa, paramezclar con gasolinasmotor, empleado como
combustibleen vehículos con motores
de combustión interna deencendido por chispa
(Colombia)
Especificación estándar para etanol desnaturalizadocombustible para mezclar
con gasolinas de uso comocombustible automotriz enmotor de encendido por
chispa(Estados Unidos)
EN 15376-2011. Combustiblespara uso automotriz.
Combustibles para usoautomotriz. Etanol comomezcla componente de la
gasolina. Requerimientos y
métodos de ensayo(Unión Europea)
JASO M361:2006. Combustiblepara automóviles. Etanol para
mezclar (Japón)
CAN/CGSB-3.511-2005.Gasolina sin plomo
oxigenada con etanol paraautomóviles
(Canada)
Ítem Requisito Unidad Especificación Unidad Especificación Unidad Especificación Unidad Especificación Unidad Especificación
4Impurezasorgánicas
_ _ _ _ __ __ g/l 10 Máximo __ __
5Residuo deevaporación
_ _ _ _ __ __ mg/100 ml 5,0 Máximo __ __
Tabla 36. Requisitos del biodiesel (B100) con especificaciones iguales
PRODUCTO:BIODIESEL
NTC 5444(Colombia)
ASTM D6751(Estados Unidos)
EN 14214(Unión Europea)
JIS K 2390(Japón)
Ítem Requisito Unidad Especificación Unidad
Especificación
Unidad
Especificación
Unidad EspecificaciónGrado S15 Grado S500 Mínimo Máximo
1 Densidad a 15 °C Kg/m3 860 – 900 _ _ _ Kg/m3 860 900 g/cm3 0,860 - 0,900
2Contaminación
Total mg/Kg 24 máximo _ _ _ mg/Kg _ 24 mg/Kg (*) 24 máximo
3Contenido de
metanol o etanol,máximo
% en masa 0,2 % en masa 0,2 máximo 0,2 máximo % (m/m) _ 0,2 máximo% fracción en
masa0,20 máximo
PRODUCTO:BIODIESEL
NTC 5444(Colombia)
ASTM D6751(Estados Unidos)
EN 14214(Unión Europea)
JIS K 2390(Japón)
7/16/2019 8296
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138
( ) ( ) ( p ) ( p )
Ítem Requisito Unidad Especificación Unidad
Especificación
Unidad
Especificación
Unidad EspecificaciónGrado S15 Grado S500 Mínimo Máximo
4 Cenizassulfatadas
% en masa 0,02 máximo % en masa 0,020máximo
0,020 máximo % (m/m) _ 0,02 % fracción enmasa
0,02 máximo
5 Destilación (PFE) °C 360 máximo ºC 360 máximo 360 máximo _ _ _ _ _
6 Número ácido mg de KOH/g 0,5 máximo mg de KOH/g 0,50 máximo 0,50 máximomg deKOH/g
_ 0,50 mg de KOH/g 0,50 máximo
7 Índice de yodo
gr de
yodo/100 gr 120 máximo _ _ _
gr de
yodo/100 gr _ 120 _ 120 máximo
8Punto de nube/enturbiamiento
°C Reportar ºC Reportar Reportar _ _ _ _ _
9Contenido de
sodio y potasiomg/Kg 5,0 máximo ppm (µg/g) 5 máximo 5 máximo mg/Kg _ 5,0 mg/Kg 5,0 máximo
10Contenido de
calcio y magnesiomg/Kg 5,0 máximo ppm (µg/g) 5 máximo 5 máximo mg/Kg _ 5,0 mg/Kg 5,0 máximo
11Contenido deéster, mínimo
% en masa 96,5 _ _ _ % (m/m) 96,5% fracción en
masa96,5 mínimo
PRODUCTO:BIODIESEL
NTC 5444(Colombia)
ASTM D6751(Estados Unidos)
EN 14214(Unión Europea)
JIS K 2390(Japón)
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139
Ítem Requisito Unidad Especificación Unidad
Especificación
Unidad
Especificación
Unidad EspecificaciónGrado S15 Grado S500 Mínimo Máximo
12 Contenido dealquil ester deacido linolénico
% en masa 12 máximo _ _ _ % (m/m) _ 12 % fracción enmasa
12,0 máximo
13 Glicerina libre % en masa 0,02 máximo % en masa0,020
máximo0,020 máximo % (m/m) _ 0,02
% fracción enmasa
0,02 máximo
14Contenido de
Monoglicéridos% en masa 0,8 máximo _ _ _ % (m/m) _ 0,80
% fracción enmasa
0,80 máximo
15
Contenido de
Diglicéridos % en masa 0,2 máximo _ _ _ % (m/m) _ 0,20
% fracción en
masa 0,20 máximo
16Contenido deTriglicéridos
% en masa 0,2 máximo _ _ _ % (m/m) _ 0,20% fracción en
masa0,20 máximo
Tabla 37. Requisitos del biodiesel (B100) con especificaciones similares
PRODUCTO:BIODIESEL
NTC 5444(Colombia)
ASTM D6751(Estados Unidos)
EN 14214(Unión Europea)
JIS K 2390(Japón)
Ítem Requisito Unidad Especificación UnidadEspecificación
UnidadEspecificación
Unidad EspecificaciónGrado S15 Grado S500 Mínimo Máximo
1Número de
cetanoCetanos 47 mínimo _ 47 mínimo 47 mínimo _ 51,0 _ _ 51,0 mínimo
PRODUCTO:BIODIESEL
NTC 5444(Colombia)
ASTM D6751(Estados Unidos)
EN 14214(Unión Europea)
JIS K 2390(Japón)
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Ítem Requisito Unidad Especificación Unidad
Especificación
Unidad
Especificación
Unidad EspecificaciónGrado S15 Grado S500 Mínimo Máximo
2 Glicerina total % en masa 0,25 máximo % enmasa
0,240máximo
0,240máximo
% (m/m) _ 0,25 % fracciónen masa
0,25 máximo
Tabla 38. Requisitos del biodiesel (B100) con especificaciones diferentes
PRODUCTO:BIODIESEL
NTC 5444(Colombia)
ASTM D6751(Estados Unidos)
EN 14214(Unión Europea)
JIS K 2390(Japón)
Ítem Requisito Unidad Especificación Unidad
Especificación
Unidad
Especificación
Unidad EspecificaciónGrado S15 Grado S500 Mínimo Máximo
1Viscosidad
(cinemática a 40ºC)
mm2/s 1,9 – 6,0 mm2/s 1,9-6,0 1,9-6,0 mm2/s 3,50 5,00 mm2/s 3,50 - 5,00
2Contenido de
aguamg/Kg 500 máximo
%volumen
0,050máximo
0,050máximo
mg/Kg _ 500 mg/Kg 500 máximo
3
Punto deinflamación
°C 120 mínimo ºC 130 mínimo 130 mínimo ºC 101 _ °C 120 mínimo
Punto deinflamación (vaso
cerrado) _ _ ºC 93 mínimo 93 mínimo _ _ _ _ _
4Corrosión lámina
de cobreClasificación 1
Clasificación
3 máximo 3 máximo _ Clase 1 _ 1 máximo
5Estabilidad a la
oxidaciónHoras 6 mínimo Horas 3 mínimo 3 mínimo Horas 6,0 _ _
Por acuerdo entrelas partes
interesadas
PRODUCTO:BIODIESEL
NTC 5444(Colombia)
ASTM D6751(Estados Unidos)
EN 14214(Unión Europea)
JIS K 2390(Japón)
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Ítem Requisito Unidad Especificación Unidad
Especificación
Unidad
Especificación
Unidad EspecificaciónGrado S15 Grado S500 Mínimo Máximo
6 Carbón residual % en masa 0,3 máximo % enmasa
0,050máximo
0,050máximo
% (m/m) _ 0,30 % fracciónen masa
0,3 máx.
7Contenido de
fósforomg/Kg 10 máximo
% enmasa
0,001máximo
0,001máximo
mg/Kg _ 4,0 mg/Kg 10,0 máximo (*)
8 Azufre _ _ % enmasa(ppm)
0,0015 (15)máximo
0,05 (500)máximo
mg/Kg _ 10,0% fracciónen masa
0,0010 máximo
Tabla 39. Requisitos del biodiesel (B100) que se incluyen en una sola norma de las comparadas
PRODUCTO:BIODIESEL
NTC 5444(Colombia)
ASTM D6751(Estados Unidos)
EN 14214(Unión Europea)
JIS K 2390(Japón)
Ítem Requisito Unidad Especificación Unidad
Especificación
Unidad
Especificación
Unidad EspecificaciónGrado S15 Grado S500 Mínimo Máximo
1Punto de
inflamación (vasocerrado)
_ _ ºC 93 mínimo 93 mínimo _ _ _ _ _
2Estabilidad
Térmica% de
reflectancia70 % mínimo _ _ _ _ _ _ _ _
3 Punto de fluidez °C Reportar _ _ _ _ _ _ _ _
4Temperatura deObturación del
filtro frío (CFPP)°C Reportar _ _ _ _ _ _ _ _
PRODUCTO:BIODIESEL
NTC 5444(Colombia)
ASTM D6751(Estados Unidos)
EN 14214(Unión Europea)
JIS K 2390(Japón)
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Ítem Requisito Unidad Especificación Unidad
Especificación
Unidad
Especificación
Unidad EspecificaciónGrado S15 Grado S500 Mínimo Máximo
5
Contenido de
ésteres metílicospoli-insaturados
(> 4 doblesenlaces)
_ _ _ _ _ % (m/m) _ 1,00 _ _
6Filtración de
macerado en frio _ _ Segundos 360 máximo 360 máximo _ _ _ _ _
7Desempeño a
bajastemperaturas
_ _ _ _ _ _ _ _ _ Por acuerdo entre
las partesinteresadas
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Anexo 1. Tablas comparativas de los requisitos establecidos en la reglamentación y en las normas técnicas colombianas
7/16/2019 8296
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Tabla 40.Comparación de los requisitos para el etanol anhidro establecidos en la reglamentación y la normalización nacional
PRODUCTO: ETANOL
ANHIDRO (ALCOHOLCARBURANTE)
Resolución 2200 de 2005. Tabla 1a. Requisitos de calidad deletanol anhidro combustible utilizado como componenteoxigenante de gasolinas
NTC 5308: 2004. Etanol anhidro combustible desnaturalizadoobtenido a partir de biomasa, para mezclar con gasolinas motor,
empleado. Tabla 1a. Requisitos de calidad del etanol anhidrocombustible como combustible
en vehículos con motores de combustión interna de encendidopor chispa
Ítem Requisito Unidad EspecificaciónMétodo de
ensayoObservaciones Unidad Especificación
Método deensayo
Observaciones COMENTARIOS
1 Color _ Incoloro Visual _ Incoloro Visual
El límite establecido en la NTC5308 coincide con el de laResolución 2200 de 2005 (Tabla1A).
2 Aspecto ---
Limpio, claro,sin color y librede impurezas yde materialesen suspensióny precipitados
Visual _
Limpio, claro,sin color y librede impurezas yde materialesen suspensióny precipitados
Visual
El límite establecido en la NTC5308 coincide con el de laResolución 2200 de 2005 (Tabla1A).
3
Acidez total(como ácidoacético),máximo
mg/l 56
ASTM D1613 ABNT/ NBR
9866MB 2606
mg/l 56 ASTM D1613
ABNT/ NBR 9866MB 2606
La resolución 2200 de 2005establece dos límites para esterequisito: diferenciándolos en lasunidades. El límite establecidoen la NTC 5308 de 56 mg/lcoincide con el de la Resolución2200 de 2005 (Tabla 1A) para laacidez total. La NTC no establecelímite para % en masa.
Acidez total(como ácidoacético),
máximo
% masa 0,007
ASTM D1613 ABNT/ NBR
9866
MB 2606
_ _ _
4Conductividadeléctricamáxima
µS/m 500
ASTM D1125 ABNT/ NBR
10547MB 2788
µS/m 500
ASTM D1125 ABNT/ NBR
10547MB 2788
El límite establecido en la NTC5308 coincide con el de laResolución 2200 de 2005 (Tabla1A).
PRODUCTO: ETANOLANHIDRO (ALCOHOL Resolución 2200 de 2005 Tabla 1a Requisitos de calidad del
NTC 5308: 2004. Etanol anhidro combustible desnaturalizadoobtenido a partir de biomasa, para mezclar con gasolinas motor,
l d T bl 1 R i i d lid d d l l hid
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ANHIDRO (ALCOHOLCARBURANTE)
Resolución 2200 de 2005. Tabla 1a. Requisitos de calidad deletanol anhidro combustible utilizado como componente
oxigenante de gasolinas
empleado. Tabla 1a. Requisitos de calidad del etanol anhidrocombustible como combustible
en vehículos con motores de combustión interna de encendidopor chispa
Ítem Requisito Unidad EspecificaciónMétodo de
ensayoObservaciones Unidad Especificación
Método de
ensayoObservaciones COMENTARIOS
5Densidad a20°C máximo
Kg/m3 791,5
ASTM D4052 ASTM D891 ABNT/ NBR
5992MB 1533
Kg/m3 791,5
ASTM D4052 ASTM D891
ABNT/ NBR 5992MB 1533
El límite establecido en la NTC5308 coincide con el de laResolución 2200 de 2005 (Tabla1A).
6% etanol ,mínimo
%Vol. 99,5 ASTM D5501 %Vol. 99,5 ASTM D5501
% etanol: Requeridocuando el alcohol noha sido producido por vía fermentación a
partir de caña deazúcar.
El límite establecido en la NTC5308 coincide con el de laResolución 2200 de 2005 (Tabla
1A).
7% alcohólico a20°C mínimo
°INPM 99,2 ABNT/ NBR
5992MB 1533
°INPM 99,2 ABNT/ NBR 5992
MB 1533
El límite establecido en la NTC5308 coincide con el de laResolución 2200 de 2005 (Tabla1A).
8Material novolátil a 105°C,máximo
Mg/l 30 ABNT/ NBR
2123mg/l 30 ABNT/ NBR 2123
El límite establecido en la NTC5308 coincide con el de laResolución 2200 de 2005 (Tabla1A)
9 Alcalinidad _ Negativo ABNT/ NBR
9866 _ Negativo ABNT/ NBR 9866
El límite establecido en la NTC5308 coincide con el de laResolución 2200 de 2005 (Tabla1A).
7/16/2019 8296
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CCO-2602/2011 Estudio para la Estructuración de un Programa de Aseguramiento de Calidad (QA/QC) de los Biocombustiblesy sus Mezclas con Combustibles Fósiles en Colombia – Análisis de la Reglamentación y Normatividad Nacional 146
Tabla 41.Comparación de los requisitos para el etanol anhidro combustible desnaturalizado establecidos en la reglamentación y lanormalización nacional
PRODUCTO: ETANOLANHIDRO COMBUSTIBLE
DESNATURALIZADO
Resolución 1565 de 2004. Tabla 1b. Requisitos de calidad del etanolanhidro combustible desnaturalizado antes de mezclar con las
gasolinas motor
NTC 5308: 2004. Etanol anhidro combustible desnaturalizadoobtenido a partir de biomasa, para mezclar con gasolinas motor,
empleado como combustible en vehículos con motores decombustión interna de encendido por chispa. Tabla 1b. Requisitos de
calidad del etanol anhidro combustible desnaturalizado antes demezclar con las gasolinas motor
Ítem Requisito Unidad EspecificaciónMétodo de
ensayo Observaciones Unidad EspecificaciónMétodo de
ensayo Observaciones Comentarios
1 % Etanol, mínimo % Vol. 96,3 ASTM D5501
ABN/NBR 5992% Vol. 96,3
ASTM D5501 ABN/NBR 5992
El límiteestablecido enla NTC 5308coincide con elde laResolución1565 de 2004(Tabla 1B)
2 Gomas extraíblescon solvente, máx. mg/100 ml 5 ASTM D381 mg/100 ml 5 ASTM D381
El límiteestablecido enla NTC 5308
coincide con elde laResolución1565 de 2004(Tabla 1B)
7/16/2019 8296
http://slidepdf.com/reader/full/8296 147/217
CCO-2602/2011 Estudio para la Estructuración de un Programa de Aseguramiento de Calidad (QA/QC) de los Biocombustiblesy sus Mezclas con Combustibles Fósiles en Colombia – Análisis de la Reglamentación y Normatividad Nacional 147
PRODUCTO: ETANOLANHIDRO COMBUSTIBLE
DESNATURALIZADO
Resolución 1565 de 2004. Tabla 1b. Requisitos de calidad del etanolanhidro combustible desnaturalizado antes de mezclar con las
gasolinas motor
NTC 5308: 2004. Etanol anhidro combustible desnaturalizadoobtenido a partir de biomasa, para mezclar con gasolinas motor,
empleado como combustible en vehículos con motores decombustión interna de encendido por chispa. Tabla 1b. Requisitos de
calidad del etanol anhidro combustible desnaturalizado antes demezclar con las gasolinas motor
Ítem Requisito Unidad EspecificaciónMétodo de
ensayoObservaciones Unidad Especificación
Método deensayo
Observaciones Comentarios
3Contenido deagua, máx.
