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DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIÓN DEL AYUNTAMIENTO Expediente 172/17. Se autoriza modificar el Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece, en el cual resolvió el expediente 160/12; así como el Convenio suscrito entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno. Aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 16 de Noviembre de 2017
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DICTAMEN DE COMISIÓN Y PROPUESTA DE ACUERDO DEL AYUNTAMIENT O
HONORABLE AYUNTAMIENTO :
Los suscritos Regidores integrantes de la Comisión Colegiada y Permanente de
HACIENDA, PATRIMONIO Y PRESUPUESTOS, nos permitimos presentar a la alta y distinguida
consideración de este Ayuntamiento en Pleno, el presente dictamen el cual tiene por objeto
resolver la solicitud formulada por el ciudadano Antonio Alcalá Sedano, a efecto de que se
autorice la modificación de la superficie autorizada a entregar a los herederos de la Sucesión
Intestamentaria a bienes de los señores Lázaro Alcalá Ventura y Francisca Sedano Maravilla,
respecto del predio localizado en la calle Profesor Luis Monzón, colonia Constitución, así como el
pago de la cantidad adeudada derivada del contrato de permuta celebrado el día 20 veinte de
septiembre de 1980 mil novecientos ochenta y del Convenio de fecha 13 trece de enero de 1981
mil novecientos ochenta y uno; motivo por el cual se formulan los siguientes:
A N T E C E D E N T E S Y C O N S I D E R A C I O N E S :
1. Previo a manifestar la solicitud que dio inicio a la presente resolución, es necesario
manifestar lo siguiente:
a) El día 20 veinte de septiembre de 1980 mil novecientos ochenta, el Municipio de
Zapopan, Jalisco y el señor Lázaro Alcalá Bentura, suscribieron un contrato de permuta bajo los
siguientes términos:
“…PRIMERA. El Señor Lázaro Alcalá Bentura manifiesta que actualmente tiene la posesión
de la finca marcada con el número 710 de la calle Hidalgo en esta población, en virtud de que con fecha
5 de abril de 1962, fue adquirida por su extinta esposa de nombre Francisca Cedano de Alcalá, estando
casados entre sí y para la sociedad legal que tenían formada, ante la fe del Notario Público número 9 de la
ciudad de Guadalajara, Jalisco, Lic. Enrique Camarena G., según escritura número 5,551 registrada con
fecha 18 de mayo de 1962, agregado el croquis respectivo bajo el número 198, del Libro 2031 de
Documentos Generales, y registrada bajo la inscripción 35 de la página 62 del Libro 709, de la Sección
Primera, de la Segunda Oficina del Registro Público de la Propiedad, correspondiéndole a la finca el
número de orden 62429.
SEGUNDA. Que en la actualidad dicho inmueble se encuentra intestado pero que no tiene
inconveniente el Señor Lázaro Alcalá Bentura en que se hagan los trámites necesarios para denunciar la
sucesión, y en su caso ceder los derechos hereditarios correspondientes, a favor de este Ayuntamiento, así
como de quien o quienes más tengan derecho a la masa hereditaria, entendiéndose que únicamente por lo
que respecta a la finca en mención, sin comprender ningún otro bien en caso de que lo hubiera.
DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIÓN DEL AYUNTAMIENTO Expediente 172/17. Se autoriza modificar el Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece, en el cual resolvió el expediente 160/12; así como el Convenio suscrito entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno. Aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 16 de Noviembre de 2017
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TERCERA. Este Ayuntamiento se compromete a proporcionar al Señor Lázaro Alcalá Bentura
y a su familia una casa donde pueda habitar provisionalmente, mientras tanto se localiza un terreno
donde se le pueda construir una nueva casa con valor proporcional al inmueble de su propiedad que
permuta (sic) en los términos que se establecen en las siguientes cláusulas.
CUARTA. El Ayuntamiento se compromete a construir al Señor Lázaro Alcalá Bentura, en un
terreno diferente en que se encuentra ubicado el inmueble que se menciona en la primera cláusula de este
contrato, previa localización del terreno se procederá por conducto del Departamento de Obras Públicas
Municipales, al cual desde luego daré el asesoramiento necesario para la construcción, sin costo alguno
para el permutante.
QUINTA. Que el Señor Lázaro Alcalá Bentura se compromete a desocupar de inmediato la
finca marcada con el número 710 de la calle Hidalgo que habita en compañía de su familia, sin
necesidad de ningún trámite judicial y por su propia voluntad, y da su consentimiento para que de
inmediato también se proceda a su demolición estando de acuerdo en cambiarse al domicilio que se le
proporcione en forma provisional mientras tanto se le construye por el Ayuntamiento otra casa en los
términos ya especificados.
SEXTA. En su caso ambas partes se obligan a escriturar libre de todo gravamen los inmuebles
respectivos y que constituyen el objeto del presente contrato quedando pendiente únicamente el
establecer el lugar del terreno donde se construirá la casa que se le entregara en permuta al Señor
Lázaro Alcalá Bentura, la cual desde luego va hacer de construcción nueva y de un valor proporcional
al que actualmente tenga la finca marcada con el número 710 de la calle Hidalgo en esta Ciudad y que
es entregada en permuta.
SÉPTIMA. Ambas partes consideran que el presente contrato es justo, no contiene clausulas
contrarias a la mora ni al derecho, no hay dolo, error, lesión ni ningún vicio del consentimiento y que si
este se realza es por considerar que la obra que se va a realizar por el Ayuntamiento es necesaria y de
utilidad pública y debidamente enteradas del contenido lo firman ante los testigos que comparecen…”
b) Posteriormente el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno, fue
suscrito un convenio entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, con el fin de
determinar el bien inmueble que el Municipio entregaría al particular, toda vez que en el momento
en que se suscribió el contrato de permuta, aún no se había identificado el inmueble, convenio que
se sujetó a las siguientes cláusulas:
“…PRIMERA. Que en anterior convenio de fecha 20 de septiembre de 1980, el señor Lázaro
Alcalá Bentura, celebró contrato de permuta con el Ayuntamiento, respecto de la finca de su propiedad,
marcada con el número 710 de la calle González Ortega de esta población, también conocida con el
nombre de Prolongación de la Avenida Hidalgo.
DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIÓN DEL AYUNTAMIENTO Expediente 172/17. Se autoriza modificar el Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece, en el cual resolvió el expediente 160/12; así como el Convenio suscrito entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno. Aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 16 de Noviembre de 2017
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SEGUNDA. Ambas partes de común acuerdo establecen, como valor del inmueble citado en la
cláusula que antecede, la cantidad de $532,870.00 (QUINIENTOS TREINTA Y DOS MIL
OCHOCIENTOS SETENTA PESOS 00/100 M.N.), para los fines de dicha permuta.
TERCERA. El Ayuntamiento entrega a cambio al permutante quién desde luego recibe la
posesión, un lote de terreno con una superficie aproximada de 420.00 metros cuadrados, teniendo 14.00
metros de frente por la calle Profesor Luis. G. Monzón, por 30 metros de fondo, el cual se encuentra
ubicado en la manzana 18 de la Colonia Constitución, comprendida entre las calle Venustiano
Carranza, Manuel Anaya, Profesor Raúl Rodiles y la calle antes citada Profesor Luis. G. Monzón.
CUARTA. Ambas partes de común acuerdo le asignan al lote de terreno antes citado un valor
comercial de $336,000.00 (TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL PESOS 00/100 M.N.), salvo error
aritmético, a razón de $800.00 (OCHOCIENTOS PESOS 00/100 M.N), metro cuadrado.
