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CLASIFICADOS JUDICIALES 34 DOMINGO 6 DE SEPTIEMBRE DE 2020 EL NUEVO SIGLO Dando cumplimiento al paragrafo 2 o artículo 108 del código general del proceso, los emplazamientos se mantendran publicados en la web: www.elnuevosiglo.com.co durante el termino del emplazamiento, el cual se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado.Si el emplazado no comparece , se le designará Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación” Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 318 C.P.C. Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 108 C.G.P. Nombre de la Cédula y/o Nit Naturaleza del proceso Parte demandante Parte demandada Fecha auto Juzgado No radicación persona citada del citado expediente JOSE GUSTAVO CASTILLO CASALLAS DECLARATIVA DE PERTENENCIA POR MARIA HELDY CIFUENTES JOSE GUSTAVO CASTILLO CASALLAS DIECIOCHO (18) DE AGOSTO DE DOS DOCE CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD 110014003012- Y DE LAS DEMAS PERSONAS INDETERMINADAS QUE SE PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA Y DE LAS DEMAS PERSONAS INDETERMINADAS QUE SE MIL VEINTE (2020) DE BOGOTA D.C. 20190100600. CREAN CON ALGUN DERECHO SOBRE EL BIEN OBJETO DE DOMINIO CREAN CON ALGUN DERECHO SOBRE EL BIEN OBJETO NOTIFICACION POR ESTADO DEL DE USUCAPIÓN DE USUCAPIÓN DIECINUEVE (19) DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTE (2020) *P1-1-06 GRACIELA MOLINA LAVERDE PERTENENCIA MARTHA CECILIA RODRIGUEZ CASAS GRACIELA MOLINA LAVERDE AUTO ADMISORIO PROMISCUO MUNICIPAL DE SUPATA 2020-00034 y DEMAS PERSONAS INDETERMINADAS QUE CREAN y DEMAS PERSONAS INDETERMINADAS QUE CREAN 18 DE AGOSTO DE 2020 CUNDINAMARCA TENER DERECHO EN ESTE INMUEBLE TENER DERECHO EN ESTE INMUEBLE *P1-3-06 HEREDEROS INDETERMINADOS del señor DECLARACIÓN DE PERTENENCIA POR NELSON BERNAL RESTREPO ANDRES PEREZ NIETO VEINTICINCO (25) CIVIL DEL CIRCUITO 2018-0129 JORGE ENRIQUE PEREZ NIETO, PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA C.C. No. 17.173.899 C.C. No. 79.283.204 HEREDEROS INDETERMINADOS del señor DEL DOMINIO MARÍA LUCIA PEREZ PARDO MIGUEL ANTONIO PEREZ NIETO C.C. No. 52.992.456 Y DEMAS PERSONAS QUE SE CREAN CON DERECHOS ALEJANDRA PEREZ PARDO RESPECTO DEL BIEN INMUEBLE UBICADO EN LA C.C. No. 53.178.226 CARRERA 6 No. 123-21 LOCAL 230 LUCIA PARDO RODRIGUEZ C.C. No. 35.458.401 en su condición de herederas determinadas de JORGE ENRIQUE PEREZ NIETO HEREDEROS INDETERMINADOS DE JORGE ENRIQUE PEREZ NIETO C.C. No. 14.212.904 MARINA PEREZ LOPEZ C.C. No. 1.015.476.175 LUISA PEREZ LOPEZ C.C. No. 1.020.740.204 en su condición de herederas determinadas de MIGUEL ANTONIO PEREZ NIETO HEREDEROS INDETERMINADOS DE MIGUEL ANTONIO PEREZ NIETO C.C. No. 19.240.334 Y DEMAS PERSONAS INDETERMINADAS *P1-4-06 AREA URBANA DISEÑO Y CONSTRUCCIONES S.A.S. 830.508.765-9 ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA MAIRA ALEJANDRA MARQUEZ SEQUEA AREA URBANA DISEÑO Y CONSTRUCCIONES S.A.S. NOVIEMBRE 15 DE 2018 SEGUNDO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y 2018-00729-00 LUIS EDUARDO SALCEDO NARVAEZ COMPETENCIAS MULTIPLES DE SINCELEJO (SUCRE) *S2-2-06 PERSONAS INDETERMINADAS VERBAL SUMARIA DE PERTENENCIA POR JEISSON MANUEL CAMPO FAJARDO CLARIBEL SILGADO TAPIA DICIEMBRE 18 DE 2019 PROMISCUO MUNICIPAL DE SAN ONOFRE 2019-00286-00 PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA DE Y PERSONAS INDETERMINADAS (SUCRE) DOMINIO *S2-3-06 EMPLACESE A DECLARATIVO DE PERTENENCIA POR DORIS AMANDA CASTRO OROZCO LUIS EDUARDO VANEGAS RODRIGUEZ AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA SEGUNDO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y 25754418900- LUIS EDUARDO VANEGAS RODRIGUEZ, PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA Y DEMAS PERSONAS INDETERMINADAS 13 DE DICIEMBRE DE 2019 COMPETENCIA MULTIPLE DE SOACHA 22019-007-12-00 PERSONAS DETERMINADAS Y DE DOMINIO DE MINIMA CUANTIA CUNDINAMARCA PERSONAS INDETERMINADAS QUE SE CREAN CON DERECHO SOBRE EL BIEN QUE SE PRETENDE USUCAPIR *E2-2-06 SE ORDENA EMPLAZAMIENTO AL ACREEDOR HIPOTECARIO PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA DE WILLIAM FRANCISCO AMEZQUITA BOLIVAR DIANA YOLANDA FORERO GOMEZ AUTO QUE ORDENA SEPTIMO (7) CIVIL DEL CIRCUITO DE 2018-00020-00 OBDULIO FANDIÑO ABREU PERTENENCIA Y MARIA ISABEL BUENAVENTURA 20 DE AGOSTO DE 2020 BOGOTA D.C. CONFORME AL ARTICULO 108 Y 293 DEL C.G. DEL P. *U1-1-06 EMPLAZAR A LAS PERSONAS QUE SE CREAN CON PERTENENCIA POR PRESCRIPCION ROSA DEL CARMEN MEDINA MEDINA ARISTIDES ROJAS ESPINOSA AUTO ADMISORIO 12 CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD DE 2019-01449-00 DERECHOS SOBRE EL BIEN INMUEBLE EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO Y DEMÁS PERSONAS INDETERMINADAS QUE SE CREAN 24 DE ENERO DE 2020 BOGOTA D.C. Ubicado en la Carrera 4 Este No. 64-30 Sur de Bogotá, D.C. CON DERECHO AUTO QUE ORDENA EMPLAZAR Matrícula Inmobiliaria 50 S-246482 24 DE ENERO DE 2020 y al DEMANDADO ARISTIDES ROJAS ESPINOSA 35548 21 DE FEBRERO DE 2020 A FIN DE QUE CONCURRAN A ESTE PROCESO PARA HACER 10 DE MARZO DE 2020 VALER SUS DERECHOS *U1-2-06 SE CITA Y EMPLAZA A LOS ACREEDORES DE LA SOCIEDAD LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL JAVIER RICARDO AYALA GUARIN ANGIE PAOLA RENDON GALINDO AUTO ADMISORIO DELA DEMANDA JUZGADO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE 63-130-31-10-001- CONYUGAL CONFORMADA POR 05 DE AGOSTO DE 2020 CALARCA QUINDIO 2019-00268-00 JAVIER RICARDO AYALA GUARIN Y correo: [email protected] ANGIE PAOLA RENDON GALINDO ART 293 DEL CODIGO GENERAL DEL PROCESO EMPLAZAMIENTO DE QUIEN DEBE SER NOTIFICADO PERSONALMENTE ARTICULO 108 DEL C.G.P., EN ARMONIA CON EL DECRETO LEGISLATIVO 806 DEL 05 DE JUNIO DE 2020 *D4-1-06

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Page 1: 34 E N S clasificados JUdicialEs...36 EL NUEVO SIGLO clasificados JUdicialEs DOMINGO 30 DE AGOSTO DE 2020 EMPLAZATORIOS EDICTO EMPLAZATORIO QUIEN DEBE SER NOTIFICADO PERSO-NALMENTE

clasificados JUdicialEs34 DOMINGO 6 DE SEPTIEMBRE DE 2020 EL NUEVO SIGLO

Dando cumplimiento al paragrafo 2o artículo 108 del código general del proceso, los emplazamientos se mantendran publicados en la web: www.elnuevosiglo.com.co durante el termino del emplazamiento, el cual se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado.Si el emplazado no comparece , se le designará Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación”

Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 318 C.P.C.Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 108 C.G.P.

Nombre de la Cédula y/o Nit Naturaleza del proceso Parte demandante Parte demandada Fecha auto Juzgado No radicaciónpersona citada del citado expediente

JOSE GUSTAVO CASTILLO CASALLAS DECLARATIVA DE PERTENENCIA POR MARIA HELDY CIFUENTES JOSE GUSTAVO CASTILLO CASALLAS DIECIOCHO (18) DE AGOSTO DE DOS DOCE CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD 110014003012-

Y DE LAS DEMAS PERSONAS INDETERMINADAS QUE SE

PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA

Y DE LAS DEMAS PERSONAS INDETERMINADAS QUE SE MIL VEINTE (2020) DE BOGOTA D.C. 20190100600.

CREAN CON ALGUN DERECHO SOBRE EL BIEN OBJETO DE DOMINIO CREAN CON ALGUN DERECHO SOBRE EL

BIEN OBJETO NOTIFICACION POR ESTADO DEL

DE USUCAPIÓN DE USUCAPIÓN DIECINUEVE (19) DE AGOSTO DE DOS

MIL VEINTE (2020)

*P1-1-06

GRACIELA MOLINA LAVERDE PERTENENCIA MARTHA CECILIA RODRIGUEZ CASAS GRACIELA MOLINA LAVERDE AUTO ADMISORIO PROMISCUO MUNICIPAL DE SUPATA 2020-00034

y DEMAS PERSONAS INDETERMINADAS QUE CREAN

y DEMAS PERSONAS INDETERMINADAS QUE CREAN 18 DE AGOSTO DE 2020 CUNDINAMARCA

TENER DERECHO EN ESTE INMUEBLE TENER DERECHO EN ESTE INMUEBLE

*P1-3-06

HEREDEROS INDETERMINADOS del señor DECLARACIÓN DE PERTENENCIA POR NELSON BERNAL RESTREPO ANDRES PEREZ NIETO VEINTICINCO (25) CIVIL DEL CIRCUITO 2018-0129

JORGE ENRIQUE PEREZ NIETO, PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA C.C. No. 17.173.899 C.C. No. 79.283.204

HEREDEROS INDETERMINADOS del señor DEL DOMINIO MARÍA LUCIA PEREZ PARDO

MIGUEL ANTONIO PEREZ NIETO C.C. No. 52.992.456

Y DEMAS PERSONAS QUE SE CREAN CON DERECHOS ALEJANDRA PEREZ PARDO

RESPECTO DEL BIEN INMUEBLE UBICADO EN LA C.C. No. 53.178.226

CARRERA 6 No. 123-21 LOCAL 230 LUCIA PARDO RODRIGUEZ

C.C. No. 35.458.401

en su condición de herederas determinadas de

JORGE ENRIQUE PEREZ NIETO

HEREDEROS INDETERMINADOS DE

JORGE ENRIQUE PEREZ NIETO

C.C. No. 14.212.904

MARINA PEREZ LOPEZ

C.C. No. 1.015.476.175

LUISA PEREZ LOPEZ

C.C. No. 1.020.740.204

en su condición de herederas determinadas de

MIGUEL ANTONIO PEREZ NIETO

HEREDEROS INDETERMINADOS DE

MIGUEL ANTONIO PEREZ NIETO

C.C. No. 19.240.334

Y DEMAS PERSONAS INDETERMINADAS

*P1-4-06

AREA URBANA DISEÑO Y CONSTRUCCIONES S.A.S. 830.508.765-9 ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA MAIRA ALEJANDRA MARQUEZ SEQUEA AREA URBANA DISEÑO Y CONSTRUCCIONES

S.A.S. NOVIEMBRE 15 DE 2018 SEGUNDO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y 2018-00729-00

LUIS EDUARDO SALCEDO NARVAEZ COMPETENCIAS MULTIPLES DE SINCELEJO

(SUCRE)

*S2-2-06

PERSONAS INDETERMINADAS VERBAL SUMARIA DE PERTENENCIA POR JEISSON MANUEL CAMPO FAJARDO CLARIBEL SILGADO TAPIA DICIEMBRE 18 DE 2019 PROMISCUO MUNICIPAL DE SAN ONOFRE 2019-00286-00

PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA DE Y PERSONAS INDETERMINADAS (SUCRE)

DOMINIO

*S2-3-06

EMPLACESE A DECLARATIVO DE PERTENENCIA POR DORIS AMANDA CASTRO OROZCO LUIS EDUARDO VANEGAS RODRIGUEZ AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA SEGUNDO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y 25754418900-

LUIS EDUARDO VANEGAS RODRIGUEZ, PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA Y DEMAS PERSONAS INDETERMINADAS 13 DE DICIEMBRE DE 2019 COMPETENCIA MULTIPLE DE SOACHA 22019-007-12-00

PERSONAS DETERMINADAS Y DE DOMINIO DE MINIMA CUANTIA CUNDINAMARCA

PERSONAS INDETERMINADAS

QUE SE CREAN CON DERECHO SOBRE EL BIEN QUE SE

PRETENDE USUCAPIR

*E2-2-06

SE ORDENA EMPLAZAMIENTO AL ACREEDOR HIPOTECARIO PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA DE WILLIAM FRANCISCO AMEZQUITA BOLIVAR DIANA YOLANDA FORERO GOMEZ AUTO QUE ORDENA SEPTIMO (7) CIVIL DEL CIRCUITO DE 2018-00020-00

OBDULIO FANDIÑO ABREU PERTENENCIA Y MARIA ISABEL BUENAVENTURA 20 DE AGOSTO DE 2020 BOGOTA D.C.

CONFORME AL ARTICULO 108 Y 293 DEL C.G. DEL P.

*U1-1-06

EMPLAZAR A LAS PERSONAS QUE SE CREAN CON PERTENENCIA POR PRESCRIPCION ROSA DEL CARMEN MEDINA MEDINA ARISTIDES ROJAS ESPINOSA AUTO ADMISORIO 12 CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD DE 2019-01449-00

DERECHOS SOBRE EL BIEN INMUEBLE EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO

Y DEMÁS PERSONAS INDETERMINADAS QUE SE CREAN 24 DE ENERO DE 2020 BOGOTA D.C.