% Vol. 0,7 ASTM E203
ASTM D1064
El algunos casos, uncontenido de aguamás bajo puede ser
necesario para evitar la separación de fasesde una mezcla degasolina-etanol a muybajas temperaturas.Menor contenido deagua podrá ser acordado entre laspartes interesadas enla compra-venta delproducto.
% Vol. 0,7 ASTM E203
ASTM D1064
El algunos casos, uncontenido de aguamás bajo puede ser
necesario para evitar la separación de fasesde una mezcla degasolina-etanol a muybajas temperaturas.Menor contenido deagua podrá ser acordado entre laspartes interesadas enla compra-venta delproducto.
El límiteestablecido enla NTC 5308coincide con elde laResolución1565 de 2004(Tabla 1B)
4
Contenido de
desnaturalizante,mínimo % Vol. 2
ABN/NBR 5992
Método PIANO(ASTM D6729) % Vol. 2
ABN/NBR 5992
Método PIANO(ASTM D6729)
El límiteestablecido enla NTC 5308coincide con el
de laResolución1565 de 2004(Tabla 1B)
7/16/2019 8296
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PRODUCTO: ETANOLANHIDRO COMBUSTIBLE
DESNATURALIZADO
Resolución 1565 de 2004. Tabla 1b. Requisitos de calidad del etanolanhidro combustible desnaturalizado antes de mezclar con las
gasolinas motor
NTC 5308: 2004. Etanol anhidro combustible desnaturalizadoobtenido a partir de biomasa, para mezclar con gasolinas motor,
empleado como combustible en vehículos con motores decombustión interna de encendido por chispa. Tabla 1b. Requisitos de
calidad del etanol anhidro combustible desnaturalizado antes demezclar con las gasolinas motor
Ítem Requisito Unidad EspecificaciónMétodo de
ensayoObservaciones Unidad Especificación
Método deensayo
Observaciones Comentarios
Contenido dedesnaturalizante,máximo
% Vol. 3 ABN/NBR 5992Método PIANO(ASTM D6729)
% Vol. 3 ABN/NBR 5992Método PIANO(ASTM D6729)
El límiteestablecido enla NTC 5308
coincide con elde laResolución1565 de 2004(Tabla 1B)
5
Contenido decloro inorgánico,
máx.ppm masa 40
ASTM D512 ABNT/NBR
10894ppm masa 40
ASTM D512 ABNT/NBR
10894
La Resolución1565 de 2004establece doslímites para esterequisito:diferenciándolosen las unidades.El límiteestablecido enla NTC 5308 de
40 ppm coincidecon el de laResolución1565 de 2004(Tabla 1B) parael contenido decloro. La NTCno establecelímite para mg/l
Contenido decloro inorgánico,
máx.mg/l 32
ASTM D512 ABNT/NBR
10894 _ _ _
7/16/2019 8296
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PRODUCTO: ETANOLANHIDRO COMBUSTIBLE
DESNATURALIZADO
Resolución 1565 de 2004. Tabla 1b. Requisitos de calidad del etanolanhidro combustible desnaturalizado antes de mezclar con las
gasolinas motor
NTC 5308: 2004. Etanol anhidro combustible desnaturalizadoobtenido a partir de biomasa, para mezclar con gasolinas motor,
empleado como combustible en vehículos con motores decombustión interna de encendido por chispa. Tabla 1b. Requisitos de
calidad del etanol anhidro combustible desnaturalizado antes demezclar con las gasolinas motor
Ítem Requisito Unidad EspecificaciónMétodo de
ensayoObservaciones Unidad Especificación
Método deensayo
Observaciones Comentarios
6 Contenido deCobre, máx.
mg/kg 0,1 ASTMD1688ABN/NBR10893MB 3054
mg/Kg 0,1 ASTMD1688ABN/NBR10893MB 3054
El límiteestablecido enla NTC 5308
coincide con elde laResolución1565 de 2004(Tabla 1B)
7
Acidez Total(como ácido
acético), máx.% masa 0,007
ASTM D1613 ABN/ NBR 9866
MB 2606% masa 0,007
ASTM D1613 ABN/ NBR 9866
MB 2606
El límiteestablecido enla NTC 5308coincide con elde laResolución1565 de 2004(Tabla 1B)
Acidez Total(como ácido
acético), máx.mg/l 56
ASTMD1613ABN/
NBR 9866MB2606
_ _ _
El límiteestablecido en
la NTC 5308coincide con elde laResolución1565 de 2004(Tabla 1B)
7/16/2019 8296
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PRODUCTO: ETANOLANHIDRO COMBUSTIBLE
DESNATURALIZADO
Resolución 1565 de 2004. Tabla 1b. Requisitos de calidad del etanolanhidro combustible desnaturalizado antes de mezclar con las
gasolinas motor
NTC 5308: 2004. Etanol anhidro combustible desnaturalizadoobtenido a partir de biomasa, para mezclar con gasolinas motor,
empleado como combustible en vehículos con motores decombustión interna de encendido por chispa. Tabla 1b. Requisitos de
calidad del etanol anhidro combustible desnaturalizado antes demezclar con las gasolinas motor
Ítem Requisito Unidad EspecificaciónMétodo de
ensayoObservaciones Unidad Especificación
Método deensayo
Observaciones Comentarios
8 pHe _ 6,5 a 9,0 ASTM D6423 _ 6,5 a 9,0 ASTM D6423
El límiteestablecido enla NTC 5308
coincide con elde laResolución1565 de 2004(Tabla 1B)
9 Apariencia _
Visiblementelibre de
contaminantessuspendidos oprecipitados
(claro ybrillante)
Visual _
Visiblementelibre de
contaminantessuspendidos oprecipitados
(claro ybrillante)
Visual
El límiteestablecido enla NTC 5308coincide con elde laResolución1565 de 2004(Tabla 1B)
Tabla 42. Comparación de los requisitos para la gasolina básica establecidos en la reglamentación y la normalización nacional
7/16/2019 8296
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PRODUCTO:GASOLINA BÁSICA
Resolución 1180 de 2006. Tabla 2a. Requisitos de calidad de lasgasolinas básicas
NTC 1380: 2005. Petróleo y sus derivados.Gasolinas para motores de combustión
interna de encendido por chispa. Tabla 1. Requisitos de la gasolina para
motores de combustión interna de encendido por chispa
Ítem RequisitoUnidad
EspecificaciónMétodo de
ensayoObservaciones
Unidad
EspecificaciónMétodo de
ensayoObservacio-
nesComentarios
Gasolinacorriente
Gasolinaextra
Gasolinacorriente
Gasolinaextra
1
Índice Antidetonante,mínimo(IAD = (RON +MON)/2)
Adimensional 81 87
ASTM D 2699 ASTM D 2700
IR (Métodoalterno)
Índice Antidetonante:IAD = (RON +MON)/2
Adimensional 81 87 ASTM D2699 ASTM D2700
IR
El métodoInfrarrojo (IR)es válidopara control yverificaciónrápidapreliminar delproducto perono para
certificaciónde entregadel mismo
El límiteestablecido enla NTC 1380coincide con elde laResolución1180 de 2006
(Tabla 2A)
2 Plomo, máximo g/l 0,013 ASTM D3237 ASTM D5059
g/l 0,013 ASTM D3237 ASTM D5059
El límiteestablecido enla NTC 1380coincide con elde laResolución1180 de 2006(Tabla 2A)
3 Índice de cierrede vapor (ICV),máximo
Kpa 98 _
ICV = P+1,13(A);en donde:
P = Presión devapor en kPa A = % volumenevaporado a70°C
Kpa 98 _
ICV =P+1,13(A); endonde:P = Presión
de vapor enkPa
A = %volumenevaporado a70°C
El límiteestablecido enla NTC 1380
coincide con elde laResolución1180 de 2006(Tabla 2A)
PRODUCTO:GASOLINA BÁSICA
Resolución 1180 de 2006. Tabla 2a. Requisitos de calidad de lasgasolinas básicas
NTC 1380: 2005. Petróleo y sus derivados.Gasolinas para motores de combustión
interna de encendido por chispa Tabla 1 Requisitos de la gasolina para
7/16/2019 8296
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CCO-2602/2011 Estudio para la Estructuración de un Programa de Aseguramiento de Calidad (QA/QC) de los Biocombustiblesy sus Mezclas con Combustibles Fósiles en Colombia – Análisis de la Reglamentación y Normatividad Nacional 152
GASOLINA BÁSICA gasolinas básicas interna de encendido por chispa. Tabla 1. Requisitos de la gasolina paramotores de combustión interna de encendido por chispa
Ítem RequisitoUnidad
EspecificaciónMétodo de
ensayoObservaciones
Unidad
EspecificaciónMétodo de
ensayoObservacio-
nesComentarios
Gasolinacorriente Gasolinaextra Gasolinacorriente Gasolinaextra
4 Aromáticos,máximo
% volumen 28 35
ASTM D5580 ASTM D1319Método PIANO(ASTM D6729)
ml/100 ml 28 35
ASTM D1319 ASTM D5580Método PIANO(ASTM D6729)
El límiteestablecido enla NTC 1380coincide con elde laResolución1180 de 2006(Tabla 2A)
5Benceno,
máximo% volumen 1,0 2,0
ASTM D5580 ASTM D3606
Método PIANO(ASTM D6729)
ml/100 ml 1,0 2,0
ASTM D3606 ASTM D5580
Método PIANO(ASTM D6729)
El límiteestablecido enla NTC 1380coincide con el
de laResolución1180 de 2006(Tabla 2A)
6 Azufre máximo % en masa 0,03 ASTM D4294 ASTM D2622
g/100g 0,1 ASTM D4294 ASTM D2622
La NTC 1380establece unmayor contenido deazufre (0,1g/100g) que elpermitido en laresolución 1180de 2006
7Corrosión alCobre, 3h a50°C, máximo
Clasificación 1 ASTM D130 Clasificación 1 ASTM D130
El límite
establecido enla NTC 1380coincide con elde laResolución1180 de 2006(Tabla 2A)
PRODUCTO:GASOLINA BÁSICA
Resolución 1180 de 2006. Tabla 2a. Requisitos de calidad de lasgasolinas básicas
NTC 1380: 2005. Petróleo y sus derivados.Gasolinas para motores de combustión
interna de encendido por chispa. Tabla 1. Requisitos de la gasolina para
7/16/2019 8296
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CCO-2602/2011 Estudio para la Estructuración de un Programa de Aseguramiento de Calidad (QA/QC) de los Biocombustiblesy sus Mezclas con Combustibles Fósiles en Colombia – Análisis de la Reglamentación y Normatividad Nacional 153
GASOLINA BÁSICA gasolinas básicas interna de encendido por chispa. Tabla 1. Requisitos de la gasolina paramotores de combustión interna de encendido por chispa
Ítem RequisitoUnidad
EspecificaciónMétodo de
ensayoObservaciones
Unidad
EspecificaciónMétodo de
ensayoObservacio-
nesComentarios
Gasolinacorriente Gasolinaextra Gasolinacorriente Gasolinaextra
8Contenido deGomas,máximo
mg/100 ml 5 ASTM D381 mg/100 ml 5 ASTM D381
El límiteestablecido enla NTC 1380coincide con elde laResolución1180 de 2006(Tabla 2A)
9Estabilidad a laOxidación,mínimo
Minutos 240 ASTM D525 Minutos 240 ASTM D525
El límiteestablecido enla NTC 1380coincide con elde la
Resolución1180 de 2006(Tabla 2A)
10
Destilación
10% vol.Evaporado,máximo
ºC 70 ASTM D86 ºC 70 ASTM D86
El límiteestablecido enla NTC 1380coincide con elde laResolución1180 de 2006(Tabla 2A)
50% vol.Evaporado,mínimo
ºC 77 ASTM D86 ºC 77 ASTM D86
El límiteestablecido en
la NTC 1380coincide con elde laResolución1180 de 2006(Tabla 2A)
PRODUCTO:GASOLINA BÁSICA
Resolución 1180 de 2006. Tabla 2a. Requisitos de calidad de lasgasolinas básicas
NTC 1380: 2005. Petróleo y sus derivados.Gasolinas para motores de combustión
interna de encendido por chispa. Tabla 1. Requisitos de la gasolina para
7/16/2019 8296
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CCO-2602/2011 Estudio para la Estructuración de un Programa de Aseguramiento de Calidad (QA/QC) de los Biocombustiblesy sus Mezclas con Combustibles Fósiles en Colombia – Análisis de la Reglamentación y Normatividad Nacional 154
g p p q g pmotores de combustión interna de encendido por chispa
Ítem RequisitoUnidad
EspecificaciónMétodo de
ensayoObservaciones
Unidad
EspecificaciónMétodo de
ensayoObservacio-
nesComentarios
Gasolinacorriente Gasolinaextra Gasolinacorriente Gasolinaextra
50% vol.Evaporado,máximo
ºC 121 ASTM D86 ºC 121 ASTM D86
El límiteestablecido enla NTC 1380coincide con elde laResolución1180 de 2006(Tabla 2A)
90% vol.Evaporado,máximo
ºC 190 ASTM D86 ºC 190 ASTM D86
El límiteestablecido enla NTC 1380coincide con elde la
Resolución1180 de 2006(Tabla 2A)
Punto final deebullición,máximo
ºC 225 ASTM D86 ºC 225 ASTM D86
El límiteestablecido enla NTC 1380coincide con elde laResolución1180 de 2006(Tabla 2A)
PRODUCTO:GASOLINA BÁSICA
Resolución 1180 de 2006. Tabla 2a. Requisitos de calidad de lasgasolinas básicas
NTC 1380: 2005. Petróleo y sus derivados.Gasolinas para motores de combustión
interna de encendido por chispa. Tabla 1. Requisitos de la gasolina para
7/16/2019 8296
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CCO-2602/2011 Estudio para la Estructuración de un Programa de Aseguramiento de Calidad (QA/QC) de los Biocombustiblesy sus Mezclas con Combustibles Fósiles en Colombia – Análisis de la Reglamentación y Normatividad Nacional 155
g p p q g pmotores de combustión interna de encendido por chispa
Ítem RequisitoUnidad
EspecificaciónMétodo de
ensayoObservaciones
Unidad
EspecificaciónMétodo de
ensayoObservacio-
nesComentarios
Gasolinacorriente Gasolinaextra Gasolinacorriente Gasolinaextra
11Contenido de
Aditivos,máximo
_ _ _
El paquete deaditivos deberácumplir comomínimo lasfunciones dedetergentedispersante-controlador deformación dedepósitos en elsistema deadmisión decombustibles delos motores,incluyendo acciónde limpieza comomínimo hasta losasientos de lasválvulas deadmisión,estabilizador delcombustible einhibidor deoxidación.
_ _ _
Todas lasgasolinasmotor debencontener aditivosdetergentes
– dispersantescontroladoresde formaciónde depósitosen lossistemas de
admisión decombustibledel motor, endosis ycalidadreglamentadas por elMinisterio deMinas yEnergíamedianteResoluciónN° 8-1055 deseptiembrede 1999, o la
que lamodifique osustituya.
El límiteestablecido enla NTC 1380coincide con elde laResolución1180 de 2006(Tabla 2A)
12 RVP, máximo Kpa (Psia) 55 (8,0) ASTM D4953 ASTM D5191 ASTM D323
RVP, Máx.:Presión de Vapor Reid, a 37,8°C...".