QUINTA. El saldo resultante o sea la cantidad de: $196,870.00 (CIENTO NOVENTA Y SEIS
MIL OCHOCIENTOS SETENTA PESOS 00/100 M.N.), se destinará hasta donde alcance para la
construcción de una vivienda, en el terreno que permuta el Ayuntamiento, conforme al plano que se
adjunta al presente convenio y de acuerdo a las necesidades del permutante.
SEXTA. Ambas partes están conformes en que se utilice el materia de construcción que se
aprovechable, y que resulte de la demolición de la finca marcada con el número 710 de la calle González
Ortega ya mencionada, para la construcción de la nueva vivienda.”
c) En Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 29 veintinueve de noviembre del año
2013 dos mil trece, el Pleno aprobó el Dictamen y Propuesta de Comisiones del Ayuntamiento que
resolvió el expediente 160/12, a través del cual se atendió la solicitud del ciudadano José de Jesús
Alcalá Sedano, quien solicitaba que el Ayuntamiento autorizara la escrituración del predio ubicado
en la calle Profesor Luis Monzón, en la colonia Constitución, el cual le fue entregado en permuta
al Municipio, de conformidad al contrato celebrado el 20 veinte de septiembre de 1980 mil
novecientos ochenta; solicitud que se resolvió en los siguientes términos:
“ ACUERDO:
PRIMERO.- Se ratifica el contrato de permuta celebrado con fecha 20 de septiembre de 1980,
en cual comparecieron por una parte el H. Ayuntamiento Constitucional de Zapopan, Jalisco,
representado en esos momentos por el Lic. Francisco Javier Hidalgo y Costilla Hernández, en su carácter
de Secretario y Sindico, y por la otra parte el Señor Lázaro Alcalá Bentura, así como los actos posteriores
que quedaron señalados en el cuerpo del dictamen los cuales precisan dicho contrato de permuta:
El Municipio deberá escriturar:
DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIÓN DEL AYUNTAMIENTO Expediente 172/17. Se autoriza modificar el Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece, en el cual resolvió el expediente 160/12; así como el Convenio suscrito entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno. Aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 16 de Noviembre de 2017
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Un lote con una superficie aproximada de 420.00 metros cuadrados, teniendo 14.00 metros de
frente por la calle Profesor Luis G. Monzón, por 30.00 metros de fondo, el cual se encuentra ubicado en
la Manzana 18 de la colonia Constitución comprendida entre las cales Venustiano Carranza, Manuel
Anaya, Profesor Raúl Rodiles y la calle citada Profesor Luis G. Monzón.
En virtud del fallecimiento de los Señores Lázaro Alcalá Bentura y Francisca Sedano
Maravilla, se deberá escriturar a favor de quien o de quienes resulten adjudicados en la sentencia
ejecutoriada que apruebe el proyecto de partición y adjudicación de la sucesión intestamentaria a bienes
de los Señores Lázaro Alcalá Ventura y Francisca Sedano Maravilla y de igual manera se le deberá
escriturar al Municipio el predio propiedad privada señalado:
Lote 6, de la manzana 3 del Fraccionamiento denominado Linda Vista, con una superficie de
154.70 metros cuadrados, con las siguientes medidas y linderos:
Al Noreste en 9.10 metros, con el límite de la propiedad, al Sur en 7.50, con la calle González
Ortega, al Oriente en 18.10 metros, con el lote 7; y al Poniente en 23.15 con el lote 5 todos de la Manzana
3.
Ambas escrituraciones deberán realizarse en acto simultáneo con el fin de que las obligaciones
recíprocas queden concluidas, pagando cada una de las partes sus gastos de escrituración y los
impuestos que en su caso cada parte genere.
SEGUNDO.- Se autoriza de conformidad con lo dispuesto en los artículos 36, fracción V y VI,
84, fracción II, inciso b) y 87 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de
Jalisco, la desincorporación del dominio público el lote de terreno con una superficie aproximada de
420.00 metros cuadrados, teniendo 14.00 metros de frente por la calle Profesor Luis G. Monzón, por
30.00 metros de fondo, el cual se encuentra ubicado en la Manzana 18 de la colonia Constitución
comprendida entre las calles Venustiano Carranza, Manuel Anaya, Profesor Raúl Rodiles y la calle
antes citada Luis G. Monzón., según escritura pública número 6,111 de fecha 27 de septiembre de 1961,
pasada ante la fe del Lic. Juan Aviña López, Notario Público número 10 de la Municipalidad de
Guadalajara, Jalisco. De la cual deberá segregarse la superficie antes citada, misma que surtirá efectos
al momento de la escrituración a favor del Municipio, por tratarse de la enajenación de la figura
jurídica de la permuta.
Este Acuerdo del Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 36, fracciones
V y VI y 88, fracción II de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de
Jalisco, debe ser aprobado por mayoría calificada del Ayuntamiento…”
2. Una vez manifestado lo anterior, resulta procedente señalar que en Sesión Ordinaria del
Ayuntamiento de fecha 14 catorce de julio del año 2017 dos mil diecisiete, se dio cuenta con la
solicitud formulada por el ciudadano Antonio Alcalá Sedano, a efecto de que el Ayuntamiento
DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIÓN DEL AYUNTAMIENTO Expediente 172/17. Se autoriza modificar el Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece, en el cual resolvió el expediente 160/12; así como el Convenio suscrito entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno. Aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 16 de Noviembre de 2017
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estudie, y en su caso autorice modificar la superficie autorizada a entregar a los herederos de la
Sucesión Intestamentaria a bienes de sus padres los señores Lázaro Alcalá Ventura y Francisca
Sedano Maravilla, respecto del predio localizado en la calle Profesor Luis Monzón, colonia
Constitución, así como el pago de la cantidad adeudada derivada del contrato de permuta
celebrado el día 20 veinte de septiembre de 1980 mil novecientos ochenta y del Convenio de fecha
13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno; solicitud que textualmente señala lo
siguiente:
“LIC. JESÚS PABLO LEMUS NAVARRO
PRESIDENTE MUNICIPAL DE ZAPOPAN, JALISCO
PRESENTE.
Por medio de este conducto le envió un cordial saludo y aprovecho el favor de su atención para
referirme al Dictamen de Comisiones y Propuesta de Acuerdo del Ayuntamiento con expediente 160/12,
votado en la Sesión Ordinaria de Ayuntamiento de fecha 29 de Noviembre del 2013, del cual ratifica el
contrato de Permuta celebrado con fecha 20 de Septiembre de 1980, en el cual comparecieron por una
parte el H. Ayuntamiento Constitucional de Zapopan, Jalisco y por otra parte la familia Alcalá (se anexa
copia).
Donde el dictamen precisa que se deberá escriturar un lote con una superficie aproximada de
420 metros cuadrados, teniendo 14 metros de frente por la calle Profesor Luis Monzón por 30 metros de
fondo, el cual se encuentra ubicado en la manzana 18 de la Colonia Constitución comprendida entre las
calles Venustiano Carranza, Manuel Anaya, Profesor Raúl Rodiles.
Una vez asignada a la Notaria 101 de Guadalajara para protocolizar dicha permuta se pudo
observar que de acuerdo al Certificado de Libertad y/o Gravamen de Febrero del 2017 la superficie real
del predio son 448.87 m2 con dos fracciones; fracción 1 con una superficie de 207.37 m2 y la fracción 2
con una superficie de 241.50 m2 las cuales suman una superficie total de 448.87 m2.
