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UNIVERSIDAD VIZCAYA. OBJETIVO DE LOS DERECHOS HUMANOS. DONDE ESTAN CONTEMPLADOS. Instrumentos sobre DH. Quiénes lucharon: los oprimidos. Los inconformes Los abusados Se levantaron en armas. Consecuencias del abuso del poder. Venganza social. - PowerPoint PPT PresentationTRANSCRIPT
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UNIVERSIDAD VIZCAYA
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CATEDRÁTICO
Dr. Ángel Durán Pérez
www.angelduran.com
Gabino Barreda Núm. 237, zona centro Colima, Col.
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DERECHOS HUMANOS
sep. a dic. de 2013
Duración 56 horas
Materia: Derechos humanos
Objetivo.- Al terminar el módulo los alumnos
comprenderán la importancia que tiene
proteger y garantizar los DH.
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Litigio sobre la defensa y protección de los DH
La defensa internacional de los derechos humanos
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QUE SON LOS DEREHOS HUMANOS
CONCEPTO.- Son derechos inherentes a nuestra
naturaleza, sin los que no podemos vivir como seres humanos […] nos permiten
desarrollarnos plenamente y hacer uso de nuestras
cualidades humanas , nuestra inteligencia, nuestras
aptitudes y nuestra conciencia […] Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Derechos Humanos).
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OBJETIVO DE LOS DERECHOS HUMANOS
Proteger y promover el desarrollo de la integridad y
dignidad de todo ser humano para alcanzar su bienestar, el
progreso social, y una convivencia pacífica entre
individuos, grupos y naciones” (Álvarez Icaza Longoria, Emilio,
Los derechos humanos en México, México, Nostra Ediciones, 2009, p. 17).
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DONDE ESTAN CONTEMPLADOS
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Instrumentos sobre DH
1215: La Carta Magna, que dio a la gente nuevos derechos e hizo que el rey estuviera sujeto a la ley.
1628: La Petición de Derechos, que estableció los derechos de la gente.
1776: La Declaración de Independencia de los Estados Unidos, que proclamaba el derecho a la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad.
1789: La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, un documento de Francia que establecía que todos los ciudadanos son iguales ante la ley.
1948: La Declaración Universal de Derechos Humanos, el primer documento que proclama los 30 derechos a los que todo ser humano tiene derecho.
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Principal aportación moral de la iglesia
Santo Tomás de
Aquino 1224
El hombre es
poseedor de
derechos naturales que nadie
se los puede quitar
Luego la barbarie del hombre en
contra de sí mismo con las
dos guerras mundiales 1948
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«Padre del derecho internacional» dicen del gran
dominico español Francisco de Vitoria
(1483-1546).
Observa la barbarie de la
invasión española a la clase indígena
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CÓMO NACEN LOS DERECHOS HUMANOS
Originalmente la persona solamente
pertenecía a grupos sociales
Dependiendo de la familia
era la clase de derechos que
tenían
Había una distinción de clase social
Generalmente la desigualdad
era lo que predominaba
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CONSECUENCIASAbuso de poder
Indignación
Destierros
Marginación
Conflicto social
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Quiénes lucharon: los oprimidosLos inconformes
Los abusados
Se levantaron en armas
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Consecuencias del abuso del poderVenganza social
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PROBLEMARIO
Zenón hijo de Lisandro
pertenece a la clase social de los alfareros, adeuda a su
patrón materia prima y no la puede pagar
Si no paga la sanción es: un
año de prisión y que su padre
pague el doble de la deuda en dos
años
Una vez cumplida la pena son desterrados
debido a que han perdido su status
de alfarero
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A la luz de nuestros días qué derecho humano se estaría
violando y cómo lo garantizaríamos.
Tomar en cuenta art. 1, 2 y 17 de la Constitución Federal.
