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www.aaffvalencia.es / www.coafa.es 2. o Trimestre de 2018 n.º 93 Próxima parada, Castellón 26 y 27 de octubre de 2018 VI FRANCISCO BROTONS CURSO

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w w w. a a f f v a l e n c i a . e s / w w w. c o a f a . e s

2.o Trimestre de 2018 n.º 93

Próxima parada, Castellón26 y 27 de octubre de 2018

VI FRANCISCO BROTONSCURSO

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Cumplimos 10 años con la ilusión de seguir liderando el sector de la rehabilitación de edificios y lo celebramos con un cambio de imagen.

Gracias a la experiencia adquirida en este tiempo, en Moratalla somos especialistas en la rehabilitación y mantenimiento de edificios y ofrecemos soluciones integrales: desde la restauración de fachadas y tratamiento de daños estructurales hasta pequeñas reformas.

En todos nuestros trabajos llevamos a cabo una estricta planificación de las obras, un control de las medidas de seguridad y un riguroso cumplimiento de los plazos.

Disponer de un gran equipo técnico propio de profesionales en plantilla nos permite trabajar con garantías para la tranquilidad y satisfacción de nuestros clientes. Su tranquilidad.

Colaboramos estrechamente con administradores de fincas y apoyamos a presidentes de comunidades de propietarios, aportándoles nuestra experiencia a la hora de abordar cualquier trabajo.

Y, como no podía ser menos, ofrecemos una póliza de responsabilidad civil y el compromiso de calidad de nuestros trabajos y materiales. Por su tranquilidad... cuente con MORATALLA.

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nuestra experiencia, tu tranquilidad

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Cumplimos 10 años con la ilusión de seguir liderando el sector de la rehabilitación de edificios y lo celebramos con un cambio de imagen.

Gracias a la experiencia adquirida en este tiempo, en Moratalla somos especialistas en la rehabilitación y mantenimiento de edificios y ofrecemos soluciones integrales: desde la restauración de fachadas y tratamiento de daños estructurales hasta pequeñas reformas.

En todos nuestros trabajos llevamos a cabo una estricta planificación de las obras, un control de las medidas de seguridad y un riguroso cumplimiento de los plazos.

Disponer de un gran equipo técnico propio de profesionales en plantilla nos permite trabajar con garantías para la tranquilidad y satisfacción de nuestros clientes. Su tranquilidad.

Colaboramos estrechamente con administradores de fincas y apoyamos a presidentes de comunidades de propietarios, aportándoles nuestra experiencia a la hora de abordar cualquier trabajo.

Y, como no podía ser menos, ofrecemos una póliza de responsabilidad civil y el compromiso de calidad de nuestros trabajos y materiales. Por su tranquilidad... cuente con MORATALLA.

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PublicaConsejo General de Colegios de Administradores de Fincas de la Comunitat Valenciana

DirecciónAmadeo García Zahonero

EdiciónQuintín Ruiz Díaz

Consejo de RedacciónMaría del Mar Rodríguez Martínez, María José Valero Vicent y Amparo Silvestre Alberola

FotografíaMorabito y Luis Caballero Jurado

Diseño y maquetaciónJosep Medina Torres

AdministraciónColegio de Administradores de Fincas de Valencia-CastellónPlaza Crespins, 346003 ValenciaTeléfono: 96 315 31 32

Publicidad y artículosE-mail: [email protected]éfono: 96 315 31 32

ImpresiónLogik Graphics

Esta publicación se distribuye gratuita-mente entre los administradores de fincas colegiados de la Comunitat Valenciana, así como entre entidades y profesionales relacionados con los mismos.

La Dirección de la revista y el Consejo de Redacción no se responsabilizan de los artículos u opiniones expresadas en estas páginas por sus colaboradores.

ISSN: 2341-0191Depósito Legal: V-1272-1997

EDITORIAL

Los administradores de fincas colegiados estamos de celebra-ción por toda una vida dedicada a las funciones de gobierno y conservación de los bienes encomendados, la obtención del rendimiento adecuado y al asesoramiento de las cuestio-nes relativas a los bienes inmuebles. En el desarrollo de estas funciones, estamos facultados para realizar cuantos actos de administración y gestión sean necesarios, con la aplicación de las normas legales, la costumbre y la prudencia, sin otras li-mitaciones que las expresamente recibidas del titular de los bienes. Han sido 50 años que han servido para consolidar la profesión y nuestras instituciones. Cada vez somos más en número, superando los 15.000 colegiados en España. Somos más visibles, con una marca corporativa común, y tenemos mayor presencia en la sociedad. Uno de los colegiados que ha trabajado incesantemen-te por el protagonismo de los administradores de fincas co-legiados de nuestra Comunitat es Eliseo Mogica Serrano, un presidente que recientemente dejó el cargo en Alicante para dedicarse a otros proyectos profesionales y personales. Sirvan estas líneas para agradecerle sus años de dedicación a la pro-fesión, su interés siempre por la formación, las nuevas tecno-logías, el trabajo en equipo y su intachable gestión. Desde ahora se abre un nuevo tiempo en el Colegio de Administradores de Fincas de Alicante. Hay convocadas elecciones para el próximo 27 de julio. Votar y participar es esencial para la democracia institucional, siendo además un derecho de todos los colegiados alicantinos.

50 AÑOS DE PROFESIÓN SON TODA UNA VIDA

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SUMARIO

2.o Trimestre de 2018 n.º 93

Editorial

TribunaBalance positivo. Eliseo Mogica

ActualidadXXI Congreso Nacional de Administradores de FincasJornada sobre Subvenciones para la Rehabilitación de Comunidades de Propietarios. Luz MosqueraI Congreso sobre Mediación. Virginia MadridPrimer aniversario del Código Deontológico. Balance de un año. Francisco ArnaldosConocemos a... Salvador González, Voro. Amadeo García

LucentumAfilar la sierra, la formación por delante. Augusto F. SolerII Jornadas de Pádel del Colegio de Administradores de Fincas de Alicante. M.ª Amparo CarreteroHistoria y pensamientos sobre la Unión de Colegios Profesionales de Alicante. Luis DelgadoCharlas formativas. M.ª del Mar Rodríguez

ValentiaJornada divulgativa sobre el arbitraje inmobiliario. Sebastián CucalaJornada El mantenimiento del edificio y su gestión: factores técnicos y humanos

Santo Domingo de la Calzada, patrón de los administradores de fincasCafé de BarrioTorneo de Pádel del Colego de Administradores de Fincas de Valencia-Castellón

CastillionFormación en Castellón. Joaquín García

Asesoría JurídicaEl lanzamiento de okupas. Rafael PegueroLa construcción de trasteros en la azotea del edificio. M.ª Dolores DelgadoPuntos de carga de vehículos eléctricos en garajes comunitarios. José Luis Mur y Fernando Lerma

Información

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Desde junio de 1994 hasta el pasado mes de mayo, han transcurrido casi

24 años en los que he asumido distintos cargos en la Junta de Gobierno del Colegio de

Administradores de Fincas de Alicante, dedicando parte de mi tiempo personal y profesional en beneficio de los administradores de fincas colegiados. También desde el Consejo General de Colegios de Administradores de Fin-cas de España, como consejero, y durante los últimos 6 años, como miembro su Junta de Gobierno, y el balance no puede ser más que positivo. Desde abril de 2008, fecha en la que asumí la presi-dencia del Colegio, hasta el pasado 14 de mayo, en la que presenté mi renuncia al cargo, hemos conseguido llevar adelante muchos proyectos de interés para el colectivo, con la necesaria colaboración de los miembros de la dis-tintas juntas de gobierno que se han ido conformando y la participación de otros compañeros administradores. Unos, impulsados desde el Colegio, y otros, con su activa partici-pación. Desde que se dictara la Ley Ómnibus 25/2009, de 22 de diciembre de 2009, de modificación de diversas le-yes para su adaptación a la ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, la actividad de los colegios profesionales en general —y del Colegio en par-ticular— se incrementó de forma exponencial, tanto en su versión como corporación de derecho público, como en funciones y proyectos internos dirigidos a los colegiados. Debíamos justificar y dar más sentido a nuestro colegio profesional, más y mejores servicios en beneficio de los colegiados y de la sociedad en general. Más formación para el colectivo; más y mejores herra-mientas de comunicación para el colectivo y para la socie-dad en general; la dinamización del Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas de la Comunitat Valenciana, en perfecta sintonía con nuestros compañeros valencianos; la modificación de los Estatutos del Colegio;

mayor contacto con la Administración Pública e institucio-nes de la Comunitat; más actividad social dirigida a los ad-ministradores de fincas colegiados; la oficina de atención al ciudadano creada por el Colegio; más presencia en los medios de comunicación; más colaboración con las Fuer-zas y Cuerpos de Seguridad del Estado; más convenios y colaboraciones con otros colegios de nuestro ámbito pro-fesional (arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros de la edificación, ingenieros Industriales…); más colaboración con la AEAT, Seguridad Social y Unión Profesional; mejo-res convenios con las entidades financieras; más colabora-ción con empresas de referencia en áreas de interés de los administradores de fincas y de las comunidades de propie-tarios administradas; el Curso Francisco Brotons de ámbito autonómico; el Instituto de Mediación y Centro de Forma-ción en Mediación del Colegio; la marca Administrador de Fincas Colegiado; el certificado digital de las comunidades de propietarios... Muchos años de trabajo y dedicación en colaboración con muchos compañeros en beneficio de los administrado-res de fincas colegiados, de la provincia de Alicante y del resto de España, a los que no menciono expresamente por no dejar a alguien en el tintero, pero a los que sin duda he-mos de agradecer también su participación desinteresada. Ahora, nuevos proyectos y retos personales y profe-sionales, incluido algún reto profesional en beneficio de todos los administradores, demandan mi atención. Mi agradecimiento a todos los administradores de fin-cas de Alicante y su provincia que me han permitido liderar durante tantos años este proyecto que dejo en buenas ma-nos y con la confianza de que la nueva Junta de Gobierno que se conforme tras las elecciones previstas para el 27 de julio continuará con nuevos proyectos de interés para el colectivo con la participación de todos los administradores de fincas colegiados.

Eliseo Mogica SerranoExpresidente del Colegio de Administradores de Fincas de Alicante

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ACTUALIDAD

CONGRESO NACIONAL DE ADMINISTRADORES DE FINCAS

Del jueves 7 al sábado 9 de junio, y organizado por el Consejo Ge-

neral de Colegios de Administradores de Fincas de España, más de 800 co-legiados de toda España asistieron en Madrid al XXI Congreso Nacional de Administradores de Fincas. Muchas e interesantes ponencias para el denominado congreso de los congresos, con un programa científi-co extraordinario. Todo comenzó con la bienvenida del presidente nacional, Salvador Díez, y con un inicio muy social, participando Cáritas España,

la Fundación Mutua de Propietarios y COCEMFE. Más tarde, la empresa IVNOSYS, con su proyecto más exito-so, CAFirma, y la empresa IDS, con su nueva app. El congreso tambien tuvo acento internacional con la participación de compañeros venidos desde Australia. Sin duda las empresas tecnologicas fueron las que mayor atención y pro-tagonismo recibieron. MICROSOFT, SAMSUNG, IBM, PAL ROBOTICS y CARTO nos acercaron a un futuro, ya muy presente.