Dada la diferencia se manda a consideración del H. Pleno del Ayuntamiento de Zapopan con
Oficio número 0406/1462/2017 con fecha 09 de Mayo del 2017 la modificación de la superficie a entregar
a los herederos del Sr. Lázaro Alcalá y su esposa (se anexa copia).
Debido a los tiempos prolongados que maneja el H. Pleno del Ayuntamiento de Zapopan para la
aceptación, revisión y aprobación de la superficie del predio así también por los tiempos inhábiles que
maneja el H. Ayuntamiento de Zapopan debido al cambio de administración del próximo año nos vemos en
la necesidad de solicitarle a su persona de la manera más atenta y con el debido respeto la pronta
aceptación, revisión y liberación del oficio Número 0406/1462/2017 y así poder realizar la escrituración
prometida por el H. Ayuntamiento de Zapopan a la familia Alcalá, así también solicitamos el adeudo
monetario por $363,221.68 que se describen en la cláusula quinta del punto 3 del Exp. 160/12 de
DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIÓN DEL AYUNTAMIENTO Expediente 172/17. Se autoriza modificar el Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece, en el cual resolvió el expediente 160/12; así como el Convenio suscrito entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno. Aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 16 de Noviembre de 2017
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Dictamen de Comisiones y Propuesta de Acuerdo del Ayuntamiento (se anexa Valor Presente de la
Deuda).
Sin otro particular por el momento, quedo a sus órdenes para cualquier aclaración al respecto.”
Dicho asunto fue turnado para su estudio y dictaminación a la Comisión Colegiada y
Permanente de Hacienda, Patrimonio y Presupuestos, asignándole la Secretaría del Ayuntamiento
el número de expediente 172/17.
3. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala lo siguiente:
“ Artículo 8.- Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho
de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa; pero en
materia política sólo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la República.
A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya
dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario.”
Asimismo el artículo 115, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, establece que el Municipio libre está investido de personalidad jurídica y manejará su
patrimonio conforme a la ley.
4. La Constitución Política del Estado de Jalisco en el artículo 73 señala que el Municipio
libre está investido de personalidad jurídica y patrimonio propio.
5. Que en los términos de los artículos 82 y 84 de la Ley del Gobierno y la Administración
Pública Municipal del Estado de Jalisco, el patrimonio municipal está formado, entre otros, por los
bienes del dominio público del Municipio y bienes del dominio privado.
6. De conformidad con lo establecido en el artículo 46 del Reglamento del Ayuntamiento
de Zapopan, Jalisco, la suscrita Comisión es competente para el estudio y dictaminación de la
presente solicitud.
7. Que de los antecedentes referidos se desprende que la multicitada permuta celebrada el
día 20 veinte de septiembre de 1980 mil novecientos ochenta, es una situación de hecho, más no
de Derecho, puesto que hasta el momento ninguna de las partes se han escriturado los inmuebles
permutados.
8. Que por el transcurso del tiempo la situación original cambio, tan es así que el
permutante el señor Lázaro Alcalá Bentura, ya falleció y ahora la escritura debe realizarse a
nombre de los adjudicatarios de la Sucesión Intestamentaria a bienes de los señores Lázaro Alcalá
Bentura y Francisca Sedano Maravilla.
DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIÓN DEL AYUNTAMIENTO Expediente 172/17. Se autoriza modificar el Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece, en el cual resolvió el expediente 160/12; así como el Convenio suscrito entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno. Aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 16 de Noviembre de 2017
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9. Que la protocolización de la multicitada permuta se encontraba en trámite en la Notaria
Pública número 101 ciento uno de Guadalajara, Jalisco, sin embargo, del Certificado de Libertad o
Gravamen expedido por el Registro Público de la Propiedad y Comercio del Estado de Jalisco, se
detectó que el inmueble municipal ubicado en la calle Profesor Luis Monzón en la colonia
Constitución, cuenta realmente con una superficie de 448.87 m2 cuatrocientos cuarenta y ocho
metros ochenta y siete decímetros cuadrados, el cual se compone de dos fracciones: la fracción 1
con una superficie de 207.37 m2 doscientos siete metros treinta y siete decímetros cuadrados y la
fracción 2 con una superficie de 241.50 m2 doscientos cuarenta y un metros cincuenta decímetros
cuadrados; es decir, existe una diferencia entre la superficie real y la superficie estipulada en el
convenio de fecha 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno y en el Dictamen y
Propuesta de Comisiones del Ayuntamiento, que resolvió el expediente 160/12, aprobado por el
Pleno en Sesión Ordinaria de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece;
concretamente la diferencia es de 28.87 m2 veintiocho metros ochenta y siete decímetros
cuadrados.
10. Sin embargo, en virtud de lo anterior, respecto a la primer petición del solicitante de
modificar la superficie del inmueble municipal permutado localizado en la calle Profesor Luis
Monzón, dicho asunto ya fue estudiado y autorizado por el ayuntamiento mediante Fe de Erratas
al Acuerdo del Ayuntamiento de fecha 29 de noviembre de 2013, correspondiente al expediente
160/12, misma Fe de Erratas que el Pleno aprobó en la Sesión del Ayuntamiento de fecha 23
veintitrés de junio de 2017 dos mil diecisiete, en los siguientes términos:
“ FE DE ERRATAS
1. En Sesión Ordinaria del Ayuntamiento que tuvo verificativo el día 29 veintinueve de noviembre
de 2013 dos mil trece, se ratificó el contrato de permuta celebrado con fecha 20 de septiembre de 1980, en
cual comparecieron por una parte el H. Ayuntamiento Constitucional de Zapopan, Jalisco, representado
en esos momentos por el Lic. Francisco Javier Hidalgo y Costilla Hernández, en su carácter de Secretario
y Síndico, y por la otra parte el Señor Lázaro Alcalá Bentura, así como los actos posteriores relativos a
dicho negocio jurídico.
En dicho Acuerdo se estableció que el Municipio debía de escriturar un lote de terreno con una
superficie aproximada de 420.00 metros cuadrados, teniendo 14.00 metros de frente por la calle Profesor
Luis G. Mónzón, por 30.00 metros de fondo, el cual se encuentra ubicado en la Manzana 18 de la colonia
Constitución comprendida entre las calles Venustiano Carranza, Manuel Anaya, Profesor Raúl Rodiles y
la calle antes citada Profesor Luis G. Monzón.
Asimismo, se dispuso que en virtud del fallecimiento de los Señores Lázaro Alcalá Bentura y
Francisca Sedano Maravilla, se debía escriturar a favor de quien o de quienes resulten adjudicados en la
DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIÓN DEL AYUNTAMIENTO Expediente 172/17. Se autoriza modificar el Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece, en el cual resolvió el expediente 160/12; así como el Convenio suscrito entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno. Aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 16 de Noviembre de 2017
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sentencia ejecutoria que apruebe el proyecto de partición y adjudicación de la sucesión intestamentaria a
bienes de los Señores Lázaro Alcalá Ventura y Francisca Sedano Maravilla y de igual manera se debía
escriturar al Municipio el predio propiedad privada señalado
Lote 6, de la manzana 3 del Fraccionamiento denominado Linda Vista, con una superficie de
154.70 metros cuadrados, con las siguientes medidas y linderos:
Al Noreste en 9.10 metros, con el límite de la propiedad; al Sur en 7.50, con la calle González
Ortega; al Oriente en 18.10 metros, con el lote 7; y al Poniente en 23.15 con el lote 5 todos de la Manzana
3.
