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. ' 111111.1111 1 PODER JUDICIAL DE WcATáN PODER JUDICIAL DEL ESTADO TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Unidad de Administración CONTRA TO No. PODJUDTSJ 05/2016-PA-PB-PC CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS RELATIVOS A LAS PARTIDAS "A", "B" Y "C" PARA EL MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL PODER JUDICIAL DEL ESTADO A TRAVÉS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA, REPRESENTADO POR EL DOCTOR EN DERECHO MARCOS ALEJANDRO CELIS QUINTAL, PRESIDENTE DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE A STICIA Y DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA, A QUIEN EN LO CESIVO SE LE DENOMINARÁ 11 EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA" Y, OR LA OTRA PARTE EL CIUDADANO JORGE FRANCISCO CEJUDO ALENCIA EN REPRESENTACIÓN DE MR. COOL DEL SURESTE, S.A. DE C.V., AL QUE SE NOMBRARÁ "EL PROVEEDOR". DECLARACIONES 1. "EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA" Declara: 1.1 . Que de conformidad con lo establecido en el articulo 64 de la Constitución Polltica del Estado de Yucatán y 21 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Yucatán, el Tribunal Superior de Justicia es la autoridad máxima del Poder Judicial del Estado de Yucatán. 1.2. Que para la prestación del servicio de impartición de justicia, el Tribunal Superior de Justicia requiere mantenimiento periódico de carácter tanto preventivo como correctivo a los equipos de aire acondicionado, por parte de un proveedor con la capacidad técnica suficiente para prestar este servicio. . 1.3. Que en la Novena Sesión Ordinaria del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Obra Pública del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán, celebrada el dla doce de julio de dos mil dieciséi s, en relación con la licitación pública número "POOJUOTSJ 05/2016", se adjudicó en lo respectivo a la partida "A", "B" y "C" a la empresa Mr. Cool del Sureste, S. A. de C.V. el contrato para la prestación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de aire acondicionado del edificio sede del Tribunal Superior de Justicia de total conformidad con el Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Obra Pública del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán. 1.4. Que la adjudicación de este contrato, se hizo mediante el procedimiento de Licitación Pública, con fundamento en los artículos 1, 3, 13, 16, 28, 29, 30 , 35, 36 y 39 del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Obra Pública del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán y conforme al articulo segundo del Acuerdo General Número OR01-160107·28, por el que se establecen los montos para la procedencia de los procedimientos de obra pública y servicios conexos, adquisiciones, arrendamientos y contratación de servicios.... durante el ejercicio fiscal 2016 que podrá realizar el Tribunal Superior de Justicia del publicado en el Diario Oficial del Gobierno del Estado en su edición del trece de enero de dos mil dieciséis. 1.5. Que el Doctor en Derecho Marcos Alejandro Celis Quintal es Presidente del \( Tribunal Superi or .de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Yucatan como consta en el acta de la Octava Sesión Extraordinaria correspondiente al dla diecinueve de dos mil catorce. por el término e-

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111111.1111 1 PODER JUDICIAL ~ESTADO DE WcATáN

PODER JUDICIAL DEL ESTADO TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

Unidad de Administración

CONTRA TO No. PODJUDTSJ 05/2016-PA-PB-PC

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS RELATIVOS A LAS PARTIDAS "A", "B" Y "C" PARA EL MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL PODER JUDICIAL DEL ESTADO A TRAVÉS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA, REPRESENTADO POR EL DOCTOR EN DERECHO MARCOS ALEJANDRO CELIS QUINTAL, PRESIDENTE DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE

ASTICIA Y DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA, A QUIEN EN LO CESIVO SE LE DENOMINARÁ 11EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA" Y,

OR LA OTRA PARTE EL CIUDADANO JORGE FRANCISCO CEJUDO ALENCIA EN REPRESENTACIÓN DE MR. COOL DEL SURESTE, S.A. DE

C.V., AL QUE SE NOMBRARÁ "EL PROVEEDOR".

DECLARACIONES

1. "EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA" Declara:

1.1 . Que de conformidad con lo establecido en el articulo 64 de la Constitución Polltica del Estado de Yucatán y 21 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Yucatán, el Tribunal Superior de Justicia es la autoridad máxima del Poder Judicial del Estado de Yucatán.

1.2. Que para la prestación del servicio de impartición de justicia, el Tribunal Superior de Justicia requiere mantenimiento periódico de carácter tanto preventivo como correctivo a los equipos de aire acondicionado, por parte de un proveedor con la capacidad técnica suficiente para prestar este servicio. .

1.3. Que en la Novena Sesión Ordinaria del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Obra Pública del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán, celebrada el dla doce de julio de dos mil dieciséis, en relación con la licitación pública número "POOJUOTSJ 05/2016", se adjudicó en lo respectivo a la partida "A", "B" y "C" a la empresa Mr. Cool del Sureste, S.A. de C.V. el contrato para la prestación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de aire acondicionado del edificio sede del Tribunal Superior de Justicia de total conformidad con el Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Obra Pública del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán.

1.4. Que la adjudicación de este contrato, se hizo mediante el procedimiento de Licitación Pública, con fundamento en los artículos 1, 3, 13, 16, 28, 29, 30, 35, 36 y 39 del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Obra Pública del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán y conforme al articulo segundo del Acuerdo General Número OR01-160107·28, por el que se establecen los montos para la procedencia de los procedimientos de obra pública y servicios ~ conexos, adquisiciones, arrendamientos y contratación de servicios.... durante el ejercicio fiscal 2016 que podrá realizar el Tribunal Superior de Justicia del ~Estado, publicado en el Diario Oficial del Gobierno del Estado en su edición del trece de enero de dos mil dieciséis.

1.5. Que el Doctor en Derecho Marcos Alejandro Celis Quintal es Presidente del \( Tribunal Superior .de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Yucatan como consta en el acta de la Octava Sesión Extraordinaria correspondiente al dla diecinueve d~iciembre de dos mil catorce. por el término e-

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. 1 1 PODER JUDICIAL DEL ESTADO TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

Unidad de Administración

CONTRATO No. PODJUDTSJ 05/2016-PA-PB-PC

comprendido del primero de enero de dos mil quince al treinta y uno de diciembre de dos mil dieciocho y cuenta con las facultades legales para suscribir este contrato en representación del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán.

1.6 Que el Tribunal Superior de Justicia cuenta con la suficiencia presupuesta! /para celebrar este contrato proveniente de sus recursos propios.

1.7. Que sus datos fiscales son: denominación Poder Judicial del Estado, Registro Federal de Contribuyente es PJE 860206913, sede la calle 59 letra "A" (Avenida Jacinto Canek), número 605, por calle 90, Colonia Inalámbrica, C.P. 97069, y domicilio fiscal calle 35, número 501 letra "A" entre 62 y 62 letra "A", Colonia Centro, C.P. 97000, Mérida, Yucatán.

2. "EL PROVEEDOR" a través de su representante legal declara:

2.1. Que es una sociedad de naturaleza mercantil, legalmente constituida de conformidad con lo establecido con las leyes mexicanas en la materia, lo que se comprueba con la copia certificada de la escritura pública número ciento diez de fecha ocho de febrero de dos mil ocho, pasada ante la fe del Notario Público número setenta del Estado de Yucatán, Abogado Femando A. Castilla Patrón cuya copia certificada por la Secretaria General de Acuerdos obra en los registros del Padrón de Proveedores de este Tribunal.

