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TÉRMINOS DE REFERENCIA Y CONDICIONES REQUERIDAS PARA EL SERVICIO DE TÉRMINOS DE REFERENCIA 1. ANTECEDENTES. Mediante Decreto Supremo N° 986 de 21 de Septiembre de 2011 fue creada la Agencia Estatal de Vivienda (AEVIVIENDA), como una institución pública descentralizada, con personalidad jurídica, autonomía de gestión administrativa, financiera, legal y técnica bajo tuición del Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, encargada de la dotación de soluciones habitacionales y hábitat requeridas prioritariamente por los sectores de la población vulnerable y de menores ingresos, asegurando equidad, oportunidad, integralidad, innovación y solidaridad. La Agencia Estatal de Vivienda (AEVIVIENDA) tiene por finalidad diseñar y ejecutar todos los programas y/o proyectos estatales de vivienda y hábitat del nivel central del Estado, así como aquellos en los que concurra con las entidades territoriales autónomas. El Plan Plurianual de Reducción del Déficit Habitacional que desarrolló el Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, identifica a la TCO – YURACARÉ de los Municipios de VILLA TUNARI/CHIMORÉ, como un área de los Municipios en donde se debe implementar proyectos de vivienda en la gestión 2014, en tal sentido, la Agencia Estatal de Vivienda, realizó un análisis social para identificar sectores, agrupaciones y otros posibles beneficiarios, debido a la situación de vulnerabilidad se consideró por conveniente atender en la presente gestión a los Municipios de VILLA TUNARI/CHIMORÉ implementando un plan de construcción de viviendas sociales para las comunidades de: GALILEA – LA MISIÓN – MONTE SINAI – NUEVO TODOS SANTOS – PUERTO COCHABAMBA – PUERTO VICTORIA. * Las comunidades beneficiadas y el número de beneficiarios por comunidad, podrán ser ajustados en función a las evaluaciones técnicas y sociales que se realicen durante la ejecución del proyecto, sin modificar el número total de beneficiarios. 2. UBICACIÓN. El emplazamiento del proyecto se encuentra en la Jurisdicción de los Municipios de VILLA TUNARI, 3º Sección Provincia Chapare y CHIMORE, 4º Sección Provincia Carrasco, se encuentran ubicado al Nor oeste del departamento de Cochabamba, Republica de Bolivia. El municipio de Chimore fue creado por Ley N° 633 el 13 de Septiembre de 1984, durante el período del Dr. Hernán Siles Zuazo, es la Cuarta Sección de la Provincia Carrasco con su capital Chimoré, comprendiendo a las localidades de San Isidro, La Victoria, Santa Rosa, Shinahota, Todos Santos, Puerto Alegre, Puerto Aurora, Ibuelo, Cesarzama y F. Tropical. Actualmente limita al norte con la confluencia de los ríos Chapare e Ichilo, al sur con el Municipio de Totora, al este con el Municipio de Puerto Villarroel y la Provincia Ichilo del Departamento de Santa Cruz, al oeste con el Municipio de Villa Tunari (Prov. Chapare) y el Cantón Shinahota del Municipio de Tiraque (Prov. Tiraque), cuya extensión territorial es de 2.817 kilómetros cuadrados aproximadamente. El Municipio de Chimoré, pertenece a la Provincia Carrasco del Departamento de Cochabamba. Es uno de los cinco Municipios del Trópico de Cochabamba. Está ubicado al Noreste del Departamento de Cochabamba. El centro urbano correspondiente al Distrito 1, se localiza en la carretera interdepartamental Cochabamba – Santa Cruz a 191 kilómetros, a una altitud de 240 msnm. COMUNIDAD Nº DE BENEFICIARIOS 1 GALILEA 7 2 LA MISIÓN 20 3 MONTE SINAI 17 4 NUEVO TODOS SANTOS 19 5 PUERTO COCHABAMBA 9 6 PUERTO VICTORIA 8 TOTAL 80 SUPERVISIÓN TÉCNICA CONSTRUCCIÓN DE 80 VIVIENDAS EN LA TCO-YURACARE- COCHABAMBA

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  • TRMINOS DE REFERENCIA Y CONDICIONES REQUERIDAS PARA EL SERVICIO DE

    TRMINOS DE REFERENCIA

    1. ANTECEDENTES. Mediante Decreto Supremo N 986 de 21 de Septiembre de 2011 fue creada la Agencia Estatal de Vivienda (AEVIVIENDA), como una institucin pblica descentralizada, con personalidad jurdica, autonoma de gestin administrativa, financiera, legal y tcnica bajo tuicin del Ministerio de Obras Pblicas, Servicios y Vivienda, encargada de la dotacin de soluciones habitacionales y hbitat requeridas prioritariamente por los sectores de la poblacin vulnerable y de menores ingresos, asegurando equidad,

    oportunidad, integralidad, innovacin y solidaridad. La Agencia Estatal de Vivienda (AEVIVIENDA) tiene por finalidad disear y ejecutar todos los programas y/o proyectos estatales de vivienda y hbitat del nivel central del Estado, as como aquellos en los que concurra con las entidades territoriales autnomas.

    El Plan Plurianual de Reduccin del Dficit Habitacional que desarroll el Viceministerio de Vivienda y

    Urbanismo, identifica a la TCO YURACAR de los Municipios de VILLA TUNARI/CHIMOR, como un rea

    de los Municipios en donde se debe implementar proyectos de vivienda en la gestin 2014, en tal sentido,

    la Agencia Estatal de Vivienda, realiz un anlisis social para identificar sectores, agrupaciones y otros

    posibles beneficiarios, debido a la situacin de vulnerabilidad se consider por conveniente atender en la

    presente gestin a los Municipios de VILLA TUNARI/CHIMOR implementando un plan de construccin de

    viviendas sociales para las comunidades de: GALILEA LA MISIN MONTE SINAI NUEVO TODOS

    SANTOS PUERTO COCHABAMBA PUERTO VICTORIA.

    * Las comunidades beneficiadas y el nmero de beneficiarios por comunidad, podrn ser ajustados en funcin a las evaluaciones tcnicas y sociales que se realicen durante la ejecucin del proyecto, sin modificar el nmero total de beneficiarios.

