vi.3. funciÓn de gasto 2 “justicia”, actividad … · 2019-10-31 · 153 volumen 7/8 vi.3....

50
153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS DE INVESTIGACIÓN” (PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO) Auditoría ASCM/154/18 FUNDAMENTO LEGAL La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 122, apartado A, Base II, sexto y séptimo párrafos, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano; 62 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 13, fracción CXI, de la Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México; 1; 2, fracciones XIV y XLII, inciso a); 3; 8, fracciones I, II, IV, VI, VII, VIII, IX, XXVI Y XXXIII; 9; 10, incisos a) y b); 14, fracciones I, VIII, XVII, XX y XXIV; 22; 24; 27; 28; 30; 32; 33; 34; 35; 36; 37; 61; y 62 de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México; y, 1; 4; 5, fracción I, inciso b); 6, fracciones V, VIII y XXXV; y 30 del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Ciudad de México, vigentes al inicio de la revisión de la Cuenta Pública de 2018; y de conformidad con el Programa General de Auditoría aprobado. ANTECEDENTES De acuerdo con el Informe de Cuenta Pública de 2018 de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México (PGJCDMX), en el eje 2 “Gobernabilidad, Seguridad y Protección Ciudadana”, finalidad 1 “Gobierno”, función 2 “Justicia”, subfunción 2 “Procuración de Justicia”, actividad institucional 319 “Integrar carpetas de investigación”, se reportó un avance físico del 113.1% (521,181 asuntos) respecto a su programación original (460,855 asuntos); el presupuesto aprobado fue de 4,132,598.0 miles de pesos y el ejercido de 4,011,247.3 miles de pesos, lo que originó una disminución de 121,350.7 miles de pesos, que representaron el 2.9%.

Upload: others

Post on 15-Jul-2020

4 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

153 VOLUMEN 7/8

VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS DE INVESTIGACIÓN” (PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO)

Auditoría ASCM/154/18

FUNDAMENTO LEGAL

La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 122, apartado A, Base II, sexto

y séptimo párrafos, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano; 62 de la

Constitución Política de la Ciudad de México; 13, fracción CXI, de la Ley Orgánica del

Congreso de la Ciudad de México; 1; 2, fracciones XIV y XLII, inciso a); 3; 8, fracciones I,

II, IV, VI, VII, VIII, IX, XXVI Y XXXIII; 9; 10, incisos a) y b); 14, fracciones I, VIII, XVII, XX y

XXIV; 22; 24; 27; 28; 30; 32; 33; 34; 35; 36; 37; 61; y 62 de la Ley de Fiscalización Superior

de la Ciudad de México; y, 1; 4; 5, fracción I, inciso b); 6, fracciones V, VIII y XXXV;

y 30 del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Ciudad de México, vigentes al

inicio de la revisión de la Cuenta Pública de 2018; y de conformidad con el Programa

General de Auditoría aprobado.

ANTECEDENTES

De acuerdo con el Informe de Cuenta Pública de 2018 de la Procuraduría General de

Justicia de la Ciudad de México (PGJCDMX), en el eje 2 “Gobernabilidad, Seguridad y

Protección Ciudadana”, finalidad 1 “Gobierno”, función 2 “Justicia”, subfunción 2 “Procuración

de Justicia”, actividad institucional 319 “Integrar carpetas de investigación”, se reportó un avance

físico del 113.1% (521,181 asuntos) respecto a su programación original (460,855 asuntos);

el presupuesto aprobado fue de 4,132,598.0 miles de pesos y el ejercido de 4,011,247.3 miles

de pesos, lo que originó una disminución de 121,350.7 miles de pesos, que representaron

el 2.9%.

Page 2: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

154 VOLUMEN 7/8

CRITERIOS DE SELECCIÓN

La selección de la presente auditoría se sustentó en los criterios, contenidos en el Manual

de Selección de Auditorías vigente: “Exposición al Riesgo”, debido a la probabilidad de

irregularidades, deficiencias o errores en el sujeto fiscalizado que generen desviaciones y

contravenciones respecto a lo dispuesto en la normatividad aplicable; y “Propuesta e Interés

Ciudadano”, toda vez que forma parte de denuncias ciudadanas en el Buzón Ciudadano de la

Auditoría Superior de la Ciudad de México (ASCM), además, de que por su naturaleza, impacto

social y trascendencia, es de interés o repercusión para los habitantes de la Ciudad de México.

OBJETIVO

El objetivo de la revisión consistió en fiscalizar las acciones de la PGJCDMX consistentes

en llevar a cabo las investigaciones necesarias solicitadas por el Ministerio Público, con

eficiencia y eficacia a efecto de reunir los elementos de prueba suficientes, claros, precisos

y en tiempo y forma con la integración y perfeccionamiento de las carpetas de investigación

para su debida determinación en atención a la procuración de justicia.

ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

Se evaluaron los resultados obtenidos por la PGJCDMX respecto de la actividad institucional 319

“Integrar carpetas de investigación”. La revisión comprendió el resultado de control interno

y las vertientes de competencia de los actores, eficacia, eficiencia y economía.

Respecto a la evaluación del control interno, se revisaron los mecanismos implementados

por el sujeto fiscalizado para tener una seguridad razonable, en cuanto al cumplimiento de

metas y al objetivo de la actividad institucional y la legislación y normatividad aplicable,

considerando los componentes Ambiente de Control, Administración de Riesgos, Actividades

de Control Interno, Información y Comunicación y Supervisión y Mejora Continua.

En cuanto a la competencia de los actores, se determinó que el sujeto fiscalizado fue competente

para realizar la tarea encomendada en la actividad institucional en revisión; que la PGJCDMX

tuvo perfiles de puesto y si los servidores públicos asignados a la actividad institucional los

aplicable.

Page 3: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

155 VOLUMEN 7/8

Para la eficacia, se revisarán los resultados alcanzados respecto de los objetivos y metas

planteados, así como la rendición de cuentas, específicamente lo reportado en el Informe

de Cuenta Pública y los mecanismos de medición y evaluación implementados.

En relación con la eficiencia, se midió y calificó cómo se utilizaron los recursos humanos,

materiales y financieros. Para ello, se identificaron y analizaron los instrumentos, métodos

y procedimientos utilizados con los cuales operó el sujeto fiscalizado para cumplir los

objetivos planteados en la actividad institucional.

Para la economía, se verificó que el sujeto fiscalizado haya tenido medidas de racionalidad

y austeridad, y si éstas contribuyeron al logro del objetivo de la actividad institucional en revisión.

Para la Evaluación del control interno, se aplicaron siete cuestionarios: a la Subdirección

de Finanzas y Contabilidad, a la Encargada Responsable de Agencia “B” de Investigación,

a la Subdirección de Sistemas, a la Dirección de Política y Prospectiva Criminal, a un

Ministerio Público, a un Ministerio Público Supervisor y a la Responsable de la Agencia

Irregulares II, personal que intervino en la operación de la actividad institucional en revisión.

En relación con la competencia de los actores, mediante estadístico denominado aleatorio

simple, con un nivel de confianza del 95.0% y un margen de error del ±5.0%, se determinó

revisar una muestra de 181 expedientes de un universo de 345 servidores públicos que

ingresaron a laborar en 2018.

Para la eficacia, se determinó la revisión documental de las carpetas de investigación, a fin

de corroborar la participación de la Subprocuraduría de Averiguaciones Previas Centrales,

Subprocuraduría de Averiguaciones Previas Desconcentradas y Subprocuraduría de Procesos, por

lo que la muestra a revisar se concentró en 383 expedientes de los 255,288 asuntos

generados en el ejercicio en revisión; la muestra representó el 0.2% del universo.

En cuanto a la eficiencia, se revisó el 100.0% del universo de los recursos materiales.

Asimismo, se revisaron 383 carpetas de investigación, de un universo de 255,288, que

representaron 0.2%; la muestra se determinó por medio de la técnica de muestreo aleatorio

simple de tipo estratificado, con un grado de confianza del 95.0% y un margen de error de ± 5.0%.

Page 4: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

156 VOLUMEN 7/8

De igual forma, se revisaron los recursos financieros de la PGJCDMX con cargo

a la actividad institucional 319 “Integrar carpetas de investigación”, por un monto de

4,011,247.3 miles de pesos, mediante 1,487 CLC, las cuales se pagaron con recursos

fiscales, de aplicación automática y federales, correspondientes a las Participaciones a

Entidades Federativas y Municipios Participaciones en Ingresos Federales 2018 150180, al

Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y los Municipios (FASP 2018)

25P580 y 25P583. Al respecto, se revisó un monto de 3,422,751.7 miles de pesos, por

medio de las pólizas de egresos expedida con cargo a las partidas de gasto que integran el

presupuesto ejercido, así como su documentación justificativa y comprobatoria, que representó

el 85.3% del total ejercido en el rubro examinado.

Para la economía, se determinó revisar el 100.0% de las medidas de racionalidad y

austeridad aplicadas en la PGJCDMX. Asimismo, se revisó el 100.0% del presupuesto

utilizado en las partidas sujetas a dichas medidas como son: combustible, inventarios,

servicios telefónicos, honorarios, fotocopiado, materiales de impresión, energía eléctrica,

agua potable y arrendamientos.

La revisión se realizó a la Subprocuraduría de Averiguaciones Previas Centrales, con 11 fiscalías;

a la Subprocuraduría de Averiguaciones Previas Desconcentrada, con 18 fiscalías; y a la

Subprocuraduría de Procesos, con 5 fiscalías.

PROCEDIMIENTOS, RESULTADOS Y OBSERVACIONES

Evaluación del Control Interno

1. Resultado

Para esta evaluación, se emplearon como pruebas y técnicas de auditoría: el estudio

general, cuestionarios, análisis e inspección, con el propósito de obtener información

general sobre la PGJCDMX y la actividad institucional en revisión, así como conseguir, de

manera directa del personal del sujeto fiscalizado datos específicos sobre la implantación

del sistema de control interno, verificar la veracidad en los registros y llevar a cabo un

examen físico de los documentos a fin de corroborar su existencia y autenticidad.

Page 5: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

157 VOLUMEN 7/8

Derivado del estudio y evaluación del control interno de la PGJCDMX, por medio de la

recopilación y análisis de la información, así como de los resultados obtenidos de siete

cuestionarios aplicados a la Subdirección de Finanzas y Contabilidad; a la Encargada

Responsable de Agencia “B” de Investigación; a la Subdirección de Sistemas; a la Dirección

de Política y Prospectiva Criminal; a un Ministerio Público; a un Ministerio Público

Supervisor; y a la Responsable de la Agencia Irregulares II, personal que intervino en la

operación de la actividad institucional en revisión. Al respecto, se tuvo conocimiento de los

mecanismos de control aplicados durante 2018 en el manejo de los cinco componentes del

control interno: Ambiente de Control, Administración de Riesgos, Actividades de Control

Interno, Información y Comunicación, y Supervisión y Mejora Continua.

De conformidad con la Guía para las Normas de Control Interno del Sector Público

(INTOSAI GOV 9100), publicada por la Organización Internacional de Entidades

Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI), el control interno es un proceso integral diseñado

para enfrentarse a los riesgos y dar una seguridad razonable en la consecución de la misión

de la entidad, para alcanzar una ejecución ordenada, ética, económica, eficiente y efectiva de

las operaciones; para dar cumplimiento a las obligaciones, leyes y reglamentos aplicables

y salvaguardar los recursos para evitar pérdidas, mal uso y daño.

Con la finalidad de que las instituciones del sector público actualicen y mejoren continuamente

sus sistemas de control interno, la Auditoría Superior de la Federación, publicó en el 2014

el Marco Integrado de Control Interno (MICI), con objeto de proporcionar un modelo general

para establecer, mantener y mejorar el Sistema de Control Interno en las Instituciones

del Sector Público, y aportar elementos que sirvan de base para el cumplimiento de

sus objetivos institucionales en las categorías de operación, información y cumplimiento.

Asimismo, entre las atribuciones de la Auditoría Superior de la Ciudad de México (ASCM)

establecidas en el artículo 62, fracción III, de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad

de México vigente en el 2018, se encuentra verificar que los sujetos fiscalizados

establezcan sistemas adecuados de control interno que proporcionen seguridad razonable

en cuanto al logro de los objetivos y el adecuado uso de los recursos; asegurando que los

controles se apliquen y funcionen de manera que garanticen el exacto cumplimiento de

las disposiciones legales y reglamentarias aplicables, así como evaluar periódicamente la

eficacia de los sistemas de control.

Page 6: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

158 VOLUMEN 7/8

La Auditoría Superior de la Ciudad de México emitió el Modelo de Evaluación del Control

Interno para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública de la Ciudad de México, el cual

tiene como objetivo establecer un modelo de evaluación del Sistema de Control Interno con

base en el MICI, para ser aplicado a los sujetos de fiscalización de la Ciudad de México,

con objeto de identificar posibles deficiencias e insuficiencias de control; y conocer posibles

áreas de oportunidad que contribuyan a su fortalecimiento.

Este modelo, evalúa el estado que guarda la implementación del control interno en los

sujetos de fiscalización de la Ciudad de México, conforme a los cinco componentes del

MICI: Ambiente de Control, Administración de Riesgos, Actividades de Control Interno,

Información y Comunicación, y Supervisión y Mejora Continua.

