7800colegio-d1-electro-2016-01-01
DESCRIPTION
planillaTRANSCRIPT
CONTRATACION OBLIGATORIA DE TAREAS PROFESIONALES
En la ciudad de Buenos Aires el dia 4 del mes de Febrero del año 2016
Firmenich SAIC y F C.U.I.T. 33534876969 Dom. real en Av. Colectora Panamericana 25201
Dom. Legal EL MISMO en adelante el COMITENTE, y Diego Ferreyra
CUIT 20-27104745-3 con titulo profesional de Tec. Equipos e Inst. Electromecanicas , Matricula Colegio de Tecnicos Nro. 44344
con domicilio real en Tte. Jose Ruiz 4837 Mte. Chingolo y legal en EL MISMO
adelante el Profesional, se conviene en celebrar el siguiente contrato:
MEDICION e INFORME TECNICO
OTROS del bien ubicado en Av. Colectora Panamericana 25201 del Partido de Tigre
Nom. Catastral : CIRC. - SECC. - MANZ. - FRCCION - PARC. - Lote / Dto. -
efectos de la determinación del impuesto de sellos que devenga el presente contrato :
$ 9,273.00 ) #VALUE!
24 (MESES) , vencido el cual deberan ratificarse o rectificarse las condiciones pactadas, no pudiendo ser el honorario inferior al minimo vigente en ese momento.
50% AL ACEPTAR 50% A LA PRESENTACION ##
Teniendo derecho el PROFESIONAL a percibir previo a la fecha de la presentación para el visado definitivo ante el Colegio de
Técnicos de la Provincia de Buenos Aires, los honorarios correspondientes a las tareas ejecutadas.
mismos serán actualizados en base al Factor de Corrección establecido por el C.T.P.B.A.-
inspeccionar la obra a los fines de verificar los estados de obra declarado, como así mismo serán de aplicación todas las disposiciones previstas en el Arancel aprobado por Decreto 6964/65 o sus modificatorios, siendo a cargo del COMITENTE los gastos extraordinarios previstos en el Art. 11 del Título I del mismo.
EL pago de derechos Municipales a cargo del COMITENTE
ORIGINARIO
Artículo 11: Para todos los efectos legales emergentes del presente Contrato, las partes constituyen domicilio legal en los arriba indicados y se someten a la Jurisdicción de los tribunales ordinarios de Tigre renunciando a todo otro fuero o jurisdicción.
VISADO Nº
---------------------------------------------- ----------------------------------------
FIRMA DEL PROFESIONAL FIRMA DEL COMITENTE (S)
Nombre : Diego Ferreyra Alejandro QuinterosDomicilio: Tte. Jose Ruiz 4837 TitularMatricula: ###
Sigue al dorso
Artículo 1º: El Comitente encomienda al Profesional la siguiente tarea:
Articulo 2º : Por las tares detalladas en el articulo anterior, el comitente abonará al profesional el honorario convenido en el Art. 3º,
Artículo 3º: A los fines indicativos del honorario mínimo calculado al día de fecha se practica la liquidacion provisoria y a los
___(Artículo 4º: Se establece como plazo de vigencia del presente contrato
Artículo 5º: EL COMITENTE abonara al PROFESIONAL sus honorarios coforme a la siguiente forma de pago:
Artículo 6º: Cuando el PROFESIONAL no perciba sus honorarios en los plazos estipulados, se producirá la mora de pleno derecho y los
Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 8º: El PROPIETARIO y PROFESIONAL, autorizan al Colegio de Tecnicos de la Provincia de Buenos Aires, a
Artículo 9º: Cláusulas y condiciones especiales y observaciones:
Artículo 10º: Este contrato se firma en ( 5 ) ( Cinco ) ejemplares (mínimo 5) de igual tenor y a un solo efecto con carácter deC.T
.P.B
.A.
