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Reglamento para la Aplicación del Sistema de Gestión de la Seguridad y la Salud en el Trabajo (S.S.T.) de MLP y EE CC. REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN EL TRABAJO (S.S.T.) DE MINERA LOS PELAMBRES Y EE.CC. INDICE 1. Definiciones. 2. Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo. 2.1 Política (DS76 –art 9 – inciso 1). 2.2 Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos (DS76 – Art 9 – inciso 3). 2.3 Requerimientos Legales. 2.4 Objetivos y Metas. 2.5 Programa de Prevención de Riesgos (DS76 – Art 9 – inciso 3). (DS 72 – Art 37). 2.6 Estructura y responsabilidad (DS76 –art 9 – inciso 2). (DS 72 – art 34 – art 38). 2.7 Entrenamiento, competencia y conciencia (DS 72 – art 31 – art 38). 2.8 Comunicación ( DS 72 – art 31). 2.9 Sistema documental. 2.10 Controles Operacionales (DS76 – Art 32). 2.11 Preparación para las Emergencias (DS 72 – art 75). 2.12 Administración de Empresas Colaboradoras. 2.13 Medición y Monitoreo (DS76 – Art 9 – inciso 5). 2.14 Reportabilidad e investigación de incidentes. RO-GR-PR-008 Página 1 de 20 PROPÓSITO Y APLICACIÓN Garantizar La protección de La salud y La seguridad de todos los trabajadores, cualquiera sea su dependencia, a través de La aplicación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo conforme a lo establecido en el D.S. N° 72 art 35 y D.S. N° 76 art 7.

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SISTEMA DE GESTION

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Reglamento para la Aplicación del Sistema de Gestión de la Seguridad y la Salud en el Trabajo (S.S.T.) de MLP y EE CC.

REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN EL TRABAJO (S.S.T.)

DE MINERA LOS PELAMBRES Y EE.CC.

INDICE

1. Definiciones.2. Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.

2.1 Política (DS76 –art 9 – inciso 1).2.2 Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos (DS76 – Art 9 – inciso 3).2.3 Requerimientos Legales.2.4 Objetivos y Metas.2.5 Programa de Prevención de Riesgos (DS76 – Art 9 – inciso 3). (DS 72 – Art 37).2.6 Estructura y responsabilidad (DS76 –art 9 – inciso 2). (DS 72 – art 34 – art 38).2.7 Entrenamiento, competencia y conciencia (DS 72 – art 31 – art 38).2.8 Comunicación ( DS 72 – art 31).2.9 Sistema documental.2.10 Controles Operacionales (DS76 – Art 32).2.11 Preparación para las Emergencias (DS 72 – art 75).2.12 Administración de Empresas Colaboradoras.2.13 Medición y Monitoreo (DS76 – Art 9 – inciso 5).2.14 Reportabilidad e investigación de incidentes.2.15 Auditorías.2.16 Revisión Gerencial.

Revisión Descripción del Cambio

01

Edición Inicial.Se actualizo el código del documento.

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PROPÓSITO Y APLICACIÓN

Garantizar La protección de La salud y La seguridad de todos los trabajadores, cualquiera sea su dependencia, a través de La aplicación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo conforme a lo establecido en el D.S. N° 72 art 35 y D.S. N° 76 art 7.

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Reglamento para la Aplicación del Sistema de Gestión de la Seguridad y la Salud en el Trabajo (S.S.T.) de MLP y EE CC.

1. DEFINICIONES

1.1 Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (S.S.T):

DS N° 76 Artículo 8°.- Se entiende por Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo al conjunto de elementos que integran la prevención de riesgos, a fin de garantizar la protección de la salud y la seguridad de todos los trabajadores.

En aquellas obras, faenas o servicios en que el número total de trabajadores, sin importar su dependencia, sea más de 100, el Departamento de Prevención de Riesgos de Faena, da la asesoría técnica que se requiera para la implementación y aplicación de este sistema de gestión.

2. SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (S.S.T)

2.1 Política (DS76 –art 9 – inciso 1).

La empresa mandante dispondrá de una Política de Seguridad y Salud Ocupacional que considere la protección de todos los trabajadores, tanto del mandante como de las empresas contratistas y subcontratistas.

