y-amb-r-01 manejo ambiental para empresas contratistas y subcontratistas

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SISTEMA DE GESTION INTEGRADO REGLAMENTO : Y-AMB-R-01 Fecha: 14.04.2014 MANEJO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS Rev. : 00.0 Página: 1 de 6 Autor: R.VR.B. ELABORADO POR: FECHA REVISADO POR: FECHA APROBADO POR: FECHA Rosangela Valdivia B. 12.04.14 Miguel Morales R. 14.04.14 Miguel Morales R. 14.04.14 FIRMA FIRMA FIRMA CONFIDENCIAL: No debe ser copiado sin permiso del área de ASG de YURA S.A. COPIA Nro. ASIGNADA A: 1.- OBJETIVO Y ALCANCE. Que las obras o servicios contratados por Yura S.A se realicen considerando los criterios de cuidado ambiental y aplicando medidas de prevención, mitigación y reducción de los impactos ambientales que se pudieran generar. Todo ello en cumplimiento con lo establecido en la normatividad ambiental aplicable y las disposiciones internas de Yura S.A.. Aplica a las empresas contratistas y subcontratistas que realicen obras o servicios para Yura S.A. dentro de sus instalaciones u otras designadas por ella. 2.- OBLIGACIONES DE LA EMPRESA CONTRATISTA Y/O SUBCONTRATISTA. 2.1 De la Empresa: Toda empresa contratista y subcontratista que realice obras o servicios dentro de las instalaciones de Yura S.A. u otras designadas por ella deberá cumplir con las siguientes disposiciones: 2.1.1 Presentar a Yura S.A., junto a la Oferta Técnica, su Plan de Manejo Ambiental (PMA) en el formato proporcionado por Yura S.A.. 2.1.2 Previo al inicio de los trabajos, y en los días establecidos por Yura S.A., los colaboradores acreditados por la contratista y/o subcontratista deberán asistir a la charla de inducción en materia de medio ambiente y seguridad. La asistencia a esta charla es requisito obligatorio para el ingreso a las instalaciones de Yura S.A. 2.1.3 Dar a conocer a sus colaboradores el contenido del presente reglamento y el Plan de Manejo Ambiental, antes de ingresar a laborar en las instalaciones de Yura S.A., de manera que se garantice la práctica y cumplimiento de las consideraciones ambientales orientadas a preservar y conservar nuestro medio ambiente. 2.1.4 Cumplir con lo establecido en el presente Reglamento, con los compromisos asumidos en su Plan de Manejo Ambiental (PMA) y, con cualquier otra consideración ambiental aplicable que sea dispuesta por Yura S.A. 2.1.5 El representante de la empresa contratista y subcontratista está obligado a asistir cuando Yura S.A. lo requiera para coordinar acciones que permitan dar solución a hallazgos reportados en auditorías de revisión documentaria, en inspecciones de cumplimiento ambiental y en auditorías del Sistema de Gestión Ambiental de Yura S.A., entre otros. 2.2 Del Responsable del Plan de Manejo Ambiental (PMA): El Ingeniero Ambiental o el Supervisor de Seguridad y Medio Ambiente, acreditado por la contratista o subcontratista, será el responsable de: 2.2.1 Coordinar con la debida anticipación, el soporte técnico y logístico para que los trabajos a ejecutar no generen impactos ambientales negativos significativos. 2.2.2 Hacer cumplir a sus colaboradores, las consideraciones establecidas en el presente Reglamento, en su Plan de Manejo Ambiental; así como cualquier otra consideración ambiental aplicable que sea dispuesta por Yura S.A. 2.2.3 Realizar inspecciones para verificar el cumplimiento de las consideraciones ambientales especificadas en el ítem 2.2.2 y conservar registro de las mismas.

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SISTEMA DE GESTION INTEGRADO

REGLAMENTO

Nº : Y-AMB-R-01

Fecha: 14.04.2014

MANEJO AMBIENTAL PARA EMPRESAS

CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS

Rev. : 00.0 Página: 1 de 6 Autor: R.VR.B.

ELABORADO POR: FECHA REVISADO POR: FECHA APROBADO POR: FECHA

Rosangela Valdivia B. 12.04.14 Miguel Morales R. 14.04.14 Miguel Morales R. 14.04.14

FIRMA FIRMA FIRMA

CONFIDENCIAL: No debe ser copiado sin permiso del área de ASG de YURA S.A.

COPIA Nro.

ASIGNADA A:

1.- OBJETIVO Y ALCANCE.

