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ACTIVIDADES OBLIGATORIAS DE HISTORIA DE ESPAÑA 2º DE BACHILLERATO PRIMERA EVALUACIÓN 1. Dibuja con tramas o pinta con colores en el siguiente mapa mudo la expansión territorial de los reinos cristianos de la Península Ibérica durante la Edad Media (2 puntos). Página 1 de 16 800 1035 1130 1300 1480

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ACTIVIDADES OBLIGATORIAS DE HISTORIA DE ESPAÑA

2º DE BACHILLERATO

PRIMERA EVALUACIÓN

1. Dibuja con tramas o pinta con colores en el siguiente mapa mudo la expansión territorial de los reinos cristianos de la Península Ibérica durante la Edad Media (2 puntos).

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2. Lee el texto y responde a las siguientes preguntas (2 puntos):

Granada, 31 de marzo de 1492.

Don fernando é doña ysabel, por la graçia de dios Rey é Reina de castilla, de león, de aragón, de seçilia, de granada, de toledo, de valencia, de galizia, de mallorcas, de sevilla, de ç erdeña , de córdova, de córcega, de murçia, de jahén, del algarbe, de algesira, de gibralta r é de las yslas de Canaria, conde é condesa de barçelona, é Señores de viscaya é de molina, duques de atenas é de neopatria, condes de Rosillón é de çerdania, marqueses de oristán é de goçiano, al príncipe don Juan nuestro muy caro é muy amado hijo, é á los ynfantes, perlados, duques, marqueses, condes, maestres de las hórdenes, priores, Ricos omes, comendadores, alcaydes de los castillos é casas fuertes de los nuestros Reynos é Señoríos, é á los conçejos, corregidores, alcaldes, alguaçiles, merinos, cavalleros, escuderos, ofiçiales é omes buenos de la muy noble é leal çibdad de ávila é de las otras çibdades é villas é lugares de su obispado, é de los otros arçobispados é obispados é diócesis de los dichos nuestros Reynos é señoríos, é á las Aljamas de los judíos de la dicha çibdad de ávila, é de todas las dichas çíbdades é villas é lugares de su obispado é de todas las otras çibdades é villas é lugares de los dichos nuestros Reynos é señoríos, é á todos los Judíos é personas singulares dellos así varones commo mugeres de qualquier hedad que sean, é á todas las otras personas de qualquier estado, dignidad, preminençia, condición que sean é a quien lo de yuso, en esta nuestra Carta contenido atañe, ó atañer puede en qualquier manera, salud é graçia.

Sabedes é devedes saber que, porque nos fuemmos ynformados que en estos nuestros Reynos avía algunos malos christianos, que judaysavan é apostatavan de nuestra Santa fe católica, de lo cual era mucha cabsa la comunicación de los Judíos con christiano. En las cortes que hesimos en la çcibdad de toledo el año pasado de mill é quatroçientos é ochenta años mandamos apartar é los dichos Judíos en todas las çibdades, villas é lugares de los nuestros Reynos é señoríos, é dalles juderías é lugares apartados, donde biviesen esperando que con su apartamiento se remediaría; é otrosí ovimos procurando é dado horden como se hiziese ynquisición en los dichos nuestros Reynos é Señoríos; la cual, commo sabeys, ha más de dose años que se ha fecho é fase, é por ella han fallado muchos culpantes, segund es notorio, é segund somos ynformados de los ynquisidores é de otras muchas personas Religiosas é eclesiásticas é seglares; consta é paresçe el grand daño que á los christianos se ha seguido y sigue de la partiçipaçión, conversaçión, comunicaçión que han tenido é tienen con los judíos; los quales se pruevan que procuran siempre, por quantas vías é maneras pueden, de subertir é subtraer de nuestra Santa fe católica a los fieles christianos, é los apartar della, é atraer é pervertir á su dañada creencia é opinión, ynstruyóndolos en las çeremonias é observancias de su ley (…)