Estos últimos, a falta de política propia, podrán acogerse a la política de la empresa mandante.

(Referencia: Política de Calidad y Riesgo - 2004)

2.2Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos (DS76 – Art 9 – inciso 3).

La empresa mandante identificará los peligros de sus procesos a través de matrices (Inventarios de áreas, equipos, actividades, tareas e instalaciones).Las matrices deben considerar la evaluación de los riesgos y los controles operaciones respectivos.Serán confeccionadas matrices para los peligros de seguridad, de salud ocupacional y de medio ambiente.Las empresas contratistas y subcontratistas dispondrán de sus propias matrices, conforme al proceso donde desempeñan sus actividades contractuales. Estas matrices serán validadas por la empresa mandante.Las empresas contratistas y subcontratistas que no dispongan de matrices propias, deben integrarse a las matrices del proceso de la empresa mandante.

(Referencia: Procedimiento General del SGI / PG – SGI – 002 – Identificación de aspectos ambientales y peligros de SSO).

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2.3Requerimientos Legales

A. Base documental

La empresa mandante dispondrá en archivos, todos los documentos legales que le son aplicables. Mensualmente la empresa mandante actualiza sus archivos a través de un ente externo especializado en la materia.

B. Difusión y análisis

La empresa mandante difundirá los documentos legales entre los trabajadores propios y los trabajadores de las empresas contratistas y subcontratistas. La difusión se hará vía los canales formales que utiliza la Organización.

C. Capacitación en temas legales

La empresa mandante a través de la Organización de Comités Paritarios, organizará ciclo de charlas semestrales de temas legales, utilizando los servicios de las Mutualidades.

D. Auditoría legal

Anualmente, la empresa mandante efectúa una auditoría legal a los procesos de la organización. Igualmente, la auditoría legal en temas propios será realizada a cada empresa de contratistas y de subcontratistas.

(Referencia: Procedimiento General del SGI / PG – SGI – 003 – Requisitos legales)

2.4Objetivos y Metas

En los meses de octubre y noviembre de cada año, la Superintendencia de Prevención de Riesgos de Faena de la empresa mandante, definirá los objetivos y metas que serán consolidados en el Plan maestro de Prevención de Riesgos, base de los Programas de Prevención de Riesgos aplicado por la empresa mandante y sus empresas de contratistas y de subcontratistas.Así mismo, se incorporarán los objetivos estratégicos y metas que defina la empresa mandante para la gestión del negocio minero.

(Referencia: Procedimiento General del SGI / PG – SGI – 005 – Objetivos Metas y Planes de Acción CASS)

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A. Convenio de desempeño

La Superintendencia de Prevención de Riesgos de Faena, incorporará las actividades que satisfacen al Convenio de desempeño, al Plan Maestro de Prevención de Riesgos.

(Referencia: Procedimiento General del SGI / PG – SGI – 005 – Objetivos Metas y Planes de Acción CASS)

2.5Programa de Prevención de Riesgos (DS76 – Art 9 – inciso 3). (DS 72 – Art 37)

A. Factores de análisis y Plan Maestro de Prevención de Riesgos

En reunión ordinaria del Departamento de Prevención de Riesgos de Faena de los meses de octubre y noviembre, se analizarán los factores que servirán de base para la confección del Plan maestro de Prevención de Riesgos. Los factores a analizar estarán relacionados a:

Estadística anual móvil de accidentes.Análisis anual móvil de causalidad (últimos 5 años)Revisión de compromisos contraídos con la autoridad fiscalizadora del DS 72 y Ley 16.744.Dinámica de la gestión de la organización de Comités Paritarios y del Departamento de Prevención de Riegos de Faena.Gestión de integración operacional para los temas propios de prevención de riesgos.

B. Desarrollo del programa de Prevención de Riesgos

El o los Programas de Prevención de Riesgos de la empresa mandante y de las empresas contratistas y de empresas subcontratistas, tienen como base única el Plan Maestro de Prevención de Riesgos.