Que las obras o servicios contratados por Yura S.A se realicen considerando los criterios de cuidado ambiental y aplicando medidas de prevención, mitigación y reducción de los impactos ambientales que se pudieran generar. Todo ello en cumplimiento con lo establecido en la normatividad ambiental aplicable y las disposiciones internas de Yura S.A..

Aplica a las empresas contratistas y subcontratistas que realicen obras o servicios para Yura S.A. dentro de sus instalaciones u otras designadas por ella.

2.- OBLIGACIONES DE LA EMPRESA CONTRATISTA Y/O SUBCONTRATISTA.

2.1 De la Empresa:

Toda empresa contratista y subcontratista que realice obras o servicios dentro de las instalaciones de Yura S.A. u otras designadas por ella deberá cumplir con las siguientes disposiciones:

2.1.1 Presentar a Yura S.A., junto a la Oferta Técnica, su Plan de Manejo Ambiental (PMA) en el formato proporcionado por Yura S.A..

2.1.2 Previo al inicio de los trabajos, y en los días establecidos por Yura S.A., los colaboradores acreditados por la contratista y/o subcontratista deberán asistir a la charla de inducción en materia de medio ambiente y seguridad. La asistencia a esta charla es requisito obligatorio para el ingreso a las instalaciones de Yura S.A.

2.1.3 Dar a conocer a sus colaboradores el contenido del presente reglamento y el Plan de Manejo Ambiental, antes de ingresar a laborar en las instalaciones de Yura S.A., de manera que se garantice la práctica y cumplimiento de las consideraciones ambientales orientadas a preservar y conservar nuestro medio ambiente.

2.1.4 Cumplir con lo establecido en el presente Reglamento, con los compromisos asumidos en su Plan de Manejo Ambiental (PMA) y, con cualquier otra consideración ambiental aplicable que sea dispuesta por Yura S.A.

2.1.5 El representante de la empresa contratista y subcontratista está obligado a asistir cuando Yura S.A. lo requiera para coordinar acciones que permitan dar solución a hallazgos reportados en auditorías de revisión documentaria, en inspecciones de cumplimiento ambiental y en auditorías del Sistema de Gestión Ambiental de Yura S.A., entre otros.

2.2 Del Responsable del Plan de Manejo Ambiental (PMA):

El Ingeniero Ambiental o el Supervisor de Seguridad y Medio Ambiente, acreditado por la contratista o subcontratista, será el responsable de:

2.2.1 Coordinar con la debida anticipación, el soporte técnico y logístico para que los trabajos a ejecutar no generen impactos ambientales negativos significativos.

2.2.2 Hacer cumplir a sus colaboradores, las consideraciones establecidas en el presente Reglamento, en su Plan de Manejo Ambiental; así como cualquier otra consideración ambiental aplicable que sea dispuesta por Yura S.A.

2.2.3 Realizar inspecciones para verificar el cumplimiento de las consideraciones ambientales especificadas en el ítem 2.2.2 y conservar registro de las mismas.

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SISTEMA DE GESTION INTEGRADO

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Nº : Y-AMB-R-01

Fecha: 14.04.2014

MANEJO AMBIENTAL PARA EMPRESAS

CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS

Rev. : 00.0 Página: 2 de 6 Autor: R.V.B.

CONFIDENCIAL: No debe ser copiado sin permiso del área de ASG de YURA S.A.

2.2.4 Establecer y cumplir un programa de charlas de sensibilización para sus colaboradores, diseñado para prevenir o minimizar los impactos ambientales negativos que pueden generar las actividades a realizar dentro de las instalaciones de Yura S.A. u otras por ella designadas. Se debe conservar los registros que evidencien el cumplimiento del mismo.

2.2.5 Asistir a las reuniones convocadas por el área de Sistemas de Gestión y Medio Ambiente de Yura S.A.; así como por el área administradora del contrato de obra o servicio.

2.2.6 Coordinar y dirigir las acciones necesarias en caso se tenga que activar el Plan de Contingencias.

2.2.7 Poner a disposición del área de Sistemas de Gestión y Medio Ambiente de Yura S.A. la documentación que evidencie el cumplimiento de las consideraciones establecidas en el presente Reglamento, en su Plan de Manejo Ambiental; así como cualquier otra consideración ambiental aplicable.

2.3 De los colaboradores:

Los colaboradores de la empresa contratista y subcontratista asignados a la obra o servicio a ejecutarse en las instalaciones de Yura S.A. u otra designada por ella, son responsables de:

2.3.1 Cumplir las consideraciones establecidas en el presente Reglamento, en su Plan de Manejo Ambiental; así como cualquier otra consideración ambiental aplicable que sea dispuesta por Yura S.A.

