ventas en consignacion

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VENTAS EN CONSIGNACION Una Consignación es el traspaso de la posesión de mercancías de su dueño, llamado Comitente o consignador, a otra persona, denominada Comisionista o Consignatario, que se convierte en un agente de aquel a los fines de vender mercancías. La consignación es una entrega en depósito, y las relaciones que se establecen entre el consignador y el consignatario corresponden a las que en derecho mercantil se estudian como depósito y agencia. COMISIÓN: La comisión es una especie de mandato por el cual se encomienda a una persona que se dedica profesionalmente a ello, la ejecución de uno o varios negocios, en nombre propio pero por cuenta ajena. El comisionista vende las mercancías a través de su propia empresa, pero por cuenta ajena, recibiendo a cambio una remuneración, como un porcentaje del precio de venta que el comisionista descuenta antes de entregar el dinero a su comitente. DIFERENCIA ENTRE VENTA Y CONSIGNACIÓN: La distinción fundamental entre una venta y una consignación. Es que una venta, el título de propiedad de las mercancías pasa del vendedor al comprador, mientras que en una consignación él título de propiedad delas mercancías no vendidas sigue perteneciendo al consignador o comitente. Hay que tener en cuenta esta distinción por tres razones. Puesto que una consignación no es una venta, no se realiza ninguna ganancia en la transacción, y no deberá conocerse ninguna utilidad en los libros hasta que el consignatario haya vendido las mercancías. Puesto que el consignador conserva el título de propiedad de las mercancías, cualquiera de éstas que no hayan sido

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VENTAS EN CONSIGNACION

Una Consignación es el traspaso de la posesión de mercancías de su dueño, llamado Comitente o consignador, a otra persona, denominada Comisionista o Consignatario, que se convierte en un agente de aquel a los fines de vender mercancías. La consignación es una entrega en depósito, y las relaciones que se establecen entre el consignador y el consignatario corresponden a las que en derecho mercantil se estudian como depósito y agencia.

COMISIÓN: La comisión es una especie de mandato por el cual se encomienda a una persona que se dedica profesionalmente a ello, la ejecución de uno o varios negocios, en nombre propio pero por cuenta ajena.

El comisionista vende las mercancías a través de su propia empresa, pero por cuenta ajena, recibiendo a cambio una remuneración, como un porcentaje del precio de venta que el comisionista descuenta antes de entregar el dinero a su comitente.

DIFERENCIA ENTRE VENTA Y CONSIGNACIÓN:

La distinción fundamental entre una venta y una consignación. Es que una venta, el título de propiedad de las mercancías pasa del vendedor al comprador, mientras que en una consignación él título de propiedad delas mercancías no vendidas sigue perteneciendo al consignador o comitente. Hay que tener en cuenta esta distinción por tres razones. Puesto que una consignación no es una venta, no se realiza ninguna ganancia en la transacción, y no deberá conocerse ninguna utilidad en los libros hasta que el consignatario haya vendido las mercancías.

Puesto que el consignador conserva el título de propiedad de las mercancías, cualquiera de éstas que no hayan sido liquidadas tienen que ser incluidas en el inventario del comitente o consignador al cerrarse los libros.

Si el consignatario se convierte en insolvente, el consignador puede recuperar sus mercancías, en cuyo caso no tendrá que ocupar un puesto entre los demás acreedores para poder recibir una liquidación a prorrata.

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El CONSIGNANTE

Llamado también comitente. Persona que entrega en calidad de consignación, un bien o una mercancía a un tercero, para su venta o administración

1: RAZONES PARA EL USO DE LAS CONSIGNACIONES DESDE EL PUNTO DE VISTA DEL CONSIGNANTE:

Se indican Por contrato de comisión o estimatorio una persona, denominada CONSIGNATARIO, contrae la obligación de vender Mercancías de otra, llamada CONSIGNANTE, previa la fijación de un precio que aquel debe entregar a este.

El CONSIGNATARIO tendrá derecho a hacer suyo el mayor valor de la venta y deberá pagar al CONSIGNANTE el precio de las mercancías que haya vendido o no haya devuelto al vencimiento del plazo convenido, o en su defecto del que resulte de la costumbre.

1.1: Por razones de crédito. Se corre menos riesgo en una Consignación que en una Venta, debido a que el Consignarte conserva la propiedad de la Mercancía hasta que el Consignatario la vende. El consignatario no es un Deudor General del Consignarte; como es un Agente de éste, debe mantener separado el producto de la venta y luego remitirlo al Consignarte de acuerdo con el Contrato.