    2. UBICACIN. El emplazamiento del proyecto se encuentra en la Jurisdiccin de los Municipios de

    VILLA TUNARI, 3 Seccin Provincia Chapare y CHIMORE, 4 Seccin Provincia Carrasco, se encuentran ubicado al Nor oeste del departamento de Cochabamba, Republica de Bolivia. El municipio de Chimore fue creado por Ley N 633 el 13 de Septiembre de 1984, durante el

    perodo del Dr. Hernn Siles Zuazo, es la Cuarta Seccin de la Provincia Carrasco con su capital Chimor, comprendiendo a las localidades de San Isidro, La Victoria, Santa Rosa, Shinahota, Todos Santos, Puerto Alegre, Puerto Aurora, Ibuelo, Cesarzama y F. Tropical. Actualmente limita al norte con la confluencia de los ros Chapare e Ichilo, al sur con el Municipio

    de Totora, al este con el Municipio de Puerto Villarroel y la Provincia Ichilo del Departamento de Santa Cruz, al oeste con el Municipio de Villa Tunari (Prov. Chapare) y el Cantn Shinahota del Municipio de Tiraque (Prov. Tiraque), cuya extensin territorial es de 2.817 kilmetros cuadrados aproximadamente. El Municipio de Chimor, pertenece a la Provincia Carrasco del Departamento de Cochabamba. Es uno de los cinco Municipios del Trpico de Cochabamba. Est ubicado al Noreste del

    Departamento de Cochabamba. El centro urbano correspondiente al Distrito 1, se localiza en la carretera interdepartamental Cochabamba Santa Cruz a 191 kilmetros, a una altitud de 240 msnm.

    N COMUNIDAD N DE

    BENEFICIARIOS

    1 GALILEA 7

    2 LA MISIN 20

    3 MONTE SINAI 17

    4 NUEVO TODOS SANTOS 19

    5 PUERTO COCHABAMBA 9

    6 PUERTO VICTORIA 8

    TOTAL 80

    SUPERVISIN TCNICA CONSTRUCCIN DE 80 VIVIENDAS EN LA TCO-YURACARE-COCHABAMBA

  • El proyecto habitacional tiene el propsito de promover la igualdad del desarrollo humano a 6 comunidades de la TCO - YURACAR de los Municipios de Villa Tunari/Chimor beneficiando a 80 familias.

    3. DESCRIPCIN DEL PROYECTO. El proyecto de construccin de viviendas sociales ha contemplado el diseo de una planta que consta de 2 dormitorios, cocina, y sala mltiple, con piso de cermica, un bao con lavamanos, inodoro y ducha, piso de cermica.

    Descripcin de la vivienda

    N DESCRIPCIN DE LA VIVIENDA m2

    1 SUPERFICIE VIVIENDA CONSTRUIDA 65,60 m2

    2 1er dormitorio 14,85 m2

    3 2do dormitorio 14,85 m2

    4 Un espacio para sala comedor 23,75 m2

    5 Cocina 9,44 m2

    6 Bao con lavamanos e inodoro 2,71 m2

    N DESCRIPCIN GENERAL

    1 Muro de Contencin

    2 Cimiento corrido de HC.

    3 Muros de ladrillo 6 huecos visto cara exterior

    4 Revoque exterior de cemento - cal

    5 Revoque interior de cemento

    6 Cubierta de Placa Ondulada con Maderamen

    7 Pintura interior ltex.

    MAPA DE UBICACIN

    MUNICIPIOS DE VILLA TUNARI - CHIMOR

  • 8 Mesn de HA c/ lavaplatos.

    9 Piso de cermica

    10 Puertas de tablero madera dura

    11 Ventanas de Madera 2 x 4 c/Malla Milimtrica

    12 Instalacin sanitaria.

    13 Instalacin elctrica.

    14 Pozo de absorcin

    Descripcin general

    PROVISIN E INSTALACIN DE LETRERO DE OBRA (1,2X2 M)

    INSTALACION DE FAENAS

    TRAZADO Y REPLANTEO

    EXCAVACIN DE CIMIENTOS

    CIMIENTO DE HORMIGON CICLOPEO

    MURO DE CONTENCIN HORMIGON CICLOPEO 50 % PIEDRA

    RELLENO Y COMPACTADO DE TERRENO

    LOSA DE HORMIGON ARMADO

    EMPEDRADO Y CONTRAPISO DE CEMENTO

    MURO DE LADRILLO 6H - TABIQUE

    VIGA DE ENCADENADO DE HA

    VIGA DE MADERA DURA DE 6" x 6" CUBIERTA/SALA MULTIPLE

    DINTEL DE LADRILLO ARMADO

    COLUMNAS DE H A

    CUBIERTA DE PLACA ONDULADA CON MADERAMEN

    CUMBRERA ARTICULADA

    BOTAGUAS DE LADRILLO CERMICO

    MESON DE COCINA CON LAVAPLATOS

    PROV. COLOC. VENTANA DE MADERA C/MALLA MILIMETRICA

    PROVISION Y COLOCADO DE PUERTA TABLERO - MADERA DURA (0.90 x 2,10)

    PROVISION Y COLOCADO DE PUERTA TABLERO - MADERA DURA (0,80 x 2,10)

    ESCALERAS DE MADERA

    REVOQUE INTERIOR DE CEMENTO

    REVOQUE EXTERIOR DE CEMENTO

    REVESTIMIENTO CERAMICA NACIONAL

    PISO DE CERAMICA NACIONAL

    ZOCALO DE CERAMICA NACIONAL

    PINTURA INTERIOR LATEX

    PINTURA EXTERIOR LATEX

    PROVISION Y COLOCADO PUERTA METLICA

    INSTALACION ELECTRICA

    PROVISIN, INSTALACIN Y COLOCADO DE INODORO ECOLGICO

    PROVISIN, INSTALACIN Y COLOCADO DE LAVAMANOS

    PROVISIN, INSTALACIN Y COLOCADO DE URINARIO ECOLOGICO

    PROVISIN Y COLOCADO DE CONTENEDORES DE PLASTICO P/HECES Y LIQUIDOS

    LIMPIEZA GENERAL

    PROVISIN Y COLOCADO DE PLACA

  • 4. ACCESO DE LAS COMUNIDADES BENEFICIADAS

    UBICACIN DE LAS COMUNIDADES BENEFICIADAS

    Distancia km. - Tiempo Hrs.- min. (REFERENCIAL)

    N DESDE A LA COMUNIDAD DISTANCIA

    KM TIEMPO

    MINUTOS TIPO DE RODADURA

    1 V. TUNARI CHIMOR

    GALILEA 50 50 EMPEDRADO - TIERRA

    2 LA MISIN 47 105 EMPEDRADO - TIERRA 3 MONTE SINAI 34 80 EMPEDRADO - TIERRA 4 NUEVO TODOS SANTOS 42 80 EMPEDRADO - TIERRA 5 PUERTO COCHABAMBA 32 45 EMPEDRADO - TIERRA 6 PUERTO VICTORIA 42 90 EMPEDRADO - TIERRA

    Nota: Todos los accesos identificados en el proyecto son ms directos y transitables desde la poblacin de CHIMORE CHIMORE* = de Cochabamba Chimore son 217 Km. Y el tiempo de llegada es de 5 horas desde Cochabamba.

