6.- guÍa fatiga y somnolencia 15 feb. 2012

5
Guía Técnica N°6 Fatiga y Somnolencia 1er Informe de Avance 15 de febrero de 2012 Líder: Pilar Delgado Sales Integrantes: Chuquicamata Bernardo Angel Medico de Salud Ocupacional Gerencia de SSO Paulina Hernández Albrecht Especialista en Ergonomía El objetivo de esta Guía Técnica es establecer los requerimientos mínimos obligatorios para la gestión de salud para el control de la fatiga y somnolencia de los trabajadores a fin de prevenir la ocurrencia de accidentes del trabajo.

Upload: sergio-alberto-soto-oberreuter

Post on 29-Oct-2015

494 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: 6.- GUÍA FATIGA Y SOMNOLENCIA 15 FEB. 2012

Guía Técnica N°6 Fatiga y Somnolencia

1er Informe de Avance 15 de febrero de 2012

Líder: Pilar Delgado Sales Integrantes:

Chuquicamata Bernardo Angel Medico de Salud Ocupacional

Gerencia de SSO Paulina Hernández Albrecht Especialista en Ergonomía

El objetivo de esta Guía Técnica es establecer los requerimientos mínimos obligatorios para la gestión de salud para el control de la fatiga y somnolencia de los trabajadores a fin de prevenir la ocurrencia de accidentes del trabajo.

Page 2: 6.- GUÍA FATIGA Y SOMNOLENCIA 15 FEB. 2012

GUÍA TÉCNICA Nº 6: FATIGA Y SONMOLENCIA 2012

2

1. INTRODUCCIÓN ............................................................................................................................................... 3

2. OBJETIVO Y ALCANCE ...................................................................................................................................... 3

3. RESPONSABILIDADES ....................................................................................................................................... 3

6. FATIGA Y SONMOLENCIA ................................................................................................................................ 4

7. ESTRUCTURA DEL PROGRAMA ........................................................................................................................ 4

8. CAPACITACIÓN Y ENTRENAMIENTO ................................................................................................................ 5

9. SISTEMA DE REPORTES Y ESTADÍSTICAS.......................................................................................................... 5

10. VERIFICACIÓN Y CONTROL .............................................................................................................................. 5

11. VIGENCIA ......................................................................................................................................................... 5

Page 3: 6.- GUÍA FATIGA Y SOMNOLENCIA 15 FEB. 2012

GUÍA TÉCNICA Nº 6: FATIGA Y SONMOLENCIA 2012

3

1. INTRODUCCIÓN El estándar Nº 6 señala:

El diseño de las jornadas de trabajo debe permitir y asegurar un adecuado descanso y sueño evitando la fatiga y

somnolencia que pone en riesgo la seguridad de los trabajadores.

El trabajador debe conocer, entender y responsabilizarse por una correcta higiene del sueño a fin de que pueda

descansar y dormir en forma adecuada.

La Dirección de Salud Ocupacional debe implementar un Programa de Evaluación y Control de Riesgo de Fatiga

y Somnolencia, de acuerdo los criterios establecidos en la Guía Técnica.

Los trabajadores deben avisar a su jefatura o al médico cualquier condición física o psíquica que pueda alterar

su concentración o alerta antes o durante la jornada laboral, tales como:

Patologías relevantes de origen común;

Ingesta de fármacos;

Falta de descanso o sueño;

Alteración emocional importante;

Patología específica del sueño, como síndrome de apnea hipopnea obstructiva del sueño o síndrome de piernas inquietas, insomnio familiar, etc.

Estos trabajadores deben ser retirados de la operación e incorporados al Programa a fin de generar las medidas

que permitan modificar conductas o hábitos o tratar alteraciones de salud. Permanecerán fuera de su puesto de

trabajo hasta que recuperen la salud y la Dirección de Salud Ocupacional certifique que se encuentra apto para

reintegrarse a sus funciones, de acuerdo a lo establecido en la Guía Técnica.

En caso que se pesquise o identifique que un trabajador no ha avisado alguna de estas circunstancias, y esto

pueda poner en riesgo su seguridad o la de otras personas, será alejado de su área e incorporado al Programa.

El no aviso se considera una falta grave.

