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B1 REVISTA DE ASESORÍA ESPECIALIZADA Enero 2015 Nº 798, Primera Quincena Voces: Impuesto a la Renta – Renta de Quinta Categoría – Retenciones. 1. Cálculo ejercicio 2014 CASUÍSTICA CONTENIDO B1 Casos Prácticos Determinación del impuesto a al renta de quinta categoría - Ejercicios 2014 - 2015 DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO A AL RENTA DE QUINTA CATEGORÍA - EJERCICIOS 2014 - 2015 CASOS PRÁCTICOS B Procedimiento específico CáLCULO DE RETENCIóN DE QUINTA CATEGORÍA a. (La remuneración ordinaria mensual puesta a disposición del trabajador) x (meses faltante del ejercicio, incluyendo el mes al que corresponda la retención) + - Gratificaciones ordinarias, que correspondan al ejercicio. - Remuneraciones ordinarias y demás conceptos que se hubieren puesto a disposición del trabajador en los meses anteriores, tales como participaciones, reintegro y cualquier suma extraordinaria. b. A lo obtenido en a) se le resta 7 UIT. c. Al resultado obtenido en b) se le aplica la tasa progresiva acumulativa establecida en el artículo 53° de la LIR. Hasta 27 UIT 15% Por el exceso de 27UIT y hasta 54UIT 21% Por el exceso de 54 UIT 30% d. El impuesto anual determinado en cada mes se fraccionará de la siguiente manera: 1. Enero a marzo: El resultado se divide entre 12. 2. Abril: Se deduce las retenciones de enero a marzo. El resultado se divide entre 9. 3. Mayo a julio: Se deduce las retenciones de enero a abril. El resultado se divide entre 8. 4. Agosto: Se deduce las retenciones de enero a julio. El resultado se divide entre 5. 5. Setiembre a noviembre: Se deduce las retenciones de enero a agosto. El resultado se divide entre 4. 6. Diciembre: Se efectuará la regularización del Impuesto Anual. Deduciendo la retenciones de enero a noviembre. e. En los meses en que se ponga a disposición de los trabajadores, la participación de los trabajadores en las utilidades, reintegros por servicios, gratificaciones o bonificaciones extraordinarias, el cálculo se realizará del siguiente modo: e.1. Se determinará el impuesto a retener aplicando el procedimiento general. e.2. Al monto obtenido en e.1) se le sumará el monto que se obtenga del siguiente procedimiento: i) Al resultado de aplicar lo establecido en a) y b) Renta Neta anual proyectada se le sumará el monto adicional percibido en el mes por concepto de participaciones, reintegros o sumas extraordinarias. ii) A la suma obtenida en i) se le aplicará las tasas del artículo 53° de la LIR. iii) Al resultado obtenido en ii) se deducirá el monto calculado en c). del procedimiento general La suma resultante (e.1 + e.2) constituye el monto a retener en el mes. Procedimiento general 2. Caso práctico integral Enunciado La Clínica Santa María ha contratado como obstetriz a la Dra. Beatriz Atencia. Al respecto, se requiere efectuar el cálculo de retención del Impuesto a la Renta de Quinta Categoría tal como lo determina las normas tributarias vigentes y muestra la siguiente información: Datos: Fecha de ingreso: 02.04.2012 Remuneración fija pactada: S/. 5,000.00 Modalidad de contrato: Indeterminado Datos adicionales: En el mes de marzo se realiza la distribución de utilidades a los trabajadores, la Srta. Atencia recibe S/. 5,500 soles. En el mes de junio recibe un aumento de sueldo equivalente al 20% de su suel- do bruto (S/. 1,000) según acuerdo pactado con el empleador. En el mes de julio el trabajador recibe un bono extraordinario por cumpli- miento de las metas trazadas de S/. 3,000 y se le abona la bonificación extraordinaria temporal (Ley N° 29351) que representa el 9% de la gratifica- ción ordinaria. En el mes de diciembre se le abona la Bonificación Extraordinaria Temporal - Ley N° 29351.

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Page 1: Xr Rev 858241117

B1revista de asesoría especializada Enero 2015 Nº 798, Primera Quincena

Voces: Impuesto a la Renta – Renta de Quinta Categoría – Retenciones.

