valor de las entradas de aquellos productos creció a lo ......mezclados con el de oliva, se le...

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CUADRO 12 Participación de lor derivador de! olivo en !a exportación tota! erpañola. (Milloner de peretar y porcentajer) Aceite Aceituna Naranja Exp. Total ( 1) (2) (1) (2) (1) (2) 1850-1854 169 8 4,7 - - 1 0,6 1855-1859 274 18 G,6 - - 3 i,i 1860-1864 306 IS 4,9 - - 4 1,3 1865-1869 294 22 7,5 - - 5 1,7 1870-1874 485 18 3,7 - - 7 1,4 1875-1879 484 11 2,3 1 0,2 10 2,1 1880-1884 485 18 3,7 1 0,3 19 3,9 1885-1889 G70 20 3,0 2 0,3 17 2,5 1890-1894 778 16 2,1 3 0,4 17 2,2 1895-1899 937 24 . 2,G 3 0,3 42 4,5 1900-1904 87G 43 4,9,. S 0,6 52 5,9 1905-1909 982 24 2,4 7 0,7 58 5,9 1910-1914 1.092 43 3,9 11 1,0 61 5,G 1915-1919 1.25G 78 6,2 12 1,0 39 3,1 1920-1924 1.449 89 G,1 - - 44 3,0 1925-1929 1.87G 137 7,3 39 2,1 222 11,8 1930-1934 1.095 109 10,0 23 2,1 195 17,8 (1) Valor medio del quinquenio. (2) Participación (%) sobte el total. Fuente: Ertaairtica (r) de! Comercio Fxterior de Erpaña. valor de las entradas de aquellos productos creció a lo largo del primer tercio del siglo XX con lo que disminuyeron los efectos favorables de las exportaciones oleícolas en la balanza comer- cial (Véase Cuadro 13). LOS DEMAS ACEITES VEGETALES EN ESPAÑA Y LA POLITICA DE GRASAS ^ Excepto el cacahuet en la región valenciana, y un poco de lino en el Páramo leonés, España no producía ningún tipo de aceite vegetal, al margen, claro está, del de oliva. Tal déficit, en consecuencia, era cubierto por las importaciones de caldos 266

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Page 1: valor de las entradas de aquellos productos creció a lo ......mezclados con el de oliva, se le inutilizara para el consumo ali-menticio. Todo parecía quedar bien protegido. El consumo

CUADRO 12Participación de lor derivador de! olivo en !a exportación tota! erpañola.

(Milloner de peretar y porcentajer)

Aceite Aceituna Naranja

Exp. Total ( 1) (2) (1) (2) (1) (2)

1850-1854 169 8 4,7 - - 1 0,6

1855-1859 274 18 G,6 - - 3 i,i

1860-1864 306 IS 4,9 - - 4 1,31865-1869 294 22 7,5 - - 5 1,7

1870-1874 485 18 3,7 - - 7 1,4

1875-1879 484 11 2,3 1 0,2 10 2,1

1880-1884 485 18 3,7 1 0,3 19 3,9

1885-1889 G70 20 3,0 2 0,3 17 2,5

1890-1894 778 16 2,1 3 0,4 17 2,2

1895-1899 937 24 . 2,G 3 0,3 42 4,51900-1904 87G 43 4,9,. S 0,6 52 5,91905-1909 982 24 2,4 7 0,7 58 5,9

1910-1914 1.092 43 3,9 11 1,0 61 5,G

1915-1919 1.25G 78 6,2 12 1,0 39 3,11920-1924 1.449 89 G,1 - - 44 3,01925-1929 1.87G 137 7,3 39 2,1 222 11,8

1930-1934 1.095 109 10,0 23 2,1 195 17,8

(1) Valor medio del quinquenio.

(2) Participación (%) sobte el total.

Fuente: Ertaairtica (r) de! Comercio Fxterior de Erpaña.

valor de las entradas de aquellos productos creció a lo largo delprimer tercio del siglo XX con lo que disminuyeron los efectosfavorables de las exportaciones oleícolas en la balanza comer-cial (Véase Cuadro 13).

