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EXPEDIENTE Nº: 2010/0001565 Ref. Int. 3SE10PA CONTRATACION DE: SERVICIO DE CAFETERÍA Y RESTAURANTE-AUTOSERVICIO DE COMEDOR EN LA UNIVERSIDAD CARLOS III DE MADRID DOCUMENTACION: Anuncio de la licitación. Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Técnicas, con el modelo de oferta económica. PERSONAS DE CONTACTO: EN EL CASO DE QUE SE PRESENTE ALGUNA DUDA O DESEEN MAS INFORMACION SOBRE ESTA CONTRATACION PUEDEN DIRIGIRSE A LAS PERSONAS Y TELEFONOS QUE SE INDICAN: OFICINA LOGÍSTICA CENTRAL: Cuestiones técnicas. Piedad Sánchez. Tlf. 91.624.95.34 Correo electrónico: [email protected] Carmen Vergara. Tlf. 91.624.58.03 Correo electrónico: [email protected] DIRECCIÓN ECONÓMICO FINANCIERA : cuestiones administrativas. Jesús Romero Cuesta Tlf.: 91 624.58.08 Correo electrónico: [email protected] FAX: 91 624.97.02 Ante la dificultad de ponerse en contacto con alguno de los teléfonos que se indican, se ruega traten de realizar las consultas que

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Page 1: 05-AT-27portal.uc3m.es/portal/page/portal/perfil_contratante/... · Web viewEl ANEXO I del presente Pliego de Prescripciones Técnicas “TAMAÑO DE LAS CAFETERÍAS”, especifica

EXPEDIENTE Nº: 2010/0001565Ref. Int. 3SE10PA

CONTRATACION DE:

SERVICIO DE CAFETERÍA Y RESTAURANTE-AUTOSERVICIO DE COMEDOR EN LA UNIVERSIDAD CARLOS III DE MADRID

DOCUMENTACION:

Anuncio de la licitación.

Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Técnicas, con el modelo de oferta económica. PERSONAS DE CONTACTO:

EN EL CASO DE QUE SE PRESENTE ALGUNA DUDA O DESEEN MAS INFORMACION SOBRE ESTA CONTRATACION PUEDEN DIRIGIRSE A LAS PERSONAS Y TELEFONOS QUE SE INDICAN:

OFICINA LOGÍSTICA CENTRAL: Cuestiones técnicas.

Piedad Sánchez. Tlf. 91.624.95.34 Correo electrónico: [email protected] Mª Carmen Vergara. Tlf. 91.624.58.03 Correo electrónico: [email protected]

DIRECCIÓN ECONÓMICO FINANCIERA : cuestiones administrativas.

Jesús Romero Cuesta Tlf.: 91 624.58.08 Correo electrónico: [email protected]

FAX: 91 624.97.02

Ante la dificultad de ponerse en contacto con alguno de los teléfonos que se indican, se ruega traten de realizar las consultas que necesiten sobre el concurso por vía de correo electrónico a las direcciones que arriba se

indican según el tema de que se trate.

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Expt. nº: 2010/0001565Ref. Int. 3SE10PA

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES RECTOR DE LOS CONTRATOS DE SERVICIOS A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Cláusula 1. Régimen jurídico.El presente contrato tiene carácter administrativo. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego y en su correspondiente de prescripciones técnicas particulares.Para lo no previsto en los pliegos, el contrato se regirá por la legislación básica del Estado en materia de contratos públicos: Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (LCSP), el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la LCSP y por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre (RGLCAP), en cuanto no se oponga a lo establecido en la LCSP. Supletoriamente, se aplicarán las normas estatales sobre contratos públicos que no tengan carácter básico, las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las de derecho privado.

Cláusula 2. Objeto del contrato.El objeto del contrato al que se refiere este pliego es la ejecución de los trabajos descritos en el apartado 1 de su anexo I. La descripción y características de los trabajos y la forma de llevar a cabo la prestación por el adjudicatario serán las estipuladas en el pliego de prescripciones técnicas particulares, en el que se hace referencia igualmente a las necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato y a los factores de todo orden a tener en cuenta.El contenido de los pliegos de prescripciones técnicas y de cláusulas administrativas particulares revestirá carácter contractual, por lo que deberán ser firmados, en prueba de conformidad por el adjudicatario, en el mismo acto de formalización del contrato.

Si el contrato está dividido en lotes, los licitadores podrán optar a un lote, a varios o a todos ellos, salvo que se establezca un número máximo de lotes por licitador, para lo que se estará a lo estipulado en el apartado 1 del anexo I de este pliego.

Cláusula 3. Presupuesto base de licitación y precio del contrato.El presupuesto base de licitación asciende a la cantidad expresada en el apartado 3 del anexo I al presente pliego, distribuido en las anualidades previstas en él. Su cálculo incluye todos los factores de valoración y gastos que según los documentos contractuales y la legislación vigente son de cuenta del adjudicatario, así como los tributos de cualquier índole. El Impuesto sobre el Valor Añadido es igualmente de cuenta del adjudicatario, pero se hará constar en la oferta como partida independiente.El presupuesto de los lotes en que, en su caso, se divida el objeto del contrato se especifica igualmente en el apartado 3 del anexo I.El precio del contrato será aquél al que ascienda la adjudicación definitiva, que en ningún caso superará el presupuesto base de licitación. La baja que pueda obtenerse en la adjudicación definitiva dará lugar, en su caso, a una baja proporcional de los importes de cada una de las anualidades previstas.

Cláusula 4. Existencia de crédito.La ejecución del servicio está amparada por los créditos que se indican en el apartado 3 del Anexo I al presente pliego.

Cláusula 5. Perfil de contratante.

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El acceso al perfil de contratante del órgano de contratación se efectuará a través de la página web de la Universidad Carlos III de Madrid: http://www.uc3m.es/portal/page/portal/perfil_contratante.En el perfil del contratante del órgano de contratación se publicará las adjudicaciones provisional y definitiva del contrato, así como otros datos e informaciones referentes a su actividad contractual, de acuerdo con lo establecido en el art. 42 de la LCSP.

CAPÍTULO II

LICITACIÓN

Cláusula 6. Procedimiento de adjudicación.El contrato se adjudicará por procedimiento abierto mediante un solo criterio o una pluralidad de criterios, según resulte de lo especificado en el apartado 5 del anexo I, en aplicación de los artículos 122.2, 141, y 134 de la LCSP, conforme a los términos y requisitos establecidos en dicho texto legal.

Cuando sólo se utilice un criterio de valoración, éste será el del precio más bajo. Si se utilizase una pluralidad de criterios, su fijación y el procedimiento a seguir se determinan en la cláusula siguiente.

Cláusula 7. Pluralidad de criterios de adjudicación.7.1 Los criterios que han de servir de base para la adjudicación del contrato son los establecidos, con su correspondiente ponderación o, en su defecto, por orden decreciente de importancia, en el apartado 6 del anexo I al presente pliego.Cuando el procedimiento de adjudicación se articule en varias fases, de entre los criterios de adjudicación, en el mismo apartado de dicho anexo se especifican, en su caso, los que se valorarán en una primera fase, siendo necesario obtener, como mínimo, en cada uno de ellos la puntuación que asimismo se indica para que la oferta pueda ser valorada en la fase decisoria. Igualmente, se señalarán, en su caso, en este apartado.De entre los criterios de adjudicación, en el mismo apartado 6 del anexo I se señalan, en su caso, los parámetros objetivos en función de los cuales se apreciará que la proposición no pude ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados. A tal efecto se fijan los límites que permitirán apreciar en las proposiciones presentadas dicha circunstancia.7.2 En el apartado 6 del anexo I se determinará también cuáles de los criterios hacen referencia a características del contrato que pueden valorarse mediante cifras o porcentajes obtenidos a través de la mera aplicación de fórmulas y cuáles, en su caso, hacen depender su cuantificación de un juicio de valor, así como la preponderancia dada a unos o a otros, a efectos de la presentación separada de la documentación que les sirva de soporte y del procedimiento para su valoración.

Cláusula 8. Capacidad para contratar y criterios de selección de las empresas.Podrán optar a la adjudicación del presente contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios, que tengan plena capacidad de obrar, que no se encuentren incursas en las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración establecidas en el artículo 49 de la LCSP, en la Ley 14/1995, de 21 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, y que acrediten su clasificación o su solvencia económica, financiera y técnica, de conformidad con lo establecido en el apartado 8 del Anexo I al presente pliego, en el que se indican asimismo los criterios que se aplicarán para la selección de las empresas, de conformidad con lo previsto en el artículo 11 del RGLCAP. El cumplimiento de dichos criterios se acreditará por los medios que en el mismo apartado se indican.Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, se especifique en el apartado 8 del Anexo I al presente pliego.

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Las empresas extranjeras no comunitarias, deberán reunir además, los requisitos establecidos en el artículo 44 de la LCSP.

Cláusula 9. Garantía provisional.Para tomar parte en la licitación, los licitadores deberán constituir previamente, a disposición del órgano de contratación, una garantía provisional por el importe señalado en el apartado 9 del anexo I al presente pliego, cuando así se exija en dicho apartado.Cuando el licitador presente su proposición bajo la forma de unión temporal de empresarios, la garantía provisional podrá constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en su conjunto se alcance la cuantía exigida en el apartado 9 del anexo I y garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión.Cuando el empresario licite a un solo lote o a varios de los establecidos, deberá constituir la garantía provisional correspondiente a los lotes a que opte, cuyos importes se indican, en su caso, en el apartado 9 del mencionado anexo I.En cuanto a la forma y requisitos de las garantías, se estará a lo previsto en la Sección 2ª delCapítulo I del Título IV del Libro I de la LCSP así como a lo dispuesto en los artículos 55, 56, 57 y 58 del RGLCAP, en cuanto no se oponga a lo previsto en dicha Ley.Esta garantía deberá constituirse, cuando se trate de garantía en efectivo, en la Tesorería de la Comunidad de Madrid, y ante el propio órgano de contratación cuando se trate de certificados de inmovilización de valores anotados, de avales o de certificados de seguro de caución.

La garantía provisional permanecerá vigente hasta la adjudicación definitiva del contrato, acordándose su devolución en dicha adjudicación. Será incautada la de las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 62 del RGLCAP.El adjudicatario podrá optar, en su caso, por aplicar el importe de la garantía provisional a la definitiva.En todo caso, la garantía provisional responderá del mantenimiento de las proposiciones presentadas por los licitadores hasta la adjudicación provisional y de la proposición del adjudicatario hasta la adjudicación definitiva.

Cláusula 10. Presentación de proposiciones.Las proposiciones se presentarán en la forma, plazo y lugar indicados en el anuncio de licitación, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 80 del RGLCAP.En el perfil de contratante de la Universidad Carlos III de Madrid (http://www.uc3m.es/portal/page/portal/perfil_contratante) se ofrecerá la información relativa a la convocatoria de licitación de este contrato, incluyendo los pliegos de cláusulas administrativas particulares y documentación complementaria, en su caso. Los licitadores podrán solicitar información adicional sobre los pliegos y sobre la documentación complementaria con una antelación de 12 días a la fecha límite fijada para la recepción de ofertas en el anuncio de licitación. Esta información se facilitará seis días antes del fin del plazo de presentación de proposiciones.Cada empresario no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de la admisibilidad de variantes, cuando así esté previsto, o mejoras. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en unión temporal con otros empresarios si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La contravención de estas prohibiciones dará lugar a la no admisión de todas las proposiciones por él suscritas.

La presentación de proposiciones supone, por parte del empresario, la aceptación incondicional del clausulado de este pliego y del de prescripciones técnicas que rigen el presente contrato, sin salvedad alguna.En lo que concierne a las variantes o mejoras, se estará a lo dispuesto en el apartado 11 delanexo I al presente pliego.

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Cláusula 11. Forma y contenido de las proposiciones.Las proposiciones constarán de TRES (3) SOBRES (Nº 1, Nº 2 y Nº 3), cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente, debiendo figurar en el exterior de cada uno de ellos el número de referencia y la denominación del contrato al que licitan, el nombre y apellidos del licitador o razón social de la empresa y su correspondiente NIF o CIF. En su interior se hará constar una relación numérica de los documentos que contienen. Los sobres serán los siguientes:

11.1 SOBRE Nº 1 "DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA" que incluirá, preceptivamente, los siguientes documentos:1.- Capacidad de obrar.1.1.- Si la empresa fuera persona jurídica, la escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional en los que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial, así como el Código de Identificación Fiscal (CIF), todo ello en original o copia que tenga el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente, o fotocopia compulsada por funcionario habilitado para ello. Estos documentos deberán recoger el exacto régimen jurídico del licitador en el momento de la presentación de la proposición.1.2.- Si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, lo sustituya reglamentariamente, en copia que tenga el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente, o fotocopia compulsada por funcionario habilitado para ello. 1.3.- Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, la capacidad de obrar se acreditará mediante su inscripción en un registro profesional o comercial, cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo, o la presentación de las certificaciones que se indican en el Anexo I del RGLCAP, para los contratos de servicio. Tendrán capacidad para contratar con la Universidad Carlos III de Madrid las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder realizar la prestación de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.1.4.- Cuando se trate de empresas extranjeras no comprendidas en el párrafo anterior, informe de la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figura inscrita en el Registro local profesional, comercial o análogo, o en su defecto, que actúa con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato.Igualmente deberá acompañar informe de la Misión Diplomática Permanente de España o de la Secretaría General de Comercio Exterior del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, siempre que se trate de contratos sujetos a regulación armonizada o, en caso contrario, el informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 44.1 de la LCSP.1.5.- Documentación acreditativa de la habilitación empresarial o profesional precisa para la realización del contrato, en su caso, conforme a lo requerido en el apartado 8 del anexo I al presente pliego.1.6.- Las empresas extranjeras presentarán su documentación traducida de forma oficial al castellano.

2.-Apoderamiento.Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro o representen a una persona jurídica, deberán acompañar también poder bastante (legal, suficiente y subsistente) acreditativo de su representación, todo ello en original o copia compulsada. Igualmente deberá presentar fotocopia

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compulsada del D.N.I. de la persona a cuyo favor se otorgó el apoderamiento o representación. Si el documento acreditativo de la representación contuviese delegación permanente de facultades, deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil.

3.- Declaraciones relativas a no estar incursos en prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración, de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Declaración responsable, conforme al modelo fijado en el anexo III al presente pliego, de que el empresario, si se tratare de persona física, o la empresa, sus administradores y representantes, si se tratare de persona jurídica, así como el firmante de la proposición, no están incursos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señaladas en el artículo 49 de la LCSP, en los términos y condiciones previstas en el mismo, en la Ley 14/1995, de 21 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Comunidad de Madrid. Esta declaración comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, así como de no tener deudas en período ejecutivo de pago, salvo que estuvieran garantizadas, con la Comunidad de Madrid.

4.- Declaración relativa a las empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad.Declaración responsable, conforme al modelo fijado en el anexo IV al presente pliego, por la que, de resultar adjudicatario, asume, conforme con lo señalado en la cláusula 33 del presente pliego “Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad”, la obligación de tener empleados, durante la vigencia del contrato, trabajadores con discapacidad en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y el contratista está sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 38.1, de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de Minusválidos, o la de adoptar las medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el R.D. 364/2005, de 8 de abril. En esta declaración se hará constar, además, que asume igualmente la obligación de acreditar ante el órgano de contratación cuando le fuese requerido durante la vigencia del contrato, o, en todo caso, antes de la devolución de la garantía definitiva, el cumplimiento de la obligación anteriormente referida.

5.- Solvencia económica, financiera y técnica o profesional.

5.1 Para los contratos de servicios de presupuesto igual o superior a 120.202,42 euros , los licitadores deberán presentar:Certificación acreditativa en original o copia compulsada o autenticada, de poseer la clasificación exigida en el apartado 8 del anexo I al presente pliego.Si la empresa se encuentra pendiente de clasificación, deberá aportar el documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, debiendo justificar el estar en posesión de la clasificación exigida en el plazo establecido en la cláusula 12 del presente pliego para la subsanación de defectos u omisiones en la documentación.En el caso de que una parte de la prestación objeto del contrato tenga que ser realizada por empresas especializadas que cuenten con una determinada habilitación o autorización profesional, la clasificación en el grupo correspondiente a esa especialización, en caso de ser exigida, podrá suplirse por el compromiso del empresario de subcontratar la ejecución de esta porción con otros empresarios que dispongan de la habilitación y, en su caso, clasificación necesarias, siempre que el importe de la parte que debe ser ejecutada por éstos no exceda del 50 por ciento del precio del contrato.Los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, caso de no hallarse clasificados en España, deberán presentar, en sustitución de la clasificación, la documentación acreditativa de su solvencia económica y financiera y técnica o profesional en la forma establecida en los artículos 64 y 67 de la LCSP, o de las que, dentro de las previstas en dichos artículos, se exija por el órgano de contratación en el apartado 8 del anexo I al presente pliego, todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 73 de la LCSP sobre los certificados comunitarios de clasificación.

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5.2 Para los contratos de servicios de presupuesto inferior a 120.202,42 euros, los licitadores deberán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica en los términos y por los medios que se especifiquen en el anuncio de licitación y que se relacionan en el apartado 8 del anexo I al presente pliego. En el mismo apartado se especifican los criterios de selección en función de los medios de acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica.Para acreditar la solvencia, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios.El órgano de contratación respetará en todo caso el carácter confidencial de los datos facilitados por los empresarios.

6.- Uniones temporales de empresarios.Para que en la fase previa a la adjudicación sea eficaz la unión temporal frente a la Administración deberán presentar, todos y cada uno de los empresarios, los documentos exigidos en la presente cláusula, además de un escrito de compromiso solidario en el que se indicarán: los nombres y circunstancias de los que la constituyan; la participación de cada uno de ellos; la asunción del compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas que componen la unión.Respecto a la determinación de la solvencia económica y financiera y técnica de la unión temporal y a sus efectos, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma. En caso de exigirse clasificación, el régimen de acumulación de las mismas será el establecido en los artículos 51 y 52 del RGLCAP.Para los casos en los que, exigiéndose clasificación, concurran en la unión empresarios nacionales, extranjeros no comunitarios o extranjeros comunitarios, los dos primeros deberán acreditar su clasificación como contratistas de servicios y los últimos, su solvencia económica y financiera y técnica o profesional.En el supuesto de que el contrato se adjudicase a una unión temporal de empresarios, ésta acreditará su constitución en escritura pública, así como el CIF asignado a dicha unión antes de la formalización del contrato. La duración de la unión será coincidente con la del contrato, hasta su extinción.

7.- Jurisdicción de empresas extranjeras.Las empresas extranjeras deberán presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.

8.- Registro de Licitadores.El certificado de inscripción en el Registro de Licitadores de la Comunidad de Madrid eximirá a los licitadores inscritos con certificado en vigor de la presentación en las convocatorias de contratación de la documentación relativa a la capacidad de obrar, apoderamiento, de las declaraciones de no encontrarse incurso en prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración, de hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y, en su caso, de la certificación acreditativa de encontrarse clasificados para los tipos de contratos a los que pretendan concurrir y de la declaración relativa al compromiso de tener contratados trabajadores con discapacidad. No será preciso que los empresarios aporten el certificado de inscripción, sustituyéndose su presentación por el acceso del órgano y mesas de contratación a él por medios electrónicos, según lo dispuesto en los artículos 4 y 5 de la Orden de 19 de enero de 2007, de la Consejería de Hacienda, sobre la presentación telemática de solicitudes en los procedimientos del Registro de Licitadores de la

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Comunidad de Madrid, la consulta en Internet de los datos registrados y el acceso por medios electrónicos a los certificados de inscripción.El empresario deberá presentar en la licitación una declaración responsable sobre la vigencia de los datos anotados en el Registro de Licitadores, según el modelo que figura como anexo V al presente pliego. Si se hubiese producido alteración de los datos registrales se hará mención expresa en la citada declaración, uniendo la documentación correspondiente.

9.- Garantía provisional.Justificante, en su caso, de haber constituido la garantía provisional por el importe señalado en el apartado 9 del Anexo I al presente pliego, de conformidad con las condiciones y requisitos establecidos en la cláusula 9.

10.- Empresas pertenecientes a un mismo grupo.Las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición.También deberán presentar declaración explícita aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio, respecto de los socios que la integran.

11.2 SOBRE Nº 2. “DOCUMENTACIÓN TÉCNICA”.Deberá presentarse en el caso de que exista una pluralidad de criterios de adjudicación. En el caso de que haya criterios que hacen referencia a características del contrato que pueden valorarse mediante cifras o porcentajes obtenidos a través de la mera aplicación de fórmulas y criterios que hacen depender su cuantificación de un juicio de de valor, en este sobre se incluirán otros dos sobres: (2-A y 2-B) con la documentación técnica que se exija, en su caso, en el apartado 7 del anexo I al presente pliego, en orden a la aplicación de los criterios que pueden valorarse mediante cifras o porcentajes especificados en el apartado 6 del mismo anexo I.- SOBRE 2-A: En el sobre 2-A se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el apartado 6 del anexo I, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar.- SOBRE 2-B: En el sobre 2-B se incluirá la documentación relativa a los criterios que pueden valorarse mediante cifras o porcentajes.

No existiendo duplicidad de criterios, se presentará un único Sobre 2 con la documentación técnica que se exija en el apartado 7 del anexo I.

11.3 SOBRE Nº 3 "PROPOSICIÓN ECONÓMICA”.La proposición económica se presentará redactada conforme al modelo fijado en el anexo II al presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que le hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido.En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.

Cláusula 12. Calificación de la documentación presentada, valoración de los criterios de selección y apertura de proposiciones.

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Constituida la Mesa de contratación a los efectos de calificación de la documentación, si observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados, mediante telefax, correo electrónico o cualquier otro medio que permita tener constancia de su recepción por el interesado, de la fecha en que se reciba y del contenido de la comunicación, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen o para que presenten aclaraciones o documentos complementarios.Una vez calificada la documentación y realizadas, si así procede, las actuaciones indicadas, la Mesa procederá a determinar las empresas que cumplen los criterios de selección que se establecen en el apartado 8 del anexo I al presente pliego, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo. Estas circunstancias se pondrán en conocimiento de los licitadores en el acto público de apertura de las proposiciones económicas.

En un plazo que no podrá ser superior a siete días, a contar desde la apertura de la documentación administrativa, se procederá, en su caso, a la apertura en acto público de los sobres que contengan la documentación relativa a los criterios cuya ponderación dependa de un juicio de valor (sobres 2-A), entregándose al órgano encargado de su valoración la documentación contenida en ellos, dejando constancia documental de todo lo actuado.

En acto público, celebrado en la fecha indicada en el anuncio de licitación, la Mesa pondrá en conocimiento de los licitadores el resultado de la calificación de la documentación administrativa y, en su caso, la valoración previa de los criterios de adjudicación cuya ponderación dependa de un juicio de valor. Seguidamente, abrirá el sobre nº 3 “Proposición económica”, dando lectura a las ofertas, de las empresas admitidas, y, en su caso, al sobre 2-B, correspondiente a la documentación relativa a los criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas. Posteriormente, junto con los informes emitidos, en su caso, las elevará con el acta y la propuesta que estime pertinente, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios indicados en el apartado 6 del anexo I, al órgano de contratación.Adjudicado definitivamente el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones se remitirá por correo o quedará a disposición de los interesados, lo que se les comunicará oportunamente. Si, quedando a su disposición, éstos no retiran su documentación en los tres meses siguientes a la fecha en que se les notifique la adjudicación definitiva, la Administración no estará obligada a seguir custodiándola.

Cláusula 13. Efectos de la propuesta de adjudicación.La propuesta de adjudicación de la mesa de contratación no crea derecho alguno en favor del empresario propuesto, que no los adquirirá, respecto a la Administración, mientras no se le haya adjudicado definitivamente el contrato por acuerdo del órgano de contratación.

CAPÍTULO IIIADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓNCláusula 14. Adjudicación provisional y definitiva del contrato.El órgano de contratación adjudicará provisionalmente el contrato al licitador que, en su conjunto, presente la oferta económicamente más ventajosa, mediante la aplicación de los criterios objetivos establecidos en el apartado 6 del anexo I al presente pliego, o declarará desierta la licitación cuando no exista ninguna proposición admisible de acuerdo con los criterios objetivos de adjudicación.Tendrán preferencia en la adjudicación las proposiciones presentadas por aquellas empresas, que, sin estar sujetas a la obligación a que se refiere la cláusula 33 del presente pliego “Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad”, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100, siempre que dichas proposiciones igualaran en sus términos a las más ventajosas después de aplicar los criterios que pueden valorarse mediante cifras o porcentajes establecidos para la adjudicación del contrato. A efectos de aplicación de esta circunstancia los

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licitadores deberán acreditarla, en su caso, mediante los correspondientes contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social.Si varias empresas licitadoras que hayan empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por ciento, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.El adjudicatario provisional deberá acreditar ante el órgano de contratación hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, a cuyo efecto se le otorgará un plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente a aquél en que se publique aquélla en el perfil de contratante del órgano de contratación en Internet.

Dicha acreditación se efectuará de acuerdo con lo siguiente:

Obligaciones tributarias:

a) Original o copia compulsada del alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados e) y f) de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.Las agrupaciones y uniones temporales de empresas deberán acreditar el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes.

b) Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP.

Además, el adjudicatario provisional, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, no deberá tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuviesen debidamente garantizadas.

Obligaciones con la Seguridad Social:

Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP.

Asimismo, en el citado plazo de quince días hábiles se presentará la documentación acreditativa de la constitución de la garantía definitiva así como los justificantes correspondientes al pago de los anuncios de licitación y, en su caso, la documentación acreditativa de la efectiva disposición de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato.

El contrato se adjudicará provisionalmente en el plazo máximo de dos meses, a contar desde la apertura de las proposiciones, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 96.2 b) de la LCSP para los expedientes calificados de urgentes. Este plazo se ampliará en quince días hábiles cuando se aprecien valores anormales o desproporcionados en las ofertas.Una vez presentada la documentación señalada y constituida la garantía definitiva, dentro de los diez días hábiles siguientes a la finalización del plazo para la presentación de los citados documentos la

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adjudicación provisional se elevará a definitiva, sin perjuicio de la eventual revisión de aquélla en vía de recurso especial en materia de contratación.

Cláusula 15. Garantía definitiva.El adjudicatario provisional estará obligado a constituir, a disposición del órgano de contratación, una garantía definitiva. Su cuantía será igual al 5 por 100 del presupuesto base de licitación, IVA excluido, según lo previsto en el apartado 12 del anexo I al presente pliego.La constitución de esta garantía deberá efectuarse por el adjudicatario en el plazo de 15 días hábiles, contados desde el siguiente a aquél en que se publique la adjudicación provisional en el perfil de contratante del órgano de contratación en Internet. En todo caso, la garantía definitiva responderá de los conceptos a que se refiere el artículo 88 de la LCSP.La garantía definitiva se constituirá de conformidad con lo preceptuado en la Sección 1ª delCapítulo I del Título IV del Libro I de la LCSP y en cualquiera de las formas que se establecen en los artículos 55, 56 y 57 del RGLCAP, en cuanto no se oponga a lo previsto en la LCSP, debiendo consignarse en la Tesorería de la Comunidad de Madrid. Si la garantía provisional se hubiese constituido en metálico o valores de Deuda Pública, será potestativo para el adjudicatario aplicar su importe a la garantía definitiva o proceder a la nueva constitución de esta última.En el caso de amortización o sustitución de los valores que integran la garantía, el adjudicatario viene obligado a reponer la garantía en igual cuantía, siendo a su costa el otorgamiento de los documentos necesarios a tal fin.Cuando como consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, se reajustará la garantía en el plazo de 15 días naturales, contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación, a efectos de que guarde la debida proporción con el precio del contrato resultante de la modificación. En el mismo plazo contado desde la fecha en que se hagan efectivas las penalidades o indemnizaciones el adjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía en la cuantía que corresponda, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución.En cuanto a la garantía complementaria prevista en el artículo 83.2 de la LCSP, se estará, en su caso, a lo dispuesto en el apartado 13 del anexo I al presente pliego, teniendo, a todos los efectos, la consideración de garantía definitiva. Podrá alcanzar, en su caso, el porcentaje del 10 por ciento del precio del contrato.

Cláusula 16. Seguros.El contratista, estará obligado a suscribir, con compañías que hayan sido previamente aceptadas por el órgano de contratación, las pólizas de seguros que se indican en el apartado 14 del anexo I al presente pliego, por los conceptos, cuantías, coberturas, duración y condiciones que se establecen en el mismo.

Cláusula 17. Perfección y formalización del contrato.El contrato se perfeccionará mediante la adjudicación definitiva realizada por el órgano de contratación, formalizándose en documento administrativo dentro del plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente al de la notificación de su adjudicación definitiva.El contrato podrá formalizarse en escritura pública si así lo solicita el contratista, corriendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento. En este caso el contratista deberá entregar a la Administración una copia legitimada y una simple del citado documento en el plazo máximo de un mes desde su formalización.

CAPÍTULO IV

EJECUCIÓN DEL CONTRATO

Cláusula 18. Principio de riesgo y ventura.

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La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, según lo dispuesto por el artículo 199 de la LCSP.

Cláusula 19. Programa de trabajo.En cuanto a la obligación de presentación del programa de trabajo, se estará a lo que determina el apartado 15 del anexo I al presente pliego.El contratista, si procede, en el plazo que se indica en el apartado 15 del anexo I, contado desde la formalización del contrato, habrá de someter a la aprobación del órgano de contratación correspondiente, el programa para su realización, en el que consten las tareas que considere necesario realizar para atender el contenido del trabajo proponiendo, en su caso, los plazos parciales correspondientes a cada tarea. A estos efectos, se utilizarán como unidades de tiempo la semana y el mes, salvo indicación en contrario del pliego de prescripciones técnicas. El programa de trabajo respetará todas las fechas o plazos de entrega fijados en el contrato, y contendrá todos los datos exigidos en aquel pliego.El órgano de contratación resolverá sobre él, pudiendo imponer al programa de trabajo presentado la introducción de modificaciones, ampliaciones y el grado de definición que estime necesario para el cumplimiento del contrato.Si para el desarrollo de los trabajos se precisare establecer por el adjudicatario contactos con entidades u organismos públicos, necesitará la previa autorización del órgano de contratación.Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, el contratista queda obligado a la actualización y puesta al día de este programa.