Dis
t. I
CV= 30.0 Ng = K1 = 1.25 MO = Be = 624 Na =
F=(M1+M2+M3/MO = 1.3 NE = 150 K2 = M1 = 3 Bac= Bv =
T = 0 Nv = K3 = M2 = Bg = Jab. 0S = Nac= P = 2808 M3 = Ba =
Vi=(k1*CV+K2*S+0,54 K3*T)*P*F+NE*Be+Ng*Bg+Na*Ba+Nac*Bac+NvBv
$ 230490
3ª Categoria
DETERMINACIÓN DEL HONORARIO f) Representacion Tecnicaa) Proyecto y Dirección Cat. S/tabla XVII V.I. $ 0V.I. $ - Hasta $ 0Hasta $ - $ - s/los sigui. % 0.00 $ 00.00 % s/los sigtes. $ - $ - s/los sigui. % 0.00 $ 0
TOTAL # TOTAL
b) Medicion: Título VIII (exc. Incs. C y d) g) Habilitacion de AscensoresInciso a) Tabla XXI
V.I. $ 230,490 Equipo 1 0 Paradas $ 0Hasta $ 78,000 $ 975 Equipo 2 0 Paradas $ 01.00 % s/los sigtes. $ 152,490 $ 1,525 Equipo 3 0 Paradas $ 0
TOTAL $ 2,500 Equipo 4 0 Paradas $ 0
c) Informe Tecnico (s/tit.II -art. 5º) OBSERVACIONES:S/ 0,5 % V.I. $ 1,152 S/ Tiempo empleado $ 2,145 V.I. $ 230,490 Hasta $ 195,000 $ 3,120 1.00 % s/los sigtes. $ 35,490 $ 355
TOTAL $ 6,772
d1) Inspeccion y ensayo ()
V.I. $ - Hasta $ - $ - 0.00 % s/los sigtes. $ - $ -
TOTAL $ - CONTRIBUCIÓN OBLIGATORIA (Art.29 Ley 12,490)
MINIMO DETERMINADO $ - Proyecto y Dirección Cat. S/tabla XVII
230490d2) Inspeccion y ensayo (S.R.T. 900/15 JABALINA y CONTINUIDADA) Hasta 230490 $ 13,829
CATEGORIA 3ª 6.0 % s/sigtes 0 $ - $ 13,829
TOTAL (V.I.) $ - Hasta $ - $ - Aplicar Resolucion Caaitba nº 376 NO
0.00 % s/los sigtes. $ - $ - CONTRIBUCIÓN Art.29 $ 1,383
TOTAL $ - MINIMO DETERMINADO $ -
Honorario total s/decr.. 6964/65 a+b+c+d+e+f+g $ 9,272Honorario Convenido ( h ) $ 9,273Honorario base (h / Fc)
e) Descomposición de HonorarioAPORTE 10% ( h ) $ 927 e-1) Proy. 60 % de (A) $ -
Total parcial (I) $ -
e-2) Direc. 40 % de (A) $ - Supl. Direccion por Cont. Separados 100% de (e-2) $ -
Total parcial (II) $ - VISADO Nº:TOTAL #
LIQUIDACION DE HONORARIOS PROFESIONALES Y APORTES PREVISIONALESAportes (Ley 12490) Afil. N º 28.420 / 2
Fecha Concepto % Monto liq. Monto depósito
$ 927.30 100 $ 9,273.00 $ 927.30
CUOTA EJERCICIO PROFESIONAL
C.E.P. % DE $ 9,273 $ 375.00
-------------------------------------------------------------
FIRMA DEL PROFESIONAL
NoDiego FerreyraDoTte. Jose Ruiz 4837Mat###
Vi ( Resol. 161/95 Art. 2º ) = A :
Total V.I.C.T
.P.B
.A.
Dis
t. I
C.T
.P.B
.A.
Dis
t. I
entre
Av. Colectora Panamericana 25201
Diego Ferreyra
44344
EL MISMO , en
MEDICION e INFORME TECNICO para
Tigre
-
#VALUE!
, vencido el cual deberan
EL pago de derechos Municipales a cargo del COMITENTE
Tigre
Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-Artículo 7º: Con cada percepción de honorarios, el profesional deberá efectuar los Aportes Previsionales que obliga la Ley 12.490 (Art.26 inc.b).-
C.T
.P.B
.A.
Dis
t. I
000
0
$ 13,829
$ - $ 13,829
$ 1,383
$ 9,272$ 9,273
$ 927
C.T
.P.B
.A.
Dis
t. I
C.T
.P.B
.A.
