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SUB DIRECCIÓN DE NORMATIVIDAD – DIRECCIÓN TÉCNICO NORMATIVA ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO - OSCE BASES ESTÁNDAR DE ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA DE OBRA EN EL MARCO DE LA LEY N° 30191 Aprobada mediante Directiva Nº 004-2014-OSCE/CD

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  • SUB DIRECCIN DE NORMATIVIDAD DIRECCIN TCNICO NORMATIVA

    ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO - OSCE

    BASES ESTNDAR DE ADJUDICACIN DE MENOR CUANTA PARA LA CONTRATACIN DE SERVICIOS DE CONSULTORA DE OBRA EN EL

    MARCO DE LA LEY N 30191

    Aprobada mediante Directiva N 004-2014-OSCE/CD

  • SIMBOLOGA UTILIZADA:

    N Smbolo Descripcin

    1 [ABC] / [.] La informacin solicitada dentro de los corchetes sombreados debe ser completada por la Entidad durante la elaboracin de las Bases.

    2 [ABC] / [.]

    Es una indicacin, o informacin que deber ser completada por la Entidad con posterioridad al otorgamiento de la Buena Pro para el caso especfico de la elaboracin de la PROFORMA DEL CONTRATO; o por los proveedores, en el caso de los ANEXOS y en la rotulacin de los sobres de la Propuesta Tcnica y Econmica.

    3 IMPORTANTE:

    Abc

    Se refiere a consideraciones importantes a tener en cuenta por el Comit Especial o el rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda, o por los proveedores. Se debe registrar en color azul.

    CARACTERSTICAS DEL DOCUMENTO: Las Bases Estndar deben ser elaboradas en formato WORD, y deben tener las siguientes caractersticas:

    N Caractersticas Parmetros

    1 Mrgenes Superior : 2.5 cm Inferior: 2.5 cm Izquierda: 2.5 cm Derecha: 2.5 cm

    2 Fuente Arial

    3 Estilo de Fuente Normal: Para el contenido en general Cursiva: Para el encabezado y pie de pgina Para las Consideraciones importantes (tem 3 del cuadro anterior)

    4 Color de Fuente Automtico: Para el contenido en general Azul : Para las Consideraciones importantes (tem 3 del cuadro anterior)

    5 Tamao de Letra

    16 : Para las dos primeras hojas de las Secciones General y Especfica 11 : Para el nombre de los Captulos. 10 : Para el cuerpo del documento en general 9 : Para el encabezado y pie de pgina Para el contenido de los cuadros, pudiendo variar, segn la necesidad 8 : Para las Notas al pie

    6 Alineacin Justificada: Para el contenido en general y notas al pie. Centrada : Para la primera pgina, los ttulos de las Secciones y nombres de los Captulos.

    7 Interlineado Sencillo

    8 Espaciado Anterior : 0 Posterior : 0

    9 Subrayado Para los nombres de las Secciones y para resaltar o hacer hincapi en algn concepto

    INSTRUCCIONES DE USO: 1. Una vez registrada la informacin solicitada dentro de los corchetes sombreados en gris, el texto deber

    quedar en letra tamao 10, con estilo normal, sin formato de negrita y sin sombrear.

    2. La nota IMPORTANTE no puede ser modificada ni eliminada en la Seccin General. En el caso de la Seccin Especfica debe seguirse la instruccin que se indica en dicha nota.

    Elaborado en mayo de 2014

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    AMC 014-2014-MDPL/CEP (Primera Convocatoria)

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    PICHACANI - PUNO

    BASES ADMINISTRATIVAS

    ADJUDICACION MENOR CUANTIA N 014-2014-

    MDPL/CEP

    (PRIMERA CONVOCATORIA)

    CONTRATACION DE CONSULTORIA DE OBRA:

    PARA LA SUPERVISION DE LA OBRA: CREACION DEL CENTRO COMUNAL COMERCIAL EN EL DISTRITO DE PICHACANI PUNO PUNO.

    AGOSTO - 2014

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    AMC 014-2014-MDPL/CEP (Primera Convocatoria)

    SECCIN GENERAL

    DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIN

    (ESTA SECCIN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGN EXTREMO, BAJO SANCIN DE NULIDAD)

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    AMC 014-2014-MDPL/CEP (Primera Convocatoria)

    CAPTULO I ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIN

    1.1. BASE LEGAL

    - Ley N 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. - Decreto Legislativo N 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley. - Decreto Supremo N 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del

    Estado, en adelante el Reglamento. - Directivas del OSCE. - Ley N 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General. - Cdigo Civil. - Ley 27806 Ley de Transparencia y de Acceso a la Informacin Pblica. - Decreto Supremo N 007-2008-TR - Texto nico Ordenado de la Ley de Promocin

    de la Competitividad, Formalizacin y Desarrollo de la Micro y Pequea Empresa y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.

    - Decreto Supremo N 008-2008-TR - Reglamento de la Ley MYPE. - Ley N 30191 - Ley que establece medidas para la prevencin, mitigacin y adecuada

    preparacin para la respuesta ante situaciones de desastre.

    Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso. Para la aplicacin del derecho deber considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.

    1.2. CONVOCATORIA Se efectuar de conformidad con lo sealado en el artculo 51 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma.

    1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES El registro de participantes se efectuar desde el da siguiente de la convocatoria y hasta un (1) da hbil despus de haber quedado integrada las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastar que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el artculo 53 del Reglamento. La persona natural o persona jurdica que desee participar en el proceso de seleccin deber contar con inscripcin vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificar la vigencia de la inscripcin en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado. Al registrarse, el participante deber sealar la siguiente informacin: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razn social de la persona jurdica; nmero de Registro nico de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; telfono y fax. IMPORTANTE:

    Para registrarse como participante en un proceso de seleccin convocado por las

    Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripcin vigente ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el

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    Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor informacin, podr ingresarse a la siguiente direccin electrnica: www.rnp.gob.pe.

    1.4. FORMULACIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

    Las consultas y observaciones a las Bases sern presentadas por un periodo de dos (2) das hbiles, contados desde el da siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en los artculos 55 y 57 del Reglamento.

    1.5. ABSOLUCIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES La decisin que tome el Comit Especial o el rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda, con relacin a las consultas y observaciones presentadas constar en el pliego absolutorio que se notificar a travs del SEACE, de conformidad con lo establecido en los Artculos 54 y 56 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma del proceso de seleccin. El plazo para la absolucin no podr exceder de dos (2) das hbiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas y observaciones. De haberse presentado observaciones, el Comit Especial o el rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda, debe incluir en el pliego absolutorio el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevacin de observaciones al OSCE. IMPORTANTE:

    No se absolvern consultas y observaciones a las Bases que se presenten extemporneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

    1.6. ELEVACIN DE OBSERVACIONES AL OSCE El plazo para solicitar la elevacin de observaciones para el pronunciamiento del OSCE es de tres (3) das hbiles, computados desde el da siguiente de la notificacin del pliego absolutorio a travs del SEACE. Los participantes pueden solicitar la elevacin de las observaciones para la emisin de pronunciamiento, en los siguientes supuestos: 1. Cuando las observaciones presentadas por el participante no fueron acogidas o

    fueron acogidas parcialmente;

    2. Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el participante considere que tal acogimiento contina siendo contrario a lo dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de seleccin; y

    3. Cuando el participante considere que el acogimiento de una observacin formulada

    por otro participante resulta contrario a lo dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de seleccin. En este caso, el participante debe haberse registrado como tal hasta el vencimiento del plazo para formular observaciones.

    El Comit Especial, o el rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda, bajo responsabilidad, deber remitir la totalidad de la documentacin requerida para tal fin por el TUPA del OSCE, a ms tardar al da siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevacin de observaciones.

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    La emisin y publicacin del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro de los diez (10) das hbiles siguientes de recibido el expediente completo por el OSCE.

    1.7. INTEGRACIN DE LAS BASES Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de seleccin por lo que debern contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolucin de las consultas y de las observaciones, las dispuestas por el pronunciamiento, as como las requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisin.

    Una vez integradas, las Bases no podrn ser cuestionadas en ninguna otra va ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restriccin no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases. El Comit Especial o el rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda, integrar y publicar las Bases teniendo en consideracin los siguientes plazos: 1. Cuando no se hayan presentado observaciones, al da siguiente de vencido el plazo

    para formularlas.