2.2. Que tiene la capacidad jur!dica para contratar, como acredita con la copia certificada del testimonio de escritura pública a que se refiere la declaración inmediatamente precedente.

2.3. Que entre su objeto social y su actividad empresarial se encuentra el mantenimiento preventivo y correctivo de equipos de aire acondicionado en los términos de este contrato; y que su representada cuenta con los recursos humanos, técnicos, económicos y materiales necesarios para prestar los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo de equipos de aire acondicionado en la ciudad de Mérida, Yucatán.

2.4. Que se encuentra inscrito como contribuyente ante la Secretarla de Hacienda y Crédito Público con el Registro Federal de Contribuyentes MCS080208PU4.

2.5. Que se sujeta voluntaria y plenamente en lo conducente, a las disposiciones contenidas en el Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Obra Pública del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán.

2.6. Que para los fines de este contrato y especfficamente para los efectos de proporcionar los servicios de soporte técnico y mantenimiento, señala como domicilio la calle 21, Núm. 163 letra "C", C.P. 97137, México Oriente de Mérida, Yucatán.

CLÁUSULAS

PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO:

"EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA" encomienda a "EL PROVEEDOR", la realización de los servicios relativos a las partidas "A', "8" y "C" consistentes en el mantenimiento

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PODER JUDICIAL DEL ESTADO TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

Unidad de Administración

CONTRATO No. PODJUDTSJ 05/2016-PA-PB-PC

preventivo y correctivo de los equipos de aire acondicionado relacionados en el Anexo 1 de este contrato.

SEGUNDA.- COBERTURA Y ALCANCE DE LOS SERVICIOS.

Áas partes están de acuerdo en que la prestación de los servicios incluye la cobertura ompleta de mantenimiento preventivo y correctivo, en los casos necesarios por ualquier causa o motivo del desperfecto de los equipos de aire acondicionado y sus artes, asr como las refacciones, partes o piezas que se enlistan en el Anexo 3. La ontratante se obliga a sufragar el costo de las refacciones, partes o piezas sustituidas

que no se incluyen en dicho anexo y de aquellas que se agotaron, por lo que "EL PROVEEDOR" deberá absorber el costo de la mano de obra de cualquier desperfecto durante la vigencia de este contrato.

En caso de la sustitución de las refacciones, partes, piezas, y/o equipos, serán con nuevos, originales y con garantfa del fabricante.

Los servicios preventivos para los equipos de aire acondicionado se prestarán mediante tres visitas, siendo estas en los meses de julio, octubre y diciembre durante el año 2016, en las que se realizarán los trabajos siguientes:

1. 2. 3. 4. 5. 6.

7.

8.

9.

10.

11.

12. 13. 14.

15.

16. 17. 18.

Trabajos generales (Aplican para todas las partidas)

Desinstalación de los equipos cuando se requiera de acuerdo a tipo; Desarmado de los equipos cuando se requiera de acuerdo a tipo; Desarmado, limpieza y lubricación del motor del ventilador; Limpieza de filtros; Lavado y en caso de ser necesario, suministro y cambio de filtros; Limpieza de serpentines del evaporador y del condensador con solventes y agua a presión; Verificación de duetos de salidas de aire (rejillas de inyección) y limpieza de tabletas de aluminio; Revisión general de la instalación y funcionamiento del equipo; reapriete de tornillerra de fijación, soporte, tapas y accesorios; y reposición si lo requiere; Revisión general de alambrado eléctrico y limpieza, cambio de terminales y conexiones sulfatadas, cuando sea necesario, asiento de platinos de contactares, asl como instalación del sistema inteligente; · Revisión general del tablero eléctrico de servicio o general; reapriete de terminales y/o remplazo si lo requiere; Comprobación de valores de operación del voltaje, amperaje, presiones e inyección a motores, contactares, bobinas, compresores y generales del equipo y/o reposición de dispositivos si ro requiere; Revisión de secuencias de arranques; Revisión de sistema economizadorde aire, si lo hubiere; Revisión de desgaste y lubricación de chumaceras, bujes y baleros, bandas, asf como su reposición si se requiere; Revisión, ajuste y reparación de drenes, hasta la coladera o tubería de drenaje pluvial; Revisión y ajuste de la fijación en las bases donde están instalados los equipos; Revisión y ajuste de termostatos; Comprobación de las R.P.M. (yes por minuto) de turbinas, motores

1 PODER JUDICIAL n'EL ESTAl>ó DE WcATAN

PODER JUDICIAl DEL ESTADO TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

Unidad de Adminbtración

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20.

CONTRATO No. PODJUDTSJ 05/2016-PA-PB-PC

condensador y evaporador; Revisión de aislamiento térmico en UMAS (Unidad manejadora de aire), tuberías y duetos y su reposición si lo requiere; Pintura e identificación de equipos si se requiere;

/~1. 22 . .

23.

Revisión de las presiones de operación del sistema, alta y baja; Revisión de niveles de la bandeja de almacenamiento temporal de agua producto de la condensación; Protección de equipos de cómputo, escritorios, papeles Y. cualquier objeto que se puedan dañar cuando se estén realizando los trabajos de mantenimiento en el interior del edificio, así como el reordenamíento del mismo cuando se muevan de lugar para el correcto trabajo a realizar;

Trabajos específicos

Partida "A"

Incluye los trabajos especrficos a realizar en los siguientes equipos:

EQUIPOS DE TIPO PAQUETE.

1. Revisión y apriete de tornillos de acometida eléctrica; 2. Limpieza exterior del equipo; 3. Revisión y reapriete de torn illos de fijación y tapas del equipo; 4. Revisión de valores eléctricos de acometida: Voltaje, amperaje de consumo y

temperatura de operación; 5. Cambio de dispositivos y accesorios daflados (bobinas, relevadores,

contactares, fusibles, capacitares, etc.); 6. Lubricación del motor ventilador, chumaceras, bujes y baleros, verificación de la

tensión de las bandas y desgaste de las mismas; 7. En caso de ser necesario el cambio de banda se requerirá un ajuste de la misma; 8. Revisión y reparación de tela aislante en duetos de salida de aire fria; 9. Revisión de tubería de cobre para evitar fugas y verificar su aislante para evitar

congelamiento; 10. Completar niveles de gas.

1. 2.

Partida "8"

Incluye los trabajos específicos a realizar en los siguientes equipos:

EQUIPOS DE TIPO DIVIDIDO.

Alinear y ordenar sistema eléctrico (Urna); Cambio de dispositivos y accesorios dañados (bobinas, relevadores, contactares, fusibles, capacitares, etc.);

3. Limpieza y lavado del serpentrn de la UMA, que se encuentran en el interior del edificio; 4. Lubricación del motor ventilador, chumaceras, bujes y baleros, verificación de la

tensión de las bandas y desgaste de las mismas; 5. 6. 7.

En caso de ser necesario el cambio de banda se requerirá un ajuste de la misma; Revisión y reparación de tela aislante en duetos de salida de aire trio; Revisión de tubería de cobre parys y verificar su aisfante para evitar

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PODER JUDICIAL DR ESTADO TIUBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

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CONTRATO No. PODJUDTSJ 05/2016-PA-PB-PC

congelamiento; Completar niveles de gas.

