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1 REGLAMENTACIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES EN EL CONTEXTO DEL DECRETO 1290 DE 2009 Años transformando la práctica escolar para hacerla más humana, más inclusiva y más respetuosa de los derechos de sus principales beneficiarios: los niños y jóvenes cordobeses y colombianos”

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Page 1: 1 REGLAMENTACIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES EN EL CONTEXTO DEL DECRETO 1290 DE 2009 Años transformando la práctica escolar

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REGLAMENTACIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES EN EL

CONTEXTO DEL DECRETO 1290 DE 2009

Años transformando la práctica escolar para hacerla más humana, más inclusiva y más respetuosa de los derechos de sus principales beneficiarios: los niños y jóvenes cordobeses y colombianos”

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LA EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES

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REGLAMENTO NUMERO 001 DE FEBRERO 6 DE 2009

“Por el cual se establece el sistema institucional de evaluación y

promoción de los estudiantes en los niveles de Educación Básica (Primaria y Secundaria) y Media Académica a

partir del año lectivo 2010”.

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ARTICULO 3. OBJETO DEL DECRETO

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El presente decreto reglamenta los criterios de evaluación de los aprendizajes y la promoción de los estudiantes legalmente matriculados en esta Institución.

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ARTICULO 4. PROPÓSITOS DE LA EVALUACIÓN INSTITUCIONAL DE LOS

ESTUDIANTES

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1. Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje de los estudiantes para valorar sus avances.

2. Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante.

.

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PROPÓSITOS DE LA EVALUACIÓN INSTITUCIONAL DE LOS ESTUDIANTES

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3. Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores en su proceso formativo.

4. Determinar la promoción de estudiantes.5. Aportar información para el ajuste e implementación

del plan de mejoramiento institucional.

.

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ARTICULO 5. DEFINICIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS

ESTUDIANTES:

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EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES es el conjunto de mecanismosmecanismos y procedimientos procedimientos esenciales esenciales y particulares particulares que garantizan un proceso de enseñanza aprendizaje coherente con el modelo pedagógico adoptado por la Institución Educativa Cecilia de Lleras en su Proyecto Educativo Institucional conforme a las disposiciones legales vigentes.

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CARACTERÌSTICAS DE LA EVALUACIÓN

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PermanenteSistematicaObjetivaContinuaAcumulativaFormativaConsecuente

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ARTICULO 5.2 CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

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DESEMPEÑO ACADEMICO: Toma de decisionesCreatividadSolución de problemas.Atención.Memoria.Concentración. Gestión de la información

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DESEMPEÑO PERSONAL:

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Orientación ética.Dominio PersonalInteligencia emocionalAdaptación al cambio. 

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DESEMPEÑO SOCIAL:

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Comunicación (verbal y no verbal)Trabajo en equipoLiderazgoManejo de conflictos. Capacidad de adaptación.ProactividadResponsabilidad ambiental.Orientación al servicio.Saber convivir

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5.3. CRITERIOS DE PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES:

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Obtener como mínimo un desempeño básico equivalente al 65% en cada una de las áreas obligatorias y fundamentales que el estudiante desarrolle en el nivel en que se encuentra matriculado al culminar el año escolar.

Registrar una asistencia mínima del 80% en cada una de las áreas.

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Haber superado los BAJOS DESEMPEÑOS obtenidos en una o dos áreas, después de cumplir las actividades de NIVELACIÓN, concertadas con el padre de familia, estudiante y docente, al finalizar el año escolar.

En el caso de las áreas que contengan varias asignaturas, se tendrá en cuenta para su aprobación el número de logros alcanzados de la sumatoria de los mismos de las asignaturas.

PARÁGRAFO 1: Para efectos de las actividades de nivelación éstas se realizarán sólo en las asignaturas en que no se alcance el porcentaje establecido.

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5.4 CRITERIOS DE NO PROMOCIÓN

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Valoración con desempeño bajo en tres o más áreas del Plan de Estudios al finalizar el último periodo académico del año escolar.

Inasistencia injustificada en más del 20% de las actividades académicas programadas y desarrolladas en cada una de las áreas durante el año escolar.

Persistencia en desempeños BAJOS en una o dos áreas, luego de realizar las actividades de NIVELACIÓN al finalizar el año escolar.

La no presentación de las actividades de Nivelación al

finalizar el año en la fecha estipulada por la institución.

