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SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIAL NIT 806.015.640-3 Cartagena, febrero de 2020 OFICIO No. 002 Exp. 91495 Señores EPS SANITAS Ciudad REF: INFORMA LIQUIDACION Y PRESENTACIÓN DE ACREENCIAS A CARGO DE LA SOCIEDAD SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIAL – ART. 48.5 DE LA LEY 1116 DE 2006. JOSE DAVID MORALES VILLA, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 73.154.240 de Cartagena, actuando en mi calidad de Liquidador de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial, identificada con el NIT 806.015.640- 3 con domicilio en el Distrito de Cartagena, designado mediante Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena, atentamente informo que: 1. El aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., será fijado en las instalaciones de la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena. 2. En cumplimiento del artículo 48.5 de la ley 1116 y del numeral décimo séptimo del citado auto, usted cuenta con el plazo de veinte (20) días contados a partir de la fecha de desfijación del aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., para que presente su crédito al liquidador, allegando prueba de la existencia y cuantía del mismo. 3. Las acreencias deberán ser presentadas en la ciudad de Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1. 4. Si usted es una entidad acreedora de aportes de pensión, se solicita que, al momento de presentar reclamación de sus créditos, deberá aportar la lista de trabajadores en virtud de los cuales se generó la obligación, con identificación y periodo sin pago. Esto en cumplimiento del numeral décimo noveno del Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

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SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIALNIT 806.015.640-3

Cartagena, febrero de 2020 OFICIO No. 002

Exp. 91495

SeñoresEPS SANITASCiudad REF: INFORMA LIQUIDACION Y PRESENTACIÓN DE ACREENCIAS A CARGO DE LA SOCIEDAD SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIAL – ART. 48.5 DE LA LEY 1116 DE 2006.

JOSE DAVID MORALES VILLA, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 73.154.240 de Cartagena, actuando en mi calidad de Liquidador de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial, identificada con el NIT 806.015.640-3 con domicilio en el Distrito de Cartagena, designado mediante Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena, atentamente informo que:

1. El aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., será fijado en las instalaciones de la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

2. En cumplimiento del artículo 48.5 de la ley 1116 y del numeral décimo séptimo del citado auto, usted cuenta con el plazo de veinte (20) días contados a partir de la fecha de desfijación del aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., para que presente su crédito al liquidador, allegando prueba de la existencia y cuantía del mismo.

3. Las acreencias deberán ser presentadas en la ciudad de Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

4. Si usted es una entidad acreedora de aportes de pensión, se solicita que, al momento de presentar reclamación de sus créditos, deberá aportar la lista de trabajadores en virtud de los cuales se generó la obligación, con identificación y periodo sin pago. Esto en cumplimiento del numeral décimo noveno del Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

Cualquier comunicación y/o notificación, puede ser enviada a la siguiente dirección: Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

Cordialmente,

JOSE DAVID MORALES VILLALIQUIDADORSIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial

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SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIALNIT 806.015.640-3

Cartagena, febrero de 2020 OFICIO No. 002

Exp. 91495

SeñoresSALUD TOTAL EPSCiudad REF: INFORMA LIQUIDACION Y PRESENTACIÓN DE ACREENCIAS A CARGO DE LA SOCIEDAD SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIAL – ART. 48.5 DE LA LEY 1116 DE 2006.

JOSE DAVID MORALES VILLA, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 73.154.240 de Cartagena, actuando en mi calidad de Liquidador de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial, identificada con el NIT 806.015.640-3 con domicilio en el Distrito de Cartagena, designado mediante Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena, atentamente informo que:

1. El aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., será fijado en las instalaciones de la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

2. En cumplimiento del artículo 48.5 de la ley 1116 y del numeral décimo séptimo del citado auto, usted cuenta con el plazo de veinte (20) días contados a partir de la fecha de desfijación del aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., para que presente su crédito al liquidador, allegando prueba de la existencia y cuantía del mismo.

3. Las acreencias deberán ser presentadas en la ciudad de Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

4. Si usted es una entidad acreedora de aportes de pensión, se solicita que, al momento de presentar reclamación de sus créditos, deberá aportar la lista de trabajadores en virtud de los cuales se generó la obligación, con identificación y periodo sin pago. Esto en cumplimiento del numeral décimo noveno del Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

Cualquier comunicación y/o notificación, puede ser enviada a la siguiente dirección: Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

Cordialmente,

JOSE DAVID MORALES VILLALIQUIDADORSIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial

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SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIALNIT 806.015.640-3

Cartagena, febrero de 2020 OFICIO No. 002

Exp. 91495

SeñoresBARRIOS UNIDOS DE QUIBDOCiudad REF: INFORMA LIQUIDACION Y PRESENTACIÓN DE ACREENCIAS A CARGO DE LA SOCIEDAD SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIAL – ART. 48.5 DE LA LEY 1116 DE 2006.

JOSE DAVID MORALES VILLA, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 73.154.240 de Cartagena, actuando en mi calidad de Liquidador de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial, identificada con el NIT 806.015.640-3 con domicilio en el Distrito de Cartagena, designado mediante Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena, atentamente informo que:

1. El aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., será fijado en las instalaciones de la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

2. En cumplimiento del artículo 48.5 de la ley 1116 y del numeral décimo séptimo del citado auto, usted cuenta con el plazo de veinte (20) días contados a partir de la fecha de desfijación del aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., para que presente su crédito al liquidador, allegando prueba de la existencia y cuantía del mismo.

3. Las acreencias deberán ser presentadas en la ciudad de Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

4. Si usted es una entidad acreedora de aportes de pensión, se solicita que, al momento de presentar reclamación de sus créditos, deberá aportar la lista de trabajadores en virtud de los cuales se generó la obligación, con identificación y periodo sin pago. Esto en cumplimiento del numeral décimo noveno del Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

Cualquier comunicación y/o notificación, puede ser enviada a la siguiente dirección: Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

Cordialmente,

JOSE DAVID MORALES VILLALIQUIDADORSIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial

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SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIALNIT 806.015.640-3

Cartagena, febrero de 2020 OFICIO No. 002

Exp. 91495

SeñoresMUTUAL SERCiudad REF: INFORMA LIQUIDACION Y PRESENTACIÓN DE ACREENCIAS A CARGO DE LA SOCIEDAD SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIAL – ART. 48.5 DE LA LEY 1116 DE 2006.