Por ende, nos con consejo y paresçer de algunos perlados é grandes é cavalleros de nuestros Reynos, é de otras personas de çiencia é conçiençia de nuestro consejo, aviendo avido sobre ello mucha deliberación, acordamos de mandar salir todos los dichos judíos é judías de nuestros Reynos, é que jamás tornen ni buelvan á ellos, ni á algunos dellos; y sobre ello mandamos dar esta nuestra carta, por la qual mandamos a todos los judíos é judías de qualquier hedad que sean, que biven é moran é están en los dichos nuestros Reynos é señoríos, así los naturales dellos, commo los non naturales que en qualquier manera por qualquier cabsa ayan venido é estén en ellos, que fasta en fin del mes de Jullio primero que viene deste presente año salgan de todos los dichos nuestros Reynos é Señoríos con sus fijos é fijas é criados é criadas é familiares judíos, así grandes commo pequeños, de qualquier hedad que sean; é non sean osados de tornar á ellos ni estar en ellos ni en parte alguna dellos de bibienda, ni de paso, ni en otra manera alguna; so pena que, si lo non fizieren é cumplieren así, é fueren hallados vesinar en los dichos nuestros Reynos e señoríos ó venir á ellos en qualquier manera, incurran en pena de muerte é confiscación de todos sus bienes para la nuestra cámara é fisco; en las quales penas incurran por ese mismo fecho é derecho sin otro proçeso, sentençia, ni declaración. E mandamos é defendemos, que ningunas nin algunas personas de los dichos nuestros Rey nos, de qualquier estado, condiçión, dignidad que sean, non sean osados de reçebir, reçebtar, ni recoger, ni defender, nin aver pública nin secretamente judío nin judía, pasado el dicho término de fin de Jullio en adelante para siempre jamás en sus tierras, ni en sus casas, ni en otra parte alguna de los dichos nuestros Reynos é Señoríos, so pena de perdimiento de todos sus bienes, vasallos é fortalesas é otros heredamientos; é otrosí de perder qualesquiera mercedes que de nos tengan, para la nuestra cámara é fisco.

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E por que los dichos judíos é judías puedan durante el dicho tiempo fasta en fin del dicho mes de Jullio mejor disponer de sí é de sus bienes é hasienda, por la presente los tomamos é reçebimos so nuestro seguro é amparo é defendimiento Real, é los aseguramos á ellos é á sus bienes para que durante el dicho tiempo para el día final del dicho mes de Jullio puedan andar é estar seguros, é puedan entrar, é vender, é trocar, é enagenar todos sus bienes muebles é rayses, é disponer delios libremente á su voluntad, é que durante el dicho tiempo non les sea fecho mal ni daño ni desaguisado alguno en sus personas ni en sus bienes, contra justiçia so las penas en que cahen é yncurren los que quebrantan nuestro Seguro Real. E asimismo damos liçencia é facultad á los dichos judíos é judías que puedan sacar fuera de todos los dichos nuestros Reynos é señoríos sus bienes é hasienda por mar é por tierra; con tanto que non saquen oro, ni plata, ni moneda amonedada, ni las otras cosas vedadas por las leyes de nuestros Reynos, salvo en mercaderías é que non sean cosas vedadas é en canbios.

E otrosí mandamos é todos los concejos, justicias, Regidores, cavalleros, escuderos, ofiçiales é omes buenos de la dicha cibdad de ávila é de las otras cibdades é villas é lugares de los nuestros Reynos é señoríos, é á todos nuestros vasallos súbditos é naturales, que guarden é cumplan, é fagan guardar é cumplir esta carta é todo lo que en ellacontenido, é den é fagan dar todo el favor é ayuda que para ello fuere menester, so pena de la nuestra merçed, éconfiscación de todos sus bienes para la nuestra cámara é fisco.

E porque esto pueda venir é noticia de todos é ninguno pueda pretender ygnorançia, mandamos que esta nuestra carta sea apregonada por las plaças é lugares acostumbrados desa dicha cibdad é de las principales cibdades é villas é lugares de su obispado, por pregonero é ante escrivano público. Dada en la nuestra cibdad de granada, á XXXI días del mes de março año del Naçimiento de nuestro Señor ihesu christo de mill é quatrocientos é noventa é dos año (…)

Yo el Rey.Yo la Reyna. Y Juan de la Colonia secretario del Rey y la Reyna, quien lo ha escrito por orden de sus Majestades.

1. ¿Qué tipo de fuente es el texto? (primaria/secundaria, escrita/oral, jurídica/política/económica). Razona la respuesta.

