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1 METODOLOGIA PARA LA FORMULACION DE UN PLAN PARCIAL YEYMY MARIA CORREA GIRALDO UNIVERSIDAD CATOLICA DE PEREIRA FACULTAD DE ARQUITECTURA Y DISEÑO PROGRAMA DE ARQUITECTURA PRACTICAS ACADEMICAS PEREIRA 2012

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METODOLOGIA PARA LA FORMULACION DE UN PLAN PARCIAL

YEYMY MARIA CORREA GIRALDO

UNIVERSIDAD CATOLICA DE PEREIRA FACULTAD DE ARQUITECTURA Y DISEÑO

PROGRAMA DE ARQUITECTURA PRACTICAS ACADEMICAS

PEREIRA 2012

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METODOLOGIA PARA LA FORMULACION DE UN PLAN PARCIAL

YEYMY MARIA CORREA GIRALDO

INFORME FINAL

TUTOR

LUIS GUILLERMO ARISTIZABAL ARQUITECTO

UNIVERSIDAD CATOLICA DE PEREIRA

FACULTAD DE ARQUITECTURA Y DISEÑO PROGRAMA DE ARQUITECTURA

PRACTICAS ACADEMICAS PEREIRA

2012

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TABLA DE CONTENIDO

SÍNTESIS ..................................................................................................................... 6

INTRODUCCIÓN .......................................................................................................... 7

1. PRESENTACION DEL SITIO DE PRÁCTICAS ........................................................ 8

1.1 ALCALDIA DE PEREIRA .................................................................................... 8

1.1.1 Reseña Histórica ........................................................................................... 8

2. MISION ................................................................................................................... 10

3. VISION ................................................................................................................... 11

4. PRINCIPIOS Y VALORES ...................................................................................... 12

5. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL ....................................................................... 14

6. SECRETARÍA DE PLANEACIÓN ........................................................................... 15

6.1 MISION ............................................................................................................. 15

7. OBJETIVOS FUNDAMENTALES ........................................................................... 16

8. DIAGNÓSTICO DE NECESIDADES ..................................................................... 19

9. EJE DE INTERVENCION ....................................................................................... 20

10. JUSTIFICACION DEL EJE DE INTERVENCION .................................................. 21

11. OBJETIVOS .......................................................................................................... 22

11.1 OBJETIVO GENERALE .................................................................................. 22

11.2 OBJETIVOS ESPECIFICOS ........................................................................... 22

12. METODOLOGIA PARA LA FORMULACION DE UN PLAN PARCIAL .................. 23

13. MARCO LEGAL .................................................................................................... 24

14. CLASE DE PLANES PARCIALES ........................................................................ 25

14.1 PLANES PARCIALES DE RENOVACION URBANA ....................................... 25

14.2 Planes Parciales de Mejoramiento Integral. ..................................................... 25

14.3 Planes Parciales de Desarrollo ....................................................................... 25

14.4 Planes Parciales de Expansión Urbano ........................................................... 25

15. PLAN PARCIAL DE EXPANSIÓN GALICIA .......................................................... 27

16. SUELO DE EXPANSIÓN URBANO ...................................................................... 28

17. CONTENIDO DE LOS PLANES PARCIALES ....................................................... 29

18. PROCESO DE UN PLAN PARCIAL...................................................................... 30

18.1 FORMULACION Y REVICION ........................................................................ 30

18.2 Concertación y Consulta ................................................................................. 30

18.3 Adopción ......................................................................................................... 30

19. ETAPA DE FORMULACION Y REVISION ............................................................ 31

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19.1 SOLICITUD DE DETERMINANTES3 ............................................................... 31

20. RESPUESTA A LA SOLICITUD DE DETERMINANTES ....................................... 32

21. FORMULACION Y RADICACION DEL PROYECTO DE PLAN PARCIAL ............ 33

22. OTROS DOCUMENTOS QUE SE DEBEN INCLUIR EN ESTA ETAPA ............... 35

23. ETEPA DE CONCERTACION Y CONSULTA ....................................................... 36

23.1 ETAPA DE CONCERTACION Y CONSULTA DE PARTE DE LA AUTORIDAD

AMBIENTAL CARDER ............................................................................................ 36

24. CONCEPTO DEL CONSEJO CONSULTIVO DE ORDENAMIENTO 5 .................. 37

25. TERMINOS PARA CONCEPTO DEL CONSEJO CONSULTIVO DE

ORDENAMIENTO 6 .................................................................................................... 38

26. REGLAS ESPECÍFICAS DE TRAMITACION 7 ..................................................... 39

27. ETAPA DE ADOPCION ........................................................................................ 40

27.1 EXPEDICION DEL DECRETO DE ADOPCION DEL PLAN PARCIAL8:……... 40

27.2 Vigencia de los Planes Parciales9: ................................................................. 40

28. VIVIENDA EN PLANES PARCIALES ................................................................... 41

29. COMPENSACION EN DINERO O EN AREAS RECEPTORAS ............................ 42

30. TRATAMIENTOS URBANISTICOS ...................................................................... 43

30.1 DEFINICION ................................................................................................... 43

30.2 Categoría de los Tratamientos Urbanísticos .................................................... 43

31. TRATAMIENTO DE RENOVACION ...................................................................... 44

32. TRATAMIENTO DE RESARROLLO ..................................................................... 45

33. TRATAMIENTO DE MEJORAMIENTO INTEGRAL .............................................. 46

34. TRATAMIENTO DE DESARROLLO ..................................................................... 47

35. TRATAMIENTO EN SUELO DE EXPANSIÓN URBANA ...................................... 48

36. UNIDADES DE ACTUACION URBANISTICAS UAU ............................................ 49

36.1 QUE ES UNA UNIDAD DE ACTUACION URBANISTICA UAU? ..................... 49

37. DETERMINANTES PARA FORMULAR LAS UAU ............................................... 50

38. REPARTO DE CARGAS Y BENEFICIOS ............................................................. 51

39. EFECTO DE PLUSVALIA ..................................................................................... 52

40. CONDICIONES QUE DEBEN CUMPLIR PARA GENERAR EL EFECTO

PLUSVALIA ................................................................................................................ 53

41. QUIEN APLICA LA PLUSVALIA ........................................................................... 54

42. QUE DIFERENCIA HAY ENTRE VALORIZACION Y PLUSVALIA ....................... 55

43. GLOSARIO ........................................................................................................... 56

45. BIBLIOGRAFIA ..................................................................................................... 57

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LISTA DE ILUSTRACIONES

Ilustración 1. Plano 1: Plan Parcial de Expansión Galicia ............................... 26 Ilustración 2. plano 2: Suelo de Expansión Urbano Galicia ............................. 27 Ilustración 3. Plano 3: Delimitación del Plan Parcial Galicia por Unidades de Actuación.......................................................................................................... 49

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SÍNTESIS

Este trabajo consiste en analizar un instrumento de planificación denominado “PLANES PARCIALES” por la ley 388 de 1997 la cual subroga la ley 9 de 1987 que consiste en la ley de reforma urbana. De este parte crear un manual metodológico que sirva para evaluar los impactos negativos y positivos de los planes parciales. Palabras Claves: Ordenamiento Territorial, Planes Parciales, Evaluó, Plusvalía.