Ambas escrituraciones debían realizarse en acto simultáneo con el fin de que las obligaciones
reciprocas quedaran concluidas, pagando cada una de las partes sus gastos de escrituración y los
impuestos que en su caso cada parte genere.
2. El predio de propiedad privada que el Municipio recibiría por la formalización de la permuta es
uno que el Señor Lázaro Alcalá Bentura entregó al Municipio de Zapopan, Jalisco, está ubicado en la
Avenida Hidalgo, en la Unidad República, donde actualmente están construidas unas canchas deportivas
las cuales actualmente se encuentran funcionando y el Municipio por su parte le entregó un predio
ubicado en la Colonia Constitución en la calle Monzón. Es el caso que a la fecha no se han escriturado ya
que los padres del solicitante fallecieron y se tuvo que tramitar el juicio sucesorio testamentario.
3. A la fecha la permuta autorizada por el Acuerdo del Ayuntamiento de fecha 29 de noviembre de
2013, si bien los particulares están en posesión del predio de propiedad municipal desde hace varios años,
y ya se dispuso que se escrituraran mutuamente, señalando respecto del inmueble municipal que es “un
lote de terreno con una superficie aproximada de 420.00 metros cuadrados”, ello en razón de que en
realidad dicho paño del que ya están en posesión fue fusionado y previamente subdividido resultando en
posesión de los particulares desde el año de 1982 mil novecientos ochenta y dos (hace 35 años), y
compuesto por dos fracciones, la fracción 1 uno con una superficie de 207.37 m2 doscientos siete punto
treinta y siete metros cuadrados y la fracción 2 con una superficie de 241.50 m2 doscientos cuarenta y uno
punto cincuenta metros cuadrados, las cuales suman una superficie de 448.87 m2 cuatrocientos cuarenta y
ocho punto ochenta y siete metros cuadrados.
Esto es lo que motiva la presente Fe de Erratas, para finiquitar esta permuta, de la que de hecho
hace 35 treinta y cinco años se efectuó el intercambio de predios, pero falta su formalización en escritura
pública.
El cambio a efectuar es el siguiente:
DICE:
DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIÓN DEL AYUNTAMIENTO Expediente 172/17. Se autoriza modificar el Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece, en el cual resolvió el expediente 160/12; así como el Convenio suscrito entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno. Aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 16 de Noviembre de 2017
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“ PRIMERO.- Se ratifica el contrato de permuta celebrado con fecha 20 de septiembre de 1980, en
cual comparecieron por una parte el H. Ayuntamiento Constitucional de Zapopan, Jalisco, representado
en esos momentos por el Lic. Francisco Javier Hidalgo y Costilla Hernández, en su carácter de Secretario
y Síndico, y por la otra parte el Señor Lázaro Alcalá Bentura, así como los actos posteriores que quedaron
señalados en el cuerpo del dictamen los cuales precisan dicho contrato de permuta:
El Municipio deberá escriturar:
Un lote de terreno con una superficie aproximada de 420.00 metros cuadrados, teniendo 14.00
metros de frente por la calle Profesor Luis G. Mónzón, por 30.00 metros de fondo, el cual se encuentra
ubicado en la Manzana 18 de la colonia Constitución comprendida entre las calles Venustiano Carranza,
Manuel Anaya, Profresor Raúl Rodiles y la calle antes citada Profesor Luis G. Monzón.
En virtud del fallecimiento de los Señores Lázaro Alcalá Bentura y Francisca Sedano Maravilla,
se deberá escriturar a favor de quien o de quienes resulten adjudicados en la sentencia ejecutoria que
apruebe el proyecto de partición y adjudicación de la sucesión intestamentaria a bienes de los Señores
Lázaro Alcalá Ventura y Francisca Sedano Maravilla y de igual manera se le deberá escriturar al
Municipio el predio propiedad privada señalado:
Lote 6, de la manzana 3 del Fraccionamiento denominado Linda Vista, con una superficie de
154.70 metros cuadrados, con las siguientes medidas y linderos:
Al Noreste en 9.10 metros, con el límite de la propiedad; al Sur en 7.50, con la calle González
Ortega; al Oriente en 18.10 metros, con el lote 7; y al Poniente en 23.15 con el lote 5 todos de la Manzana
3.
Ambas escrituraciones deberán realizarse en acto simultáneo con el fin de que las obligaciones
reciprocas queden concluidas, pagando cada una de las partes sus gastos de escrituración y los impuestos
que en su caso cada parte genere.”
DEBE DECIR:
“PRIMERO.- Se ratifica el contrato de permuta celebrado con fecha 20 de septiembre de 1980, en
cual comparecieron por una parte el H. Ayuntamiento Constitucional de Zapopan, Jalisco, representado
en esos momentos por el Lic. Francisco Javier Hidalgo y Costilla Hernández, en su carácter de Secretario
y Síndico, y por la otra parte el Señor Lázaro Alcalá Bentura, así como los actos posteriores que quedaron
señalados en el cuerpo del dictamen los cuales precisan dicho contrato de permuta:
El Municipio deberá escriturar:
DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIÓN DEL AYUNTAMIENTO Expediente 172/17. Se autoriza modificar el Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece, en el cual resolvió el expediente 160/12; así como el Convenio suscrito entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno. Aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 16 de Noviembre de 2017
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Un paño compuesto por dos fracciones, la fracción 1 uno con una superficie de 207.37 m2
doscientos siete punto treinta y siete metros cuadrados y la fracción 2 con una superficie de 241.50 m2
doscientos cuarenta y uno punto cincuenta metros cuadrados, las cuales suman una superficie de 448.87
m2 cuatrocientos cuarenta y ocho punto ochenta y siete metros cuadrados de terreno, el cual se
encuentra ubicado en la Manzana 18 de la colonia Constitución comprendida entre las calles Venustiano
Carranza, Manuel Anaya, Profesor Raúl Rodiles y la calle Profesor Luis G. Monzón.
En virtud del fallecimiento de los Señores Lázaro Alcalá Bentura y Francisca Sedano Maravilla,
se deberá escriturar a favor de quien o de quienes resulten adjudicados en la sentencia ejecutoria que
apruebe el proyecto de partición y adjudicación de la sucesión intestamentaria a bienes de los Señores
Lázaro Alcalá Ventura y Francisca Sedano Maravilla y de igual manera se le deberá escriturar al
Municipio el predio propiedad privada señalado:
Lote 6, de la manzana 3 del Fraccionamiento denominado Linda Vista, con una superficie de
154.70 metros cuadrados, con las siguientes medidas y linderos:
Al Noreste en 9.10 metros, con el límite de la propiedad; al Sur en 7.50, con la calle González
Ortega; al Oriente en 18.10 metros, con el lote 7; y al Poniente en 23.15 con el lote 5 todos de la Manzana
3.
Ambas escrituraciones deberán realizarse en acto simultáneo con el fin de que las obligaciones
reciprocas queden concluidas, pagando cada una de las partes sus gastos de escrituración y los impuestos
que en su caso cada parte genere.”