2. En el primer párrafo del documento (intitulación), los Reyes Católicos se refieren a sí mismos mencionando sus títulos. Por supuesto, no se consideran reyes de España, sino señores, con diversos títulos (reyes, condes, marqueses…) de un conglomerado de territorios. Todos esos territorios pertenecían a las coronas de Aragón y Castilla, pero no se mencionan ordenados. Trata de ordenar los territorios mencionados en el documento según su pertenencia a cada una de las Coronas que detentaban Isabel y Fernando, es decir, Castilla y Aragón.

3. ¿Qué motivo aducen los Reyes Católicos para considerar que la presencia de población judía en sus reinos era perjudicial?.

4. ¿Qué plazo tenían los judíos para abandonar los reinos de Isabel y Fernando a partir de la fecha del decreto de expulsión?

5. ¿Qué pasaría con las propiedades y bienes de los judíos que tenían que abandonar Castilla y Aragón?

3. Lee el texto y responde a las siguientes preguntas (2 puntos):

“Considerando haber perdido los reinos de Aragón y Valencia y todos sus habitadores por la rebelión que cometieron faltando enteramente al juramento de fidelidad que me hicieron como a su legítimo Rey y Señor, todos los fueros, privilegios, exenciones y libertades que gozaban y que con tan liberal mano se les hablan concedido así por mi como por los señores reyes mis predecesores, particularizándoles en esto de los demás reinos de Aragón y Valencia, pues a la circunstancia de ser comprendidos en los demás que tan legítimamente poseo en esta monarquía se añade ahora la del

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derecho de la conquista que de ellos han hecho últimamente mis armas con el motivo de su rebelión; y considerando también que uno de los principales atributos de la soberanía la es la imposición y derogación de las leyes, las cuales, con la variedad de los tiempos y mudanza de costumbres, podría Yo alterar aun sin los grandes y fundados motivos y circunstancias que hoy concurren para ello en lo tocante a los de Aragón y Valencia; he juzgado por conveniente, así por esto como por mi deseo de reducir todos mis reinos de España a la uniformidad de unas mismas leyes, usos, costumbres y tribunales, gobernándose igualmente todos por las leyes de Castilla tan loables y plausibles en todo el Universo, abolir y derogar enteramente como desde luego doy por abolidos y derogados todos los referidos fueros y privilegios, prácticas y costumbres hasta aquí observadas en los referidos reinos de Aragón y Valencia siendo mi voluntad que éstos se reduzcan a las leyes de Castilla y al uso, práctica y forma de gobierno que se tiene y se ha tenido en ella y en sus tribunales sin diferencia alguna en nada”.

Fragmento de los Decretos de Nueva Planta de Aragón y Valencia, firmados por Felipe V en 1707.

1. Resume en 4 ó 5 líneas las ideas principales que se expresan en este texto. 2. Sitúa en su contexto histórico este texto. 3. Realiza una exposición de 10 a 15 líneas de extensión en la que analices qué consecuencias

tendrán estos Decretos de Nueva Planta. Deberás comentar cómo influyeron estos decretos en la organización política del Estado español y qué objetivos se buscaba con ellos.

4. Escribe una redacción de cinco folios de extensión, como mínimo, sobre el siguiente tema: “La Ilustración en Aragón” (4 puntos). Debe constar de los siguientes apartados:

El contexto político, económico y social de la Ilustración en España y Aragón. Los principios ideológicos de la Ilustración. La Real Sociedad Económica Aragonesa de Amigos del País, motor de la Ilustración en

Aragón. Representantes más destacados de la Ilustración aragonesa. Ramón de Pignatelli y la construcción del Canal Imperial de Aragón.

El alumno deberá utilizar como fuentes para elaborar la redacción la siguiente bibliografía:

Fernández Clemente, E., La Ilustración aragonesa (Una obsesión pedagógica), Zaragoza, 1973.

Forniés, J. F., La Real Sociedad Económica Aragonesa de Amigos del País en el período de la Ilustración (1776-1808), Zaragoza, 1978.