Cláusula 20. Dirección de los trabajos.La dirección de los trabajos corresponde al responsable del contrato o, en su defecto, al representante que designe el órgano de contratación.Son funciones del responsable del contrato o del representante del órgano de contratación:a) Interpretar el Pliego de Prescripciones Técnicas y demás condiciones técnicas establecidas en el contrato o en disposiciones oficiales.b) Exigir la existencia de los medios y organización necesarios para la ejecución del contrato en cada una de sus fases.c) Dar las órdenes oportunas para lograr los objetivos del contrato.d) Proponer las modificaciones que convenga introducir.e) Expedir, en su caso, las certificaciones parciales y conformar las facturas correspondientes a los trabajos realizados según los plazos de ejecución y abono que se hayan acordado.f) Tramitar cuantas incidencias surjan durante el desarrollo del contrato.g) Convocar cuantas reuniones estime pertinentes para el buen desarrollo de los trabajos y su supervisión, a la que estará obligada a asistir la representación de la empresa adjudicataria, asistida de aquellos facultativos, técnicos, letrados o especialistas de la misma que tengan alguna intervención en la ejecución del contrato.

Cláusula 21. Plazo de ejecución.El plazo total y los parciales de ejecución de los trabajos a que se refiere este pliego serán los que figuran en el apartado 16 del anexo I o el que se determine en la adjudicación definitiva del contrato, siendo los plazos parciales los que se fijen como tales en la aprobación del programa de trabajo, en su caso.Los plazos parciales que se fijen en la aprobación del programa de trabajo, con los efectos que en la aprobación se determinen, se entenderán integrantes del contrato a los efectos legales pertinentes.

Cláusula 22. Prórroga del contrato.Sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula anterior, el contrato podrá prorrogarse, si así está previsto en el apartado 16 del Anexo I de forma expresa y por mutuo acuerdo de las partes antes de su término, sin que las prórrogas, consideradas aislada o conjuntamente, puedan exceder del plazo fijado originariamente, todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 279 de la LCSP.

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La garantía definitiva constituida inicialmente se podrá aplicar al período de prórroga sin que sea necesario reajustar su cuantía, salvo que junto con la prórroga se acuerde la modificación del contrato, de conformidad con lo establecido en el artículo 23 del RGCPCM.

Cláusula 23. Cumplimiento del plazo, y penalidades por demora y ejecución defectuosa.El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva.Si los trabajos sufriesen un retraso en su ejecución y siempre que el mismo no fuere imputable al contratista, si éste ofreciera cumplir sus compromisos se concederá por el órgano de contratación un plazo que será por lo menos igual al tiempo perdido, a no ser que el contratista pidiese otro menor, regulándose su petición por lo establecido en el artículo 100 del RGLCAP.Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total o de los plazos parciales, si éstos se hubiesen previsto, para lo que se estará al apartado 16 del anexo I al presente pliego, la Administración podrá optar, indistintamente, por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 196 de la LCSP.Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades. En este último supuesto, el órgano de contratación concederá la ampliación del plazo que estime necesaria para la terminación del contrato.Asimismo, la Administración tendrá las mismas prerrogativas cuando la demora en el cumplimiento de los plazos parciales haga presumir razonablemente la imposibilidad del cumplimiento del plazo total.La Administración, en caso de incumplimiento de la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato por parte del contratista, podrá optar por la resolución del contrato o por las penalidades que se determinan en el apartado 17 del anexo I al presente pliego.Hasta tanto tenga lugar la recepción, el adjudicatario responderá de la correcta realización de los servicios contratados y de los defectos que en ellos hubiera, sin que sea eximente ni dé derecho alguno la circunstancia de que el responsable del contrato o los representantes de la Administración los hayan examinado o reconocido durante su elaboración o aceptado en comprobaciones, valoraciones o certificaciones parciales.En caso de cumplimiento defectuoso de la ejecución del contrato, o, en su caso, incumplimiento del compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales suficientes, o de las condiciones especiales de ejecución del contrato, la Administración podrá imponer al contratista las penalidades indicadas en el apartado 17 del anexo I al presente pliego, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 196.1 de la LCSP.La aplicación y el pago de las penalidades no excluyen la indemnización a que la Administración pueda tener derecho por daños y perjuicios ocasionados con motivo del retraso imputable al contratista.

Cláusula 24. Responsabilidad del contratista por daños y perjuicios.El contratista será responsable de todos los daños y perjuicios directos e indirectos que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Si los daños y perjuicios ocasionados fueran consecuencia inmediata y directa de una orden dada por la Administración, ésta será responsable dentro de los límites señalados en las leyes. En todo caso, será de aplicación lo preceptuado en el artículo 198 de la LCSP.Igualmente, el contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos y de las prestaciones y servicios realizados así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros por errores u omisiones o métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.

Cláusula 25. Modificación del contrato.

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El órgano de contratación podrá acordar, una vez perfeccionado el contrato y por razones de interés público, modificaciones en el mismo cuando sean consecuencia de causas imprevistas, justificándolo debidamente en el expediente. Estas modificaciones no podrán afectar a las condiciones esenciales del contrato. En lo concerniente a su régimen se estará a lo dispuesto en los artículos 194, 195, 202 y 282 de la LCSP.

Cláusula 26. Suspensión del contrato.La Administración podrá acordar por razones de interés público la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente, podrá proceder la suspensión del cumplimiento del contrato por el contratista si se diese la circunstancia señalada en el artículo 200.5 de la LCSP. Los efectos de la suspensión del contrato se regirán por lo dispuesto en el artículo 203 de la LCSP así como en los preceptos concordantes del RGLCAP.

Cláusula 27. Cesión del contrato.Los derechos y obligaciones dimanantes del presente contrato podrán ser cedidos por el adjudicatario a un tercero siempre que se cumplan los supuestos y los requisitos establecidos en el artículo 209 de la LCSP.

Cláusula 28. Subcontratación.El adjudicatario del contrato podrá concertar con terceros la realización parcial del mismo siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 210 de la LCSP quedando obligado al cumplimiento de los requisitos y obligaciones establecidos en el artículo 211 del mismo texto legal. En todo caso, el contratista asumirá la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a la Administración.El contratista deberá comunicar a la Administración su intención de subcontratar, las partes del contrato a que afectará y la identidad del subcontratista, así como justificar la aptitud de éste por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia, salvo si el subcontratista tuviera la clasificación adecuada para realizar la parte del contrato objeto de la subcontratación.Asimismo, junto con el escrito mediante el que se dé conocimiento a la Administración del subcontrato a celebrar, el contratista deberá acreditar que el subcontratista no se encuentra inhabilitado para contratar de acuerdo con el ordenamiento jurídico o comprendido en alguno de los supuestos del artículo 49 de la LCSP. Dicha acreditación podrá hacerse efectiva mediante declaración responsable del subcontratista.

Si así se requiere en el apartado 18 del anexo I al presente pliego, los licitadores deberán indicar en su oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que vaya a encomendar su realización. En este caso, si los subcontratos difieren de lo indicado en la oferta, no podrán celebrarse hasta que transcurran veinte días desde que efectúen la notificación y aportación de las justificaciones referidas en el párrafo anterior, salvo autorización expresa con anterioridad por la Administración o situación de emergencia justificada, excepto si la Administración notifica en ese plazo su oposición.En el apartado 18 del anexo I al presente pliego se establece, en su caso, el porcentaje máximo que el contratista está autorizado a subcontratar, sin que a estos efectos se tengan en cuenta los subcontratos con empresas vinculadas al contratista principal, o el porcentaje que tendrá la obligación de subcontratar con terceros no vinculados a él, siempre que en este caso se trate de partes del contrato susceptibles de ejecución separada. Esta obligación tendrá la consideración de condición especial de ejecución del contrato a los efectos previstos en los artículos 196.1 y 206.g) de la LCSP.La infracción de las condiciones establecidas para proceder a la subcontratación podrá dar lugar a la imposición al contratista de una penalidad de hasta un 50 por ciento del importe del subcontrato.

CAPÍTULO V

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DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

Cláusula 29. Abonos y relaciones valoradas.El contratista tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de los trabajos que realmente ejecute con sujeción al contrato, a sus modificaciones aprobadas y a las instrucciones dadas por la Administración, a través del responsable del contrato, en su caso, siendo la forma de pago y su periodicidad las especificadas en el apartado 19 del anexo I al presente pliego.El responsable del contrato o el representante del órgano de contratación, a la vista de los trabajos realmente ejecutados y de los precios contratados, redactará las correspondientes valoraciones. Las valoraciones se efectuarán siempre al origen, concretándose los trabajos realizados en el período de tiempo de que se trate, observándose, en cuanto a la audiencia del contratista, lo dispuesto en el artículo 149 del RGLCAP.Las certificaciones para el abono de los trabajos efectuados se expedirán tomando como base la valoración correspondiente y se tramitarán por el representante del órgano de contratación dentro de los diez días siguientes al período de tiempo a que correspondan, no pudiendo omitirse la redacción de la valoración por el hecho de que, en algún período, la prestación realizada haya sido de escaso volumen e incluso nula, a menos que se hubiese acordado la suspensión del contrato.Las partidas señaladas en el presupuesto a tanto alzado, se abonarán conforme se indica en el pliego de prescripciones técnicas particulares.El contratista, en la forma indicada en el apartado 19 del anexo I, previa petición escrita, tendrá derecho a percibir a la iniciación del contrato abonos a cuenta para la financiación de las operaciones preparatorias para la ejecución del mismo, como instalaciones y adquisición de equipo y medios auxiliares.Los referidos pagos serán asegurados mediante la prestación de la garantía que se especifica en el apartado 19 del anexo I al presente pliego. Los criterios y la forma de valoración de las operaciones preparatorias, así como el plan de amortización de los abonos a cuenta se encuentran recogidos en el mencionado apartado.En el supuesto de valoraciones parciales por trabajos efectuados antes de que se produzca la entrega parcial de los mismos, a que se refiere el artículo 200 del RGLCAP, se estará a lo dispuesto en el apartado 19 del anexo I al presente pliego.Conforme a lo dispuesto en el artículo 201 de la LCSP, y en los términos establecidos en él, los contratistas podrán ceder el derecho de cobro que tengan frente a la Administración conforme a Derecho.

Cláusula 30. Revisión de precios.En la revisión de precios se estará a lo especificado en el apartado 20 del anexo I del presente pliego, todo ello de conformidad con los artículos 77 a 82 de la LCSP y 104 a 106 del RGLCAP.

Cláusula 31. Obligaciones, gastos e impuestos exigibles al contratista.Cuando, en función del objeto del contrato, resulte obligatorio por la normativa al respecto, el contratista habrá de subrogarse como empleador de los trabajadores que se encuentren prestando el servicio objeto del contrato. En el apartado 21 del anexo I se especifica la información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecta la subrogación, en su caso. Asimismo, y a estos efectos, el contratista deberá proporcionar al órgano de contratación, a requerimiento de éste y antes de la finalización del contrato, la citada información.Son de cuenta del contratista los gastos e impuestos, anuncios, ya sea en Boletines, Diarios Oficiales o en cualquier medio de comunicación, los de formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública así como de cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan en orden a ejecutar y entregar correctamente los bienes objeto del suministro. Asimismo vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, el IVA, el

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impuesto que por la realización de la actividad pudiera corresponder y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante la vigencia del mismo, sin que por tanto puedan ser éstos repercutidos como partida independiente.El importe máximo de los gastos de publicidad de licitación del contrato en el Boletín Oficial del Estado o en otros medios de difusión, se encuentra especificado en el apartado 22 del anexo I al presente Pliego.Asimismo, vendrá obligado a la suscripción, a su cargo, de las pólizas de seguros que estime convenientes el órgano de contratación, según lo establecido en el apartado 14 del anexo I al presente pliego.El contratista deberá respetar, durante el plazo indicado en el apartado 23 del anexo I al presente pliego, el carácter confidencial de la información a que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato, la cual se especifica, en su caso, en el mismo apartado, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal.

Cláusula 32. Obligaciones y responsabilidades del contratista en el supuesto de elaboración del proyecto.A los efectos de subsanación de errores y corrección de deficiencias, indemnizaciones y responsabilidades por defectos o errores de los proyectos de obras, se estará a lo dispuesto en los artículos 286 a 288 de la LCSP.

Cláusula 33. Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad.El contratista, conforme a lo dispuesto en el Decreto 213/1998, de 17 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen medidas en la contratación administrativa de la Comunidad de Madrid para apoyar la estabilidad y calidad del empleo, durante la vigencia del contrato, asume entre sus obligaciones la de tener trabajadores con discapacidad en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y el contratista está sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de Minusválidos, o la de adoptar las medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el RD. 364/2005, de 8 de abril.La asunción de la citada obligación se realizará mediante la declaración responsable que se cita en la cláusula 11 “Forma y contenido de las proposiciones” de este pliego, sobre nº 1 “Documentación administrativa”, apartado 4 “Declaración relativa a las empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad”.El contratista queda obligado igualmente a acreditar ante el órgano de contratación cuando fuese requerido, en cualquier momento de la vigencia del contrato, o en todo caso antes de la devolución de la garantía definitiva, el cumplimiento de la referida obligación. La acreditación del cumplimiento de la referida obligación se efectuará mediante la presentación ante el órgano de contratación de los siguientes documentos: un certificado de la empresa en el que conste el número de trabajadores de plantilla y copia compulsada de los contratos celebrados con trabajadores con discapacidad.

Cláusula 34. Obligaciones laborales y sociales.El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, deseguridad social, de integración social de minusválidos y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, y la normativa reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción LRSSC y R. D.1109/2007, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato.

CAPÍTULO VI

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EXTINCIÓN DEL CONTRATO

Cláusula 35. Forma de presentación.El adjudicatario, si procede, queda obligado a presentar los ejemplares completos del trabajo objeto del contrato que se determinan en el pliego de prescripciones técnicas particulares, con, el formato y dimensión de los documentos y planos, en su caso, que se determinan en las especificaciones de dicho pliego.En los contratos cuyo objeto consista en la elaboración de proyectos técnicos, el adjudicatario estará obligado a presentar aquéllos en el formato que se indique el citado pliego y en soporte de disco compacto CD o DVD.

Cláusula 36. Entrega de los trabajos y realización de los servicios.El contratista deberá entregar los trabajos dentro del plazo estipulado, efectuándose por el representante del órgano de contratación, en su caso, un examen de la documentación presentada y si estimase cumplidas las prescripciones técnicas propondrá que se lleve a cabo la recepción.En el caso de que estimase incumplidas las prescripciones técnicas del contrato, dará por escrito al contratista las instrucciones precisas y detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados, haciendo constar en dicho escrito el plazo que para ello fije y las observaciones que estime oportunas.Si existiese reclamación por parte del contratista respecto de las observaciones formuladas por el representante del órgano de contratación, éste la elevará, con su informe, al órgano de contratación, que resolverá sobre el particular.Si el contratista no reclamase por escrito respecto a las observaciones del representante del órgano de contratación se entenderá que se encuentra conforme con ellas y obligado a corregir o remediar los defectos observados.La forma de constatación de la correcta ejecución de la prestación por parte de la Administración se especifica, en su caso, en el apartado 24 del anexo I.A la extinción del contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del organismo contratante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 277.4 de la LCSP.

Cláusula 37. Cumplimiento del contrato y recepción del servicio.El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando, transcurrido el plazo de vigencia total del contrato, aquél haya realizado de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración la totalidad de su objeto.Una vez cumplidos los trámites señalados en la cláusula anterior, si se considera que la prestación objeto del contrato reúne las condiciones debidas, se procederá mediante acto formal a su recepción, que tendrá lugar dentro del mes siguiente de haberse producido la entrega o realización del objeto del contrato, levantándose al efecto el acta correspondiente.La forma de recepción del contrato se determina, en su caso, en el apartado 25 del anexo I.

Hasta que tenga lugar la recepción, el adjudicatario responderá de la correcta realización de la prestación objeto del contrato y de los defectos que en ella hubiera, sin que sea eximente ni otorgue derecho alguno la circunstancia de que el responsable del contrato o los representantes de la Administración los hayan examinado o reconocido durante su elaboración, o aceptado en comprobaciones, valoraciones o certificaciones parciales.Si la prestación del contratista no reuniere las condiciones necesarias para proceder a su recepción, se dictarán por escrito las instrucciones oportunas para que subsane los defectos observados y cumpla sus obligaciones en el plazo que para ello se fije, no procediendo la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. El incumplimiento de las instrucciones sin motivo justificado será causa de resolución, con los efectos que legalmente procedan.

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Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, el órgano de contratación podrá rechazar la misma, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.

Cláusula 38. Liquidación del contrato.Dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha de recepción del contrato la Administración podrá acordar y notificar al contratista la liquidación del contrato y abonarle, en su caso, el saldo resultante.

Cláusula 39. Propiedad de los trabajos y protección de datos de carácter personal.Todos los estudios y documentos elaborados en ejecución del contrato serán propiedad de la Universidad Carlos III de Madrid quien podrá reproducirlos, publicarlos y divulgarlos total o parcialmente sin que pueda oponerse a ello el adjudicatario autor de los trabajos.El adjudicatario no podrá hacer ningún uso o divulgación de los estudios y documentos elaborados con motivo de la ejecución de este contrato, bien sea en forma total o parcial, directa o extractada, sin autorización expresa del órgano de contratación.Si el contrato tiene por objeto el desarrollo y la puesta a disposición de productos protegidos por un derecho de propiedad intelectual o industrial, éste será cedido por el contratista a la Universidad Carlos III de Madrid.El contratista, como encargado del tratamiento, tal y como se define en la letra g) del artículo 3 de ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, queda obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la citada Ley y especialmente en lo indicado en sus artículos 9, 10, 12 y adoptará las medidas de seguridad que le correspondan según el Reglamento de Medidas de Seguridad, aprobado por Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, así como lo dispuesto en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid.

Cláusula 40. Plazo de garantía.El plazo de garantía comenzará a contar desde la fecha de recepción y será el establecido en el apartado 26 del anexo I al presente pliego.Durante dicho plazo la garantía definitiva responderá del concepto señalado en el artículo 88.d) de la LCSP.En el supuesto de que hubiere recepciones parciales, el plazo de garantía de las partes recibidas comenzará a contarse desde las fechas de las respectivas recepciones parciales.Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos de los trabajos efectuados, el órgano de contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de los mismos.Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado la denuncia a que se refiere el apartado anterior, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la prestación efectuada, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 286, 287 y 288 de la LCSP.El contratista tendrá derecho a conocer y ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada.

Cláusula 41. Devolución y cancelación de la garantía definitiva.Aprobada la liquidación del contrato y transcurrido el plazo de garantía que, en su caso, se determina en el apartado 26 del anexo I al presente pliego, si no resultasen responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva, se dictará acuerdo de devolución de aquélla o de cancelación del aval, conforme al procedimiento establecido en el artículo 24 del RGCPCM.Transcurrido un año desde la fecha de terminación del contrato sin que la recepción formal y la liquidación hubiesen tenido lugar por causas no imputables al contratista, se procederá a la devolución o cancelación de la garantía, siempre que no se hayan producido las responsabilidades a que se refiere el artículo 88 de la LCSP y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 65.3 del RGLCAP.En el supuesto de que se hubiesen establecido recepciones parciales, se estará a lo indicado en el apartado 16 del anexo I al presente pliego respecto de la cancelación parcial de la garantía.

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Cláusula 42. Resolución del contrato.Son causas de resolución del contrato las recogidas en los artículos 206 y 284 de la LCSP, así como las siguientes:

- La pérdida sobrevenida de los requisitos para contratar con la Administración.

- El incumplimiento de las limitaciones establecidas en materia de subcontratación, sin perjuicio de las penalidades que, en su caso, se pudieran imponer, conforme a lo establecido en la cláusula 23.

- La obstrucción a las facultades de dirección e inspección de la Administración.

- El incumplimiento de la obligación del contratista de respetar el carácter confidencial respecto de los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, que se indican en el apartado 23 del anexo I al presente pliego.

La resolución del contrato se acordará por el órgano de contratación de oficio o a instancia del contratista, en su caso, mediante procedimiento tramitado en la forma reglamentariamente establecida por el artículo 109 del RGLCAP.En los casos de resolución por incumplimiento culpable del contratista, éste deberá indemnizar a la Administración los daños y perjuicios ocasionados. La indemnización se hará efectiva sobre la garantía, sin perjuicio de la subsistencia de la responsabilidad del contratista en lo que se refiere al importe que exceda del de la garantía incautada.Para la aplicación de las causas de resolución se estará a lo dispuesto en los artículos 207 dela LCSP y 110 del RGLCAP, y para sus efectos a lo dispuesto en los artículos 208 y 285 de la LCSP.

Cláusula 43. Prerrogativas de la Administración y Tribunales competentes.De acuerdo con lo establecido en la cláusula primera del pliego, este contrato tiene carácter administrativo. El órgano de contratación tiene la facultad de resolver cuantas cuestiones se susciten durante la vigencia del mismo sobre su interpretación, modificación, efectos y extinción, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos señalados en la ley.De acuerdo con lo previsto en el artículo 37 de la LCSP, si el contrato está sujeto a regulación armonizada o si se trata de servicios de las categorías 17 a 27 de cuantía igual o superior a la establecida para los contratos sujetos a regulación armonizada, los pliegos reguladores de la licitación, la adjudicación provisional y los demás actos y trámites adoptados en el procedimiento de contratación que decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación, debiendo interponerse éste con carácter previo a la interposición del recurso contencioso-administrativo.Las demás resoluciones que dicte el órgano de contratación en el ejercicio de sus prerrogativas serán inmediatamente ejecutivas, poniendo fin a la vía administrativa. Contra éstas, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del siguiente al de notificación de la resolución o ser impugnado directamente ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

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El presente Pliego de Cláusulas Administrativas que ha de regir la contratación de los SERVICIO DE CAFETERÍA Y RESTAURANTE-AUTOSERVICIO DE COMEDOR EN LA UNIVERSIDAD CARLOS III DE MADRID ha sido aprobado por Resolución del Órgano de Contratación de esta fecha.

Getafe, a de 13 de abril de 2010

EL RECTOR

Fdo.: Daniel Peña Sánchez de Rivera

El adjudicatario de esta contratación, (nombre o razón social)______________________________________, declara que conoce y acepta en su totalidad el contenido de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares, Técnicas y los Anexos que rigen esta contratación, comprometiéndose a su cumplimiento dado su carácter de documentos contractuales.

En Getafe, a______de___________________de 2010.

Fdo:

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Expt. nº: 2010/0001565Ref. Int. 3SE10PA

ANEXO I

CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATOTÍTULO: SERVICIO DE CAFETERÍA Y RESTAURANTE-AUTOSERVICIO DE COMEDOR EN LA UNIVERSIDAD CARLOS III DE MADRID.

1.- Definición del objeto del contrato.

El objeto del presente pliego es el de contratar la prestación del servicio de cafetería y restaurante-autoservicio de comedor en la Universidad Carlos III de Madrid.

El objeto del presente contrato se concreta en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.

Lotes:1.1 Lote I : Servicio de cafetería restaurante-autoservicio comedor en el campus de Getafe y del campus de Colmenarejo. 1.2 Lote II: Servicio de cafetería restaurante-autoservicio comedor en el campus de Leganés.

Se podrá optar a los dos lotes o a uno solo de ellos. Se debe ofertar a lotes completos sin que sean admisibles las ofertas que se limiten a una parte del lote.

Código CPV: 55300000 Categoría del contrato: 17

2.- Dirección del Órgano contratante:Universidad Carlos III de Madrid.Dirección postal: Calle Madrid, 12628903- Getafe- MADRID

3.- Presupuesto base de licitación y crédito en que se ampara.

3.1 El presupuesto base de licitación viene integrado por un canon anual y unos precios unitarios:

1.- El canon anual mínimo de licitación de cada lote es el siguiente:

CANON SIN IVA IVA* TOTAL

LOTE I: Servicio de cafetería restaurante-autoservicio comedor en el campus de Getafe. Servicio de cafetería restaurante-autoservicio comedor en el campus de Colmenarejo 76.271,19 € 13.728,81 € 90.000,00 €LOTE II: Servicio de cafetería restaurante-autoservicio comedor en el Campus de Leganés 50.847,46 € 9.152,54 € 60.000,00 €* IVA 18%

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Los cánones anteriores cubren la gestión del Servicio de cafetería y restaurante-autoservicio de comedor en la universidad Carlos III de Madrid y el parque de máquinas de vending actualmente instalado en la universidad.

Los licitadores podrán en su oferta económica, mejorar al alza el importe del canon a abonar a la universidad Carlos III de Madrid, siendo el propuesto por el adjudicatario el que figurará en el contrato una vez adjudicado.

Quedarán excluidas del procedimiento las proposiciones en las que se ofrezca un canon inferior al de licitación.

El canon se percibirá directamente por la universidad mediante recibos trimestrales girados a la cuenta bancaria del adjudicatario.

2.- Precios unitarios de licitación –iguales para ambos lotes-:

MÁQUINAS EXPENDEDORASBEBIDAS CALIENTES

  PRECIO SIN IVA IVA*

Bebida     PrecioCafé 0,46 € 0,04 € 0,50 €  

Café comercio justo 0,46 € 0,04 € 0,50 €  Cacao 0,46 € 0,04 € 0,50 €  

Café descafeinado 0,46 € 0,04 € 0,50 €  Infusiones 0,46 € 0,04 € 0,50 €

  PRECIO MEDIO 0,46

BEBIDAS FRÍAS

  PRECIO SIN IVA IVA*

Bebida     Precio TamañoAgua 0,69 € 0,06 € 0,75 € 50 cl

Refrescos Bote 0,88 € 0,07 € 0,95 € 33 clBotella 1,16 € 0,09 € 1,25 € 50 cl

  Bebida energética 1,62 € 0,13 € 1,75 €

Zumos brick 0,93 € 0,07 € 1,00 €

  PRECIO MEDIO 1,06 €

 COMIDA

PRECIO SIN IVA IVA*

Comida     PrecioSnack dulces 0,93 € 0,07 € 1,00 €Snack salados 0,74 € 0,06 € 0,80 €

Bollería 0,83 € 0,07 € 0,90 €Sándwich 1,16 € 0,09 € 1,25 €golosinas 0,74 € 0,06 € 0,80 €

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PRECIO MEDIO 0,88 €

PRECIO MEDIO TRES

GRUPOS0,80 €

* IVA 8%

Los licitadores podrán en su oferta económica, mejorar a la baja el importe de los precios de los productos de las máquinas expendedoras.

Si algún precio superase el precio de licitación se tomará el precio de licitación publicado.

3.2 El adjudicatario deberá abonar a la universidad los consumos de luz, gas, agua, teléfono. Los consumos se cobrarán por la universidad según los precios concertados por la universidad con las compañías suministradoras. La facturación será trimestral, por lotes, campus y por tipo de suministro (electricidad, gas natural, agua y climatización). El suministro de climatización sólo se aplica en el Parque Tecnológico al estar compartido el equipo con otras áreas de la universidad. A título informativo se recogen en el Anexo VII, los consumos efectuados por el adjudicatario actual durante los años 2008-2009.

3.3 La empresa adjudicataria realizará el abono de los importes a que hacen referencia los dos apartados anteriores, canon y consumos y cuantos pagos deba realizar a la universidad, mediante domiciliación bancaria en la cuenta que comunicará en el momento de la firma del contrato.

3.4 El servicio que constituye el objeto del presente contrato no supone gasto alguno para la universidad, salvo en lo relativo a:

1.- Participación en las tareas de Mantenimiento Ordinario y Gestión de Residuos.

2.- El gasto de restaurante-cafetería que puedan realizar las distintas unidades de la universidad de acuerdo con las normas internas establecidas y acorde con sus presupuestos.

Crédito:

La gestión en las tareas de Mantenimiento Ordinario y Gestión de Residuos se financiará con cargo a las siguientes claves presupuestarias y por los siguientes importes:

Anualidad Orgánica Funcional Económica Importe2010 CA. 20 121 A 227.14 5.671,40 €2010 GA. L0 121 B 227.14 11.342,82 €2010 LA. L0 121 B 227.14 11.787,23 €

Total 2010 28.801,45 €2011 CA. 20 121 A 227.14 13.611 €2011 GA. L0 121 B 227.14 27.223 €2011 LA. L0 121 B 227.14 28.289 €

Total 2011 69.123,49 €2012 CA. 20 121 A 227.14 7.939,97 €2012 GA. L0 121 B 227.14 15.879,95 €2012 LA. L0 121 B 227.14 16.502,12 €

Total 2012 40.322,04 €

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TOTAL 138.246,98 €

El importe de SEIS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO EUROS CON SETENTA Y UN CÉNTIMOS (6.398,7 €) correspondiente al IVA DEDUCIBLE se imputará al concepto no presupuestario 390001

Valor estimado del contrato (art. 76 LCSP): (I.V.A. excluido): 254.237,30 € (calculado sobre el importe de canon mínimo anual)

4.- Contrato sujeto a regulación armonizada: No

5.- Procedimiento de adjudicación.Tramitación: ordinariaProcedimiento: abiertoPluralidad de criterios de adjudicación

6.- Criterios de adjudicación que pueden valorarse:

RESUMEN GENERAL

Nº CRITERIO VALORACION1 Canon 672 Mejoras de precios máquinas de vending 33 Mejoras organizativas 74 Otras mejoras 145 Menús de restaurante a la carta 36 Desayunos de trabajo y cócteles 6

6.1.- MEDIANTE CIFRAS O PORCENTAJES.

1. Canon 672. Mejoras precios máquinas de vending 3

6.1.1. Canon anual: (67 puntos)

Lote 1. Se valorará de 0 a 67 puntos, otorgándose 1 punto por cada 569,18 € -IVA excluido- (quinientos sesenta y nueve mil con dieciocho euros -IVA excluido-), sobre el mínimo establecido de 76.271,19 euros anuales -IVA excluido-. La puntuación máxima por este concepto será de 67 puntos.

Lote 2. Se valorará de 0 a 67 puntos, otorgándose 1 punto por cada 379,45 € -IVA excluido- (trescientos setenta y nueve con cuarenta y cinco-) sobre el mínimo establecido de 50.847,46 euros anuales -IVA excluido-. La puntuación máxima por este concepto será de 67 puntos.

6.1.2 Mejoras en los precios máquinas de vending (3 puntos)

Se valorará hasta un máximo de tres puntos las ofertas que presenten precios más bajos de los que se relacionan.

Si algún precio superase el precio de licitación se tomará el precio de licitación publicado.