Ubicado en la Carrera 4 Este No. 64-30 Sur de Bogotá, D.C. CON DERECHO AUTO QUE ORDENA EMPLAZAR

Matrícula Inmobiliaria 50 S-246482 24 DE ENERO DE 2020

y al DEMANDADO ARISTIDES ROJAS ESPINOSA 35548 21 DE FEBRERO DE 2020

A FIN DE QUE CONCURRAN A ESTE PROCESO PARA HACER 10 DE MARZO DE 2020

VALER SUS DERECHOS

*U1-2-06

SE CITA Y EMPLAZA A LOS ACREEDORES DE LA SOCIEDAD

LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL JAVIER RICARDO AYALA GUARIN ANGIE PAOLA RENDON GALINDO AUTO ADMISORIO DELA DEMANDA JUZGADO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE 63-130-31-10-001-

CONYUGAL CONFORMADA POR 05 DE AGOSTO DE 2020 CALARCA QUINDIO 2019-00268-00

JAVIER RICARDO AYALA GUARIN Y correo: [email protected]

ANGIE PAOLA RENDON GALINDO

ART 293 DEL CODIGO GENERAL DEL PROCESO

EMPLAZAMIENTO DE QUIEN DEBE SER NOTIFICADO

PERSONALMENTE ARTICULO 108 DEL C.G.P., EN

ARMONIA CON EL DECRETO LEGISLATIVO 806 DEL 05

DE JUNIO DE 2020

*D4-1-06

Page 2: 34 E N S clasificados JUdicialEs...36 EL NUEVO SIGLO clasificados JUdicialEs DOMINGO 30 DE AGOSTO DE 2020 EMPLAZATORIOS EDICTO EMPLAZATORIO QUIEN DEBE SER NOTIFICADO PERSO-NALMENTE

clasificados JUdicialEs 35DOMINGO 6 DE SEPTIEMBRE DE 2020 EL NUEVO SIGLO

Dando cumplimiento al paragrafo 2o artículo 108 del código general del proceso, los emplazamientos se mantendran publicados en la web: www.elnuevosiglo.com.co durante el termino del emplazamiento, el cual se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado.Si el emplazado no comparece , se le designará Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación”

Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 318 C.P.C.Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 108 C.G.P.

Nombre de la Cédula y/o Nit Naturaleza del proceso Parte demandante Parte demandada Fecha auto Juzgado No radicaciónpersona citada del citado expediente

Se emplaza a todas las personas PERTENENCIA POR PRESCRIPCIÓN ARMANDO SIERRA QUINTERO HANNY LAURA SIERRA ÁLVAREZ FECHA DEL AUTO ADMISORIO: VEINTICINCO CIVIL MUNICIPAL 2018-953. determinadas o indeterminadas que EXTRAORDINARIA DE DOMINIO 6 DE AGOSTO DE 2018 DE BOGOTÁ D.C.

se crean con derechos sobre el FECHA QUE ORDENA EL EMPLAZATORIO: inmueble ubicado en la Carrera 113 A 6 DE AGOSTO DE 2018

No. 78 – 43 Interior 3 Apartamento 104 (dirección catastral), Conjunto Residencial Parques de Granada propiedad horizontal, matriculado en la oficina de instrumentos

públicos de Bogotá D.C., zona centro, identificado con Matricula inmobiliaria número 50C-1378351,

con descripción cabida y linderos: apartamento 104. INT. 3, localizado nivel

primer piso. Su área construida es de 64.42 M. 2. De los cuales 57.71 M. 2. Corresponden al área privada y 6.71 M.2. Corresponden a

ductos y muros comunales. Su altura libre es de 2.23 MTS. Corresponde un coeficiente

de 0.72%, cuyos linderos y demás especificaciones obran en la ESC. 2988 del

15-09-94 notaria 41 de Santa fe/ BTA, según decreto 1711 del 6 de julio de 1984.

Según escritura 325 del 15-02-95 notaria 41 de Santa fe de Bogotá, su área actual es de 72.75 MTRS 2, su coeficiente 0.74% según

decreto 1711 del 6 de julio de 1984. ARTÍCULO 108 DEL C. G. DEL P.

*S1-2-06SE EMPLAZA a las personas DECLARATIVA DE PERTENENCIA TIBERIO GALINDO RODRÍGUEZ E NIDIA CONSUELO MARTÍN MARTÍN, FECHA AUTO ADMISORIO: 32 CIVIL DEL CIRCUITO 110013103032. indeterminadas que se crean POR PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA INÉS QUIASUA DE GALINDO VALENTINA ALGECIRA MARTÍN, VEINTITRÉS (23) DE JULIO DE DE BOGOTA 2020 00171 00.

con derecho sobre el bien objeto ADQUISITIVA DE DOMINIO JORGE SEBASTIÁN ALGECIRA MARTIN, DOS MIL VEINTE (2020) de usucapion MATRICULA PERSONAS INDETERMINADAS FECHA QUE ORDENO EMPLAZAR:

INMOBILIARIA No. 50S-40139719 VEINTITRÉS (23) DE JULIO DE CHIP CATASTRAL: AAA0149AKUZ DOS MIL VEINTE (2020) DIRECCION: CL 42F BIS SUR 83 03

(DIRECCION CATASTRAL) ARTÍCULO 108 DE C.G.P.

*S1-3-06SE EMPLAZA A LAS PERSONAS DECLARATIVO DE PERTENENCIA MARIA BITERLICIA PANTOJA PINZON GABRIEL ANTENOR HERNANDEZ FECHA AUTO ADMISORIO: 9 CIVIL MUNICIPAL DE 110014003009.

INDETERMINADA QUE SE CREAN SANDOVAL, MARIA ESTHER CASTRO 17 MAYO 2019 BOGOTA 20190043900. CON ALGUN DERECHO SOBRE DE CORTAZAR Y DEMAS PERSONAS FECHA QUE ORDENO EMPLAZAR: EL BIEN INMUEBLE OBJETO DE INDETERMINADAS QUE SE CREAN 17 MAYO 2019

LA PRESENTE ACCIÓN MATRICULA CON ALGUN DERECHO INMOBILIARIA No. 50S-1170792 CHIP: AAA0018ORBR DIRECCION: KR 73 I No. 60 A-27 SUR APTO 102

ARTÍCULO 108 DE C.G.P. *S1-4-06

MARTHA LUCIA PEÑA MARTINEZ Y EJECUTIVO SINGULAR MINIMA CONJUNTO RESIDENCIAL BOSQUES MARTHA LUCIA PEÑA MARTINEZ Y LIBRAN MANDAMIENTO DE PAGO VEINTISIETE (27) CIVIL 2017-0668.EDUARDO DE JESUS CASTIBLANCO CUANTIA DE SAN CARLOS SLR-6 DE PROPIEDAD EDUARDO DE JESUS CASTIBLANCO 14 DE JULIO DE 2017, CON MUNICIPAL DE BOGOTA D.C.

CASTIBLANCO HORIZONTAL CASTIBLANCO FECHA DE EMPLAZAMIENTO ARTÍCULOS 293 Y 108 C.G.P. 28 DE NOVIEMBRE DE 2019

*S1-8-06JULIO CESAR MUÑOZ EJECUTIVO SINGULAR MINIMA CONJUNTO MULTIFAMILIAR SUPERMANZANA JULIO CESAR MUÑOZ LIBRAN MANDAMIENTO DE PAGO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL 2017-01125.

ARTÍCULO 293 Y 108 C.G.P. CUANTIA SIETE (7) DE CIUDAD KENNEDY-PROPIEDAD 21 DE NOVIEMBRE DE 2017, CON DE DESCONGESTION DE HORIZONTAL FECHA DE EMPLAZAMIENTO KENNEDY HOY JUZGADO

21 DE OCTUBRE DE 2019 VEINTISEIS DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA

MULTIPLE DE LA LOCALIDAD DE KENNEDY

*S1-9-06JUAN JOSE TOCANCHON RINCÓN DEMANDA DE DIVISION MATERIAL PAULA MARCELA TRUJILLO OSORIO JUAN JOSE TOCANCHON RINCÓN FECHA DEL AUTO A NOTIFICAR: TERCERO (03) CIVIL MUNICIPAL 2019-00347.

ARTÍCULO 108 C.G.P. Y/O VENTA DE LA COSA COMUN ADMITIDA AUTO VEINTIDÓS (22) DE ZIPAQUIRA CUNDINAMARCAAGOSTO DEL DOS MIL DIECINUEVE (2019)

Y AUTO VEINTE (20) DE FEBRERO DEL DOS MIL VEINTE (2020)

*S1-10-06GUILLERMO VARGAS RODRIGUEZ EJECUTIVO SINGULAR MINIMA CONJUNTO RESIDENCIAL BOSQUES DE SAN GUILLERMO VARGAS RODRIGUEZ LIBRAN MANDAMIENTO DE PAGO OCHENTA Y CINCO CIVIL 110014003085-

ARTÍCULOS 293 Y 108 C.G.P CUANTIA CARLOS SLR-6 - PROPIEDAD HORIZONTAL 10 DE SEPTIEMBRE DE 2019, CON MUNICIPAL DE BOGOTA 2019-01057-00.FECHA DE EMPLAZAMIENTO TRANSITORIAMENTE JUZGADO

22 DE FEBRERO DE 2020 67 DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIAS MULTIPLES

DE BOGOTA*S1-11-06

ERNESTO ROJAS VERGARA EJECUTIVO SINGULAR MINIMA AGRUPACION DE VIVIENDA ERNESTO ROJAS VERGARA LIBRAN MANDAMIENTO DE PAGO PRIMERO DE PEQUEÑAS CAUSAS 11001-4103-751-ARTÍCULO 293 Y 108 C.G.P CUANTIA FRANCISCO JOSE DE CALDAS- 28 DE ABRIL 2016, Y COMPETENCIA MULTIPLE DE LA 2016-00420-00.

PROPIEDAD HORIZONTAL AUTO QUE ORDENA EL EMPLAZAMIENTO SEDE DESCENTRALIZADA DE 28 DE JUNIO DE 2018 KENNEDY-JUZGADO PRIMERO CIVIL

MUNICIPAL DE DESCONGESTION DE KENNEDY-HOY JUZGADO

VEINTICINCO (25) DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA

MULTIPLE DE LA SEDE DESCENTRALIZADA DE KENNEDY

*S1-12-06CARLOS ALBERTO HERRERA MORA EJECUTIVO SINGULAR MINIMA CONJUNTO RESIDENCIAL BOSQUES DE CARLOS ALBERTO HERRERA MORA LIBRAN MANDAMIENTO DE PAGO SESENTA Y DOS (62) CIVIL 110014003062-

ARTÍCULO 293 Y 108 C.G.P CUANTIA SAN CARLOS SLR6- PROPIEDAD HORIZONTAL 17 DE JULIO 2017 MUNICIPAL DE BOGOTA HOY 2017-00898-00.AUTO QUE ORDENA EL EMPLAZAMIENTO JUZGADO 44 DE PEQUEÑAS

05 DE JULIO DE 2019 CAUSAS Y COMPETENCIA MULTIPLE (ANTES JUZGADO 62 CIVIL

MUNICIPAL DE BOGOTA D.C)*S1-13-06

ALEXANDER ZUÑIGA DELGADO EJECUTIVO SINGULAR MINIMA CONJUNTO RESIDENCIAL BOSQUES DE SAN ALEXANDER ZUÑIGA DELGADO LIBRAN MANDAMIENTO DE PAGO QUINTO CIVIL MUNICIPAL DE 2017-01722 00. ARTÍCULO 293 Y 108 C.G.P CUANTIA CARLOS SLR-6 – PROPIEDAD HORIZONTAL 22 DE FEBRERO DE 2018, CON BOGOTA

FECHA DE EMPLAZAMIENTO 03 DE DICIEMBRE DE 2019

*S1-14-06SE EMPLAZA A LOS ACREEDORES DE LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD LILIANA PATRICIA PEÑALOSA PINTO ALLAN MARKS VASQUEZ CARDENAS FECHA AUTO ADMISORIO: 9 DE FAMILIA DE BOGOTA 2017-01229.LA SOCIEDAD CONYUGAL PARA QUE CONYUGAL 1 DE OCTUBRE 2019

INTERVENGAN EN ESTE PROCESO FECHA QUE ORDENO EMPLAZAR: ARTÍCULO 108 DE C.G.P. 14 DE FEBRERO 2020

*S1-15-06XIMENA MARGARITA JIMENEZ ROLON LIQUIDACIÓN SOCIEDAD CONYUGAL FRANCIS EDUARD SANCHEZ PAMPLONA XIMENA MARGARITA JIMENEZ ROLON AUTO ADMISORIO VEINTE DE FAMILIA DE BOGOTA 2007-01424.

ARTICULO 108 DEL C.G.P. 09 DE AGOSTO-2019 CRA 7 # 12C -23 PISO 6. *M2-2-06

HEREDEROS INDETERMINADOS DEL UNION MARITAL DE HECHO EMILSE MORENO MOSQUERA MAYERLI PASOS SAMORA EL MENOR AUTO ADMISORIO PRIMERO DE FAMILIA EN 2020-329. CAUSANTE GABRIEL PASOS CRUZ GABRIEL SANTIAGO PASOS MORENO Y 6-08- 2020. ORALIDAD BOGOTA.