This paper is to analyze a planning tool called partial plans by law 388 of 1997 which subrogated law 9 0f 1987, which is the urban reform law. Of this part to create a methodological handbook be used for assessing positive and negative impacts of partial plans. Keywords: Territorial, Partial Plans, Evaluated, Goodwill.

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INTRODUCCIÓN

El desarrollo del trabajo se redacta en un documento que tiene como objeto estructurar de manera simplificada, la formulación de una propuesta metodológico que de a conocer, cuantifique y cualifique los impactos y beneficios de los Planes Parciales formulados y ejecutados en la ciudad de Pereira. El plan de practica es una visión que define en diversos ámbitos el Modelo Urbanístico que hoy se ve reflejado en la ciudad desde la estructuración urbana, efectos económicos y financieros, elementos ambientales y las condiciones sociales en donde el habitante de la ciudad adquiere un carácter de actor principal y determina las acciones que generan un desarrollo equilibrado. La importancia de desarrollar un informe enfocado en entender, analizar y comprender el impacto y el beneficio generado por los Planes Parciales es, que radica en conocer la eficacia de estos, y son los mismos que han tenido las ciudades en el momento de renovar, replantear y regular de una manera ordenada las nuevas zonas y propuestas que se integraran al tejido urbano de las ciudades en busca de una mejor calidad de vida para los habitantes del suelo urbano.

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1. PRESENTACION DEL SITIO DE PRÁCTICAS

1.1 ALCALDIA DE PEREIRA

1.1.1 Reseña Histórica

Según el manual de operaciones y calidad de la Alcaldía de Pereira en su versión 10 con fecha del 08 de noviembre tenemos: Reseña Historia; Entre 1816 y 1819 José Francisco Pereira y su hermano Manuel hallaron en estos pasajes, refugio seguro, poniéndose a salvo de una avanzada del ejército español, luego de que las huestes patriotas fueran derrotadas en Cachiri (San tander), donde Pereira estuvo involucrado. La historia de Pereira comienza legalmente en 1863, cuando unos hombres visionarios provenientes de Cartago y liderados por el padre Remigio Antonio Cañearte, arribaron a una aldea en la que se cruzaban los caminos y que llamaron “Pereira”. A partir de la fundación de Pereira, corresponde al gobierno adelantar un sin número de acciones y políticas tendientes a la configuración, ordenamiento y organización de la vida política, económica, social y cultural, que llevaron a la construcción de la naciente municipalidad. Durante este siglo tuvieron principal importancia algunas administraciones que lograron y propusieron acciones significativas, como lo son en materia de planeamiento urbano de Pereira, al generarse una división de Distrito en nueve fracciones, así mismo se destaca el acuerdo por medio del cual se acordó darle inicio a la red vial del municipio y de la población. El fin del siglo XIX y el comienzo del siglo XX marcaron grandes adelantos como lo son el proyecto de alumbrado eléctrico, el acuerdo que concedió el privilegio exclusivo por un término de 30 años de la provisión de agua potable para la ciudad y la consolidación del Hospital San Jorge, de aquí en adelante la producción cafetera, la ganadería y el surgimiento de las sociedades comerciales, toman bastante fuerza en la región lo que para las administraciones de la época resulto de gran importancia para el desarrollo del municipio en el futuro. Los años veinte le trajeron a Pereira el despegue definitivo hacia la modernidad. La aldea se rendía ante el ímpetu urbanístico de una población que ya superaba los 23.000 habitantes. De allí hasta la actualidad se han presentado grandes sucesos históricos, reformas urbanas y cambios estructurales entre los que se pueden destacar en el año de 1995, donde el gobierno Municipal tuvo que buscar soluciones a los problemas que se presentaron a raíz del temblor de tierra que destruyó buena parte de la zona céntrica de la ciudad y repercutió en los gobiernos futuros. En los años siguientes se reconocen acontecimientos como la “Renovación urbana del Centro”, la reubicación de los vendedores de la galería y la puesta en marcha del plan de renovación. En este mismo periodo se dio por primera vez el diseño de un Plan de Desarrollo Municipal, que estuviera acorde con las necesidades

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de la ciudad y con la capacidad económica del Municipio. Estos y muchos más enmarcaron la historia y desarrollo de la ciudad de Pereira hasta la actualidad. Para lograr dicho grado de desarrollo, fue indispensable fortalecer la economía agraria-cafetera y las sociedades comerciales, integrar el comercio a la nación y el mundo exterior, implementar infraestructura física, vial y de servicios públicos, planeamiento urbano, fomento a la educación, al desarrollo financiero, al establecimiento de empresas y políticas de fomento e inversión empresarial y al impulso de nuestra cultura. La visión de progreso y el espíritu cívico de todos los sectores sociales e institucionales le dieron a la ciudad desde sus inicios la fuerza, la vitalidad y el empuje, que permitieron enrumbar la ciudad hacia el siglo XX y ahora enfrentar los retos del siglo XXI.

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2. MISION

Con el apoyo del conocimiento en sus diversos campos, de la mano de todas las ciudadanas y ciudadanos, La ALCALDÍA DE PEREIRA trabajará en el logro de los acuerdos y consensos necesarios para que los atributos, dimensiones, y sus interacciones permitan una acción integradora, urbana y rural, que dignifique la vida de sus habitantes y posibiliten un desarrollo humano sostenible, garantizando la construcción de un proyecto colectivo de ciudad. La Administración Municipal de Pereira, presta los servicios públicos y asume las competencias asignadas por la Constitución y la Ley, en función del cumplimiento de los fines esenciales del Estado; gestiona sus propios intereses y administra sus recursos con transparencia y responsabilidad para el mejoramiento social y cultural de sus habitantes.

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3. VISION

Pereira será una ciudad gobernada con transparencia y equidad, donde todos actuemos con responsabilidad y solidaridad, con un desarrollo sostenible en el campo y la ciudad con condiciones de vida digna para sus habitantes, articulada a la región y al mundo. La Administración Municipal de Pereira, será reconocida por su calidad en el servicio ciudadano, por la excelencia en el desempeño administrativo, por el uso de las más avanzadas tecnologías y por la profesionalización y pertenencia del servidor público, con un indeclinable compromiso de mejoramiento continuo.

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4. PRINCIPIOS Y VALORES

1. a. Planificación: Enfocar los recursos disponibles al cumplimiento de la

misión, aplicando para ello las más modernas metodologías de gestión pública y en concordancia con los lineamientos establecidos por la Función Pública.

2. Desarrollo del Talento Humano hacia un alto nivel profesional: Operar cambios de actitud en el recurso humano comprometido en el cumplimiento de la misión institucional, por medio de la política de capacitación y reconocimiento de me ritos, orientados al cabal cumplimiento de sus funciones.

3. Control por Procesos: Ejercer la Gestión Pública de conformidad con los procesos y procedimientos establecidos en el Programa de Modernización y Fortalecimiento Institucional, aplicando nuevas y organizadas metodologías de trabajo orientadas a obtener mayor eficiencia y eficacia en la aplicación de los procesos multifuncionales, conduciendo el enfoque de procesos hacia el cliente (usuario, beneficiario o destinatario).

4. Participación ciudadana o comunitaria: Ejercer la Gestión pública con la participación activa de los ciudadanos o la comunidad, promoviendo la constitución de veedurías ciudadanas, audiencias públicas, consejos comunitarios y demás mecanismos de participación que permitan conocer el querer y anhelos de los habitantes del territorio.