Considera un avance en la protección de los DH
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LA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS
IdentificarlosAplicarlos
Definirlos
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CÓMO HACERLOS EFICACES
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DIFICULTADES
El enemigo es la falta de valores
También del adelanto de la ciencia y tecnología
A pesar del esfuerzo internacional
Se siguen violando los derechos humanos
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OBLIGACIONES
Conocerlos
Defenderlos
AplicarlosDifundirlos
Bajo el principio de
sinergia
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FUNDAMENTOS FILOSÓFICO
Radica en la naturaleza del
serSer racional Ser libre No vienen ni
de la sociedad
Ni del Estado o de su
reconocimiento sino de su protección
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PROBLEMARIO
• Un grupo de abogados se da cuenta que han arrestado a un sospechoso de homicidio, al que ellos recuerdan haber coincidido estar en el mismo lugar y a la misma hora, por lo que saben que no es posible que él haya sido.
• ¿ cuál es la obligación de los abogados?• Si no hacen nada ¿qué valor moral están
incumpliendo?
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Gracias
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Estado constituciona
l
Las constituciones
europeas empiezan a
incluir derechos humanos
Alemania
España
Italia
Como consecuencia Tribunales constitucionales
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NACIMIENTO DE LOS TC INTERNACIONALES
• Antes y después de las guerras mundiales• Su objetivo: el respeto a los derechos de la
persona• Respetar los DH consagrados en la
constitución
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EUROPA
Checoslovaquia 29 feb 1920
crea al TC
Austria 20 oct 1920 su
constitución crea al TC
España lo crea en 1978
Alemania lo crea el 23
mayo 1949
Francia en 1958
![Page 28: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/28.jpg)
AMÉRICA LATINA
Guatemala 1991
Chile 1970
Perú 1979
Ecuador 1945
Colombia 1991
Venezuela 1979
Bolivia 1994
E.E.U.U. 1803
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MÉXICO
Tribunal Constitucional
SCJN 1987
Último intérprete de la
Constitución
Actualmente todo juez
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TC COEXISTIENDO CON FEDERACIÓN
Dualidad de competencias
Jurisdicción concurrente
Salas constitucionales estatales
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América Latina
Brasil
Venezuela
PerúChile
Entre otros
México: protege garantías individuales
Art. 1 al 29 Constitucional
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COMPETENCIA DUAL
Federal: medios de control del Constitución
Juicio de amparo
Juicio político
Investigación de la S.C.J.N. en caso de violación grave a las garantías individuales
---
Estatal:
Poder judicial
de legalidad
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PROBLEMAS EN MÉXICOInseguridad
Impunidad
Debilitamiento de la división de poderes en la federación
Descontento social
Jueces de legalidad
Falta de sinergia judicial
Corrupción
• Presión internacional por acusar a México como un país que viola derechos humanos
• Recomendaciones internacionales en el mismo sentido
• Condenas internacionales
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CONSECUENCIA
Reforma Constitucional
México entra a los países que tienes como
sistema constitucional la protección de los
DH
Constitucionaliza a los DH
Todas autoridad los debe respetar
y garantizar
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NUEVO SISTEMA DE DERECHO
Todos a proteger los DH
Todo acto de autoridad tienen como punto de partida la
irrestricta obligación de prevenir, investigar, sancionar y repara DH
Provoca un cambio de
pensar y actuar tanto de la
sociedad como el poder público
![Page 36: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/36.jpg)
REFORMA CONSTITUCIONAL 10 DE JUNIO 2011
A toda persona se
le debe garantizar el respeto de
sus derechos humanos
Consagrados en la
Constitución y;
Tratados
internacionalesde los
que el Estado
Mexicano sea parte
![Page 37: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/37.jpg)
PRINCIPIO PRO HOMINE
La norma de DH se debe interpretar
conforme a la CPEUM y a los Tratados
Internacionales en sentido amplio,
favoreciendo en todo momento a la persona
![Page 38: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/38.jpg)
El operador jurídico al interpretar la norma lo hará de la forma que
más favorezca a la personaEste principio se ve reflejado en la LGV
![Page 39: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/39.jpg)
Principio pro persona
Toda autoridad del país, en el ámbito de su competencia, está obligada a
proteger los DH que se encentran en la Constitución y en los Tratados
Internacionales … de conformidad con el Art. 1 de la CPEUM; adoptando
la interpretación más favorable al derecho humano de que se trate
La tesis P./J. 73/99 y P./J. 74/99
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A la interpretación de los tratados, pactos, convenciones o acuerdos celebrados por México; lo cual obliga a ejercer el control de convencionalidad entre las normas jurídicas internas y las supranacionales
Contradicción de tesis 293/2011, pendiente de resolverse por el Pleno.