Así se fueron sucediendo todas las ponencias de magistrados y colegia-dos sobre normativas aplicables, Ley de Propiedad Horizontal, viviendas de uso turistico, la responsabilidad civil, la protección del honor, nuevo reglamento de protección de datos..., y para terminar, el sábado no faltó la carcajada con el cómico Leo Harlem. Un gran congreso patrocinado por Orona y Schindler que fue del gusto de todos. ¡Nos vemos en el encuentro de León en 2019!

Asistentes

Cena de clausura

Momento de las ponencias

Compañeros de Alicante, Castellón y Valencia

XXI

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ACTUALIDAD

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JORNADA SOBRE SUBVENCIONES PARA LA REHABILITACIÓN DE COMUNIDADES DE PROPIETARIOS

El 28 de mayo se celebró en nues-

tro Colegio una Jornada sobre Sub-venciones para la Rehabilitación de

Comunidades de Propietarios, y conta-

mos con la asistencia de Francisca García, directora territorial de Vivienda de Valencia, y Javier Pe-ñarrocha, jefe del Servicio de Reha-bilitación de la Dirección General de Vivienda, quienes nos hablaron, entre otros temas, acerca del R. D. 106/2018 de 9 de marzo y de los nuevos requi-sitos del Plan de Vivienda 2018-2021, en especial, del programa 5.º, que trata sobre la Eficiencia Energética, y del 6.º, que habla sobre la Conservación y Accesibilidad, de lo cual destaco lo siguiente:

1. Concurrencia competitiva: hay un plazo corto —un mes— para presentar las solicitudes. Estas se presen-tan todas a la vez, se bareman, se ordenan de la prime-ra a la última y se van asignando las ayudas hasta que se acaban.

2. Trámite de las subvenciones de forma telemática con el certificado de firma digital. Cabe mencionar que se

presenta una solicitud conjunta y se adjuntan los impre-sos cumplimentados y firmados por cada propietario con toda la documentación requerida.

Cambios básicos del nuevo Plan de Vivienda1. El Plan de Rehabilitación de Vivienda. Se ha quedado

en dos programas: de Eficiencia Energética y de Con-servación y Accesibilidad. Se debe hacer doble solici-tud si se quiere acceder a estas ayudas.

2. Se han incluido unas ayudas al interior de la vivienda por parte del Ministerio; a nivel autonómico, está el Plan Renhata.

Francisca García, directora territorial de Vivienda

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ACTUALIDAD

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3. Se han eliminado las ayudas para el Informe de Eva-luación del Edificio por parte del Ministerio; no, a nivel autonómico.

4. Se aumenta considerablemente la subvención respecto a años anteriores. Corresponde al 40 % más un 10 % complementario para un total del 50 % por parte del Ministerio, y un 35 % por parte del Gobierno autonó-mico, para un total del 85 %. • Si estamos frente a obras de accesibilidad, se les va a

dar un 85 % (40 + 10 + 35) a los siguientes:1. A las viviendas en las que los ingresos de la uni-

dad de convivencia sea 3,5 inferiores al IPREM (menos de 22.500 €); se debe cumplimentar un impreso.

2. Persona con discapacidad; se debe cumplimentar otro impreso y presentarlo.

3. Personas mayores de 65 años. Solo se debe cumplir uno de estos requisitos para soli-citar la subvención.

• A los dos meses de presentada la solicitud, los técni-cos territoriales sacaran los listados con los requisitos para subsanar, en el plazo de 10 días. En este plazo de subsanación, también se podrá incluir alguna vi-vienda que se haya quedado fuera en la presentación inicial.

• Se emite una resolución de concesión con todos a los que se le han aprobado las ayudas, indicando aque-llas viviendas que se les va a asignar el 40 % y a las que se les va a asignar el 75 %.

• Al administrador le llegará el total de la subvención, y deberá repartirlo a cada vivienda en función del im-

porte que le corresponda según lo establecido en la resolución.

Podría extenderme mucho más sobre este tema de gran interés tanto para los propietarios como para los ad-ministradores de fincas, pero he querido destacar lo que he considerado más importante respecto del nuevo Plan de Vivienda y su tramitación, teniendo en cuenta que ya está abierto el plazo para presentar la solicitud de algunas ayudas a la vivienda. Por último, y para quienes no me conocen, soy Luz Mosquera Lloreda, abogada y administradora de fincas colegiada de reciente incorporación, que, al igual que mis compañeros, agradezco a los ponentes que, a través de estas jornadas formativas, nos han informado acerca de los requisitos y los plazos para adelantar estos trámites que beneficiarán y van a mejorar la calidad de vida de nuestros administrados. Asimismo, aprovecho para resaltar la labor del equipo colegial en la organización de estas jornadas que nos permiten cualificar nuestro desempeño laboral.

Luz MosqueraAdministradora de fincas colegiada y abogada

Gran afluencia de colegiados

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ACTUALIDAD

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I CONGRESO SOBRE MEDIACIÓN

Desde hace más de veinticinco años, venimos trabajando con

los conflictos de las comunidades de propietarios. Veinticinco años de solu-cionar, intervenir, esforzarme en saber qué quieren las partes enfrentadas, aprender y aplicar la norma… ¿Qué os voy a contar que no sepáis? Y de repente, hace ya más de seis años, irrumpió, enérgicamente, la media-ción. Todo es mucho más sencillo y práctico, dentro de la enorme com-plejidad de las técnicas que encierra la mediación. Sencillamente hay que restablecer el diálogo de tal forma que las propias partes sean las que encuentren, por sí mismas, su mejor solución. Puro sentido común. ¿Quién va a conocer mejor el conflicto que aquellos que están inmersos en él, que lo han construido y adornado con sus propias emociones, sentimientos y necesidades encontradas? Aquellas personas que experi-mentan un proceso de mediación, en un elevado porcentaje, quedan satis-

fechas y agradecidas aun y cuando no se haya concluido con un resultado de acuerdo, pues el proceso en sí mis-mo significa una toma de conciencia y responsabilidad que mejora sustan-cialmente la visión del conflicto. ¿Por qué entonces la mediación no se usa cotidianamente para resol-ver los conflictos a los que habitual-mente nos enfrentamos en el desa-rrollo cotidiano de nuestro ejercicio como vecinos, familiares, trabajado-res, profesionales…? En los foros de mediadores profe-sionales, nos cuestionamos a menudo qué hace falta para que la ciudadanía tenga a su alcance esta magnífica he-rramienta de resolución pacífica de conflictos y se integre al mediador en el índice de profesionales a los que acudir cuando nos encontramos fren-te a una controversia. Para profundizar en esa reflexión y divulgar la mediación entre la ciu-dadanía, la Conselleria de Justícia, Administració Pública, Reformes De-

mocràtiques i Llibertats Públiques, la Delegación Española del grupo GEMME (Magistrados por la Media-ción) y la asociación Unión Profesional organizaron en el mes de mayo el I Congreso sobre Mediación en la Co-munitat Valenciana, así como numero-sas actividades entorno a la Semana Valenciana de la Mediación. Se trabajó en mesas sobre Media-ción Penal, Civil y Mercantil, Comunita-ria, Administrativa, Escolar y Familiar. Prestigiosos profesionales comple-taron las mesas de trabajo, impulsan-do iniciativas y mejoras para lograr im-plantar en la sociedad la cultura de la paz y la convivencia, utilizando meto-dologías no adversariales, tales como la mediación y otras técnicas de reso-lución de conflictos. Pues se esgrimió la necesidad de superar el concepto único de mediación, cuando es una he-rramienta más al servicio de un todo. Expresamos nuestro agradeci-miento a José García Añó, director general de Reformas Democráticas, y a su equipo, por el esfuerzo y trabajo realizado, así como que nos invitara a dirigir la Mesa de Mediación Vecinal y Comunitaria, que tuve el placer de coordinar, en representación del Cen-tro de Mediación Inmobiliaria (CEMEI) del Colegio de Administradores de Fincas de Valencia. Nuestra partici-pación estuvo presente en todos los actos celebrados, con la notable pre-sencia de un nutrido grupo de media-dores del CEMEI, con la presencia de nuestro presidente, José Sales Rodrí-guez, la participación de Emilia Picazo Moll en la Mesa del Primer Encuentro de Centros Mediadores, y la coordi-nación de la Mesa Divulgativa de Me-diación por Maite Herrero Balaguer y Ana María Atienza Vendrell. Los administradores de fincas co-legiados somos figuras imprescindi-bles en la creación y mantenimiento de la convivencia, por lo que no po-demos eludir nuestra responsabilidad de participar activamente en el com-promiso social por el desarrollo y di-vulgación de la mediación. Todos por la paz, creando una so-ciedad mejor.

Virginia Madrid del ToroDirectora del CEMEI

Se acaparó el interés de los participantes

En el Paraninfo de la Universitat de València instantes antes de la ponencia

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PRIMER ANIVERSARIO DEL CÓDIGO DEONTOLÓGICO.BALANCE DE UN AÑO

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ACTUALIDAD

El 31 de marzo de 2017 se aprobó el Código Deontológico de los administradores de fin-cas. Por primera vez en la historia del colec-

tivo español de administradores de fincas, se ha contado con la herramienta de un código de conducta profesional. Ha trans-currido un año y podríamos preguntarnos sobre la eficacia o no de este instrumento.

Desde el primer momento, se dio apoyo al texto mediante su publicación por la editorial

Lefebvre El Derecho, en un ejemplar que combina el código deontológico junto con el reglamento para la certi-ficación de la formación continua del administrador de fin-cas. Dos tareas importantísimas: una conducta intachable en lo profesional, junto con un esfuerzo por la formación continua de los profesionales de lo comunitario. El Consejo General apostó desde el principio por la ética de la profesión, creando la Subcomisión Deontológi-ca, facilitando su divulgación en el congreso de Albacete de 2017, y animando a desarrollar distintas jornadas sobre el Código Deontológico en Valencia, Extremadura, Illes Balears, Oviedo y Zaragoza. Incluso se ha realizado una jornada específica sobre deontología profesional para ase-sores jurídicos y directores de las comisiones disciplinarias de los colegios territoriales en marzo de 2018. Este artícu-lo es por tanto el fruto de la reflexión sobre las conversa-ciones e intervenciones de todas estas jornadas durante el primer año del nuevo código. Todos hemos tenido, directa o indirectamente, la ex-periencia de los primeros y cruciales momentos de exis-tencia de un bebé. Son seres indefensos que no pueden valerse por sí mismos, necesitan una especial vigilancia, atenciones distintas de las que requiere la madurez, por-que no saben si les duele algo o tienen frío, o hambre, y lo peor de todo es que no lo pueden decir, no pueden comunicarse. El nuevo Código Deontológico es un instru-mento muy joven porque acaba de nacer, y para cumplir su misión necesita tiempo, ser conocido, ser integrado en los estatutos del Consejo General y de los colegios terri-toriales, y ser rectificado y mejorado hasta convertirse en un texto maduro y eficaz que exprese lo que es y debe ser un administrador de fincas con un comportamiento ético y leal en su profesión.