Partida "C"

Incluye los trabajos específicos a realizar en los siguientes equipos:

EQUIPOS DE TIPO MINISPLIT

1. Limpieza de rejillas de inyección o difusoras; 2. Limpieza de Filtro con agua para quitar la tierra acumulada; 3. Lavado de serpentín (evaporador, condensador) con agente limpiador de aluminio o

cobre; 4. Lubricación del motor ventilador; 5. Puesta en operación; 6. Revisión de drenajes en el interior del edificio para verificar si no existe

condensación, si esta se da se tienen la obligación de informarlo al departamento de mantenimiento y plantear posibles soluciones;

7. Completar niveles de gas; 8. Revisión y cambio si lo requiere de aislante en tu berras.

El servicio de mantenimiento preventivo consistirá en la revisión general de cada uno de los conceptos antes relacionados y la reparación por causa de uso normal, de manera que se prevenga el desgaste prematuro de sus componentes.

TERCERA.- CONDICIONES PARA PRESTAR EL SERVICIO:

El personal de "EL PROVEEDOR" deberá notificar de su llegada al departamento de mantenimiento.

El personal de "EL PROVEEDOR" deberá presentarse debidamente uniformado y con gafete de identificación y registrarse debidamente en la bitácora de acceso al edificio a cargo del personal de vigilancia.

"EL PROVEEDOR" deberá proporcionar a su personal toda la herramienta y equipo de seguridad necesarios para poder desemper'\ar ros trabajos de manera adecuada y segura.

El personal de "EL PROVEEDOR" deberá registrarse en la bitácora de la azotea y cuarto de máquinas dependiendo de donde vayan a realizar su trabajo, debido a que estos lugares tienen el acceso restringido. En la bitácora deberán apuntar el motivo de acceso, asr como la zona donde se realizará el trabajo, además de los nombres de los trabajadores, horario de entrada y salida y firma autógrafa.

CUARTA.- SUMINISTROS:

"EL PROVEEDOR" se obliga a suministrar lo necesario para prestar el servicio de mantenimiento preventivo, que incluye: el gas necesario para completar niveles, tomillos y lo que se requiera para dicho mantenimiento, asr como los materiales relacionados en el Anexo 3 en caso de requerirse el mantenimiento correctivo. En ambos casos para dar un correcto servicio de mantenimiento durante el tiempo de vigencia de este contrato, para lo que realizará las acciones pertinentes. ·

Los materiales relacionados en el Ane~ue el proveedor no utilice al prestar el ~

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Unidad de Administración

CONTRATO No. PODJUDTSJ 05/2016-PA-PB-PC

servicio serán entregados al finalizar la vigencia de este contrato.

' UINTA.- FRECUENCIA DE LOS SERVICIOS:

EL PROVEEDOR" se obliga a prestar el servicio correctivo en un plazo no mayor de uatro horas, contado a partir del aviso que le de "EL TRIBUNAL SUPERIOR DE USTICIA", vra llamada telefónica, correo electrónico y/o oficio, en relación con los equipos

comprendidos en este contrato.

El servicio de mantenimiento preventivo lo prestará "EL PROVEEDOR", mediante tres visitas, conforme el programa presentado por "EL PROVEEDOR" en la licitación y autorizado por "EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA'', adjunto como Anexo 2.

SEXTA.- PLAZO DE EJECUCIÓN:

"EL PROVEEDOR" se compromete a prestar los servicios contratados, a partir del 15 (quince) del mes de julio de 2016 y concluirán el dfa 31 (treinta y uno) del mes de diciembre de 2016.

SEPTIMA.- MONTO DEL CONTRATO: Las partes acuerdan que el precio total de la contraprestación económica por la prestación del servicio para la partida "A" lo constituye la cantidad de $67,110.64 (sesenta y siete mil ciento diez pesos 64/100 M.N.), más el precio por la prestación del servicio para la partida "B" que es de $88,731.88 (ochenta y ocho mil setecientos treinta y un pesos 88/100 M.N.) más el precio por la prestación del servicio para la partida "C" que es de $143,724.00 (ciento cuarenta y tres mil setecientos veinticuatro pesos 00/100 M.N.) que hacen un total de $299,566.52 (doscientos noventa y nueve mil quinientos sesenta y seis pesos 52/100 M.N.). incluyendo a todas las cantidades el correspondiente Impuesto al Valor Agregado.

OCTAVA.· FORMA DE PAGO:

"EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA" se obliga a pagar a "EL PROVEEDOR" el monto en numerario del contrato en tres pagos parciales iguales de $99,855.51 (noventa y nueve mil ochocientos cincuenta y cinco pesos 51/100 M.N.), incluido el Impuesto al Valor Agregado, dentro de los diez dfas hábiles siguientes a la entrega de la factura correspondiente después de concluido cada servicio de mantenimiento preventivo y recibido éste de conformidad mediante el informe respectivo sobre la prestación de los servicios. Para efectuar el primer pago parcial deberá haberse presentado y aceptado previamente la garantfa a que se refiere la CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA de este Contrate.

NOVENA.- LUGAR DE PAGO:

"EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA" y "EL PROVEEDOR" convienen que el pago de las facturas por la prestación de los servicios, se hará por "EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA" en sus oficinas ubicadas en calle 59 letra "A" (Avenida Jacinto Canek), número 605,' por calle 90, Colonia Inalámbrica, C.P. 97069 o mediante depósito en la cuenta bancaria de "EL PROVEEDOR" que este mismo sef'\ale.

DÉCIMA.- HORARIOS y LUGAR PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO: X Los servicios de mantenimiento para los equipos, deberán prestarse de lunes a viernes de las 16:00 a las 19:00 horas en las áreas de oficina ocupadas; de 8:00 a 19:00 horas en áreas no ocupadas por pe~e "EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA':e-:-

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PODER JUDICIAL DEL ESTADO TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

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y los sábados de las 8:00 a las 15:00 horas previa autorización. "EL PROVEEDOR" P. drá prestar los servicios aun después de la hora límite, cuando así lo considere

ecesario para una adecuada ejecución de los trabajos, previo acuerdo con la convocante. El servicio se prestará en el edificio sede de "EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA" ubicado en calle 59 letra "A" (Avenida Jacinto Canek) , número 605, por calle 90, Colonia Inalámbrica, C. P. 97069, de esta ciudad.

DECIMA PRIMERA.- AVISOS, FACILIDADES E INFORMES:

"EL PROVEEDOR" se obliga a dar aviso oportunamente a "EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA" del inicio y terminación de los trabajos de mantenimiento. Por su parte, "EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA" se compromete a otorgar todas las facilidades al personal de "EL PROVEEDOR", con el fin de que realice los servicios contratados, así como a autorizarlo para que desmonte partes del equipo y los lleve a sus talleres, con el objetivo de someterlos a pruebas, inspecciones y reparaciones, previa autorización por escrito para cada caso.

Igualmente, "EL PROVEEDOR" se obliga a formular un informe, de cada visita de mantenimiento, que incluirá todos los conceptos previstos en la CLAUSULA SEGUNDA de este contrato y las demás acciones realizadas que sea pertinente consignar. Asimismo, las acciones correctivas deberán ser objeto de un informe detallado. Los informes deberán contener un anexo de fotografías tomadas antes de los trabajos , durante y al finalizar estos, asi como copia de la bitácora y reporte por escrito realizado por "EL PROVEEDOR", además de ser autorizados de conformidad por el Jefe del Departamento de Mantenimiento de "EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA".