2.3.2 Reportar, a su Ingeniero Ambiental o Supervisor de Seguridad y Medio Ambiente, cualquier incidente ambiental que se produzca en la ejecución de la obra o servicio.

2.4 Del campamento o área de operaciones

Si por la magnitud de la obra o servicio a realizar se requiere instalar un “campamento” o área de operaciones en las instalaciones de Yura S.A. ú otra designada por ella, la contratista y/o subcontratista deberá:

2.4.1 Cercar e identificar el área de operaciones asignada por Yura S.A.; además de mantenerla ordenada y limpia.

2.4.2 Instalar en su área de operaciones baños sanitarios tipo portátiles, de acuerdo con la cantidad de colaboradores. Los efluentes serán tratados y dispuestos bajo responsabilidad de cada empresa contratista y subcontratista y, se deberá conservar registros que lo evidencien.

De no ser aplicable dicha obligación, se deberá solicitar formalmente al Administrador del Contrato designado por Yura S.A. la autorización del uso de baños higiénicos ubicados en el área donde trabajarán e, instruirá a sus colaboradores sobre el uso apropiado de los mismos. Queda prohibido el uso de los descampados para tales fines (baños).

2.4.3 Proporcionar a sus colaboradores, según corresponda, servicios básicos como agua para beber, servicio de comedor fuera de las instalaciones de Yura S.A., vestuarios para el aseo personal y cambio de vestimenta.

Nota: En caso los colaboradores traigan sus alimentos para ser ingeridos dentro de las instalaciones de Yura S.A., los residuos generados deberán ser retirados en sus mismos tapers o recipientes para ser dispuestos fuera de nuestras instalaciones.

2.5 De los vehículos:

En el uso de los vehículos acreditados para ingresar a las instalaciones de Yura S.A., se deberán cumplir las siguientes consideraciones:

2.5.1 Contar con la Revisión Técnica respectiva y estar en perfectas condiciones de funcionamiento. Los vehículos no deberán presentar fugas de lubricante ni apreciar emisiones gaseosas en exceso.

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CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS

Rev. : 00.0 Página: 3 de 6 Autor: R.V.B.

CONFIDENCIAL: No debe ser copiado sin permiso del área de ASG de YURA S.A.

El vehículo no ingresará o será retirado de las instalaciones de Yura S.A. en caso de observarse incumplimiento a lo antes mencionado.

2.5.2 Contar con un Programa de Mantenimiento; cuya ejecución se realice en talleres externos a las instalaciones de Yura S.A.. Se debe conservar registros que evidencien su cumplimiento.

Deberán llevar un Check List por cada unidad, que evidencie la verificación y control realizado al vehículo previo a su utilización.

2.5.3 En el transporte de material a granel o desmontes, la carga no deberá exceder su capacidad volumétrica del vehículo y su tolva deberá estar completamente cubierta; a fin de evitar derrames de material en las vías por las que transita dentro y fuera de las instalaciones de Yura S.A.

2.5.4 Se debe utilizar vehículos o contenedores apropiados para el transporte de hidrocarburos y/o productos peligrosos; a fin de evitar cualquier tipo de derrame. En caso aplique, deberá presentarse a la Jefatura de Sistemas de Gestión y Medio Ambiente de Yura S.A. el “Plan de Contingencia Ambiental”.

El conductor de vehículo que transporta hidrocarburos y/o productos químicos deberá portar la respectiva MSDS (Hoja de Datos de Seguridad del Producto) o equivalente que contenga datos que faciliten las acciones de seguridad y control ambiental que debe ejecutar en caso de un incidente. El conductor deberá tener conocimiento del tipo de producto que está transportando; así como del grado de peligrosidad y la forma de comunicarse en caso de incidente.

2.6 De la maquinaria y equipo:

En el uso de la maquinaria y equipos utilizados en las instalaciones de Yura S.A., se deberán cumplir las siguientes consideraciones:

2.6.1 Contar con un Programa de Mantenimiento y disponer de bandejas para contención de posibles derrames o fugas de lubricantes.

2.6.2 En caso aplique, el lavado de las tolvas de mixer debe ser realizado en el lugar designado por Yura S.A.

2.7 Del manejo de sustancias peligrosas:

En el uso de sustancias peligrosas a ser ingresadas a las instalaciones de Yura S.A., se deberán cumplir las siguientes consideraciones:

2.7.1 Declarar en el Plan de Manejo Ambiental (PMA) la relación de productos o sustancias peligrosas a ser utilizadas en la prestación de la obra o servicio, y que deben ser ingresadas a las instalaciones de Yura S.A..