5. Enfoque hacia el cliente: la razón de ser de la Administración Municipal

de Pereira es prestar un servicio dirigido a satisfacer a sus clientes; por lo tanto, es fundamental comprender cuáles son las necesidades actuales y futuras de los clientes, que cumpla con sus requisitos y que se esfuerce por exceder sus expectativas.

6. Liderazgo: Lograr la unidad de propósito dentro de la organización, generando y manteniendo un ambiente interno favorable, en el cual los servidores públicos y/o particulares que ejercen funciones públicas se involucren totalmente en el logro de los objetivos de la entidad.

7. Enfoque basado en los procesos: En la Administración Municipal de Pereira existe una red de procesos, la cual al trabajar articulada mente, permite generar valor. Un resultado deseado se alcanza más eficientemente cuando las actividades y los recursos relacionados se gestionan como un proceso.

8. Enfoque del sistema para la gestión: el hecho de identificar, entender,

mantener, mejorar, y en general, gestionar los procesos y sus interrelaciones como un sistema que contribuye a la eficacia, eficiencia y

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efectividad de la Administración Municipal de Pereira en el logro de sus objetivos.

9. Mejora continua: siempre es posible implementar maneras más prácticas y mejores para entregar los productos o prestar servicios. Es fundamental que la mejora continua del desempeño global de la Administración Municipal de Pereira sea un objetivo permanente para aumentar su eficacia, eficiencia y efectividad.

10. Coordinación, cooperación y articulación: el trabajo en equipo, en y entre entidades es importante para el desarrollo de relaciones que beneficien a sus clientes y que permitan emplear de una manera racional los recursos disponibles.

11. Transparencia: La gestión de los procesos se fundamenta en las actuaciones y las decisiones claras; por lo tanto, se garantiza el acceso a la información pertinente de sus procesos, facilitando el control social.

12. Participación activa de los servidores públicos y/o particulares que

ejercen funciones públicas: Es el compromiso de los servidores públicos y/o de los particulares que ejercen funciones públicas, en todos los niveles, el cual permite el logro de los objetivos de la entidad.

13. Enfoque basado en hechos y datos para la toma de decisiones: En todos los niveles de la entidad las decisiones eficaces, se basan en el análisis de los datos y la información, no simplemente en la intuición.

14. Relación mutuamente beneficiosa con los proveedores de bienes o servicios: Las entidades y sus proveedores son interdependientes, una relación beneficiosa, basada en el equilibrio contractual aumenta la capacidad de ambos para crear valor.

15. Auto control: Es la capacidad que ostenta cada servidor público para controlar su trabajo, detectar desviaciones y efectuar correctivos para el adecuado cumplimiento de los resultados que se esperan en el ejercicio de su función, de tal manera que la ejecución de los procesos, actividades y/o tareas bajo su responsabilidad, se desarrollen con fundamento en los principios establecidos en la Constitución Política.

16. Autorregulación: Es la capacidad institucional para aplicar de manera

participativa al interior de la Administración Municipal de Pereira, los métodos y procedimientos establecidos en la normatividad, bajo un entorno de integridad, eficiencia y transparencia en la actuación pública.

17. Auto gestión: Es la capacidad institucional de la Administración Municipal de Pereira para interpretar, coordinar, aplicar y evaluar de manera efectiva, eficiente y eficaz la función administrativa que le ha sido asignada por la Constitución, la Ley y sus Reglamentos.

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5. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

La Estructura Administrativa del Municipio del nivel Central está conformada, por las siguientes dependencias:

Despacho del Alcalde.

Asesoría Privada. Asesoría de Control Interno. Oficina Asesora de Comunicaciones. Secretaría de Planeación.

Secretaría de Educación. Secretaría de Salud y Seguridad Social. Secretaría de Gobierno. Secretaría de Desarrollo Rural. Secretaría de Infraestructura. Secretaría de Desarrollo Social y Político.

Secretaría de Recreación y Deportes. Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas. Secretaría de Desarrollo Administrativo. Secretaría Jurídica. Secretaría de Gestión Inmobiliaria.

sistema de gestión de calidad alcaldía 2011

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6. SECRETARÍA DE PLANEACIÓN

6.1 MISION

Formular directrices de desarrollo de la ciudad de Pereira para que le permita al sector público y privado visualizar una imagen objetiva de ciudad deseada, proyectando el futuro y actuando ordenadamente para alcanzarlo; para el logro de su misión, la Secretaría de Planeación formulará las políticas públicas, coordinará la acción pública municipal, controlará y evaluará su gestión y alcanzará un sistema de gestión pública de alta responsabilidad. Será la dependencia encargada de operar las decisiones que en materia de planeación disponga el Alcalde.

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7. OBJETIVOS FUNDAMENTALES

Formular las políticas públicas del Municipio de Pereira; formular planes, programas globales y proyectos; coordinar la acción de las entidades públicas de los niveles nacional, departamental, metropolitano y municipal en la ciudad; hacer el seguimiento del plan de desarrollo Municipal; evaluar la gestión y resultados de las entidades públicas municipales; desarrollar y aplicar los instrumentos de Ley para lograr un desarrollo urbano ordenado y verificar que el desarrollo territorial del Municipio se realice conforme a la normatividad vigente. La Secretaría de Planeación tendrá los siguientes objetivos:

1. Establecer procedimientos y mecanismos para la elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control del Plan de Desarrollo y el Plan de Ordenamiento Territorial, con una visión prospectiva y en armonía con los planes nacional, departamental y metropolitano.

2. Direccionar la formulación de los planes parciales, zonales, y de acción de conformidad con la legislación vigente y lo dispuesto en el Plan de Desarrollo de Pereira.

3. Proyectar al Municipio de Pereira en su entorno regional, nacional, e internacional, y definir mecanismos de articulación.

4. Proponer la estructura de la organización municipal con base en una visión prospectiva, que consulte la dinámica y cambios del entorno.

5. Direccionar el modelo de desarrollo para confrontar lo deseable con lo

posible, y concretar un municipio con desarrollo integral y sostenible.

6. Asesorar al Alcalde, y a las entidades del orden municipal en la toma de decisiones de conformidad con las normas y los planes del orden nacional, departamental, metropolitano y municipal.

7. Planificar el desarrollo socio económico del territorio como insumo básico para la elaboración de los diferentes planes y programas, así como la generación de indicadores y adopción de nuevas políticas.

8. Direccionar la formulación de los proyectos que deben realizar las diferentes secretarías e institutos descentralizados del orden municipal, con el fin de cumplir con lo dispuesto en los Planes de Desarrollo y Ordenamiento Territorial.

9. Proponer mecanismos modernos de evaluación en lo pertinente al desarrollo social, económico y físico, el espacio público, los usos del suelo y la gestión urbanística de las curadurías.

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10. Asegurar que las diferentes unidades y dependencias generen información oportuna y confiable, con el fin de analizarla y entregarla como valor agregado para la toma de decisiones y el ajuste de las políticas públicas.

11. Afianzar metodologías para el seguimiento y evaluación del Plan de Desarrollo y del Plan de Ordenamiento Territorial, los Planes Parciales, zonales, así como la participación ciudadana en el proceso de planeación.