2. OBJETIVO Y ALCANCE Establecer los requerimientos mínimos obligatorios para la gestión de salud para el control de la fatiga y

somnolencia de los trabajadores a fin de prevenir la ocurrencia de accidentes del trabajo.

Este estándar es aplicable a todos los centros de trabajo de Codelco actuales o futuros y a los proyectos en

todas sus fases o etapas.

3. RESPONSABILIDADES 4. A menos que se señale expresamente otra cosa, la responsabilidad del cumplimiento de estos estándares

recae en los Gerentes Generales de cada centro de trabajo, a través de las Gerencias de Seguridad y Salud

Ocupacional SSO (o su equivalente) y a la Gerencia de Recursos Humanos.

Page 4: 6.- GUÍA FATIGA Y SOMNOLENCIA 15 FEB. 2012

GUÍA TÉCNICA Nº 6: FATIGA Y SONMOLENCIA 2012

4

5. Los centros de trabajo deberán dar cumplimiento a todos aquellos aspectos de este estándar que les

compete en su calidad de empleador.

6. FATIGA Y SONMOLENCIA Se debe realizar una evaluación de los riesgos de fatiga en los trabajadores e implementar un programa de

manejo de la fatiga para controlar este riesgo.

Se deben tomar todas las medidas administrativas para que los trabajadores que ingresan al turno, descansen y

duerman antes de iniciar sus labores.

En el caso de que el trabajador manifieste al personal de salud del policlínico o centro asistencial, tener sueño,

estar cansado o padecer alguna molestia, dolor, incomodidad o estar consumiendo medicamentos o sustancias

que produzcan somnolencia, desconcentración, letargo etc. el personal de salud debe dar inmediato aviso al

supervisor respectivo quien deberá tomar las medidas para impedir que el trabajador realice funciones hasta no

superar dicha situación, sin perjuicio de las medidas administrativas que correspondan.

Se debe asegurar que los trabajadores y sus jefaturas:

Entienden y saben reconocer los efectos de la fatiga.

Entienden las influencias de un estilo de vida saludable y de las actividades no relacionadas al trabajo.

Entienden la importancia de lograr un sueño reparador.

Entienden los efectos de las condiciones de salud inadecuadas, de los trastornos del sueño y del consumo de alcohol y drogas.

Entienden las medidas personales para evitar la fatiga.

Entienden y aceptan que son responsables de presentarse descansado sy aptos para el trabajo al comenzar su turno de trabajo.

7. ESTRUCTURA DEL PROGRAMA El programa debe tener 4 fases:

Fase 1

Determinación de Línea Base: a través de encuestas, entrevistas personales, investigación de accidentes del

trabajo, derivación del trabajador desde su médico tratante.

La información obtenida de la línea base debe ser vaciada en una base de datos, que contenga el sistema de

turnos, lugar donde pernoctan, fecha y resultados del psicosensométrico riguroso y evaluaciones de salud

(fecha, peso y talla, IMC, Presión Arterial, resultados de exámenes, presencia o ausencia de trastorno del sueño,

conclusión médica).

Fase 2

Evaluación Médica para determinar el grado de criticidad de la patología que padecen los trabajadores

detectados e inicio de tratamiento.

Page 5: 6.- GUÍA FATIGA Y SOMNOLENCIA 15 FEB. 2012

GUÍA TÉCNICA Nº 6: FATIGA Y SONMOLENCIA 2012

5

Fase 3

Desarrollo de Polisomnografías a aquellos trabajadores que de acuerdo a la evaluación clínica, padezcan un

trastorno del sueño crítico.

Retiro del trabajador del puesto de trabajo una vez confirmado el diagnóstico y hasta que recuperen la salud.

Fase 4

Seguimiento y Control.

8. CAPACITACIÓN Y ENTRENAMIENTO Se debe realizar una campaña de capacitación y concientización para personal propio y contratista.

9. SISTEMA DE REPORTES Y ESTADÍSTICAS

10. VERIFICACIÓN Y CONTROL

11. VIGENCIA El presente documento entrará en vigencia el 1° de septiembre de 2012 y será revisado al menos cada tres años

o cada vez que se realicen cambios en la legislación aplicable.//