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ACTUALIDAD En el caso que nos ocupa, el Código Deontológico se ha elaborado a partir del Código Europeo de los Agentes Inmobiliarios y los Administradores de Fincas (CEPI). Este texto se trasladó casi íntegro a los estatutos del Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas de Es-paña. Muchos colegios territoriales comparten en sus es-tatutos colegiales, total o parcialmente, las mismas normas deontológicas y disciplinarias. Ha llegado el momento de la unificación a nivel nacional, no solo de las normas deon-tológicas y disciplinarias, sino también de la determinación de nuestra identidad deontológica como algo específico e intrínseco de la profesión. El administrador de fincas tiene una identidad con-creta, porque su objeto profesional está muy bien deter-minado: velar por lo común de las copropiedades. Y este ejercicio profesional requiere unas habilidades y unas exi-gencias que deben ser conocidas y reconocidas no solo por nosotros mismos, sino también por la sociedad entera, ya que son muchos los ciudadanos que viven en régimen de propiedad horizontal. Voy a centrar mi exposición en tres aspectos:

• El Código Deontológico ante los propios administra-dores

• El Código Deontológico ante los usuarios y consumi-dores

• La adaptación de los estatutos para incorporar las disposiciones sobre deontología, procedimiento dis-ciplinario y régimen sancionador del vigente Código Deontológico

a) Ante los propios administradores, necesitamos un lenguaje común, unas reglas del juego ciertas y determina-das. Es muy habitual que en el ejercicio de nuestra profe-sión haya encuentros y desencuentros con otros adminis-tradores, la mayoría de las veces colegiados, pero también de los que podemos llamar gestores de comunidades, por-que no están colegiados ni se sienten sometidos a nuestras normas. Nuestras comunidades nos piden que gestionemos con eficacia y que resolvamos los problemas que coti-dianamente se ventilan y, con frecuencia, afectan a otras comunidades que llevan otros compañeros, colegiados o no. Si hay un lenguaje común, unas normas de conducta comunes, el diálogo será cordial y las soluciones serán más fáciles de consensuar. Porque el código establece las si-guientes obligaciones: Velar por la lealtad de la competencia, según la actual Ley de la Competencia (artículo 3 a); respeto y cortesía en las relaciones (artículo 3 b); abstenerse de prácticas que perjudiquen el nombre de la profesión (artículo 3 c) o conflictos que perjudiquen los intereses de los clientes (artículo 3 d); promover la mediación o el arbitraje para la resolución de conflictos con otro profesional (artículo 3 f). En el Código Deontológico Europeo hay normas de comportamiento ante los demás compañeros que no te-nemos en este código: no tomar iniciativa a la hora de cri-ticar las prácticas profesionales de un colega; no facilitar asesoramiento en caso de ser consultado a propósito de un expediente gestionado por un colega que no respete la

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ACTUALIDADintegridad y la cortesía confraternal; participar en la publi-cación de revistas o periódicos especializados que permi-tan a los profesionales inmobiliarios ofrecer al público una información exacta. Como se puede comprobar, nuestro código podría in-corporar más prácticas que promuevan el compañerismo. Por ejemplo, se podrían introducir estas otras:

• Se facilitarán en los colegios territoriales medidas para que los compañeros de más experiencia pue-dan orientar y aconsejar desinteresadamente a los recién incorporados a la profesión.

• El administrador que vaya a iniciar una acción judicial contra un compañero, en su nombre propio o de un cliente, acudirá antes a los medios de solución de conflictos que proporciona su colegio territorial.

• El administrador recibirá o tendrá un trato preferente ante los compañeros que acudan a su despacho o le llamen por teléfono, y en caso de imposibilidad, procurará atenderles lo antes posible.

Se trata de medidas cuyo incumplimiento no es sancio-nable en vía civil ni penal, más bien reflejan una conducta de compañerismo y cordialidad que debe mediar entre los que formamos parte de esta profesión, y precisamen-te para fortalecer los lazos que deben cohesionar nuestro sentimiento de colegio, colectivo profesional con los mis-mos intereses, al servicio de las comunidades de propieta-rios, que es una manera concreta de servir a la sociedad. b) Ante los usuarios y consumidores, el código esta-blece obligaciones precisas como las siguientes: perma-necer informado regularmente de las legislaciones vigen-tes, conocer las condiciones de los mercados y no aceptar ningún encargo que sobrepase su área de experiencia, sin perjuicio de facilitar la participación de un especialista de acuerdo con su mandante (artículo 1); proteger y pro-mover los intereses legítimos de sus mandantes, tratando equitativamente a todas las partes interesadas y respetan-do sus derechos (artículo 2 a); proteger a los consumido-res contra el fraude y eliminar las prácticas susceptibles de causar perjuicios a propietarios o terceros (artículo 2 b); considerarse sujeto al secreto profesional, al igual que los colaboradores (artículo 2c); justificar la capacitación profe-sional necesaria para el ejercicio de la profesión (artículo 2 d); ejercer la actividad con transparencia y con respeto a la Ley de Protección de Datos (artículo 2 e); transparencia en las modalidades de elección de proveedores y factu-ración de sus productos o servicios. Igualmente, se exige transparencia en ejercicio de actividades anexas o cone-xas, para evitar conflicto de intereses (artículo 2-4.º); infor-mar al mandante antes de encargar a su cuenta trabajos, suministros o prestaciones a un allegado o entidad en la que posea intereses (artículo 2-5.º); valorar adecuadamen-te el trabajo realizado, por encargo del cliente, e informar sobre los honorarios profesionales prestados, procediendo en su caso al desglose de las distintas actividades (artículo 2-10.º). Y también traza las siguientes abstenciones: abstener-se de comprometer gastos por cuenta del cliente sin su autorización, salvo que se trate de atender obligaciones legales como gastos urgentes (artículo 2-2.º); abstenerse de recibir comisiones, descuentos o beneficios por los gas-

tos comprometidos derivados de la cuenta del mandante, sin consentimiento previo de este (artículo 2-3.º). Realmente se podrían simplificar las obligaciones, de manera que puedan ser más comprensibles, fáciles de de-terminar y exigibles. En el Código CEPI están subsumidas en cuatro capítulos: a) conciencia profesional, b) discreción profesional, c) probidad, d) lealtad. Podría ser una buena manera de clasificar, añadiendo e) transparencia. c) La adaptación de los estatutos para incorporar las disposiciones sobre deontología, procedimiento dis-ciplinario y régimen sancionador del vigente Código Deontológico Es importante también que tengamos en cuenta la dis-posición adicional que condiciona la vigencia de las dispo-siciones de los capítulos segundo y tercero (régimen dis-ciplinario y procedimiento sancionador) a lo contenido en los estatutos generales de la profesión de administrador de fincas, una vez que su adaptación se haya aprobado y publicado debidamente en el Boletín Oficial del Estado. En la Jornada de Asesores Jurídicos y Directores de Comi-siones de Deontología y Disciplina del 9 de marzo de 2018, se nos explicó que todavía no se ha afrontado la adapta-ción de los Estatutos del Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas de España al Código Deonto-lógico en sus capítulos segundo y tercero. En este caso, podríamos decir que las cuestiones que corresponden al régimen disciplinario y al procedimiento sancionador toda-vía se rigen por lo dispuesto en los estatutos sin modificar. Me parece que se debería encomendar a la Subcomisión Deontológica la tarea de la actualización de los estatutos en este sentido. Y si es necesario, facilitar al menos tem-poralmente que la Comisión Estatutaria cuente con la Sub-comisión Deontológica para este trabajo. Por otra parte, en la jornada de Madrid pudimos recibir información so-bre los asuntos que mayormente se están ventilando en las comisiones disciplinarias de algunos colegios, y que se pueden contemplar en las diapositivas que se acompañan. No podemos seguir con una disparidad normativa en materia de deontología y disciplina, porque la profesión es la misma, y es preciso que realicemos el esfuerzo final por adaptar los estatutos al Código Deontológico. Y si hay artículos del código que nos parecen ambiguos, debemos hacerlos más nítidos. Y si faltan conductas que deban estar tipificadas en el Código Deontológico, debemos incluirlas. A veces podemos pensar que un código claro y exigente hace daño a los administradores de fincas. Esta afirmación es falsa, porque si las conductas punibles son sancionadas con justicia, debemos aplicarlas, y tener la certeza de que quien realmente hace daño a los administradores de fincas es aquel profesional que abusa de su posición, prevarica o actúa según intereses corruptos. Y un buen código que esté unificado y que disponga de una normativa sanciona-dora adecuada hará valer nuestra profesión y dignificará nuestras señas de identidad.

Francisco Arnaldos JiménezCoordinador de la Subcomisión Deontológica del Consejo

General de Colegios de Administradores de Fincas de España

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Hoy hablamos con un valenciano de l’Alcúdia referente del fútbol

español. Debutó con la selección en 1993 y fue convocado con Zubizarre-ta, Hierro, Guardiola, Caminero, Luis Enrique y el actual seleccionador na-cional Julen Lopetegui para el mun-dial de EE. UU. en 1994. Campeón de la Copa del Rey y de la Supercopa de España en 1995 con el Superdépor. Ha sido todo: jugador, delegado, entrenador, leyenda para la genera-ción de 1985, año en que debutó con el primer equipo del Valencia CF. Lo contemplan 8 temporadas y 288 par-tidos oficiales con la camiseta del Va-lencia CF, club del que es actual team manager del primer equipo. Hablamos con un hombre de club, respetado por todo el valencianismo: Salvador González Marco, para todos, Voro. P. ¡Qué cosas tiene el futbol! Ten-drá el corazón partido. Por un lado, la gran temporada del Valencia CF, pero por otro, el descenso del Deportivo de La Coruña. ¿Cómo ha vivido am-bas situaciones? R. Por supuesto, la que más me importa es la del Valencia CF, que hemos hecho un año fantástico. Era necesario para el club estar en Cham-pions otra vez. Sobre todo, después

de venir de dos temporadas muy ma-las, donde era necesario dar un cam-bio radical. Al final se han puesto los cimientos para conseguir esto. Esta-mos en el bueno camino, aunque hay que seguir mejorando y no bajar de esa posición de estar en Champions. Que por otro lado es muy difícil por-que hay equipos que aspiran a ello como Villarreal, Sevilla, Atlético de Madrid..., y Real Madrid y Barça que son fijos. P. El valencianismo sueña con este Valencia CF de Champions y de gran-des fichajes... R- La temporada ha sido excelen-te. Desde el primer momento el equi-po ha sabido lo que tenía que hacer en el campo. Han sido un gran acierto

la contratación de Marcelino, su cuer-po técnico y los fichajes. Mateo Alemany ha sido una per-sona muy importante porque tras in-corporarse al club en un momento di-fícil, ha acertado en la gestión. Es una comunión de todas las cosas. P. Ha tenido la tentación de tomar las riendas de un equipo en primera división y dejar los despachos R. No, porque desde que dimite Prandelli, yo defino con el club mi si-tuación. Yo, que he estado, desgracia-damente, otras cuatro veces pasando de mi puesto de trabajo a entrenador. En esta ocasión fue diferente porque eran 5 meses por delante con una situación complicadísima a nivel de club, de clasificación, de rendimiento, tensión de los aficionados... Nunca he abierto la puerta a una posible oferta porque tampoco la contemplaba. Mi cabeza estaba aquí intentando ayudar por la mala situación, y al final de for-ma holgada se pudo conseguir. P. ¿Qué se siente más: futbolista, entrenador, delegado o gestor como hace ahora? R. Yo soy una persona que me adapto muy bien y que me gusta el futbol, y sé respetar en cada momen-to el puesto donde estoy. Me gusta estar en el equipo de toda mi vida, de

