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Entre la Camara Argentina de la Industria Plastica, con domicilio en la calle Salguero 1939, Capita^" Federal, representada por los Sres. Antonio Paolini, Daniel Nosovitzky, Mauricio Scatamacchia, Juan" Diego Stellatelli, Alejandro Strauss y Sergio Hilbrecht por una parte y la Union Obreros y Empleados Plasticos, domiciliada en Pav6n 4175, representada por los Sres. Alberto Murua, Alvaro Rodriguez, Sergio Bugallo, Gabriel Nuftez, Carlos Coma, Juan Carlos Murua, Maria Vazquez y el Dr. Pablo Hernandez por ia otra, se conviene lo siguiente:
PRIMERO; Ambas partes y los firmantes del presente acuerdo, deciaran que son integrantes en representacion de las entidades nombradas precedentemente, de la Comision Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo N° 419/05, conforme a lo determinado en el expediente N^ 1.252.511/07, de la Direccion Nacionai de Relaciones del Trabajo del Ministerio de Trabajo, Seguridad Social y Empleo, de fecha 17 de diciembre de 2007.
SEGUNDO: En ejercicio de su facultad negociadora, las partes que firman el presente acuerdo convienen el regimen salarial de la aludida convencion, por el perfodo comprendido entre el 1° de Mayo de 2017 al 31 de Mayo del 2018. Por Anexo I se acompaiian los valores de los sueldos y salarios basicos que han de regir para dicho perfodo.
TERCERO: La bonificacion por antiguedad contemplada en el art. 6" del Convenio, ser^ liquidada sobre el salario o sueldo basico, de la categorfa en la que revista el trabajador. En cuanto a tos premios o incentives que puedan existir en las empresas, los mismos se liquidaran confonne a los sistemas vigentes en cada una de ellas o en su caso, a los que surjan de acuerdos que se puedan negociar a nivel de las mismas, con las respectivas representaciones de los trabajadores.
CUARTO: Las partes que firman el presente acuerdo convienen que las empresas del sector abonaran la suma de $ 1.600.- que se liquidaran juntamente con los haberes correspondientes al mes Mayo de 2017, la suma de $ 1.600.- juntamente con los haberes del mes de Junio de 2017, la suma de $ 1.552.- juntamente con los haberes del mes de Septiembre de 2017 y la suma de $ 1.552.- juntamente con los haberes del mes de Octubre de 2017. El importe de las sumas otorgadas para los meses de Mayo, Junio, Septiembre y Octubre de 2017 aquf pactadas seran de caracter No Remuneratorio. Asimismo, estas sumas No Remuneratorias se tomaran en cuenta exclusivamente a los fines de tos aportes y contribuciones que determina el regimen de Obras Sociales y Art. 43° del Convento Colectivo de Trabajo N° 419/05, correspondiendo dicho aporte mensual por cada trabajador convencionado a las sumas que se consignan en el Anexo I del presente acuerdo. Este importe se abonara proporcionalmente a los trabajadores que cumplar jornadas inferiores a la legal, bajo modalidad de trabajo a tiempo parcial o jornada reducida (Art 92 ter. y 198 de la LCT). ./^~V "̂̂ -̂ Dada su naturaleza y caracter No Remuneratorio, este importe no ser^ tomado en cuenta para ^ \ < i | q ^ calcuto de la antigiiedad, horas extras, vacactones, aguinaido, premios ni ningun adicional si l6s '' ~^'~ hubiera.
QUINTO; A los fines de la liquidacton de los haberes que correspondan por aplicacidn del presente acuerdo, las partes ratifican en su contenido to dispuesto por el Art. 25° de la convencidn, que sera aplicable en cada caso en particular, conforme a las modalidades existentes en cada empresa.
Las partes se comprometen a elevar el presente acuerdo al Ministerio de Trabajo, Seguridad Social y Empleo a los fines de su homologacidn y registro.
En prueba de conformidad, se firman 5 (cinco) ejemplares de igual tenor y a tos mismos efectos en la ciudad de Buenos Aires, a los 27 dfas del mes de Abril de 2017.