En virtud de lo anterior:
ÚNICO. Notifíquese a la Dirección de Actas, Acuerdos y Seguimiento, para su conocimiento y
debido cumplimiento, procediendo a elaborar los cumplimientos que del propio dictamen se desprenden y
comunicando a las dependencias relacionadas con su cumplimiento esta Fe de Erratas, para efecto de que
se formalice en escritura pública la permuta pactada.”
Por lo tanto, el tema de ajuste de la superficie del inmueble municipal materia de la
permuta ya está resuelto, ya se hizo constar que la superficie es de 448.87 (cuatrocientos cuarenta
y ocho punto ochenta y siete metros cuadrados de terreno), sustituyendo el dato erróneo de 420.00
cuatrocientos veinte metros cuadrados). Este ajuste tiene por consecuencia que el precio de
intercambio originalmente pactado se eleve, pues desde el primer convenio se estableció un valor
por metro cuadrado para el mismo, y en consecuencia la diferencia por cubrir de edificación que
ahora pretenden los herederos también disminuya. Tanto el valor del terreno como el saldo
restante establecidos en las cláusulas cuarta y quinta del multicitado convenio, deben ser
DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIÓN DEL AYUNTAMIENTO Expediente 172/17. Se autoriza modificar el Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece, en el cual resolvió el expediente 160/12; así como el Convenio suscrito entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno. Aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 16 de Noviembre de 2017
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actualizados de conformidad al Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC); lo que
proponemos realizar bajo los siguientes términos:
Previo a describir la forma en que los suscritos proponemos actualizar los valores, es
necesario reiterar que el valor base asignado para los inmuebles permutados fue por la cantidad de
$532,870.00 (quinientos treinta y dos mil ochocientos setenta pesos 00/100 M.N.), lo anterior de
conformidad a la cláusula segunda del convenio de fecha 13 trece enero de 1981 mil novecientos
ochenta y uno; por lo que las actualizaciones deberán de sujetarse a dicha cantidad y bajo los
siguientes criterios.
Caso número 1: Actualización del Valor del terreno.
Caso número 2: Actualización del Saldo restante
Para efecto de una mayor comprensión los suscritos describimos el procedimiento
realizado para obtener la actualización del saldo restante:
Convenio de fecha 13 trece de
enero de 1981
Dato correcto, ya validado por el
Ayuntamiento
Superficie del inmueble: 420.00 m2 cuatrocientos veinte
metros cuadrados.
448.87 m2 cuatrocientos cuarenta y
ocho metros ochenta y siete
decímetros cuadrados.
Valor comercial: $336,000.00 (trescientos treinta y
seis mil pesos 00/100 M.N.); a
razón de $800.00 ochocientos
pesos el metros cuadrado.
$359,096.00 trescientos cincuenta y
nueve mil noventa y seis pesos 00/100
M.N; a razón de $800.00 ochocientos
pesos el metros cuadrado.
Convenio de fecha 13 trece de
enero de 1981
Dato correcto, ya validado por el
Ayuntamiento
Superficie del inmueble: 420.00 m2 cuatrocientos veinte
metros cuadrados.
448.87 m2 cuatrocientos cuarenta y
ocho metros ochenta y siete
decímetros cuadrados.
Saldo restante $196,870.00 ciento noventa y
seis mil ochocientos setenta
pesos 00/100 M.N.
$173,774.00 (ciento setenta y tres mil
setecientos setenta y cuatro pesos
(viejos pesos ))
$277,535.62 (doscientos setenta y siete
mil quinientos treinta y cinco pesos
62/100 M.N. (Valor actualizado
conforme al Índice Nacional de
Precios al Consumidor)).
DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIÓN DEL AYUNTAMIENTO Expediente 172/17. Se autoriza modificar el Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece, en el cual resolvió el expediente 160/12; así como el Convenio suscrito entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno. Aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 16 de Noviembre de 2017
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Primero determinamos el saldo restante para después proceder a su actualización, el cual se
determina mediante una resta de los siguientes valores:
• Valor establecido para la permuta: $532,870.00 quinientos treinta y dos mil
ochocientos setenta pesos 00/100 (viejos pesos).
• Valor actualizado del terreno: $359,096.00 trescientos cincuenta y nueve mil noventa
y seis pesos 00/100 M.N. (resultado obtenido de multiplicar la superficie real por el costo del
metro cuadrado; 448.87 x 800).
Saldo restante = $173,774.00 ciento setenta y tres mil setecientos setenta y cuatro pesos
(viejos pesos)
El siguiente paso es determinar el factor de actualización, el cual se obtiene de dividir el
índice reciente entre el índice de adquisición del bien, de conformidad al Índice Nacional de
Precios al Consumidor (INPC):
Fecha Valor del índice Factor de Actualización
Agosto de 2017 127.513
Septiembre de 1980 0.07984 127.513/0.07984 =1,597.1066
Finalmente para obtener el valor actualizado de la deuda, multiplicamos el valor presente
por el factor de actualización:
($173,774.00 (valor en viejos pesos) * 1,597.1066 (factor de actualización)) / dividido entre
1,000 para convertir a nuevos pesos.
Resultando la cantidad de $277,535.62 (doscientos setenta y siete mil quinientos treinta
y cinco pesos 62/100 M.N.)
En ese contexto, quedan modificadas las cláusulas tercera, cuarta y quinta del convenio de
fecha 13 trece enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno; para quedar como sigue:
DICE:
“T ERCERA. El Ayuntamiento entrega a cambio al permutante quién desde luego recibe la
posesión, un lote de terreno con una superficie aproximada de 420.00 metros cuadrados, teniendo
14.00 metros de frente por la calle Profesor Luis. G. Monzón, por 30 metros de fondo, el cual se
encuentra ubicado en la manzana 18 de la Colonia Constitución, comprendida entre las calles
Venustiano Carranza, Manuel Anaya, Profesor Raúl Rodiles y la calle antes citada Profesor Luis.
G. Monzón.”
DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIÓN DEL AYUNTAMIENTO Expediente 172/17. Se autoriza modificar el Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece, en el cual resolvió el expediente 160/12; así como el Convenio suscrito entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno. Aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 16 de Noviembre de 2017
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DEBE DECIR:
“TERCERA. El Ayuntamiento entrega a cambio al permutante quién desde luego recibe la
posesión, un lote de terreno con una superficie aproximada de 448.87 (cuatrocientos cuarenta y
ocho metros ochenta y siete decímetros cuadrados), el cual se encuentra ubicado en la manzana
18, calle Profesor Luis G. Monzón en la colonia Constitución, entre las calles Venustiano
Carranza, Manuel Anaya, Profesor Raúl Rodiles y la calle antes citada Profesor Luis. G. Monzón.”
DICE:
“CUARTA. Ambas partes de común acuerdo le asignan al lote de terreno antes citado un
valor comercial de $336,000.00 (TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL PESOS 00/100 M.N.),
salvo error aritmético, a razón de $800.00 (OCHOCIENTOS PESOS 00/100 M.N), metro
cuadrado.”
DEBE DECIR:
“CUARTA. Ambas partes de común acuerdo le asignan al lote de terreno antes citado un
valor comercial de $359,096.00 (trescientos cincuenta y nueve mil noventa y seis pesos 00/100
M.N.), salvo error aritmético, a razón de $800.00 ochocientos pesos 00/100 M.N, por metro
cuadrado.”
DICE:
“QUINTA. El saldo resultante o sea la cantidad de: $196,870.00 (CIENTO NOVENTA Y
SEIS MIL OCHOCIENTOS SETENTA PESOS 00/100 M.N.), se destinará hasta donde alcance
para la construcción de una vivienda, en el terreno que permuta el Ayuntamiento, conforme al
plano que se adjunta al presente convenio y de acuerdo a las necesidades del permutante.”