CONTRA LOS HEREDEROS INDETERMINADOS CARRERA 7 # 12 C-23 DEL CAUSANTE GABRIEL PASOS CRUZ BOGOTA

*M2-6-06GILDARDO OVIEDO VILLARRAGA, EXISTENCIA DE LA UNIÓN MARITAL MIGUEL SERRANO GILDARDO OVIEDO VILLARRAGA, AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA: JUZGADO QUINTO (5) DE 2019-844. RUBIELA OVIEDO VILLARRAGA, DE HECHO Y SOCIEDAD PATRIMONIAL RUBIELA OVIEDO VILLARRAGA, 27 DE SEPTIEMBRE DE 2019 FAMILIA DE BOGOTÁ

EDWIN ARLEX BARAJAS VILLARRAGA Y EDWIN ARLEX BARAJAS VILLARRAGA Y DEMÁS HEREDEROS INDETERMINADOS. DEMÁS HEREDEROS INDETERMINADOS

ARTICULO 108 DEL C.G.P. *C2-1-06

RICARDO AUGUSTO RODRIGUEZ 19.466.952. SUCESION INTESTADA CAUSANTE: ADMISORIO DE LA DEMANDA: 28 DE FAMILIA DE BOGOTÁ D.C. 2019-00479. ARTICULO 108 DEL C.G.P. MARTHA PATRICIA GOMEZ DIAZ 18 DE SEPTIEMBRE 2019 CALLE 14 No.7-36 piso 13

EN BOGOTA D.C. *C2-3-06

JOSE ALEJANDRO VARGAS DELGADO 79.040.332. EJECUTIVO BANCOLOMBIA S.A. JOSE ALEJANDRO VARGAS DELGADO MANDAMIENTO DE PAGO DE TRECE (13) DE PEQUEÑAS 2019-352.ARTÍCULO 108 del C.G.P. C.C. 79.040.332 FECHA 30 DE MAYO DE 2019. CAUSAS Y COMPETENCIA

MULTIPLE DE BOGOTÁ D.C.*V1-4-09

Page 3: 34 E N S clasificados JUdicialEs...36 EL NUEVO SIGLO clasificados JUdicialEs DOMINGO 30 DE AGOSTO DE 2020 EMPLAZATORIOS EDICTO EMPLAZATORIO QUIEN DEBE SER NOTIFICADO PERSO-NALMENTE

clasificados JUdicialEs36 DOMINGO 30 DE AGOSTO DE 2020 EL NUEVO SIGLO

EMPLAZATORIOSEDICTO EMPLAZATORIOQUIEN DEBE SER NOTIFICADO PERSO-NALMENTE(ART. 108 DEL C.G.P.)EMPLAZAMIENTO: Ordenar emplazar a los Herederos Determinados dela señora BEATRIZ ROZO VIUDA DE PIN-ZÓN, señores; PASTORA NIETO ROZO, FLAVIO NIETO ROZO, EFRAIN NIETO ROZO, OLGA EMIRA NIETO ROZO, Y A LOS HEREDEROS INDETERMINADOS DE RAFAEL NIETO ROZO, en su condi-ción de HEREDEROS DETERMINADOS de BEATRIZ ROZO VIUDA DE PINZÓN, así como a sus HEREDEROS INDETER-MINADOS que se crean con derechos sobre el inmueble que a continuación se identifica:IDENTIFICACIÓN DEL PREDIO: INMUE-BLE DENOMINADO EL DESCANSO JUNTO CON SU CASA DE HABITACIÓN EN EL CONSTRUIDA DEL INMUEBLE URBANO IDENTIFICADO CON LA NO-MENCLATURA CARRERA 5 No. 8-01 CALLE 8 No. 4-41 ESQUINA DEL MUNI-CIPIO DE PACHO. EL PREDIO URBANO PRETENDIDO EN USUCAPIÓN POSEE UN ÁREA DE 189 METROS CON 70 CENTÍMETROS CUADRADOS (189.70 MTS2), ÁREA DE CONSTRUCCIÓN DE CIENTO NOVENTA METROS CUADRA-DOS (190 MTS2), SE ENCUENTRA CON Nro. CATASTRAL 01-00-0016-0007-000, Y MATRICULA INMOBILIARIA 170-8602 DEL REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DE PACHO.JUZGADO: PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL DE PACHOPARTE DEMANDANTE: UFRANIO NIETO ROZO C.C. No. 11.519.172PARTE DEMANDANDA: HEREDEROS INDETERMINADOS ROSA ABELLO BUSTOS DE ROZO (Q.E.P.D.) C.C. No. 1.015.189 de Pacho, HEREDEROS INDETERMINADOS DE BEATRIZ ROZO VDA DE PINZÓN (Q.E.P.D.) C.C. No. 20.786.919 y PERSONAS INDETER-MINADAS.NATURALEZA: PERTENENCIARADICACIÓN PROCESO: 2018-00052FECHA AUTO: 30 JULIO DE 2020HAY UN SELLO *P5-4-06

Rama Judicial Consejo Superior de la Ju-dicatura República de Colombia JUZGA-DO VEINTIDOS CIVIL MUNICIPAL Bogotá D.C., trece (13) de julio de dos mil veinte (2020) Ref: Exp. No. 110014003-022-2019-00345-00 Cumplido lo ordenado en auto anterior y que la notificación de los demandados fue infructuosa, se ordena el emplazamiento de Carlos Mario Ramírez Toro y Compañía Llantera SAS conforme al artículo 293 y 108 y su parágrafo 2 del Código General del Proceso, por el interesado inclúyase el

nombre de los emplazados, con indica-ción de la naturaleza del proceso, las partes y el Juzgado en un listado que se deberá publicar por una sola vez. Dicho emplazamiento deberá hacerse el día do-mingo en el periódico EL ESPECTADOR, EL SIGLO O EL TIEMPO o cualquier día en la emisora de amplia escucha, con-forme lo dispone la normativa, inclusive lo dispuesto en el parágrafo segundo del artículo 108 del CGP. Por Secretaría formalícese la inclusión de los emplaza-dos en el Registro Nacional de Personas Emplazadas conforme al inciso 5 del artículo 108 del CGP (Acuerdo PSAA 14-10118 de marzo 4 de 2014, de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura). Notifíquese, CAMILA ANDREA CALDERÓN FONSECA Jueza *R1-7-06

NOTARIASREPUBLICA DE COLOMBIADEPARTAMENTO DEL PUTUMAYONOTARIA UNICA PUERTO ASÍSEDICTOLA NOTARIA UNICA DE PUERTO ASÍS, PUTUMAYOEMPLAZA:A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este EDICTO en el periódico, en el proceso Notarial de Liquidación de Su-cesión Intestada del causante RICARDO DELGADO MONTILLA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 5.298.172 de Puerto Asís, quien falleció en el municipio de Puerto Asís el 20 de enero de 2010, cuyo asiento principal de sus negocios fue el Municipio de Puerto Asís, Departamento del Putumayo, cuyo trámite respectivo se aceptó en esta Notaria mediante Acta No. 024 del 03 de septiembre de 2020. Se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en cualquiera de las emisoras locales de esta ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del decreto 902 de 1988, ordenándose además, su fijación en un lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días.El presente edicto se fija hoy 03 de septiembre de 2020, a las 8:20 a.m.Dra. LIBIA MIREYA OSORIO PATIÑONotaria Unica del Circulo de Puerto AsísSe desfija el presente edicto: ---siendo las--- Dra. LIBIA MIREYA OSORIO PATIÑONotaria Unica del Circulo de Puerto AsísHAY UN SELLO *P1-2-06

REPUBLICA DE COLOMBIADEPARTAMENTO DE SUCRENOTARIA SEGUNDA, SINCELEJOEDICTO EMPLAZATORIOEL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO (2º) DEL CIRCULO DE SINCELEJO (SUCRE)CITA Y EMPLAZAA todas las personas que se sientan con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto, en un periódico amplia

circulación, en el trámite Notarial de Liquidación Sucesoral del causante señor HORACIO RAYO CORRALES, poseedor de la cédula de ciudadanía número 92.514.876, quien falleció en Montenegro el 30 de Mayo de 2020. Aceptando el trámite respectivo en esta Notaria mediante Acta número VEINTI-DÓS (22) del veintiocho (28) del mes de agosto de 2020, se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico amplia circulación y una radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaria, por el término de diez (10) días.El presente se fija hoy 31 de agosto de 2020, a las 7:30 A.M.EVER LUIS FERIA TOVARNotario SegundoHAY UN SELLO *S2-1-06

NOTARIA UNICA DE PACHO – CUNDI-NAMARCAPABLO CUELLAR BENAVIDESNIT 5328839-1NOTARIOEDICTOEl Notario Unico del Circulo de Pacho, Cundinamarca: EMPLAZA: a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite Notarial de la liquidación de la Sucesión Intestada del Causante HEC-TOR EDUARDO CASAS, quien falleció el Municipio de Pacho, Cundinamarca, el nueve (09) de Mayo de dos mil die-cinueve (2.019), fecha hasta la cual se identificó con cédula de ciudadanía 402.559 de Supatá, Cundinamarca, cuyo último domicilio y/o asiento principal de sus negocios fue el Municipio de Supatá, Cundinamarca.Aceptado el trámite respectivo en esta Notaria mediante Acta Número CERO DIECISIETE (0017) del Trece ((13) de Agosto de dos mil veinte (2.020), se ordena la fijación del presente EDICTO en lugar visible de la Notaria por el tér-mino de diez (10) dias y su publicación en un medio masivo escrito (Nuevo Siglo, La República, El Tiempo) y en la radiodifusora de la misma localidad (la cual deberá surtirse el día domingo), en cumplimiento a lo dispuesto por el Articulo 3° del Decreto 902 de 1.988, en concordancia con el articulo 318 del Código de Procedimiento Civil, modifica-do por la ley 794 de 2.003, articulo 30. El presente EDICTO se fija hoy catorce (14) de Agosto de dos mil veinte (2.020) a la hora de las nueve de la mañana (9:00 a. m.)NOTARIO UNICO,PABLO CUELLAR BENAVIDESHAY UN SELLO *P5-1-06R

NOTARIA UNICA DE PACHO – CUNDI-NAMARCAPABLO CUELLAR BENAVIDESNIT 5328839-1NOTARIOEDICTO

El Notario Único del Circulo de Pacho, Cundinamarca: EMPLAZA: a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite Notarial de la liquidación de la Sucesión Doble e Intestada de los Causantes MARÍA DE LOS ANGELES PA-CHÓN DE AREVALO, quien falleció en el Municipio de Villagómez, Cundinamarca, el dieciocho (18) de Septiembre de dos mil catorce (2.014), fecha hasta la cual se identificó con cédula de ciudadanía 20 799.839 de Villagómez Cundinamar-ca y JOSÉ DE JESÚS AREVALO, quien falleció en el Municipio de Villagómez, Cundinamarca, el veintisiete (27) de fe-brero de dos mil dieciséis (2016), fecha hasta la cual se identificó con cédula de ciudadanía 341.354 de Villagómez, Cundinamarca, cuyo último domicilio y/o asiento principal de sus negocios fue en el Municipio de Pacho, Cundinamarca.Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta Número CERO VEINTICUATRO (0024) del dos (02) de Septiembre de dos mil veinte (2.020), se ordena la fijación del presente EDICTO en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días y su publicación en un medio masivo escrito (Nuevo Siglo, La República, El Tiempo) y en la radiodifuso-ra de la misma localidad (la cual deberá surtirse el dia domingo), en cumplimien-to a lo dispuesto por el Artículo 3° del Decreto 902 de 1.988; en concordancia con el artículo 318 del Código de Proce-dimiento Civil, modificado por la ley 794 de 2.003, artículo 30. El presente EDICTO se fija hoy tres (03) de Septiembre de dos mil veinte (2.020) a la hora de las ocho de la mañana (8:00a.m.).NOTARIO ÚNICO,PABLO CUELLAR BENAVIDESHAY UN SELLO *P5-2-06

NOTARIA UNICA DE PACHO – CUNDI-NAMARCAPABLO CUELLAR BENAVIDESNIT 5328839-1NOTARIOEDICTOEl Notario Único del Circulo de Pacho, Cundinamarca: EMPLAZA: a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite Notarial de la liquidación de la Sucesión Intestada de la Causante MARÍA EDILMA MARTINEZ ROMERO, quien falleció en la ciudad de Bogotá D.C., el veintiocho (28) de Abril de dos mil diecinueve (2.019), fecha hasta la cual se identificó con cédula de ciudada-nía 20.787.607 de Pacho Cundinamarca, cuyo último domicilio y/o asiento princi-pal de sus negocios fue en el Municipio de Pacho, Cundinamarca.Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta Número CERO VEINTITRES (0023) del dos (02) de Septiembre de dos mil veinte (2.020), se ordena la fijación del presente EDICTO en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días y su publicación en un medio masivo escrito (Nuevo Siglo, La

República, El Tiempo) y en la radiodifuso-ra de la misma localidad (la cual deberá surtirse el dia domingo), en cumplimien-to a lo dispuesto por el Artículo 3° del Decreto 902 de 1.988; en concordancia con el artículo 318 del Código de Proce-dimiento Civil, modificado por la ley 794 de 2.003, artículo 30. El presente EDICTO se fija hoy tres (03) de Septiembre de dos mil veinte (2.020) a la hora de las ocho de la mañana (8:00a.m.).NOTARIO ÚNICO,PABLO CUELLAR BENAVIDESHAY UN SELLO *P5-3-06

EDICTO EL NOTARIO SEGUNDO DEL CIRCULO DE CHIA (CUNDINAMARCA) ENCARGADO EMPLAZA: A todas las personas que se crean con el derecho de intervenir en el trámite de liquidación notarial de la sucesión INTESTADA del causante MOISES IVAN CORREA OSPINA, quien en vida se iden-tificó con la cedula de ciudadanía núme-ros 15.375.739 expedida en La Ceja; fallecido el dia TREINTA (30) DE ABRIL DE DOS MIL DIECINUEVE (2019) en el municipio de Chía (Cundinamarca), lugar donde fue su último domicilio y asiento principal de sus negocios, para que se presenten a hacer valer sus derechos, dentro de los Diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en un periódico de amplia circulación y la emisora LUNA STEREO, aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta Número CERO TREINTA Y SEIS (036) de fecha veintiséis (26) de agosto de dos mil veinte (2.020).Para efectos del articulo 490 Código General del Proceso y del numeral 2º del Artículo 3º del Decreto 902 de 1.988, modificado por el decreto 1729 de 1.989, se ordena fijar el presente EDICTO en un lugar público y visible de la Secretaría dela Notaría, por el término de Diez (10) días. Hoy a los veintiséis (26) días del mes de agosto de dos mil veinte (2020) LUIS ALEXANDER ARIAS BETANCOURTNOTARIO SEGUNDO DEL CIRCULO DE CHIA CUNDINAMARCA (E) Según Resolución No. 05676 de fecha 16 de julio de 2020 emitida por la S.N.R.HAY UN SELLO *CH1-1-06