    UBICACIN DE COMUNIDADES BENEFICIADAS

    4. OBJETIVO DE LA SUPERVISION

    Ejercer la SUPERVISIN TCNICA CONSTRUCCIN DE 80 VIVIENDAS EN LA TCO-YURACARE-COCHABAMBA hasta la recepcin definitiva de la Obra y cierre tcnico, asegurando que se logren de manera precisa las

    exigencias del proyecto, determinadas en los planos, las especificaciones tcnicas de la Obra y dems

    documentos contractuales, aplicando los ms estrictos y rigurosos procedimientos tcnicos para

    garantizar como parte fundamental de su trabajo, la calidad y cantidad de las actividades establecidas en

    el Proyecto Habitacional. El Servicio a prestar en el proyecto es de dedicacin exclusiva, de la misma

    manera que el personal propuesto.

    5. ALCANCE DEL SERVICIO

    El alcance del servicio consta en realizar la SUPERVISIN TCNICA CONSTRUCCIN DE 80 VIVIENDAS EN

    LA TCO-YURACARE-COCHABAMBA, desde la orden de proceder emitida por el Fiscal de Obra al

    Supervisor hasta el cierre tcnico e informe final, segn el plazo contractual.

  • 6. ACTIVIDADES Y FUNCIONES

    Se enuncian las siguientes actividades y funciones de manera indicativa no limitativa:

    1. Conocer al detalle todos los documentos y planos con los que se ha contratado la Obra, es de su

    directa responsabilidad, por lo que no podr aducir desconocimiento de los mismos para

    eximirse de la responsabilidad final y total de la Supervisin de la Obra.

    2. Estudiar e interpretar tcnicamente los planos y especificaciones tcnicas para su correcta

    aplicacin por el Contratista.

    3. Solicitar cronograma de obras actualizado de acuerdo a la fecha de orden de proceder de obras

    o si corresponde para cada Orden de Cambio por Ampliacin de Plazo.

    4. Revisar cuidadosamente el cronograma de obras presentado por el Contratista, para que

    mantenga absoluta relacin con el avance fsico y financiero del proyecto, incluidos los

    certificados de pago por avance de obra solicitados por el Contratista.

    5. Acompaar de manera previa y durante la ejecucin de la obra al trabajo de identificacin de los

    beneficiarios y aprobar los terrenos para la implementacin de la vivienda.

    6. Aprobar las zonas para el acopio de materiales de construccin.

    7. Participar de manera conjunta con el contratista en las tareas de replanteo de la obra.

    8. Realizar la georeferenciacin de cada una de las viviendas y presentar a la fiscalizacin.

    9. Controlar el trabajo del Contratista, sobre la base de los planos, cantidades de obra y

    especificaciones tcnicas, para asegurar la buena ejecucin de trabajos concertados en los

    trminos contractuales.

    10. Controlar permanentemente el avance fsico en la ejecucin de las obras con respecto al

    cronograma de obra vigente, verificando que mantenga absoluta relacin con el avance

    financiero del proyecto.

    11. Efectuar el control de calidad, la verificacin y aprobacin del uso de materiales de construccin

    antes de su utilizacin. Incluye los materiales a ser provistos por los Beneficiarios.

    12. Realizar mediciones conjuntas con el Contratista de acuerdo al avance fsico de la obra.

    13. Revisar y aprobar todos los informes elaborados por el Contratista.

    14. Exigir al Contratista los respaldos tcnicos necesarios para procesar certificados de pago.

    15. Aprobar los certificados de pago presentados por el Contratista.

    16. En caso necesario podr, mediante Orden de Trabajo, gestionar y sustentar la introduccin de

    modificaciones en las caractersticas tcnicas, diseo o detalles de la Obra.

    17. Adoptar todas las medidas tcnicas y administrativas para el cumplimiento del plazo de

    ejecucin establecido en el contrato de obras suscrito entre la AEVIVIENDA y el Contratista.

    18. Ordenar la suspensin temporal de la obra por condiciones meteorolgicas excepcionalmente

    desfavorables, por la inseguridad total de las obras o de una parte de las mismas o si se

    presentan situaciones de Fuerza Mayor o Fortuitos.

    19. Atender los reclamos presentados por el Contratista.

    20. Instruir ensayos y/o pruebas para determinar la existencia de defectos en la ejecucin de los

    trabajos del Contratista.

    21. Instruir la correccin de defectos en la ejecucin de los trabajos del Contratista.

    22. Verificar la capacidad tcnica del personal del Contratista, tanto de la parte profesional y

    directriz, como del personal obrero, recomendando o exigiendo su reemplazo cuando sea

    necesario.

    23. En caso de sustitucin de profesionales, el Supervisor deber verificar que los nuevos

    profesionales tengan al menos el mismo o mejor perfil profesional de los profesionales salientes.

    24. Verificar que el contratista genere las condiciones ptimas para que los beneficiarios puedan

    realizar las actividades de mano de obra no calificada (ayudantes) como su aporte propio al

    desarrollo del proyecto constructivo.

    25. Adoptar medidas para que todas las actividades se lleven a cabo adecuadamente, por las

    personas apropiadas y a tiempo.

    26. Llevar el control directo de la vigencia y validez de las garantas contractuales a los efectos de

    requerir oportunamente al Contratista su ampliacin, en monto y plazo, o para solicitar al

    Contratante, a travs de la Fiscalizacin, la ejecucin de stas cuando corresponda.

    27. Adoptar segn la gravedad del hecho la ejecucin de la garanta de cumplimiento de contrato o

    resolucin de contrato contenida en el documento de obra cuando se tenga evidencia que el

  • dinero de los desembolsos est siendo derivado a otras obras del Contratista o no llegue en

    oportunidad a la obra.

    28. Integrar la Comisin de Recepcin Provisional y Definitiva de la Obra.

    29. Exigir al Contratista la presentacin de planos As Built (debe contemplar los volmenes con los

    que se construy la obra)

    30. Establecer las multas atribuibles al Contratista por incumplimiento de los trminos contractuales.

    31. Establecer descuentos, si corresponde, en los certificados de pago presentados por el

    Contratista.