DEBE DECIR:
“QUINTA. El saldo resultante o sea la cantidad de $277,535.62 (doscientos setenta y
siete mil quinientos treinta y cinco pesos 62/100 M.N.), se destinará hasta donde alcance para la
construcción de una vivienda, en el terreno que permuta el Ayuntamiento, conforme al plano que
se adjunta al presente convenio y de acuerdo a las necesidades del permutante.”
Asimismo y bajo la misma tesitura, se deberán modificar los Puntos de Acuerdo Primero
y Segundo del Dictamen y Propuesta de Comisiones del Ayuntamiento, que resolvió el expediente
160/12, aprobado en Sesión Ordinaria de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil
trece; para quedar como sigue:
DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIÓN DEL AYUNTAMIENTO Expediente 172/17. Se autoriza modificar el Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece, en el cual resolvió el expediente 160/12; así como el Convenio suscrito entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno. Aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 16 de Noviembre de 2017
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DICE:
“ PRIMERO.- Se ratifica el contrato de permuta celebrado con fecha 20 de septiembre
de 1980, en cual comparecieron por una parte el H. Ayuntamiento Constitucional de Zapopan,
Jalisco, representado en esos momentos por el Lic. Francisco Javier Hidalgo y Costilla
Hernández, en su carácter de Secretario y Sindico, y por la otra parte el Señor Lázaro Alcalá
Bentura, así como los actos posteriores que quedaron señalados en el cuerpo del dictamen los
cuales precisan dicho contrato de permuta:
El Municipio deberá escriturar:
Un lote con una superficie aproximada de 420.00 metros cuadrados, teniendo 14.00
metros de frente por la calle Profesor Luis G. Monzón, por 30.00 metros de fondo, el cual se
encuentra ubicado en la Manzana 18 de la colonia Constitución comprendida entre las cales
Venustiano Carranza, Manuel Anaya, Profesor Raúl Rodiles y la calle citada Profesor Luis G.
Monzón.
En virtud del fallecimiento de los Señores Lázaro Alcalá Bentura y Francisca Sedano
Maravilla, se deberá escriturar a favor de quien o de quienes resulten adjudicados en la sentencia
ejecutoriada que apruebe el proyecto de partición y adjudicación de la sucesión intestamentaria a
bienes de los Señores Lázaro Alcalá Ventura y Francisca Sedano Maravilla y de igual manera se
le deberá escriturar al Municipio el predio propiedad privada señalado:
Lote 6, de la manzana 3 del Fraccionamiento denominado Linda Vista, con una
superficie de 154.70 metros cuadrados, con las siguientes medidas y linderos:
Al Noreste en 9.10 metros, con el límite de la propiedad, al Sur en 7.50, con la calle
González Ortega, al Oriente en 18.10 metros, con el lote 7; y al Poniente en 23.15 con el lote 5
todos de la Manzana 3.
Ambas escrituraciones deberán realizarse en acto simultáneo con el fin de que las
obligaciones recíprocas queden concluidas, pagando cada una de las partes sus gastos de
escrituración y los impuestos que en su caso cada parte genere.”
DEBE DECIR:
“PRIMERO.- Se ratifica el contrato de permuta celebrado con fecha 20 de septiembre de
1980, en cual comparecieron por una parte el H. Ayuntamiento Constitucional de Zapopan,
Jalisco, representado en esos momentos por el Lic. Francisco Javier Hidalgo y Costilla Hernández,
en su carácter de Secretario y Sindico, y por la otra parte el Señor Lázaro Alcalá Bentura, así
DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIÓN DEL AYUNTAMIENTO Expediente 172/17. Se autoriza modificar el Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece, en el cual resolvió el expediente 160/12; así como el Convenio suscrito entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno. Aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 16 de Noviembre de 2017
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como los actos posteriores que quedaron señalados en el cuerpo del dictamen los cuales precisan
dicho contrato de permuta:
El Municipio deberá escriturar:
Un lote con una superficie aproximada de 448.87 (cuatrocientos cuarenta y ocho metros
ochenta y siete decímetros cuadrados), el cual se encuentra ubicado en la manzana 18, calle
Profesor Luis G. Monzón en la colonia Constitución, entre las calles Venustiano Carranza, Manuel
Anaya, Profesor Raúl Rodiles y la calle antes citada Profesor Luis. G. Monzón.”
En virtud del fallecimiento de los señores Lázaro Alcalá Bentura y Francisca Sedano
Maravilla, el citado inmueble se deberá escriturar a favor de quien o de quienes resulten
adjudicados en la sentencia ejecutoriada que apruebe el proyecto de partición y adjudicación de la
Sucesión Intestamentaria a bienes de los señores Lázaro Alcalá Ventura y Francisca Sedano
Maravilla y de igual manera éstos deberán escriturar al Municipio el predio propiedad privada
señalado:
Lote 6, de la manzana 3 del Fraccionamiento denominado Linda Vista, con una superficie
de 154.70 metros cuadrados, con las siguientes medidas y linderos:
Al Noreste en 9.10 metros, con el límite de la propiedad, al Sur en 7.50, con la calle
González Ortega, al Oriente en 18.10 metros, con el lote 7; y al Poniente en 23.15 con el lote 5
todos de la Manzana 3.
Ambas escrituraciones deberán realizarse en acto simultáneo con el fin de que las
obligaciones recíprocas queden concluidas, pagando cada una de las partes sus gastos de
escrituración y los impuestos que en su caso cada parte genere.”
DICE:
“ SEGUNDO.- Se autoriza de conformidad con lo dispuesto en los artículos 36, fracción
V y VI, 84, fracción II, inciso b) y 87 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública
Municipal del Estado de Jalisco, la desincorporación del dominio público el lote de terreno con
una superficie aproximada de 420.00 metros cuadrados, teniendo 14.00 metros de frente por la
calle Profesor Luis G. Monzón, por 30.00 metros de fondo, el cual se encuentra ubicado en la
Manzana 18 de la colonia Constitución comprendida entre las calles Venustiano Carranza,
Manuel Anaya, Profesor Raúl Rodiles y la calle antes citada Luis G. Monzón., según escritura
pública número 6,111 de fecha 27 de septiembre de 1961, pasada ante la fe del Lic. Juan Aviña
López, Notario Público número 10 de la Municipalidad de Guadalajara, Jalisco. De la cual
deberá segregarse la superficie antes citada, misma que surtirá efectos al momento de la
escrituración a favor del Municipio, por tratarse de la enajenación de la figura jurídica de la
permuta.
DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIÓN DEL AYUNTAMIENTO Expediente 172/17. Se autoriza modificar el Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece, en el cual resolvió el expediente 160/12; así como el Convenio suscrito entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno. Aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 16 de Noviembre de 2017
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Este Acuerdo del Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 36,
fracciones V y VI y 88, fracción II de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal
del Estado de Jalisco, debe ser aprobado por mayoría calificada del Ayuntamiento.”
