universidad tecnológica de el...

128
DIARIO OFICIAL Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2233-7800 • Página Web: www.egobierno.gobernacion.gob.sv/egobierno/imprentanacional • Correo: diarioofi[email protected] S U M A R I O 1 REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL TOMO Nº 367 SAN SALVADOR, VIERNES 17 DE JUNIO DE 2005 NUMERO 112 DIRECTOR: Lic. René O. Santamaría C. "La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial será literalmente conforme al documento original, por consiguiente los errores impresos en la publicación son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que lo presentó". (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional). ORGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Escritura Pública, Estatutos de la Fundación para el Desarrollo Integral de Cabañas y Decreto Ejecutivo No. 54, declarándola legalmente establecida, aprobándole sus estatutos y confiriéndole el carácter de persona jurídica. ......................... MINISTERIO DE EDUCACION RAMO DE EDUCACIÓN Acuerdo No. 15-0422.- Equivalencia de estudios académicos a favor de Dina Esmeralda Morales Reyes. ............................... Acuerdo No. 15-0529.- Se reconoce como Directora del Colegio El Espíritu Santo a la profesora Consuelo Cerón López.......................................................................................... Acuerdo No. 15-0615.- Incorporación de Diploma de High School, con el grado de Bachillerato General, a favor de Ever Odir González Medrano............................................................. Acuerdo No. 15-0679.- Se reconoce la validez académica, a favor de Silvia Morán Ramos.................................................. MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL RAMO DE LA DEFENSA NACIONAL Acuerdo No. 65.- Se solicita Intervención del Fiscal General de la República, para que en nombre y representación del Estado de El Salvador en el ramo de la Defensa Nacional Comparezca a otorgar Escritura de Reunión de Inmueble.............................. ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acuerdos Nos. 837-D y 955-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la profesión de abogado en todas sus ramas........... Acuerdo No. 375-D.- Se autoriza a la Licenciada Glenda Yamileth Baires Escobar, para que ejerza la función de notario, aumentándosele en la nómina respectiva. .................................. INSTITUCIONES AUTONOMAS SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ELECTRICIDAD Y TELECOMUNICACIONES Resolución No. N 1- 2005.- Instructivo para el Otorgamiento de las Concesiones del Servicio Público de Telefonía. .............. Resolución No. N 2-2005.- Instructivo para las Notificaciones de los Acuerdos y Resoluciones emitidas por la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones. ........................ ALCALDÍAS MUNICIPALES Estatutos de las Asociaciones de Desarrollo Comunal “Administradora del Sistema de Agua Potable San José”, del Cantón El Paraíso; “Inter Comunal San Ramón 95”; “Cristo Rey”, Cantón San Francisco Chamaco; y “Caserío El Papalón”. Acuerdos Nos. 3, 9, 11 y 48, emitidos por las Alcaldías Municipales de Turín, Mejicanos, San Vicente y San Francisco Gotera, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica. ...................................................................................... SECCION CARTELES OFICIALES DE PRIMERA PUBLICACIÓN Declaratoria de Herencia Cartel No. 847.- Elizabeth Murcia de Molina (1 vez) ...... Cartel No. 848.- María del Socorro Blanco y otra (1 vez). Aceptación de Herencia Cartel No. 849.- Ricardo Alfaro y otra (3 alt.) .................. Pág. 4-16 17 17 17 17-18 18-19 19 Pág. 19 20-22 22-23 24-48 49 49 49

Upload: others

Post on 01-Aug-2020

2 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

1DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

DIARIO OFI CIAL

Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2233-7800 • Página Web: www.egobierno.gobernacion.gob.sv/egobierno/imprentanacional • Correo: diarioofi [email protected]

S U M A R I O

1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL

TOMO Nº 367 SAN SALVADOR, VIERNES 17 DE JUNIO DE 2005 NUMERO 112

DIRECTOR: Lic. René O. Santamaría C.

"La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Ofi cial será literalmente conforme al documento original, por consiguiente los errores impresos en la publicación son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que lo presentó". (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).

ORGANO EJECUTIVOMINISTERIO DE GOBERNACIÓN

Escritura Pública, Estatutos de la Fundación para el Desarrollo Integral de Cabañas y Decreto Ejecutivo No. 54, declarándola legalmente establecida, aprobándole sus estatutos y confi riéndole el carácter de persona jurídica. .........................

MINISTERIO DE EDUCACION

RAMO DE EDUCACIÓN

Acuerdo No. 15-0422.- Equivalencia de estudios académicos a favor de Dina Esmeralda Morales Reyes. ...............................

Acuerdo No. 15-0529.- Se reconoce como Directora del Colegio El Espíritu Santo a la profesora Consuelo Cerón López..........................................................................................

Acuerdo No. 15-0615.- Incorporación de Diploma de High School, con el grado de Bachillerato General, a favor de Ever Odir González Medrano.............................................................

Acuerdo No. 15-0679.- Se reconoce la validez académica, a favor de Silvia Morán Ramos..................................................

MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL

RAMO DE LA DEFENSA NACIONAL

Acuerdo No. 65.- Se solicita Intervención del Fiscal General de la República, para que en nombre y representación del Estado de El Salvador en el ramo de la Defensa Nacional Comparezca a otorgar Escritura de Reunión de Inmueble..............................

ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Acuerdos Nos. 837-D y 955-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la profesión de abogado en todas sus ramas...........

Acuerdo No. 375-D.- Se autoriza a la Licenciada Glenda Yamileth Baires Escobar, para que ejerza la función de notario, aumentándosele en la nómina respectiva. ..................................

INSTITUCIONES AUTONOMAS

SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ELECTRICIDAD Y TELECOMUNICACIONES

Resolución No. N 1- 2005.- Instructivo para el Otorgamiento de las Concesiones del Servicio Público de Telefonía. ..............

Resolución No. N 2-2005.- Instructivo para las Notifi caciones de los Acuerdos y Resoluciones emitidas por la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones. ........................

ALCALDÍAS MUNICIPALES

Estatutos de las Asociaciones de Desarrollo Comunal “Administradora del Sistema de Agua Potable San José”, del Cantón El Paraíso; “Inter Comunal San Ramón 95”; “Cristo Rey”, Cantón San Francisco Chamaco; y “Caserío El Papalón”. Acuerdos Nos. 3, 9, 11 y 48, emitidos por las Alcaldías Municipales de Turín, Mejicanos, San Vicente y San Francisco Gotera, aprobándolos y confi riéndoles el carácter de persona jurídica. ......................................................................................

SECCION CARTELES OFICIALES

DE PRIMERA PUBLICACIÓN

Declaratoria de Herencia

Cartel No. 847.- Elizabeth Murcia de Molina (1 vez) ......

Cartel No. 848.- María del Socorro Blanco y otra (1 vez).

Aceptación de Herencia

Cartel No. 849.- Ricardo Alfaro y otra (3 alt.) ..................

Pág.

4-16

17

17

17

17-18

18-19

19

Pág.

19

20-22

22-23

24-48

49

49

49

Page 2: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

Cartel No. 850.- Santos Marlene González Rodríguez y otros (3 alt.) ................................................................................

Cartel No. 851.- María Isabel Mejía y otra (3 alt.) ...........

Título de Propiedad

Cartel No. 852.- Estado y Gobierno de El Salvador (Ramo de Educación) (3 alt.) .................................................................

Cartel No. 853.- Estado y Gobierno de El Salvador (3alt.) ..........................................................................................

Título Municipal

Cartel No. 854.- Estado y Gobierno de El Salvador (Órgano Judicial) (3 alt.) ..........................................................................

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

Aceptación de Herencia

Cartel No. 817.- Gerson Wilfredo López Romero y otro (3alt.) ..........................................................................................

Cartel No. 818.- Blanca Lidia Herrera y otros (3 alt.) ......

Cartel No. 819.- María Julia Muñoz y otros (3 alt.)..........

DE TERCERA PUBLICACIÓN

Aceptación de Herencia

Cartel No. 810.- Luis Antonio Alvarado Aquino y otro (3alt.) ..........................................................................................

Cartel No. 811.- Héctor Antonio Mendoza González y otros (3 alt.) .........................................................................................

Cartel No. 812.- Ana Margarita Martínez Polanco (3 alt.).

SECCION CARTELES PAGADOS

DE PRIMERA PUBLICACION

Declaratoria de Herencia

Carteles Nos. F006710, F006713, F006714, F006732,

F006736, F006738, F006757, F006758, F006759, F006765,

F006768, F006769, F006792, F006794, F006814, F006816,

F006835, F006838, F006846, F006854, F006856, R000313,

R000314, R000315, R000320, R000321, R000322, R000330.

Aceptación de Herencia

Carteles Nos. F006747, F006801, F006851, F006864,

R000311, F006702, F006703, F006739, F006743, F006760,

F006766, F006795, F006797, F006818, F006828, F006836,

F006847, R000309, R000316, R000317, R000327, R000328,

R000331, R000332, R000341, R000343...................................

Títulos de Propiedad

Carteles Nos. F006742, F006861......................................

Títulos Supletorios

Carteles Nos. F006771, F006748, F006764, F006778. ....

Juicio de Ausencia

Cartel No. F006725...........................................................

Renovación de Marcas

Carteles Nos. F006807, F006808, R000319, R000345, R000357, R000358. ...................................................................

Marcas de Fábrica

Carteles Nos. F006844, R000308, R000329, R000346, R000348, R000350, R000351, R000352, R000353, R000354.

Nombre Comercial

Cartel No. F006825, R000324, R000347. ........................

Matrícula de Comercio

Carteles Nos. F006755, F006841, R000325, R000340, R000342, R000344, R000349, R000355...................................

Convocatorias

Carteles Nos. F006859, R000334, R000339, R000356....

Subastas Públicas

Carteles Nos. F006733, F006735, F006786, F006787, F006789, F006803, F006827, R000323. ...................................

Aumento de Capital

Carteles Nos. R000318, R000337.....................................

Disolución de Sociedades

Cartel No. F006728...........................................................

Aviso de Cobro

Carteles Nos. F006716, F006840......................................

Patente de Invención

Cartel No. R000326. .........................................................

Título Municipal

Cartel No. R000333. .........................................................

Otros

Cartel No. R000312. .........................................................

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

Aceptación de Herencia

Carteles Nos. F006448, F006485, F006496, F006497, F006504, F006520, R000244, F006638. ...................................

Pág.

49

50

50

50

50-51

51

51

52

52

52

52

53-59

60-66

66-67

Pág.

67-68

68-69

69-70

70-73

73-74

74-77

77-78

78-81

82

82-83

83

83-84

84

84

85-87

Page 3: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

3DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

Títulos de Propiedad

Carteles Nos. F006479......................................................

Títulos Supletorios

Carteles Nos. F006507......................................................

Títulos de Dominio

Cartel No. R000251. .........................................................

Renovación de Marcas

Carteles Nos. F006388, F006390, F006394, F006395, F006397, F006398, F006401, F006402, F006404, F006510, R000254, R000255. ...................................................................

Marcas de Fábrica

Carteles Nos. F006355, F006358, F006360, F006361, F006362, F006363, F006364, F006365, F006367, F006369, F006370, F006373, F006374, F006375, F006376, F006379, F006380, F006381, F006382, F006383, F006385, F006386, F006439, F006440, F006442, F006445, F006447, F006449, F006450, F006453, F006454, F006465, F006481, F006518, R000256, R000257, R000259, R000260, R000261, R000263, R000264, R000265. ...................................................................

Nombre Comercial

Carteles Nos. F006372, F006430, F006434, F006436, F006437, F006438, F006516, F006517, R000253. ...................

Señal de Publicidad Comercial

Carteles Nos. R000258, R000262, R000267, R000268..

Matrícula de Comercio

Carteles Nos. R000245, R000247.....................................

Convocatorias

Cartel No. R000306. .........................................................

Subastas Públicas

Carteles Nos. F006451, F006452, F006503, F006505. ....

Reposición de Certifi cado

Carteles Nos. F006419, F006471, F006472, R000242, R000243.....................................................................................

Patente de Invención

Cartel No. F006591, F006595. .........................................

Emblemas

Cartel No. F006511...........................................................

DE TERCERA PUBLICACIÓN

Aceptación de Herencia

Carteles Nos. F006022, F006025, F006060, F006070, F006074, F006079, F006091, F006121, F006145, F006150, F006153, R000182.....................................................................

Herencia Yacente

Cartel No. F006122...........................................................

Títulos de Propiedad

Carteles Nos. A068452, F006136, R000193. ...................

Títulos Supletorios

Carteles Nos. F006035, F006147, F006149. ....................

Títulos de Dominio

Cartel No. F006090...........................................................

Renovación de Marcas

Cartel No. F006140...........................................................

Marcas de Fábrica

Carteles Nos. F006045, F006084, F006087, F006088, F006089, F006139, R000192. ...................................................

Señal de Publicidad Comercial

Cartel No. F006086...........................................................

Matrícula de Comercio

Carteles Nos. F006072, R000173, R000174, R000179, R000180, R000186. ...................................................................

Convocatorias

Carteles Nos. R000175, R000361.....................................

Subastas Públicas

Carteles Nos. F006016, F006019, F006044, F006076, F006077. ....................................................................................

Reposición de Certifi cado

Carteles Nos. F006036, F006111, F006112, F006113, F006114, F006115. ....................................................................

Aumento de Capital

Carteles Nos. R000189, F006160. ....................................

Balances de Liquidación

Cartel No. F006031...........................................................

Solicitud de Nacionalidad

Cartel No. R000246 ..........................................................

Aviso de Cobro

Cartel No. F005528...........................................................

Título Municipal

Cartel No. F006028...........................................................

Pág.

87

87

87-88

88-91

91-103

103-106

106-107

107-108

108

108-109

110-111

111

111

112-114

Pág.

114-115

115

116

117

117

117-119

120

120-122

122-123

123-125

125-126

126-127

127

127-128

128

128

Page 4: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

ORGANO EJECUTIVOMINISTERIO DE GOBERNACIÓN

NUMERO DOS.- En la ciudad de San Salvador, a las once horas del

día tres de mayo de dos mil cuatro. Ante mí, JAIME AUGUSTO MEJIA,

Notario, de este domicilio comparece el señor JOSE ENCARNACION

QUINTEROS FUENTES, de sesenta y cuatro años de edad, Ingeniero

Agrónomo, del domicilio de Colón, Departamento de La Libertad, a

quien hoy conozco, portador de su Documento Unico de Identidad

número cero cero quinientos veintinueve mil seiscientos sesenta y siete-

dos actuando como Ejecutor Especial de los acuerdos tomados en

Asamblea General, celebrada en la ciudad de Sensuntepeque departa-

mento de Cabañas, a las catorce horas del día veintisiete de agosto de

dos mil tres, para lo cual me presenta el Acta número UNO para efectos

de su protocolización, la cual es del tenor literal siguiente: “En la ciudad

de Sensuntepeque, a las catorce horas del día veintisiete de agosto de

dos mil tres. Reunidos en el local de la Fundación situado en la Prime-

ra Avenida Sur número Tres, Barrio El Calvario, Sensuntepeque, De-

partamento de Cabañas, los abajo fi rmantes: JOSE ENCARNACION

QUINTEROS FUENTES, de sesenta y cuatro años de edad, ingeniero

Agrónomo, del domicilio de Colón, Departamento de La Libertad,

portador de su Documento Unico de Identidad número cero cero qui-

nientos veintinueve mil seiscientos sesenta y siete-dos JULIO

ADALBERTO MORENO QUINTEROS, de cuarenta años de edad,

Militar, del domicilio de Nueva San Salvador, portador del Documento

Unico de Identidad número cero cero seiscientos sesenta y siete mil

trescientos veinticuatro-uno; ANA CRISTINA HUEZO DE MORENO,

Empleada, del domicilio de Nueva San Salvador, Departamento de La

Libertad, portadora del Documento Unico de Identidad número cero tres

millones cincuenta y nueve mil ochocientos sesenta y uno-nueve; JOSE

ADOLFO RAMOS HUEZO, de diecinueve años de edad, Estudiante,

del domicilio de Sensuntepeque, departamento de Cabañas, portador

del Documento Unico de Identidad número cero un millón ciento se-

senta y dos mil quinientos ochenta y nueve-siete; CRISTOBAL OSCAR

CRUZ, Profesor en Educación Básica, de este domicilio, departamento

de Cabañas portador del Documento Unico de Identidad número cero

cero cuatrocientos setenta y dos mil ochenta y uno-cuatro; JOSE AN-

TONIO AMAYA, de sesenta y un años de Edad, Profesor jubilado de

este domicilio, portador del Documento Unico de Identidad número cero

cero cero cero un mil cuatrocientos cincuenta y tres-ocho; ADOLFO

FLORENTINO RAMOS REYES, de cuarenta y nueve años de edad,

Licenciado en Ciencias Jurídicas, de este domicilio, portador de su

Documento Unico de Identidad número cero un millón ochocientos

sesenta y un mil ochocientos sesenta y nueve- siete; ANTONIO

BALTAZAR CHAVEZ CASTILLO, de sesenta y cinco años de edad,

Licenciado en Periodismo, del domicilio de San Isidro, departamento

de Cabañas, portador del Documento Unico de Identidad número cero

un millón noventa y cuatro mil seiscientos sesenta y uno-cuatro; JORGE

ALBERTO VELASCO AMAYA, de setenta y un años de edad, Licen-

ciado en Contaduría Pública, del domicilio de San Salvador, portador

del Documento Unico de Identidad número cero diez millones veintio-

cho mil ciento cuarenta-seis; CARMEN GONZALEZ VIUDA DE

FIERQUIN, de sesenta y siete años de edad, Ama de casa, del domicilio

de San Salvador, portadora del Documento Unico de Identidad número

cero un millón cuatrocientos cincuenta y dos mil cuatrocientos treinta

y uno-siete; DAYSI HELEONORA HERNANDEZ DE PINEDA, de

sesenta años de edad, Contador, del domicilio de San Salvador, porta-

dora del Documento Unico de Identidad número cero cero doscientos

sesenta y nueve mil ochocientos ochenta y nueve-uno; ANA DELMY

AMAYA AGUILAR, de cincuenta y cuatro años de edad, Licenciada en

Letras, del domicilio de San Salvador, portadora del Documento Unico

de Identidad número cero dos millones ciento cuatro mil cuatrocientos

treinta y siete-ocho; ANA ELEONORA HERNANDEZ DE MANZANO,

de cincuenta y cinco años de edad, Ama de casa, del domicilio de San

Salvador, portadora del Documento Unico de Identidad número cero

cero novecientos sesenta y un mil cincuenta y cuatro-tres; ERNESTO

ANTONIO QUINTEROS HERNANDEZ, de veinticinco años de edad,

Estudiante, del domicilio de Colón, Departamento de La Libertad,

portador del Documento Unico de Identidad número cero cero cuatro-

cientos cuarenta y cinco mil quinientos noventa y dos-dos; JUAN

MUNGUIA GARCIA, de cincuenta y cuatro años de edad, Comercian-

te, de este domicilio, portador del Documento Unico de Identidad nú-

mero cero cero ciento veinticuatro mil ciento noventa y nueve-dos;

CARLOS ANTONIO ORELLANA MARROQUIN, de cincuenta y

nueve años de edad, Empleado, de este domicilio, portador del Docu-

mento Unico de Identidad número cero un millón novecientos noventa

y un mil novecientos treinta y dos-uno; RICARDO ARNULFO

LARREYNAGA AMAYA, de cuarenta y dos años de edad, Ingeniero

Agrónomo, de este domicilio, portador del Documento Unico de Iden-

tidad número cero cero seiscientos treinta y siete mil ciento ochenta y

tres-uno; DORA MERCEDES VILLALOBOS DE MUNGUIA, de

cuarenta y seis años de edad, Modista, de este domicilio, portadora del

Documento Unico de Identidad número cero un millón novecientos

treinta y dos mil seiscientos once-dos; JOSE HECTOR RODRIGUEZ

VELASCO, de sesenta y ocho años de edad, Comerciante, de este do-

micilio, portador del Documento Unico de Identidad número cero cero

cero dos mil setecientos cincuenta y cinco- siete; ANA MARLENI

CALLEJAS DE LARREYNAGA, de treinta y nueve años de edad,

Bachiller en Salud, de este domicilio, portadora del Documento Unico

de Identidad número cero cero seiscientos treinta y tres mil setecientos

noventa; ADOLFO MARTIN GONZALEZ RIVAS, de setenta y dos

años de edad, Profesor en Educación Básica, Primero y Segundo Ciclo,

de este domicilio, portador del Documento Unico de Identidad número

cero cero ciento setenta y tres mil quinientos noventa y siete- cinco;