ACTUALIDAD

CONOCEMOS A... SALVADOR GONZÁLEZ, VORO

«Si como vecino no te preocupas durante el año de nada, tienes

que confiar en la gente»

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mi tierra, y soy feliz viniendo a traba-jar. P. Como hombre de la casa, le ha tocado apagar muchos fuegos, inclui-do evitar el descenso de la tempora-da pasada. R. Para mí lo peor que había era la crispación por la clasificación de las dos temporadas pasadas. A mí me to-caba dar la cara como cabeza visible en las ruedas de prensa. Fue una si-tuación complicada, pero va todo en el pack. P. Usted es presidente de su co-munidad de vecinos en Valencia. ¿Es más fácil que dirigir a un equipo de fútbol? ¿Cómo le va de presidente de su edificio? R. Soy presidente de una comuni-dad muy pequeña de 6 vecinos muy bien avenidos, con cuatro llamadas nos ponemos de acuerdo enseguida. También fui presidente en los aparta-mentos de la playa en una comunidad mucho más grande en un momento en el que había dejado el fútbol y te-nía tiempo. Teníamos que cambiar la piscina, la zona común porque resba-laba y había filtraciones. En definitiva, obras importantes donde hay que buscar un consenso. Acabé bastante desilusionado porque la gente tiene su opinión y a veces se habla sin co-nocimiento. Yo soy una persona muy transparente. Digo una cosa hoy y dentro de 10 años te digo lo mismo porque es la verdad. No me voy in-ventando cosas. Yo tengo una forma

de ser y me afecta que puedan criticar sin tener conocimiento de causa. Lo hecho está ahí, y tengo algún sinsa-bor, pero entiendo que quien va solo 15 días en verano y no conoce el fun-cionamiento dé su opinión y a veces de una forma… Es una experiencia más en la vida. P. ¿Cuál es el problema más im-portante con el que le ha tocado lidiar en una comunidad?, ¿tiene alguna anécdota? R. En la playa es donde más pro-blemas tuvimos. Son muchos portales y cada uno tenía su presidente. Eso era como la junta directiva y tenías

que gestionar durante el invierno todo para preparar el verano. Yo re-cuerdo que las muestras del suelo del pavimento las metía en mi coche e iba a visitar a los que estaban trabajando, ya que necesitaba el cuórum de mu-chos. Como el tobogán de la piscina y la escalera, que los llevaba con mi coche a reparar antes de comprar uno nuevo. Si yo me pongo en su lugar, la gente puede pensar «este Voro, fut-bolista, y me trae en su coche lleno de polvo las muestras». Pues bueno, yo soy así, no hay ningún interés, y al fi-nal todos sabemos que las comunida-des son complicadas. Ante eso, total trasparencia, mucho trabajo, y si has dicho que vas, vas y no te tiras atrás. P. La convivencia es difícil en ge-neral. Lo importante es contar con un administrador de fincas colegiado. R. Los administradores colegiados que tenemos son de toda la vida. Lle-vo más de 20 años tanto con Pepe Sa-les en la playa del Perelló, como con José Antonio Cambralla en Valencia. Mi filosofía con los administradores es de total confianza porque, al fin y al cabo, me demuestran su capacidad y que se puede confiar en ellos. P. ¿No prefiere vivir en un chalet sin vecinos? R. Mi día a día lo paso en mi pue-blo, en l’Alcudia, en una casa de plan-ta baja. Vivo muy a gusto.

Amadeo García

«En la reunión típica de

verano en los apartamentos, se exige todo, y

cuando se cierra la persiana, te

olvidas y solo te acuerdas cuando

vuelves el próximo verano»

ACTUALIDAD

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LUCENTUM

‘AFILAR LA SIERRA’,LA FORMACIÓN POR DELANTEDe la mano nuevamente de Minuesa, se abordó, desde el

punto de vista de la programación neurolingüística, el espinoso problema para el administrador de fincas relativo a la buena gestión de las quejas de los vecinos en nuestros despachos. Así, tuvo lugar el pasado 19 de febrero, con el título La comunicación eficaz entre el administrador y vecinos (5.ª parte). La gestión de quejas, el taller práctico de cómo recibir a los vecinos problemáticos y darles la oportuna res-puesta, manejando las técnicas que nos brinda la programa-ción neurolingüística. Begalvi Abogados, asesores especializados en materia de protección de datos y colaboradores del Colegio, plan-tearon técnicamente el nuevo panorama normativo puesto en vigor el 25 de mayo sobre la protección de datos. La jor-nada informativa El Reglamento Europeo de Protección de Datos tuvo lugar el 6 de marzo. El 27 de abril de 2016 se promulgó el Reglamento Eu-ropeo de Protección de Datos. Por primera vez, todos los países de la Unión Europea cuentan con un mismo marco ju-rídico cuya finalidad principal es reforzar el derecho a la inti-midad de sus ciudadanos. Las comunidades de propietarios, como responsables de tratamiento de datos, quedan dentro del ámbito de aplicación del reglamento, y deben adaptarse a la normativa en cuestión. Algunos de los aspectos que se trataron fueron los siguientes: el registro de las actividades de tratamiento; la figura del delegado de protección de da-tos; contratos de tratamiento de datos; violaciones de segu-ridad de los datos; comunicación a la Agencia de Protección de Datos y notificaciones a los afectados; protección de da-tos desde el diseño; elaboración de medidas de seguridad; herramientas informáticas para acreditar el cumplimiento del reglamento...

El objetivo final de esta jornada fue exponer cómo afecta la nueva normativa al ejercicio de nuestra profesión y cómo podemos adaptarnos a la misma, evitando la imposición de gravosas sanciones. Por su parte, Altatec Seguridad, empresa colaboradora del Colegio, patrocinó el día 16 de marzo la genial jornada Innovatime, productividad innovadora para administradores de fincas. En el taller de gestión del tiempo, de forma diná-mica, activa y divertida, se trató de implementar, a través de herramientas de innovación, de manera ágil y práctica ocho estrategias para mejorar el rendimiento diario del despacho. Se aplicaron e implementaron las técnicas de gestión eficaz de Steve Covey: proactividad, trabajo por objetivos, prioriza-ción y modelo ganar-ganar, como máxima en la gestión de los asuntos con terceros. Fundamental herramienta es la apli-cación de las máximas «El mapa no es el territorio» y «Avan-zar comprendiendo para ser comprendido», utilizando las sinergias que pueden dar el trabajo conjunto, sin descuidar afilar la sierra para aplicar la mayor profesionalidad posible en nuestro trabajo.

Augusto F. Soler CortésAdministrador de fincas colegiado

Begalvi AbogadosMinuesa

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LUCENTUM

II JORNADAS DE PÁDEL DEL COLEGIO DE ADMINISTRADORES DE FINCAS DE ALICANTE

El pasado 2 de junio, celebramos las II Jornadas de Pádel del Colegio de Administradores de Fincas de Alicante,

patrocinadas por la empresa comercializadora de luz Watium. De nuevo reunimos un buen grupo de administradores de fincas colegiados que, junto a sus familias, pasaron una agradable jornada lúdico-deportiva en el Club de Campo de Mutxamel (Alicante). Además, en esta ocasión acudieron par-ticipantes de los colegios de Valencia y Albacete, que fueron invitados por el de Alicante. Todos los participantes fueron obsequiados con camise-tas ofrecidas por nuestro patrocinador, Watium. Al finalizar los partidos, M.ª del Mar Rodríguez, presi-denta en funciones del Colegio, y José Carlos Aguilar, direc-tor de Marketing de Watium, hicieron entrega de los trofeos y premios a las dos parejas que disputaron la final del torneo.

Sergio Candela Savall y Manuel Manzanaro Arinero fue-ron los campeones de esta magnífica jornada. Jugadores y acompañantes degustaron al final de la jor-nada el catering ofrecido por la Sección de Pádel del Club de Campo. Desde estas líneas, el Colegio quiere agradecer a todos los participantes; a los que no pudieron asistir, pero querían; a los que acudieron a animar y acompañar; y a los que no se han apuntado y esperamos el año próximo su interés, porque este tipo de actividades hacen colegio, ayudan a conocernos como personas y a respetarnos en la profesión. Gracias a todos, y hasta el año que viene.

M.ª Amparo Carretero LlinAdministradora de fincas colegiada

Pareja ganadora, junto a Amparo Carretero, organizadora del torneo

Participantes

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HISTORIA Y PENSAMIENTOS SOBRE LA UNIÓN DE COLEGIOS PROFESIONALES DE ALICANTE (UPA)El transcurso de los años nos permi-

te a los profesionales que hemos tenido la suerte de ostentar cargos de representación colegial que seguimos en activo volver a pensar en muchas de las decisiones, iniciativas o actuaciones adoptadas durante nuestros mandatos y en cómo el tiempo posterior y el de-sarrollo de aquellas actividades han ser-vido para fijar las bases y fines que nos llevaron a participar en su gestión, en su planteamiento, en su formulación y, en general, en su funcionamiento. Si además de ello, las propias Instituciones llevan a cabo actos con-memorativos de tales circunstancias e invitan a quienes fuimos parte activa de aquella gestación a participar en ellos, hacen que nos sintamos agradecidos. Y parece apropiado que escriba-mos unas líneas sobre tales eventos, sobre su funcionamiento posterior y las incidencias previas a su constitución; sobre su realidad social y política a día de hoy, desde la perspectiva histórica de quienes participamos. Simplemente como recuerdo propio. Sin pretender dogmatizar ni creernos en posesión de una verdad absoluta que, en mi opinión no existe, ni de la que, en cualquier caso, seriamos titulares. Simple y llana-mente, tratando de narrar su recuerdo, que creemos debe ser conocido por mu-chos profesionales, por la propia socie-dad de la que formamos parte e incluso

por quienes nos gobiernan en nuestros respectivos campos de actuación. Decir hoy que la UPA agrupa a colegios y asociaciones de nuestro ám-bito provincial puede resultar del pro-pio conocimiento profesional en el que nos movemos o, sin más, de la página web de la UPA y de sus miembros. Lo que ya es menos conocido es que allá por el año 1988, el movimiento social y político que teníamos en España como consecuencia de nuestra Cons-titución de 1978 era un movimiento de reestructuración política y social, que, por vía del pacto, alumbraba un sistema mixto entre federalismo, res-peto a derechos históricos (fueros) y modernización de nuestra estructura política como Estado, que era preciso desarrollar por los caminos que señala-ba nuestra Constitución. Entre otros, la Carta Magna se refería al respeto a los colegios profesionales como órganos sometidos a principios democráticos de buena designación y elección, para cu-yas funciones les confirmó su naturaleza de personas jurídicas de derecho públi-co, con delegación en ellos de faculta-des relativas en materia de formación, deontología, profesionales o función social de atención a sus colegiados y al ciudadano, sometidos todos sus actos a un sistema interno de control y a una posible revisión a través de la jurisdic-ción contencioso administrativa.