De acuerdo con la normatividad mencionada, se revisaron los mecanismos de control

aplicados durante el 2018, por medio de los cinco componentes del control interno,

de acuerdo con lo siguiente:

Ambiente de Control

En cuanto al componente de ambiente de control, se detectó que las atribuciones de la

PGJCDMX, se encontraron contenidas en los artículos 21 de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos; 2 y 3, fracción I, de la Ley Orgánica de la Administración Pública

del Distrito Federal; y 127, 128, 129, 131, 132, 212, 213, y 221 del Código Nacional de

Procedimientos Penales.

Se implementó el Código de Ética para los Servidores Públicos de la Procuraduría General de

Justicia del Distrito Federal, publicado el 27 de abril de 2011 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal,

en el cual se expone la misión, visión, valores en relación con el personal, la sociedad, otras

dependencias y entidades, los proveedores, los conflictos de intereses, la responsabilidad

ambiental, la seguridad y la salud en la PGJCDMX; la transparencia y responsabilidad en la

información, controles y registros financieros, y la protección de activos. Asimismo, los servidores

públicos conocen el contenido del Código de Ética y Conducta por medio del Intranet.

Mediante la aplicación de siete cuestionarios de control interno, se comprobó que los servidores

públicos relacionados con la actividad institucional 319 tuvieron conocimiento respecto de

los temas de integridad personal y profesional, así como los valores éticos que deben tener.

Page 7: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

159 VOLUMEN 7/8

La PGJCDMX contó con el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2018, que describe

la misión, visión y objetivos institucionales, el cual fue publicado en un enlace electrónico

para ser consultado por los servidores públicos. Los objetivos establecidos en la actividad

institucional en revisión fueron difundidos entre los servidores públicos por medio de la

página de la PGJCDMX: https://www.pgj.cdmx.gob.mx/procuraduia/quienes-somos.

También se analizó la estructura orgánica de la PGJCDMX contenida en el manual de

organización y se identificó que cuenta con una estructura organizacional; cada área tiene

funciones definidas con tramos de control establecidos, en donde se señalan las responsabilidades

de cada una de las áreas. De igual manera se verificó que los servidores públicos tuvieron

la competencia para el ejercicio de su encargo; recibieron la capacitación genérica y

específica para realizar sus funciones, la cual fue proporcionada de manera constante

y enfocada a tener mayor conocimiento respecto de la integración de las carpetas de

investigación, con la finalidad de coadyuvar al cumplimiento del objetivo de la actividad

institucional en revisión.

La meta física original que reportó la PGJCDMX en el Anteproyecto de Presupuesto de

Egresos, el Programa Operativo Anual y el Informe de Cuenta Pública, fue atender 460,855 asuntos;

sin embargo, se alcanzó 521,181 asuntos, lo que representó un cumplimiento del 113.1%,

de los cuales 253,774 correspondieron a la integración de las carpetas de investigación.

Asimismo, de la documentación proporcionada por el sujeto fiscalizado y la recopilada por

la ASCM, así como la evaluación a las respuestas del cuestionario de control interno

aplicado junto con la evidencia que se anexó, se detectaron deficiencias de control en

cuanto al resguardo de las carpetas de investigación a cargo de las áreas responsables,

por lo que se determinó un nivel “medio” en el ambiente de control implantado por el sujeto

fiscalizado durante el ejercicio 2018.

Administración de Riesgos

En relación con el componente administración de riesgos, de acuerdo con las respuestas

al cuestionario de control interno, el sujeto fiscalizado manifestó que el 16 de enero de 2018

instaló el Comité de Administración de Riesgos y Evaluación de Control Interno (CARECI),

y proporcionó copias del acta correspondiente, así como de dos sesiones extraordinarias

Page 8: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

160 VOLUMEN 7/8

realizadas en 2019, con lo que se identificó un riesgo al no haberse realizado las sesiones

ordinarias programadas en el acta de instalación del Comité durante el ejercicio 2018.

Asimismo, se proporcionó la Guía para el llenado de la “Matriz de Administración de Riesgos

Institucional” elaborada durante el ejercicio 2019.

También se detectó que existieron revisiones sobre las actuaciones ministeriales efectuadas

durante el ejercicio 2018 a cargo de la Visitaduría Ministerial, las cuales permitieron

identificar posibles irregularidades o deficiencias en la actuación del personal ministerial;

sin embargo, se observó que el sujeto fiscalizado careció de una planeación estratégica

institucional respecto al proceso sistemático de los mecanismos de control y seguimiento,

que periódicamente proporcionan información relevante y confiable para la toma oportuna

de decisiones respecto a la actividad institucional en estudio.

En la reunión de confronta, celebrada el 13 de septiembre de 2019, la PGJCDMX entregó

51 carpetas de investigación, las cuales formaron parte de la muestra; de su análisis, se

observó que estuvieron integradas conforme a la normatividad aplicable.

Por tanto, de la documentación proporcionada por el sujeto fiscalizado y la recopilada por

la ASCM, así como la evaluación a las respuestas del cuestionario de control interno

aplicado junto con la evidencia que se anexó, se detectaron deficiencias de control en la

planeación estratégica, por lo que se determinó un nivel “bajo” en el componente

Administración de Riesgos, implantado por el sujeto fiscalizado durante el ejercicio 2018.

Actividades de Control Interno

De la revisión al apartado de organización y procedimientos del manual administrativo

núm. MA-03/290216-D-PGJ-20/160915, publicado el 16 de marzo de 2016 en la Gaceta

Oficial de la Ciudad de México vigente durante el ejercicio 2018; revisado, dictaminado y

registrado por la Coordinación General de Modernización Administrativa mediante el oficio

núm. OM/CGMA/0458/2016 del 29 de febrero de 2016, se determinó que carece de un procedimiento

específico para la Integración de Carpetas de Investigación, ya que sus procedimientos se

basan en las actuaciones establecidas en el Código Nacional de Procedimientos Penales,

conforme a lo que requiere el Ministerio Público.

Page 9: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

161 VOLUMEN 7/8

De igual manera, y derivado de la revisión del manual citado en el párrafo anterior, se

comprobó que la PGJCDMX contó con tres Subprocuradurías para llevar a cabo esta tarea,

compuestas de la siguiente manera: Subprocuraduría de Averiguaciones Previas Centrales,

con 11 fiscalías; Subprocuraduría de Averiguaciones Previas Desconcentrada, con 18 fiscalías;

y la Subprocuraduría de Procesos, con cinco fiscalías. En ellas se implementaron

procedimientos de autorización y aprobación, mediante un catálogo de firmas y condiciones

claras de responsabilidad en la autorización y aprobación de documentos.

También aplicaron controles sobre el acceso a recursos e información resguardada en

archivos, mediante el uso de inventarios y registros donde se aprecia la titularidad de quien

posee la guarda y custodia de archivos y claves de acceso a los sistemas de comunicación;

se comprobó que dispuso de adecuados mecanismos de supervisión, los cuales incluyeron

procesos de retroalimentación entre el personal, revisión sistemática del trabajo,

capacitación continua y procesos de aprobación en puntos críticos para prevenir errores u

omisiones en diversas etapas de la integración de carpetas de investigación.

Se observaron carencias en la verificación de acciones de alto impacto, ya que aunque la

meta física original fue atender 460,855 asuntos y se alcanzaron 521,181, lo que representó

un cumplimiento del 113.1%, de los cuales 253,774 correspondieron a la integración de las

carpetas de investigación, en los informes estadísticos, se menciona que fueron

255,288 asuntos correspondientes a la integración de las carpetas de investigación, en tanto

que en el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y el Programa Operativo Anual se reportaron

253,774, que presentaron una variación del 0.6%, respecto de lo realmente realizado.

Con la documentación proporcionada por el sujeto fiscalizado y la recopilada por la ASCM,

así como la evaluación a las respuestas del cuestionario de control interno aplicado junto

con la evidencia que se anexó, se detectaron deficiencias, por lo que se determinó un nivel

“bajo” en el componente Actividades de Control, implantado por el sujeto fiscalizado durante

el ejercicio 2018.

Page 10: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

162 VOLUMEN 7/8

Información y Comunicación

De la revisión a la información proporcionada por el sujeto fiscalizado, se observó que para

la operación de la actividad institucional 319, la PGJCDMX estableció mecanismos de control

para la formalización, archivo y resguardo de la información generada durante el desarrollo

de sus funciones.

El 6 de agosto de 2019, se realizó una inspección a las instalaciones de la Subprocuraduría

de Procesos, para verificar que la PGJCDMX contó con el Sistema de Interoperabilidad

de Actuaciones Procedimentales (SIAP), en el cual se registra el inicio de la carpeta de

investigación y todas las actuaciones requeridas por el Ministerio Público a los peritos y

Policía de Investigación; tales requerimientos, se encuentran en un formato establecido

y quedan en el sistema el registro de lo solicitado y lo proporcionado por el área correspondiente.

Al sistema sólo puede tener acceso el personal responsable de la carpeta de investigación;

los peritos y policías de investigación únicamente tendrán acceso a lo necesario para llevar

a cabo su función; al concluir su intervención dejan de tener acceso a la carpeta. Si por

alguna razón un miembro de la PGJCDMX quisiera tener acceso al SIAP para revisar una

carpeta de investigación, sin tener autorización, se genera un rechazo de acceso y queda

registro para las investigaciones necesarias, debido a la confidencialidad de las investigaciones

realizadas en cada uno de los casos.

Asimismo, se observó que el SIAP coadyuvó a la generación de reportes internos y externos

que le permitieron cubrir las obligaciones de transparencia y rendición de cuentas en tiempo

y forma, ya que permite que la información se obtenga de manera oportuna.

La información que generó la PGJCDMX, tales como políticas, objetivos y procedimientos,

fue pertinente, confiable y relevante; existieron formas adecuadas de comunicación entre

el personal que llevo a cabo la integración de las carpetas de investigación, debido a que

esto se realizó por medio del SIAP.

Sin embargo, no se contó con las relaciones de Carpetas de Investigación correctamente

registradas, ya que de la meta física original que reportó la PGJCDMX en el Anteproyecto

de Presupuesto de Egresos, el Programa Operativo anual e Informe de Cuenta Pública, fue de

Page 11: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

163 VOLUMEN 7/8

atender 460,855 asuntos y se alcanzó 521,181 asuntos, lo que representó un cumplimiento

del 113.1%, de los cuales 253,774 correspondieron a la integración de las carpetas de

investigación; no obstante, en los informes estadísticos, se detectaron 255,288 asuntos

correspondientes a la integración de las carpetas de investigación, en tanto que en el

Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y el Programa Operativo Anual se reportaron

253,774, lo que presentó una variación del 0.6%, respecto de lo realmente realizado.

Por tanto, de la documentación proporcionada por el sujeto fiscalizado y la recopilada por

la ASCM, así como la evaluación a las respuestas del cuestionario de control interno

aplicado junto con la evidencia que se anexó, se detectaron deficiencias, por lo que se

determinó un nivel “medio” en el componente Información y Comunicación, implantado por

el sujeto fiscalizado durante el ejercicio 2018.

Supervisión y Mejora Continua

Respecto al componente Supervisión y Mejora Continua, de acuerdo con las respuestas

proporcionadas por la PGJCDMX en el cuestionario de control interno aplicado, el sujeto

fiscalizado manifestó que no se llevaron a cabo auditorías a la actividad institucional 319

ni revisiones a su Sistema de Control Interno por el Órgano Interno de Control de la

PGJCDMX, u otro órgano fiscalizador durante los ejercicios 2016, 2017 y 2018; tampoco

impulsó acciones de mejora continua para la prevención de errores recurrentes.

La PGJCDMX contó con dos indicadores a cargo de la Dirección General de Política

Estadística Criminal, cuyo objetivo consistió en determinar estadísticamente el número de

averiguaciones previas iniciadas por cada 100,000 habitantes y verificar el cumplimiento

de las metas. Dichos indicadores midieron el cumplimiento de metas de manera anual en

los ejercicios fiscales 2016, 2017 y 2018.

En el tema de rendición de cuentas, se identificaron 519 solicitudes de información pública

relacionadas con las carpetas de investigación y que ya se encuentran concluidas; de ellas,

ocho derivaron en recursos de revisión, que ya también están concluidos.

Page 12: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

164 VOLUMEN 7/8

Por tanto, de la documentación proporcionada por el sujeto fiscalizado y la recopilada por

la ASCM, así como la evaluación a las respuestas del cuestionario de control interno

aplicado junto con la evidencia que se anexó, se detectaron deficiencias, por lo que se

determinó un nivel “medio” en el componente Supervisión y Mejora Continua, implantado

por el sujeto fiscalizado durante el ejercicio 2018.

En suma, se concluye que en 2018 la PGJCDMX tuvo un nivel “medio” en el Sistema de

Control Interno en la actividad institucional en revisión, en el cual se requiere atender las

áreas de oportunidad que fortalezcan el control interno institucional, debido a que se detectaron

ausencias de factores que le permitieran identificar, evaluar y administrar los riesgos en las

actividades sustantivas efectuadas en la operación. De igual forma, se observó falta de

metodología relacionada a actividades de control preventivas que permitieran identificar con

oportunidad desviaciones en los procesos operativos; asimismo, careció de mecanismos

de supervisión respecto a las operaciones y actividades de control, lo que representó

debilidades en la seguridad razonable en cuanto al logro de los objetivos y metas.