JOSE DAVID MORALES VILLA, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 73.154.240 de Cartagena, actuando en mi calidad de Liquidador de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial, identificada con el NIT 806.015.640-3 con domicilio en el Distrito de Cartagena, designado mediante Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena, atentamente informo que:

1. El aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., será fijado en las instalaciones de la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

2. En cumplimiento del artículo 48.5 de la ley 1116 y del numeral décimo séptimo del citado auto, usted cuenta con el plazo de veinte (20) días contados a partir de la fecha de desfijación del aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., para que presente su crédito al liquidador, allegando prueba de la existencia y cuantía del mismo.

3. Las acreencias deberán ser presentadas en la ciudad de Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

4. Si usted es una entidad acreedora de aportes de pensión, se solicita que, al momento de presentar reclamación de sus créditos, deberá aportar la lista de trabajadores en virtud de los cuales se generó la obligación, con identificación y periodo sin pago. Esto en cumplimiento del numeral décimo noveno del Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

Cualquier comunicación y/o notificación, puede ser enviada a la siguiente dirección: Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

Cordialmente,

JOSE DAVID MORALES VILLALIQUIDADORSIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial

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Cartagena, febrero de 2020 OFICIO No. 002

Exp. 91495

SeñoresCOOSALUDCiudad REF: INFORMA LIQUIDACION Y PRESENTACIÓN DE ACREENCIAS A CARGO DE LA SOCIEDAD SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIAL – ART. 48.5 DE LA LEY 1116 DE 2006.

JOSE DAVID MORALES VILLA, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 73.154.240 de Cartagena, actuando en mi calidad de Liquidador de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial, identificada con el NIT 806.015.640-3 con domicilio en el Distrito de Cartagena, designado mediante Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena, atentamente informo que:

1. El aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., será fijado en las instalaciones de la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

2. En cumplimiento del artículo 48.5 de la ley 1116 y del numeral décimo séptimo del citado auto, usted cuenta con el plazo de veinte (20) días contados a partir de la fecha de desfijación del aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., para que presente su crédito al liquidador, allegando prueba de la existencia y cuantía del mismo.

3. Las acreencias deberán ser presentadas en la ciudad de Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

4. Si usted es una entidad acreedora de aportes de pensión, se solicita que, al momento de presentar reclamación de sus créditos, deberá aportar la lista de trabajadores en virtud de los cuales se generó la obligación, con identificación y periodo sin pago. Esto en cumplimiento del numeral décimo noveno del Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

Cualquier comunicación y/o notificación, puede ser enviada a la siguiente dirección: Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

Cordialmente,

JOSE DAVID MORALES VILLALIQUIDADORSIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial

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SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIALNIT 806.015.640-3

Cartagena, febrero de 2020 OFICIO No. 002

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SeñoresEPS FAMISANARCiudad REF: INFORMA LIQUIDACION Y PRESENTACIÓN DE ACREENCIAS A CARGO DE LA SOCIEDAD SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIAL – ART. 48.5 DE LA LEY 1116 DE 2006.

JOSE DAVID MORALES VILLA, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 73.154.240 de Cartagena, actuando en mi calidad de Liquidador de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial, identificada con el NIT 806.015.640-3 con domicilio en el Distrito de Cartagena, designado mediante Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena, atentamente informo que:

1. El aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., será fijado en las instalaciones de la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

2. En cumplimiento del artículo 48.5 de la ley 1116 y del numeral décimo séptimo del citado auto, usted cuenta con el plazo de veinte (20) días contados a partir de la fecha de desfijación del aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., para que presente su crédito al liquidador, allegando prueba de la existencia y cuantía del mismo.

3. Las acreencias deberán ser presentadas en la ciudad de Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

4. Si usted es una entidad acreedora de aportes de pensión, se solicita que, al momento de presentar reclamación de sus créditos, deberá aportar la lista de trabajadores en virtud de los cuales se generó la obligación, con identificación y periodo sin pago. Esto en cumplimiento del numeral décimo noveno del Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

Cualquier comunicación y/o notificación, puede ser enviada a la siguiente dirección: Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

Cordialmente,

JOSE DAVID MORALES VILLALIQUIDADORSIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial

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Cartagena, febrero de 2020 OFICIO No. 002

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SeñoresNUEVA EPSCiudad REF: INFORMA LIQUIDACION Y PRESENTACIÓN DE ACREENCIAS A CARGO DE LA SOCIEDAD SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIAL – ART. 48.5 DE LA LEY 1116 DE 2006.

JOSE DAVID MORALES VILLA, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 73.154.240 de Cartagena, actuando en mi calidad de Liquidador de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial, identificada con el NIT 806.015.640-3 con domicilio en el Distrito de Cartagena, designado mediante Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena, atentamente informo que:

1. El aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., será fijado en las instalaciones de la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

2. En cumplimiento del artículo 48.5 de la ley 1116 y del numeral décimo séptimo del citado auto, usted cuenta con el plazo de veinte (20) días contados a partir de la fecha de desfijación del aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., para que presente su crédito al liquidador, allegando prueba de la existencia y cuantía del mismo.

3. Las acreencias deberán ser presentadas en la ciudad de Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

4. Si usted es una entidad acreedora de aportes de pensión, se solicita que, al momento de presentar reclamación de sus créditos, deberá aportar la lista de trabajadores en virtud de los cuales se generó la obligación, con identificación y periodo sin pago. Esto en cumplimiento del numeral décimo noveno del Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

Cualquier comunicación y/o notificación, puede ser enviada a la siguiente dirección: Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

Cordialmente,

JOSE DAVID MORALES VILLALIQUIDADORSIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial

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Cartagena, febrero de 2020 OFICIO No. 002

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SeñoresSALUD VIDA EPSCiudad REF: INFORMA LIQUIDACION Y PRESENTACIÓN DE ACREENCIAS A CARGO DE LA SOCIEDAD SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIAL – ART. 48.5 DE LA LEY 1116 DE 2006.