DEBE DECIR:
“SEGUNDO.- Se autoriza de conformidad con lo dispuesto en los artículos 36, fracción V
y VI, 84, fracción II, inciso b) y 87 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal
del Estado de Jalisco, la desincorporación del dominio público el lote de terreno con una
superficie aproximada de 448.87 (cuatrocientos cuarenta y ocho metros ochenta y siete decímetros
cuadrados), el cual se encuentra ubicado en la manzana 18, calle Profesor Luis G. Monzón en la
colonia Constitución, entre las calles Venustiano Carranza, Manuel Anaya, Profesor Raúl Rodiles
y la calle antes citada Profesor Luis. G. Monzón, según escritura pública número 6,111 de fecha
27 de septiembre de 1961, pasada ante la fe del Lic. Juan Aviña López, Notario Público número
10 de la Municipalidad de Guadalajara, Jalisco. De la cual deberá segregarse la superficie antes
citada, misma que surtirá efectos al momento de la escrituración a favor del Municipio, por
tratarse de la enajenación de la figura jurídica de la permuta.
Este Acuerdo del Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 36,
fracciones V y VI de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de
Jalisco, debe ser aprobado por mayoría calificada del Ayuntamiento.”
En consecuencia de todo lo anteriormente expuesto y fundado, y de conformidad con lo
establecido por los artículos 8 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
por el artículo 73 de la Constitución Política del Estado de Jalisco, en los artículos 1, 2, 3, 82, 84 y
demás relativos y aplicables de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del
Estado de Jalisco y por los artículos 1, 3, 7, 17, 19, 31, 33, 35, 37, 38 y 46 del Reglamento del
Ayuntamiento de Zapopan, Jalisco, los Regidores integrantes de la Comisión que emitimos el
presente dictamen, nos permitimos proponer a la consideración de este Ayuntamiento en Pleno,
los siguientes puntos de:
A C U E R D O :
PRIMERO . Se autoriza modificar las cláusulas tercera, cuarta y quinta del convenio de
fecha 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno, suscrito entre el Municipio de
Zapopan, Jalisco y el señor Lázaro Alcalá Bentura, mediante el cual el Municipio determinó
entregar a cambio de la permuta celebrada el día 20 veinte de septiembre de 1980, el lote de
terreno ubicado en la calle Profesor Luis Monzón; colonia Constitución; así como los Puntos de
Acuerdo Primero y Segundo del Dictamen y Propuesta de Comisiones del Ayuntamiento, que
resolvió el expediente 160/12, aprobado en Sesión Ordinaria de fecha 29 veintinueve de
DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIÓN DEL AYUNTAMIENTO Expediente 172/17. Se autoriza modificar el Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece, en el cual resolvió el expediente 160/12; así como el Convenio suscrito entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno. Aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 16 de Noviembre de 2017
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noviembre del año 2013 dos mil trece; lo anterior con el fin de modificar la superficie del
inmueble municipal permutado localizado en la calle Profesor Luis Monzón, colonia Constitución,
y como consecuencia a ello modificar el valor del citado terreno y actualizar la cantidad del saldo
restante que se estableció en el multicitado convenio; de conformidad al Índice Nacional de
Precios al Consumidor (INPC); bajo los siguientes términos:
• Convenio de fecha 13 trece enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno:
“ CLÁUSULAS:
(…)
TERCERA. El Ayuntamiento entrega a cambio al permutante quién desde luego recibe la
posesión, un lote de terreno con una superficie aproximada de 448.87 cuatrocientos cuarenta y
ocho metros ochenta y siete decímetros cuadrados, el cual se encuentra ubicado en la manzana
18, calle Profesor Luis G. Monzón en la colonia Constitución, entre las calles Venustiano
Carranza, Manuel Anaya, Profesor Raúl Rodiles y la calle antes citada Profesor Luis. G.
Monzón.”
“ CUARTA. Ambas partes de común acuerdo le asignan al lote de terreno antes citado
un valor comercial de $359,096.00 trescientos cincuenta y nueve mil noventa y seis pesos 00/100
M.N., salvo error aritmético, a razón de $800.00 ochocientos pesos 00/100 M.N, por metro
cuadrado.”
“ QUINTA. El saldo resultante o sea la cantidad de $277,535.62 (doscientos setenta y
siete mil quinientos treinta y cinco pesos 62/100 M.N.),, se destinará hasta donde alcance para la
construcción de una vivienda, en el terreno que permuta el Ayuntamiento, conforme al plano que
se adjunta al presente convenio y de acuerdo a las necesidades del permutante.”
• Dictamen y Propuesta de Comisiones del Ayuntamiento, que resolvió el expediente
160/12, aprobado en Sesión Ordinaria de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil
trece:
“ ACUERDO:
“ PRIMERO.- Se ratifica el contrato de permuta celebrado con fecha 20 de septiembre
de 1980, en cual comparecieron por una parte el H. Ayuntamiento Constitucional de Zapopan,
Jalisco, representado en esos momentos por el Lic. Francisco Javier Hidalgo y Costilla
Hernández, en su carácter de Secretario y Sindico, y por la otra parte el Señor Lázaro Alcalá
Bentura, así como los actos posteriores que quedaron señalados en el cuerpo del dictamen los
cuales precisan dicho contrato de permuta:
DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIÓN DEL AYUNTAMIENTO Expediente 172/17. Se autoriza modificar el Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece, en el cual resolvió el expediente 160/12; así como el Convenio suscrito entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno. Aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 16 de Noviembre de 2017
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El Municipio deberá escriturar:
Un lote con una superficie aproximada de 448.87 (cuatrocientos cuarenta y ocho metros
ochenta y siete decímetros cuadrados), el cual se encuentra ubicado en la manzana 18, calle
Profesor Luis G. Monzón en la colonia Constitución, entre las calles Venustiano Carranza,
Manuel Anaya, Profesor Raúl Rodiles y la calle antes citada Profesor Luis. G. Monzón.”
En virtud del fallecimiento de los señores Lázaro Alcalá Bentura y Francisca Sedano
Maravilla, el citado inmueble se deberá escriturar a favor de quien o de quienes resulten
adjudicados en la sentencia ejecutoriada que apruebe el proyecto de partición y adjudicación de
la Sucesión Intestamentaria a bienes de los señores Lázaro Alcalá Ventura y Francisca Sedano
Maravilla y de igual manera éstos deberán escriturar al Municipio el predio propiedad privada
señalado:
Lote 6, de la manzana 3 del Fraccionamiento denominado Linda Vista, con una
superficie de 154.70 metros cuadrados, con las siguientes medidas y linderos:
Al Noreste en 9.10 metros, con el límite de la propiedad, al Sur en 7.50, con la calle
González Ortega, al Oriente en 18.10 metros, con el lote 7; y al Poniente en 23.15 con el lote 5
todos de la Manzana 3.
Ambas escrituraciones deberán realizarse en acto simultáneo con el fin de que las
obligaciones recíprocas queden concluidas, pagando cada una de las partes sus gastos de
escrituración y los impuestos que en su caso cada parte genere.”
“ SEGUNDO.- Se autoriza de conformidad con lo dispuesto en los artículos 36, fracción
V y VI, 84, fracción II, inciso b) y 87 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública
Municipal del Estado de Jalisco, la desincorporación del dominio público el lote de terreno con
una superficie aproximada de 448.87 cuatrocientos cuarenta y ocho metros ochenta y siete
decímetros cuadrados, el cual se encuentra ubicado en la manzana 18, calle Profesor Luis G.
