uso de herramientas tic

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AUTOCAPACITACIÓN USO DE HERRAMIENTAS EN TECNOLOGIA DE LA INFORMACION Y COMUNICACION (T.I.C.) EN LAS FUNCIONES JUDICIALES El objetivo de la presente exposición, se enfoca en mostrar las herramientas tecnológicas a disposición del funcionario judicial para la ayuda en su desarrollo laboral, y el conjunto de procedimientos y reglas que regulan su uso. Respecto de las Normas de Seguridad de la Información, así como los procedimientos que norman y regulan el acceso a los recursos de información se encuentran publicados en la Intranet del Poder Judicial. NORMAS Y POLITICAS Norma General de Seguridad de la Información. Norma de Uso de Internet.

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AUTOCAPACITACINUSO DE HERRAMIENTAS EN TECNOLOGIA DE LA INFORMACION Y COMUNICACION (T.I.C.) EN LAS FUNCIONES JUDICIALES

El objetivo de la presente exposicin, se enfoca en mostrar las herramientas tecnolgicas a disposicin del funcionario judicial para la ayuda en su desarrollo laboral, y el conjunto de procedimientos y reglas que regulan su uso.Respecto de las Normas de Seguridad de la Informacin, as como los procedimientos que norman y regulan el acceso a los recursos de informacin se encuentran publicados en la Intranet del Poder Judicial.

NORMAS Y POLITICAS Norma General de Seguridad de la Informacin. Norma de Uso de Internet. Norma de Uso de Correo Electrnico. Poltica de Acceso de Usuarios a los Sistemas de Informacin Procedimiento de Administracin de Accesos LgicosNORMA GENERAL DE SEGURIDAD DE LA INFORMACION

Esta Norma est dirigida a los usuarios de los sistemas informticos y en ella se establece la relevancia de la seguridad de la informacin; y responsabilidades de los usuarios respecto de los sistemas.Deben cumplirse por los usuarios: No divulgar su contrasea. No mantener su contrasea escrita en un lugar visible. Cambiar su contrasea en la primera conexin, y posteriormente, con frecuencia. Modificar su contrasea siempre que sospeche que alguien la conoce. Bloquear su equipo al momento de ausentarse de su puesto de trabajo.

NORMA DE USO DE INTERNET

El uso de internet debe ser privilegiado para acciones propias de la funcin del cargo de funcionario judicial, principalmente garantizar el acceso a los sistemas de gestin de causas, correo electrnico, portal web del poder judicial, biblioteca virtual, etc.Dado que este recurso debe ser utilizado responsablemente para una mayor eficiencia y calidad de trabajo, razn por la cual es necesario regular su uso y se prohbe. Descargar material que vulnere derechos de propiedad intelectual (por ejemplo software, msica y videos sin pagar derechos y/o licenciamiento). Acceder a sitios web con contenido considerado ilegal, como es el caso de sitios relacionados con pornografa infantil. Por razones de seguridad y disponibilidad de servicios, est restringido el acceso a sitios que son consumidores de recursos y reconocidas fuentes de infeccin con virus y cdigos maliciosos, como por ejemplo sitios con contenido pornogrfico, chats, juegos.

NORMA DEL USO DEL CORREO ELECTRONICO

El uso del correo electrnico facilita la comunicacin entre los funcionarios, departamentos y unidades del Poder Judicial, permitiendo una comunicacin rpida y eficiente.Esta norma cubre todo tipo de comunicacin usando el servicio de correo electrnico.Dicha norma establece que: El Correo Electrnico es una herramienta de apoyo a la eficiencia de los usuarios, por lo tanto, todas las actividades realizadas usando ste servicio deben estar enmarcadas en las necesidades de la Corporacin, disponibilidad de recursos, costos, estrategia institucional y modelo cultural del Poder Judicial y CAPJ. Para resguardar su privacidad, los mensajes de carcter personal deberan ser enviados a travs de cuentas de servidores pblicos de correo (Correos personales). Los mensajes enviados usando correo electrnico, deben mantener los mismos cuidados que cualquier comunicacin en papel, es decir, deben ser hechas, con un lenguaje, forma y contenido adecuado de una comunicacin a nombre del Poder Judicial y CAPJ.