JOSE DAVID MORALES VILLA, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 73.154.240 de Cartagena, actuando en mi calidad de Liquidador de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial, identificada con el NIT 806.015.640-3 con domicilio en el Distrito de Cartagena, designado mediante Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena, atentamente informo que:

1. El aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., será fijado en las instalaciones de la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

2. En cumplimiento del artículo 48.5 de la ley 1116 y del numeral décimo séptimo del citado auto, usted cuenta con el plazo de veinte (20) días contados a partir de la fecha de desfijación del aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., para que presente su crédito al liquidador, allegando prueba de la existencia y cuantía del mismo.

3. Las acreencias deberán ser presentadas en la ciudad de Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

4. Si usted es una entidad acreedora de aportes de pensión, se solicita que, al momento de presentar reclamación de sus créditos, deberá aportar la lista de trabajadores en virtud de los cuales se generó la obligación, con identificación y periodo sin pago. Esto en cumplimiento del numeral décimo noveno del Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

Cualquier comunicación y/o notificación, puede ser enviada a la siguiente dirección: Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

Cordialmente,

JOSE DAVID MORALES VILLALIQUIDADORSIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial

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Cartagena, febrero de 2020 OFICIO No. 002

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SeñoresPORVENIR S.A.Ciudad REF: INFORMA LIQUIDACION Y PRESENTACIÓN DE ACREENCIAS A CARGO DE LA SOCIEDAD SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIAL – ART. 48.5 DE LA LEY 1116 DE 2006.

JOSE DAVID MORALES VILLA, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 73.154.240 de Cartagena, actuando en mi calidad de Liquidador de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial, identificada con el NIT 806.015.640-3 con domicilio en el Distrito de Cartagena, designado mediante Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena, atentamente informo que:

1. El aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., será fijado en las instalaciones de la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

2. En cumplimiento del artículo 48.5 de la ley 1116 y del numeral décimo séptimo del citado auto, usted cuenta con el plazo de veinte (20) días contados a partir de la fecha de desfijación del aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., para que presente su crédito al liquidador, allegando prueba de la existencia y cuantía del mismo.

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Cartagena, febrero de 2020 OFICIO No. 002

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SeñoresPROTECCION S.A.Ciudad REF: INFORMA LIQUIDACION Y PRESENTACIÓN DE ACREENCIAS A CARGO DE LA SOCIEDAD SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIAL – ART. 48.5 DE LA LEY 1116 DE 2006.

JOSE DAVID MORALES VILLA, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 73.154.240 de Cartagena, actuando en mi calidad de Liquidador de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial, identificada con el NIT 806.015.640-3 con domicilio en el Distrito de Cartagena, designado mediante Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena, atentamente informo que:

1. El aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., será fijado en las instalaciones de la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

2. En cumplimiento del artículo 48.5 de la ley 1116 y del numeral décimo séptimo del citado auto, usted cuenta con el plazo de veinte (20) días contados a partir de la fecha de desfijación del aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., para que presente su crédito al liquidador, allegando prueba de la existencia y cuantía del mismo.

3. Las acreencias deberán ser presentadas en la ciudad de Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

4. Si usted es una entidad acreedora de aportes de pensión, se solicita que, al momento de presentar reclamación de sus créditos, deberá aportar la lista de trabajadores en virtud de los cuales se generó la obligación, con identificación y periodo sin pago. Esto en cumplimiento del numeral décimo noveno del Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

Cualquier comunicación y/o notificación, puede ser enviada a la siguiente dirección: Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

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JOSE DAVID MORALES VILLALIQUIDADORSIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial

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Exp. 91495

SeñoresCOLFONDOSCiudad REF: INFORMA LIQUIDACION Y PRESENTACIÓN DE ACREENCIAS A CARGO DE LA SOCIEDAD SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIAL – ART. 48.5 DE LA LEY 1116 DE 2006.

JOSE DAVID MORALES VILLA, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 73.154.240 de Cartagena, actuando en mi calidad de Liquidador de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial, identificada con el NIT 806.015.640-3 con domicilio en el Distrito de Cartagena, designado mediante Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena, atentamente informo que:

1. El aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., será fijado en las instalaciones de la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

2. En cumplimiento del artículo 48.5 de la ley 1116 y del numeral décimo séptimo del citado auto, usted cuenta con el plazo de veinte (20) días contados a partir de la fecha de desfijación del aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., para que presente su crédito al liquidador, allegando prueba de la existencia y cuantía del mismo.

3. Las acreencias deberán ser presentadas en la ciudad de Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

4. Si usted es una entidad acreedora de aportes de pensión, se solicita que, al momento de presentar reclamación de sus créditos, deberá aportar la lista de trabajadores en virtud de los cuales se generó la obligación, con identificación y periodo sin pago. Esto en cumplimiento del numeral décimo noveno del Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

Cualquier comunicación y/o notificación, puede ser enviada a la siguiente dirección: Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

Cordialmente,

JOSE DAVID MORALES VILLALIQUIDADORSIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial

Page 12:  · Web viewLas acreencias deberán ser presentadas en la ciudad de Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1. 4

SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIALNIT 806.015.640-3

Cartagena, febrero de 2020 OFICIO No. 002

Exp. 91495

SeñoresCOLPENSIONESCiudad REF: INFORMA LIQUIDACION Y PRESENTACIÓN DE ACREENCIAS A CARGO DE LA SOCIEDAD SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIAL – ART. 48.5 DE LA LEY 1116 DE 2006.

JOSE DAVID MORALES VILLA, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 73.154.240 de Cartagena, actuando en mi calidad de Liquidador de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial, identificada con el NIT 806.015.640-3 con domicilio en el Distrito de Cartagena, designado mediante Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena, atentamente informo que:

1. El aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., será fijado en las instalaciones de la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

2. En cumplimiento del artículo 48.5 de la ley 1116 y del numeral décimo séptimo del citado auto, usted cuenta con el plazo de veinte (20) días contados a partir de la fecha de desfijación del aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., para que presente su crédito al liquidador, allegando prueba de la existencia y cuantía del mismo.