Kpa (Psia) 55 (8,0) ASTM D323
ASTM D5191
El límiteestablecido enla NTC 1380coincide con elde laResolución
PRODUCTO:GASOLINA BÁSICA
Resolución 1180 de 2006. Tabla 2a. Requisitos de calidad de lasgasolinas básicas
NTC 1380: 2005. Petróleo y sus derivados.Gasolinas para motores de combustión
interna de encendido por chispa. Tabla 1. Requisitos de la gasolina para
7/16/2019 8296
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CCO-2602/2011 Estudio para la Estructuración de un Programa de Aseguramiento de Calidad (QA/QC) de los Biocombustiblesy sus Mezclas con Combustibles Fósiles en Colombia – Análisis de la Reglamentación y Normatividad Nacional 156
motores de combustión interna de encendido por chispa
Ítem RequisitoUnidad
EspecificaciónMétodo de
ensayoObservaciones
Unidad
EspecificaciónMétodo de
ensayoObservacio-
nesComentarios
Gasolinacorriente Gasolinaextra Gasolinacorriente Gasolinaextra
1180 de 2006(Tabla 2A)
Tabla 43. Comparación de los requisitos para la gasolina oxigenada establecidos en la reglamentación y la normalización nacional
7/16/2019 8296
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CCO-2602/2011 Estudio para la Estructuración de un Programa de Aseguramiento de Calidad (QA/QC) de los Biocombustiblesy sus Mezclas con Combustibles Fósiles en Colombia – Análisis de la Reglamentación y Normatividad Nacional 157
PRODUCTO: GASOLINAOXIGENADA
Resolución 1180 de 2006. Tabla 2b. Requisitos de calidad de las
gasolinas oxigenadas con etanol anhidro combustible para usocomo combustible en motores de encendido de chispa
NTC 1380: 2005. Petróleo y sus derivados.Gasolinas para motores de combustión
interna de encendido por chispa. Tabla 2. Requisitos de lasgasolinas oxigenadas con etanol anhidro combustible
desnaturalizado para motores de combustión interna deencendido por chispa
Ítem Requisito Unidad
Especificación
Método deensayo Observaciones Unidad
Especificación
Método deensayo
Observa-ciones ComentariosGasolina
corrienteoxigenada
Gasolinaextra
oxigenada
Gasolinacorriente
oxigenada
Gasolinaextra
oxigenada
1
Índice Antidetonante,mínimo
( IAD = (RON+ MON)/2)
_ 84 89
ASTMD2699 ASTM
D2700IR(Métodoalterno)
Índice Antidetonante:
IAD = (RON +MON)/2
_ 84 89
ASTMD2699 ASTM
D2700IR(Métodoalterno)
ndice Antidetonante:IAD = (RON +MON)/2
El límiteestablecidoen la NTC1380coincide con
el de laResolución1180 de2006 (Tabla2B)
2Plomo,máximo
g/l 0,013
ASTMD3237 ASTMD5059
g/l 0,013
ASTMD3237 ASTMD5059
El límiteestablecidoen la NTC1380coincide conel de laResolución1180 de2006 (Tabla2B)
3 RVP, máximo kPa (Psia) 65 (9,3)
ASTMD4953 ASTM
5191 ASTMD323
RVP, Máx.:Presión de
Vapor Reid, a37,8°C
KPa 65 (9,3) ASTMD4953
RVP, Máx.:Presión deVapor Reid, a37,8°C
El límiteestablecidoen la NTC1380coincide conel de laResolución1180 de2006 (Tabla
PRODUCTO: GASOLINAOXIGENADA
Resolución 1180 de 2006. Tabla 2b. Requisitos de calidad de lasgasolinas oxigenadas con etanol anhidro combustible para uso
NTC 1380: 2005. Petróleo y sus derivados.Gasolinas para motores de combustión
interna de encendido por chispa. Tabla 2. Requisitos de lasli i d l hid b ibl
7/16/2019 8296
http://slidepdf.com/reader/full/8296 158/217
CCO-2602/2011 Estudio para la Estructuración de un Programa de Aseguramiento de Calidad (QA/QC) de los Biocombustiblesy sus Mezclas con Combustibles Fósiles en Colombia – Análisis de la Reglamentación y Normatividad Nacional 158
OXIGENADAgasolinas oxigenadas con etanol anhidro combustible para uso
como combustible en motores de encendido de chispagasolinas oxigenadas con etanol anhidro combustible
desnaturalizado para motores de combustión interna deencendido por chispa
Ítem Requisito UnidadEspecificación
Método deensayo
Observaciones UnidadEspecificación
Método deensayo
Observa-ciones
ComentariosGasolinacorriente
oxigenada
Gasolinaextra
oxigenada
Gasolinacorriente
oxigenada
Gasolinaextra
oxigenada
2B)
4
Índice deCierre deVapor (ICV),máximo
Kpa 124 _
ICV =
P+1,13(A); endonde:P = Presión devapor en kPa
A = % volumenevaporado a70°C
Kpa 124 _
ICV =P+1,13(A); en
donde:P = Presiónde vapor enkPa
A = %volumenevaporado a70°C
El límiteestablecido
en la NTC1380coincide conel de laResolución1180 de2006 (Tabla2B)
5 Aromáticos,máximo
% volumen 25 31,5
ASTMD5580 ASTMD3606MétodoPIANO(ASTMD6729)
ml/100 ml 25 31,5
ASTMD5580 ASTMD1319
El límiteestablecidoen la NTC1380coincide conel de laResolución1180 de2006 (Tabla2B)
PRODUCTO: GASOLINAOXIGENADA
Resolución 1180 de 2006. Tabla 2b. Requisitos de calidad de lasgasolinas oxigenadas con etanol anhidro combustible para uso
NTC 1380: 2005. Petróleo y sus derivados.Gasolinas para motores de combustión
interna de encendido por chispa. Tabla 2. Requisitos de lasli i d t l hid b tibl
7/16/2019 8296
http://slidepdf.com/reader/full/8296 159/217
CCO-2602/2011 Estudio para la Estructuración de un Programa de Aseguramiento de Calidad (QA/QC) de los Biocombustiblesy sus Mezclas con Combustibles Fósiles en Colombia – Análisis de la Reglamentación y Normatividad Nacional 159
OXIGENADAgasolinas oxigenadas con etanol anhidro combustible para uso
como combustible en motores de encendido de chispagasolinas oxigenadas con etanol anhidro combustible
desnaturalizado para motores de combustión interna deencendido por chispa
Ítem Requisito UnidadEspecificación
Método deensayo
Observaciones UnidadEspecificación
Método deensayo
Observa-ciones
ComentariosGasolinacorriente
oxigenada
Gasolinaextra
oxigenada
Gasolinacorriente
oxigenada
Gasolinaextra
oxigenada
6Benceno,máximo
% volumen 0,9 1,8
ASTMD5580 ASTMD3606MétodoPIANO(ASTMD6729)
% volumen 0,9 1,8
ASTMD5580 ASTMD3606
El límiteestablecidoen la NTC1380coincide conel de laResolución1180 de2006 (Tabla2B)
7 Azufre,máximo
% en masa 0,027
ASTMD4294 ASTMD2622
g/100g 0,090
ASTMD4294 ASTMD2622
La NTC 1380establece unmayor contenido deazufre (0,090g/100g) queel permitidoen laResolución1180 de2006 (0,027)
8 Corrosión alCobre, 3h a50°C, máximo
Clasificación 1 ASTMD130
Clasificación 1 ASTMD130
El límiteestablecidoen la NTC1380
coincide conel de laResolución1180 de2006 (Tabla2B)
PRODUCTO: GASOLINAOXIGENADA
Resolución 1180 de 2006. Tabla 2b. Requisitos de calidad de lasgasolinas oxigenadas con etanol anhidro combustible para uso
NTC 1380: 2005. Petróleo y sus derivados.Gasolinas para motores de combustión
interna de encendido por chispa. Tabla 2. Requisitos de lasgasolinas oxigenadas con etanol anhidro combustible
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OXIGENADAg g p
como combustible en motores de encendido de chispagasolinas oxigenadas con etanol anhidro combustible
desnaturalizado para motores de combustión interna deencendido por chispa
Ítem Requisito UnidadEspecificación
Método deensayo
Observaciones UnidadEspecificación
Método deensayo
Observa-ciones
ComentariosGasolinacorriente
oxigenada
Gasolinaextra
oxigenada
Gasolinacorriente
oxigenada
Gasolinaextra
oxigenada
9Contenido deagua, máximo
% volumen 0,2 ASTMD6422
% volumen 0,2 ASTMD6422
El límiteestablecidoen la NTC1380coincide conel de laResolución1180 de2006 (Tabla2B)
10Contenido deGomas,máximo
mg/100 ml 5 ASTMD381
mg/100 ml 5 ASTMD381
El límiteestablecidoen la NTC1380coincide conel de laResolución1180 de2006 (Tabla2B)
11
Oxígeno,
máximo % masa 3,5
ASTM
D4815 % masa 3,5
ASTM
D4815
El límiteestablecidoen la NTC1380coincide con
el de laResolución1180 de2006 (Tabla2B)
PRODUCTO: GASOLINAOXIGENADA
Resolución 1180 de 2006. Tabla 2b. Requisitos de calidad de lasgasolinas oxigenadas con etanol anhidro combustible para uso
NTC 1380: 2005. Petróleo y sus derivados.Gasolinas para motores de combustión
interna de encendido por chispa. Tabla 2. Requisitos de lasgasolinas oxigenadas con etanol anhidro combustible
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OXIGENADAg g p
como combustible en motores de encendido de chispagasolinas oxigenadas con etanol anhidro combustible
desnaturalizado para motores de combustión interna deencendido por chispa
Ítem Requisito UnidadEspecificación
Método deensayo
Observaciones UnidadEspecificación
Método deensayo
Observa-ciones
ComentariosGasolinacorriente
oxigenada
Gasolinaextra
oxigenada
Gasolinacorriente
oxigenada
Gasolinaextra
oxigenada
12% de etanol,máximo
% vol 10±0,5 ASTMD5501
% volumen 10±0,5 ASTMD5501
El límiteestablecidoen la NTC1380coincide conel de laResolución1180 de2006 (Tabla2B)
13Contenido de
Aditivos,mínimo
mg/l _ _
El paquete deaditivos deberácumplir comomínimo lasfunciones dedetergentedispersante-controlador deformación dedepósitos en elsistema deadmisión decombustiblesde los motores,incluyendo
acción delimpieza comomínimo hastalos asientos delas válvulas deadmisión,estabilizador del combustiblee inhibidor de
_ _ _
El límiteestablecidoen la NTC1380coincide conel de laResolución1180 de
2006 (Tabla2B)
PRODUCTO: GASOLINAOXIGENADA
Resolución 1180 de 2006. Tabla 2b. Requisitos de calidad de lasgasolinas oxigenadas con etanol anhidro combustible para uso
NTC 1380: 2005. Petróleo y sus derivados.Gasolinas para motores de combustión
interna de encendido por chispa. Tabla 2. Requisitos de lasgasolinas oxigenadas con etanol anhidro combustible
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OXIGENADAcomo combustible en motores de encendido de chispa
gasolinas oxigenadas con etanol anhidro combustibledesnaturalizado para motores de combustión interna de
encendido por chispa
Ítem Requisito UnidadEspecificación
Método deensayo
Observaciones UnidadEspecificación
Método deensayo
Observa-ciones
ComentariosGasolinacorriente
oxigenada
Gasolinaextra
oxigenada
Gasolinacorriente
oxigenada
Gasolinaextra
oxigenada
oxidación.
14Estabilidad a laoxidación,mínimo
Minutos 240 ASTMD525
Minutos 240 ASTMD525
El límiteestablecidoen la NTC1380coincide conel de laResolución1180 de2006 (Tabla2B)
PRODUCTO: GASOLINAOXIGENADA
Resolución 1180 de 2006. Tabla 2b. Requisitos de calidad de lasgasolinas oxigenadas con etanol anhidro combustible para uso
NTC 1380: 2005. Petróleo y sus derivados.Gasolinas para motores de combustión
interna de encendido por chispa. Tabla 2. Requisitos de lasgasolinas oxigenadas con etanol anhidro combustible
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OXIGENADAcomo combustible en motores de encendido de chispa
gasolinas oxigenadas con etanol anhidro combustibledesnaturalizado para motores de combustión interna de
encendido por chispa
Ítem Requisito UnidadEspecificación
Método deensayo
Observaciones UnidadEspecificación
Método deensayo
Observa-ciones
ComentariosGasolinacorriente
oxigenada
Gasolinaextra
oxigenada
Gasolinacorriente
oxigenada
Gasolinaextra
oxigenada
15
Destilación
10% volumenevaporado,
máximoºC 70 ASTM D86 ºC 70 ASTM D86
El límiteestablecidoen la NTC1380coincide conel de laResolución1180 de
2006 (Tabla2B)
50% volumenevaporado
mínimoºC 77 ASTM D86 ºC 77 ASTM D86
El límiteestablecidoen la NTC1380coincide conel de laResolución1180 de2006 (Tabla2B)
50% volumenevaporado
máximoºC 121 ASTM D86 ºC 121 ASTM D86
El límiteestablecidoen la NTC
1380coincide conel de laResolución1180 de2006 (Tabla2B)
PRODUCTO: GASOLINAOXIGENADA
Resolución 1180 de 2006. Tabla 2b. Requisitos de calidad de lasgasolinas oxigenadas con etanol anhidro combustible para uso
b tibl t d did d hi
NTC 1380: 2005. Petróleo y sus derivados.Gasolinas para motores de combustión
interna de encendido por chispa. Tabla 2. Requisitos de lasgasolinas oxigenadas con etanol anhidro combustible
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OXIGENADAcomo combustible en motores de encendido de chispa
gasolinas oxigenadas con etanol anhidro combustibledesnaturalizado para motores de combustión interna de
encendido por chispa
Ítem Requisito UnidadEspecificación
Método deensayo
Observaciones UnidadEspecificación
Método deensayo
Observa-ciones
ComentariosGasolinacorriente
oxigenada
Gasolinaextra
oxigenada
Gasolinacorriente
oxigenada
Gasolinaextra
oxigenada
90% volumenevaporado,
máximoºC 190 ASTM D86 ºC 190 ASTM D86
El límiteestablecidoen la NTC1380coincide conel de laResolución1180 de2006 (Tabla2B)
Punto finalebullición,máximo
ºC 225 ASTM D86 ºC 225 ASTM D86
El límiteestablecidoen la NTC1380coincide conel de laResolución1180 de2006 (Tabla2B)
Residuo de
la destilación,máximo % volumen 2 ASTM D86 % volumen 2 ASTM D86
El límiteestablecidoen la NTC1380coincide con
el de laResolución1180 de2006 (Tabla2B)
Tabla 44. Comparación de los requisitos para el diesel corriente y sus mezclas establecidos en la reglamentación y la normalización
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nacional
PRODUCTO:
DIESEL YMEZCLAS CONBIOCOMBUSTI-
BLES
Resolución 182087 de 2007. Tabla 3b. Requisitos de calidad delcombustible diesel corriente y sus mezclas con biocombustibles
NTC 1438: 2011. Petróleo y sus derivados. Combustibles paramotores diesel
Ítem Requisito Unidad EspecificaciónMétodo de
ensayoObservaciones Unidad Especificación
Método deensayo
Observacio-nes
Comentarios
1 Azufre,máximo % masa
0,05(2010-01-01)
(*)0,005
(2013-01-01)
ASTM D4294
ASTM D2622 ASTM D1552 ASTM D1266
(*) A partir de enero 1º de2010 se cumplirá con laResolución 180158 de 2007entregando Diesel de 50
PPM de Azufre para todos losSistemas de TransporteMasivo.Métodos alternos: ASTMD2622, ASTM D1552 y
ASTM D1266
% masa 0,05
ASTM D4294
ASTM D2622 ASTM D1552 ASTM D1266
El límiteestablecido enla NTC 1438coincide con el
de laResolución182087 de2007 (Tabla3B)
2
Contenidosde
Aromáticos,máximo
% volumen 35 ASTM D5186 ASTM D1319
Métodos alternos:Espectrometría de Masas,Ultra Violeta Visible (UV-VIS).Válido para dieselproducido en la destilaciónatmosférica del petróleocrudo, sin mezcla con otros
componentes de refinería
% volumen 35 ASTM D5186 ASTM D1319
OtrosMétodosalternospueden ser usados,como elmétodo
ASTMD6729.(MétodoPiano)
El límiteestablecido enla NTC 1438coincide con elde laResolución182087 de2007 (Tabla3B)
3Número de
Cetano,mínimo
Adimensional 43 ASTM D 613
Número de Cetano: Paradiesel que contengacomponentes provenientesde procesos de rupturacatalítica y/o térmica, y/oaditivos mejoradores de
Adimensional 43 ASTM D 613
Número deCetano: Paradiesel quecontengacomponentesprovenientes
El límiteestablecido enla NTC 1438coincide con elde laResolución
PRODUCTO:DIESEL Y
MEZCLAS CONBIOCOMBUSTI-
Resolución 182087 de 2007. Tabla 3b. Requisitos de calidad delcombustible diesel corriente y sus mezclas con biocombustibles
NTC 1438: 2011. Petróleo y sus derivados. Combustibles paramotores diesel
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BIOCOMBUSTIBLES
Ítem Requisito Unidad EspecificaciónMétodo de
ensayoObservaciones Unidad Especificación
Método deensayo
Observacio-nes
Comentarios
Cetano y/o biocombustibles. de procesosde rupturacatalítica y/otérmica, y/oaditivosmejoradoresde Cetanoy/obiocombustibles.