Hubo en aquel entonces una serie de colegios que asumieron el trabajo, nada fácil, de convencer a las admi-nistraciones comunitarias de que el sistema y su desarrollo requerían de la necesidad de creación de instituciones de ámbito provincial que, en sus com-petencias, constituyeran y pusieran en funcionamiento la que conocemos como Unión de Colegios Profesionales de Alicante (UPA). Al igual que en sus comienzos, la UPA y, a través de ella, los colegios que la forman como es el de administra-dores de fincas de Alicante, continúan trabajando para coordinar actuaciones en temas de interés común a los cole-gios, dando una especial importancia a la promoción de la actualización y for-mación continua de sus colegiados, lo que repercute en un mejor servicio a la ciudadanía. Echando la vista atrás, no me que-da más que felicitar a todas aquellas personas que durante estos veinticinco años de funcionamiento han trabajado por los intereses de esta asociación, que no son más que el interés común de las profesiones que la integran.

Luis Delgado de MolinaAsesor Jurídico del Colegio de

Administradores de Fincas de AlicanteDecano emérito del Ilustre Colegio de

Abogados de Alicante

LUCENTUM

Luis Delgado de Molina, uno de los fundadores de la UPA, junto a la presidenta en funciones del Colegio de Administradores de Fincas de Alicante, María del Mar Rodríguez, y el decano del Colegio de Abogados de Alicante, Fernando Candela

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CHARLAS FORMATIVASFormación continuada del mediador

Aspectos prácticos para la aplicación del Reglamento Europeo de Protección de Datos

Hace un año que el Colegio de Administradores de Fincas de Alicante impartió el primer Curso de Mediación Civil, Mer-cantil e Inmobiliaria, y desde entonces, el Instituto de Mediación, dirigido por Tomás Díez, impulsa su labor como entidad

formadora para organizar programas que promuevan la formación continuada y el reciclaje de todos los administradores de fincas mediadores, conforme está previsto en el art. 6 del R. D. 980/2013. En ese sentido, el pasado 24 de mayo se celebró en sede colegial un taller práctico de role playing centrado en el análisis práctico de las habilidades y técnicas mediadoras en una mediación vecinal. La clase fue impartida por Lydia Esteve González, profesora universitaria, directora de cursos de formación y experta mediadora de reconocido prestigio en EE. UU. Además, contamos con la colaboración de Miguel Ángel Martínez Martínez, mediado,r y el director del Instituto de Mediación, Tomás Diez.

Como continuación de la charla del pasado día 6 de marzo, y dado el interés suscitado por los compañeros en conocer los cambios que suponía la entrada en vigor del Reglamento Europeo de Protección de datos, el día 7 de junio se celebró

otra formación centrada en los aspectos prácticos de su aplicación. El contenido fue eminentemente práctico, y se expusieron muchas preguntas directamente relacionadas con el papel del administrador de fincas, y cómo afecta a la protección de datos que hasta ahora llevábamos en nuestros despachos y comunidades. La charla fue impartida por Germán Corredor Sáez, de Lecce Consultores, además de administrador de fincas colegiado. Está a vuestra disposición en la web del Colegio.

María del Mar RodríguezPresidenta en funciones del Colegio de Administradores de Fincas de Alicante

Germán CorredorCharla

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El primer programa de apoyo gratuito para administradores de fincas diseñado por Grupo Hereda

Según un estudio realizado por Grupo Hereda, primera empresa espa-ñola especializada en búsqueda y locali-zación de herederos, en España existen más de 1,5 millones de viviendas vacías o abandonadas, y en muchos casos se debe a que sus propietarios fallecieron sin dejar testamento, o aún dejándolo, se desconoce el paradero de los here-deros.

Esto puede ser un motivo de tensión dentro de una comunidad de vecinos, ya que tener un inmueble sin propietario durante años puede traer consigo problemas de morosidad en las cuotas de la comunidad, ocupación indebida y problemas de salubridad, entre otros.

El administrador de fincas es uno de los principales afectados por este problema, que ante el desconocimien-to de herederos se ve obligado a acudir a la vía judicial en representación de su comunidad, entrando en un proceso largo, tedioso, y sin muchas garantías.

«En España existen más de 1,5 millones de

viviendas abandonadas» Ante esta situación de vacío legal, Grupo Hereda diseñó el primer Progra-ma de Apoyo Gratuito para Adminis-tradores de Fincas y Comunidades de Propietarios afectados con viviendas abandonadas por fallecimiento del titu-lar. El objetivo del Programa de Grupo Hereda es poner sus servicios de ge-nealogía sucesoria a disposición de los administradores de fincas para buscar y localizar a los herederos del inmueble en cuestión, sin que suponga un desem-bolso de dinero ni para el administrador ni para su comunidad, y por supuesto, evitar así, largos procesos judiciales.

«Tener un inmueble abandonado por

defunción del propietario puede traer consigo problemas de

morosidad en las cuotas de la comunidad»

Uno de los puntos fuertes del Pro-grama es la gestión del cobro de las deudas del inmueble vacío frente a la comunidad. Una vez encontrados los herederos, Grupo Hereda se compro-mete a gestionar el pago de las deudas durante la tramitación de la herencia y con esta misma, de tal forma que el he-redero recibe el inmueble heredado sin deudas y la comunidad ve amortizadas las mismas.

Grupo Hereda cuenta hoy con más de 20 años de experiencia en ge-nealogía sucesoria y tramitación de herencias. Durante su trayectoria ha en-contrado a más de 2.000 herederos por todo el mundo y ha apoyado a más de 200 administradores de fincas. Todo el trabajo de investigación genealógica es llevado a cabo por un gran equipo mul-tidisciplinar: abogados, genealogistas y detectives, además de contar con una base de datos que les ayuda fructífera-mente en la labor.

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búsqueda y localización de herederos»

ENTREVISTA:Pedro Fernández, CEO y fundador de Grupo Hereda

«Hay administradores de fincas a los que les hemos dado la noticia del heredero encontrado en solo 15 días» Buscar y encontrar herederos de viviendas vacías es el principal objeti-vo de Pedro Fernández y de su equipo para apoyar a los administradores de fincas. Con más de 20 años en el sector, concluye que es más rentable encontrar a los herederos que iniciar un proceso judicial frente a viviendas sin herederos a la vista.

¿Cuánto pueden tardar en encon-trar a un heredero? La investigación tarda en función de la complejidad del caso y de la ubi-cación de los herederos. Si están en Es-paña, hemos llegado a dar la noticia del heredero encontrado en solo 15 días, y si están fuera, entre 4 y 8 meses.

¿El Programa es de verdad gratuito? Sí. Nuestros clientes finales serán los herederos encontrados.

¿Y si alguna comunidad ya ha ini-ciado un proceso judicial? No hay problema, trabajamos en paralelo. Además, así ayudamos al abo-gado que esté llevando el caso.

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VALENTIAJORNADA DIVULGATIVA SOBRE EL ARBITRAJE INMOBILIARIO

El 18 de mayo tuvo lugar en la sede de Va-lencia del Colegio una jornada de divulga-

ción del arbitraje organizada por la Comisión de Arbitraje, siendo el objetivo de la misma acercar esta institución a todos los colegia-dos para resolver los conflictos en las comu-

nidades de propietarios y entre arrendado-res y arrendatarios, que presenta numerosas

ventajas frente a la vía judicial. El arbitraje es un medio de resolución de conflictos entre dos o más partes, que se tramita ante un tercero independiente (árbitro) que, tras cumplir una serie de trámites o procedimientos, llega a dictar una resolución (laudo), que es ejecutiva en caso de incumplimiento, igual que si fuera una sentencia. El Colegio de Administradores de Fincas de Valencia-Castellón tiene un Tribunal de Arbitraje Inmobiliario (TAI), compuesto por unos árbitros formados especialmente para dicho cometido, sien-do todos ellos administradores de fincas colegiados, y que se ocupa de todos los asuntos relacionados con la propiedad horizontal y arrendamientos urbanos. La jornada tuvo un enfoque eminentemente práctico, ya que la exposición de todo su contenido se realizó por me-dio de un role play o representación de un caso basado en un supuesto real, a través del cual se explicó paso a paso en qué consiste el arbitraje ante el Tribunal de Arbitraje Inmobi-liario, los tipos de arbitraje. También se analizaron las carac-terísticas del mismo como medio de resolución de conflictos, sus requisitos, y efectos. Todos los miembros de la Comisión participaron en la puesta en escena del caso práctico real, representando cada uno de ellos a las partes y a los terceros

implicados en el supuesto, contando, además, con la partici-pación activa de los asistentes a la jornada, para aclarar todos los aspectos relacionados con la institución que iban surgien-do con las diferentes intervenciones. Las conclusiones de la jornada han sido que el arbitraje tiene valiosas ventajas frente a la vía judicial para resolver los conflictos que surgen en las comunidades de propietarios o entre arrendador y arrendatario. Ventajas por su bajo coste económico en relación a la tramitación judicial —no exige la intervención de abogado y procurador—; por la proximidad del árbitro a las partes que intervienen en el arbitraje; por la flexibilidad del procedimiento; por su brevedad en el plazo para obtener una resolución —desde un mes si es el proce-dimiento simplificado, a un máximo de siete meses cuando sea procedimiento ordinario—; y porque la resolución que se dicta (laudo) es ejecutiva ante los tribunales de justicia al igual que una sentencia. Por lo que, en resumen, se aconseja a los administradores de fincas proponer a sus administrados el arbitraje en el TAI como medio idóneo para resolver los conflictos que surgen entre ellos.