Monzón en la colonia Constitución, entre las calles Venustiano Carranza, Manuel Anaya,
Profesor Raúl Rodiles y la calle antes citada Profesor Luis. G. Monzón, según escritura pública
número 6,111 de fecha 27 de septiembre de 1961, pasada ante la fe del Lic. Juan Aviña López,
Notario Público número 10 de la Municipalidad de Guadalajara, Jalisco. De la cual deberá
segregarse la superficie antes citada, misma que surtirá efectos al momento de la escrituración a
favor del Municipio, por tratarse de la enajenación de la figura jurídica de la permuta.
Este Acuerdo del Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 36,
fracciones V y VI de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de
Jalisco, debe ser aprobado por mayoría calificada del Ayuntamiento.”
DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIÓN DEL AYUNTAMIENTO Expediente 172/17. Se autoriza modificar el Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece, en el cual resolvió el expediente 160/12; así como el Convenio suscrito entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno. Aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 16 de Noviembre de 2017
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SEGUNDO. Notifíquese la presente resolución a la Unidad de Patrimonio adscrita a la
Dirección de Administración, a la Sindicatura y a la Dirección Jurídico Consultivo, para su
conocimiento y para efecto de que continúen con el proceso de escrituración.
Asimismo una vez que el inmueble ubicado en la Avenida Hidalgo número 710, en la
Unidad República, en este Municipio, se encuentre escriturado e inscrito en el Registro Público de
la Propiedad y de Comercio del Estado de Jalisco, a favor del Municipio de Zapopan, Jalisco; se
instruye a la Unidad de Patrimonio para que le informe dicha situación a la Tesorería Municipal
con el fin de que proceda al pago de la cantidad pactada en la cláusula quinta del convenio de
fecha 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno ($277,535.62 (doscientos setenta y
siete mil quinientos treinta y cinco pesos 62/100 M.N.) a esta fecha.
TERCERO. Asimismo con una copia de la presente resolución notifíquese a la Tesorería
Municipal, para su conocimiento y para que en el cumplimiento de lo establecido en el contrato de
permuta celebrado el día 20 veinte de septiembre de 1980; del convenio suscrito el día 13 trece de
enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno; del Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre
del año 2013 dos mil trece, que resolvió el expediente 160/12, así como de conformidad a lo
señalado en la presente resolución; autorice la erogación correspondiente para el pago de los
gastos, impuestos y honorarios que se generen por la escrituración del predio ubicado en la
Avenida Hidalgo número 710, en la Unidad República, en este Municipio.
Asimismo y una vez que la Unidad de Patrimonio le notifique que el citado inmueble, ya
se encuentra escriturado e inscrito en el Registro Público de la Propiedad y Comercio del Estado
de Jalisco, a favor del Municipio de Zapopan, Jalisco, realice las acciones correspondientes con el
fin de pagar a los adjudicatarios de la Sucesión Intestamentaria a bienes de los señores Lázaro
Alcalá Ventura y Francisca Sedano Maravilla, la cantidad de $277,535.62 (doscientos setenta y
siete mil quinientos treinta y cinco pesos 62/100 M.N.),, misma que el Municipio se comprometió
a cubrir.
CUARTO. Una vez escriturado e inscrito en el Registro Público de la Propiedad y Comercio
del Estado de Jalisco el multicitado inmueble localizado en la Avenida Hidalgo número 710, en la
Unidad República, en este Municipio; éste tendrá el carácter de bien del dominio público por lo
que de conformidad con el artículo 86 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública
Municipal del Estado de Jalisco, se tendrá como incorporado al dominio público, motivo por el
cual se instruye a la Unidad de Patrimonio, para que presente al Pleno la correspondiente
declaratoria de incorporación, para efecto de su publicación e inscripción en el Registro Público de
la Propiedad y Comercio del Estado de Jalisco, motivo por el cual se instruye a la Dirección de
Actas, Acuerdos y Seguimiento, para que dé seguimiento al cumplimiento del presente Acuerdo.
DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIÓN DEL AYUNTAMIENTO Expediente 172/17. Se autoriza modificar el Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece, en el cual resolvió el expediente 160/12; así como el Convenio suscrito entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno. Aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 16 de Noviembre de 2017
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QUINTO . Notifíquese a la Dirección de Catastro, para su conocimiento y para que una vez
que le sea remitida la escritura pública del inmueble ubicad en la Avenida Hidalgo número 710, en
la Unidad República, en este Municipio, proceda a la apertura de la cuenta catastral a nombre del
Municipio.
SEXTO. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 91 de la Ley del Gobierno y la
Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, comuníquese el contenido del presente
Acuerdo al H. Congreso del Estado de Jalisco, dentro de los treinta días posteriores a la fecha de
escrituración de los inmuebles, remitiéndole una copia certificada de este Acuerdo y de la
resolución aprobada en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 29 veintinueve de noviembre
del año 2013 dos mil trece, así como del Acta de la Sesión del Ayuntamiento en cual se autoriza el
presente, para los efectos de revisión y fiscalización de la cuenta pública respectiva; lo anterior,
por conducto de la Tesorería Municipal y de la Unidad de Patrimonio Municipal.
SÉPTIMO . Notifíquese al ciudadano Antonio Alcalá Sedano, en calle Alhelíes número 802
ochocientos dos, colonia Girasoles, Zapopan, Jalisco, para su conocimiento y para que continúe
con los trámites correspondientes de la escrituración.
OCTAVO . Se autoriza a los ciudadanos PRESIDENTE MUNICIPAL, al SÍNDICO MUNICIPAL, al
TESORERO MUNICIPAL y al SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO , para que celebren los actos jurídicos
necesarios y convenientes para cumplimentar el presente Acuerdo.
ATENTAMENTE:
“ZAPOPAN, TIERRA DE AMISTAD, TRABAJO Y RESPETO” “2017, AÑO DEL CENTENARIO DE LA PROMULGACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
JALISCO Y DEL NATALICIO DE JUAN RULFO.” LA COMISIÓN COLEGIADA Y PERMANENTE DE
HACIENDA , PATRIMONIO Y PRESUPUESTOS 14 DE NOVIEMBRE DE 2017
FABIOLA RAQUEL GUADALUPE LOYA HERNÁNDEZ A FAVOR
MARIO ALBERTO RODRÍGUEZ CARRILLO A FAVOR
JOSÉ LUIS TOSTADO BASTIDAS AUSENTE
GRACIELA DE OBALDÍA ESCALANTE A FAVOR
OSCAR JAVIER RAMÍREZ CASTELLANOS A FAVOR
DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIÓN DEL AYUNTAMIENTO Expediente 172/17. Se autoriza modificar el Acuerdo de fecha 29 veintinueve de noviembre del año 2013 dos mil trece, en el cual resolvió el expediente 160/12; así como el Convenio suscrito entre este Municipio y el señor Lázaro Alcalá Bentura, el día 13 trece de enero de 1981 mil novecientos ochenta y uno. Aprobado en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 16 de Noviembre de 2017
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ESTEBAN ESTRADA RAMÍREZ
A FAVOR JOSÉ HIRAM TORRES SALCEDO
A FAVOR
ZOILA GUTIÉRREZ AVELAR A FAVOR
XAVIER MARCONI MONTERO VILLANUEVA A FAVOR
ERIKA EUGENIA FÉLIX ÁNGELES A FAVOR
MICHELLE LEAÑO ACEVES A FAVOR
LAURA GABRIELA CÁRDENAS RODRÍGUEZ A FAVOR
MYRIAM PAOLA ABUNDIS VÁZQUEZ A FAVOR
ISRAEL JACOBO BOJÓRQUEZ A FAVOR
JALC/CIAV