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ARTICULO 6. DEFINICIÓN DE LOS DESEMPEÑOS

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DESEMPEÑO SUPERIOR. En relación con las áreas obligatorias y fundamentales, teniendo como referente los

estándares básicos, las orientaciones y lineamientos expedidos por el Ministerio de Educación Nacional y lo establecido por el Proyecto Educativo Institucional, cuando el estudiante tiene un desempeño entre el 95% y el 100% en la valoración de sus procesos cognitivos y formativos sin actividades de refuerzo y cumple los siguientes atributos:

No tiene fallas y aún teniéndolas, presenta excusas justificadas sin que su proceso de aprendizaje se afecte.

No presenta dificultades en su comportamiento ni en la convivencia con los miembros de la comunidad educativa.

Desarrolla actividades curriculares que superan las experiencias esperadas. Manifiesta sentido de pertenencia institucional Participa de las actividades curriculares. Valora y promueve autónomamente su propio desarrollo

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Se puede considerar desempeño alto en relación con las áreas obligatorias y fundamentales, teniendo como referente los estándares básicos, las orientaciones y lineamientos expedidos por el Ministerio de Educación Nacional y lo establecido por el Proyecto Educativo Institucional, cuando el estudiante tiene un desempeño entre el 80 %– 94.9% en la valoración de sus procesos cognitivos y formativos sin actividades de refuerzo y cumple los siguientes atributos:

  Realiza actividades de refuerzo Tiene faltas de asistencia justificadas Reconoce y supera sus dificultades en ese desempeño Desarrolla actividades curriculares específicas Manifiesta sentido de pertenencia en la institución Se promueve con ayuda del docente y sigue su ritmo de

aprendizaje

DESEMPEÑO ALTO.

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Se puede considerar desempeño básico la superación de los desempeños necesarios en relación con las áreas obligatorias y fundamentales, teniendo como referente los estándares básicos, las orientaciones y lineamientos expedidos por el Ministerio de Educación Nacional y lo establecido por el Proyecto Educativo Institucional, cuando el estudiante tiene un desempeño entre el 65% y el 79.9 % en la valoración de sus procesos cognitivos y formativos sin actividades de refuerzo y cumple los siguientes atributos:

 Supera los desempeños necesarios con actividades

de refuerzo dentro del período académico.Presenta faltas de asistencia justificadas e

injustificadasPresenta algunas dificultades de competencias

DESEMPEÑO BASICO

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DESEMPEÑO BAJO.

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Se puede considerar desempeño bajo la no superación de los desempeños necesarios en relación con las áreas obligatorias y fundamentales, teniendo como referente los estándares básicos, las orientaciones y lineamientos expedidos por el Ministerio de Educación Nacional y lo establecido por el Proyecto Educativo Institucional, cuando el estudiante tiene un desempeño entre el 0% y el 64.9% en la valoración de sus procesos cognitivos y formativos sin actividades de refuerzo y cumple los siguientes atributos:

 No alcanza desempeño mínimo y persiste el desempeño

bajo, después de realizadas las actividades de refuerzo.Presenta faltas de asistencia injustificadasNo desarrolla el mínimo de actividades curriculares

requeridasNo demuestra sentido de pertenencia institucional.

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. . ARTICULO 7 PROMOCION ANTICIPADA

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Un estudiante de la Institución Educativa podrá obtener promoción anticipada cuando el director de grupo, durante el primer período académico del año escolar presenta ante el Consejo académico, previo consentimiento de los padres de familia y/o acudiente quien recomienda ante el Consejo Directivo su promoción anticipada del grado siguiente del estudiante que dé muestras de un rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias básicas del grado que cursa.

La decisión será consignada en el acta del consejo directivo y si es positiva en el registro escolar.

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ARTICULO 8. LA ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL Y SU RESPECTIVA EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL.

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NIVEL DE DESEMPEÑO

EQUIVALENCIA% RANGO NUMERO APROXIMADO

DESEMPEÑO SUPERIOR

95 – 100 4.75 a 5.0

DESEMPEÑO ALTO 80 – 94.9 4.0 a 4.74

DESEMPEÑO BASICO 65 – 79.9 3.25 a 3.99

DESEMPEÑO BAJO 0 – 64.9 0 a 3.24

Las aproximaciones en cada uno de los decimales se realizarán por exceso o por defecto y será en el manejo del sistema.

La escala se fundamenta en razón de la calidad académica cuya exigencia se estipula en el 65% para la aprobación de cada una de las áreas académicas en cada período.

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ARTICULO 9. LAS ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES.

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Otras estrategias a seguir son:

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Autobiografía y Proyecto de vida(religión y ètica)

Indagaciones, exploraciones, formulación de hipótesis y resolución de problemas.

Desarrollo de la cientificidad a través del diseño y elaboración de proyectos de aula.

Aplicación de técnicas para la organización de la información.

