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.... . AREQUJPA ,• . ·v 515-2 QJ 6::GFA (Gil u VISTO: El Informe Nºl65-2016-GRA/ORDNDC del 26 de setiembre de 2016 de la Oficina Regional de Defensa Nacional y Defensa Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29664, crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), conio un sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, ·con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o _ 0 minimizar sus efectos; así como evitar la generación de nuevos riesgos, y preparación y ¿;, ·~R~g.,i.; atención ante situaciones de desas.tre mediante el establecimiento de principios, lineamientos · rj-~ º 'l>\ e ítica, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de De~es; , .Rei,'}¡,. Que, el numeral 14.1 del artículo 14 de la citada Ley, establece que los Gobiernos ~~,'7'-Regionales y Gobiernos Locales, como integrantes del SINAGERD, formulan, aprueban · normas y planes, evalúap, dirigen, organizan, supervisan, fiscalizan y ejecutan los procesos de. ~cm la Gestión .del Riesgo de Desastres, en el ámbito de su competencia, y en el marco de la B~, n~rmatiya vigent~ aplicable; ._,i Que, a su· vez, el numeral 14.2 del artículo 14 de la referida Ley, precisa que los .. · Presidentes de los Gobiernos Regionales (actualmente Gobernadores Regionales), y los Alcaldes· son las máximas autoridades responsables del proceso de la Gestión del Riesgo de Desastres dentro· de. sus respectivos ámbito~ de competencia; . . ~"i . 0 Que, el artículo 61 º de la Ley 27867, Ley ÓrgánÍca de Gobiernos Regionales, "; stablece que sui; funciones en materia de Defensa Civil, son: a) Formular, aprobar, ejecutar, .................. valuar, dirigir, controlar y administrar las políticas regionales en materia de Defensa Civil y ·~ seguridad ciudadana, en concordancia con la política general del gobierno y los planes sectoriales y locales; además señala en el literal b) Dirigir el Sistema Regional de Defensa Civil y ·el Comité Regional de Seguridad Ciudadana; y, en el literal c) Organizar y ejecutar acciones de prevención de desastres y brindar ayuda directa e inmediata a los damnificados y lá rehabilitación de las poblaciones afectadas; Que, mediante Resolución Ministerial 276-2010-PCM, se aprueba los "Lineamientos para la constitución y funcionamiento de los Grupos. de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres en los tres niveles de gobierno ",' estableciéndose en el Capítulo VII, nume~al 2, literal m), que es función de los Grupos de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres, articular los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación en el ámbito regional y local a través de: 1) El sistema regional de Defensa Civil; 2) Los Centros de Operaciones de Emergencia Regional (COER), y los Centros de Operaciones de Emergencia ·Local (COEL), y; 3) Las plataformas de Defensa Civil regionales y locales; Que, a través de la Resolución Ejecutiva Regional 152-2013-GRA/PR de fecha 04 , de marzo de 2013, se constituyó el Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres (GTGRD) del Gobierno Regional de Arequipa, como espacio interno de articulación para el

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Page 1: Yº B~, · 2020. 1. 24. · eµfrentar sismos seguido. de tsunami, tal como lo. señalan las entidades t~cnicas científicas; 4L •. ~. · Que, estando al informe emitido por· la

.... . AREQUJPA

,• . ·v

Nº 515-2 QJ 6::GFA (Gil u

VISTO:

El Informe Nºl65-2016-GRA/ORDNDC del 26 de setiembre de 2016 de la Oficina Regional de Defensa Nacional y Defensa Civil, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 29664, crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), conio un sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, · con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o

_0

minimizar sus efectos; así como evitar la generación de nuevos riesgos, y preparación y ¿;, ·~R~g.,i.; atención ante situaciones de desas.tre mediante el establecimiento de principios, lineamientos

· rj-~ º 'l>\ e ítica, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de De~es; ,

.Rei,'}¡,. Que, el numeral 14.1 del artículo 14 de la citada Ley, establece que los Gobiernos ~~,'7'-Regionales y Gobiernos Locales, como integrantes del SINAGERD, formulan, aprueban