JOSE DOLORES GUEVARA VELASCO, de sesenta y seis años de

edad, Profesor en Educación Básica, de este domicilio, portador del

Documento Unico de Identidad número cero cero novecientos sesenta

y seis mil ochocientos sesenta-uno; ADOLFO AMAYA, de treinta y

siete años de edad, Licenciado en Educación, del domicilio de Ciudad

Victoria, Departamento de Cabañas, portador del Documento Unico de

Identidad número cero un millón quinientos diecisiete mil treinta y

Page 5: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

5DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

siete-tres; JOSE CALIXTO QUINTEROS MARTINEZ, de cuarenta

años de edad, Doctor en Medicina, de este domicilio, portador del Do-

cumento Unico de Identidad número cero dos millones setenta y cuatro

mil novecientos veinticuatro-dos; JOSE ERNESTO AMAYA AREVALO,

de sesenta años de edad, Profesor, de este domicilio, portador del Do-

cumento Unico de Identidad número cero un millón quinientos setenta

mil seiscientos cuarenta y ocho-tres; JOSE EFRAIN HERNANDEZ

NAVARRETE, de treinta y un años de edad, Comerciante en pequeño,

de este domicilio, portador del Documento Unico de Identidad número

cero cero quinientos noventa y cinco mil setecientos sesenta-cero; RUBEN

DARIO CONTRERAS REYES de setenta y tres años de edad, Ingenie-

ro Agrónomo, de este domicilio, portador del Documento Unico de

Identidad número cero cero quinientos cincuenta y cinco mil novecien-

tos doce-siete; EDGAR IVAN CONTRERAS BARRERA, de treinta y

siete años de edad, Ingeniero en Electrónica, de este domicilio, portador

del Documento Unico de Identidad número cero un millón ochocientos

setenta y cuatro mil ochenta-cero; OSCAR ANTONIO HENRIQUEZ

QUINTEROS, de treinta y seis años de edad, Doctor en Medicina, de

este domicilio, portador del Documento Unico de Identidad número cero

un millón ochocientos ochenta y dos mil ciento treinta y seis-tres; AIDA

HORTENCIA JOVEL DE HENRIQUEZ, de treinta y cuatro años de

edad, Abogado, de este domicilio, portadora del Documento Unico de

Identidad número cero cero ochocientos cuatro mil ciento setenta-nueve;

RITA ANGELICA PINO QUINTEROS, de sesenta y cinco años de edad

Profesora de Educación Básica, Primero y Segundo ciclo, de este domi-

cilio, portadora del Documento Unico de Identidad número cero cero

doscientos sesenta y un mil doscientos treinta y cinco-ocho; JOSE JE-

RONIMO FERNANDEZ, de setenta y seis años de edad, Profesor Ju-

bilado, del domicilio de San Salvador, portador del Documento Unico

de Identidad número cero un millón setecientos setenta y un mil sete-

cientos treinta y dos-cinco; ALAN ROBERTO CONTRERAS BARRE-

RA, de cuarenta y dos años de edad, Médico Veterinario, de este domi-

cilio, portador del Documento Unico de Identidad número cero cero

ochocientos cincuenta y un mil ochocientos treinta y cinco-ocho; IVE-

TH ROSARIO BURGOS DE DIAZ, de treinta y nueve años de edad,

Profesora de Parvularia, de este domicilio, portadora del Documento

Unico de Identidad número cero un millón cuatrocientos treinta y siete

mil cuatrocientos cinco; JOSE ALFREDO SARAVIA VELASCO, de

cincuenta y cuatro años de edad, Comerciante, del domicilio de San

Salvador, portador del Documento Unico de Identidad número cero un

millón seiscientos ochenta y tres mil noventa y seis-ocho; DORA YAS-

MIN HERNANDEZ NAVARRETE, de veintiocho años de edad, Licen-

ciada en Administración de Empresas, de este domicilio, portadora del

Documente Unico de Identidad número cero un millón Quinientos

diecisiete mil setecientos sesenta y ocho-cuatro; JOSE EFRAIN

HERNANDEZ GARCIA, de sesenta y dos años de edad, Empleado, de

este Domicilio, portador del Documento Unico de Identidad número

cero un millón trescientos cuarenta y cinco mil trescientos noventa y

nueve cinco; WALTER ANTONIO CHAVEZ VELASCO, de treinta y

ocho años de edad, Licenciado en Administración de Empresas, del

domicilio de San Salvador, portador del Documento Unico de Identidad

número cero dos millones ochocientos setenta y siete mil setecientos

cuarenta y ocho-cinco; CECILIA ANABEL RODRIGUEZ DE

QUIJANO, de cuarenta y cinco años de edad, Comerciante, de este

domicilio, portadora del Documento Unico de Identidad número cero

cero novecientos cuarenta y siete mil trescientos treinta y uno-cinco;

CARLOS ROBERTO QUINTEROS MARTINEZ, de treinta y dos años

de edad, Estudiante, de este domicilio, portador del Documento Unico

de Identidad número cero cero un millón ochocientos cincuenta y siete

mil doscientos nueve-cinco; ANA GUADALUPE HUEZO DE RAMOS,

de cuarenta y un años de edad, Profesora, del domicilio de Sensuntepeque,

departamento de Cabañas, portadora del Documento Unico de Identidad

número cero cero trescientos catorce mil ochocientos ocho-cinco y

MAURICIO ERNESTO CHAVEZ VELASCO, de treinta y un años de

edad, Licenciado en Administración de Empresas, del domicilio de San

Salvador, portador del Documento Unico de Identidad número cero cero

cero veintisiete mil quinientos veintidós-tres. Por unanimidad tomamos

los siguientes acuerdos: PRIMERO: Crear una Fundación de carácter

apolítico, no lucrativo, ni religioso de utilidad pública con el nombre

de FUNDACION PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE CABA-

ÑAS.- SEGUNDO: Por unanimidad aprobamos íntegramente los Estatutos

que regirán a la Fundación, los cuales constan de DIEZ CAPITULOS

Y TREINTA Y CUATRO ARTICULOS, que son del Tenor Literal si-

guiente: ESTATUTOS DE LA FUNDACION PARA EL DESARROLLO

INTEGRAL DE CABAÑAS. CAPITULO I. NATURALEZA, DENO-

MINACION, DOMICILIO Y PLAZO. Artículo UNO.- Créase en la

ciudad de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, la Fundación de

nacionalidad Salvadoreña de utilidad pública, que se denominará FUN-

DACION PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE CABAÑAS, y

que podrá abreviarse FUNDADEICA, como una entidad apolítica, no

lucrativa, ni religiosa, ni gubernamental, de utilidad pública, la que en

los presentes Estatutos se denominará “La Fundación”. Artículo DOS.-

El domicilio de la Fundación será la ciudad de Sensuntepeque, Depar-

tamento de Cabañas, pudiendo establecer fi liales en todo el Departa-

mento de Cabañas, y fuera de él cuando así convenga a sus intereses.

Artículo TRES.- La Fundación se constituye por tiempo indefi nido.

CAPITULO II. FINES U OBJETIVOS. Artículo CUATRO.- Los fi nes

u objetivos de la Fundación serán: a) Preservar, conservar y renovar los

recursos naturales a través del desarrollo sostenible, utilizando técnicas

de conservación del ecosistema mediante la participación activa de las

comunidades del Departamento de Cabañas, previa la autorización del

Ministerio del Medio Ambiente y Recursos Naturales, todo de confor-

midad a las leyes de la República. b) Implementar programas educativos

sobre el manejo adecuado del ecosistema y su conservación, por medio

de campañas, charlas, capacitaciones, días de campo, exposiciones y

prácticas, a fi n de crear un conocimiento real del deterioro actual de los

recursos naturales renovables y no renovables y su colaboración al

mejoramiento de los mismos. c) Investigar, analizar y dar seguimiento

a las políticas hídricas, educativas, agropecuarias y de medio ambiente

en el Departamento de Cabañas. Cuando se trate de proyectos específi -

cos la Fundación gestionará previamente la autorización y supervisión

del respectivo Ministerio. d) Proteger y conservar los mantos acuíferos

actuales gestionando e implementando proyectos de preservación,

conservación y manejo de los recursos tierra-agua a fi n de obtener

mayores benefi cios de estos recursos y cuando éstos sean para consumo

humano con conocimiento previo y autorización de la entidad que por

Page 6: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

ley está facultada para ello. e) Gestionar e implementar programas de

benefi cio comunal tales como: educación, salud ambiental, salud huma-

na, introducción de agua potable, caminos vecinales, reservorios de agua,

construcción y mejoramiento de vivienda, electrifi cación, uso de tecno-

logía apropiada; gestionar e implementar proyectos relacionados con el

manejo y tratamiento de residuos de la basura y desechos sólidos, ten-

dientes a disminuir los niveles de contaminación, todo en armonía y

coordinación previa autorización de las entidades responsables y las

dependencias de cada Secretaría de Estado en particular y ordenanzas

Municipales. f) Mejorar las condiciones de vida de los grupos familiares

del departamento por medio de asistencia técnica dirigida y orientada a

la diversifi cación agropecuaria tendientes a mejorar los niveles de in-

greso y nutrición de la población. g) Fomentar, gestionar e implementar

programas de desarrollo de GENERO y protección a la niñez y a per-

sonas de la tercera edad, que permitan condiciones humanas sostenibles,

todo en coordinación y bajo la autorización de la entidad gubernamen-

tal correspondiente y con apego a las disposiciones legales pertinentes.

h) Fomentar en las comunidades, la creación de proyectos de medianas

y micro empresas artesanales y agroindustriales, acompañadas de capa-

citaciones en las áreas de administración, contabilidad, producción y

comercialización. i) Coordinar con otras instituciones de servicio, la

capacitación en las áreas de desarrollo económico y social, diversifi ca-

ción agropecuaria, artesanía, industriales, comerciales y otras afi nes. j)

Fomentar, gestionar e implementar proyectos deportivos de sano espar-

cimiento en las comunidades de la zona. k) Investigar, gestionar e

implementar pequeños y medianos proyectos de riego de áreas de pro-

ducción agropecuaria intensiva y diversifi cada, en coordinación con la

Institución Gubernamental correspondiente. l) Gestionar, dirigir y rea-

lizar la comercialización de productos obtenidos de proyectos impulsa-

dos por la Fundación. m) Gestionar e implementar la creación de un

Centro de Estudios de capacitación informal, educación técnica y supe-

rior con sus respectivos talleres, bajo las normas y directrices de las

Instituciones Gubernamentales correspondientes. n) Fomentar y desa-

rrollar proyectos relacionados con el turismo. ñ) Gestionar y realizar

proyectos de prevención contra desastres naturales y provocados. o)

Cualquier otro tipo de actividades relacionadas con los fi nes de la Fun-

dación y que sea de benefi cios para la comunidad del Departamento de

Cabañas. CAPITULO III. DEL PATRIMONIO. Artículo CINCO.- El

patrimonio de la Fundación estará constituido por: un aporte inicial de

Diez Mil Colones equivalentes a Un Mil Ciento Cuarenta y Dos Dólares

con Ochenta y Seis Centavos de Dólares de los Estados Unidos de

América, que los miembros fundadores han pagados a razón de DOS-

CIENTOS TREINTA Y OCHO COLONES CON DIEZ CENTAVOS

equivalentes a VEINTISIETE DOLARES CON VEINTIUN CENTAVOS

DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA cada uno,

en efectivo. La aportación en dinero relacionada, queda en poder y bajo

la responsabilidad de la Junta Directiva, también constituirán su patri-

monio, las reservas y fondos, Donaciones, Herencias, Legados, Contri-

buciones de personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras,

valores y certifi cados y todos los bienes muebles e inmuebles que ad-

quiera. Artículo SEIS.- DESTINO: El patrimonio de la Fundación

pertenece a la misma y en ningún caso a sus miembros. El Patrimonio

se destinará exclusivamente a la realización de los objetivos de la Fun-

dación. Quedará a discreción de la Junta Directiva la administración de

los bienes patrimoniales procurando establecer un fondo de operaciones

sufi ciente para los gastos corrientes en la misma y un fondo patrimonial

que servirá para cubrir las necesidades de largo plazo de la Fundación.

Artículo SIETE.- El patrimonio de la Fundación será administrado por

la Junta Directiva conforme a las directrices emanadas de la Asamblea

General. CAPITULO IV. DEL GOBIERNO DE LA FUNDACION.

Artículo OCHO.- El Gobierno de la Fundación será ejercido por: La

Asamblea General y la Junta Directiva. CAPITULO V. DE LA ASAM-

BLEA GENERAL. Artículo NUEVE.- La Asamblea General, debida-

mente convocada, es la autoridad máxima de la Fundación y estará in-

tegrada por la totalidad de los miembros fundadores. Artículo DIEZ.- La

Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez al año y extraor-

dinariamante cuando fuere convocada por la Junta Directiva. La Asam-

blea General sesionará válidamente con la asistencia del cincuenta y uno

por ciento como mínimo de los Miembros en primera convocatoria y en

segunda convocatoria una hora después con los miembros que asistan,

excepto en los casos especiales en que se requiera mayor número de

asistentes. Las resoluciones las tomará la Asamblea General por mayo-

ría absoluta de votos, excepto en los casos especiales en que se requie-

ra una mayoría diferente tipifi cados en el Reglamento Interno. Artículo

ONCE.- Todo miembro que no pudiere asistir a cualquiera de las sesio-

nes de Asamblea General por motivos justifi cados podrá hacerse repre-

sentar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones es de

un miembro, llevando la voz y el voto de su representado. Artículo

DOCE.- Son atribuciones de la Asamblea General: Elegir, sustituir y

destituir total o parcialmente a los miembros de la Junta Directiva;

Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento Interno de

la fundación; Aprobar y/o modifi car los planes, programas o presupues-

to anual de la fundación; Aprobar o desaprobar la memoria Anual de

Labores de la fundación, presentada por la Junta Directiva; Decidir

sobre la compra, venta o enajenación de los bienes muebles e inmuebles

pertenecientes a la Fundación; Decidir todos aquellos asuntos de interés

para la Fundación y que no estén contemplados en los presentes Estatutos.

CAPITULO VI. DE LA JUNTA DIRECTIVA. Artículo TRECE.- La

dirección y administración de la Fundación estará confi ada a la Junta

Directiva, la cual estará integrada por ocho miembros de la siguiente

manera: Un Presidente, un Secretario, un Tesorero, un Síndico, un Primer

Vocal, un Segundo Vocal, un Tercer Vocal y un Cuatro Vocal; los voca-

les sustituirán en su orden, a los directivos propietarios. En caso que un

vocal sustituya en forma permanente a un directivo propietario, deberá

convocarse a una Asamblea General Extraordinaria para elegir un nuevo

vocal sustituto. Para ser miembro de la Junta Directiva de la Fundación,

es necesario ser miembro fundador de la misma y no tener parentesco

entre sí ni hasta dentro del cuarto grado de consanguinidad ni segundo

de afi nidad, ni esposo o conviviente. La Junta Directiva administrará y

dispondrá del Patrimonio de la misma, en los términos que establezcan

las Leyes y los Estatutos. Artículo CATORCE.- Los miembros de la

Junta Directiva serán electos para un período de cuatro años pudiendo

ser reelectos. Artículo QUINCE.- La Junta Directiva sesionará ordina-

riamente una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea nece-

sario. Artículo DIECISEIS.- El quórum necesario para que la Junta

Directiva pueda sesionar será la mitad más uno de sus Miembros y sus

Page 7: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

7DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes. Artículo

DIECISIETE.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:

Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los fi nes de la

Fundación; velar por la administración efi ciente y efi caz del patrimonio

de la Fundación; Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Fundación,

promover la elaboración de planes, programas, proyectos y presupuestos

de la Fundación e informar a la Asamblea General; velar por el cumpli-

miento de los Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones

de la Asamblea General y de la misma Junta Directiva; convocar a se-

siones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General; resolver todos

los asuntos que no sean competencia de la Asamblea General. Proponer

a la Asamblea General la reforma de los Estatutos cuando el caso lo

amerite. Nombrar al personal necesario para la administración de la

Fundación. Artículo DIECIOCHO.- Son atribuciones del Presidente:

Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General

y Junta Directiva, velar por el cumplimiento de los acuerdos, resolucio-

nes de la Junta Directiva y de la Asamblea General así como de los

Estatutos y Reglamento Interno de la Fundación; representar judicial y

extrajudicialmente a la Fundación, pudiendo otorgar poderes previa

autorización de la Junta Directiva; convocar a Sesiones Ordinarias y

Extraordinarias de la Asamblea General y de la Junta Directiva; autori-

zar juntamente con el Tesorero las erogaciones que tenga que hacer la

Fundación; presentar la Memoria de Labores de la Fundación y cualquier

informe que le sea solicitado por la misma. Artículo DIECINUEVE.-

Son atribuciones del Secretario: Llevar los Libros de Actas de Sesiones

de Asamblea General y de Junta Directiva, llevar el archivo de docu-

mentos y registro de los Miembros de la Fundación, extender las certi-

fi caciones que fueran solicitadas a la Fundación y que sean aprobadas

por el Presidente, hacer y enviar las convocatorias a los Miembros para

las sesiones, ser el órgano de comunicación de la fundación. Artículo

VEINTE.- Son atribuciones del Tesorero: recibir y depositar los fondos

que la Fundación obtenga, en el Banco que la Junta Directiva seleccio-

ne, llevar o tener control directo de los Libros de Contabilidad de la

Fundación, autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que

la Fundación tenga que realizar. Artículo VEINTIUNO.- Son atribucio-

nes del Síndico: velar por que se cumplan los estatutos, reglamento in-

terno y las disposiciones de la Asamblea General y Junta Directiva de

la Fundación; velar por que el patrimonio de la Fundación sea adminis-

trado efi cientemente. Artículo VEINTIDOS.- Son atribuciones de los

Vocales: colaborar directamente con todos los miembros de la Junta

Directiva y sustituir a cualquier miembro de la misma en caso de ausen-

cia o impedimento, de conformidad al Artículo Trece de estos Estatutos.

Artículo VEINTITRES.- La Administración directa de la Fundación

estará a cargo de un Director Ejecutivo quien será electo por la Junta

Directiva a propuesta del Presidente de la misma, y será el órgano de

ejecución de la Junta Directiva siendo sus funciones las que el Regla-

mento Interno le asigne. Quien ejerza el cargo de Director Ejecutivo, no

deberá ser pariente con los miembros de la Junta Directiva dentro del

cuarto grado de consanguinidad ni segundo grado de afi nidad, ni espo-

so ni conviviente. CAPITULO VII. DE LOS MIEMBROS DE LA

FUNDACION. Artículo VEINTICUATRO.- Son miembros fundadores

todos aquellos individuos que han contribuido al fondo inicial con el

cual se constituye la Fundación. Los fundadores podrán designar distin-

ciones honorífi cas a todas aquellas personas que por su labor y méritos

a favor de la Fundación sean nombrados por la Asamblea General, así

como también a todas aquellas personas naturales o jurídicas, institu-

ciones, entidades y de la Junta Directiva o por su propia iniciativa,

aporten contribuciones signifi cativas a la fundación en efectivo o en

especies, de acuerdo al criterio que para tal efecto establezca la Junta

Directiva. Artículo VEINTICINCO.- Son derechos de los Miembros

Fundadores: tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea

General, optar a cargos directivos llenando los requisitos que señalen

los Estatutos y Reglamento Interno de la Fundación. Artículo VEINTI-

SEIS.- Son deberes de los Miembros Fundadores: asistir a las Sesiones

Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General, cooperar en el de-

sarrollo de aquellas actividades propias de la Fundación, cumplir y

hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y

resoluciones de la Asamblea General, los demás que les señalen los

Estatutos y Reglamento Interno de la Fundación. Artículo VEINTISIE-

TE.- La calidad de Miembro se perderá por las causas siguientes: Por

violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones

de la Asamblea General, por otras faltas graves cometidas, que a juicio

de la Asamblea General merezcan sanción, por renuncia presentada por

escrito a la Junta Directiva. CAPITULO VIII. DE LA DISOLUCION.

Artículo VEINTIOCHO.- No podrá disolverse la Fundación sino por

disposición de la ley o por resolución tomada en Asamblea General

Extraordinaria, convocada a ese efecto y con un número de votos que

represente por lo menos tres cuartas partes de sus miembros. Artículo

VEINTINUEVE.- En caso de acordarse la disolución de la Fundación

se nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas,

electas por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución.

Los bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se

donarán a cualquier entidad Benéfi ca o Cultural que la Asamblea Gene-

ral señale. CAPITULO IX. REFORMA DE ESTATUTOS. Artículo

TREINTA.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos será nece-

sario el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de los miem-

bros en Asamblea General convocada para tal efecto. CAPITULO X.

DISPOSICIONES GENERALES. Artículo TREINTA Y UNO.- La

Junta Directiva tiene la obligación de inscribir en el Registro de Asocia-

ciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación,

en los primeros días del mes de enero de cada año, la Nómina de los

Miembros y dentro de los cinco días la nueva Junta Directiva y en todo

caso inscribir en dicho Registro todos los documentos que la LEY DE

ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO señale

inscribir, así como enviar al Registro cualquier dato que se le pidiere

relativo a la Entidad. Artículo TREINTA Y DOS.- Todo lo relativo al

orden interno de la Fundación no comprendido en estos Estatutos, se

establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser

elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General.