    32. Garantizar el equipo, materiales, por lo menos un vehculo y otros propuestos, necesarios para

    la efectiva Supervisin de la Construccin de las Unidades Habitacionales.

    33. Reportar asistencia a la obra de manera mensual a la fiscalizacin.

    34. Cumplir las obligaciones pactadas con el Contratante.

    35. Informar al Contratante, a travs de la Fiscalizacin, sobre el progreso del proyecto, como

    insumo que se puede utilizar en la toma de decisiones para la agilizacin y mejor

    desenvolvimiento del proyecto.

    36. Atender todos los requerimientos de Fiscalizacin relativos al desarrollo de sus funciones y a la

    ejecucin de la obra que supervisa.

    37. Cumplir las disposiciones legales, reglamentos y normas con las que se rige la AEVIVIENDA y

    otras caractersticas propias de la construccin, debiendo velar por su correcta aplicacin.

    38. Atender cualquier requerimiento que la Fiscalizacin realice relativo a la ejecucin de la obra.

    39. Atender requerimientos especiales del Contratante.

    7. METODOLOGA

    La metodologa y procedimientos propuestos para la ejecucin del servicio debern alinearse al alcance

    del trabajo expuesto en los incisos anteriores.

    8. EXPERIENCIA GENERAL Y ESPECIFICA

    La experiencia general es el conjunto de servicios de supervisin tcnica realizados. La experiencia

    especfica es el conjunto de servicios de supervisin tcnica similares al servicio de supervisin tcnica

    objeto de la contratacin.

    9. PERFIL PROFESIONAL MINIMO REQUERIDO

    a. FORMACIN: Licenciatura en Arquitectura o en Ingeniera Civil con Ttulo en Provisin

    Nacional.

    b. EXPERIENCIA GENERAL: El Profesional deber demostrar una experiencia general en

    construccin y supervisin de obras de al menos 2 aos.

    c. EXPERIENCIA ESPECFICA: El Profesional deber demostrar una experiencia especfica en

    supervisin de obras de al menos 1 ao.

    10. CONDICIONES ADICIONALES (35 PUNTOS)

    a. FORMACIN (5 Puntos)

    En caso de que el profesional cuente con estudios de postgrado relacionados al objeto del servicio se le

    asignar el siguiente puntaje:

    b. EXPERIENCIA ESPECFICA (25 Puntos)

    DESCRIPCIN PUNTUACIN

    Diplomado (Mnimo 200 Hrs.) 2 Pts.

    Maestra 3 Pts.

    PUNTAJE MXIMO 5 Pts.

  • Se asignarn 5 puntos por ao de experiencia especfica adicional a la mnima solicitada en los presentes

    Trminos de Referencia.

    c. EQUIPO Y HERRAMIENTAS (5 Puntos)

    Se asignar hasta 5 puntos al mejor equipo y herramientas propuestas para el mejor desempeo del

    servicio.

    11. LUGAR DE TRABAJO

    La Supervisin realizar su trabajo en el mismo sitio destinado al emplazamiento de la ejecucin de las

    Unidades Habitacionales, en una oficina implementada con recursos propios y que se localizar en los

    predios cercanos a la zona de construccin de las Unidades Habitacionales, previa autorizacin de la

    Fiscalizacin.

    12. PERMANENCIA DEL SUPERVISOR DE OBRA

    a) Con el fin de garantizar la ejecucin de la obra, el supervisor deber permanecer en el lugar como

    mnimo 4 das a la semana, para ello el Supervisor solicitar al contratante (Fiscal de Obras) la

    ficha de control semanal de supervisin para su posterior firma de autoridades del lugar

    b) El Supervisor tendr la obligacin de presentar el cronograma de visitas al contratante previa

    aceptacin del Fiscal de Obras, al segundo da de la firma de contrato, debiendo notificar al

    mismo, cualquier eventualidad en el desenvolvimiento de trabajo y/o accin de naturaleza

    tcnica o administrativa.

    c) A la conclusin de la obra el Supervisor solicitar al Contratante mediante el Fiscal de obras, el

    formulario de Evaluacin de Desempeo, enmarcados en tres aspectos importantes como:

    Oportunidad en la entrega, Presentacin General y Calidad Tcnica, permitiendo recomendar y/o

    denegar al consultor para su presentacin en otros proyectos con la institucin Contratante,

    como resultado al trabajo desempeado.

    13. RELACION DE EQUIPAMIENTO Y OTROS

    El equipamiento, equipo, herramientas, vehculo, lubricantes, combustible y cualquier otro gasto

    necesario para su funcionamiento adecuado, debern ser cubiertos por cuenta de la Supervisin,

    debiendo contemplar estos puntos en su propuesta de acuerdo al enfoque, objetivo, alcance,

    metodologa y plan de trabajo presentados.

    14. ACCESO A LA OBRA (UNIDADES HABITACIONALES)

    La Supervisin, Fiscalizacin, funcionarios designados por el Contratante y funcionarios gubernamentales

    que sean autorizados por el Contratante, tendrn en todo momento acceso libre a la obra, para

    inspeccionar los trabajos, lugares de provisin de materiales, equipamiento e instalaciones debiendo el

    Contratista proporcionar todas las facilidades que sean requeridas para este objetivo.

    15. FISCALIZACION

    El trabajo de la Supervisin del programa y/o proyecto, estar controlado por un Fiscal de Obra

    dependiente de la Direccin Departamental correspondiente.

    16. DURACION

    El trabajo de la Supervisin comenzar con la emisin de la Orden de Proceder emitida por el Contratante

    a travs de la Fiscalizacin, hasta la emisin del Certificado de Terminacin de Obra.

    El plazo previsto para la ejecucin de las obras es de aproximadamente 180 (Ciento ochenta) das

    calendario; en consecuencia, la Supervisin tendr un plazo similar, sin embargo se deja claramente

    establecido que el plazo de la Supervisin es por producto, vale decir que la Supervisin deber controlar

    y ser responsable de la ejecucin de la obra desde el momento en que se recibe la Orden de Inicio hasta

    la Recepcin Definitiva y el cierre financiero del proyecto, sin considerar que en el intermedio hayan

    existido interrupciones en la ejecucin de la obra.

  • 17. PLAN DE TRABAJO

    El proponente deber definir el plan de trabajo, guardando relacin con el cronograma de ejecucin del

    Proyecto de construccin objeto de la presente de supervisin.