· normas y planes, evalúap, dirigen, organizan, supervisan, fiscalizan y ejecutan los procesos de . ~cm la Gestión . del Riesgo de Desastres, en el ámbito de su competencia, y en el marco de la

~ Yº B~, n~rmatiya vigent~ aplicable;

~ ._,i Que, a su· vez, el numeral 14.2 del artículo 14 de la referida Ley, precisa que los ~~ .. · ~ Presidentes de los Gobiernos Regionales (actualmente Gobernadores Regionales), y los

Alcaldes· son las máximas autoridades responsables del proceso de la Gestión del Riesgo de Desastres dentro· de. sus respectivos ámbito~ de competencia; . .

~"i . 0 ~~ Que, el artículo 61 º de la Ley Nº 27867, Ley ÓrgánÍca de Gobiernos Regionales,

"; stablece que sui; funciones en materia de Defensa Civil, son: a) Formular, aprobar, ejecutar, .................. valuar, dirigir, controlar y administrar las políticas regionales en materia de Defensa Civil y

·~ ~~- seguridad ciudadana, en concordancia con la política general del gobierno y los planes sectoriales y locales; además señala en el literal b) Dirigir el Sistema Regional de Defensa Civil y ·el Comité Regional de Seguridad Ciudadana; y, en el literal c) Organizar y ejecutar acciones de prevención de desastres y brindar ayuda directa e inmediata a los damnificados y lá rehabilitación de las poblaciones afectadas;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 276-2010-PCM, se aprueba los "Lineamientos para la constitución y funcionamiento de los Grupos. de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres en los tres niveles de gobierno ",' estableciéndose en el Capítulo VII, nume~al 2, literal m), que es función de los Grupos de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres, articular los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación en el ámbito regional y local a través de: 1) El sistema regional de Defensa Civil; 2) Los Centros de Operaciones de Emergencia Regional (COER), y los Centros de Operaciones de Emergencia · Local (COEL), y; 3) Las plataformas de Defensa Civil regionales y locales;

Que, a través de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 152-2013-GRA/PR de fecha 04 , de marzo de 2013, se constituyó el Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres (GTGRD) del Gobierno Regional de Arequipa, como espacio interno de articulación para el

Page 2: Yº B~, · 2020. 1. 24. · eµfrentar sismos seguido. de tsunami, tal como lo. señalan las entidades t~cnicas científicas; 4L •. ~. · Que, estando al informe emitido por· la

cumplimiento de las funciones de la Gestión del Riesgo de Desastres en la jurisdicción. de la --, región Arequipa; ·

Que, mediante informe de vistos, emitido por la Oficina Regional de Defensa Nacional y Defensa Civil, propone la realización de un Simulacro de Sismo seguido de Tsunami para los días 14 y 15 de octubre de 2016 en la región Arequipa, con una magnitud de 6.5 Mw a una

. profundidad de 60 Km y con una intensidad IV; ello con la finalidad de· dar continuidad al Simulacro de Sismo a realizarse el 13 de octubre de 2016, aprobado por Resolüción Ministerial Nº 080-2016-PCM; resaltando la importancia de preparar a la población, autoridades y funcionarios, a ejecutar acciones y actividades de respuesta ante peligros asociados a fenómenos de origen natural que pueda presentarse en la región Arequipa;

Que, nuestro país se encuentra ubicado en la zona denominada "Cinturón de Fuego del Pacífico", específicamente en la parle continental de América del Sur, territorio que en su totalidad, se ubica sobre la placa tectónica Sudamericana, superficie que abarca cerca de 9 millones de km y limita con otras placas tectónicas; cuya actividad ocasiona sismos y tsunamis de diversas magnitu~es;