LOS DEMAS ACEITES VEGETALES EN ESPAÑA Y LAPOLITICA DE GRASAS

^

Excepto el cacahuet en la región valenciana, y un poco delino en el Páramo leonés, España no producía ningún tipo deaceite vegetal, al margen, claro está, del de oliva. Tal déficit,en consecuencia, era cubierto por las importaciones de caldos

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CUADRO 13Iar gra.ra vegetale.c en !a balanza comercia! e.rpañola. (Mi!lonet de peretar)

(1) (2) (3) (4) (5) (6)1880-1884 485 19 4 15 3,9 3,11885-1889 G70 22 7 15 3,3 2,21890-1894 778 19 13 G 2,4 0,81895-1899 937 27 12 15 2,9 1,G1900-1904 876 48 16 32 5,5 3,71905-1909 982 31 22 9 3,2 0,91910-1914 1.092 54 29 25 4,9 2,31915-1919 1.25G 90 18 72 7,2 5,71920-1924 1.449 89 51 - - -1925-1929 1.876 17G 59 117 9,4 G,2

(1) Expottación total.

(2) Valot de expottación de aceituna y aceite.(3) Valot de la impottación de aceites vegetales y semillaz oleaginosas.(4) Diferencia (2) - (3).(5)(2)/(1) x 100.

(6) (4)/(1) x 100.

Fuente: Ertaáutica (c) de! Comercio Fxterior de Erpaña.

transformadós o de semillas en bruto. EI Cuadro 14 y el Gráfico4 muestran sin ambages, la creciente entrada de dichos produc-tos en nuestro país (13).

(13) Algunos aspectos del Cuadro 13 exigen una explicación adicional. Pri-mera, he utilizado un rendimiento medio del 40 por ciento para la transfor-mación de los granos oleaginosos en aceites vegetales. Tal índice era usado,habitualmente, por el Instituto Internacional de Agricultura (1921 y 1944).Segunda; he mantenido, a partŭ de 1922, las mismas partidas que en añosanteriores, cuando las Ertad'utica.c de! Comercio Fxterior las ofreció desagre-gadas. Así, la de Qaceites de coco y de palma y los demás aceites sólidos^ se di-vidió en saceites con restos vegetales de palma sin decolorar ni purificara ysaceite de coco y el de palma decolorado y purificado^. También, desde lamisma fecha, consideré bajo la denominación ^los demás aceites vegetales,excepto el de olivas dos nuevas partidas: saceites líquidos vegetales secantescomo los de lino, cáñamo, nueces, adormideras, etc.D y:aceites líquidos ve-getales no secantes como los de almendras, cacahuet, colza, algodón, maíz,sésamo, etc.a Por último, la tradicional partida de .semillas de sésamo, lino ydemás simientes oleaginosasD fue desagregada en: ^copra o nuez de coco, pal-miste, coquillo, babasú, etc.a, csimientes de linon, csimientes de ricinon y asi-mientes de sésamo o no expresadasa.

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GRAFICO 4Importación de aceiter vegetaler en Erpaña. 1875-1930

aceites vegetalesaceites de semillas transformadas en el interior

1875 1880 1890 1900 1910 1920 1930

CUADRO 14Importación de aceiter vegetaler. Media añtmétúa,bor guinquenior (1870-1930) (7'mr).

(1) (2) (3) (4)1870-1874 3.435 - 3.435 -1875-1879 7.094 77 5.804 1.2131880-1884 5.020 627 3.111 1.2821885-1889 10.890 1.814 8.221 8551890-1894' 19.118 6.102 10.998 2.0181895-1899 13.407 11.151 1.813 4431900-1904 13.924 12.695 539 6901905-1909 20.612 19.022 740 8501910-1914 29.197 27.755 971 4711915-1919 16.784 15.420 912 4521920-1924 27.075 25.344 973 7581925-1929 40.135 39.608 313 214

(1) Imponación total.(2) Aceite exttaído de semillas importadas.(3) Aceite de coco, palma y demás aceites sólidos.(4) Demás aceites vegetales, excepto el de oliva.