Obligación de juez nacional
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Control de Convencionalidad
Lo ejerce toda autoridad
Sobre DH que están en la Contitución y Tratados Internacionales en lo que México sea parte
Jurisprudencia de la CIDH
Inaplicación de norma al caso concreto
Amparo directo 633/2011
![Page 42: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/42.jpg)
SUJETOS PASIVOS DE APLICACION
Toda autoridad:
garantizar los derechos
humanos
![Page 43: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/43.jpg)
PRINCIPIOS DE DERECHOS HUMANOS
Universalidad
Interdependencia
Indivisibilidad
Progresividad
![Page 44: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/44.jpg)
PRINCIPIO DE UNIVERSALIDAD
Todos tenemos los mismos derechos independientemente de la raza, sexo, condición o lugar en que te encuentres, los DH son universales
![Page 45: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/45.jpg)
PRINCIPIO DE PROGRESIVIDADTodos los gobiernos deben respetar de manera integral y progresista los
DH de sus connacionales, conforme vaya avanzando en el mundo se deben ir reconociendo e integrándolo a su régimen legal
![Page 46: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/46.jpg)
PRINCIPIO DE INTERDEPENDENCIA
A los DH se les entiende como un bloque para lograr la dignidad humana; si lesionas un derecho , éste se propaga a todos los demás, si se priva de la libertad se lesiona, derechos de libertad, dignidad, honra, de pensamiento
![Page 47: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/47.jpg)
PRINCIPIO DE INDIVISIBILIDADNingún derechos se puede dividir, todos están interrelacionados, solo así,
si se respetan, se logra proteger y garantizar la dignidad humana
![Page 48: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/48.jpg)
Prevenir
Investigar
sancionar
Reparar
Violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley
OBLIGACIONES DEL ESTADO MEXICANO
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Obligación judicial
Principio pro persona
Amparo en revisión 443/2011
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CIDH RADILLA PACHECO VS MÉXICO
339.- En relación con las prácticas judiciales, este Tribunal ha establecido en su jurisprudencia que es consciente de que los jueces y tribunales internos están sujetos al imperio de la ley y, por ello, están obligados a aplicar las disposiciones vigentes en el ordenamiento jurídico. Pero cuando un Estado ha ratificado un tratado internacional como la Convención Americana, sus jueces, como parte del aparato del Estado, también están sometidos a ella, lo que les obliga a velar porque los efectos de las disposiciones de la Convención no se vean mermados por la aplicación de leyes contrarias a su objeto y fin, que desde un inicio carecen de efectos jurídicos. En otras palabras, el Poder Judicial debe ejercer un “control de convencionalidad” ex officio entre las normas internas y la Convención Americana, evidentemente en el marco de sus respectivas competencias y de las regulaciones procesales correspondientes. En esta tarea, el Poder Judicial debe tener en cuenta no solamente el tratado, sino también la interpretación que del mismo ha hecho la Corte Interamericana, intérprete última de la Convención Americana.
![Page 51: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/51.jpg)
Posteriormente, en julio de 2011, la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió la Consulta a Trámite Expediente Varios 912/2010 relacionada con el Caso Rosendo
Radilla, teniendo lugar esta discusión justo después de publicada la reforma constitucional en derechos humanos de junio de 2011..