    2. Cuando se hayan presentado observaciones, al da siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevacin de dichas observaciones para la emisin de pronunciamiento, siempre que ningn participante haya hecho efectivo tal derecho.

    3. Cuando se haya solicitado la elevacin de observaciones, dentro de los dos (2) das hbiles siguientes de notificado el pronunciamiento respectivo en el SEACE.

    Corresponde al Comit Especial o al rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los artculos 59 y 60 del Reglamento. De conformidad con el artculo 31 del Reglamento, el Comit Especial o el rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda, no podr efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.

    1.8. FORMA DE PRESENTACIN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIN Todos los documentos que contengan informacin referida a los requisitos para la admisin de propuestas y factores de evaluacin se presentan en idioma castellano o, en su defecto, acompaados de traduccin oficial o sin valor oficial efectuada por traductor pblico juramentado o traduccin certificada efectuada por traductor colegiado certificado, salvo el caso de la informacin tcnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catlogos o similares, que puede ser presentada en el idioma original. El postor es responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. Las propuestas se presentarn en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendr la propuesta tcnica y el segundo la propuesta econmica. Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarn por medios mecnicos o electrnicos y sern foliadas correlativamente empezando por el nmero uno.

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    Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, stos podrn ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual. En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastar que ste o su apoderado, indique debajo de la rbrica sus nombres y apellidos completos. Las personas naturales podrn concurrir personalmente o a travs de su apoderado debidamente acreditado ante el Comit Especial, o el rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda, mediante carta poder simple (Formato N 1). Las personas jurdicas lo harn por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a travs de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntar el documento registral vigente que consigne la designacin del representante legal, expedido con una antigedad no mayor de treinta (30) das calendario a la presentacin de propuestas. (Formato N 1) En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante comn del consorcio, o por el apoderado designado por ste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente: 1. En el caso que el representante comn del consorcio presente la propuesta, ste

    debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.

    2. En el caso que el apoderado designado por el representante comn del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante comn del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.

    3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditacin se realizar conforme a lo dispuesto en el sexto prrafo del presente numeral, segn corresponda.

    IMPORTANTE:

    Las Entidades someten a fiscalizacin posterior conforme a lo previsto en el artculo 32 de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la documentacin, declaraciones y traducciones presentadas por el ganador de la Buena Pro.

    1.9. PRESENTACIN DE PROPUESTAS1

    En caso la presentacin de propuestas se realice en ACTO PBLICO, debe tenerse en consideracin lo siguiente: La presentacin de propuestas se realiza en acto pblico, en la fecha y hora sealadas en el cronograma del proceso. El acto se inicia cuando el Comit Especial o el rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda, empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendr por desistido. Si algn participante es omitido, podr acreditarse con la presentacin de la constancia de su registro como participante.

    1 De acuerdo con lo establecido en el artculo 64 del Reglamento, el acto de presentacin de propuestas en una

    Adjudicacin de Menor Cuanta puede ser pblico o privado, lo que debe determinarse en la seccin especfica de las Bases.

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    Los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio. IMPORTANTE:

    En caso de convocarse segn relacin de tems, los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio en un mismo tem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en tems distintos.

    En el caso que el Comit Especial o el rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda, rechace la acreditacin del apoderado, representante legal o representante comn, segn corresponda en atencin al numeral 1.8, y este exprese su disconformidad, se anotar tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendr la propuesta y los documentos de acreditacin en su poder hasta el momento en que el participante formule apelacin. Si se formula apelacin se estar a lo que finalmente se resuelva al respecto. Despus de recibidas las propuestas, el Comit Especial o el rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda, proceder a abrir los sobres que contienen la propuesta tcnica de cada postor, a fin de verificar que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados en las Bases. En el caso que de la revisin de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta tcnica, o la omisin de presentacin de uno o ms documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pblica nacional o un privado en ejercicio de funcin pblica, tales como autorizaciones, permisos, ttulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza anloga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentacin de propuestas, se actuar conforme lo dispuesto en el artculo 68 del Reglamento. Este es el nico momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta tcnica. En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos sealados en el prrafo anterior, se devolver la propuesta, tenindola por no admitida, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotar tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendr la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelacin. Si se formula apelacin se estar a lo que finalmente se resuelva al respecto. Despus de abierto cada sobre que contiene la propuesta tcnica, el Notario (o Juez de Paz) proceder a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta tcnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluacin y calificacin de las propuestas tcnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Juez de Paz) proceder a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas econmicas dentro de uno o ms sobres, los que sern debidamente sellados y firmados por l, por los miembros del Comit Especial o el rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda, y por los postores que as lo deseen, conservndolos hasta la fecha en que el Comit Especial o el rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda, en acto pblico, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluacin de las propuestas tcnicas. Al terminar el acto pblico, se levantar un acta, la cual ser suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos sus miembros, as como por los veedores y los postores que lo deseen.

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    De conformidad con lo dispuesto en el artculo 64 del Reglamento, en los actos de presentacin de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podr contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participar como veedor y deber suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciar el proceso. En caso la presentacin de propuestas se realice en ACTO PRIVADO, debe tenerse en consideracin lo siguiente: Los participantes presentarn sus propuestas, con cargo y en sobre cerrado, en el lugar, el da y horario sealados en la seccin especfica de las Bases, bajo responsabilidad del Comit Especial o el rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda. Los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio. IMPORTANTE:

    En caso de convocarse segn relacin de tems, los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio en un mismo tem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en tems distintos.

    De conformidad con lo dispuesto en el artculo 64 del Reglamento, en los actos de presentacin de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podr contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participar como veedor y deber suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciar el proceso.

    1.10. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONMICA La propuesta econmica (Sobre N 2) deber incluir obligatoriamente lo siguiente: La oferta econmica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislacin vigente, as como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocer pago adicional de ninguna naturaleza. El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo componen debern ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrn ser expresados con ms de dos decimales.

    IMPORTANTE:

    Tratndose de un proceso segn relacin de tems, cuando los postores se presenten a ms de un tem, debern presentar sus propuestas econmicas en forma independiente.

    2

    1.11. EVALUACIN DE PROPUESTAS La evaluacin de propuestas se realizar en dos (2) etapas: La evaluacin tcnica y la evaluacin econmica.

    2

    Luego de efectuada la evaluacin tcnica, cabe la posibilidad que dicho postor haya obtenido el puntaje necesario para acceder a la evaluacin econmica nicamente en algunos de los tems a los que se present, por lo que, de acuerdo con el artculo 71 del Reglamento, correspondera devolver las propuestas econmicas sin abrir, lo que no resultara posible si la totalidad de las propuestas econmicas del postor se incluyen en un solo sobre.

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    Los mximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes: Propuesta Tcnica : 100 puntos Propuesta Econmica : 100 puntos 1.11.1. EVALUACIN TCNICA

    En caso se hubiese previsto la presentacin de propuestas en ACTO PBLICO, en la evaluacin debe tenerse en consideracin lo siguiente: Se verificar que la propuesta tcnica cumpla con los requerimientos tcnicos mnimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no sern admitidas. Slo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comit Especial, o el rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda, hubiese otorgado plazo de subsanacin, pasarn a la evaluacin tcnica. En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanacin de la propuesta, el Comit Especial o el rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda, deber determinar si se cumpli o no con la subsanacin solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanacin, el Comit Especial o el rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda, tendr la propuesta por no admitida. Una vez cumplida la subsanacin de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuar con la evaluacin de las propuestas tcnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodologa de asignacin de puntaje establecida para cada factor. Las propuestas tcnicas que no alcancen el puntaje mnimo de ochenta (80) puntos, sern descalificadas en esta etapa y no accedern a la evaluacin econmica. En caso se hubiese previsto la presentacin de propuestas en ACTO PRIVADO, en la evaluacin debe tenerse en consideracin lo siguiente: Se proceder a la apertura de las propuestas tcnicas presentadas y se verificar que contengan los documentos de presentacin obligatoria y cumplan con los requerimientos tcnicos mnimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no sern admitidas. En el caso que de la revisin de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta tcnica, o la omisin de presentacin de uno o ms documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pblica nacional o un privado en ejercicio de funcin pblica, tales como autorizaciones, permisos, ttulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza anloga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentacin de propuestas se actuar conforme lo dispuesto en el artculo 68 del Reglamento. Este es el nico momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta tcnica. IMPORTANTE:

    En tanto OSCE no comunique a travs de su portal institucional la

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    implementacin del mecanismo de notificacin electrnica en el SEACE para la Entidad, el Comit Especial o el rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda, deber notificar al postor el requerimiento de subsanacin de la propuesta tcnica en forma personal, conforme a lo dispuesto por la Dcima Disposicin Complementaria Transitoria del Reglamento.