182087 de2007 (Tabla3B)
4Índice deCetano,mínimo
Adimensional 45 ASTM D976
ASTM D4737
Índice de Cetano: Válido paradiesel producido en la
destilación atmosférica delpetróleo crudo, sin mezclacon otros componentes derefinería o biocombustibles
Adimensional 45 ASTM D976
ASTM D4737
ndice deCetano:Válido paradiesel
producido enla destilaciónatmosféricadel petróleocrudo, sinmezcla conotroscomponentesde refinería obiocombustibles
El límite
establecido enla NTC 1438coincide con elde laResolución182087 de2007 (Tabla3B)
PRODUCTO:DIESEL Y
MEZCLAS CONBIOCOMBUSTI-
Resolución 182087 de 2007. Tabla 3b. Requisitos de calidad delcombustible diesel corriente y sus mezclas con biocombustibles
NTC 1438: 2011. Petróleo y sus derivados. Combustibles paramotores diesel
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BLES
Ítem Requisito Unidad EspecificaciónMétodo de
ensayoObservaciones Unidad Especificación
Método deensayo
Observacio-nes
Comentarios
5
Contenidode
Biocombustible
(alquilester es deácidosgrasos)
% volumen 5%±0,5 EN 14708
La mezcla conbiocombustible para uso enmotores diesel es de carácter obligatorio y se señala elporcentaje de ±0,5 como unmargen de tolerancia paratener en cuenta la precisiónde los equipos de mezcla.
% volumen 10 10
Los valorespara estosparámetrosdeberánestablecersesustentadosen estudiosrealizados enlaboratoriosacreditados yavalados por autoridadcompetente.
La NTC 1438establece eldoble delcontenido debiodiesel (10%)que el indicadoen laResolución182087 de2007.
6
Corrosión alcobre, 3h a
50 °C,máximo
Clasificación 2 ASTM D130 Clasificación 2 ASTM D130
El límiteestablecido enla NTC 1438coincide con elde laResolución182087 de2007 (Tabla3B)
7Color
ASTM,máximo
_ 3,0 ASTM D1500 _ 3,0 ASTM D1500
El límite
establecido enla NTC 1438coincide con elde laResolución182087 de2007 (Tabla3B)
PRODUCTO:DIESEL Y
MEZCLAS CONBIOCOMBUSTI-
Resolución 182087 de 2007. Tabla 3b. Requisitos de calidad delcombustible diesel corriente y sus mezclas con biocombustibles
NTC 1438: 2011. Petróleo y sus derivados. Combustibles paramotores diesel
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BLES
Ítem Requisito Unidad EspecificaciónMétodo de
ensayoObservaciones Unidad Especificación
Método deensayo
Observacio-nes
Comentarios
8
Residuosde Carbón
micro,máximo(10% defondos)
% masa 0,20 ASTM D4530 % masa 0,20 ASTM D4530
El límiteestablecido enla NTC 1438coincide con elde laResolución182087 de2007 (Tabla3B)
9Gravedad
API,
mínimo
°API Reportar ASTM D4052 ASTM D1298
ASTM D287
°API Reportar ASTM D4052 ASTM D1298
ASTM D287
El límiteestablecido enla NTC 1438coincide con elde la
Resolución182087 de2007 (Tabla3B)
10
Viscosidada 40 °C,Mínimo -Máximo
mm2/s 1,9 – 5,0 ASTM D445 mm2/s 1,9 – 5,0 ASTM D445
El límiteestablecido enla NTC 1438coincide con elde laResolución182087 de2007 (Tabla3B)
11
Destilación
PuntoInicial deEbullición
_ Reportar ASTM D86 °C Reportar ASTM D86
PRODUCTO:DIESEL Y
MEZCLAS CONBIOCOMBUSTI-
Resolución 182087 de 2007. Tabla 3b. Requisitos de calidad delcombustible diesel corriente y sus mezclas con biocombustibles
NTC 1438: 2011. Petróleo y sus derivados. Combustibles paramotores diesel
7/16/2019 8296
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CCO-2602/2011 Estudio para la Estructuración de un Programa de Aseguramiento de Calidad (QA/QC) de los Biocombustiblesy sus Mezclas con Combustibles Fósiles en Colombia – Análisis de la Reglamentación y Normatividad Nacional 169
BLES
Ítem Requisito Unidad EspecificaciónMétodo de
ensayoObservaciones Unidad Especificación
Método deensayo
Observacio-nes
Comentarios
Temp. 50 %vol.Recobrado
_ Reportar ASTM D86 °C Reportar ASTM D86
El límiteestablecido enla NTC 1438coincide con elde laResolución182087 de2007 (Tabla3B)
Temp. 90%vol.
Recobrado,máximo
_ _ _ °C 360 ASTM D86
La NTC 1438establece elrequisito para90% devolumen
recuperado y elrequisito de laResolución182087 de2007 es para el95%
Temp. 95%vol.Recobrado,máximo
_ 360 ASTM D86 _ _ _
La NTC 1438establece elrequisito para90% devolumenrecuperado y elrequisito de laResolución182087 de
2007 es para el95%
Punto FinaldeEbullición.Máximo
_ 390 ASTM D86 °C 390 ASTM D86
El límiteestablecido enla NTC 1438coincide con elde laResolución182087 de
PRODUCTO:DIESEL Y
MEZCLAS CONBIOCOMBUSTI-
Resolución 182087 de 2007. Tabla 3b. Requisitos de calidad delcombustible diesel corriente y sus mezclas con biocombustibles
NTC 1438: 2011. Petróleo y sus derivados. Combustibles paramotores diesel
7/16/2019 8296
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CCO-2602/2011 Estudio para la Estructuración de un Programa de Aseguramiento de Calidad (QA/QC) de los Biocombustiblesy sus Mezclas con Combustibles Fósiles en Colombia – Análisis de la Reglamentación y Normatividad Nacional 170
BLES
Ítem Requisito Unidad EspecificaciónMétodo de
ensayoObservaciones Unidad Especificación
Método deensayo
Observacio-nes
Comentarios
2007 (Tabla3B)
12 Agua y
Sedimento,máximo
% Volumen 0,050 ASTM D1796 ASTM D 2709
% Volumen 0,050 ASTM D1796 ASTM D 2709
El límiteestablecido enla NTC 1438coincide con elde laResolución182087 de2007 (Tabla3B)
13Punto deFluidez,máximo
°C 3 ASTM D97
ASTM D5949°C 3
ASTM D97 ASTM D5949
El método ASTM D 97contemplaresultadosmedidos detres unidadesen tresunidades.
El límiteestablecido enla NTC 1438coincide con elde laResolución182087 de2007 (Tabla3B)
14
Temperatur a de
Obturacióndel filtro frío
(CFPP)
°C Reportar ASTM D6371
EN 116°C Reportar
ASTM D6371EN 116
Los valorespara estosparámetrosdeberánestablecersesustentadosen estudiosrealizados enlaboratoriosacreditados yavalados por autoridadcompetente.
El límiteestablecido enla NTC 1438coincide con elde laResolución182087 de2007 (Tabla3B)
PRODUCTO:DIESEL Y
MEZCLAS CONBIOCOMBUSTI-
BLES
Resolución 182087 de 2007. Tabla 3b. Requisitos de calidad delcombustible diesel corriente y sus mezclas con biocombustibles
NTC 1438: 2011. Petróleo y sus derivados. Combustibles paramotores diesel
7/16/2019 8296
http://slidepdf.com/reader/full/8296 171/217
CCO-2602/2011 Estudio para la Estructuración de un Programa de Aseguramiento de Calidad (QA/QC) de los Biocombustiblesy sus Mezclas con Combustibles Fósiles en Colombia – Análisis de la Reglamentación y Normatividad Nacional 171
BLES
Ítem Requisito Unidad EspecificaciónMétodo de
ensayoObservaciones Unidad Especificación
Método deensayo
Observacio-nes
Comentarios
15
Punto denube/
enturbiamiento
°C Reportar ASTM D2500
ISO 3015°C Reportar
ASTM D2500ISO 3015
Punto denube/enturbiamiento: Losvalores paraestosparámetrosdeberánestablecersesustentadosen estudiosrealizados enlaboratoriosacreditados y
avalados por autoridadcompetente.
El límiteestablecido enla NTC 1438coincide con elde laResolución182087 de2007 (Tabla3B)
16Punto de
Inflamación,mínimo
°C 52 ASTM D93 °C 52 ASTM D93
El límiteestablecido enla NTC 1438coincide con elde laResolución182087 de2007 (Tabla3B)
17 Cenizas,máximo
% en masa 0,01 ASTM D482 % en masa 0,01 ASTM D482
El límiteestablecido enla NTC 1438
coincide con elde laResolución182087 de2007 (Tabla3B)
PRODUCTO:DIESEL Y
MEZCLAS CONBIOCOMBUSTI-
BLES
Resolución 182087 de 2007. Tabla 3b. Requisitos de calidad delcombustible diesel corriente y sus mezclas con biocombustibles
NTC 1438: 2011. Petróleo y sus derivados. Combustibles paramotores diesel
7/16/2019 8296
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CCO-2602/2011 Estudio para la Estructuración de un Programa de Aseguramiento de Calidad (QA/QC) de los Biocombustiblesy sus Mezclas con Combustibles Fósiles en Colombia – Análisis de la Reglamentación y Normatividad Nacional 172
BLES
Ítem Requisito Unidad EspecificaciónMétodo de
ensayoObservaciones Unidad Especificación
Método deensayo
Observacio-nes
Comentarios
18 Lubricidad micrómetros -450 ASTM D6079
Lubricidad: Estaespecificación empezará aser significativa para elcontrol de calidad cuando elcontenido de azufre sereduzca a 500 ppm. En casode requerirse, se podráutilizar aditivos mejoradoresde lubricidad para lo cual laautoridad competenteexpedirá la reglamentaciónrespectiva. Cuando elbiodiesel sea producido aescala comercial este podrá
ser usado para sustituir estosaditivos. Para cumplir estaespecificación se podráadicionar 2% delbiocombustible al diesel depetróleo saliendo de lasrefinerías nacionales o aldiesel importado.
micrómetros 450 ASTM D6079
Lubricidad:Estaespecificación aplica paradieselhidrotratadode máximo500 ppm de
azufre
El límiteestablecido enla NTC 1438coincide con elde laResolución182087 de2007 (Tabla
3B)
19Estabilidad
Térmica
% dereflectancia a
90 min70 % mínimo ASTM D6488
% dereflectancia a
90 min70 % mínimo ASTM D6488
El límiteestablecido enla NTC 1438coincide con elde laResolución182087 de2007 (Tabla3B)
20Estabilidad
a laoxidación
g/m3 25 máximo ASTM D 2274 mg/100 ml 2,5 máximo ASTM D 2274
Esteparámetro esconsideradouna pruebatipo. Se deberealizar cada6 meses y
El requisitoestablecido enla NTC 1438presentadiferencias conel de laResolución
PRODUCTO:DIESEL Y
MEZCLAS CONBIOCOMBUSTI-
BLES
Resolución 182087 de 2007. Tabla 3b. Requisitos de calidad delcombustible diesel corriente y sus mezclas con biocombustibles
NTC 1438: 2011. Petróleo y sus derivados. Combustibles paramotores diesel
7/16/2019 8296
http://slidepdf.com/reader/full/8296 173/217
CCO-2602/2011 Estudio para la Estructuración de un Programa de Aseguramiento de Calidad (QA/QC) de los Biocombustiblesy sus Mezclas con Combustibles Fósiles en Colombia – Análisis de la Reglamentación y Normatividad Nacional 173
BLES
Ítem Requisito Unidad EspecificaciónMétodo de
ensayoObservaciones Unidad Especificación
Método deensayo
Observacio-nes
Comentarios
sustentarápor trazabilidadeste ensayolote a lote.
182087 de2007 (Tabla3B)
h 20, mínimo EN 15751
Este requisitono se estableceen laResolución182087 de2007
21 Númeroácido,máximo
mg KOH/g 0,3 ASTM D664
ste es unrequisitoadicional
para el dieselquecontenganFAME por encima de un5 % (v/v).
Este requisitono se establece
en laResolución182087 de2007
Tabla 45. Comparación de los requisitos para el diesel extra y sus mezclas establecidos en la reglamentación y la normalización nacional
7/16/2019 8296
http://slidepdf.com/reader/full/8296 174/217
CCO-2602/2011 Estudio para la Estructuración de un Programa de Aseguramiento de Calidad (QA/QC) de los Biocombustiblesy sus Mezclas con Combustibles Fósiles en Colombia – Análisis de la Reglamentación y Normatividad Nacional 174
PRODUCTO:COMBUSTIBLE
DIESEL EXTRA Y SUSMEZCLAS CON
BIOCOMBUSTIBLES
Resolución 182087 de 2007. Tabla 3c. Requisitos de calidad del combustible
diesel extra y sus mezclas con biocombustibles en Bogotá, D.C.
NTC 1438: 2011. Petróleo y sus derivados. Combustibles para
motores diesel
Ítem Requisito Unidad EspecificaciónMétodo de
ensayoObservaciones Unidad Especificación
Método deensayo
Observaciones Comentarios
1 Azufre, máximo % masa 0,005 ASTMD4294
Métodos alternos: ASTMD2622, ASTM D1552 y ASTMD1266
% masa 0,005
ASTM D4294 ASTM D2622 ASTM D1552 ASTM D1266
El límiteestablecido en laNTC 1438coincide con elde la Resolución182087 de 2007(Tabla 3C)
2 Contenidos de Aromáticos,máximo
% volumen 35
ASTMD5186 ASTMD1319
Métodos alternos:Espectrometría de Masas,Ultra Violeta Visible (UV-VIS)
% volumen 35 ASTM D5186 ASTM D1319
Otros Métodosalternos puedenser usados, comoel método ASTMD6729. (MétodoPiano)
El límiteestablecido en la
NTC 1438coincide con elde la Resolución182087 de 2007(Tabla 3C)
3Número de
Cetano, mínimo--- 45 ASTM D613
Número de Cetano: Paradiesel que contengacomponentes provenientes deprocesos de ruptura catalíticay/o térmica, y/o aditivosmejoradores de cetano y/óbiocombustibles.
Adimensional 45 ASTM D 613
Número deCetano: Paradiesel quecontengacomponentesprovenientes deprocesos deruptura catalíticay/o térmica, y/oaditivos
mejoradores decetano y/óbiocombustibles.
El límiteestablecido en laNTC 1438coincide con elde la Resolución182087 de 2007(Tabla 3C)
PRODUCTO:
COMBUSTIBLEDIESEL EXTRA Y SUS
MEZCLAS CONBIOCOMBUSTIBLES
Resolución 182087 de 2007. Tabla 3c. Requisitos de calidad del combustiblediesel extra y sus mezclas con biocombustibles en Bogotá, D.C.
NTC 1438: 2011. Petróleo y sus derivados. Combustibles paramotores diesel
7/16/2019 8296
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Ítem Requisito Unidad EspecificaciónMétodo de
ensayoObservaciones Unidad Especificación
Método deensayo
Observaciones Comentarios
4Índice de
Cetano, mínimo--- 45
ASTM D976 ASTMD4737
Índice de Cetano: Válido paradiesel producido en ladestilación atmosférica delpetróleo crudo, sin mezclacon otros componentes derefinería o biocombustibles.
Adimensional 45 ASTM D976 ASTM D4737
ndice de Cetano:Válido para dieselproducido en ladestilaciónatmosférica delpetróleo crudo,sin mezcla conotroscomponentes derefinería obiocombustibles.
El límiteestablecido en laNTC 1438coincide con elde la Resolución182087 de 2007(Tabla 3C)
5
Contenido deBiocombustible(alquilesteresalquil de ácidos
grasos)
% volumen 5%±0,5 EN 14078
Contenido de Biocombustible:La mezcla con biocombustiblepara uso en motores diesel esde carácter obligatorio y seseñala el porcentaje de ±0,5como un margen detolerancia para tener encuenta la precisión de losequipos de mezcla.