NOTARIA 65 DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C.Dr. AUGUSTO CONTI NIT: 19.194.168-1 EDICTO EL NOTARIO SESENTA Y CINCO (65)DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. HACE SABER: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente EDICTO en periódico de amplia circulación nacional, en el trámite notarial de Liquidación de Herencia del causante MIGUEL ULISES MARTIN PARDO identificado con la cédula de ciudadanía No. 19.472.863, quien tuvo su último domicilio y asiento

principal de sus negocios en la ciudad de Bogotá, habiendo fallecido el siete (07) de mayo de dos mil diecinueve (2019) en la ciudad de Bogotá D.C.Aceptado el trámite respectivo en esta Notaria, mediante Acta número CERO CUARENTA Y SIETE (047 I) de fecha treinta y uno (31) de Agosto de dos mil veinte (2020) se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de amplia circulación y en una radiodifusora de Bogotá, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3o. del Decreto 902 de mil novecientos ochenta y ocho (1988), ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles. El presente EDICTO se fija hoy primero (1o) de Septiembre de dos mil veinte (2020) a las ocho de la mañana (8:00 a.m.).JOHN MARCEL BARRAGAN PINZON NOTARIO SESENTA Y CINCO ( 65 ) ENCARGADO DEL CIRCULO DE BOGO-TÁ D.C. HAY UN SELLO *R2-1-06

REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTA-MENTO DE ARAUCA MUNICIPIO DE ARAUCA NOTARIA UNICA DEL CÍRCULO DE ARAUCANIT. 17580629-1 EDICTO EL NOTARIO UNICO DEL CÍRCU-LO DE ARAUCA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derechos a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico, en el trámite notarial de liquidación sucesoral del señor (a) MIL-CIADES GUANARE quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 6.610.823 DE PUERTO RONDON. quien falleció la ciudad de ARAUCA-ARAUCA el día 24 DE NOVIEMBRE DE 2006, cuyo último domicilio y asiento principal de los negocios fue la ciudad de Arauca, Departamento de Arauca, Aceptado el trámite respectivo en esta Notaria, mediante Acta número 019 de fecha 01 de Septiembre de 2020, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de alta circulación Nacional y se difunda en una radiodifusora local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3º del decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días hábiles.El presente edicto se fija hoy primero (01) de Septiembre de dos mil veinte (2020), siendo las 2:00 P.M. PAOLA CASTELLANOS HERRERA Notaria Encargada.HAY UN SELLO *C4-1-06

REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTA-MENTO DE ARAUCA MUNICIPIO DE ARAUQUITA NOTARIA UNICA DEL CRCULO DE ARAUQUITA NIT. 24.242.454-6 EDICTO

Dando cumplimiento al paragrafo 2o artículo 108 del código general del proceso, los emplazamientos se mantendran publicados en la web: www.elnuevosiglo.com.co durante el termino del emplazamiento, el cual se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado.Si el emplazado no comparece , se le designará Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación”

Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 318 C.P.C.Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 108 C.G.P.

Nombre de la Cédula y/o Nit Naturaleza del proceso Parte demandante Parte demandada Fecha auto Juzgado No radicaciónpersona citada del citado expediente

JOHANNY GUZMAN FORERO y EJECUTIVO SINGULAR MIGUEL ANGEL GARCIA PINEDA JOHANNY GUZMAN FORERO y MANDAMIENTO DE PAGO 56 DE PEQUENAS CAUSAS Y 110014003074.MARLIA YINA CORDOBA MENDEZ MARLIA YINA CORDOBA MENDEZ 25 FEBRERO DE 2019 y COMPETENCIA MULTIPLE DE 20190005900.

ARTICULO 108 C.G.P. 10 DE JUNIO DE 2019 BOGOTA D.C. [email protected]

*V1-8-06AMBIENTES E INVERSIONES S.A.S. ORDINARIO LABORAL DE PRIMERA EDWIN ALFREDO HIGUERA BUSTOS AMBIENTE E INVERSIONES S.A.S. FECHA DE AUTO ADMISORIO: 14 LABORAL DEL CIRCUITO 110013105014.

y en aplicación a lo previsto en el INSTANCIA 14 DICIEMBRE 2016 DE BOGOTÁ 20160067900. num. 7 art 48 del CGP en concordancia FECHA MANDAMIENTO DE PAGO:

con el articulo 29 del CPT y SS. 17 MAYO 2019 ORDENA EMPLAZAR nombrese como CURADOR AD LITEM Y NOMBRA CURADOR de la citada demandada, al abogado

ALCIDES PORTES TORRES. ARTÍCULO 108 C.G.P.

*R1-1-06PENSIONES Y CESANTIAS ORDINARIO LABORAL DE PRIMERA MARTHA PATRICIA MEDELLIN TORRES COLFONDOS PENSIONES Y CESANTÍAS – FECHA DE AUTO ADMISORIO: DIECINUEVE LABORAL DEL 110013105019.

COLFONDOS S.A INSTANCIA COLPENSIONES 21 DE OCTUBRE DE 2019 CIRCUITO DE BOGOTÁ 20190070700. ARTÍCULO 108 C.G.P.

*R1-2-06GIMNASIO CECIL REDDIE CEZAB S.A.S. ORDINARIO LABORAL ANA LEONOR SANINT HOYOS GIMNASIO CECIL REDDIE CEZAB S.A.S. AUTO ADMISORIO: 39 LABORAL DEL CIRCUITO 110013105039.

Y ADRIANA PINILLA LOPEZ Y ADRIANA PINILLA LOPEZ 08 DE MAYO / 2019 DE BOGOTA D.C. 20180057400.ARTÍCULO 108 C.G.P.

*R1-11-06

Page 4: 34 E N S clasificados JUdicialEs...36 EL NUEVO SIGLO clasificados JUdicialEs DOMINGO 30 DE AGOSTO DE 2020 EMPLAZATORIOS EDICTO EMPLAZATORIO QUIEN DEBE SER NOTIFICADO PERSO-NALMENTE

clasificados JUdicialEs 37DOMINGO 30 DE AGOSTO DE 2020 EL NUEVO SIGLO

EL NOTARIO UNICO DEL CÍRCULO DE ARAUQUITA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derechos a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico, en el trámite notarial de liquidación sucesoral de (a) (los) causante (s) MARÍA CECILIA MATEUS CASTILLO DE ARIZA, quien en vida se identificara con la cédula de ciudadanía número 28.440.378 de Sucre, Santander, quien falleció en el Municipio de Saravena, Arauca, dia 27 de diciembre de 2019 y RAMIRO ARIZA ROJAS, quien en vida se identificara con la cédula de ciudadanía número 5.772.714 expedida en Sucre, San-tander, quien falleció en Floridablanca, Santander, , dia 16 de enero de 2020 cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue el Municipio de Arauquita, Departamento de Arauca. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaria, mediante Acta número 15 de fecha 2 de septiembre del año 2020, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de circulación Nacional y se difunda en una radiodifusora la Voz del Cinaruco, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3o del decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días hábiles. El presente edicto se fija hoy dos (2) del mes de septiembre del año dos mil vein-te (2020), siendo las 11:00 horas del día. ROCIO ROMERO BARRIOS Notaria Única del Círculo de Arauquita HAY UN SELLO *C4-2-06

EDICTO EMPLAZATORIOEl Notario Cuarenta y Ocho (48) ( E ) de Bogotá, como lo disponen los Decretos 902 de 1.988 y 1729 de 1.989,CITA Y EMPLAZAA todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la sucesión de FAGINE MEJIA ZABALA fallecida (os) en la ciudad de Bogotá D.C., el día 01 de febrero de 2019, siendo su(s) último(s) domicilio(s) la ciudad de Bogotá D.C. quien(es) se identificó (aron) en vida con C.C. No. 20.936.012 de Soacha.La tramitación de esta SUCESIÓN, fue por personas con probado interés jurídico, y su trámite y documentación anexa fueron aceptados y radicados en esta Notaria.Para efectos señalados en la ley, se FIJA el presente EDICTO EMPLAZATORIO en lugar público de la Notaria, por el término de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES, y se entregan dos ejemplares del mismo al (a la) (a los) interesados (a) (s) para su publicación, en un periódico de amplia circulación nacional y en una radiodifusora.Dentro del término del EMPLAZAMIEN-TO, pueden cualesquiera otros interesa-dos ejercer su derecho de oposición al trámite notarial en referencia, o hacerse parte en él, en los términos de ley, si les asiste derecho legítimo para hacerlo y hubiere acuerdo con los demás herede-ros o interesados.Bogotá D.C. 18 de agosto de 2020Hora: 09:00 AMNOTARIO CUARENTA Y OCHO (48) DE BOGOTÁ D.C. ( E )ANYELO MAURICIO GUTIERREZ BER-NALResolución 6202 del 04 de agosto de 2020HAY UN SELLO *U1-4-06

NOTARIA 40 DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C.VICTORIA C. SAAVEDRA S.NOTARIAEDICTOLA NOTARIA CUARENTA (40) DEL CIR-CULO DE BOGOTÁ D.C.HACE SABERA todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en un periódico de circulación nacional en el trámite notarial

de Liquidación Sucesoral Intestada del causante ALIRIO ARTURO DE LA ROSA ROSERO, quien falleció en Bogotá D.C., el veinticuatro (24) de marzo de dos mil veinte (2020), siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D.C., ADMITIDO el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta número Cero Treinta y Seis (036) del Catorce (14) de agosto de dos mil veinte (2020).Se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de circulación nacional y en una radiodifusora de Bogotá, en cum-plimiento de lo dispuesto por el artículo Tercero (3º) del Decreto novecientos dos (902) de mil novecientos ochenta y ocho (1988) ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días.El presente EDICTO se fija hoy dieciocho (18) de agosto de dos mil veinte (2020) a las nueve (9:00) de la mañana.NELCY ESPERANZA LOPEZ PAEZNOTARIA CUARENTA (40) DE BOGOTÁ D.C. ENCARGADAHAY UN SELLO *H1-1-06

REPUBLICA DE COLOMBIA NOTARIA CINCUENTA Y TRES (53) DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C. JUAN FERNANDO TOLOSA SUAREZ Notario EDICIO. N° 051 EL SUSCRITO NOTARIO CINCUENTA Y TRES DEL CÍRCULO DE BOGOTA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite de la sucesión de CARLOS JULIO ROA ZUBIETA, quien se identificó con la ce-dula de ciudadanía número 17.115.120 expedida en Bogotá D.C., fallecido en Soacha, Cundinamarca, el Once (11) de Julio del año dos mil dieciocho (2018), siendo su ultimo domicilio y el asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D.C. El trámite respectivo fue aceptado por esta Notaría mediante Acta No. 051 de fecha veintiséis (26) de Agosto del año dos mil veinte (2.020), en la cual se autorizó la publicación de este Edicto en un periódico de circulación nacional y en una emisora de reconocida sintonía de Bogotá, D.C., en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 3° del Decreto 902 de 1.988; ordenándose además, su fijación en lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días. Si después de publicado este Edicto no se hubiere formulado oposición por algún interesado, se continuará el trámite y el notario procederá a extender la escritura pública correspondiente. En cumplimiento de lo anterior se fija el presente, EDICTO en lugar público de la Notaría, hoy veintiséis (26) de Agosto de dos mil veinte (2020), siendo las 8:00 a.m. CAROLINA PINILLA SOLER Notaria 53 Encargada del Círculo de Bogotá D.C. Resolución No. 6405 del 12 de Agosto de 2020 HAY UN SELLO *H1-2-06

NOTARIA 80 Aeropuerto Internacional El Dorado Carlos Abed Toro Ortiz EDICTO - SUCESIÓN 24 EL NOTARIO OCHENTA (80) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C., DE CONFORMIDAD CON EL NUMERAL 2° DEL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO LEY 902 DE 1.988 EMPLAZA REF: LIQUIDACIÓN DE LA SUCESIÓN INTESTADA DE LOS CAUSANTES JOSÉ JOAQUÍN BERNAL MORCOTE Y LEONOR AMORTEGUI DE BERNAL A todas las personas que crean y puedan tener derecho a intervenir en la sucesión intestada de los causantes JOSÉ JOAQUÍN BERNAL MORCOTE Y LEONOR AMORTEGUI DE BERNAL, quienes en vida se identificaban con cé-dulas de ciudadanía número 19.079.364 y 41.642.655 expedidas en Bogotá D.C., respectivamente, fallecidos el día die-cinueve (19) de febrero del año dos mil dieciséis (2016) él, y el día nueve (09) de mayo del año dos mil catorce (2014)

ella, en la ciudad de Bogotá D.C. siendo está ciudad el último domicilio y asiento principal de sus negocios, para que lo hagan dentro de los diez (10) primeros días hábiles siguientes a la última pu-blicación de este edicto en los distintos medios ante este despacho, situado en la Avenida Calle 26 No. 103- 9 Local GTH22420, Aeropuerto - Internacional El Dorado de Bogotá, D.C., cuyo trámite herencial se inició con el ACTA NÚMERO 24 de fecha veintisiete (27) de agosto del año dos mil veinte (2020). Se fija este Edicto en lugar público de la Notaría, el veintiocho (28) de agosto del año dos mil veinte (2020) a las 8:00 A.M CARLOS ABED TORO ORTIZ NOTARIO OCHENTA (80) DEL CIRCULO NOTARIAL DE LA CIUDAD BOGOTÁ D.C., NOMBRADO EN INTERINIDAD NOTARÍA UBICADA EN EL AEROPUERTO INTERNACIONAL EL DORADO “LUIS CARLOS GALÁN SARMIENTO”HAY UN SELLO *S1-1-06

NOTARIA 65 DEL CÍRCULO DE BOGOTA Dr. AUGUSTO CONTI NIT: 19.194.168-1 EDICTO EL NOTARIO SESENTA Y CINCO (65) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. HACE SABER: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente EDICTO en periódico de amplia circula-ción nacional, en el trámite notarial de Liquidación de Herencia de la causante ANA JAEL OTALORA DE APARICIO, identificada en vida con la cédula de ciudadanía número 41.364.078 quien tuvo su último domicilio y asiento prin-cipal de sus negocios en la ciudad de Bogotá donde falleció el día veinticinco (25) de mayo de dos mil catorce (2014). Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta número CERO CUARENTA Y OCHO I (048 I) de fecha treinta y uno (31) de agosto de dos mil veinte (2020) se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de amplia circulación y en una radiodifusora de Bogotá, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3o. del Decreto 902 de mil novecientos ochenta y ocho (1988), ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles. El presente EDICTO se fija hoy primero (01) de septiembre de dos mil veinte (2020) a las ocho de la mañana (8:00 a.m.). JOHN MARCEL BARRAGAN PINZON NOTARIO SESENTA Y CINCO (65) ENCARGADO DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. HAY UN SELLO *C2-4-06

REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTA-MENTO DE CUNDINAMARCA NOTARIA UNICA DEL CÍRCULO DE TABIO EDICTO EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍR-CULO DE TABIO CUNDINAMARCA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente EDICTO, en un periódico y en una radiodifusora, en el trámite notarial de liquidación sucesoral del causante: LUIS ALBERTO MARTINEZ SANTOS, identifi-cado en vida con la cédula de ciudadanía número 19.145.078 de Bogotá, D.C., fallecido en la ciudad de Bogotá, D.C., el día siete (7) de Septiembre de dos mil diecinueve (2019), cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue el municipio de Tabio - Cundinamarca. Aceptado el trámite respectivo en esta notaria, mediante acta número sesenta y cinco (65) de fecha Doce (12) de Agosto de dos mil veinte (2020), se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico y en una radiodifusora de am-plia circulación, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaria, por el término de diez (10) días hábiles. El presente EDICTO se fija el trece (13) de Agosto de dos mil veinte (2020) a las siete y treinta de la mañana (7:30

A.M.). NESTOR OMAR MARTINEZ MELO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE TABIO *V1-1-06

NOTARÍA ÚNICA DE AGUAZUL EDICTO EL NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE AGUAZUL CASANARE EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico, en el trámite notarial de liquidación sucesoral del causante FLORENTINO CASTAÑEDA, quien se identificaba con la cédula No. 4.294.582 de Aguazul, quien falleció en AGUAZUL CASANARE, el día 25 DE JUNIO DE 1996, cuyo último domicilio fue la ciudad de AGUAZUL - CASANARE, donde tenía el asiento principal de sus negocios.- Aceptado el trámite respec-tivo en esta Notaría, mediante Acta No. 042 / de fecha 03 SEP 2020, se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de amplia circulación nacional y en una radio difusora, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del De-creto 902 de 1.988, ordenase además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles. El presente EDICTO se publica hoy: 03 SEP 2020 ORFILO GONZALEZ CRISTANCHO Notario Único de Aguazul HAY UN SELLO *V1-2-06

NOTARÍA ÚNICA DE AGUAZUL EDICTO EL NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE AGUAZUL CASANARE EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite notarial de liquidación sucesoral del causante GLORIA MARIA LOMBANA, quien se identificaba con la cédula No C.C 23.739.442, quien falleció en la ciudad de Bogotá D.C el 17 de octubre de 2017, quien tuvo su ultima residencia y asiento principal de sus negocios la ciudad de Aguazul., donde tenía el asiento principal de sus negocios.- Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta No. 041 / de fecha 03 SEP 2020 se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de amplia circulación nacional y en una radio difusora, en cum-plimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1.988, ordenase además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles. El presente EDICTO se publica hoy: 03 SEP 2020 ORFILO GONZALEZ CRISTANCHO Notario Unico de Aguazul. HAY UN SELLO *V1-3-06

NOTARIA SESENTA Y OCHO DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C. CÓDIGO 1100100068 SUPERNOTARIADO EDIC-TO EMPLAZATORIO EL NOTARIO SE-SENTA Y OCHO (68) DEL CIRCULO DE BOGOTA EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la liquidación Notarial de la herencia intestada de la causante MARIA CONCEPCION GOMEZ PELAYO, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 41.416.503 expedida en Bogotá, quien falleció en el Municipio de Soacha - Cundinamarca el día dieciocho (18) de Diciembre del año dos mil dieciocho (2018), siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá. La solicitud y documentos de que trata el decreto 902 de 1.988 fueron presen-tados el día diecinueve (19) de Junio del año dos mil veinte (2020) y aceptado el trámite por el Notario, mediante acta número cincuenta y tres (53) de fecha veintitrés (23) de Junio del año dos mil veinte (2020). Para efectos del Articulo 2 decreto 902 de 1988, modificado por el Articulo 3 del decreto 1729 de 1989 publíquese este EDICTO en un periódico de reconocida circulación de esta ciudad y en una radiodifusora de la misma. Se fija el presente EDICTO en lugar público de la secretaria de esta Notaría por el término legal de Diez (10) días. Hoy

veinticuatro (24) de Junio del año dos mil veinte (2020) siendo las diez de la mañana (10:00 AM). ASTRID DOLORES BELTRAN VARGAS NOTARIO SESENTA Y OCHO (68) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. - ENCARGADA HAY UN SELLO *S1-5-06

Notaría 60 Henry Cadena Franco EDICTO LA NOTARIA SESENTA DEL CIRCULO DE BOGOTA D. C. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto 2817 de 2006 CITA Y EMPLAZA: A todas las personas que tengan interés para oponerse a la constitución del Patrimonio de Familia Inembargable voluntario por ser lesivo de sus derechos como acreedores de la señora GLORIA INÉS JUNCA PINZÓN, identificada con cedula de ciudadanía 41.554.762, de estado civil soltera sin unión marital de hecho, patrimonio que será constituido en favor suyo en el inmueble ubicado en la KR 54B # 128 - 39 IN 8 Apartamento 101 Bloque 4, identificado con el folio de matrícula inmobiliaria número 50N-507441. Las oposiciones deben hacerse valer ante este despacho situado en la calle 161 n° 16 A 32 de Bogotá D.C., dentro de los quince (15) días hábiles subsiguientes al de la publicación de este edicto en los distintos medios que ordena la ley. Con la finalidad de su publicación, se fija este edicto en la cartelera dispuesta para el conocimiento del público que acude a la Notaria, el tres (03) de septiembre de dos mil veinte (2020), a las ocho de la mañana (08:00 a. m.). CARLOS ALEJANDRO TREJO ALMEIDA NOTARIO 60. (E) DEL CIRCULO DE BOGOTA. HAY UN SELLO *S1-6-06

REPUBLICA DE COLOMBIA NOTARIA CINCUENTA Y TRES (53) DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C. JUAN FERNANDO TOLOSA SUAREZ Notario EDICTO N° 049 EL SUSCRITO NOTARIO CINCUENTA Y TRES DEL CÍRCULO DE BOGOTA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite de la sucesión de HERNANDO ADRIANO CAMARGO CORREAL, quien se identificó con la cedula de ciudadanía número 3.092.865 expedida en Madrid Cundinamarca., fallecido en Bogotá D.C., Cundinamarca., el Ocho (8) de Marzo del año dos mil diecinueve (2019), siendo su ultimo domicilio y el asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D.C. El trámite respectivo fue aceptado por esta Notaría mediante Acta N°. 049 De fecha dieciocho (18) de Agosto del año dos mil veinte (2.020), en la cual se autorizó la publicación de este Edicto en un periódico de circulación nacional y en una emisora de reconocida sintonía de Bogotá, D.C., en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 3º del Decreto 902 de 1.988; ordenándose además, su fijación en lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días. Si después de publicado este Edicto no se hubiere formulado oposición por algún interesado, se continuará el trámite y el notario procederá a extender la escritura pública correspondiente. En cumplimiento de lo anterior se fija el presente EDICTO en lugar público de la Notaria, hoy dieciocho (18) de Agosto de dos mil veinte (2020), siendo las 8:00 a.m. CAROLINA PINILLA SOLER Notaria 53 Encargada del Círculo de Bogotá D.C. Resolución No. 6405 del 12 de Agosto de 2020 HAY UN SELLO *S1-7-06

EDICTO El suscrito Notario Cuarenta y Uno (41) Encargado del Círculo de Bogo-tá D.C., EMPLAZA a todas las personas que se crean con derecho a intervenir en el trámite notarial de LIQUIDACION DE HERENCIA POR CAUSA DE MUERTE de la causante MARTHA CECILIA BERNAL MUÑOZ, identificada en vida con la cé-dula de ciudadanía número 66.809.087 expedida en Cali., quien falleció el diecinueve (19) de diciembre de dos

mil quince (2.015) teniendo su último domicilio y asiento principal de negocios en la ciudad de Bogotá, Distrito Capital, (Departamento de Cundinamarca). Me-diante Acta Inicial cero tres uno I /dos mil veinte (031 I/2020) del veintiocho (28) de agosto de dos mil veinte (2020), donde se aprobó el trámite, se ordenó publicar este EDICTO por una vez en un periódico de circulación Nacional; difundirlo igualmente a través de una emisora Local y; fijarlo por el término de DIEZ (10) DIAS en sitio visible de la Notaria. El presente EDICTO se fija a las nueve de la mañana (9:00 a.m.) del día treinta y uno (31) de agosto de dos mil veinte (2020). Conforme a la resolución 06034 del 31 de julio de 2020 de la Supernotariado EL NOTARIO (E) MARIO ALBEIRO MOLINA DÍAZ Notario 41 encargado Resolución 06002 del 29 de Julio de 2020 de la Supernotariado. Acta de Posesión 658/2020. HAY UN SELLO *C2-5-06

EL SUSCRITO NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE FUNZA (CUND.) EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en ésta notaría, en el Trámite Notarial de la Liquidación de la sucesión del causante el señor JHONATAN CAMILO MONDRAGON GUTIERREZ, quien se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía No. 1.073.246.156 DE MOSQUERA, cuyo último asiento principal de sus negocios fue el Municipio de Funza (Cund.), quien falleció en Tenjo - Cundinamarca, el día cinco (05) de Diciembre del año dos mil diecinueve (2019). Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante ACTA No. 26 del DOS (2) del mes de SEPTIEMBRE del año Dos Mil VEINTE (2020), se ordena la publicación del presente Edicto y se publique en el periódico EL DIARIO EL ESPECTADOR, EL NUEVO SIGLO O LA REPUBLICA y en la EMISORA CORRESPONDIENTE. En cum-plimiento a lo dispuesto en el Artículo 3° del Decreto 902 DE 1.988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy, DOS (2) del mes de SEPTIEMBRE del año Dos Mil VEINTE (2020), siendo las OCHO DE LA MAÑANA (8:00 A.M.) LUIS GERMAN BOLIVAR SABOGAL NOTARIO *R1-3-06

EL SUSCRITO NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE FUNZA (CUND.) EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en ésta notaría, en el Trámite Notarial de la Liquidación de los causantes los señores RAFAEL CASTIBLANCO MIRANDA, quien se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía No. 170.723 DE BOGOTA D.C., cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue el Muni-cipio de Funza (Cund.), quien falleció en Bogotá D.C., el día 15 de abril de 2000 y HORTENSIA ALDANA DE CASTILLO, quien se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía No. 21.155.398 DE ZIPACON, cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue el Municipio de Funza (Cund.), quien falleció en la Mesa - Cundinamarca, el día 19 de marzo de 1980. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante ACTA No. 25 del DOS (2) del mes de SEPTIEMBRE del año Dos Mil VEINTE (2020), se ordena la publicación del presente Edicto y se publique en el periódico EL DIARIO EL ESPECTADOR, EL NUEVO SIGLO O LA REPUBLICA y en la EMISORA CORRESPONDIENTE. En cum-plimiento a lo dispuesto en el Artículo 3° del Decreto 902 DE 1.988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy, DOS (2) del mes de SEPTIEMBRE del año Dos Mil

Page 5: 34 E N S clasificados JUdicialEs...36 EL NUEVO SIGLO clasificados JUdicialEs DOMINGO 30 DE AGOSTO DE 2020 EMPLAZATORIOS EDICTO EMPLAZATORIO QUIEN DEBE SER NOTIFICADO PERSO-NALMENTE

clasificados JUdicialEs38 DOMINGO 6 DE SEPTIEMBRE DE 2020 EL NUEVO SIGLO

VEINTE (2020), siendo las OCHO DE LA MAÑANA (8:00 A.M.) LUIS GERMAN BOLIVAR SABOGAL NOTARIO. HAY UN SELLO *R1-4-06

EL SUSCRITO NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE FUNZA (CUND.) EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en ésta notaría, en el Trámite Notarial de la Liquidación de la sucesión del causante el señor RICARDO IVAN MEDINA GONZALEZ, quien se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía No. 1.032.452.795, cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue el Municipio de Funza (Cund.), quien falleció en Bogotá D.C., el día 06 de junio de 2020. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante ACTA No. 27 del TRES (3) del mes de SEPTIEMBRE del año Dos Mil VEINTE (2020), se ordena la publicación del presente Edicto y se publique en el periódico EL DIARIO EL ESPECTADOR, EL NUEVO SIGLO O LA REPUBLICA y en la EMISORA CORRESPONDIENTE. En cum-plimiento a lo dispuesto en el Artículo 3° del Decreto 902 DE 1.988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy, TRES (3) del mes de SEPTIEMBRE del año Dos Mil VEINTE (2020), siendo las OCHO DE LA MAÑANA (8:00 A.M.) LUIS GERMAN BOLIVAR SABOGAL NOTARIOHAY UN SELLO *R1-5-06

EL SUSCRITO NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE FUNZA (CUND.) EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en ésta notaría, en el Trámite Notarial de la Liquidación de la sucesión del causante el señor HUGO PAEZ GOMEZ, quien se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía No. 5.761.438 DE SOCORRO, cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue el Municipio de Funza (Cund.), quien falleció en Bogotá D.C., el día 28 de julio de 2017. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante ACTA No. 24 del DOS (2) del mes de SEPTIEMBRE del año Dos Mil VEINTE (2020), se ordena la publicación del presente Edicto y se publique en el periódico EL DIARIO EL ESPECTADOR, EL NUEVO SIGLO O LA REPUBLICA y en la EMISORA CORRESPONDIENTE. En cum-plimiento a lo dispuesto en el Artículo 3° del Decreto 902 DE 1.988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy, DOS (2) del mes de SEPTIEMBRE del año Dos Mil VEINTE (2020), siendo las OCHO DE LA MAÑANA (8:00 A.M.) LUIS GERMAN BOLIVAR SABOGAL NOTARIOHAY UN SELLO *R1-6-06

NOTARIA SEPTIMA (7ª) DE BOGOTA D.C. CALLE 12 B No. 8-39 INT 3,6 Y 7 TEL. 282 65 65 EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en un periódico, en el trámite de la liquidación Sucesoral de MARIA GRICELDA ROMERO DE BARRETO, quien se identificó en vida con la cedula de ciudadanía número 20.331.929 y falleció el día 24 del mes de MARZO del año 2016 en la ciudad de Bogotá, siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios en esta ciudad Aceptando el trámite Sucesoral en esta Notaria me-diante acta número 208 de fecha treinta y uno (31) de agosto del año dos mil veinte (2020): se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico y en una radiodifusora de Bogotá D.C. en cum-plimiento de lo dispuesto en el Artículo tercero (3o) del Decreto Novecientos dos (902) de Mil Novecientos ochenta y ocho (1.988) ordenándose además su

fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy treinta y uno (31) de agosto de dos mil veinte (2020), a las nueve (09:00 a.m) de la mañana. JOSE NIRIO CIFUENTES MORALES NOTARIO SEPTIMO (7°) ENCARGADO DEL CIRCU-LO DE BOGOTÁ, D.C RESOLUCIÓN 5899 DE FECHA 27 DE JULIO DE 2020 HAY UN SELLO *M2-1-06