Dis
t. I
PLANILLA DE INGRESO DE DATOS
CIUDAD EN LA QUE SE FIRMA EL CONTRATO Buenos AiresDIA EN EL QUE SE FIRMA EL CONTRATO 4MES EN EL QUE SE FIRMA EL CONTRATO FebreroAÑO EN EL QUE SE FIRMA EL CONTRATO 2016NOMBRE DEL COMITENTE Firmenich SAIC y FCUIT DEL COMITENTE 33534876969NOMBRE DE QUIEN FIRMA Alejandro QuinterosCARGO EN LA EMPRESA (S.G.-Presidente-Director-Apoderado-Titular) TitularDOMICILIO REAL DEL COMITENTE Av. Colectora Panamericana 25201DOMICILIO LEGAL DEL COMITENTE EL MISMONOMBRE DEL PROFESIONAL Diego FerreyraCUIT DEL PROFESIONAL 20-27104745-3TITULO DEL PROFESIONAL Tec. Equipos e Inst. ElectromecanicasMATRICULA DEL PROFESIONAL 44344DOMICILIO REAL DEL PROFESIONAL Tte. Jose Ruiz 4837LOCALIDAD Mte. ChingoloDOMICILIO LEGAL DEL TECNICO EL MISMOTAREA A REALIZAR POR EL PROFESIONAL MEDICION e INFORME TECNICOPARA OTROSUBICACIÓN DE LA TAREA A REALIZAR Av. Colectora Panamericana 25201PARTIDO DE LA TAREA A REALIZAR TigreFRACCION -CIRCUNSCRIPCION -SECCION -MANZANA -PARCELA -LOTE / Dto. -PLAZO DE VIGENCIA DEL CONTRATO 24 (MESES)FORMA DE PAGO 50% AL ACEPTAR
50% A LA PRESENTACION ##
CLAUSULAS Y CONDICIONES ESPECIALES EL pago de derechos Municipales a cargo del COMITENTETIPO DE CONTRATO ORIGINARIOJURISDICCION DE TRIBUNALES ACTUANTES TigrePIPO DE EJECUCION DE OBRA
Articulo 14º
SUCURSAL DEL BANCO PROVINCIA
Art. 29 Si / No si
MINIMOS POR LAS TAREAS HA REALIZAR
$ 0 HONORARIO CONVENIDO
SE CONSIGNA EL MONTO DEL HONORARIO EN PESOS:
El PROPIETARIOforma FEHACIENTEsimilar, con confirmacion de recepcion de la misma, el dia y la hora del COMIENZO
###
INGRESE LOS SIGUIENTES DATOS
HP 0.00BOCAS 0CANT. DE MAQUINAS 0TRANSFORMADORES (Kva) 0COMPUTO Y PRESUPUESTO 0BE 624P 2808F 1.30K1 1.30
Vi. Proy. Y Dir 0
HP 0.00BOCAS 0CANT. DE MAQUINAS 0TRANSFORMADORES (Kva) 0COMPUTO Y PRESUPUESTO 0BE 624
P 2808
F 1.30
K1 1.30
Vi. Proy. 0
HP 30.00BOCAS 150CANT. DE MAQUINAS 3TRANSFORMADORES (Kva) 0COMPUTO Y PRESUPUESTO 0BE 624P 2808F 1.30K1 1.25
Vi. Medic. 230490Vi. Medicion
230490HP 30.00BOCAS 150CANT. DE MAQUINAS 4
Valor por PROYECTO / DIREC. Y DIREC. Por Cont. Sep.
Valor por PROYECTO
Valor por MEDICION
Valor por INFORME TECNICO
TRANSFORMADORES (Kva) 0COMPUTO Y PRESUPUESTO 0BE 624P 2808F 1.30K1 1.25
Vi. Informe 230490
HP 0.00BOCAS 0CANT. DE MAQUINAS 0CANTIDAD DE JABALINAS 0TRANSFORMADORES (Kva) 0COMPUTO Y PRESUPUESTO 0BE 624P 2808F 1.30K1 1.30
Vi. Insp. Ens 0
CANTIDAD DE JABALINAS 0BOCAS 0CANT. DE MAQUINAS 0
Vi. Insp. Ens 0
HP 0.00BOCAS 0CANT. DE MAQUINAS 0TRANSFORMADORES (Kva) 0COMPUTO Y PRESUPUESTO 0BE 624P 2808F 1.30K1 1.30
Vi. Rep.Tec. 0
VI. Equipos 0
0
n· de paradas 0 0
Valor por INSPECCION Y ENSAYO ELECTROMECANICO
Valor por INSPECCION Y ENSAYO SRT 900/15 (PAT y CONTINUIDAD DE MASAS)
Valor por REPRESENTACION TECNICA
Valor por Habilitacion de Ascensores
Equipo 1 Computo y Presupesto
0
n· de paradas 0 0
0
n· de paradas 0 0
0
n· de paradas 0 0
Equipo 2 Computo y Presupesto
Equipo 3 Computo y Presupesto
Equipo 4 Computo y Presupesto
Firmenich SAIC y F
Alejandro Quinteros
Av. Colectora Panamericana 25201
Diego Ferreyra20-27104745-3Tec. Equipos e Inst. Electromecanicas
Tte. Jose Ruiz 4837Mte. Chingolo
MEDICION e INFORME TECNICOOTROS
Av. Colectora Panamericana 25201
50% AL ACEPTAR50% A LA PRESENTACION
EL pago de derechos Municipales a cargo del COMITENTE
$ 9,273
$ 9,273
El PROPIETARIO debera informar al PROFESIONAL dé, y en forma FEHACIENTE por medio de carta documento, telegrama o similar, con confirmacion de recepcion de la misma, el dia y la hora del COMIENZO de la obra.
7800
C.E.P375.0
Vi Total230490
Cat. 3ª
F 1.3
Minimos AscensoresHasta 5 Paradas 5007
De 6 a 10 Paradas 10576Mas de 10 Paradas 13908
Min. Inc. A 390Insiso B 2145
BOCA 624HP 2808
Unidad Referencial Basica
Minimos de TareasCualquier Tarea 1950
Informe Tec. y Medic. 2712