Sebastián Cucala CrespoPresidente del Tribunal de Arbitraje Inmobiliario

En pleno role play

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‘EL MANTENIMIENTO DEL EDIFICIO Y SU GESTIÓN: FACTORES TÉCNICOS Y HUMANOS’

Con cerca de 100.000 edificios con antigüedad superior a los 50 años, las comunidades de propietarios de la Co-

munitat Valenciana deben efectuar diferentes acciones que eviten su degradación. Entre ellas, deben encargar la realiza-ción del obligatorio Informe de Evaluación del Edificio (IEE), que determinará su estado y seguridad de uso, así como las actuaciones prioritarias a efectuar en el mismo. Aparejadores y arquitectos son los técnicos competentes para efectuarlo. Así lo expuso la directora general de Vivienda, Rehabi-litación y Regeneración Urbana, Rebeca Torró, que abrió la jornada en el Ateneo Mercantil de Valencia, destacando la importancia del IEE como instrumento eficaz para el mante-nimiento preventivo y la conservación del inmueble. Por ello, para la Conselleria, «es un importante objetivo fomentar la implantación del IEE a través de la regulación e incentivo». En este sentido, la Generalitat ha completado la línea de ayu-das para la realización de los IEE establecidos por los últimos planes estatales de la vivienda. Sin embargo, Torró lamentó que el borrador del Plan estatal de la Vivienda 2018-2021 elimine esta línea de ayudas. No obstante, ha anunciado que la Generalitat ha consignado una partida presupuestaria que establece su propia línea de ayudas al respecto. La directora

general anuncio la próxima publicación del Decreto del Infor-me de Evaluación del Edificio IEE-CV. Pero, además, en los edificios es determinante la revi-sión y mantenimiento de la instalación eléctrica, el correcto funcionamiento de los ascensores o del sistema antiincendios de los edificios, que también deben ser objeto de revisiones obligatorias a cargo de ingenieros técnicos industriales. Estas son las principales claves para un correcto mante-nimiento de un parque de viviendas en el que tan solo el 8 % de los edificios obligados ha pasado los que puede denomi-narse la ITV del inmueble: el IEE. Tres colegios profesionales aportan las claves para el co-rrecto mantenimiento de los edificios Así se expuso en la jornada El mantenimiento del edi-ficio y su gestión: factores técnicos y humanos, con un salón de actos repleto, organizada por el Colegio Oficial de Apare-jadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de Valencia (CAATIE Valencia); el Colegio de Administradores de Fincas de Valencia-Castellón; y el Colegio Oficial de Inge-nieros Técnicos Industriales y de Grado de Valencia (COGITI), con el patrocinio de Grupo Hereda.

Aforo completo en la jornada

Mesa presidencial

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VALENTIAVALENTIA

SANTO DOMINGO DE LA CALZADA, PATRÓN DE LOS ADMINISTRADORES DE FINCAS

El 11 de mayo el Colegio abrió sus puertas a todos sus colegiados y proveedores. Celebrábamos el día de nuestro patrón, Santo Domingo de La Calzada. Un momento para salir del despacho y disfrutar entre amigos y compañeros del Colegio

del buen ambiente Como ya es tradición, a las 13.00 tuvo lugar la misa en honor al Santo Patrón en la Iglesia de San Esteban. Allí celebramos una emotiva eucaristía en la que ofrecimos al Santo un centro de flores, el pan y el vino, así como la insignia corporativa. Una vez terminada la misa, el Colegio comenzó a llenarse de colegiados. El objetivo era preparar las paellas, all i pebre, embutidos y un sinfín de manjares que degustaron hasta bien entrada la tarde. Gran ambiente y muchos compañeros junto a la mesa. Una jornada entrañable de confraternidad, totalmente afianzada entre la profesión. La visita cada año al Colegio es de obligado cumplimiento para todos.

Celebración de la eucaristía

La tradicional paella y el all i pebre

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CAFÉ DE BARRIO

Ponentes

VALENTIA

Desde hace unos meses, la sede del Colegio de Admi-nistradores de Fincas de Valencia-Castellón acoge unas

jornadas de trabajo, Café de Barrio, entre los colegiados de los distintos distritos postales de la ciudad de Valencia. Los Café de Barrio dan la oportunidad a los colegiados de reunirse en un ambiente más distendido y cercano, para tratar temas de actualidad en nuestra profesión, como son los apartamentos turísticos, ocupaciones ilegales de viviendas, relación telemática con la administración... Todo ello apoya-

do por profesionales del derecho, Fuerzas de Seguridad del Estado, representantes de las administraciones públicas... Agradecemos la gran acogida y participación que los colegiados nos han brindado en los dos eventos celebrados hasta la fecha. Desde la Comisión de Atención Colegial os invitamos a acompañarnos y disfrutar de una jornada de información y compañerismo, tan importante en nuestra profesión.

Primer Café de Barrio

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III TORNEO DE PÁDEL DEL COLEGIO DE ADMINISTRADORES DE FINCAS DE VALENCIA-CASTELLÓN

VALENTIAVALENTIA

El pasado 25 de mayo se disputó el III Torneo de Pádel del Colegio de Administradores de Fincas de Valencia-Cas-

tellón en el complejo deportivo municipal Suma de Alfafar. Gran nivel este año de las 36 parejas de administradores que jugaron y se divirtieron en las 9 pistas habilitadas. Ade-más, en los descansos pudieron hidratarse con fruta, agua y bebidas isotónicas. Al finalizar, y durante las dos finales de categoría A y B, se pudo disfrutar del excepcional catering preparado por el restaurante La Taberna. Gracias a Gallego Telecomunicaciones como siempre por su apoyo, al patroci-nio de Schindler, Fermax, Wattium, Grupo Lae, Caixa Popu-lar, Fagor y Orona Elevadores. Todo un éxito de participantes, entre los que se encon-traba el mítico jugador y capitán del Valencia Basket, Víctor Luengo. Tras 26 años ligado al club, ahora gestiona como director de Marketing la entidad taronja. Todos esperamos con ganas la cuarta edición.

Participantes

Campeones

Víctor Luengo, director de Marketing del Valencia

Basket y excapitán del equipo taronjaCampeones Categoría B

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CASTILLION

FORMACIÓN EN CASTELLÓN

El pasado 11 de abril se llevó a cabo un foro en el Colegio, en su sede

de Castellón, La responsabilidad de los bajos comerciales. En él, Remedios Ba-rona explica, informa y pone en común los distintos puntos de vista sobre las obligaciones que afectan a estos in-muebles, dentro de la comunidad de propietarios, para participar en los gas-tos comunes del edificio. Además, se da cuenta de las últimas sentencias judi-ciales que afectan a los bajos comercia-les. También se comentan, de manera especial y contando con las experien-cias de los compañeros, las sentencias donde limitan las obligaciones de los

locales comerciales cuando se trata de renovar las instalaciones de ascensores o, con un tratamiento diferente, instalar un ascensor ex novo. También el 24 de marzo se impar-tió la jornada La transformación digital. En ella, José Luis Coloma, de la em-presa Sislei, nos recordó el momento digital en que nos encontramos y que, día a día, las redes y la digitalización au-mentan su presencia en nuestras vidas, alcanzando a un mayor número de per-sonas de una forma incesante. Los certificados digitales, nuestra presencia en Internet, la web, las redes sociales... son herramientas que ya for-

man parte de nuestros despachos y que deben redundar en un mejor servicio hacia nuestros administrados. Y o esta-mos en las redes o seremos casi trans-parentes. Si hoy buscamos en Google un restaurante para ir a cenar, también buscaremos un nuevo administrador en las redes. Y ahí, el servicio que ofreces y la forma de presentarte resultan ser fundamentales. Una de las claves que resultó del curso fue: «Al final, o eres diferente o eres barato».

Joaquín García LombardAdministrador de fincas colegiado

La digitalización es necesariaDebatiendo sobre los bajos comerciales

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ASESORÍA JURÍDICA

En los últimos tiem-pos ha prolifera-

do el fenómeno de la ocupación ilegal de vi-

viendas, que no solo per-judica al propietario de estas,

sino que, con mucha frecuencia, gene-ra conflictos, molestias y problemas al resto de moradores del inmueble: de-fraudación de fluidos, conexiones irre-gulares a suministros, deficientes con-diciones higiénicas, daños a elementos comunes...I. POSIBLES RESPUESTAS ANTE LA OCUPACIÓN ILEGAL Son varias las posibles respuestas que puede plantearse un propietario ante esta situación:A. La recuperación expeditiva sin re-currir al auxilio de la autoridad Una tentación muy entendible del propietario afectado por una ocupa-ción ilegal es intentar recuperar la vi-vienda de forma expeditiva sin recurrir al auxilio de autoridad alguna (policial o judicial). Esta decisión puede acarrear al propie-tario serios problemas, sobre todo si se considera que ha transcurrido el tiem-po suficiente para que el okupa haya convertido la vivienda en su morada. Y son pocas horas las que deben transcu-rrir para que los tribunales consideren que la vivienda ocupada ha pasado a ser la morada del okupa. Mientras que el ocupante ilegal puede ser castigado por un delito de usurpación en torno a los 200 euros de multa, que generalmente no pagará, el propietario que consigue por la fuerza recuperar su vivienda ocupada puede ser condenado por de un delito de alla-namiento de morada del artículo 202 del Código Penal a una pena de prisión de 1 a 4 años y multa de 6 a 12 meses. Por ello habrá que pensárselo dos veces antes de recurrir a este método expeditivo y, sobre todo, ningún profe-sional puede recomendarlo a su cliente.B. La recuperación policial Cuando la ocupación acaba de

producirse, nos encontramos ante un delito flagrante y, en teoría, la policía podría acceder a la vivienda y desalojar a los ocupantes devolviendo la vivienda su propietario, sin perjuicio de pasar las diligencias al Juzgado. Pero, por flagrante que sea, en la práctica es excepcional que la policía se arriesgue a adoptar esa medida. C. Opciones en el ámbito judicial pe-nal La ocupación ilegal puede ser constitutiva de distintos tipos delicti-vos:

a) Un delito de allanamiento de mo-rada del artículo 202 del Código Penal, si la vivienda es la residen-cia habitual del legítimo poseedor (propietario, arrendatario o cual-quier otra persona con título sufi-ciente).

b) Un delito de usurpación violenta del artículo 245, número 1, que castiga con prisión de uno a dos años al que «con violencia o inti-midación en las personas ocupare una cosa inmueble o usurpare un derecho real inmobiliario de perte-nencia ajena».

c) Lo más frecuente es que este tipo de ocupaciones ilegales, cuando se considera delictivo —lo que no siempre sucede—, sean penadas como delito leve de usurpación del artículo 245-2, que castiga con pena de multa de 3 a 6 meses.