3. Las acreencias deberán ser presentadas en la ciudad de Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

4. Si usted es una entidad acreedora de aportes de pensión, se solicita que, al momento de presentar reclamación de sus créditos, deberá aportar la lista de trabajadores en virtud de los cuales se generó la obligación, con identificación y periodo sin pago. Esto en cumplimiento del numeral décimo noveno del Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

Cualquier comunicación y/o notificación, puede ser enviada a la siguiente dirección: Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

Cordialmente,

JOSE DAVID MORALES VILLALIQUIDADORSIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial

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SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIALNIT 806.015.640-3

Cartagena, febrero de 2020 OFICIO No. 002

Exp. 91495

SeñoresELECTRIFICADORA DE BOLIVARCiudad REF: INFORMA LIQUIDACION Y PRESENTACIÓN DE ACREENCIAS A CARGO DE LA SOCIEDAD SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIAL – ART. 48.5 DE LA LEY 1116 DE 2006.

JOSE DAVID MORALES VILLA, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 73.154.240 de Cartagena, actuando en mi calidad de Liquidador de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial, identificada con el NIT 806.015.640-3 con domicilio en el Distrito de Cartagena, designado mediante Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena, atentamente informo que:

1. El aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., será fijado en las instalaciones de la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

2. En cumplimiento del artículo 48.5 de la ley 1116 y del numeral décimo séptimo del citado auto, usted cuenta con el plazo de veinte (20) días contados a partir de la fecha de desfijación del aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., para que presente su crédito al liquidador, allegando prueba de la existencia y cuantía del mismo.

3. Las acreencias deberán ser presentadas en la ciudad de Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

4. Si usted es una entidad acreedora de aportes de pensión, se solicita que, al momento de presentar reclamación de sus créditos, deberá aportar la lista de trabajadores en virtud de los cuales se generó la obligación, con identificación y periodo sin pago. Esto en cumplimiento del numeral décimo noveno del Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

Cualquier comunicación y/o notificación, puede ser enviada a la siguiente dirección: Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

Cordialmente,

JOSE DAVID MORALES VILLALIQUIDADORSIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial

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SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIALNIT 806.015.640-3

Cartagena, febrero de 2020 OFICIO No. 002

Exp. 91495

SeñoresAGUAS DE CARTAGENACiudad REF: INFORMA LIQUIDACION Y PRESENTACIÓN DE ACREENCIAS A CARGO DE LA SOCIEDAD SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIAL – ART. 48.5 DE LA LEY 1116 DE 2006.

JOSE DAVID MORALES VILLA, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 73.154.240 de Cartagena, actuando en mi calidad de Liquidador de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial, identificada con el NIT 806.015.640-3 con domicilio en el Distrito de Cartagena, designado mediante Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena, atentamente informo que:

1. El aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., será fijado en las instalaciones de la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

2. En cumplimiento del artículo 48.5 de la ley 1116 y del numeral décimo séptimo del citado auto, usted cuenta con el plazo de veinte (20) días contados a partir de la fecha de desfijación del aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., para que presente su crédito al liquidador, allegando prueba de la existencia y cuantía del mismo.

3. Las acreencias deberán ser presentadas en la ciudad de Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

4. Si usted es una entidad acreedora de aportes de pensión, se solicita que, al momento de presentar reclamación de sus créditos, deberá aportar la lista de trabajadores en virtud de los cuales se generó la obligación, con identificación y periodo sin pago. Esto en cumplimiento del numeral décimo noveno del Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

Cualquier comunicación y/o notificación, puede ser enviada a la siguiente dirección: Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

Cordialmente,

JOSE DAVID MORALES VILLALIQUIDADORSIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial

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SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIALNIT 806.015.640-3

Cartagena, febrero de 2020 OFICIO No. 002

Exp. 91495

SeñoresBANCOLOMBIACiudad REF: INFORMA LIQUIDACION Y PRESENTACIÓN DE ACREENCIAS A CARGO DE LA SOCIEDAD SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIAL – ART. 48.5 DE LA LEY 1116 DE 2006.

JOSE DAVID MORALES VILLA, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 73.154.240 de Cartagena, actuando en mi calidad de Liquidador de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial, identificada con el NIT 806.015.640-3 con domicilio en el Distrito de Cartagena, designado mediante Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena, atentamente informo que:

1. El aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., será fijado en las instalaciones de la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

2. En cumplimiento del artículo 48.5 de la ley 1116 y del numeral décimo séptimo del citado auto, usted cuenta con el plazo de veinte (20) días contados a partir de la fecha de desfijación del aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., para que presente su crédito al liquidador, allegando prueba de la existencia y cuantía del mismo.

3. Las acreencias deberán ser presentadas en la ciudad de Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

4. Si usted es una entidad acreedora de aportes de pensión, se solicita que, al momento de presentar reclamación de sus créditos, deberá aportar la lista de trabajadores en virtud de los cuales se generó la obligación, con identificación y periodo sin pago. Esto en cumplimiento del numeral décimo noveno del Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

Cualquier comunicación y/o notificación, puede ser enviada a la siguiente dirección: Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

Cordialmente,

JOSE DAVID MORALES VILLALIQUIDADORSIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial

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SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIALNIT 806.015.640-3

Cartagena, febrero de 2020 OFICIO No. 002

Exp. 91495

SeñoresBANCO DAVIVIENDACiudad REF: INFORMA LIQUIDACION Y PRESENTACIÓN DE ACREENCIAS A CARGO DE LA SOCIEDAD SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIAL – ART. 48.5 DE LA LEY 1116 DE 2006.

JOSE DAVID MORALES VILLA, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 73.154.240 de Cartagena, actuando en mi calidad de Liquidador de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial, identificada con el NIT 806.015.640-3 con domicilio en el Distrito de Cartagena, designado mediante Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena, atentamente informo que:

1. El aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., será fijado en las instalaciones de la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

2. En cumplimiento del artículo 48.5 de la ley 1116 y del numeral décimo séptimo del citado auto, usted cuenta con el plazo de veinte (20) días contados a partir de la fecha de desfijación del aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., para que presente su crédito al liquidador, allegando prueba de la existencia y cuantía del mismo.