Fuente: Ertad':rtica (J) de! Comercio FYterior de Erpaña.

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A lo largo de los sesenta años considerados (1870-1929) hu-bo tres épocas de crecimiento rápido y dos de ralentización y re-troceso. Así, el arancel de 1891 y las dificultades de comprar enel exterior (devaluación de la peseta) cortaron el alza de añosanteriores en los que las importaciones de aceites vegetales pre-dominaron sobre las entradas de semillas oleaginosas. Con elsiglo XX se inició un nuevo auge, basado ahora en la comprade granos, que se mantuvo hasta la Primera Guerra Mundial.El nivel prebélico se alcanzó en 1920-1924 y se superó, con cre-ces, en el siguiente quinquenio.

Hasta aquí la desctipción. Los números y gráficos presenta-dos adquieren significado cuando se les llena de contenido. Eslo que haré en adelante.

Desde 1860, los petróleos y después los aceites vegetalescompitierion con el de oliva en los diversos usos en que éste ve-nía aplicándose. Los primeros, ajenos a la economía olivarera,impusieron sus ventajas materiales y económicas a partir de talfecha. No ocurrió lo mismo con los caldos extraidos de las semi-llas oleaginosas por la política económica Ilevada a cabo ante laposible utilización de éstos en el área industrial y en los usosalimenticios. Pero dicha política no fue uniforme ni efectivapese a las insistencias de los olivicultores.

En un primer momento (1870-1880) los aceites vegetalescubrieron un ciclo sustitutivo respecto al de. la aceituna (14). Elalza de los precios del trienio 1875-1877 se correspondió con unaumento de las importaciones. Sin embargo, este carácter sefue perdiendo durante la siguiente década en que, de formainintetrumpida, crecieron las entradas mientras las cotizacionesdel interior permanecían bajas y estancadas. Sin duda, este he-cho contribuyó a reducir el consumo y a acentuar la deprecia-ción del caldo de la aceituna. Según escribí en páginas atrás, eluso no alimenticio de éste era abundante en los.años 80 y porello no extrañan las peticiones de protección procedentes de di-

(14) N. Sánchez-Albornoz (19H1).

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versos sectores de la olivicultura. Según las mismas, la mezclahecha con tales caldos desprestigiaba y depreciaba al de la acei-tuna. En consecuencia, pidieron se modif'icase el artículo 63 delArancel de 1869 pot el que se imponía a los aceites de semillaso industriales un derecho de 8 pesetas los 100 kilogramos, ele-vando dicha imposición a las 25 pts que satisfacían los comesti-bles (15). Estas exigencias no se hicieron realidad pues porR.O. de 15 de Junio de 1880 se permitió la venta de aceite deolivas con el de algodón con tal que el vendedor lo anunciarapúblicamente. El carácter librecambista del Arancel de Figue-rola se acentuó con esta ley que habría de permanecer a lo largode los años ochenta. Así las cosas, no extraña la creciente im-portación en tales décadas.

EI arancel de 1891 vino a corregir tal situación imponiendoaltos derechos a los aceites vegetales susceptibles de usos ali-menticios y otros m^s bajos a los sólidos como el de coco y pal-ma (16). E incluso más. Por ley de 5 de Julio de 1892 se dispusoque al importar aceite de algodón o alguna otra grasa, sólos omezclados con el de oliva, se le inutilizara para el consumo ali-menticio. Todo parecía quedar bien protegido. El consumo in-dustrial se dejaba a los demás aceites vegetales y el culinario pa-ra el de oliva (17). Sin embargo, la partida 91 referida a«si-

(15) La baja de los precios del aceite de oliva en la década de 1870 ocasio-nó un debate sobre las repercusiones que ocasionaba la entrada de caldos desemillas en nuestro país que no sólo se utilizaban en usos industriales sinotambién eran dedicados a mezclas con los de olivas. En 1879 se abrió un expe-diente a D. Antonio Botella de Aspe (Alicante) por venta de aceite de olivamezclado con el de algodón (AMA, leg. 247). Los tazonamientos en contrade tales mezclas se pueden encontrar en Angel de Villalobos (1876).