    En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos sealados en el prrafo anterior, se tendr por no admitida. El Comit Especial o el rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda, incluir el motivo de esa decisin en el acta de los resultados del proceso que se publicar en el SEACE, debiendo devolver los sobres que contienen la propuesta tcnica y econmica, una vez consentido el otorgamiento de la Buena Pro. Slo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comit Especial o el rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda, hubiese otorgado plazo de subsanacin, pasarn a la evaluacin tcnica. En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanacin de la propuesta, el Comit Especial o el rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda, deber determinar si se cumpli o no con la subsanacin solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanacin, el Comit Especial o el rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda, tendr la propuesta por no admitida. Una vez cumplida la subsanacin de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuar con la evaluacin de las propuestas tcnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodologa de asignacin de puntaje establecida para cada factor. Las propuestas tcnicas que no alcancen el puntaje mnimo de ochenta (80) puntos, sern descalificadas en esta etapa y no accedern a la evaluacin econmica. En caso de la descalificacin de la propuesta, el Comit Especial o el rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda, incluir el motivo de esa decisin en el acta de los resultados del proceso que publicar en el SEACE.

    1.11.2. EVALUACIN ECONMICA Si la propuesta econmica excede el valor referencial o es menor al noventa por ciento (90%) del mismo, ser devuelta por el Comit Especial o el rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda, y se tendr por no admitida, en aplicacin del artculo 33 de la Ley y el artculo 39 del Reglamento. La evaluacin econmica consistir en asignar el puntaje mximo establecido a la propuesta econmica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignar un puntaje inversamente proporcional, segn la siguiente frmula:

    Pi = Om x PMPE Oi

    Donde: i = Propuesta Pi = Puntaje de la propuesta econmica i Oi = Propuesta Econmica i Om = Propuesta Econmica de monto o precio ms bajo PMPE = Puntaje Mximo de la Propuesta Econmica IMPORTANTE:

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    AMC 014-2014-MDPL/CEP (Primera Convocatoria)

    En caso se convoque el proceso bajo el sistema de precios unitarios, tarifas o porcentajes, el Comit Especial o el rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda, deber verificar las operaciones aritmticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorreccin, deber corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha correccin debe figurar expresamente en el acta respectiva.

    Slo cuando se haya previsto (segn el caso concreto) aceptar propuestas econmicas que incluyan propuestas de financiamiento, la propuesta econmica se evaluar utilizando el mtodo del valor presente neto del flujo financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarn en cuenta todos los costos del financiamiento, tales como la tasa de inters, comisiones, seguros y otros, as como la contrapartida de la Entidad si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el artculo 70 del Reglamento.

    1.12. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO En caso el otorgamiento de la Buena Pro se realice en ACTO PBLICO, debe tenerse en consideracin lo siguiente: En la fecha y hora sealada en las Bases, el Comit Especial o el rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda, se pronunciar sobre la admisin y la evaluacin tcnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta ltima. El Comit Especial o el rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda, proceder a la apertura de los sobres que contienen las propuestas econmicas de aquellos postores cuyas propuestas tcnicas hubieran alcanzado el puntaje tcnico mnimo requerido en las bases. La evaluacin de las propuestas econmicas se realizar de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinacin del puntaje total se har de conformidad con el artculo 71 del Reglamento. IMPORTANTE:

    En el caso de contratacin de servicios a ser prestados fuera de las provincias de Lima y Callao, a solicitud del postor, se asignar una bonificacin equivalente al diez por ciento (10%) sobre la sumatoria de las propuestas tcnica y econmica de los postores con domicilio en la provincia donde se prestar el servicio objeto del proceso de seleccin o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o regin. El domicilio ser el consignado en la constancia de inscripcin ante el RNP.

    3

    El Comit Especial o el rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda, proceder a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de seleccin a travs de un cuadro comparativo en el que se consignar el orden de prelacin en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes tcnico, econmico y total obtenidos por cada uno de ellos.

    3 La constancia de inscripcin electrnica se visualizar en el portal web del Registro Nacional de Proveedores:

    www.rnp.gob.pe.

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    AMC 014-2014-MDPL/CEP (Primera Convocatoria)

    En el supuesto que dos (2) o ms propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuar observando lo sealado en el artculo 73 del Reglamento. Al terminar el acto pblico se levantar un acta, el cual ser suscrito por el Notario (o Juez de Paz), por todos los miembros del Comit Especial o el rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda, y por los postores que deseen hacerlo. El otorgamiento de la Buena Pro se presumir notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregar a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluacin. Dicha presuncin no admite prueba en contrario. Esta informacin se publicar el mismo da en el SEACE. En caso el otorgamiento de la Buena Pro se realice en ACTO PRIVADO debe tenerse en consideracin lo siguiente: El Comit especial o el rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda, proceder a la apertura de los sobres que contienen las propuestas econmicas de aquellos postores cuyas propuestas tcnicas hubieran alcanzado el puntaje tcnico mnimo requerido en las bases. La evaluacin de las propuestas econmicas se realizar de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinacin del puntaje total se har de conformidad con el artculo 71 del Reglamento. IMPORTANTE:

    En el caso de contratacin de servicios a ser prestados fuera de las provincias de Lima y Callao, a solicitud del postor, se asignar una bonificacin equivalente al diez por ciento (10%) sobre la sumatoria de las propuestas tcnica y econmica de los postores con domicilio en la provincia donde se prestar el servicio objeto del proceso de seleccin o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o regin. El domicilio ser el consignado en la constancia de inscripcin ante el RNP.

    4

    El Comit Especial o el rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda, proceder a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, elaborando en forma previa un cuadro comparativo en el que se consignar el orden de prelacin en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes tcnico, econmico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto que dos (2) o ms propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuar observando lo sealado en el artculo 73 del Reglamento. Al terminar el acto se levantar un acta, la cual ser suscrita por todos los miembros del Comit Especial o el rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda, as como por los veedores, de ser el caso. El otorgamiento de la Buena Pro se publicar y se entender notificado a travs del SEACE, el mismo da de su realizacin, bajo responsabilidad del Comit Especial o el rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda, debiendo incluir el acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo.

    1.13. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO

    4 La constancia de inscripcin electrnica se visualizar en el portal web del Registro Nacional de Proveedores:

    www.rnp.gob.pe.

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    AMC 014-2014-MDPL/CEP (Primera Convocatoria)

    Cuando se hayan presentado dos (2) o ms propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producir a los tres (3) das hbiles de la notificacin de su otorgamiento, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelacin. En este caso, el consentimiento se publicar en el SEACE al da hbil siguiente de haberse producido. En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producir el mismo da de la notificacin de su otorgamiento, y podr ser publicado en el SEACE ese mismo da o hasta el da hbil siguiente.

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    CAPTULO II SOLUCIN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIN

    2.1 RECURSO DE APELACIN

    A travs del recurso de apelacin se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de seleccin, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebracin del contrato. El recurso de apelacin se presenta ante la Entidad que convoc el proceso de seleccin y es resuelto por el Titular de la Entidad o el funcionario a quien se le haya delegado dicha facultad. Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrn impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.

    2.2 PLAZO DE INTERPOSICIN DEL RECURSO DE APELACIN La apelacin contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los tres (3) das hbiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro.