    18. COSTO TOTAL

    El monto referencial para el trabajo de la Supervisin Tcnica es de Bs. 249,649.21 (Doscientos Cuarenta

    y Nueve Mil Seiscientos Cuarenta y Nueve 21/100 Bs), que contempla el control del avance y calidad de

    la Obra, su recepcin provisional y definitiva, la aprobacin certificados y planillas de avance de obra, la

    planilla final de liquidacin y la presentacin del Informe final del servicio aprobado por el Contratante.

    (*) Nota: En caso de que se hubiera iniciado la obra, se descontar el porcentaje de avance fsico)

    19. FORMA DE PAGO

    Los servicios de la Supervisin tendrn la siguiente modalidad de pago:

    Durante la ejecucin de la obra: Montos proporcionales al avance de obra, con retencin del 7%,

    salvo que el Supervisor constituya una garanta de cumplimiento de contrato, por el 7% del monto

    total del contrato.

    Despus de la recepcin definitiva de la obra, la presentacin de la planilla de liquidacin final y el

    Certificado de Terminacin de Obra, una vez aprobado el Informe Final de la Supervisin por parte de

    la Fiscalizacin, el saldo correspondiente y, si corresponde, los montos retenidos en cada pago parcial

    durante la ejecucin de la obra.

    Las actividades realizadas por la Supervisin estn directamente vinculadas al cumplimiento de las

    funciones principales descritas anteriormente y todas las dems especificadas en estos Trminos de

    Referencia.

    Cuando la Fiscalizacin revise los informes para el pago de los servicios prestados por la Supervisin, y

    determine que el trabajo no ha sido el adecuado conforme a estos Trminos de Referencia, podr

    rechazar el pago y, si corresponde, aplicar multas, ejecutar las garantas y/o realizar la resolucin

    contractual por incumplimiento.

    Es obligacin de la Supervisin emitir la factura correspondiente a favor de la Entidad.

    20. ORDEN DE PROCEDER AL SUPERVISOR

    A objeto que la Supervisin d inicio a sus servicios, el Contratante, a travs de la Fiscalizacin, emitir la

    Orden de Proceder mediante una carta expresa.

    21. PROPUESTA TECNICA PARA LA SUPERVISION DE OBRAS

    La propuesta tcnica debe incluir criterios, sujetos a evaluacin, referidos al enfoque, objetivos, alcance,

    metodologa y plan de trabajo para cumplir sus funciones y responsabilidades de manera ordenada,

    adecuada y sobre la base de las necesidades a ser atendidas en la ejecucin del proyecto para obtener los

    productos esperados, tomando en cuenta las previsiones y acciones necesarias para la ejecucin misma

    de la obra hasta su terminacin y el cierre del contrato de obra.

    22. INFORMES

    Con el objeto de mantener a la Fiscalizacin permanentemente informada sobre el avance de las obras, la

    Supervisin presentar los siguientes informes:

    a) Un informe inicial, en 4 ejemplares, a los 20 das calendario de la recepcin de la orden de proceder,

    conteniendo un cronograma detallado de sus actividades e indicando como se propone ejecutar y

    concluir el trabajo.

    Este cronograma, una vez aprobado, solamente podr ser modificado con la aprobacin escrita de la

    Fiscalizacin.

  • b) Informes mensuales para el pago por los servicios de la Supervisin contra presentacin a la

    Fiscalizacin de informes valorativos tcnico econmicos no repetitivos y narrativos de progreso en

    4 ejemplares, incluyendo informes especficos y registros fotogrficos, que sern entregados hasta el

    da 15 (quince) de cada mes. Se incluirn diagramas de progreso de todas las fases de construccin.

    Estos informes deben abarcar de manera enunciativa y no limitativa los siguientes aspectos:

    Generalidades, describiendo en forma sucinta antecedentes, como son: el Contrato de Servicios

    de Supervisin y el Contrato de Construccin.

    Descripcin breve del proyecto, indicando su ubicacin y caractersticas principales.

    Contratista: Su organizacin, capacidad demostrada por el personal tcnico responsable,

    recursos humanos asignados a la obra y equipo disponible, indicando cantidad, calidad, estado

    y rendimiento para una evaluacin de sus posibilidades de cumplir con el plan de trabajo dentro

    del plazo contractual.

    Progreso de la obra, mediante descripcin del avance alcanzado en las principales actividades.

    Informes sobre el material entregado por los Beneficiarios, su calidad y oportunidad de entrega,

    las condiciones de su acopio y, principalmente, de su almacenamiento para que se encuentren

    a disposicin del Contratista de forma oportuna conforme al cronograma de avance de obra

    presentado por ste y aprobado por Supervisin.

    Grficos que muestren el progreso de la obra comparando con el cronograma vigente.

    Recomendaciones tendientes a incrementar el ritmo de avance de las actividades o tems

    considerados crticos para cumplir con el plazo contractual.

    Informes sobre las dificultades que pueden anticiparse en el futuro y recomendacin de las

    medidas a tomar para disminuir sus efectos con relacin al avance de las obras.

    Solicitud al Contratista de ensayos de laboratorio y ensayos in situ, realizados en el periodo,

    adjuntando los documentos de respaldo.

    Provisin de materiales y su relacin con el plan de trabajos vigente.

    Calidad de los trabajos ejecutados y de los materiales incorporados a la obra.

    Cumplimiento de las actividades programadas para el periodo.

    Trabajos programados para el siguiente periodo.

    Administracin del Contrato de obra.

    Resumen de la correspondencia de mayor trascendencia que fue cursada durante el mes entre

    la Supervisin, la Fiscalizacin y el Contratista con relacin al Proyecto.

    Fotografas mostrando la actividad cumplida en la obra.

    De la Supervisin: Relacin del personal asignado al proyecto, avance alcanzado en los trabajos

    realizados, descripcin de tareas de supervisin realizadas durante el periodo y modificaciones

    introducidas al proyecto.

    c) Informes ejecutivos

    Proporcionando informacin peridica sucinta del proyecto, incluyendo recomendaciones puntuales al

    Contratista sobre problemas que se presenten en obra, criterio valorativo y comentarios sobre el

    desarrollo de los trabajos. Estos informes ejecutivos no debern contar con ms de 5 pginas, en las que

    se describan en forma concisa y breve los aspectos ms importantes ocurridos en el mes.

    d) Informes sobre temas especficos del Proyecto o Informes Especiales.

    Cuando se presenten asuntos o problemas que, por su importancia, inciden en el desarrollo normal de la

    obra, la Fiscalizacin podr solicitar al Supervisor elaborar Informes Especiales, sin que ello signifique

    incremento alguno en el costo de los servicios.