En la reunión de confronta, celebrada el 13 de septiembre de 2019, el sujeto fiscalizado

puso a disposición del personal auditor las 51 carpetas de investigación pendientes de

revisar, por lo que el presente resultado se modificó en cuanto al resguardo de la información.

Recomendación ASCM-154-18-1-PGJ

Es conveniente que la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México implemente

mecanismos de control y supervisión que garanticen la administración de los riesgos

identificados en el cumplimiento de los objetivos y metas.

Recomendación ASCM-154-18-2-PGJ

Es necesario que la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México implemente

mecanismos de supervisión que garanticen el seguimiento de la Matriz de Administración

de Riesgos Institucional, así como el desarrollo de las sesiones del Comité de

Administración de Riesgos y Evaluación de Control Interno programadas durante el

ejercicio, conforme a la normatividad aplicable.

Page 13: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

165 VOLUMEN 7/8

Competencia de los Actores

2. Resultado

Competencia Legal y Competencia de los Servidores Públicos

para la Operación de la Actividad Institucional 319

Con el objeto de conocer el marco jurídico aplicable del sujeto fiscalizado, identificar si tuvo la

facultad legal para la operación de la actividad institucional en revisión durante el ejercicio 2018

y verificar si el personal que participó en la operación de la actividad institucional en revisión

acreditó los requisitos, perfiles y capacitación que le permitiera desempeñar su cargo con

eficacia y eficiencia, se efectúo el estudio general del marco normativo y la revisión y

análisis a la información y documentación proporcionada por el sujeto fiscalizado. Además,

como prueba de auditoría, se revisaron los expedientes de personal, a fin de corroborar que

haya tenido las competencias y conocimientos necesarios para desempeñar su cargo y

que se hayan sujetado a la normatividad aplicable y vigente en 2018 para su contratación.

Competencia Legal

Con la finalidad de comprobar la competencia legal de la PGJCDMX respecto de la actividad

institucional 319 “Integrar carpetas de investigación”; se realizó el estudio general y análisis

de la información proporcionada por el sujeto fiscalizado y se determinó que la legislación

aplicable es la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica de

la Administración Pública del Distrito Federal; la Ley Orgánica de la Procuraduría General

de Justicia del Distrito Federal y el Código Nacional de Procedimientos Penales.

Con objeto de llevar a cabo las investigaciones necesarias solicitadas por el Ministerio

Público y a efecto de reunir, en tiempo y forma, elementos de prueba suficientes, claros y

precisos para la integración y perfeccionamiento de las carpetas de investigación para su

debida determinación y procuración de justicia, se realizó el estudio de la siguiente legislación.

En el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se establece

que la investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público y a las policías, las

cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquel en el ejercicio de esta función.

Page 14: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

166 VOLUMEN 7/8

Por su parte, los artículos 2 y 3 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito

Federal señalan que las Dependencias se integran por la Procuraduría General de Justicia

del Distrito Federal, entre otras, a la cual le corresponde, de acuerdo con el al artículo 2o. de

la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, ejercer por sí o

a través de los Agentes del Ministerio Público, la policía de investigación y los peritos y

demás servidores públicos en el ámbito de su competencia, las siguientes atribuciones:

investigar los delitos del orden común cometidos en el Distrito Federal y perseguir a los

imputados con la Policía de Investigación y el auxilio de servicios periciales; promover la

pronta, expedita y debida procuración de justicia, observando la legalidad y el respeto de

los derechos humanos en el ejercicio de esa función, entre otras.

Del estudio general de la legislación e información proporcionada por la PGJCDMX, se

observó que las etapas del procedimiento penal en las que se realiza la integración de

carpetas de investigación corresponden a las establecidas en el artículo 211, fracción I;

incisos a) y b), del Código Nacional de Procedimientos Penales.

“Art. 211 Etapas del procedimiento penal

”I. La de investigación, que comprende las siguientes fases:

”a) Investigación inicial, que comienza con la presentación de la denuncia, querella u

otro requisito equivalente y concluye cuando el imputado queda a disposición del

Juez de Control para que se le formule imputación, e

”b) Investigación complementaria, que comprende desde la formulación de la imputación

y se agota una vez que se haya cerrado la investigación…”

En los artículos 212, 213, 214, 216, 217 y 218 del Código Nacional de Procedimientos Penales

se señala el deber de la investigación penal, el objeto de la investigación, los principios

que rigen las autoridades de investigación, proposición de actos de investigación, registro

de los actos de investigación y reserva de los actos de investigación.

Page 15: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

167 VOLUMEN 7/8

Por tanto, se concluye que la PGJCDMX tuvo la competencia legal para desarrollar la

actividad institucional en revisión, con el propósito de llevar a cabo las investigaciones

necesarias solicitadas por el Ministerio Público a efecto de reunir, en tiempo y forma los

elementos de prueba suficientes, claros y precisos para la integración y perfeccionamiento

de las carpetas de investigación para su debida determinación y procuración de justicia,

con fundamento en los artículos 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos; 2; 3, fracción I; de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito

Federal; 2o. de la Ley de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México; y 211,

fracciones I, inciso a) y b); 212; 213; 214; 216; 217 y 218 del Código Nacional de

Procedimientos Penales.

Competencia Profesional de los Servidores Públicos

Para comprobar que los servidores públicos que operaron la actividad institucional 319

“Integrar carpetas de investigación”, hubiesen tenido los perfiles de puesto para el

desarrollo de sus actividades, mediante estadístico denominado aleatorio simple, con un

nivel de confianza del 95.0% y un margen de error del ±5.0%, se determinó revisar 181

expedientes de un universo de 345 servidores públicos que ingresaron a laborar en 2018,

lo que equivale al 52.4% del total, de los cuales 108 pertenecen a la Policía de Investigación,

40 a Peritos, 21 a Oficiales Secretarios, 4 a Ministerios Públicos; Supervisores, 4 a Ministerios

Públicos y 4 a Orientadores Jurídicos.

A fin de verificar las facultades y funciones de los 181 servidores públicos, seleccionados

como muestras se realizó el estudio general y análisis de los artículos 2o., 3o., 40 y 41 de

la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, en los que se

establecen las atribuciones de los Ministerios Públicos, Policía de Investigación y Peritos, y

se identificó que los Peritos y Policía de Investigación actuarán bajo la autoridad y mando

del Ministerio Público, por lo que se observó que las atribuciones conferidas a los servidores

públicos encargados de operar la actividad 319, se relacionan directamente con el objetivo

de la actividad institucional, que consiste en llevar a cabo las investigaciones necesarias,

en tiempo y forma a fin de reunir los elementos de prueba suficientes, claros, precisos

para la integración y perfeccionamiento de las carpetas de investigación y la debida

determinación y procuración de justicia.

Page 16: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

168 VOLUMEN 7/8

Asimismo, se revisó lo establecido en los artículos 36, 37, 39 y 42 de la Ley Orgánica de la

Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, en los que se mencionan de forma

general los requisitos para ingresar a la PGJCDMX como Ministerio Público, sin precisar

los del Ministerio Público Supervisor, Oficial Secretario, Policía de Investigación y Perito

que forman parte de los perfiles de puesto.

Para corroborar que los 181 servidores públicos de estructura hayan cumplido los requisitos

señalados en los perfiles de puesto y lo referido en los artículos 36, 37, 39 y 42 de la Ley

Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, se inspeccionaron los

expedientes correspondientes y se obtuvieron los resultados siguientes:

Requisitos Evidencia

Porcentaje (%)

(1)

No aplica

(2)

Porcentaje (%)

(3)

Total (%)

(1) + (3) (4)

Nacionalidad mexicana 181 100.0 - - 100

Cartilla Militar 121 66.9 60 33.1 100

Licenciado en Derecho 33 18.2 148 81.8 100

Título y cédula 73 40.3 108 59.7 100

Aprobar concurso de ingreso 73 40.3 108 59.7 100

Técnico Superior Universitario en la Investigación Policial 108 59.7 73 40.3 100

Perfil físico, médico, ético y de personalidad 108 59.7 73 40.3 100

Experiencia 181 100.0 - - 100

No haber estado suspendido 181 100.0 - - 100

NOTA: Para la revisión de expedientes de los Orientadores Jurídicos, se utilizó únicamente lo señalado en los perfiles de puesto, ya que en la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, no se encuentran establecidos.

Del análisis de los perfiles de puesto, se advirtió que a los 181 servidores públicos se les

requirió que fueran mexicanos por nacimiento y se comprobó que la totalidad lo acreditó;

en cuanto a la cartilla militar, se verificó que 121 expedientes contaron con el documento y,

para los 60 restantes no era aplicable por ser mujeres, por lo que se cumplió el requisito; la

licenciatura en Derecho fue obligatoria para 8 Ministerios Públicos, 21 Oficiales Secretarios

y 4 Orientadores Jurídicos. Se comprobó que los 33 contaban con la licenciatura requerida;

mientras que el título y cédula profesional se les solicitó a los 8 Ministerios Públicos y 40 Peritos;

se observó los Ministerios Públicos y Peritos cumplieron con los documentos, así como,

los 21 Oficiales Secretario y 4 Orientadores Jurídicos, sin que fuera requisito para ellos.

Respecto al ingreso de los Ministerios Públicos, Peritos, Oficiales Secretarios y

Orientadores, se observó que ingresaron por dispensa de concurso de ingreso. Lo anterior

con fundamento en los artículos 46 y 24, fracciones VIII, IX y XI, de la Ley Orgánica de la

Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.

Page 17: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

169 VOLUMEN 7/8

Los Policías de Investigación ingresaron a laborar a la PGJCDMX mediante el concurso de

ingreso, el cual fue acreditado por haber aprobado el curso de ingreso y la carrera de técnico

superior universitario en la investigación policial, impartido por el Instituto de Formación

Profesional y tener el perfil físico, médico, ético y de personalidad requerido; se verificó que

los 181 servidores públicos tuvieron la experiencia requerida y que no han sido destituidos

o inhabilitados.

También se constató que los expedientes contaron con la evidencia del cumplimiento de la

totalidad de los requisitos establecidos en los perfiles de puesto y en los artículos 36, 37,

39 y 42 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.

Respecto a la capacitación, se analizó que los servidores públicos que intervinieron en la

actividad institucional en revisión, fueron capacitados para realizar las funciones asignadas

en cuanto a la integración de carpetas de investigación. Se revisó el diagnóstico de

necesidades, el Programa Anual de Capacitación (PAC) 2018 y las constancias y listas

de asistencia que acreditaron la capacitación de los servidores públicos, de acuerdo con lo

establecido en los numerales 2.1.4 y 2.1.5 de la Normatividad en materia de Administración

para las Dependencias, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos

Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno):

“2.1.4. […] la metodología y el cronograma para la integración del PAC, con base en

las necesidades de capacitación, formación y procesos de certificación de competencias

laborales, de las y los servidores públicos.

”Este Programa se integrará por:

”I. Capacitación con Costo:

”a) Eventos diseñados conforme al DNC

”b) Eventos organizados por otras instituciones o ente público.

”II. Capacitación sin costo:

”a) Capacitación interna.

Page 18: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

170 VOLUMEN 7/8

”b) Capacitación por vinculación institucional.

”c) Capacitación intergubernamental.

”2.1.5. El SC se divide en las siguientes etapas:

”I. Elaboración del diagnóstico de necesidades de capacitación basado en competencias

laborales.

”II. Programación de eventos de capacitación y profesionalización.

”III. Autorización del PAC.

”V. Ejecución del PAC [...]

”VI. Seguimiento y Evaluación.”

Del análisis a la normatividad anterior y la revisión al Diagnóstico de Necesidades de

Capacitación de la PGJCDMX, se observó que las propuestas fueron diseñadas para el

personal de estructura y técnico operativo, con temas genéricos y específicos encaminados

a tener un mayor conocimiento en las etapas del procedimiento penal que intervienen en la

integración de las carpetas de investigación, ya que se impartieron cursos a los servidores

públicos involucrados en la actividad institucional.

Del Programa Anual de Capacitación (PAC) autorizado, mediante el oficio núm. 702/008029/2018

del 13 de agosto de 2018, se verificó que se integró por 33 cursos de modalidad genérica

con costo: Asertividad en el ámbito laboral, Desarrollo del personal para el trabajo y empleo,

Word básico (2), Excel básico (3), Flexibilidad y adaptabilidad en el trabajo gestión del

cambio (2), Habilidades y herramientas de negociación para contrarrestar un conflicto (2),

Organización del tiempo y trabajo en equipo (2), Resolución de problemas en el trabajo,

Indicadores y evaluación del desempeño (2), Código de honor, Motivación Laboral, Desarrollo

Organizacional, Técnicas de redacción de informes técnicos (2), Trabajo en equipo (2), Relaciones

laborales basadas en sinergias (2), Conocimientos y constancias en el manejo de las

emociones (2), Accountability (responsabilidad) “Haz cosas que las cosas sucedan” (2), Atención

al ciudadano con calidez y calidad (2), Responsabilidad en el ámbito laboral (2); respecto

de la modalidad con costo, 7 de la vertiente directiva Comunicación afectiva en trabajo, Juntas

Page 19: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

171 VOLUMEN 7/8

efectivas de trabajo, Innovación estratégicas de equipos, Habilidades de planeación, Negociación

positiva, Liderazgo y comunicación en la organización, y Coaching para equipos de trabajo; y

5 de capacitación interna sin costo: Condiciones Generales de Trabajo y Manual Administrativo

PGJCDMX, Ley Orgánica de la PGJCDMX, Archivonomía, Condiciones Generales de Trabajo

y Manual Administrativo de la PGJCDMX, y Ley Orgánica de PGJCDMX; los cursos fueron

dirigidos para el personal directivo y técnico operativo.