12. Dirigir y coordinar la instrumentación del PORTE.

13. Formular el Plan Operativo Anual de Inversiones.

14. Coordinar la acción de las entidades municipales, departamentales y nacionales en el municipio con miras al cumplimiento del plan municipal.

15. Elaborar el Plan Anual y Plurianual de Inversiones del Municipio.

16. Dirigir, organizar y sistematizar el banco de programas y proyectos de inversión municipal.

17. Proponer y guiar la aplicación de los instrumentos de estratificación, a fin de propender por el modelo más equitativo para la ciudad.

18. Guiar la planeación financiera dentro de los parámetros legales.

19. Guiar la estructura organizacional de mediano y largo plazo que permita adaptarla a los nuevos retos de la globalización, identificar las tendencias y procesos de cambio en el contexto regional, nacional e internacional que inciden o determinan las condiciones de desarrollo de la ciudad y su población, para ser incorporadas en la formulación de escenarios de futuro y proyectos de largo plazo.

20. Guiar actuaciones en el sistema estructuran te del espacio público, que garantice la libre circulación, la disponibilidad de acceso a los equipamientos colectivos, la generación de nuevos espacios públicos y la creación de una nueva cultura de la apropiación y disfrute del espacio público.

21. Guiar la demanda de información de los usuarios, sobre aspectos de naturaleza social, económica, demográfica, físico espacial, ambiental, y legal, relacionados con los procesos de gestión, planeación, investigación y desarrollo del Municipio de Pereira.

22. Formular, desarrollar y direccionar la implementación de los sistemas de gestión administrativos (sistema de gestión de calidad, sistema de

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desarrollo administrativo y sistema de control interno) en los términos y condiciones que señale la Ley y las directrices de la función pública.

23. Desempeñar las demás funciones asignadas por el Alcalde de acuerdo con el nivel, naturaleza y el área de desempeño del cargo.

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8. DIAGNÓSTICO DE NECESIDADES

Para diagnosticar el trabajo de prácticas se convocó una reunión a la que asistió el tutor (Arq. Luís Guillermo Aristizábal), el jefe inmediato (Arq. Carlos Eduardo Rincón González), buscando que las actividades a realizar durante la practica fueran de gran aporte para la alcaldía. Se tuvieron en cuenta varias opciones como lo eran los planes parciales y antejardines ya que ambas opciones son de gran aporte para la alcaldía, después de un gran debate escogimos trabajar con el tema de Planes Parciales con el fin de generar un documento metodológico de gran importancia a lo hora de desarrollar un Plan Parcial.

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9. EJE DE INTERVENCION

Una de las prioridades de la organización durante el periodo de práctica es realizar una investigación a partir de la cual se generan unas normas para la ejecución de un Plan Parcial, por lo cual se crea un proyecto metodológico que permita consolidar y alimentar la base de datos. Así buscamos establecer unos patrones que permitan analizar los impactos y beneficios generados por la Implementación, formulación y ejecución de los Planes Parciales.

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10. JUSTIFICACION DEL EJE DE INTERVENCION

Una de las razones que dieron origen al realizar el proyecto metodológico, es el poco conocimiento que se tiene en el momento de realizar un Plan Parcial, con base a esto se presenta el proyecto que brinda apoyo a la formulación, revisión y corrección de los Planes Parciales. Por lo tanto se vela que el ordenamiento del territorio vaya de acuerdo con el crecimiento de la ciudad.

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11. OBJETIVOS

11.1 OBJETIVO GENERALE

Realizar un diagnostico metodológico para la formulación de los Planes Parciales del municipio de Pereira para analizar con detalle los impactos y beneficios generados por la Implementación, formulación, programación y ejecución de los Planes Parciales.

11.2 OBJETIVOS ESPECIFICOS

Dar a conocer la metodología de ejecución de un Plan Parcial.

Cuantificar y cualificar los resultados de un Plan Parcial en términos económicos, ambientales, urbanísticos y sociales.

Proponer la integración de la comunidad con las entidades encargadas de promover un Plan Parcial.

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12. METODOLOGIA PARA LA FORMULACION DE UN PLAN PARCIAL

En los últimos Anos Pereira se ha caracterizado por ser una ciudad pequeña pero pujante, la misma gente se apropia de su entorno y forma parte del desarrollo de ella, gracias a un instrumento de gestión que garantice la ejecución de los proyectos, y esto a su vez ayudan a denominar, organizar y controlar el crecimiento, desarrollo progreso y la evolución de la ciudad; este instrumento se denomina plan parcial. ¿Qué ventajas ofrece el plan parcial para el que construye?, ¿la gente se beneficia o se “afecta” con la utilización de este instrumento?, y ¿Qué condiciones trae este instrumento a la ciudad en general? Con el plan parcial como herramienta, podemos participar en la correcta intervención de la construcción de la ciudad, además la gestión predio a predio, ofrece la interacción y corresponsabilidad entre el sector público y privado, una mejor planificación en el diseño y aprovechamiento para optimizar los distintos desarrollos, además de contar con los distintos beneficios equitativos y obligaciones proporcionales a estos, se garantiza la participación de la ciudadanía en la proyección de la ciudad, el plan parcial es una herramienta de vital importancia que ayuda en la transformación positiva del territorio en general, es uno de los componentes de planificación y gestión más comprometido y dispuesto en práctica y es un componente obligatorio para la ejecución dentro del modelo de plan de ordenamiento territorial del municipio (POT) Con este interés, el AREA DE GESTION URBANA de la ALCALDIA DE PEREIRA, entre este manual metodológico de apoyo en la creación de planes parciales, para que las personas tengan la posibilidad de un mejor entendimiento sobre este tema que es un poco complejo, y a su vez con el beneficio de lograr una mejor difusión del mismo.

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13. MARCO LEGAL

La ley 388 de 1997 define de manera más precisa el instrumento así:

PLANES PARCIALES: Articulo 19_ Los planes parciales son los instrumentos mediante los cuales se desarrollan y complementan las disposiciones de los planes de ordenamiento, para áreas determinadas del suelo urbano y para las áreas incluidas en el suelo de expansión urbana, además de las que deban desarrollarse mediante unidades de actuación urbanística, macro proyectos u otras operaciones urbanas especiales, de acuerdo con las autorizaciones emanadas de las normas urbanísticas generales, en los términos previstos en la presente ley. Este instrumento fue creado por la ley 388 de 1997 y en ella se encuentra sus principales definiciones y propósitos, igualmente, el decreto reglamentario nacional, 2181 de 2006, complementa aspectos de los mismos, por parte de las administraciones municipales.

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14. CLASE DE PLANES PARCIALES

14.1 PLANES PARCIALES DE RENOVACION URBANA

Son aquellos aplicables a sectores urbanos que requieren de modificaciones sustanciales en los usos del suelo y de las construcciones, tendientes a una utilización más eficiente del suelo, y, por lo tanto, preverán la habilitación y mejoramiento de las infraestructuras, equipamiento y espacio público necesario para atender las nuevas densidades y usos del suelo.

14.2 Planes Parciales de Mejoramiento Integral.

Los cuales son aplicables para sectores de la ciudad desarrollados de forma incompleta o bien, cuando se presentan condiciones deficitarias en la provisión de espacio de equipamientos, zonas recreativas y servicios públicos entre otros.

14.3 Planes Parciales de Desarrollo

Son aquellos aplicables para áreas que a pesar de su localización dentro del perímetro urbano en virtud de variadas circunstancias no han podido ser urbanizadas.