Poltica de Acceso de Usuarios a los Sistemas de Informacin

El objetivo de esta Poltica es establecer los mecanismos mnimos de acceso lgico que deben incluir las aplicaciones, de forma tal que stas garanticen adecuadamente la identificacin as como la autentificacin y privilegios de los usuarios autorizados a acceder a la informacin procesada en los sistemas informticos del Poder Judicial y CAPJ.Los tems abordados en este documento son los siguientes: Identificacin del Usuario: Cuenta (User Id) Autentificacin del Usuario: Contrasea (Password).A continuacin se muestran los requisitos mnimos de seguridad que deben cumplir las aplicaciones en lo relativo a cuentas y claves de acceso.Caractersticas de la Cuenta (User Id): Cuenta: Entre 4 y 12 caracteres alfanumricos. Password: Entre 6 y 8 caracteres, alfanumricos.Procedimiento de Administracin de Accesos Lgicos

El objetivo de esta poltica es mostrar caractersticas relacionadas con las cuentas de usuarios de los sistemas administrativos y judiciales. Sistemas Judiciales: SITFA, SITLA, SITCO, SITCI y SIAGJ. Sistemas Operacionales: Red, Correo Electrnico, Portal Seguro, VPN.

Convencin de Nombres para Cuentas de Sistemas: User Id La convencin de nombres para los Sistemas Operacionales y Administrativos ser estructurar de la siguiente manera: Primera inicial del nombre de la persona, seguida del primer apellidoEjemplo: JPEREZ (Juan Prez)Para el caso de existir duplicados de la combinacin antes descrita, se aplican otras reglas, como agregar la inicial del segundo nombre, etc. La convencin de nombres para los Sistemas JudicialesDefinicin del tipo de juzgado, cdigo de Tribunal, guion bajo, iniciales usuarioEj: JFYYYY_JPPC(Juzgado de Familia)(YYYY: Cod. Tribunal) (Nombre del Usuario: Juan Pablo Prez Castro)Tipos de definiciones de Juzgado:JF: Juzgado de Familia - SITFAJV: Juzgado Civil SITCIJM: Juzgado Mitxo SITMIXJL: Jugado Laboral SITLAJC: Juzgado de Cobranza SITCOTG: Tribunal de Garantia - SIAGJ

URLS DE ACCESO A SISTEMAS INFORMATICOS Y SITIOS UTILES

SITFA: www.familia.pjudAcceso al sistema informtico de tramitacin de causas de familia.

SITCI: www.civil.pjudAcceso al sistema informtico de tramitacin de causas civiles.

SITMIX: www.mixtos.pjudAcceso unificado al sistema informtico de tramitacin de causas para juzgados mixtos.

SITCO: www.cobranza.pjudAcceso al sistema informtico de tramitacin de causas de cobranza.

SITLA: www.laboral.pjudAcceso al sistema informtico de tramitacin de causas del trabajo.

SIAGJ: www.reformaprocesal.pjudAcceso al sistema informtico de tramitacin de causas de garanta.

PORTAL PODER JUDICIAL: www.poderjudicial.clAcceso al portal del poder judicial.

INTRANET: www.intranet.pjudAcceso a la intranet del poder judicial. Material de apoyo, biblioteca virtual, manuales, metas de gestin, recursos humanos, etc.

CORREO PJUD: www.mail.pjudAcceso al webmail del correo institucional.

SISTEMA DE METAS: www.metas.pjudAcceso al sistema de metas del poder judicial.

METGE: www.metge.pjud Acceso al sistema de metas de gestin, para la carga de datos estadsticos.

DEFINCIONES PARA ENVIO DE CORREO ELECTRONICO

Remitente (De): Corresponde al correo electrnico del emisor.Destinatario (Para): Corresponde al correo electrnico del destinatario. Se pueden incluir ms de un destinatario, separando las direcciones de correo con una coma (,). Ej: ([email protected], [email protected])Asunto: Corresponde a una breve descripcin del motivo del correo enviado.Adjuntos: Corresponde a los archivos que se adicionan al correo enviado.Si el correo es enviado desde el webmail, se recomienda esperar que se hayan cargado los archivos adjuntos antes de enviar el correo.Si el correo en enviado desde Outlook, los adjuntos se agregaran al correo al pulsar el botn enviar y no es necesario que sean precargados.CC: Campo utilizado para agregar un correo adicional (Con copia). Es necesario que el campo destinatario (Para) incluya al menos un destinatario. Los destinatarios principales conocern a los destinatarios a quienes se les envi una copia.CCO: Campo utilizado para agregar un correo adicional, pero oculto. Funciona de igual forma que el campo CC, pero en este caso (CCO), los dems destinatarios no tienen acceso a conocer a quienes se les envi una copia oculta.