Asimismo, se observó que al momento de integrar el PAC, se consideraron 12 de las propuestas

del Diagnóstico de Necesidades sobre cursos generales para el personal de la PGJCDMX.

Mediante constancias, listas de asistencia y fotografías, se comprobó que el personal que

operó la actividad institucional en revisión participó en los siguientes cinco cursos de los

programados en la modalidad genérica: Word básico, Asertividad en el ámbito laboral,

Conocimiento y constancia en el manejo de emociones, Organización del tiempo y trabajo

en equipo e indicadores y Evaluación de desempeño.

Respecto a la capacitación establecida en el artículo 64 de la Ley General del Sistema Nacional de

Seguridad Pública, publicada el 17 de junio de 2016 en el Diario Oficial de la Federación, mediante

las listas de asistencia, se comprobó que 626 servidores públicos recibieron capacitación.

Los Ministerios Públicos, Oficiales Secretarios y Peritos tuvieron actividades de profesionalización

encaminadas a obtener mayor conocimiento para realizar las investigaciones necesarias a

fin de reunir en tiempo y forma los elementos de prueba suficientes, claros, y precisos para

la integración y perfeccionamiento de las carpetas de investigación, su debida determinación y

procuración de justicia, las cuales consistieron en los siguientes cursos: Control de detención,

Impacto psicosocial de las violaciones a Derechos Humanos y control de legalidad de las

detecciones; Especialización en el Sistema de Justicia Penal para adolescentes, Teoría del

caso, Cadena de custodia, criterios para la emisión de determinaciones ministeriales, El

debido proceso, Integración de carpetas de investigación y Cumplimiento de principios del

proceso penal y audiencias ante el Órgano Jurisdiccional; 5 cursos talleres: Procedimiento

abreviado, Prácticas de las etapas de investigación, Medidas cautelares, Medidas cautelares para

adolescentes; y Análisis teórico práctico del uso legítimo de la fuerza en el marco del Sistema de

Justicia Penal.

Page 20: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

172 VOLUMEN 7/8

En virtud de lo anterior, se concluye que la PGJCDMX tuvo un Diagnóstico de Necesidades,

el cual fue considerado para elaborar e integrar el Programa Anual de Capacitación, en el

que se programaron 58 cursos. De estos el personal encargado de operar la actividad

institucional participó en cinco lo que representó el 5.6%. Asimismo, se comprobó que hubo

actividades de profesionalización relacionadas con su actividad sustantiva, cumpliendo así

lo establecido en los numerales 2.1.4 y 2.1.5 de la Normatividad en materia de Administración

para las Dependencias, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos

Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular

Uno 2015) vigente en 2018 y el artículo 64 de la Ley General del Sistema Nacional de

Seguridad Pública, publicada el 2 de enero de 2009 en el Diario Oficial de la Federación,

y vigente en 2018.

En la reunión de confronta, celebrada el 13 de septiembre de 2019, el sujeto fiscalizado no

proporcionó información adicional en el presente resultado, por lo que éste no se modifica.

Recomendación ASCM-154-18-3-PGJ

Es conveniente que la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México establezca

mecanismos de supervisión para verificar el cumplimiento del Programa Anual de Capacitación.

Eficacia

3. Resultado

Cumplimiento de Meta, Objetivo, Fin y Propósito de la Actividad Institucional

Con objeto de conocer los mecanismos empleados por el sujeto fiscalizado para la programación

y cumplimiento de la meta física, se utilizó como procedimiento de auditoría el análisis de

la documentación proporcionada por la PGJCDMX y como prueba de auditoría, el cotejo

de los datos contenidos en la diversa documentación presentada. Además se utilizó la

técnica de auditoría consistente en el análisis de la información contenida en las Carpetas

de Investigación y demás información proporcionada por el sujeto fiscalizado, con objeto de

corroborar que se hayan registrado de manera adecuada.

Page 21: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

173 VOLUMEN 7/8

Para verificar el cumplimiento del objetivo, fin y propósito de la actividad institucional 319

“Integrar carpetas de investigación”, se estudió el apartado V, “Proceso de Formulación del

Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2018”, numeral 2, “Formulación General”, inciso

a.2., sub inciso a.2.1., del Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación

del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2018.

También se revisó el apartado Marco de Política Pública General, del Anteproyecto del

Presupuesto de Egresos 2018 de la PGJCDMX, en el que se identificaron el propósito y fin

de la actividad institucional en revisión de acuerdo con lo siguiente:

El propósito consistió en llevar a cabo las investigaciones necesarias sujetas al debido

proceso, de acuerdo con los protocolos de actuación de la Policía de Investigación y los

Servicios Periciales solicitado por el Ministerio Público, a efecto de reunir los elementos de

prueba suficientes, claros y precisos para la debida integración y perfeccionamiento de las

Averiguaciones Previas y Carpetas de Investigación, con el propósito de disminuir la

impunidad y la debida procuración de la justicia.

El fin fue integrar Carpetas de Investigación y, en su caso, perfeccionar Averiguaciones

Previas del anterior sistema de justicia penal, en tiempo y forma, para la pronta, expedita y

debida determinación, administración y procuración de justicia, bajo los principios de

publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación.

Del estudio general al Informe de Cuenta Pública de 2018 de la PGJCDMX, se identificó

que el objetivo de la actividad institucional consistió en “llevar a cabo las investigaciones

necesarias solicitadas por el Ministerio Público con eficiencia y eficacia a efecto de reunir

los elementos de prueba suficientes, claros y precisos, en tiempo y forma para la integración

y perfeccionamiento de las carpetas de investigación para su debida determinación y

procuración de justicia”.

Para cumplir lo anterior y de conformidad con el documento denominado “Proyección para

la meta física del año 2018”, la PGJCDMX se propuso realizar un total de 460,855 asuntos

dentro de la actividad institucional 319 “Integrar carpetas de investigación” para el 2018.

Dicho cálculo se realizó con base en los históricos, considerando un umbral de +/- 10.0%;

sin embargo, para 2018, se implementó en su totalidad el Nuevo Sistema Penal Acusatorio,

Page 22: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

174 VOLUMEN 7/8

lo que complicó la estimación del número de Carpetas de Investigación que se iniciaron al

carecer de una referencia histórica. Finalmente para 2018, se llevaron a cabo 521,181 asuntos,

desglosados como se observa en el siguiente cuadro:

Concepto Meta estimada Meta alcanzada

Carpetas de Investigación 205,481 253,774

Actas Especiales 51,508 50,190

Averiguaciones Previas Especiales 4,068 5,242

Averiguaciones Previas Relacionadas 22,195 27,552

Colaboraciones 2,815 3,284

MP Virtual 174,788 181,139

Total 460,855 521,181

Derivado de lo anterior, se solicitó al sujeto fiscalizado que explicara en qué consistió cada

una de las acciones reportadas en su Informe de Cuenta Pública:

Carpetas de Investigación

La Carpeta de Investigación es el conjunto de registros de diligencias y actos de investigación que realiza el Ministerio Público en la investigación de los delitos, para recabar los datos de prueba suficientes, pertinentes e idóneos que sustenten sus determinaciones ministeriales.

Actas Especiales Es un documento mediante el cual se deja constancia de algún hecho o se justifica la pérdida o extravío de documentos, objetos o identificaciones, entre los cuales podrían ser: el extravío de algún documento oficial, la pérdida de aparatos de telefonía celular o de comunicación móvil, hechos que por su propia naturaleza no constituyan delito y el extravío de documentos o de instrumentos electrónicos bancarios con los cuales se pueden hacer retiros de cajeros automáticos o transferencias bancarias vía internet, como los denominados token.

Averiguaciones Previas Especiales

Con fecha 5 de marzo de 2002, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el Acuerdo A/001/02 del Procurador General de Justicia del Distrito Federal, por el que se establecen las siglas y número con los que se identificarán las averiguaciones previas especiales, cuyo objetivo es proporcionar a la ciudadanía una rápida atención a las denuncias que se presentan con motivo del robo de radios localizadores, de comunicación o aparatos de telefonía celular, también los que se hayan sustraído de los vehículos estacionados en vía pública o que vayan acompañados de otros objetos cuyo monto no exceda al valor de cincuenta veces el salario mínimo general vigente para el Distrito Federal.

Averiguaciones Previas Relacionadas

Con el propósito de lograr una pronta, expedita y debida procuración de justicia, evitando dilaciones, tanto en las investigaciones como en la práctica de diligencias, relacionadas con las personas que se encuentren internas a consecuencia de su vinculación con la probable comisión de hechos constitutivos de delitos, ya sea como víctimas, testigos o imputados, existe un gran número de asuntos que se atienden en hospitales, que están relacionados con algún hecho delictuoso y que se ponen en conocimiento del Agente del Ministerio Público Investigador Esto con el propósito de realizar de manera inmediata la intervención, se solicitó a las Agencias del Ministerio Público cercanas al lugar el inicio de las Averiguaciones Previas Relacionadas, las cuales contendrán las diligencias básicas para posteriormente enviarlas al lugar de origen.

Colaboraciones y MP Virtual

El MP Virtual (Unidad de Recepción por Internet) permite realizar una denuncia de aquellos delitos perseguibles por querella y actas especiales ante el Ministerio Público, por medio de su firma electrónica (la otorgada por el Sistema de Administración Tributaria) o mediante uso de firma autógrafa por medio de internet de forma inmediata.

En cuanto al cumplimiento de la meta física, se realizó un recálculo de los registros

estadísticos de la PGJCDMX obtenidos del SIAP y se identificaron un total de 255,288 carpetas

de investigación durante 2018. Sin embargo, en el Informe de Cuenta Pública se reportó un

Page 23: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

175 VOLUMEN 7/8

total 253,774, con una diferencia de 1,514 en las carpetas de investigación. Ante ello, el

sujeto fiscalizado, con el oficio núm. DGPEC/DPPC/07841/2019, señaló que dicha

diferencia se detectó en junio, en el que los registros internos de la Procuraduría tenían

19,262 registros, mientras que la consulta del sistema dio un total de 20,776.

El registro en el SIAP se realiza de manera simultánea con el inicio de la carpeta; lo

anterior se observó en una revisión efectuada a la muestra de 383 carpetas de investigación

seleccionadas por medio de la técnica de muestreo estratificado, y se observó que en todas

existía la documentación relacionada con el alta que otorga las claves de acceso a las víctimas,

asesores jurídicos, imputados o defensores, así como a las personas encargadas de su

integración al interior de la Procuraduría, lo que permite mantener el control vía electrónica;

sin embargo, se detectaron fallas en los registros internos al reportar cifras distintas en el

Informe de Cuenta Pública y en los registros del SIAP.

Para constatar que se hayan llevado a cabo con eficacia las investigaciones necesarias

solicitadas por el Ministerio Público a efecto de cumplir el objetivo de las carpetas de

investigación para su debida determinación y procuración de justicia, se revisaron las

383 carpetas de investigación y, se identificaron 916 actos de investigación; es decir, 2.4 en

promedio por cada carpeta; y en 249 casos, se observaron peritajes en diversas materias

como química, valuación, fotografía, video, balística, entre otros, los cuales variaban

dependiendo de la naturaleza del delito y las necesidades de cada caso.

A fin de verificar que se cumpliera el objetivo de la actividad institucional en revisión, como

prueba de cumplimiento se realizó la verificación de las acciones efectuadas por la Visitaduría

Ministerial, y se observó lo siguiente:

Se efectuaron 73,585 revisiones de expedientes de las carpetas de investigación y

averiguaciones previas, las cuales se derivaron de las visitas de supervisión ordinarias

y extraordinarias realizadas a las fiscalías de la PGJCDMX, y se emitieron informes para

revisar aspectos como los tiempos de generación de audiencias de control, motivos de las

libertades otorgadas, medidas disuasivas, recomendaciones emitidas a las carpetas de

investigación y averiguaciones previas, en los que se precisan los fundamentos incumplidos

o en los que se basa la recomendación. En este último punto se observó que coadyuva al

Page 24: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

176 VOLUMEN 7/8

cumplimiento del objetivo, ya que tiende a mejorar la integración de las carpetas de

investigación y perfecciona la investigación, lo cual indica, a consideración del visitador, las

actuaciones pendientes de realizar o en su caso la dilación en actuaciones efectuadas por

los Ministerios Públicos, Peritos o Policías Ministeriales.

Sin embargo, de la revisión a los reportes de supervisión a cargo de la Visitaduría, se

observaron recomendaciones de carpetas de investigación donde las diligencias no se realizaron

de forma oportuna, lo que generó una deficiencia en la investigación.

En cuanto al cumplimiento de la meta física, se observó que se rebasó en un 13.1%

(521,181 asuntos). Sin embargo, se determinaron, fallas en los registros de la PGJCDMX,

ya que en el caso de las Carpetas de Investigación se detectó un número mayor en comparación

con la información obtenida directamente del SIAP, lo que es incongruente con la

información reportada en el Informe de Cuenta Pública.

En la reunión de confronta, celebrada el 13 de septiembre de 2019, el sujeto fiscalizado

puso a disposición de la ASCM 51 carpetas de investigación pendientes de revisar, por lo

que el presente resultado se modificó en cuanto al número de actos de investigación

y peritajes realizados.