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Para hallar la puntuación se tomará el precio medio de los tres grupos. A la oferta más económica se le otorgarán 3 puntos y al resto de las ofertas se les aplicará la siguiente fórmula:Puntuación OV = 3 x OB . OV + (OV-OB)OV: Oferta que se valoraOB: Oferta más económica

6.2.- MEDIANTE JUICIOS DE VALOR

3 Mejoras organizativas 74 Otras mejoras 145 Menús de restaurante a la carta 36 Desayunos de trabajo y cócteles 6

6.2.1. Mejoras organizativas: Mejoras en la organización del servicio y de los recursos humanos: se valorará de 0 a 7 puntos, distribuidos de la siguiente manera:

6.2.1.1. Mejora en la organización horaria de los operarios, especialmente en atención al público (de 0 a 1 punto)6.2.1.2. Plan de formación para el personal (de 0 a 0,5 puntos)6.2.1.3. Descripción de un modelo de seguimiento del servicio de la empresa y universidad: celebración de reuniones de coordinación y seguimiento (de 0 a 1 puntos)6.2.1.4. Detalle de las funciones y tiempos de dedicación presencial a la Universidad del responsable general que asigne la empresa por lote, así como del encargado de cafetería-restaurante (de 0 a 1 punto)6.2.1.5. Descripción del modelo de coordinación y seguimiento que la empresa realice con el personal de las Cafeterías así como las funciones del encargado y su relación con el personal a su cargo (de 0 a 1 punto)6.2.1.6. Propuesta de Plan y organización del Mantenimiento incluido en el pliego, en el que se indique la propuesta de empresas de mantenimiento, organización, responsable y personal técnico encargado de esta gestión (2 puntos)6.2.1.7. Otros aspectos organizativos que el contratista considere adecuados (de 0 a 0,5 puntos)

6.2.2. Otras mejoras:

No se valorará ninguna mejora que no venga acompañada de su correspondiente valoración económica y de los elementos que la justifiquen (presupuestos, facturas,…), a excepción de la 6.2.2.1 en que no se exige.

En caso de no hacerse efectivas en los plazos en cada caso señalados, la Universidad exigirá el importe en que se han valorado -salvo en el caso de la 6.2.2.1 a la que se aplicará la penalidad prevista en el apartado 17 del Pliego de Prescripciones Técnicas-

6.2.2.1 Introducción de productos de calidad certificada, extra o con denominación de origen, según los casos, para toda la duración del contrato, incluidas sus prórrogas. Los productos ofertados serán los que se sirvan en menús y desayunos.Se valorará la introducción de estos productos en menús y desayunos, según el siguiente detalle:- Leche pasteurizada certificada: 0,4 puntos.

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- Hortalizas y verduras que procedan de la agricultura ecológica: hasta 0,4 puntos- Pescado blanco y azul de categoría extra: hasta 0,4 puntos.- Carnes con denominación de origen, marcas de calidad certificadas y cortes de carnes

calidad extra: hasta 0,4 puntos.- Arroz, pasta y legumbres de categoría extra, o procedentes de denominación de origen

o de producción ecológica: hasta 0,4 puntos.Lo anterior debe acreditarse presentando por escrito certificados de compromiso de uso de estos productos, y etiquetas que demuestren las calidades de estos productos.Esta mejora deberá implantarse desde el comienzo de la actividad en la Universidad.

Valoración: de 0 a 2 puntos

6.2.2.2 Máquinas expendedoras de bebidas y alimentos: Se valorará el compromiso de instalar máquinas fuera de las cafeterías de reducido consumo energético: con controladores automáticos o sistemas de detección de movimiento para encender las luces cuando sea necesario y puedan apagarse cuando no haya tránsito de personasDeberá acreditarse con la presentación de detalle de las características técnicas que justifiquen estos aspectos. Esta mejora deberá haberse ejecutado en los primeros 2 meses de actividad en la universidad.

Valoración: de 0 a 2 puntos distribuidos de la siguiente manera

Por 5 máquinas que tengan este sistema 1 puntoPor 10 máquinas que tengan este sistema 2 puntos

6.2.2.3 Propuesta de un sistema de seguridad alimentaria que permita asegurar la inocuidad de los alimentos a lo largo de toda la cadena alimentaria hasta el consumo final. Sistema que incluya higiene de las instalaciones, flujos unidireccionales, buenas prácticas de higiene, control de materias primas y elaboración de comidas preparadas (trazabilidad).Para la valoración de este apartado debe presentarse documentalmente la aplicación para la Universidad Carlos III de este sistema de seguridad alimentaria, concretando el plan de actuación y ejecución del mismo, periodicidad e informes.La aplicación de dicho sistema deberá realizarse en los primeros 6 meses de actividad en la universidad.

Valoración: de 0 a 2 puntos

6.2.2.4 Mejoras en presentación e imagen de la cartelería: Se valorará la presentación de un plan de diseño de cartelería para la universidad en las cafeterías-restaurantes, que informe sobre la diversidad de productos, menús, precios, horarios, máquinas vending, aspectos sobre el Comercio Justo, información nutricional en la oferta de artículos. La señalización debe ser de diferentes tamaños, acorde con el lugar y debe ser clara y con una imagen “verde” que identifique la apuesta que realiza la universidad y empresa por una alimentación sana y equilibrada.Se presentará en formato electrónico con imágenes y dimensiones de los carteles.Esta mejora deberá haberse ejecutado en los primeros 3 meses de actividad en la universidad.

Valoración: de 0 a 2 puntos

6.2.2.5 Propuesta de plan de inversiones en efectivo para la mejora de instalaciones de restauración y cafetería:

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Se valorará el compromiso de realizar inversión en efectivo para adquirir equipamiento para las cafeterías acorde con los modelos y calidades ya existentes.La Universidad facturará el importe ofertado por la empresa en el primer mes de ejecución del contrato y procederá a invertir su importe en el siguiente equipamiento, según las indicaciones y las preferencias que haya hecho el adjudicatario en su oferta:

1) Mesas y sillas.2) Carritos portabandejas de dos tamaños diferentes3) Mejora de las barras de cafeterías, bien mejorando el equipamiento de lo existente o bien

ofertando nuevos modelos alternativos de servicio de cafetería en cada uno de los campus. Para optar por esta inversión es preciso que el licitador presente un proyecto con el equipamiento necesario para la descripción organizativa: vitrinas de mantenimiento de productos, expositores, mobiliario de barra, equipos complementarios como freidoras, planchas, acompañado de una valoración económica detallada del equipamiento propuesto.

En caso de prórroga del contrato, deberá volver a efectuarse la inversión en efectivo ofertada (por el total, si la prórroga es de dos años o la mitad, si es de un año, exigiéndose la otra mitad en la siguiente prórroga de un año si la hubiese). En este caso, la definición del equipamiento por la Universidad se hará a propuesta razonada.

Todo el equipamiento adquirido mediante esta inversión será propiedad de la Universidad, no puediendo el adjudicatario retirarlo al término del contrato.

Valoración: de 0 a 6 puntos distribuidos de la siguiente manera:

Lote 1. Se valorará de 0 a 6 puntos, otorgándose 1 punto por cada 1.130,00 € -IVA excluido- (mil ciento treinta euros -IVA excluido)

Lote 2. Se valorará de 0 a 6 puntos, otorgándose 1 punto por cada 750,00 € -IVA excluido- (setecientos cincuenta euros -IVA excluido-)

6.2.3. Menús de restaurante a la carta: Se valorará de 0 a 3 puntos la ampliación de la oferta del punto 5.2.3 del PPTP en lo referente al número de platos a elegir de primeros o de segundos, la composición de los mismos, la variedad de entradas y la presentación de los mismos.

Se aportará documentación para visualizar las presentaciones mediante fotos o sistemas similares.

6.2.3. Desayunos de trabajo y cócteles:Se valorará de 0 a 6 puntos teniendo en cuenta la relación calidad/variedad/presentación de las distintas opciones presentadas por los licitadores. Se aportará documentación para visualizar las presentaciones.

2.3.1. Desayunos de trabajo:

Se valorará de 0 a 2 puntos la variedad, composición, elaboración de los diferentes desayunos, así como su presentación. Se valorarán aquellas ofertas que presenten bollería o productos con bajo contenido en grasas trans. Los precios de estos desayunos son los que figuran en el punto 6.1 del Pliego de prescripciones técnicas.

2.3.2. Cócteles:

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Se valorará de 0 a 4 puntos la variedad, composición, elaboración de los diferentes cócteles, así como su presentación. Los precios de estos cócteles son los que figuran en el punto 6.2 del Pliego de prescripciones técnicas

7.- Documentación técnica a presentar en relación con los criterios de adjudicación del contrato:

El contratista presentará la documentación que acredite el cumplimiento de lo requisitos mínimos contenidos en el pliego, quedando excluidos aquellos licitadores cuyas ofertas no cumplan las condiciones mínimas exigidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.Igualmente presentará documentación sobre los aspectos incluidos en los criterios de adjudicación y ponderación. Se acompañará cualquier documentación que considere necesaria en relación con los criterios de adjudicación.

- SOBRE 1: La documentación administrativa que se recoge en la Cláusula 11.1 de este

Pliego de Cláusulas Administrativas. La declaración jurada, conforme al modelo del Anexo VI.

- SOBRE 2 (sin distinguier entre Sobre 2-A y Sobre 2-B):

o La documentación relativa a los criterios de valoración basados en juicios de valor del apartado 6.2:

Mejoras organizativasOtras mejorasMenús de restaurante a la cartaDesayunos de trabajo y cócteles

- SOBRE 3: La oferta económica conforme al Anexo II.

8.-CLASIFICACIÓN O SOLVENCIAS ECONÓMICA Y FINANCIERA Y TÉCNICA.Para los dos Lotes: M, 06, D (Servicios especializados, Hostelería y servicios de comida, igual o superior a 600.000 € -calculando la categoría sobre el volumen de facturación del año 2009 -). 9.- Garantía provisional.Procede: No

10.- Obtención de los pliegos y documentación complementaria.Número de días de antelación a la fecha de finalización del plazo de presentación de ofertas para solicitud de los pliegos y documentación complementaria: al menos, con un día de antelación.Número de días de antelación a la fecha de finalización del plazo de presentación de ofertas para solicitud de información adicional sobre los pliegos y documentación complementaria: al menos, con antelación de 12 días a la fecha límite fijada para la recepción de ofertas en el anuncio de licitación.

11.- Admisibilidad de variantes.Procede: no

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12.- Garantía definitiva.Procede: SíImporte: 5 % del importe de adjudicación correspondiente al canon anual

13.- Garantía complementaria (artículo 83.2 de la LCSP).Procede: Sí.Importe: 5 % del importe de adjudicación correspondiente al canon anual

14.- Pólizas de seguros. Procede: Sí

Se contienen en el apartado 14 del Pliego de Prescripciones Técnicas.

15.- Programa de trabajo.Obligación de presentar un programa de trabajo: Sí

16.- Plazo de ejecución.Plazo total: 2 años Plazos parciales: NOProcede la prórroga del contrato: SÍDuración máxima del contrato incluidas las prórrogas: 48 meses.

17.- Penalidades.Se contienen en el apartado 17 del Pliego de Prescripciones Técnicas.

18.- Subcontratación.PROCEDE: Sí

19.- Régimen de pagos y facturación.

1.-El adjudicatario se compromete a firmar y aceptar el documento de “COMPENSACIÓN DE DEUDAS” con la universidad para hacer efectivo el cobro del canon y consumos citados en el apartado 5 de este Anexo I con las facturas por los gastos de mantenimiento y los servicios prestados en restaurante y cafetería.

2.- Pago de la participación en las tareas de Mantenimiento Ordinario y Gestión de Residuos. 1.-La universidad abonará a las empresas adjudicatarias entre los años 2010-2012 la cantidad

de ciento veintidós mil quinientos ochenta y un euros con once céntimos (122.581,12 €) I.V.A. excluido, en concepto de participación en el coste de las tareas de Mantenimiento Ordinario y Gestión de Residuos, de acuerdo con lo establecido en el Plan de Mantenimiento Ordinario anexado en Pliego de Prescripciones Técnicas.Los pagos al adjudicatario por este concepto se realizarán trimestralmente, a razón de 3.017,24 € (tres mil diecisiete euros con veinticuatro céntimos) IVA excluido por el Campus de Colmenarejo; 6.034,48 € (seis mil treinta y cuatro con cuarenta y ocho euros) IVA excluido por el Campus de Getafe; 6.270,92 € (seis mil doscientos setenta euros con noventa y dos céntimos) IVA excluido por el Campus de Leganés. Todos estos importes serán facturados por el adjudicatario una vez realizados los servicios a que corresponden, tras la presentación en el Registro General de la universidad de las facturas correspondientes a cada campus y los informes y documentos requeridos en el Pliego de Cláusulas Técnicas. La presentación de las facturas sin los preceptivos informes y documentos supondrá la no certificación de la factura.

2.- Las Oficinas Logísticas facilitarán al adjudicatario información de los proveedores externos con los que trabaja la universidad para efectuar el mantenimiento recogido en este pliego.

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3.- Las condiciones económicas recogidas en este punto no se modificarán hasta la primera renovación del contrato vigente, momento en que se actualizarán previa revisión y acuerdo de las partes, en ningún caso por encima del 85% del IPC.

El pago se realizará mediante transferencia bancaria a favor del adjudicatario, previa presentación de las facturas correspondientes, una vez conformadas por el Servicio correspondiente.

20.- Revisión de precios.Procede: SíTranscurrido el primer año de ejecución del contrato de acuerdo a la variación del Índice General de Precios al Consumo del año anterior publicado por el Instituto Nacional de Estadística, no pudiendo ser esta revisión superior al 85 % de variación experimentada por el IPC, siempre que se haya dado cumplimiento a lo previsto en el art. 77 de la LCSP. 21.- Información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecta la subrogación:Se contiene en el Pliego de Prescripciones Técnicas.

22.- Importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación: 3.000,00 €.

23.- Información sobre el contrato cuyo carácter confidencial debe respetar el contratista:El adjudicatario queda expresamente obligado a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento del contrato, especialmente los de carácter personal, que no podrá copiar o utilizar con fin distinto al que figura en este documento, ni tampoco ceder a otros ni siquiera a efectos de conservación.

24.- Forma de constatación por la Universidad de la correcta ejecución del contrato:La Universidad se reserva la facultad de supervisión del contrato durante su ejecución.

25.- Forma de recepción del contrato:De conformidad con lo establecido en el artículo 205 LCSP.

26- Plazo de garantía: 3 meses.

27- Otras informaciones:

27.1 OBLIGACIONES EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.

27.1.2- La empresa adjudicataria queda obligada y se compromete a cumplir la normativa legal vigente en materia de Prevención de Riesgos Laborales, Ley 31/95 de 8 de noviembre, así como los Reales Decretos y las Directivas de la CEE vigentes en dicha materia y de aplicación al desarrollo de este contrato referido tanto a los materiales que emplee, como a los equipos que pudiese adquirir y que se utilicen en la prestación del servicio, queden o no en propiedad de la Universidad una vez finalice el período de vigencia del contrato

A este respecto, la Empresa adjudicataria deberá tener a disposición de la Universidad Carlos III de Madrid y su Servicio de Prevención propio, durante la

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ejecución del contrato, la documentación que acredite el cumplimiento de las obligaciones en materia preventiva.

27.1.3- Todos los licitadores, en el Sobre 1, en cumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/95 de 8 de noviembre) y el R.D. por el que se desarrolla el art. 24 de la citada Ley en materia de coordinación de actividades empresariales (RD 171/2004, de 30 de enero), deberán presentar una declaración jurada, conforme al modelo del Anexo I,I en relación con los siguientes aspectos:

Modelo de la organización de la prevención adoptado por la empresa. Compromiso de realizar la Evaluación y Planificación de Riesgos Laborales para los servicios

contratados. Compromiso de cumplimiento de sus obligaciones en materia de información, formación y

vigilancia de la salud respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en la Universidad

27.2 Para poder participar en el procedimiento los licitadores deberán estar al corriente de todas sus obligaciones para con la universidad. A tales efectos, los licitadores que tengan una relación habitual con la universidad aportarán en el sobre 1 las correspondientes certificaciones emitidas por la universidad.

27.3 Visita a la Universidad

Se facilitará a las empresas que así lo soliciten, la posibilidad de realizar una visita a las cafeterías de los tres campus de la universidad Carlos III.

Las fechas para las vistas y el procedimiento para participar en ellas se indicarán con la debida antelación en el Perfil de contratante de esta Universidad (http://www.uc3m.es/portal/page/portal/perfil_contratante).

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ANEXO II

MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA

D./Dª............................................................................., con DNI número .................................... [en nombre propio] [actuando en representación de (empresa)…........................], con CIF/NIF ............................., domicilio en ……..................................................................... calle/plaza .............................................................................., número.................., consultado el anuncio de licitación del contrato de: SERVICIO DE CAFETERÍA Y RESTAURANTE-AUTOSERVICIO DE COMEDOR EN LA UNIVERSIDAD CARLOS III DE MADRID, publicado en el BOE Nº ............. del día................. de.............. de............. y enterado de las condiciones, requisitos y obligaciones establecidos en los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas particulares, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente, y de las obligaciones sobre protección del empleo, condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales y sobre protección del medio ambiente, se compromete a tomar a su cargo la ejecución del contrato, en las siguientes condiciones:

1) Canon anual:

CANON DE EXPLOTACIÓN LOTE I __________________€ (IVA EXCLUIDO)

CANON DE EXPLOTACIÓN LOTE II__________________€ (IVA EXCLUIDO)

2) Precios unitarios:

MÁQUINAS EXPENDEDORASBEBIDAS CALIENTES

  PRECIO LICITACIÓN SIN IVA

OFERTA SIN IVA IVA

Bebida      Café 0,46 €    

Café comercio justo 0,46 €    Cacao 0,46 €    

Café descafeinado 0,46 €    Infusiones 0,46 €    

  PRECIO MEDIO 0,46    

BEBIDAS FRÍAS

  PRECIO LICITACIÓN SIN IVA

OFERTA SIN IVA IVA

Bebida      Agua 0,69 €    

Refrescos Bote 0,88 €    Botella 1,16 €    

  Bebida energética 1,62 €    

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Zumos brick 0,93 €    

  PRECIO MEDIO 1,06 €    

 COMIDA

Comida PRECIO LICITACIÓN SIN IVA

OFERTA SIN IVA IVA

Snack dulces 0,93 €    Snack salados 0,74 €    

Bollería 0,83 €    Sándwich 1,16 €    golosinas 0,74 €    

PRECIO MEDIO 0,88 €

PRECIO MEDIO TRES

GRUPOS

0,80 €

(lugar, fecha y firma del apoderado de la empresa).

INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA OFERTA ECONÓMICA

1ª) LAS EMPRESAS RELLENARAN LA OFERTA ECONOMICA DE ACUERDO CON ESTE MODELO.

2ª) LA OFERTA ECONOMICA SE REALIZARÁ:2.1.- AL ALZA PARA EL CANON Y NO PODRÁ SER INFERIOR AL IMPORTE DEL CANON MÍNIMO DE LICITACIÓN.2.2.- A LA BAJA PARA LOS PRECIOS UNITARIOS. SI ALGÚN PRECIO SUPERASE EL PRECIO DE LICITACIÓN SE TOMARÁ EL PRECIO DE LICITACIÓN PUBLICADO.

3ª) DEBEN INDICARSE TODAS LAS CANTIDADES EN LETRA Y NÚMERO Y EN EUROS, CON INCLUSIÓN DE LA CANTIDAD CORRESPONDIENTE A CUALQUIER IMPUESTO, TASA O GASTO QUE SEA DE APLICACIÓN AL PRESENTE CONTRATO TENIENDO LA CONSIDERACIÓN DE PRECIOS TOTALES, EXCLUIDO EL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (I.V.A.) QUE SE REFLEJARÁ COMO PARTIDA INDEPENDIENTE.

4ª) LOS EMPRESARIOS NO ESPAÑOLES DE ESTADOS MIEMBROS DE LA UNION EUROPEA QUE CONCURSEN, CUMPLIMENTARÁN SUS OFERTAS ECONOMICAS CONFORME A ESTE MODELO INCLUYENDO EN ÉL O EN DOCUMENTO APARTE SU DECLARACIÓN SOLEMNE DE SOMETERSE A LA JURISDICCIÓN DE LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES ESPAÑOLES PARA TODAS LAS INCIDENCIAS QUE DE MODO DIRECTO O INDIRECTO PUDIERAN SURGIR DEL CONTRATO.

5º) EL NO PRESENTAR LA OFERTA ECONÓMICA AJUSTADA A ESTE MODELO Y A LAS INSTRUCCIONES QUE EN ÉL FIGURAN, PODRÁ DAR LUGAR A SU DESESTIMACIÓN.

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ANEXO IIIMODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A NO ESTAR INCURSOS EN

PROHIBICIONES E INCOMPATIBILIDADES PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN, DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE

OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL.

D./Dña ……………………………………………………, con DNI/NIE ………..………en nombre propio o en representación de la empresa …………………..…………………,con CIF nº ….……………, en calidad de ……………………...…………………....……

DECLARA:I.- Que la citada sociedad, sus administradores y representantes legales, así como el firmante, no se hallan comprendidos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señaladas en el artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en los términos y condiciones previstos en la misma, en la Ley 14/1995, de 21 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Comunidad de Madrid.

II.- Que la citada entidad se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y no tiene deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid y, si las tiene, están garantizadas.

En ……………………………………, a …….. de …………………….. de ….

Fdo.:

Nota: Esta declaración responsable deberá ser suscrita por el órgano de dirección o representación competente de la empresa o sociedad, salvo que ésta opte por otro de los medios previstos en el artículo 62 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

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ANEXO IVMODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA AL COMPROMISO DE

TENER CONTRATADOS TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD

D./Dña………………… , en nombre propio o en representación de la empresa ………… con C.I.F. nº ….………………, en calidad de ………………………………………….....

DECLARA:

Que, de resultar adjudicatario del contrato, y durante la vigencia del mismo, asume la obligación de tener empleados trabajadores con discapacidad en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si ésta alcanza un número de 50 ó más trabajadores, de acuerdo con el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de Minusválidos, o la de adoptar las medidas alternativas establecidas en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril.

Asimismo, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación cuando sea requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato o, en todo caso, antes de la devolución de la garantía definitiva.

En .............................,a ....... de ....................de 2.......

Firmado:

Nota: Indíquese la representación que ostenta el declarante en la empresa.

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ANEXO V

MODELO DE AUTORIZACIÓN DE ACCESO Y DECLARACIÓN RESPONSABLE DEVIGENCIA DE LOS DATOS ANOTADOS EN EL REGISTRO DE LICITADORES 1

D./D.ª .................................................................... en calidad de 2 ..........................................con DNI / NIE n.º: ..........................................., en nombre propio o en representación de laempresa ................................................................., con C.I.F:.........................., inscrita en elRegistro de Licitadores de la Comunidad de Madrid, con el n.º .......,al objeto de participar en la contratación denominada …......................……………………, convocada por la Universidad Carlos III de Madrid,

DECLARA:3

A) Que los datos de esta empresa que constan en el Registro de Licitadores no han sido alterados en ninguna de sus circunstancias y que se corresponden con el certificado del Registro.

B) Que de los datos de esta empresa anotados en el Registro de Licitadores han sufrido variación los que a continuación se indican, según se acredita mediante los documentos que se adjuntan, manteniéndose los demás datos sin ninguna alteración respecto del contenido del Certificado del Registro.

Datos que han sufrido variación:Documentación justificativa que se adjunta:

En ................................., a ....... de .......................... de 200...

Fdo:1 1 Esta declaración es de presentación obligatoria en cada licitación para empresas inscritas en el Registro de Licitadores de la Comunidad de Madrid.2 Indíquese la representación que ostenta el declarante en la empresa.3 Las opciones A) y B) son incompatibles entre sí, señale solamente la que corresponda.

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ANEXO VI

MODELO DE DECLARACIÓN JURADA EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

D/Dña con DNI: Como representante y administrador de la empresa:

IDENTIFICACIÓN DE LA EMPRESA

DENOMINACIÓN: CIF:

DIRECCIÓN: CP/Ciudad:

DECLARO:

Que la empresa………………………………………….cumple con los requisitos establecidos en el Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997, de 17 de enero), y asume como propio el Servicio de Prevención o contrata dichas funciones con un Servicio de Prevención Ajeno.

Que la empresa……………………………………………se compromete a realizar, para los servicios que se contraten, la Evaluación de Riesgos Laborales así como la Planificación de la Actividad Preventiva.

Que la empresa …………………………………………….se compromete a formar e informar a los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en o para la Universidad Carlos III de Madrid, acerca de los riesgos en materia de Seguridad y Salud a los que estará expuesto durante el desempeño de sus funciones así como sobre las medidas preventivas aplicables.

Que la empresa……………………………………………..se compromete a cumplir con sus obligaciones en materia de Vigilancia de la Salud, respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en o para la Universidad Carlos III de Madrid

En a de de 200

Fdo:

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ANEXO VII

CONSUMOS CAFETERÍAS AÑOS 2008-2009

CONSUMOS DE ELECTRICIDAD CAFETERIAS UC3M POR CAMPUS año 2008 año 2009Getafe kw kwEDIFICIO 1 ELECTRICO 223.922 226.898EDIFICIO 11 ELECTRICO 37.365 36.611EDIFICIO 12 máquinas ELECTRICO 9.018 9.753EDIFICIO 15 máquinas ELECTRICO 6.392 6.812EDIFICIO 16 ELECTRICO 79.550 79.300Total Getafe 356.247 359.374       Leganés    EDIFICIO 2 ELECTRICO COCINA 55.017 52.114

EDIFICIO 5ELECTRICIDAD CS-RA 160.350 153.650

EDIFICIO 5ELECTRICIDAD CS-RP 60.060 63.870

BIBLIOTECA MÁQUINA 6.972 7.530Total Leganés 282.399 277.164       

Parque Tecnológico    

CAFETERIAELECTRICO FUERZA   12.880

CAFETERIA ELECTRICO RED   780Total Parque Tecnológico 13.660       

Colmenarejo    CAFETERIA ELECTRICO 101.423 96.870CAFETERIA ELECTRICO GRUPO 21.824 21.315Total Colmenarejo   123.247 118.185

CONSUMOS DE AGUA CAFETERIAS UC3M POR CAMPUS año 2008 año 2009

Getafe M3 M3

EDIFICIO 1 AGUA SANITARIA 3.196 3.353EDIFICIO 11 AGUA SANITARIA 239 390EDIFICIO 16 AGUA SANITARIA 935 865Total Getafe 4.370 4.608       Leganés    EDIFICIO 2 AGUA SANITARIA 185 211EDIFICIO 2 AGUA CALIENTE 234 218EDIFICIO 4 AGUA SANITARIA 1.890 1.868Total Leganés 2.309 2.297       Colmenarejo    CAFETERIA AGUA SANITARIA 575 584

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CAFETERIAAGUA FLUXOMETROS 56 40

Total Colmenarejo   631 625

CONSUMOS DE GAS CAFETERIAS UC3M POR CAMPUS año 2008 año 2009Getafe kwh kwhEDIFICIO 1 GAS 168.378 160.156EDIFICIO 16 GAS 24.768 22.521Total Getafe 193.146 182.677       

Leganés    EDIFICIO 5 GAS 59.117 59.362       

Parque Tecnológico    CAFETERIA GAS   11.571       

Colmenarejo    CAFETERIA GAS 38.256 31.871* Cafetería Parque Tecnológico desde marzo 2009

CONSUMOS FLUIDOS   

AGUA   

  GETAFE LEGANÉS COLMENAREJO totalTOTALES 7.987,51 € 3.981,62 € 1.083,07 € 13.052,20 €

ELECTRICIDAD   

  GETAFE LEGANÉS COLMENAREJO  TOTALES 49.608,00 € 40.145,40 € 16.314,27 € 106.067,67 €

GAS   

  GETAFE LEGANÉS COLMENAREJO  TOTALES 7.915,27 € 3.958,24 € 1.332,59 € 13.206,10 €

TELÉFONOS  

TOTALES 3.634,41 € 3.634,41 €         Total consumos 135.960,38 €

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE CAFETERÍA Y RESTAURANTE-AUTOSERVICIO DE COMEDOR DE LA UNIVERSIDAD CARLOS III DE MADRID

1.- OBJETO

El objeto del presente contrato lo constituye la prestación del servicio de cafetería y restaurante-autoservicio de comedor en la universidad Carlos III Madrid, dividido en dos lotes:

1.1 Lote I : Servicio de cafetería restaurante-autoservicio comedor en el Campus de Getafe y del Campus de Colmenarejo. Este lote incluye: Edificio Principal (edificio nº 1): en este local se prestará un servicio de cafetería y comida rápida, el servicio de restaurante y autoservicio del personal de la universidad y de los alumnos. Edificio Luis Vives (edificio nº 11): en el local de este edificio se prestará exclusivamente servicio de cafetería. Edificio nº 16: en el local de este edificio se prestará un servicio de cafetería y comida rápida. Se ofertará un menú diario: dos primeros y dos segundos platos con pan; de los que se oferten en el autoservicio de la cafetería del Edificio principal. Terraza de temporada.Edificio Miguel de Unamuno (Colmenarejo). En los locales de este edificio se prestará un servicio de cafetería y comida rápida, el servicio de restaurante y autoservicio del personal de la universidad, y de los alumnos. Terraza de temporada.Se incluye el servicio de desayunos de trabajo y cócteles en ambos campusMáquinas expendedoras de bebidas frías, bebidas calientes y alimentos del Campus de Getafe y de Colmenarejo.

1.2 Lote II: Servicio de cafetería restaurante-autoservicio comedor en el Campus de Leganés.Edificio Sabatini. En el local de este edificio se prestará un servicio de cafetería, comida rápida, y un menú del día. Terraza de temporada.Edificio Padre Soler. En los locales de este edificio se prestará un servicio de cafetería y comida rápida, el servicio de restaurante y autoservicio del personal de la universidad y de los alumnos. Así mismo, también se dará servicio en la cafetería de PAS/PDI del Auditorio Padre Soler con motivo de actos, etc., a requerimiento de la UC3M.Edificio Parque Científico: En el local de este edificio se prestará un servicio de cafetería y comida rápida. Se ofertará un menú diario.Se incluye el servicio de desayunos de trabajo y cócteles Máquinas expendedoras de bebidas frías, bebidas calientes y alimentos del Campus de Leganés

2.- UBICACIÓN

2.1. El servicio se prestará en los siguientes locales:

Campus de Getafe:

Edificio Principal( edificio nº 1): En este local se prestará un servicio de cafetería y comida rápida, el servicio de restaurante y autoservicio del personal de la universidad y de los alumnos. Edificio Luis Vives (edificio nº 11). En el local de este edificio se prestará exclusivamente servicio de cafetería. Edificio nº 16. En el local de este edificio se prestará un servicio de cafetería y comida rápida. Se ofertará un menú diario: dos primeros y dos segundos platos con pan; de los que se oferten en el autoservicio de la cafetería del Edificio principal. Terraza de temporada.