![Page 52: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/52.jpg)
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que se
cumpliría con los términos de la sentencia del caso Radilla Pacheco y dispuso que los jueces
del Estado mexicano deberán aplicar, en casos
futuros, el criterio de restricción del fuero
militar, en cumplimiento de la sentencia del caso
Rosendo Radilla Pacheco y en aplicación del
Artículo 1o. constitucional
![Page 53: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/53.jpg)
Más aun, la
Suprema Corte
determinó que
los juzgadores de todo el
país están
obligados a
verificar que las leyes que
aplican se
ajustan a la
Constitución
Federal y a los tratado
s internacionales
sobre derecho
s humanos, es decir, están
obligados a
realizar un
control de
convencionalidad dentro de un
modelo de
control difuso
de constitucionalida
d.
![Page 54: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/54.jpg)
la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que los jueces de todo el país podrán dejar de aplicar al caso concreto las normas que resulten contrarias a la Constitución federal o
los tratados internacionales, sin que ello implique una declaración de inconstitucionalidad, que sigue reservada a la
justicia federal. Control difuso de Constitucionalidad
![Page 55: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/55.jpg)
Se modifica la denominación del Capítulo Primero del Título Primero; el primero y quinto párrafos del artículo 1o.; el segundo párrafo del artículo 3o.; el primer párrafo del artículo 11; el artículo 15; el segundo párrafo del artículo 18; el primer párrafo del artículo 29; el primer párrafo del artículo 33; la fracción décima del artículo 89; el segundo párrafo del artículo 97; el segundo y tercer párrafos del apartado B del artículo 102; y el inciso g) de
la fracción segunda del artículo 105; la adición de dos nuevos párrafos, segundo y tercero, al artículo 1o. y recorriéndose los actuales en su orden; un nuevo párrafo segundo al
artículo 11, los párrafos segundo, tercero, cuarto y quinto al artículo 29; un nuevo párrafo segundo al artículo 33, recorriéndose el actual en su orden y los nuevos párrafos quinto,
octavo y décimo primero, recorriéndose los actuales en su orden, al artículo 102 del Apartado B; todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
![Page 56: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/56.jpg)
Casos prácticos
Caso radilla pacheco
![Page 57: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/57.jpg)
RETOS DEL SISTEMA EDUCATIVO
La enseñanza del derecho bajo método
científico
Enseñanza del derecho
nacional e internacional
con base en DH
Nuevo programas de
estudio (no leyes)
![Page 58: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/58.jpg)
IMPACTO DE LA REFORMA A DH EN LA JUSTICIA LOCAL
Poder ejecutivo
Poder legislativo
Poder judicial
Instituciones y organismos autónomos
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FORMACION DEL ABOGADO
Nuevo sistema educativo
Cambio de currícula escolar
Fomentar el estudio y preparación de un abogado humanista
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AUTORIDAD ESTATAL JURISDICCIONAL
Proteger DH Ejercer control difuso
Ejercer control constitucional local,
nacional y convencional.
![Page 61: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/61.jpg)
OBLIGACION DE LOS JUECES
Aplicara la jurisprudencia de la
CIDH
Vigilar los precedentes de la
CIDH
Aplicar el derecho para prote
ger DH
Hacer respetar el
principio de supremacía Constituciona
l
![Page 62: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/62.jpg)
PROTECCION
Avance significativo en la protección a lo DH, desde
un punto de vista globalizado
El estado mexicano inicia
un camino
de orden y respeto
a los derechos
del hombre
![Page 63: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/63.jpg)
REPERCUCION DEL CAMBIO
Instituciones de los poderes
públicas
Principalmente el poder judicial
de ambas esferas
Instituciones educativas
Investigadores
Litigantes
Cultura social, a
través de políticas de
gobierno
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SU IMPACTO CON EL NUEVO SISTEMA DE PROTECCIÓN EN DERECHOS HUMANOS
![Page 65: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/65.jpg)
Artículo 17
![Page 66: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/66.jpg)
---. En la materia penal regularán su aplicación, asegurarán la reparación del
daño y establecerán los casos en los que se requerirá supervisión judicial.
Las sentencias que pongan fin a los procedimientos orales deberán ser
explicadas en audiencia pública previa citación de las partes.
Las leyes federales y locales establecerán los medios necesarios
para que se garantice la independencia de los tribunales y la plena ejecución de
sus resoluciones.