Recomendación ASCM-154-18-4-PGJ

Es conveniente que la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México establezca

mecanismos de supervisión para garantizar que sus registros internos contenidos en el Sistema

de Interoperabilidad de Actuaciones Procedimentales (SIAP) coincidan con lo reportado en

el Informe de Cuenta Pública.

4. Resultado

Rendición de Cuentas de la Procuraduría General

de Justicia de la Ciudad de México

Con objeto de determinar si la PGJCDMX cumplió la rendición de cuentas, como técnicas

de auditoría, se utilizaron, el estudio general de la normatividad aplicable, así como el

Page 25: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

177 VOLUMEN 7/8

análisis de solicitudes de información pública y su estado al cierre del ejercicio fiscal 2018;

como prueba de cumplimiento, la observación de la página de internet del portal de

transparencia del sujeto fiscalizado.

Para constatar la congruencia entre el número de solicitudes de información pública y su

estatus al cierre del ejercicio fiscal 2018 de la PGJCDMX, así como lo reportado en el

Informe de Cuenta Pública, el sitio web de transparencia de la PGJCDMX, y la información

y documentación proporcionadas relacionada con la rendición de cuentas, se revisó la

siguiente normatividad:

El artículo 6o., fracción XXXVIII, de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información

Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial de

la Ciudad de México, del 6 de mayo de 2016, vigente en 2018, define que la rendición

de cuentas desde la perspectiva de la transparencia y el acceso a la información como la

potestad del individuo para exigir al poder público que informe y ponga a disposición en

medios adecuados, las acciones y decisiones emprendidas derivadas del desarrollo de su

actividad, así como los indicadores que permitan el conocimiento y la forma en que las llevó a

cabo, incluyendo los resultados obtenidos, además la obligación de dicho poder público de

cumplir con las obligaciones que se le establecen en la legislación de la materia, y garantizar

mediante la implementación de los medios que sean necesarios y dentro del marco de la

Ley, el disfrute del Derecho de Acceso a la Información Pública.

El artículo 53, fracción XXII, de la citada Ley determina que una de las atribuciones del

Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos

Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (INFO) es “verificar que los

sujetos obligados cumplan con las obligaciones que se derivan de la Ley General, la

presente Ley y demás disposiciones aplicables, para lo cual, además del monitoreo a los

portales de transparencia, podrá practicar visitas, inspecciones y revisiones”. Además el

artículo 121 del mismo ordenamiento establece que los sujetos obligados deberán

mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada

por medio de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la

Plataforma Nacional de Transparencia la información, por lo menos de los temas,

documentos y políticas, según les corresponda.

Page 26: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

178 VOLUMEN 7/8

Como prueba de cumplimiento, se revisó el sitio de transparencia de la PGJCDMX, y se

observó que contenía la información señalada en la Ley de Transparencia, Acceso a la

Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.

Por lo anterior, mediante el oficio núm. SJPCIDH/500/199/2019, el sujeto fiscalizado informó

que se realizaron 519 solicitudes de información pública relacionadas con las carpetas de

investigación; de su análisis se identificó que ocho derivaron en recursos de revisión; sin

embargo, las 519 solicitudes se concluyeron.

Por otra parte, el artículo 53 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental establece

que la Cuenta Pública deberá contener como mínimo la información contable, presupuestaria

y programática, de acuerdo con la clasificación establecida en el artículo 46 de la misma Ley.

Con objeto de verificar lo anterior, se revisó el Informe de Cuenta Pública del sujeto

fiscalizado y se advirtió que incluyó el Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de

Egresos, el Gasto por Categoría Programática, la información contable, presupuestaria y

programática como lo requiere la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

De su análisis, se comprobó que el Informe de Cuenta Pública se ajustó al capítulo VIII,

“Informe de Cuenta Pública Poder Ejecutivo” de la Guía para la Integración de la Cuenta

Pública de la Ciudad de México 2018, Formatos e Instructivos Poder Ejecutivo, documento

que contiene los lineamientos y formatos con la información requerida que fue aplicable a

las unidades responsables de gasto.

Por tanto, el sujeto fiscalizado elaboró su Informe de Cuenta Pública conforme a lo establecido

en la Guía para la Integración de la Cuenta Pública de la Ciudad de México 2018, Formatos

e Instructivos Poder Ejecutivo, y mantuvo actualizada la información de los temas, documentos

y políticas que le corresponden mediante sus respectivos medios electrónicos; atendió

las solicitudes de información tanto de acceso público como del INFO, logrando tener a disposición

de la ciudadanía en medios adecuados las acciones y decisiones emprendidas derivadas del

desarrollo de su actividad como lo refiere el artículo 121 de la Ley de Transparencia, Acceso

a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.

En la reunión de confronta, celebrada el 13 de septiembre de 2019, el sujeto fiscalizado no

proporcionó información adicional en el presente resultado, por lo que éste no se modifica.

Page 27: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

179 VOLUMEN 7/8

5. Resultado

Mecanismos de Medición y Evaluación en la Integración de Carpetas de Investigación

Con objeto de determinar si la PGJCDMX tuvo indicadores u otros mecanismos de medición

y evaluación en la integración de Carpetas de Investigación, se realizó el estudio general

de la normatividad aplicable, así como el análisis de información y documentación

proporcionadas al respecto por el sujeto fiscalizado.

El artículo 54 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, publicada en el Diario

Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2008, vigente en 2018, señala en su segundo

párrafo que “deberán utilizar indicadores que permitan determinar el cumplimiento de las

metas y objetivos de cada uno de los programas, así como vincular los mismos con la

planeación del desarrollo”.

Además el artículo 135, fracción VI, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad

de México dispone que las Unidades Responsables del Gasto deberán remitir a la

Secretaría de Finanzas el Informe Trimestral que contenga información cuantitativa y

cualitativa sobre la ejecución de sus presupuestos aprobados y su evaluación, incluyendo

los indicadores para medir el avance de los objetivos y metas de los programas.

A fin de verificar que durante el ejercicio fiscal 2018, la PGJCDMX haya implementado una

metodología, procedimientos y controles que le permitieran evaluar los resultados

alcanzados en las investigaciones solicitadas por el Ministerio Público, con eficiencia y

eficacia, a efecto de reunir, en tiempo y forma, los elementos de prueba suficientes, claros,

precisos en la integración y perfeccionamiento de las carpetas de investigación para su

debida determinación en atención a la procuración de justicia, se revisaron el Informe de la

Cuenta Pública, los Informes de Avance Trimestrales, así como los mecanismos de medición

y evaluación o indicadores estratégicos y de gestión.

El sujeto fiscalizado proporcionó el Informe de Cuenta Pública y los Informes de Avance

Trimestrales correspondientes a los períodos enero-marzo, abril-junio, julio-septiembre y

octubre-diciembre. En los cuatro informes, se identificó el formato “IAPP Indicadores

Asociados a Programas Presupuestarios”, con la leyenda “NO APLICA”, situación que

Page 28: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

180 VOLUMEN 7/8

evidenció que carecieron de una Matriz de Indicadores de Resultados, ya que no reportaron

alguno en los informes, pero que son necesarios para evaluar los avances y el cumplimiento

de las metas y objetivos de la actividad institucional en revisión. Por tanto, el sujeto fiscalizado

contravino lo establecido en el artículo 135, fracción VI, de la Ley de Presupuesto y

Gasto Eficiente de la Ciudad de México.

Mediante el oficio núm. 701/3183/2019 del 17 de junio de 2019, la PGJCDMX proporcionó

en medio magnético un indicador denominado “Índice de Atención”, realizado por la

Dirección General de Política Estadística Criminal, encargada de la información que

alimenta al indicador, cuyo objetivo institucional fue conocer la calidad que precisa el

promedio anual per cápita de denuncias ciudadanas con el propósito de visualizar la

tendencia en la comisión de delitos en la Ciudad de México, con la medición del número

de Averiguaciones Previas iniciadas por cada 100,000 habitantes.

De su análisis, se observó que incluyó con el objetivo institucional, nombre del indicador,

dimensión a medir, definición del indicador, método de cálculo, fuente de información

y metas programadas en el período 2016-2018, como se detalla a continuación:

Nombre del indicador

Dimensión a medir

Definición del indicador

Método de cálculo

Metas programadas

2018 Avance

de metas

2017 Avance

de metas

2016 Avance

de metas

Índice de Atención

Número de averiguaciones previas iniciadas por cada 100,000 habitantes.

Recibir la denuncia de la Ciudadanía por la probable comisión de algún delito que afecte su patrimonio o integridad física, en términos de los artículos 14, 16 y 21 constitucionales e integrando y perfeccionando su investigación.

255,318 x100

365

8,851,080.00

7.9 averiguaciones previas al día por cada 100,000 habitantes

Recibir la denuncia de la ciudadanía por la probable comisión de algún delito que afecte su patrimonio o integridad física, en términos de los artículos 14, 16 y 21 constitucionales e integrando y perfeccionando su investigación.

7.9 averiguaciones previas al día

por cada 100,000

habitantes

7 averiguaciones previas al día

por cada 100,000 habitantes

6 averiguaciones previas al día

por cada 100,000 habitantes

Con base en la definición1 y la clasificación de los indicadores que se establecen en los

Lineamientos para la Construcción y Diseño de Indicadores de Desempeño, mediante la

Metodología de Marco Lógico, emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable

(CONAC), publicados en el Diario Oficial de la Federación el 16 de mayo de 2013, que

1 “Expresión cuantitativa o cualitativa que proporciona un medio sencillo y fiable para medir logros, reflejar los cambios

vinculados con las acciones del programa, monitorear y evaluar sus resultados.”

Page 29: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

181 VOLUMEN 7/8

señala que los indicadores deberán ser estratégicos y de gestión, y que cada uno deberá

tener una ficha técnica que debe contener como mínimo el nombre del indicador, su

definición, método de cálculo, frecuencia de medición y la unidad de medida y metas, se

analizó la información proporcionada y se advirtió lo siguiente:

El indicador clasificado como de gestión no fue desarrollado bajo la Metodología del Marco

Lógico, debido a que si bien contó con el nombre, dimensión a medir, definición, método de

cálculo, fuente de información y metas programadas, se observó que los conceptos

descritos en la definición del indicador y metas programadas son iguales, provocando que

no exista una línea base que permita observar si las acciones realizadas permiten alcanzar

la meta establecida; además no señala la cuantificación de la meta física programada ni la

alcanzada. Tampoco señaló la fuente del número de atenciones programadas ni realizadas

en el período, aun cuando describió el método de cálculo.

Por lo anterior, se concluye que el sujeto fiscalizado careció de metodología,

procedimientos o controles, así como de indicadores vinculados con la integración de

carpetas de investigación, debido a que el indicador presentado no incluyó los elementos

requeridos en los Lineamientos para la Construcción y Diseño de Indicadores de

Desempeño, mediante la Metodología de Marco Lógico, por lo que contravino lo establecido

en los artículos 135, fracción VI, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad

de México, y 54 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, vigentes en 2018.

En la reunión de confronta, celebrada el 13 de septiembre de 2019, el sujeto fiscalizado no

proporcionó información adicional en el presente resultado, por lo que éste no se modifica.

Recomendación ASCM-154-18-5-PGJ

Es necesario que la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México desarrolle

y aplique una metodología que permita valorar objetivamente el desempeño de las

actividades a su cargo, con base en indicadores estratégicos y de gestión que proporcionen

información relacionada con la integración de las carpetas de investigación, de acuerdo

con la normatividad aplicable.

Page 30: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

182 VOLUMEN 7/8

Eficiencia

6. Resultado

Utilización de los Recursos Humanos, Materiales, Tecnológicos y Financieros

Con la finalidad de constatar el adecuado registro de los bienes muebles e inmuebles en el

listado de bienes, que fueron requeridos para la operación de las actividades, y la documentación

soporte que permitió conocer si los recursos humanos, materiales, tecnológicos y

financieros fueron utilizados para el desarrollo de la actividad institucional 319 y que su

administración se haya realizado con base en eficiencia, se utilizó el procedimiento de

auditoría consistente en el análisis de las Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) relacionadas

con la operación de la actividad institucional en revisión, proporcionadas por la PGJCDMX.

Con la finalidad de verificar que los recursos humanos, materiales, tecnológicos y financieros

asociados al cumplimiento de las metas y objetivo de la actividad institucional 319 “Integrar

carpetas de investigación” de la PGJCDMX, se hayan utilizado de manera eficiente,

conforme a lo señalado en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México,

se revisó la plantilla de personal, el listado de los recursos materiales, el sistema tecnológico

utilizado en la integración de las carpetas, así como el Informe de Cuenta Pública, el

Analítico de Claves del Organismo, las CLC, las afectaciones y los documentos múltiples.

En relación a lo anterior, el artículo 1o. de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la

Ciudad de México, vigente en 2018, señala que los sujetos obligados a cumplir sus

disposiciones, deberán observar que la administración de los recursos públicos se realice

con base en eficiencia, entre otros criterios.

