valoraciÓn del documento de trabajo enviado por el sas al cacof

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CEOFA FEFE RnORLUCIR VALORACIÓN DEL DOCUMENTO DE TRABAJO ENVIADO POR EL SAS AL CACOF RELATIVO A LA POLÍTICA DE RESTRICCIÓN DEL GASTO EN MEDICAMENTOS. El pasado día 14 de abril se tuvo conocimiento por parte de CEüFA de un borrador de trabajo enviado por el SAS al CACOF, cuya misión fundamental, en palabras de la Consejera, es "profundizar" en el sistema de prescripción por principio activo, tal y corno ha venido manifestando en varios foros periodísticos. Centrándonos en el documento, para empezar hay que destacar su lenguaje demagogo, con reiterados halagos fatuos al colectivo farmacéutico por su continuada colaboración en estos años, que han supuesto colocar a las farmacias andaluzas en umbrales de rentabilidad mínima; pero también con contradicciones tan manifiestas corno el anuncio de la obligación de incrementar los recursos en el área sanitaria, lo que no puede entenderse sino como un incremento de las partidas presupuestarias destinadas a la sanidad en su conjunto, cuando en realidad nos encontramos con que para el 2011 tendremos menos dinero para cubrir esta parcela esencial del llamado "Estado del bienestar". Lo contrario puede suponer obtener esos recursos por oh'as vías, es decir, arrebatándolos a los distintos agentes intervinientes, ya sea laboratorios, almacenes de distribución, médicos, enfermeros o, claro está, farmacéu ticos. (Penúltimo párrafo de la introducción, que transcribimos: "Se deberá avanzar en incrementar los recursos y, por supuesto, detectando áreas donde aún se pueda mejorar la eficiencia sin que se merme la calidad de la prestación.") Lo que más llama la atención del documento es que se compone de una serie de contrapartidas a cambio de algo. Ese algo que se busca por parte del SAS no puede conseguirlo a través de normas jurídicas. Es decir, la idea de establecer un sistema de subasta pública de medicamentos dispensables, la llamada licitación, choca frontalmente con la competencia normativa en materia de medicamentos, que es estatal, y que se configura corno fundamento de inconstitucionalidad del Catálogo de medicamentos gallego. Esto ha hecho Confederación Empresarial de Oficinasde Farmacia de Andalucía - CEOFA - San Laure ano, 1 Bajo A - 41001S EJ/ IL LA Teléfono 95 4210058- Fax 95 422 1106

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Page 1: VALORACIÓN DEL DOCUMENTO DE TRABAJO ENVIADO POR EL SAS AL CACOF

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VALORACIÓN DEL DOCUMENTO DE TRABAJO ENVIADO POR EL SASAL CACOF RELATIVO A LA POLÍTICA DE RESTRICCIÓN DEL GASTO

EN MEDICAMENTOS.

El pasado día 14 de abril se tuvo conocimiento por parte de CEüFA deun borrador de trabajo enviado por el SAS al CACOF, cuya misiónfundamental, en palabras de la Consejera, es "profundizar" en el sistema deprescripción por principio activo, tal y corno ha venido manifestando en variosforos periodísticos.

Centrándonos en el documento, para empezar hay que destacar sulenguaje demagogo, con reiterados halagos fatuos al colectivo farmacéutico porsu continuada colaboración en estos años, que han supuesto colocar a lasfarmacias andaluzas en umbrales de rentabilidad mínima; pero también concontradicciones tan manifiestas corno el anuncio de la obligación deincrementar los recursos en el área sanitaria, lo que no puede entenderse sinocomo un incremento de las partidas presupuestarias destinadas a la sanidad ensu conjunto, cuando en realidad nos encontramos con que para el 2011tendremos menos dinero para cubrir esta parcela esencial del llamado "Estadodel bienestar". Lo contrario puede suponer obtener esos recursos por oh'as vías,es decir, arrebatándolos a los distintos agentes intervinientes, ya sealaboratorios, almacenes de distribución, médicos, enfermeros o, claro está,farmacéuticos.

