uso eficiente y ahorro del agua ley 373 de 1997control y seguimiento ambiental de los usos del...
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Uso Eficiente y Ahorro del Agua
Ley 373 de 1997 Diana Carolina Callejas M. Profesional Especializado Dirección de Gestión Integral del Recurso Hídrico Noviembre 20 de 2014
LEY 99 DE 1993 Artículo 3º.- “Del concepto de Desarrollo Sostenible. Se entiende por desarrollo sostenible el que conduzca al crecimiento económico, a la elevación de la calidad de la vida y al bienestar social, sin agotar la base de recursos naturales renovables en que se sustenta, ni deteriorar el medio ambiente o el derecho de las generaciones futuras a utilizarlo para la satisfacción de sus propias necesidades”.
Desarrollo Sostenible
Objeto Aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros entre el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el Centro Nacional de Producción Más Limpia y Tecnologías Ambientales – CNPMLTA con el fin de desarrollar acciones que permitan la promoción del uso eficiente y ahorro de agua.
Convenio 487 MADS y CNPMLTA
Revisión de la propuesta de reglamentación de la Ley 373 de 1997.
• Talleres
• Reuniones
• Visitas técnicas
Desarrollo de las actividades de Pactos por el Uso Eficiente y Ahorro del Agua (sectores: Acueducto y Alcantarillado, Distritos de adecuación de tierras e hidroeléctricas).
Actividades Alcances Construcción participativa
del proyecto normativo.
• Talleres: recopilación de observaciones, comentarios, aportes e información que contribuya al proceso de reglamentación.
• Promoción del uso eficiente del agua.
• Plantear actividades de corto, mediano y largo plazo que contribuyan a la implementación de la Ley 373 de 1997.
Taller Consultivo Propuesta de Reglamentación Ley 373 de 1997
OBJETIVO Socializar la propuesta de reglamentación de la Ley 373 de 1997 sobre el Uso Eficiente y el Ahorro del Agua. ALCANCE Recopilar información (observaciones, comentarios, aportes, etc.)por parte de los participantes para la construcción del proyecto de reglamentación. METODOLOGÍA Presentación: Introducción y Contexto de la Ley 373 de 1997 Mesas de trabajo: mesas temáticas para que los asistentes pueden exponer sus observaciones frente al tema. Discusión y conclusiones frente al trabajo realizado en las mesas.
Política Nacional para la Gestión Integral del Recurso Hídrico -2010
6
• Expedición de la “Política Nacional para la Gestión Integral del Recurso Hídrico” (marzo de 2010)
1 •Bien de uso público, responsabilidad de todos
2 •Consumo humano prioritario
3 •Recurso estratégico para el desarrollo del país
4 • Integralidad de la gestión y diversidad regional
5 • La cuenca hidrográfica es la unidad de gestión
6 •Ahorro y uso eficiente del agua
7 •Participación y equidad
8 • Información e investigación
PRINCIPIOS OBJETIVO GENERAL
1 •Gestión y uso eficiente y eficaz.
2 •Articulación con ordenamiento y uso
del territorio.
3 •Conservación de los recursos que
regulan la oferta hídrica.
4 •Agua como factor de desarrollo
económico y bienestar social.
5 • Implementado proceso de
participación equitativa e incluyente.
Objetivos Específicos
1.Oferta 2.Demanda 3.Calidad 4.Riesgo 5.Fortalecimiento Institucional 6.Gobernabilidad
Medición de consumos
• Inventarios y registros de usuarios. • Cuantificar demanda y medir
consumo.
GIRH en sectores
Uso eficiente y sostenible
• Formular e implementar componente ambiental del PDA (Planes departamentales de agua y saneamiento).
• Incremento de tecnologías de ahorro, uso eficiente, reducción de pérdidas y mejoramiento de infraestructura.
• Incrementar la implementación de PUEAA en empresas de acueducto y alcantarillado,…
• Cambio de hábitos de consumo no
sostenibles.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
LÍNEAS DE ACCIÓN ESTRATÉGICAS
ESTRATEGIAS
2. DEMANDA
Divulgación de riegos
• Identificar los riesgos sobre
ecosistemas clave, sistemas artificiales e infraestructura para abastecimiento, relacionados con la oferta hídrica.
• Divulgación y medidas de prevención de riesgos.
Incorporación en la planificación
Reducción y adaptación
• Incorporar la gestión de riesgos asociados a la oferta y la demanda en los POT, PDT, Planes de atención de desastres, PSMV, PUEAA, en los planes de manejo de aguas subterráneas.
• Medidas de reducción de riesgos por fenómenos Niño, Niña, y de adaptación al Cambio Climático.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
LÍNEAS DE ACCIÓN ESTRATÉGICAS
ESTRATEGIAS
4. RIESGO
Programa para el uso eficiente y ahorro del agua (PUEAA): se entiende por PUEAA, el conjunto de proyectos y acciones que deben elaborar y adoptar las entidades encargadas de la prestación de los servicios de acueducto, alcantarillado, riego y drenaje, producción hidroeléctrica y demás usuarios del recurso hídrico.
Ley 373 de 1997
Marco Normativo
•Art 5. “Corresponde al Ministerio del Medio Ambiente establecer los criterios ambientales que deben ser incorporados en la formulación de las políticas sectoriales y en los procesos de planificación de los demás ministerios y demás entidades..”
Ley 99 de 1993
•Objetivo. Demanda. Estrategia 2.3. Uso Eficiente y Sostenible del Agua.