3. Las acreencias deberán ser presentadas en la ciudad de Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

4. Si usted es una entidad acreedora de aportes de pensión, se solicita que, al momento de presentar reclamación de sus créditos, deberá aportar la lista de trabajadores en virtud de los cuales se generó la obligación, con identificación y periodo sin pago. Esto en cumplimiento del numeral décimo noveno del Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

Cualquier comunicación y/o notificación, puede ser enviada a la siguiente dirección: Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

Cordialmente,

JOSE DAVID MORALES VILLALIQUIDADORSIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial

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SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIALNIT 806.015.640-3

Cartagena, febrero de 2020 OFICIO No. 002

Exp. 91495

SeñoresSCONTIABANK COLPATRIA CITIBANKCiudad REF: INFORMA LIQUIDACION Y PRESENTACIÓN DE ACREENCIAS A CARGO DE LA SOCIEDAD SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIAL – ART. 48.5 DE LA LEY 1116 DE 2006.

JOSE DAVID MORALES VILLA, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 73.154.240 de Cartagena, actuando en mi calidad de Liquidador de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial, identificada con el NIT 806.015.640-3 con domicilio en el Distrito de Cartagena, designado mediante Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena, atentamente informo que:

1. El aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., será fijado en las instalaciones de la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

2. En cumplimiento del artículo 48.5 de la ley 1116 y del numeral décimo séptimo del citado auto, usted cuenta con el plazo de veinte (20) días contados a partir de la fecha de desfijación del aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., para que presente su crédito al liquidador, allegando prueba de la existencia y cuantía del mismo.

3. Las acreencias deberán ser presentadas en la ciudad de Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

4. Si usted es una entidad acreedora de aportes de pensión, se solicita que, al momento de presentar reclamación de sus créditos, deberá aportar la lista de trabajadores en virtud de los cuales se generó la obligación, con identificación y periodo sin pago. Esto en cumplimiento del numeral décimo noveno del Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

Cualquier comunicación y/o notificación, puede ser enviada a la siguiente dirección: Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

Cordialmente,

JOSE DAVID MORALES VILLALIQUIDADORSIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial

Page 18:  · Web viewLas acreencias deberán ser presentadas en la ciudad de Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1. 4

SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIALNIT 806.015.640-3

Cartagena, febrero de 2020 OFICIO No. 002

Exp. 91495

SeñoresBANCO DE BOGOTACiudad REF: INFORMA LIQUIDACION Y PRESENTACIÓN DE ACREENCIAS A CARGO DE LA SOCIEDAD SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIAL – ART. 48.5 DE LA LEY 1116 DE 2006.

JOSE DAVID MORALES VILLA, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 73.154.240 de Cartagena, actuando en mi calidad de Liquidador de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial, identificada con el NIT 806.015.640-3 con domicilio en el Distrito de Cartagena, designado mediante Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena, atentamente informo que:

1. El aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., será fijado en las instalaciones de la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

2. En cumplimiento del artículo 48.5 de la ley 1116 y del numeral décimo séptimo del citado auto, usted cuenta con el plazo de veinte (20) días contados a partir de la fecha de desfijación del aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., para que presente su crédito al liquidador, allegando prueba de la existencia y cuantía del mismo.

3. Las acreencias deberán ser presentadas en la ciudad de Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

4. Si usted es una entidad acreedora de aportes de pensión, se solicita que, al momento de presentar reclamación de sus créditos, deberá aportar la lista de trabajadores en virtud de los cuales se generó la obligación, con identificación y periodo sin pago. Esto en cumplimiento del numeral décimo noveno del Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

Cualquier comunicación y/o notificación, puede ser enviada a la siguiente dirección: Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

Cordialmente,

JOSE DAVID MORALES VILLALIQUIDADORSIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial

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SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIALNIT 806.015.640-3

Cartagena, febrero de 2020 OFICIO No. 002

Exp. 91495

SeñoresBANCO AV VILLASCiudad REF: INFORMA LIQUIDACION Y PRESENTACIÓN DE ACREENCIAS A CARGO DE LA SOCIEDAD SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIAL – ART. 48.5 DE LA LEY 1116 DE 2006.

JOSE DAVID MORALES VILLA, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 73.154.240 de Cartagena, actuando en mi calidad de Liquidador de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial, identificada con el NIT 806.015.640-3 con domicilio en el Distrito de Cartagena, designado mediante Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena, atentamente informo que:

1. El aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., será fijado en las instalaciones de la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

2. En cumplimiento del artículo 48.5 de la ley 1116 y del numeral décimo séptimo del citado auto, usted cuenta con el plazo de veinte (20) días contados a partir de la fecha de desfijación del aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., para que presente su crédito al liquidador, allegando prueba de la existencia y cuantía del mismo.

3. Las acreencias deberán ser presentadas en la ciudad de Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

4. Si usted es una entidad acreedora de aportes de pensión, se solicita que, al momento de presentar reclamación de sus créditos, deberá aportar la lista de trabajadores en virtud de los cuales se generó la obligación, con identificación y periodo sin pago. Esto en cumplimiento del numeral décimo noveno del Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

Cualquier comunicación y/o notificación, puede ser enviada a la siguiente dirección: Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

Cordialmente,

JOSE DAVID MORALES VILLALIQUIDADORSIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial

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SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIALNIT 806.015.640-3

Cartagena, febrero de 2020 OFICIO No. 002

Exp. 91495

SeñoresDEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE TRANSITO Y TRANSPORTESCiudad REF: INFORMA LIQUIDACION Y PRESENTACIÓN DE ACREENCIAS A CARGO DE LA SOCIEDAD SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIAL – ART. 48.5 DE LA LEY 1116 DE 2006.

JOSE DAVID MORALES VILLA, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 73.154.240 de Cartagena, actuando en mi calidad de Liquidador de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial, identificada con el NIT 806.015.640-3 con domicilio en el Distrito de Cartagena, designado mediante Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena, atentamente informo que:

1. El aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., será fijado en las instalaciones de la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

2. En cumplimiento del artículo 48.5 de la ley 1116 y del numeral décimo séptimo del citado auto, usted cuenta con el plazo de veinte (20) días contados a partir de la fecha de desfijación del aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., para que presente su crédito al liquidador, allegando prueba de la existencia y cuantía del mismo.