(Penúltimo párrafo de la introducción, que transcribimos:

"Se deberá avanzar en incrementar los recursos y, por supuesto,

detectando áreas donde aún se pueda mejorar la eficiencia sin que se merme lacalidad de la prestación.")

Lo que más llama la atención del documento es que se compone de unaserie de contrapartidas a cambio de algo. Ese algo que se busca por parte delSAS no puede conseguirlo a través de normas jurídicas. Es decir, la idea deestablecer un sistema de subasta pública de medicamentos dispensables, lallamada licitación, choca frontalmente con la competencia normativa enmateria de medicamentos, que es estatal, y que se configura corno fundamentode inconstitucionalidad del Catálogo de medicamentos gallego. Esto ha hecho

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que se indaguen otras vías de acceso al objetivo, y parece que es a través delConvenio de prestaciones con los farmacéuticos. Pero también chocará con lalegalidad.

Lo que resulta claro es que no se pueden mezclar asuntos: introducir enAndalucía un sistema corno el propuesto a través de un concierto con lasfarmacias NO SE PUEDE ADMITIR, porque no podernos aceptar IR CONTRALA LEY, por lo que CEOFA interpondrá todos los recursos y hará uso de todoslos instrumentos que la ley ponga a su alcance para evitarlo.

Por otra parte, la variante que nos ofrece el borrador de trabajo se basa enque ya no podemos hablar de un sistema de licitación, en el que un laboratorioofrece un precio que determine que todas las dispensaciones se enfoquen a eselaboratorio, independientemente de que otros tengan sus autorizaciones decomercialización en regla. Ahora se sustituye la licitación por LADESIGNACIÓN, tal y corno podernos comprobar que establece el apartado 14.Se dice claramente que:

"EL SAS SELECCIONARÁ EL QUE HABRÁ DE DISPENSARSE,ENTRE TODOS LOS DISPONIBLES PARA LA PRESCRIPCIÓNCORRESPONDIENTE, [...] AL QUE MÁS BONIFICACIÓN LEOFREZCA SU FABRICANTE."

Este es el núcleo del acuerdo, introducir en el Convenio la posibilidad de

que el SAS, bajo criterios exclusivamente económicos, y que disfrazademagógicamente en otros de calidad en la prestación, puedaUNILATERALMENTE y sin límite alguno, DETERMINAR QUÉMEDICAMENTO SE DISPENSA EN ANDALUCÍA CON EXCLUSIÓN, PORTANTO, DE TODOS LOS DEMÁS DE LOS DE SU CLASE.

Fijado el objetivo, destacamos que se ofrecen contrapartidas. Estascontrapartidas son sorprendentes por varias razones:

1ª.- Porque algunas de ellas consisten en reconocimientos expresos deincumplimientos de la legalidad vigente. Entre ellas encontramos la propuestade acuerdo 3, en la que, a cambio de entrar en el arbitrario sistema de libreselección del medicamento por el SAS, se ofrece cumplir una sentencia firmede los Tribunales, olvidando que el artículo 118 de la Constitución es tablece

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que es obligado cumplir las sentencias y demás resoluciones firmes de lostribunales.

2ª.- Porque también se reconoce una dejación de funciones alarmante,en cuanto ofrece en la propuesta de acuerdo 6¡ a cambio de la instauración delarbitrario sistema de selección de medicamentos¡ la homogeneización de laactuación de los inspectores farmacéuticos y de los criterios sancionadorespara toda Andalucía; en realidad¡ no hay más criterio que el de la ley¡ y enAndalucía se manifiesta por su Administración sanitaria que no es equivalenteen todas las provincias. Esto es grave.