PNGIRH
•Gestión Integral del recurso Hídrico, “…con relación al uso eficiente e instrumentos económicos, propender por implementar programas de uso eficiente y ahorro del agua en empresas prestadoras de acueducto y alcantarillado, distritos de riego e hidroeléctricas” entre otros sectores.
PND (2010-2014)
•Le asigna al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la función de proponer medidas dirigidas a promover el uso y ahorro eficiente del agua en los sectores productivos y de servicios.
Decreto 3570 de
2011
ACTOR FUNCIONES/COMPETENCIAS
Ministerio de Ambiente y Desarrollo
Sostenible
Ley 99/93: “Formular la política nacional en relación con el medio ambiente y los recursos naturales renovables”.
Corporaciones Autónomas Regionales
Ley 99/93: “ Ejecutan las políticas, planes y programas nacionales en materia ambiental dentro del ámbito de su jurisdicción…Ejercer las funciones de evaluación, control y seguimiento ambiental de los usos del agua..”
Autoridades Ambientales
Uso Eficiente del Agua
Usuario
Decreto 3573/11: “1.Otorgar o negar las licencias, permisos y trámites ambientales de competencia del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.. 2. Realizar el seguimiento de las licencias, permisos y trámites ambientales. ”.
Ley 768/02: “Los Distritos de Cartagena, Santa Marta y Barranquilla ejercerán, dentro del perímetro urbano de la cabecera distrital, las mismas funciones atribuidas a las Corporaciones Autónomas Regionales en lo que fuere aplicable al medio ambiente urbano, en los mismos términos del artículo 66 de la Ley 99 de 1993. ”.
Ley 373/97: “Artículo 3o.- Elaboración y presentación del programa. Cada entidad encargada de prestar los servicios de acueducto, alcantarillado, de riego y drenaje, de producción hidroeléctrica, y los demás usuarios del recurso hídrico presentarán para aprobación de las Corporaciones Autónomas Regionales y demás autoridades ambientales, el Programa de Uso Eficiente y Ahorro de Agua. Estas autoridades ambientales deberán elaborar y presentar al Ministerio del Medio Ambiente un resumen ejecutivo para su información, seguimiento y control, dentro de los seis meses siguientes contados a partir de la aprobación del programa”.
Antecedentes 1
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8.
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Construcción de proyecto reglamentario Formatos “Resumen Ejecutivo PUEAA” Videoconferencia con Autoridades Ambientales
Contenido y Presentación
Reducción de Pérdidas
Reuso
Medidores
Consumos
Incentivos Tarifarios
Campañas Educativas
Estudios hidrogeológicos
Tecnología de bajo consumo
Sanciones
Uso Eficiente
Decreto 2811/74. Art. 69 numeral b
Decreto 1541/78: Concesiones.
Ley 142/94. Índice de agua no contabilizada.
Decreto 3102/97. Reglamentación Art. 15
Decreto 1311/98. Reglamentación Art. 11
Resolución 1096/00. RAS. Titulo B. Sistemas de Acueducto.
Protección de zonas de manejo especial
Ley 812/03
Resolución CRA 440/08. Macro y Micromedición
CRA. Decreto 5051/09.
Decreto 587/10.
Resolución 1508/10
Resolución 491/10
Resolución 493/10
Resolución 496/10
Decreto 3570 /10
PNGIRH. Estrategia 2.3
Gestión de Riesgos
PNGIRH. Estrategia 4.2
Resolución 1514/12
Resolución 1207/14
Decreto 2532/01
Resolución CRA 150/01. Consumos básicos y máximos
Ley 99 /93 Art. 31, 83 y 85
Decreto 155/04: Tasa por uso
Ley 1333/09
Decreto 2728/12. Comisión CRA-MADS
Decreto 3172/03
Ley 1450/10 PND (2010-2014)
Ley 1523/12. Art 3. Numeral 9
Decreto1541/78 Prohibición desperdicio de agua.
Marco Normativo Art. 2,3 y 11
Art. 1 Art. 4
Art. 12
Art. 15
Art. 5
Art. 17
Art. 16
Art. 6
Art. 8
Art. 7 y 11
Decreto 3930/10 Art.63 y 64
Decreto 2811/74 Art. 148
Decreto 1541/78 Art. 143
Decreto 1311/98: Consumos
Resolución 1508/10: Desestimular uso excesivo
Ley 373/97 Propuesta de reglamentación Artículo 4o.- Reducción de pérdidas.
Artículo 5o.- Reúso obligatorio del agua.
Artículo 6o.- De los medidores de consumo.
Artículo 7o.- Consumos básicos y máximos.
Artículo 8o.- Incentivos tarifarios.
Artículo 9o.- De los nuevos proyectos.
Artículo 10o.- De los estudios hidrogeológicos.
Artículo 12o.- Campañas educativas a los usuarios.
Artículo 13o.- Programas docentes.
Artículo 14o.- Derogado por el art. 137, Ley 812 de 2003
Artículo 15o.- Tecnología de bajo consumo de agua.
Artículo 16o.- Protección de zonas de manejo especial.
Artículo 17o.- Sanciones.
• Artículos 1,2,3 y 11
– Artículo 1o.- Programa para el uso eficiente y ahorro del agua.
– Artículo 2o.- Contenido del programa de uso eficiente y ahorro del agua.
– Artículo 3o.- Elaboración y presentación del programa.
– Artículo 11o.-Actualización de información.
Ciclo del Agua
Uso eficiente
reuso
Gestión de Riesgos
Protección de zonas De manejo especial
Tecnologías de bajo consumo
Reducción de pérdidas
Gracias [email protected]