Por cada servicio preventivo o correctivo ªEL PROVEEDOR" deberá comprobar a "EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA" que el equipo está funcionando correctamente.

Antes de realizar cualquier acción de mantenimiento y/o reparaciones en la azotea y/o sótano del edificio , "EL PROVEEDOR" deberá de registrarse en la bitácora de acceso de los espacios antes mencionados, as! como deberá de estar acompañado por personal asignado por "EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA", igualmente deberá de informar de su salida de estos espacios.

DÉCIMA SEGUNDA.-MODERNIZACIÓN DE LOS EQUIPOS, Y PERSONAL CALIFICADO:

"EL PROVEEDOR" se obliga a comunicar por escrito a "EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA" los cambios que recomiende al equipo y su costo, en caso de cambios de diseño y avances tecnológicos que motive que algunas refacciones sean descontinuadas, dificultando o evitando la operación debida de los equipos.

"EL PROVEEDOR" se obliga a contar permanentemente con una plantil la de técnicos especializados para la prestación de los servicios y la atención oportuna de emergencias.

DÉCIMA TERCERA.- SUPERVISOR DEL CONTRATO:

"EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA" designa como supervisor del presente contrato , al Arquitecto Felipe G. Cantón Puerto, Jefe del Departamento de

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PODER JUDICIAL DR ESTADO TRIBUNAL SUPEIUOR DE JU5"11CIA

Unidad de Administración

.CONTRATO No. PODJUDTSJ 05/2016-PA-PB-PC

implica la conformidad tácita o expresa del cumplimiento, ni releva a "EL PROVEEDOR" de las obligaciones que contrae bajo este contrato.

A ÉCIMA CUARTA.- GARANTÍAS:

' ~ asegurar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a que se refiere el ~ ~,;;ente contrato y la buena calidad del servicio, "EL PROVEEDOR" se obliga a constituir

na fianza en moneda nacional a favor del "PODER JUDICIAL DEL ESTADO - TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO", con un importe igual al (10%) diez por ciento del monto total del contrato, incluido el Impuesto al Valor Agregado, otorgada por una institución legalmente autorizada para tal efecto. Esta fianza tendrá una vigencia computados desde el 15 (quince) de julio de 2016 al 28 (veintiocho) de febrero de 2017.

La garantla a que se refiere esta cláusula se hará efectiva parcial o totalmente, en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a cargo de "EL PROVEEDOR" establecidas en este contrato.

DÉCIMA QUINTA.- ANEXOS DEL CONTRATO:

Se adjuntan a este contrato, como parte integrante del mismq, los anexos siguientes:

l. Anexo 1. Relación de equipos de aire acondicionado.

11. Anexo 2. Programa para la prestación del servicio de mantenimiento preventivo en tres ocasiones, a partir del 15 (quince) de julio de 2016 y concluirán el dla 31 (treinta y uno) del mes de diciembre de 2016.

111. Anexo 3. Relación de materiales considerados en su propuesta económica.

DÉCIMA SEXTA.- PENAS CONVENCIONALES: Para el caso de que "EL PROVEEDOR" incurriera en algún retraso o incumplimiento en la prestación de servicios por causas a él imputables, le serán aplicables las penalizaciones siguientes

En los casos de mora en el cumplimiento los plazos para la prestación de los servicios correctivos y preventivos a que se refiere la CLÁUSULA QUINTA de este contrato, "EL PROVEEDOR" deberá pagar una pena convencional consistente en el cinco al millar (511000) del importe del pago parcial que corresponda, por cada día natural de retraso que haya transcurrido desde la fecha de vencimiento de los plazos establecidos, hasta el día en que se cumpla con esta obligación.

Si la mora se prolonga por más de cuatro horas, en caso de servicios correctivos o más de cinco días posteriores a la fecha programada para prestar el servicio preventivo, o deja de cumplir cualquier otra obligación contractual, se entenderá que "EL PROVEEDOR" dejo de cumplir el contrató y se hará efectiva la fianza otorgada por el diez por ciento 10% del monto del contrato.

Para determinar la aplicación de las sanciones estipuladas en esta cláusula, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o de fuerza mayor, ya que en tal caso, "EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA", podrá autorizar las prórrogas necesarias, a solicitud de "EL PROVEEDOR".

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PODER JUDICIAL Dn ·ESTADO DE WcATáN

PODER JUDICIAL DEL ESTADO TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

Unidad de AW.ninistración

CONTRATO No. PODJUDTSJ 05/2016-PA-PB-PC

Los montos que resulten de la aplicación de las penas convencionales que se impongan a ''EL PROVEEDOR", deberán ser pagados a la Unidad de Administración de "EL TRIBUNAL

A PERIOR DE JUSTICIA" dentro de los cinco dfas hábiles siguientes a que sea requerido ra ello, y en caso de no hacerlo, se harán efectivos con cargo a la fianza a que se refiere la

u\USULA DÉCIMA CUARTA.

El monto de las penas convencionales no excederá en su aplicación del monto de la garantla de cumplimiento del contrato y de la calidad de los servicios.

"EL PROVEEDOR" otorga su conformidad en el sentido de que "EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA" podrá aplicar las penalidades pactadas en este contrato, mediante deducciones al importe de las facturas autorizadas a "EL PROVEEDOR" correspondiente a este contrato. Si estas fueran insuficienfes o no existen pagos pendientes, las penas se aplicarán incluso a cualquier otro derecho de cobro pendiente que tuviese "EL PROVEEDOR" a su favor derivado de otro u otros contratos celebrados con "EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA", y si lo pendiente de pagarse a "EL PROVEEDOR" no alcanzaré para cubrir el importe total de las sanciones, se hará uso de la fianza otorgada.

DÉCIMA SÉPTIMA.- RESPONSABILIDAD LABORAL:

"EL PROVEEDOR" deberá de proporcionar a su personal lo siguiente para poder ingresar al edificio de "EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA" a realizar el trabajo de mantenimiento objeto de este contrato: uniforme de "EL PROVEEDOR" que ganó la licitación; gafete con nombre del trabajador, puesto que desempeña, tipo de sangre, número de seguro social y/o número de póliza de seguro del mismo; hojas de reporte; cámara fotográfica; refacciones en su caso; herramienta y equipo necesarios para prestar el servicio de mantenimiento. Lo anterior debido a que no se permitirá la entrada y salida de trabajadores hasta concluir los trabajos asignados para ese dla y deberán de contar con lo antes mencionado, además de ser revisados a su entrada y a su salida del edificio. En el caso de no permitirles la entrada por alguna falla en los puntos anteriores, se procederá a aplicarles la penalización correspondiente por atraso en los trabajos.

"EL PROVEEDOR" en su carácter de patrón del personal que ocupa con motivo de los servicios objeto de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de la legislación en materia laboral y de seguridad social y responderá de todas las reclamaciones que sus trabajadores presenten en su contra, incluida la muerte, sin responsabilidad alguna para el "EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA".

