8.- ley derechos y deberes que tienen las personas

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LEY DERECHOS Y DEBERES DE LOS PACIENTES Margarita Burgos V/2014

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en el presente powerpoint se presentan los derechos y deberes que devén tener los pacientes al momento de atenderse

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LEY DERECHOS Y DEBERES QUE TIENEN LAS PERSONAS EN RELACIN CON ACCIONES VINCULADAS A SU ATENCIN EN SALUD

LEY DERECHOS Y DEBERES DE LOS PACIENTESMargarita Burgos V/2014

La Ley de Derechos y Deberes de los Pacientes establece que los prestadores de salud institucionales tanto pblicos como privados debern colocar en los establecimientos una carta donde se seala cules son los derechos y deberes de las personas en relacin con su atencin de salud.

Esta carta deber ser colocada en un lugar visible y de alta concurrencia de pblico, como por ejemplo: hall de ingreso, sala de espera, oficina de informaciones, ventanilla SOME.

NM. 20.58427/03/2012REGULA?????

Disposiciones Generales

TTULO I

Derechos de las personas en su atencin de saludTITULO II

1 :De la seguridad en la atencin de salud.

2 :Del derecho a un trato digno.

3 :Del derecho a tener compaa y asistencia espiritual

4 :Del derecho de informacin

5 :De la reserva de la informacin contenida en la ficha clnicaPARRAFOS

6: De la autonoma de las personas en su atencin de salud

1. Del consentimiento informado

2. Del estado de salud terminal y la voluntad manifestada previamente

3. De los comits de tica

PARRAFOS

7 :De la proteccin de la autonoma de las personas que participan en una investigacin cientfica8 De los derechos de las personas con discapacidad psquica o intelectual9 :De la participacin de las personas usuariasl0 :De los medicamentos e insumosPARRAFOS

EXIGE TUS DERECHOS

De los deberes de las personas en su atencin de saludTTULO III

1.-Debido respeto de la normativa vigente en materia de salud

2.- Deber de respetar el reglamento interno de dicho establecimiento.

3.- Deber de informarse acerca del funcionamiento del establecimiento que la recibe para los fines de la prestacin que requiere, respecto de los horarios, modalidades de atencin, mecanismos de financiamiento existentes, sin perjuicio de la obligacin del prestador de otorgar esta informacin.

Asimismo, deber informarse acerca de los procedimientos de consulta y reclamo establecidos.

4.- Debern cuidar las instalaciones y equipamiento que el prestador mantiene a disposicin para los fines de atencin, respondiendo de los perjuicios segn las reglas generales.5.- Debern tratar respetuosamente a los integrantes del equipo de salud, sean stos profesionales, tcnicos o administrativos.

6.- El trato irrespetuoso o los actos de violencia verbal o fsica en contra de los integrantes del equipo de salud, de las dems personas atendidas o de otras personas, dar derecho, la presencia de la fuerza pblica7.- Tambin podr ordenar el alta disciplinaria del paciente que incurra en maltrato o en actos de violencia, siempre que ello no ponga en riesgo su vida o su salud.

8.- Tanto la persona que solicita la atencin de salud, como sus familiares o representantes legales, debern colaborar con los miembros del equipo de salud que la atiende, informando de manera veraz acerca de sus necesidades y problemas de salud y de todos los antecedentes que conozcan o les sean solicitados para su adecuado diagnstico y tratamiento.

Del cumplimiento de la leyTTULO IV

Disposiciones variasTTULO V

-Entregar informacin veraz acerca de su enfermedad, identidad y direccin.

- Conocer y cumplir el reglamento interno y resguardar su informacin mdica.

- Cuidar las instalaciones y equipamiento del recinto.

- Informarse acerca de los horarios de atencin y formas de pago.

- Tratar respetuosamente al personal de salud.

- Informarse acerca de los procedimientos de reclamo.CUMPLE TUS DEBERES

TODA PERSONA PODR RECLAMAR SUS DERECHOS ANTE EL CONSULTORIO, HOSPITAL, CLNICA O CENTRO MDICO PRIVADO QUE LO ATIENDE. SI LA RESPUESTA NO ES SATISFACTORIA PODR RECURRIR A LA SUPERINTENDENCIA DE SALUD. (Extracto de la Ley N20.584 de Derechos y Deberes delos Pacientes).