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    CAPTULO III DEL CONTRATO

    3.1 DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO

    Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, la Entidad deber citar al postor ganador dentro del plazo de dos (2) das hbiles siguientes. El plazo para suscribir el contrato ser de hasta cinco (5) das hbiles contados a partir de la citacin, pudiendo la Entidad otorgar un plazo adicional de hasta cinco (5) das hbiles, dentro del cual el postor ganador deber presentarse para suscribir el contrato con toda la documentacin requerida. En el supuesto que el postor ganador no presente la documentacin y/o no concurra a suscribir el contrato, en los plazos antes indicados, se proceder de acuerdo a lo dispuesto en el artculo 148 del Reglamento, segn corresponda. El contrato ser suscrito por la Entidad, a travs del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratndose de persona natural, y tratndose de persona jurdica, a travs de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artculo 139 del Reglamento. Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deber presentar, adems de los documentos previstos en las Bases, los siguientes: Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. Cdigo de cuenta interbancario (CCI).

    3.2 VIGENCIA DEL CONTRATO En aplicacin de lo dispuesto en el artculo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el da siguiente de la suscripcin del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta el consentimiento de la liquidacin final y se efecte el pago correspondiente.

    3.3 ADELANTOS La Entidad entregar adelantos directos, conforme a lo previsto en el artculo 171 del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la seccin especfica de las Bases. En el supuesto que no se entregue el adelanto en el plazo previsto, el contratista tiene derecho a solicitar la ampliacin del plazo de ejecucin de la prestacin por el nmero de das equivalente a la demora, conforme al artculo 172 del Reglamento.

    3.4 DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

    Las penalidades por retraso injustificado en la ejecucin del servicio de consultora y las causales para la resolucin del contrato, sern aplicadas de conformidad con los artculos 165 y 168 del Reglamento, respectivamente. De acuerdo con los artculos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrn establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artculo 165 del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de

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    la convocatoria, hasta por un monto mximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del tem que debi ejecutarse. Estas penalidades se calcularn de forma independiente a la penalidad por mora.

    3.5 CONFORMIDAD DEL SERVICIO La conformidad del servicio es responsabilidad del rgano de administracin o, en su caso, del rgano establecido en las Bases, sin perjuicio de lo que se disponga en las normas de organizacin interna de la Entidad. Adicionalmente, la conformidad requiere un informe del funcionario responsable del rea usuaria, quien deber verificar el cumplimiento de las condiciones contractuales, de conformidad con lo dispuesto en el artculo 176 del Reglamento. De existir observaciones se consignarn en el acta respectiva, indicndose claramente el sentido de stas, dndose al contratista un plazo prudencial para su subsanacin, en funcin a la complejidad del servicio. Dicho plazo no podr ser menor de dos (2) ni mayor de diez (10) das calendario. Si pese al plazo otorgado, el contratista no cumpliese a cabalidad con la subsanacin, la Entidad podr resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan. Este procedimiento no ser aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las caractersticas y condiciones ofrecidas, en cuyo caso la Entidad no efectuar la recepcin, debiendo considerarse como no ejecutada la prestacin, aplicndose las penalidades que correspondan.

    3.6 LIQUIDACIN DEL CONTRATO El procedimiento para la liquidacin del contrato de consultora de obra que deber observarse, es el que se encuentra descrito en el artculo 179 del Reglamento.

    3.7 PAGOS La Entidad deber efectuar el pago a favor del contratista en la forma y oportunidad establecida en las Bases o en el contrato, luego de la recepcin formal y completa de la documentacin correspondiente, segn lo establecido en el artculo 181 del Reglamento. Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestacin de los servicios deber hacerlo en un plazo que no exceder de los diez (10) das calendario de ser stos ejecutados, a fin que la Entidad cumpla con la obligacin de efectuar el pago dentro de los quince (15) das calendario siguientes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato. En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizar de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio. El pago comprende la cancelacin del saldo resultante de la liquidacin del contrato, de ser el caso. En caso de retraso en el pago, el contratista tendr derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artculo 48 de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debi efectuarse.

    3.8 DISPOSICIONES FINALES Todos los dems aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirn supletoriamente por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, as como por las disposiciones legales vigentes.

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    SECCIN ESPECFICA

    CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIN

    (EN ESTA SECCIN LA ENTIDAD DEBER COMPLETAR LA INFORMACIN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)

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    CAPTULO I GENERALIDADES

    1.1. . ENTIDAD CONVOCANTE

    Nombre : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PICHACANI - PUNO

    RUC N : 20169024112

    Domicilio legal : JR. TUPAC AMARU N 464 LARAQUERI.

    1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

    El presente proceso de seleccin tiene por objeto la contratacin del servicio de: CONTRATACION DE SERVICIOS DE CONSULTOR DE OBRA PARA LA SUPERVISION DE LA OBRA: CREACION DEL CENTRO COMUNAL COMERCIAL EN EL DISTRITO DE PICHACANI PUNO.

    1.3. VALOR REFERENCIAL5

    El valor referencial asciende a S/. 18.000.00 Dieciocho mil con 00/100 nuevos soles, incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del servicio. El valor referencial ha sido calculado al mes de agosto del 2014.

    Valor Referencial (VR)

    Lmite Inferior (incluye IGV)

    Lmite Superior (incluye IGV)

    S/.18,000.00 S/. 16,200.00 S/. 18,000.00

    IMPORTANTE:

    De conformidad con el artculo 13 del Reglamento, cuando se trate de una contratacin por relacin de tems, tambin debern incluirse los valores referenciales en nmeros y letras de cada tem.

    Las propuestas econmicas que excedan el valor referencial o aquellas que fueren inferiores al noventa por ciento (90%) del mismo, sern devueltas por el Comit Especial o el rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda, tenindolas por no admitidas.

    Si durante la fase de actos preparatorios, las Entidades advierten que es posible la participacin de proveedores que gozan del beneficio de la exoneracin del IGV prevista en la Ley N 27037, Ley de Promocin de la Inversin en la Amazona, deber tomarse en cuenta la regulacin de la Cuarta Disposicin Complementaria Final del Reglamento. De conformidad con lo sealado en el numeral 2 de la citada Disposicin Complementaria Final, en las Bases del respectivo proceso de seleccin deber establecerse adems del valor referencial, los lmites de ste, con y sin IGV, tal como se indica a continuacin:

    Valor Referencial Lmite Inferior Lmite Superior

    5 El monto del valor referencial indicado en esta seccin de las Bases no debe diferir del monto del valor referencial

    consignado en la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradiccin entre estos montos, primar el monto del valor referencial indicado en las Bases aprobadas.

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    (VR) Con IGV Sin IGV Con IGV Sin IGV

    S/.18,000.00 No se ha

    establecido S/. 18,000.00 S/. 14,760.00

    1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIN El expediente de contratacin fue aprobado mediante RESOLUCION ADMINISTRATIVA N 050-MDPL/A Asimismo, el expediente tcnico de obra fue aprobado mediante RESOLUCION DE ALCALDIA N 279-2013-MDPL/A.

    1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO

    RECURSOS ORDINARIOS

    1.6. SISTEMA DE CONTRATACIN El presente proceso se rige por el sistema de A SUMA ALZADA, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratacin respectivo.

    1.7. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO El servicio de consultora de obra a contratar est definido en los Requerimientos Tcnicos Mnimos que forman parte de la presente Seccin en el Captulo III.

    1.8. PLAZO DE PRESTACIN DEL SERVICIO El servicio de consultora de obra materia de la presente convocatoria se prestar en el plazo de Ciento cinco (105) DIAS CALENDARIOS. Dicho plazo constituye un requerimiento tcnico mnimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratacin.

    1.9. COSTO DE REPRODUCCIN DE LAS BASES S/. 10.00 diez con 00/100 nuevos soles.

    1.10. BASE LEGAL

    - Ley N 30114 del Presupuesto del Sector Pblico para el ao fiscal 2014 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto, Ley N 28411. - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Decreto Legislativo N 1017. - Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Decreto

    Supremo N 184-2008-EF. - Ley Orgnica de Municipalidades Ley N 27972. - Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. - Ley N 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Informacin Pblica. - Ley N 28015, Ley de Promocin y Formalizacin de la Pequea y Microempresa.

    Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

    CAPTULO II

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    DEL PROCESO DE SELECCIN

    2.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIN

    6

    Etapa Fecha, hora y lugar

    Convocatoria : 20 DE AGOSTO DEL 2014

    Registro de participantes : Del:21 DE AGOSTO DEL 2014 Al: 27 DE AGOSTO DEL 2014

    Formulacin de Consultas y Observaciones a las Bases

    : Del: 21 DE AGOSTO DEL 2014 Al: 22 DE AGOSTO DEL 2014

    Absolucin de Consultas y Observaciones a las Bases

    : 25 DE AGOSTO DEL 2014

    Integracin de las Bases : 26 DE AGOSTO DEL 2014

    Presentacin de Propuestas : 28 DE AGOSTO DEL 2014

    * En acto privado : MESA DE PARTES DE LA MDPL DE 08:30 HASTA 12:30 PM

    Calificacin y Evaluacin de Propuestas

    : 28 DE AGOSTO DEL 2014

    Otorgamiento de la Buena Pro : 28 DE AGOSTO DEL 2014

    * En acto privado (a travs del SEACE) : SEACE

    IMPORTANTE:

    Debe tenerse presente que en un proceso de Adjudicacin de Menor Cuanta, entre la convocatoria y la etapa de presentacin de propuestas debe existir como mnimo seis (6) das hbiles.

    2.2. REGISTRO DE PARTICIPANTES

    El registro de los participantes se realizar de manera gratuita

    7 en mesa de Partes de la Municipalidad

    Distrital de Pichacani Laraqueri, sito en el Jr. Tpac Amaru N 464 Plaza de Armas de la Localidad

    de Laraqueri, en las fechas sealadas en el cronograma, en el horario de 08:30 a las 16:30 horas8.

    En el momento de la entrega de las Bases al participante, se emitir la constancia o cargo

    correspondiente en el que constar: el nmero y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona

    que recibe las Bases as como el da y hora de dicha recepcin.

    IMPORTANTE:

    Al consignar el horario de atencin, debe tenerse en cuenta que el horario de atencin no podr ser menor a ocho horas.

    Los participantes registrados tienen el derecho de solicitar un ejemplar de las Bases, para cuyo efecto deben cancelar el costo de reproduccin de las mismas.

    2.3. PRESENTACIN DE PROPUESTAS9

    6 La informacin del cronograma indicado en las Bases no debe diferir de la informacin consignada en el cronograma de la

    ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradiccin en esta informacin, primar el cronograma indicado en la ficha del proceso en el SEACE.

    7 De acuerdo con el artculo 52 del Reglamento, en las adjudicaciones de menor cuanta para bienes y servicios, el registro

    como participante ser gratuito. 8 Las Entidades, de preferencia, debern establecer que en el horario de atencin al pblico se efecte el registro de

    participantes, de lo contrario, debern contemplar un horario razonable para ello, de conformidad con la normativa de la materia, de modo que se fomente la mayor participacin de postores, en concordancia con el Principio de Libre Concurrencia y Competencia.

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    En caso la presentacin de propuesta se realice en ACTO PRIVADO, en la evaluacin deber considerarse lo siguiente: Los participantes presentarn sus propuestas en sobre cerrado, en la ventanilla de Mesa de Partes de la Unidad de abastecimientos de la Entidad o la que haga sus veces, sito en el Jr. Tpac Amaru N 464 Plaza de Armas de la Localidad de Laraqueri, en la fecha y horario sealados en el cronograma, bajo responsabilidad del Comit Especial o del rgano encargado de las contrataciones. IMPORTANTE:

    Al consignar el horario de atencin, debe tenerse en cuenta que el horario de atencin no podr ser menor a ocho horas

    En ambos supuestos, las propuestas se presentarn en dos (2) sobres cerrados y estarn dirigidas al Comit Especial o al rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda, de la ADJUDICACIN DE MENOR CUANTA N 14-MDPL/CEP, conforme al siguiente detalle: SOBRE N 1: Propuesta Tcnica. El sobre ser rotulado:

    SOBRE N 2: Propuesta Econmica. El sobre ser rotulado:

    9 De acuerdo con lo establecido por el artculo 64 del Reglamento, el acto de presentacin de propuestas en una

    Adjudicacin de Menor Cuanta puede ser pblico o privado, lo que debe determinarse en la seccin especfica de las Bases.

    Seores

    MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PICHACANI LARAQUERI DIRECCIN

    JR. TUPAC AMARU N4648 PLAZA DE ARMAS DE LA LOCALIDAD DE LARAQUERI

    Att.: Comit Especial

    ADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA N 014-2014-MDPL/CE Objeto del proceso: ADQUISICION DE .. SOBRE N 1: PROPUESTA TCNICA NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR

    N DE FOLIOS DE C/ EJEMPLAR

    Seores

    MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PICHACANI LARAQUERI DIRECCIN

    JR. TUPAC AMARU N 464 PLAZA DE ARMAS DE LA LOCALIDAD DE LARAQUERI

    Att.: Comit Especial

    ADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA N 014-2014-MDPL/CE Objeto del proceso: ADQUISICION DE .. SOBRE N 02: PROPUESTA ECONMICA NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR

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    2.4. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

    2.4.1. SOBRE N 1 - PROPUESTA TCNICA: Se presentar en un (1) original y 02 copias

    10

    El sobre N 1 contendr, adems de un ndice de documentos

    11, la siguiente

    documentacin: Documentacin de presentacin obligatoria: a) Declaracin jurada de datos del postor.

    Cuando se trate de consorcio, esta declaracin jurada ser presentada por cada uno de los consorciados. (Anexo N 1).

    b) Declaracin jurada de cumplimiento de los Requerimientos Tcnicos Mnimos

    contenidos en el Captulo III de la presente seccin.12

    (Anexo N 2). c) Declaracin jurada simple de acuerdo al artculo 42 del Reglamento (Anexo

    N 3). En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaracin jurada, salvo que sea presentada por el representante comn del consorcio.

    d) Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los

    integrantes, el representante comn, el domicilio comn y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio as como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo N 4). La promesa formal de consorcio deber ser suscrita por cada uno de sus integrantes. Se presume que el representante comn del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representacin del mismo en todos los actos referidos al proceso de seleccin, suscripcin y ejecucin del contrato, con amplias y suficientes facultades.

    e) Declaracin jurada de plazo de prestacin del servicio, segn (Anexo N 5). IMPORTANTE:

    La omisin de alguno de los documentos enunciados acarrear la no admisin de la propuesta, sin perjuicio de lo sealado en el artculo 68 del Reglamento.

    Documentacin de presentacin facultativa:

    10

    De acuerdo con el artculo 63 del Reglamento, la propuesta tcnica se presentar en original y en el nmero de copias requerido en las Bases, el que no podr exceder de la cantidad de miembros que conforman el Comit Especial o el rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda.

    11

    La omisin del ndice de documentos no descalifica la propuesta, ya que su presentacin no tiene incidencia en el objeto de la convocatoria.

    12

    El Comit Especial o el rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda, debe determinar al elaborar las Bases si solo bastar la presentacin de una declaracin jurada para acreditar el cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos o, de lo contrario, si ser necesario que lo declarado se encuentre respaldado con la presentacin de algn otro documento, en cuyo caso, deber precisar dicha informacin en el listado de documentacin de presentacin obligatoria del numeral 2.4.1 de la seccin especfica de las Bases.

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    a) Certificado de inscripcin o reinscripcin en el Registro de la Micro y Pequea Empresa -REMYPE, de ser el caso

    13.

    b) En el caso de microempresas y pequeas empresas integradas por personas

    con discapacidad, o en el caso de consorcios conformados en su totalidad por stas, deber presentarse una constancia o certificado con el cual acredite su inscripcin en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con

    Discapacidad14

    .

    c) Factor experiencia en la actividad: Copia simple de contratos u rdenes de servicio, y su respectiva conformidad por la prestacin efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelacin se acredite documental y fehacientemente. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deber presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo N 6

    referido a la Experiencia del Postor en la actividad.

    d) Factor experiencia en la especialidad: Copia simple de contratos u rdenes de servicio, y su respectiva conformidad por la prestacin efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelacin se acredite documental y fehacientemente. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deber presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo N 7

    referido a la Experiencia del Postor en la especialidad.

    e) Factor experiencia y calificaciones del personal profesional propuesto: Para acreditar el factor experiencia del personal profesional propuesto, se presentar copia simple de: contratos de trabajo, constancias o certificados.