(16) EI atancel de 1891 impuso unos derechos de entrada de 8 y 23 pese-tas a las partidas 88 y 89 del arancel, referentes a«aceites de coco y de palma ylos demás aceites sólidósa y a«los demás aceites vegetales excepto el de oliva:.

(17) Por aquellos años existía una clara visión de cual era la naturaleza dela crisis y por ello no extraña que la proteccióñ quedase limitada a los aceitescomestibles. En la exposición hecha con motivo de la ptomulgacióri de la leyde 2'de Septiembre de 1888 por la que se creaban dos escuelas de oliviculturase escribió: «Tiempo es aún de reconstruir esta riqueza ya que si por desgracia lacompetencia ha podido ser irtesistible para este ptoducto agrícola en las in-

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mientes de sésamo, lino y demás semillas oleaginosas, incluso lacopra o nuez de cocop sólo pagaba a su entrada 1 peseta porcien kilogramos. Esto originó un aumento vertiginoso en lasimportaciones de dichas simientes. al par que se desarrolló unnuevo grupo industrial: el de los fabricantes de aceites de semi-llas.

Los años venideros vieron crecer este tipo de almazaras que,con el tiempo, alcanzaron un notable desarrollo. Las comprasde granos oleosos trazaron un camino paralelo y con ellas elbien protegido mercado oleícola quedó al descubierto. Las pro-testas no se hicieron esperar. La Asamblea Nacional Olivarerade 1907 expuso entre sus concluciones

aque se mod^que la partida 183 de los aranceles de Aduanasimponiendo 10 pesetas como derecho de importación por ca-da 100 kilogramos de semillas oleaginosas que se introduzcanen España» (18).

Además, exigían la desnaturalización para todos los aceitesde semillas a su importación y a su salida de las fábricas, excep-to el de cacahuet de semilla producida en territorio nacional. Sila primera fallaba, quedaba la segunda.

El gobierno fue sensible a las reclamaciones de los olivarerosy por R.D. de 21 de Julio de 1907 dispuso que todas las consul-tas y reclamaciones que se formularan, basadas en la mezcla delos aceites de olivas con los de semillas, se resolvieran apíicandoestrictamente las disposiciones de la ley de 5 de Julio de 1892 yotdenó lo conveniente para procurar se decomisasen las mezclasaludidas para impedir su venta y que se considerasen, al mismotiempo, fraudulentas. Esta ley se vió completada por la R.O.de 7 de Diciembre de 1908 al establecer que los aceites de se-

dusuias detivadas, en el alumbrado y en las máquinas, no es dable sustiruŭlecon ventaja en la alimentación...n. El futuro de la nueva oleiculrura estabadado y tal vez por ello las medidas protectoras se orientaron en dicha d ŭec-ción.

(18) Asamblea Nacional Olivarera (1907).

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millas, excepto los de cacahuet y sésamo, expedidos desde lasfábricas, se desnaturalizasen antes de ponerlos en circulación.

Ambas leyes cerraron ese «portillo abiertop de que habla-ban las resoluciones de la asamblea olivarera de 1907, no sin le-sionar intereses formados alrededor de tales fabricaciones. Enefecto, los fabricantes de aceites de semillas elevaron una expo-sición al Ministerio de Hacienda con fecha de 5 de Junio de1909 en la que se propuso la derogación de la referida Real Or-den pot los perjuicios que les ocasionaba y los pocos beneficiosque reportaba al sector olivarero. En adelante uno y otro grupode intereses permanecieron en el más absoluto silencio, reflejo,tal vez, del escaso celo puesto por las autoridades gubernativasy/ o de la mínima ptesión de los propietarios olivareros ante elaumento del valot de sus cosechas. Lo cietto es que las importa-ciones de semillas continuaron creciendo y, también, las salidasde aceite de oliva. Con ello no pienso en una sustitución delcaldo de la aceituna por otros de procedencia vegetal aunque,inevitablemente, se diesen algunas mezclas o«coupages^ en elcomercio aceitero.