Campus de Leganés:

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Edificio Sabatini. En el local de este edificio se prestará un servicio de cafetería y comida rápida. Se ofertará un menú: dos primeros y dos segundos platos con pan del mismo que se oferte en el autoservicio de la cafetería del Edificio Padre Soler. Terraza de temporada.Edificio Padre Soler. En los locales de este edificio se prestará un servicio de cafetería y comida rápida, el servicio de restaurante y autoservicio del personal de la universidad y de los alumnos. Así mismo, también se dará servicio en la cafetería de PAS/PDI del Auditorio Padre Soler con motivo de actos, etc., a requerimiento de la UC3M.Cafetería Parque Científico. En esta cafetería se prestará un servicio de cafetería y comida rápida y un menú del día.

Campus de Colmenarejo:

Edificio Miguel de Unamuno. En los locales de este edificio se prestará un servicio de cafetería y comida rápida, el servicio de restaurante y autoservicio del personal de la universidad, y de los alumnos. Terraza de temporada.

2.2. Así mismo, la empresa adjudicataria deberá prestar también los siguientes servicios fuera de las ubicaciones mencionadas:

- Servicios a Rectorado, Gerencia, Dirección de la Escuela Politécnica Superior, Decanatos y Vicerrectorado del Campus de Colmenarejo: cafés, agua, desayunos de trabajo, cócteles, comidas protocolarias.

- Desayunos de trabajo y cócteles como consecuencia de la organización de cursos, conferencias, etc. por parte de la universidad.

2.3. La adjudicación de los servicios de cafetería y comedor no implica la obligación de la universidad de encargar al adjudicatario de los mismos la realización de otros servicios de restauración análogos que puedan llevarse a cabo en los campus de la universidad (vinos, comidas de trabajo, comidas para cursos o empresas, cócteles, etc.)

El ANEXO I del presente Pliego de Prescripciones Técnicas “TAMAÑO DE LAS CAFETERÍAS”, especifica los m2 que tiene cada uno de los espacios de las cafeterías, así como el número de plazas que hay en cada una de ellas.

3.- DESTINATARIOS

Los destinatarios del servicio de cafetería son los alumnos de la universidad Carlos III Madrid, el personal docente e investigador, el personal de administración y servicios y los usuarios de las instalaciones de la universidad. El derecho de admisión quedará reservado a la universidad.

Durante el curso académico 2009/10, el número de alumnos, personal docente e investigador y de personal de administración y servicios entre los distintos campus de la universidad es el siguiente:

GETAFE LEGANÉS COLMENAREJO

ALUMNOS 10.733 6.139 2.073PDI / PAS 1.506 1.199 147TOTAL 12.239 7.338 2.220

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4.- HORARIO

4.1. El horario habitual de cafeterías será de 8.00 h a 20.30 h, salvo los viernes que se cerrará a las 19.00 h. En la cafetería del campus de Colmenarejo será de 8.00h a 19.00h de lunes a viernes.En la cafetería del edificio del Parque Tecnológico será de 9.00h a 17.00h de lunes a viernes. Estos horarios se podrán ampliar por razones sobrevenidas. La valoración de estas necesidades corresponde a la Oficina Logística Central.

4.2. El restaurante estará abierto de 13.00h a 16.00h. No obstante, el adjudicatario tendrá la obligación de servir en la cafetería sándwiches, bocadillos calientes y tostadas desde las 8.00 h hasta las 18.00 h.

4.3. Desde las 13.00h a 16.00h, los espacios destinados a restaurante solamente podrán ser utilizados para comer por lo que la empresa adjudicataria podrá solicitar a las personas que no estén realizando esta actividad que abandonen el comedor.

4.4. La terraza de temporada será como mínimo desde el 15 de abril hasta el 30 de octubre, siempre que las condiciones climatológicas lo permitan, en horario de 10h a 19h.

4.5. El servicio de cafetería para el Auditorio Padre Soler se prestará desde una hora antes del comienzo del espectáculo hasta la finalización del último intermedio. Con ocasión de ensayos generales, reuniones, etc. se dará un servicio especial fuera de los horarios habituales, siendo comunicado el mismo con la suficiente antelación.

4.6. Los horarios habituales y especiales de cafeterías y restaurantes se detallan a continuación. Los horarios especiales coinciden con períodos no lectivos:

HORARIOS HABITUALES CAMPUS DE LEGANES: Lunes a jueves Viernes Cafeterías Edificio Padre Soler   8.00h-20.30h 8.00h-19.00hCafetería Edificio Sabatini   8.00h-20.30h 8.00h-19.00h

Cafetería Parque Tecnológico   8.00h- 17.00h

CAMPUS DE GETAFE:Cafetería Edificio Principal 8.00h-20.30h 8.00h-19.00hCafetería Edificio 16 8.00h-20.30h 8.00h-19.00h

Cafetería Edificio Luis Vives 8.00h-20.30h 8.00h-19.00h

CAMPUS COLMENAREJO:

Cafetería Edificio Miguel de Unamuno 8.00h -19.00h

HORARIOS ESPECIALESCAMPUS DE LEGANES: JUNIO JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE NAVIDAD Y SEMANA

SANTAEdificio Padre A. Soler:      Cafetería PDI / PAS Habitual De 8h a 17 h Cerrado Habitual De 8h a 16hComedor PDI / PAS Habitual Habitual Cerrado Habitual HabitualCafetería alumnos Habitual De 8h a 17h Cerrado Habitual CerradoComedor alumnos Cerrado a

partir del 15 Cerrado Cerrado Abierto en la segunda

semana de septiembreCerrado

Edificio Sabatini: Cafetería Habitual De 8h a 17h De 8h a 15h Habitual CerradoParque Tecnológico Habitual Habitual Cerrado Habitual Habitual

CAMPUS DE GETAFE:

Edificio Principal:      Cafetería Habitual De 8h a 17 h Cerrado Habitual De 8h a 16hComedor PDI /PAS Habitual Habitual Cerrado Habitual HabitualComedor alumnos Cerrado a

partir del 15Cerrado Cerrado Abierto en la segunda

semana de septiembre Cerrado

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Edificio Luis Vives Habitual De 8h a 17h De 8h a 15h Habitual CerradoEdificio nº16 Habitual De 8h a 17 h Cerrado Habitual Cerrado

CAMPUS DE COLMENAREJO:

Edificio Miguel Unamuno:      Comedor Habitual Habitual Cerrado Habitual CerradoCafetería Habitual De 8h a 17h De 8h a 15 h Habitual De 8h a 16 h

Excepcionalmente, por necesidades de la universidad (selectividad, presentaciones, etc.) los comedores de alumnos permanecerán abiertos en las fechas que previamente haya comunicado a la empresa adjudicataria la Oficina Logística Central, previa petición del servicio administrativo que lo demande.

Durante el curso académico, siempre que se trate de días no lectivos y haya puentes u otras circunstancias con una previsible escasa asistencia de PDI / PAS, el horario de las cafeterías podrá adaptarse al de Navidad y Semana Santa según se especifica en el cuadro anterior. El cierre se solicitará a la Oficina Logística Central con una antelación mínima de quince días.

El adjudicatario publicará en los accesos a las instalaciones donde se presta el servicio, en lugar visible, los horarios de apertura y cierre de todas las cafeterías del campus correspondiente.

4.7. El adjudicatario vendrá obligado a realizar los servicios extraordinarios que la universidad le indique en días festivos, sábados y domingos o bien fuera del horario expresado en los puntos anteriores, especialmente en el período de realización de exámenes de los alumnos de la universidad, durante la celebración de oposiciones o cursos de verano.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el punto anterior, el contratista podrá explotar el servicio en días festivos, sábados y domingos, para la realización de otras actividades pero en todo caso, deberá contar con la autorización previa y expresa Oficina Logística Central de la universidad.

5.- DESAYUNOS, MENUS Y COMIDA RÁPIDA

5.1. DESAYUNOS:

El desayuno estará compuesto de un café con leche, descafeinado, chocolate, yogurt, cacao, vaso de leche (entera, desnatada o semidesnatada), infusión de té (incluido té negro y verde) o similares acompañado de bollería variada, tostada o barrita a la plancha con mantequilla, mermelada o aceite. El pan debe ser blanco y/o integral para barritas y tostadas.

Se incluirá una oferta adicional de desayuno que incluya los elementos anteriores y además zumo de naranja natural (200cc).

Además de la bollería relacionada en el listado de precios, se incluirá un tipo de bollería o productos con bajo contenido en grasas trans, el precio de este tipo de producto no será superior al 40% del precio establecido para la bollería que aparece en el listado de precios (anexo IV). Se especificará su composición nutritiva y se colocarán etiquetas visibles con las características del mismo. Se dispondrá para los usuarios de unas cantidades mínimas y en función de la demanda se irán aumentando.

El café será de calidad superior, acreditada por marca de prestigio. Se ofertará opción de café de comercio justo. La leche que también deberá estar avalada por una marca de prestigio, podrá ser entera, desnatada o semidesnatada.

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El adjudicatario debe acreditar la condición de café de comercio justo, aportando los correspondientes certificados expedidos por entidades certificadoras reconocidas, tal como se recoge en el punto 8.12 de este pliego.

5.2. MENÚ DEL DÍA 5.2.1. Menú autoservicio para todos los comedor es del personal y alumnos de la universidad

Estará compuesto de un primer plato a elegir entre tres, un segundo plato con guarnición o ensalada (mínimo cuatro variedades de verduras) a elegir entre tres, un postre a elegir entre cuatro variedades de frutas y/o tres de productos lácteos o repostería y pan. Deben ofertarse al menos tres variedades de pan, incluido uno integral. Deben ofertarse menús de verano y de invierno que incluyan productos frescos de temporada.

No se admitirán las mismas combinaciones de platos durante quince días, ni se repetirán para el mismo día de la semana en el mismo mes. Se garantizará la adecuada rotación de las guarniciones y se asegurará la variedad de fruta disponible. Como máximo un 25% de los segundos platos podrán ser fritos, rebozados o empanados. En los comedores PAS/PDI no se ofertarán estos segundos platos fritos ni rebozados.

Así mismo, el adjudicatario deberá ofrecer un Menú de dieta variado que tenga como característica principal, la de ser hipo sódico y que como consecuencia de la elección de los alimentos constitutivos pueda ser recomendado para personas con diabetes o cifras de colesterol sanguíneo elevada. Se ofertará un Menú vegetariano diario: podrá ser elaborado a partir de los menús diarios siempre que la combinación nutritiva lo permita; si no fuera así, se debe hacer menú específico vegetariano.

Se ofertarán también opciones de menú reducido: primer plato, pan y postre; segundo plato, pan y postre y dos primeros platos con pan y postre.

Los cubiertos en autoservicio deberán ir estuchados de forma que se garantice su higiene en la manipulación y se dispondrá en las bandejas de mantel individual y servilleta de celulosa.

5.2.2. Menú especial en el autoservicio del personal (PDI-PAS) de la universidad

Además de lo anterior, en los comedores para PAS y PDI se ofrecerá un menú especial diario. Estará compuesto de un primer plato a elegir entre dos, un segundo plato con guarnición a elegir entre dos y un postre a elegir entre seis variedades, pan y bebida. Al menos uno de los segundos platos será a la plancha.

No se admitirán las mismas combinaciones de platos de menú especial durante la semana, ni se repetirán el mismo día de la semana en el mismo mes. Se garantizará la adecuada rotación de las guarniciones y se asegurará la variedad de fruta disponible. No se ofertarán platos de carne o pescado fritos, rebozados o empanados en esta opción de menús.

5.2.3. Carta restaurante en los comedores reservados

Existen comedores reservados en cada campus donde se ofrece comer a la carta, con precios y menús diferentes a los servicios anteriores.Obligatoriamente, los licitadores deberán presentar como mínimo 4 variedades de menús de cada una de las categorías de menús, ajustándose las ofertas presentadas a los siguientes precios (IVA incluido):

13 € por persona (categoría 1ª) 18 € por persona (categoría 2ª)

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24 € por persona (categoría 3ª) 36 € por persona (categoría 4ª)

Los almuerzos celebrados fuera de las zonas de cafetería-restaurante (por ejemplo, en el Comedor del Rector, en Salas de Juntas) tendrán un coste adicional por servicio a razón de 78,75 € (IVA incluido) por cada 20 asistentes.

La composición general de los menús será la siguiente: En la categoría nº 1 y nº 2: estará compuesto de un primer plato a elegir entre cuatro, un

segundo plato a elegir entre cuatro y un postre a elegir entre seis, pan, bebida y café. En la categoría nº 3 y 4: estará compuesto por unas entradas variadas, de un primer

plato a elegir entre cuatro, un segundo plato a elegir entre cuatro y un postre a elegir entre seis, pan, bebida y café.

Deben ofertarse menús de verano y de invierno que incluyan productos frescos de temporada. También se incluirá algún producto procedente del Comercio justo y de la agricultura ecológica.En todos lo casos el vino que está incluido en el menú tendrá una calidad mínima equivalente a rioja crianza de bodega conocida o similar.

El adjudicatario debe ofrecer esta carta en castellano y en lengua inglesa

5. 3. COMIDA RÁPIDA

5.3.1 En el listado de artículos y precios que se recogen en ANEXO IV se relacionan las variedades de bocadillos, hamburguesas, raciones, platos combinados, croissant salados, sándwiches, baguettes, pulgas y montados.

5.3.2 Para la elaboración de estos artículos sobre todo en bocadillos, pulgas y montados se deben ofertar con pan blanco y/o pan integral. Los ingredientes que componen estos artículos tendrán los pesos adecuados.

5.3.3 Los platos combinados deben ofrecerse en tres modalidades: Completo: compuesto de cuatro elementos, uno de ellos deberá ser carne, pescado o

huevos; y los otros tres, complementos (verduras, hortalizas, arroz, patatas, croquetas, empanadillas, …).Acompañado de pan (blanco o integral)

Reducido: compuesto de dos elementos: el principal y un complemento y pan (blanco o integral

Vegetariano: Su composición podrá alternar productos vegetales, pastas, etc. Debe estar compuesto de cuatro elementos y pan (blanco o integral)

5.3.4 La oferta del plato combinado vegetariano debe ser diferente para cada día de la semana.

5.3.5 Además de las variedades de bocadillos, baguettes, pulgas y montados a lo largo de la prestación del servicio, la Oficina Logística Central de acuerdo con el adjudicatario podrá aumentar la variedad de estos productos.

5.3.6 Se harán ofertas de almuerzo/merienda consistente en bocadillo, pulga con refresco o zumo envasado.

5.4. CONSIDERACIONES COMUNES

5.4.1. Las ofertas de menús deben contemplar que la alimentación de los usuarios de este servicio sea completa, conteniendo todos los grupos de alimentos que, en combinación, aporten todos los nutrientes necesarios; equilibrada, incorporando cantidades apropiadas de alimentos, pero sin excesos

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que puedan causar acumulaciones peligrosas o que lleguen a generar interacciones entre los distintos nutrientes; suficiente, que cubra las necesidades del organismo; y variada proporcionando los aportes necesarios de vitaminas y minerales por incluir diferentes alimentos, tal y como se recoge en el punto 8 de este pliego.

5.4.2 No se admitirá glutamato monosódico (MSG, E621) ni potenciadores de sabor en los preparados de los platos de menú del día ni de los platos a la carta. 5.4.3. El adjudicatario enviará a la Oficina Logística Central el día 15 de cada mes, el listado de menús del mes siguiente para que el primer día de cada mes se informe en la web de la universidad.

5.4.4. EL menú mensual incluirá información escrita del análisis nutricional (HC, Proteínas, grasas) y aportación calórica de cada menú diario ofertado que también se publicará para información de los usuarios.

6.- DESAYUNOS DE TRABAJO, COCTELES Y REUNIONES

El adjudicatario tendrá la obligación, a solicitud de la universidad, de servir desayunos de trabajo y cócteles, además de colocar en los puntos donde ésta le indique, una botella de agua y una copa por conferenciante cuando se organicen coloquios, mesas redondas etc.La universidad no contrae ningún compromiso de contratar en exclusiva este tipo de servicios con el adjudicatario.

6.1. Desayunos de trabajo:

Este servicio se realiza en diferentes dependencias de la universidad (salas de reuniones, ...) previa petición a la empresa con 24 horas de antelación con carácter general. En la oferta los licitadores deberán presentar como mínimo 6 variedades de desayunos acordes con los precios siguientes (IVA incluido):

2,20 € por asistente 3,00 € por asistente 4,30 € por asistente

La composición de estos desayunos de trabajo deben tener las siguientes variedades de productos: Café, leche, infusiones, descafeinados, zumos de naranja natural, zumos envasados, agua mineral, mini bollería, pastas, mini sándwiches, pulguitas variadas (con pan blanco o integral). Deben incorporarse en la oferta algunos productos de comercio justo; café, azúcar y zumos.

Los precios de la oferta de 4,30 € incluirán siempre el coste de personal a razón de un camarero por cada 40 servicios. Las otras variedades que se hagan deberán incluir el coste de personal en el precio o separadamente, indicando la ratio de servicio (IVA incluido).

6.2. Cócteles:

Los licitadores deberán presentar un listado de variedades para la elaboración de los distintos cócteles de la manera siguiente: para cada precio debe presentar una lista de varios productos combinables entre sí de forma que se puedan obtener diferentes composiciones eligiendo varios de ellos. Las ofertas presentadas deberán ajustarse a los siguientes precios (IVA incluido):

12,00 € por asistente 18,00€ por asistente 22,00€ por asistente 30,00€ por asistente 36,00 € por asistente

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La oferta debe incluir productos elaborados, con una presencia adecuada, productos variados y adaptados a la temporada, escasa presencia de fritos y rebozados; así como la incorporación de artículos de comercio justo.

Los precios incluirán el coste de personal a razón de un camarero por cada 30 servicios y a razón de un camarero por cada 20 servicios en el caso del cóctel de 30,00€ y 36,00€.

7.- TERRAZAS DE CAFETERÍA

7.1. El servicio de terraza se limitará a bebida y comida rápida (raciones, sándwiches, baguettes, etc.) que el usuario se servirá.

7.2. Correrá por cuenta del adjudicatario la instalación y mantenimiento del mobiliario propio de terraza, comprendiendo éste una dotación mínima por ubicación que a continuación se detalla y que será susceptible de ampliarse por parte del adjudicatario:

Terraza cafetería edificio 16 (Getafe): 15 mesas, 77 sillas, 7 biombos o separadores (necesarios para delimitar el perímetro de la terraza), 2 carritos de recogida de bandejas.

Terraza cafetería Edificio Miguel de Unamuno (Colmenarejo): 16 mesas y 36 sillas, 2 carritos de recogida de bandejas.

Terraza cafetería Edificio Sabatini (Campus Leganés) 10 mesas y 36 sillas, 2 carritos de recogida de bandejas

Sombrillas, elementos delimitadores del perímetro de la terraza, ceniceros, papeleras y otros receptores de basura en la cantidad y modelo adecuado que indique la universidad Carlos III.

Cartelería y señales necesarias para solicitar el buen uso de las terrazas. 7.3. Para instalar mobiliario con publicidad, el adjudicatario tendrá que solicitar la autorización de la universidad; en cualquier caso está prohibido instalar mobiliario con publicidad de alcohol o tabaco.

7.4. Será obligación del adjudicatario mantener las terrazas y el mobiliario en buen estado de limpieza, velando en todo momento por la correcta utilización del espacio. Así mismo, tendrá obligación de retirar al término de cada jornada todo el mobiliario, quedando éste recogido en el sitio y en la forma que la universidad establezca.

8.- PRODUCTOS ALIMENTICIOS

8.1. Todos los productos servidos por el adjudicatario han de cumplir todos los aspectos que especifica la actual normativa legal, (R.D. 1334/1999 de 31 de julio por el que se aprueba la norma general de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios, R.D. 2207/1995 de 28 de diciembre por el que se establecen las normas de higiene relativas a los productos alimenticios y el Reglamento CE 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo de 29 de abril de 2004 relativo a la higiene de los productos alimentarios), de marcas blancas de prestigio en el mercado o de marcas reconocidas, tener el registro correspondiente, y ser correctamente manipulados. Así mismo las empresas suministradoras de carnes, pescados y frutas han de garantizar la trazabilidad de los mismos (Reglamento CE 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria).En lo referente a los productos de pesca, la empresa adjudicataria se ajustará a lo establecido en el R.D. 1420/2006, de 1 de Diciembre sobre prevención por anisakis.

8.2. Calidad y cantidad en los artículos ofertados:

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1.- Huevos frescos (categoría A), clase mínima L (63-73 gr.) Tendrán la fecha de caducidad anotada en el propio producto. En ningún caso se admitirá la utilización de huevos con la fecha vencida.

Tendrán la cáscara limpia y se guardarán en el frigorífico. Los huevos que se hayan de utilizar durante el día se lavarán con agua ligeramente tratada con lejía. Huevo líquido entero pasteurizado. 2.- Aceites de mesa: Se servirán de oliva suave.3.- Aceites de freír: sólo se usará oliva o girasol La empresa adjudicataria se atendrá a lo establecido en la Orden de 26 de Enero de 1989, por la que se aprueba la norma de calidad para los aceites y grasas calentadas. Posterior referencia: se añade el apartado 3 al art.8, por de Orden de 1 de Febrero de 1991.4.- Pasta de sopa. De sémola de trigo duro y de calidad.5.- Hortalizas y verduras frescas. Preferentemente frescas y de temporada. Todas se recibirán en envase con un etiquetado de acuerdo a la reglamentación específica y con limpieza garantizada en origen. Hortalizas y verduras, congeladas. De categoría Extra ó Primera. Deberán ser de marcas acreditadas y de primera calidad6.- Legumbres y arroz de calidad Extra ó Primera.7.- Embutidos escaldados y hervidos. En ningún caso calidad fiambre. De categoría Extra o Primera. No se ofrecerán salchichas tipo “frankfurt” y similares. El jamón cocido, con bajo contenido en grasa.8.- Jamón curado. Calidad serrano.9.- Conservas. Los productos vegetales de categoría Extra o Primera. Los derivados de pescado, con aceite de oliva.10.- Congelados (pescado y carnes). Se guardarán en el envase reglamentario de origen y en compartimentos separados cerrados. Extra o 1ª Marca. Se comprobarán las temperaturas en el momento de la recepción de la mercancía y se realizarán verificaciones de temperaturas de congelación.11.- Pescado y carne frescos. Se guardarán en envase idóneo y en compartimentos separados cerrados. Las piezas de carne con etiqueta con anotaciones de frigorífico de origen, tipo de carne, caducidad y códigos normativos. Mínimo Primera (fresco). Se comprobarán las temperaturas en el momento de la recepción de la mercancía y se realizarán verificaciones de temperaturas de refrigeración. 12.- Leche y lácteos. Tanto la leche como los productos lácteos podrán ser enteros, semidesnatados, o desnatados Extra o Primera Marca. Se realizarán verificaciones de las temperaturas de refrigeración. 13.- Queso: de leche de vaca pasteurizada, con bajo contenido de grasa. Sin conservantes.14.- Frutas. El suministro en cajas con el etiquetado de acuerdo a la reglamentación específica. Categoría Extra o de Primera.15.- Café. Se distinguirán, solamente, dos tipos de café, mezcla (70% natural y 30 % torrefacto) de 1ª calidad y el de Comercio Justo. Marca café categoría reconocida.16.- Pan y derivados. El pan tendrá siempre la última manipulación el mismo día de consumo.17.- Salsas y otros. Marcas de reconocido prestigio.

Se procurará en la medida de lo posible que los envases sean reciclables y provengan de materiales reciclados.

8.3. La Oficina Logística Central efectuará periódicamente controles de calidad por sí misma o mediante empresas especializadas. Como resultado de los mismos se reserva el derecho de exigir por escrito la retirada de los productos que no reúnan las condiciones expresadas en el presente pliego, así como aquéllos que por su naturaleza o forma de preparación resulten inapropiados, pudiendo ser de aplicación sanciones conforme a la tabla estipulada en este pliego. El adjudicatario deberá atender este requerimiento en un plazo máximo de 15 días.

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8.4. La empresa adjudicataria será la única responsable de las alteraciones que puedan sufrir los productos alimentarios y de las consecuencias que, para la salud de los usuarios puedan derivarse.

8.5. La contratación y adquisición de artículos que se consuman en las cafeterías-restaurantes serán por cuenta exclusiva de la empresa adjudicataria, no pudiendo utilizar el nombre de la universidad Carlos III Madrid en sus relaciones con terceros, tanto por lo que afecte a clientes, proveedores o cualquier otra que pueda tener con personas a su servicio, haciéndose directamente responsable de la obligación que contraiga.

8.6. Los proveedores del adjudicatario deberán estar acreditados y atenerse a lo previsto en la normativa vigente.

8.7. La conservación, el almacenamiento de los alimentos, la preparación y servicio de las comidas deberá ajustarse a lo previsto en la normativa en vigor.

8.8. El adjudicatario deberá mantener las calidades durante el periodo de vigencia del contrato.

8.9 Para facilitar el control de las raciones servidas, a continuación se indica el peso mínimo que deberán tener:

Pan 50 gr. Yogures 125 gr. Queso curado 40 gr. Queso fresco 60 gr. Las ensaladas 250 gr. La ensalada como guarnición125 gr. La fruta como postre será de 1 pieza que deberá estar comprendida entre 75 y 150 gr. apro-

ximadamente. La carne (segundo plato) de 150 gr. a 200gr. En el menú a la carta será de 250gr El pescado de 200 gr. En el menú a la carta será de 250gr Huevos (ración de 2 huevos de 60 gr. cada uno). Verdura y hortalizas 200 gr. Verdura como guarnición 150 gr. Arroz, pasta, legumbres 50 a 75 gr. en crudo ó 250 gr. cocido. Patata (primer plato) 250 gr. cocida. Patata como guarnición 150 gr. Unidosis aceite 10cc. Unidosis vinagre 10cc.

8.10. El adjudicatario debe incorporar en desayunos, sándwiches y bocadillos alguna variedad de productos sin gluten para usuarios celíacos

8.11. La universidad podrá ir introduciendo productos de comercio justo y procedentes de la agricultura ecológica previo acuerdo con la empresa adjudicataria.

8.12 Certificación productos agricultura ecológica: Los productos de la agricultura ecológica se rigen en la Unión Europea por el reglamento (CE) nº 2092/91 y su subtítulo nº 834/2007 sobre producción y etiquetado de productos de agricultura ecológica. Sólo los productos vendidos en la Unión Europea que cumplan con los estándares mínimos de éstos reglamentos se podrán presentar como ecológicos. Los productos que se oferten deberán reunir estos requisitos

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8.13 Se consideraran válidos como productos de Comercio Justo aquellos que estén certificados por la Asociación del Sello de Productos de Comercio Justo (Fairtrade Labelling Organization) o procedan de Organizaciones de Comercio Justo acreditadas por IFAT (Asociación Internacional de Comercio Justo), así como aquellos que puedan acreditar documentalmente el cumplimiento de los principios citados en el Anexo V

9.-MÁQUINAS EXPENDEDORAS DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS Y BEBIDAS:

9.1 El adjudicatario de cada lote gestionará la explotación de las máquinas expendedoras de productos alimenticios y bebidas en el campus correspondiente.

9.2 En el punto 9.9 se detallan los productos más frecuentes, sin que la relación sea cerrada pudiéndose ampliar la oferta a propuesta de cualquiera de las partes con la aceptación de la universidad. Deben proveer productos de comercio normal y de Comercio Justo.

9.3 El actual parque de máquinas se relaciona en el cuadro siguiente:

 Campus Edificio Refrescos Bebidas Calientes Alimentos Elaborados

TOTAL = 45 máquinas

  Edificio 11 1 1 1 3

GETAFE Edificio 12 2 1 1 4

  Edificio 14 1 1  0 2

  Edificio 17 1 1 1 3

  Edificio 15 1 1 1 3

  TOTAL 6 5 4 15

  Edificio 2 2 1 1 4

  Edificio 3 2 1 1 4

LEGANÉS Edificio 4 2 1 1 4

  Edificio1 1 1 1 3

  Avd. Mediter. 2 1  0 3

  Juan Bennet 2 1  0 3

Parque Tecnológico 1 1 1 3

  TOTAL 10 6 4 24

COLMENAREJOO Edificio 1 2   1 3

  Edificio 2 1 1 1 3

  TOTAL 3 1 2 6

9.4. Está prohibida la instalación de máquinas expendedoras de bebidas alcohólicas o de tabaco, así como la instalación de cualquier tipo de máquina recreativa, de juego o similar.

9.5. Condiciones de explotación.

9.5.1 La universidad pone a disposición del adjudicatario zonas habilitadas para la instalación de las máquinas expendedoras, que deben ponerse en funcionamiento en el plazo máximo de 72 horas a partir del inicio de la prestación del servicio.9.5.2 El adjudicatario está obligado a colocar, al lado de las máquinas, contenedores de recogida de residuos para envases plásticos y para residuos orgánicos.

9.5.3 Estas máquinas estarán incluidas de forma expresa en las pólizas de Responsabilidad Civil establecidas en los pliegos en el punto 14

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 9.6 Características de las máquinas expendedoras.

9.6.1 En las máquinas expendedoras de bebidas calientes, debe haber una opción de café de Comercio Justo. A medida que las condiciones técnicas lo permitan, la universidad podrá solicitar al adjudicatario que introduzca otros productos de Comercio Justo (por ejemplo café descafeinado, cacao, té, etc.).

9.6.2 En el resto de máquinas expendedoras de alimentación, al menos existirá una gama de productos de Comercio Justo que corresponda al 10% del total de productos ofertados. El adjudicatario debe colocar información explicativa sobre el Comercio Justo en las partes visibles de las máquinas, e indicar qué productos son los que se ofrecen de Comercio Justo.

9.7 Mantenimiento de las máquinas.

9.7.1 El adjudicatario debe garantizar el correcto funcionamiento de todos sus puntos de venta asegurándose de que las máquinas estén en perfecto estado asumiendo los costes que ello conlleve, así como realizar las inspecciones técnicas de las instalaciones y tomar las medidas necesarias como resultado de las mismas

9.7.2 En caso de avería, las máquinas deben repararse en un plazo máximo de 24 horas. Si no fuera posible, deberá retirarse la máquina averiada y sustituirla por otra en el plazo de 72 horas.

9.7.3 El adjudicatario no puede poner máquinas alternativas, ni modificar las instaladas sin la aprobación de la universidad.

9.7.4 Todas las máquinas deben tener información escrita que indique dónde deben dirigirse en caso de incidencia: indicando un número de teléfono y la cafetería más cercana al lugar como punto de referencia para dirigirse personalmente. Es obligatorio que en todas las cafeterías haya una persona/s que atienda y resuelva las incidencias que se produzcan.

9.8 Informes de las operaciones realizadas.

El adjudicatario deberá informar a la universidad periódicamente sobre las ventas producidas en la máquinas, el listado de productos, procedencia y consumos medios por máquina; diferenciando los productos que son de Comercio Justo.La información debe suministrarse en formato electrónico según las indicaciones de la universidad trimestralmente junto con los informes a los que se hace mención en el punto 16.7 de este pliego.