Apropiándose de los recursos que ofrece el medio para la creación de espacios y diseño de estrategias que favorezca el desarrollo de la creatividad.

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Apropiación de los avances tecnológicos aplicados en educación.

Partir de preguntas, mapas conceptuales, mentefactos y pruebas que permitan sacar a flote la representación de los niños.

Definición de vocabulario temático.Enseñanza auto-administrada con base en

un diseño coherente de los programas de cada área.

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Determinación de conceptos claves por medio de la presentación de material didáctico acorde con el área y el objeto de estudio: lecturas básicas y de apoyo, exposición docente (presencial, en audio o video), material audiovisual en Flash, PowerPoint, presentación de mapas conceptuales y otros esquemas gráficos que resuman la información, entre otros.

Clasificación de relaciones entre conceptos.

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Talleres y trabajos prácticos que den cuenta del avance en la construcción del conocimiento (talleres de comprensión lectora, laboratorios y guías de trabajo práctico guiado y autónomo, tanto individual como grupal).

Consulta e investigación científica (en la modalidad en línea).

Producción escrita.Resolución de problemas. Análisis de estudios de caso.

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Se establecen los siguientes medios de evaluación como fuentes validas de obtención de información relevante para la valoración de los desempeños:Realización de proyectos.Experimentos/Demostraciones.Observación del Profesor.Lectura y producción de textos escritos.Investigaciones.DebatesRevisión y discusión de documentos.Portafolios.

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Pruebas acumulativas de evaluación por competencias.Participación en exposiciones, mesas redondas etc. y

cualquier actividad que permita verificar habilidades comunicativas y dominio del tema a evaluar.

El desarrollo de talleres y trabajos en clases a nivel individual o grupal .

La elaboración de proyectos para la participación en la Feria de las Ciencias y en eventos científicos locales y nacionales.

La participación en actividades culturales, deportivas y científicas.

La asistencia, puntualidad y comportamiento en clase acorde con el Manual de Convivencia

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ARTICULO 10. LAS ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR.

Seguimiento de asistencia diaria y durante todo el año académico.

Durante el período los docentes establecerán los mecanismos y estrategias que le permitan al estudiante lograr niveles de aprendizaje y desempeños óptimos, de manera que los índices de reprobación sean mínimos en cada asignatura.

Seguimiento de actividades de nivelación.Apoyo pedagógico para estudiantes con

dificultades de aprendizaje.Uso pedagógico de las evaluaciones externas.

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Seguimiento de los resultados académicos. El docente dejará evidencia o registro de las estrategias de profundización y/o apoyo realizadas en cada período (acta, formato o seguimiento) de manera que el Consejo Académico y el Consejo Directivo, en caso de reclamaciones, puedan realizar la respectiva verificación.

El momento de las acciones para el mejoramiento de los desempeños de los estudiantes durante el año escolar debe darse de manera permanente, puesto que la evaluación es sistémica, continua, permanente e integral. El Consejo Académico hará seguimiento permanente a los procesos de evaluación y planteará directrices para establecer estrategias de apoyo y profundización con el fin de alcanzar óptimos niveles en el desempeño de los estudiantes.

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Exaltación pública en el cuadro de honor a los estudiantes valorados con desempeño superior al finalizar cada período.

Citación a padres de los estudiantes con bajo desempeño para la firma de compromisos al finalizar cada periodo.

Comparendo pedagógico a padres o acudientes que incumplen los deberes y derechos establecidos en los Decretos 1286/05 y 1290/09

Visitas domiciliarias a los estudiantes que presenten marcadas dificultades académicas, personales y sociales.

Comunicar a las autoridades competentes cualquier caso de abuso, maltrato, tráfico, consumo de drogas y otros hechos que atenten contra la vida e integridad física y moral de los educandos.

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ARTICULO 11. LOS PROCESOS DE AUTOEVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES.

Block de autoevaluaciónHoja de plan semanal: (cronograma) El diario del estudiante:

21/04/23Elaboró: RAMÓN IGNACIO ATEHORTÚA CRUZ 30

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ARTICULO 12. LAS ESTRATEGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER SITUACIONES PEDAGÓGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES.

 Diseño por parte del docente del Plan de

NIVELACIÓN coherente con los indicadores de bajo desempeño, el cual debe desarrollar el estudiante como parte de las actividades normales del período para superar las situaciones pedagógicas pendientes.

Aplicación de pruebas acumulativas de evaluación por competencias al finalizar cada período académico.