Artículo TREINTA Y TRES.- La Fundación para El Desarrollo Integral

de Cabañas se regirá por la LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIO-

NES SIN FINES DE LUCRO, por los presentes Estatutos y demás

disposiciones legales aplicables. Artículo TREINTA Y CUATRO.- Los

presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día de su publicación

en el Diario Ofi cial. TERCERO: De conformidad al artículo doce de los

Estatutos, procedemos a elegir a la Junta Directiva, la cual, por decisión

Page 8: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

unánime de los concurrentes queda integrada de la siguiente manera:

Presidente: Adolfo Florentino Ramos Reyes; Secretario: Ana Marlene

Callejas de Larreynaga; Tesorero: José Héctor Rodríguez Velasco;

Síndico: Antonio Baltazar Chávez Castillo; Primer Vocal: Dora Merce-

des Villalobos de Munguía; Segundo Vocal: José Antonio Amaya; Tercer

Vocal: Aída Hortensia Jovel de Henríquez; Cuarto Vocal: Edgar Iván

Contreras Barrera. CUARTO: Por decisión unánime de toda la Asamblea

se acordó designar como Ejecutor Especial de los acuerdos tomados en

la presente Sesión, al Ingeniero José Encarnación Quinteros Fuentes,

para que comparezca ante Notario a formalizar la correspondiente

Escritura de Constitución de la Fundación. No habiendo más que hacer

constar se da por terminada la presente que fi rmamos. “JOSE ENCAR-

NACION QUINTEROS FUENTES.-- JULIO ADALBERTO MORENO

QUINTEROS.—ANA CRISTINA HUEZO DE MORENO.-- JOSE

ADOLFO RAMOS HUEZO.-- CRISTOBAL OSCAR CRUZ.-- JOSE

ANTONIO AMAYA.-- ADOLFO FLORENTINO RAMOS REYES.--

ANTONIO BALTAZAR CHAVEZ CASTILLO.-- JORGE ALBERTO

VELASCO AMAYA.-- CARMEN GONZALEZ VIUDA DE FIER-

QUIN.-ANTONIO BALTAZAR CHAVEZ CASTILLO.-- DAYSI

HELEONORA HERNANDEZ DE PINEDA.-- ANA DELMY AMAYA

AGUILAR.-- ANA ELEONORA HERNANDEZ DE MANZANO.--

ERNESTO ANTONIO QUINTEROS HERNANDEZ.-- JUAN MUN-

GUIA GARCIA.-- CARLOS ANTONIO ORELLANA MARROQUIN.-

- RICARDO ARNULFO LARREYNAGA AMAYA.-- DORA MER-

CEDES VILLALOBOS DE MUNGUIA. JOSE HECTOR RODRIGUEZ

VELASCO.-- ANA MARLENI CALLEJAS DE LARREYNAGA.--

ADOLFO MARTIN GONZALEZ RIVAS.-- JOSE DOLORES

GUEVARA VELASCO.- ADOLFO AMAYA.-- JOSE CALIXTO

QUINTEROS MARTINEZ.-- JOSE ERNESTO AMAYA AREVALO.-

- JOSE EFRAIN HERNANDEZ NAVARRETE.-- RUBEN DARIO

CONTRERAS REYES.- EDGAR IVAN CONTRERAS BARRERA.-

OSCAR ANTONIO HENRIQUEZ QUINTEROS.-- AIDA HORTEN-

CIA JOVEL DE HENRIQUEZ.-- RITA ANGELICA PINO

QUINTEROS.-- JOSE JERONIMO FERNANDEZ.-- ALAN ROBERTO

CONTRERAS BARRERA.-- IVETH ROSARIO BURGOS DE DIAZ.-

JOSE ALFREDO SARAVIA VELASCO.-- DORA YASMIN

HERNANDEZ NAVARRETE.-- JOSE EFRAIN HERNANDEZ

GARCIA.-- WALTER ANTONIO CHAVEZ VELASCO.-- CECILIA

ANABEL RODRIGUEZ DE QUIJANO.-- CARLOS ROBERTO

QUINTEROS MARTINEZ.-- ANA GUADALUPE HUEZO DE RA-

MOS.-- MAURICIO ERNESTO CHAVEZ VELASCO.-- RUBRICA-

DAS”.-- Es conforme con su original con el cual se confrontó y para ser

presentada al Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de

Lucro del Ministerio de Gobernación, extiendo la presente en la ciudad

de Sensuntepeque a los veintiocho días del mes de agosto de dos mil

tres. ANA MARLENE CALLEJAS DE LARREYNAGA. Secretaria.

Yo el suscrito notario, DOY FE: a) Que tuve a la vista la constancia

extendida por la señora ANA MARLENE CALLEJAS DE

LARREYNAGA Secretaria de la Junta Directiva de FUNDADEICA,

con fecha primero de marzo de dos mil cuatro de la que consta que el

Ingeniero JOSE ENCARNACION QUINTEROS FUENTES fue nom-

brado como Ejecutor Especial de los acuerdos tomados en Asamblea

General a efecto de comparecer ante el suscrito Notario para Protocolizar

el Acta a que se ha hecho referencia en este instrumento. b) Que tuve a

la vista el Acta correspondiente, que contiene los referidos Estatutos y

c) Que hice al compareciente la advertencia que señala el Artículo

Noventa y Uno de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de

Lucro. D) Que con la presente se rectifi ca el instrumento otorgado en

Sensuntepeque a las catorce horas del día veintisiete de agosto de dos

mil tres ante los ofi cios notariales del Licenciado Mauricio Antonio

Cosme Merino. Así se expresó el compareciente a quien expliqué los

efectos legales de este instrumento, y leído que le hube lo escrito ínte-

gramente en un solo acto ininterrumpido ratifi ca su contenido y fi rmamos.

DOY FE.- Enmendado: Básica-esparcimiento- gestionar- Contribucio-

nes- VIII- IX- X- XI- TERCERO- CUARTO-Vale.- Más enmendados:

pudiere- CINCO- TRES- CUATRO- CINCO- Vale.- Entre líneas: JOSE

ENCARNACION QUINTEROS FUENTES, de sesenta y cuatro años

de edad, Ingeniero Agrónomo, del domicilio de Colón, Departamento

de La Libertad, portador de su Documento Unico de Identidad número

cero cero quinientos veintinueve mil seiscientos sesenta y siete-dos.- d)

Que con la presente se rectifi ca el instrumento otorgado en Sensuntepeque

a las catorce horas del día veintisiete de agosto de dos mil tres ante los

ofi cios notariales del Licenciado Mauricio Antonio Cosme Merino.-

Vale.- Más Enmendados: DIEZ - CUATRO - Fundación - a través -

VEINTISIETE - VIII - VEINTIOCHO - VEINTINUEVE - IX - X - UNO

- DOS - TRES - CUATRO - Entre líneas: y cuando estos sean para

consumo humano contar con la autorización de la entidad correspon-

diente - Vale.- Más Enmendado: Fundación - Vale.- Más Enmendados:

inicial – Vale.- “J. E. Quinteros” -- · Jaime A. Mejía” -- RUBRICA-

DAS.

JAIME AUGUSTO MEJIA,

NOTARIO.

PASO ANTE MI de folios DOS frente al ONCE frente del Libro TREINTA

Y DOS de mi Protocolo que vence el día veintinueve de abril de dos mil

cinco. El presente Testimonio, lo Extiendo, fi rmo y sello en la ciudad de

San Salvador a los tres días del mes de mayo de dos mil cuatro, para ser

entregado a la FUNDACION PARA EL DESARROLLO INTEGRAL

DE CABAÑAS.-

JAIME AUGUSTO MEJIA,

NOTARIO.

ES CONFORME con su original con el cual se confrontó en el Registro

de Asociaciones y Fundaciones Sin Fines de Lucro del Ministerio de

Gobernación, San Salvador, a las nueve horas con treinta minutos del

día seis de mayo de dos mil cinco.

Lic. ROBERTO ANTONIO URRUTIA CACERES,

DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO DE ASOCIACIONES Y

FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO.

Page 9: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

9DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

NUMERO SETENTA Y NUEVE. LIBRO DECIMO QUINTO.- En la ciudad de Sensuntepeque a las catorce horas del día veintisiete de agosto del año dos mil tres.- Ante mí, MAURICIO ANTONIO COSME MERINO, Notario, del domicilio de San Salvador, Comparecen los señores: JOSE ENCARNACION QUINTEROS FUENTES, de sesenta y cuatro años de edad, Ingeniero Agrónomo, del domicilio de Colón, La Libertad, a quien hoy conozco, portador de su Documento Único de Identidad Número cero cero quinientos veintinueve mil seiscientos se-senta y siete- dos y con número de identifi cación tributaria cero nove-cientos ocho- trescientos mil trescientos treinta y nueve- cero cero uno- dos; JULIO ADALBERTO MORENO QUINTEROS, de cuarenta años de edad, Militar, del domicilio de Nueva San Salvador, persona de mi conocimiento, portador de su Documento Único de Identidad Nú-mero cero cero seiscientos sesenta y siete mil trescientos veinticuatro- uno y con Número de Identifi cación Tributaria cero ochocientos seis- cien-to ochenta y un mil doscientos sesenta y dos- cero cero uno- tres; ANA CRISTINA HUEZO DE MORENO, Empleada del domicilio: de Nueva San Salvador, departamento de La Libertad a quien ahora conozco e identifi co por medio de su Documento Único de Identidad Número cero tres millones cincuenta y nueve mil ochocientos sesenta y uno- nueve y con Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos nueve- ciento cincuenta mil seiscientos sesenta y seis-ciento uno- siete; JOSE ADOL-FO RAMOS HUEZO, de diecinueve años de edad, Estudiante, del domicilio de Sensuntepeque, departamento de Cabañas, persona de mi conocimiento portador de su Documento Único de Identidad Número cero un millón ciento sesenta y dos mil quinientos ochenta y nueve- siete y con Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce- cero noventa mil quinientos ochenta y cuatro - ciento tres- uno; CRIS-TOBAL OSCAR CRUZ, Profesor en Educación Básica, de este domi-cilio, departamento de Cabañas, a quien ahora conozco e identifi co por medio de su Documento Único de Identidad Número cero cero cuatro-cientos setenta y dos mil ochenta y uno- cuatro y con Número de Identifi cación Tributaria cero novecientos nueve- ciento sesenta y un mil ciento cuarenta -cero cero uno- dos; JOSE ANTONIO AMAYA, de sesenta y un años de edad, Profesor, jubilado de este domicilio a quien ahora conozco e identifi co por medio de su Documento Único de Identidad número cero cero cero cero un mil cuatrocientos cincuenta y tres- ocho y con Número de Identifi cación Tributaria cero novecientos seis- cero noventa y un mil ciento cuarenta y uno- cero cero uno- dos; ADOLFO FLORENTINO RAMOS REYES, de cuarenta y nueve años de edad, Licenciado en Ciencias Jurídicas, de este domicilio, persona de mi conocimiento, portador de su Documento Único de Identidad número cero un millón ochocientos sesenta y un mil ochocientos sesen-ta y nueve- siete y con número de identifi cación tributaria cero nove-cientos ocho - doscientos setenta mil novecientos cincuenta y tres- cero cero uno- dos; ANTONIO BALTAZAR CHAVEZ CASTILLO, de se-senta y cinco años de edad, Licenciado en Periodismo, del domicilio de San Isidro, departamento de Cabañas, a quien hoy conozco e identifi co por medio de su Documento Único de Identidad número cero un millón noventa y cuatro mil seiscientos sesenta y uno- cuatro y con Número de Identifi cación Tributaria cero novecientos cinco- cien mil quinientos treinta y seis- cero cero uno- tres; JORGE ALBERTO VELASCO AMAYA, de setenta y un años de edad, Licenciado en Contaduría Pú-blica, del domicilio de San Salvador, departamento de San Salvador, a quien hoy conozco e identifi co por medio de su Documento Único de Identidad número cero dos millones veintiocho mil ciento cuarenta- seis y con número de Identifi cación Tributaria cero novecientos seis-dos-cientos un mil treinta y uno- cero cero dos- siete; CARMEN GONZALEZ VIUDA DE FIERQUIN, de sesenta y siete años de edad, Ama de casa, del domicilio de San Salvador, a quien hoy conozco e identifi co por

medio de su Documento Único de Identidad número cero un millón cuatrocientos cincuenta y dos mil cuatrocientos treinta y uno- siete y con Número de Identifi cación Tributaria cero novecientos seis- ciento cincuenta mil setecientos treinta y seis- cero cero uno- siete; DAYSI HELEONORA HERNANDEZ DE PINEDA, o DAISY ELEONORA HERNANDEZ DE PINEDA, de sesenta años de edad, Contador del domicilio de San Salvador, a quien hoy conozco e identifi co por medio de su Documento Único de Identidad número cero cero doscientos se-senta y nueve mil ochocientos ochenta y nueve- uno y con Número de Identifi cación Tributaria cero novecientos seis- doscientos sesenta y un mil ciento cuarenta y dos- cero cero uno- cero; ANA DELMY AMAYA AGUILAR o ANA DELMY AMAYA DE FUNES, de cincuenta y cuatro años de edad, Licenciada en Letras, del domicilio de San Salva-dor, a quien hoy conozco e identifi co por medio de su Documento Único de Identidad número cero dos millones ciento cuatro mil cuatro-cientos treinta y siete - ocho y con Número de Identifi cación Tributaria cero novecientos seis- cero setenta y un mil cuarenta y ocho - cero cero uno- uno; ANA ELEONORA HERNANDEZ DE MANZANO, de cincuenta y cinco años de edad, Ama de casa, del domicilio de San Salvador, a quien hoy conozco e identifi co por medio de su Documento Único de Identidad número cero cero novecientos sesenta y un mil cincuenta y cuatro -tres y con Número de Identifi cación Tributaria cero novecientos seis- doscientos cincuenta mil setecientos cuarenta y ocho- ciento dos- cinco; ERNESTO ANTONIO QUINTEROS HERNANDEZ, de veinticinco años de edad, Estudiante, del domicilio de Colón, depar-tamento de La Libertad, a quien hoy conozco e identifi co por medio de su Documento Único de Identidad número cero cero cuatrocientos cuarenta y cinco mil quinientos noventa y dos- dos y con Número de Identifi cación Tributaria cero novecientos seis - doscientos diez mil doscientos setenta y ocho- ciento cuatro -ocho; JUAN MUNGUIA GARCIA, de cincuenta y cuatro años de edad, Comerciante, de este domicilio, a quien hoy conozco e identifi co por medio de su Documen-to Único de Identidad número cero cero ciento veinticuatro mil ciento noventa y nueve- dos y con Número de Identifi cación Tributaria cero novecientos cinco -cero cincuenta mil ciento cuarenta y nueve- cero cero uno- nueve; CARLOS ANTONIO ORELLANA MARROQUIN, de cincuenta y nueve años de edad, Empleado, de este domicilio, a quien hoy conozco e identifi co por medio de su Documento Único de Identidad número cero un millón novecientos noventa y un mil novecientos treinta y dos - uno y con Número de Identifi cación Tributaria cero no-vecientos seis-doscientos treinta mil novecientos cuarenta y tres- cero cero uno- cuatro; RICARDO ARNULFO LARREYNAGA AMAYA, de cuarenta y dos años de edad, Ingeniero Agrónomo, de este domicilio, a quien hoy conozco e identifi co por medio de su Documento Único de Identidad número cero cero seiscientos treinta y siete mil ciento ochen-ta y tres- uno y con Número de Identifi cación Tributaria cero novecien-tos seis - doscientos ochenta mil setecientos sesenta y uno- cero cero uno- cuatro; DORA MERCEDES VILLALOBOS DE MUNGUIA, de cuarenta y seis años de edad, Modista, de este domicilio, a quien hoy conozco e identifi co por medio de su Documento Único de Identidad número cero un millón novecientos treinta y dos mil seiscientos once- dos y con Número de Identifi cación Tributaria cero novecientos cinco- doscientos sesenta mil novecientos cincuenta y seis, cero cero dos - cero; JOSE HECTOR RODRIGUEZ VELASCO, de sesenta y ocho años de edad, Comerciante, de este domicilio, a quien hoy conozco e identifi co por medio de su Documento Único de Identidad número cero cero cero cero dos mil setecientos cincuenta y cinco- siete y con Número de Identifi cación Tributaria cero novecientos dos- doscientos diez mil se-tecientos treinta y cinco- cero cero uno-nueve; ANA MARLENI CA-LLEJAS DE LARREYNAGA, de treinta y nueve años de edad, Bachi-

Page 10: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

ller en Salud, de este domicilio; a quien hoy conozco e identifi co por medio de su Documento Único de Identidad número cero cero seiscien-tos treinta y tres mil setecientos noventa y siete- seis y con Número de Identifi cación Tributaria cero novecientos seis - ciento ochenta mil ochocientos setenta y cuatro- cero cero uno- cinco; ADOLFO MARTIN GONZALEZ RIVAS, de setenta y dos años de edad, Profesor en Educación Básica, Primero y Segundo Ciclo, de este domicilio, a quien hoy conozco e identifi co por medio de su Documento Único de Identidad número cero cero ciento setenta y tres mi1 quinientos noventa y siete-cinco y con Número de Identifi cación Tributaria cero novecientos seis -doscientos cincuenta y un mil ciento treinta- cero cero uno- ocho; JOSE DOLORES GUEVARA VELASCO, de sesenta y seis años de edad, Profesor en Educación Básica, de este domicilio, a quien hoy conozco e identifi co por medio de su Documento Único de Identidad número cero cero novecientos sesenta y seis mil ochocientos sesenta - uno y con Número de Identifi cación Tributaria cero novecientos seis -ciento cua-renta y un mil treinta y seis- cero cero dos- tres; ADOLFO AMAYA, de treinta y siete años de edad, Licenciado en Educación, del domicilio de Ciudad Victoria, departamento de Cabañas, a quien hoy conozco e identifi co por medio de su Documento Único de Identidad número cero un millón quinientos diecisiete mil treinta y siete- tres y con Número de Identifi cación Tributaria cero novecientos ocho - cero cuarenta mil se-tecientos sesenta y seis-cero cero dos- ocho; JOSE CALIXTO QUINTEROS MARTINEZ, de cuarenta años de edad, Doctor en Me-dicina, de este domicilio, a quien hoy conozco e identifi co por medio de su Documento Único de Identidad número cero dos millones setenta y cuatro mil novecientos veinticuatro- dos y con Número de identifi cación Tributaria cero novecientos seis-Ciento once mil ciento sesenta y dos- cero cero dos tres; JOSE ERNESTO AMAYA AREVALO, de sesenta años de edad, Profesor, de este domicilio, a quien hoy conozco e identifi co por medio de su Documento Único de Identidad número cero un millón quinientos setenta mil seiscientos cuarenta y ocho- tres y con Número de Identifi cación Tributaria cero novecientos cinco- ciento treinta mil ochocientos cuarenta y tres- cero cero uno- nueve; JOSE EFRAIN HERNANDEZ NAVARRETE, de treinta y un años de edad, Comerciante en pequeño, de este domicilio, a quien hoy conozco e identifi co Por medio de su Documento Único de Identidad número cero cero quinientos noventa y cinco mil setecientos sesenta- cero y con Número de Identifi cación Tributaria cero novecientos seis - ciento treinta mil trescientos setenta y uno- ciento uno- siete; RUBEN DARIO CONTRERAS REYES de setenta y tres años de edad, Ingeniero Agrónomo, de este domicilio, a quien hoy conozco e identifi co Por medio de su Documento Único de Identidad número cero cero quinien-tos cincuenta y cinco mil novecientos doce- siete y con Número de Identifi cación Tributaria mil cuatrocientos once- ciento setenta mil ochocientos treinta- cero cero uno siete; EDGAR IVAN CONTRERAS BARRERA, de treinta y siete años de edad, Ingeniero el Electrónica, de este domicilio, a quien hoy conozco e identifi co por medio de su Docu-mento Único de Identidad número cero un millón ochocientos setenta y cuatro mil ochenta- cero y con Número de Identifi cación Tributaria cero novecientos seis- cien mil novecientos sesenta y cinco - cero cero dos- dos; OSCAR ANTONIO HENRIQUEZ QUINTEROS, de treinta y seis años de edad, Doctor en Medicina, de este domicilio, a quien hoy conozco e identifi co por medio de su Documento Único de Identidad número cero un millón ochocientos ochenta y dos mil ciento treinta y seis - tres y con Número de Identifi cación Tributaria cero novecientos seis- cero diez mil novecientos sesenta y seis-ciento uno- cero; AIDA HORTENCIA JOVEL DE HENRIQUEZ, de treinta y cuatro años de edad, Abogado, de este domicilio, a quien hoy conozco e identifi co por medio de su Documento Único de Identidad número cero cero ocho-

cientos cuatro mil ciento setenta - nueve y con Número de Identifi cación Tributaria mil doscientos once -cero cincuenta mil cuatrocientos sesen-ta y nueve ciento uno- ocho; RITA ANGELICA PINO QUINTEROS, de sesenta y cinco años de edad, Profesora de Educación Básica, Prime-ro y Segundo ciclo, de este domicilio, a quien hoy conozco e identifi co por medio de su Documento Único de Identidad número cero cero doscientos sesenta y un mil doscientos treinta y cinco- ocho y con Nú-mero de Identifi cación Tributaria cero novecientos seis - doscientos sesenta mil ciento treinta y ocho -cero cero uno- tres; JOSE JERONIMO FERNANDEZ, de setenta y seis años de edad, Profesor Jubilado, del domicilio de San Salvador, a quien hoy conozco e identifi co por medio de su Documento Único de Identidad número cero un millón setecientos setenta y un mil setecientos treinta y dos- cinco y con Número de Identifi cación Tributaria cero novecientos seis - doscientos sesenta mil novecientos veintiséis- cero cero uno- uno; ALAN ROBERTO CONTRERAS BARRERA, de cuarenta y dos años de edad, Médico Veterinario, de este domicilio, a quien hoy conozco e identifi co por medio de su Documento Único de Identidad número cero cero ocho-cientos cincuenta y un mil ochocientos treinta y cinco- ocho y con Número de Identifi cación Tributaria cero novecientos seis- doscientos cincuenta mil cuatrocientos sesenta y uno- cero cero uno - cero; IVETH ROSARIO BURGOS DE DIAZ, de treinta y nueve años de edad, Pro-fesora de Parvularia, de este domicilio, a quien hoy conozco e identifi co por medio de su Documento Único de Identidad número cero un millón cuatrocientos treinta y siete mil cuatrocientos-cinco y con Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce-ciento sesenta mil setecientos sesenta y cuatro - ciento tres- cuatro; JOSE ALFREDO SARAVIA VELASCO, de cincuenta y cuatro años de edad, Comercian-te, del domicilio de San Salvador, a quien hoy conozco e identifi co por medio de su Documento Único de Identidad número cero un millón seiscientos ochenta y tres mil noventa y seis- ocho y con Número de Identifi cación Tributaria cero novecientos seis- cien mil ochocientos cuarenta y nueve - cero cero uno - uno; DORA YASMIN HERNANDEZ NAVARRETE, de veintiocho años de edad, Licenciada en Administración de Empresas, de este domicilio, a quien hoy conozco e identifi co por medio de su Documento Único de Identidad número cero un millón quinientos diecisiete mil setecientos sesenta y ocho - cuatro y con Nú-mero de Identifi cación Tributaria cero novecientos seis- cero cincuenta mil setecientos sesenta y cinco- ciento uno- uno; JOSE EFRAIN HERNANDEZ GARCIA, de sesenta y dos años de edad, Empleado, de este domicilio, a quien hoy conozco e identifi co por medio de su Docu-mento Único de Identidad número cero un millón trescientos cuarenta y cinco mil trescientos noventa y nueve cinco y con Número de Identi-fi cación Tributaria cero novecientos seis- cero noventa mil setecientos cuarenta y uno - cero cero uno - tres; WALTER ANTONIO CHAVEZ VELASCO, de treinta y ocho años de edad, Licenciado en Administra-ción de Empresas, del domicilio de San Salvador, a quien hoy conozco e identifi co por medio de su Documento Único de Identidad número cero dos millones ochocientos setenta y siete mil setecientos cuarenta y ocho - cinco y con Número de Identifi cación Tributaria cero seiscien-tos catorce - ciento treinta mil ochocientos sesenta y cinco - cero cero cuatro - siete; CECILIA ANABEL RODRIGUEZ DE QUIJANO, de cuarenta y cinco años de edad, comerciante, de este domicilio, a quien hoy conozco e identifi co por medio de su Documento Único de Identidad Número cero cero novecientos cuarenta y siete mil trescientos treinta y uno- cinco y con Número de Identifi cación Tributaria cero novecientos seis- ciento sesenta mil quinientos cincuenta y ocho- cero cero uno- dos; CARLOS ROBERTO QUINTEROS MARTINEZ, de treinta y dos años de edad, Estudiante, de este domicilio, a quien hoy conozco e identifi -co por medio de su Documento Único de Identidad número cero cero