3ª.- Porque a cambio de implantar el arbitrario sistema de selección de

medicamentos¡ se propone incluir en el convenio de prestaciones¡ a través delacuerdo 12¡ una ilegalidad tan manifiesta como grave y lamentable: excluir dela prestación del sistema público a los que no justifiquen en la farmacia que sontranseúntes por medios documentales, pese a que presenten recetas médicasoficiales¡ válidas en todo el territorio nacional según el artículo 2.3 del RD1718/2010¡ sobre receta médica y órdenes de dispensación. Parecería razonableponer en conocimiento del Ministerio de Sanidad¡ del Ministerio de Justicia¡ dela Fiscalía General del Estado¡ del Defensor del Pueblo¡ etc. esta propuesta.

4ª.- Porque a cambio de implantar el arbitrario sistema de selección demedicamentos¡ se propone incluir en el convenio de prestaciones¡ a través delacuerdo 13¡ EXCEPCIONES A LA LEY, Y así lo hace constar, al intentar ofrecercomo contrapartida a los farmacéuticos que los enfermeros¡ en la asistenciadomiciliaria¡ entreguen productos sanitarios incluidos en la prestación a lospacientes¡ procedentes estos productos de los propios centros de salud¡ en vezde adquirirlos donde la Ley indica¡ en las Farmacias. No entendemos que poracuerdo entre dos partes se ignore el mandato imperativo de una ley, mandato

que no está sujeto a la voluntad de las partes por su propia naturaleza (no esderecho privado¡ es derecho público y no puede anteponerse la voluntadcontractual del convenio sobre el imperio de la ley)

5ª .- Porque a cambio de implantar el arbitrario sistema de selección demedicamentos, se propone incluir en el convenio de prestaciones, a través delacuerdo 5, un deseo no vinculante consistente en estudiar el impactoeconómico que el concurso de adjudicación de farmacias tendrá en

Andalucía, y que el resultado será tenido en cuenta en futuros concursos. Al

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respecto cabe inferir que la Jun ta de Andalucía entiende que la apertura de 310

nuevas farmacias en su territorio no será positiva para el presupuesto demedicamentos, puesto que un incremento en la oferta supondrá necesariamenteun in cremento en una demanda que ya no puede aguantar. Esto ya se expusoen su momento por CEOFA, pero los criterios políticos tuvieron más fuerza quelos técnicos y presupuestarios, una vez más.

6ª.- Porque a cambio de implantar el arbitrario sistema de selección de

medicamentos, se propone incluir en el convenio de prestaciones, a través delacuerdo 18, la obligación de no protestar en un espacio de tiempo de 5 años.

7ª.- Porque a cambio de implantar el arbitrario sistema de selección demedicamentos, se propone incluir en el convenio de prestaciones, a través delos acuerdo 16 y 17, devolvernos lo que nos pertenece, tan to lo relativo almargen de la dispensación de las tiras reactivas corno lo relativo a ladistribución directa a través de los hospitales de los d iagnósticos hospitalarios.Así como lo p revisto en el acuerdo 15 sobre el descuento de los pañales deincontinencia.

Estudiado, pues, con detenimiento el documento en Comité Ejecutivo deCEOFA, y vistos los contenidos tanto referen tes a la selección arbitraria demedicamentos dispensables en Andalucía, como las contrapartidas ofrecidas acambio de su aceptación por el colectivo, podríamos plantearnos la hipótesis deque este no sea realmente el documento de trabajo.

y finalmente, es destacable, y así queremos d ejarlo bien claro, que los

farmacéuticos andaluces NO TIENEN NINGUNA PRISA EN MODIFICAR ELCONVENIO ACTUAL, puesto que de acuerdo con las modificacionesintroducidas en abril de 2009, estará vigente hasta diciembre de 2012. A partirde ahí será preciso negociar uno nuevo. Pero tampoco nos asusta, de ningunamanera, carecer de dicho convenio, puesto que se está constituyendo en uninstrumento de presión desmedida.

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