La Primera Guerra Mundial generó altos ingresos para laolivicultura nacional que olvidó, durante algunos años, la posi-ble competencia de otros aceites comestibles, cuyas entradas seredujeron considerablemente (19). El restablecimiento del co-

(19) Durante la Primera Guerra Mundial llegó a ptoducirse un desabaste-cimiento del mercado interior que obligó a los gobiernos de la ép«a a limitate, incluso, prohibir las salidas de aceite presionados, tal vez, por el enrarecidoclima s«ial. En 1917, una vez se hubieron dispatado los precios, se pusieronen vigot las primeras medidas con el objetivo de impedir las ventas al extran-jeto. En ptimer lugar (R.D. de 4 de Julio) se prohibió la exportación de aceitecorriente. Más tarde (R.D. de 31 de Julio) se impuso un gravamen de 40 pts alos 100 kilogramos de caldo refinado con destino al exterior. Por último (R.D.de 6 de Septiembre) se ptohibió la exportacióri de toda clase de aceites de oli-vas, llegando, incluso a calificar de clandestina cualquier cantidad de aceiteno declarada y que fuera supetiot a las necesidades del poseedor y su familia.(R.D. de 21 de Diciembre). Las salidas se restringieron pero no los precios. Laocultación debió ser considerable. En Abril de 1918, tras la recolección de lácosecha, se levantó la prohibición anterior, estableciéndose de inmediato unrégimen tegulador del cometcio del aceite. Las ventas de aceite fino a pátses

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mercio internacional trajo consigo un aumento inusitado de lasimpottaciones entre 1920 y 1925. La baja de los precios y las di-

aznericanos quedó reducido a las a^personas naturales o jurídicas que teniendola calidad de productores, refinadores o comerciantes de aceite, sean propie-tazios de marcas de fábrica o de comercio o de nombres comerciales inscritosen el registro español de la propiedad industrial y destinados a dis ŭnguiraceites puros de oliva que durante el quinquenio de 1912 a 1916 hubiera ex-portado aceites de producción. nacional a los países de América, podrán seguirexponándolo en cantidades que no habrán en ningún caso de exceder el pro-medio anual de la cantidad total que para cada país, respectivamente, se hayaexpottado durante dicho quinquenioD. A1 mismo tiempo, se impuso un gta-vamen de 30 pts/Qm. Esta ley se vió completada por otra R.O. apazecida e12de Mayo del mismo año en la que se fijazon las condiciones del comercio conpaíses no americanos al paz que se estableció una tasa del aceite y se exigía undepósito igual a la cantidad exportada a precio de tasa. Así, pues, se limita-ron las salidas, se impusieron gravámenes, se fijaton tasas y exigieron depósi-tos. Las exportaciones de 1918 se tedujeron y los ptecios aumentaron. Algono debió funcionaz en el mecanismo establecido aunque el gobierno dispusode una determinada cantidad de aceite que destinaba a las áreas de máximacoáflictividad social y elevaba sus ingresos mediante gravámenes. Esta situa-ción se mantuvo hasta 1921 con un paulatino debilitamiento de las normas an-teriores. Se elevó la tasa, se redujeron los gravámenes, prácticamente desapa-recieton las limitaciones y se derogó la exigencia de guía pata la citculación in-terior de los aceites. Llegado Julio de 1921 sólo permaneció cierta limitación dela cantidad a expottaz que desaparecería un año más tazde. Dos cuestiones seplantean acetca de las consecuencias que las restricciones del comercio tuvie-ron sobre la economía olivatera. La primera confuma la inutilidad de muchasde las medidas de cara a frenaz el alza de los precios, reconocida por organis-mos gubetnamentales con motivo de las R.R.O.O. de 20 de Abril de 1921cuando se suspendieron los depósitos previos y se eliminó el préció de tasa.Yo mismo la he constatado al cotejat la evolución de las cotizaciones en es-tos años. La segunda niega que los problemas planteados al comercio exteriordel aceite, una vez finalizado el conflicto bélico, estuviesen relacionados ofuesen otiginados pot dichas testricciones. Muchos coetáneos no lo creyeronasí y de ahí sus diatribas contra la política gubernaznental. Otros, sin embat-go, considerazon que eran ptoblemas de coste los que impedían la expansióndel cometcio oleícola y si ésta se había conseguido dutante los años de la gue-rta se debió a la imposibilidad italiana de abastecer sus tradicionales metca-dos y a la necesidad absoluca de grasas vegetales que ruvieron los países.euro-peos por la pazalización del comercio internacional. Restablecida la normali-dad, las importaciones europeas (a países no productores) descendieron y elaceite italiano reconquistó sus antiguos mercados.