Page 11: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

11DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

un millón ochocientos cincuenta y siete mil doscientos nueve - cinco y con número de Identifi cación Tributaria cero novecientos seis-ciento cincuenta mil ochocientos setenta y uno- ciento dos- ocho; ANA GUADALUPE HUEZO DE RAMOS, de cuarenta y un años de edad, Profesora, del domicilio de Sensuntepeque, departamento de Cabañas, a quien conozco, portadora de su Documento Único de Identidad Nú-mero cero cero trescientos catorce mil ochocientos ocho- cinco y con número de identifi cación tributaria cero quinientos cinco- doscientos un mil ciento sesenta y uno- ciento uno- cero y MAURICIO ERNESTO CHAVEZ VELASCO, de treinta y un años de edad años de edad, Li-cenciado en Administración de Empresas, del domicilio de San Salvador, a quien hoy conozco e identifi co por medio de su Documento UNICO de Identidad número cero cero cero veintisiete mil quinientos veintidós- tres y con Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce- ciento treinta y un mil doscientos setenta y uno - ciento uno - cuatro. Y ME DICEN: I) Que por este medio vienen a constituir una FUNDACION que se denominará FUNDACION PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE CABAÑAS, que podrá abreviarse “FUNDADEICA” y que se regi-rá por los Estatutos Aprobados por los miembros fundadores, y que constan de Nueve Capítulos y Treinta y Seis Artículos, que se transcriben a continuación: CAPITULO UNO: NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO. Artículo UNO: Créase en la Ciudad de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, la Fundación de nacionalidad Salvadoreña que se denominará FUNDACION PARA EL DESARRO-LLO INTEGRAL DE CABAÑAS y que podrá abreviarse FUNDADEI-CA, como una entidad apolítica, no lucrativa, ni religiosa, no guberna-mental, la que en los presentes estatutos se denominará “La Fundación”.- Artículo DOS: El domicilio de la fundación será la ciudad de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, pudiendo establecer fi liales en todo el Departamento de Cabañas y fuera de él cuando así convenga a sus intereses.- Artículo TRES: La Fundación se Constituye por tiempo indefi nido. CAPITULO II.- FINES: Artículo CUATRO: Los objetivos o fi nes de la Fundación serán: a) Preservar, conservar y renovar los recursos naturales a través del desarrollo sostenible, utilizando técnicas de conservación del ecosistema mediante la participación activa de las comunidades del Departamento de Cabañas, b) Implementar programas educativos sobre el manejo adecuado del ecosistema y su conservación, por medio de campañas, charlas, capacitaciones, días de campo, expo-siciones y prácticas, a fi n de crear un conocimiento real del deterioro actual de los recursos naturales renovables y no renovables y su colabo-ración al mejoramiento de los mismos; c) Investigar, analizar y dar se-guimiento a las políticas hídricas, educativas, agropecuarias y de medio ambiente en el Departamento de Cabañas; d) Proteger y conservar los mantos acuíferos actuales gestionando e inmplementando proyectos de preservación, conservación y manejo de los recursos tierra - agua a fi n de obtener mayores benefi cios de estos recursos; e) Gestionar e implementar programas de benefi cio comunal tales como: educación, salud ambiental, salud humana, introducción de agua potable, caminos vecinales, reservorios de agua, construcción y mejoramiento de vivien-da, electrifi cación, uso de tecnología apropiada; gestionar e implementar proyectos relacionados con el manejo y tratamiento de residuos de la basura y desechos sólidos, tendientes a disminuir los niveles de conta-minación; f) Mejorar las condiciones de vida de los grupos familiares del departamento por medio de asistencia técnica dirigida y orientada a la diversifi cación agropecuaria tendientes a mejorar los niveles de in-greso y nutrición de la población; g) Fomentar, gestionar e implementar programas de desarrollo del GENERO y protección a la niñez y a per-sonas de la tercera edad, que permitan condiciones humanas sostenibles; h) Fomentar en las comunidades, la creación seguimiento de medianas y micro empresas artesanales y agroindustriales, acompañadas de capa-

citaciones en las áreas de administración, contabilidad, producción y comercialización; i) Coordinar con otras Instituciones de servicios, la capacitación en las áreas de desarrollo económico y social, diversifi ca-ción agropecuaria, artesanía, industriales, comerciales y otras a fi nes; j) Fomentar, gestionar e implementar proyectos deportivos de sano espar-cimiento en las comunidades de la zona; k) Investigar, gestionar e implementar pequeños y medianos proyectos de riego de áreas de pro-ducción agropecuaria intensiva y diversifi cada; l) Gestionar, dirigir y realizar la comercialización de productos obtenidos de proyectos rela-cionados con la Fundación; m) Gestionar e implementar la creación de un Centro de Estudios de capacitación informal, educación técnica y superior con sus respectivos talleres; n) fomentar y desarrollar proyectos relacionados con el turismo; ñ) gestionar y realizar proyectos de preven-ción contra desastres naturales y provocados; o) cualquier otro tipo de actividades relacionadas con los fi nes de la Fundación y que sea de benefi cio para la comunidad del departamento de Cabañas.- CAPITULO III: DEL PATRIMONIO. Artículo CINCO: El patrimonio de la Funda-ción estará constituido por: Un Aporte inicial de Diez Mil Colones equivalentes a Un Mil Ciento Cuarenta y Dos Dólares con Ochenta y seis Centavos de Dólares de los Estados Unidos de Norte América, que los miembros fundadores han pagado a razón de DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO COLONES CON DIEZ CENTAVOS, equivalentes a VEINTISIETE DOLARES CON VEINTIUN CENTAVOS DE DO-LARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA cada uno, en efectivo. La aportación en dinero relacionada, queda en poder y bajo la responsabilidad de la Junta Directiva; también constituirán su patrimo-nio, las reservas y fondos, Donaciones, Herencias, Legados, Contribu-ciones de personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras, valores, certifi cados y todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y, productos de operaciones fi nancieras y comerciales de la fundación y las rentas provenientes de los mismos de conformidad con la ley.- Artí-culo SEIS.- DESTINO: El Patrimonio de la Fundación pertenece a la misma y en ningún caso a sus miembros. El Patrimonio se destinará exclusivamente a la realización de los objetivos de la Fundación.- Que-dará a discreción de la Junta Directiva la administración de los bienes patrimoniales procurando establecer un fondo de operaciones sufi cien-te para los gastos corrientes en la misma y un fondo patrimonial que servirá para cubrir las necesidades de largo plazo de la Fundación. Ar-tículo SIETE.- OBLIGACIONES ECONOMICAS: La Fundación, previo acuerdo de la Junta Directiva, podrá contraer obligaciones con instituciones nacionales e internacionales pero solamente con el propó-sito de fi nanciar las actividades tendientes a la realización de sus fi nes. Artículo OCHO.- El patrimonio será administrado por la Junta Directi-va conforme a las directrices que le manifi este la Asamblea General. CAPITULO CUATRO: DEL GOBIERNO DE LA FUNDACION: Ar-tículo NUEVE.- El Gobierno de la Fundación Será ejercido por: La Asamblea General y La Junta Directiva.- CAPITULO CINCO: DE LA ASAMBLEA GENERAL. Artículo DIEZ.- La Asamblea General, de-bidamente convocada, es la autoridad máxima de la Fundación y estará integrada por la totalidad de los miembros fundadores. Artículo ONCE.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez al año y ex-traordinariamente cuando fuere convocada por la Junta Directiva. La Asamblea General sesionará válidamente con la asistencia del cincuen-ta y uno por ciento como mínimo de los miembros en primera convoca-toria y en segunda convocatoria, una hora después, con los miembros que asistan, excepto en los casos especiales en que se requiera mayor número de asistentes. Las resoluciones las tomará la Asamblea General por mayoría absoluta de votos, excepto en los casos especiales en que se requiera una mayoría diferente. Artículo DOCE.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las sesiones de Asamblea General por

Page 12: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

motivos justifi cados, podrá hacerse representar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado. Artículo TRECE.- Son Atribuciones de la Asamblea General: elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros de la Junta Directiva; Aprobar, reformar o derogar los estatutos y el reglamento interno de la Fundación; Aprobar o modifi car los planes, programas o presupuestos anuales de la Fundación; Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la Fundación, presentada por la Junta Directiva; Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes muebles e inmuebles pertenecientes a la Fundación; y Deci-dir todos aquellos asuntos de interés de la Fundación y que no están contemplados en los presentes Estatutos.- CAPITULO SEIS: DE LA JUNTA DIRECTIVA. Artículo CATORCE.- La dirección y Adminis-tración de la Fundación estará confi ada a la Junta Directiva, la cual es-tará integrada por ocho miembros de la siguiente manera: Un Presiden-te, un Secretario, un Tesorero, un Síndico, un primer vocal, un segundo vocal, un tercer vocal y un cuarto vocal; los vocales sustituirán en su orden, a los directivos propietarios. En caso que un vocal sustituya en forma permanente a un directivo propietario, deberá convocarse a una Asamblea General Extraordinaria para elegir un nuevo vocal sustituto. Para ser miembro de la Junta Directiva de la Fundación, es necesario ser miembro fundador de la misma y no tener parentesco entre sí dentro del cuarto grado de consanguinidad ni segundo de afi nidad ni esposo o conviviente. La Junta Directiva administrará y dispondrá del Patrimonio de la misma, en los términos que establezcan las Leyes y los Estatutos. Artículo QUINCE.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un período de cuatro años pudiendo ser reelectos. Artículo DIECI-SEIS.- La Junta Directiva Sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario. Artículo DIECISIETE.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será la mitad más uno de sus miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes.- Artículo DIECIOCHO.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones: Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los fi nes de la Fundación; Velar por la Ad-ministración efi ciente y efi caz del Patrimonio de la Fundación; Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Fundación; Promover la elaboración de planes, programas, proyectos y presupuestos de la Fundación e in-formar a la Asamblea General; Velar por el Cumplimiento de los Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y de la misma Junta Directiva; Convocar a sesiones ordinarias y extraor-dinarias de Asamblea General. Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la Asamblea General. Proponer a la Asamblea general la reforma de los estatutos cuando el caso lo amerite. Crear los manua-les de organización y de procedimientos administrativos, de inversión, de créditos, de comercialización y otros que sean necesarios para la administración de la fundación. Nombrar al personal necesario para la administración de la Fundación. Artículo DIECINUEVE.- Son Atribu-ciones del Presidente: Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General y Junta Directiva; Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva y de la Asamblea Ge-neral, así como de los Estatutos y Reglamento Interno de la Fundación; Representar Judicial y extrajudicialmente a la Fundación, pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta Directiva; Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General y de la Junta Directiva; Autorizar juntamente con el Tesorero, las erogaciones que tenga que hacer la Fundación; y presentar la Memoria Anual de Labores de la Fundación y cualquier informe que le sea solicitado por la misma.- Artículo VEINTE.- Son Atribuciones del Secretario: Llevar los Libros de Actas de las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva; Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros

de la Fundación; Extender todas las certifi caciones que fueran solicita-das a la Fundación; Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las sesiones; Ser el órgano de Comunicación de La Fundación.- Artículo VEINTIUNO.- Son Atribuciones del Tesorero: Recibir y de-positar los fondos que la Fundación obtenga, en el Banco que la Junta Directiva Seleccione; Llevar o tener el control directo de los Libros de Contabilidad y autorizar juntamente con el Presidente, las erogaciones que la Fundación tenga que realizar. Artículo VEINTIDOS; Son Atri-buciones del Síndico: Velar por que se cumplan los estatutos, reglamen-tos y las disposiciones de la Asamblea General y Junta Directiva de la fundación; velar por que el patrimonio de la Fundación sea administra-do efi cientemente. Artículo VEINTITRES: Son Atribuciones de los Vocales: Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta Directiva y Sustituir a cualquier Miembro de la Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento, de conformidad al Artículo Trece y Cator-ce de estos estatutos.- ADMINISTRACION DIRECTA: Artículo VEINTICUATRO: La Administración directa de la Fundación estará a cargo de un Director Ejecutivo que será electo por la Junta Directiva a propuesta del Presidente de la misma. Las atribuciones del Director Ejecutivo son: a) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resolucio-nes de la junta directiva y de la Asamblea General, así como de los estatutos y reglamentos internos de la Fundación; b) Dictar las medidas administrativas que se estime necesarias o convenientes, para lograr los fi nes de la fundación; c) Contratar a nombre de la Fundación a los em-pleados y funcionarios; d) Ejecutar el presupuesto de gastos adminis-trativos; e) Previa determinación de la Junta Directiva, determinar la estructura administrativa orgánica de la Fundación; f) Determinar las remuneraciones de los miembros del personal de empleados y Funcio-narios, de gastos de operación y de inversión anual de la Fundación, para ser aprobadas por la Junta Directiva; quien ejerza el nombramiento de Director Ejecutivo, no deberá ser pariente con los miembros de la Junta Directiva dentro del cuarto grado de consanguinidad ni segundo grado de afi nidad, ni esposos ni convivientes.- CAPITULO SEPTIMO: DE LOS MIEMBROS DE LA FUNDACION.- Artículo VEINTICINCO.- Los Miembros fundadores son los siguientes: JOSE ENCARNACION QUINTEROS FUENTES, JULIO ADALBERTO MORENO QUINTEROS, ANA CRISTINA HUEZO DE MORENO, JOSE ADOLFO RAMOS HUEZO, CRISTOBAL OSCAR CRUZ, JOSE ANTONIO AMAYA, ADOLFO FLORENTINO RAMOS REYES, ANTONIO BALTAZAR CHAVEZ CASTILLO, JORGE ALBERTO VELASCO AMAYA, CARMEN GONZALEZ VIUDA DE FIERQUIN, DAYSI HELEONORA HERNANDEZ DE PINEDA o DAISY ELEONORA HERNANDEZ DE PINEDA, ANA DELMY AMAYA AGUILAR o ANA DELMY AMAYA DE FUNES, ANA ELEONORA HERNANDEZ DE MANZANO, ERNESTO ANTONIO QUINTEROS HERNANDEZ, JUAN MUNGUIA GARCIA, CARLOS ANTONIO ORELLANA MARROQUIN, RICARDO ARNULFO LARREYNAGA AMAYA, DORA MERCEDES VILLALOBOS DE MUNGUIA, JOSE HECTOR RODRIGUEZ VELASCO, ANA MARLENI CALLEJAS DE LARREYNAGA, ADOLFO MARTIN GONZALEZ RIVAS, JOSE DOLORES GUEVARA VELASCO, ADOLFO AMAYA, JOSE CALIXTO QUINTEROS MARTINEZ, JOSE ERNESTO AMAYA AREVALO, JOSE EFRAIN HERNANDEZ NAVARRETE, RUBEN DARIO CONTRERAS REYES, EDGAR IVAN CONTRERAS BA-RRERA, OSCAR ANTONIO HENRIQUEZ QUINTEROS, AIDA HORTENCIA JOVEL DE HENRIQUEZ, RITA ANGELICA PINO QUINTEROS, JOSE JERONIMO FERNANDEZ, ALAN ROBERTO CONTRERAS BARRERA, IVETH ROSARIO BURGOS DE DIAZ, JOSE ALFREDO SARAVIA VELASCO, DORA YASMIN HERNANDEZ NAVARRETE, JOSE EFRAIN HERNANDEZ GARCIA,

Page 13: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

13DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

WALTER ANTONIO CHAVEZ VELASCO, CECILIA ANABEL RODRIGUEZ DE QUIJANO, CARLOS ROBERTO QUINTEROS MARTINEZ, ANA GUADALUPE HUEZO DE RAMOS y MAURICIO ERNESTO CHAVEZ VELASCO. Artículo VEINTISEIS: SON FUN-DADORES: Todas aquellas personas que han contribuido al fondo inicial con el cual se constituye la Fundación.- Los fundadores podrán designar distinciones honorífi cas a todas aquellas personas que por su labor y méritos a favor de la Fundación sean nombrados por la Asamblea General, así como también a todas aquellas personas naturales o jurídi-cas, instituciones, entidades y organismos nacionales o extranjeros, así como empresas que mediante invitación de la Junta Directiva o por su propia iniciativa, aporten contribuciones signifi cativas a la fundación en efectivo o en especies, de acuerdo al criterio que para tal efecto esta-blezca la Junta Directiva. Artículo VEINTISIETE.- Son derechos de los Fundadores: Gozar de los Benefi cios derivados de la Fundación; Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea General: Optar a cargos directivos llenando los requisitos que señalen los estatutos de la Funda-ción; y Los demás que les señalen los estatutos y reglamento interno de la fundación. Artículo VEINTIOCHO.- Son deberes de las Fundadores: Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General; Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de la Fundación, Cumplir y hacer cumplir los presentes estatutos, reglamento interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General; y los demás que les señalen los estatutos y reglamento interno de la Fundación. Artículo VEINTINUEVE.- La Calidad de fundador se perderá por las causas siguientes: Por violación a estos estatutos, reglamento interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General. Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea General merezcan tal sanción y por renun-cia presentada por escrito a la Junta Directiva.- CAPITULO OCHO: DE LA DISOLUCION.- Artículo TREINTA.- No podrá disolverse la Fundación sino por disposición de la ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria, convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo menos tres cuartas partes de sus Miembros Fundadores. Artículo TREINTA Y UNO.- En caso de acordar-se la disolución de la Fundación se nombrará una Junta de liquidación com-puesta de cinco personas, electas por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se donarán a cualquier entidad Benéfi ca o cul-tural que la Asamblea General Señale. CAPITULO NUEVE.- DISPO-SICIONES GENERALES.- Artículo TREINTA Y DOS.- Para reformar o derogar los presentes estatutos será necesario el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de los miembros en Asamblea General, convocada para tal efecto. Artículo TREINTA Y TRES.- La Junta Di-rectiva tiene la obligación de inscribir en el Registro de Asociaciones y Fundaciones Sin Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación, la Junta Directiva dentro de los cinco días después de electa, y en todo caso proporcionar al expresado Registro cualquier dato que se le pidiere, de conformidad a la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro. Artículo TREINTA Y CUATRO.- Todo lo relativo al orden interno de la Fundación no comprendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General. Artículo TREIN-TA Y CINCO.- La Fundación para el Desarrollo Integral de Cabañas, se regirá por los presentes Estatutos, su Reglamento Interno y demás disposiciones legales aplicables. Artículo TREINTA Y SEIS.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día de su Publicación en el Diario Ofi cial. Asimismo, en este mismo acto elige a la Junta Di-rectiva de conformidad al Artículo Catorce de los Estatutos, la cual por decisión unánime de los comparecientes, de la siguiente manera: Presi-dente: ADOLFO FLORENTINO RAMOS REYES; Secretaria, ANA

MARLENI CALLEJAS DE LARREYNAGA; Tesorero: JOSE HECTOR RODRIGUEZ VELASCO; Síndico: JOSE BALTAZAR CHAVEZ CASTILLO; Primer Vocal: DORA MERCEDES VILLALOBOS DE MUNGUIA; Segundo Vocal: JOSE ANTONIO AMAYA; Tercer Vocal: AIDA HORTENCIA JOVEL DE HENRIQUEZ; Cuarto Vocal: EDGAR IVAN CONTRERAS BARRERA. La Junta Directiva de la Fundación que se constituye en este acto, nombran como Auditor para el primer Período al Contador Público Académico JORGE ALBERTO VELASCO AMAYA. Yo, El suscrito Notario HAGO CONSTAR: a) Que advertí a los otorgantes de la obligación de remitir al Organo Ejecutivo en el ramo de Gobernación el original y copia de los estatutos de la Fundación desarrollados en forma de Artículos y separados por Capítulos para su debida Publicación en el Diario Ofi cial, así como el respectivo testimo-nio de esta escritura para su debido Registro y de sus sanciones según lo establece el Artículo Noventa y Uno de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin fi nes de Lucro; b) De que expliqué a los comparecien-tes los efectos legales de este Acto Jurídico, de su Registro y de las sanciones impuestas por no hacerlo, cerciorándome de que son capaces para otorgarlos y comprenderlos. Así se expresaron los comparecientes, a quienes expliqué los efectos legales de este instrumento y leído que les hube íntegramente lo escrito y en un sólo acto sin interrupción, rati-fi can su contenido y fi rmamos.- DOY FE.- Enmendados:-tres-cuatro-Uno-Valen. Entrelineas:-Aprobados por los miembros fundadores, y que constan de Nueve Capítulos y Treinta y Seis Artículos-Valen. “Hay Cuarenta y tres fi rma que se lee:” “J E Quinteros” “J A Moreno” “A C Huezo” “José Adolfo Ramos H” “C O Cruz” “ “J A Amaya” “Ilegible” “B Chavez C” “J A C Velasco” “C Fierquin” “D E Pineda” “Ilegible” “E de Manzano” “E A Quinteros H” “Delmy Amaya” “Ilegible” “Ilegi-ble” “D M de Munguia” “J H Rodriguez” “Ilegible” “Adolfo M Gonzalez” “J D Guevara” “A Amaya” “Ilegible” “J E Hernandez” “Ruben D Contreras” “E Ivan C B” “J E Amaya” “O A Enrriquez” “A Jovel de Henriquez” “Rita Pino” “J Jere F” “A R Contreras” “I Burgos de Diaz” “Ilegible” “Ilegible” “J E Hernandez” “W Ch V” “C Anabel Rodriguez” “C Quinteros M” “A G Huezo” “M E Chavez” “M Cosme M”. “RU-BRICADAS”

MAURICIO ANTONIO COSME MERINO,

NOTARIO.