No se permitirá el ingreso a las instalaciones de Yura S.A. de sustancias que no han sido declaradas en el Plan de Manejo Ambiental; a no ser que éstas hayan sido reportadas previamente al área de Sistemas de Gestión y Medio Ambiente de Yura S.A.

2.7.2 Acondicionar, en la zona asignada por Yura S.A. para sus operaciones, un área de almacenamiento para las sustancias peligrosas con los controles necesarios para prevenir y contener potenciales derrames. Estas sustancias deben ser almacenadas en áreas ventiladas, bajo techo y con sistemas de contención secundarios que eviten que cualquier derrame entre en contacto con el suelo y/o agua.

Los materiales incompatibles deben almacenarse de forma separada; conforme a normatividad establecida al respecto.

2.7.3 Garantizar que toda sustancia peligrosa esté debidamente etiquetada, rotulada e identificada con el nombre, rombo u otras identificaciones señalas en la MSDS.

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Rev. : 00.0 Página: 4 de 6 Autor: R.V.B.

CONFIDENCIAL: No debe ser copiado sin permiso del área de ASG de YURA S.A.

2.7.4 Publicar a la vista y alcance de los usuarios las respectivas MSDS´s (en español) de las sustancias peligrosas; tanto en el lugar de almacenamiento como en el lugar en que se estén usando.

2.7.5 Está prohibido arrojar a la red de desagües productos químicos, grasas, aceites o cualquier sustancia peligrosa que afecte la biodegradación natural de las aguas servidas. Igualmente está prohibido su arrojo o vertido a cualquier cuerpo receptor.

2.8 Del manejo de residuos:

Para el manejo de los residuos generados en la ejecución de la obra o servicio dentro de las instalaciones de Yura S.A., se deberán cumplir las siguientes consideraciones:

2.8.1 Habilitar, en la zona asignada por Yura S.A. para sus operaciones, un espacio para la ubicación de los contenedores en que se segregaran los residuos generados. Esta zona

deberá estar alejada de áreas donde hay quemas o combustión.

Para el caso de los residuos de gran tamaño o volumen que no pueden ser segregados en contenedores, se debe habilitar una zona que no interfiera con sus labores o las labores de las demás contratistas.

El área de trabajo y la zona destinada para la segregación y acopio de residuos se deberá mantener siempre limpia y ordenada, evitando el derrame de cualquier producto contaminante.

2.8.2 Contar con cilindros o contenedores adecuados para los diferentes tipos de residuos a generarse durante la realización de la obra o servicio. Los contenedores deben estar identificados y cumplir con las especificaciones de la Norma Técnica Peruana NTP 900.058.2005 y las normas internas de Yura S.A.

Yura S.A. dotará de la cantidad y tipo de cilindros o contenedores para la segregación de los residuos; previo requerimiento oportuno al Administrador de Contrato; según

disposiciones establecidas en procedimiento “Y-AMB-P-15” Control de Manejo de Residuos Sólidos Generados por Contratistas.

Al finalizar la realización del servicio, la contratista y/o subcontratista devolverá a Yura S.A. los cilindros asignados.

El deterioro o pérdida de los cilindros asignados es responsabilidad de la contratista y/o subcontratista.

2.8.3 Segregar en la fuente los residuos generados, depositándolos en los contenedores ó áreas establecidas. La segregación debe ser adecuada y sólo se deberá depositar en los contenedores los residuos que apliquen al mismo. Por ejemplo, no se deberá depositar trapos contaminados en un cilindro destinado para plástico o papel.

Los envases vacíos, embalajes de sustancias peligrosas o cualquier elemento que entra en contacto con sustancias peligrosas son considerados residuos peligrosos y deben ser segregados como tal.

Los envases de las sustancias peligrosas utilizadas en la ejecución de la obra o servicio, y que sean depositados en los cilindros para residuos, deberán estar completamente vacíos; caso contrario éstos deberán ser dispuestos por la contratista cumpliendo la normatividad ambiental vigente al respecto.

2.8.4 No deberán acumularse desmontes y/o desechos producto de movimientos de tierra u obras civiles realizadas dentro de las instalaciones de Yura S.A. ú otras por ella designadas. Éstos deberán ser depositados en la zona designada por Yura S.A. como “botadero” de escombros o material estéril; previa coordinación con el área de Sistemas de Gestión y Medio Ambiente, y/o Seguridad Patrimonial.