C. Monitoreo y evaluación del Programa de Prevención de Riesgos (DS76 – Art 9 – inciso 4). (DS 72 – Art 37)

Es responsabilidad de los Ingenieros de Prevención de Riesgos de las Áreas de la empresa mandante, monitorear el cumplimiento de los Programas. La información será remitida al Superintendente de Prevención de Riegos de la empresa mandante.

Es responsabilidad de los Expertos de Prevención de Riesgos o encargado de las empresas contratistas y subcontratistas, evaluar mensualmente el cumplimiento del Programa.

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(Referencia: Procedimiento General del SGI / PG – SGI – 005 – Objetivos, Metas y programas de gestión CASS)

2.6Estructura y responsabilidad (DS76 –art 9 – inciso 2). (DS 72 – art 34 – art 38)

A. Rol de la organización en SST

Los Administradores de las empresas contratistas y subcontratistas son responsables de aplicar la legislación vigente en materias de prevención de riesgos. Así mismo, son responsables de aplicar los estándares de la empresa mandante en relación a la prevención de riesgos.La supervisión de las empresas contratistas y subcontratistas tienen la responsabilidad de enseñar y exigir el cumplimiento de los estándares legales y operacionales relacionados con la prevención de riesgos. Las empresas entrenarán adecuadamente a los supervisores para que cumplan con su deber de cuidado para con los trabajadores.Los trabajadores deben cumplir cada uno de los estándares en que serán capacitados.

La empresa mandante monitorea que todo lo anterior se cumpla. El primer responsable será el Gerente General y el grupo de gerentes, superintendentes, jefes de de departamentos y administradores de contratos.Así mismo, los supervisores de la empresa mandante son responsables por el cumplimiento de los estándares legales y de prevención de riesgos de sus trabajadores propios y de los trabajadores de las empresas contratistas y subcontratistas.

Los trabajadores de la empresa mandante deben cumplir cada uno de los estándares de prevención de riesgos en que serán capacitados y a su vez, son responsables que en sus áreas, Los trabajadores de las empresas contratistas y subcontratistas, cumplan con dichos estándares.

B. Rol del Departamento de Prevención de Riesgos de Faena (DS76 – Art 26). ( DS 72 – art 35)

Son funciones de la Superintendencia de Prevención de Riesgos de Faena:

- Participar en la implementación y aplicación del Sistema de Gestión de la SST;

- Otorgar la asistencia técnica a las empresas contratistas y subcontratistas para el debido cumplimiento de la normativa de higiene y seguridad, así como de las empresas que no cuenten con Departamento de Prevención de Riesgos;

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- Coordinar y controlar la gestión preventiva de los Departamentos de Prevención de Riesgos existentes en la obra, faena o servicios; - Asesorar al Comité Paritario de Faena cuando éste lo requiera;

- Prestar asesoría a los Comités en la investigación de los accidentes del trabajo que ocurran en la obra, faena o servicios, manteniendo un registro de los resultados de las investigaciones y del control de cumplimiento de las medidas correctivas prescritas;

- Mantener un registro actualizado de las estadísticas de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales ocurridos en la obra, faena o servicios, debiendo determinar, a lo menos, las tasas de accidentabilidad, frecuencia, gravedad y de siniestralidad total; y

- Coordinar la armónica implementación de las actividades preventivas y las medidas prescritas por los respectivos organismos administradores de la Ley N° 16.744 o las acciones que en la materia hayan sido solicitadas por las empresas contratistas o subcontratistas.

C. Rol de la Organización de Comités Paritarios (DS76 – Art 14).

La empresa mandante por áreas geográficas (Mina – Chacay – Mauro – Puerto) organizará Comités Paritarios de Faena.Las empresas con menos de 25 trabajadores, nominarán 2 representantes (empresa y trabajadores) y constituirán la Unión Paritaria.Los Comités Paritarios conforme al DS N° 54, formarán Alianzas para unificar el trabajo de interés común.La organización de Comités Paritarios funcionará conforme al DS N° 76 y DS N° 54.

2.7Entrenamiento, competencia y conciencia (DS 72 – art 31 – art 38)

A. Cursos de Inducción

Antes de trabajar por primera vez en faena, todos los trabajadores deberán asistir al Curso de Inducción sobre temas generales de prevención de riesgos. El curso de inducción es requisito para autorizar los pases de ingreso y será dictado por la empresa mandante.