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ficultades de la ezportación ante la «vuelta a la normalidadporiginaron, de nuevo, protestas de los olivicultores por la en-trada masiva de dichas semillas. La Conferencia Nacional delAceite, celebrada en Noviembre de 1924 instó al gobierno a limi-tar las importaciones de semillas^de cacahuete y sésamo y a revi-sar los valores y derechos arancelarios de los demás granos yaceites vegetales. EI Directorio Militar atendió los requerimien-tos de la propiedad agraria y limitó a 40.000 toneladas la canti-dad a importar. (R.D. ley de 17 de Mayo de 1925), aunque porR.D. de 1 de Octubre del mismo año aplicó el referido cupo alos productores de aceites de semillas comestibles (20). No obs-tante, estas me-didas tuvieron escasa aplicación. El 8 de Juniode 1926 se prohibió la entrada en nuestro país de simientes decacahuet, colza, algodón, sésamo y soja y de todos los aceites lí-quidos vegetales de aplicación alimenticia. La ptotección delmercado oleícola nacional se había completado.

Con la aplicación de dicha normativa se puso fin a ese «por-tillo abiertom que había permitido el florecimiento de una prós-pera industria localizada, fundamentalmente, alrededor delaceite de cacahuet en la región levantina. Según un recientetrabajo, la desapatición de estas fábricas dio lugar a un largoproceso de indemnizaciones que perduró aún después de laGuerra Civil (21). También se impusieron altos derechos a lassemillás de copra o nuez de coco, que aplicadas en usos indus-triales (sobre todo en la fabricación de jabón) competían con elaceite de orujo.

Dicha ley afectó, principalmente, a la partida «simientes desésamo o no expresadasp que redujo las importaciones a niveles

(20) E126 de Abril de 1926 se habilitaron para la importación de las semi-llas de cacahuet y sésamo las aduanas de Valencia, Castellón, Tarragona, Bar-celona, Pasajes, Santander y Gijón al tiempo que se prorrateaba el cupo delas 40.000 toneladas correspondiendo a la región valenciana más del 75 porciento de las mismas. Entre los fabricantes destacaba Industrial Aceitera Ca-sanova con residencia en Gijón y Valencia a la que correspondió un cupo de11.289 toneladas de granos.

(21) C. Tió Saralegui (1982).