En el análisis de la información, se identificó que para efectuar las acciones de la actividad

institucional en revisión, la PGJCDMX ejerció 4,011,247.3 miles de pesos, los cuales se

destinaron al pago de los rubros siguientes:

Page 31: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

183 VOLUMEN 7/8

Rubros de integración del presupuesto Ejercido Porcentaje

Remuneraciones del personal como sueldos, salarios, dietas, honorarios asimilables al salario, que pueden ser de carácter permanente o transitorio. 3,297,696.5 82.2

Asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase de insumos y suministros requeridos para la prestación de bienes y servicios. 118,979.3 3.0

Asignaciones destinadas a cubrir el costo de todo tipo de servicios que se contraten con particulares o instituciones públicas. 322,744.0 8.0

Asignaciones destinadas como parte de su política económica y social, de acuerdo con las estrategias y prioridades de desarrollo. 45,000.0 1.1

Asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase de bienes muebles e inmuebles. 216,273.5 5.4

Asignaciones destinadas a obras por contrato y proyectos productivos y acciones de fomento. 10,553.9 0.3

Total 4,011,247.3 100.0

Como se observa, el rubro que requirió la mayor cantidad de recursos es el correspondiente

a las remuneraciones al personal, el cual se integró por 34 conceptos distintos; de ellos,

10 requirieron el 94.5% de los recursos, con 3,116,406.5 miles de pesos. Dichos conceptos se

muestran a continuación:

Partidas Ejercido

1341 “Compensaciones” 1,041,647.2

1131 “Prima Quinquenal por Años de Servicios Efectivos Prestados” 883,941.7

1343 “Compensaciones Adicionales y Provisionales por Servicios Especiales” 495,109.4

1544 “Asignaciones para Requerimiento de Cargos de Servidores Públicos de Nivel Técnico Operativo” 143,377.8

1411 “Aportaciones a Instituciones de Seguridad Social” 126,751.0

1541 “Vales” 110,204.6

1323 “Gratificación de Fin de Año” 94,348.6

1591 “Asignaciones para Requerimiento de Cargos de Servidores Públicos Superiores y Mandos Medios así como de Líderes Coordinadores y Enlaces” 78,251.7

1431 “Aportaciones al Sistema para el Retiro o a la Administración de Fondos para el Retiro y Ahorro Solidario” 75,126.0

1441 “Primas por Seguro de Vida del Personal Civil” 67,648.5

Total 3,116,406.5

Por lo anterior, se determinó revisar tres CLC, por medio del método de muestreo dirigido,

por ser las que representaron el mayor monto quincenal de la actividad institucional en

revisión, y que correspondieron al pago de nómina de tres quincenas a servidores públicos

en puestos de estructura, sustantivos y administrativos en sus diferentes categorías,

adscritos a la PGJCDMX. La muestra se seleccionó por pertenecer a trimestres distintos y

tener montos consistentes entre sí; además se analizaron los oficios de solicitud de pago,

los resúmenes de las unidades ejecutoras del gasto, la nómina de personal administrativo

por área, así como la documentación soporte de las compensaciones, asignaciones y

deducciones.

Page 32: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

184 VOLUMEN 7/8

Asimismo, se observó que el pago de nómina se realiza de manera prorrateada y considera

los recursos de diversas actividades institucionales para efectuarlo; además de considerar

al personal adscrito al Instituto de Formación Policial. De igual manera, se identificó al

personal que recibió el pago mediante cheque o dispersión electrónica con los resultados

siguientes:

Unidad administrativa

Tipo Grupo 2a Quincena de marzo 2a Quincena de junio 1a Quincena de septiembre

Registros Importe Registros Importe Registros Importe

PGJ Pagos efectuados mediante cheque

Estructura 172 1,575.0 211 2,123.8 202 1,839.9

Sustantivo 1,087 5,435.0 1,241 5,969.0 1,293 6,084.8

Administrativo 851 2,974.2 1,011 3,809.0 982 3,134.0

Provisional 23 111.2 31 121.5 19 75.1

IFP Estructura 6 51.9 7 99.5 7 68.5

Administrativo

19 61.3 20 68.6 20 62.3

PGJ Pagos efectuados mediante

transferencia electrónica

Estructura 796 8,851.8 766 8,252.1 773 8,578.5

Sustantivo 8,510 54,548.7 8,357 54,028.7 8,234 52,970.4

Administrativo 3,664 14,992.8 3,595 15,200.6 3,629 14,054.6

Provisional 111 435.1 105 408.2 111 419.5

IFP Estructura 20 265.3 20 261.0 19 256.5

Administrativo 73 269.4 72 273.7 73 233.3

Total 15,332 89,571.7 15,436 90,615.7 15,362 87,777.4

De acuerdo con los registros de las quincenas seleccionadas para su revisión, en promedio,

se pagaron a 15,377 personas 89,321.7 miles de pesos, por llevar a cabo las diversas

tareas de la Procuraduría, entre las que se encuentran las relacionadas con la actividad

institucional 319 “Integrar carpetas de investigación”. Ambos conceptos fueron congruentes

con el número de personas, al incrementar o decrecer el número de registros conforme al

importe pagado, tal como se observa en la siguiente gráfica:

Page 33: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

185 VOLUMEN 7/8

Por lo anterior, el uso de los recursos humanos fue eficiente, debido a que se ejercieron los

recursos necesarios para tener el personal suficiente que permitiera realizas las acciones de la

actividad institucional en revisión, y que el importe que se pagó mantuvo movimientos

consistentes con el aumento o disminución del personal disponible.

Se identificaron 88 bienes inmuebles para el desarrollo de la actividad institucional, que

incluyen agencias del Ministerio Público, fiscalías, las salas procesales, las agencias

centrales y especializadas y las subprocuradurías.

De la revisión al listado de bienes muebles, se observaron 157,294 objetos con 755 conceptos

diferentes con un costo total de 2,558,848.2 miles de pesos; el listado incluía la descripción,

marca, modelo, número de serie y nombre del área de la ubicación del bien.

En la reunión de confronta, celebrada el 13 de septiembre de 2019, la PGJCDMX entregó

información adicional respecto al listado de bienes muebles, en la cual se identificaron

9 proyectos integrales con un valor de 12,981.6 miles de pesos, correspondientes a

84 objetos en 12 conceptos diferentes, los cuales fueron registrados en el padrón

inventarial, mediante el Acta de Alineación de Cuentas núm. AR/PGJCDMX/001/2019 del

10 de junio de 2019, obteniendo un total de 157,378 objetos en 767 conceptos distintos.

En cuanto a los recursos tecnológicos utilizados en la integración de carpetas, se identificó

el uso del SIAP, que es un software de consulta web, que mediante un número de identificación

personal entregado por el Ministerio Público, permite el acceso a los registros que integran la

2a Quincena de marzo 2a Quincena de junio 1a Quincena de septiembre

Importe Registros

Page 34: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

186 VOLUMEN 7/8

carpeta de investigación de forma gratuita, inmediata, veraz y oportuna, desde cualquier

computadora con acceso a internet, lo que permite a las víctimas, asesores jurídicos,

imputados o defensores conocer el estatus de su caso.

De igual manera, durante 2018, se identificaron contratos para la adquisición de software

para limpieza, administración y análisis geográfico del registro de tráfico de llamadas; un

sistema de geolocalización de dispositivos móviles para localizar a personas extraviadas y

ausentes; un sistema de captación cibernética táctica de wifi “Módulo de Troyanos”; equipo

hidráulico táctico de infiltración y rescate, y máquinas de acceso rayos X y detección de

metales, lo que permite realizar las investigaciones de manera ágil y precisa para una mejor

integración de las carpetas.

De lo anterior, se observó que el sujeto fiscalizado dispuso de los recursos materiales necesarios

para llevar a cabo sus actividades de manera eficiente, como los recursos tecnológicos para

las acciones por desarrollar en el marco de la actividad institucional en revisión.

Respecto al ejercicio de los recursos financieros, se llevó a cabo la revisión de 3,422,751.7 miles

de pesos, mediante el análisis de 100 CLC seleccionadas por contener los montos más

altos, lo que representa el 85.3% de los 4,011,247.3 miles de pesos ejercidos en la actividad

institucional.

De su revisión y análisis, se observó que 36 CLC corresponden a partidas centralizadas

por el Gobierno de la Ciudad de México, en las que se incluye principalmente el pago por

concepto de vales e ISSSTE; 40 están relacionadas con el pago de nómina, y se incluyó el

aguinaldo, sueldos y salarios, además de diversas prestaciones y premios; 11 generales

que incluían remodelaciones, servicios de limpieza, arrendamientos, y desarrollo y mantenimiento

de los sistemas de información sustantiva y adjetiva con 5 contratos relacionados;

finalmente, 13 correspondían a contratos, con finalidades diversas tales como la adquisición

de licenciamiento, mobiliario de oficina, bienes informáticos, software para limpieza,

administración y análisis geográfico de registro de tráfico de llamadas, sistemas de

captación cibernética táctica, sistema de archivo móvil, máquinas de acceso, así como la

compra de 10 camionetas para el traslado de cadáveres, todo esto con 9 contratos distintos.

Page 35: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

187 VOLUMEN 7/8

Todas las CLC, contaron con la documentación soporte y justificativa de las erogaciones, y

en los casos correspondientes se incluyeron los oficios de solicitud de pago, y pago, la

factura. En el caso de las CLC correspondientes a nómina, éstas incluían los resúmenes

de las unidades ejecutoras del gasto, la nómina de personal administrativo por área, así

como la documentación soporte de las compensaciones, asignaciones y deducciones.

Por tanto, se concluye que la PGJCDMX tuvo y utilizó de manera eficiente los recursos

humanos, materiales, tecnológicos y financieros para la consecución de los objetivos de la

actividad institucional 319 “Integrar carpetas de investigación” como establece el artículo

1o. de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México vigente en 2018,

además contó con la documentación comprobatoria y justificativa de la adquisición de los bienes,

de acuerdo con las CLC, y el pago de la nómina correspondiente para los recursos humanos.

En la reunión de confronta, celebrada el 13 de septiembre de 2019, con el oficio

núm. 701/4708/2019 del 12 de septiembre de 2019, el sujeto fiscalizado proporcionó

información adicional a la entregada durante la ejecución de la auditoría, relacionada con

el listado de bienes muebles.

Al respecto, se identificaron los Proyectos Integrales, el alta de los bienes identificados

como Proyectos Integrales en el Sistema de Movimientos al Padrón Inventarial (SIMOPI)

diciembre de 2018, el alta de los bienes de forma individual en el SIMOPI diciembre de 2018

y la baja y destino final de los Proyectos Integrales, y la copia del Acta de Alienación de

Cuentas del 10 de junio de 2019; se identificaron los 9 proyectos integrales con un valor

de 12,981.6 miles de pesos, que corresponden a 84 objetos de 12 conceptos diferentes,

con un total de 157,378 objetos con 767 conceptos distintos; por lo cual el presente

resultado, se modificó parcialmente.

7. Resultado

Proceso de Integración de las Carpetas de Investigación

Con objeto de verificar documentalmente lo establecido en el Código Nacional de

Procedimientos Penales para la operación de la actividad institucional 319, se utilizaron los

procedimientos de auditoría consistentes en analizar la documentación proporcionada por

Page 36: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

188 VOLUMEN 7/8

el sujeto fiscalizado y se observó que no es posible tener un procedimiento específico para

desarrollar la actividad en revisión; sin embargo, de acuerdo con el código mencionado,

se detectaron algunos puntos básicos para realizar esta actividad; y como prueba de

cumplimiento, la inspección de las Carpetas de Investigación seleccionadas como muestra.

La fiscalización a la actividad institucional 319 “Integrar carpetas de investigación”, se

realizó con la finalidad de evaluar el cumplimiento de los objetivos establecidos, así como

el desempeño de los servidores públicos que operaron directamente la actividad

institucional, por lo que no se consideraron el estudio de la clasificación de los delitos,

y el análisis o evaluaciones de las actuaciones que la integran, ya que la auditoría del

desempeño analiza el control interno y las vertientes de competencia de los actores

(del sujeto fiscalizado y los servidores públicos), eficacia, eficiencia y economía.

Con la finalidad de verificar la integración de las carpetas de investigación a cargo de la

PGJCDMX, se analizaron las siguientes disposiciones legales:

En el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada

en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 1917 y su última reforma del

15 de septiembre del 2017, se establece que la investigación de los delitos, así como el ejercicio

de la acción penal ante los tribunales, corresponde al Ministerio Público y a las policías.

El artículo 2 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal,

publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de junio de 2011, establece que el Ministerio

Público, como institución, estará a cargo del Procurador General de Justicia y tendrá, entre

otras atribuciones, la de investigar los delitos del orden común cometidos en el Distrito Federal y

perseguir a los imputados con la Policía de Investigación y el auxilio de servicios periciales.

El artículo 3 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal, publicado en

el Diario Oficial de la Federación el 29 de agosto de 1931 y su última reforma publicada el

10 de enero del 2014, determina que corresponde al Ministerio Público, entre otras funciones,

dirigir a la Policía Judicial en la investigación que ésta haga para comprobar el cuerpo del

delito, ordenándole la práctica de las diligencias que a su juicio estime necesarias para

cumplir debidamente su cometido o practicando él mismo aquellas diligencias.