![Page 67: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/67.jpg)
La Federación, los Estados y el Distrito Federal garantizarán la existencia de un servicio de defensoría pública de calidad para la población y asegurarán las condiciones para un servicio profesional de carrera para los defensores. Las
percepciones de los defensores no podrán ser inferiores a las que correspondan a los agentes del Ministerio Público.
![Page 68: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/68.jpg)
• Artículo 20 c)
• Artículo 20. El proceso penal será acusatorio y oral. Se regirá por los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación.
• C. De los derechos de la víctima o del ofendido:• • I. Recibir asesoría jurídica; ser informado de los derechos que en su favor
establece la Constitución y, cuando lo solicite, ser informado del desarrollo del procedimiento penal;
• • II. Coadyuvar con el Ministerio Público; a que se le reciban todos los datos o
elementos de prueba con los que cuente, tanto en la investigación como en el proceso, a que se desahoguen las diligencias correspondientes, y a intervenir en el juicio e interponer los recursos en los términos que prevea la ley.
• • Cuando el Ministerio Público considere que no es necesario el desahogo de la
diligencia, deberá fundar y motivar su negativa;•
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• III. Recibir, desde la comisión del delito, atención médica y psicológica de urgencia;
• • IV. Que se le repare el daño. En los casos en que sea
procedente, el Ministerio Público estará obligado a solicitar la reparación del daño, sin menoscabo de que la víctima u ofendido lo pueda solicitar directamente, y el juzgador no podrá absolver al sentenciado de dicha reparación si ha emitido una sentencia condenatoria.
• • La ley fijará procedimientos ágiles para ejecutar las
sentencias en materia de reparación del daño;•
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• V. Al resguardo de su identidad y otros datos personales en los siguientes casos: cuando sean menores de edad; cuando se trate de delitos de violación, trata de personas, secuestro o delincuencia organizada; y cuando a juicio del juzgador sea necesario para su protección, salvaguardando en todo caso los derechos de la defensa.
• • El Ministerio Público deberá garantizar la protección de
víctimas, ofendidos, testigos y en general todas los sujetos que intervengan en el proceso. Los jueces deberán vigilar el buen cumplimiento de esta obligación;
•
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• VI. Solicitar las medidas cautelares y providencias necesarias para la protección y restitución de sus derechos, y
• • VII. Impugnar ante autoridad judicial las
omisiones del Ministerio Público en la investigación de los delitos, así como las resoluciones de reserva, no ejercicio, desistimiento de la acción penal o suspensión del procedimiento cuando no esté satisfecha la reparación del daño.
![Page 72: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/72.jpg)
LEY GENERAL DE VÍCTIMAS
Reglamenta art. 1º. Tercer
párrafo C.F.
Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover,
respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de
universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá
prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los
términos que establezca la ley.
![Page 73: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/73.jpg)
Tratados internacionales
Cualquier otra ley en materia de víctimas
Respetar el principio propersona
![Page 74: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/74.jpg)
A QUIÉN OBLIGA
A las autoridades de los tres ámbitos de gobierno, y de los tres Poderes Constitucionales, así como a cualquier oficina, dependencia, organismo o institución pública o privada que vele por la protección de las víctimas, a proporcionar ayuda,
asistencia o reparación integral. Art. 1º. LGV
![Page 75: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/75.jpg)
REPARACIÓN DEL DAÑO
• La reparación integral comprende las medidas de restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y garantías de no repetición, en sus dimensiones individual, colectiva, material, moral y simbólica. Cada una de estas medidas será implementada a favor de la víctima teniendo en cuenta la gravedad y magnitud del hecho punible cometido o la gravedad y magnitud de la violación de sus derechos, así como las circunstancias y características del hecho victimizante.