1. Cálculo ejercicio 2014

casuísticacontenidoB1 casos prácticos Determinación del impuesto a al renta de quinta categoría - Ejercicios 2014 - 2015

determinación del impuesto a al renta de quinta categoría - ejercicios 2014 - 2015

casos prácticos

B

Procedimientoespecífico

CálCulo dE rEtEnCión dE quinta CatEGorÍa

a. (La remuneración ordinaria mensual puesta a disposición del trabajador) x (meses faltante del ejercicio, incluyendo el mes al que corresponda la retención)

+

- Gratificaciones ordinarias, que correspondan al ejercicio. - Remuneraciones ordinarias y demás conceptos que se hubieren puesto a disposición del trabajador en los meses

anteriores, tales como participaciones, reintegro y cualquier suma extraordinaria.

b. A lo obtenido en a) se le resta 7 UIT.

c. Al resultado obtenido en b) se le aplica la tasa progresiva acumulativa establecida en el artículo 53° de la LIR. Hasta 27 UIT 15% Por el exceso de 27UIT y hasta 54UIT 21% Por el exceso de 54 UIT 30%

d. El impuesto anual determinado en cada mes se fraccionará de la siguiente manera:1. Enero a marzo: El resultado se divide entre 12.2. abril: Se deduce las retenciones de enero a marzo. El resultado se divide entre 9.3. Mayo a julio: Se deduce las retenciones de enero a abril. El resultado se divide entre 8.4. agosto: Se deduce las retenciones de enero a julio. El resultado se divide entre 5.5. Setiembre a noviembre: Se deduce las retenciones de enero a agosto. El resultado se divide entre 4.6. diciembre: Se efectuará la regularización del Impuesto Anual. Deduciendo la retenciones de enero a noviembre.

e. En los meses en que se ponga a disposición de los trabajadores, la participación de los trabajadores en las utilidades, reintegros por servicios, gratificaciones o bonificaciones extraordinarias, el cálculo se realizará del siguiente modo: e.1. Se determinará el impuesto a retener aplicando el procedimiento general.e.2. Al monto obtenido en e.1) se le sumará el monto que se obtenga del siguiente procedimiento:

i) Al resultado de aplicar lo establecido en a) y b) Renta Neta anual proyectada se le sumará el monto adicional percibido en el mes por concepto de participaciones, reintegros o sumas extraordinarias.

ii) A la suma obtenida en i) se le aplicará las tasas del artículo 53° de la LIR.iii) Al resultado obtenido en ii) se deducirá el monto calculado en c). del procedimiento general

La suma resultante (e.1 + e.2) constituye el monto a retener en el mes.

Procedimientogeneral

2. Caso práctico integralEnunciado

La Clínica Santa María ha contratado como obstetriz a la Dra. Beatriz Atencia. Al respecto, se requiere efectuar el cálculo de retención del Impuesto a la Renta de Quinta Categoría tal como lo determina las normas tributarias vigentes y muestra la siguiente información:

datos:– Fecha de ingreso: 02.04.2012– Remuneración fija pactada: S/. 5,000.00– Modalidad de contrato: Indeterminado

datos adicionales:– En el mes de marzo se realiza la distribución de utilidades a los trabajadores, la

Srta. Atencia recibe S/. 5,500 soles.– En el mes de junio recibe un aumento de sueldo equivalente al 20% de su suel-

do bruto (S/. 1,000) según acuerdo pactado con el empleador.– En el mes de julio el trabajador recibe un bono extraordinario por cumpli-

miento de las metas trazadas de S/. 3,000 y se le abona la bonificación extraordinaria temporal (Ley N° 29351) que representa el 9% de la gratifica-ción ordinaria.

– En el mes de diciembre se le abona la Bonificación Extraordinaria Temporal - Ley N° 29351.

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B2 Enero 2015 Nº 798, Primera Quincena revista de asesoría especializada

INFORMATIVO cAsuísTIcAb InformatIvo cAbAlleRO busTAMANTe

CálCulo dE rEtEnCión - rEnta 5ta CatEGorÍa EjErCiCio 2014

EnEro

datos:Mes

actualProyectadoa dic-2014

Mes N° 1 12Remuneración bruta mensual 5,000.00 60,000.00Total remuneración mensual 5,000.00 60,000.00 (1)

Más:a) Gratificaciones ordinarias Julio 5,000.00 Diciembre 5,000.00

------------------------------

b) Remuneraciones y otros ingresos de meses anteriores 0.00 ------------------------------renta bruta anual proyectada 70,000.00 (2)

Menos:Deducción de 7 UIT (26,600.00) ------------------------------renta neta anual proyectada 43,400.00 impuesto a la renta anual 6,510.00 (3)

(S/. 43,400.00 x 15%)Impuesto fraccionado a retener 542.50(S/. 6,510.00 ÷ 12 meses)

(1) Se multiplica la remuneración mensual por el N° de meses que falta para terminar el Ejercicio (Diciembre 2014 = Remuneración Proyectada Anual.