% volumen 10 EN 14708
Contenido deBiocombustible:Los valores paraestos parámetros
deberánestablecersesustentados enestudiosrealizados enlaboratoriosacreditados yavalados por autoridadcompetente.
La NTC 1438
establece eldoble delcontenido debiodiesel (10%)que el indicadoen la Resolución182087 de 2007.
6Corrosión al
cobre, 3h a 50°C, máximo
Clasificación 2 ASTM D130 Clasificación 2 ASTM D130
El límiteestablecido en laNTC 1438coincide con elde la Resolución
182087 de 2007(Tabla 3C)
7Color ASTM,
máximo--- 2
ASTMD1500
--- 2,0 ASTM D1500
El límiteestablecido en laNTC 1438coincide con elde la Resolución182087 de 2007(Tabla 3C)
PRODUCTO:
COMBUSTIBLEDIESEL EXTRA Y SUS
MEZCLAS CONBIOCOMBUSTIBLES
Resolución 182087 de 2007. Tabla 3c. Requisitos de calidad del combustiblediesel extra y sus mezclas con biocombustibles en Bogotá, D.C.
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Ítem Requisito Unidad EspecificaciónMétodo de
ensayoObservaciones Unidad Especificación
Método deensayo
Observaciones Comentarios
8
Residuos deCarbón micro,máximo (10%
de fondos)
% masa 0,2 ASTMD4530
% masa 0,20 ASTM D4530
El límiteestablecido en laNTC 1438coincide con elde la Resolución182087 de 2007(Tabla 3C)
9Gravedad API,
mínimo°API Reportar
ASTMD4052 ASTMD1298
ASTM D287
°API Reportar ASTM D4052 ASTM D1298 ASTM D287
El límiteestablecido en laNTC 1438coincide con elde la Resolución182087 de 2007(Tabla 3C)
10Viscosidad a 40
°C, Mínimo -Máximo
mm2/s 1,9 - 4,1 ASTM D445 mm2/s 1,9 – 4,1 ASTM D445
El límite
establecido en laNTC 1438coincide con elde la Resolución182087 de 2007(Tabla 3C)
11 DestilaciónEl límiteestablecido en laNTC 1438coincide con elde la Resolución182087 de 2007(Tabla 3C)
12
Punto Inicial deEbullición
__ Reportar ASTM D86 °C Reportar ASTM D86
Temp. 50 %vol. Recobrado
--- --- --- °C __ ASTM D86
El límiteestablecido en la
NTC 1438coincide con elde la Resolución182087 de 2007(Tabla 3C)
PRODUCTO:
COMBUSTIBLEDIESEL EXTRA Y SUS
MEZCLAS CONBIOCOMBUSTIBLES
Resolución 182087 de 2007. Tabla 3c. Requisitos de calidad del combustiblediesel extra y sus mezclas con biocombustibles en Bogotá, D.C.
NTC 1438: 2011. Petróleo y sus derivados. Combustibles paramotores diesel
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Ítem Requisito Unidad EspecificaciónMétodo de
ensayoObservaciones Unidad Especificación
Método deensayo
Observaciones Comentarios
Temperaturadel 90 %volumen
recobrado,Mínimo -Máximo
--- --- --- °C 282 - 338 ASTM D86
La NTC 1438establece elrequisito para90% de volumenrecuperado y elrequisito de laResolución182087 de 2007es para el 95%
Temp. 95% vol.Recobrado,
Mínimo -Máximo
°C 282 - 360 ASTM D86 --- --- ---
La NTC 1438establece elrequisito para90% de volumenrecuperado y elrequisito de la
Resolución182087 de 2007es para el 95%
Punto Final deEbulliciónMáximo
--- --- --- 360 ASTM D86
El límiteestablecido en laNTC 1438coincide con elde la Resolución182087 de 2007(Tabla 3C)
13 Agua y
Sedimento,máximo
% Volumen 0,050
ASTMD1796
ASTM D2709
% Volumen 0,050 ASTM D1796
ASTM D2709
El límiteestablecido en laNTC 1438coincide con elde la Resolución
182087 de 2007(Tabla 3C)
14Punto deFluidez,máximo
°C 3 ASTM D97
ASTMD5949
°C 3 ASTM D97
ASTM D5949
El método ASTM D 97contemplaresultadosmedidos de tresunidades en tresunidades.
El límiteestablecido en laNTC 1438coincide con elde la Resolución182087 de 2007(Tabla 3C)
PRODUCTO:
COMBUSTIBLEDIESEL EXTRA Y SUS
MEZCLAS CONBIOCOMBUSTIBLES
Resolución 182087 de 2007. Tabla 3c. Requisitos de calidad del combustiblediesel extra y sus mezclas con biocombustibles en Bogotá, D.C.
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178
Ítem Requisito Unidad EspecificaciónMétodo de
ensayoObservaciones Unidad Especificación
Método deensayo
Observaciones Comentarios
15
Temperatura deObturación del
filtro frío(CFPP)
°C Reportar ASTMD6371EN 116
°C Reportar ASTM D6371
EN 116
Temperatura deObturación delfiltro frío: Losvalores paraestos parámetrosdeberánestablecersesustentados enestudiosrealizados enlaboratoriosacreditados yavalados por autoridadcompetente.
El límiteestablecido en laNTC 1438coincide con elde la Resolución182087 de 2007(Tabla 3C)
16Punto de nube/enturbiamiento
°C Reportar ASTMD2500
ISO 3015°C Reportar
ASTM D2500
ISO 3015
Punto de nube/enturbiamiento:Los valores paraestos parámetrosdeberánestablecersesustentados enestudiosrealizados enlaboratoriosacreditados yavalados por autoridadcompetente.
El límiteestablecido en laNTC 1438coincide con elde la Resolución182087 de 2007(Tabla 3C)
17Punto de
Inflamación,mínimo
°C 52 ASTM D93 °C 52 ASTM D93
El límite
establecido en laNTC 1438coincide con elde la Resolución182087 de 2007(Tabla 3C)
PRODUCTO:
COMBUSTIBLEDIESEL EXTRA Y SUS
MEZCLAS CONBIOCOMBUSTIBLES
Resolución 182087 de 2007. Tabla 3c. Requisitos de calidad del combustiblediesel extra y sus mezclas con biocombustibles en Bogotá, D.C.
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179
Ítem Requisito Unidad EspecificaciónMétodo de
ensayoObservaciones Unidad Especificación
Método deensayo
Observaciones Comentarios
18Cenizas,máximo
% en masa 0,010 ASTM D482 % en masa 0,01 ASTM D482
El límiteestablecido en laNTC 1438coincide con elde la Resolución182087 de 2007(Tabla 3C)
19 Lubricidad Micrómetros 450 ASTMD6079
Lubricidad: Esta especificaciónempezará a ser significativapara el control de calidadcuando el contenido de azufrese reduzca a 500 ppm. Encaso de requerirse, se podráutilizar aditivos mejoradores delubricidad para lo cual la
autoridad competente expedirála reglamentación respectiva.Cuando el biodiesel seaproducido a escala comercialeste podrá ser usado parasustituir estos aditivos. Paracumplir esta especificación sepodrá adicionar 2% delbiocombustible al diesel depetróleo saliendo de lasrefinerías nacionales o aldiesel importado.
micrómetros 450 ASTM D6079
Lubricidad: Esta
especificaciónaplica para dieselhidrotratado demáximo 500 ppmde azufre
El límite
establecido en laNTC 1438coincide con elde la Resolución182087 de 2007(Tabla 3C)
20 EstabilidadTérmica
% dereflectancia
70% ASTMD6468
% dereflectancia a
90 min70 ASTM D6468
El límiteestablecido en laNTC 1438coincide con elde la Resolución182087 de 2007(Tabla 3C)
PRODUCTO:
COMBUSTIBLEDIESEL EXTRA Y SUS
MEZCLAS CONBIOCOMBUSTIBLES
Resolución 182087 de 2007. Tabla 3c. Requisitos de calidad del combustiblediesel extra y sus mezclas con biocombustibles en Bogotá, D.C.
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180
Ítem Requisito Unidad EspecificaciónMétodo de
ensayoObservaciones Unidad Especificación
Método deensayo
Observaciones Comentarios
21Estabilidad a la
oxidación
h 20 mínimo EN 15751
Este requisito nose establece enla Resolución182087 de 2007
g/m3 25% máximo ASTMD2274
mg/100 ml 2,5 máximo ASTM D2274
Este parámetroes consideradouna prueba tipo.Se debe realizar cada 6 meses ysustentará por trazabilidad esteensayo lote alote.
El requisitoestablecido en laNTC 1438presentadiferencias conel de laResolución182087 de 2007(Tabla 3C)
22Número ácido,
máximomg KOH/g 0,3 ASTM D664
ste es unrequisitoadicional para eldiesel quecontengan FAMEpor encima de un5 % (v/v).
Este requisito nose establece enla Resolución182087 de 2007
7/16/2019 8296
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181
Anexo 2. Agentes de la cadena de biocombustibles
TÉRMINORESOLUCION 180687 DE 2003 Y
RESOLUCIONESMODIFICATORIAS
DECRETO 4299 DE 2005 RESOLUCION 182142 DE 2007
7/16/2019 8296
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182
MODIFICATORIAS
Importador de biocombustiblespara uso en motores diesel.
No lo contempla No lo contempla
Toda persona natural o jurídica que importebiocombustibles para uso en motores dieselpara ser mezclado con combustible diesel o ACPM, y que haya efectuado el registrocorrespondiente.
Importador de mezclas
biocombustibles para uso enmotores diesel-diesel fósil. No lo contempla No lo contempla
Toda persona natural o jurídica que importe deterceros países mezclas de biocombustiblespara uso en motores diesel con combustible
diesel fósil (ACPM) en proporción definida yque haya efectuado el Registrocorrespondiente que trata la presentedisposición.
Mezclador de biocombustibles parauso en motores diesel-diesel fósil.
No lo contempla No lo contempla
El distribuidor mayorista, el refinador y/o elimportador previamente registrados por elMinisterio de Minas y Energía en concordanciacon lo establecido en el Decreto 4299 de 2005,modificado por el Decreto 1333 de 2007, o lasnormas que lo modifiquen, adicionen o
deroguen.
TÉRMINORESOLUCION 180687 DE 2003 Y
RESOLUCIONESMODIFICATORIAS
DECRETO 4299 DE 2005 RESOLUCION 182142 DE 2007
Toda persona natural o jurídica quea través de plantas destiladoras o
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183
Productor de alcohol carburante
a través de plantas destiladoras odeshidratadoras, segúncorresponda, producen alcohol
carburante o convierten alcoholhidratado en alcohol carburante parauso automotor. Para los mismosefectos se tendrá por tal a losimportadores de etanol anhidro oalcohol carburante.
No lo contempla No lo contempla
Productor de biocombustibles parauso en motores diesel.
No lo contempla No lo contempla
Toda persona natural o jurídica que produzcaen el país biocombustibles para uso en motoresdiesel para ser mezclado con combustiblediesel o ACPM, y que haya efectuado elregistro correspondiente.
Transportador de combustibles
Toda persona natural o jurídica quetransporte los combustibles básicosderivados del petróleo, etanolcarburante y combustiblesoxigenados, en vehículosautomotores debidamenteautorizados para el efecto por laentidad competente.
No lo contempla No lo contempla
7/16/2019 8296
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184
Anexo 3. Definiciones relacionadas con biocombustibles en la reglamentación y normatividad colombiana
Tabla 46. Definiciones relacionadas con los biocombustibles
TérminoLey 939 de 2004,
Articulo 6
Resolución180687 de 2003 y
modificatoriasDecreto 4299 de 2005
Resolución182142 de
2007NTC 1380: 2005 NTC 5308: 2004
NTC 5444:2006
NTC 1438:2011
Comentario
7/16/2019 8296
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185
modificatorias 2007
Alcoholcarburante
No lo contempla
Compuestoorgánico líquido, denaturaleza diferentea los hidrocarburos,que tiene en sumolécula un grupoHidroxilo (OH)enlazado a unátomo de carbono.Para efectos de lapresente resolución
se entiende comoalcohol carburanteal Etanol anhidrocombustibledesnaturalizadoobtenido a partir dela biomasa.
La definiciónestablecida en laResolución 180687 del17 de junio de 2003,modificada por laResolución 18 1069 del18 de agosto de 2005,expedida por elMinisterio de Minas yEnergía, o en aquellasnormas que lamodifiquen, adicionen osustituyan, la cual setranscribe: "Compuestoorgánico líquido, denaturaleza diferente alos hidrocarburos, que
tiene en su molécula ungrupo hidroxilo (OH)enlazado a un átomode carbono. Paraefectos de estaresolución se entiendecomo alcoholcarburante al Etanol
Anhidro combustibledesnaturalizadoobtenido a partir de labiomasa".
No locontempla
No lo contempla
Compuestoorgánico líquido,de naturalezadiferente a loshidrocarburosderivados depetróleo, gasnatural o carbón(fósiles), quetiene en sumolécula ungrupo hidroxilo(OH) enlazado aun átomo de
carbono. Para losefectos de estanorma seentiende comoalcoholcarburante alEtanol Anhidroobtenido a partir de biomasa.
No locontempla
No locontempla
Lasdefinicionesconcuerdan.Seríaconvenienteque lasresolucioneshicieran
referencia ala definiciónde la normaNTC 5308
Biomasa No lo contempla No lo contempla No lo contempla No locontempla
No lo contempla No lo contempla
Cualquier tipode materiaorgánica que
ha tenidoorigeninmediato enprocesosbiológicos, ode la materiavegetaloriginada en
No locontempla
La NTC 5308y la
resolución180687 citanel término;debería hacer mención a ladefinicióndada en lanorma 1438.
TérminoLey 939 de 2004,
Articulo 6
Resolución180687 de 2003 y
modificatoriasDecreto 4299 de 2005
Resolución182142 de
2007NTC 1380: 2005 NTC 5308: 2004
NTC 5444:2006
NTC 1438:2011
Comentario
procesos defotosíntesis
7/16/2019 8296
http://slidepdf.com/reader/full/8296 186/217
CCO-2602/2011 Estudio para la Estructuración de un Programa de Aseguramiento de Calidad (QA/QC) de los Biocombustiblesy sus Mezclas con Combustibles Fósiles en Colombia – Análisis de la Reglamentación y Normatividad Nacional
186
fotosíntesis,así como deprocesos
metabólicosdeorganismosheterótrofos.
Biodiesel
Metil/Etil éster producido por aceite vegetal oanimal de la calidadde un diesel
No lo contempla No lo contemplaNo locontempla
No lo contempla No lo contempla
Son mezclasde mono -alquilaésteres delos ácidosgrasos decadena largaderivados deaceitesvegetales ygrasas
animales.
Son mezclasde mono -alquila ésteresde los ácidosgrasos decadena largaderivados deaceitesvegetales ygrasasanimales.
La definicióndada en laLey nocoincide conla de la NTC
Biocombustibles para usoen motoresdiesel.
Artículo 6°. Paraefectos deinterpretar y aplicar la presente ley seentiende por Biocombustibles deorigen vegetal oanimal para uso enmotores dieselaquel combustiblelíquido o gaseosoque ha sidoobtenido de unvegetal o animal
que se puedeemplear enprocesos decombustión y quecumplan con lasdefiniciones ynormas de calidadestablecidas por laautoridad
No lo contempla No lo contempla
Combustibleslíquidos quehan sidoobtenidos de unvegetal oanimal, que sepuedenemplear enprocesos decombustión yque cumplencon lasdefiniciones ynormas de
calidadestablecidaspor losMinisterios de
Ambiente,Vivienda yDesarrolloTerritorial yMinas y
No lo contempla No lo contemplaNo locontempla
No locontempla
Lasdefinicionesaunquesimilares noconcuerdantotalmente.
TérminoLey 939 de 2004,
Articulo 6
Resolución180687 de 2003 y
modificatoriasDecreto 4299 de 2005
Resolución182142 de
2007NTC 1380: 2005 NTC 5308: 2004
NTC 5444:2006
NTC 1438:2011
Comentario
competente,destinados a ser
Energía, através de la
7/16/2019 8296
http://slidepdf.com/reader/full/8296 187/217
CCO-2602/2011 Estudio para la Estructuración de un Programa de Aseguramiento de Calidad (QA/QC) de los Biocombustibles
y sus Mezclas con Combustibles Fósiles en Colombia – Análisis de la Reglamentación y Normatividad Nacional187
destinados a ser sustituto parcial ototal del Acmé
utilizado enmotores diesel.
través de laResolución 182087 del 17 de
diciembre de2007, o lasnormas que lasmodifiquen,adicionen osustituyan,destinados aser sustitutoparcial o totaldel ACPMutilizado enmotores Diesel.
