16 03ddhh
DESCRIPTION
TRANSCRIPT
1
INTERPRETACIÓN DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES
INTERPRETACIÓN DE LOS DD.FF.
2
I. Interpretación: es un ejercicio de subjuncion, para identificar los contenidos
relevantes ir de los significado al signficante aplicando principios para la interpretación, de conflictos entre ds: ponderación, principio de proporcionalidad y principio de concordancia práctica
TEORIAS QUE EXPLICAN LA NATURALEZA DE LOS DDFF
3
TEORIA HISTORICISTATEORIA INDIVIDUALISTATEORIA ESTATISTA TEORIA LIBERALTEORIA DE LOS VALORESTEORIA INSTITUCIONALTEORIA DEMOCRATICA FUNCIONAL TEORIA DE LA GARANTIA PROCESAL TEORIA JURIDICO SOCIAL
DERECHOS FUNDAMENTALES
4
presupuestos éticos y los componentes jurídicos, significando de relevancia que compromete la dignidad humana y sus objetivos de autonomía moral, convierte a los derechos en norma básica material del Ordenamiento, Los derechos fundamentales expresan tanto una moralidad básica como una juridicidad básica
CARACTERISTICAS
5
-Son parte del texto constitucional -Tienen eficacia de normas contitucionales Tienen eficacia directa Establecen un sistema garantista
FUNCIONES DE LOS DDFF
6
función objetiva como elemento que contribuyen a definir el estado democratico
función subjetiva permiten a lo ciudadanos
y que les permiten exigir su cumplimiento
CLASIFICACION DE LOS DDFF
7
Derechos de autonomia: reconocen un ambito de actuacion sin interferencia externa; der a al vida, libertad ideologica,intimidad
Derechos de participacion: relativos a la vinculacion con los asuntos publicos; sufragio, a elccion, reunion, asociacion
Derechos de prestacion: permiten exigir al estado determinadas prestaciones economico social y cultural
educacion trabajo y salud
REQUISITOS PARA QUE UN DERECHO SE CONFIGURE COMO UN DERECHO FUNDAMENTAL |
8
Vinculacion con los poderes publicos Indisponibilidad para el legislador Que contenga un contenido esencialQue este sujeto a un control judicial o de
constitucionalidad
LIMITES A LOS DERECHOS FUNDAMENTALES
9
Limites inmediatos derivados de la constitucion limitacion al derecho de reunion por riesgo fundado de alteracion del orden publico
Limites mediatos derivados de la constitucion para preservar o proteger otros derechos
Limites mediatos derivados de la constitucion de proteger o preservar otros bienes constitucionalmente protegidos
PRINCIPIOS PARA LA INTERPRETACIÓN
10
P. del indubio pro libertateInterpretación restrictiva de limitacionesPosición preferente de dd.ff.La interpretación de mayor protecciónRespeto al contenido esencial del derechoPs. de progresividad y no regresividad
PRINCIPIOS PARA LA INTERPRETACIÓN
11
P. del favorum procesum- Ante diferentes interpretaciones posibles, se opta por la más extensiva en el reconocimiento de dd.ff.- Manifestaciones: pro operario / pro actione /indubio pro reo / pro libertatis
PRINCIPIOS PARA LA INTERPRETACIÓN
12
Interpretación restrictiva de limitaciones- Ante diferentes interpretaciones posibles, se debe optar por aquella menos restrictiva si de lo que se trata es de imponer limitaciones o restricciones al dd.ff.- Los dd.ff. pueden limitarse dicahs limtacioen deben estar constitucionalmente justificadas y legalmente configuradas
PRINCIPIOS PARA LA INTERPRETACIÓN
13
Posición preferente de dd.ff.-axiologiacamente no todos los derechos
fundamentales tienen el mismo valor y pro tanto su proteccion y salvaguardias son mayores
OTROS PRINCIPIOS INTERPRETATIVOS
14
Concordancia practica Unidad de la constitucion Eficacia integradora Fuerza normativa Ps. de progresividad y no regresividad
- Gradualidad- No regresividad
PRINCIPIOS PARA LA INTERPRETACIÓN
15
Respeto al contenido esencial del derecho-el contenido esencial es un elemento configurador de todo derecho que recoge la esencia de cada derecho que permite que este se relacione y vincule con otros derechos, este contenido puede ser objeto de limitacion.
. RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS ENTRE DS: PONDERACIÓN, P. PROPORCIONALIDAD Y P. CONCORDANCIA PRÁCTICA
16
P. Proporcionalidad- Examen de adecuación- Examen de necesidad- Examen de proporcionalidad en estricto
P. Concordancia PrácticaArmonización - Ponderación
17
DDFF DDHH
DDCC
DIGNIDAD HUMANA