(2) Es igual a la sumatoria de la remuneración proyectada anual + gratificaciones (julio y diciembre) + remuneraciones y otros ingresos de meses anteriores.

(3) Se calcula aplicando a S/. 43,400 x 15% porque se encuentra dentro del parametro (hasta 27 UIT = 102,600 soles).

fEBrEro

datos:Mes

actualProyectadoa dic-2014

Mes N° 2 11Remuneración bruta mensual 51,000.00 55,000.00Total remuneración mensual 5,000.00 55,000.00

Más:a. Gratificaciones ordinarias Julio 5,000.00 Diciembre 5,000.00b. Remuneraciones y otros ingresos de meses anteriores 5,000.00Igual a:renta bruta anual proyectada 70,000.00Menos:Deducción de 7 UIT (26,600.00)renta neta anual proyectada 43,400.00 impuesto a la renta anual 6,510.00 (S/. 43,400.00 x 15%)

Impuesto fraccionado a retener 542.50(S/. 6,510.00 ÷ 12 meses)

Marzo

a. ProCEdiMiEnto GEnEral

ingresos:Mes

actualProyectadoa dic-2014

Mes N° 3 10Remuneración bruta mensual 5,000.00 50,000.00Total remuneración mensual 5,000.00 50,000.00

Más:a. Gratificaciones ordinarias Julio 5,000.00 Diciembre 5,000.00

b. Remuneraciones y otros ingresos de meses anteriores 10,000.00renta bruta anual proyectada 70,000.00Menos:Deducción de 7 UIT (26,600.00)renta neta anual proyectada 43,400.00

impuesto a la renta anual 6,510.00(S/. 43,400.00 x 15%)

impuesto fraccionado a retener 542.50 (A)

(S/. 6,510.00 ÷ 12 meses)

B. ProCEdiMiEnto ESPECÍfiCo (*)

Renta neta anual proyectada(Obtenida mediante procedimiento general) 43,400.00

Más:a) Conceptos específicos percibidos: Participación de utilidades 5,500.00

renta neta imponible 48,900.00

impuesto a la renta anual 7,335.00(S/. 48,900.00 x 15%)

Menos:Impuesto a la Renta obtenido segúnprocedimiento general (6,510.00)Importe adicional a retener en el mes 825.00 (B)

Más:Impuesto fraccionado a retener segúnprocedimiento general 542.50impuesto total a retener (a + B) 1,367.50 (1)

(*) En el mes de marzo percibió otros ingresos por concepto de uti-lidades por lo que debe considerarse el procedimiento específico.

(1) Se debe retener en marzo dicho monto.aBril

datos:Mes

actualProyectadoa dic-2014

Mes N° 4 9Remuneración bruta mensual 5,000.00 45,000.00Total remuneración mensual 5,000.00 45,000.00

Más:a. Gratificaciones ordinarias Julio 5,000.00 Diciembre 5,000.00b. Remuneraciones y otros ingresos de meses anteriores 20,500.00renta Bruta anual Proyectada 75,500.00 Menos:Deducción de 7 UIT 26,600.00renta neta anual proyectada 48,900.00

impuesto a la renta anual 7,335.00(S/. 48,900.00 x 15%)

Menos:Retenciones de meses anteriores (Enero, febrero y marzo)542.50 + 542.50 + 1,367.50 2,452.50impuesto fraccionado a retener 542.50(S/. 4,882.50 ÷ 9 meses)

Mayo

datos:Mes

actualProyectadoa dic-2014

Mes N° 5 8Remuneración bruta mensual 5,000.00 40,000.00Total remuneración mensual 5,000.00 40,000.00