3. Las acreencias deberán ser presentadas en la ciudad de Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

4. Si usted es una entidad acreedora de aportes de pensión, se solicita que, al momento de presentar reclamación de sus créditos, deberá aportar la lista de trabajadores en virtud de los cuales se generó la obligación, con identificación y periodo sin pago. Esto en cumplimiento del numeral décimo noveno del Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

Cualquier comunicación y/o notificación, puede ser enviada a la siguiente dirección: Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

Cordialmente,

JOSE DAVID MORALES VILLALIQUIDADORSIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial

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SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIALNIT 806.015.640-3

Cartagena, febrero de 2020 OFICIO No. 002

Exp. 91495

SeñoresALCALDIA MUNICIPAL DE CARTAGENACiudad REF: INFORMA LIQUIDACION Y PRESENTACIÓN DE ACREENCIAS A CARGO DE LA SOCIEDAD SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIAL – ART. 48.5 DE LA LEY 1116 DE 2006.

JOSE DAVID MORALES VILLA, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 73.154.240 de Cartagena, actuando en mi calidad de Liquidador de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial, identificada con el NIT 806.015.640-3 con domicilio en el Distrito de Cartagena, designado mediante Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena, atentamente informo que:

1. El aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., será fijado en las instalaciones de la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

2. En cumplimiento del artículo 48.5 de la ley 1116 y del numeral décimo séptimo del citado auto, usted cuenta con el plazo de veinte (20) días contados a partir de la fecha de desfijación del aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., para que presente su crédito al liquidador, allegando prueba de la existencia y cuantía del mismo.

3. Las acreencias deberán ser presentadas en la ciudad de Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

4. Si usted es una entidad acreedora de aportes de pensión, se solicita que, al momento de presentar reclamación de sus créditos, deberá aportar la lista de trabajadores en virtud de los cuales se generó la obligación, con identificación y periodo sin pago. Esto en cumplimiento del numeral décimo noveno del Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

Cualquier comunicación y/o notificación, puede ser enviada a la siguiente dirección: Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

Cordialmente,

JOSE DAVID MORALES VILLALIQUIDADORSIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial

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SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIALNIT 806.015.640-3

Cartagena, febrero de 2020 OFICIO No. 002

Exp. 91495

SeñoresBANCO CAJA SOCIALCiudad REF: INFORMA LIQUIDACION Y PRESENTACIÓN DE ACREENCIAS A CARGO DE LA SOCIEDAD SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIAL – ART. 48.5 DE LA LEY 1116 DE 2006.

JOSE DAVID MORALES VILLA, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 73.154.240 de Cartagena, actuando en mi calidad de Liquidador de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial, identificada con el NIT 806.015.640-3 con domicilio en el Distrito de Cartagena, designado mediante Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena, atentamente informo que:

1. El aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., será fijado en las instalaciones de la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

2. En cumplimiento del artículo 48.5 de la ley 1116 y del numeral décimo séptimo del citado auto, usted cuenta con el plazo de veinte (20) días contados a partir de la fecha de desfijación del aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., para que presente su crédito al liquidador, allegando prueba de la existencia y cuantía del mismo.

3. Las acreencias deberán ser presentadas en la ciudad de Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

4. Si usted es una entidad acreedora de aportes de pensión, se solicita que, al momento de presentar reclamación de sus créditos, deberá aportar la lista de trabajadores en virtud de los cuales se generó la obligación, con identificación y periodo sin pago. Esto en cumplimiento del numeral décimo noveno del Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

Cualquier comunicación y/o notificación, puede ser enviada a la siguiente dirección: Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

Cordialmente,

JOSE DAVID MORALES VILLALIQUIDADORSIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial

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SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIALNIT 806.015.640-3

Cartagena, febrero de 2020 OFICIO No. 002

Exp. 91495

SeñoresBANCO POPULARCiudad REF: INFORMA LIQUIDACION Y PRESENTACIÓN DE ACREENCIAS A CARGO DE LA SOCIEDAD SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIAL – ART. 48.5 DE LA LEY 1116 DE 2006.

JOSE DAVID MORALES VILLA, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 73.154.240 de Cartagena, actuando en mi calidad de Liquidador de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial, identificada con el NIT 806.015.640-3 con domicilio en el Distrito de Cartagena, designado mediante Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena, atentamente informo que:

1. El aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., será fijado en las instalaciones de la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

2. En cumplimiento del artículo 48.5 de la ley 1116 y del numeral décimo séptimo del citado auto, usted cuenta con el plazo de veinte (20) días contados a partir de la fecha de desfijación del aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., para que presente su crédito al liquidador, allegando prueba de la existencia y cuantía del mismo.

3. Las acreencias deberán ser presentadas en la ciudad de Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

4. Si usted es una entidad acreedora de aportes de pensión, se solicita que, al momento de presentar reclamación de sus créditos, deberá aportar la lista de trabajadores en virtud de los cuales se generó la obligación, con identificación y periodo sin pago. Esto en cumplimiento del numeral décimo noveno del Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

Cualquier comunicación y/o notificación, puede ser enviada a la siguiente dirección: Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

Cordialmente,

JOSE DAVID MORALES VILLALIQUIDADORSIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial

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SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIALNIT 806.015.640-3

Cartagena, febrero de 2020 OFICIO No. 002

Exp. 91495

SeñoresBANCO ITAUCiudad REF: INFORMA LIQUIDACION Y PRESENTACIÓN DE ACREENCIAS A CARGO DE LA SOCIEDAD SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIAL – ART. 48.5 DE LA LEY 1116 DE 2006.

JOSE DAVID MORALES VILLA, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 73.154.240 de Cartagena, actuando en mi calidad de Liquidador de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial, identificada con el NIT 806.015.640-3 con domicilio en el Distrito de Cartagena, designado mediante Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena, atentamente informo que:

1. El aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., será fijado en las instalaciones de la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

2. En cumplimiento del artículo 48.5 de la ley 1116 y del numeral décimo séptimo del citado auto, usted cuenta con el plazo de veinte (20) días contados a partir de la fecha de desfijación del aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., para que presente su crédito al liquidador, allegando prueba de la existencia y cuantía del mismo.