Gran Enciclopedia Aragonesa (GEA) ONLINE: http://www.enciclopedia-aragonesa.com/monograficos/historia/guerra_de_independencia/introduccion.asp

Olaechea, R., y Ferrer Benimeli, J. A., El Conde de Aranda (Mito y realidad de un político aragonés), Zaragoza, 1978.

PÉREZ SARRIÓN, Guillermo, Agua, agricultura y sociedad. El Canal Imperial de Aragón, 1766-1808, Institución Fernando el Católico, Zaragoza, 1984.

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SEGUNDA EVALUACIÓN

1. Completa el siguiente cuadro comparativo de las Constituciones de la historia de España en los siglos XIX y XX (2 puntos).

Constitución de 1812

Constitución de 1837

Constitución de 1845

Constitución de 1856

Constitución de 1869

Constitución de 1876

Constitución de 1931

Constitución de 1978

DURACIÓN

PODER EJECUTIVO

SOBERANÍA

PODER LEGISLATIVO

TIPO DE SUFRAGIO

DERECHOS

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2. Francisco de Goya es uno de los pintores más importantes de la historia del arte. Su obra nos puede servir para entender los episodios más importantes del período de la crisis del Antiguo Régimen en España, entre 1788 y 1833. Te presentamos cuatro obras de Goya. Completa el cuadro que te presentamos, escribiendo el título de la obra, la cronología (año de realización y período de la crisis del Antiguo Régimen al que pertenece) y el significado de la obra (analiza brevemente el contexto político de la obra y la intencionalidad del artista a la hora de realizarla). (2 puntos).

OBRA TÍTULO CRONOLOGÍA SIGNIFICADO DE LA OBRA

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3. Lee el texto y responde a las siguientes preguntas (2 puntos):

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DEL DECRETO DESAMORTIZADOR DE MENDIZÁBAL

Vender la masa de bienes que han venido a ser propiedad del Estado, no es tan sólo cumplir una promesa solemne y dar una garantía positiva a la deuda nacional por medio de una amortización exactamente igual al producto de las rentas, es abrir una fuente abundantísima de felicidad pública; vivificar una riqueza muerta; desobstruir los canales de la industria y de la circulación; apegar al país por el amor natural y vehemente a todo lo propio; enganchar la patria, crear nuevos y fuertes vínculos que liguen a ella; es en fin identificar con el trono excelso de ISABEL II, símbolo de orden y de la libertad.

No es, Señora, ni una fría especulación mercantil, ni una mera operación de crédito, por más que éste sea la palanca que mueve y equilibra en nuestros días las naciones de Europa: es un elemento de animación, de vida y de ventura para la España: Es, si puedo explicarme así, el complemento de su resurrección política.

El decreto que voy a tener la honra de someter a la augusta aprobación de V.M. sobre la venta de esos bienes adquiridos ya para la nación, así como en su resultado material ha de producir el beneficio de minorar la fuerte suma de la deuda pública, es menester que en su tendencia, en su objeto y aún en los medios por donde se aspire a aquel resultado, se enlace, se encadene, se funda en la alta idea de crear una copiosa familia de propietarios, cuyos goces y cuya existencia se apoya principalmente en el triunfo completo de nuestras actuales instituciones.

Gaceta de Madrid, 21 de febrero de 1836. Reproducido en A. FERNÁNDEZ y otros, Documentos de Historia Contemporánea de España, Madrid, Actas, 1996, pp. 120-125.

1. Define brevemente los siguientes términos: bienes desamortizados; deuda pública; propiedad particular; subasta pública.

2. Explica el contexto histórico en el que fue redactado el texto.

3. Explica los objetivos de Mendizábal a la hora de aprobar el decreto desamortizador.

4. Explica las consecuencias políticas, económicas y sociales de los decretos desamortizadores en la España del siglo XIX.