Pero los tribunales penales, aparte de absolver al okupa cuando conside-ran que concurre la eximente de esta-do de necesidad, son en muchos casos reacios a aplicar el Código Penal a los supuestos de ocupación cuando esta no se produce con voluntad de perma-nencia sino solo para pernoctar o por corto espacio de tiempo, ya que consi-deran que en estos casos no se lesiona el interés jurídico que el tipo delictivo trata de proteger, cual es la perturba-ción de la posesión. También se invoca el «carácter excepcional de la protección penal», y

tampoco se aplica el tipo penal cuando se trate de fincas abandonadas. Medidas cautelares El problema de cualquier propie-tario que pretende recuperar su vivien-da es el tiempo que tarda en resolverse definitivamente un procedimiento pe-nal y que, hasta que no concluye con condena, el tribunal no acuerda el des-alojo de los ocupantes ilegales. Los juzgados tienen la facultad de acordar el inmediato desalojo, aun sin haber concluido el procedimien-to, adoptando nada más producirse la denuncia las llamadas «primeras dili-gencias» previstas en el artículo 13 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal o, en general, adoptando medidas cautelares que pueden ser solicitadas en cualquier momento del proceso. Sin embargo, en la práctica cons-tatamos que no es frecuente la adop-ción de tales medidas, por lo que habi-tualmente el propietario ha de esperar a la conclusión del procedimiento para recuperar la posesión.D. Opciones en el ámbito judicial civil Dentro de la vía civil existen varias opciones, todas ellas con inconvenien-tes comunes, como son la identifica-ción de los ocupantes que han de ser demandados y que con frecuencia se desconocen, el coste económico del proceso o el tiempo que tardará en re-solverse el litigio, pero, además, cada una de ellas tiene sus particulares in-convenientes. Esa dificultad de identificar a los ocupantes ha sido salvada por muchas resoluciones judiciales que aceptan la demanda contra los «ocupantes desco-nocidos», y que deberán ser identifica-dos en el curso del procedimiento. Resumimos las distintas vías para solici-tar el desalojo en el ámbito civil:

a) El desahucio por precario del 250-1-2.º de la Ley de Enjuiciamien-to Civil (LEC). No es claro que la ocupación ilegal sea encuadrable en la figura del «precario», ya que presupone el inicial consentimiento

EL LANZAMIENTO DE OKUPAS El problema de la ocupación ilegal

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del propietario en la cesión de la vivienda. Al okupa nunca le habrá «cedido» la posesión el propieta-rio; más bien se la habrá tomado por su cuenta. Sin embargo, está muy consolidada la posición juris-prudencial que admite el desahu-cio por precario para estas situacio-nes.

b) El juicio verbal que pretende la tu-tela sumaria de la posesión de una cosa o derecho por quien haya sido despojado de ellas o perturbado en su disfrute (art. 250.1.4.º LEC). Es el llamado «interdicto poseso-rio». Tiene el inconveniente del plazo de caducidad de un año.

c) El juicio verbal para la efectividad de los derechos reales inscritos (art. 250.1.7.º LEC). Para poder entablar este procedimiento, la vi-vienda deberá aparecer inscrita en el Registro de la Propiedad a nom-bre del actor.

e) El procedimiento declarativo. Es la vía cuando no cabe ninguna de las anteriores. El principal inconve-niente es la mayor duración y coste del procedimiento.

En todos los casos, el propietario se verá privado de su vivienda mientras se resuelve el pleito, salvo que solicite medidas cautelares y el Juzgado acce-da a concederlas, cosa que no ocurrirá con frecuencia por cuanto, en principio, las medidas cautelares no están para adelantar el resultado del pleito, sino para garantizar que la resolución que se dicte pueda ejecutarse.II. LA MODIFICACION DE LA LEC EN RELACION A LA OCUPACIÓN ILE-GAL DE VIVIENDAS Por su actualidad en relación con la ocupación ilegal de viviendas, es preciso referirse a la Ley 5/2018 de 11

de junio, que modifica la LEC, y que ha sido publicada en el BOE del 12 de ju-nio y, por tanto, entrará en vigor el 2 de julio de 2018.Esta de ley diseña un procedimiento teóricamente muy rápido para que el propietario pueda recuperar la pose-sión de un inmueble ocupado, aunque, como veremos, solo resolverá una mí-nima parte de las ocupaciones ilegales. Resumimos las características de esta reforma:

a) ¿Quién puede entablar este pro-cedimiento? No todas las ocupa-ciones podrán ser perseguidas por esta vía. Es más, la inmensa mayo-ría van a quedar fuera, ya que solo pueden iniciar instar este procedi-miento (art. 250-4):

- Los propietarios personas físi-cas (no las sociedades)

- Entidades sin ánimo de lucro- Entidades públicas propieta-

rias o poseedoras de vivienda social

En mi opinión, es un error dejar fuera de esta protección a las so-ciedades y, entre ellas, los bancos que son los principales okupados. La ocupación de viviendas de enti-dades financieras causa frecuente-mente un enorme perjuicio al resto de ocupantes legítimos del inmue-ble, que deben soportar las mo-lestias derivadas de esa ocupación ilegal y que no van a poder forzar a la entidad propietaria a que de forma rápida inste el desalojo.

b) ¿A quién hay que demandar? La reforma añade un número 3-bis al artículo 437 de la LEC, que permi-te dirigir la demanda contra «des-conocidos ocupantes» y un nuevo apartado 1-bis al artículo 441, que establece que la notificación de la

demanda se hará «a quien se en-cuentre habitando aquella» y a los «ignorados ocupantes».

c) Trámite. El procedimiento se inicia por demanda de juicio verbal (437) que deberá estar suscrita por abo-gado y procurador. El actor tendrá que aportar con la demanda el título en que funde su derecho a poseer.

Se tramita como cualquier otro juicio verbal, pero con una peculiari-dad, que es la que realmente agiliza el desalojo. En la demanda cabrá pedir —¡ojo!, hay que pedirla— la inmediata entrega de la posesión antes de que re-caiga sentencia. Si el actor pide dicha inmediata entrega, cuando se practi-que el emplazamiento al okupa para que en 10 días conteste la demanda, se le requerirá, además, para que en el plazo de cinco días aporte el título que justifique su situación posesoria. Si no aporta justificación suficiente, el juez acordará la inmediata entrega de la posesión mediante auto que no es susceptible de recurso, y se llevará a efecto contra cualquier ocupante que se encuentre en la vivienda. De manera que, en teoría, en menos de dos meses podrá recuperar la vivienda quien pue-da hacer uso de este trámite sumarísi-mo. Otra peculiaridad de este proce-dimiento especial es que, si los okupas no formulan oposición a la demanda en el plazo de 10 días, el juez dictará sentencia estimándola sin necesidad de celebrar juicio.

Rafael Peguero PeralesAbogado y asesor jurídico del Colegio de

Administradores de Fincas de Valencia-Castellón

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ASESORÍA JURÍDICA

Los administradores de fincas colegia-

dos, en el ejercicio de su profesión, se encuen-

tran en muchas ocasiones ante a la necesidad de los pro-

pietarios de las viviendas y locales que administran, de obtener un espacio extra de almacenaje a su propiedad, y frente a esta necesidad, la posibilidad de utilizar espacios comunes sin un uso asignado para la construcción de tras-teros que no existían de origen. Surge entonces la duda sobre el régimen de mayoría necesario para la adopción de un acuerdo en este sentido, deba-tiendo entre los tres quintos del total de cuotas y propietarios, de conformi-dad con lo dispuesto en el artículo 10.3 b) de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) en cuanto el precepto hace re-ferencia a la «construcción de nuevas plantas»; los tres quintos del total de cuotas y propietarios, por aplicación del artículo 17.3 LPH como nuevo ser-vicio de interés general; por último, la de la unanimidad prevista en el artículo 17.6 del mismo texto legal. Respecto a esta cuestión, se pro-nunció a principios de año la Dirección General de Registros y Notariados (DGRN), en resolución de 17 de ene-ro de 2018, mediante la que acordaba denegar la inscripción de unos tras-

teros construidos en la azotea de una comunidad de propietarios por no con-currir el régimen de la unanimidad en el acuerdo comunitario, ni el consenti-miento individual de cada propietario. Interpreta la citada resolución que el acuerdo necesario para levantar este tipo de construcciones sobre elementos comunes no tiene cabida en el supuesto de hecho del artículo 17.3 LPH que plan-teaba la comunidad, sino en el del apar-tado 6 del mismo precepto, que aboga por la unanimidad. Justifica su decisión, sobre la base de que la creación de trasteros en zona común «implica, el establecimiento de una vinculación ob rem entre aquellos y los titulares de los elementos privativos originarios, lo que, a su vez, afecta al derecho de dominio de cada uno de los propietarios, requiriéndose por tanto el consentimiento individualizado de cada uno de ellos que debe constar median-te documento público para su acceso al Registro de la Propiedad». La resolución exige para la inscripción de esta obra que la escritura se otorgue por todos los que sean propietarios de los distintos pisos o locales, prestando su consenti-miento expreso en virtud de lo dispues-to en el artículo 20 de la Ley Hipoteca-ria, sin que sea admisible la unanimidad presunta a la que se puede llegar por aplicación del artículo 17.8 LPH.

Compartimos el criterio de la DGRN sobre la necesidad de unanimi-dad, rechazando la consideración de esta obra como un nuevo servicio de in-terés general, al requerir la misma una modificación importante y permanente de la fábrica y estructura de un elemen-to común. Por tanto, no sería de aplica-ción el artículo 17.3 LPH. E igualmente rechazamos la aplicación de lo estable-cido en el artículo 10.3 b) en cuanto a la «construcción de nuevas plantas», por cuanto este precepto requiere, a nues-tro juicio, la titularidad de la zona sobre la que se pretende construir y, en este caso, la azotea es elemento común a todos los propietarios, por lo que todos ellos deberán prestar su consentimien-to para esa nueva construcción. En cuanto a la no admisión del voto tácito para alcanzar la unanimi-dad, la DGRN hace una distinción entre los «acuerdos que tienen el carácter de actos colectivos, que no se imputan a cada propietario singularmente, sino a la Junta como órgano comunitario», y aquellos «otros actos que, por afectar al contenido esencial del derecho de dominio, requieren el consentimiento individualizado de los propietarios co-rrespondientes». En los primeros, no será necesario el consentimiento expre-so e individualizado de los titulares re-gistrales; en los segundos, como puede ser este que analizamos de creación de trasteros ex novo, requerirá el consen-timiento individualizado de cada titular registral, recogido en documento pú-blico mediante el que los propietarios presten su consentimiento y declaren la superficie y demás elementos iden-tificadores de sus respectivos anejos (RDGRN de 12 de diciembre de 2002).