NOTARÍA CUARTA (4ª) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. CARRERA 8 N° 17-30 TELÉFONOS: 7519617 -7519602 EDICTO EMPLAZA: Por el Término de Diez (10) Días a Todas las personas que se consideren con Derecho a Intervenir en el Trámite de la LIQUIDACION DE LA HERENCIA del señor MARCOS GARNICA GONZALEZ quien se identificaba con Cé-dula de Ciudadanía Número 79.290.227. Quien Falleció en BOGOTÁ D.C., COLOM-BIA el Día Dos (02) de Diciembre del año Dos Mil Diecisiete (2017) y Siendo la Ciudad de Bogotá D.C. el Lugar de su último Domicilio y Asiento Principal de sus Negocios. Igualmente se informa que fue Aceptado el Trámite Respectivo de la LIQUIDACION DE LA HERENCIA en esta Notaría Mediante Acta Mediante Acta Número ciento Veintiuno (121) del Día tres (03) del Mes de Septiembre del Año Dos Mil Veinte (2020). Se Ordena la Publicación del Presente EDICTO en un Periódico de Amplia Circulación Nacional y en una Radiodifusora de Audición Local. En Cumplimiento de lo previsto en el Artículo Tercero (3°) del Decreto Ley 902 de 1988. Ordénese Además su Fijación en un lugar Visible de la Notaría por el Término de Diez (10) Días. El Presente EDICTO se Fija Hoy tres (03) del mes de Septiembre del Año Dos Mil Veinte (2020). EDUARDO MONGUI ORTIZ NOTARIO CUARTO (4°) ENCAR-GADO DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. Quien firma designado por Resoludion N°6823 del 27 de Agosto del año 2020 de la Superintendencia de Notariado y RegistroHAY UN SELLO *M2-3-06

NOTARIA SETENTA Y DOS (72) DEL CIRCULO DE BOGOTA.D.C Carrera 11 No. 71-73 Piso 2 PBX 6062929 Tels 2464954 - 3103171 Dra. Patricia Téllez Lombana. Notaria EDICTO La Notaria Setenta y Dos (72) del Círculo de Bogotá, D.C., EMPLAZA, a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la Publicación del presente EDICTO en el periodo del trámite Notarial de LA LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Y LA LIQUIDACIÓN DE LA SUCESIÓN INTESTADA DE EL(LA) SEÑOR(A): FRANCISCO DE PAULA JAIRO LÓPEZ MOLINA, poseedor(a) en vida de la cédula de ciudadanía número 545.354 DE MEDELLÍN; teniendo como domicilio principal la ciudad de BOGOTÁ, D.C., y quien(es) falleció(eron) el(los) día(s) Veintiocho (28) de Julio del año dos mil dieciséis (2016): aceptando el trámite respectivo en esta Notaria, mediante ACTA NUMERO 008/ 2.020 a los tres (3) días del mes de septiembre del año dos mil veinte (2.020). Se ordena la publicación de éste EDICTO en un Periódico de amplia circulación y en una Radiodifusora local, en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 2º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaria por el término de Diez (10) días. EL PRE-SENTE EDICTO SE FIJA HOY A LOS TRES (3) DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE (2.020), SIENDO LAS 08:00 A.M. PATRICIA ELLEZ LOM-BANA NOTARIA SETENTA Y DOS (72) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. HAY UN SELLO *M2-4-06

NOTARIA 16 DEL CIRCULO DE BOGOTA EDICTO LA NOTARIA DIECISÉIS (16) ENCARGADA DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. Notaria código No. 11001016 EM-PLAZA POR EL TÉRMINO DE DIEZ (10)

DÍAS HÁBILES A todas la personas que se consideren con derecho a intervenir en el Trámite Notarial de Liquidación de Herencia Intestada de los causantes ANA BERTA RIAÑO DE RIAÑO, quien en vida se identificó con cédula de ciudada-nía número 24.186.011, fallecida en la ciudad de Bogotá D.C., el día Doce (12) de Mayo de Dos Mil Once (2011), siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D.C. y SEGUNDO ADOLFO RIAÑO ROJAS, quien en su vida se identificó con la cé-dula de Ciudadanía número 1.151.994, fallecido en la ciudad de Bogotá D.C., el día Veintiocho (28) de Agosto de Dos Mil Diecinueve (2019), siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D.C. Acep-tado el trámite en esta Notaría, mediante Acta número Veinticinco (25) del Treinta y Uno (31) de Agosto de Dos Mil Veinte (2020), se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de circulación nacional y en una Radiodifusora Local en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo tercero (3°) del Decreto 902 de mil novecientos ochenta y ocho (1988) y el Decreto 1.729 de mil novecientos ochenta y nueve (1989), ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija el día Treinta y Uno (31) de Agosto de Dos Mil Veinte (2020), siendo las Nueve de la mañana (09:00 a.m.) JANNETH ROCIO SANTA-CRUZ MARTINEZ NOTARIA DIECISÉIS (16) (E) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ, HAY UN SELLO *M2-5-06

Notaria Unica de Madrid EDICTO 014 LA SUSCRITA NOTARIA ENCARGADA DE MADRID CUNDINAMARCA EMPLAZA: Por el término de diez (10) días a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite de LIQUIDACION DE HERENCIA INTESTADA de el(la, los) causante(s): LUIS ANTONIO ROCHA (Q.E.P.D), quien en vida se iden-tificó con la cedula de ciudadanía No. 80.397.951 expedida en Chía (Cund), fallecido(a) en el Municipio de Funza Cundinamarca, el día cinco (5) de mayo del año dos mil diecinueve (2.019) de conformidad con el registro Civil de defunción No. 9939620 de fecha 07 de mayo de 2.019 de la Registraduria Municipal del Estado Civil de Funza, Cundinamarca, siendo el Municipio de Madrid, Cundinamarca, su último domicilio y asiento de sus negocios. Igualmente se informa que fue aceptado el trámite respectivo de la LIQUIDACION DE HERENCIA INTESTADA en esta Notaría mediante Acta No. 014 de fecha dos (2) de septiembre de dos mil veinte (2020). Se ordena la publicación del presente EDICTO en un periódico de amplia circulación nacional y en la radio-difusora de la región, en cumplimiento de lo previsto en el artículo tercero (3°) del decreto ley 902 de 1988; ordénese además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy tres (3) de septiembre de dos mil veinte (2020) a las 8:00 A.M. SANDRA JAZMIN ROJAS RODRIGUEZ Notaria Encargada de Madrid, Cundinamarca HAY UN SELLO *R1-8-06

EDICTO. - El suscrito Notario Cincuenta y Siete del Círculo de Bogotá, Encargado, en cumplimiento a lo establecido por el decreto 1729 de 1989, artículo 3°, EMPLAZA: A todas las personas que se consideren y prueben tener derecho a intervenir en la liquidación sucesoral del señor JOHNY ALBINO GONZALEZ FLOR, fallecido el 26 de agosto de 2.017 en el Municipio de Simijaca, Departamento de Cundinamarca, siendo la ciudad de Bogotá, el lugar donde tuvo su último domicilio y asiento principal de sus negocios, quien se identificaba con cédula de ciudadanía 6.241.483 de Cartago - Valle, para que lo hagan valer ante este despacho, ubicado en la Av.

Calle 45 A Sur No. 60 - 47, dentro de los diez (10) días hábiles y subsiguientes al de la última publicación en los medios que se señalan enseguida. Ordena la publicación de este edicto, por una vez, en un diario de circulación nacional y en una radiodifusora local. Se fija el presen-te edicto hoy, tres (03) de septiembre de dos mil veinte (2.020), a las ocho de la mañana (8.00 am.) en un lugar visible al público de la Notaría. LEON GUILLERMO PICO MORA EL NOTARIO CINCUENTA Y SIETE DEL CIRCULO DE BOGOTA, ENCARGADO (RESOLUCIÓN 6817 DE 27 DE AGOSTO DE 2020, DE LA S.N.R.) HAY UN SELLO *R1-9-06

EDICTO. - El suscrito Notario Cincuenta y Siete del Círculo de Bogotá, Encargado, en cumplimiento a lo establecido por el decreto 1729 de 1989, artículo 3°, EMPLAZA: A todas las personas que se consideren y prueben tener derecho a intervenir en la liquidación sucesoral del señor LUIS EDUARDO CASTELLANOS CASTAÑEDA, fallecido en esta ciudad de Bogotá, D.C., lugar de su último domicilio, el 28 de julio de 2018, quien se identificaba con cédula de ciudadanía 17.051.687, para que lo hagan valer ante este despacho, ubicado en la Av. Calle 45 A Sur No. 50 - 47, dentro de los diez (10) días hábiles y subsiguientes al de la última publicación en los medios que se señalan enseguida. Ordena la publi-cación de este edicto por una vez, en un diario de circulación nacional y en una radiodifusora local. Se fija el presente edicto hoy, veintiséis (26) de agosto de dos mil veinte (2.020), a las nueve de la mañana (9:00 a.m.), en un lugar visible al público de la Notaría. LEON GUILLERMO PICO MORA EL NOTARIO CINCUENTA Y SIETE DEL CIRCULO DE BOGOTA, ENCARGADO (RESOLUCIÓN 5585 DE 14 DE JULIO DE 2020, DE LA S.N.R.) HAY UN SELLO *R1-10-06

EDICTOEL NOTARIO 56 DEL CIRCUITO DE BOGOTA, D.C (Carrera 73 No. 59 -12 Sur Locales 221 y 222) EMPLAZA: A todas las personas que se crean con el decreto de invertir, en el trámite de Liquidación Notarial de la Sucesión Intestada de GILBERTO MORALESPINEDA quien (es) en vida se identifica-ba (n) con la (s) cédula (s) de ciudadanía No. (s) de 19.076.966 expedida en Bogo-tá y tuvo (ieron) su último domicilio en Bogotá, D.C., aceptada en esta Notaría mediante ACTA No. 048 de septiembre 04 de 2020. Para efectos del artículo 589 de Código de procedimiento civil y del numeral 2°. Artículo 3°. del Decreto 902 de 1988, se fija el presente EDICTO en un lugar público de la Secretaria de la Notaria por el término de diez (10) días, se entrega las copias de él para sus respectivas publicaciones y se fija hoy cuatro (04) DE SEPTIEMBRE DE 2020 a las ocho de la mañana (8:00 A.M.). EL NOTARIO CINCUENTA Y SEIS (56) DE BOGOTA BERNI FRANCISCO ESCALONA CASTILLAHAY UN SELLO *V1-5-06

EDICTO EL NOTARIO 56 DEL CIRCUITO DE BOGOTA, D.C (Carrera 73 No. 59- 2 Sur Locales 221 y 222) EMPLAZA: A todas las personas que se crean con el decreto de invertir, en el trámite de Liquidación Notarial de la Sucesión Intestada de ALVARO CASTAÑEDA ERS-PEJO quien (es) en vida se identificaba (n) con la (s) cédula (s) de ciudadanía No. (s) de 17.172.946 expedida en Bo-gotá y tuvo (ieron) su último domicilio en Bogotá, D.C., aceptada en esta Notaría mediante ACTA No. 049 de septiembre 04 de 2020. Para efectos del artículo 589 de Código de procedimiento civil y del numeral 2°. Artículo 3°. del Decreto 902 de 1988, se fija el presente EDICTO en un lugar público de la Secretaria de la Notaria por el término de diez (10) días, se entrega las copias de él para sus respectivas publicaciones y se fija hoy cuatro (04) DE SEPTIEMBRE DE 2020 a

las ocho de la mañana (8:00 A.M.). EL NOTARIO CINCUENTA Y SEIS (56) DE BOGOTA BERNI FRANCISCO ESCALONA CASTILLAHAY UN SELLO *V1-6-06

EDICTO EL NOTARIO 56 DEL CIRCUITO DE BOGOTA, D.C (Carrera 73 No. 59 - 12 Sur Locales 221 y 222) EMPLAZA: A todas las personas que se crean con el decreto de invertir, en el trámite de Liquidación Notarial de la Sucesión Intestada de FANY ROZO quien (es) en vida se identificaba (n) con la (s) cédula (s) de ciudadanía No. (s) de 21.011.174 expedida en Tocaima (Cund.) y tuvo (ieron) su último domicilio en Bogotá, D.C., aceptada en esta Notaría me-diante ACTA No. 047 de septiembre 02 de 2020. Para efectos del artículo 589 de Código de procedimiento civil y del numeral 2°. Artículo 3°. del Decreto 902 de 1988, se fija el presente EDICTO en un lugar público de la Secretaria de la Notaria por el término de diez (10) días, se entrega las copias de él para sus respectivas publicaciones y se fija hoy tres (03) DE SEPTIEMBRE DE 2020 a las ocho de la mañana (8:00 A.M.). EL NOTARIO CINCUENTA Y SEIS (56) DE BOGOTA BERNI FRANCISCO ESCALONA CASTILLAHAY UN SELLO *V1-7-06

REMATESAVISO DE REMATE Artículo 450 del C.G.P. JUZGADO PRIMERO (1°) CIVIL MUNICIPAL DE SOACHA (Cundinamar-ca) Dentro del PROCESO DIVISORIO No.2018-3-0368 de BLANCA ALICIA VÁSQUEZ VELANDIA y CLARA INÉS VÁSQUEZ VELANDIA contra BEATRIZ VÁSQUEZ QUINTERO, JORGE ENRIQUE VÁSQUEZ QUINTERO, FRANCISCO VÁSQUEZ QUINTERO y ÁLVARO VÁS-QUEZ VELANDIA se dictó auto de fecha TRECE (13) de agosto de DOS MIL VEINTE (2020) del JUZGADO PRIMERO (1°) CIVIL MUNICIPAL DE SOACHA (Cundinamarca), quien señaló la hora de las NUEVE DE LA MAÑANA (9:00 A.M.) del día VEINTITRÉS (23) DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE (2020) para que tenga lugar la DILIGENCIA DE REMATE del siguiente bien inmueble, que fue debidamente secuestrado y avaluado y se encuentra ubicado en la CARRERA DÉCIMA (10) número VEINTICINCO DIEZ (25-10) del Municipio de Soacha (Cundinamarca), identificado con la Matrícula Inmobiliaria número 051-87372.El inmueble ha sido avaluado en la suma de CIENTO CINCUENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS ($156.800.000) moneda legal colom-biana.La secuestre designada por el Despacho es la Doctora NELSY CAMACHO RODRÍ-GUEZ y puede ser ubicada en la CARRE-RA 68 B No.1-39 SUR en Bogotá y en el teléfono celular número 3123388192.La Diligencia de remate se realizará en la fecha y hora indicadas y no se cerrará sino después de transcurrida una hora desde su iniciación, se abrirán los sobres y se leerá las ofertas que reúnan los requisitos señalados, siendo postura admisible la que cubra el CUARENTA POR CIENTO (40%) del avalúo total dado al bien inmueble. *C2-2-06