1.2. Para Introducir un Producto, cuando la demanda de un artículo es pobre e incierta, que los detallistas no se comprometen a realizar las compras, la Consignación permite exhibir las Mercancías al público.

1.3. Forma de Investigar el mercado en lugares distantes.

1.4. Para controlar el precio de venta al consumidor.

2: OBLIGACIONES DEL CONSIGNANTE:

2.1:. El comitente debe pagar comisión.

"Todo comisionista tiene derecho a exigir del comitente una comisión por su trabajo, la cual no habiendo sido expresamente pactada, será determinada por el uso comercial del lugar donde se hubiese ejecutado la comisión."

2.2. El comitente también debe pagar los gastos efectuados por el comisionista más los intereses.

"El comitente está obligado a satisfacer al contado, no mediando estipulación contraria, el importe de todos los gastos y desembolsos verificados en el

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desempeño de la comisión, con los intereses de plaza por el tiempo que mediare entre el desembolso y el pago efectivo."

2.3:. El comisionista tiene derecho de retención sobre los efectos consignados y privilegio para el cobro de la comisión, los gastos y anticipos, siempre que se den determinadas condiciones legales

2.4. El comitente tiene obligación de hacer provisión de fondos

"El comisionista que se comprometiera a anticipar los fondos necesarios para el desempeño de la comisión puesta a su cuidado, bajo una forma determinada de reembolso, está obligado a observarla y a llenar la comisión, sin poder alegar falta de provisión de fondos; salvo si probare el descrédito notorio del comitente por actos positivos supervinientes".

3: ASPECTOS CONTABLES DEL CONSIGNANTE:

El consignante deberá tener en cuenta la NIC 18 INGRESOS en el cual el consignante deberá reconocer el ingreso cuando el consignatario haya realizado las ventas de los bienes

El consignante deberá establecer cuentas de orden a fin de controlar en libros los bienes entregados en consignación.

4: ASPECTOS TRIBUTARIOS PARA EL CONSIGNANTE:

4.1 guía de remisión: el consignante deberá emitir una guía de remisión al momento de realizar la entrega de los bienes especificando como motivo de traslado “CONSIGNACION”

4.2. Comprobante de pago: en la venta de bienes en consignación el consignante tiene el plazo de nueve días hábiles siguientes después de que el consignatario haya vendido el bien para emitir la factura correspondiente

4.3. IGV. La obligación tributaria para el consignante nace cuando el consignatario venda los bienes

4.4 I.R. para efectos de este impuesto el consignante considera el monto de las ventas realizadas por el consignatario para realizar sus pagos a cuenta y refleja la utilidad o perdida en libros a fin de determinar la renta neta sobre lo que se aplicara la tasa del impuesto

4.5 control de los bienes en consignación: el consignante deberá de tener un control de los bienes entregados en consignación

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Ejemplo con factura del consignante:

ejemplo planteado comision 10%

10,000.00 2,000.00 IGV 1,800.00 IGV 360.00

TOTAL 11,800.00 TOTAL 2,360.00

Contabilidad del consignante:

DEBE HABER03 11,800.00 04 11,800.00

12 11,800.00

40 1,800.00

70 10,000.00

69 8,333.33

20 8,333.33

10 11,800.00

12 11,800.00

63 1,000.00

40 180.00

46 1,180.00

95 1,000.00 79 1,000.00

46 1,180.00

10 1,180.00

04 11,800.00 03 11,800.00 otras cuentas de orden deudoras

cuentas por pagar diversas-terceras469 otras cuentas por pagar diversasefectivo y equivalente de efectivo 101 caja

8deudoras por el contrario cuenta de orden

cuentas por pagar diversas-terceras469 otras cuentas por pagar diversas

6gasto de ventas cargas inputables a cuentas de costos y gastos

7

1213 en cobranza5

gastos de servicios prestados por terceros 639 otros servicios prestados por terceros tributos contraprestaciones y aportes al sistema de…..4011 IGV- cuenta propia

mercaderias manufacturadas 2011 mercaderias manufacturadas

4efectivo equivalente de efectivo 1041 cuentas corrientes operativas cuentas por cobrar comerciales -terceras

4011 igv- cuenta propia ventas 7011 mercaderias manufacturadas

3costo de ventas 6911 mercaderias manufacturadas

otras cuentas de orden deudoras deudoras por el contrario cuenta de orden

2cuentas por cobrar comerciales -terceros 1213 en cobranzatributos contraprestaciones y aportes al sistema de…..

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