14.4 Planes Parciales de Expansión Urbano

Pertenecen a esta clase todos aquellos que sean necesarios para el proceso de incorporación del suelo de expansión a suelo urbano.

CLASES DE PLANES PARCIALES1

1 Articulo 499, acuerdo 23 de 2006

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Ilustración 1.Plano 1: Plan Parcial de Expansión Galicia

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15. PLAN PARCIAL DE EXPANSIÓN GALICIA

Se dice entonces que los planes parciales se realizaran únicamente en suelos urbanos o de expansión urbana, por lo tanto estos mismos funcionan como organismos de desarrollo de estos suelos, pero a su vez son muy importantes para los procesos o tratamientos de renovación urbana y para áreas sin urbanizar incluidas en el perímetro urbano.

Ilustración 2.plano 2: Suelo de Expansión Urbano Galicia

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16. SUELO DE EXPANSIÓN URBANO

La presente guía se centra en las metodologías de formación de planes parciales de desarrollo, es decir en suelos de expansión urbana, en áreas sin urbanizar o por la necesidad de organizar el territorio al interior del suelo urbano, teniendo en cuenta que el municipio de Pereira posee unas directrices de ordenamiento territorial, sobre todo en aquellas áreas de desarrollo urbano tanto en suelos de expansión urbana como en otras incluidas en el perímetro urbano.

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17. CONTENIDO DE LOS PLANES PARCIALES

1. La delimitación y características del área de la operación urbana o de la unidad mínima de actuación urbanística contemplada en el plan parcial o local. 2. La definición precisa de los objetivos y las directrices urbanísticas específicas que orientan la correspondiente actuación u operación urbana, en aspectos tales como el aprovechamiento de los inmuebles; el suministro, ampliación o mejoramiento del espacio público, la calidad del entorno, las alternativas de expansión, el mejoramiento integral o renovación consideradas; los estímulos a los propietarios e inversionistas para facilitar procesos de concertación, integración inmobiliaria o reajuste de tierras u otros mecanismos para garantizar el reparto equitativo de las cargas y los beneficios vinculadas al mejor aprovechamiento de los inmuebles; los programas y proyectos urbanísticos que específicamente caracterizan los propósitos de la operación y las prioridades de su desarrollo, todo ello de acuerdo con la escala y complejidad de la actuación o de la operación urbana contemplada.

3. Las normas urbanísticas específicas para la correspondiente unidad de actuación o para el área específica objeto de la operación urbana objeto del plan: definición de usos específicos del suelo, intensidades de ocupación y construcción, retiros, aislamientos, empates y alturas.

4. La definición del trazado y características del espacio público y las vías y, especialmente en el caso de las unidades de actuación, de la red vial secundaria; de las redes secundarias de abastecimiento de servicios públicos domiciliarios; la localización de equipamientos colectivos de interés público o social como templos, centros docentes y de salud, espacios públicos y zonas verdes destinados a parques, complementarios del contenido estructural del plan de ordenamiento. 5. Los demás necesarios para complementar el planeamiento de las zonas determinadas, de acuerdo con la naturaleza, objetivos y directrices de la operación o actuación respectiva.

6. La adopción de los instrumentos de manejo del suelo, captación de plusvalías, reparto de cargas y beneficios, procedimientos de gestión, evaluación financiera de las obras de urbanización y su programa de ejecución, junto con el programa de financiamiento. En los casos previstos en las normas urbanísticas generales, los planes parciales podrán ser propuestos ante las autoridades de planeación municipal para su aprobación, por personas o entidades privadas interesadas en su desarrollo. En ningún caso podrán contradecir o modificar las determinaciones de los planes de ordenamiento ni las normas estructurales de los mismos.

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18. PROCESO DE UN PLAN PARCIAL

En desarrollo de lo establecido en la ley 388 de 1997, con respecto a los procedimientos de adopción de los planes parciales, el gobierno nacional expidió el decreto 2181 de 2006, complementando y detallando las tres ETAPAS involucradas en su formulación y adopción, a saber:10

18.1 FORMULACION Y REVICION

Solicitud de determinantes; respuesta a solicitud de determinantes.

Formulación y radicación del proyecto del plan parcial; información, publicación, citación a propietarios y vecinos; revisión de proyectos de plan parcial.

Entrega de correcciones solicitadas; informe a solicitantes de motivo de demora.

18.2 Concertación y Consulta

Concertación con la autoridad ambiental; concepto del consejo consultivo de ordenamiento territorial2; respuesta de plantación hacia el concejo consultivo.

18.3 Adopción

Consolidación y presentación del proyecto; expedición del decreto

2 Derogado por el decreto 4300 de 2007

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19. ETAPA DE FORMULACION Y REVISION

19.1 SOLICITUD DE DETERMINANTES3

En el caso del proponente guiado por el ARTÍCULO 5 del decreto 2181 de 2006 entrega los siguientes documentos:

SOLICITUD DE TERMINANTES

1. Persona natural, identificación del propietario o propietarios de los predios que hacen las solicitudes. Si es persona jurídica debe acreditar su existencia y presentación legal mediante el documento legal idóneo; cuya fecha de expedición no sea superior a un mes.

2. Poder debidamente otorgado, cuando se actué mediante apoderado o promotor.

3. Plancha IGAC o plano Georreferenciado a escala 1:2000 o 1:5000 con la localización de los predios he indicado delimitado del plan parcial.

4. Identificacion de los predios incluidos en la propuesta de delimitación y sus propietarios con los respectivos certificados de tradición y libertad.

5. La factibilidad para extender o ampliar las redes de servicios públicos.

En esta etapa la Secretaria de Planeación se encarga del que proponente conserve el área delimitada por el para la realización del Plan Parcial pero si la misma Secretaria deciden que se debe incluir o excluir algunos predios se facultara de hacer la delimitación basándose en el estipulado por el Plan de Ordenamiento Territorial, y hacerla saber al mismo proponente mediante acto administrativo.

3 Articulo 5 del decreto 2181 de 2006, es subrogado por el articulo 2 del decreto 4300 de

2007.

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20. RESPUESTA A LA SOLICITUD DE DETERMINANTES

Conforme en el ARTICULO 6 del decreto 2181 de 2006, es la Secretaria de Planeación Municipal quien dispondrá de un termino máximo de (15) días para responder la solicitud de que trata el artículo 5, mediante acto administrativo que se notificara al solicitante

RESPUESTA A LA SOLICITUD DE DETERMINANTES

1. La definición del área de planificación del plan parcial.

2. La indicación de reglamentación de: a) Las áreas de reserva y protección ambiental b) Las zonas de amenaza y riesgo y condiciones especificas para su manejo.

3. La delimitación de las afectaciones Urbanísticas.

4. Las áreas o inmuebles declarados como bienes de interés cultural y las condiciones para su manejo.

5. Normas urbanísticas aplicadas para la formulación del plan parcial.

La respuesta a dicha solicitud de determinantes servirá como base para la formulación del Plan Parcial que tendrá un término de 12 meses parar entregar a la Secretaria de Planeación.

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21. FORMULACION Y RADICACION DEL PROYECTO DE PLAN PARCIAL

La formulación consiste en la elaboración de la propuesta complota del plan parcial desarrollado conforme con lo establecido en el ARTICULO 7 del decreto 2181 de 2006.