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mínimos. Estos granos etan dedicados, en su mayor parte, a laalimentación con lo que se puede deducir el volumen de acei-tes vegetales comestibles introducidos en nuestro país. En elquinquenio 1922-1926 el promedio anu^al fue de 430.282quintales métticos que transformados en aceite suponen172.113. La exportación del de oliva fue, en el mismo período,de 594.212 qms. En el trienio 1928-1930 la misma partida al-canzó sólo los 29.787 quintales mientras las exportaciones fue-ron de 925.541. El cálculo de los caldos vegetales comestiblesimportados en fechas anteriores a la de 1922 resulta difícil dehacer por la falta de cifras desagregadas. Un primer acerca-miento lo he tealizado aplicando e143,4 por ciento, participa-ción de los comestibles en la partida más ŭeneral durante 1922-1926. Los tesultados del Cuadro 15 dejan ver que España, pesea la política proteccionista adoptada no fue ajena al desarrollode las grasas vegetales comestibles en el mundo. Desde finales desiglo se observa una constante entrada de las mismas, sólo fre-nada por la Primera Guetra Mundial. Las industrias conserverasdel norte consumían parte de estos aceites pero otros debieronaparecer en el mercado solos o mezclados con el de oliva, pese ala prohibición de comerciar caldos adulterados o mezclados. Laley de 7 de Diciembre de 1908 exigía que se reconociesen losaceites exportados con el fin de evitar mezclas fraudulentas. Si-milar espíritu rigió la R.O. de 18 de Marzo de 1916 sobre depó-sitos comerciales en los puertos. El artículo 8 prohibía termi-nantemente la mezcla con los de semilla. Esta preocupación

CUADRO ISlmponación de aceiter comertibler de remi!lar. (Qmr).

1880-1889 5.298

1890-1899 37.4391900-1909 158.5861910-1919 93.6891922-1926 172.113

Fuente: Ertad'utica (r) de! Come^cio Ezte^ios de &paña.

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quedó asimismo recogida en el R.D. de Junio de 1926 cuandose dio el nombre de aceite de oliva al «producto resultante delprensado u otro medio de elaboración de la aceituna y su refi-nación, sin adición de sustancias ni ptáctica de otras manipula-ciones que desvittuen el origen y denoininación de dicho pro-ductob.

Sin embargo, en las grandes ciudades sobre todo, el co-mercio y consumo de aceites falsificados era normal. El ingenie-ro ágtónomo de Madtid así lo hizo ver en 1921:

«Las fals^caciones y adulteraciones de los aceites comestiblesde oliva se realizan a veces en el cometcio mezclándoles conottos aceites de semillas de cuya industria hay en España másde 90 fábricasn (22).

También en Barcelona eran frecuentes las mezclas con los desemillas, de cuyos aceites existían en la capital varias fábricas

«Como quiera que los aceites en esta forma adulterada pue-den darse a más bajo precio y no resultan perjudiciales a la sa-lud circulan sin obstáculo alguno en el mercado de esta capi-talp. (23).

Con la ley de 1926 no terminaron, sin embargo, las dificul-tades para la economía olivarera. I.a reserva de 1a demanda na-cional no supuso una elevación inmediata de los precios, al de-pender estos de las cotizaciones en el exterior toda vez que semantenía un impottante comercio de éxportación. Algunos co-nocían cómo se formaba el precio del aceite y denunciaban lanaturaleza de los problemas planteados por^aquellos años.

«Siendo ésto así -y prescindiendo de los fenómenos dinera-rios e intervalutatios- el precio de los productos o mercan-

(22) Dirección General de Agricultuta y Montes (1923a) pág. 8.(23) Ibidem, pág. 186.

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cías que «sobren^ (ésto es, que no encuenuen precio remune-rador dentro de la economía nacional) habrán de exportarse ybuscar su precio en el mercado internacional. Entonces será elprecio de la cantidad exportada, por insignificante que éstasea, el que fije el nivel de la totalidad del ptecio nacional. Es-to setá verdad asún en el caso de que, como ocurre con elaceite de oliva en España, se establezcan dificultades para laimpottación de aceites extrañós, ya que si en el mercado na-cional esa cotización de precios supeta a la del mercado inter-nacional, no habrá quien artostre el riesgo de la exportaciónpudiendo vender el aceite en el mercado interior a iguales omayores precios que en el extetiors (24).

Si ésto es así adquiere notoria importancia el mercado inter-nacional de las grasas vegetales en el estudio de la economíaolivarera hispana. Por esta razón he cteído conveniente analizarla producción y el comercio de las semillas oleaginosas y susaceites junto al multilateral intercambio del caldo de la aceitu-na antes de correlacionar el «largo movimienton de ambas eco-nomías.

(24) A. Bermudez Cañece (1930), pág. 5.

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