DÉCIMA OCTAVA.- CAUSAS DE RESCISIÓN:

Son causas de rescisión de este contrato:

1. Que "EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA" ordene se le dé mantenimiento preventivo o correctivo a los equipos por medio de personal ajeno a "EL PROVEEDOR".

2.

3.

La falta de pago dentro del plazo pactado en la CLAUSULA OCTAVA por la prestación de los servicios de mantenimiento preventivo, después de dos requerimientos que por escrito se haga a "EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA".

Que "EL PROVEEDOR" no preste el servicio preventivo dentro de los cinco dlas siguientes a la fecha programada o que no preste el servicio correctivo dentro de las cuatro horas siguientes al re erimiento que le haga "EL TRIBUNAL

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PODER JUDICIAL DEL ESTADO TRIBUNAL SUPERJOR DE JUSTICIA

Unid4d de Administración

6.

CONTRATO No. PODJUDTSJ 05/2016-PA-PB-PC

SUPERIOR DE JUSTICIA".

El incumplimiento por alguna de las partes de las obligaciones establecidas en este contrato.

Que "EL PROVEEDOR" no cumpla con la entrega de la fianza a que se refiere la CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA de este contrato, dentro de los diez días hábiles siguientes al fallo.

Si "EL PROVEEDOR" intenta transmitir o transmite total o parcialmente bajo cualquier titulo a un tercero los derechos y obligaciones estipulados en este contrato.

7. Que "El Proveedor" subcontrate los servicios objeto de la licitación o parte de ellos.

"EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA" queda expresamente facultado para optar, entre exigir el cumplimiento del contrato o rescindirlo administrativamente. Si el "EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA" opta por la rescisión, "EL PROVEEDOR", se obliga a pagar como pena convencional el importe del diez por ciento {10%) del monto total contratado, o bien, se hará efectiva la garantfa que se refiere la CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA de este contrato.

DÉCIMA NOVENA.-PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN:

Para rescindir el contrato, "EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA" seguirá el procedimiento que se se~ala a continuación:

1. Dará aviso por escrito a "EL PROVEEDOR" de la causa concreta de la rescisión.

2. "EL PROVEEDOR", dentro de los diez dfas naturales siguientes a la recepción del aviso, podrá exponer sus defensas, aportar las pruebas que justifiquen el incumplimiento de sus obligaciones contractuales y alegar lo que a su derecho convenga.

3. Transcurrido el tiempo establecido en el inciso anterior, si "EL PROVEEDOR" no efectúa Ja justificación procedente o si "EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA", considera que no es satisfactoria, le comunicará al primero su resolución de rescisión del contrato.

4. En el caso de que la decisión de "EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA" sea rescindir el contrato, podrá optar entre aplicar a "EL PROVEEDOR" una pena convencional por el importe del 10% (die;Z por ciento) del monto total contratado o hacer efectiva la fianza a que se refiere la CLAUSULA DECIMACUARTA de este contrato.

VlGESIMA.- PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN DEL CONTRATO A INSTANCIA DE "EL PROVEEDOR":

Cuando sea "EL PROVEEDOR" quien decida dar por rescindido este contrato, será necesario que acuda ante la autoridad judicial y obtenga la declaración correspondiente.

VIGESIMA PRIMERA. - MODIFICACIONES AL CONTRATO:

Las partes convienen en que por caso fortuito o fuerza mayor, o por causas atribuibles a "EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA", este podrá modificar los contratos a efectos de prorrogar la fecha o plazo para la prestación de los servicios, formalizándose el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación de penas convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a "EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA" no se requerirá de la solicitud de "EL PROVEEDO ".

~

1 ~

llllllllll 1 PODER JUDICIAL nEL ESirA:OO DE YllcATÁN'

PODER JUDICIAL DEL ESTADO TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

Unidad de Administración

CONTRATO No. PODJUDTSJ 05/2016-PA-PB-PC

VIGÉSIMA SEGUNDA.- JURISDICCIÓN:

Para la interpretación y cumplimiento de este contrato, así como para todo aquello que no esté expresamente estipulado en el mismo, las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales estatales de la ciudad de Mérida, Yucatán, México, por lo tanto "EL PROVEEDOR" renuncia al fuero que pudiera corresponderle en razón de su domicilio presente, futuro o por cualquier otra causa.

Leído que fue el presente contrato que consta de once fojas útiles y sus anexos que constan de cinco fojas útiles y enteradas las partes de su valor y alcance legales, manifiestan su total conformidad y aceptación con todas y cada una de las obligaciones a que se contrae el presente documento y para debida constancia y validez, lo firman por triplicado quedando dos ejemplares en poder de "EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA" y uno en poder de "EL PROVEEDOR" en la ciudad de Mérida, capital del Estado de Yucatán, Estados Unidos Mexicanos, a quince de JUiio de dos mil dieciséis

Por "EL TRIBUNAL SUPERIOR DE Por "EL PROVEEDOR"11

\'

JUSTICI~.. \r'P Vº

C. Jorge Francisco C . :~ncia Presiden & Justicia u~r•~

C.P. Ricardo P eco Estrella Titular de la Unidad e Administración del

Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial del Estado.

11

Mr. Cool del Sureste, . . de C.V.

q. 1pe . Cantón Puerto Jefe del Departamento de

Mantenimiento del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial del Estado.

1 ~

1111111111 1 PODER JUDICIAL

PODER JUDICIAL DEL ESf ADO TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

Unidad de Administración

DEL ESTADO DE YUCATAN

/

ANEX01 CLAUSULA DECIMA QUINTA DEL CONTRATO No. PODJUDTSJ 0512016-PA-PB-PC

PARTIDA "A" (EQUIPOS DE TIPO PAQUETE) LISTA DE EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO "EQUIPOS DE PAQUITT"

NO mero Pltnr.i M8l'QI Modelo Serle capeddlcl Atea Tipo c.oudeftAC.lon •

l ALTA CARRIER 15.00 T1I CAPACITACION (15 ti Paquete 1

2 BAJA CARRIER 50TC·D16A2AS 3S14P09243 15.00TR AUDITORIO (lSt) P•quett 4

3 ALTA CARRIER SOTC-016A2A5 3614!'09528 15.00TR MAG 1 Y 2 (15 t) Piquete 39

4 ALTA CAMIER SOTC·Dl6A2AS 36141'09529 1s.oon MAG 3Y 4 (15 1 l Piquete 8

s ALTA CARRIER SOTC·Dl6A2A5 l414P091S8 15.00 TR MAG S Y 6 (151) p~ 11

6 ALTA CAARIER 15.00TR MAG 7'1'8(151) p~ 24

7 ALTA CARRIER SOTC·AllAlAS 031SP38543 1.0.00 T1I MAG 9 Y 10 (10 t) P¡oq~ 20

8 BAJA CARRIER SOTC-Al.2A1AS 4814P71i321 10.00TR SAIA OVIL PB ( 10 1 ) l'llqune 10

9 BAJA CARRIER SOTC-A12AIAS 4314P74648 10.00TR INFORMATICA ( 10 t) P•Quele u 10 8"-IA CARRIER SOTC-016A2A5 .OJAP09995 1.S.OO TR INFORMATICA P (15.00 t) Pet1uete