Page 3: Xr Rev 858241117

B3revista de asesoría especializada Enero 2015 Nº 798, Primera Quincena

Casos práCtiCos bInformatIvo Caballero bustamante

Más:a. Gratificaciones ordinarias Julio 5,000.00 Diciembre 5,000.00b. Remuneraciones y otros ingresos de meses anteriores (Enero - abril) 25,500.00renta bruta anual proyectada 75,500.00 Menos:Deducción de 7 UIT (26,600.00)renta neta anual proyectada 48,900.00impuesto a la renta anual 7,335.00(S/. 48,900.00 x 15%)Menos:Retenciones de meses anteriores (Enero - abril) (2,995.00) 4,340.00impuesto fraccionado a retener 542.50(S/. 4,340.00 ÷ 8 meses)

junio

En el mes de junio recibe un aumento de sueldo equivalente al 20% de su sueldo bruto (S/. 1,000) según acuerdo pactado con el empleador.

datos:Mes

actualProyectadoa dic-2014

Mes N° 6 7Remuneración bruta mensual 6,000.00 42,000.00Total remuneración mensual 6,000.00 42,000.00

Más:a. Gratificaciones ordinarias Julio 6,000.00 Diciembre 6,000.00b. Remuneraciones y otros ingresos de meses anteriores. (Enero - mayo) 30,500.00

renta bruta anual proyectada 84,500.00

Menos:Deducción de 7 UIT (26,600.00)

renta neta anual proyectada 57,900.00

impuesto a la renta anual 8,685.00(S/. 57,900.00 x 15%)

Menos:Retenciones de meses anteriores (Enero - abril) (2,995.00) 2,525.00impuesto fraccionado a retener 711.25(S/. 5,690.00 ÷ 8 meses)

julio

En el mes de julio el trabajador recibe un bono extraordinario de S/. 3,000 y se le abona el 9% por bonificación según Ley N° 29351.

a. ProCEdiMiEnto GEnEral

datos:Mes

actualProyectadoa dic-2014

Mes N° 7 6Remuneración bruta mensual 6,000.00 36,000.00Total remuneración mensual 6,000.00 36,000.00

Más:a. Gratificación por Fiestas Patrias 6,000.00b. Gratificación ordinaria 6,000.00 diciembrec. Remuneraciones y otros ingresos de meses anteriores 36,500.00 (Enero-junio)

renta bruta anual proyectada 84,500.00

Menos:Deducción de 7 UIT (26,600.00)renta neta anual proyectada 57,900.00

impuesto a la renta anual 8,685.00(S/. 57,900.00 x 15%)Menos:Retenciones de meses anteriores (Enero - abril) (2,995.50) 5,690.00

impuesto fraccionado a retener 711.25 (a)

(S/. 5,690.00 ÷ 8 meses)B. ProCEdiMiEnto ESPECÍfiCo

Renta neta anual proyectada(Obtenida mediante procedimiento general) 57,900.00

Más:a. Conceptos específicos percibidos: Bonificación extraordinaria 3,000.00 Bonificación extraordinaria temporal - Ley N° 29351 540.00

renta neta imponible 61,440.00

impuesto a la renta anual 9,216.00(S/. 61,440.00 x 15%)

Menos:Impuesto a la Renta obtenido segúnprocedimiento General (8,685.00)Importe adicional a retener en el mes 531.00 (B)

Más:Impuesto fraccionado a retener segúnprocedimiento General 711.25

impuesto total a retener (a + B) 1,242.25

aGoSto

datos:Mes

actualProyectadoa dic-2014

Mes N° 8 5Remuneración bruta mensual 6,000.00 30,000.00Total remuneración mensual 6,000.00 30,000.00

Más:a. Gratificación ordinaria diciembre 6,000.00b. Remuneraciones y otros ingresos de meses anteriores incluye gratificación julio + bonificación extraordinaria de julio (enero - julio) 52,040.00

renta bruta anual proyectada 88,040.00Menos: deducción de 7 UIT (26,600.00)

renta neta anual proyectada 61,440.00

impuesto a la renta anual 9,216.00(S/. 61,440.00 x 15%)Menos: Retenciones de meses anteriores (Enero - julio) (5,491.00) 3,725.00impuesto fraccionado a retener 745.00(S/. 3,725.00 ÷ 5 meses)

SEtiEMBrE

datos:Mes

actualProyectadoa dic-2014

Mes N° 9 4Remuneración bruta mensual 6,000.00 24,000.00Total remuneración mensual 6,000.00 24,000.00