9.9 Listado de productos:

Se relacionan a continuación los productos que como mínimo deben ofertarse. Así mismo se detallan para cada producto los precios máximos a partir de los cuáles el licitador tomará de referencia. No se pueden ofertar precios por encima de éstos.

Precios iva incluidoMÁQUINAS EXPENDEDORAS

BEBIDAS CALIENTES

Bebida Precio Variedad TipoCafé 0,50 € 7 con leche, capuccino, solo, cortado…

Café comercio justo 0,50 €Cacao 0,50 € 3 chocolate con leche, solo…

Café descafeinado 0,50 € 6 Con leche, capuccino, solo, cortado…

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Infusiones 0,50 € 3 Té con limón caliente,..

BEBIDAS FRÍAS

Bebida Precio Variedad TipoAgua 50cl 0,75 € 1 Aquabona

RefrescosBote 33 cl 0,95 € 6 Coca-Cola (light, normal, zero), Fanta

(naranja y limón) y Sprite

Botella de 50 cl 1,25€ 7 Coca-Cola (light, normal, zero), Fanta (naranja y limón), Sprite y Nordic Mist

Zumos brick 1,00 € 3

Bebida energética 1,75 € Red Bull

COMIDAComida Precio Variedad Tipo

Snack dulces 1,00 € 10 Halls, Mikado, Muesly, Kinder Bueno, Twix, Kit-Kat, M&M…

Snack salados 0,80 € 8 Patatas (sabores diferentes), Doritos…

Bollería 0,80 € 6 Galletas, Bolsas de dulces…

Sándwich 1,25 € 8 Sándwich vegetal, atún con tomate, croissant, bocadissimo…

Golosinas 0,80 € 2 Trident fresa y chocolate/caramelos

10.- FOMENTO DE LA ALIMENTACIÓN SANA

La universidad es un medio adecuado para realizar acciones de promoción de la salud, y puede contribuir a proteger la salud de los estudiantes y trabajadores fomentando una alimentación sana y la actividad física. Los comedores que ofrecen opciones dietéticas saludables pueden contribuir de manera significativa a la promoción de la salud en el lugar de trabajo. Por ello la universidad hará hincapié en hábitos saludables en lo que respecta a la alimentación contemplando lo ya mencionado en el punto 5.4 del pliego. La universidad podrá dar instrucciones, que las empresas adjudicatarias deberán cumplir, que tiendan a la mejora de la calidad, desde un punto de vista de la salud, de los productos que se suministren desde las cafeterías y a favorecer el consumo de productos saludables en detrimento de otros que puedan considerarse menos saludables.

11.- LOCALES, INSTALACIONES Y EQUIPOS

11.1. El adjudicatario recibirá en uso las instalaciones y equipos propiedad de la universidad Carlos III de Madrid necesarios para la prestación del servicio, debiendo velar por su limpieza, cuidado, mantenimiento y reparación, en su caso, hasta la finalización del contrato. Antes del inicio de la explotación, se realizará un inventario de todos los elementos existentes en los locales de explotación, inventario que será suscrito por las partes contratantes y quedando unida copia al contrato.

11.2. Si el adjudicatario creyera conveniente aumentar o completar el equipamiento y mobiliario existente, podrá hacerlo, sin pérdida del derecho de propiedad, siempre que sea de características similares al existente.

11.3. El material auxiliar necesario para la explotación del servicio, será aportado por el adjudicatario, conservando la propiedad de los mismos. Se entiende como material auxiliar, la vajilla, mantelerías, cristalería, cubiertos, menaje de cocina y otro tipo de material necesario para cocina, comedor, cafetería y cuartos de baño. En todo momento, estos serán suficientes y se mantendrán en perfecto uso. Este material deberá contar con la aprobación de la universidad.

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Todos los utensilios utilizados cubertería, vajilla, cristalería y demás utensilios necesarios para preparar los alimentos, deberán ser reutilizables, quedando prohibida la utilización de productos de un solo uso (salvo que su uso sea requerido por motivos sanitarios).

11.4. El adjudicatario tendrá derecho a recibir de la universidad los suministros de agua, electricidad, luz y teléfono para la prestación del servicio en las condiciones estipuladas en el apartado 2.2.del Anexo nº 1.

11.5. El inventario de los bienes entregados en uso al adjudicatario y el de los bienes aportado por éste, podrán ser revisados periódicamente por la universidad.

11.6. El adjudicatario deberá instalar como mínimo los siguientes microondas:

CAMPUS EDIFICIO NÚMERO

LEGANÉS

Padre Soler: Comedor de profesores 3Padre Soler: Comedor de alumnos 5Sabatini 2

LEGANÉS Parque Tecnológico 1

GETAFE

Principal: Comedor de alumnos 3Principal: Comedor de Profesores 1Luis Vives 0Edificio nº16 3

COLMENAREJOComedor de Profesores 1Comedor de alumnos 3

En el caso de que algún microondas se deteriore, el adjudicatario tiene la obligación de reponerlo en un plazo máximo de 24 horas.

11.7. El mantenimiento de las instalaciones, mobiliario y demás utensilios se realizará de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente y de acuerdo con el plan de mantenimiento recogido en el apartado 18 del Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. Si la Oficina Logística Central estima necesario incrementar algunos de los elementos del material auxiliar de cafetería tales como jarras, vasos, número de microondas, etc… el adjudicatario vendrá obligado a ponerlo

11.8. La limpieza necesaria para la explotación de las instalaciones y locales destinados al servicio de cafetería deberá realizarse de tal forma que no cause molestias a los usuarios. Se entiende que la limpieza abarca tanto el interior de las instalaciones como aquellos aspectos que dan al exterior: paredes, puertas y ventanas.

11.9. El adjudicatario deberá instalar como mínimo el siguiente número de máquinas expendedoras de tickets, en las que se incluirán los productos de cafetería, así como los menús del autoservicio:

CAMPUS EDIFICIO NÚMERO

LEGANÉS

Padre SolerComedor de profesores 0

Padre SolerCafetería de alumnos 2

Sabatini 1

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Parque Tecnológico 1

GETAFE

Principal cafetería de alumnos 2Principal de Profesores 0Luis Vives 0Edificio nº16 1

COLMENAREJOComedor de Profesores 0Comedor de alumnos 1

Con independencia de la posibilidad del pago de los productos se pueda realizar mediante la dispensación de

tickets, deberá admitirse, en cualquier momento, la posibilidad de efectuar el pago en metálico.

12.-PRECIOS

En el ANEXO II del presente Pliego de Prescripciones Técnicas, se detalla información básica de la facturación de cafeterías durante el año 2009, por centros, según la información facilitada por el adjudicatario actual.

12.1. Los precios de los artículos de cafetería y comedor son los que se indican en el Anexo IV adjunto a este Pliego

12.2. No se admitirá ninguna oferta en la que el precio sea superior a los publicados.

12.3. El adjudicatario se compromete a mantener vigentes los precios detallados en el mencionado Anexo IV por el periodo de un año.

12.4. Anualmente se podrá realizar una revisión de precios que las partes, de mutuo acuerdo, estimen oportuna. La propuesta de variación de precios tendrá que ser formulada por escrito por el adjudicatario. El incremento máximo que se podrá aplicar será el equivalente al 85 % del IPC publicado por el INE (Sector Hoteles, Cafés y Restaurantes), tomando como referencia la variación mayo sobre mayo de cada año.

12.5. Si durante la explotación del servicio se quisiera introducir otros artículos no incluidos en el presente Pliego, deberá someterse a la aprobación de la Oficina Logística Central tanto los artículos como los precios de los mismos.

12.6. El adjudicatario deberá tener expuesto al público en lugar visible y accesible:

- La lista oficial de precios autorizada por la universidad a la que deberá atenerse en todo momento sellada por la Oficina Logística Central.- Carteles informativos con los productos que se ofertan, menús, horarios, máquinas vending, oferta de productos de comercio justo, información nutricional.- Información de que existen a disposición de todos lo usuarios del servicio las “Hojas de reclamaciones” que establezca la legislación vigente.- La posibilidad que tienen los usuarios de formular sugerencias e incidencias a través de la página web de la universidad

En cuanto a cualquier otro tipo de cartelería que el adjudicatario quiera exponer, deberá informar previamente a la Oficina Logística Central que tendrá que estimar la petición de instalación de esos carteles

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El contratista se abstendrá de hacer cualquier publicidad dentro del recinto del local que no sea la propia de su destino y función.

12.7. A la finalización del contrato, el adjudicatario será responsable de reembolsar los “bonos de comida” que no hubieran sido consumidos.

13.- DIRECCIÓN Y CONTROL

13.1. El adjudicatario designará a una persona de su empresa como responsable del Servicio que será el interlocutor con los responsables de la Oficina Logística Central. Esta persona debe tener dedicación plena y será el responsable máximo de todos los servicios objeto de esta licitación. Ambas partes deberán resolver de mutuo acuerdo las incidencias que puedan surgir del funcionamiento de los servicios.

13.2. El Responsable de la empresa se reunirá cada dos meses con los responsables de las Oficinas Logísticas para efectuar el seguimiento de toda la actividad recogida en el pliego, incluido el seguimiento de las actividades de mantenimiento. 13.3. Así mismo, la empresa proporcionará una dirección de correo electrónico para la comunicación y notificación de incidencias.

14.- POLIZA DE SEGUROS

El adjudicatario, previamente a la formalización del contrato, deberá justificar la suscripción de las siguientes pólizas de seguros:

14.1 Póliza de Responsabilidad Civil de acuerdo a las siguientes garantías y límites por siniestro (los importes consignados se entenderán como mínimos):

Responsabilidad Civil de Explotación: 150.000 € Responsabilidad Civil Patronal: 150.000 € Responsabilidad Civil de Productos: 150.000 € Responsabilidad Civil Locativa: 150.000 € Sublímite por víctima: 90.000 €

14.2 Póliza Multirriesgo que cubra las siguientes situaciones de riesgo:

Campus de Getafe:- Edificio Principal: 420.000 €- Edificio Luis Vives: 25.000 €- Edificio nº16: 65.000 €

Campus de Leganés:- Edificio Sabatini: 80.000 €- Edificio Padre Soler: 260.000 €- Parque Tecnológico: 90.000 €

Campus de Colmenarejo:- Edificio Miguel de Unamuno: 155.000 €

15.- PERSONAL

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15.1. El adjudicatario deberá mantener, con respecto al personal, todos los derechos y obligaciones inherentes a su condición de empresario, a tenor de la legislación laboral y social vigente en cada momento, sin que en ningún caso pueda alegarse derecho alguno por dicho personal en relación con la universidad Carlos III Madrid, ni exigirse a ésta responsabilidad de cualquier clase, como consecuencia de las obligaciones existentes entre el adjudicatario y sus trabajadores aún cuando las incidencias que le afecten sean por causa del incumplimiento, desarrollo, rescisión e interpretación del contrato. El personal estará adecuadamente uniformado.

15.2. El adjudicatario estará obligado a dar de alta a todo el personal en la Seguridad Social y a justificar el pago de las cuotas en los informes cuatrimestrales, tener cubierto el riesgo de accidentes de trabajo, atenerse a lo dispuesto en el Convenio colectivo de “Hostelería y Actividades Turísticas-Restauración de la Comunidad de Madrid” y velar por el cumplimiento de la legislación sobre higiene y seguridad en el trabajo. En el momento de la contratación, el empleado deberá tener vigente el correspondiente carnet de manipulador de alimentos o documento análogo, renovándolo periódicamente de acuerdo con la normativa vigente y podrá ser exigido por la oficina logística central en cualquier momento.

15.3. En el primer mes de inicio de la prestación, el adjudicatario deberá presentar a Oficina Logística Central copia del carnet de manipulador de alimentos de los trabajadores y copia de los contratos de trabajo. Cada vez que se produzca un cambio de trabajador o la sustitución de una modalidad contractual por otra, el adjudicatario deberá notificarlo a la Oficina Logística Central.

15.4. En el Anexo III del presente Pliego se recoge la relación de trabajadores que presta actualmente servicio en las cafeterías de la Universidad Carlos III Madrid.

15.5. El adjudicatario tiene la obligación de atender el servicio con el suficiente número de personas que garantice el funcionamiento del mismo. Para lo cuál hay que tener en cuenta que las horas del desayuno (de 11h a 12h) y del mediodía (entre las 13h y las 16h) son horas de gran afluencia de usuarios debido a los descansos tanto de estudiantes como de los trabajadores del centro.

15.6. Si la universidad, a través de la Oficina Logística Central, considera que algún aspecto del servicio no esta lo suficientemente cubierto, podrá pedir al adjudicatario que dote el mismo con el personal que esta Unidad estime necesario. Así mismo, el adjudicatario deberá contar con carácter previo a la celebración de cualquier contrato de trabajo con personas que vayan a prestar servicio en las instalaciones de la universidad con una autorización expresa de la Oficina Logística Central.

15.7. En caso de huelga, la empresa adjudicataria deberá garantizar los servicios mínimos imprescindibles para el buen funcionamiento del servicio. Estos servicios mínimos deberán ser pactados con la universidad.

15.8. Las obligaciones del adjudicatario nacen con la firma del contrato y el inicio de la actividad, no siendo responsable de las eventuales irregularidades que pudieran corresponder a periodos anteriores.

15.9. El trato con los usuarios del personal que preste el servicio, deberá de ser en todo momento de la máxima corrección y amabilidad. Si la universidad apreciara que la atención que se dispensa a los usuarios del servicio no es la adecuada, podrá exigir al adjudicatario, a través de la Oficina Logística Central que adopte las medidas oportunas para corregir estas deficiencias.

15.10. En caso de ausencias del personal por enfermedad, sanciones de la empresa, vacaciones reglamentarias u otras causas análogas, las plazas deberán ser cubiertas en un plazo máximo de 24 horas, con cargo al adjudicatario, de forma que se mantenga suficientemente cubierto el servicio.

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15.11. El personal que preste el servicio deberá cumplir en todo momento lo dispuesto en la normativa vigente. En cualquier caso, todo el personal deberá ir correctamente uniformado. Los uniformes del personal serán a cargo del adjudicatario y deberán reponerse cuando presenten un aspecto deteriorado.

16.- OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

16.1. Pagar los impuestos, tributos y tasas, de cualquier clase, Estado, Comunidad Autónoma o Municipio, a que dé lugar la explotación del servicio. Especialmente estará obligado al pago del Impuesto sobre el Valor Añadido, por lo que los precios ofertados deberán tenerlo incluido.

16.2. Prohibición de la venta de cualquier de marca de tabaco y de bebidas alcohólicas de 20 º o más de graduación.

16.3. Velar porque no se efectúen consumos de bebidas fuera de los espacios establecidos.

16.4. Hacer respetar a los usuarios, incluso con advertencias personales por parte del personal del adjudicatario en caso de infracción, la legislación vigente y la normativa de la universidad sobre venta, prevención y restricción del uso del tabaco.

16.5. Permitir a los usuarios de cafeterías consumir en los locales donde se presta el servicio, productos no adquiridos en éstas a excepción de las bebidas adquiridas en el exterior, durante el horario de las comidas.

16.6. Adecuar sus instalaciones para posibilitar el pago de los servicios de cafetería y comedor mediante la “tarjeta inteligente de la universidad Carlos III Madrid” de acuerdo con las instrucciones de la universidad.

16.7. Elaborar un informe trimestral de gestión, en el que se recogerá toda la información diferenciando por meses y que se presentará a la Oficina Logística Central, con el siguiente detalle:

16.7.1. Número e importe de comidas ofrecidas durante el mes por cada tipo de menú en cada uno de los de los tres, dos o un campus de la universidad (según la adjudicación de los lotes).16.7.2 Número e importe de comidas en comedores reservados.16.7.3 Número, tipo e importe de desayunos de trabajo y cócteles.16.7.4 Número e importe de cada uno de los productos de cafetería consumidos en el mes por centro.16.7.5 Cambios en la plantilla de personal y motivos de los mismos con indicación expresa en su caso, de que no se han producido cambios. 16.7.6 Quejas expresadas por los usuarios del servicio en el libro de reclamaciones. Sin perjuicio de ello, el adjudicatario deberá informar de estas quejas a la Oficina Logística Central u Oficinas de campus en el plazo de 24 horas.16.7.7 Mejoras realizadas a iniciativa de la empresa.16.7.8 Propuestas de mejora, incluida la incorporación de nuevos productos.16.7.9 Incidencias surgidas en el funcionamiento del servicio de interés y trascendencia para la comunidad universitaria.16.7.10. Documento TC2 de los trabajadores del mes inmediatamente anterior a la fecha.16.7.11. Informes con los resultados de los análisis de instalaciones, superficies, equipamientos, de alimentos, etc, que la empresa haga por iniciativa propia.16.7.12 Información sobre los consumos de bollería fresca del día, productos agricultura ecológica y de comercio justo.

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El informe trimestral de gestión, a excepción de los documentos TC2 de los trabajadores, deberá ser facilitado tanto en soporte papel como en soporte informático a la Oficina Logística Central.

16.7.14. Elaborar un informe anual en el que recoja los datos estadísticos de los informes trimestrales indicados en el apartado anterior y una relación detallada de todos los gastos de mantenimiento efectuados por el adjudicatario.

17.- INSPECCIÓN Y SANCIONES17.1. Inspección

17.1.1. El adjudicatario tiene la obligación de elaborar y poner en práctica un sistema de autocontrol basado en los principios del sistema APPCC (Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico) de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 2207/1995 de 28 de diciembre, por el que se establece las normas de higiene relativas a los productos alimenticios.

17.1.2. La universidad velará por la calidad y la higiene del servicio mediante los mecanismos de inspección que estime pertinente y a través de los órganos que determine. A tales efectos, en el ejercicio de estas funciones, el personal que sea designado para esta misión, estará facultado para entrar en todos y cada uno de los locales y comprobar las condiciones de calidad, higiene y salubridad con que se cumple el servicio, así como cualquier otra de las obligaciones consignadas en este pliego.

17.1.3. Así mismo, la universidad podrá inspeccionar y deberá ser informada, cuando lo solicite, acerca de los productos empleados, o del proceso seguido para la elaboración de los menús, pudiendo ordenar o realizar por si misma los análisis, ensayos y comprobaciones que estime oportunas, así como las verificaciones de garantía de calidad y la legalidad de los proveedores.

17.1.4. En el caso de deficiencias en el servicio, se levantará un acta en el momento de la inspección, en la que se harán constar los motivos, y deberá ser firmada por el representante designado por la universidad y el representante de la empresa, al cuál se le entregará una copia, obligándose el adjudicatario a subsanar de forma inmediata las deficiencias e irregularidades que se descubran.

17.1.5. El adjudicatario queda obligado a poner en conocimiento de la Oficina Logística Central las inspecciones sanitarias realizadas por los Órganos de Inspección competentes y a remitir, en un plazo máximo de 24 horas, los informes y actas recibidos. En el caso de que se impongan sanciones, serán de cuenta del adjudicatario.

17.1.6. El adjudicatario contratará con los laboratorios competentes para ello el análisis periódico de los alimentos, debiéndose realizar como mínimo una muestra mensual. El resultado de esas pruebas será enviado a la Oficina Logística Central.

17.1.7. El adjudicatario congelará durante siete días una muestra de las comidas ofrecidas en los comedores, con el fin de poder ser analizada ante cualquier problema de salud o duda de calidad de los alimentos.

17.2. Sanciones e Intereses de demora

La universidad Carlos III de Madrid tendrá la facultad de imponer al adjudicatario las sanciones y correcciones que procedan por infracciones en la prestación del servicio.

17.2.1. Clasificación de faltas y sanciones:

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Las faltas en las que puede incurrir el adjudicatario se clasifican en leves, graves y muy graves. La Oficina Logística Central notificará por escrito o correo electrónico al adjudicatario las que se produzcan.

Se considera falta leve el cumplimento defectuoso de las obligaciones que correspondan al adjudicatario recogidas en los apartados 4 al 18, ambos inclusive, de este pliego.

Tienen la consideración de faltas graves el incumplimiento injustificado, a criterio de la UC3M, de las obligaciones del adjudicatario y, además:

a) La reincidencia en faltas leves que hayan sido motivo de comunicación.

b) No dar respuesta en el plazo máximo de 48 horas a las comunicaciones efectuadas por las Oficinas Logísticas relativas a problemas, incidencias, anomalías o irregularidades observados del servicio.

c) La actuación profesional deficiente, negligente o contraria a las normas que hubieran sido motivo de imposición de sanciones por los organismos competentes.

Constituye falta muy grave:a) La reincidencia en falta grave o la persistencia en la situación infractora sin rectificarla.b) El incumplimiento doloso de cualquiera de las obligaciones del adjudicatario establecidas

en este pliego

Las sanciones por faltas leves y graves tendrán carácter de amonestación o económico, a razón de entre 100 € y 500 € diarios cada una.

Las sanciones serán impuestas por el órgano de contratación, previo requerimiento por correo electrónico por parte de la Oficina Logística Central previa audiencia del adjudicatario dentro de los 10 días siguientes al envío de aquél.

El importe variable de la sanción a aplicar en las faltas graves y muy graves será a criterio del Director del Expediente que tendrá en consideración, dentro de la gravedad de la infracción, el perjuicio al usuario, la pérdida de imagen de la universidad, la importancia de las instalaciones objeto de la sanción, la reiteración de sanciones o amonestaciones anteriores sobre la misma causa sin corregir, etc.

La comisión de una falta muy grave, además de la sanción de carácter económico puede dar lugar a la resolución del contrato.

Las sanciones económicas se girarán junto con el primer recibo trimestral posterior a su imposición y se cargarán en la cuenta que el adjudicatario tiene abierta y que autoriza con la firma del contrato para los cobros y pagos con la universidad.

FALTA PENALIZACION

1 Incumplimiento de directrices de la universidad De 100€ a 500€ diarios

2

Por la no implementación de mejoras ofrecidas en la oferta en el pliego técnico conforme a lo indicado en el

apartado 6.2.2.1 del Anexo I del Pliego de Cláusulas Administrativas (*)

De 100€ a 500€ diarios

3 Por no entregar los informes de prestación y o seguimiento del servicio De 100€ a 500€ diarios

4 Por no incluir la información de aportación calórica en los menús De 100€ a 500€ diarios

5 Por el incumplimiento de las calidades y cantidades mínimas de los productos del punto 8 y 9 del pliego De 100€ a 500€ diarios

6 Por la no reparación/sustitución de las máquinas expendedoras de bebidas y comida (p. 9 del pliego)

De 100€ a 500€ diarios

7 Por la no atención de las averías de las máquinas

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expendedoras de bebidas y comida solicitadas por los usuarios 

De 100€ a 500€ diarios

8 Por no introducir productos de comercio justo en máquinas vending  De 100€ a 500€ diarios

9Por las quejas reiteradas referentes a la deficiente calidad de productos y servicios, así como de la mala prestación

del servicioSe podrá rescindir el contrato

10 Por incumplimiento reiterado de la cláusulas de este contrato Se podrá rescindir el contrato

(*) El incumplimiento de las otras mejoras a que refiere el apartado 6.2.2 del Anexo I del Pliego de Cláusulas Administrativas ofertadas en el plazo exigido dará lugar a la exigencia por la Universidad del importe en que se hubieren valorado.

17.2.2. Intereses de demora

El retraso en cualquier pago a la universidad por parte del adjudicatario devengará un interés de demora equivalente a la suma del tipo de interés del Banco Central Europeo antes del primer día del semestre natural de que se trate más siete puntos porcentuales. Los intereses de demora se devengarán desde el día en que se hubiera producido el impago de un recibo girado al adjudicatario.

18.- PLAN DE MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES

18.1. CONDICIONES GENERALES

18.1.1 El interlocutor responsable del mantenimiento de las instalaciones por parte de la empresa adjudicataria del servicio visitará con una frecuencia como mínimo mensual las instalaciones de cada campus. Despachará a estos efectos en cada campus con el correspondiente responsable de mantenimiento de la universidad. Tendrá disponibilidad completa ante cualquier requerimiento de la Universidad Carlos III.

18.1.2 La empresa adjudicataria nombrará un interlocutor en cada campus para atender las incidencias y con disponibilidad ante cualquier requerimiento.

18.1.3 La empresa adjudicataria realizará el mantenimiento preventivo y correctivo de todas las instalaciones, mobiliario, equipamiento e infraestructuras de la cafetería, dependencias anexas y accesos a ellas, estando incluido en el precio del contrato la mano de obra, los materiales, equipos, mobiliario y medios mecánicos y auxiliares necesarios para la realización de cualquier tarea relacionada con lo anterior. Este punto es válido también cuando las actuaciones en el mantenimiento preventivo o correctivo tengan que ser realizadas por empresas subcontratadas por la empresa adjudicataria.

18.1.4 El mantenimiento de cualquier instalación nueva, equipamiento o infraestructura que realice la universidad o el adjudicatario durante el periodo de vigencia de este contrato o de sus prórrogas se considerará incluido en este Pliego de forma automática.

18.1.5 Como norma general, en algunos capítulos (cámaras frigoríficas, campanas, desratización, legionella, ascensores, etc), la universidad exigirá la subcontratación de determinados servicios a empresas fabricantes, u homologadas y registradas por la CAM.

18.1.6 Durante el primer de mes de contrato, empresa adjudicataria debe enviar a la universidad la relación de empresas subcontratadas para que sean supervisadas por la universidad. La universidad se reserva el derecho de rechazar alguna empresa o de exigir la sustitución de algunos de sus operarios en caso de incumplimientos graves de las obligaciones de mantenimiento.

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18.1.7 Todo el personal que desarrolle tareas de mantenimiento en las instalaciones e infraestructuras de la cafetería estará debidamente equipado y uniformado según la normativa laboral vigente. Este vestuario será idéntico para los trabajadores de cada oficio, y será perfectamente identificable.

18.1.8 El personal estará integrado en el Plan de Emergencia del campus, realizando cuantas tareas fueran necesarias a tal fin.

18.1.9 La universidad podrá solicitar al adjudicatario la elaboración de presupuestos de obras o reparaciones, estudios económicos, informes o cualquier documentación que considere necesaria para el buen funcionamiento o la mejora de las infraestructuras e instalaciones.

18.1.10 . El personal de mantenimiento de la empresa adjudicataria conocerá el funcionamiento de las instalaciones, así como de sus distintos sistemas de control y protección, estando encargado de su manejo y funcionamiento. Estará encargado de la conducción diaria de las instalaciones a su cargo atendiendo los horarios y consignas provenientes del Responsable Mantenimiento de campus.

18.1.11 El adjudicatario deberá entregar un número de teléfono de atención 24 horas, donde se le podrá localizar en caso de emergencia. También aportará una dirección de correo electrónico para cualquier tipo de comunicación, aviso o requerimiento.

18.1.12 El adjudicatario asumirá las reparaciones y actualizaciones de se desprendan de las revisiones de carácter legal y administrativo de las instalaciones, equipos y equipamientos comprendidos en este contrato.

18.1.13 El adjudicatario redactará un informe trimestral firmado por su responsable en el que se deberá incluir, inexcusablemente, un capítulo por cada apartado del Plan de Mantenimiento en el que se indiquen, ordenados por campus y edificios, todas las operaciones de mantenimiento preventivo y correctivo realizadas en el periodo correspondiente. Dicho informe deberá contener, con la misma ordenación, también los siguientes apartados:

Consumos eléctricos, gas, agua, etc. por centro y contador Mejoras y reformas valoradas Estado y parámetros de funcionamiento Este informe debe entregarse a cada responsable de Mantenimiento de Campus, en mano en un acto formal en el que se repasará su contenido y se realizará una visita específica a las instalaciones. Finalizada la entrega del informe y la visita en las condiciones indicadas, el responsable de Mantenimiento de Campus entregará al responsable de la empresa un documento en el que se certifique que se ha cumplido con estas formalidades. Será condición indispensable para la aprobación y pago de las facturas de un trimestre, el que vayan acompañadas por el documento anterior correspondiente a ese periodo.

El modelo del informe deberá ser aprobado por las Oficinas Logísticas a propuesta de la empresa adjudicataria.

18.1.14Durante el primer mes del contrato, la empresa adjudicataria realizará un Plan de Mantenimiento detallado que deberá ser aprobado previamente por las Oficinas Logísticas. Cualquier variación en el calendario de una actividad de mantenimiento tendrá que ser comunicada con un mínimo de 15 días y tendrá que ser aprobada por la universidad Carlos III Madrid.

18.1.15Todos los trabajos amparados en el punto 18 y el Anexo VI deberán coordinarse con las obras y trabajos de mantenimiento del resto del campus, así como con el funcionamiento ordinario de las cafeterías.

18.2. CONDICIONES ESPECÍFICAS

Las condiciones específicas se detallan en el Anexo VI a este Pliego.

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ANEXOS AL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL SERVICIO DE CAFETERÍA Y RESTAURANTE EN LA UNIVERSIDAD CARLOS III DE MADRID

ANEXO I

TAMAÑO DE LAS CAFETERÍAS

CAMPUS DE GETAFE CAMPUS DE LEGANESCAMPUS DE

COLMENAREJO

Principal Luis Vives Edificio 16Parque Científico Padre A. Soler Sabatini

Miguel de Unamuno

Comedor PAS-PDI 142,00 594,25 287,00Comedor Reservado 71,30 57,75 60,40 35,50Cocina PAS-PDI 102,10 123,50 90,50Cafetería alumnos 311,19 445,25 287,00Comedor Alumnos 602,46 478,25Cocina alumnos 108,35 233,00 93,50Cafetería PAS/PDI-ALUM. 71,20 242,00 252,00Cocina PAS-PDI-ALUM. 12,00 75,25 66,50Cocina/Almacén 50 Cafetería 135Totales parciales 1.337,40 83,20 317,25 185 1.932,00 378,90 793,50TOTAL m2 5.027,25

CAPACIDAD DE LAS CAFETERÍAS (nº plazas sentados)

CAMPUS DE GETAFE CAMPUS DE LEGANESCAMPUSDE COLMENAREJO

Edificio 1

Luis Vives Edif.º 16

Parque Científico Padre A. Soler Sabatini Miguel de Unamuno

Comedor PAS-PDI 108 148 40Comedor Reservado 76 18 33Cafetería alumnos 149 148Comedor alumnos 436 258 185Cafetería PAS/PDI-ALUM. 48 130

76

132

Total 769 48 130 76 572 132 258

ANEXO II Facturación 2009

Facturación Cafetería 2009 (IVA incluido)CAMPUS Cafetería Facturación

GETAFE

Principal (Incluye Cafetería Luis Vives) 738.545,35 €

Edf. Nº 16 152.518,85 €

LEGANÉS

Padre Soler 556.423,75 €

Sabatini 169.615,77 €

Parque Tecnológico* 67.487,81 €

COLMENAREJO Miguel de Unamuno 116.047,12 €

TOTAL   1.800.638,65 €

Facturación    

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Coffee break, Cocktail, Almuerzos (incluyo profesores y rectorado   277.699,45 €

TOTAL   2.078.338,10 €*Desde marzo 2009

Datos facilitados por la actual empresa adjudicataria del servicio.