TérminoLey 939 de 2004,
Articulo 6
Resolución180687 de 2003 y
modificatoriasDecreto 4299 de 2005
Resolución182142 de
2007NTC 1380: 2005 NTC 5308: 2004
NTC 5444:2006
NTC 1438:2011
Comentario
7/16/2019 8296
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y sus Mezclas con Combustibles Fósiles en Colombia – Análisis de la Reglamentación y Normatividad Nacional188
Combustiblesbásicos
No lo contempla
Son mezclas dehidrocarburosderivados delpetróleo que hansido diseñadascomo combustiblesde motores decombustión interna,ya sean solas o enmezcla concomponentesoxigenantes, parareformular combustibles conmejores
características decombustión. Paraefectos de lapresenteResolución seentienden comocombustiblesbásicos la"GasolinaCorriente", la"Gasolina Extra", el"Diesel Corriente" yel "Diesel Extra ode bajo Azufre".
La definiciónestablecida en la
Resolución 180687 del17 de junio de 2003expedida por elMinisterio de Minas yEnergía, o en aquellasnormas que lamodifiquen, adicionen osustituyan, la cual setranscribe: "Sonmezclas dehidrocarburosderivados del petróleoque han sido diseñadascomo combustibles demotores de combustión
interna, ya sean solas oen mezcla concomponentesoxigenantes, parareformular combustibles conmejores característicasde combustión. Paraefectos de la presenteresolución se entiendencomo combustiblesbásicos la gasolinacorriente, la gasolinaextra, el dieselcorriente y el dieselextra o de bajo azufre".
No locontempla
No lo contempla No lo contemplaNo locontempla
No locontempla
Lasdefiniciones
concuerdan
TérminoLey 939 de 2004,
Articulo 6
Resolución180687 de 2003 y
modificatoriasDecreto 4299 de 2005
Resolución182142 de
2007NTC 1380: 2005 NTC 5308: 2004
NTC 5444:2006
NTC 1438:2011
Comentario
S t d l
7/16/2019 8296
http://slidepdf.com/reader/full/8296 189/217
CCO-2602/2011 Estudio para la Estructuración de un Programa de Aseguramiento de Calidad (QA/QC) de los Biocombustibles
y sus Mezclas con Combustibles Fósiles en Colombia – Análisis de la Reglamentación y Normatividad Nacional
189
Combustibleslíquidosderivados depetróleo
No lo contempla No lo contempla
Son todos losproductos clasificablesdentro de lascategorías de lasgasolinas, gasóleos,querosenes y fuelóleos,entre los cuales secuentan: combustiblespara aviación (avivas),gasolina motor (gasolina extra,gasolina corriente,gasolina corrienteoxigenada, gasolinaextra oxigenada),combustibles deaviación para motorestipo turbina, queroseno,
diesel extra o de bajoazufre, diesel corriente(Acmé), diesel marino(se conoce tambiéncon los siguientesnombres: diesel fluvial,marine diesel, gas oíl,interpol, diesel No. 2), ycombustible paraquemadoresindustriales(combustóleos
No locontempla
No lo contempla No lo contemplaNo locontempla
No locontempla
La definiciónno contemplaal biodiesel ysus mezclas
TérminoLey 939 de 2004,
Articulo 6
Resolución180687 de 2003 y
modificatoriasDecreto 4299 de 2005
Resolución182142 de
2007NTC 1380: 2005 NTC 5308: 2004
NTC 5444:2006
NTC 1438:2011
Comentario
La definiciónestablecida en la
7/16/2019 8296
http://slidepdf.com/reader/full/8296 190/217
CCO-2602/2011 Estudio para la Estructuración de un Programa de Aseguramiento de Calidad (QA/QC) de los Biocombustibles
y sus Mezclas con Combustibles Fósiles en Colombia – Análisis de la Reglamentación y Normatividad Nacional
190
Combustiblesoxigenados
No lo contempla
Son mezclas de
combustiblesbásicos derivadosdel petróleo conalcoholescarburantes en unaproporciónreglamentada. Susespecificaciones decalidad técnica yambiental sonreglamentadas por los Ministerios deMinas y Energía yde Ambiente,Vivienda y
DesarrolloTerritorial, segúnsus competencias.Para los efectos deesta Resoluciónentiéndase"Gasolina CorrienteOxigenada" y"Gasolina ExtraOxigenada".
Resolución 180687 del17 de junio de 2003,
expedida por elMinisterio de Minas yEnergía o en aquellasnormas que lamodifiquen, adicionen osustituyan, la cual setranscribe: "Sonmezclas decombustibles básicosderivados del petróleocon alcoholescarburantes en unaproporciónreglamentada. Susespecificaciones de
calidad técnica yambiental sonreglamentadas por losMinisterios de Minas yEnergía y de Ambiente,Vivienda y DesarrolloTerritorial, según suscompetencias. Para losefectos de estaresolución entiéndase"gasolina corrienteoxigenada" y "gasolinaextra oxigenada".
No locontempla
No lo contempla No lo contempla No locontempla
No locontempla
Lasdefinicionesconcuerdan
TérminoLey 939 de 2004,
Articulo 6
Resolución180687 de 2003 y
modificatoriasDecreto 4299 de 2005
Resolución182142 de
2007NTC 1380: 2005 NTC 5308: 2004
NTC 5444:2006
NTC 1438:2011
Comentario
La definiciónestablecida en la
7/16/2019 8296
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CCO-2602/2011 Estudio para la Estructuración de un Programa de Aseguramiento de Calidad (QA/QC) de los Biocombustibles
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191
Componentes oxigenantes
No lo contempla
Son alcoholescarburantesderivados de labiomasa, los cualesmezclados concombustiblesbásicos mejoran lascaracterísticasantidetonantes enel caso de lasgasolinas yreducen lasemisionescontaminantesgeneradas en la
combustión en losmotores.
Resolución 180687 del17 de junio de 2003,
expedida por elMinisterio de Minas yEnergía o en aquellasnormas que lamodifiquen, adicionen osustituyan, la cual setranscribe: "Sonalcoholes carburantesderivados de labiomasa, los cualesmezclados concombustibles básicosmejoran lascaracterísticasantidetonantes en el
caso de las gasolinas yreducen las emisionescontaminantesgeneradas en lacombustión en losmotores".
No locontempla
No lo contempla No lo contemplaNo locontempla
No locontempla
Lasdefinicionesconcuerdan
Diesel No lo contempla No lo contempla No lo contemplaNo lo
contempla
No lo contempla No lo contempla
Son mezclasdehidrocarburosde 10 átomoshasta 28átomos decarbonoconstituidaspor
fraccionesprovenientesde diferentesprocesos derefinación delpetróleo talescomodestilaciónatmosférica y
No lo
contempla
Estadefiniciónprácticamente coincidecon la de
dieselcorrientedada en laNTC 1438
TérminoLey 939 de 2004,
Articulo 6
Resolución180687 de 2003 y
modificatoriasDecreto 4299 de 2005
Resolución182142 de
2007NTC 1380: 2005 NTC 5308: 2004
NTC 5444:2006
NTC 1438:2011
Comentario
al vacío,ruptura
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192
catalítica,hidrocraqueo,
etc. que seutilizan comocombustibleen motorestipo dieselcomo los queutilizan losvehículos detrabajoterrestre.Tambiénpuede ser usado enmáquinastipo diesel de
trabajo medioy pesado queoperan, enactividadesdeexplotaciónagrícola,minera,construcciónde vías,unidades degeneracióneléctrica,entre otras.
TérminoLey 939 de 2004,
Articulo 6
Resolución180687 de 2003 y
modificatoriasDecreto 4299 de 2005
Resolución182142 de
2007NTC 1380: 2005 NTC 5308: 2004
NTC 5444:2006
NTC 1438:2011
Comentario
Es una mezclade
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193
Dieselcorriente
No lo contempla No lo contempla No lo contemplaNo locontempla
No lo contempla No lo contemplaNo locontempla
hidrocarburosentre 10
átomos y 28átomos decarbonoformada por fraccionescombustiblesproveniente dediferentesprocesos derefinación delpetróleo talescomodestilaciónatmosférica yruptura
catalítica, quese utiliza comocombustible enmotores tipodiesel y quepuede contener Biodiesel
Dieselcorrientebásico(ACPMbásico).
No lo contempla No lo contempla No lo contempla
Es una mezcladehidrocarburosderivados delpetróleodiseñada paraser utilizadacomocombustible enmotores tipoDiesel. Susespecificaciones de calidadtécnico-ambiental estánreglamentadaspor los
No lo contempla No lo contemplaNo lo
contempla
No lo
contempla
Lasdefinicionesde Dieselcorriente(NTC 1438) ydieselcorrientebásico
(Resolución182142)deberían ser concordantesya que setrata delmismoproducto
TérminoLey 939 de 2004,
Articulo 6
Resolución180687 de 2003 y
modificatoriasDecreto 4299 de 2005
Resolución182142 de
2007NTC 1380: 2005 NTC 5308: 2004
NTC 5444:2006
NTC 1438:2011
Comentario
Ministerios deMinas y
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194
Energía y deMedio
AmbienteVivienda yDesarrolloTerritorial através de laResolución 182087 del 17 dediciembre de2007, o lasnormas que lasmodifiquen,adicionen osustituyan.
Diesel extra No lo contempla No lo contempla No lo contemplaNo locontempla
No lo contempla No lo contemplaNo locontempla
Mezcla de
hidrocarburossimilar al dieselcorriente perocon un menor contenido deazufre, menor viscosidad,menor puntofinal deebullición y quepuede contener Biodiesel
Lasdefiniciones
de Dieselextra (NTC1438) ydiesel extrabásico(Resolución182142)deberían ser concordantesya que setrata delmismoproducto
Diesel extrabásico(ACPMextra).
No lo contempla No lo contempla No lo contempla
Es una mezclade
hidrocarburosderivados delpetróleo, concontenido deazufre bajo yrango dedestilación másestrechocomparados
No lo contempla No lo contemplaNo locontempla
No locontempla
TérminoLey 939 de 2004,
Articulo 6
Resolución180687 de 2003 y
modificatoriasDecreto 4299 de 2005
Resolución182142 de
2007NTC 1380: 2005 NTC 5308: 2004
NTC 5444:2006
NTC 1438:2011
Comentario
con el Dieselcorriente,di ñ d
7/16/2019 8296
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195
diseñada paraser utilizada
comocombustible demotores tipoDiesel de bajasemisionescontaminantes.Susespecificaciones de calidadtécnico-ambiental seencuentranreglamentadaspor losMinisterios de
Minas yEnergía y deMedio
Ambiente,Vivienda yDesarrolloTerritorial, através de laResolución 182087 del 17 dediciembre de2007, o lasnormas que lasmodifiquen,adicionen osustituyan.
Etanol No lo contempla No lo contempla No lo contemplaNo locontempla
No lo contemplaEtil alcohol, elcompuestoquímico C2H5OH
No locontempla
No locontempla
TérminoLey 939 de 2004,
Articulo 6
Resolución180687 de 2003 y
modificatoriasDecreto 4299 de 2005
Resolución182142 de
2007NTC 1380: 2005 NTC 5308: 2004
NTC 5444:2006
NTC 1438:2011
Comentario
Tipo de alcoholetílico que se
t i
7/16/2019 8296
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196
Etanolanhidro
No lo contempla
caracteriza por tener muy bajo
contenido de aguay ser compatiblepara mezclar congasolinas encualquier proporción paraproducir uncombustibleoxigenado conmejorescaracterísticas.
No lo contemplaNo locontempla
No lo contempla No lo contemplaNo locontempla
No locontempla
Etanolanhidrocombustibledesnaturalizado
No lo contempla
Tipo de alcoholetílico mezcladocondesnaturalizantes
que se caracterizapor tener muy bajocontenido de aguay ser compatiblepara mezclar congasolinas encualquier proporción paraproducir uncombustibleoxigenado conmejorescaracterísticas deeficienciatermodinámica yambiental. ElEtanol anhidrocombustibledesnaturalizadodeberá cumplir conlo establecido en laTablas 1B de laResolución 1565del 27 de
No lo contemplaNo locontempla No lo contempla No lo contempla
No locontempla
No locontempla
TérminoLey 939 de 2004,
Articulo 6
Resolución180687 de 2003 y
modificatoriasDecreto 4299 de 2005
Resolución182142 de
2007NTC 1380: 2005 NTC 5308: 2004
NTC 5444:2006
NTC 1438:2011
Comentario
Diciembre de 2004o aquellas normasque la modifiquen
7/16/2019 8296
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197
que la modifiquen,adicionen o
deroguen.
Gasolina No lo contempla No lo contempla No lo contemplaNo locontempla
No lo contempla
Mezcla volátil dehidrocarburoslíquidos, quegeneralmentecontienenpequeñascantidades deaditivos,apropiada paraemplearse comocombustible enmotores decombustióninterna de
encendido por chispa.
No locontempla
No locontempla
Gasolinacorrientebásica
No lo contempla
Es un combustiblediseñado paramotores deencendido por chispa. En elmercadocolombiano secomercializa como"GasolinaCorriente".
No lo contemplaNo locontempla
Es uncombustiblediseñado paramotores deencendido por chispa. En elmercadocolombiano secomercializacomo gasolinacorriente.
Combustiblediseñado paramotores deencendido por chispa. En elmercadocolombiano secomercializacomo "GasolinaCorriente" (NTC1380).
No locontempla
No locontempla
Lasdefinicionesdadas en laresolución yen las NTCson idénticas
TérminoLey 939 de 2004,
Articulo 6
Resolución180687 de 2003 y
modificatoriasDecreto 4299 de 2005
Resolución182142 de
2007NTC 1380: 2005 NTC 5308: 2004
NTC 5444:2006
NTC 1438:2011
Comentario
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Gasolinacorrienteoxigenada
No lo contempla
Es una Gasolina
Corriente Básicamezclada conalcoholescarburantes, enuna proporcióncontrolada yreglamentada.
No lo contemplaNo locontempla
Es una Gasolinacorriente básica
mezclada conalcoholescarburantes(véase la NTC5308), en unaproporcióncontrolada yreglamentada.
No lo contemplaNo locontempla
No locontempla
Lasdefinicionesdadas en laresolución yen la NTCson idénticas
Gasolinaextra básica
No lo contempla
Es un combustiblediseñado paramotores deencendido por
chispa. Tienemayor capacidadantidetonante(octanaje) que la"GasolinaCorriente" y en elmercadocolombiano secomercializa como"Gasolina Extra".
No lo contemplaNo locontempla
Es uncombustiblediseñado paramotores de
encendido por chispa. Tienemayor capacidadantidetonante(octanaje) que lagasolina corrientey en el mercadocolombiano secomercializacomo gasolinaextra.
Combustiblediseñado paramotores deencendido por chispa. Tiene
mayor capacidadantidetonante(octanaje) que la"GasolinaCorriente" y en elmercadocolombiano secomercializacomo "GasolinaExtra" (NTC1380).
No locontempla
No locontempla
Lasdefinicionesdadas en laresolución yen las NTCson idénticas
Gasolinaextraoxigenada
No lo contempla
Es una GasolinaExtra Básicamezclada con
alcoholescarburantes, enuna proporcióncontrolada yreglamentada.
No lo contempla No locontempla
Es una gasolinaextra básicamezclada conalcoholes
carburantes(véase la NTC5308), en unaproporcióncontrolada yreglamentada.
No lo contempla No locontempla
No locontempla
Lasdefiniciones
dadas en laresolución yen las NTCson idénticas
TérminoLey 939 de 2004,
Articulo 6
Resolución180687 de 2003 y
modificatoriasDecreto 4299 de 2005
Resolución182142 de
2007NTC 1380: 2005 NTC 5308: 2004
NTC 5444:2006
NTC 1438:2011
Comentario
Son mezclasde biodieselcon diesel en
Son mezclasde biodiesel
7/16/2019 8296
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Mezclasbiodiesel -diesel, bxx.
No lo contempla No lo contempla No lo contemplaNo locontempla
No lo contempla No lo contempla
con diesel endiferentes
proporciones.La letra Brepresenta elbiodiesel yXXrepresenta elporcentaje envolumen (%vol.) delbiodiesel enla mezcla.
con diesel endiferentes
proporciones.La letra Brepresenta elbiodiesel y XXrepresenta elporcentaje envolumen (%vol.) delbiodiesel en lamezcla.