B. D.A.S. (DS N° 40 – Art 21)

Cada empresa dará a conocer los riesgos generales y específicos a todos sus trabajadores.El mandante instruirá a todos los trabajadores respecto de los riesgos de sus procesos.

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C. Charlas de 5 minutos

Al inicio de cada jornada, los trabajadores de empresas contratistas y subcontratistas, serán recordados de los peligros y riesgos que enfrentarán durante el día.

D. Talleres de Autocuidado

El mandante desarrollará un programa anual de talleres relacionados con el desarrollo del Comportamiento humano respecto a los riesgos.

A través de los Talleres de Autocuidado se creará conciencia entre los trabajadores y supervisores respecto a su obligación de tener un Comportamiento adecuado y seguro cuando desarrollen sus trabajos.

E. Análisis de comportamiento en SST

El mandante y las empresas contratistas y subcontratistas, desarrollarán un programa de Observación de Conducta.

F. Charlas Técnicas

La Superintendencia de Prevención de Riegos de Faena programará un ciclo de charlas técnicas destinadas a mejorar el nivel de competencia de los Expertos en Prevención de Riesgos.

2.8Comunicación ( DS 72 – art 31)

A. Promoción de la SST

La empresa mandante a través de sus canales formales, promocionará la prevención de riesgos entre sus trabajadores.La organización de los Comités Paritarios incluirá un sus programas anuales, campañas relacionadas con temas de prevención de riegos. Los Comités Paritarios de Faena coordinarán dichas campañas para ser un buen uso de los recursos utilizados.

B. Revistas y boletines

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La organización de Comités Paritarios emitirá un Revista trimestral sobre los temas propios relacionados con prevención de riesgos. A su vez cada grupo (Alianza, Unión, MLP), emitirá sus propios boletines internos. El Superintendente de Soporte Técnico de Riesgos difundirá los boletines, que a su juicio, requieren de difusión masiva.

2.9Sistema documental

La empresa mandante y cada empresa contratista y subcontratista tendrán su propia sistema documental.

Sistema de Archivo (DS76 – Art 9 – inciso 10). (DS 72 – art 26)

Existe un sistema documental donde está la base del sistema de gestión integral.

Los procedimientos generales son la base del sistema de gestión de prevención de riesgos y medio ambiente.

El Superintendente de Soporte Técnico de Riesgos, mantendrá archivos relacionados a prevención de riesgos y que tengan relación con: Correspondencia legal con la Autoridad; registros de capacitaciones; Actas de la Organización Paritaria, Actas del funcionamiento del Departamento de Prevención de Riesgos de Faena; registro de capacitaciones propias y cualquier otro documento que son requeridos por la Autoridades Fiscalizadoras.

(Referencia: Procedimiento General del SGI / PG – SGI – 004 – Elaboración y Control de Documentos y Registros)

2.10 Controles Operacionales (DS76 – Art 32).

La identificación de peligros y evaluación de riesgos genera controles operacionales dentro de cada proceso o dentro de las actividades específicas de las empresas contratistas y subcontratistas.Los controles operacionales en sí, son los estándares generales y específicos definidos en la ley y decretos pertinentes, además de los estándares propios que ha fijado la empresa mandante, en base a la experiencia de los especialistas. Los controles operacionales al igual que los peligros, deben ser conocidos por todos los trabajadores, supervisores y ejecutivos.A fin de gestionar los controles operacionales, se definen diferentes prácticas que permiten: Definir y redactar; capacitar y entrenar; difundir; observar el cumplimiento; monitorear las actividades de control administrativo.

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La empresa principal, así como las empresas contratistas y subcontratistas, estarán obligadas a adoptar y poner en práctica las medidas de prevención que les indique la Superintendencia de Prevención de Riesgos de Faena en el ejercicio de sus atribuciones, sin perjuicio del derecho a apelar de las mismas ante el organismo administrador al que se encuentra adherida o afiliada la empresa que apela, de conformidad con lo establecido en el inciso quinto del artículo 66 de la Ley N° 16.744.