ANEXO III LISTADO DE PERSONAL

PERSONAL CAMPUS DE GETAFE

CENTRO ANTIGÜEDAD CATEGORIA CONTRATO  

GETAFE Edif.Pral 01/07/1987 COCINERO/A 100 INDEFINIDO A TIEMPO COMPLETO

GETAFE Edif.Pral 01/11/1977 COCINERO/A 100 INDEFINIDO A TIEMPO COMPLETO

GETAFE Edif.Pral 25/10/1991 AYTE COCINA 100 INDEFINIDO A TIEMPO COMPLETO

GETAFE Edif.Pral 05/01/1995 RESPONSABLE ASL 100 INDEFINIDO A TIEMPO COMPLETO

GETAFE Edif.Pral 23/03/1992 CAMARERO/A 100 INDEFINIDO A TIEMPO COMPLETO

GETAFE Luis Vives 01/09/2004 A.S.L. 200 INDEFINIDO A TIEMPO PARCIAL

GETAFE Luis Vives 01/09/1993 DPTE BARRA 100 INDEFINIDO A TIEMPO COMPLETO

GETAFE Humanidades 01/10/1993 AYTE COCINA 100 INDEFINIDO A TIEMPO COMPLETO

GETAFE Edif.Pral 13/10/2003 MAITRE (H) 100 INDEFINIDO A TIEMPO COMPLETO

GETAFE Edif.Pral 16/02/2005 A.S.L. 150 INDEFINIDO T.COMPLETO BONIFICADO

GETAFE Edif.Pral 17/03/2006 CAMARERO/A 109 CONVERSION DE TEMPORAL EN INDEFINIDO T.COMPLETO

GETAFE Edif.Pral 01/05/1996 CAMARERO/A 100 INDEFINIDO A TIEMPO COMPLETO

GETAFE Edif.Pral 01/10/1996 DPTE BARRA 100 INDEFINIDO A TIEMPO COMPLETO

GETAFE Edif.Pral 15/01/1990 DPTE BARRA 100 INDEFINIDO A TIEMPO COMPLETO

GETAFE Humanidades 01/09/2003 PINCHE 300 PARA LA REALIZACION DE TRABAJOS FIJO DISCONTINUOS

GETAFE Humanidades 01/10/2007 A.S.L. 300 PARA LA REALIZACION DE TRABAJOS FIJO DISCONTINUOS

GETAFE Humanidades 01/10/2007 A.S.L. 300 PARA LA REALIZACION DE TRABAJOS FIJO DISCONTINUOS

GETAFE Humanidades 17/09/2007 PINCHE 300 PARA LA REALIZACION DE TRABAJOS FIJO DISCONTINUOS

GETAFE Humanidades 25/09/2007 A.S.L. 300 PARA LA REALIZACION DE TRABAJOS FIJO DISCONTINUOS

GETAFE Humanidades 02/10/1997 A.S.L. 300 PARA LA REALIZACION DE TRABAJOS FIJO DISCONTINUOS

GETAFE Luis Vives 01/10/2007 A.S.L. 300 PARA LA REALIZACION DE TRABAJOS FIJO DISCONTINUOS

GETAFE Luis Vives 02/09/2005 A.S.L. 350 INDEFINIDO FIJO DISCONTINUO INICIAL FOMENTO EMPLEO

GETAFE Edif.Pral 13/03/1995 DPTE BARRA 300 PARA LA REALIZACION DE TRABAJOS FIJO DISCONTINUOS

GETAFE Edif.Pral 02/10/2006 DPTE BARRA 389 CONVERSION TEMPORAL EN INDEFINIDO FIJOS DISCONTINU

GETAFE Edif.Pral 01/09/2004 A.S.L. 300 PARA LA REALIZACION DE TRABAJOS FIJO DISCONTINUOS

GETAFE Edif.Pral 10/12/1991 DPTE BARRA 300 PARA LA REALIZACION DE TRABAJOS FIJO DISCONTINUOS

GETAFE Edif.Pral 01/09/2006 A.S.L. 300 PARA LA REALIZACION DE TRABAJOS FIJO DISCONTINUOS

GETAFE Edif.Pral 08/09/2008 DPTE BARRA 300 PARA LA REALIZACION DE TRABAJOS FIJO DISCONTINUOS

GETAFE Edif.Pral 02/04/1997 A.S.L. 300 PARA LA REALIZACION DE TRABAJOS FIJO DISCONTINUOS

GETAFE Edif.Pral 03/02/1992 CAJERO (IV) 300 PARA LA REALIZACION DE TRABAJOS FIJO DISCONTINUOS

GETAFE Edif.Pral 01/10/2007 A.S.L. 350 INDEFINIDO FIJO DISCONTINUO INICIAL FOMENTO EMPLEO

GETAFE Edif.Pral 10/09/2007 AYTE COCINA 300 PARA LA REALIZACION DE TRABAJOS FIJO DISCONTINUOS

GETAFE Edif.Pral 03/09/2001 A.S.L. 300 PARA LA REALIZACION DE TRABAJOS FIJO DISCONTINUOS

GETAFE Edif.Pral 03/09/2007 A.S.L. 300 PARA LA REALIZACION DE TRABAJOS FIJO DISCONTINUOS

GETAFE Edif.Pral 03/02/1990 DPTE BARRA 300 PARA LA REALIZACION DE TRABAJOS FIJO DISCONTINUOS

GETAFE Edif.Pral 11/01/2010 A.S.L. 402 DUR.DETERM.T.COMPLETO EVENTUAL CIRCUNST.PRODUC

GETAFE Edif.Pral 21/01/2010 A.S.L. 410 DURACION DETERMINADA DE INTERINIDAD T.COMPLETO

GETAFE Edif.Pral 22/02/2010 A.S.L. 510 DURACION DETERMINADA TIEMPO PARCIAL INTERINIDAD

PERSONAL CAMPUS DE LEGANÉS

CENTRO ANTIGÜEDAD CATEGORIA CONTRATO  

LEGANES Sabatini 01/07/2003 RESPONSABLE ASL 100 INDEFINIDO A TIEMPO COMPLETO

LEGANES Padre Soler 01/10/1996 CAMARERO/A 100 INDEFINIDO A TIEMPO COMPLETO

LEGANES Padre Soler 15/09/1993 DPTE BARRA 100 INDEFINIDO A TIEMPO COMPLETO

LEGANES Padre Soler 03/09/2001 COCINERO/A 100 INDEFINIDO A TIEMPO COMPLETO

LEGANES Padre Soler 20/06/1990 DPTE BARRA 100 INDEFINIDO A TIEMPO COMPLETO

LEGANES Padre Soler 08/01/1993 A.S.L. 100 INDEFINIDO A TIEMPO COMPLETO

LEGANES Padre Soler 19/09/2005 ADMINISTRATIVO/A 100 INDEFINIDO A TIEMPO COMPLETO

LEGANES Sabatini 02/09/2002 DPTE BARRA 300 PARA LA REALIZACION DE TRABAJOS FIJO DISCONTINUOS

LEGANES Sabatini 03/09/2007 A.S.L. 300 PARA LA REALIZACION DE TRABAJOS FIJO DISCONTINUOS

LEGANES Sabatini 01/09/2004 A.S.L. 300 PARA LA REALIZACION DE TRABAJOS FIJO DISCONTINUOS

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LEGANES Padre Soler 01/09/2000 A.S.L. 300 PARA LA REALIZACION DE TRABAJOS FIJO DISCONTINUOS

LEGANES Padre Soler 01/09/2004 DPTE BARRA 300 PARA LA REALIZACION DE TRABAJOS FIJO DISCONTINUOS

LEGANES Padre Soler 01/08/2001 A.S.L. 300 PARA LA REALIZACION DE TRABAJOS FIJO DISCONTINUOS

LEGANES Padre Soler 10/09/2001 RESPONSABLE ASL 300 PARA LA REALIZACION DE TRABAJOS FIJO DISCONTINUOS

LEGANES Padre Soler 01/09/2004 AYTE COCINA 300 PARA LA REALIZACION DE TRABAJOS FIJO DISCONTINUOS

LEGANES Padre Soler 01/09/2004 A.S.L. 309 INDEFINIDO FIJO DISCONTINUO TRANS.FOMENTO EMPLEO

LEGANES Padre Soler 01/09/2004 A.S.L. 300 PARA LA REALIZACION DE TRABAJOS FIJO DISCONTINUOS

LEGANES Padre Soler 01/10/1996 COCINERO/A 300 PARA LA REALIZACION DE TRABAJOS FIJO DISCONTINUOS

LEGANES Sabatini 23/03/2007 A.S.L. 300 PARA LA REALIZACION DE TRABAJOS FIJO DISCONTINUOS

LEGANES Padre Soler 02/10/1996 A.S.L. 300 PARA LA REALIZACION DE TRABAJOS FIJO DISCONTINUOS

LEGANES Padre Soler 16/04/2007 A.S.L. 300 PARA LA REALIZACION DE TRABAJOS FIJO DISCONTINUOS

LEGANES Padre Soler 18/09/2006 A.S.L. 300 PARA LA REALIZACION DE TRABAJOS FIJO DISCONTINUOS

LEGANES Padre Soler 01/10/2007 A.S.L. 300 PARA LA REALIZACION DE TRABAJOS FIJO DISCONTINUOS

LEGANES Padre Soler 18/09/2006 A.S.L. 300 PARA LA REALIZACION DE TRABAJOS FIJO DISCONTINUOS

LEGANES Sabatini 01/09/2004 A.S.L. 300 PARA LA REALIZACION DE TRABAJOS FIJO DISCONTINUOS

LEGANES Sabatini 02/09/2002 AYTE.COCINA 300 PARA LA REALIZACION DE TRABAJOS FIJO DISCONTINUOS

PERSONAL CAMPUS DE COLMENAREJO

CENTRO ANTIGÜEDAD CATEGORIA CONTRATO  

COLMENAREJO 30/08/2002 CAMARERO/A 100 INDEFINIDO A TIEMPO COMPLETO

COLMENAREJO 03/02/1993 CAMARERO/A 100 INDEFINIDO A TIEMPO COMPLETO

COLMENAREJO 13/03/2007 JEFE/A COCINA 100 INDEFINIDO A TIEMPO COMPLETO

COLMENAREJO 03/09/2007 A.S.L. 300 PARA LA REALIZACION DE TRABAJOS FIJO DISCONTINUOS

COLMENAREJO 02/06/2006 DPTE. BARRA 300 PARA LA REALIZACION DE TRABAJOS FIJO DISCONTINUOS

COLMENAREJO 15/02/2010 A.S.L. 410 DURACION DETERMINADA DE INTERINIDAD T.COMPLETO

PERSONAL PARQUE CIENTÍFICO

Parque Científico 27/11/2007 A.S.L. 100 INDEFINIDO A TIEMPO COMPLETO

Parque Científico 16/05/2000 COCINERO/A 100 INDEFINIDO A TIEMPO COMPLETO

Parque Científico 02/12/2009 A.S.L. 502 DUR. DETERM. T. PARCIAL EVENTUAL CIRCUNST. PRODUC

ANEXO IV

LISTADO DE PRECIOS( IVA incluido)

Bebidas CalientesLECHE 0,60 €TÉ (INCLUIDO VERDE Y NEGRO) , TILA, MANZANILLA O POLEO 0,70 €CAFÉ SOLO, DESCAFEINADO ( MÁQUINA O SOBRE), CORTADO, CON LECHE 0,80 €CAFÉ DE COMERCIO JUSTO SOLO O CON LECHE 0,80 €COLACAO 0,85 €CAFÉ CAPUCCINO 1,10 €DESAYUNO CON TOSTADA, BOLLERÍA ( A LA PLANCHA), DONUTS 1,35 €

DESAYUNO CON TOSTADA; BOLLERÍA; DONUTS O BOLLERÍA A LA PLANCHA Y ZUMO NATURAL 2,50 €

Bebidas FríasVASO DE LECHE 0,60 €YOGHURT 0,70 €TARRINA DE HELADO 0,75 €BATIDOS VARIADOS 1,05 €ZUMOS VARIADOS 1,05 €ACTIMEL / DANAO 1,15 €ZUMOS DE FRUTA NATURAL 1,65 €

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RefrescosCOCA COLA Postmix 0,80 €FANTA NARANJA, LIMÓN Postmix 0,80 €TÓNICA Postmix 0,80 €BOTE DE TRINARANJUS 0,90 €BOTE DE COCA COLA, FANTA 0,95 €COCA COLA Y FANTA PET 1,25 €NESTEA, AQUARIUS lata 1,25 €

Bollería y OtrosBOLLERIA VARIADA, TOSTADA O BARRITA A LA PLANCHA CON MANTEQUILLA 0,75 €

BOLSA PATATAS FRITAS Y OTROS (tamaño mediano) 0,80 €CHOCOLATINAS, CICHLES, GOLOSINAS 0,80 €TARTA DE DIFERENTES GUSTOS (ración) 1,95 €

AguaBOTELLA 1/3 l. 0,50 €BOTELLA ½ l. 0,75 €BOTELLA 1 l. 1,15 €

BebidasCAÑA DE CERVEZA 1,00 €CERVEZA 1/5 1,05 €CERVEZA 1/3 1,15 €BOTE DE CERVEZA SIN ALCOHOL 1,15 €

Hamburguesas  NORMAL 2,20 €CON QUESO 2,30 €DOBLE 3,45 €COMPLETA CON PATATAS Y REFRESCO 4,40 €

RacionesCROQUETA (unidad) 0,35 € BRAVAS, PATATAS ALI-OLI 1,35 €EMPANADA 1,75 €PIZZA 1,75 €ENSALADA ESPAÑOLA 2,65 €QUESO MANCHEGO 3,05 €JAMÓN SERRANO 3,15 €

Platos CombinadosREDUCIDO 4,00 €COMPLETO 4,75 €VEGETARIANO 4,75 €

Croissant saladosJAMÓN YORK 1,25 €EMBUTIDOS 1,35 €QUESO 1,35 €JAMÓN SERRANO 1,45 €ATÚN 1,45 €VEGETAL 1,45 €TORTILLA 1,60 €VEGETAL CON QUESO 1,70 €

Sándwiches JAMÓN YORK 1,20 €

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QUESO 1,20 € MIXTO 1,40 €VEGETAL 1,40 €EMPAQUETADOS 1,45 € MIXTO CON HUEVO 1,85 €VEGETAL CON HEVO 1,85 € VEGETAL CALIENTE 1,85 €

Baguettes1 COMPONENTE: chorizo, salami, vegetal, queso, jamón, etc 1,75 €2 COMPONENTES: bacon, atún, jamón serrano, jamón dulce, tortilla de patatas (con queso fundido tomate) 2,10 €CALIENTES: bacon con queso, lomo con queso, ternera con pimientos, lomo con pimientos, filete de pollo mahonesa y tomate 2,10 €ESPECIALES: tres componentes: salmón, huevo, pepinillo, queso, lomo, filete de pollo, tomate, pimientos 2,30 €

BocadillosCHORIZO 50 gr. / SALCHICHÓN 50 gr. 1,20 €QUESO 50 gr. 1,20 €TORTILLA ESPAÑOLA 1,20 €TORTILLA FRANCESA 1 HUEVO 1,20 €BONITO 50 gr. 1,50 €BACON 50 gr. 1,50 €LOMO 100 gr. 1,70 €QUESO MANCHEGO 50 gr. 1,70 €JAMÓN SERRANO 50 gr. 1,70 €PEPITO TERNERA 2,25 €

Bocadillo con dos componentesCHORIZO 50 gr. / SALCHICHÓN 50 gr. CON QUESO 50 gr. 1,50 €TORTILLA ESPAÑOLA CON TOMATE RODAJAS O MAHONESA 1,50 €TORTILLA FRANCESA 1 HUEVO TOMATE RODAJAS O MAHONESA 1,50 €BONITO 50 gr. CON TOMATE RODAJAS O PIMIENTOS ROJOS O MAHONESA 1,70 €BACON 50 gr. CON QUESO O PIMIENTOS ROJOS 1,70 €JAMÓN SERRANO 50 gr. con rodajas de tomate 1,90 €SALMÓN CON LECHUGA O TOMATE O HUEVO 1,90 €LOMO 100 gr. CON TOMATE RODAJAS 1,90 €QUESO MANCHEGO 50GR. CON JAMÓN SERRANO 50 GR. 2,50 €

Pulgas y MontadosCHORIZO 50 gr. 0,85 € TORTILLA ESPAÑOLA 0,85 €PINCHO DE TORTILLA 0,85 €SALCHICHÓN 50 gr. 0,85 €BONITO 70 gr 1,00 €QUESO MANCHEGO 50 gr. 1,00 €JAMÓN SERRANO 50 gr. 1,00 €

Pulgas con dos componentesBONITO 70 gr CON TOMATE RODAJAS 1,20 €JAMÓN SERRANO 50 gr.CON TOMATE RODAJAS 1,20 €TORTILLA ESPAÑOLA CON TOMATE O MAHONESA 1,20 €CHORIZO 50 gr. O SALCHICHÓN 50 gr. JAMÓN 50 gr. CON QUESO MANCHEGO 50 gr 1,40 €

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COMBINADOS: bocadillo/pulga más refresco

BOCADILLO CON REFRESO O ZUMO ENVASADOPrecio del bocadillo más 0,50 €

PULGA CON REFRESCO O ZUMO ENVASADOPrecio de la pulga más 0,50€

SuplementosMAYONESA 0,25 €QUESO BARRA 0,25 €MOSTAZA, KETCHUP, DÚO DE ACEITE Y VINAGRE (sobre) 0,25 €PAN 0,25 €BOLSA DE CUBIERTOS 0,25 €JAMÓN YORK 0,45 €JAMÓN SERRANO 0,55 €QUESO MANCHEGO 0,55 €

Vinos y LicoresMOSTO 0,80 €VALDEPEÑAS 0,80 €VALDEPEÑAS DOS AÑOS O SIMILAR-/RIOJA 0,95 €BITTER SIN ALCOHOL / BITTER CINZANO 1,10 €LICORES (manzana, melocotón, etc.) 1,20 €MÁLAGA VIRGEN/ MARTINI/LA INA/ TIO PEPE/ MORILES/ O SIMILAR 1,30 €RIOJA RESERVA 1,50 €BOTELLA DE SIDRA 5,15 €BOTELLA VALDEPEÑAS 5,70 €BOTELLA RIOJA 8,10 €BOTELLA DE CAVA 9,30 €

Menú de autoservicio  Comedor de alumnos  PRIMER PLATO A ELEGIR ENTRE TRES

5,15 €SEGUNDO PLATO A ELEGIR ENTRE TRESPAN Y POSTRE VARIADO (SIN BEBIDA EMBOTELLADA)OPCIONES:  PRIMER PLATO, PAN Y POSTRE 3,55 €SEGUNDO PLATO, PAN Y POSTRE 4,20 €DOS PRIMEROS PLATOS 4,70 €BONO COMEDOR 10 MENÚS 47,65 €BONO COMEDOR 10 MENÚS “TACO” 45,45 €Personal de la Universidad (PAS y Profesores)  PRIMER PLATO A ELEGIR ENTRE TRES

5,55 €SEGUNDO PLATO A ELEGIR ENTRE TRESPAN Y POSTRE VARIADO (SIN BEBIDA EMBOTELLADA)CON CAFÉ 6,15 €OPCIONES:  PRIMER PLATO, PAN Y POSTRE 3,85 €SEGUNDO PLATO, PAN Y POSTRE 4,60 €SI SE OPTA POR DOS PRIMEROS 5,15 €BONO COMEDOR 10 MENÚS 51,75 €BONO COMEDOR 10 MENÚS “TACO” 49,30 €Especial para Personal de la Universidad  PRIMER PLATO A ELEGIR ENTRE DOS 7,70 €

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SEGUNDO PLATO A ELEGIR ENTRE DOSPAN Y POSTRE VARIADO, BEBIDA EMBOTELLADA Y CAFÉ

*Precios a partir 1 de agosto de 2010

PRECIOS SERVICIOS ESPECIALES

Desayunos de trabajoOferta 1 2,20 €Oferta 2 3,00 €Oferta 3 4,30 €

CóctelesOferta 1 12,00 €Oferta 2 18,00 €Oferta 3 22,00 €Oferta 4 30,00 €Oferta 5 36,00 €

Menús a la cartaOferta 1 13,00€Oferta 2 18,00€Oferta 3Oferta 4

24,00€36,00€

* Precios a partir del 1 agosto de 2010.

ANEXO V

CONCEPTO DE COMERCIO JUSTO

El Parlamento Europeo en el Art. 2 de su Resolución sobre Comercio Justo y Desarrollo [2005/2245 (INI)] considera que, para eliminar el riesgo de abusos, el Comercio Justo debe cumplir una serie de criterios definidos por el movimiento en favor del comercio justo en Europa de la siguiente manera:

a) pago de un precio justo al productor, que garantice unos ingresos justos y que permita cubrir unos costes sostenibles de producción y los costes de subsistencia; este precio debe igualar, por lo menos, al precio y la prima mínimos definidos por las asociaciones internacionales de comercio justo,b) parte del pago se debe efectuar por adelantado, si el productor así lo solicita,c) una relación estable y a largo plazo con los productores, así como la intervención de éstos en el establecimiento de normas de comercio justo,d) transparencia y trazabilidad en toda la cadena de abastecimiento, a fin de garantizar una información adecuada al consumidor,e) unas condiciones de producción que respeten los ocho convenios fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT),f) el respeto del medio ambiente, la protección de los derechos humanos, en particular de los derechos de las mujeres y los niños, así como el respeto de los métodos de producción tradicionales que favorezcan el desarrollo económico y social,g) programas de desarrollo de capacidades y capacitación para los productores, en especial para los pequeños productores marginales de los países en desarrollo, para sus organizaciones y para sus respectivas comunidades, a fin de garantizar la sostenibilidad del comercio justo,h) el respaldo a la producción y la entrada al mercado de las organizaciones de productores,

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i) actividades de sensibilización sobre la producción y las relaciones comerciales en el marco del comercio justo, su misión y sus objetivos, y sobre la injusticia reinante en las normas del comercio internacional,j) el seguimiento y la verificación del cumplimiento de estos criterios, en cuyo marco debe corresponder un importante papel a las organizaciones del hemisferio sur, con miras a una reducción de costes y una mayor participación de las mismas en el proceso de certificación,k) evaluaciones de impacto periódicas sobre las actividades relacionadas con el comercio justo

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ANEXO VICONDICIONES ESPECÍFICAS

ALBAÑILERÍA

GENERALIDADESEste mantenimiento se efectuará en función de las necesidades, efectuándose revisiones y todas las reparaciones necesarias si hubiera cualquier tipo de deterioro de elementos arquitectónicos (aceras, pavimentos, fachadas, tabiquería, revestimientos, solados, alicatados, placados, falsos techos,…)

Estas revisiones se efectuarán obligatoriamente después de cualquier tipo de obra ejecutada en las cafeterías de la universidad.

En caso de observar anomalías importantes, se comunicará inmediatamente al responsable de Mantenimiento de campus que podrá encargar la realización de comprobaciones necesarias por si fueran precisas actuaciones puntuales de reparación o reforma.

Se efectuarán actuaciones complementarias de acabado, como consecuencia de actuaciones de otros oficios.

Se mantendrá una total coherencia con los materiales utilizados originalmente en la construcción del edificio.

OPERACIONES DE MANTENIMIENTOComunicación inmediata de la aparición de grietas, fisuras, hundimientos o cualquier otra anomalía en aceras, pavimentos, fachadas, tabiquería, revestimientos, solados y, alicatados, placados, falsos techos,…

MENSUALMENTE- Comprobación del estado de las tapas de registro de las distintas acometidas y conexiones.- Se inspeccionará visualmente la aparición de grietas, fisuras o flechas excesivas en elementos estructurales. - Inspección y reparación de desperfectos.

ÁMBITOTodos los edificios y locales de cafeterías. Los límites los definen las fachadas exteriores y puertas de acceso exclusivo a esos locales incluyendo todos los elementos en los vestíbulos anteriores a las mismas si dan acceso exclusivo. Se incluye aseos de la planta baja junto cafetería del Padre Soler de Leganés con la misma definición de límites.

APARATOS ELEVADORES

GENERALIDADES

Los plazos y actuaciones contemplados en este ámbito están basados en los contenidos en el Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención.Se requiere un contrato con empresa conservadora autorizada, incluyendo:

1. Dos (2) visitas mensuales. Cada visita generará los impresos de revisión y los partes de incidencias que deberán adjuntarse al informe mensual de mantenimiento.

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2. Atención a las llamadas de avería 24 horas 365 días al año. Presencia de técnico por emergencias antes de 1 hora.

3. Estará incluida en el periodo de dos años una revisión de una OCA (organismo colaborador con la Administración) .

La empresa de mantenimiento del adjudicatario asesorará a la universidad Carlos III en la revisión bianual realizada por la Consejería de Industria de la C.A.M.

El adjudicatario entregará en el plazo de un mes desde el inicio del contrato un plan de mantenimiento detallado acorde a la propuesta realizada en el presente pliego.

RELACION DE APARATOS ELEVADORES

CAMPUS EDIFICIO USO Nº TIPO VELOCIDAD CARGA MANIOBRA PARADAS

LEGANES CAFETERIA 5 MONTAPLATOS 1 Eléctrico 0,30 m/seg. 50 kg Universal 2COLMENAREJO CAFETERIA

FASE AMONTAPLATOS 2 Hidráulico 1,00 m/seg. 100 kg. Electrónica 3

GETAFE CAFETERIA 1 MONTAPLATOS 1 Hidráulico 0,40 m/seg. 100 kg. Universal 2GETAFE CAFETERIA 1 MONTAPLATOS 1 Hidráulico 0,20 m/seg. 1000 kg Universal 2GETAFE CAFETERIA 1 ASCENSOR 1 Eléctrico 1 m/seg. 640 kg. Selectiva 2

OPERACIONES DE MANTENIMIENTO

QUINCENALMENTE- Comprobación del correcto funcionamiento de puertas y nivelación del camarín en todas las plantas.- Contrastar la imposibilidad de apertura de puertas sin que el camarín esté detenido en esta planta (cualquier anomalía en este sentido implica la retirada de servicio del ascensor y el enclavamiento de dicha puerta y notificación inmediata al responsable del mantenimiento).

MENSUALMENTE- Revisión y comprobación de todos los circuitos eléctricos con especial atención a los elementos de seguridad.- Verificación del equipo bi-direccional de comunicación y de alarma.- Comprobación del estado de elementos reductores y móviles, motores, puertas, frenos, cables de acero, etc.- Limpieza del cuarto de máquinas.- Engrase y lubricación de rodamientos, patines, herrajes tetones de enclavamiento en puertas, muelles, cilindros, etc.. - Revisión en camarín de iluminación, interruptores, botoneras y recubrimientos.- Revisión del alumbrado del hueco del ascensor.- Comprobación de la prioridad de los mandos del camarín sobre los exteriores.- Comprobación de la ausencia de agua en el foso.

ENERO- Nivel de aceite en maquinas y motores actuación del freno.- Limpieza, revisión y engrase de la maquina.- Fugas de mangueras, tuberías y pistón estado del os retenedores.- Renivelación.

FEBRERO- Estado y tensión de cables y sus amarres- Limpieza y estado del cabezal, poleas diferenciales.

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- Limpieza revisión y engrase del limitador de velocidad (cable y polea tensora)- Prueba de finales y conmutadores.

MARZO- Revisión y limpieza de elementos externos de cabina (techos, bajos, operador, contactos, leva Pisadera)- Limpieza de foso hueco y cuarto de maquinas.- Limpieza y revisión de rozaderas- Fijaciones y aislamientos de la cabina.

ABRIL- Nivel de aceite en maquinas y motores actuación del freno.- Luz de emergencia.- Sistemas de detección de pisos.- Fugas de mangueras, tuberías y pistón estado del os retenedores.

MAYO- Revisión y limpieza de cuadros y protecciones (térmico)- Limpieza, revisión y engrase de la maquina - Limpieza, revisión estado de deslizamiento y engrase del as poleas (tracción y desvío)- Revisión y limpieza del a central óleo dinámica (válvulas y nivel de aceite)

JUNIO- Revisión y limpieza de elementos externos de cabina (techos, bajos, operador, contactos, leva Pisadera)- Limpieza de foso hueco y cuarto de maquinas.- Limpieza y estado del cabezal poleas diferenciales.- Limpieza revisión y engrase del limitador de velocidad (cable y polea tensora)- Otros comprobar reenvío, variador, rescatamatic, refrigerador etc.

JULIO- Nivel de aceite en maquinas y motores actuación del freno.- Fugas de mangueras, tuberías y pistón estado del os retenedores.

AGOSTO- Estado y tensión de cables y sus amarres

SEPTIEMBRE- Revisión y limpieza de elementos externos de cabina (techos, bajos, operador, contactos, leva Pisadera)- Limpieza de foso hueco y cuarto de maquinas.- Limpieza y revisión de rozaderas- Fijaciones y aislamientos de la cabina.- Limpieza revisión y engrase de la máquina

OCTUBRE- Nivel de aceite en maquinas y motores actuación del freno.- Luz de emergencia.- Sistemas de detección de pisos.- Fugas de mangueras, tuberías y pistón estado del os retenedores- Limpieza y estado del cabezal y poleas diferenciales- Limpieza revisión y engrase del limitador de velocidad (cable y polea tensora)

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NOVIEMBRE- Revisión y limpieza de cuadros y protecciones (térmico)- Limpieza, revisión estado de deslizamiento y engrase del as poleas (tracción y desvío)- Revisión y limpieza del a central óleo dinámica (válvulas y nivel de aceite

DICIEMBRE- Revisión y limpieza de elementos externos de cabina (techos, bajos, operador, contactos, leva Pisadera)- Limpieza de foso hueco y cuarto de maquinas.- Verificación del sistema paracaídas.- Otros comprobar reenvío, variador, rescatamatic, refrigerador etc.

PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS

GENERALIDADES

Al objeto del presente contrato le será de aplicación lo previsto en REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico SI de dicho Código, Real Decreto 1942/1993 de 5 de Noviembre , en el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de protección contra Incendios, ORDEN de 16 de abril de 1998 sobre normas de procedimiento y desarrollo del Real Decreto 1942/1993, Norma Básica de la Edificación NBE-CPI-96:Condiciones de protección contraincendios en los edificios y demás normativa aplicable.