PRESTACIONESEDICTO EMPLAZATORIOUNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE PENSIONESEL SUBDIRECTOR DE PRESTACIONES ECONÓMICASHACE SABERQue el señor PEDROANTONIO CASTILLO PRIETO quien se identificaba con cédula de ciudadanía 3.030.708 pensionado de la Caja de Previsión Social de Cun-dinamarca, falleció el día 02 de agosto de 2020, y a reclamar la sustitución de su pensión de jubilación se presentó la señora ROSA ELENA CRUZ CASTILLO,

identificada con la cédula de ciudadanía 41.574.605, en calidad de cónyuge supérstite.Que se avisa a las personas que tengan igual o mejor derecho, para que lo ma-nifiesten mediante escrito radicado en la oficina de orientación al ciudadano de la Unidad Administrativa Especial de Pensiones del Departamento de Cundinamarca, ubicada en la sede administrativa de la Gobernación de Cundinamarca, Calle 26 No. 51-53 Torre de Beneficencia Piso 5º de la ciudad de Bogotá, dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación, de conformi-dad con lo establecido en el artículo 4º de la Ley 1204 de 2008.DAVID ARTURO PARDO FIERROSubdirector de Prestaciones Econó-micasHAY UN SELLO *U1-3-06

EDICTO LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL DE BOYACA. Domiciliada en el Municipio de Tunja en la Calle 19 9-35 Primero Piso. Edificio Lotería de Boyacá, de conformidad con lo prescrito en el artículo 212 del C.S.T., hace saber que el Doctor JOSÉ BELISA-RIO SIERRA ABRIL (Q.E.P.D.) identificado con la cédula de ciudadanía número 7.164.564 de Tunja, falleció el día 5 de Julio de 2020, quien había prestado sus servicios Profesionales a la Asamblea de Boyacá por Contrato de prestación de Servicios Profesionales hasta el treinta (30) de Junio de dos mil veinte (2020). Para quien tenga derecho a reclamar el pago de los Honorarios del mes de Junio del presente año, se puede presentar ante la Dependencia de Gestión de Talento Humano de la Asamblea de Bo-yacá o enviar su manifestación al correo electrónico [email protected], dentro de los quince días siguientes a la publicación del Segundo Edicto acreditando la calidad de beneficiario(a) de este derecho. La presente publicación se hace teniendo en cuenta lo exigido por el artículo 212 del Código Sustantivo Laboral. FERNANDO ALEXANDER SERRATO FONSECA Presidente *S5-1-06

LICENCIASCURADURÍA URBANA No 1 - TUNJA ARQ. MARTHA BONILLA CURREA AVISO NOTIFICACIÓN VECINOS CO-LINDANTES AVISA A LOS VECINOS COLINDANTES DEL PREDIO UBICADO EN LA CARRERA 0 No. 74-18 DE LA CIUDAD DE TUNJA En cumplimiento a lo señalado en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, en los términos establecidos en la ley 1437 de 2011 (C.P.A.C.A). la suscrita Curadora Urbana No. 1 se permite informar a los interesados que el señor LORENZO HERNEY ARIAS AVILA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 72.325.585 de Ramiriquí, en su condición de propie-tario del predio No. 010208600017000 Localizado en la CARRERA 0 No. 74-18 Urbanización Alcalá Real de la ciudad de Tunja, radico bajo el número 15001-120-0129RECU-009 la solicitud reconociendo de la existencia de una edificación y licencia de construcción e la modalidad de ampliación.Por lo anterior, la Curaduría Urbana No. 1 se permite citar a los vecinos colin-dantes del precio en mención, para que comparezcan si así lo consideran a este despacho ubicado en la Carrera 9 No. 19 - 92 Oficinas 101 - 102 de la ciudad de Tunja, dentro de los cinco (5) días contados a partir de esta comunicación de citación, para conocer personalmente del proyecto en mención y manifiesten por escrito sus observaciones sobre el proyecto. La presente citación se hace en la ciudad de Tunja a los 03 días del mes septiembre de 2020 NOTA: Con ocasión a la Emergencia

Page 6: 34 E N S clasificados JUdicialEs...36 EL NUEVO SIGLO clasificados JUdicialEs DOMINGO 30 DE AGOSTO DE 2020 EMPLAZATORIOS EDICTO EMPLAZATORIO QUIEN DEBE SER NOTIFICADO PERSO-NALMENTE

clasificados JUdicialEs 39DOMINGO 6 DE SEPTIEMBRE DE 2020 EL NUEVO SIGLO

RECURSIVOS SERVIAYUDA S.A.S.,Domiciliada en la Ciudad de Bogotá, Cra. 49 No. 94-50 , en conformidad con el Artículo 112 del C.S.T, hace saber que el trabajador JUSTO PASTOR BARON VARGAS, falleció en la Ciudad de Bogotá, el 01 de Agosto de 2020, era trabajador de la empresa desde el 01 de Junio de 2018.Quienes crean tener derecho a reclamar sus acreencias laborales deben presentarse a la Cra. 49 No. 94-50, dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de esta publicación con el fin de acreditar sus derechos. PRIMER AVISO.800194059-8

AVISOUNIVERSIDAD LA GRAN COLOMBIA

El Presidente del Honorable Plenum y el Rector en cumplimiento del Artículo 14 de los Estatutos, ratificados en los términos de la Resolución No. 17118 del 16 de Octubre de 2014 del Viceministerio de Educación Su-perior del Ministerio de Educación Nacional, convocan al honorable Plenum a una Sesión Extraordinaria y cita a los Plenarios con el fin de autorizar la enajenación voluntaria directa parcial del predio denominado El Rodamental, hoy “JAUJA Y LA MARÍA” ubicado en la Vereda Yerbabuena municipio de Chía Cundinamarca. Matrícula Inmobiliaria No. 50N-20063760. Predio CAR-163-CHI. Área a ceder 16.118,86 hectáreas; Registro catastral 25 175 00 00 0005 0014 000 (en ma-yor extensión) por motivo de expropiación para utilidad pública (Río Bogotá). La sesión tendrá lugar a las 10:00 a.m. del día 21 de septiembre de 2020, en el Campus Santa María ubicada en el Km. 23 Autopista Norte vía Sopo. De conformidad con los Estatutos Parágrafo 3° artículo 14 que autoriza que por motivos de fuerza mayor o caso fortuito faculta al Presidente o, en su defecto, al Rector, para señalar un sitio diferente.

AVISOBogotá, D.C. 4 de septiembre 2020 El señor Miguel Antonio Daza Turmequé, quien en vida se identificó con cedula de ciudadanía n° 19.328.139 Falleció en la ciudad de Bogotá, el día 5 de abril del 2020. Quienes crean tener derecho a solicitar el reintegro de los ahorros, aportes y demás derechos que el asociado tenía en CODEMA pueden acercarse a sus oficinas en la calle 39 B N° 19 -15 en Bogotá D.C .se establece un plazo máximo de dos (2) meses para la presentación de la soli-citud del auxilio a partir de la fecha del deceso, según Articulo 15 parágrafo 1 del reglamento del Fondo de Solidaridad de la Cooperativa del Magisterio.

Sanitaria decretada por el Gobierno Nacional y Local, y en atención a la resolución conjunta C1C2- 006 de 2020, para consultar el proyecto objeto de cita-ción podrá realizarla de manera virtual a través de cualquiera de los medios tec-nológicos que posee la Curaduria, para lo cual le solicitamos que manifieste su inicios en hacerse parte en el proceso de licenciamiento comunicándose con la curaduría a los teléfonos celulares 3153970889 - 315449335, al teléfono fijo 7438000 o a los correos electrónicos [email protected] - [email protected], con el fin de poder coordinar la presentación y así usted conozca el proyecto. Cordialmente, MARTHA LIGA BONILLA CURREA Curadora Urbana No. 1 de Tunja *S5-1-06

JUZGADO TERCERO PENAL MUNICI-PAL CON FUNCION DE CONTROL DE GARANTIAS DE DUITAMA PALACIO DE JUSTICIA CARRERA 15 Nº 15-23 OFICINA: 203 PISO 2. Email: [email protected] EDICTO EMPLAZATORIO. EL JUEZ TER-CERO PENAL MUNICIPAL CON FUNCION CONTROL DE GARANTIAS DE DUITAMA BOYACA. EMPLAZA: Al Señor SAIR GUEVARA NUÑEZ Identificado con C.C. No. 8’829.486 de San Pablo, en donde es indiciado por el Delito de FUGA DE PRE-SOS dentro del proceso distinguido bajo el CUI. Nº 152386300105201600011, NI.J 2020-00091, previa solicitud de la Fiscalia 9 SECCIONAL de este Munici-pio, de conformidad a lo ordenado por este Despacho, en Audiencia Preliminar celebrada el día ocho (8) de junio del año dos mil veinte (2020). Al emplazado se le advierte que si no comparece será declarado PERSONA AUSENTE y se le designará defensor público quien lo representará en todas las actuaciones y con él se surtirán todos los avisos y notificaciones. Lo anterior, conforme lo ordenado en audiencia preliminar de fecha 08-06-2020 y de acuerdo al artículo 127 del C.P.P. Para tal efecto se fija el presente EDICTO, teniendo en

cuenta los acuerdos recientes emitidos por el Consejo Superior de la Judicatura referentes a las publicaciones dada la situación actual que presenta el país con motivo del COVID-19 en lugar visible de la Secretaría del Juzgado, por el término legal de cinco (5) días hábiles, hoy veinticuatro (24) de julio del año dos mil veinte (2020), hora de las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y vence el treinta (30) de Julio del año dos mil veinte (2020) a las cinco de la tarde (5:00 p.m.). Se expide copia para la publicación en medio radial y de prensa de cobertura local ante la Dirección de Administración Judicial de la Ciudad de Tunja. Para constancia se firma. LINO ARTEMIO RODRIGUEZ RODRIGUEZ. JUEZ TERCERO PENAL MUNICIPAL CON FUNCION DE GARANTIAS.

Rama Judicial Consejo Superior de la Judicatura. Republica de Colombia. Consejo Superior de la Judicatura. Dirección Ejecutiva Seccional de Ad-ministración Judicial. Tunja – Boyacá. DESAJTUCER20-384. 31 de julio de 2020. LA SUSCRITA COORDINADORA DEL AREA DE GESTIONS HUMANA DE LA DI-RECCION EJECUTIVA DE ADMINISTRA-CION JUDICIAL DE TUNJA AVISA: Que el día 4 de junio de 2020, falleció el señor HERNANDO ALFONSO RIAY, Q.E.P.D., quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 4.250.725 de Soatá, laboró en la Rama Judicial en el cargo de Juez Municipal del Juzgado Promiscuo Municipal de Paz de Ariporo, en propiedad hasta el 4 de junio de 2020. Por lo cual se hizo presente la señora LUZ MARINA CORREA MURILLO, identificada con la cédula de ciudadanía número 24.078.918 de Soatá, esposa legítima; y sus hijos legítimos, Ronald Javier Riay Correa, identificado con cédula de ciudadanía número 74.170.565 de Soatá; Clareth Jhelitza Riay Correa, con cédula de ciu-dadanía número 1.057.545.325 de Soatá y Carlos Alfonso Riay Correa, con cédula de ciudadanía número 1.057.548.594; reclamando como directos beneficiarios conforme a la Ley, el auxilio de cesantía,

sueldo y demás prestaciones a que tienen derecho del señor Hernando Alfonso Riay, Q.E.P.D. Por lo anterior quienes se crean con igual o mayor derecho para reclamar estas prestaciones, deben presentarse en la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial, ubicada en la Carrera 9 No. 20 - 62 Segundo Piso del

SEGUNDO AVISOLA EMPRESA STUP DE COLOMBIA S.A.S. Nit: 860.008.123-4, domiciliada en la ciudad de Bogotá, D.C., de conformidad con la previsto en el Art. 212 del Código Sustantivo del Trabajo, hace saber que el Señor JOSE ISMAEL MONTENEGRO CUBILLOS, identificado con cedula de ciudadanía No. 11.517.496, se encontraba vinculado laboralmente con esta Empresa hasta el día de fallecimiento Agosto 10 de 2020 en la ciudad de Bogotá, D.C. . Para reclamar la anterior liquidación de prestaciones sociales se han presen-tado las siguientes personas a saber, en calidad de herederos:

• ALBA NIDIA FAJARDO VANEGAS, Identificado con cédula de ciudadanía No. 52.127.616, quien indica ser la compañera per-manente del fallecido

• LINA SOFIA MONTENEGRO FAJARDO, identificada con cédula de ciudadanía No 1.001.186.285 en calidad de HIJA.

Las personas que se crean con mejor derecho que las antes mencionadas, deben presentarse ante la empresa ubicada en la Carrera 50 No 126-19 en la cuidad de Bogotá, D.C., en horario de 8:00 A.M. a 1:00 P.M, y de 2:00 P.M. a 5:00 P.M. Jornada laboral, con documento de identidad y con prueba idónea que lo acredite (registro civil de nacimiento, matrimonio y/o declaración extra juicio, tarjeta de identidad o cédula), dentro de los 30 días siguientes a esta publicación.

Palacio de Justicia de la ciudad de Tunja, en el término de un (01) mes contado a partir de la fecha del primer aviso. Se publica el presente edicto en el mes de agosto de 2020. MARIA CONSUELO SALGADO BLAN-CO. Coordinador Área Talento Hu-mano.

AVISO DEL COMPROMISO DE FUSIÓN ENTRE LAS SOCIEDADES CSP TUBO 360 LTDA; CSP COAT 360 LTDA y CSP STEEL DE COLOMBIA

LTDA.