Los proyectos de Planes Parciales se radican en la oficina de Planeación Municipal o distrital o la dependencia que haga sus veces anexado además de los documentos.

FORMULACION

Y RADICACION

DEL

PROYECTO DE

PLAN PARCIAL.

1. Memoria justificativa del plan parcial y sus condiciones de participar y criterios de diseño.

Cartografía en escalas 1.2000 o 1:;5000 que incluyan como mínimo

Planos del diagnostico

1.1. Plano topográfico del área de planificación, señalando los predios con sus folios de matricula inmobiliaria.

1.2. plano de localización de los sistemas generales o estructurales proyectados y existentes.

Planos normativos de la formulación

2. presentación del planteamiento urbanístico proyectado con la identificación de los sistemas de espacio público y los espacios privados.

2.1. Plano general de la propuesta urbana.

2.2.plano de la red vial y perfiles viales

3. presentación de la estrategia de gestión y financiación y de los instrumentos legales aplicables para el efecto.

2.3. Plano de espacio público y de la localización de equipamientos.

2.4. Plano de trazado de las redes de servicios públicos.

2.5. Plano de usos y aprovechamientos.

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4.cuantificacion general de la edificabilidad total según uso y destino y cuantificación financiera de la intervención

2.6. Plano de asignación de cargas urbanísticas.

2.7. Plano de proyecto de delimitación de las unidades de actuación urbanística y/o de gestión.

2.8. Plano de localización de las etapas de desarrollo previstas.

2.9. Plano de delimitación de las zonas o sub·zonas beneficiarias de las acciones urbanísticas que permitan determinar el efecto de la plusvalía, cuando a ello hubiera lugar.

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22. OTROS DOCUMENTOS QUE SE DEBEN INCLUIR EN ESTA ETAPA

1. La propuesta del proyecto de decreto que adopte el plan parcial con sus normas urbanísticas.

2. El proyecto de limitación de las unidades de actuación urbanísticas.

ARTICULO 8. Información publica, citación a propietarios y vecinos. La misma secretaria se encarga de comunicarle a propietarios y vecinos para hacerles participe de dicha propuesta y darles la oportunidad de hacer aclaraciones y/u observaciones.

ARTICULO 9. Revisión del proyecto del Plan Parcial. La secretaria de planeación es la encargada de revisar dicho proyecto y se verificara que cumpla con las normas urbanísticas y así poder otorgar la viabilidad.

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23. ETEPA DE CONCERTACION Y CONSULTA

23.1 ETAPA DE CONCERTACION Y CONSULTA DE PARTE DE LA AUTORIDAD AMBIENTAL CARDER

En el Artículo 10 del Decreto 2181 de 2006 serán objeto de concertación con la autoridad ambiental los planes parciales que presenten alguna de las siguientes situaciones. 1. Los que contemplen proyectos, obras o actividades que

requieran licencia ambiental.

2. Los planes parciales que precisen la delimitación de los suelos de protección.

3. Los que incluyan o colinden con áreas de amenaza y riesgo.

4. Los que se desarrollen en suelo de expansión urbana.

Es de aclarar que los sitios en donde se desarrollen Planes Parciales que requieran de un estudio ambiental adecuado por estar situados cerca suelos de protección ambiental, por la necesidad de hacer movimientos de tierras y por incluir cauces de fuentes hídricas ya sea en suelo urbano o de expansión, deben ir a consulta por parte de la Autoridad Ambiental Regional.

En el Artículo 11 del Decreto 2181 de 2006 establece que el proyecto de plan parcial se radicara, con los documentos de que tratan los numerales 1, 2 y 5 del Artículo 7 del presente decreto, ante la autoridad ambiental de conformidad con los términos en que se expidió el concepto de viabilidad.

En el Artículo 12 del Decreto 2181 de 2006 se definen los términos para la concertación con la autoridad ambiental 4. La oficina de planeación municipal y la Autoridad Ambiental Regional dispondrán de un término máximo de ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente de la radicación del proyecto de plan parcial ante la autoridad ambiental, para concluir el proceso de concertación del mismo y adoptar las decisiones correspondientes relacionadas con los asuntos exclusivamente ambientales.

4 Articulo 12 donde se define los términos para la concertación con la autoridad ambiental, es

subrogado por el Articulo 3 del decreto 4300 de 2007

ETAPA DE CONCERTACION Y

CONSULTA

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24. CONCEPTO DEL CONSEJO CONSULTIVO DE ORDENAMIENTO 5

En el Artículo 13 del decreto 2181 de 2006. Determinan que una concertado el proyecto de plan parcial entre el municipio y las autoridades ambientales CARDER, la oficina de plantación municipal o distrital o la entidad que haga sus veces lo someterá a consideración del Consejo Consultivo de Ordenamiento para que rinda concepto y formule sus recomendaciones. La oficina de plantación estará obligada a responder al Consejo Consultivo de Ordenamiento sobre la pertinencia o no de las observaciones, dentro de los (8) días siguientes a la radicación del concepto de que trate este articulo.

5 Articulo 13 del decreto 2181 de 2006, es derogado por el Articulo 12 del decreto 4300 de

2007.

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25. TERMINOS PARA CONCEPTO DEL CONSEJO CONSULTIVO DE ORDENAMIENTO 6

En el Articulo 14 del Decreto 2181 de 2006. El Consejo Consultivo del municipio o distrito contara con un término máximo de treinta (30) días para emitir su concepto.

6 Articulo 14 del decreto 2181 de 2006, es derogado por el Articulo 12 del decreto 4300 de

2007

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26. REGLAS ESPECÍFICAS DE TRAMITACION 7

En el Artículo 15 del Decreto 2181. Por razones de excepcional interés público o de fuerza mayor o caso fortuito plenamente justificado, cuando se cuente con el concepto de viabilidad expedido por la oficina de plantación, el proyecto de plan parcial se podrá someter de manera conjunta a consideración de las autoridades ambientales competentes y del Consejo Consultivo de Ordenamiento.

7 Articulo 15 del decreto 2181 de 2006, es derogado por el Articulo 12 del decreto 4300 de

2007

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27. ETAPA DE ADOPCION

27.1 EXPEDICION DEL DECRETO DE ADOPCION DEL PLAN PARCIAL8: En el Articulo 16 del Decreto 2181 de 2006 Rendido el concepto por parte del Consejo Consultivo de Ordenamiento, las autoridades de plantación contaran con un plazo máximo de quince (15) días para consolidar y presentar el proyecto de plan parcial para su adopción mediante decreto por parte del Alcalde, quien deberá expedirlo en un plazo no mayor a quince (15) días contados a partir del vencimiento del termino anterior.

27.2 Vigencia de los Planes Parciales9: En el Articulo 17 del Decreto 2181 de 2006, pronuncia que la vigencia de un plan parcial será la que se determine en el decreto de adopción.

8 Articulo 16 del decreto 2181 de 2006, es derogado por el Articulo 12 del decreto 4300 de

2007 9 Articulo 17 del decreto 2181 de 2006, es derogado por el Articulo 12 del decreto 4300 de

2007

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28. VIVIENDA EN PLANES PARCIALES

Los planes de ordenamiento territorial (POT) y los documentos que los desarrollen determinaran porcentajes del nuevo suelo que deberá destinarse al desarrollo de VIS o VIP, de acuerdo con la necesidad en suelos de expansión y zonas de renovación urbana 10.