A. Normas y Estándares para el control de incidentes relacionados a Prevención de Riesgos. (DS 72 – art 25 – art 28 – art 31)

Es responsabilidad de la Superintendencia de Prevención de Riesgo de la empresa mandante, fijar los estándares aplicables en conjunto con la línea de supervisión de los procesos. Para los estándares que controlan la ocurrencia de accidentes graves y/o fatales, se fija una revisión anual / bianual, a lo menos.

La capacitación de estándares es responsabilidad de la empresa mandante y su difusión se hace vía: Curso de Inducción; Charlas de Derecho a Saber; Charlas específicas de cada proceso o de empresa contratista y subcontratista; Talleres específicos; Charlas generales; otros contactos.Es responsabilidad de los Expertos, de la supervisión, de la Organización de Comités Paritarios, de los Expertos de las Mutualidades, capacitar a los trabajadores de sus empresas.Las empresas que desarrollan entrenamiento a operadores, deben considerar el conocimiento de los estándares aplicables en materia de prevención de riesgos.

Así mismo, la difusión de los estándares legales y operacionales, se hace por vías formales de comunicación utilizada por la empresa mandante y las empresas contratistas y subcontratistas.

Así mismo, es obligación de la empresa mandante y las empresas contratistas y subcontratistas, observar el comportamiento de los trabajadores, supervisores y administrativos en el cumplimiento de los estándares legales y operacionales. Para ello, las empresas aplicarán un Programa Anual de Observación de Conducta,

Los Expertos en Prevención de Riesgos monitorearán mensualmente el cumplimiento de estas actividades, conforme lo expresa el Programa de Prevención de Riesgos de cada empresa.

B. Procedimientos, AST. (DS76 – Art 9 – inciso 3). (DS 72 – Art 39)

Para toda tarea crítica se confeccionará un procedimiento, donde se identifiquen los peligros, se evalúen los riesgos y se establezcan los controles operacionales.

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Los procedimientos deben ser conocidos y aplicados por todos los supervisores y trabajadores que participen en las tareas.Además en terreno, las tareas deben desarrollarse previo a la confección de un AST (Análisis Seguro del Trabajo).Los fines de semana, las empresas deberán informar la ejecución de tareas críticas. Es responsabilidad del Experto en Prevención de Riesgos verificar el cumplimiento de la normativa aplicable a dicha tarea. De la misma manera, el mandante a través del Experto de turno, verificará cumplimiento de aplicación.El Superintendente de Soporte Técnico de Riesgos del mandante, informará a la organización sobre las No Conformidades detectadas a fin de corregir las futuras gestiones.

C. Protocolos de Reglas de Oro (DS 72 – Capítulo III – Normas Generales)

El Superintendente de Prevención de Riesgos del mandante es responsable de liderar la campaña anual sobre la aplicación de las Reglas de Oro que controlan las fatalidades.Para aplicar las Reglas de Oro, se confecciona un protocolo para cada una de ellas.Se establece un programa para gestionar la aplicación de las reglas de oro.Será responsabilidad de los Expertos y de la organización de Comités paritarios, capacitar y difundir los protocolos entre la administración, supervisión y los trabajadores.

D. Reunión de Arranque (DS 72 – art 21)

Es responsabilidad de la empresa mandante efectuar reuniones de arranque con las empresas de contratistas y subcontratistas que ingresan por primera vez.En dicha reunión se dan a conocer todos los estándares administrativos, legales y operacionales relacionados con Prevención de Riesgos.Antes de iniciar las actividades, la empresa mandante realiza una evaluación de los cumplimientos contraídos por las empresas contratistas y de subcontratistas.

E. Inspecciones y Caminatas (DS76 – Art 17).

Las obligaciones de asegurar el entorno laboral y la calidad de vida de los trabajadores, según los establece el DS N° 72 y el DS N° 594, es asegurada a través de inspecciones y caminatas.Es responsabilidad de las empresas, efectuar estas actividades a través de un programa anual. El seguimiento al cumplimiento de las observaciones y la evaluación de las actividades, será de responsabilidad de los Supervisores, expertos.