u PASIUOS RHEEM RIJS.1800. 6626F-080011871 15.00TII PASILLO PTE 2 Pac¡Ufte 30

u PASIUOS RHEEM RUCll-"1800. 66261'080011873 15.00 T1I PASILLO PTI 3 Paquet• 38

13 PASIU.05 RHEEM RUCB-UIOCI. 6626f080011166 lS.OOTR PASIU.OITT4 Paqum 31

14 PASIUOS RHEEM RIJ8.Al80Cl 6626F0800l lB70 15.00 TR PASIUOPTE S Piquete 42

15 PASILLOS RHEEM RUCll-Al 200. 6347F4S9929152 10.00 T1I PASIUO PTE 6 Plqúete 32

16 PASILLOS RHEEM RUC8-Al.80Cl. 6626F1.90015346 15.00TR PASILLO OTE 9 Paquet• 34

17 PASILLOS RHEEM RUClh'180Cl 6626f080011862 1.S.00 TR PASIUO OTE 10 Paqune 35

18 PASMOS RHEEM RUCll-A180Cl. 6626F0800l1864 15.00 Tll PASIUO OTE 11 "-quelllt 36

19 PASILLOS RHEEM RUCll-120Cl 6l47F1'001S817 10.00 TR PASlU.0 OTl 12 Paquete 37

PAIRTIDA "B" (EQUIPOS DE TIPO DIVIDIDO) LISTA DE EQUIPOS DE AIRE ACONDIOONADO "EQUIPOS DIVIDIDOS"

Nwmcro Pllni. M8rai Modelo s.w C.pecldad A,_ UMA1 UMAa Tipo COND

1 ALTA RHEEM Wl>-100C »-118001 10.00 T1I CAPACITACION (10 t 27 N/T OMdldo 2

2 llAJA RHEEM WCHOOC ™18001 10.00TR AUDITORIO (10 t ) 3 N{r Dividido 3

3 ALTA RHEEM WD-100C i1Mll001 10.00TII MAG 1 Y 2 (10!) 30 H/T ot"1dido 6

4 BAJA RHEEM W0-100C ~M18001 10.00 T1I ~Sl'ARENOA PB (10! 6 Nfr DN!dldo 7

5 BAJA RHEEM Wl).200( ™16001 20.00TR niANSPARENCIA P8 (20t 4 5 DMdldo 8

6 AtTA RHEEM W0-100C ~M18001 10.00TII MAG l Y 4 (10!) 13 H/T OMdldo 10

7 BAJA RHEEM W!).2()()( ºM16001! 20.00 T1I WAOVILPB (20t) 7 8 Dlv1d1do 12

8 ALTA RHEEM W0.100C ~M27001 10.00 T1I MAG5Y6(1~ 36 H/T Dividido 14

9 8.AJA RHEEM WO-lOOC ~M18001 10.00TII WA PENAL (10 t) 12 H/T Dividido 15

10 81'JA RHEEM W0-200C ºMUOOll 20.00 T1I WA PENAL (20 t) 10 11 Dividido 16

11 llAJA RHEEM Wl).200( M17001.S 20.00 T1I >ALA DE ORAUD/1.0 (20 t 14 15 Dividido 17

u ALTA RHEIM Wl>-100C 9F149910 10.00 TR CONSEJEROS 3-4 l7 Nfr Dividido 19

13 ALTA RHEIM W0-200C ~M150011 20.00 T1I CONSUEROS l _. 38 39 Dividido 20

14 BAJA RHEEM W!).lSOC .M17001! 15.00TII WA MIXTA (15 t) 17 18 Dividido 21

15 llAJA RHEEM W0-076C SM17001.! 7.SO T1I WAMIXTA(7.St) 16 Nfr Dividido u 16 AlTA RHEEM Wl>-076( ~319931 7.SO T1I CONSEJEROS 1-2 40 H{r DMdldo 23

17 ALTA RHEEM W0-15()( IM17001! 7.SOTII CONSEJEROS 1·2 41 42 DMdldo 24

18 SAIA RHEIM W0-076C SM4~ 15 T1I IWMON TII IBUNAL ( 15 t 20 21 Dividido 25

1.9 llAJA RHEEM Wt>-076C ~40992 7.SO T1I 'OMON TRIBUNAL [7.S t 1.9 Nfr OMdldo 26

20 ALTA RHEEM W0-150( •M200011 lS.OOTR MAG9Y 10 (15 t l 44 45 Dividido 28 21 Al.TA RHEIM W0..()16( SM41990! 7.50 T1I MAG 7Y 8 (7.S t) 46 H/T Dividido 31

u AlTA RHEEM WD-lSOC W17001 15.00TII PLENO PONIENTE 52 Nfr Dividido 33 23 AlTA RHEEM WIHOOC ~18001 10.00TII DIRECQON (10t) ~ H/T Dividido 38 24 B1'JA RHEEM W0-200C ~M17001.! 20.00TR IBUOTtCA CENTRO (20 51 Nfr Dividido 39

~

1 ~

1111111111 1 PODER JUDICIAL

PODER JUDICIAL DEL ESTADO TRIBUNAL SUPERJOR DE JUSTICIA

Unidad de Administración

DEL ESTADO DE YUCATÁN

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ANEX01 CLAUSULA DECIMA QUINTA DEL CONTRA TO No. PODJUDTSJ 0512016-PA-PB-PC

PARTIDA "C" (EQUIPOS DE TIPO MINISPLIT) LISTA DE EQUIPOS DE AIRE ACONDIOONADO TIPO "MINISPUr' , Planta Mll'Ct ~ kriit ~ - Tipo

l CUBO OE ESCAl INNOYAIR ll60C2M54 SIN SERIE 6(1,000 ITU INFORMATICA MINISPUT

f--;.2 AZOTEA INNOYAIR Y60C2M54 StN SERIE fiO,OOO BTIJ MAGISTRADO 10 MINISPUT - 3 AZOTEA INNOYAIR YliOClMSS C01018'8460511507130290 fi0,000 ITU MAGISTRADO 5 MJNISl>LIT