    En estos casos se elevar a la Fiscalizacin un informe circunstanciado sobre el particular, conteniendo

    las recomendaciones del Supervisor para que la Fiscalizacin pueda adoptar las decisiones ms

    adecuadas.

    e) Informe Final

  • Sobre la construccin de la obra, en 4 ejemplares, elaborado por el Supervisor a la conclusin de los

    servicios de supervisin, con la descripcin detallada de los volmenes de trabajos ejecutados, costos de

    construccin y supervisin, personal y equipos utilizados, cumplimiento del plazo, problemas

    confrontados y soluciones adoptadas, aceptabilidad de la obra construida y cualquier otro aspecto

    relevante ocurrido durante la ejecucin de los trabajos, sugerencia para la ejecucin de obras en el

    futuro. De contener este informe un volumen significativo de planos, se presentarn tres (3) copias en

    tamao normal y cuatro (4) copias en tamao reducido tipo doble carta.

    f) Informes especiales

    A requerimiento de la Fiscalizacin el Supervisor deber emitir los informes correspondientes solicitados.

    23. REPLANTEO FISICO Y TRABAJOS TOPOGRAFICOS

    La Supervisin deber verificar todas y cada una de las mensuras realizadas por el Contratista para la

    correcta construccin de la obra, para ello el Contratista proporcionar a la Supervisin todas las

    facilidades y cooperacin necesarias para esta verificacin.

    24. MEDICIN Y CONTROL DE VOLMENES DE OBRA

    Todas las cantidades de trabajo realmente ejecutado de acuerdo a lo establecido en el contrato, sern

    medidas netas en las unidades especificadas en la propuesta del Contratista.

    Se verificar el cumplimiento por parte del Contratista de la ejecucin de las obras de construccin de

    acuerdo a los niveles, volmenes de obra y especificaciones tcnicas generales y especiales descritas en

    los documentos adjudicados del Proyecto. Mediciones detalladas por actividad ejecutada para determinar

    los volmenes de obra definidos para la certificacin de pagos por avance de obra.

    25. APROBACIN DE CERTIFICADOS DE PAGO POR AVANCE DE OBRA

    La Supervisin verificar adecuada y definitivamente los trabajos realizados por el Contratista y los

    volmenes de obra resultantes para la aprobacin del Certificado de Pago por Avance de Obra,

    correspondiente al cronograma vigente y a los plazos establecidos. La Supervisin refrendar con su firma

    y sello la veracidad de los datos certificados.

    Para ello deber elaborar formularios y otro tipo de controles para la verificacin de trabajos realizados

    por el Contratista y para la aprobacin de los certificados de pago correspondientes.

    El valor del pago de las actividades (tems) de contrato durante el periodo en cuestin ser:

    1. El monto acumulado por los tems ejecutados hasta la fecha.

    2. Menos el total facturado por trabajos ejecutados hasta el mes anterior.

    3. Menos la amortizacin del anticipo otorgado para movilizacin, de acuerdo al porcentaje

    establecido.

    4. Menos multas calculadas por la Supervisin y previstas en el contrato de obra.

    Cada certificado de pago deber necesariamente llevar las siguientes firmas y la fecha en que se efectan

    las mismas:

    1. Firma del Contratista y fecha de entrega a la Supervisin.

    2. Firma de la Supervisin y fecha de entrega a la Fiscalizacin.

    3. Firma de la Fiscalizacin y fecha de entrega al Director Departamental correspondiente.

    4. Firma del Director Departamental en cuya jurisdiccin se ejecuta el proyecto (En caso de no

    contar con la mencionada Direccin remitir el documento al Director(a) de Fiscalizacin de

    la AEVIVIENDA) y fecha de remisin a la autoridad competente para el procesamiento del

    pago.

    5. Firma del funcionario responsable del procesamiento y autorizacin del pago, as como la

    fecha en que sta se hizo efectiva.

    26. AJUSTES AL DISEO DEL PROYECTO

  • Cuando se requieran ajustes en el diseo, debido a condiciones que se revelen durante la ejecucin de las

    obras de construccin de las unidades habitacionales, la Supervisin presentar oportunamente

    recomendaciones especficas por escrito a la Fiscalizacin con relacin a dichos cambios. Las

    recomendaciones estarn basadas en criterios tcnicos y condiciones econmicas de la obra.

    En caso necesario podr, el Supervisor podr, mediante Orden de Trabajo, gestionar y sustentar la

    introduccin de modificaciones en las caractersticas tcnicas, diseo o detalles de la obra, sin que esto

    implique modificaciones al plazo y/o monto establecidos en contrato.

    Al recibo de la aprobacin escrita de la Fiscalizacin, la Supervisin autorizar al Contratista implementar

    los ajustes correspondientes introduciendo los cambios necesarios.

    27. NUEVAS ACTIVIDADES (ITEMS) DE TRABAJO NO INCLUIDOS EN EL CONTRATO

    Solo en caso extraordinario en que la obra deba ser complementada o por otras circunstancias de Fuerza

    Mayor o Caso Fortuito que determinen una modificacin en las caractersticas sustanciales del diseo,

    donde se pueden introducir tems nuevos no considerados en la Licitacin, el cual puede dar lugar a una

    modificacin del precio del contrato o plazos del mismo, el Supervisor podr formular el documento de

    sustento tcnico-financiero que establezca las causas y razones por las cuales debiera ser suscrito un

    Contrato Modificatorio.

    Esta modalidad de modificacin de la obra solo es admisible hasta el diez por ciento (10%) del monto

    original del contrato, e independiente de la emisin de Orden (es) de Cambio. El Supervisor, ser

    responsable por la elaboracin de las Especificaciones Tcnicas de los nuevos tems creados.

    28. MODIFICACIONES AL DE CONTRATO DE SUPERVISION

    El Contrato del Supervisor, no podr ser modificado, excepto por causas atribuibles a la Entidad previo

    acuerdo entre partes. Dichas modificaciones debern estar sustentadas por informes tcnico y legal que

    establezcan la viabilidad tcnica y financiera. Estas modificaciones sumadas no debern exceder el diez

    por ciento (10%) del monto del contrato principal.

    29. INSTRUCCIONES POR ESCRITO

    Todas las instrucciones emitidas por la Supervisin al Contratista debern ser realizadas por escrito, a

    menos que por alguna razn justificada y con carcter excepcional sea necesario impartirlas verbalmente,

    en cuyo caso el Contratista tambin deber cumplirlas. Tales instrucciones debern ser confirmadas por

    escrito, ya sea antes o despus de ser cumplidas y debern ser consideradas como una orden en la

    ejecucin de la obra.