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La organización de Comités Paritarios tiene una destacada participación en este tipo de actividades, por lo cual, dispondrá en sus programas anuales, la ejecución de dichas inspecciones y caminatas.

F. Observación de Conductas

Las obligaciones de asegurar el autocuidado y el comportamiento humano de los trabajadores, según los establece el DS N° 72 y el artículo 480 del Código del Trabajo, es asegurada a través de observaciones a la conducta.Es responsabilidad de las empresas, efectuar estas actividades a través de un programa anual. El seguimiento al cumplimiento de las observaciones y la evaluación de las actividades, será de responsabilidad de los Supervisores, expertos y organización paritaria.

(Referencia: M – GR – PR-001 Manual de estándares S&SO)

2.11 Preparación para las Emergencias (DS 72 – art 75)

El Jefe del Departamento de Prevención de Riesgos del mandante es responsable de gestionar las actividades de prevención y reducción de pérdidas relacionadas con las emergencias no operacionales, secundado por los Jefes de Brigadas de Emergencia. Así mismo, serán responsables de la gestión administrativa que requiere el cuidado y protección de los elementos y materiales de apoyo.

A. Identificación y evaluación de tipos de emergencias

A partir de las matrices de seguridad y medio ambiente, se identifican los tipos de emergencias.Los Jefes de Brigada mantienen un programa de inspecciones de fuentes de emergencias.

B. Planes y programas

El Superintendente del Departamento de Prevención de Riesgos del mandante o quien él designe es responsable de generar el programa anual para la gestión de Atención para las emergencias. El monitoreo del cumplimiento de los programas se efectúa semanalmente.

C. Brigadas para actuar en emergencia

Se constituirán brigadas con personal de la empresa mandante en todas las áreas que tengan fuentes generadoras de emergencia.

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Las empresas contratistas y subcontratistas formarán sus brigadas con la asistencia técnica de la empresa mandante, aportando esta, los recursos técnicos necesarios para enfrentar dichas emergencias.La capacitación y entrenamiento, será aportada por la empresa mandante.

2.12 Administración de Empresas Colaboradoras.

A. Sistema de Gestión SST (DS76 – Art 11).

La empresa principal, para la implementación del Sistema de Gestión de la SST, confecciona un Reglamento Especial para empresas contratistas y subcontratistas o Reglamento Especial, el que es obligatorio para tales empresas.

Es responsabilidad de la Unidad de Contrato entregar una copia de este Reglamento a las empresas, antes de iniciar sus actividades contratadas.Copia de recepción debe ser incorporada a la carpeta del contratista por la Unidad de Contrato.

B. Programa SST

El o los Programas de Prevención de Riesgos de las empresas contratistas y de empresas subcontratistas, tendrán como base única el Plan Maestro de Prevención de Riesgos.

C. Monitoreo y evaluación de programas

Es responsabilidad de los Expertos de Prevención de Riesgos o encargado de las empresas contratistas y subcontratistas, evaluar mensualmente el cumplimiento del Programa.La información es remitida al Superintendente de Prevención de Riegos de la empresa mandante, antes del día 10 de cada mes.

D. Auditorías internas

La empresa mandante efectuará auditorías internas a las empresas contratistas y subcontratistas, vía directa o a través de terceros.La gestión y levantamiento de las No Conformidades por parte de las empresas, se harán dentro de los 15 días a contar del recibo del informe de auditoría.

2.13 Medición y Monitoreo (DS76 – Art 9 – inciso 5).

A. Del Sistema de Gestión en SST.

El Superintendente de Prevención de Riesgos del mandante es responsable de mantener en funcionamiento el Sistema de Gestión en SST. Anualmente

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efectuará auditoría interna al Sistema para verificar su vigencia. Interactuará con el encargado del SGI para valida cualquier modificación en lo concerniente a Prevención de Riesgos.

B. Del Plan Maestro y del Programa de Prevención de Riesgos Anual

Será responsabilidad de los Expertos de Prevención de Riesgos o encargado de las empresas contratistas y subcontratistas, evaluar mensualmente el cumplimiento del Programa de Prevención de Riesgos Anual.El Superintendente de Prevención de Riegos de la empresa mandante monitoreará este cumplimiento.Será responsabilidad de la Superintendencia de Prevención de Riegos de Faena monitorear mensualmente la aplicación del Plan Maestro de Prevención de Riesgos.