PASO ANTE MI, del folio Número CIENTO CUARENTA Y NUEVE Frente al folio CIENTO SESENTA Frente, del Libro DECIMO QUINTO de mi PROTOCOLO, que vencerá el día DIEZ DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL CUATRO, y para ser entregado a LA FUNDACION DE DE-SARROLLO INTEGRAL DE CABAÑAS (FUNDADEICA), extiendo, fi rmo y sello el presente testimonio en la Ciudad de Sensuntepeque, a los veintisiete días del mes de agosto del año dos mil tres.

MAURICIO ANTONIO COSME MERINO,

NOTARIO.

ES CONFORME con su original con el cual se confrontó en el Registro de Asociaciones y Fundaciones Sin Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación, San Salvador, a las nueve horas con treinta minutos del día seis de mayo de dos mil cinco.

Lic. ROBERTO ANTONIO URRUTIA CACERES,

DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO DE ASOCIACIONES Y

FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO.

Page 14: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

ESTATUTOS DE LA FUNDACION PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE CABAÑAS.

CAPITULO I

NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO.

Artículo UNO.- Créase en la ciudad de Sensuntepeque, Departa-mento de Cabañas, la Fundación de nacionalidad Salvadoreña de utilidad pública, que se denominará FUNDACION PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE CABAÑAS, y que podrá abreviarse FUNDADEICA, como una entidad apolítica, no lucrativa, ni religiosa, ni gubernamental, de utilidad pública, la que en los presentes Estatutos se denominará “La Fundación”.

Artículo DOS.- El domicilio de la Fundación será la ciudad de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, pudiendo establecer fi liales en todo el Departamento de Cabañas, y fuera de él cuando así convenga a sus intereses.

Artículo TRES.- La Fundación se constituye por tiempo indefi ni-do.

CAPITULO II

FINES U OBJETIVOS

Artículo CUATRO.- Los fi nes y objetivos de la Fundación serán:

a) Preservar, conservar y renovar los recursos naturales a través del desarrollo sostenible, utilizando técnicas de conservación del ecosistema mediante la participación activa de las comu-nidades del Departamento de Cabañas, previa la autorización del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, todo de conformidad a las leyes de la República.

b) Implementar programas educativos sobre el manejo adecuado del ecosistema y su conservación, por medio de campañas, charlas, capacitaciones, días de campo, exposiciones y prácticas, a fi n de crear un conocimiento real del deterioro actual de los recursos naturales renovables y no renovables y su colaboración al mejoramiento de los mismos.

c) Investigar, analizar y dar seguimiento a las políticas hídricas, educativas, agropecuarias y de medio ambiente en el Depar-tamento de Cabañas. Cuando se trate de proyectos específi -cos la Fundación gestionará previamente la autorización y supervisión del respectivo Ministerio.

d) Proteger y conservar los mantos acuíferos actuales gestionando e implementando proyectos de preservación, conservación y manejo de los recursos tierra-agua a fi n de obtener mayores benefi cios de estos recursos y cuando éstos sean para consumo humano con conocimiento previo y autorización de la entidad que por ley está facultada para ello.

e) Gestionar e implementar programas de benefi cio comunal tales como: educación, salud ambiental, salud humana, introduc-ción de agua potable, caminos vecinales, reservorios de agua, construcción y mejoramiento de vivienda, electrifi cación, uso de tecnología apropiada; gestionar e implementar proyectos relacionados con el manejo y tratamiento de residuos de la basura y desechos sólidos, tendientes a disminuir los niveles de contaminación, todo en armonía y coordinación previa autorización de las entidades responsables y las dependen-cias de cada Secretaría de Estado en particular y ordenanzas Municipales.

f) Mejorar las condiciones de vida de los grupos familiares del departamento por medio de asistencia técnica dirigida y orientada a la diversifi cación agropecuaria tendientes a mejorar los niveles de ingreso y nutrición de la población.

g) Fomentar, gestionar e implementar programas de desarrollo de GENERO y protección a la niñez y a personas de la tercera edad, que permitan condiciones humanas sostenibles, todo en coordinación y bajo las directrices de la entidad guber-namental correspondiente y con apego a las disposiciones legales pertinentes.

h) Fomentar en las comunidades, la creación de proyectos de medianas y micro empresas artesanales y agroindustriales, acompañadas de capacitaciones en las áreas de administración, contabilidad, producción y comercialización.

i) Coordinar con otras instituciones de servicio, la capacitación en las áreas de desarrollo económico y social, diversifi cación agropecuaria, artesanía, industriales, comerciales y otras afi -nes.

j) Fomentar, gestionar e implementar proyectos deportivos de sano esparcimiento en las comunidades de la zona.

k) Investigar, gestionar e implementar pequeños y medianos proyectos de riego de áreas de producción agropecuaria intensiva y diversifi cada, en coordinación con la Institución Gubernamental correspondiente.

l) Gestionar, dirigir y realizar la comercialización de productos obtenidos de proyectos impulsados por la Fundación.

m) Gestionar e implementar la creación de un Centro de Estudios de capacitación informal, educación técnica y superior con sus respectivos talleres, bajo las normas y directrices de las Instituciones Gubernamentales correspondientes.

n) Fomentar y desarrollar proyectos relacionados con el turis-mo.

ñ) Gestionar y realizar proyectos de prevención contra desastres naturales y provocados.

o) cualquier otro tipo de actividades relacionadas con los fi nes de la Fundación y que sea de benefi cios para la comunidad del Departamento de Cabañas.

CAPITULO III

DEL PATRIMONIO

Artículo CINCO.- El patrimonio de la Fundación estará constituido por: un aporte inicial de Diez Mil Colones equivalentes a Un Mil Ciento Cuarenta y Dos Dólares con Ochenta y Seis Centavos de Dólares de los Estados Unidos de América, que los miembros fundadores han pagados a razón de DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO COLONES CON DIEZ CENTAVOS equivalentes a VEINTISIETE DOLARES CON VEINTIUN CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA cada uno, en efectivo. La aportación en dinero relacionada, queda en poder y bajo la responsabilidad de la Junta Directiva, también constituirán su patrimonio, las reservas y fondos, Donaciones, Herencias, Legados, Contribuciones de personas naturales o jurídicas nacionales o extranje-ras, valores y certifi cados y todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera.

Artículo SEIS.- DESTINO: El patrimonio de la Fundación pertenece a la misma y en ningún caso a sus miembros. El Patrimonio se destinará exclusivamente a la realización de los objetivos de la Fundación. Que-dará a discreción de la Junta Directiva la administración de los bienes patrimoniales procurando establecer un fondo de operaciones sufi ciente para los gastos corrientes en la misma y un fondo patrimonial que servirá para cubrir las necesidades de largo plazo de la Fundación.

Page 15: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

15DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

Artículo SIETE.- El patrimonio de la Fundación será administrado por la Junta Directiva conforme a las directrices emanadas de la Asamblea General.

CAPITULO IV

DEL GOBIERNO DE LA FUNDACION

Artículo OCHO.- El Gobierno de la Fundación será ejercido por. La Asamblea General y la Junta Directiva.

CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL.

Artículo NUEVE.- La Asamblea General, debidamente convocada, es la autoridad máxima de la Fundación y estará integrada por la totalidad de los miembros fundadores.

Artículo DIEZ.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez al año y extraordinariamante cuando fuere convocada por la Junta Directiva. La Asamblea General sesionará válidamente con la asistencia del cincuenta y uno por ciento como mínimo de los Miembros en pri-mera convocatoria y en segunda convocatoria una hora después con los miembros que asistan, excepto en los casos especiales en que se requiera mayor número de asistentes. Las resoluciones las tomará la Asamblea General por mayoría absoluta de votos, excepto en los casos especiales en que se requiera una mayoría diferente tipifi cados en el Reglamento Interno.

Artículo ONCE.- Todo miembro que no pudiere asistir a cualquiera de las sesiones de Asamblea General por motivos justifi cados podrá hacerse representar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado.

Artículo DOCE.- Son atribuciones de la Asamblea General: Ele-gir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros de la Junta Directiva; Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento Interno de la fundación; Aprobar y/o modifi car los planes, programas o presupuesto anual de la fundación; Aprobar o desaprobar la memoria Anual de Labores de la fundación, presentada por la Junta Directiva; Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes muebles e inmuebles pertenecientes a la Fundación; Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Fundación y que no estén contemplados en los presentes Estatutos.

CAPITULO VI

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Artículo TRECE.- La dirección y administración de la Fundación estará confi ada a la Junta Directiva, la cual estará integrada por ocho miembros de la siguiente manera: Un Presidente, un Secretario, un Te-sorero, un Síndico, un Primer Vocal, un Segundo Vocal, un Tercer Vocal y un Cuatro Vocal; los vocales sustituirán en su orden, a los directivos propietarios. En caso que un vocal sustituya en forma permanente a un directivo propietarios, deberá convocarse a una Asamblea General Ex-traordinaria para elegir un nuevo vocal sustituto. Para ser miembro de la Junta Directiva de la Fundación, es necesario ser miembro fundador de la misma y no tener parentesco entre sí ni hasta dentro del cuarto grado de consanguinidad ni segundo de afi nidad, ni esposo o conviviente. La Junta Directiva administrará y dispondrá del Patrimonio de la misma, en los términos que establezcan las Leyes y los Estatutos.

Artículo CATORCE.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un período de cuatro años pudiendo ser reelectos.

Artículo QUINCE.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.

Artículo DIECISEIS.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será la mitad más uno de sus Miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes.

Artículo DIECISIETE.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones: Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los fi nes de la Fundación; velar por la administración efi ciente y efi caz del patrimonio de la Fundación; Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Fundación, promover la elaboración de planes, programas, proyectos y presupuestos de la Fundación e informar a la Asamblea General; velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y de la misma Junta Directiva; convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General; resolver todos los asuntos que no sean competencia de la Asamblea General. Proponer a la Asamblea General la reforma de los Estatutos cuando el caso lo amerite. Nombrar al personal necesario para la admi-nistración de la Fundación.

Artículo DIECIOCHO.- Son atribuciones del Presidente: Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General y Junta Directiva, velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva y de la Asamblea General así como de los Estatutos y Regla-mento Interno de la Fundación; representar judicial y extrajudicialmente a la Fundación, pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta Directiva; convocar a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Asamblea General y de la Junta Directiva; autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que tenga que hacer la Fundación; presentar la Memoria de Labores de la Fundación y cualquier informe que le sea solicitado por la misma.

Artículo DIECINUEVE.- Son atribuciones del Secretario: Llevar los Libros de Actas de Sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva, llevar el archivo de documentos y registro de los Miembros de la Funda-ción, extender las certifi caciones que fueran solicitadas a la Fundación y que sean aprobadas por el Presidente, hacer y enviar las convocatorias a los Miembros para las sesiones, ser el órgano de comunicación de la fundación.

Artículo VEINTE.- Son atribuciones del Tesorero: recibir y depositar los fondos que la Fundación obtenga, en el Banco que la Junta Directiva seleccione, llevar o tener control directo de los Libros de Contabilidad de la Fundación, autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que la Fundación tenga que realizar.

Artículo VEINTIUNO.- Son atribuciones del Síndico: velar por que se cumplan los estatutos, reglamento interno y las disposiciones de la Asamblea General y Junta Directiva de la Fundación; velar por que el patrimonio de la Fundación sea administrado efi cientemente.

Artículo VEINTIDOS.- Son atribuciones de los Vocales: colaborar directamente con todos los miembros de la Junta Directiva y sustituir a cualquier miembro de la misma en caso de ausencia o impedimento, de conformidad al Artículo Trece de estos Estatutos.

Artículo VEINTITRES.- La Administración directa de la Fundación estará a cargo de un Director Ejecutivo quien será electo por la Junta Directiva a propuesta del Presidente de la misma, y será el órgano de ejecución de la Junta Directiva siendo sus funciones las que el Regla-mento Interno le asigne. Quien ejerza el cargo de Director Ejecutivo, no deberá ser pariente con los miembros de la Junta Directiva dentro del cuarto grado de consanguinidad ni segundo grado de afi nidad, ni esposo ni conviviente.

Page 16: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

CAPITULO VII

DE LOS MIEMBROS DE LA FUNDACION.

Artículo VEINTICUATRO.- Son miembros fundadores todos aquellos individuos que han contribuido al fondo inicial con el cual se constituye la Fundación. Los fundadores podrán designar distinciones honorífi cas a todas aquellas personas que por su labor y méritos a favor de la Fundación sean nombrados por la Asamblea General, así como también a todas aquellas personas naturales o jurídicas, instituciones, entidades y de la Junta Directiva o por su propia iniciativa, aporten contribuciones signifi cativas a la fundación en efectivo o en especies, de acuerdo al criterio que para tal efecto establezca la Junta Directiva.

Artículo VEINTICINCO.- Son derechos de los Miembros Funda-dores: tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea General, optar a cargos directivos llenando los requisitos que señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la Fundación.

Artículo VEINTISEIS.- Son deberes de los Miembros Fundadores: asistir a las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General, cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de la Fundación, cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General, los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la Fundación.

Artículo VEINTISIETE.- La calidad de Miembro se perderá por las causas siguientes: Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General, por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea General merezcan sanción, por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.

CAPITULO VIII

DE LA DISOLUCION

Artículo VEINTIOCHO.- No podrá disolverse la Fundación sino por disposición de la ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria, convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo menos tres cuartas partes de sus miembros.

Artículo VEINTINUEVE.- En caso de acordarse la disolución de la Fundación se nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas, electas por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se donarán a cualquier entidad Benéfi ca o Cultural que la Asamblea General señale.

CAPITULO IX

REFORMA DE ESTATUTOS.

Artículo TREINTA.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos será necesario el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de los miembros en Asamblea General convocada para tal efecto.

CAPITULO X

DISPOSICIONES GENERALES.

Artículo TREINTA Y UNO.- La Junta Directiva tiene la obligación de inscribir en el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación, en los primeros días del mes de

enero de cada año, la Nómina de los Miembros y dentro de los cinco días la nueva Junta Directiva y en todo caso inscribir en dicho Registro todos los documentos que la LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO señale inscribir, así como enviar al Registro cualquier dato que se le pidiere relativo a la Entidad.

Artículo TREINTA Y DOS.- Todo lo relativo al orden interno de la Fundación no comprendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General.

Artículo TREINTA Y TRES.- La Fundación para El Desarrollo Integral de Cabañas se regirá por la LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO, por los presentes Estatutos y demás disposiciones legales aplicables.

Artículo TREINTA Y CUATRO.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial.

DECRETO No. 54.-

EL ORGANO EJECUTIVO DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR, en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Art. 1.- Declárase legalmente establecida la Entidad de Utilidad Pública FUNDACION PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE CA-BAÑAS, constituida en la ciudad de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, a las catorce horas del día 27 de agosto de 2003, por Escritura Pública, otorgada ante los ofi cios del Notario MAURICIO ANTONIO COSME MERINO, y con posterior rectifi cación otorgada por Escritura Pública, celebrada en esta ciudad a las once horas del día 3 de mayo de 2004, ante los ofi cios del Notario JAIME AUGUSTO MEJIA

Art. 2.- Apruébense en todas sus partes los Estatutos de la citada institución, los cuales constan de TREINTA Y CUATRO Artículos, y no contener en ellos ninguna disposición contrario, a las leyes de la República; y confi éresele el carácter de Persona Jurídica de conformidad con el Art. 65 de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro.

Art. 3.- Publíquense los referidos Estatutos en el Diario Ofi cial e inscríbase en el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro la FUNDACION PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE CABAÑAS.

Art. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial.

DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los tres días del mes de junio del dos mil cinco.

ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ,

Presidente de la República.

RENE MARIO FIGUEROA FIGUEROA,

Ministro de Gobernación.

(Registro No. F006823)

Page 17: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

17DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

MINISTERIO DE EDUCACIÓNRAMO DE EDUCACION

ACUERDO No. 15-0422.

San Salvador, 7 de abril de 2005.

El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: Que a la Dirección de Acreditación se ha presentado, DINA ESMERALDA MORALES REYES, solicitando de conformidad a lo establecido por el Artículo 62 de la Ley General de Educación, EQUIVALENCIA de sus estudios de Segundo Año de Educación Comercial, realizados en el Instituto Privado San Juan Bosco de San Pedro Sula, República de Honduras en el año 2004, con los de Segundo Año Bachillerato Técnico Vocacional Comercial de nuestro país. Y luego de examinar la documentación presentada y satisfechos los requisitos legales, ACUERDA: De conformidad a lo establecido por el Artículo 76° del Convenio Centro-americano sobre Unifi cación Básica de la Educación, publicado en el D.O. N° 184, Tomo N° 210 de fecha 2 de octubre de 1963, dar como Equivalentes los Estudios de Segundo Año de Educación Comercial, realizados por DINA ESMERALDA MORALES REYES en República de Honduras con los de Segundo Año Bachillerato Técnico Vocacional Comercial de nuestro país. Se le autoriza matricularse en Tercer Año Bachillerato Técnico Vocacional Comercial Opción Contaduría. COMUNIQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA, MINISTRA DE EDUCACION.

(Registro No. F006857)

ACUERDO No. 15-0529.

San Salvador, 18 de abril de 2005.

El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: Que se aprobó a la Profesora CONSUE-LO CERÓN LÓPEZ, NIP N° 0308806, PDN2, como Directora del Centro Educativo Privado COLEGIO EL ESPIRITU SANTO, ubicado en Final Avenida Monseñor Romero No. 906, de la ciudad de San Miguel, Departamento de San Miguel, en sustitución de la Profesora María Rutilia Aguilar Deras. Todo de conformidad al Artículo 82 de la Ley General de Educación. POR TANTO ACUERDA: Reconocer como Directora a la Profesora CONSUELO CERÓN LÓPEZ, NIP N° 0308806, PDN2 a partir del 3 de enero de 2005, en el Centro Educativo Privado COLEGIO EL ESPIRITU SANTO. COMUNÍQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA, MINISTRA DE EDUCACION.

(Registro No. F006770)

ACUERDO No. 15-0615.

San Salvador, 12 de mayo de 2005.

El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: Que a la Dirección de Acreditación se ha presentado EVER ODIR GONZÁLEZ MEDRANO solicitando INCORPORACION de su diploma de HIGH SCHOOL, extendido por el COFFEE HIGH SCHOOL de Estados Unidos de América el año 2004. y luego de examinar la documentación presentada y satisfechos los requisitos legales, ACUERDA: De conformidad a lo establecido por el Art. 60 de la Ley General de Educación y Art. 7 del Reglamento para Equivalencias, Pruebas de Sufi ciencia en Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media. Reconocer los Estudios de HIGH SCHOOL realizados por EVER ODIR GONZÁLEZ MEDRANO en Estados Unidos de América, e Incorporarlo a nuestro sistema educativo con el grado de Bachillerato GENERAL. COMUNIQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA, MINISTRA DE EDUCACION.

(Registro No. F006812)

ACUERDO No. 15-0679.

San Salvador, 01 de junio de 2005.

El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador, en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación Superior, se ha presentado SILVIA MORAN RAMOS, solicitando que se le reconozca el grado académico de MAESTRA DE EDUCACIÓN PRI-MARIA URBANA, obtenido en la ESCUELA DE EDUCACIÓN DIVERSIFICADA “EDIVER”, CHIQUIMULA, REPUBLICA DE GUATEMALA,

Page 18: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

en el año 1998; lo anterior de conformidad a lo dispuesto en los Arts. 3 y 16, literal a) del Reglamento Especial de Incorporaciones y a las facultades concedidas en el mismo a este Ministerio; II) Que de conformidad al Convenio Centroamericano sobre Unifi cación Básica de la Educación, suscrito por nuestro país, ratifi cado y vigente, procede dicho Reconocimiento. POR TANTO: con base a las razones expuestas, y satisfechos los requisitos legales establecidos en la referida Convención, ACUERDA: 1°) Reconócese la validez académica de los estudios de MAESTRA DE EDUCACIÓN PRIMARIA URBANA, realizados por SILVIA MORAN RAMOS, en la República de Guatemala; 2°) Tiénese por incorporada a SILVIA MORAN RAMOS, como PROFESORA DE EDUCACIÓN BASICA PARA PRIMERO Y SEGUNDO CICLOS, en nuestro país; 3°) El Presente Acuerdo Ejecutivo, no constituye autorización alguna para el ejercicio profesional, la cual deberá ser debidamente tramitada ante la instancia correspondiente. COMUNIQUESE”. Ministra de Educación. (f) DML.