Page 37: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

189 VOLUMEN 7/8

De acuerdo con la definición proporcionada por la PGJCDMX, al conjunto de diligencias y

actos de investigación que realiza el Ministerio Público en la investigación de delitos para

recabar los datos de prueba suficientes, pertinentes e idóneos que sustenten sus

determinaciones ministeriales, se denomina Carpeta de Investigación; ésta es integrada por

el Ministerio Público con la investigación realizada con apoyo de sus auxiliares como la

Policía de Investigación y los Peritos de las diversas especialidades forenses, según se

requiera, quienes recaban los datos de prueba que sustentarán su teoría del caso. Las

Carpetas de Investigación, se inician en el momento en que al Ministerio Público le son

puestos de su conocimiento hechos que la ley señala como delito y que existe la

probabilidad de que un imputado lo cometió o participó en su comisión.

De acuerdo con el artículo 211, “Etapas del Procedimiento Penal”, del Código Nacional de

Procedimientos Penales, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 17 de abril de 2018,

se establece que el procedimiento penal comprende, entre otras etapas, la de investigación,

que incluye las fases de Investigación Inicial, la cual comienza con la presentación de la

denuncia, querella u otro requisito equivalente y concluye cuando el imputado queda

a disposición del Juez de control para que se le formule imputación; la Investigación

Complementaria, comprende desde la formulación de la imputación, que se agota una vez

que se haya cerrado la investigación. En este punto interviene la actividad institucional 319

“Integrar carpetas de investigación” y debido a su naturaleza, no es posible tener un

procedimiento específico; sin embargo, de acuerdo con el Código Nacional de Procedimientos

Penales, se detectaron los siguientes puntos básicos para realizar esta actividad:

1. La denuncia, la querella o su equivalente cuando la ley lo exija,2 en caso de no proceder,

concluye.

2. Inicio de investigaciones de los hechos que revistan características de delito.

2 Cuando la denuncia sea presentada directamente ante el Ministerio Público, éste iniciará la investigación conforme a las

reglas previstas en este Código. Cuando la denuncia sea presentada ante la Policía, ésta informará de dicha circunstancia

al Ministerio Público, en forma inmediata y por cualquier medio, sin perjuicio de realizar las diligencias urgentes que se

requieran dando cuenta de ello, en forma posterior, al Ministerio Público.

Page 38: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

190 VOLUMEN 7/8

3. Se llevan a cabo las técnicas de investigación, así como actuaciones de investigación

que no en todos los casos requieren autorización previa del Juez de Control.

4. Se realizan los actos de investigación.

5. Terminación de la investigación.

Es importante señalar que la denuncia, además de tener la posibilidad de formularse por

cualquier medio, deberá contener, salvo los casos de denuncia anónima o reserva de

identidad, la identificación del denunciante, su domicilio, la narración circunstanciada del

hecho, la indicación de quién o quiénes lo habrían cometido y de las personas que lo hayan

presenciado o que tengan noticia de él y todo cuanto le conste al denunciante.

Se aplicaron pruebas de cumplimiento con la finalidad de verificar que las carpetas se hayan

integrado de manera eficiente y que permitan sustentar la teoría del caso. Para ello

se determinó una muestra de 383 carpetas de investigación de un universo de 255,288; es

decir el 0.2%, de 134 agencias distintas, con los resultados siguientes:

1. Se pusieron a disposición de la ASCM las 383 carpetas de investigación correspondientes

a 134 agencias.

2. De las 383 carpetas puestas a disposición, no fue posible examinar físicamente 25

debido a que se encontraban en fiscalías de otros estados o en la Fiscalía General de la

República, lo cual se acreditó con los oficios de envío, los oficios de colaboración y las

facturas que amparan la correspondencia certificada del envío de las carpetas. Asimismo,

se observó en una carpeta de investigación la cuantificación del número de carpeta, ya que

no contenía registro de actuación, identificación o alteración, toda vez que de acuerdo con

la información y soporte documental proporcionado por la Dirección General de Sistemas

y la Visitaduría Ministerial, nunca existió denuncia ni actos de investigación; sin embargo,

el número de carpeta de investigación fue cargado en el sistema por error.

3. De la revisión a los documentos contenidos en las carpetas de investigación

proporcionadas, se observó que el Ministerio Público fue el responsable del proceso de

investigación de los delitos, en conjunto con la policía de investigación y con los peritos

especialistas de acuerdo con el tipo de delito.

Page 39: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

191 VOLUMEN 7/8

4. Las 358 carpetas, puestas a disposición contenían los elementos solicitados para la

denuncia o querella, incluyendo cuando se requiriera la identificación del denunciante,

su domicilio y la narración circunstanciada del hecho. Asimismo, en aquellos hechos

que revestían las características de un delito se daba inicio a la investigación mediante

la práctica de las diligencias ordenadas por el Ministerio Público a la Policía de

Investigación, con la finalidad de lograr la integración para acreditar el cuerpo del delito.

5. Referente a las técnicas de investigación contenidas en el Código Nacional de

Procedimientos Penales, se observó que la cadena de custodia consistente en el control y

registro que se aplica al indicio, evidencia, objeto, instrumento o producto del hecho

delictivo, desde su localización, descubrimiento o aportación, en el lugar de los hechos

o del hallazgo, hasta que la autoridad competente ordene su conclusión, fue la más

observada, a fin de preservar los elementos que permitieran demostrar la comisión de

un acto delictivo.

6. En la totalidad de las carpetas, se identificó cuando menos un acto de investigación; la

inspección fue el más efectuado. Asimismo; se observó que en todos los casos se dio

inicio a la carpeta de investigación de forma simultánea en el SIAP y se entregó, la

clave de acceso a las personas involucradas en la investigación, asegurando así que

la información estuviera disponible para las víctimas, asesores jurídicos, imputados o

defensores, así como para las personas encargadas de su integración al interior de la

Procuraduría, lo que permite el mantener control de manera electrónica, además de su

forma física.

7. Se detectaron dictámenes o peritajes relacionados con la naturaleza del hecho

delictivo, en 249 carpetas, no limitándose a un solo tipo en los casos en que se

requiriera dos o más para sustentar la teoría del caso. Los peritajes más utilizados fue

la valuación, relacionada directamente con los robos no cuantificables, así como la

fotografía que permitía conocer el lugar y circunstancias de los hechos. Para los

peritajes, se especificaban las condiciones en que se llevaban a cabo, además de llevar

la información del perito que lo realizó y sus conclusiones.

Page 40: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

192 VOLUMEN 7/8

8. En cuanto a los tipos de delitos, el robo, en sus distintas modalidades, fue el más

detectado, con 186 carpetas de investigación abiertas por este hecho. Se observaron

casos en los que existía un detenido y se incluían los actos de investigación de

inspección de personas y revisión corporal; en 151 casos se detectaron peritajes,

siendo los de valuación, fotografía y búsqueda de huellas los más utilizados.

9. La tentativa de extorsión y la extorsión, son otros de los delitos más recurrentes con

40 casos; en éstos, los peritajes realizados fueron más variados como acústica,

química, criminalística y cibernética; además, se detectó la presencia de medidas de

protección como la vigilancia a víctimas u ofendidos y sus familiares en aquellos casos

que lo ameritaran.

10. En las actuaciones de investigación que requerían autorización previa del Juez de

Control, se detectó que contenían la documentación necesaria con su aprobación para

que fueran llevadas a cabo en concordancia con la normatividad aplicable.

11. En cuanto al estado que guardan las 383 carpetas de investigación, 291 se encontraban

determinadas y 91 sin determinar, todas de acuerdo con la información generada por

el SIAP, así como su fecha de inicio y número.

Por lo anterior, se determinó que las 383 carpetas de investigación analizadas, estuvieron

integradas con los documentos indicados en la normatividad aplicable; tuvieron los

elementos mencionados en las “Etapas del Procedimiento Penal” del Código Nacional de

Procedimientos Penales; asimismo, se observó que la documentación utilizada en el

proceso de la averiguación previa estuvo a cargo del Ministerio Público, quien ordenó la

práctica de diligencias a la Policía de Investigación y peritos especialistas, como se

establece en los artículos 21, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

2 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, y 3 del

Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal.

En la reunión de confronta, celebrada el 13 de septiembre de 2019, con el oficio

núm. 701/4708/2019 del 12 de septiembre de 2019, el sujeto fiscalizado proporcionó

información complementaria a la entregada durante la ejecución de la auditoría relacionada

Page 41: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

193 VOLUMEN 7/8

con 51 carpetas de investigación sujetas a revisión, las cuales fueron puestas a disposición

en las instalaciones de la PGJCDMX y en las que se observó la totalidad de las carpetas

solicitadas como muestra determinada; por tanto, este resultado se modificó parcialmente.

Economía

8. Resultado

Medidas de Racionalidad y Austeridad

Con la finalidad de identificar las medidas de austeridad, eficiencia en el gasto y disciplina

presupuestaria adoptadas por el sujeto fiscalizado para la actividad institucional 319

“Integrar carpetas de investigación” durante el ejercicio 2018, así como los resultados

obtenidos, se aplicó la investigación y análisis como procedimientos de auditoría.

Para verificar que durante el ejercicio fiscal en revisión, la PGJCDMX haya cumplido con lo

plasmado en el Informe Anual de Actuación, correspondiente al Ejercicio Presupuestal

2018, del subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios de la

Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México, entregado al H. Subcomité el

30 de abril de 2019, en el que se incluyen las “Disposiciones de racionalidad, austeridad y

disciplina presupuestal”, que consideran nueve rubros, los cuales son: combustible,

inventarios, servicios telefónicos, honorarios, fotocopiado, materiales de impresión, energía

eléctrica, agua potable y arrendamientos, se revisó la evidencia de los resultados

alcanzados con la implementación de las medidas de racionalidad y austeridad.

De la revisión efectuada al analítico de claves y su informe de Cuenta Pública 2018, se

advirtió que para la PGJCDMX se aprobó un presupuesto de 7,068,372.4 miles de pesos,

destinando para la actividad institucional 319 “Integrar carpetas de investigación”

4,132,598.0, lo que representó el 58.5% del presupuesto total otorgado a la PGJCDMX, por

lo anterior se le solicitó proporcionar los papeles de trabajo y memorias que contuvieran la

información cuantitativa de la estimación del recurso financiero requerido de conformidad

con el Manual de Programación-Presupuestación 2018 del Gobierno de la Ciudad de México,

que en su punto III. “Programación y Presupuestación”, numeral 1 “Elementos y bases para

la Programación y Presupuestación”, establece que para la Programación y Presupuestación

Page 42: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

194 VOLUMEN 7/8

anual del gasto comprenderá, entre otros aspectos, las previsiones de gasto público para

cubrir los recursos humanos, materiales, financieros y de otra índole, necesarios para el

desarrollo de sus actividades; así mismo, el artículo 125 de la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente de la Ciudad de México, publicada el 31 de diciembre de 2009 en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal, que establece que la contabilidad de las operaciones deberá estar respaldada

por los documentos justificantes y comprobatorios originales, que será responsabilidad de

los titulares de las Dependencias, así como de los servidores públicos encargados de su

administración, la recepción, guarda, custodia y conservación de los documentos justificantes y

comprobatorios del gasto, así como de los registros auxiliares e información relativa;

proporcionando los formatos relacionados al Marco de Política Pública, los cuales no

contenían los elementos necesarios, ni la evidencia del uso de alguna metodología específica.

El presupuesto asignado para la actividad institucional en revisión fue modificado mediante

179 afectaciones presupuestales, 104 compensadas, 38 reducciones líquidas y 37 ampliaciones

líquidas, que redujeron el presupuesto en 107,042.7 miles de pesos, alcanzando un

presupuesto modificado de 4,025,555.2 miles de pesos, para ejercer 4,011,247.2 miles de

pesos, tal como se muestra en el cuadro siguiente:

(Miles de pesos)

Capítulos Original Modificado Ejercido

1000 “Servicios Personales 3,392,069.4 3,297,696.5 3,297,696.5

2000 “Materiales y Suministros” 117,344.5 118,999.7 118,979.3

3000 “Servicios Generales” 363,177.2 328,791.9 322,744.0

4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios, y Otras Ayudas“ 45,000.0 45,000.0 45,000.0

5000 “Bienes, Muebles, Inmuebles e Intangibles” 214,756.9 224,513.2 216,273.5

6000 “Inversión Pública” 250.0 10,553.9 10,553.9

Total 4,132,598.0 4,025,555.2 4,011,247.2

El presupuesto de la actividad institucional en revisión, se ejerció mediante 120 partidas

presupuestales en los siguientes capítulos de gasto: 31 al 1000 “Servicios Generales”,

34 al 2000 “Materiales y Suministros”, 37 al 3000 “Servicios Generales”, 1 al 4000 “Transferencias,

Asignaciones, Subsidios, y Otras Ayudas“, 16 al 5000 “Bienes, Muebles, Inmuebles e

Intangibles”, y 1 al 6000 “Inversión Pública”; se detectaron siete partidas relacionadas con

los conceptos (combustible, inventarios, servicios telefónicos, honorarios, fotocopiado,

materiales de impresión, energía eléctrica, agua potable y arrendamientos), objeto de las

Page 43: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

195 VOLUMEN 7/8

“Disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestal”, las cuales tuvieron

un presupuesto original de 130,862.4 miles de pesos, con una erogación 3.5% menor

con 126,313.4 miles de pesos. Dichas partidas se muestran en la siguiente tabla:

(Miles de pesos)

Partida Original Ejercido Diferencia absoluta

Diferencia porcentual

(%)

2141 “Materiales, Útiles y Equipos Menores de Tecnologías de la Información y Comunicaciones” 16,294.1 12,595.0 (3,699.1) (22.7)

2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos” 48,978.6 48,969.2 (9.3) (0.0)

3112 “Servicio de Energía Eléctrica” 16,074.6 15,582.0 (492.6) (3.1)

3131 “Agua Potable” 8,176.7 8,182.8 6.0 0.1

3141 “Telefonía Tradicional” 3,168.6 1,642.2 (1,526.5) (48.2)

3221 “Arrendamiento de Edificios” 22,548.8 24,654.7 2,105.9 9.3

3361 “Servicios de Apoyo Administrativo y Fotocopiado” 15,621.0 14,687.5 (933.5) (6.0)

Total disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestal 130,862.4 126,313.4 (4,549.1) (3.5)

Según lo anterior, no se identificaron partidas relacionadas con todos los conceptos

enlistados en las “Disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestal”,

específicamente en cuanto a “Inventarios” y “Honorarios”, debido a que estas disposiciones

son para toda la Institución y las actividades institucionales que la componen. De las

partidas identificadas, sólo dos presentaron incrementos, 3131 “Agua potable” y 3221

“Arrendamiento de Edificios”, con 6.0 miles de pesos y 2,105.9 miles de pesos, respectivamente.