C. Análisis Estadístico (DS 72 – art 71)

El Superintendente de Prevención de Riegos de la empresa mandante mantendrá vigente el Sistema de registro de accidentes a las personas, tanto de la empresa mandante como de las empresas contratistas y de subcontratistas.Será de su responsabilidad emitir las estadísticas relacionadas al requerimiento del Servicio, E -100 y E – 200. Así mismo, emitirá las estadísticas mensuales requeridas por su Mutualidad, Consejo Nacional de Seguridad y Dirección del Trabajo.

Semestralmente se actualizará la base de datos del análisis estadístico sobre la causalidad de los accidentes.

D. Calibración de instrumentos y equipos

Los usuarios son responsables por la calibración de los equipos relacionados con medición de riesgos a las personas. (Exposímetro – Monitores de gas – Sistema de monitoreo de gas – Sistema semi automático de control de incendio en Sala de Controles y SS.EE, otros relacionados.

(Referencia: Procedimiento General del SGI / PG – SGI – 009 – Monitoreo y Medición; PG – SGI – 025 – Control de dispositivos de seguridad y medición)

2.14 Reportabilidad e investigación de incidentes

El Mandante mantiene un Sistema de reportabilidad de incidentes y No Conformidades de acceso general. (Sicgr)

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Es responsabilidad del Superintendente de Prevención de Riegos de la empresa mandante, monitorear los cierres de los incidentes reportados y No Conformidades.

A. Sistema de Reportabilidad

Es responsabilidad de la empresa mandante como de las empresas contratistas y de subcontratistas, informar y registrar las No Conformidades e incidentes ocurridos en el ejercicio laboral.

B. Sistema de Investigación de Incidentes (DS 72 – art 76)

Es responsabilidad de la empresa mandante como de las empresas contratistas y de subcontratistas, investigar cuando sea necesario, las causas de los incidentes reportados, levantando las acciones correctivas que apuntan a las causas básicas y de falla de control administrativo.Es responsabilidad del Comité Paritario del accidentado, investigar, emitir recomendaciones, respecto a las causas que permitieron la ocurrencia del accidente.

C. Avisos por la ocurrencia de Accidentes Graves y/o Fatales (DS 72 – art 77) (Circular 2.345)

El Superintendente de Prevención de Riegos de la empresa mandante es responsable de informar a la Autoridad, cada vez que ocurra un accidente grave o fatal. Las empresas contratistas y subcontratistas adoptarán la misma responsabilidad. Copia de la constancia de su aviso debe ser remitida al Jefe del

Departamento de Prevención de Riegos de la empresa mandante. (Referencia: Procedimiento para manejo de accidentes graves y/o fatales)

(Referencia: Procedimiento General del SGI / PG – SGI – 006 – NC y ACC correctiva y preventiva)

2.15 Auditorias

A. Externas al Sistema de Gestión SST

Es responsabilidad del Superintendente de Prevención de Riegos de la empresa mandante, participar en las Auditorías Externas que se realizan al Sistema de Gestión Integrado y responder por la auditoría específica que se hace al sistema de gestión SST.

B. Auditoría Internas a los programas

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La empresa mandante efectuará auditorías internas a los procesos, vía directa o a través de terceros.La gestión y levantamiento de las No Conformidades por parte de los procesos, se harán dentro de los 15 días a contar del recibo del informe de auditoría.

(Referencia: Procedimiento General del SGI / PG – SGI – 007 – Auditoría al Sistema de Gestión CASS)

2.16 Revisión Gerencial

El Comité de Gerentes de la empresa mandante, semestralmente deberá conocer y validar los aspectos relevantes relacionados con Prevención de Riesgos.

A. Aprobación de la Gestión en Prevención de Riesgos

Es responsabilidad de la Gerencia General de la empresa mandante, revisar y aprobar la gestión de Prevención de Riesgos.

(Referencia: Procedimiento General del SGI / PG – SGI – 008 – Revisión Gerencial del SGI)

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