1. en todo plan parcial de expansión urbana o de desarrollo en suelo urbano, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 92 de la ley 388 de 1997, se establecerá de manera obligatoria un 30% del área útil para el desarrollo de programas de vivienda de interés social prioritarios tipo1 y 2.

2. los planes parciales de renovación urbana deben desarrollar por lo menos un número de soluciones de vivienda de interés social igual igual al número de unidades de vivienda de interés social del mismo tipo existentes en la zona en el momento de formulación del plan parcial, que de todas maneras no podrá ser inferior al 10% del área útil 11.

1 0 Articulo 92, Ley 388 de 1997 1 1 Articulo 505, acuerdo 23 de 2006

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29. COMPENSACION EN DINERO O EN AREAS RECEPTORAS

En caso de que por múltiple razones ya sea de orden jurídico o por la poca factibilidad económica y viabilidad de un plan parcial no se pueda desarrollar programas de construcción de viviendas de interés social, los gestores del plan parcial en lo dispuesto por el decreto 2181 de 2006, deberá compensar en dinero o en lotes receptores, el porcentaje destinado para el desarrollo y posterior ejecución de vivienda de interés social (VIS) y/o vivienda de interés prioritario (VIP). Cada plan parcial determinara la localización de los terrenos destinados al cumplimiento de los porcentajes expresados, así como los mecanismos de compensación o reparto equitativo de cargas y beneficios en relación con este uso y, si es el caso las condiciones de localización del suelo en otro plan parcial de la ciudad, siempre y cuando se establezca un sistema de equivalencias entre el valor residual del suelo para viviendas de interés social tipos 1 y 2, tomando en cuenta el mismo índice de construcción.

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30. TRATAMIENTOS URBANISTICOS

Se hace mención a este tema por su importancia y la determinación que este elemento tiene al momento de hablar de planes parciales.

30.1 DEFINICION

Los tratamientos Urbanísticos son decisiones administrativas del componente Urbano del Plan de Ordenamiento Territorial, por medio de las cuales puede asignarse a determinado sector del suelo urbano, de expansión urbana o suburbana, que se encuentra asociado a las áreas morfológicas homogéneas, unas series de objetivos y procedimientos que guían y permiten orientar la actuación pública y privada 12.

30.2 Categoría de los Tratamientos Urbanísticos

Adóptese para el municipio de Pereira las siguientes categorías de tratamientos de utilización para suelo urbano, de expansión y suburbano 13.

RENOVACION

REDESARROLLO

CONSOLIDACION

MEJORAMIENTO INTEGRAL

DESARROLLO

CONSERVACION

1 2 Articulo 309, acuerdo 18 de 2000 1 3 Articulo 310, acuerdo 18 de 2000

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31. TRATAMIENTO DE RENOVACION

Se aplica a sectores del suelo urbano ya desarrollados, caracterizados por el deterioro físico y socio-económico, que requieren modificaciones sustanciales al uso de suelo y de las construcciones. Con este tipo de tratamiento se pretende recuperar y transformar estas zonas con miras a una utilización más eficiente del suelo.

Este tipo de tratamientos es prioritario para la ciudad y requiere de una participación activa de la Administración Municipal en la gestión y promoción de los proyectos 14.

1 4 Articulo 311, acuerdo 18 de 2000

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32. TRATAMIENTO DE RESARROLLO

Se aplicara a sectores del suelo urbano que ofrecen una gran oportunidad de transformación del espacio construido, el cual no necesariamente se encuentra deteriorado, pero dada su estratégica localización en la ciudad, y la dotación de infraestructura que posee, ofrece un gran potencial para lograr mayores aprovechamientos y variedades del usos. En este tratamiento es fundamental la utilización de mecanismos de gestión que promueven la asociación de los propietarios, la cooperación entre participes, etc., para ejecutar un reparto equitativo de las cargas y beneficios.

Estos proyectos podrán desarrollarse predio o a través de planes parciales, de acuerdo con la normatividad que se establezca para cada uno 15.

1 5 Articulo 314, acuerdo 18 de 2000

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33. TRATAMIENTO DE MEJORAMIENTO INTEGRAL

Se aplica a aquellos asentamientos humanos de desarrollo incompleto (zonas subnormales) de la ciudad, que deben completar su ordenamiento en materia de infraestructura vial, servicios públicos domiciliarios, equipamientos comunitario, espacio público y condiciones ambientales. Igualmente aplicadas a las zonas que deberán legalizar su situación urbanística 16.

1 6 Articulo 347, acuerdo 23 de 2006

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34. TRATAMIENTO DE DESARROLLO

Corresponde aquellas áreas urbanizadas localizadas al interior del perímetro urbano, que no han sido desarrolladas 17. Existen dos clases de tratamiento de desarrollo:

28.1. Desarrollo tipo 1: Zonas donde se busca un mayor aprovechamiento urbanístico, en razón de su estratégica localización en la ciudad y su capacidad instalada en servicios públicos, transporte, vías, etc.

28.1.1.Desarrollo tipo 2: Zonas donde se busca un aprovechamiento urbanístico respetando las restricciones ambientales y de paisaje.

1 7 Articulo 335, acuerdo 18 de 2000

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35. TRATAMIENTO EN SUELO DE EXPANSIÓN URBANA

Corresponde a aquellos predios localizados en suelos de expiación que no cuentan todavía con toda la dotación de servicios públicos, vías, equipamientos colectivos, etc. Su desarrollo se realiza a través de planes parciales que abarcaran cada unas de las zonas (Galicia, llano grande, sector sur, etc.)18

1 8 Articulo 340, acuerdo 18 de 2000

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36. UNIDADES DE ACTUACION URBANISTICAS UAU

36.1 QUE ES UNA UNIDAD DE ACTUACION URBANISTICA UAU?

Es el área conformada por uno o varios predios o inmuebles que deben ser urbanizados o edificados como una unidad integral dentro de un Plan Parcial que implica la gestión asociada entre los propietarios, esta se da mediante el reajuste de suelos, la integración inmobiliaria o la cooperación entre participes.

Ilustración 3. Plano 3: Delimitación del Plan Parcial Galicia por Unidades de Actuación

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37. DETERMINANTES PARA FORMULAR LAS UAU

Las unidades de actuación Urbanísticas serán determinadas con base en la distribución y las características de cargas del Plan Parcial, cuando sean necesarias. Por ejemplo, un Plan Parcial puede tener una sola UAU que abarque toda su área, incluir una o varias UAU que no necesariamente cubren toda su área o no tener una prevista. La delimitación precisa de una UAU debe estudiarse mediante una “Modelación Urbanística Financiera”, esto quiere decir, la simulación que permita identificar el punto de equilibrio entre sus costos y sus aprovechamientos, para asegurar a si su posibilidad financiera. Entre las condiciones para formular una Unidad de Actuación Urbanística es formar parte de un Plan Parcial o estar autorizadas desde el mismo para su delimitación posterior. Además de estar autorizado o de contar con el consentimiento del 51% de los derechos de los propietarios. Los inmuebles de los propietarios renuentes serán objeto de enajenación voluntaria o recurrir a la expropiación.