3. Las acreencias deberán ser presentadas en la ciudad de Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

4. Si usted es una entidad acreedora de aportes de pensión, se solicita que, al momento de presentar reclamación de sus créditos, deberá aportar la lista de trabajadores en virtud de los cuales se generó la obligación, con identificación y periodo sin pago. Esto en cumplimiento del numeral décimo noveno del Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

Cualquier comunicación y/o notificación, puede ser enviada a la siguiente dirección: Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

Cordialmente,

JOSE DAVID MORALES VILLALIQUIDADORSIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial

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SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIALNIT 806.015.640-3

Cartagena, febrero de 2020 OFICIO No. 002

Exp. 91495

SeñoresOFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PUBLICOSCiudad REF: SOLICITUD INFORMACION DE LA SOCIEDAD SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIAL – ART. 15 AUTO 650-000010

JOSE DAVID MORALES VILLA, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 73.154.240 de Cartagena, actuando en mi calidad de Liquidador de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial, identificada con el NIT 806.015.640-3 con domicilio en el Distrito de Cartagena, designado mediante Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena, dando cumplimiento al artículo 15 del auto en mención, comedidamente solicito a quien corresponda, servirse informar si la persona jurídica SIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial es propietaria de bienes inmuebles.

Anexo Aviso de liquidación Judicial.

Cualquier comunicación y/o notificación, puede ser enviada a la siguiente dirección: Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

Cordialmente,

JOSE DAVID MORALES VILLALIQUIDADORSIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial

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SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIALNIT 806.015.640-3

Cartagena, febrero de 2020 OFICIO No. 002

Exp. 91495

SeñoresBANCO DE OCCIDENTECiudad REF: INFORMA LIQUIDACION Y PRESENTACIÓN DE ACREENCIAS A CARGO DE LA SOCIEDAD SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIAL – ART. 48.5 DE LA LEY 1116 DE 2006.

JOSE DAVID MORALES VILLA, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 73.154.240 de Cartagena, actuando en mi calidad de Liquidador de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial, identificada con el NIT 806.015.640-3 con domicilio en el Distrito de Cartagena, designado mediante Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena, atentamente informo que:

1. El aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., será fijado en las instalaciones de la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

2. En cumplimiento del artículo 48.5 de la ley 1116 y del numeral décimo séptimo del citado auto, usted cuenta con el plazo de veinte (20) días contados a partir de la fecha de desfijación del aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., para que presente su crédito al liquidador, allegando prueba de la existencia y cuantía del mismo.

3. Las acreencias deberán ser presentadas en la ciudad de Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

4. Si usted es una entidad acreedora de aportes de pensión, se solicita que, al momento de presentar reclamación de sus créditos, deberá aportar la lista de trabajadores en virtud de los cuales se generó la obligación, con identificación y periodo sin pago. Esto en cumplimiento del numeral décimo noveno del Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

5. Informar si la entidad en liquidación posee productos bancarios con su entidad.

Cualquier comunicación y/o notificación, puede ser enviada a la siguiente dirección: Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

Cordialmente,

JOSE DAVID MORALES VILLALIQUIDADORSIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial

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SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIALNIT 806.015.640-3

Cartagena, febrero de 2020 OFICIO No. 002

Exp. 91495

SeñoresBANCO BBVACiudad REF: INFORMA LIQUIDACION Y PRESENTACIÓN DE ACREENCIAS A CARGO DE LA SOCIEDAD SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIAL – ART. 48.5 DE LA LEY 1116 DE 2006.

JOSE DAVID MORALES VILLA, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 73.154.240 de Cartagena, actuando en mi calidad de Liquidador de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial, identificada con el NIT 806.015.640-3 con domicilio en el Distrito de Cartagena, designado mediante Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena, atentamente informo que:

1. El aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., será fijado en las instalaciones de la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

2. En cumplimiento del artículo 48.5 de la ley 1116 y del numeral décimo séptimo del citado auto, usted cuenta con el plazo de veinte (20) días contados a partir de la fecha de desfijación del aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., para que presente su crédito al liquidador, allegando prueba de la existencia y cuantía del mismo.

3. Las acreencias deberán ser presentadas en la ciudad de Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

4. Si usted es una entidad acreedora de aportes de pensión, se solicita que, al momento de presentar reclamación de sus créditos, deberá aportar la lista de trabajadores en virtud de los cuales se generó la obligación, con identificación y periodo sin pago. Esto en cumplimiento del numeral décimo noveno del Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

5. Informar si la entidad en liquidación posee productos bancarios con su entidad.

Cualquier comunicación y/o notificación, puede ser enviada a la siguiente dirección: Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

Cordialmente,

JOSE DAVID MORALES VILLALIQUIDADORSIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial

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SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIALNIT 806.015.640-3

Cartagena, febrero de 2020 OFICIO No. 002

Exp. 91495

SeñoresBANCO CAJA AGRARIACiudad REF: INFORMA LIQUIDACION Y PRESENTACIÓN DE ACREENCIAS A CARGO DE LA SOCIEDAD SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIAL – ART. 48.5 DE LA LEY 1116 DE 2006.

JOSE DAVID MORALES VILLA, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 73.154.240 de Cartagena, actuando en mi calidad de Liquidador de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial, identificada con el NIT 806.015.640-3 con domicilio en el Distrito de Cartagena, designado mediante Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena, atentamente informo que:

1. El aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., será fijado en las instalaciones de la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

2. En cumplimiento del artículo 48.5 de la ley 1116 y del numeral décimo séptimo del citado auto, usted cuenta con el plazo de veinte (20) días contados a partir de la fecha de desfijación del aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., para que presente su crédito al liquidador, allegando prueba de la existencia y cuantía del mismo.

3. Las acreencias deberán ser presentadas en la ciudad de Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

4. Si usted es una entidad acreedora de aportes de pensión, se solicita que, al momento de presentar reclamación de sus créditos, deberá aportar la lista de trabajadores en virtud de los cuales se generó la obligación, con identificación y periodo sin pago. Esto en cumplimiento del numeral décimo noveno del Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

5. Informar si la entidad en liquidación posee productos bancarios con su entidad.

Cualquier comunicación y/o notificación, puede ser enviada a la siguiente dirección: Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

Cordialmente,

JOSE DAVID MORALES VILLALIQUIDADORSIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial

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SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIALNIT 806.015.640-3

Cartagena, febrero de 2020 OFICIO No. 002

Exp. 91495

SeñoresBANCO GNB SUDAMERISCiudad REF: INFORMA LIQUIDACION Y PRESENTACIÓN DE ACREENCIAS A CARGO DE LA SOCIEDAD SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIAL – ART. 48.5 DE LA LEY 1116 DE 2006.