4. Lee el texto y responde a las siguientes preguntas (2 puntos):

«Al País y al Ejército. Españoles: Ha llegado para nosotros el momento más temido que esperado (porque hubiéramos querido vivir siempre en la legalidad y que ella rigiera sin interrupción la vida española) de recoger las ansias, de atender el clamoroso requerimiento de cuantos amando la Patria no ven para ella otra salvación que liberarla de los profesionales de la política, de los hombres que por una u otra razón nos ofrecen el cuadro de desdichas e inmoralidades que empezaron el año 98 y amenazan a España con un próximo fin trágico y deshonroso. La tupida red de la política de concupiscencias ha cogido en sus mallas, secuestrándola, hasta la voluntad real. Con frecuencia parecen pedir que gobiernen los que ellos dicen no dejan gobernar aludiendo a los que han sido su único, aunque débil freno, y llevaron a las leyes y costumbres la poca ética sana, el tenue tinte de moral y equidad que aún tienen; pero en la realidad se avienen fáciles y contentos, al turno y al reparto, y entre ellos mismos designan la sucesión.

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Pues bien, ahora vamos a recabar todas las responsabilidades y a gobernar nosotros u hombres civiles que representen nuestra moral y doctrina. Basta ya de rebeldías mansas, que sin poner remedio a nada, dañan tanto y más a la disciplina, que está recia y viril, a que nos lanzamos por España y por el Rey.Este movimiento es de hombres: el que no sienta la masculinidad completamente caracterizada, que espere en un rincón, sin perturbar los días nuevos que para la Patria preparamos. Españoles: iViva España y viva el Rey!No tenemos que justificar nuestro acto , que el pueblo sano demanda e impone. Asesinatos de prelados, exgobernadores [...], rastreras intrigas políticas, tomando por pretexto la tragedia de Marruecos; incertidumbre ante este gravísimo problema nacional, indisciplina social [...],impune propaganda comunista (...)». Miguel Primo de Rivera, Capitán General de la Cuarta Región.

La Vanguardia, Barcelona, a 13 de septiembre de 1923.

1. Explica el sentido de las siguientes expresiones del texto:

- “(…) liberarla de los profesionales de la política, de los hombres que una u otra razón nos ofrecen el cuadro de desdichas e inmoralidades que empezaron el año 98 y amenazan con un próximo fin trágico y deshonroso”.

- “No tenemos que justificar nuestro acto, que el pueblo sano demanda e impone. Asesinatos de prelados, exgobernadores, (…), rastreras intrigas políticas, tomando por pretexto la tragedia de Marruecos; (…), indisciplina social (…), impune propaganda comunista (…)”.

2. Explica el contexto político, económico y social en el que se produce el golpe de Primo de Rivera.

3. Cuál fue la reacción de los diferentes sectores de la sociedad española ante el golpe de estado de Primo de Rivera: el rey, el gobierno, los partidos políticos, los socialistas, los comunistas, la opinión pública, etc.

4. ¿Por qué Primo de Rivera fue perdiendo la mayor parte de sus apoyos políticos y sociales a partir de 1925?.

5. Observa detenidamente estos cuatro carteles de la guerra civil y coméntalos. Para el comentario deberás hacer lo siguiente (2 puntos):

Describir detalladamente lo que ves en el cartel: personajes, escenas, mensaje…

Indicar de forma razonada a qué bando pertenecen.

Analizar la intencionalidad política de esos carteles de propaganda.

Hacer un comentario no muy extenso, de unas 10 líneas, en el que hables del contexto histórico de cada uno de ellos.

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TERCERA EVALUACIÓN

En esta evaluación deberás realizar el comentario de un libro y de una película, a elegir entre los que aparecen en la siguiente lista. Cada comentario tendrá un valor de 5 puntos (10 en total). El comentario del libro y de la película elegidas deberá tener una extensión mínima de 5 folios cada uno y deberá constar de los siguientes apartados:

Biografía del autor del libro o del director de la película. Ficha técnica (título, editorial, año de publicación, número de páginas en el caso de ser

un libro, duración en minutos en el caso de ser una película, reparto de la película, etc). Argumento. Contexto político, económico y social. Análisis de la estructura de la obra: tema de la novela o de la película; partes en las que

se divide; punto de vista del autor; estilo del autor. Análisis psicológico de los personajes. Comentario personal.

LIBROS ARGUMENTO DEL LIBRO

El asedio , de Arturo Pérez Reverte.

El escritor español de más éxito dentro y fuera de nuestras fronteras vuelve con una 'novela de novelas' en la que, a lo largo de más de 700 páginas, entremezcla aventuras, crímenes, elementos folletinescos y científicos en una obra que se desarrolla en Cádiz durante el asedio de las tropas francesas y en el momento de la promulgación de la primera Constitución española.