Respecto a la partida 3131 “Agua Potable”, en el Informe Anual de Actuación correspondiente al

Ejercicio Presupuestal 2018, se informa que conforme al Programa del Ahorro del Agua

Potable en Oficinas y Edificios Públicos, se continúa con la sustitución del mobiliario

hidrosanitario por ahorradores, así como la reparación de fugas. Además se fomenta entre

el personal, la cultura del ahorro del agua, mediante carteles informativos del Sistema de

Aguas de la Ciudad de México colocados en diversas áreas de la institución.

Sobre la partida 3221 “Arrendamiento de Edificios”, se informa que se llevaron a cabo

gestiones que conllevaron a establecer rentas por debajo de las justipreciaciones

autorizadas para los tres inmuebles que conforman el inventario de arrendamientos,

Page 44: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

196 VOLUMEN 7/8

necesarios para cubrir la operación de la Procuraduría. No obstante, éstas medidas no han

sido suficientes, ya que se mantienen incrementos frente a lo presupuestado en las partidas

señaladas en el marco de la actividad institucional 319.

Por otra parte, se identificaron rubros en los cuales la PGJCDMX generó ahorros en sus

erogaciones durante 2018, tal es el caso de “Combustible”, en el que se implementaron

tarjetas electrónicas para su consumo. Sobre “Servicio Telefónico”, se informó a las

unidades administrativas sobre los gastos generados por conceptos de llamadas de larga

distancia y a teléfonos celulares, para así tomar medidas de control sobre estos servicios y

justificar y pagar los importes correspondientes; asimismo, se canceló el acceso a llamadas

locales en áreas no prioritarias.

Respecto a “Fotocopiado”, el subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de

Servicios de la PGJCDMX, mediante el Informe Anual de Actuación, correspondiente al

Ejercicio Presupuestal 2018, informó a los Subprocuradores, Coordinadores, Fiscales, Jefe

General, Directores Generales y Coordinadores Administrativos, sobre la prohibición para

reproducir documentos ajenos a las actividades administrativas de la Institución; además el

servicio de Offset sólo se solicitaría cuando se trate de copias mayores a 10,000 piezas.

Los enlaces administrativos verificarán lo que realiza la empresa prestadora del servicio, y

presentarán debidamente requisitado el informe mensual de cada uno de los equipos de

fotocopiado. Asimismo, en cuanto a los materiales de impresión, mediante la información

de consumos, materiales, tiempo en que se agotan y la cantidad de que disponen las áreas, se

generaron inventarios que redujeron las cantidades solicitadas en las requisiciones

originalmente tramitadas.

Para los ahorros en la “Energía Eléctrica”, se tomaron medidas como mantener encendidos

sólo los equipos de cómputo que se vayan a utilizar, apagarlos al finalizar la jornada laboral

y desconectarlos de la toma de corriente; además, las lámparas de iluminación sólo se

mantuvieron encendidas cuando la luz de día no fue suficiente; se realizó el cambio a

iluminaria LED, y se interrumpió la energía eléctrica en áreas de oficina de las 22:00 a las

6:00 horas.

Page 45: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

197 VOLUMEN 7/8

Otra prueba de cumplimiento aplicada fue el estudio del Analítico de Claves de los ejercicios

fiscales 2016, 2017 y 2018, con el fin de identificar el comportamiento de las partidas sujetas

a las medidas de racionalidad en dicho período, y constatar si se obtuvieron economías

presupuestarias, con los resultados siguientes:

Partida 2016 2017 2018

1211 “Honorarios Asimilables a Salarios” 5,731.6 - -

2141 “Materiales, Útiles y Equipos menores de Tecnologías de la Información y Comunicaciones” 21,189.5 5,814.3 12,595.0

2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos” 60,462.9 17,278.0 48,969.2

3112 “Servicio de Energía Eléctrica” 14,563.4 6,476.6 15,582.0

3131 “Agua Potable” 10,218.7 2,376.1 8,182.8

3141 “Telefonía Tradicional” 2,369.5 1,457.0 1,642.2

3221 “Arrendamiento de Edificios” 11,164.8 - 24,654.7

3361 “Servicios de Apoyo Administrativo y Fotocopiado” 21,467.5 5,833.0 14,687.5

Total disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestal 147,167.9 39,235.0 126,313.4

En el análisis del presupuesto ejercido con cargo a las partidas sujetas a las disposiciones

de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestal, se observaron aumentos en todas respecto

a 2017, debido a que en ese ejercicio se presupuestaron esas partidas en otras actividades

institucionales. Sin embargo, respecto de 2016, seis partidas han registrado descenso

principalmente la 1211 “Honorarios Asimilables a Salarios”, que no ha tenido erogaciones

recientemente; seguida de las que tuvieron reducciones: la 2611 “Combustibles,

Lubricantes y Aditivos”, con 11,493.7 miles de pesos; la 2141 “Materiales, Útiles y Equipos

Menores de Tecnologías de la Información y Comunicaciones”, con 8,594.5 miles de

pesos menos; la 3361 “Servicios de Apoyo Administrativo y Fotocopiado”, con 6,780.0 miles

de pesos; la 3131 “Agua Potable”, con 2,035.9 miles de pesos; y, finalmente, la 3141 “Telefonía

Tradicional”, con 727.3 miles de pesos.

En cuanto a las partidas que registraron incrementos en 2018 respecto de 2016, están las

partidas 3112 “Servicio de Energía Eléctrica” y 3221 “Arrendamiento de Edificios”. Al respecto,

en las siguientes gráficas, se aprecia el incremento se ha dado hacia 2018, después de un

descenso en 2017.

Page 46: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

198 VOLUMEN 7/8

De esta manera, se observa que la partida 3112 “Servicio de Energía Eléctrica”, después

de tener una erogación menor en 2017, su incremento para 2018 es muy similar a la cifra

ejercida durante 2016; no obstante, para el caso de la partida 3221 “Arrendamiento de

Edificios”, el incremento es considerable, tanto para 2017 como para el 2016.

En un análisis comparativo de 2016, 2017 y 2018, es posible observar que se ha disminuido

el presupuesto ejercido en las partidas sujetas a las disposiciones de racionalidad,

austeridad y disciplina presupuestal para 2018 respecto de 2016, con un gasto menor en

20,854.6 miles de pesos. Sin embargo, en 2017 se presentaron erogaciones bajas, por lo que

en ese año se tuvieron incrementos considerables, tal como se muestra en la gráfica siguiente:

-

2,000.0

4,000.0

6,000.0

8,000.0

10,000.0

12,000.0

14,000.0

16,000.0

20162017

2018

3112 "Servicio de Energía Eléctrica"

-

5,000.0

10,000.0

15,000.0

20,000.0

25,000.0

20162017

2018

3221 "Arrendamiento de Edificios"

Page 47: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

199 VOLUMEN 7/8

En conclusión, la PGJCDMX acreditó economías presupuestarias en las partidas sujetas a

las “Disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestal” del Informe Anual

de Actuación, correspondiente al Ejercicio Presupuestal del 2018, del subcomité de

Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios de la Procuraduría General

de Justicia de la Ciudad de México, ya que en comparación con el presupuesto original; se

ejercieron 4,549.0 miles de pesos menos respecto a años anteriores.

En comparación con 2016, el sujeto fiscalizado ha logrado reducir la cifra ejercida; no

obstante, respectó a 2017, existieron incrementos, por lo que en comparación con este año

no se observó que hayan existido disminuciones en el presupuesto ejercido; además de que

no se programó la meta financiera en función de los nuevos montos erogados durante 2017.

Además de lo anterior, careció de la evidencia documental de los papeles de trabajo y

memorias de cálculo que contuvieran la información cuantitativa de la estimación del

recurso financiero, lo que denota fallas en la programación presupuestaria.

En la reunión de confronta, celebrada el 13 de septiembre de 2019, el sujeto fiscalizado no

proporcionó información adicional relacionada con el presente resultado, por lo que éste

no se modifica.

-

20,000.0

40,000.0

60,000.0

80,000.0

100,000.0

120,000.0

140,000.0

160,000.0

20162017

2018

Total Partidas Sujetas a las Disposiciones de Racionalidad, Austeridad y Disciplina Presupuestal

Page 48: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

200 VOLUMEN 7/8

Recomendación ASCM-154-18-6-PGJ

Es necesario que la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México cuente con

evidencia documental de los papeles de trabajo y memorias de cálculo para la

determinación de los valores expresados en los requerimientos presupuestales para cubrir

la demanda identificada, de acuerdo con la normatividad aplicable.

RESUMEN DE OBSERVACIONES Y ACCIONES

Se determinaron ocho resultados; de éstos, cinco generaron seis observaciones, las cuales

corresponden a seis recomendaciones.

JUSTIFICACIONES Y ACLARACIONES

La documentación e información presentadas por el sujeto fiscalizado mediante el oficio

núm. 701/4708/2019 del 12 de septiembre de 2019 aclaró y justificó parcialmente las

observaciones incorporadas por la Auditoría Superior de la Ciudad de México en el Informe

de Resultados de Auditoría para Confronta, por lo que se modificaron los resultados como se

plasman en el presente Informe Individual, que forma parte del Informe General Ejecutivo

del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública de la Ciudad de México.

DICTAMEN

La auditoría se realizó con base en las guías de auditoría, manuales, reglas y lineamientos

de la Auditoría Superior de la Ciudad de México; las Normas Profesionales del Sistema de

Fiscalización; las Normas Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores,

emitidas por la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores; y

demás disposiciones de orden e interés públicos aplicables a la práctica de la auditoría.

Este dictamen se emite el 14 de octubre de 2019, una vez concluidos los trabajos de

auditoría, la cual se practicó sobre la información proporcionada por el sujeto fiscalizado,

que es responsable de su veracidad. Con base en los resultados obtenidos en la auditoría,

cuyo objetivo fue fiscalizar las acciones de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad

Page 49: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS

201 VOLUMEN 7/8

de México, consistentes en llevar a cabo las investigaciones necesarias solicitadas por el

Ministerio Público, con eficiencia y eficacia a efecto de reunir los elementos de prueba suficientes,

claros, precisos y en tiempo y forma con la integración y perfeccionamiento de las carpetas de

investigación, para su debida determinación en atención a la procuración de justicia, y

específicamente respecto de la muestra revisada que se establece en el apartado relativo al

alcance y determinación de la muestra, se concluye que, en términos generales, el sujeto

fiscalizado cumplió parcialmente las disposiciones legales y normativas aplicables en la materia.

PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS A CARGO DE REALIZAR LA AUDITORÍA

En cumplimiento del artículo 36, párrafo decimotercero, de la Ley de Fiscalización Superior

de la Ciudad de México, se enlistan los nombres y cargos de las personas servidoras

públicas de la Auditoría Superior de la Ciudad de México involucradas en la realización de

la auditoría:

Persona servidora pública Cargo

Fase de planeación

Lic. Víctor Manuel Martínez Paz Director General

Mtro. José Luis Cruz Flores Director de Área

C.P. Bernardo Javier Muñoz Ortega Subdirector de Área

C.P. Lupina González Ramírez Jefa de Unidad Departamental

Lic. Karina Elizabeth Meneses Flores Auditora Fiscalizadora “B”

C. Luis Ignacio Guzmán Aguilar Auditor Fiscalizador “A”

Fase de ejecución

Lic. Víctor Manuel Martínez Paz Director General

Mtro. José Luis Cruz Flores Director de Área

C.P. Bernardo Javier Muñoz Ortega Subdirector de Área

C.P. Lupina González Ramírez Jefa de Unidad Departamental

Lic. Karina Elizabeth Meneses Flores Auditora Fiscalizadora “B”

C. Luis Ignacio Guzmán Aguilar Auditor Fiscalizador “A”

Fase de elaboración de informes

Lic. Víctor Manuel Martínez Paz Director General

Mtro. José Luis Cruz Flores Director de Área

C.P. Lupina González Ramírez Jefa de Unidad Departamental

Lic. Karina Elizabeth Meneses Flores Auditora Fiscalizadora “B”

C. Luis Ignacio Guzmán Aguilar Auditor Fiscalizador “A”

Page 50: VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD … · 2019-10-31 · 153 VOLUMEN 7/8 VI.3. FUNCIÓN DE GASTO 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 319 “INTEGRAR CARPETAS