JOSE DAVID MORALES VILLA, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 73.154.240 de Cartagena, actuando en mi calidad de Liquidador de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial, identificada con el NIT 806.015.640-3 con domicilio en el Distrito de Cartagena, designado mediante Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena, atentamente informo que:

1. El aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., será fijado en las instalaciones de la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

2. En cumplimiento del artículo 48.5 de la ley 1116 y del numeral décimo séptimo del citado auto, usted cuenta con el plazo de veinte (20) días contados a partir de la fecha de desfijación del aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., para que presente su crédito al liquidador, allegando prueba de la existencia y cuantía del mismo.

3. Las acreencias deberán ser presentadas en la ciudad de Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

4. Si usted es una entidad acreedora de aportes de pensión, se solicita que, al momento de presentar reclamación de sus créditos, deberá aportar la lista de trabajadores en virtud de los cuales se generó la obligación, con identificación y periodo sin pago. Esto en cumplimiento del numeral décimo noveno del Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

5. Informar si la entidad en liquidación posee productos bancarios con su entidad.

Cualquier comunicación y/o notificación, puede ser enviada a la siguiente dirección: Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

Cordialmente,

JOSE DAVID MORALES VILLALIQUIDADORSIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial

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SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIALNIT 806.015.640-3

Cartagena, febrero de 2020 OFICIO No. 002

Exp. 91495

SeñoresACREEDOR SOCIETARIOCiudad REF: INFORMA LIQUIDACION Y PRESENTACIÓN DE ACREENCIAS A CARGO DE LA SOCIEDAD SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIAL – ART. 48.5 DE LA LEY 1116 DE 2006.

JOSE DAVID MORALES VILLA, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 73.154.240 de Cartagena, actuando en mi calidad de Liquidador de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial, identificada con el NIT 806.015.640-3 con domicilio en el Distrito de Cartagena, designado mediante Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena, atentamente informo que:

1. El aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., será fijado en las instalaciones de la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

2. En cumplimiento del artículo 48.5 de la ley 1116 y del numeral décimo séptimo del citado auto, usted cuenta con el plazo de veinte (20) días contados a partir de la fecha de desfijación del aviso que informa sobre la apertura del proceso de liquidación judicial de la sociedad SIERRA CABALLERO S.A.S., para que presente su crédito al liquidador, allegando prueba de la existencia y cuantía del mismo.

3. Las acreencias deberán ser presentadas en la ciudad de Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

4. Si usted es una entidad acreedora de aportes de pensión, se solicita que, al momento de presentar reclamación de sus créditos, deberá aportar la lista de trabajadores en virtud de los cuales se generó la obligación, con identificación y periodo sin pago. Esto en cumplimiento del numeral décimo noveno del Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena.

5. Le recuerdo que, en caso de no concurrir al proceso a reclamar dichas obligaciones, estas deberán ser extinguidas; generándose igualmente un detrimento en el patrimonio de la entidad, responsabilidad que estará a su cargo.

Cualquier comunicación y/o notificación, puede ser enviada a la siguiente dirección: Cartagena de Indias D. T. y C., barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1.

Cordialmente,

JOSE DAVID MORALES VILLALIQUIDADORSIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial

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SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIALNIT 806.015.640-3

Cartagena, febrero de 2020 OFICIO No. 005

Exp. 91495

SeñoresMINISTERIO DE TRABAJOCiudad REF: INFORMA LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIAL

JOSE DAVID MORALES VILLA, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 73.154.240 de Cartagena, actuando en mi calidad de Liquidador de la SOCIEDAD SIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial, identificada con el NIT 806.015.640-3 con domicilio en el Municipio de Cartagena, respetuosamente le informo que la sociedad en mención se encuentra en proceso de liquidación.

Para constancia de lo anterior, anexo al presente documento copia del Auto 650-000010 del 22 de enero de 2020 expedido por la Superintendencia de Sociedades, Intendencia Regional de Cartagena y del Acta de Posesión de fecha 29 de enero de 2020.

Cualquier comunicación y/o notificación, puede ser enviada a la siguiente dirección: Cartagena de Indias D. T. y C., El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1. Teléfonos: 6656618 - 6655356. Correo web: [email protected] , [email protected].

Cordialmente,

JOSE DAVID MORALES VILLALIQUIDADORSIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial

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SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIALNIT 806.015.640-3

Cartagena, Febrero de 2020 OFICIO No. 006

Exp. 91495

SeñoresCAMARA DE COMERCIO DE CARTAGENACiudad

REF: INFORMA LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIAL

JOSE DAVID MORALES VILLA, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 73.154.240 de Cartagena, actuando en mi calidad de Liquidador de la SOCIEDAD SIERRA CABALLERO S.A.S. en liquidación judicial, identificada con el NIT 806.015.640-3 con domicilio en el Municipio de Cartagena, respetuosamente le informo que la sociedad en mención se encuentra en proceso de Liquidación Judicial.

Que fui nombrado como liquidador de SIERRA CABALLERO S.A.S. según auto 650-000010 del 22 de enero 2020.

De igual manera se solicita el cambio de dirección de la sociedad a la siguiente: Barrio El Laguito, Diagonal 1B Nº 1ª - 872, edificio Laura, local 1. Teléfonos: 6796481. Correo web: [email protected], [email protected].

Aunado a lo anterior y dado a que la apertura del proceso de liquidación judicial, implica la cesación de funciones de órganos sociales y de fiscalización1, me permito manifestar que el señor CARMELO YANCES CALDERON, quien fungía como revisor fiscal de la entidad en liquidación judicial y el señor IVAN JOSE GRANDETT QUINTANA, Revisor Fiscal Suplente, no seguirán ejerciendo dicho cargo.

En consecuencia, solicito se efectúe la actualización correspondiente en el registro mercantil.

Para constancia de lo anterior, anexo al presente documento copia del Acta de Posesión.

Cordialmente,

____________________________JOSE DAVID MORALES VILLALIQUIDADORSIERRA CABALLERO S.A.S. en Liquidación Judicial

1 Ley 1116 de 2006, Art.50, Inciso Segundo

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SIERRA CABALLERO S.A.S. EN LIQUIDACION JUDICIALNIT 806.015.640-3