(Registro No. F006708)

ACUERDO No. 065.

San Salvador, de de 2005.

El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador, en el Ramo de la Defensa Nacional, ACUERDA: 1°. Solicitar la intervención del señor Fiscal

General de la República, para que en nombre y representación del Estado de El Salvador en el Ramo de la Defensa Nacional, comparezca a otorgar

la Escritura de REUNIÓN DE INMUEBLES que corresponden a tres inmuebles de naturaleza urbana, ubicados todos entre Calle Minerva y Calle

Marte antes, hoy entre Primera y Tercera Calle Poniente y Avenida Libertad, de la ciudad de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, ocupado por

el Destacamento Militar número Dos. I) PORCIONES A REUNIR: que se describen así: A) PRIMER INMUEBLE: Inscrito al número Ciento ochenta

y cuatro del Tomo Treinta y Cuatro del Registro de la Propiedad del Departamento de Cabañas, con una extensión superfi cial de dos mil ochocientos

cuarenta punto cincuenta y dos metros cuadrados, el cual se describe así: Una casa y su correspondiente solar urbano, situados en el centro de la ciu-

dad de Sensuntepeque, Barrio San Antonio y en la esquina que forman la Calle Minerva y la Avenida Marte, teniendo el solar incluyendo el espacio

ocupado por la casa y tres mediaguas, los linderos y dimensiones siguientes: al Oriente: Calle de por medio con casa nacional que ocupa el Juzgado

de Primera Instancia del Distrito de Sensuntepeque y la Receptoría Fiscal y casa y solar de la sucesión del Doctor Joaquín Hernández, y mide por

este lado sesenta y tres metros cincuenta centímetros; al Norte: casa y solar del Coronel Rodrigo Navarrete y mide por este rumbo cuarenta metros

cincuenta centímetros; al Poniente: con casa y solar de Doña Elvira y de Doña Carmen, ambas de apellido Lacayo antes de la señorita Adelina del

mismo apellido y con anterioridad de Monseñor Vicente de León Echeverría, divididos por pared y tapial medianeros y mide por este rumbo sesenta

y cinco metros sesenta centímetros; y al Sur: casa de la sucesión de Doña Inés Fuentes viuda de Novoa, representada por Don Constantino, Doctor

Don Fidel Antonio, Doctor Don Guillermo los tres de apellido Novoa y Doña Dolores Novoa de Méndez mediando la Calle Minerva y mide por este

rumbo cincuenta y un metros cuarenta centímetros. B) SEGUNDO INMUEBLE: el cual consta de dos porciones que forman un solo cuerpo, inscritas

al número Setenta y cinco del Libro Cuatrocientos veintinueve del Registro de la Propiedad del Departamento de Cabañas, las cuales se describen

así: PRIMERA PORCION: Porción de terreno urbano y construcciones que contiene, que se desmembró de otro de mayor extensión, situado en el

Barrio San Antonio, de la ciudad de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, de una superfi cie de TRESCIENTOS TREINTA METROS CUA-

DRADOS CON SESENTA Y UN DECIMETROS CUADRADOS, de los linderos y medidas siguientes: al Oriente: treinta y seis metros noventa y

cinco centímetros con porción de terreno que se desmembró del mismo terreno del señor Milla y que vendió a Doña Mary Ivonne Milla de Varela;

al Sur: diez metros ciento veinticinco milímetros, con resto del terreno de donde se desmembró la porción que se describe, de propiedad del señor

Raúl Antonio Milla; al Norte: diez metros ochocientos veinticinco milímetros, lindando con casa y solar de la sucesión de Mariano Acosta, con solar

de Antonio Ortega, mediando la calle La Esperanza hoy Tercera Calle Poniente; y al Poniente: treinta y seis metros noventa y cinco centímetros, con

propiedad de Juan José Rivas, trascorral de por medio. Se hace constar que dicha porción está gravada con una servidumbre de aguas negras y aguas

lluvias, a favor del resto de terreno del cual se desmembró. SEGUNDA PORCIÓN: Una porción de terreno de naturaleza urbana, situado en el Barrio

San Antonio, en la ciudad de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, de una superfi cie de TRESCIENTOS TREINTA PUNTO SESENTA Y UN

METROS CUADRADOS, de los linderos y dimensiones siguientes: al Oriente: mide treinta y seis metros noventa y cinco centímetros y linda con la

sucesión de Doña Gabina Rivas viuda de Navarrete, trascorral o tapial de por medio; al Sur: diez metros ciento veinticinco milímetros, con resto del

terreno de donde se desmembra la porción que se describe, de propiedad del otorgante señor Raúl Antonio Milla; al Norte: diez metros ochocientos

veinticinco milímetros, lindando con casa y solar de la sucesión de Mariano Acosta y con solar de Antonio Ortega, mediando la Calle La Esperanza

hoy Tercera Calle Poniente; y al Poniente: treinta y seis metros noventa y cinco centímetros, lindando con otra porción que se desmembrará del mismo

terreno del señor Milla, que se venderá en esta misma fecha a la señorita Adela Margarita Milla. Se hace constar que dicha porción queda gravada con

una servidumbre de aguas negras y aguas lluvias, a favor del resto del terreno del cual se desmembró; y C) TERCER INMUEBLE: inmueble urbano

compuesto de dos porciones, situado en el Barrio San Antonio de la ciudad de Sensuntepeque, las cuales se describen así: a) PRIMERA PORCION:

Solar de las medidas y linderos siguientes: al Oriente: diez metros ochenta centímetros con solar de Isidro Ayala, Avenida Libertad que se llamó Calle

Marte, de por medio; al Sur: treinta metros diecisiete centímetros para concordar con las medidas de la escritura, siendo la real de cuarenta y dos me-

tros ochenta centímetros con terreno del Estado donde está construido el Octavo Regimiento de Infantería, muro de piedra de por medio; al Poniente:

MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONALRAMO DE LA DEFENSA NACIONAL

Page 19: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

19DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

once metros setenta centímetros con terrenos de Raúl Antonio Milla; y al Norte: veintinueve metros para concordar en parte con las medidas de la

escritura pero la medida real es de cuarenta y dos metros con terreno de Gabina Rivas de Navarrete, pared del predio que se describe de por medio,

el terreno descrito tiene una casa mediagua. En cuyo antecedente no se consigna extensión superfi cial pero de conformidad a medidas lineales dicha

porción tiene un área de CUATROCIENTOS OCHENTA Y UNO PUNTO CINCUENTA METROS. b) SEGUNDA PORCION: Solar de doscientos

cincuenta metros cuadrados dieciocho decímetros cuadrados, que mide y linda: al Norte: veintiocho metros dos centímetros, con solar y casa de Julio

Abelardo González, calle de la Esperanza de por medio; al Oriente: veintidós metros cuarenta y nueve centímetros con solar y casa de Raúl Antonio

Milla; al Sur: veintinueve metros aunque realmente son cuarenta y dos metros con resto del terreno general vendido a Angel Antonio Recinos que

formó parte con éste, propiedad de Gabina Rivas viuda de Navarrete, pared del colindante de por medio; y al Poniente: veintidós metros veinticinco

centímetros con casa de Isidro Ayala y Avenida Libertad antes calle de Marte de por medio, contiene una casa de bahareque en buen estado, inscrito al

NÚMERO SETENTA Y CINCO DEL LIBRO CUATROCIENTOS VEINTINUEVE del Registro de la Propiedad del Departamento de Cabañas. II)

REUNIÓN DE INMUEBLES: Los inmuebles anteriormente descritos, ya reunidos en un sólo cuerpo tienen una extensión superfi cial de CUATRO MIL

DOSCIENTOS TREINTA Y TRES PUNTO CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS Colindando al Rumbo Norte con inmuebles de Alberto

Velásquez, Abelardo González y Lucio Sorto, Tercera Calle Poniente de por medio; al Oriente en parte con inmuebles propiedad de Isidro Ayala y

del Centro Judicial de dicha ciudad, Avenida Libertad de por medio; al Poniente con inmuebles propiedad de los señores Fidel Gallegos, Prudencio

Rodríguez y Juan José Rivas; y al Sur con propiedad del Doctor Benjamín Simo Leiva, Tercera Calle Poniente de por medio. El inmueble objeto de

la presente reunión se estima en la suma de DIECIOCHO MIL CIENTO SETENTA Y UN DOLARES CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS DE

DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Desígnase al Doctor Antonio Augusto Gómez Zárate, Notario, de este domicilio, para que

ante sus ofi cios notariales se otorgue la correspondiente Escritura de Reunión de Inmuebles. COMUNÍQUESE. (Rubricado por el señor Presidente

de la República). ROMERO ORELLANA. Ministro de la Defensa Nacional.

ACUERDO No. 837-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintinueve de abril de dos mil cinco. El Tribunal ACUERDA: Autoriza a la Licenciada MONICA VIRGINIA TORRES HERNANDEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.-- V. DE AVILES.-- J. E. TENORIO.-- J. ENRIQUE ACOSTA.-- P. J.--- VELASCO.-- GUZMAN U. D. C.-- M. POSADA. Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben, E. Dinorah Bonilla de Avelar.

(Registro No. F006839)

ACUERDO No. 955-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintinueve de abril de dos mil cinco. El Tribunal ACUERDA: Autoriza al Licenciado RAMON ARTURO BERMUDEZ ROMERO, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.-- J. ENRIQUE ACOSTA.-- M. CLARA.-- VELASCO.-- GUZMAN U. D. C. -- P. J.-- RENE FORTIN MAGAÑA.-- M. POSADA.-- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben, S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F006791)

ACUERDO No. 375-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, uno de febrero del año dos mil cinco. De conformidad a lo resuelto por esta Corte en las respectivas diligencias y en vista que la Licenciada GLENDA YAMILETH BAIRES ESCOBAR, ha llenado todos los requisitos establecidos en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial, el Tribunal ACUERDA: Autorizarla para que ejerza las funciones de NOTARIO y aumentar con su nombre la nómina permanente de notarios publicada en el Diario Ofi cial número 240 del 20 de diciembre de 1963.- COMUNIQUESE Y PU-BLIQUESE.-- A. G. CALDERÓN.-- V. DE AVILÉS.-- J. E. TENORIO.-- VELASCO.-- GUZMÁN U. D. C.- P. J.-- M. POSADA. GUSTAVO E. VEGA.- Pronunciado por los señores magistrados que lo suscriben, E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. F006773)

ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUS TI CIA

Page 20: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

INSTITUCIONES AUTONOMASSUPERINTENDENCIA GENERAL DE ELECTRICIDAD

Y TELECOMUNICACIONESLA SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ELECTRICIDAD Y TELECOMUNICACIONES, al público para los efectos de ley:

HACE SABER: Que con fecha dos de junio de dos mil cinco, se emitió la resolución No. N 1-2005, que literalmente dice:

No. N 1-2005.- SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ELECTRICIDAD Y TELECOMUNICACIONES: San Salvador, a las diez horas quince minutos del día dos de junio de dos mil cinco.

LA SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ELECTRICIDAD Y TELECOMUNICACIONES;

CONSIDERANDO QUE:

I. El artículo 5 literal c) de la Ley de Creación de esta Institución, establece que es atribución de la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones dictar normas y estándares técnicos aplicables al sector de telecomunicaciones.

II. La Ley de Telecomunicaciones tiene por objeto normar las actividades del sector telecomunicaciones, especialmente la regulación del servicio público de telefonía.

III. De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley de Telecomunicaciones, los operadores interesados en proveer servicios de telefonía deberán solicitar a la SIGET una concesión para la explotación del servicio, la cual les será otorgada automáticamente por un plazo de treinta años con el sólo cumplimiento de los requisitos de inscripción que se encuentran establecidos en el Reglamento de dicha Ley.

IV. El artículo 6 del Reglamento de la Ley de Telecomunicaciones establece que los requisitos que deben contener las solicitudes para otorgar la concesión del servicio público de telefonía son los siguientes:

a) Los documentos que comprueben la existencia del solicitante, y la capacidad legal del representante para presentar la solicitud;

b) Un perfi l técnico del proyecto de telecomunicaciones a implementar, el cual deberá incluir, pero no limitarse a:

- Tipo de servicio a proveer inicialmente (de acceso, intermedio o ambos);

- Áreas geográfi cas del país donde proveerá inicialmente el servicio; y

- Capacidad inicial y estimado fi nal de la red.

c) Concesiones para el uso del espectro con que cuente el interesado, o concesiones para el uso del espectro que solicitará el interesado, en caso que las necesite; y,

d) Interconexiones que solicitará inicialmente a otros operadores.

Por su parte el artículo 7 del mencionado Reglamento dispone que la SIGET aprobará o rechazará la solicitud de concesión en un plazo de diez días, lo que deberá hacer en forma razonada, en ambos casos. Alternativamente, pero antes de que se cumpla el plazo anterior, la SIGET podrá solicitar las aclaraciones que sean necesarias. Además dispone que las únicas causales de rechazo de una solicitud de conce-sión de telefonía son la presentación de documentación o información manifi estamente incompleta, o las transgresiones a la Ley o a dicho Reglamento, que resulten evidentes de la lectura de la solicitud. En caso que la solicitud sea aprobada, la SIGET ordenará la publicación de dicha resolución conforme a lo establecido en la Ley.

V. De conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley de Creación de la Superintendencia General de Electricidad y Telecomuni-caciones, dispone que el Registro de Electricidad y Telecomunicaciones se compone de cuatro secciones: a) De frecuencias; b) De actos y contratos; c) De personas; y d) De equipos e instalaciones. Además establece que en el Reglamento de la mencionada Ley se establecerá el procedimiento para el registro en lo que se refi ere a los literales anteriores y los obligados a realizarlo.

Por su parte, el artículo 9 del Reglamento establece que están obligados a inscribirse en el Registro los revendedores de servicios de tele-comunicaciones, los operadores de redes comerciales de telecomunicaciones y los operadores de estaciones terrenas.

Además el artículo 20 del mencionado Reglamento dispone que la Sección de Personas del Registro contendrá el nombre, denominación o razón social de los operadores de redes comerciales de telecomunicaciones y de los operadores de estaciones terrenas.

Finalmente el artículo 25 establece que el Registro dispone de un plazo de tres días contados a partir de la admisión de la solicitud la inscripción -el interesado deberá presentar los documentos en que conste la información objeto de inscripción-, si fuere procedente.

VI. Es de hacer notar que el solicitante de una concesión del servicio público de telefonía debe reunir la calidad de “Operador” -artículo 7-, lo cual hace indispensable dentro del procedimiento de otorgamiento de dicha concesión, su inscripción como tal en el Registro de Electricidad y Telecomunicaciones.

VII. En vista que el otorgamiento de la concesión del servicio público de telefonía requiere de la coordinación efectiva tanto del mencionado Registro como de la Gerencia de Telecomunicaciones, por lo que en cumplimiento de las disposiciones antes descritas y habiendo cumplido con los requisitos que establece el Procedimiento de Consulta y Elaboración Participativa de Normas para los Sectores de Electricidad y Telecomunicaciones, es procedente emitir un instructivo que desarrolle y clarifi que el proceso de otorgamiento de la concesión del servicio público de telefonía.

Page 21: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

21DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

Por tanto, y con fundamento en las disposiciones legales citadas, esta Superintendencia emite el siguiente INSTRUTIVO PARA EL OTORGA-MIENTO DE LAS CONCESIONES DEL SERVICIO PUBLICO DE TELEFONIA:

Artículo 1.

El solicitante de una concesión del servicio público de telefonía deberá presentar ante el Registro de Electricidad y Telecomunicaciones para su debida inscripción como Operador de Redes Comerciales de Telecomunicaciones o de Estaciones Terrenas, los documentos en que conste la informa-ción objeto de inscripción descritos en el artículo 6 del Reglamento de la Ley de Telecomunicaciones.

El Registrador deberá remitir a la Gerencia de Telecomunicaciones la documentación presentada por el solicitante para su correspondiente análisis, en un plazo máximo de tres días hábiles contados a partir del día siguiente a su recepción.

Artículo 2.

Recibida la documentación, la Gerencia de Telecomunicaciones deberá emitir un dictamen que determine el cumplimiento de las exigencias técnicas para el otorgamiento de la concesión del servicio público de telefonía, el cual deberá ser emitido en un plazo máximo de diez días hábiles.

Para tal fi n, el solicitante de la concesión del servicio público de telefonía deberá presentar la información siguiente:

a) Los documentos que comprueben la existencia del solicitante, y la capacidad legal del representante para presentar la solicitud;

b) Un perfi l técnico del proyecto de telecomunicaciones a implementar, el cual deberá incluir, pero no limitarse a:

- Tipo de servicio a proveer inicialmente (de acceso, intermedio o ambos);

- Áreas geográfi cas del país donde proveerá inicialmente el servicio;

- Capacidad inicial y estimado fi nal de la red.

- Detalle pormenorizado de las instalaciones y operación de la concesión que al menos incluya:

- Especifi caciones técnicas de la central o centrales a utilizar;

- Principales componentes de la red;

- Puntos de interconexión que pretende establecer;

- Tecnología a aplicar en la prestación del servicio.

c) Concesiones para el uso del espectro con que cuente el interesado, o concesiones para el uso del espectro que solicitará el interesado, en caso que las necesite;

d) Interconexiones que solicitará inicialmente a otros operadores;

e) El tipo de servicio (fi jo o móvil) a prestar y la zona de cobertura;

f) Cronograma de ejecución de las obras e iniciación del servicio;

g) Proyecto fi nanciero debidamente respaldado relativo exclusivamente a la instalación, explotación y operación de la concesión.

Artículo 3.

Si la información analizada no cumple con los requisitos establecidos, la Gerencia de Telecomunicaciones remitirá al Registro un informe en el que se detalle los errores, omisiones o inexactitudes de dicha información.

El Registrador emitirá resolución en un plazo máximo de tres días hábiles previniendo al solicitante para que subsane lo observado por la Ge-rencia de Telecomunicaciones en un plazo máximo de cinco días hábiles, debiendo indicar al interesado que de no cumplir con los requisitos que se le exigen se denegará su inscripción.

Una vez recibida la documentación con la cual se pretende subsanar la prevención efectuada, el Registrador la remitirá a la Gerencia de Teleco-municaciones para su correspondiente análisis, en un plazo máximo de tres días hábiles contados a partir del día siguiente a su recepción.

Recibida la documentación, la Gerencia de Telecomunicaciones emitirá un informe técnico que determine el cumplimiento de prevención realizada, el cual deberá ser emitido en un plazo máximo de cinco días hábiles.

Artículo 4.

Una vez remitido el informe técnico que determine el cumplimiento de los requisitos exigidos, el Registrador inscribirá al solicitante en un plazo máximo de tres días hábiles como “Operador de Redes Comerciales de Telecomunicaciones” u “Operador de Estaciones Terrenas”, debiendo remitir a la Gerencia de Telecomunicaciones copia de la correspondiente fi cha de inscripción.

Artículo 5.

La Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones deberá proceder a otorgar la concesión del servicio público de telefonía en un plazo máximo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente de la inscripción del solicitante como operador de redes comerciales de telecomunicaciones o como operador de estaciones terrenas.

Page 22: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

Artículo 6.

El presente procedimiento entrará en vigencia a los ocho días de su publicación en el Diario Ofi cial.

Publíquese

Es conforme con su original con el cual se confrontó y para ser presentada al Diario Ofi cial, extiendo la presente en la ciudad de San Salvador a los ocho días del mes de junio del año dos mil cinco. Licenciado JORGE ISIDORO NIETO MENENDEZ, SUPERINTENDENTE.

LA SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ELECTRICIDAD Y TELECOMUNICACIONES, al público para los efectos de ley:

HACE SABER: Que con fecha dos de junio de dos mil cinco, se emitió la resolución No. N 2-2005, que literalmente dice:

No. N 2-2005.- SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ELECTRICIDAD Y TELECOMUNICACIONES: San Salvador, a las once horas del día dos de junio de dos mil Cinco.

Esta Superintendencia CONSIDERANDO QUE:

I. En las Leyes de Telecomunicaciones y General de Electricidad existen distintos procedimientos administrativos que deben ser tramitados por la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones, observando las disposiciones legales que señalan dichas Leyes.

II. El artículo 60 de la Ley de Telecomunicaciones establece lo siguiente: “Toda resolución deberá notifi carse en el plazo de los tres días posteriores a su pronunciamiento. La notifi cación se hará mediante la entrega al interesado o su representante, de una esquela que contenga el texto íntegro de la resolución. Dicha entrega se hará personalmente o en el lugar señalado al efecto por el interesado. La SIGET podrá aceptar la proposición de formas especiales de notifi cación por el solicitante, inclusive cualquier medio electrónico, siempre que permita tener constancia de la notifi cación”.

III. Por su parte el artículo 62 de la Ley de Telecomunicaciones establece que cualquier resolución de la SIGET producirá sus efectos desde que se comunique al interesado, excepto si en la misma se conceden o reconocen derechos, en cuyo caso los producirá desde el momento de su pronunciamiento.

IV. Además el artículo 3 del Reglamento de la Ley General de Electricidad dispone que los acuerdos que emita la Superintendencia, surtirán plenos efectos legales tres días después de que hayan sido notifi cados a los interesados, o de publicados de conformidad con dicho Regla-mento, según sea el caso.