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Diseñar un modelo de estrategias para resolver situaciones pedagógicas pendientes que contemplen acciones como:Talleres en grupo e individual.Evaluaciones individualesSocialización de consultas de contenidosEvaluaciones de grupoTareas escritas

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Técnicas de análisis y de expresión oral grupal (debates, mesas redondas, foros, congresos, conversatorios, Philips 6.6, técnicas de cuchicheo, )

Elaboración de mapas conceptuales y mentefactosElaboración de proyectos basados en solución de

problemasTrabajo Colaborativo.

Cada área velará porque se genere un alto porcentaje de aprendizaje y por ende de aprobación según la media progresiva en cada área y grado por período.

Se aplicará un formato de seguimiento claro y preciso acerca de las acciones de seguimiento y dificultades superadas por los estudiantes.

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ARTICULO 14. LA PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS PADRES DE FAMILIA.

En el CUARTO INFORME se incluirá la valoración integral del desempeño del educando para cada área durante todo el año. Esta valoración tendrá que tener en cuenta el cumplimiento por parte del educando de los compromisos que haya adquirido para superar las dificultades detectadas en periodos anteriores.

21/04/23Elaboró: RAMÓN IGNACIO ATEHORTÚA CRUZ 34

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ARTICULO 16. LAS INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES SOBRE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.

21/04/23Elaboró: RAMÓN IGNACIO ATEHORTÚA CRUZ 35

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El docente del área o grado: Por ser responsable de la planeación y el desarrollo de los procesos de evaluación y promoción en primera instancia, no solo debe conocer las oportunidades para la presentación de las pruebas, evaluar las actividades y los refuerzos programados, sino que debe comunicar los resultados de los mismos en cada uno de los periodos a los estudiantes y atender los posibles reclamos antes de pasar los resultados a la Secretaria de la Institución. Respuesta a la solicitud: 24 horas hábiles, esta solicitud por parte del estudiante debe presentarse como máximo 72 horas después de haber recibido el informe sobre su evaluación o promoción, por fuera de este tiempo la solicitud se considera extemporánea y no será tramitada.

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El director de grupo: Debe recibir los reclamos y solicitudes de los estudiantes de su grupo e intervenir para atender y resolver las situaciones de posible vulnerabilidad o violatorias del debido proceso. Respuesta a la solicitud: 24 horas hábiles.

21/04/23Elaboró: RAMÓN IGNACIO ATEHORTÚA CRUZ 37

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. Las comisiones de evaluación y promoción. La secretaria técnica de la comisión recibe la solicitud del estudiantes y la respuesta del director de grupo, y se convoca a los miembros para iniciar el estudio del caso, y en un término no mayor de 72 horas debe pronunciarse con respecto a la solicitud y comunicarlo por escrito, de manera personal o por edicto a la parte interesada.

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De la apelación: 4. Consejo Directivo: Si el pronunciamiento de la Comisión de

evaluación y promoción fuere contrario a la solicitud del estudiante, éste puede apelar ante el Consejo Directivo, quien en sesión plenaria estudiará el caso y emitirá, por escrito un pronunciamiento en un término no mayor de 72 horas , y se le comunicará a la parte interesada de manera personal o por edicto.

 

21/04/23Elaboró: RAMÓN IGNACIO ATEHORTÚA CRUZ 39

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Entre los procedimientos y mecanismos de atención y resolución de reclamos, la Institución Educativa establece los siguientes:

Presentar solicitud por escrito al profesor, director de grupo, Comisión de Evaluación y Promoción o al Consejo Directivo, cuando se considere que sus derechos presuntamente han sido vulnerados. La solicitud por escrito debe reunir las siguientes condiciones:

Ciudad y fechaNombre y apellidos legibles del destinatario

(instancias)Asunto.

21/04/23Elaboró: RAMÓN IGNACIO ATEHORTÚA CRUZ 40

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Descripción de los hechos que originan el reclamo.Solicitud de resarcimiento del derecho.Nombre y apellido del remitente.El estudiante o su representante legal puede hacer uso

del derecho de petición a la instancia cuando se considere que presuntamente se le ha violado un derecho.

PARAGRAFO: La solicitud se debe presentar en original y copia a la primera instancia en un término no mayor de 72 horas después de haberse presentado la presunta violación.

Los derechos de petición presentados ante la instancia respectiva se resuelven en los términos definidos por la Ley.

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ARTICULO 18. VIGENCIA : Este reglamento tiene vigencia a partir de la

fecha de su expedición y deroga las normas que le sean contrarias, en especial el Decreto 0230 de febrero 11 de 2002

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Montería a los 6 días del mes de

febrero de 2010. Álvaro Franco Cardoza

21/04/23Elaboró: RAMÓN IGNACIO ATEHORTÚA CRUZ 42