4 AZOTEA lNNOYAIR V60ClM56 SIN SERIE fi0.000 ITU MAGISTllADO 6 MINISl'UT

s AZOTEA COMFORTSTAR BARfíO.l 00l-SCF1 ·.2000 60.000 BTIJ MAGl5TllADO 7 MINISPUT

6 AZOTEA INNOVAIR Y60ClMS4 SIH SERIE fiO,OOOBTIJ MAGlSTllADO 8 MlNISPUT

7 AZOTEA lNHOVAIR V60C2M54 ClDUU810S11226180053 60,000BTV MAGISTRAD09 MINISPUT

8 AZOTEA RHEEM RAKA-018JAZ 5311F11010~58 18,000BTIJ MONTACAllGAS ORIENTE MINISPUT

9 AZOTEA l\HEEM RAAA· 018.JAZ 5881 F1101058Sfi l&.000 BT1J MONTACARGAS PONIENTE MINISPUT

10 AZOTEA INNOYAIR V600MS4 e 1ou1l81os11308130011 60.000 8TV SAlA OE OllALIOAO MINISl'UT

11 AZOTEA INNOVAIR V60C2MS4 C101 UJl10Sl130813011B 60,000 Sl\J SAIA DE OllAUDAD MINISl'lJT

12 AZOTEA INNOVAIR llWOMS-' Cl0ll138105ll308130011 60,000BTIJ SAlA DE ORALIDAD MINISPUT

13 AZCTEA tNNOVAIR ll60C2MS-' SIN SElUE 60,000 IJT\J SAlA DE ORAUOAD MINISPUT

14 AZOTEA INNOVAIR VM60C2551 vmd20l™ll031Hlll60002 60.000ITlJ PUNO 1 PQHIENn: MINISPUT

15 AZOTfA RHEEM SAOE060JA 7684W2812061.80 60,000 81'U Plf.NO 2 PONIENTE MINISPUT

16 AZOTEA RHEEM SAOE060IA 7689W281206181 60.000BTIJ PLENO 3 OIUEl'fTE MINISPUT

17 AZOTEA INNOVAIR llM600557 VMD20104330312411160708 50,000 B11J PLENO 4 ORIENTE MINISPUT

18 AZOTEA PRIM[ CFCPllC60 5RC101347980311517130066 50,000 8TV PRESIOE. SAlA JUNTAS MINISl'UT

19 AZOTEA PRIME CfCPRC60 SRC101347980311517130068 60.000 BTU PRESIDE. PRIVADO MINISPUT

20 AZO TU YORI 2TT1COS12AlM 2U40250.l!OOSOU80 12.000 8TIJ SAlA DE ORAUOAD MINISPUT

21 AZOTEA YORK 2TTIW512A1AA 213402502100500200 U.000 ITU SALA DE OllAUOAO MINISPUT

22 A20TEA YORK ZTTltOS12AlM 213402502100S00111 12,000 8TU SAIA DE OllAUOAO IWNISPUT

23 AZOTEA YORK 2TIKOS12A1M 213402502100502162 12.000 B11J SALA DE OMl.IOAO Mltml'UT

24 AZOTEA Y()IU; 2TTKOSUA1M 213401S02100500062 12,000 B11J SAlA DE OllAUDAO MINISPl.IT

25 AZOTEA INNOVAIR V600M54 C101249770210!11Sl30119 60.000 8T\J ~CRE. GRAL. ACUERDOS MIHISPUT

26 AZOTEA INNOYAIR Y60C2MS4 ClOU49n021091S130110 60,000IT\J SEOIE. GRAL ACUEllDOS MINISPUT

27 AZOTEA INNOVAIR V60QM54 001249no21.09151301n 60,000BTU DIRRECCKlN MINISPLIT

u AZOTEA COMFOl!TSTAA ~l 001342460711424130030 60.000 8TlJ MAGISTIIADO 4 MINISPLIT

29 AZOTEA COMFO«TSTAR BARfíO.l 001342"60711424130001 60,000BT\J MAGISTIIADO 3 MINISPUT

30 AZOTEA COMFORTSTAR BAR~l Cl01342460711424130022 50,000 8TlJ MAGlSTllAOO 2 MINISl'UT

31 AZOTEA PRIME CFO'AC60 OOUS129021092l 130020 60,000 BTIJ MAGIST1IADO l MINISl'UT

32 05TERNA C.UNT ECVX-36NC SIN SERIE 36.ooo rrru CllARTO DE TABlnOS S.E MINISPUT

n AZOTEA RHEl!M U.KA- 018JA2 5881Fl1010S8U lB,OOOBTU ELEVADOll 1 POf'llENn MINISPLIT

34 AZOTEA ZMAllTTEC 1545134-01 11.000 BTIJ ELEVAOOR PAUIOENOA MINISPUT

lS AZOTEA l\HEEM SIN SERIE 11,000ITU MAGIST1W>Cl 2 Y l MINISPUT

l6 AZOTEA RHEEM SIN SERIE 11.000 BTIJ PRESIDENCIA MlNISPUT

37 CA/ION ORIENTE PRIME l6,000BTU CONTllAl.OAIA MINISPLl"I

l8 CJ.RON PONIENTE lG 24.000 B11J SALA Dt' JUHT AS MINISPUT

39 CARON PONIEPflE lG 24.000 llTU SAV.Of JUNTAS MINISl'IJT

40 CAAONORIE~ LG 24.000 IJTU JURIOICO MINISPUT

41 CAAON ORIENTE LG 24.000 llTU JUAIOK:O IWNISPUT

42 MANTENIMIENTO PRIME 24.000BTIJ O[P. MANTENIMIENTO MINISPl.IT

\./

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1811111111 1 PODER JUDICIAL

PODER JUDICIAL DEL ESTADO TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

Unidad de Administración DEL ESTADO DE YUCATÁN

ANEX02 CLAUSULA OECIMA QUINTA DEL CONTRATO No. PODJUDTSJ 05/2016-PA-PB-PC

PROGRAMA PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO

A relación al servicio sef\alado en el punto"l .3 . Condiciones Generares, 1.3.4 haciendo referencia

prosrama de servicios, les presentamos las fechas en las cuales se lleva_ran a cabo.

ARTIDAA: MES LUNES MARTES MIERCOLES JUEVES V IERNES SABADO

1 JULIO 18-JUL-16 19-JUL-16 20-JUL-16 21-JUL-16 22-JUL-16 23-JUL-16 i OCTUBRE 3 -0CT-16 4-0CT-16 S-OCT-16 6-0CT-16 7-0CT-16 80CT-16

1 DICIEMBRE 28-NOV-16 29- NOV-16 30- NOV-16 1-DIC-16 2-DIC·16 3 -DIC16

Servicios a Realizar: Partida "A"

Incluye los trabajos especfficos a realizar en los s18ulentes equipos: EQUIPOS DE TIPO PAQUETE. l. . Revisión y apriete de tomillos de acometida eléctrica; 2 . Limpieza exterior del equipo; 3. Revisión y reapriete de tomlllos de fijación y tapas del equipo; 4 . Revisión de valores eléctricos de acometida: Voltaje, amperaje de consumo y temperatura de operación; S . Cambio de dispositivos y accesorios daftados (bobinas, relevadores, contactares, fusibles, capacitares, etc.); 6 . Lubricación del motor ventilador, chumaceras, bujes y baleros, verificación de la tensión de las bandas y desgaste de las mismas; 7. En caso de ser necesario el cambio de banda se requerirá un ajuste de la misma; 8. Revisión y reparación de tela aislante en duetos de salida de aire fria; 9 . Revisión de tuberla de cobre para evitar fugas y verlflcar su alslante para evitar congelamiento; 10. Completar niveles de gas.

PARTIDA 8: MES LUNES MARTES MIERCOLES JUEVES VIERNES SABADO JULIO 25-JUL-16 26-JUL-16 27-JUL-16 28-JUL-16 29-JUL-16 30-JUL-16 JULIO l·AG0-16 2·AGO·l6 3-AG0-16 4·AG0-16 5-AG0-16 6-AG0-16 OCTUBRE 10-0CT-16 11-0CT-16 12-0CT-16 13-0CT-16 14-0CT-16 lS·OCT-16 OCTUBRE i 17-0CT-16 18-0CT-16 19-0CT-16 20-0CT-16 21-0CT-16 22-0CT-16 DICIEMBRE ! 5-DIC-16 6-DIC-16 7-0IC-16 8-DIC-16 9-DIC-16 10-DIC-16 DICIEMBRE 12-DIC-16 13-DIC-16 14-DIC-16 15-DIC-16 16-0IC-16 17-DIC-16

Partida "B" Incluye los trabajos especfflcos a realizar en los siguientes equipos: EQUIPOS DE TIPO DIVIDIDO. l . Alinear v ordenar sistema el~ctrico (Uma); 2. Cambio de dispositivos y accesorios dal'lados (bobinas, relevadores, contactores, fusibles, capacltores, etc.); 3. Limpieza y lavado del serpentln de la UMA, que se encuentran en el interior del edificio; 4 . Lubricación del motor ventilador, chumaceras, bujes y baleros, verificación de la tensión de las bandas y desgaste de las mismas; S. En caso de ser necesario el cambio de banda se requerirá un ajuste de la misma;

6. Revisión y reparación de tela aislante en duetos de salida de aire frio; 7. Revisión de tuberla de cobre para evitar fuga '11 verificar su aislante para evitar congelamiento; 8. Completar niveles de gas.