V. Las notifi caciones revisten gran importancia en los procedimientos administrativos que señalan la Ley de Telecomunicaciones y la Ley General de Electricidad para esta Institución, por lo cual deben realizarse a través de los trámites y mecanismos adecuados que las doten de validez, y que permitan garantizar a los administrados sus derechos constitucionales de respuesta, de audiencia y de defensa.

VI. En el literal c) del artículo 5 de la Ley de Creación de esta Superintendencia, se establece que una de las atribuciones de la SIGET es la de dictar normas aplicables a los sectores de electricidad y telecomunicaciones.

VII. Por lo anterior y habiendo cumplido con los requisitos que establece el Procedimiento de Consulta y Elaboración Participativa de Normas para los Sectores de Electricidad y Telecomunicaciones es preciso emitir una normativa que regule la efi cacia de las notifi caciones en concordancia con la Constitución, posibilitando una real comunicación de las actuaciones de esta entidad.

Por tanto, y con fundamento en las disposiciones legales citadas, esta Superintendencia emite el siguiente INSTRUCTIVO PARA LAS NOTIFICA-CIONES DE LOS ACUERDOS Y RESOLUCIONES EMITIDAS POR LA SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ELECTRICIDAD Y TELECO-MUNICACIONES, SIGET, en los términos siguientes:

Artículo 1.

Todo acuerdo o resolución que dicte la SIGET y que deba ser notifi cado a los particulares, se hará dentro de los tres días hábiles posteriores de su emisión, entregando al interesado una copia íntegra del acuerdo o resolución respectiva.

Artículo 2.

Si la notifi cación del acuerdo o resolución tiene como fi nalidad propiciar la garantía de audiencia concedida en un procedimiento iniciado a instancia de parte, además de la copia del acuerdo o resolución también se le entregará al interesado una copia del escrito que dio inicio al mismo.

Page 23: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

23DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

Artículo 3.

En toda notifi cación se levantará una razón al pié de una copia del acuerdo o resolución correspondiente, en la que se consignará el nombre de la persona que la recibe, el número de documento con el que se identifi que y el lugar, hora y fecha de la notifi cación, la que deberá ser fi rmada por la persona que la recibe y por el notifi cador. Si la persona que la recibe se negare a fi rmar, se consignará tal situación en la razón, y si se negase a recibir la notifi cación, se pondrá constancia de ello en el expediente y se procederá a notifi car por esquela.

Artículo 4.

Si el interesado no fuese encontrado se le notifi cará por medio de apoderado, empleado o familiar, y en caso que se negaren a recibir la notifi ca-ción correspondiente, la misma se dejará pegada en la puerta del sitio de la notifi cación, haciéndose constar esta circunstancia en una razón al pie de una copia del acuerdo o resolución respectiva.

Si ninguna de estas personas se encontrare en la dirección señalada, se dejará la esquela a un vecino, y si éste no quisiere fi rmarla, se fi jará en la puerta de la casa.

Cuando sea desconocida la residencia del destinatario o interesado en las diligencias, éste no hubiere señalado lugar para oír notifi caciones o cambiare el mismo sin notifi carlo a SIGET, y que en todo caso éste no constare en el expediente o archivos de esta Superintendencia, se procederá de la siguiente manera:

a) Tratándose de resoluciones o acuerdos que den inicio a un procedimiento sancionatorio o que afecte derechos del destinatario, o de las resoluciones o acuerdos que pongan término a un procedimiento, se publicará en un periódico de circulación nacional un extracto del contenido esencial de la misma, y paralelamente se realizará por edicto que se fi jará en un tablero colocado en lugar visible de la recepción de las ofi cinas de SIGET por el término de tres días. Transcurrido dicho término la notifi cación producirá todos sus efectos.

b) Para las resoluciones o acuerdos que no encajen en el supuesto anterior, bastará su realización por edicto de la forma en que ha quedado establecido.

Artículo 5.

Los operadores, concesionarios, licenciatarios y las Instituciones Gubernamentales autorizadas para la utilización del espectro de uso ofi cial, así como también las partes dentro de un procedimiento administrativo cuando éste sea el caso, podrán pedir que las notifi caciones se les haga por vía FAX o Correo Electrónico, de no hacerlo se los propondrá esta Superintendencia en el primer acuerdo o resolución que se les notifi que. El interesado que convenga en que las notifi caciones se le realicen por Correo Electrónico, deberá garantizar que la dirección del Correo Electrónico tenga habilitada dentro de las opciones de seguimiento, la opción de generar las confi rmaciones respectivas.

Artículo 6.

Si la notifi cación se realiza vía FAX, el notifi cador fi rmará y sellará el reporte “OK” que emita la máquina y lo agregará al acuerdo o resolución correspondiente.

Artículo 7.

Si la notifi cación se realiza por Correo Electrónico, el notifi cador deberá scanear el acuerdo o la resolución para convertirlo en una imagen con un formato que no permita modifi car su contenido, para luego enviarlo por esa vía, solicitando en el mismo correo que el sistema del receptor genere las respectivas confi rmaciones de recepción y de lectura. Al recibir las confi rmaciones el notifi cador las imprimirá fi rmará, sellará y las anexará al acuerdo o resolución.

Artículo 8.

Cuando lo considere conveniente, la SIGET podrá solicitar que los operadores, concesionarios y licenciatarios señalen un lugar dentro del Área Metropolitana de San Salvador para que se les haga las correspondientes notifi caciones.

Artículo 9.

En todo lo no previsto en esta normativa, se estará a lo dispuesto en el Código de Procedimientos Civiles, en concordancia con la Constitución.

Artículo 10.

El presente procedimiento entrará en vigencia a los ocho días de su publicación en el Diario Ofi cial.

Es conforme con su original con el cual se confrontó y para ser presentada al Diario Ofi cial, extiendo la presente en la ciudad de San Salvador a los ocho días del mes de junio del año dos mil cinco. Licenciado JORGE ISIDORO NIETO MENENDEZ, SUPERINTENDENTE.

(Registro No. F006830)

Page 24: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION COMUNAL

ADMINISTRADORA DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE

“SAN JOSE” DEL CANTON EL PARAISO,

MUNICIPIO DE TURIN. (ACOASAP.)

Titulo I: De la Naturaleza, Denominación, Domicilio y Fines

Capítulo I: Naturaleza, Denominación y Domicilio

Art. 1: Constitúyese la: “Asociación Comunal Administradora del Sistema de Agua Potable “San José” del Cantón El Paraíso, Municipio de Turín, y que podrá denominarse ACOASAP”, con participación directa de los Asociados(as) de las Comunidades con cobertura de agua y representación del Concejo Municipal de Turín, con autonomía y patrimonio propio, sin fi nes de lucro, apolítica partidista, de carácter no religioso y que en el texto de los presentes Estatutos se denominará “La Asociación”.

Art. 2: La Asociación estará regida por la Constitución Política de La República de El Salvador, El Código Municipal, estos Estatutos, Reglamento Interno y otras leyes que se apliquen a los fi nes para lo que fue creada.

Art. 3: La Asociación establece su domicilio en el Municipio de Turín, Departamento de Ahuachapán, por tiempo indefi nido. La cober-tura geográfi ca de su gestión inicial comprende Cantón El Paraíso, sus comunidades y colonias; en el Municipio de Turín. Pudiendo ampliar su cobertura geográfi ca de su gestión a otras comunidades del citado Municipio y fuera de éste.

Capítulo II: Fines

Art. 4: La fi nalidad de La Asociación es la gestión integral del recurso hídrico, incluyendo entre sus responsabilidades: la prestación del servicio de agua potable, promover acciones en salud, protección y sostenibilidad del medio ambiente, la educación de su población y el saneamiento básico; así como también la gestión y administración de otros recursos para fortalecer la inversión social, en benefi cio de la población que reside en el área geográfi ca de su domicilio; y cualquier otra actividad que vaya en benefi cio de los asociados.

Art. 5: Para lograr el fi n propuesto, se plantean los siguientes objetivos específi cos:

a) Administrar, operar y mantener efi cientemente los recursos de la Asociación con transparencia y sostenibilidad de la misma.

b) Suministrar efi cientemente el servicio de agua potable a los usuarios bajo normas de calidad y cantidad, establecidas y reconocidas por las instancias reguladoras de país y por estándares de calidad universales.

c) Incrementar la cobertura del servicio de agua y saneamiento previo a la elaboración de estudios de factibilidad técnica hidráulica, legal, social, económica y ambiental.

d) Facilitar los medios para que los asociados ejerzan contraloría social y fi nanciera en la administración y los servicios que presta la Asociación.

e) Proponer al Concejo Municipal la emisión y aprobación de ordenanzas que permitan proteger los recursos naturales, entre ellos los recursos hídricos, con especial énfasis en las áreas de infl uencia y recarga de los mantos acuíferos desde donde se abastece el o los sistemas administrados por la Asociación.

f) Elaborar, coordinar y ejecutar planes administrativos, de operación, mantenimiento, de salud y medio ambiente, de educación y otros relacionados con los fi nes de la Asocia-ción.

g) Promover y monitorear en los usuarios/as el cumplimiento del manejo adecuado de las aguas usadas, los desechos sólidos y disposición de excretas.

h) Promover y apoyar el cumplimiento de los derechos de la niñez en el acceso a la salud y a la educación.

i) Constituir y mantener un fondo con recursos propios y otros generados a través de la gestión, destinados exclusivamente a acciones de salud, medio ambiente y educación, orientados a la población que reside en el área geográfi ca de los proyectos bajo su administración.

j) Gestionar proyectos que complementen y fortalezcan la ges-tión de la Asociación para la sostenibilidad de los servicios prestados y de la Asociación misma.

k) Participar en los planes de desarrollo en el ámbito local y regional, para establecer alianzas y/o convenios con gobiernos locales y otras instituciones gubernamentales, no gubernamen-tales e instituciones internacionales que promuevan acciones afi nes a sus objetivos.

1) Fomentar el espíritu de solidaridad a través de acciones en-caminadas al apoyo de las familias identifi cadas con algún nivel de vulnerabilidad.

m) Promover la participación de mujeres y hombres, en la toma de decisiones y acciones, así como promover la participación equitativa de ambos sexos, en los puestos directivos de la Asociación.

n) Hacer gestiones que fortalezcan la gestión descentralizada del agua, pudiendo asumir en el futuro, la prestación total o parcial de servicios de agua de sistemas que hoy son administrados por otras instituciones u organizaciones.

o) Hacer alianzas con otras organizaciones que operan sistemas de agua en el municipio o fuera de éste, a fi n de fortalecer la capacidad de gestión a nivel local o regional.

p) Cumplir y hacer cumplir los Estatutos, Reglamento Interno de la Asociación y Planes de Trabajo

Título II: De los(as) Asociados(as), calidad, derechos y deberes

Capítulo I: Calidad de los(as) Asociados(as)

Art. 6: Los Asociados(as) podrán ser:

a. Fundadores(as):

Son Asociados(as) Fundadores(as): Todas aquellas personas que conformaron la Primera acta de constitución de la Asociación.

ALCALDÍAS MUNICIPALES

Page 25: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

25DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

b. Activos(as):

Son Asociados(as) Activos(as): Todas aquellas personas usuarias, propietarias de por lo menos una acometida domiciliar del sistema de agua potable, que por su voluntad estén registradas en el Libro de Asociados(as) que la Asociación lleva para tal fi n y hayan cumplido los procedimientos establecidos en el Reglamento Interno.

c. Honorarios(as):

Aquellas personas naturales o jurídicas que no pertenecen a la Asociación y a quienes la asamblea general o Junta Directiva les concede tal calidad en atención a sus méritos personales y sus servicios prestados a la Asociación.

Capítulo II: Derechos y Deberes de los(as)

Asociados(as) Fundadores y/o Activos

Art. 7: Son Derechos de los(as) Asociados(as):

a. Participar con voz y voto en Asambleas Generales.

b. Presentar Iniciativas y sugerencias a la Asamblea General, Junta Directiva y Junta de Contraloría; en lo referente a la gestión de la Asociación.

c. Retirarse voluntariamente como asociado(a) cuando así lo solicitare por escrito, sin perder el derecho como usuario(a) del sistema de agua.

d. Elegir y ser electo para cargos de la Junta Directiva y Junta de Contraloría o para formar parte de la Asamblea de Socios.

e. Convocar a la Asamblea General de socios para exponer sus inquietudes o hechos que les estén afectando, siempre que su petición esté respaldada al menos por un 40% de los asociados(as), canalizando dicha convocatoria por escrito a través de la Junta Directiva.

f. Recurrir ante la Junta Directiva y en su defecto, Junta de Contraloría, Asamblea General, Gobierno Local u otra ins-tancia respectiva cuando sus derechos como asociado(a) les sean violentados por procedimientos previstos y no previstos en los presentes Estatutos o Reglamento Interno.

g. Solicitar ante la Administración de la Asociación y recibir oportunamente, información de su situación como asociado(a) y/o usuario(a).

h. Emitir un solo voto, aun cuando posean más de una acome-tida domiciliaria de agua, en todos los procesos de toma de decisiones.

Art. 8: Son Deberes de los(as) Asociados(as):

a. Asistir puntualmente a las reuniones que sean convocadas por la Junta Directiva.

b. Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamento Interno.

c. Proteger y hacer uso racional del agua y de los recursos naturales.

d. Cancelar las tarifas por el servicio de agua potable dentro de los plazos establecidos en el Reglamento Interno de la Asociación.

e. Cuidar las obras y denunciar ante la Junta Directiva o Junta de Contraloría, cualquier daño a la infraestructura del sistema de abastecimiento de agua potable.

f. Participar activamente en las actividades de salud y ambientales u otros proyectos que impulse la Junta Directiva.

g. Abstenerse y denunciar cualquier situación que ponga en riesgo la gestión de La Asociación y especialmente la salud de la población.

h. Aceptar y cumplir acuerdos tomados por Junta Directiva y Asamblea General de socios.

i. Cumplir el convenio (contrato) como usuario del servicio de agua con la Asociación.

Capítulo III: Usuarios(as) No Asociados

Art. 9: Usuarios(as) No Asociados: Es aquella persona que hace uso del servicio de agua y que no desea estar registrado(a) como Asociado(a); teniendo derecho a voz y no así a voto en la toma de decisiones de la Asociación.

Art. 10: Son Derechos de los(as) Usuarios(as) No Asociados:

a. Ser admitido(a) previa solicitud ante la Junta Directiva como Asociado(a) después de cumplir los procedimientos estable-cidos en el Reglamento Interno de la Asociación.

b. Recurrir ante la Junta Directiva, Asamblea General, Junta de Contraloría, Gobierno Local u otra instancia respectiva cuando sus derechos como Usuario(a) les sean violentados por procedimientos previstos o no en los presentes Estatutos o Reglamento Interno.

c. Recibir el servicio de agua en iguales condiciones que al prestado a los asociados.

d. Solicitar y recibir oportunamente, información de su situación como usuario(a).

e. Participar activamente en las actividades de salud y ambientales u otros proyectos que impulse la Junta Directiva.

f. Hacer reclamos a la administración de la Asociación por insatisfacción en el servicio de agua que recibe.

Art. 11: Son Deberes de los(as) Usuarios(as) no Asociado:

a. Cumplir y hacer cumplir el Reglamento Interno.

b. Proteger y hacer uso racional del Agua y recursos natura-les.

c. Cancelar las tarifas por el servicio de agua potable dentro de los plazos establecidos en el Reglamento Interno de la Asociación.

d. Cumplir el convenio como usuario del servicio de agua con la Asociación.

Capitulo IV: Del retiro de la calidad de Asociado(a)

Art. 12: Los(as) Asociados(as) podrán ser suspendidos(as) de su calidad de Asociados(a) por acuerdo emitido por mayoría simple de votos en Asamblea de General de socios y previa audiencia de el(la) Asociado(a) ante la Junta Directiva.

Se consideran causales de retiro temporal o defi nitivo como Asociado(a), las siguientes:

a. Por incumplimiento de los presentes Estatutos y Reglamento Interno.

Page 26: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

b. Mala conducta y acciones de el(la) Asociado(a) que se traduzca en perjuicio grave de la Asociación o del sistema de abaste-cimiento de agua potable, la salud y el medio ambiente.

c. Obtener por medios fraudulentos, benefi cio de la Asociación, o utilizar recursos de la misma para sí o para terceros.

d. Por la pérdida de sus derechos civiles que lo inhabiliten en el libre desempeño como ciudadano.

Art. 13: Los Asociados(as) tienen derecho al recurso de apelación cuando se les retira su calidad de Asociado(a) temporal o defi nitivamente. Podrá apelar a la Asamblea General; cuando la suspensión y su causal no esté prevista en los presentes estatutos ni en el reglamento interno; sin perjuicio que tiene el asociado(a) de acudir a otras instancias com-petentes.

Título III: De la Organización, Dirección,

Contraloría y Operación de la Asociación

Capítulo I: De la Organización

Art. 14: La Organización de la Asociación, estará conformada por:

La Asamblea General de Socios,

La Junta Directiva,

La Junta de Contraloría y

La Unidad Administrativa - Operativa.

Capítulo II: De la Asamblea General de Socios.

Art. 15: La Asamblea General es conformada por todos los(as) Asociados(as) Activos(as), registrados en el Libro de Asociados(as) de la Administración, legalmente convocados y reunidos, constituyen la autoridad máxima de “ACOASAP”.

Art. 16: Son atribuciones de la Asamblea General de Socios:

a) Decidir la constitución de la Asociación.

b) Aprobar la creación o modifi cación de los Estatutos y Regla-mento Interno.

c) Acordar la solicitud del Acuerdo Municipal de la creación de la Asociación al Concejo Municipal de Turín por medio del representante legal.

d) Elegir de acuerdo a lo estipulado en estos estatutos y regla-mento interno a las personas que integran la Junta Directiva y Junta de Contraloría, y la ratifi cación de las mismas, con excepción de las personas que representen a la municipalidad de la referida junta.

e) Destituir a las personas integrantes de la Junta Directiva, Junta de Contraloría, y Asociados(as), por causa justifi cada y después de comprobar que se ha infringido estos Estatutos y/o el Reglamento Interno.

f) Si algún integrante de la Junta Directiva, Junta de Contraloría y/o Asociado(a) es destituido(a), renuncia o fallece se elegirá su sucesor(a) de acuerdo a los procedimientos descritos en el Reglamento Interno.

g) Aprobar el Plan Anual de trabajo y su respectivo presupuesto, en Asamblea General de Asociados(as) que se realizará el segundo sábado de Enero de cada año.

h) Velar que la conformación de la Junta Directiva y Junta de Contraloría tengan representación igualitaria de mujeres y hombres.

i) La Asamblea a través de sus Asociados(as) activos podrá ejercer contraloría de la Administración de la Asociación, según los mecanismos estipulados en el Reglamento Inter-no.

j) Monitorear y evaluar el trabajo de los integrantes de la Junta de Contraloría.

k) Aprobar cualquier disposición relacionada con la adminis-tración de otros sistemas de agua y saneamiento que no sea el que da origen a esta Asociación.

1) Acordar la Disolución de la Asociación por el incumplimiento de los fi nes para la que fue creada, según estos Estatutos.

m) La Asamblea General de Socios se reunirá ordinariamente una vez al año y extraordinariamente, cuando la Junta Directiva o Junta de Contraloría, lo considere necesario

n) Aprobar o desaprobar el manejo fi nanciero de la Asocia-ción.

o) Solicitar a la junta directiva o junta de Contraloría, informes, planes y agendas de trabajo.

p) Fortalecer y organizar comités de apoyo que se estimen convenientes para el logro de los fi nes de la Asociación, proporcionándoles incentivos defi nidos en el Reglamento Interno.

q) Convocar a reunión a la Junta Directiva o Junta de Contraloría cuando lo consideren necesario, a solicitud de las tres cuartas partes de los asociados.

r) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento Interno y todo lo que se deriven de éstos.

Art. 17: Las resoluciones de la Asamblea General de Socios se acordarán por mayoría simple (la mitad más uno) de los votos de los(as) Asociados(as) asistentes, salvo en lo referente a la disolución de la Aso-ciación que se deberá contar con la aprobación de las tres cuartas partes de los(as) Asociados(as) inscritos.

Art. 18: En la Asamblea General Ordinaria, se tratarán los asuntos comprendidos en la agenda aprobada por el pleno. En las Asambleas General Extraordinaria, sólo se tratarán los asuntos comprendidos en la convocatoria y cualquier decisión sobre otros aspectos no comprendidos en la misma se anularán.

Art. 19: Las convocatorias a Asamblea General ordinaria o extraor-dinaria, se harán por medio de un aviso escrito, al menos con ocho días de anticipación. Indicándose el lugar, día y hora que ha de celebrarse. Si en la hora señalada no pudiera celebrarse la sesión por falta de quórum, mayoría simple de asociados(as), ésta se llevará a cabo ocho días después de convocada la primera, en este último caso, las decisiones que se adopten serán obligatorias aún para aquellos que formalmente convocados no asistieron.

Capítulo III: De la Dirección de la Asociación: Junta Directiva

Art. 20: La Junta Directiva estará integrada por Nueve personas con Cargos Titulares. En total son ocho representantes de las comunidades y un/a representante del Concejo Municipal de Turín, el proceso de elección de la Junta Directiva, se describe en el Reglamento Interno.

Page 27: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

27DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

Art. 21: Los Cargos Titulares de la Junta Directiva, son los siguien-tes:

a. Director(a) de Gestiones

b. Director(a) de Asuntos Legales

c. Director(a) de Finanzas

d. Director(a) de Operación y Fiscalización

e. Director(a) de Actas y Acuerdos

f. Director(a) de Salud

g. Director(a) de Medio Ambiente

h. Director(a) de Infraestructura

i. Director(a) Social

Art. 22: Los nueve Cargos Titulares de la Directiva serán ocupados por personas que hayan sido electas en Asamblea de Socios(as) y el re-presentante del Concejo Municipal es elegido por el mismo Concejo.