La empresa adjudicataria deberá contratar la revisión y mantenimiento de los sistemas de protección contra incendios de las cafeterías de la universidad Carlos III de Madrid objeto de este pliego, con una empresa autorizada y registrada por el órgano competente en esta materia de la Comunidad Autónoma de Madrid.

La empresa de mantenimiento contratada por la adjudicataria está obligada a informar a la universidad Carlos III de Madrid de la normativa aplicable en cada momento al objeto de este contrato y de las modificaciones que se produzcan en la misma, comunicándole la manera en que se ve afectado este contrato y las instalaciones que se incluyen en su ámbito.

Las operaciones de mantenimiento que son objeto de este Pliego son las que se recogen en el Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios. Dichas operaciones se indican en el CUADRO I de este Pliego.

La frecuencia de dichas operaciones son las indicadas en el Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios (ver CUADRO I). La empresa adjudicataria realizará a cada campus cuatro visitas anuales durante las que realizará las operaciones indicadas en el CUADRO I de este Pliego (cuatro revisiones trimestrales, una revisión anual y, en su caso, la quinquenal).

La empresa adjudicataria está obligada a realizar la revisión correspondiente así como a realizar todas las operaciones necesarias que se deduzcan de dichas revisiones para mantener los sistemas de protección contra incendios de las cafeterías de la universidad Carlos III de Madrid plenamente operativas, de acuerdo con lo indicado por la Normativa vigente y por este Pliego.

Para los avisos urgentes en los ámbitos de mantenimiento objetos del presente pliego, el tiempo de respuesta garantizado ha de ser inferior a una (1) hora.

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Se consideran incluidas en este Pliego todas las operaciones de recarga y retimbrado de extintores, así como de reposición de cristales, etiquetas , pegatinas, señalización, pintura, sujeciones, cajas y alojamientos de todos los medios de extinción incluidos en este Pliego.

La empresa adjudicataria está obligada a sustituir de manera provisional con equipos de iguales características, todos los equipos que tengan que ser retirados de sus lugares habituales en cada campus durante las operaciones de recarga, retimbrado o cualquier otra que implique esta necesidad, hasta que dichos equipos sean devueltos a su sitio.

El adjudicatario entregará en el plazo de un mes desde el inicio del contrato un plan de mantenimiento detallado acorde a la propuesta realizada en el presente pliego.

RELACIÓN ORIENTATIVA DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS

Se incluyen todos los elementos ubicados dentro de las cafeterías y los que den servicio exclusivo a las mismas.

CAMPUS DE GETAFE:Sistemas de detección, alarma y gestión.Alumbrado de emergencia y señalización.Sistemas de retención de puertas.Instalaciones de extinción.

- Cuatro (4) bocas de incendio equipadas de 45 mm.- Siete (7) bocas de incendio equipadas de 25 mm.- Sistemas de extinción de fuegos de cocina por CO2(5 unidades),incluido sistema de disparo- Diecisiete (17) extintores de polvo ABC, de 6 kg, de eficacia 21 A 144 B C.- Cuatro (4) extintores de polvo ABC, de 6 kg y eficacia 21 A 183 B C.- Tres(3) extintores de polvo ABC, de 6 kg y eficacia 21 A 113 B C.- Dos (2) extintor de CO2, de 5 kg y eficacia 34 B.- Dos (2) extintores de CO2, de 5 kg y eficacia 89 B.

CAMPUS DE LEGANÉS:Sistemas de detección, alarma y gestión.Alumbrado de emergencia y señalización.Sistemas de retención de puertas.

Instalaciones de extinción.- Una (1) boca de incendio equipadas de 45 mm.- Dos (2) bocas de incendio equipadas de 25 mm.- Diecisiete (17) extintores de polvo ABC, de 6 kg y eficacia 21 A 183 B C.- Tres (3) extintores de polvo ABC, de 6 kg y eficacia 21 A 113 B C.- Dos (2) extintor de CO2, de 5 kg y eficacia 34 B.

EDIFICIO PARQUE CIENTÍFICO:Sistemas de detección, alarma y gestión.Alumbrado de emergencia y señalización.Sistemas de retención de puertas.

Instalaciones de extinción.- Una (1) boca de incendio equipada de 25 mm.- Dos (2) extintores de polvo ABC, de 6 kg y eficacia 21 A 133 B C.-Extincion de incendios sistema doble para campana central de cocina ANSUL R-102 con certificación UL conforme a la NFPA 17 A

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CAMPUS DE COLMENAREJO:Sistemas de detección, alarma y gestión.Alumbrado de emergencia y señalización.Sistemas de retención de puertas.

Instalaciones de extinción.- Dos (2) bocas de incendio equipadas de 25 mm.- Ocho (8) extintores de polvo ABC, de 6 kg y eficacia 21 A 113 B C.- Sistema de extinción automática de fuegos de cocina. WHDR500 de Safety First

OPERACIONES DE MANTENIMIENTO

CUADRO I: DEL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES

EQUIPO CADA TRES MESES CADA AÑOAlumbrado de emergencia Revisión ocular externa. Verificación integral de toda la instalación.Señalización Revisión general.

CUADRO I: DEL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES

EQUIPO CADA TRES MESES CADA AÑO CADA CINCO AÑOS

Detección y alarma de incendios

Comprobación de funcionamiento de las instalaciones(con cada fuente de suministro).Sustitución de pilotos, fusibles, etc.,defectuosos.Mantenimiento de acumuladores(limpieza de bornes, reposición de agua destilada, etc.)

Verificación integral de la instalación. Limpieza del equipo de centrales y accesorios. Verificación de uniones roscadas o soldadas. Limpieza y reglajes de relés.Regulación de tensiones e intensidades. Verificación de los equipos de transmisión de alarma. Prueba final de la instalación con cada fuente de suministro eléctrico.

Pulsadores de alarma de incendios

Comprobación de funcionamiento de la instalación(con cada fuente de suministro).Mantenimiento de acumuladores(limpieza de bornes, reposición de agua destilada, etc.).

Verificación integral de la instalación. Limpieza de sus componentes. Verificación de uniones roscadas o soldadas. Prueba final de la instalación con cada fuente de suministro eléctrico.

Extintores de incendio/Extinción de fuegos de cocina

Comprobación de accesibilidad, señalización, buen estado aparente de conservación. Inspección ocular de seguros, precintos, inscripciones, etc. Comprobación del peso y presión en su caso. Inspección ocular del estado de las partes mecánicas (boquilla, válvula, manguera, etc.),elementos de detección y de disparo. Otras revisiones reglamentarias.

Comprobación del peso y presión en su caso. En el caso de extintores de polvo con botellín de gas de impulsión se comprobará el buen estado del agente extintor y el peso y aspecto externo del botellín. Inspección ocular del estado de la manguera, boquilla o lanza, válvulas y partes mecánicas. Comprobación de funcionamiento de elementos de detección y de disparo. Otras revisiones reglamentarias.

A partir de la fecha de timbrado del extintor(y por tres veces) se procederá al retimbrado del mismo de acuerdo con la ITC-MIE-AP5 del Reglamento de aparatos a presión sobre extintores de incendios(BOE nº 149, de 23 de junio de 1982 y BOE nº 101, de 28 de abril de 1998).

Bocas de incendio equipadas

Comprobación de buena accesibilidad y señalización de los equipos. Comprobación por inspección de todos los componentes, procediendo a desenrollar la manguera en toda su

Desmontaje de manguera y ensayo de ésta en lugar adecuado. Comprobación del correcto funcionamiento de la boquilla en sus distintas posiciones y sistema de cierre. Comprobación de la

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extensión y accionamiento de boquilla caso de ser de varias posiciones. Comprobación, por lectura del manómetro de la presión de servicio. Limpieza del conjunto y engrase de cierres y bisagras en puertas de armario.

estanqueidad de los racores y manguera y estado de las juntas. Comprobación de la indicación del manómetro con otro de referencia (patrón)acoplado en el racor de conexión de la manguera.

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PUERTAS AUTOMÁTICAS

GENERALIDADES

El adjudicatario contratará el mantenimiento de las puertas automáticas con una empresa de mantenimiento especializada. El coste de los consumibles, materiales o equipos que deban ser sustituidos, serán por cuenta del adjudicatario.

La empresa de mantenimiento conocerá el funcionamiento de las instalaciones, así como de sus distintos sistemas de control y protección. Asume el compromiso de acudir en menos de 24 horas para efectuar una reparación de las puertas automáticas de las cafeterías ante la llamada de la universidad Carlos III.

La empresa de mantenimiento se encargará de las revisiones que con carácter legal y administrativo tengan que realizar Técnicos Colegiados, Instaladores autorizados, empresas mantenedoras, homologadas o autorizadas, ENICRES u otro tipo de empresas autorizadas por Industria u otros organismos, gestionando completamente dichas revisiones y asumiendo sus costes, en el caso de que exista alguna obligación legal por parte de la universidad Carlos III de Madrid.

El adjudicatario entregará en el plazo de un mes desde el inicio del contrato un plan de mantenimiento detallado.

RELACIÓN DE INSTALACIONES

CAMPUS DE GETAFE- Edificio 1 Cafetería: Tres (3) puertas batientes modelo Besam power-swing con unidad de control CSDA

Una (1) puerta corredera modelo Besam UniSlide T2

- Edificio 16 Cafetería : Dos (2) puertas correderas de dos hojas abatibles.

OPERACIONES DE MANTENIMIENTO: DIARIAMENTE

- Comprobación del estado exterior y perfecto funcionamiento de puertas y barreras.- Comprobación de la inexistencia de obstáculos que impidan la apertura de puertas y

barreras.

MENSUALMENTE- Revisión, limpieza y engrase de elementos móviles, guías y herrajes de seguridad y

cerraduras.- Revisión y comprobación de la correcta nivelación de hojas y anclajes.- Revisión y comprobación de los sistemas hidráulicos, comprobando posibles

pérdidas y reponiendo niveles si ha lugar.- Revisión y comprobación de los sistemas eléctricos, líneas y cuadros, comprobando

el correcto funcionamiento de la instalación. Revisión y reapriete de conexiones eléctricas.

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- Comprobación de secuencias, tiempos y límites de apertura y cierre de puertas y barreras.

- Revisión y comprobación del funcionamiento de cada uno de los mecanismos de control, seguridad y señalización, fotocélulas, receptores de radio e infrarrojos, fines de carrera, lazos magnéticos, lámparas de destellos, cierres eléctricos, etc.

- Revisión y comprobación de la estanquidad de los elementos de intemperie, de sistemas anti-pánico, con verificación de baterías; de sistemas de bloqueo.

- Revisión y comprobación del correcto funcionamiento de los sistemas de apertura manual.

ANUALMENTE

- Sustitución de correas de tracción en puertas correderas.

LIMPIEZA

GENERALIDADES

El adjudicatario del servicio de cafetería será responsable de la limpieza, aseo e higiene de las dependencias y edificios a su cargo.

El ámbito de las actividades de limpieza alcanza al interior de todas la cafeterías de la universidad, de sus zonas exteriores pavimentadas de uso exclusivo (temporal o permanentemente), aseos, pintadas interiores, cristales, retirada ,tanto general como selectiva de todos los residuos generados así como abrillantado de suelos de mármol de todas las cafeterías. En el edificio 1 de Getafe también se incluye la limpieza de lucernarios, canalones, sumideros, tejados, galerías de servicio y pintadas exteriores.

Todos los materiales, productos, consumibles, elementos y/o equipos necesarios para la ejecución de las limpiezas serán por cuenta del adjudicatario. El responsable de Mantenimiento de campus podrá ordenar la retirada de aquéllos que se consideren inadecuados así como la utilización de aquéllos que se consideren necesarios para cada tipo de limpieza. En los informes se detallaran los productos empleados en cada tipo de limpieza.

En el contrato está incluida el suministro y reposición del jabón de manos y el papel higiénico de todos los aseos y vestuarios. El ph del jabón suministrado debe ser neutro. El cumplimiento de estas características medioambientales establecidas será acreditado en la oferta por las empresas la ficha técnica del producto.

Las bolsas de basura para la recogida de residuos, deben cumplir las características siguientes: biodegradables, con un porcentaje de material reciclado de al menos un 15 %, sin tintas, colorantes, pigmentos, estabilizadores o cualquier otro aditivo que contengan más de 100 ppm de plomo, cadmio, mercurio o cromo hexavalente. El cumplimiento de estas características medioambientales establecidas será acreditado en la oferta por las empresas mediante declaración del fabricante, certificado de ensayos que informe sobre estos criterios o mediante certificación ecológica Tipo I.

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Para todas las tareas de limpieza que se indican en el cuadro “PLAN ESPECÍFICO DE LIMPIEZA” que figura a continuación, se utilizará exclusivamente agua o productos de limpieza ecológicos. No se utilizarán productos desinfectantes clorados ni compuestos de sustancias nocivas como formaldehídos, paradiclorfenoles y clorobencenos. Los productos de limpieza cumplirán con los requisitos de alguna ecoetiqueta Tipo I como el Cisne Nórdico, Etiqueta Ecológica Europea o equivalente en cuanto a la presencia de compuestos químicos en la formulación del producto.El cumplimiento de estas características medioambientales establecidas será acreditado en la oferta por las empresas mediante declaración del fabricante, certificado de ensayos que informe sobre estos criterios o mediante certificación ecológica Tipo I.El licitador deberá presentar, con la oferta, el listado de los diferentes productos que usará en el transcurso del servicio indicando, para cada uno de ellos, su función o superficie de aplicación, la dosificación de uso y la ficha de seguridad según el Real Decreto 255/2003Para minimizar el impacto ambiental del consumo de productos de limpieza, la empresa adjudicataria entregará al personal de limpieza material de formación que incluya instrucciones sobre la dilución, utilización y eliminación correcta del producto, establecerá controles de consumo de productos y sistemas de dosificación y usará preferentemente envases reutilizables o productos a granel que reduzcan la generación de residuos, así como el uso de productos concentrados a diluir en el momento de su uso.

El adjudicatario llevará a cabo acciones de sensibilización y formación adecuadas entre el personal de limpieza que contribuyan a modificar los hábitos adquiridos y avanzar hacia una limpieza más eficiente, con menor consumo de recursos naturales.

El papel higiénico será 100% reciclado y libre de cloro.El número de puntos de suministro serán los de los siguientes aseos, incluidos todos en este contrato de mantenimiento:

Getafe: Edificio 1. Todos los aseos. Edificio 16. Aseos Planta Baja.Leganés: Edificio 2. Edificio 5. Aseos Planta Baja. Aseos del personal de la contrata. Aseos este, en comedor alumnos.Colmenarejo: Edificio A. Aseos del personal de la contrata.

El adjudicatario realizará la instalación y reposición de contenedores higiénicos en los aseos femeninos y de minusválidos indicados en el punto anterior, con periodicidad quincenal. Esta periodicidad tendrá carácter mínimo, y podrá ser aumentada por el responsable de Mantenimiento de campus localmente previa comunicación a la empresa adjudicataria, sin coste alguno para la universidad. Los contenedores higiénicos deben cumplir las condiciones que se indican a continuación, pudiendo ser rechazados por el responsable de Mantenimiento del campus si no cumplen alguna de ellas:Deben ser estancos.Los elementos desinfectantes interiores han de tener un periodo mínimo de validez de dos semanas.Las tapas de los contenedores deben ocultar el material de desecho en todo momento.

La retirada de los contenedores y su sustitución debe realizarse por empresas autorizadas, para el transporte y gestión de residuos higiénicos sanitarios y la destrucción de los materiales depositados en los recipientes higiénicos sanitarios se realizará de conformidad con lo previsto en la normativa aplicable

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La universidad exigirá que todas las labores de limpieza realizadas en altura se realicen con las protecciones adecuadas y conforme a los protocolos que indique el Servicio de Prevención de la universidad. La empresa adjudicataria está obligada a llevar al día todas las revisiones legales obligatorias en la maquinaria, herramientas y utensilios que utilice su personal. A tal efecto justificará periódicamente ante el responsable de Mantenimiento del campus, en los términos que éste determine el cumplimiento de esta obligación. También está obligada a formar a su cargo a todo su personal en todos los medios de protección colectiva existentes y de nueva instalación en el campus así como en el uso de todos los medios de protección individual necesarios para el desarrollo de sus trabajos.

El adjudicatario está obligado a realizar la limpieza diaria (lavado y planchado) de la mantelería utilizada en los comedores relevantes de la universidad incluidos en el contrato; a la limpieza de las alfombras, cortinas y tapicerías del mobiliario de dichos comedores relevantes, realizando una limpieza en seco anual de alfombras. Son comedores relevantes incluidos en el contrato los comedores reservados de la Cafetería del edificio 1 de Getafe(1.0.04), comedor verde de la planta primera del edificio Padre Soler de Leganés(5.1.C02), comedor reservado de la cafetería del edificio Sabatini de Leganés(2.0.B03) y comedor reservado de la planta primera de la cafetería del edificio Miguel de Unamuno de Colmenarejo(1.1.A22 b).

El adjudicatario será responsable de la limpieza de todos los cristales, tanto interiores como exteriores, de las cafeterías. Esta actuación se realizará obligatoriamente por una empresa externa, con la frecuencia que se indica más adelante en este pliego.

El adjudicatario estará obligado a realizar una recogida selectiva de todas las basuras y residuos generados en todas las cafeterías de la universidad Carlos III de Madrid, depositándolas en los contenedores específicos instalados o a instalar en dicho Campus. Será también responsable de la gestión de los mismos, evitando su acumulación. Los residuos se entregarán a un Gestor Autorizado y se entregará a la universidad certificado de dicha entrega. La empresa adjudicataria se encargará, sin coste para la universidad, de la colocación, gestión y mantenimiento de todos los contenedores necesarios, tanto interiores como exteriores, para la recogida de residuos indicada en este punto.

El adjudicatario estará obligado a gestionar los residuos indicados en el punto anterior, así como cualesquiera otros incluidos en los términos de este Pliego, en origen, a través de un Gestor Autorizado de Residuos de la Comunidad de Madrid, en los términos expresados en la Ley 5/2003 de Residuos de dicha Comunidad, certificando a la universidad dicha entrega.

El adjudicatario estará obligad a registrar las cantidades de cada tipo de residuos generados en cada cafetería y aportarlas en cada informe de mantenimiento.

PLAN ESPECÍFICO DE LIMPIEZA

DIARIAMENTE- Reposición de material higiénico en aseos (a cualquier hora).- Limpieza exhaustiva de aseos y servicios sanitarios, empleando el material desinfectante adecuado, incluyendo alicatado, grifería, espejos, etc.- Limpieza de mesas, sillas, barras, autoservicio, etc., tantas veces sea necesario para mantener la imagen de calidad y servicio de la universidad Carlos III, incluidos los elementos de terrazas y suelos y alrededores de las mismas.- Limpieza de escaleras, pasamos, ascensores y accesos a la cafetería y dependencias anexas.

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- Limpieza de cristales en puertas de entrada.- Barrido y fregado de suelos de mármol, terrazo, etc. utilizando detergentes no corrosivos y productos desinfectantes.- Limpieza por aspiración de suelos en alfombras, etc..- Traslados de basuras a contenedores.- Limpieza en cocinas, zonas comunes, pasillos, oficinas, de todo el mobiliario.- Limpieza del cuarto de basuras.- Vaciado y limpieza de ceniceros y papeleras.- Limpieza de cámaras frigoríficas, aparatos de cocción, autoservicio, barras, etc.- Limpieza de ascensores, montacargas y montaplatos- Limpieza inmediata de pintadas interiores, exteriores y cartelería.- Limpieza de mantenimiento de los aseos, suelo y mobiliario de cafeterías y terrazas, durante todo el día, para su utilización en perfectas condiciones por todos los usuarios e impedir la acumulación de residuos.- Lavado y planchado de mantelería general y de comedores relevantes.

SEMANALMENTE- Limpieza exhaustiva de los cuartos de basura y contenedores.

QUINCENALMENTE- Limpieza de extintores, cajas de bies, etc.- Plazo máximo de reposición de contenedores higiénicos en aseos de mujeres y de minusválidos.- Cepillado de butacas, sillones, sillas, etc.- Limpieza de metales en general, tales como pomos de puertas, cromados, puertas de aluminio, letreros, etc.

CADA DOS MESES - Limpieza de cristales en ventanas y puertas por las dos caras, así como mamparas, celosías, claraboyas, cristales en pasillos, cristales en fachada, etc. no contemplados como limpieza diaria.-Limpieza de salas de máquinas de ascensores y demás cuartos técnicos.

TRIMESTALMENTE- Lavado y planchado de cortinas de comedores relevantes.

SEMESTRALMENTE- Abrillantado o acristalado de suelos con los productos idóneos.- Limpieza exhaustiva de las cámaras frigoríficas, incluyendo las zonas dotadas de falso suelo.- Limpieza de tejados, cubiertas, canalones, bajantes, sumideros, arquetas, saneamiento, etc…- Limpieza industrial por empresa especializada, con aplicación de vapor y productos especiales desengrasantes, de suelos, paredes alicatadas, cocinas, campanas, cámaras y todos los demás elementos de cocinas, comedores y cafeterías.- Limpieza a fondo de todos los locales de las cafeterías.- Limpieza de persianas.- Lavado de tapicerías.- Limpieza de paredes, techos y cornisas.

ANUALMENTE

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- Limpieza de puntos de luz, tales como lámparas, globos, apliques, tubos fluorescentes, luminarias, ópticas, carcasas- Limpieza de rejillas, difusores y demás elementos vistos del sistema de climatización.

DESINFECCIÓN, DESINSECTACIÓN , DESRATIZACIÓN Y MANTENIMIENTO HIGIÉNICO SANITARIO DE INSTALACIONES DE RIESGO FRENTE A LA

LEGIONELLA

GENERALIDADES

DESINFECCIÓN Y DESRATIZACIÓN:Contrato con empresa registrada según Orden 809/1994, de 15 de junio, de la Conserjería de Economía y de la Conserjería de Salud de la CAM, incluyendo:

Durante todos los meses del año: una visita mensual, (a realizar en fin de semana) en la que se distribuirá el producto desinfectante y/o raticida en los sitios estratégicos elegidos en todas y cada una de las dependencias de las cafeterías, sin que pueda entrar en contacto con personas o alimentos. Deberá reponerse tantas veces como sea necesario. La fecha de las visitas será normalmente el primer fin de semana de cada mes.

La duración mínima de estas actuaciones, en todos los casos, será de seis horas. Una vez finalizado el servicio, el responsable del tratamiento redactará un albarán en el que deberán constar lo siguientes datos:

Dependencias tratadas.Plaguicidas utilizados: nombres comerciales y cantidad aplicada.Tipo de tratamiento (técnica de aplicación).Medidas de precaución y de seguridad a tomar después del tratamiento.Plazo de seguridad del plaguicida.Fecha y hora de inicio y de finalización de tratamiento.Nombre y firma del responsable técnico del tratamiento.Nombre y firma del responsable del local.Método de controlDiagnóstico de la situación.

La filosofía de este mantenimiento no es eliminar un cierto número de insectos, roedores y gérmenes en un momento dado, sino tratar de mantener durante la vigencia del tratamiento, los edificios con niveles mínimos de insectos, microorganismos, etc.

Se utilizarán productos aprobados por el Ministerio de Sanidad, entendiéndose como más idóneos, por sus especiales características y eficacia en la eliminación de roedores, aplicados de forma alternativa para evitar la resistencia de los roedores a los productos empleados. En todo este tipo de tratamientos, se utilizarán los rodenticidas mas avanzados que afectan a los factores de coagulación de la sangre del animal no asociando este la causa/efecto, no provocando por tanto resistencia al producto, el uso de todo tipo de cebaderos de seguridad, los cuales hacen que los tratamientos pasen a ser totalmente seguros ante la presencia humana. Únicamente se aplicaran productos con registro.

Para llevar a término el control de estas acciones, la empresa de mantenimiento deberá

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confeccionar un plano de ubicación de los cebos y después realizar periódicamente la reposición, registrando las incidencias.

En lo referente a la desinsectación, se utilizarán únicamente trampas de feromonas para monitorizar las instalaciones, realizándose los tratamientos curativos con productos cuyo plazo de seguridad sea 0 horas. Excepcionalmente y siempre previa petición de los Responsables de la universidad, se podrán realizar tratamientos mediante nebulización ó pulverización buscando siempre el máximo respeto para el medio ambiente, la salud de los seres humanos, y un respeto máximo a la legalidad vigente. En este caso el plazo de seguridad de los productos a emplear será de 12 horas.

Según necesidades, se efectuará una operación de choque cuando la situación lo requiera, con cargo a la empresa adjudicataria y a requerimiento del responsable de Mantenimiento de campus. Se prestará especial atención a la época primaveral, por ser esta la de mayor proliferación de insectos. Este tratamiento de choque se realizará en cualquier caso fuera del horario de trabajo de la universidad, en día no lectivo.

En lo que se refiere a insectos arrastrantes, se aplicará el producto adecuado alrededor de zócalos, curtos técnicos, zonas calientes y, en general, en todas aquellas zonas con posible acceso a los insectos, de todos los edificios e instalaciones. Para la erradicación de las plagas de hormigas se emplearán únicamente cebos sólidos, tanto en interior como en exterior.

La aplicación de los productos a utilizar, para efectuar la desinsectación total de locales, estará en función de la efectividad de los mismos. Las frecuencias de este pliego son, por tanto, mínimas, pudiendo el responsable de Mantenimiento de campus aumentar las mismas sin cargo para la universidad si los resultados no son los deseados.

Se prohíbe el uso de sustancias órgano-cloradas, utilizándose aquellas del órgano-fosforadas y piretroides por su baja toxicidad (se tomarán las precauciones descritas en el programa mensual).

El adjudicatario deberá adoptar todas las precauciones descritas en la ficha de datos de seguridad de las sustancias utilizadas en las operaciones descritas en este pliego. También deberá informar por escrito al responsable de Mantenimiento de campus sobre los posibles efectos nocivos de la aplicación de ciertos productos, con objeto de que se adopten las precauciones pertinentes.

El adjudicatario a petición de la universidad realizara un mínimo de 3 controles microbiológicos en aire y superficie de las instalaciones para identificar y cuantificar bacterias y hongos. Según los resultados obtenidos, siempre previa demanda de los Responsables de la universidad, se realizarán los tratamientos de desinfección necesarios. El sistema a emplear será por termonebulización y los productos a emplear tendrán un plazo de seguridad máximo de 3 horas.

El personal de las empresas de control de plagas que realiza aplicaciones de plaguicidas debe tener el Carnet de aplicador de tratamientos DDD (desinfección, desinsectación, desratización) que concede la Administración responsable a las persones que han superado los cursos oficiales correspondientes. El responsable del tratamiento debe tener el Carnet de aplicador de tratamientos DDD de nivel cualificado. Los auxiliares del tratamiento deben tener el Carnet de aplicador de tratamientos DDD de nivel básico.

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Todos los materiales, productos y consumibles necesarios para la realización de las tareas de desinfección, desinsectación y desratización descritas en este pliego correrán a cargo de la empresa adjudicataria.

La empresa adjudicataria presentará en el último trimestre del año un calendario de aplicación de tratamientos 3D al coordinador de mantenimiento de la universidad Carlos III de Madrid. Una vez aprobado, este calendario sólo podrá ser variado con la aprobación expresa de los responsables de Mantenimiento de las Oficinas Logísticas.

El adjudicatario entregará en el plazo de un mes desde el inicio del contrato un plan de mantenimiento detallado acorde a la propuesta realizada en el presente pliego.

DESINFECCIÓN DE SISTEMAS DE AGUA SANITARIA

En lo referente a la desinfección de sistemas y acumuladores de agua sanitaria, la empresa adjudicataria se atendrá al Anexo 3 del Real Decreto 865/2003, de 4 de julio, en el que se establecen los criterios higiénico sanitarios que deben cumplir las instalaciones de consumo humano. La empresa adjudicataria deberá confeccionar un registro con los datos descritos en el artículo 5 del Real Decreto 865/2003, donde figuren las operaciones realizadas, que estará siempre a disposición de las autoridades sanitarias. La universidad Carlos III de Madrid delega la gestión de este registro en la empresa adjudicataria. Este registro deberá incluir todos los datos descritos en el artículo 5 del Real Decreto 865/2003. Esta empresa adjudicataria será responsable de su cumplimentación, y deberá de poner en conocimiento de la universidad Carlos III de Madrid cualquier novedad en las medidas a la mayor brevedad, así como las medidas tomadas al respecto.

OPERACIONES DE MANTENIMIENTODESINFECTACION, DESINSECTACION Y DESRATIZACION

MENSUALMENTE- Control del número de cebaderos y cebo raticida consumido mediante hojas de control.- Reposición de cebaderos y cebo consumido.- Verificación de operaciones previstas utilizando productos anticoagulantes sanguíneos de 3ª generación en todas las dependencias.- Actuación en todas las dependencias mediante la difusión de los insecticidas más eficaces en cada caso.- Actuación en todas las dependencias mediante la aplicación de los desinfectantes más idóneos.- Actuación en todas las dependencias mediante la aplicación de trampas de feromonas

TRATAMIENTO DE INSTALACIONES DE AGUA SANITARIA

- Cumplimiento del Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, sobre criterios sanitarios de la calidad de agua de consumo humano.

- Cumplimiento del Real Decreto 865/2003, de 4 de julio, sobre criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis.

MENSUALMENTE

- Análisis del agua de todos los depósitos acumuladores de agua caliente sanitaria de las

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cafeterías de la universidad Carlos III de Madrid, con toma de muestras incluida, y análisis posterior para la detección de legionella.

- Revisión de los puntos terminales de la instalación de agua fría de consumo humano en las cafeterías de la universidad de acuerdo al Anexo 3 del R.D. 865/2003 sobre criterios higiénicos sanitarios para la prevención y control de la legionelosis

- Comprobación y posterior redacción de un informe donde se recojan como mínimo los siguientes puntos:

- Comprobación de temperaturas.- Comprobación nivel de cloro libre y ph.

ANUALMENTE- Análisis del agua incluyendo:- Caracteres organolépticos: Color, turbidez, olor, sabor- Caracteres físico-químicos: Temperatura, PH, Conductividad- Caracteres relativos a sustancias no deseables: Nitratos, Nitritos, amonio y Oxidabilidad (KmnO4)- Caracteres microbiológicos coliformes totales, coliformes fecales, estreptococos fecales, clostridium sulfitorreductores, recuento de Gérmenes Totales (37ºC y 22ºC).- Limpieza y desinfección de los elementos desmontables de la instalación de agua fría para consumo humano (bien mediante desinfección con cloro bien mediante desinfección térmica), de acuerdo al anexo 3 del Real Decreto 865/2003, de 4 de julio, sobre criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis. Estas operaciones se realizarán preferentemente en el mes de agosto, previo acuerdo en el calendario con el responsable de Mantenimiento de campus correspondiente, debiendo dejar constancia de su realización en los correspondientes partes de trabajo. Cuando la universidad Carlos III Madrid lo considere oportuno, o los resultados de los análisis lo aconsejen, se realizará una limpieza y desinfección de choque con cargo a la empresa adjudicataria.