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38. REPARTO DE CARGAS Y BENEFICIOS

En el sistema de reparto de cargas y beneficios consiste en englobar un conjunto de lotes, dotarlos de la infraestructura urbana y espacios público adecuados, para luego subdividirlos y desarrollarlos en conjunto o por lotes independientes y propietario. Los objetivos del reparto de cargas y beneficios es que sea equitativo, esto quiere decir que todos los suelos afectados tengan el mismo beneficio, esto hace que se eviten desigualdades en las clasificaciones y restricciones de los distintos suelos. Para los propietarios y urbaniza dores que se reparte:

BENEFICIOS: Edificabilidades lucrativas

CARGAS: Costos de Urbanismo, cesiones publicas, sistemas generales (vías, zonas verdes, equipamientos, redes de servicios públicos, terrenos de reserva, etc.) y plusvalías.

Dentro del sistema de cargas y beneficios se busca distribuir equitativamente los beneficios para lograr al final un mismo valor de la tierra urbanizada, que represente un incremento respecto al valor antes de la actuación por lo tanto lo que busca este sistema es mantener un control del valor comercial del suelo y a su vez disminuir la especulación de urbaniza dores o propietarios privados. Dentro de un Plan Parcial el reparto de cargas y beneficios es un mecanismo y una decisión técnica para el mismo. Los mecanismos que aseguran el reparto de cargas y beneficios son las unidades de Actuación Urbanísticas; La compensación que es el Mecanismo para compensar a los propietarios de inmuebles afectados por las cargas impuestas en los planes de ordenamiento territorial o en los instrumentos que los desarrollen, las transferencias de derechos de construcción y desarrollo que es un instrumento para hacer efectiva la correspondiente participación municipal o distrital en la plusvalía generada por sus acciones urbanísticas.

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39. EFECTO DE PLUSVALIA

El efecto de la plusvalía es el mayor valor del suelo que se genera por cualquier acción urbanística.

Las acciones urbanísticas que generan plusvalía según el Artículo 4 del Acuerdo 65 de diciembre 20 de 2004: A. Las autorizaciones específicas para:

1. destinar el inmueble a un uso mas rentable, o

2. incrementar el aprovechamiento del suelo o del espacio aéreo urbano permitiendo una mayor área codificable.

En los siguientes casos: A. La incorporación del suelo rural a suelo de expansión urbana. B. La consideración de parte del suelo rural como suburbano. C. El establecimiento o modificación del régimen o la zonificacion de densidad, el suelo. D. La autorización de un mayor aprovechamiento del suelo o del espacio aéreo urbano en edificación, bien sea elevando el índice de construcción o la densidad, el índice de ocupación, o ambos a la vez. B. La ejecución, de manera directa o indirecta, por parte del Municipio, de obras publicas previstas en el Plan de Ordenamiento Territorial o los instrumentos que lo modifiquen, subroguen, desarrollen o reglamenten que generen mayor valor en los predios, siempre y cuando no se utilice o no se haya utilizado para su financiación la contribución de valorización.

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40. CONDICIONES QUE DEBEN CUMPLIR PARA GENERAR EL EFECTO PLUSVALIA

Que las decisiones administrativas estén incluidas en el instrumento de

gestión Plan Parcial.

Que haya aprobado un acuerdo de carácter general que incluya todas las normas para liquidar y cobrarla.

Que se haya definido la tasa a aplicar (del 50% del mayor valor

generado).

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41. QUIEN APLICA LA PLUSVALIA

La plusvalía actualmente la puede aplicar en el caso de ejecución de obras públicas previstas ya sea por el Plan de Ordenamiento Territorial, El Plan Parcial o cualquier otro instrumento e gestión y desarrollo en el que no se ha utilizado la valorización. Este recurso se destina a la compra de predios o inmuebles a desarrollar planes o proyectos de vivienda de interés social, la construcción o mejoramiento de infraestructuras (viales y de transporte, servicios públicos, equipamientos)., la adecuación de asentamientos urbanos de desarrollo incompleto o inadecuado, proyectos de ampliación o recuperación de la red de espacio publico urbano, actuaciones urbanas integrales o macro-proyectos, programas de renovación urbana, compra o indemnización por adquisición voluntaria o expropiación de mejora, adecuación o restauración de inmuebles del patrimonio cultural. Esta participación se destinara a la defensa y fomento del interés común a través de acciones y operaciones encaminadas a distribuir y sufragar equitativamente los costos de desarrollo urbano, así como al mejoramiento del espacio público y, en general, de la calidad urbanística del territorio municipal. Este valor se paga cuando el propietario o poseedor de inmuebles percibe el incremento de valor, es decir, cuando se realiza una transferencia de dominio, se solicita licencia de urbanización o construcción, o se cambia su uso.

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42. QUE DIFERENCIA HAY ENTRE VALORIZACION Y PLUSVALIA

La valorización es solo para obras públicas y la plusvalía puede ser para otras acciones urbanísticas.

La valorización tiene un tope que es el valor de la obra, mientras que la plusvalía se requiere al mayor valor de los predios por causa de la obra.

La valorización se cobra en el momento del gravamen, y la plusvalía cuando se vende el inmueble o se solicita licencia de construcción o urbanización.

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43. GLOSARIO

ADOPCION: Acción de adoptar o admitir. CONCERTACION: Acción de concertar o llegar a un acuerdo. DESENGLOBES: Lo contrario de englobe. ENGLOBES: Para el caso del urbanismo, es agrupar predios y manejar los en conjunto como uno solo. DEROGAR: Acto jurídico a través del cual pierden su vigencia alguna o algunas de las disposiciones contenidas en el cuerpo de un instrumento jurídico ya sea una ley, decreto, acuerdo o reglamento. FACTIBILIDAD: Posibilidad de ampliar y/o extender las redes de servicios públicos. GESTION: Acción de administrar o ejecutar. REAJUSTE: Volver a ajustar, precios, salarios, tributos entre otros. REDESARROLLO: Parte de identificar buena capacidad instalada en una porción del territorio y la necesidad de reforzar la tendencia en el uso y el aprovechamiento con mayor intensidad. RENOVACION URBANA: Parte de identificar alto deterioro y subutilizacion de la capacidad instalada de una porción del territorio, casi siempre de localización central y estratégica, así como la necesidad de reorientar la tendencia en el uso y el aprovechamiento con mayor intensidad. U.A.U: Unidades de Actuación Urbanísticas. VIABILIDAD: Permiso que otorgan las entidades administrativas para la realización de proyectos.

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45. BIBLIOGRAFIA

Conceptos básicos del Plan de Ordenamiento Territorial.

Ley 388 de 1997.

Acuerdo 18 de 2000 y 23 de 2006.

Decreto nacional 2181 de 2006.

Acuerdo 65 de 2004, Normas que reglamentan la participación de la plusvalía.

Decreto 229 de 2005, reglamenta el Acuerdo 65 de 2004, normas de la plusvalía.

Decreto 4300 de 2007 el cual modifica el 2181 de 2006.

Manual Metodológico de apoyo para la formulación de los Planes Parciales.

Mercedes Maldonado, María, Planes Parciales, gestión asociación y mecanismos de distribución equitativa de cargas y beneficios: marco jurídico, conceptos y alternativas de aplicación. 1 ED. Bogotá, panamericana, 2006 Pág. 285.

Documentos Técnicos de Soporte Plan Parcial Galicia.

Planos de Plan Parcial Galicia.