1 CIS ?i-
Convenio Colectivo de Trabaio NQ 419/05 Miicwflc F^ALAS PE SUELDOS Y SALARIOS BASICOS
ANEXOI Acta CAIP-UOYEP Mayo 2QiZ
Categorias
Produccion
PERARIO
AUXILIAR
OPERADOR
OPERADOR CAUHCADO
OPERADOR ESPECIALIZADO
OFICIAL ESPECIALIZADO
Mantenimiento
MEDIO OFiaAL DE MANTENIMIENTO
OFICIAL DE MANTENIMIENTO
Administrativas
NIVEL 1
NIVEL 2
NIVEL 3
NIVEL 4
NIVEL5
CAPATAZ
CHOFER
AYUDANTE DE CHOFER
CONDUCTOR DE AUTOELEVADOR
Base de calculo en lo que concierne al aporte del Art. 43° del C.C.T. 419/05
Mayo - J u n l o 2 0 1 7
Valor Hora
74,26
80 ,06
86 ,15
9 0 , 0 1
93 ,77
104,08
96 ,93
104,10
Valor Mensual
14.854
15 .081
15.927
16.569
18.222
18.602
16 .698
15.036
18 .646
Suma Fija No Remunerativa
1.600
1.600
1.600
1.600
1.600
1.600
1.600
1.600
Suma Fija No Remunerativa
1.600
1.600
1.600
1.600
1.600
1.600
1.600
1.600
1.600
Ju l io -
A g o s t o
2 0 1 7
Valor Hora
81 ,69
88 ,07
94 ,77
9 9 , 0 1
103,15
114,49
106,62
114 ,51
Valor Mensual
16.339
16.589
17 .520
18.226
20 .044
20 .462
18 .368
16.540
20 .511
Mes/Ano Mayo -Junio 2017 ($ 90,01 + $ 8,42)
Julio - Agosto 2017
Septiembre - Octubie 2017 ($ 99,01 + 8,17) Noviembre - Mayo 2018
Base de Calculo $ 98,43 99,01 107.18 108,91
S e p t - O c t u b r e 2 0 1 7
Valor Hora
81 ,69
88 ,07
94 ,77
9 9 , 0 1
103,15
114,49
106,62
114 ,51
Suma Fija No Remunerativa
1.552
1.552
1.552
1.552
1.552
1.552
1.552
1.552
Valor Mensual
16.339
16.589
17 .520
18 .226
20 .044
20 .462
18.368
16.540
20 .511
Suma Fija No Remunerativa
1.552
1.552
1.552
1.552
1.552
1.552
1.552
1.552
1.552
Noviembre -
Mayo 2018
Valor Hora
89,85
96,88
104,25
108,91
113,47
125,94
117,28
125,96
Valor Mensual
17.973
18.248
19.272
20.049
22.048
22.508
20.205
18.194
22.562
*
' • ^ j FOUlO \ - \
EXPEDIENTE N° 1.761.202/17
> V ^
En la Ciudad Autonoma de Buenos Aires, a los ocho dias del mes de mayo del ano
dos mil diecisiete, siendo las 16,00 horas, comparecen en forma espontanea ante el
IVIINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Direccion Nacionai de
Relaciones del Trabajo, Direccion de Negociacion Colectiva, ante mi, Roque Francisco
VILLEGAS, Secretario de Conciiiacion del Departamento de Relaciones Laborales N° 2,
lo hacen por la UNION OBREROS Y EMPLEADOS PLASTICOS (UOyEP), los Sres.
Sergio BUGALLO (Ml 13.649.334); Alvaro RODRIGUEZ (Ml 10.088.043); Juan Carlos
MURUA (Ml 11.546.723); Carlos COMA (Ml 11.375.889); Maria Luisa V A Z Q U E I ' ( M I
06.426.771), con el patrocinio letrado de su apoderado Dr. Pablo Enrique HERNANDEZ
(Ml 10.854.128), por una parte y, por la CAMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA
PLASTICA, comparecen los Sres. Juan D. STTELLATELLI (Ml 12.966.927); Alejandro
Ricardo STRAUSS (Ml 14.768.279); Mauricio Raul SCATAMACCHIA (Ml 04.587.136) y
Sergio Hernan HILBRECHT (Ml 23.091.998), todos acreditados como miembros
paritarios, conforme documentacion obrante en autos.
Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, este procede a conceder el uso
de la palabra a ambas partes manifiestan: Que por este acto agregan acuerdo al que
arribaron en forma privada, el mismo consta de una (1) foja, mas anexo con escala
salarial, ratificando contenido y firmas del mismo, solicitando su correspondiente
homologacion
Siendo las 16,30 horas, se da por finalizado el acto firmando los comparecientes de
conformidad, previa lectura y ratificacion, ante mi, funcionario que CERTIFICO..
SECTOR EMPLEADOR SECTOR SINDICAL
( ^ ^ ^ /Xx^]