Lasdefinicionesdadas en lasNTC sonidénticas
Mezclasbiocombustibles para usoen motoresDiesel-Dieselfósil.
No lo contempla No lo contempla No lo contempla
Son mezclas debiocombustibles para uso enmotores DieselconcombustibleDiesel fósil(ACPM) enproporcióndefinida. Seidentifican conla letra B(indicabiodiesel)seguida de unnúmero entreuno (1) y cien(100) y queindica elporcentaje envolumen al cuales mezcladocon el Diesel(ACPM) fósil yque cumplencon lasespecificaciones, normas de
No lo contempla No lo contemplaNo locontempla
No locontempla
TérminoLey 939 de 2004,
Articulo 6
Resolución180687 de 2003 y
modificatoriasDecreto 4299 de 2005
Resolución182142 de
2007NTC 1380: 2005 NTC 5308: 2004
NTC 5444:2006
NTC 1438:2011
Comentario
calidad ypruebasespecíficas
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y sus Mezclas con Combustibles Fósiles en Colombia – Análisis de la Reglamentación y Normatividad Nacional
200
específicasestablecidas
por el Ministeriode Minas yEnergía y queescomercializadoa través de lacadena decombustibleslíquidosdefinida en elDecreto 4299de 2005,modificado por el Decreto 1333de 2007, o lasnormas que lomodifiquen,adicionen osustituyan.
Mezcla degasolina-etanol
No lo contempla No lo contempla No lo contemplaNo locontempla
No lo contempla
Combustible queconsisteprincipalmente degasolina juntocon una cantidadsustancial(máximo 3,5 %de oxígeno - %en masa) deetanol anhidro
combustibledesnaturalizado
No locontempla
No locontempla
TérminoLey 939 de 2004,
Articulo 6
Resolución180687 de 2003 y
modificatoriasDecreto 4299 de 2005
Resolución182142 de
2007NTC 1380: 2005 NTC 5308: 2004
NTC 5444:2006
NTC 1438:2011
Comentario
Son mezclas desustanciasquímicas,
7/16/2019 8296
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201
Paquete deaditivos
No lo contempla
químicas,seleccionadas
mediante métodoestándar, que seadicionan a loscombustibles ycumplen funcionescomo detergentesdispersantescontroladores deformación dedepósitos en elsistema deadmisión decombustible de losmotores,estabilizadoresquímicos delcombustible einhibidores deoxidación. Suaplicación seráreglamentada por el Ministerio deMinas y Energía.
No lo contemplaNo locontempla
No lo contempla No lo contemplaNo locontempla
No locontempla
Sustanciadesnaturalizante
No lo contempla
Sustancia extrañaque se agrega alalcohol carburantepara convertirlo enno potable y evitar que sea desviadopara usosdiferentes al decomponenteoxigenante decombustible paraautomotores.
No lo contemplaNo locontempla
No lo contempla No lo contemplaNo locontempla
No locontempla
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CCO-2602/2011 Estudio para la Estructuración de un Programa de Aseguramiento de Calidad (QA/QC) de los Biocombustibles
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202
Anexo 3. Comparación normatividad ASTM, NTC, EN, JIS, JASO Y CAN
Tabla 47. Comparación de los requisitos para el etanol anhidro combustible desnaturalizado establecidos en la normalización nacional y
extranjera
PRODUCTO:ETANOL
NTC 5308: 2004. ETANOL ANHIDROCOMBUSTIBLE DESNATURALIZADO
OBTENIDO A PARTIR DE BIOMASA, PARA
ASTM D4806-11a ESPECIFICACIÓNESTÁNDAR PARA ETANOL
DESNATURALIZADOCOMBUSTIBLE
EN 15376-2011.COMBUSTIBLES PARA USO
AUTOMOTRIZ. COMBUSTIBLES JASO M361:2006.CAN/CGSB-3 511-2005 GASOLINA SIN
7/16/2019 8296
http://slidepdf.com/reader/full/8296 203/217
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y sus Mezclas con Combustibles Fósiles en Colombia – Análisis de la Reglamentación y Normatividad Nacional
203
ANHIDROCOMBUSTIBLE
DESNATURALIZADO
MEZCLAR CON GASOLINAS MOTOR,EMPLEADO COMO COMBUSTIBLE
EN VEHÍCULOS CON MOTORES DECOMBUSTIÓN INTERNA DE ENCENDIDOPOR CHISPA
DESNATURALIZADO COMBUSTIBLEPARA MEZCLAR CON GASOLINAS DE
USO COMO COMBUSTIBLE AUTOMOTRIZ EN MOTOR DE
ENCENDIDO POR CHISPA
PARA USO AUTOMOTRIZ.ETANOL COMO MEZCLA
COMPONENTE DE LAGASOLINA. REQUERIMIENTOSY MÉTODOS DE ENSAYO
COMBUSTIBLE PARA AUTOMOVLES. ETANOL PARA
MEZCLAR
CAN/CGSB 3.511 2005. GASOLINA SINPLOMO OXIGENADA CON ETANOL PARA
AUTOMOVILES
I t e m
R e q u i s i t o
U n i d a d
E s p e c i f i c a c i ó n
M é t o d o d e
e n s a y o
O b s e r v a c i o n e s
U n i d a d
E s p e c i f i c a c i ó
n
M é t o d o d e
e n s a y o
O b s e r v a c i o n e s
U n i d a d
E s p e c i f i c a c i ó n
M é t o d o d e
e n s a y o
O b s e r v a c i o n e s
U n i d a d
E s p e c i f i c a c i ó
n
M é t o d o d e
e n s a y o
O b s e r v a c i o n e s
U n i d a d
E s p e c i f i c a c i ó n
M é t o d o d e
e n s a y o
O b s e r v a c i o n e s
1% Etanol,mínimo
%Volumen
96,3
ASTMD5501
ABN/NBR
5992
%Volumen
92.1 ASTMD5501
%volumen
98,7EN15721
Ellímiteincluyealcoholessuperioressatura
dos
%Volumen
99,5JAAS001
%Volumen
92 ASTMD5501
2
Gomasextraíbles
consolvente,
máx.
mg/100 ml
5 ASTMD381
mg/100 ml
5,0 ASTMD381
__ __ __ __ __ __ mg/100 ml
5,0 ASTMD381
3Contenidode agua,máximo
%Volumen
0,7
ASTME203
ASTMD1064
El algunoscasos, uncontenidode aguamás bajopuede ser necesariopara evitar laseparaciónde fasesde unamezcla degasolina-etanol amuy bajastemperatur as. Menor contenidode aguapodrá ser acordado
%Volumen
1,0
ASTM E203
ASTME1064
__ __ __ __ ::__ __ _ _ _
PRODUCTO:ETANOL
ANHIDROCOMBUSTIBLEDESNATURALI
ZADO
NTC 5308: 2004. ETANOL ANHIDROCOMBUSTIBLE DESNATURALIZADO
OBTENIDO A PARTIR DE BIOMASA, PARAMEZCLAR CON GASOLINAS MOTOR,
EMPLEADO COMO COMBUSTIBLEEN VEHÍCULOS CON MOTORES DE
COMBUSTIÓN INTERNA DE ENCENDIDOPOR CHISPA
ASTM D4806-11a ESPECIFICACIÓNESTÁNDAR PARA ETANOL
DESNATURALIZADO COMBUSTIBLEPARA MEZCLAR CON GASOLINAS DE
USO COMO COMBUSTIBLE AUTOMOTRIZ EN MOTOR DE
ENCENDIDO POR CHISPA
EN 15376-2011.COMBUSTIBLES PARA USO
AUTOMOTRIZ. COMBUSTIBLESPARA USO AUTOMOTRIZ.ETANOL COMO MEZCLA
COMPONENTE DE LAGASOLINA. REQUERIMIENTOS
Y MÉTODOS DE ENSAYO
JASO M361:2006.COMBUSTIBLE PARA
AUTOMOVLES. ETANOL PARAMEZCLAR
CAN/CGSB-3.511-2005. GASOLINA SINPLOMO OXIGENADA CON ETANOL PARA
AUTOMOVILES
n s ó s n s ó s n s
7/16/2019 8296
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CCO-2602/2011 Estudio para la Estructuración de un Programa de Aseguramiento de Calidad (QA/QC) de los Biocombustibles
y sus Mezclas con Combustibles Fósiles en Colombia – Análisis de la Reglamentación y Normatividad Nacional
204
I t e m
R e q u
i s i t o
U n i d
a d
E s p e c i f i c a c i ó n
M é t o d
o d e
e n s a y o
O b s e r v a
c i o n e s
U n i d
a d
E s p e c i f i c a c i ó
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M é t o d
o d e
e n s a y o
O b s e r v a
c i o n e s
U n i d
a d
E s p e c i f i c a c i ó n
M é t o d
o d e
e n s a y o
O b s e r v a
c i o n e s
U n i d
a d
E s p e c i f i c a c i ó
n
M é t o d
o d e
e n s a y o
O b s e r v a
c i o n e s
U n i d
a d
E s p e c i f i c a c i ó n
M é t o d
o d e
e n s a y o
O b s e r v a
c i o n e s
entre laspartesinteresadas en lacompra-venta delproducto.
Contenidode agua,máximo
% enmasa
_ _ % enmasa
1,26 ASTM E203
ASTME1064
% enmasa
0,300
EN15489EN15692
% enmasa
0,70Máximo
JIS K8101
% enmasa
1
ASTME203
ASTME1064 ASTMD6304
El método ASTME1064 sedebeutilizar encaso dedisputa
4
Contenidode
desnaturalizante,mínimo
%Volumen
2
ABN/NBR
5992MétodoPIANO(ASTMD6729)
%Volumen
2 Elcontenido
dedesnaturaliz
ante sedetermina
por larelación de“desnaturali
zantemedido” y
“eldesnaturaliz
antemedido y
losvolúmenesde etanol”durante la
desnaturalización
__ __ __ __ __ __ %
Volumen
1 __
1. Cuandose reporteesteparámetro,losvolúmenesmedidosse puedenutilizar enlugar delosensayosanalíticoscuando seadicione elcomponente.2. Elcontenido
dedesnaturalizanteconsiste deunamezcla dehidrocarbur os con unpunto deebullición
Contenidode
desnaturalizante,máximo
%
Volumen 3
ABN/NBR
5992
MétodoPIANO(ASTMD6729)
%
Volumen 3 __ __ __ __ __ __
%
Volumen 5 __
PRODUCTO:ETANOL
ANHIDROCOMBUSTIBLEDESNATURALI
ZADO
NTC 5308: 2004. ETANOL ANHIDROCOMBUSTIBLE DESNATURALIZADO
OBTENIDO A PARTIR DE BIOMASA, PARAMEZCLAR CON GASOLINAS MOTOR,
EMPLEADO COMO COMBUSTIBLEEN VEHÍCULOS CON MOTORES DE
COMBUSTIÓN INTERNA DE ENCENDIDOPOR CHISPA
ASTM D4806-11a ESPECIFICACIÓNESTÁNDAR PARA ETANOL
DESNATURALIZADO COMBUSTIBLEPARA MEZCLAR CON GASOLINAS DE
USO COMO COMBUSTIBLE AUTOMOTRIZ EN MOTOR DE
ENCENDIDO POR CHISPA
EN 15376-2011.COMBUSTIBLES PARA USO
AUTOMOTRIZ. COMBUSTIBLESPARA USO AUTOMOTRIZ.ETANOL COMO MEZCLA
COMPONENTE DE LAGASOLINA. REQUERIMIENTOS
Y MÉTODOS DE ENSAYO
JASO M361:2006.COMBUSTIBLE PARA
AUTOMOVLES. ETANOL PARAMEZCLAR
CAN/CGSB-3.511-2005. GASOLINA SINPLOMO OXIGENADA CON ETANOL PARA
AUTOMOVILES
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s n e s ó e
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CCO-2602/2011 Estudio para la Estructuración de un Programa de Aseguramiento de Calidad (QA/QC) de los Biocombustibles
y sus Mezclas con Combustibles Fósiles en Colombia – Análisis de la Reglamentación y Normatividad Nacional
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finalmenor que225oC
5
Contenidode cloro
inorgánico,máximo
p.p.mmasa
40
ASTMD512
ABNT/NBR
10894
ppmmasa,max
10
ASTMD7319 ó ASTMD7328
mg/kg
6,0
EN15484EN15492
__ __ __ _ _ _
Contenidode cloro
inorgánico,máximo
_ _ _ mg/l 8
ASTMD7319 ASTMD7328
__ __ __ __ __ __ mg/l 10
ASTMD512,
Procedimiento C
6Contenidode Cobre,máximo
mg/Kg
0,1
ASTMD1688
ABN/NBR
10893MB
3054
mg/kg 0,1 ASTMD1688
mg/kg
0,100
EN15488EN15837
mg/kg 0,1JIS
K0101mg/l 0,1
ASTMD1688
7
AcidezTotal (como
ácidoacético),máximo
%masa
0,007
ASTMD1613 ABN/NBR9866MB
2606
Noobstanteque elpaquete deaditivos(detergentes
%masa
0,007 ASTMD1613
El etanoldesnaturalizadocombustible puedecontener aditivos,
% enmasa
0,007EN15491
%Masa
0,007ISO
1388-2%
masa0,0053
ASTMD1613
PRODUCTO:ETANOL
ANHIDROCOMBUSTIBLEDESNATURALI
ZADO
NTC 5308: 2004. ETANOL ANHIDROCOMBUSTIBLE DESNATURALIZADO
OBTENIDO A PARTIR DE BIOMASA, PARAMEZCLAR CON GASOLINAS MOTOR,
EMPLEADO COMO COMBUSTIBLEEN VEHÍCULOS CON MOTORES DE
COMBUSTIÓN INTERNA DE ENCENDIDOPOR CHISPA
ASTM D4806-11a ESPECIFICACIÓNESTÁNDAR PARA ETANOL
DESNATURALIZADO COMBUSTIBLEPARA MEZCLAR CON GASOLINAS DE
USO COMO COMBUSTIBLE AUTOMOTRIZ EN MOTOR DE
ENCENDIDO POR CHISPA
EN 15376-2011.COMBUSTIBLES PARA USO
AUTOMOTRIZ. COMBUSTIBLESPARA USO AUTOMOTRIZ.ETANOL COMO MEZCLA
COMPONENTE DE LAGASOLINA. REQUERIMIENTOS
Y MÉTODOS DE ENSAYO
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AUTOMOVLES. ETANOL PARAMEZCLAR
CAN/CGSB-3.511-2005. GASOLINA SINPLOMO OXIGENADA CON ETANOL PARA
AUTOMOVILES
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AcidezTotal (como
ácidoacético),máximo
_ _ _
dispersantes,estabilizadores,anticorrosivos) en lasgasolinascolombianas seadicionaen elmomentode lamezcla del
etanol conla gasolina,el etanolanhidrocombustibledesnaturalizadopuedecontener aditivostales comoinhibidoresdecorrosión ydetergentes quepuedenafectar la
acideztitulable(acidezcomoácidoacético)del etanolanhidrocombustible
mg/l 56 ASTMD1613
tales comounhibisores decorrosiónydetergentes, quepuedenafectar laacideztitulable(acidezcomoácido
acético)del etanoldesnaturalizadocombustibleterminado. Aunque labase deetanolcombustible puedecumplir con lasespecificaciones deacidez, elefecto deestos
aditivospuedeproducir unaaparentealta acideztitulable delproductoterminadodel
__ __ __ __ __ __ mg/l 42 ASTMD1613
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OBTENIDO A PARTIR DE BIOMASA, PARAMEZCLAR CON GASOLINAS MOTOR,
EMPLEADO COMO COMBUSTIBLEEN VEHÍCULOS CON MOTORES DE
COMBUSTIÓN INTERNA DE ENCENDIDOPOR CHISPA
ASTM D4806-11a ESPECIFICACIÓNESTÁNDAR PARA ETANOL
DESNATURALIZADO COMBUSTIBLEPARA MEZCLAR CON GASOLINAS DE
USO COMO COMBUSTIBLE AUTOMOTRIZ EN MOTOR DE
ENCENDIDO POR CHISPA
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AUTOMOTRIZ. COMBUSTIBLESPARA USO AUTOMOTRIZ.ETANOL COMO MEZCLA
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Y MÉTODOS DE ENSAYO
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AUTOMOVLES. ETANOL PARAMEZCLAR
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terminado.Es posibleque eletanolanhidrocombustible básicocumplacon lasespecificaciones deacidez,pero elefecto de
esosaditivospuedeproducir unaaparenteacideztitulablealta en elproductodesnaturalizado.
producto.