M.ª Dolores Delgado de MolinaAsesora Jurídica del Colegio de

Administradores de Fincas de Alicante

LA CONSTRUCCIÓN DE TRASTEROS EN LA AZOTEA DEL EDIFICIO

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En un artículo de la revista, en octu-bre del año 2015, desde la Asesoría

de Ingenieria del Colegio de Adminis-tradores de Fincas de Valencia-Caste-llón, se advirtío de la problemática que iba a suscitarse en los edificios construi-dos con anterioridad a 2014, ante las solicitudes de instalación de puntos de carga de vehículos eléctricos en garajes comunitarios. Problemática que se deriva de la dicotomía generada ante la instalación del primer punto de carga y la obligato-riedad de dimensionar dicha instalación para prever futuras conexiones.La Ley 19/2009 de 23 de noviembre, de Medidas de Fomento y Agilización Procesal del Alquiler y de la Eficiencia Energética de los Edificios, modificaba el artículo 17 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), añadiendo a su apar-tado 3 lo siguiente: «Si se tratara de ins-talar en el aparcamiento del edificio un punto de carga de vehículos eléctricos para uso privado, siempre que este se ubicara en una plaza individual de ga-raje, solo se requerirá la comunicación previa a la comunidad de que se proce-derá a su instalación. El coste de dicha instalación será asumido íntegramente por el o los interesados directos en la misma». Posteriormente, la Ley 8/2013, de 26 de junio, de Rehabilitación, Regene-ración y Renovación urbanas, modificó de nuevo el artículo 17 de la LPH, que-dando la redacción del vigente apar-tado 5 de dicho artículo del siguiente modo: «5. La instalación de un punto de carga de vehículos eléctricos para uso privado en el aparcamiento del edificio, siempre que este se ubique en una plaza individual de garaje, solo re-querirá la comunicación previa a la co-munidad. El coste de dicha instalación y

el consumo de electricidad correspon-diente serán asumidos íntegramente por el o los interesados directos en la misma». Esta es la regulación que tiene en la actualidad esta cuestión en la LPH. Queda claro que la comunicación pre-via a la comunidad de propietarios de la instalación de un punto de carga en la plaza de garaje del interesado es su-ficiente para su ejecución. No pudiendo la comunidad entorpecer o impedir su instalación, siendo responsable el inte-resado de los daños que pudieran oca-sionarse en las instalaciones comunes del edificio. El problema surge al observar que la instalación eléctrica debe realizarse en zonas comunes, desde el cuadro ge-neral, agravándose con lo establecido en la Instrucción Técnica Complementa-ria del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión ITC BT 52 (R. D. 1053/2014 de 12 de diciembre), de obligado cum-plimiento desde julio de 2015. Según la misma, cuando se realice la instalación del primer punto de car-ga de vehículo eléctrico en un edificio existente, no de nueva construcción, se deberá prever la instalación de los ele-mentos comunes necesarios para que la infraestructura esté preparada para al-bergar la instalación de futuros puntos de conexión. La previsión de futuros usuarios se establece en, al menos, el 15 % de las plazas del garaje en el entorno del primer punto, calculando la sección del

cableado y canalización para dicha po-tencia. Por otra parte, la instalación eléc-trica de carga de vehículos eléctricos deberá tramitarse ante los Servicios Territoriales de Energía, como amplia-ción de la instalación de baja tensión del garaje, cuyo titular es la comunidad de propietarios, aunque el contador de cada punto de carga sea a nombre del solicitante. El apartado 5 del artículo 17 de la LPH deja claro que el coste de la insta-lación será asumido por los vecinos so-licitantes. Por contra, la titularidad del proyecto recae en la comunidad que, además, deberá asegurar que se cum-ple con lo indicado en la ITC BT 52 para futuras conexiones. Parece aconsejable que, ante la pe-tición de un propietario, la comunidad gestione el proyecto, dado que debe ser la titular del mismo, siendo el coste a cargo de los vecinos solicitantes. Este fue la propuesta que reali-zamos a los Servicios Técnicos de la Conselleria de Industria y Energía, que coincidieron con la necesidad de esta-blecer un protocolo de actuación como el aconsejado, para facilitar los trámites y permitir la puesta en marcha de la normativa. Por otra parte, los puntos de car-ga de vehículos eléctricos pueden ori-ginar algunas dudas jurídicas. Teórica-mente, con arreglo al artículo 10.3 b) de la LPH, dado que se debe realizar

PUNTOS DE CARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS EN GARAJES COMUNITARIOS

Punto de carga

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una instalación eléctrica en elementos comunes del edificio, sería necesario adoptar un acuerdo autorizando la ins-talación, precisando la aprobación por las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación. Pero el citado apartado 5 del artículo 17 de la LPH establece que es suficiente con la comunicación a la comunidad por parte del propietario in-teresado en instalar un punto de carga de vehículos eléctricos en su plaza de garaje. Eximiendo de la necesidad de autorizar la instalación mediante acuer-do alguno en junta de propietarios, se pretende fomentar el uso de vehículos eléctricos como medida de protección del medio ambiente. Pero aunque sea suficiente con la comunicación por parte del propietario interesado, ello no significa que la co-munidad de propietarios deba aceptar la propuesta del propietario en cual-quier caso, sino que la lógica nos dice que la comunidad podría negarse a ello si la propuesta no se ajusta a la norma-tiva técnica, causa daños o perjudica a la comunidad o a algún propietario de modo innecesario o por alguna otra razón justificada. El artículo 17.5 de la LPH no prevé nada para estos casos. Por ello deberemos acudir a otros pre-ceptos de la LPH, como puede ser el artículo 9.1 a), que establece que es obligación de cada propietario «respe-tar las instalaciones generales de la co-munidad y demás elementos comunes, ya sean de uso general o privativo de cualquiera de los propietarios, estén o

no incluidos en su piso o local, hacien-do un uso adecuado de los mismos y evitando en todo momento que se cau-sen daños o desperfectos», o el párrafo g) del mismo artículo, que establece la obligación de los propietarios de «ob-servar la diligencia debida en el uso del inmueble y en sus relaciones con los de-más titulares y responder ante estos de las infracciones cometidas y de los da-ños causados», o el artículo 7 de LPH, que permite al propietario modificar los elementos arquitectónicos, instala-ciones o servicios del piso o local de su propiedad, no pudiendo menoscabar o alterar la seguridad del edificio. Por ello, la prudencia y el sentido común exigen que el propietario interesado deberá comunicar previamente a la co-munidad su pretensión, permitiendo a la comunidad de propietarios un estu-dio y asesoramiento previo por un téc-nico. Evidentemente, si un propietario realizara una instalación que no se ajus-te a la normativa técnica o cause daños, podrá la comunidad de propietarios ejercitar las acciones judiciales para la retirada de la instalación o adecuación a la normativa. El apartado 5 del artículo 17 de la LPH también establece que el coste de la instalación será asumido por el o los interesados directos en la misma. Pero, como hemos visto, para dicha instala-ción se exige la redacción de un pro-yecto, el cual debe ser de titularidad de la comunidad de propietarios. Es decir, que nos encontramos con la parado-ja de que el titular del proyecto es la

comunidad, pero quien debe asumir el coste es el propietario interesado en el punto de carga. Y por otro lado, si va extendiéndose el uso de vehículos eléc-tricos, nos encontraremos con otros propietarios que querrán utilizar dicha instalación pagada por el propietario pionero. Por ello, consideramos que el propietario interesado debe abonar el coste del proyecto, aunque sea de la titularidad de la comunidad, y cuando otros propietarios quieran utilizar dicha instalación, deberán repartirse entre to-dos los interesados el coste de la insta-lación común, abonando al que tomó la iniciativa el dinero que pagó en su mo-mento, más los intereses legales que se hubieran devengado. Por último, también establece el apartado 5 del artículo 17 de la LPH que el consumo de electricidad debe ser satisfecho por aquellos propietarios que utilicen dicha instalación, lo cual es lógico, ya que se trata de un consumo que realizan solo los propietarios que cuenten con dicha instalación en su plaza de aparcamiento, y que además cada uno dispondría de su contador de consumo. Esperemos que estas instalacio-nes, todavía novedosas, no os causen demasiados conflictos en las comunida-des que administráis.

José Luis Mur Estada y Fernando Lerma Besó

Asesores (ingeniero industrial y abogado) del Colegio de Administradores de Fincas

de Valencia-Castellón

Vehículo eléctrico en carga

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INFORMACIÓN

El vicepresidente José Antonio Cambralla con Sandra Gómez, teniente de alcalde

del Ayuntamiento de Valencia

Entrega III Premios a la Excelencia de Unión Profesional

Actos institucionales del Consejo General en Madrid para celebrar los 50 años de la regulación de la profesión

Exposición del artista Diego Arribas, doctor en Bellas Artes por la Universitat Politècnica de València, que representó al Colegio en los III Premios a la Excelencia de Unión Profesional. Autor de numerosas publicaciones por su labor de investigación, conferencias y comunicaciones en reuniones científicas y congresos. Su trabajo gira en torno a la relación entre el arte, la naturaleza y el patrimonio industrial, especialmente el ubicado en el medio rural, como minas y canteras. Ha expuesto en diversos museos y galerías nacionales e internacionales. En 1992, fue seleccionado para la Exposición Universal de Sevilla por el Pabellón de la Comunidad de Madrid, y en los años 2002 y 2004, para la I y II Bienal Internacional de Arte en la Naturaleza de Stuttgart en Alemania

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INFORMACIÓN

Firma del acuerdo de colaboración con Mutua de Propietarios

Grupo Hereda suscribe un acuerdo de colaboración con el Colegio

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Una cuenta pensada para que autónomos, comercios,despachos profesionales y pequeñas empresas se hagangrandes.

Cuenta ExpansiónNegocios Plus PROBonificamos tu cuota decolegiado- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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Llámanos al 900 500 170, identifícate como miembro de tu colectivo, organicemos una reunión y empecemos atrabajar.

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1. Rentabilidad 0% TAE.2. Si domicilias conjuntamente la emisión de nóminas y seguros sociales, a partir del tercer mes de la apertuta de la cuenta, te bonificamos el 1%, con un máximo de 20€ brutos/mes. Elprimer abono se efectuará durante el cuarto mes a partir de la apertura de la cuenta y será calculado en base a los cargos del tercer mes realizados en concepto nómina y segurossociales. Los siguientes procesos de revisión/bonificación se realizarán mensualmente.3. Contarás con un servicio periódico de información actualizada sobre el comportamiento de tu comercio, tus clientes y tu sector, para ayudarte en la toma de decisiones. También teofrecemos el TPV en condiciones preferentes.

Estas condiciones se mantendrán mientras se cumplan los requisitos establecidos en el contrato:-Tener un ingreso regular trimestral por un importe mínimo de 10.000 euros (se excluyen los ingresos procedentes de cuentas abiertas en el grupo Banco Sabadell a nombre del mismotitular), y cumplir, como mínimo, dos de los siguientes requisitos: un cargo en concepto de emisión de nómina, un cargo en concepto de seguros sociales, un cargo en concepto deimpuestos o dos cargos en concepto de recibos. En caso de que el titular sea un comercio, es requisito obligatorio disponer de TPV con nuestra entidad. Se consideran comercios a losefectos de la contratación de esta cuenta los que figuran en el listado publicado en www.bancosabadell.com/cuentaexpansionnegociosplus.Estos requisitos son de cumplimiento mensual; si al tercer mes no se cumplen estas condiciones, automáticamente la Cuenta Expansión Negocios Plus PRO pasará a ser una CuentaProfesional.

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‘Professional Informa’

1 / 6Este número es indicativo del riesgo

del producto, siendo 1/6 indicativo demenor riesgo y 6/6 de mayor riesgo.

Banco de Sabadell, S.A. se encuentra adheridoal Fondo Español de Garantía de Depósitos de

Entidades de Crédito. La cantidad máximagarantizada actualmente por el mencionadofondo es de 100.000 euros por depositante.

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AF A4 vecinos satisfechos trz.pdf 1 23/2/17 11:46

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