Page 4: Xr Rev 858241117

B4 Enero 2015 Nº 798, Primera Quincena revista de asesoría especializada

INFORMATIVO cAsuísTIcAb InformatIvo cAbAlleRO busTAMANTe

Más:a. Gratificación ordinaria diciembre 6,000.00b. Remuneraciones y otros ingresos de meses anteriores (enero - agosto) 58,040.00renta bruta anual proyectada 88,040.00 Menos: deducción de 7 UIT (26,600.00)renta neta anual proyectada 61,440.00

impuesto a la renta anual 9,216.00(61,440.00 x 15%)

Menos:Retenciones de meses anteriores (Enero - agosto) (6,236.00) 2,980.00 impuesto fraccionado a retener 745.00(S/. 2,980.00 ÷ 4 meses)

oCtuBrE

datos:

Mes

actual

Proyectado

a dic-2014Mes N° 10 3Remuneración bruta mensual 6,000.00 18,000.00Total remuneración mensual 6,000.00 18,000.00

Más:a. Gratificación ordinaria Diciembre 6,000.00b. Remuneraciones y otros ingresos de meses anteriores (enero - setiembre) 64,040.00 renta bruta anual proyectada 88,040.00

Menos: deducción de 7 UIT (26,600.00) renta neta anual proyectada 61,440.00impuesto a la renta anual 9,216.00(S/. 61,440.00 x 15%)Menos:Retenciones de meses anteriores (Enero - agosto) (6,236.00) 2,980.00

impuesto fraccionado a retener 745.00(2,980.00 ÷ 4 meses)

noViEMBrE

datos:Mes

actualProyectadoa dic-2014

Mes N° 11 2Remuneración bruta mensual 6,000.00 12,000.00Total remuneración mensual 6,000.00 12,000.00

Más:a. Gratificaciones ordinarias Diciembre 6,000.00b. Remuneraciones y otros ingresos de meses anteriores (enero - octubre) 70,040.00

renta bruta anual proyectada 88,040.00

Menos: deducción de 7 UIT 26,600.00

renta neta anual proyectada 61,440.00

impuesto a la renta anual 9,216.00(S/. 61,440.00 x 15%)Menos: Retenciones de meses anteriores (Enero - agosto) (6,236.00) 2,980.00impuesto fraccionado a retener 745.00(S/. 2,980.00 ÷ 4 meses)

diCiEMBrE

a. ProCEdiMiEnto GEnEral

datos:Mes

actualProyectadoa dic-2014

Mes N° 12 1Remuneración bruta mensual 6,000.00 6,000.00Total remuneración mensual 6,000.00 6,000.00

Más:a. Gratificación ordinaria diciembre 6,000.00b. Remuneraciones y otros ingresos de meses anteriores (enero - noviembre) 76,040.00

renta bruta anual proyectada 88,040.00

Menos: deducción de 7 UIT 26,600.00renta neta anual proyectada 61,440.00

impuesto a la renta anual 9,216.00(S/. 61,440.00 x 15%)Menos:Retenciones de meses anteriores (Enero - noviembre) 8,471.00 3,35.87 impuesto a retener 745.00 (a)

B. ProCEdiMiEnto ESPECÍfiCo Renta neta anual proyectada(obtenida mediante procedimiento general) 61,440.00Más:a. Conceptos especificos percibidos: Bonificación extraordinaria temporal - Ley N° 29351 540.00

renta neta imponible 61,980.00

impuesto a la renta anual 9,297.00(S/. 61,980.00 x 15%)Menos: Impuesto a la Renta obtenido segúnprocedimiento general (9,216.00)Importe adicional a retener en el mes 81.00Más:Impuesto fraccionado a retener segúnprocedimiento general 745.00

impuesto total a retener (a + B) 826.00 (B)

Cuadre: (comprobación) Ene-May jun-dic 14Remuneración mensual: 5,000.00 6,000.00Total remuneracion mensual 5,000.00 6,000.00Remuneración proyectada a Dic-2013 67,000.00 Gratificación julio + diciembre 12,000.00 Participación de utilidades 5,500.00 Bonificación extraordinaria 3,000.00 Bonif. extraordinaria temporal - 29351 Julio 540.00 Diciembre 540.00 Total Ingresos de Ene-Dic 2013 88,580.00 Deducción 7 UIT (26,600.00) renta neta anual proyectada 61,980.00 I.R. Anual 15% (hasta 27 UIT= 102,600) 9,297.00 Total retenciones Ene.-Dic. 2013 9,297.00 Diferencias 0.00