    Para acreditar el factor calificaciones del personal profesional propuesto se presentar copia simple de: [CONSIGNAR TTULOS, CONSTANCIAS, CERTIFICADOS, U OTROS DOCUMENTOS, SEGN CORRESPONDA].

    f) Factor mejora a las condiciones previstas: Para acreditar el factor mejora, se presentar una declaracin jurada en la que conste la o las mejoras ofrecidas.

    g) [CONSIGNAR LOS DOCUMENTOS PARA ACREDITAR CADA UNO DE LOS FACTORES DE EVALUACIN OPCIONALES, SEGN CORRESPONDA] IMPORTANTE:

    En el caso de la ejecucin de servicios que se presten fuera de las provincias de Lima y Callao podr presentarse una solicitud de bonificacin por servicios ejecutados en la provincia o provincias colindantes, segn Anexo N 10.

    Los postores que soliciten el beneficio de la exoneracin del IGV

    13

    Dicho documento se tendr en consideracin en caso de empate, conforme a lo previsto en el artculo 73 del Reglamento. 14 Dicho documento se tendr en consideracin en caso de empate, conforme a lo previsto en el artculo 73 del Reglamento.

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    previsto en la Ley N 27037, Ley de Promocin de la Inversin en la Amazona, deben presentar la declaracin jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicacin de la exoneracin del IGV (Anexo N 9).

    En el caso de consorcios, todos los integrantes que figuran en la promesa formal de consorcio deben reunir las condiciones exigidas para acceder al beneficio de la exoneracin del IGV, debiendo presentar de manera independiente la declaracin jurada antes sealada.

    IMPORTANTE:

    En caso exista contradiccin entre la informacin presentada en la propuesta tcnica, la propuesta ser descalificada.

    2.4.2. SOBRE N 2 - PROPUESTA ECONMICA15

    El Sobre N 2 deber contener la siguiente informacin obligatoria: Oferta econmica expresada en la moneda del valor referencial y el detalle de precios unitarios cuando este sistema haya sido establecido en las Bases (Anexo N 8). El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo componen debern ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrn ser expresados con ms de dos decimales. IMPORTANTE:

    La admisin de la propuesta econmica que presenten los postores depender de si aquella se encuentra dentro de los mrgenes establecidos en el artculo 33 de la Ley y el artculo 39 de su Reglamento. La propuesta econmica de los postores que presenten la declaracin jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicacin de la exoneracin del IGV (Anexo N 9), debe encontrase dentro de los lmites del valor referencial sin IGV.

    En caso la informacin contenida en la propuesta econmica difiera de la informacin contenida en la propuesta tcnica, la propuesta econmica ser descalificada.

    2.4.3. DETERMINACIN DEL PUNTAJE TOTAL Una vez evaluadas las propuestas tcnica y econmica se proceder a determinar el puntaje total de las mismas. El puntaje total de la propuesta ser el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente frmula:

    PTPi = c1 PTi + c2 PEi Donde: PTPi = Puntaje total del postor i PTi = Puntaje por evaluacin tcnica del postor i PEi = Puntaje por evaluacin econmica del postor i

    Se aplicarn las siguientes ponderaciones:

    15

    De acuerdo con el artculo 63 del Reglamento la propuesta econmica solo se presentar en original.

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    25

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    c1 = Coeficiente de ponderacin para la evaluacin tcnica = COEFICIENTE, 0.80 c2 = Coeficiente de ponderacin para la evaluacin econmica

    = COEFICIENTE, 0.20

    Donde: c1 + c2 = 1.00 IMPORTANTE:

    En el caso de contratacin de servicios que se presten fuera de las provincias de Lima y Callao debe consignarse lo siguiente: En caso se hubiese presentado dentro de la propuesta tcnica la solicitud de bonificacin por servicios ejecutados en la provincia o provincias colindantes (Anexo N 10), se asignar una bonificacin equivalente al diez por ciento (10%) sobre la sumatoria de las propuestas tcnica y econmica de los postores con domicilio en la provincia donde se prestar el servicio objeto del proceso de seleccin o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o regin. El domicilio ser el consignado en la constancia de inscripcin ante el RNP.

    2.5. REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO El postor ganador de la Buena Pro deber presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato: a) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. b) Cdigo de cuenta interbancario (CCI). c) Domicilio para efectos de la notificacin durante la ejecucin contractual.

    16

    Adicionalmente, puede considerarse otro tipo de documentacin a ser presentada, tales como:

    a) Copia de DNI del Representante Legal. b) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa. c) Copia de la constitucin de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado. d) Copia del RUC de la empresa. e) [DE ACUERDO AL OBJETO CONTRACTUAL CONVOCADO PODR REQUERIRSE

    LA PRESENTACIN DE OTROS DOCUMENTOS PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO, LOS QUE DEBERN SER INCLUIDOS EN ESTE RUBRO].

    IMPORTANTE:

    La Entidad no podr exigir documentacin o informacin adicional a la consignada en el presente numeral para la suscripcin del contrato.

    2.6. PLAZO PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO

    Una vez citado para la suscripcin del contrato, el postor ganador de la Buena Pro deber presentarse en la sede de la Entidad con toda la documentacin requerida para la

    suscripcin del contrato dentro del plazo de 12 das hbiles17

    .

    16

    Este domicilio debe ser consignado en el documento a travs del cual se perfeccione el contrato. 17

    La Entidad podr otorgar un plazo adicional de hasta cinco (5) das hbiles a fin que el postor se presente a la Entidad para suscribir el contrato.

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    La citada documentacin deber ser presentada en la unidad de abastecimientos de la entidad.

    IMPORTANTE:

    Esta disposicin slo deber ser incluida en el caso que la Entidad considere la entrega de adelantos:

    2.7. ADELANTOS

    18

    La Entidad otorgar [CONSIGNAR NMERO DE ADELANTOS A OTORGARSE] adelantos directos por el [CONSIGNAR PORCENTAJE QUE NO DEBE EXCEDER DEL 30% DEL MONTO DEL CONTRATO ORIGINAL] del monto del contrato original. El contratista debe solicitar los adelantos dentro de [CONSIGNAR EL PLAZO Y OPORTUNIDAD PARA LA SOLICITUD], adjuntando a su solicitud la garanta por adelantos

    19 mediante [CONSIGNAR CARTA FIANZA O PLIZA DE CAUCIN] y el

    comprobante de pago correspondiente. Vencido dicho plazo no proceder la solicitud. La Entidad debe entregar el monto solicitado dentro de [CONSIGNAR EL PLAZO] siguientes a la presentacin de la solicitud del contratista.

    En el supuesto que los adelantos no se entreguen en la oportunidad prevista, el contratista tendr derecho a solicitar la ampliacin del plazo de ejecucin de la prestacin por el nmero de das equivalente a la demora, conforme al artculo 172 del Reglamento.

    2.8. FORMA DE PAGO La Entidad deber realizar el pago de la contraprestacin pactada a favor del contratista en PAGOS PARCIALES O PERIDICOS. DE TRATARSE DE PAGOS PARCIALES O PERIDICOS PRECISAR EL PORCENTAJE APLICABLE A CADA UNO DE ELLOS EN FUNCIN AL MONTO DEL CONTRATO ORIGINAL De acuerdo con el artculo 176 del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deber contar con la siguiente documentacin:

    a) Recepcin y conformidad [REGISTRAR AL RGANO DE ADMINISTRACIN O, EN SU CASO AL RGANO ESTABLECIDO EN LAS BASES, SIN PERJUICIO DE LO QUE SE DISPONGA EN LAS NORMAS DE ORGANIZACIN INTERNA DE LA ENTIDAD]

    b) Informe del funcionario responsable del rea usuaria emitiendo su conformidad de la prestacin efectuada.

    c) Comprobante de pago d) [CONSIGNAR OTRA DOCUMENTACIN NECESARIA A SER PRESENTADA PARA EL

    PAGO NICO O LOS PAGOS PARCIALES O PERIDICOS, SEGN CORRESPONDA]

    2.9. PLAZO PARA EL PAGO La Entidad debe efectuar el pago dentro de los quince (15) das calendario siguientes al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las dems

    18

    Si la Entidad ha previsto la entrega de adelantos, deber consignar el procedimiento para su entrega y la respectiva garanta, precisando el plazo en el cual el contratista solicitar los adelantos. Asimismo, deber consignar la oportunidad y plazo en el cual se entregarn dichos adelantos, conforme a lo previsto por los artculos 171 y 172 del Reglamento.