DEPÓSITOS DE AGUA CALIENTE DE LAS CAFETERIAS DE LA UC3M

CAMPUS CAFETERIA

UNIDADES

LITROS

COLMENAREJO

FASE A 1 192

LEGANES SABATINI 2 300LEGANES PADRE

SOLER1 400

GETAFE EDIFICIO 1 1 18GETAFE EDIFICIO 16 1 150GETAFE EDIFICO 11 1 50

ELECTRICIDAD

GENERALIDADES

Los criterios de mantenimiento recogidos en esta sección provienen del Reglamento Electrotécnico para baja tensión, e Instrucciones Técnicas complementarias.

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Contrato con empresa de mantenimiento especializada.

Cualquier actuación o modificación en las instalaciones eléctricas deberá contar con el conocimiento y la aprobación previa del Responsable de mantenimiento de campus, en su caso. Se evitarán las instalaciones eléctricas provisionales y de fortuna.

Cumplimiento de las acciones de mantenimiento indicadas en lo que se refiere a Instalación de electricidad baja tensión.

Actuaciones de mantenimiento correctivo necesarias para mantener la plena funcionalidad de la instalación y las indicadas por el Responsable de Mantenimiento de Mantenimiento de campus, en su caso.

Resolución de incidencias de mantenimiento que se produzcan en este ámbito.

Se considera incluida la reparación y el mantenimiento de todas las conducciones, cableado y todos los elementos incluidos en todos los circuitos que salen de los cuadros eléctricos que dan servicio a las cafeterías.

El adjudicatario entregará en el plazo de un mes desde el inicio del contrato un plan de mantenimiento detallado acorde a la propuesta realizada en el presente pliego.

RELACIÓN ORIENTATIVA DE CUADROS ELECTRICOS DE BAJA TENSION. Como criterio general, será responsabilidad de la empresa concesionaria del servicio de cafetería todos los cuadros existentes dentro de los recintos de cafetería de cada uno de los tres Campus. La relación orientativa de los mismos es la siguiente:

CAMPUS DE GETAFE:

Edificio 1. (Cafetería)

Planta baja: Un (1) cuadro de red

Dos (2) cuadros de red-grupo.

Tres (3) cuadros especiales (Cocina y climatización(2)).

Planta primera: Dos (2) cuadros de red

Un (1) cuadro de red-grupo.

Tres (3) cuadros especiales (Cocina y climatización).

Edificio 11. (Luis Vives)

Planta baja: Dos (2) cuadros de red-grupo.

Edificio 16. (Cafetería).

Planta baja: Un (1) cuadros de red-grupo.

CAMPUS DE LEGANÉS:

Edificio 2. (Sabatini).

Cuadro eléctrico de fuerza-red.

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Edificio 5. (Padre Soler).

Cuadro eléctrico de red CS-RA

Cuadro eléctrico de red-grupo CS-CCA

Cuadro eléctrico de red CS-RP

Cuadro eléctrico de red-grupo CS-CCP

CAMPUS DE COLMENAREJO:

Planta baja: Un (1) cuadros de red-grupo (CAF)

Planta primera: Un (1) cuadros de red-grupo (CAF-1)

EDIFICIO PARQUE CIENTÍFICO: CUADRO DE CAFETERÍA

OPERACIONES DE MANTENIMIENTO

CUADROS ELECTRICOS

MENSUALMENTE- Comprobación de los mecanismos de disparo de disyuntores, seccionadores, etc..- Comprobación de fusibles, lámparas y equipos de medida de cada cuadro.- Verificación de la toma de tierra y aislamientos.- Revisión visual de los interruptores automáticos y comprobación de sus accionamientos (magnetotérmicos y diferenciales).- Revisar funcionamiento y maniobra correcta de los pulsadores revisando contactos y procediendo a su sustitución si fuera necesario.- Comprobación del buen funcionamiento de los contactos manuales.- Revisar posibles calentamientos.- Revisar empalmes y conexiones de líneas, revisando cajas de registro si a lugar.

TRIMESTRALMENTE- Reapriete de bornas y regletas.- Limpieza general de cuadros, líneas y mecanismos.- Revisión de la tensión en bobinas.- Revisión de contactos, comprobando presiones y holguras.- Revisar efectividad de los enclavamientos.- Medición y anotación de la resistencia de las tomas de tierra.

SEMESTRALMENTE- Medición de corrientes de fugas con pinzas en cada circuito.- Revisión apagachispas y estado de baquelitas y aislantes.- Revisión y limpieza exterior de los seccionadores.- Revisión carpintería metálica.

ANUALMENTE- Medición de aislamiento fase-fase, fase neutro, fase-tierra.- Comprobación del los valores de disparo (tiempo e intensidad).- Engrase de accionamientos mecánicos y comprobar ajustes.

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- Engrasar los contactos con vaselina neutra.-Realización de una inspección termográfica de cada cuadro eléctrico. Análisis y conclusiones del resultado incluidos en el informe.

ALUMBRADO SEMANALMENTE- Inspección ocular comprobando si hay algún punto de luz fundido o en mal estado.

MENSUALMENTE- Revisión y comprobación de los mecanismos de encendido y cajas de fusibles.- Revisión de telerruptores de encendido a distancia.

TRIMESTRALMENTE- Revisión de cebadores, portacebadores y reactancias.- Revisión de rejillas antideslumbrantes y difusores.

TRATAMIENTO DE AIRE

GENERALIDADES

El ámbito de actuación de este mantenimiento se extiende a:

- Extractores de humos cocina.

- Extractores de aseos de cafetería.

- Campanas y filtros de extracción.

- Redes de conductos.

- Terminales de toma o expulsión de aire.

- Climatizadores, UTAS fan coils y demás equipamiento de acondicionamiento de aire situado en las cafeterías.

Los plazos y contenidos de las actuaciones de mantenimiento en este ámbito están basados en los contenidos del Reglamento de Instalaciones Térmicas de Edificios (RITE) y demás legislación aplicable.

Contrato con empresa mantenedora autorizada.

Conducción diaria de las instalaciones a su cargo atendiendo los horarios y consignas provenientes del Responsables de Mantenimiento de campus de la universidad Carlos III.

- Actuaciones de mantenimiento preventivo y correctivo, tanto necesarias por el estado de las instalaciones como las indicadas por el Responsable de Mantenimiento de campus de la universidad Carlos III.

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- Los cambio de filtros de fan-coils y climatizadores se encuentran incluidos en el contrato y se realizarán cuando lo ordene el Responsable de Mantenimiento de campus .Dentro de este punto están incluidos los cambios de los filtros de alta eficiencia que disponen algunas de las U.T.As

- El adjudicatario entregará en el plazo de un mes desde el inicio del contrato un plan de mantenimiento detallado acorde a la propuesta realizada en el presente pliego.

OPERACIONES DE MANTENIMIENTOMANTENIMIENTO FAN-COILS

MENSUALMENTE- Purgar la batería y comprobar drenaje de la bandeja de condensación.- Comprobar funcionamiento del selector de velocidad.- Comprobación de fugas.- Comprobación de temperaturas de entrada y salida de la batería.

TRIMESTRALMENTE- Comprobar el funcionamiento de la válvula automática de tres vías y termostato.- Verificación del grupo motor-ventilador.- Comprobación del acoplamiento con la red de conductos (unidades tipo apartamento).

ANUALMENTE- Limpieza química y mecánica de la batería.

MANTENIMIENTO UNIDADES DE TRATAMIENTO DE AIRE

MENSUALMENTE- Comprobar correas ventiladores y tensar en caso necesario.- Verificar sistemas de control.- Verificar ausencia de fugas en puertas y registros.- Limpieza bandeja de condensación.- Limpieza de filtros.

SEMESTRALMENTE- Inspeccionar soportes antivibratorios, anclajes y tornillería.- Engrasar cojinetes compuertas.- Limpieza general, verificación del estado de las baterías, limpiándolas si procede.

ANUALMENTE- Limpieza general, verificación del estado de las baterías, limpiándolas si procede.- Verificar circuito de recuperación.(*) A los motores eléctricos les será ejecutado su mantenimiento específico.

MANTENIMIENTO DIFUSORES Y REJILLAS

CADA DOS MESES- Comprobar que la distribución de aire se hace de forma uniforme y sin ruidos.

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- Comprobar la correcta colocación de los filtros en las rejillas.- Comprobar estado de compuertas cortafuegos y compuertas de regulación.

ANUALMENTE- Comprobar el estado de pintura.- Comprobar soportación y conexión al conducto.

MANTENIMIENTO DE GRUPOS AUTONOMOS PARTIDOS

MENSUALMENTE- Limpieza de filtros (o reposición según estado), comprobación presostato diferencial (cuando exista).- Comprobación de termostatos.- Comprobar obstrucciones en bandeja y línea de condensados.- Comprobación programador horario.- Verificación de toberas móviles de impulsión de aire.

SEMESTRALMENTE- Limpieza bandeja de condensación.- Verificación grupo motor-ventilador.- Comprobación del inversor frío-bomba de calor.- Comprobación de presostatos de alta, baja y aceite.- Revisión y corrección de fugas en el circuito frigorífico.- Limpieza exterior de evaporadores y condensadores.- Comprobación de equipos de regulación de presión de condensación (cuando exista).- Verificación y limpieza (si procede) de circuitos intercambiables

MANTENIMIENTO VENTILADORES Y EXTRACTORESMENSUALMENTE- Limpieza de separadores de grasa y filtros en campanas de extracción.- Comprobar la no existencia de calentamientos anormales.- Comprobar tensión de las correas de transmisión (si procede).- Verificar la inexistencia de ruidos y vibraciones.- Comprobar que los equipos giran libremente con la mano.- Comprobar los enclavamientos con los termostatos.

SEMESTRALMENTE- Limpieza de grasas, aceites e incrustaciones en conductos de extracción, cajas y ventiladores de las campanas de extracción.

ANUALMENTE- Inspección de soportes antivibradores, anclajes y tornillería en general.(*) A los motores eléctricos les será ejecutado su mantenimiento específico.

MOTORES ELECTRICOSMENSUALMENTE- Comprobar mediante el accionamiento a mano que el motor gira suavemente,- Revisar el estado de apriete de los pernos de conexión eléctrica y la puesta a tierra.

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- Observar el grado de calentamiento por si fuera anormal.- Comprobar el estado del ventilador.- Observar vibraciones anormales y revisar puntos de anclaje y elementos antivibratorios (cuando existan).

TRIMESTRALMENTE- Comprobar el buen funcionamiento de los arrancadores estrella-triángulo de los motores.- Comprobar el consumo por cada una de las fases.- Comprobar el número de revoluciones.- Comprobar el acoplamiento y su alineación.- Comprobar térmicos y diferenciales.

SEMESTRALMENTE- Engrase de rodamientos y comprobar su desgaste.- Comprobación de holguras anormales.- Comprobación del aislamiento eléctrico.- Revisión del estado de pintura.- Revisión del estado de amortiguadores y anclajes de las bancadas.

RELACIÓN ORIENTATIVA DE EQUIPOS

TODOS LOS CAMPUS Y EDIFICIOS- Red de conductos con aislamiento, pintura , tratamiento y sellado, soportación,

accesorios, rejillas, difusores, toberas, tomas de aire, compuertas y todos los demás elementos integrados en la misma.

- Red de distribución de agua fría y caliente con accesorios, valvulería, soportación, medida, aislamiento, pintura y todos los demás elementos integrados en la misma.

- Sistema de regulación y control.

CAMPUS DE GETAFE- Un (1) Climatizador CLIMATA TROX TKM-216 1.600 m3/h 5,5 kw (edificio 1)- Un (1) Climatizador UTASA TROX TKM-219-89 1.00 m3/h 5,5 kw(edificio 1)- Un (1) Climatizador UTA.CF TROX TKM-86 279-89 6.250 m3/h 2,2 kw(edificio 1)- Un (1) Climatizador UTA.CO TROX TKM-65 4.500 m3/h 2,2 KW(edificio 1)- Dos extractores en cubierta(edificio 1)- Una (1) UTA-1 7,5 kw(Luis Vives)- Una (1) UTA-2 7,5 kw(Luis Vives)- Una (1) UTA-B 7,5 kw(Luis Vives)- Un (1) extractor TV-1 2,2 kw (Luis Vives)- Un (1) extractor Termoven TV-12(edificio 16)- Un (1) extractor Termoven TV-9(edificio 16)- Un (1) extractor Termoven TUME-4(edificio 16)- Campanas de extracción de cocina

CAMPUS DE LEGANES- Una (1) UTA-21 ventilador de impulsión 5.800 m3/h. 8 mm. 1,5 CV. Ventilador de

retorno 5.800 m3/h. 15 mm. 1 CV.(Sabatini)- Una (1) UTA-22 ventilador de impulsión 5.800 m3/h. 15 mm. 2 CV. Ventilador de

retorno 5.800 m3/h. 15 mm. 1 CV.(Sabatini)- Una (1) UTA-23 ventilador de impulsión 4.000 m3/h. 15 mm. 1,5 CV.(Sabatini)

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- Una (1) UTA-5 ventilador de impulsión 15.552 m3/h. 2,4 kw. Ventilador de retorno 15.552 m3/h. 8,2 kw.(Padre Soler)

- Una (1) UTA-6.1 ventilador de impulsión 3.744 m3/h. 0,82 kw. Ventilador de retorno 3.744 m3/h. 0,82kw.(Padre Soler)

- Una (1) UTA-6.2 ventilador de impulsión 3.744 m3/h. 0,82 kw. Ventilador de retorno 3.744 m3/h. 0,82kw.(Padre Soler)

- Una (1) UTA-7 ventilador de impulsión 14.580 m3/h. 3 kw. Ventilador de retorno 14.580 m3/h. 3 kw.(Padre Soler)

- Una (1) UTA-8 ventilador de impulsión 13.212 m3/h. 2,4 kw. Ventilador de retorno 13.212 m3/h. 2,4 kw.(Padre Soler)

- Una (1) UTA-10 ventilador de impulsión 7.236 m3/h. 3,3 kw. Ventilador de retorno 7.236 m3/h. 3,3 kw.(Padre Soler)

- Un (1) extractor Sodeca TCR/R-1856-4T(Padre Soler)- Un (1) extractor Sodeca TCR/R-1435-6T(Padre Soler)- Dos (2) extractores de aire, ref. Cocina, marca TECNIVEL, modelo FTS-5E/C.

(Sabatini)- Campanas de extracción de cocina

EDIFICIO PARQUE CIENTÍFICO- Campana de extracción de cocina

CAMPUS DE COLMENAREJO - UTA-CA Marca: KOOLAIR Modelo: Normablock NB-11. Caudal: 11.330 m3/h.- UTA-CP Marca: KOOLAIR Modelo: Normablock NB-5. Caudal: 5.080 m3/h. - UTA-VIP: Marca: TECNIVEL Modelo: CHF-2-B. Caudal: 2.100 m3/h.- EXTRACTOR 1:Marca: TECNIVEL Caudal: 9.000 m3/h. - EXTRACTOR 2:Marca: TECNIVEL Caudal: 8.000 m3/h.- Campanas de extracción de cocina

PINTURAS, ACABADOS, CARPINTERÍAS

GENERALIDADES

PINTURAS Y ACABADOSInspección y detección de zonas deterioradas a cargo del personal de mantenimiento de la empresa concesionaria del servicio de cafetería. Estas labores se realizarán obligatoriamente después de cualquier tipo de obra ejecutada en nuestra universidad.Se procederá a la reparación de desperfectos puntuales que surgieran en cualquier elemento inmobiliario de las cafeterías, con un tiempo de respuesta inferior a una (1) semana.Se realizarán las actuaciones complementarias de acabado como consecuencia de actuaciones de otros oficios.

CARPINTERIAS- Inspección continua por parte del personal de la empresa concesionaria del contrato-Reparación inmediata de desperfectos.

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OPERACIONES DE MANTENIMIENTO

PINTURAS Y ACABADOS- Pintado completo de las dependencias de cafetería del edificio 16 de Getafe durante el primer año de contrato.- Pintado completo de espacios especialmente deteriorados anualmente, durante el mes de agosto.

CARPINTERÍASPUERTAS

MENSUALMENTE- Comprobación del estado exterior de puertas (chapado de formica, zócalo de latón, cristal superior, rotulación, esterillos de entrada, etc.).

SEMESTRALMENTE- Revisión, limpieza y engrase de los elementos móviles, cerraduras y manillones.- Revisión y mantenimiento de junquillos metálicos o de madera.

ANUALMENTE- Comprobación de la perfecta nivelación de las hojas de las puertas y ventanas.- Comprobación de anclajes.

VENTANAS

MENSUALMENTE- Comprobación del estado exterior de ventanas.

SEMESTRALMENTE- Revisión, limpieza y engrase de los elementos móviles, guías y cerraduras.- Revisión y reposición (en su caso) del sellado de silicona.- Revisión y mantenimiento de junquillos metálicos.- Revisión, reparación, limpieza y engrase de las guías, elementos y mecanismos de giro de las persianas.

ANUALMENTE- Comprobación de la perfecta nivelación de las hojas.- Comprobación de anclajes.

MAMPARAS Y CARPINTERIA INTERIOR DE MADERA

MENSUALMENTE- Comprobación del estado exterior de mamparas y carpintería interior.

ANUALMENTE- Comprobación y ajuste de la presión de tensores en las mamparas autoportantes, así como de los elementos de ensamblaje.

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- Revisión y reparación (sí procede) de las partes móviles de la carpintería interior (muebles de fan coils, armarios simulados, etc.).

CADA DOS AÑOS- Aplicación de tratamientos de protección en maderas.

AMBITOTodos los edificios y locales de cafeterías. Los límites los definen las fachadas exteriores y puertas de acceso exclusivo a esos locales incluyendo todos los elementos en los vestíbulos anteriores a las mismas si dan acceso exclusivo (suelos, paredes, esterillos, puertas, cristales,…). Se incluye aseos de la planta baja junto cafetería del Padre Soler de Leganés con la misma definición de límites.

FONTANERÍA, AGUA FRÍA Y CALIENTE Y SANITARIOS

GENERALIDADESInspección continua por parte del personal de la empresa concesionaria del servicio de cafeterías de la universidad Carlos III, de todas los equipos de fontanería.Atención inmediata a todos los atascos, fugas, etc. con un tiempo de respuesta inferior a 24 horas. Los aseos incluidos son los indicados en el apartado de limpieza.

OPERACIONES DE MANTENIMIENTO

TRIMESTRALMENTE- Revisión de redes de distribución, comprobando estanqueidad, goteo, fugas, corrosiones y humedades en juntas y soldaduras.- Revisión de grifos, válvulas y llaves de paso, comprobando hermeticidad y prensas.- Revisión y comprobación de válvulas de retención y fluxómetros.- Revisión del estado de soportes y aislamientos.- Revisión de todos los aparatos sanitarios, comprobando fijaciones y conexiones Sustitución inmediata en caso de rotura.- Comprobación del funcionamiento de termos eléctricos de cafetería.

ANUALMENTE- Limpieza y engrase de válvulas generales al tiempo que se procede a su apertura y cierre.- Reapriete de prensas o sustitución de empaquetaduras de dichas válvulas.

SANEAMIENTO VERTICAL Y HORIZONTAL

GENERALIDADES

Relación con empresa especializada con compromiso de atención a las llamadas de avería por parte de la universidad Carlos III antes de 24 horas, incluso con asistencia de camión de desatrancos con bomba de alta presión.

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Atención inmediata a todos los atascos, fugas, etc. con un tiempo de respuesta inferior a 24 horas.El ámbito de este apartado se extenderá al edificio 1 de Getafe en su totalidad y a todos los elementos funcionales que se encuentren dentro de las cafeterías y sean de uso exclusivo de las mismas.

OPERACIONES DE MANTENIMIENTO

MENSUALMENTE- Comprobación de la inexistencia de disminuciones de caudal de evacuación.- Comprobación de la existencia permanente de agua en los cierres hidráulicos de sifones y sumideros.

SEMESTRALMENTE- Limpieza y reparación de arquetas, pozos, calderetas, rejillas, sumideros, sifones, desagües y rebosaderos. Estas operaciones se realizarán inmediatamente en caso de producción de olores o desperfectos.- Se pondrá en funcionamiento el 20% de los aparatos, comprobando los defectos de circulación o fugas en cualquier parte del recorrido.

CUBIERTAS Y BAJANTES

GENERALIDADES: Dos (2) revisiones y limpiezas por año.Atención inmediata a todas las goteras, fugas, etc. con un tiempo de respuesta inferior a 24 horas.Las piezas o componentes a sustituir por revisiones o averías serán por cuenta de la empresa concesionaria del servicio de cafetería.El ámbito de este apartado se extenderá al edificio 1 de Getafe en su totalidad.

OPERACIONES DE MANTENIMIENTO

RED VERTICAL DE BAJANTES

SEMESTRALMENTE- Revisión de los entronques de los tubos con arquetas y canalones.- Comprobación de la estanqueidad de los tubos.- Comprobación de la fijación mecánica de las bajantes.

CUBIERTAS E IMPERMEABILIZACIONESSEMESTRALMENTE- Inspección y limpieza de cubiertas, canalones, limahoyas, cazoletas, sumideros, encuentros con petos y paramentos verticales y en general de todos aquellos puntos singulares en que se prevea la acumulación de hojas, papeles, plásticos, tierras, etc..- Revisión y reposición (si fuera necesario) de sellados en vidrios y claraboyas.- Revisión y reparación (si fuera necesario) de láminas impermeabilizantes y sus encuentros con tuberías, bajantes, cazoletas, sumideros, etc..- Revisión de faldones inspeccionando la posible aparición de grietas o goteras.

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SUMINISTRO Y UTILIZACION DE GAS NATURAL

GENERALIDADES

El adjudicatario contratará un servicio de mantenimiento con una empresa instaladora autorizada para manipular instalaciones de gas. Esta empresa realizará dos revisiones anuales de la instalación de gas, una a principio de temporada en el mes de septiembre y otra al final en el mes de mayo. Durante estas revisiones se repararán las anomalías detectadas previa información a los responsables de Mantenimiento. Se entregarán albaranes e informes de las revisiones y serán necesarios presentarlos para el abono del trimestre correspondiente. El mantenimiento preventivo y correctivo en este apartado será por cuenta de la empresa concesionaria del servicio de cafetería.Será por cuenta de la empresa concesionaria el mantenimiento y reparación de las rampas de gas natural a sus instalaciones y tuberías de distribución.

OPERACIONES DE MANTENIMIENTO

MENSUALMENTE- Revisión del correcto funcionamiento de los aparatos de seguridad en mesa y encendidos piezoeléctricos.- Limpieza exhaustiva de los quemadores, sobre todo las ranuras, para lo que serán sumergidos todos en agua jabonosa templada y frotados con estropajo o cepillo de puntas rígidas.- Regulación del aire primario, buscando siempre una llama azulada propia de una correcta combustión.

SEMESTRALMENTE- Revisión por empresa especializada con emisión de informe y reparación de defectos

(tubería,rampa de gas, valvuleria, colectores distribución,conexiones, quemadores,funcionamiento de central de detección de gas y corte,…).

ANUALMENTE- Comprobación del buen funcionamiento de las llaves de corte mediante espuma jabonosa, detectando la posible falta de estanqueidad, tanto en posición cerrada como abierta, en presencia del responsable de Mantenimiento de campus.- Comprobación del buen funcionamiento de los equipos que componen el conjunto de regulación mediante espuma jabonosa, detectando la posible falta de estanqueidad, en presencia de responsable de Mantenimiento de campus.

-Prueba de estanqueidad de toda la instalación.

MOBILIARIO Y EQUIPAMIENTO DE COCINA DE CAFETERÍA Y DEPENDENCIAS ANEXAS.

GENERALIDADES

CÁMARAS FRIGORÍFICAS Y MOBILIARIO ELECTRIFICADO

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- Contrato con empresa autorizada, incluyendo 1 visita trimestral y presencia en campus a requerimiento de la Universidad (sin coste para la Universidad)- Informe Técnico después de cada inspección, que incluirá:- Situación de la instalación.- Acciones efectuadas- Sugerencias, mejoras, ahorro energético, etc.

MOBILIARIO DE CAFETERÍA, BARRAS, AUTOSERVICIO Y ELEMENTOS AUXILIARES DE COCINA.

- Contrato con empresa autorizada, incluyendo 1 visita anual mínima y presencia en campus a requerimiento de la Universidad (sin coste para la Universidad)- Informe Técnico después de cada inspección, que incluirá:- Situación de la instalación.- Acciones efectuadas- Sugerencias, mejoras, ahorro energético, etc.- Sustitución o reparación en menos de 72 horas de los elementos deteriorados (sillas, mesas, etc.)

OPERACIONES DE MANTENIMIENTO

CÁMARAS FRIGORÍFICAS Y MOBILIARIO ELECTRIFICADO

DIARIAMENTE- Comprobar el funcionamiento correcto de los aparatos, vigilando la ausencia de ruidos anormales, escapes o manchas de agua o grasas, conexiones eléctricas defectuosas y correcto enfriamiento de los aparatos.

TRIMESTRALMENTE- Revisión exhaustiva de todas las cámaras frigoríficas y mobiliario electrificado (coincidiendo con la visita trimestral).- Comprobación del buen funcionamiento de evaporadores, condensadoras, líneas frigoríficas , compresores, poleas, etc, procediendo a la reparación o sustitución de los elementos deteriorados.

MOBILIARIO DE CAFETERÍA, BARRAS, AUTOSERVICIO Y ELEMENTOS AUXILIARES DE COCINA.

DIARIAMENTE- Revisión visual del estado de todos los elementos incluidos en este capítulo, retirando los

elementos que estén deteriorados y no puedan ser sustituidos inmediatamente.

PLAN DE GESTION DE RESIDUOS

El adjudicatario estará obligado a realizar una recogida selectiva de los residuos provenientes de dicha actividad, en los términos expresados en la Ley 5/2003 de 20 de marzo de Residuos de la Comunidad de Madrid. El propósito de esta actuación es colaborar en el aprovechamiento de los materiales contenidos en los residuos generados, evitar el vertido incontrolado de los mismos, y separar los residuos de diferentes tipos para ayudar a su reciclado. La empresa adjudicataria del

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contrato será responsable del cumplimiento de las normas sobre separación, almacenamiento, retirada, valorización y reciclaje previstas en la normativa vigente.

El adjudicatario estará obligado a realizar una recogida selectiva de todas las basuras y residuos generados en todas las cafeterías de la universidad, depositándolas en los contenedores específicos instalados o a instalar en dicho campus. Será también responsable de la gestión de los mismos, evitando cualquier acumulación de material en los mismos. Los residuos se entregarán a un Gestor Autorizado y se entregará a la universidad certificado de dicha entrega.

Con carácter previo al inicio de la ejecución del contrato, la empresa adjudicataria deberá poner en conocimiento de la universidad toda la documentación que la legislación aplicable exige para el desarrollo de su actividad, a saber:

Residuos peligrosos: Gestor de residuos : Autorización de la Comunidad Autónoma donde opera. Transportista de residuos: Inscripción en el Registro de la Comunidad Autónoma de

MadridResiduos no peligrosos:

Si se gestiona a través de Gestor Autorizado: Autorización de la Comunidad

Autónoma donde opera.

El adjudicatario se encargará de la colocación, gestión y mantenimiento de todos los contenedores necesarios, tanto interiores como exteriores, para la recogida de residuos indicada en este Anexo. Los contenedores y sus zonas de acopio se deben mantener en perfecto estado higiénico sanitario y la frecuencia de recogida de los mismos garantizará también este requisito.

También estará obligado a gestionar los residuos indicados en el punto anterior ,así como cualesquiera otros incluidos en los términos de este Pliego, en origen, a través de un Gestor Autorizado de Residuos de la Comunidad de Madrid, en los términos expresados en la Ley 5/2003 de Residuos de dicha Comunidad, certificando a la universidad dicha entrega.

Estará obligado a la recogida con una periodicidad mínima semanal de los contenedores higiénicos de los servicios femeninos, así como al tratamiento de su contenido y su reposición en perfectas condiciones higiénico-sanitarias, a través de un Gestor Autorizado por la Comunidad Autónoma de Madrid.

Durante el primer mes de vigencia del concurso la empresa concesionaria presentará a la universidad un Plan de Gestión de Residuos para su aprobación que incluirá, como mínimo:

- Catálogo, clasificación según la Ley 5/2003, origen y cantidad estimada de producción de residuos en cada una de las cafeterías.

- Gestión de los residuos: puntos de recogida y de almacenamiento(ubicación, capacidad, tipo), responsables de la gestión frecuencia de vaciado, gestores autorizados, justificación de las entregas de residuos, …

El adjudicatario estará obligado a formar a su personal para la adecuada gestión de los residuos generados en las cafeterías.-Se consideran incluidos en el ámbito de este Pliego la Gestión de los siguientes residuos, como mínimo:

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1.-RESIDUOS SÓLIDOS INERTES: LATAS-ENVASES DE VIDRIO-PAPEL Y CARTON-OTROS ENVASES (BOTELLAS DE PLASTICO, BRIKS,…)-PLASTICOS

2.-RESIDUOS SÓLIDOS ORGÁNICOS: ALIMENTOS-GRASAS

3.-RESIDUOS LIQUIDOS: ACEITES

4.-OTROS RESIDUOS: TUBOS FLUORESCENTES

El adjudicatario estará obligado a enviar a un PUNTO LIMPIO de la CAM o a una empresa recuperadora autorizada por la CAM todos los tubos fluorescentes retirados de las cafeterías, electrodomésticos y muebles obsoletos; así como los resididos de limpieza de campanas extractoras y conductos de extracción.

El adjudicatario deberá presentar a la universidad con una periodicidad semestral, junto con los documentos de aceptación de los residuos por los gestores autorizados, un informe sobre los residuos retirados que se ajustará al siguiente esquema:campus Cantidad (en Kg) Tratamiento Fecha                                                               Al finalizar cada año de contrato, la empresa presentará un informe a la sobre el nº de horas y contenido de la formación del personal de cafetería en materia de gestión de residuos.

DOCUMENTACIÓN

Relación mínima de documentación a entregar periódicamente:

MES DOCUMENTO1 -Plan Mantenimiento detallado

-Inventario de equipamiento, equipos e instalaciones incluidos-Modelo de informe-Plan Residuos-Relación de empresas contratadas-Calendario DDD

2 a 24 -Informe trimestral ( a responsables Mantenimiento de cada campus)-Factura trimestral por la prestación del servicio de mantenimiento, desglosada por Lotes y por Centro en el caso del Lote de Leganés-Documento de realización de visita y entrega de informe(junto con factura)

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