La noche de los tiempos, de Antonio Muñoz Molina.

Un día de finales de octubre de 1936, el arquitecto español Ignacio Abel llega a la estación de Pennsylvania, última etapa de un largo viaje desde que escapó de España, vía Francia, dejando atrás a su esposa e hijos, incomunicados tras uno de los múltiples frentes de un país ya quebrado por la guerra civil. Durante el viaje recuerda la historia de amor clandestino con la mujer de su vida y la crispación social y el desconcierto previo que precedieron al estallido del conflicto fatricida.

La mano de Fátima , de Ildefonso Falcones.

El libro relata la apasionante historia de un joven morisco en la Andalucía del siglo XVI, atrapado entre dos religiones y dos amores, en busca de su libertad y la de su pueblo.

La caída de Cataluña, de Jorge Martínez Reverte.

Finales de 1938. Franco, tras el fin de la batalla del Ebro. acumula un poderoso ejército para conquistar Cataluña. Mientras tanto, la voluntad de resistencia de sus adversarios se ahoga en el desaliento. En Barcelona se escuchan gritos de “No pasarán” que emboscan la rendición de muchos espíritus. En las filas de los defensores, se mezclan las actitudes numantinas y la tentación de desistir, los ejércitos de papel y los hombres de verdad, los refugiados acostumbrados a la huida y quienes esperan con los brazos abiertos a los que vienen. Va a comenzar el último gran acto bélico de la guerra civil. Con el rigor histórico y la prosa única de Jorge M. Reverte, La caída de Cataluña nos ofrece una nueva experiencia de lectura sobre nuestra guerra civil.

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PELÍCULAS ARGUMENTO DE LA PELÍCULA

“Las bicicletas son para el verano” (1984), de Jaime Chávarri.

En el verano de 1936 estalla la Guerra Civil. En la ciudad de Madrid, la familia formada por don Luis, su esposa Dolores y sus hijos, Manolita y Luisito, comparten la cotidianidad de la guerra con la criada y los vecinos de la finca. Luisito, a pesar de haber sido suspendido, quiere que su padre le compre una bicicleta. Pero la situación va a obligar a postergar la compra. Y el retraso, como la propia guerra, durará mucho más de lo esperado.

“Las trece rosas” (2007), de Emilio Martínez Lázaro.

Trece jóvenes militantes de las J.S.U. (Juventudes Socialistas Unificadas), en realidad inocentes, fueron detenidas un mes después de terminar la Guerra Civil Española. El 3 de agosto de 1939 fueron juzgadas, por procedimiento sumarísimo, a puerta cerrada, acusadas de pertenecer a las JSU y de repartir pasquines poco antes de la entrada de las tropas franquistas en Madrid, en marzo de ese mismo año. En el juicio se les condenó a morir en un plazo de setenta y dos horas; antes de cumplirse el plazo, el 5 de agosto, fueron fusiladas. Tenían entre 16 y 29 años. En aquellos días la mayoría de edad estaba fijada a los 21 años, siete de las trece eran menores. Desde entonces, se les conoce como las Trece Rosas.

“El crimen de Cuenca” (1979), de Pilar Miró.

En 1913, dos hombres de un pueblo de Cuenca son acusados del asesinato de un amigo. Torturados hasta confesar el crimen por la Guardia Civil, ambos son juzgados y condenados a 18 años de cárcel, salen seis años más tarde y sólo dos años después aparece vivo el hombre a quien supuestamente habían asesinado.

“Tiovivo c. 1950” (2004), de José Luis Garci.

Esta película no tiene argumento. Apenas es un aguafuerte o, mejor, un carpetón de aquellos retratos al minuto que hacían los pintores sin suerte (y algunos hasta sin arte) en las calles del Madrid de la postguerra. La "capital del Imperio" fue entonces más que nunca el rompeolas de España. Un rompeolas gris y de "grises", todavía racionado, tierno y cruel, pobre hasta en sus alegrías, convaleciente (siempre con décimas al atardecer), pero también pícaro, festivo y surrealista. Un tiovivo, en fin, de sobrevivientes de los que, nos guste o no, somos herederos.

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