    30. REMOCION DE TRABAJOS DEFECTUOSOS

    Toda parte de la obra que no cumpla con los requerimientos de las especificaciones, planos u otros

    documentos tcnicos del Contrato, ser considerada trabajo defectuoso.

    Cualquier trabajo defectuoso observado por la Supervisin antes de la recepcin definitiva de la obra, que

    sea resultado de mala ejecucin, del empleo del material inadecuado, deterioro por descuido o cualquier

    otra causa, ser removido o reemplazado dentro del plazo asignado por la Supervisin.

    Si el Contratista no ejecutara la remocin de trabajos defectuosos y su consiguiente reconstruccin dentro

    del plazo razonablemente establecido por la Supervisin, el Contratante est facultado a realizar dichos

    trabajos mediante terceros. Todos los gastos que demande esta accin sern pagados por el contratista y,

    en consecuencia, el importe se descontar de su certificado de pago por avance de obra, o de su garanta

    de cumplimiento de contrato.

    31. CONTROL DE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD

    Es obligacin del Supervisor coordinar con el Contratista a fin de adoptar las medidas ms adecuadas para

    garantizar la seguridad de la obra, evitando as la ocurrencia de accidentes tanto de su personal como de

    terceros.

  • 32. CONTROLES VARIOS

    La Supervisin deber efectuar:

    La verificacin que el Contratista ha movilizado oportunamente a la obra el personal y equipos ofertados

    en su propuesta y, en caso contrario, exigirle el cumplimiento de estos requisitos.

    La verificacin permanente de que el Contratista aplique en todas y cada una de las fases de trabajo las

    mejores normas de ingeniera y tica profesional.

    La inspeccin permanente de las obras para verificar que los trabajos son ejecutados en cantidad y

    calidad de acuerdo con los planos y especificaciones tcnicas.

    La verificacin comparativa del progreso de los trabajos con relacin al cronograma de construccin

    vigente e informe por escrito a la Fiscalizacin, cuando cualquier fase del Proyecto comience a retrasarse

    con relacin al citado cronograma.

    La Supervisin tendr la obligacin de realizar cualquier trabajo y tomar cualquier accin de naturaleza

    tcnica o administrativa que, de acuerdo con las mejores prcticas constructivas o por las necesidades del

    Proyecto, tenga la responsabilidad de realizar, aun cuando no haya sido expresamente mencionado en los

    presentes Trminos de Referencia o en el Contrato de Supervisin.

    33. MULTAS

    Bajo cualquier concepto previsto en los documentos contractuales de la obra, el Supervisor debe

    computar, establecer y reclamar el pago de multas atribuibles al Contratista, que deben ser cobrados en

    los certificados de pago presentados por ste ltimo.

    En el caso del Supervisor, las causales para la aplicacin de multas son cuando el Supervisor, no

    entregar los documentos establecidos en el numeral 18 dentro de los plazos previstos o cuando el

    Supervisor demorara ms de (5) das hbiles en responder las consultas formuladas por escrito por la

    Entidad o por el Fiscal de Obra en asuntos relaciones con el objeto del contrato. La multa ser del (0,5%)

    por da de retraso. La suma de las multas no podr exceder en ningn caso el veinte por ciento (20%) del

    monto total del contrato sin perjuicio de resolver el mismo.

    34. RETRASOS EN EL AVANCE DE LA OBRA

    Si en opinin de la Supervisin el ritmo de avance de la obra o de una parte de ella es lento y, por tanto,

    no garantiza su conclusin en el plazo previsto, la Supervisin de forma independiente a la aplicacin de

    multas previstas en el contrato de obra, notificar por escrito sobre esta situacin al Contratista e

    informar a la Fiscalizacin y verificar que el Contratista elabore un nuevo cronograma de obra que

    contemple el avance acelerado de los trabajos, y deber adoptar de inmediato las medidas correctivas

    necesarias para concluir la obra dentro del plazo vigente. Asimismo har conocer copia de esta

    comunicacin a la Fiscalizacin. Esto no exime al Contratista de responsabilidad por las demoras

    injustificadas en la ejecucin de la obra si estas an persisten.

    De persistir la demora injustificada, esto podra conllevar a la resolucin del contrato o a la intervencin

    de la obra, de acuerdo a las previsiones establecidas en los documentos contractuales de la obra.

    35. SUSPENSION TEMPORAL DE LOS TRABAJOS O PARALIZACION TEMPORAL DE LOS

    TRABAJOS

    La Supervisin, mediante orden escrita al Contratista, podr suspender en forma temporal, sea parcial o

    totalmente la ejecucin de la obra, por el tiempo que considere necesario, cuando surjan las siguientes

    circunstancias en el lugar de trabajo del Contratista:

    a) Condiciones adversas del clima, consideradas inapropiadas para la ejecucin de los trabajos

    programados, aspecto que debe ser respaldado por documentacin oficial.

    b) Situacin emergente de desastres naturales, fuerza mayor o caso fortuito.

    c) Si el Contratista se ve obligado a suspender los trabajos por causa de Fuerza Mayor o Caso

    Fortuito, har conocer esta situacin al Supervisor, de forma escrita dentro de los diez (10) das

    calendario, subsiguientes al inicio del acontecimiento.

  • d) Condiciones de inseguridad para el personal del Contratista y de la Supervisin, as como para el

    trfico vehicular y el pblico en general, por causas ajenas al Contratista (Problemas sociales).

    e) Incumplimiento de las rdenes impartidas por el Supervisor.

    f) Inobservancia de las prescripciones del Contrato por parte del Contratista.

    En cualquier caso de suspensin o paralizacin temporal de los trabajos, se levantar la medida tan

    pronto cesen las causas que motivaron la misma.

    En el caso de los incisos a), b) c) y d) la suspensin temporal dar derecho al Contratista a solicitar el

    ajuste del cronograma de obra a travs de la Supervisin y Fiscalizacin, quienes emitirn un informe del

    caso aceptando y validando el requerimiento por eventos compensables.

    En el caso de los incisos e) y f), la suspensin temporal no dar derecho alguno al Contratista para

    solicitar el reajuste del cronograma de ejecucin de obra.

    36. MANTENIMIENTO DE OBRA EN EJECUCION

    Es responsabilidad de la Supervisin controlar que el Contratista mantenga en buenas condiciones las

    obras concluidas antes de la recepcin definitiva por parte del Contratante, evitando que la accin de

    agentes atmosfricos o de otra naturaleza ocasione daos, los que de producirse debern ser

    inmediatamente reparados, a satisfaccin de la Supervisin.