Que, ante el sismo ocurrido el 14 de agosto del año en curso con una magnitud 5.3 Mw., a una profundidad de. 8km y con una intensidad V-VI,' el cual afectó distintas edificaciones en localidades cercanas al epicentro; y ante la declaratoria del Estado de Emergencia por un período de 60 días en los distritos de Chivay, Ichupampa, Achoma, Yanque, Maca, Madrigal y Coporaque, Cabanaconde, Huambo, Lari, Tapay, Tuti, de la Provincia de Cayllonia, Departamento de Arequipa, aprobadq por Decreto Supremo Nº 062-2016-PCM y Decreto Supremo N~ 065-2016-PCM, y ante los posteriores y continuos sismos reportados en el consolidado emitid~ por el Centro de Operaciones de Emergencia Regional -COER, con fuente del Instituto Geofisico del Perú, IGP; es necesario que el gobierno regional, gobiernos locales y entidades de primera respuesta, se encuentren debidamente preparadas para una atención oportuna, y rehabilitación ante posibles desastres; ·

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 080-i°016-PCM se oficializó la ejecución del · tde~ Simulacro Nacional Nocturno el 13 de octubre de 2016 a las 20:00 horas, y se aprobó la º Bº \\Directiva Nº 001-2016-PCM-SGRD "Ejecución de Simulacros y Simulaciones ante peligros

¡ asociados a los fenómenos de origen natural", estableciendo directrices para la planificación ----._,. y la ejecución del ejercicio de simulacro, resaltando la necesidad de preparar a la población,

autoridades y funcionarios de los sectores, gobiernos regionales, y gobiernos locales para eµfrentar sismos seguido. de tsunami, tal como lo. señalan las entidades t~cnicas científicas;

4L •. ~. · Que, estando al informe emitido por· la Oficina de Asesoría Jurídica del Gobierno ~ Regional, por el cual sefl.ala que dicha propuesta es viable, al ser concordante con la

normatividad vigente; y de conformidad con lo prescrito en la Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Desc~ntralización, Ley · Nº 27867 Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias, Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, Ordenanza Regional Nº 010-AREQUIPA, y en uso de las atribuciones conferidas por Ley;

SE RESUELVE:

Artículo 1 º.- Aprobar la continuidad de la ejecución del Simulacro de Sismo y Tsunami previsto para el 13 de octubre de 2016, y aprobado por Resolución Ministerial Nº 080-2016-PCM, durante los días 14 y 15 de octubre de 2016 en· la región Arequipa; con la finalidad de fortalecer la capacidad de respuesta de las entidades involucradas, para una atención oportuna ante posibles desastres. Dicha continuidad tendr:á como escenarios pilotos a los distritos de Hunter, Cerro Colorado, Miraflores y Vitor de la provincia de Arequipa, y distrito de Islay en la provincia de Islay de la región Arequipa.

Artículo 2°.- Las autoridades y funcionarios de las entidades del Gobierno Regional, y de los Gobiernos Locales citados en el artículo precedente, en el ámbito de sus competencias, participarán en la continuidad del Simulacro, siendo este con carácter de obligatorio, comorometiendo la oarticioación activa de todas las instituciones e instancias del sector

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GOBIERNO REGIONAL AREQUIPA

Nº 515-2016-GRA/GR

privado conforme a las disposiciones establecidas en la Directiva aprobada por Resolución /f;'-.-i..;;_~> t,. Ministerial Nº 080-2016-PCM, y conforme al Plan de Acción que se apruebe.

úS· : v· ·r:,o ~(< ,, • }¡ ~ ~ ~' !: J Artículo 3º.- Requerir la participación del Sector Defensa, a través de la intervención ·.\;G:,.·" ;cg~~)/de las Fuerzas Armadas, y del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, para apoyar y '<~:"~r:~~~ monitorear la ejecución y continuidad del referido Simulacro.

;. ,4icro:,•,r.,... .. Artículo 4°.- Requerir la participación activa de todos las entidades de primera .§. .. v~ lf' 'ft respuesta, y de la Policía Nacional del Perú, con la finalidad de asegurar la correcta ejecución ~ j? y continuidad del Simulacro de Sismo a nivel de la región Arequipa.

~>.;.· -tf-~ Artículo Se:>.- Disponer que la presente resolución sea publicada en el Diario Oficial "El

Peruano" y, un extracto, en el diario de mayor circulación en la región.

VEmT I OCHO días del

REGÍSTRESE Y COMUNÍQUESE.