    19

    De conformidad con el artculo 162 del Reglamento, esta garanta deber ser emitida por idntico monto y un plazo mnimo de vigencia de tres (3) meses, renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortizacin total del adelanto otorgado. Cuando el plazo de ejecucin contractual sea menor a tres (3) meses, la garanta podr ser emitida con una vigencia menor, siempre que cubra la fecha prevista para la amortizacin total del adelanto otorgado.

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    condiciones establecidas en el contrato.

    2.10. REAJUSTE DE LOS PAGOS [DE SER EL CASO, CONSIGNAR EL PROCEDIMIENTO PREVISTO POR EL ARTICULO 49 DEL REGLAMENTO]

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    CAPTULO III TRMINOS DE REFERENCIA Y REQUERIMIENTOS TCNICOS MNIMOS

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    IMPORTANTE:

    Para determinar la especialidad se debe tener en cuenta las especialidades de los consultores previstas en el artculo 268 del Reglamento.

    Indicar si se trata de una contratacin por tems, etapas o paquetes, en cuyo caso debe detallarse dicha informacin.

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    CAPTULO IV CRITERIOS DE EVALUACIN TCNICA

    EVALUACIN TCNICA (Puntaje Mximo: 100 Puntos) Es de exclusiva responsabilidad del Comit Especial o del rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda, que los factores permitan la seleccin de la mejor oferta en relacin con la necesidad que se requiere satisfacer. De acuerdo con el artculo 46 del Reglamento, las Bases deben consignar los siguientes factores de evaluacin:

    FACTORES DE EVALUACIN OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGA

    PARA SU ASIGNACIN20

    A. EXPERIENCIA DEL POSTOR (De 25 Hasta 35 puntos)21

    A.1. EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD

    Criterio: Se evaluar considerando el monto facturado acumulado por el postor correspondiente a la actividad objeto del proceso, durante un periodo de 10 AOS a la fecha de presentacin de propuestas, hasta por un monto mximo acumulado equivalente a 3 veces el valor referencial. Acreditacin: La experiencia se acreditar mediante copia simple de: contratos y su respectiva conformidad por la prestacin efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelacin se acredite documental y fehacientemente, con , con contratos u rdenes de compra, y su respectiva conformidad por la venta o suministro efectuados; o comprobantes de pago cuya cancelacin se acredite documental y fehacientemente, con Facturas canceladas, cheque, Boucher de Deposito o Estado de cuenta o comprobantes de pago con el sello de Cancelado de la

    entidad contratante. correspondientes a un mximo de diez (10) prestaciones. En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar la prestacin de un solo servicio, se deber acreditar que corresponden a dicho servicio; de lo contrario, se asumir que los comprobantes acreditan servicios independientes, en cuyo caso solo se considerar, para la evaluacin y calificacin, los diez (10) primeros servicios indicados en el Anexo N 6 referido a la Experiencia del Postor en la actividad. En el caso de servicios de ejecucin peridica, slo se considerar como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentacin de propuestas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de

    M = Monto facturado acumulado por el postor por la prestacin de servicios de consultora correspondientes a la actividad objeto del proceso M >= 3 veces el valor referencial:

    15 puntos M >=2 veces el valor referencial y < 3 veces el valor referencial:

    10 puntos M >= 1 veces el valor referencial y < 2 veces el valor referencial:

    05 puntos22

    20

    De acuerdo con el artculo 46 del Reglamento, para la determinacin de los puntajes de cada factor de evaluacin, deber considerarse los mrgenes aqu establecidos. En ningn caso, podr establecerse puntajes que excedan dichos mrgenes.

    21

    De conformidad con el artculo 46 del Reglamento, el puntaje debe incluir el que corresponda a los factores experiencia en la actividad y en la especialidad; as como el que corresponda al factor cumplimiento del servicio, cuando este haya sido previsto en las Bases.

    22

    El Comit Especial o el rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda, define los rangos de evaluacin e indica cules son los parmetros en cada rango. Asimismo, podr cambiar la metodologa para la asignacin de puntaje.

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    FACTORES DE EVALUACIN OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGA

    PARA SU ASIGNACIN20

    pago. En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, deber presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumi en el contrato presentado; de lo contrario, no se computar la experiencia proveniente de dicho contrato. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de seleccin convocados antes del 20.09.2012, se entender que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participacin de la promesa formal de consorcio o del contrato de consorcio. En caso en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participacin se presumir que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales. Cuando en los contratos, rdenes de servicios o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripcin del contrato, de emisin de la orden de servicio o de cancelacin del comprobante de pago, segn corresponda. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo N 6 referido a la Experiencia del Postor en la actividad. El servicio prestado para acreditar la experiencia en la especialidad sirve para acreditar la experiencia en la actividad. IMPORTANTE: Cuando el objeto del proceso sea la elaboracin de expedientes tcnicos deber acreditarse la experiencia en la actividad con copia simple de: contratos y su respectiva conformidad por la prestacin efectuada; o comprobantes de pago referidos a servicios prestados en la elaboracin de expedientes tcnicos, sin considerar el tipo de especialidad prevista en el artculo 268 del Reglamento. Cuando el objeto del proceso sea la supervisin de obras deber acreditarse la experiencia en la actividad con contratos o comprobantes de pago referidos a la supervisin de obras sin distinguir el tipo de especialidad prevista en el artculo 268 del Reglamento.

    A.2. EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD

    Criterio: Se evaluar considerando el monto facturado acumulado por el postor correspondiente a servicios iguales o similares al objeto del proceso, durante un periodo 10 aos a la fecha de presentacin de propuestas, hasta por un monto mximo acumulado equivalente a dos 2 veces el valor referencial.

    M = Monto facturado acumulado por el postor por la prestacin de servicios de consultora iguales o similares al objeto de la convocatoria

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    FACTORES DE EVALUACIN OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGA

    PARA SU ASIGNACIN20

    Se considerar servicio similar .

    Acreditacin: La experiencia se acreditar mediante copia simple de: contratos y su respectiva conformidad por la prestacin efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelacin se acredite documental y fehacientemente, con , con contratos u rdenes de compra, y su respectiva conformidad por la venta o suministro efectuados; o comprobantes de pago cuya cancelacin se acredite documental y fehacientemente, con [Facturas canceladas, cheque, Boucher de Deposito o Estado de cuenta o comprobantes de pago con el sello de Cancelado de la

    entidad contratante. correspondientes a un mximo de diez (10) servicios. iguales o similares al objeto del proceso. En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar la prestacin de un solo servicio, se deber acreditar que corresponden a dicho servicio; de lo contrario, se asumir que los comprobantes acreditan servicios independientes, en cuyo caso solo se considerar, para la evaluacin y calificacin, los diez (10) primeros servicios indicados en el Anexo N 7 referido a la Experiencia del Postor en la especialidad. En el caso de servicios de ejecucin peridica, slo se considerar como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentacin de propuestas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago. En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, deber presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumi en el contrato presentado; de lo contrario, no se computar la experiencia proveniente de dicho contrato. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de seleccin convocados antes del 20.09.2012, se entender que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participacin de la promesa formal de consorcio o del contrato de consorcio. En caso en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participacin se presumir que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales. Cuando en los contratos, rdenes de servicios o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripcin del contrato, de emisin de la orden de servicio o de cancelacin del comprobante de pago, segn corresponda. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo N 7 referido a la Experiencia del Postor en la especialidad.

    M >= 2 veces el valor referencial:

    20 puntos M >=1 veces el valor referencial y < 2 veces el valor referencial:

    10 puntos M >= 0.5 veces el valor referencial y < 1 veces el valor referencial:

    05 puntos23

    23

    El Comit Especial o el rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda, define los rangos de evaluacin e indica cules son los parmetros en cada rango. Asimismo, podr cambiar la metodologa para la asignacin de puntaje.