![Page 76: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/76.jpg)
LA LGV GARANTIZARRÁ
• Derechos de las víctimas del delito y de violaciones a derechos humanos, en especial el derecho a la asistencia, protección, atención, verdad, justicia, reparación integral, restitución de sus derechos violados, debida diligencia, no repetición y todos los demás derechos consagrados en ella, en la Constitución, en los Tratados Internacionales de derechos humanos de los que el Estado mexicano es parte y demás instrumentos de derechos humanos. Art. 2 LGV
![Page 77: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/77.jpg)
DERECHO DE ACCESO DE JUSTICIA
Toda víctima tiene derecho a un recurso sencillo e inmediato a cargo de
autoridades independientes, imparciales e competentes.
Por violación a DH o víctima del
delito. Art. 10 LGV
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JUSTICIA LOCAL
Todo servidor público a respetar
la LGV 129
Ministerio público 132
Magistrados y jueces 133
![Page 79: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/79.jpg)
DEFENSA
Debe haber un defensor público eficiente para la
víctima 134
Las comisiones estatales y
defensores de DH
![Page 80: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/80.jpg)
TRIBUNALES INTERNACIONALES
Queja ante la CIDH
Efectos
![Page 81: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/81.jpg)
SE RECONOCE JURISDICIONALMENTE EL CONTROL CONVENCIONAL EN MEXICO
Control difuso
Autoridades de todos los ordenes de gobierno están
obligados a aplicar la convencionalidad en su
función
![Page 82: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/82.jpg)
EL CONTROL DE CONVENCIONALIDAD Y SU TRASCENDENCIA EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Dr. Raúl Plascencia Villanueva
![Page 83: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/83.jpg)
I. La reforma constitucional
II. Jerarquía normativa entre los diversos ordenamientos
III. Marco jurídico internacional
IV. El control difuso de la convencionalidad
![Page 84: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/84.jpg)
Problemas
Pobreza
Desastres ecológicos
Crisis financieras
Terrorismo
Inseguridad
Violencia
![Page 85: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/85.jpg)
I. LA REFORMA CONSTITUCIONAL10 de junio de 2011
La más significativa
desde la promulgación de
la Constitución en 1917
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Foros
Diplomados
SeminariosTalleres
Conferencias
ACCIONES EN FAVOR DE LA REFORMA
![Page 87: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/87.jpg)
Gobiernos
LegisladoresJueces
ÓRGANOS DEL ESTADO OBLIGADOS A CONOCER LOS DERECHOS HUMANOS
![Page 88: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/88.jpg)
Universalidad
Interdependencia
Indivisibilidad
Progresividad
88
PRINCIPIOS DE DERECHOS HUMANOS ORIENTADORES DE LA ACTUACIÓN JUDICIAL
![Page 89: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/89.jpg)
Supra Constitucional
Constitucional
Legal
JERARQUÍA NORMATIVA
![Page 90: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/90.jpg)
1988 1989 1990 1991 1992 1993 1994 1995 1996 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012
1
4
2
3
2 2
5
7
8
9
17
7
20
7 7
15
20
23
12
18 18
9
19
33
1 1
3
6
2
3
4 4
8
1
5
12
16 16
10
9
15
9
13
3
Corte Interamericana de Derechos Humanos
SENTENCIAS CASOS
![Page 91: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/91.jpg)
PaísTotal de
Sentencias Total de casosCosta Rica 1 1Uruguay 2 2Haití 2 2República Dominicana 3 2Barbados 2 2Chile 5 5Bolivia 5 3Trinidad y Tobago 5 4El Salvador 6 3Nicaragua 6 3Panamá 6 4Brasil 7 5Surinam 8 4Paraguay 8 7México 9 7Argentina 12 10Honduras 16 8Venezuela 17 13Ecuador 16 10Colombia 21 11Guatemala 25 14Perú 59 27
Total 241 147
![Page 92: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/92.jpg)
Constitución
Instrumentos Internacionales
Leyes Federales
Leyes locales
BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD
![Page 93: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/93.jpg)
Cartas
Convenciones
Declaraciones
EstatutosPrincipios
Protocolos
Reglamentos
Principales instrumentos internacionales vigentes
![Page 94: UNIVERSIDAD VIZCAYA](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022082213/5681634b550346895dd3e0e2/html5/thumbnails/94.jpg)
Gracias