Los suscritos representantes legales de CSP TUBO 360 LTDA, domiciliada en Bogotá, identificada con NIT 900.517.378-3, sociedad legalmente constituida y vigente bajo las leyes de la República de Colombia, mediante escritura pública No. 655 de la Notaría 28 de Bogotá del 09 de abril de 2012 (en ade-lante, la sociedad ABSORBENTE), y CSP COAT 360 LTDA domiciliada en Bogotá, identificada con NIT 900.517.385-5,sociedad legalmente constituida y vigente bajo las leyes de la República de Colombia, mediante escritura pública No. 665 de la Notaría 28 de Bogotá, del 11de abril de 2012 y CSP STEEL DE COLOMBIA LTDA., domiciliada en Bogotá, identificada con NIT. 900.174.089-6 sociedad legalmente constituida y vigente bajo las leyes de la República de Colombia, mediante escritura pública No. 1445 de la Notaría 28 de Bogotá, del 04 de junio de 2009 (en adelante, las sociedades ABSOR-BIDAS) avisan a sus acreedores y demás terceros que estas sociedades el pasado 19 de agosto de 2020 , acordaron fusionarse mediante una fusión por absorción en la que CSP TUBO 360 LTDA absorberá los activos, pasivos y patrimonio de CSP COAT 360 LTDA y CSP STEEL DE COLOMBIA LTDA. Teniendo en cuenta los Estados Financieros, certificados y dictaminados de las sociedades intervinientes con corte al 30 de junio de 2020 los datos de la fusión son los siguientes:

1. Las sociedades ABSORBENTE y ABSORBIDAS tienen la siguiente composición de capital social: CSP TUBO 360 LTDA., tiene un capital social de Cuarenta Millones Doscientos Dieciséis mil pesos (COP $40,216,000) dividido en Cuarenta Mil Doscientas Dieciséis (40,216) cuotas con valor nominal de Mil pesos ($1,000) cada una. Por su parte CSP COAT 360 LTDA., tiene un capital social de Treinta y Nueve Millones Cuatrocientos Sesenta y Seis Mil Pesos (COP $39,466,000) dividido en Treinta y Nueve Mil Cuatrocientas Sesenta y Seis (39,466) cuotas con valor nominal de Mil pesos ( $1,000) cada una y CSP STEEL DE COLOMBIA LTDA, tiene un capital social de Treinta y Un Millones Ochocientos Mil pesos (COP $ 31,800,000) dividido en Treinta y Un Mil Ochocientas (31,800) cuotas con valor nominal de Mil pesos ( $1,000.00) cada una.

2. Las sociedades ABSORBENTES y ABSORBIDAS tienen los siguientes activos, pasivos y patrimonio:

Sociedad Activos Pasivos Patrimonio

CSP TUBO 360 LTDA $336.536.584.000 $339.254.061.000 $(2.717.478.000)

CSP COAT 360 LTDA $12.596.518.000 $12.537.085.000 $59.434.000

CSP STEEL DE COLOMBIA LTDA $61.664.435.000 $6.871.486.000 $54.792.949.000

3. Después de la fusión por absorción la sociedad ABSORBENTE tendrá activos por valor de $410.797.537.000, pasivos por valor de $ 358.662.632.000 y un patrimonio por valor de $ 52.134.905.000

4. Con ocasión de la fusión se integrará el capital social de las so-ciedades intervinientes, por lo tanto, el capital social de CSP TUBO 360 LTDA será de Ciento Once Millones Cuatrocientos Ochenta y Dos Mil pesos ($ 111.482.000) dividido en Ciento Once Mil Cuatrocientas Ochenta y Dos cuotas (111.482) de valor nominal de Mil pesos ($1.000) cada una.

5. Las valoraciones de las sociedades ABSORBIDAS se realizaron a través del método de valor en libros.

6. Teniendo en cuenta la neutralidad patrimonial indicada, las Socieda-des Absorbidas luego de la Fusión se extinguirán de la vida jurídica y por lo tanto no hay lugar a hacer ninguna relación de intercambio.

Con este aviso se cumple la obligación establecida en el artículo 174 del Código de Comercio.

JUZGADO NOVENO CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD DE MEDELLÍN

INFORMA

A

LA COMUNIDAD GENERAL

De la existencia de la acción popular que cursa en el Despacho, bajo el radicado 05 001 31 03 009 2019 00299 00; acción constitucional incoada por el señor BERNARDO ABEL HOYOS MARTINEZ contra SADY PUBLICIDAD. –Ubicado en Carrera 46 nro.38-62-, por considerar que éste vulnera los derechos colectivos a EL GOCE DEL ESPACIO PÚBLICO Y LA UTILIZA-CION Y DEFENSA DE LOS BIENES DE USO PUBLICO; Y LA DEFENSA DEL PATRIMONIO PÚBLICO, al colocar un soporte para publicidad exterior visual que viola las condiciones y limitaciones de la ley.

GLORIA PATRICIA AUBAD MARINSecretaria

JUZGADO NOVENO CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD DE MEDELLÍN

INFORMA

A

LA COMUNIDAD GENERAL

De la existencia de la acción popular que cursa en el Despacho, bajo el radicado 05 001 31 03 009 2017 00689 00; ACUMULADAS 05 001 31 03 009 2018 00011 00 Y 05 001 31 03 009 2018 00201 00 acción constitucional incoada por el señor BERNARDO ABEL HOYOS MARTINEZ contra DISTRIBUIDORA PASTEUR S.A. –Ubicados en la Carrera 50 Nro. 52-100 de Mede-llín, Carrera 43 Nro. 36S-68 de Envigado y Carrera 70C Nro.2-11 de Medellín, por considerar que éste vulnera los derechos colectivos a “GOCE DEL ESPACIO PÚBLICO Y LA UTILIZACIÓN Y DEFENSA DE LOS BIENES DE USO PÚBLICO, Y LA DEFENSA DEL PATRIMONIO PÚBLICO”, en atención a lo preceptuado por los literales G) M) y N) de la Ley 472 de 1998., con la existencia de barrera que entorpece el acceso de las personas en situación de discapacidad.

GLORIA PATRICIA AUBAD MARINSecretaria

JUZGADO NOVENO CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD DE MEDELLÍN

INFORMA

A

LA COMUNIDAD GENERAL

De la existencia de la acción popular que cursa en el Despacho, bajo el radicado 05 001 31 03 009 2018 00311 00; acción constitucional incoada por el señor BERNARDO ABEL HOYOS MARTINEZ contra MERCADERIAS S.A.S –Ubicada en la carrera 45 nro.69-45 de Medellín por con-siderar que éste vulnera los derechos colectivos a “GOCE DEL ESPACIO PÚBLICO Y LA UTILIZACIÓN Y DEFENSA DE LOS BIENES DE USO PÚBLICO, Y LA DEFENSA DEL PATRIMONIO PÚBLICO”, en atención a lo preceptuado por los literales G) y E) de la Ley 472 de 1998., con la colocación de anuncios publicitarios sin cumplimiento de las normas que regulan.

GLORIA PATRICIA AUBAD MARINSecretaria

EDICTO

LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL

DE SONSÓN, ANTIOQUIA

EMPLAZA

Al señor JESÚS RAMÓN CÁRDENAS JIMÉNEZ, identifi-cado con la cédula de ciudadanía N° 71.481.125, para que a la publicación de este EDICTO comparezca a este Despacho Judicial situado en la Carrera 6 N° 6-58 oficina 313, tercer piso del palacio municipal de Sonsón Antioquia, a fin de ejercer su derecho de defensa , dentro de la investigación que se adelanta en su contra, por el delito de Acceso Carnal Abusivo con menor de catorce (14) años, dentro del proceso con CUI: 05 696 61 00120 2016 80453, Numero Interno 2020-0012.

Se le hace saber al emplazado que si no comparece se le declarará PERSONA AUSENTE, y se le nombrará un abogado designado por el Sistema Nacional de Defensoría Pública, que lo asistirá y lo representará en todas las actuaciones surtidas dentro de la investigación.

Sonsón, treinta y uno (31) de agosto de 2020.

MARTHA IDALÍ BETANCUR GALVISSecretaria

EDICTO

LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL

DE SONSÓN, ANTIOQUIA

EMPLAZA

Al señor HAMILTON JAVIER LOAIZA CORREA, iden-tificado con la cédula de ciudadanía N° 1.047.970.189, para que a la publicación de este EDICTO comparezca a este Despacho Judicial situado en la Carrera 6 N° 6-58 oficina 313, tercer piso del palacio municipal de Sonsón Antioquia, a fin de ejercer su derecho de defensa , dentro de la investigación que se adelanta en su contra, por los delitos de Concierto para Delinquir Agravado y Tráfico, Fabricación o Porte de Estupefacientes, dentro del proceso con CUI: 05 001 60 00357 2017 00010, Numero Interno 2019-0050.

Se le hace saber al emplazado que si no comparece se le declarará PERSONA AUSENTE, y se le nombrará un abogado designado por el Sistema Nacional de Defensoría Pública, que lo asistirá y lo representará en todas las actuaciones surtidas dentro de la investigación.

Sonsón, treinta y uno (31) de agosto de 2020.

MARTHA IDALÍ BETANCUR GALVISSecretaria

JUZGADO NOVENO CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD DE MEDELLÍN

INFORMA

A

LA COMUNIDAD GENERAL

De la existencia de la acción popular que cursa en el Despacho, bajo el radicado 05 001 31 03 009 2017 00702 00; ACUMU-LADAS 05 001 31 03 009 2018 00565 00 Y 05 001 31 03 009 2019 00019 00 acción constitucional incoada por el señor BERNARDO ABEL HOYOS MARTINEZ contra MERCADERIAS S.A.S –Ubicados en la avenida Ayacucho Nro. 39-38, Calle 65 Nro. 56-187 y Carrera 52 Nro. 78-20 de Medellín por considerar que éste vulnera los derechos colectivos a “GOCE DEL ESPACIO PÚBLICO Y LA UTILIZACIÓN Y DEFENSA DE LOS BIENES DE USO PÚBLICO, Y LA DEFENSA DEL PATRIMONIO PÚBLICO”, en atención a lo preceptuado por los literales G) M) y N) de la Ley 472 de 1998., con la ausencia de servicios sanitarios públicos para los clientes en especial para personas en situación de discapacidad.

GLORIA PATRICIA AUBAD MARINSecretaria

JUZGADO NOVENO CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD DE MEDELLÍN

INFORMA

A

LA COMUNIDAD GENERAL

De la existencia de la acción popular que cursa en el Des-pacho, bajo el radicado 05 001 31 03 009 2017 00723 00; acción constitucional incoada por el señor BERNARDO ABEL HOYOS MARTINEZ contra COLCAFE S.A.S. –Ubicado en la Calle 8 sur Nro. 50-18, por considerar que éste vulnera los derechos colectivos a EL GOCE DEL ESPACIO PÚBLICO Y LA UTILIZACION Y DEFENSA DE LOS BIENES DE USO PUBLICO; Y LA DEFENSA DEL PATRIMONIO PÚBLICO, por el cerramiento de una zona verde de espacio público ante jardín de zona de protección ambiental según el POT que ésta siendo utilizado.

GLORIA PATRICIA AUBAD MARINSecretaria

JUZGADO NOVENO CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD DE MEDELLÍN

INFORMA

A

LA COMUNIDAD GENERAL

De la existencia de la acción popular que cursa en el Despacho, bajo el radicado 05 001 31 03 009 2018 00014 00; acción constitucional incoada por el señor BERNARDO ABEL HOYOS MARTINEZ contra KOBA S.A.S. –Ubicado en San Juan con carrera 74 (D1)-, por considerar que éste vulnera los derechos colectivos a EL GOCE DEL ESPACIO PÚBLICO Y LA UTILIZACION Y DEFENSA DE LOS BIENES DE USO PUBLICO; Y LA DEFENSA DEL PATRIMONIO PÚBLICO, al colocar letreros y avisos públicos que violan los requisitos y limitaciones ordenadas por la ley.

GLORIA PATRICIA AUBAD MARINSecretaria

EDICTO

LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO TERCERO PROMISCUO MUNICIPAL DE

ORALIDAD Y CONTROL DE GARANTÍAS DE SABANETA – ANTIQUIA

EMPLAZA

Al señor MIGUEL ANGEL MEJIA MONTOYA identificado con cédula número 1039465254 de conformidad a lo ordenado en la audiencia celebrada el día seis (6) agosto de año que avanza, a petición de la Fiscalía 229 Seccional de Envigado, dentro de la investigación que adelanta en su contra por el delito de FUGA DE PRESOS con CUI 052666000203201702182, para que comparezca ante el despacho con el fin de poder celebrar la audiencia de formulación de imputación.

Se fija este edicto en lugar público del Juzgado por el término de cinco (5) días y será publicado en el Periódico EL NUEVO SIGLO y Emisora de amplia difusión, de conformidad con el artículo 127 del Código de Procedimiento Penal.

OLGA CRISTINA GIRALDO GRANDASecretaria

Fijado, hoy 13 de agosto de 2020 a las 8:00 A.M.

Secretaria

Desfijado, hoy 13 de agosto de 2020 a las 5:00 P.M.

OLGA CRISTINA GIRALDO GRANDASecretaria

Vencimiento, hoy 24 de agosto de 2020 a las 5:00P.M

OLGA CRISTINA GIRALDO GRANDASecretaria

Trece (13) de agosto de dos mil veinte (2020)

EDICTO

LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL DE SONSÓN, ANTIOQUIA

EMPLAZA

Al señor DUBIÁN DE JESÚS MONTES OSORIO, identificado con la cédula de ciudadanía N° 1.096.035.460, para que a la publicación de este EDICTO comparezca a este Despacho Judicial situado en la Carrera 6 N° 6-58 oficina 313, tercer piso del Palacio Municipal de Sonsón Antioquia, a fin de ejercer su derecho de defensa, dentro de la investigación que se adelanta en su contra, por el delito de Acceso Carnal Violento, dentro del proceso con CUI: 05 483 60 00289 2016 80059, Numero Interno 2019-0049.

Se le hace saber al emplazado que si no comparece se le declarará PERSONA AUSENTE, y se le nombrará un abogado designado por el Sistema Nacional de Defensoría Pública, que lo asistirá y lo representará en todas las actuaciones surtidas dentro de la investigación.

Sonsón, veintinueve (29) de octubre de 2019

MARTHA IDALÍ BETANCUR GALVISSecretaria