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    FACTORES DE EVALUACIN OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGA

    PARA SU ASIGNACIN20

    B. EXPERIENCIA Y CALIFICACIONES DEL PERSONAL PROPUESTO PARA LA PRESTACIN DEL SERVICIO

    (De 30 Hasta 40 puntos) Ms de 4 aos: 15 puntos

    Ms de 3 hasta 4 aos: 10 puntos

    Ms de 2 hasta 3 aos:

    05 puntos24

    B.1. EXPERIENCIA DEL PERSONAL PROPUESTO Criterio: Se evaluar en funcin al tiempo de experiencia en la especialidad del personal propuesto en obras similares a la convocatoria. Se considerarn edificaciones (construccin de centros de salud, centros educativos, escuelas, mercados, conjuntos habitacionales, otras obras exclusivas de edificacin). De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cmputo del tiempo de dicha experiencia

    slo se considerar una vez el periodo traslapado. Acreditacin: Mediante la presentacin de copia simple de contratos de trabajo, constancias o certificados.

    En el supuesto que el postor fuera una persona natural, la experiencia que acredite como tal, tambin podr utilizarla para acreditar su experiencia como personal propuesto para la prestacin del servicio de consultora, de ser el caso.

    B.2. CALIFICACIONES DEL PERSONAL PROPUESTO25

    B.2.1 FORMACIN ACADMICA: JEFE DE SUPERVISION Criterio Se evaluar en funcin del nivel de formacin acadmica del personal propuesto como ing. Civil colegiado y habilitado, considerndose los siguientes niveles: NIVEL 1 : TITULO PROFESIONAL, COLEGIADO Y HBILITADO, DE ING CIVIL Y/O ARQUITECTO, ACREDITAR CAPACITACIONES Y/O ESTUDIOS. NIVEL 2 : TITULO PROFESIONAL, COLEGIADO Y HBILITADO, DE ING CIVIL Y/O ARQUITECTO

    Acreditacin Se acreditarn con copia simple de TTULOS, CONSTANCIAS, CERTIFICADOS, U OTROS DOCUMENTOS, SEGN CORRESPONDA.

    [CONSIGNAR NIVEL 1 DE FORMACIN ACADMICA] :

    [15] puntos

    [CONSIGNAR NIVEL 2 DE FORMACIN ACADMICA] :

    [05] puntos

    24 El Comit Especial o el rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda, define los rangos de evaluacin e

    indica cules son los parmetros en cada rango.

    25 De conformidad con el artculo 43 del Reglamento, los siguientes factores de evaluacin debern ser establecidos

    observando criterios de razonabilidad y proporcionalidad, teniendo en consideracin la naturaleza y complejidad del servicio a ser ejecutado, el plazo de ejecucin previsto y las condiciones de mercado.

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    FACTORES DE EVALUACIN OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGA

    PARA SU ASIGNACIN20

    B.2.2 FORMACIN ACADMICA: ESPECIALISTA EN ESTRUCTURAS

    Criterio Se evaluar en funcin del nivel de formacin acadmica del personal propuesto como ing. Civil, considerndose los siguientes niveles: NIVEL 1 : TITULO PROFESIONAL, COLEGIADO Y HBILITADO, y/o BACHILLER, CON CERTISFICADOS DE ESPECIALISTA DE ESTRUCTURAS DE UNA SUPERVISION. NIVEL 2 : TITULO PROFESIONAL.

    Acreditacin Se acreditarn con copia simple de TTULOS, CONSTANCIAS, CERTIFICADOS, U OTROS DOCUMENTOS, SEGN CORRESPONDA.

    [CONSIGNAR NIVEL 1 DE FORMACIN ACADMICA] :

    [10] puntos

    [CONSIGNAR NIVEL 2 DE FORMACIN ACADMICA] :

    [05] puntos

    C. MEJORAS A LAS CONDICIONES PREVISTAS26

    (De 10 puntos)

    5 a ms Mejoras : 10 puntos 4 a ms Mejora 2 : 05 puntos

    Criterio: - MOVILIDAD - LAPTOP - NIVEL TOPOGRAFICO - GPS - CAMARA DIGITAL - ETC.

    Acreditacin: Se acreditar mediante la presentacin de una declaracin jurada.

    FACTORES DE EVALUACIN - OPCIONALES PUNTAJE/METODOLOGA PARA SU

    ASIGNACIN

    D. CUMPLIMIENTO DEL SERVICIO Se debe utilizar la siguiente frmula de evaluacin

    27:

    PCP= PF x CBC

    NC

    Donde:

    PCP = Puntaje a otorgarse al postor. PF = Puntaje mximo al postor. NC = Nmero de contrataciones presentadas para acreditar la experiencia del postor. CBC = Nmero de constancias de prestacin vlidas.

    15 puntos28

    Criterio: Se evaluar el nivel de cumplimiento del postor, respecto de los servicios de consultora presentados para acreditar la experiencia del postor, en funcin al nmero de constancias de prestacin presentadas. Acreditacin: Mediante la presentacin de un mximo de diez (10) constancias de prestacin o cualquier otro documento que, independientemente de su denominacin, indique, como mnimo, lo siguiente: 1. La identificacin del contrato u orden de servicio,

    indicando como mnimo su objeto.

    26

    Las Bases podrn establecer aquellos aspectos que sern considerados como mejoras, debindose precisar a qu tipo de mejoras se le otorgar puntaje.

    27

    Para mayor detalle, se recomienda revisar el Pronunciamiento N 087-2010/DTN en www.osce.gob.pe 28

    De consignarse en las Bases el factor cumplimiento del servicio, el puntaje que se asigne al mismo debe tener en consideracin los mrgenes de puntaje sealados por el artculo 46 del Reglamento, el mismo que precisa que el puntaje correspondiente a la experiencia debe incluir el que corresponda a los factores experiencia en la actividad y en la especialidad, as como el que corresponda al factor cumplimiento del servicio.

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    FACTORES DE EVALUACIN - OPCIONALES PUNTAJE/METODOLOGA PARA SU

    ASIGNACIN

    2. El monto correspondiente; esto es, el importe total al que asciende el contrato, comprendiendo las variaciones por adicionales, reducciones, reajustes, etc., que se hubieran aplicado durante la ejecucin contractual.

    3. Las penalidades en que hubiera incurrido el contratista

    durante la ejecucin de dicho contrato.

    PUNTAJE TOTAL 100 puntos29

    IMPORTANTE:

    Los factores de evaluacin no pueden calificar con puntaje el cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos.

    Para acceder a la etapa de evaluacin econmica, el postor deber obtener un puntaje tcnico mnimo de ochenta (80) puntos.

    29

    Es la suma de los puntajes de todos los factores de evaluacin, incluyendo los opcionales.

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    CAPTULO V PROFORMA DEL CONTRATO

    IMPORTANTE:

    Dependiendo del objeto del contrato, de resultar indispensable, podr efectuarse la inclusin de clusulas adicionales o la adecuacin de las propuestas en el presente documento, las que en ningn caso pueden contemplar disposiciones contrarias a la normativa vigente ni a lo sealado en este captulo.

    Conste por el presente documento, la contratacin del servicio de consultora de obra [CONSIGNAR LA DENOMINACIN DE LA CONVOCATORIA], que celebra de una parte [CONSIGNAR EL NOMBRE DE LA ENTIDAD], en adelante LA ENTIDAD, con RUC N [], con domicilio legal en [], representada por [..], identificado con DNI N [], y de otra parte [.....................], con RUC N [................], con domicilio legal en [.....................], inscrita en la Ficha N [.........] Asiento N [.......] del Registro de Personas Jurdicas de la ciudad de [], debidamente representado por su Representante Legal, [.....................], con DNI N [..], segn poder inscrito en la Ficha N [..], Asiento N [] del Registro de Personas Jurdicas de la ciudad de [], a quien en adelante se le denominar EL CONTRATISTA en los trminos y condiciones siguientes: CLUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES Con fecha [..], el Comit Especial o el rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda, adjudic la Buena Pro de la ADJUDICACIN DE MENOR CUANTA N [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO DE SELECCIN] EN EL MARCO DE LA LEY N 30191 para la contratacin del servicio de consultora de obra [CONSIGNA