    La negligencia del Contratista en el cumplimiento de esta obligacin dar lugar a que las cantidades de

    obra afectadas sean descontadas de los volmenes de obra ejecutada, hasta que su reparacin o

    reconstruccin haya sido satisfactoriamente realizada. Esta situacin se puede traducir en el descuento de

    los montos correspondientes en el certificado de pago presentado por el Contratista e inclusive puede

    llegar a ser causal de resolucin de contrato atribuible al no cumplimiento por parte del Contratista de las

    instrucciones impartidas por la Supervisin.

    Se excepta de este mantenimiento los daos que pueda sufrir la obra por causa de desastres naturales

    (temblores, terremotos, inundaciones, aludes, mazamorras, tornados, etc.), que por su magnitud o

    intensidad hagan imprevisibles o intiles las medidas de preservacin de la obra.

    37. RECEPCIN PROVISIONAL Y RECEPCIN DEFINITIVA DE OBRA

    La recepcin provisional de obra se realizar a requerimiento del Contratista, cuando la obra haya sido

    concluida completamente en el plazo establecido, en todos los componentes y actividades establecidos en

    el Contrato. La recepcin provisional estar bajo la responsabilidad del Supervisor, de la Fiscalizacin y de

    una comisin de recepcin designada por el Contratante.

    La recepcin definitiva de obra se realizar a requerimiento del Contratista, una vez que el Contratista

    haya subsanado las observaciones que se hubiesen presentado en la Recepcin Provisional.

    De acuerdo al alcance de la obra a ser recepcionada, las tareas inherentes a las recepciones provisional y

    definitiva sern programadas en los das que fueran necesarios para obtener un buen resultado y, si el

    caso amerita, se podrn establecer subcomisiones que sern miembros de la misma comisin.

    38. CERTIFICADO DE LIQUIDACIN FINAL DE LA OBRA

    El Supervisor elaborar un certificado de cantidades finales de obra, sobre la base de la obra efectiva y

    realmente ejecutada.

    A esta liquidacin econmica final de la obra se le descontar las multas aplicadas (si las hubiere), saldos

    por anticipo otorgado, gastos realizados por la ejecucin de trabajos de obras no corregidas por el

    Contratista y otros descuentos justificados por la Supervisin y/o Fiscalizacin, definiendo, finalmente, un

    saldo a favor o en contra del Contratista.

    El cierre de contrato deber ser acreditado con un Certificado de Terminacin de Obra, otorgado por la

    autoridad competente del Contratante, luego de la recepcin definitiva y de concluido el trmite

    precedentemente especificado.

  • En el caso del Contrato del Supervisor, dentro de los diez (10) das hbiles siguientes a la fecha de la

    entrega del informe final, el Supervisor elaborar y presentar el Certificado de Liquidacin Final del

    Servicio y lo presentar al Fiscal de Obra con su firma. El Fiscal de Obra y el Contratante, no darn por

    finalizada la revisin de la liquidacin, si el Supervisor no hubiese cumplido con todas sus obligaciones de

    acuerdo a los trminos de su contrato y sus documentos anexos. De no existir observacin alguna para el

    procesamiento del pago, autorizar el mismo.

    El cierre del contrato deber ser acreditado por un Certificado de Terminacin del Servicio de

    Supervisin Tcnica, otorgado por la unidad competente del Contratante luego de concluido el tramite

    precedente especificado.

    El cierre de Contrato de Obra y de Supervisin no libera de responsabilidades al Supervisor, por

    negligencia o impericia que ocasionasen daos posteriores sobre el objeto de contratacin.

    39. RESPONSABILIDAD CIVIL.

    En el caso que la Supervisin, como producto del ejercicio de sus funciones, de lugar a que se ocasione

    dao econmico al Estado por accin u omisin, ser responsable de resarcir el mismo, una vez que

    mediante las acciones de control interno y/o externo y legal correspondientes se haya demostrado tal

    hecho.

    40. RESPONSABILIDAD TECNICA DE LA SUPERVISION

    En atencin a que la Supervisin es responsable directa y absoluta de las actividades contractuales que

    sta realiza, deber responder a cualquier consulta por el trabajo realizado durante los siguientes cinco

    (5) aos, computables desde la aceptacin del informe final por parte de la entidad contratante, por lo

    que en caso de ser requerida para cualquier aclaracin o correccin pertinente, no podr negar su

    concurrencia.

    En caso de no concurrir a esa convocatoria, la entidad contratante har conocer por escrito esta situacin

    al rgano Rector (Ministerio de Economa y Finanzas Pblicas) para efectos de informacin y a la

    Contralora General del Estado, a los efectos legales pertinentes, en razn de que el servicio prestado fue

    emergente de un contrato administrativo por el cual es responsable ante el Estado.

    41. PROPIEDAD DE LOS DOCUMENTOS.

    Los originales de los documentos, libretas de campo, memorias de clculo, planos, diseos y otros

    documentos que elabore la Supervisin con relacin a la obra, sern de propiedad del Contratante y, en

    consecuencia, debern ser entregados a ste en su totalidad y bajo inventario, quedando absolutamente

    prohibida la difusin de dicha documentacin, total o parcialmente, sin consentimiento previo y por escrito

    del Contratante.

    42. METODO DE SELECCIN, EVALUACION Y ADJUDICACION

    El Mtodo de seleccin y adjudicacin ser de Presupuesto Fijo.

    43. CRITERIOS DE EVALUACIN

    Como resultado de la metodologa CUMPLE/NO CUMPLE, respecto a la documentacin exigida para la

    presentacin de propuestas sealada en el Documento Base de Contratacin, se les asignarn treinta y

    cinco (35) puntos. Posteriormente, se evaluarn las condiciones adicionales establecidas, asignando un

    puntaje de hasta treinta y cinco (35) puntos.

    Las propuestas que no alcancen el puntaje mnimo de cincuenta (50) puntos, sern descalificadas.

    De las propuestas que hubieran obtenido el puntaje mnimo requerido, se adjudicar a aquella que

    presente la mejor calificacin tcnica.

    * A FIN DE CORROBORAR LA EXPERICIA GENERAL Y ESPECIFICA, SE SOLICITA SE

    DOCUMENTE EN FOTOCOPIA SIMPLE

    * SOLO PARA PERSONAS NATURALES (SUJETOS PASIVOS AL IUE FORMULARIO 510), NO

    CALIFICAN EMPRESAS UNIPERSONALES U OTRAS QUE REVISTAN EL CARCTER DE PERSONAS

    JURIDICAS.