8 pHe _ 6,5 a 9,0 ASTMD6423
_ 6,5 a9,0
ASTMD6423
__ __ __ __ 7±1,0JASOM361
_ 6,5 a 9,0 ASTMD6423
9 Apariencia _
Visibleme
nte libredecontamin
antessuspendi
dos oprecipitados (claro
ybrillante)
Inspección
visual _ _ _ __
Transpar ente e
incoloro
EN15679
__
Transpar
ente,incoloro.libre de
contaminantes
suspendidos o
precipitados
Inspección
visual __
Visibleme
nte libredesediment
oscontamin
antessuspendi
dos(claro y
brillante)
Inspección visual
PRODUCTO:ETANOL
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ZADO
NTC 5308: 2004. ETANOL ANHIDROCOMBUSTIBLE DESNATURALIZADO
OBTENIDO A PARTIR DE BIOMASA, PARAMEZCLAR CON GASOLINAS MOTOR,
EMPLEADO COMO COMBUSTIBLEEN VEHÍCULOS CON MOTORES DE
COMBUSTIÓN INTERNA DE ENCENDIDOPOR CHISPA
ASTM D4806-11a ESPECIFICACIÓNESTÁNDAR PARA ETANOL
DESNATURALIZADO COMBUSTIBLEPARA MEZCLAR CON GASOLINAS DE
USO COMO COMBUSTIBLE AUTOMOTRIZ EN MOTOR DE
ENCENDIDO POR CHISPA
EN 15376-2011.COMBUSTIBLES PARA USO
AUTOMOTRIZ. COMBUSTIBLESPARA USO AUTOMOTRIZ.ETANOL COMO MEZCLA
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Y MÉTODOS DE ENSAYO
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AUTOMOVLES. ETANOL PARAMEZCLAR
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10
Metanol,máximo
_ _ _ %
Volumen
0,5 ASTMD5501
% enmasa
1,0EN15721
g/l 4JAAS001
%Volumen
0,5 ASTMD5501
11
Azufre,máximo
_ _ _ ppmmasa
30
ASTMD2622 ASTMD3120 ASTMD5453 ASTMD7039
_ mg/k
g10,0
EN15485EN15486EN15837
mg/kg 10
JISK2541-
6JIS
K2541-7
mg/kg 40 ASTMD5453
12
Sulfatos _ _ _ ppm
masa,max
4
ASTMD7318 ASTMD7319 ASTMD7328
mg/kg
4,0EN15492
__ __ __ _ _ _
13
Color _ _ _ __
Puedeser
acordado
entreel
compr ador y
elprovee
dor
__ __ __ __ __ __ __ _ _ _
1
4
Contenidode
benceno,máximo
_ _ _ _ _ _ __ __ __ __ __ __ %
Volumen
0,25CAN/CGSB-3.0,No. 14.3
15
Contenidode
aromáticos,máximo
_ _ _ _ _ _ __ __ __ __ __ __ %
Volumen
2,5CAN/CGSB-3.0,No. 14.3
16
Impurezasorgánicas
_ _ _ _ _ _ __ __ __ g/l10
MáximoJAAS001
__ __ __
PRODUCTO:ETANOL
ANHIDROCOMBUSTIBLEDESNATURALI
ZADO
NTC 5308: 2004. ETANOL ANHIDROCOMBUSTIBLE DESNATURALIZADO
OBTENIDO A PARTIR DE BIOMASA, PARAMEZCLAR CON GASOLINAS MOTOR,
EMPLEADO COMO COMBUSTIBLEEN VEHÍCULOS CON MOTORES DE
COMBUSTIÓN INTERNA DE ENCENDIDOPOR CHISPA
ASTM D4806-11a ESPECIFICACIÓNESTÁNDAR PARA ETANOL
DESNATURALIZADO COMBUSTIBLEPARA MEZCLAR CON GASOLINAS DE
USO COMO COMBUSTIBLE AUTOMOTRIZ EN MOTOR DE
ENCENDIDO POR CHISPA
EN 15376-2011.COMBUSTIBLES PARA USO
AUTOMOTRIZ. COMBUSTIBLESPARA USO AUTOMOTRIZ.ETANOL COMO MEZCLA
COMPONENTE DE LAGASOLINA. REQUERIMIENTOS
Y MÉTODOS DE ENSAYO
JASO M361:2006.COMBUSTIBLE PARA
AUTOMOVLES. ETANOL PARAMEZCLAR
CAN/CGSB-3.511-2005. GASOLINA SINPLOMO OXIGENADA CON ETANOL PARA
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17
Conductividad
eléctrica,máximo
_ _ _ _ _ _ uS/m 2,5EN15938
uS/m 500JIS
K0130 __ __ __
18
Residuo deevaporació
n _ _ _ _ _ _ __ __ __
mg/100 ml
5,0Máximo
JAAS001
__ __ __
19
Colorantesy
marcadores _ _ _ _ _ _ __
Sepermite
el uso decolorante
s y
marcadores
__ mg/100 ml
5,0Máximo
JAAS001
__ __ __
20
Contenidode fósforo
_ _ _ _ _ _ mg/l 0,15
EN15487EN15837
mg/100 ml
5,0Máximo
JAAS001
__ __ __
Tabla 48. Comparación de los requisitos para la gasolina oxigenada establecidos en la normalización nacional y extranjera
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y sus Mezclas con Combustibles Fósiles en Colombia – Análisis de la Reglamentación y Normatividad Nacional
210
Tabla 49. Comparación de los requisitos para la gasolina y mezclas con combustibles oxigenados establecidos en la normalizaciónnacional y extranjera
7/16/2019 8296
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y sus Mezclas con Combustibles Fósiles en Colombia – Análisis de la Reglamentación y Normatividad Nacional
211
Tabla 50. Comparación de los requisitos para el biodiesel (B100) establecidos en la normalización nacional y extranjera
PRODUCTO: BIODIESEL
NTC 5444: 2006. BIODIESELPARA USO EN MOTORES
DIESEL.ESPECIFICACIONES
ASTM D6751-11b ESPECIFICACIONESTANDAR PARA BIODIÉSEL (B100) PARA
MEZCLAS CON COMBUSTIBLES DESTILADOSMEDIOS
EN 14214:2009+A1 COMBUSTIBLES DEAUTOMOCION. ESTERES METILICOS DE
ACIDOS GRASOS (FAME) PARAMOTORES DIESEL. REQUISITOS Y
MÉTODOS DE ENSAYOS
JIS K 2390: 2000.COMBUSTIBLES DE
AUTOMOCIÓN - ESTERESMETILICOS DE ACIDOSGRASOS (FAME) COMO
COMPONENTE EN
7/16/2019 8296
http://slidepdf.com/reader/full/8296 212/217
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y sus Mezclas con Combustibles Fósiles en Colombia – Análisis de la Reglamentación y Normatividad Nacional
212
ESPECIFICACIONES MEDIOSMÉTODOS DE ENSAYOS COMPONENTE EN
MEZCLAS
Item Requisito Unidad Especificación Unidad Grado S15Especificación
Grado S500Especificación
Unidad EspecificaciónMínimo
EspecificaciónMáximo
Unidad Especificacion
1 Densidad a 15 °C Kg/m3 860 – 900 _ _ _ Kg/m3 860 900 g/cm3 0,860 - 0,900
2 Número de cetano Cetanos 47 mínimo _ 47 mínimo 47 mínimo _ 51,0 _ _ 51,0 mínimo
3Viscosidad (cinemática a
40 ºC)mm2/s 1,9 – 6,0 mm2/s 1,9-6,0 1,9-6,0 mm2/s 3,50 5,00 mm2/s 3,50 - 5,00
4 Contenido de agua mg/Kg 500 máximo % volumen0,050
máximo
0,050
máximomg/Kg _ 500 mg/Kg 500 máximo
5 Contaminación Total mg/Kg 24 máximo _ _ _ mg/Kg _ 24 mg/Kg (*) 24 máx.
6
Punto de inflamación °C 120 mínimo ºC 130 mínimo 130 mínimo ºC 101 _ °C 120 mínimo
Punto de inflamación(vaso cerrado)
_ _ ºC 93 mínimo 93 mínimo _ _ _ _ _
7Contenido de metanol o
etanol, máximo% en masa 0,2 % en masa 0,2 máximo 0,2 máximo % (m/m) _ 0,2 máximo
%fracciónen masa
0,20 máximo
8 Corrosión lámina de cobre Clasificación 1 Clasificación 3 máximo 3 máximo _ Clase 1 _ 1 máximo
9 Estabilidad a la oxidación Horas 6 mínimo Horas 3 mínimo 3 mínimo Horas 6,0 _ _
Por acuerdoentre laspartes
interesadas
PRODUCTO: BIODIESEL
NTC 5444: 2006. BIODIESELPARA USO EN MOTORES
DIESEL.ESPECIFICACIONES
ASTM D6751-11b ESPECIFICACIONESTANDAR PARA BIODIÉSEL (B100) PARA
MEZCLAS CON COMBUSTIBLES DESTILADOSMEDIOS
EN 14214:2009+A1 COMBUSTIBLES DEAUTOMOCION. ESTERES METILICOS DE
ACIDOS GRASOS (FAME) PARAMOTORES DIESEL. REQUISITOS Y
MÉTODOS DE ENSAYOS
JIS K 2390: 2000.COMBUSTIBLES DE
AUTOMOCIÓN - ESTERESMETILICOS DE ACIDOSGRASOS (FAME) COMO
COMPONENTE ENMEZCLAS
Item Requisito Unidad Especificación UnidadGrado S15
EspecificaciónGrado S500
EspecificaciónUnidad Especificación Especificación Unidad Especificacion
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y sus Mezclas con Combustibles Fósiles en Colombia – Análisis de la Reglamentación y Normatividad Nacional
213
q pEspecificación Especificación
pMínimo
pMáximo
p
10 Estabilidad Térmica% de
reflectancia70 % mínimo _ _ _ _ _ _ _ _
11 Cenizas sulfatadas % en masa 0,02 máximo % en masa0,020
máximo0,020
máximo% (m/m) _ 0,02
%fracciónen masa
0,02 máximo
12 Destilación (PFE) °C 360 máximo ºC 360 máximo 360 máximo _ _ _ _ _
13 Número ácidomg deKOH/g
0,5 máximomg deKOH/g
0,50 máximo 0,50 máximomg deKOH/g
_ 0,50mg deKOH/g
0,50 máximo
14 Índice de yodogr de
yodo/100 gr 120 máximo _ _ _
gr deyodo/100
gr _ 120 _ 120 máximo
15 Punto de fluidez °C Reportar _ _ _ _ _ _ _ _
16Temperatura de
Obturación del filtro frío(CFPP)
°C Reportar _ _ _ _ _ _ _ _
17Punto de nube/enturbiamiento
°C Reportar ºC Reportar Reportar _ _ _ _ _
18 Carbón residual % en masa 0,3 máximo % en masa0,050
máximo0,050
máximo% (m/m) _ 0,30
%fracciónen masa
0,3 máx.
PRODUCTO: BIODIESEL
NTC 5444: 2006. BIODIESELPARA USO EN MOTORES
DIESEL.ESPECIFICACIONES
ASTM D6751-11b ESPECIFICACIONESTANDAR PARA BIODIÉSEL (B100) PARA
MEZCLAS CON COMBUSTIBLES DESTILADOSMEDIOS
EN 14214:2009+A1 COMBUSTIBLES DEAUTOMOCION. ESTERES METILICOS DE
ACIDOS GRASOS (FAME) PARAMOTORES DIESEL. REQUISITOS Y
MÉTODOS DE ENSAYOS
JIS K 2390: 2000.COMBUSTIBLES DE
AUTOMOCIÓN - ESTERESMETILICOS DE ACIDOSGRASOS (FAME) COMO
COMPONENTE ENMEZCLAS
Item Requisito Unidad Especificación UnidadGrado S15
EspecificaciónGrado S500
EspecificaciónUnidad Especificación Especificación Unidad Especificacion
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CCO-2602/2011 Estudio para la Estructuración de un Programa de Aseguramiento de Calidad (QA/QC) de los Biocombustibles
y sus Mezclas con Combustibles Fósiles en Colombia – Análisis de la Reglamentación y Normatividad Nacional
214
Especificación EspecificaciónMínimo Máximo
19 Contenido de fósforo mg/Kg 10 máximo % en masa0,001
máximo0,001
máximomg/Kg _ 4,0 mg/Kg
10,0 máximo(*)
20 Contenido de sodio ypotasio
mg/Kg 5,0 máximo ppm (µg/g) 5 máximo 5 máximo mg/Kg _ 5,0 mg/Kg 5,0 máximo
21Contenido de calcio y
magnesiomg/Kg 5,0 máximo ppm (µg/g) 5 máximo 5 máximo mg/Kg _ 5,0 mg/Kg 5,0 máximo
22Contenido de éster,
mínimo% en masa 96,5 _ _ _ % (m/m) _ 96,5 mínimo
%fracciónen masa
96,5 mínimo
23Contenido de alquil ester
de acido linolénico% en masa 12 máximo _ _ _ % (m/m) _ 12 máximo
%fracciónen masa
12,0 máximo
24 Glicerina libre % en masa 0,02 máximo % en masa0,020
máximo0,020
máximo% (m/m) _ 0,02
%fracciónen masa
0,02 máximo
PRODUCTO: BIODIESEL
NTC 5444: 2006. BIODIESELPARA USO EN MOTORES
DIESEL.ESPECIFICACIONES
ASTM D6751-11b ESPECIFICACIONESTANDAR PARA BIODIÉSEL (B100) PARA
MEZCLAS CON COMBUSTIBLES DESTILADOSMEDIOS
EN 14214:2009+A1 COMBUSTIBLES DEAUTOMOCION. ESTERES METILICOS DE
ACIDOS GRASOS (FAME) PARAMOTORES DIESEL. REQUISITOS Y
MÉTODOS DE ENSAYOS
JIS K 2390: 2000.COMBUSTIBLES DE
AUTOMOCIÓN - ESTERESMETILICOS DE ACIDOSGRASOS (FAME) COMO
COMPONENTE ENMEZCLAS
Item Requisito Unidad Especificación UnidadGrado S15
EspecificaciónGrado S500
EspecificaciónUnidad Especificación Especificación Unidad Especificacion
7/16/2019 8296
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CCO-2602/2011 Estudio para la Estructuración de un Programa de Aseguramiento de Calidad (QA/QC) de los Biocombustibles
y sus Mezclas con Combustibles Fósiles en Colombia – Análisis de la Reglamentación y Normatividad Nacional
215
Especificación EspecificaciónMínimo Máximo
25 Glicerina total % en masa 0,25 máximo % en masa0,240
máximo0,240
máximo% (m/m) _ 0,25
%fracciónen masa
0,25 máximo
26Contenido de
Monoglicéridos% en masa 0,8 máximo _ _ _ % (m/m) _ 0,80
%fracciónen masa
0,80 máximo
27 Contenido de Diglicéridos % en masa 0,2 máximo _ _ _ % (m/m) _ 0,20%
fracción
en masa
0,20 máximo
28 Contenido de Triglicéridos % en masa 0,2 máximo _ _ _ % (m/m) _ 0,20%
fracciónen masa
0,20 máximo
29Contenido de esteres
metílicos poli-insaturados(> 4 dobles enlaces)
_ _ _ _ _ % (m/m) _ 1,00 _ _
30 Azufre _ _ % en masa
(ppm)0,0015 (15)
máximo0,05 (500)
máximomg/Kg _ 10,0
%fracción
en masa
0,0010máximo
31Filtración de macerado en
frio _ _ Segundos 360 máximo 360 máximo _ _ _ _ _
32Desempeño a bajas
temperaturas _ _ _ _ _ _ _ _ _
Por acuerdoentre laspartes
interesadas
Tabla 51. Comparación de los requisitos para los diesel establecidos en la normalización nacional y extranjera
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CCO-2602/2011 Estudio para la Estructuración de un Programa de Aseguramiento de Calidad (QA/QC) de los Biocombustibles
y sus Mezclas con Combustibles Fósiles en Colombia – Análisis de la Reglamentación y Normatividad Nacional
216
Tabla 52. Comparación de los requisitos para el biodiesel y las mezclas con diesel fósiles establecidos en la normalización nacional yextranjera
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