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.. •

1 ~

1111111111 1 PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE YUCATÁN

PODER JUDICIAl DEL ESTADO TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

Unidad de Administración

ANEX02 CLAUSULA DECIMA QUINTA DEL CONTRATO No. PODJUDTSJ 05/2016-PA-PB-PC

A PROGRAMA PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO

PARTIDA C:

/ MES LUNES MARTES MIERCOLES JUEVES VIERNES SABADO

JULIO 25-JUL-16 26-JUL-16 27-JUL-16 28-JUL-16 29-JUL-16 30-JUL-16

JULIO 1-AG0-16 2-AG0-16 3-AG0-16 4-AG0-16 5-AG0-16

OCTUBRE 10-0CT-16 11-0CT-16 12-0CT-16 13-0CT-16 14-0CT-16

OCTUBRE 17-0CT-16 18-0CT-16 19-0CT-16 20-0CT-16 21-0CT-16

DICIEMBRE S-DIC-16 6-0IC-16 7-DIC-16 8-DIC-16 9-DIC-16

DICIEMBRE 12-0IC-16 13-DIC-16 14-0IC-16 15-DIC-16 16-DIC-16

Partida "C" Incluye los trabajos específicos a realizar en los siguientes equipos: EQUIPOS DE TIPO MINISPLIT.

l . limpieza de rejillas de inyección o difusoras; 2 . limpieza de Filtro con agua para quitar la tierra acumulada; 3. Lavado de serpentfn (evaporador, condensador) con agente limpiador de aluminio o cobre; 4 . Lub rícación del motor ventilador; S. Puesta en operación; 6. Revisión de drenajes en el Interior del edificio para verificar si no existe condensación, si esta se da se tienen la obllgaclón de informarlo al departamento de mantenimiento y p~ntear posibles soluciones; 7 . Completar niveles de gas; 8. Revisión y cambio si lo requiere de aislante en tuberlas

A continuación le presento el consolldado del programa de servicios de mantenimientos preventivos:

1 FECHAS FLOTIUAl FLOTIUA2 1 DEL 18 AL 23 DE JULIO PARTIDA A

[ DEL 25 DE JULIO Al 6 DE AGOSTO PARTIDA B PARTIDAC

1 FECHAS 1 FLOTILLA1 1FLOTILIA2 1 DEL 3 AL 8 DE OCTUBRE l PARTIDAA 1 1 DEL 10 AL 22 DE OCTUBRE I PARTIDAB 1 PARTIDAC

6-AG0-16 15-0CT-16 22-0CT-16 10-DIC-16 17-DIC-16

~FEc,Oi:-c-AS;;o-:¡-:y-;~;;o;;;~;o;;'~~---;.;::_:_:_.:_::_c.::_~~~l~F~LO~T~l~LtA=::-;;1:-..~~--1-l ~F~LO~TI==UA-=-=2:--''-..~~~~I: V 1

DEL 28 DE NOVIEMBRE AL 3 DE DICIEMBRE 1 PARTIDA A 1

DEL 5 AL 17 DE DICIEMBRE l PARTIDA e 1 PARTIDA e

4

.. ,,-

1 ~

1111111111 1 PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE YUCATÁN

ANEX03

PODER JUDICIAL DEL ESf ADO TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

Unidad de Administración

CLAUSULA DECIMA QUINTA DEL CONTRA TO No. PODJUDTSJ 0512016-PA-PB-PC RELACION DE MATERIALES CONSIDERADOS EN SU PROPUESTA ECONOMICA

· _hA continuación se relaciona la lista de precios del material de las partfdas relacionadas en el ~ ~nexo técnico

DESCRPCION DE MATERIAL PARTl>A A UNIDAD CANTIDAD P.UNITARIO IMPORTE TOTAL

caoacttor de 1 o mlcrofalartoa PZA 8 $ 71.00 $ 568.00 Clloacitor de 7 .5 microfalarios PZA 8 $ 71.00 s 588.00 Transformador de 220 a 24 volta PV.. , $ 308.00 $ 308.00 PlvotM de válvula de servicios PZA. 2 $ 60.00 $ 120.00 BandM de Manejadoras PV.. 10 $180.00 $ 1.800.00 Presoetatos de bala oreslón PZA 1 s 319.00 $ 319.00 Prnostato encacsulado de alta oreei6n PZA. 3 $405.00 $ 1 215.00 Gas R-22 PZA. 40 $ 330.00 $13.200.00 Contactor de 3 ooloa de 50 amo PZA . 1 $485.00 .$ 485.00 Contacior de 2 oolos de 40 ame. PV.. 1 $ 271.00 s 271.00 TOTAL DE MATERIAL $18.854.00

DESCRPCION CE MATERIAL PARTl>A B UNIDAD CANTIOAO P.UNITARIO IMPORTE TOTAL Capacitor de 1 O microfallrtos PZA. 15 $ 71.00 $ 1,065.00 Canacitor de 7 .5 mlcrofalarios PZA 15 $ 71.00 $ 1,085.00 Transformador de 220 a 24 volts PZA 1 $ 308.00 $ 308.00 Pivotes de válvum de aervlclos PZA. 2 $ 80.00 s 120.00 Bandas de Maneiadoras PZA. 13 $180.00 $ 2.340.00 Presostatos de baja presión PZA 1 $ 319.00 $ 319.00 Presostato de alta Dresi6n encaosulados PZA. 2 $405.00 $ 810.00 Gas R-22 PZA. 70 :~ 330.00 523100.00 ContactDr de 3 oolos de 50 amp PZA. 2 •485.00 $ 970.00 Contactor de 2 ooloa de 40 amo. PZA 1 271.00 $ 271.00 TOTAL DE MATERIAL $30388.00

DESCRPCION DE MATERIAL PARTl>A C UNIDAD CANTIOAO P.UNITARJO IMPORTE TOTAL Capacitar de 50 MF a 370 volts PV.. 5 $ 130.00 $ 850.00 Caoaeltor de 35 MF a 370 vob PZA. 1 s 110.00 $ 110.00 Canacftor de 3 mf a 370 voHa PZA 1 s 50.00 s 50.00 Gas R-22 PZA. 13 $ 330.00 $-4290.00 TOTAL DE MATERIAL $ 5100.00 Notas: Los precios Incluyen I• Instalación

V11encla de 5 mesa contados a partir ~115 de Julio hasta el 31 de dlcle,.. de 2016

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