2.8.5 Los residuos generados y debidamente segregados, deberán ser entregados por la Contratista en el Almacén Central de Residuos que designe Yura S.A.; previa coordinación

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Rev. : 00.0 Página: 5 de 6 Autor: R.V.B.

CONFIDENCIAL: No debe ser copiado sin permiso del área de ASG de YURA S.A.

con el área de Sistemas de Gestión y Medio Ambiente. A la Contratista se le hará entrega

de una copia No Controlada de nuestro procedimiento “Y-AMB-P-15” Control de Manejo de Residuos Sólidos Generados por Contratistas. Los residuos mal segregados no serán recepcionados.

En caso que por condiciones contractuales se acuerde que la contratista realice la disposición final de los residuos generados, ésta debe efectuarse en estricto cumplimiento a la normatividad ambiental vigente y debe presentarse al área de Sistemas de Gestión y Medio Ambiente de Yura S.A. la documentación que lo evidencie.

2.8.6 Se prohibe la quema incontrolada de residuos dentro de las instalaciones de Yura S.A..

2.9 Del control de emisiones: Material particulado, gases, ruidos, etc.

Para el control de las emisiones generadas en la ejecución de la obra o servicio dentro de las instalaciones de Yura S.A., se deberán cumplir las siguientes consideraciones:

2.9.1 En caso que se realice movimiento de tierras se deberá humectar el material excavado a fin de controlar la generación de polvo.

2.9.2 Cualquier otra actividad que genere emisiones particuladas y gaseosas, deber tener implementados los controles necesarios para mitigar la polución.

2.9.3 Evitar realizar las actividades más ruidosas en el horario nocturno; tanto dentro de las instalaciones de Yura S.A. como en aquellas por ella designadas.

2.9.4 Los equipos y maquinarias utilizados por la Contratista deberán contar con programas de mantenimiento preventivo; de manera tal que minimicen sus emisiones de gases de combustión y ruido.

2.10 Otros

2.10.1 Se deberá hacer un buen uso de los recursos proporcionados por Yura S.A.. Evitar los desperdicios de agua y de energía eléctrica.

2.10.2 Sólo se podrán abastecer de agua de las fuentes autorizadas por Yura S.A. y para uso exclusivo en las actividades correspondientes a la obra y/o servicio contratado.

2.10.3 Está prohibida la caza u otras acciones que puedan generar impactos negativos en la flora y fauna de la zona y área de influencia directa en que se realice la obra y/o servicios.

2.10.4 Si para la realización de la obra y/o servicio está planificada la tala de árboles en las instalaciones de Yura S.A., ésta sólo podrá ser realizada con la autorización del área ambiental de Proyectos Yura S.A.

2.10.5 Si en los trabajos de excavaciones o movimiento de tierras se detectase restos arqueológicos, se debe parar la actividad y comunicar al área de Sistemas de Gestión y Medio Ambiente de Yura S.A. para tomar las acciones que correspondan.

2.10.6 Las observaciones o hallazgos de incumplimiento a este reglamento, a los compromisos del Plan de Manejo Ambiental y a las disposiciones complementarias dadas por Yura S.A., deben ser levantadas sin demora injustificada por la contratista y/o subcontratista.

2.10.7 Al finalizar el servicio se retirarán la totalidad de las construcciones temporales, y se ordenará y limpiará la zona de operaciones asignada por Yura S.A.. La zona debe quedar totalmente ordenada y limpia.

2.10.3 Al culminar el servicio contratado, el Supervisor de Seguridad y Medio Ambiente de la Contratista deberá comunicar al Administrador del Contrato designado por Yura S.A., a fin de que realice una inspección final del área de trabajo y de su conformidad al mismo.

En toda obra y/o servicio será evaluado el comportamiento ambiental de la contratista y/o subcontratista y, el resultado de la evaluación será tomado en cuenta en futuros concursos.

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CONFIDENCIAL: No debe ser copiado sin permiso del área de ASG de YURA S.A.

3.- INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES AMBIENTALES DE LA EMPRESA

CONTRATISTA Y/O SUBCONTRATISTA.

3.1 El incumplimiento de las consideraciones establecidas en el presente Reglamento de Manejo Ambiental, los compromisos establecidos en el Plan de Manejo Ambiental entregado por la Contratista; así como las disposiciones complementarias dadas por Yura S.A, dará lugar a la aplicación de penalidades o multas de acuerdo a lo considerado en el contrato correspondiente.

3.2 Cualquier gasto ocasionado a Yura S.A. como consecuencia del incumplimiento de lo mencionado en el párrafo anterior, será cobrado a la Contratista.