La distribución de los Cargos de la Junta Directiva serán defi nidos democráticamente entre sus integrantes en sesión de Junta Directiva, considerando las fortalezas, habilidades y conocimientos que se requieran para el desempeño en cada uno de los cargos, las Descripciones de las Funciones (responsabilidades) de cada cargo están descritas en forma general en estos Estatutos y específi ca en el Reglamento Interno.

Art. 23: La Asociación ACOASAP podrá cambiar la Estructura Organizativa-Administrativa de la Junta Directiva, Junta de Contraloría: cuando el contexto o escenario en que se encuentra la actual estructura no le permite fl exibilidad para administrar y operar adecuadamente el o los sistemas de agua. La modifi cación deberá hacerla con la aprobación del 90% de los Asociados(as) inscritos(as) en el Libro de Asociados(as) y de acuerdo a las Disposiciones Generales descritas en estos Estatutos en el Título VI.

Art. 24: La estructura organizativa de la Junta Directiva es de orden horizontal donde todos y cada uno de sus integrantes poseen los mismos derechos y deberes en la toma de las decisiones de la Asociación; Sin embargo, cada integrante de la Junta será el referente de un área de responsabilidad para asegurar el buen desempeño de las funciones generales descritas en estos Estatutos y funciones específi cas descritas en el Reglamento Interno.

Art. 25: La Junta Directiva, se reunirá ordinariamente al menos dos veces por mes y extraordinariamente cuando sea necesario para dar resolución a los problemas derivados de la administración, operación y mantenimiento del sistema de agua potable, y otras acciones establecidas en el plan anual de trabajo y de nuevas proyecciones. Las decisiones y acuerdos tomados en Junta, serán basadas en el consenso por medio la deliberación de puntos de vista, ventajas y desventajas de las decisiones que se quieren tomar, si no se logra el consenso entre sus integrantes, podrán utilizar la votación secreta por las tres cuartas partes de sus Directores(as).

Art. 26: Las personas integrantes de la Junta Directiva y Junta de Contraloría que representan a la comunidad, serán electas para un período de tres años, las que podrán ser reelectas en forma consecutiva, las veces que la Asamblea General Socios lo determine. Para el caso de la primera Junta Directiva y Junta de Controlaría, serán sometidos a elección al fi nal de los primeros tres años cuatro cargos directores y dos cargos contralor; los otros cinco directores y dos contralores serán sometidos a elección

un año más tarde. Ambos eventos de elección o reelección serán en un solo acto. Los primeros cargos de la Junta Directiva y de Contraloría que serán sometidos a elección o reelección, serán propuestos en primera instancia por las respectivas juntas a la Asamblea de Socios, quienes ratifi carán la propuesta o la modifi carán para someterla a la Asamblea General.

La representación del Concejo Municipal en la Junta Directiva y Junta de Contraloría, serán nominadas en sesión de Concejo Municipal, cada vez que haya un cambio administrativo de Concejo o cuando éste determine que sus representantes designados, no está cumpliendo con las funciones delegadas por el referido Concejo o por recomendación de la Junta Directiva y Junta de Contraloría ante el Concejo.

Para integrar la primera Junta Directiva y Junta de Contraloría las personas del Concejo Municipal en la Junta Directiva, fi nalizarán su representación cuando fi nalice el período para el cual fueron electos como integrantes del Concejo Municipal. Para los siguientes períodos serán de tres años.

El Sistema de elección de las Personas que integrarán la Junta Di-rectiva y Junta de Contraloría está descrito en el Reglamento Interno.

Art. 27: Los cargos en la Junta Directiva y Junta de Contraloría serán ad-honoren; Sin embargo gozarán de una dieta o retribución esta-blecida por acuerdo de la Asamblea de Delegados(as) y expresada en el reglamento interno de la Asociación, además cuando el (la) Directivo trabaje en actividades ofi ciales fuera del Municipio, podrá otorgársele un viático, según tabla prevista en el Reglamento Interno. Las retribuciones en concepto de dietas, no podrán ser mayor a un salario mínimo vigente por mes.

Art. 28: Los representantes o integrantes de la Junta Directiva y Junta de Contraloría de cada una de las comunidades de cobertura del servicio de agua, no deberán ser parte del Concejo Municipal vigente o estar participando como candidato(a) para aspirar a un cargo público como integrante político para no duplicar la participación del Concejo Municipal en la Estructura Organizativa de la Asociación. En caso de estar fungiendo como integrante de la Junta Directiva o Junta de Contraloría y decide participar como aspirante a un cargo público vía un partido político, debe renunciar o solicitar permiso a su actual cargo, pudiendo incorporarse o no a sus funciones después de fi nalizados el proceso electoral y de acuerdo a los resultados del mismo proceso.

Art. 29: Los Requisitos para ser integrante de la Asamblea de Socios, Junta Directiva y Junta de Contraloría son:

a. Mayor de 18 años

b. Residir en el área de cobertura del o los sistemas de agua administrados por la Asociación.

c. Habilidades de escritura y lectura, relaciones interpersonales y liderazgo.

d. Ser una persona reconocida por su buena conducta y valores personales.

e. Ser Asociado(a)

f. Estar solvente con la asociación.

g. Estar en pleno goce de sus derechos civiles.

Art. 30: De la Elección de nuevos integrantes de la Junta Directiva y Junta de Contraloría. Seis meses antes de cumplir su período, la Junta Directiva convocará a la Asamblea General de Socios para elegir los(as) sucesores(as), respetando los procesos de elección establecidos en estos

Page 28: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

Estatutos y el Reglamento Interno, para luego incorporarlos al trabajo conjunto y capacitarlos en todo lo concerniente a la administración de la Asociación, participando los nuevos integrantes electos(as) en todas las actividades que se desarrollen durante los últimos tres meses de gestión de los(as) integrantes o de la Junta saliente sin voz ni voto hasta tomar posesión de sus cargos.

Art. 31: De la Suspensión temporal o defi nitiva de un(a) integrante de la Junta Directiva. Las sanciones por incumplimiento a estos estatutos estarán regulados en el Reglamento Interno.

Para proceder a la suspensión temporal o defi nitiva de un integrante de la Junta Directiva por faltar sin justifi cación a una o tres reuniones ordinarias y/o extraordinaria consecutivas programadas, y por promover acciones que atenten contra las gestiones que desarrolla la Asociación, respectivamente. Será la Junta de Contraloría quien investigue y docu-mente el caso, otorgando el derecho de defensa de el(la) acusado(a); la resolución fi nal, si es suspensión temporal, lo defi nirá la Junta Directiva a sugerencia de la Junta de Contraloría. Si la suspensión es defi nitiva se llevará a Asamblea de Socios(as) para defi nirlo por votación de mayoría simple y elegir el(la) sustituto(a).

Art. 32: De la Suspensión temporal o defi nitiva de un integrante de la Junta de Contraloría. Para proceder a la suspensión temporal o defi nitiva de un integrante de la Junta de Contraloría por faltar a tres reuniones ordinarias y/o extraordinaria consecutivas programadas y por incumplimiento de sus funciones. Será la Junta Directiva quien inves-tigue y documente el caso, otorgando el derecho de defensa de el(la) acusado(a); La resolución fi nal, si es suspensión temporal, lo defi nirá la Junta de Contraloría a sugerencia de la Junta Directiva. Si la suspen-sión es defi nitiva se llevará a Asamblea de Socios(as) para defi nirlo por votación de mayoría simple y elegir el(la) sustituto(a).

Art. 33: La Junta Directiva, sobre la base de sus atribuciones:

a. Elabora el proyecto de estatutos de la Asociación y lo pro-pondrá a la Asamblea General para su aprobación.

b. Elabora la propuesta de Reglamento Interno y propondrá a la Asamblea General para su aprobación.

c. Elabora y propone modifi caciones necesarias, estatutos y reglamento interno a la Asamblea de Delegados para su revisión y posterior aprobación por la Asamblea General.

d. Tramitará la obtención de la Personalidad Jurídica de la asociación conforme a lo establecido por la constitución de la república y código municipal.

e. Convocará a la Asamblea General de socios a reuniones ordinarias y extraordinarias.

f. Coordinará y establecerá las negociaciones de los contratos y/o convenios necesarios con el objetivo de fortalecer la gestión local o regional del recurso hídrico, con los gobiernos locales, las instituciones del Estado, organizaciones internacionales, organizaciones no gubernamentales o entidades privadas u otras asociaciones.

g. Velará que los fondos obtenidos a través del sistema de abaste-cimiento de agua potable sean aplicados para la sostenibilidad del mismo y la ejecución de acciones relativas a los fi nes de la Asociación dentro de sus comunidades, tomando en consideración el inciso “z” de este artículo.

h. Hará cumplir los derechos y deberes de los asociados(as) y usuarios, contemplados en los presentes Estatutos.

i. Informar a las autoridades correspondientes de la violación a las normas de salud y Ley de Medio Ambiente, por la po-blación.

j. Autorizará y controlará los gastos de la administración y ope-ración del sistema de agua en representación de la Asociación; siempre que estén comprendidos en los rubros fi nanciables por dichos fondos y los montos no sobrepasen los límites autorizados en el Reglamento Interno y plan de trabajo.

k. Contratará al personal califi cado, necesario para la Unidad Administrativa/Operativa de la Asociación y autorizará y/o gestionará los recursos para capacitaciones dirigidas a la Junta Directiva, empleados, asociados(as) y usuarios(as) en temas o áreas que sean requeridas para el buen desarrollo de sus funciones o actividades que contribuyan a la salud y medio ambiente.

l. Contratará servicios externos de asistencia técnica, que for-talezcan la capacidad de gestión de la Junta Directiva y Junta de Contraloría, así como, aquellos servicios especializados necesarios para mantener o mejorar el servicio de agua a las familias usuarias.

m. Analizará las solicitudes y Autorizará las nuevas conexiones domiciliarias de conformidad con la recomendación técnica respectiva y el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Reglamento Interno y ordenará la clausura de aquellas conexiones de usuarios que no cumplan con las disposiciones de dicho reglamento

n. Presentará a la Asamblea de Socios(as) la(s) propuesta(s) de ampliación del o los sistemas de agua, cuando éstas sean en áreas geográfi cas fuera del Municipio o cuando se trate de incorporar a la Asociación un nuevo sistema de agua potable para su administración.

o. Para el retiro de montos fi nancieros que sobrepasen dos veces el presupuesto mensual deberán ser aprobados por la Asamblea de Socios, según procedimientos establecidos en el Reglamento Interno.

p. Establecerá sanciones y multas defi nidas en el Reglamento Interno a asociados(as) y/o usuario(as) que no cumplan con las normas y procedimientos de la Administración.

q. Elaborará la propuesta para la modifi cación de la tarifa por la prestación del servicio de agua, cuando la situación económica de la Asociación lo amerite; por aumentos en los costos de operación u otras disposiciones de Ley que los lleven a tal determinación y lo presentará a la Asamblea de Socios en primera instancia y a la Asamblea General para su aprobación.

r. Elaborará y ejecutará el plan y presupuesto anual para la operación, mantenimiento y administración del o los sistemas de Agua Potable, Salud, Medio Ambiente y Educación.

s. Solicitará las auditorías internas a la administración anual-mente, a través de la Municipalidad (Corte de Cuentas) y en su defecto a través de una fi rma auditora externa.

t. Supervisará los registros, controles, reportes y procedimientos contables, el orden de los archivos del control de pago de servicio de agua potable, cuotas de conexión, reconexión, desconexión y listado de usuarios(as).

u. Gestionará y recibirá donaciones y aportes para los fi nes de la Asociación, provenientes de fondos gubernamentales, internacionales o privados.

Page 29: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

29DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

v. Resolverá en Asamblea General de socios, todas las situaciones excepcionales no previstas en los presentes Estatutos o en el Reglamento Interno.

w. Presentará la revisión del plan de trabajo y el presupuesto anual a la Asamblea de Socios y posterior aprobación de Asamblea General en Sesión Ordinaria.

x. Presentará a consideración y aprobación de la Asamblea General en la Sesión Ordinaria, la Memoria Anual de los resultados de su gestión y el Informe Financiero correspon-diente a ese período.

y. Asegurará que los fondos monetarios de la asociación sean manejados a través de las Instituciones Financieras formales establecidas en la Banca del País.

z. Asegurará que las nuevas inversiones en el desarrollo de acti-vidades en las comunidades, se realicen después de garantizar los rubros fi nancieros, necesarios para la sostenibilidad de la Asociación y de los servicios que ésta presta. Así como también, la compra de equipo, herramientas, insumos y servicios, necesarios para el funcionamiento del sistema de agua potable.

aa. Autorizará a la Junta de Contraloría, los fondos que sean necesarios y que estén previstos en el presupuesto anual, para que éste pueda ejercer sus funciones y las actividades que por mandato le son otorgadas en estos estatutos.

bb. No autorizará la venta o enajenación de acometidas exclusi-vamente por constituir un bien familiar, pudiéndose transferir si existe disolución del hogar, hacia la persona que quede responsable de la custodia de los menores de edad.

cc. Otorgar la Personería Jurídica a cualquiera de sus integran-tes para que los represente judicial y extrajudicialmente en ausencia del titular.

dd. Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos, Reglamento interno y demás leyes correspondientes a la Administración de la Asociación.

ee. Tomará muestras de agua para su análisis respectivo, así como muestras para la medición de Cloro residual, a fi n de garantizar la calidad del agua.

Art. 34: Funciones Generales de los (as) integrantes de Junta Directiva.

La funciones generales asignadas a cada Director(a), deben ser interpretadas como funciones orientadoras, las que no se limitan sólo al marco de estos estatutos y reglamento sino que pueden desarrollar otras funciones no descritas en éstos. Las funciones designadas para cada director(a), son complementarias al trabajo de equipo que la Junta Directiva desarrolla.

a) Aprobar los gastos por emergencia causados por fenómenos naturales tales como contratación de asistencia técnica y/o para la compra de cualquier equipo que afecte el funcionamiento normal del sistema de agua y que no estén considerados en el Presupuesto Anual. Cualquier gasto no contemplado en estos Estatutos que excedan dos veces el presupuesto mensual

a. Director/a de Gestiones

Promover el trabajo en equipo de la Junta Directiva, para el cum-plimiento del plan anual de acuerdo a los fi nes de la Asociación.

Representar legalmente a la Asociación en ausencia del Director Legal, gestionar proyectos y programas que contribuyan al cumplimiento de los objetivos de la misma.

Establecer buenas relaciones Institucionales con organismos gubernamentales y no gubernamentales para ser más efi ciente en sus gestiones.

Liderar y fortalecer los nexos de coordinación con las instituciones como El Gobierno Municipal, con el nivel local del Ministerio de Salud y Educación y todas aquellas instituciones de gobierno central con pre-sencia en el municipio; con el propósito de complementar servicios que se traduzcan en bienestar de la población benefi ciaria del o los sistemas administrados por la Asociación.

Autorizar los egresos del presupuesto certifi cado en actas de Junta Directiva y Asamblea General. Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones y aprobación de proyectos gestionados de la Junta Directiva, y Asamblea General de Socios.

Promover que la niñez sea privilegiada impulsando acciones en salud y educación, que la Asociación desarrolle.

Coordinar con instituciones locales, organizaciones del Estado, internacionales, públicas y privadas, convenios y donaciones.

Cumplir otras funciones encomendadas por la Junta Directiva y Asamblea General.

Supervisar directamente las funciones y actividades que desarrolle el administrador de la asociación, y de los demás empleados.

b. Director/a Legal

Representar Legalmente a la Asociación, velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva y Asamblea General.

Cumplir y hacer cumplir los Estatutos y Reglamento Interno.

Asentar todos los acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva y Asamblea General y solicitar las fi rmas de los demás integrantes de la Junta Directiva en los libros respectivos.

Estar informado de toda la correspondencia enviada y recibida e informar a la Junta Directiva.

Firmar toda documentación emitida por la Junta Directiva.

Cumplir otras funciones encomendadas por la Junta Directiva y Asamblea General.

En ausencia de él será el Director/a de Gestiones quien lo sustituirá para representar a la Asociación legalmente.

Asesorar legalmente a la Junta Directiva a la Asamblea General de Socios, en todos aquellos aspectos concernientes a la aplicación de los Estatutos y Reglamento Interno.

c. Director/a de Operación y Fiscalización

Ser el responsable directo del mantenimiento preventivo y correc-tivo del sistema de abastecimiento de agua potable en coordinación del personal empleado. Promover en la Junta Directiva, la aplicación de las normas y procedimientos establecidos en el reglamento interno.

Monitorear el funcionamiento y operación del sistema de agua potable.

Asegurar que el servicio de agua prestado por la Asociación, cumpla con los estándares de calidad y la cantidad suministrada esté de acuerdo a los volúmenes previstos en el diseño; así como prestar el servicio con equidad para todas las familias usuarias del o los sistemas bajo su administración. Someter ante la Junta Directiva, las solicitudes de expansión del o los sistemas bajo su administración.

Coordinar con prestadores de servicios externos todas aquellas actividades propias de la operación y mantenimiento del sistema y con la Junta Directiva, todas aquellas que requieran de inversión económica.

Page 30: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

Elaborar un plan de trabajo operativo con su respectivo presupuesto, en coordinación con el Administrador(a).

Cumplir otras funciones encomendadas por la Junta Directiva y Asamblea General.

d. Director/a de Actas y Acuerdos

Llevar los libros de actas y acuerdo de la Asamblea General, Junta Directiva y Junta de Contraloría y emitir las certifi caciones correspon-dientes.

Realizar las convocatorias tanto de Asamblea General como de Junta Directiva, apoyado/a por todos los miembros de la Junta Directiva y de contraloría, así como de los Empleados.

Informar a las personas asociadas sobre cualquier situación rela-cionada con el sistema de agua. Registrar la correspondencia recibida y enviada.

Llevar los registros de todas las personas asociadas.

Redactar y divulgar comunicados relativos al sistema de agua.

e. Director/a de Finanzas

Velar por el cumplimiento de los acuerdos y resoluciones fi nancieras de la Junta Directiva y Asamblea General.

Asegurar que la contabilidad sea formal, se mantenga en orden y actualizada.

Autorizar los egresos del presupuesto, certifi cado en actas de Junta Directiva y Asamblea General. Coordinar actividades administrativas con el Administrador(a).

Elaborar el Presupuesto Anual de los gastos de acuerdo a los pla-nes de actividades a desarrollar, con los demás integrantes de la Junta Directiva.

Analizar con la Junta Directiva la tendencia fi nanciera de la Asociación, identifi cando aquellas áreas que deben consideradas como críticas o que ponen en riesgo la solvencia fi nanciera de la Asociación. Cumplir otras funciones encomendadas por la Junta Directiva y Asamblea General.

Firmar los Balances y Estados Financieros de la Asociación.

f. Director/a de Salud

Coordinar y monitorear al personal contratado en las áreas de Salud, para promover y desarrollar actividades del Plan de Salud.

Coordinar planes, programas y proyectos con Instituciones Guber-namentales y no Gubernamentales afi nes de la protección de la salud.

Promover la formación de grupos de apoyo para coordinar y operativizar las actividades del Plan Anual correspondiente.

Promover dentro de la Junta Directiva y con la población, acciones concretas de prevención de enfermedades gastrointestinales.

Dar seguimiento a la disposición adecuada de las excretas humanas, al manejo adecuado de las aguas servidas y al manejo de la basura a nivel de los hogares en área de infl uencia del o los sistemas que la asociación administra.

Coordinar con el nivel local del Ministerio de Salud, todas aquellas actividades encaminadas a mejorar la salud de la población usuaria y no usuaria del sistema de agua, incluyendo aquellas actividades que resultan complementarias a las ya abordadas por la Asociación.

Elaborar, gestionar y desarrollar programas de capacitación al personal bajo su coordinación relacionados a salud.

Promover que los(as) niños(as) sean privilegiadas y privilegiados con los servicios de salud promovidos por la Asociación.

Elaborar un plan de trabajo operativo con su respectivo presupues-to.

Cumplir otras funciones encomendadas por la Junta Directiva y Asamblea General.

g. Director/a de Medio Ambiente

Coordinar y monitorear al personal contratado en Medio Ambiente, para promover y desarrollar actividades del Plan de protección al Medio Ambiente.

Coordinar planes, programas y proyectos con Instituciones Gu-bernamentales y no Gubernamentales afi nes de la protección del medio ambiente.

Promover la formación de grupos de apoyo para coordinar y operativizar las actividades del Plan Anual correspondiente.

Promover dentro de la Junta Directiva y con la población, acciones concretas de protección de los recursos naturales en el área de infl uencia del o los sistemas de agua y saneamiento que la Asociación Administra, con especial énfasis en las áreas de recarga hídrica (micro cuencas) donde se encuentran las fuentes de agua que abastecen el o los sistemas de agua bajo su administración.

Dar seguimiento a la disposición adecuada de las excretas humanas, al manejo adecuado de las aguas servidas y al manejo de la basura a nivel de los hogares en área de infl uencia del o los sistemas que la asociación administra.

Coordinar con el nivel local del Ministerio del Medio Ambiente, todas aquellas actividades encaminadas a preservar el medio ambiente, en benefi cio de la salud de la población usuaria y no usuaria del sistema de agua, incluyendo aquellas actividades que resultan complementarias a las ya abordadas por la Asociación.

Elaborar, gestionar y desarrollar programas de capacitación al personal bajo su coordinación relacionados al medio ambiente.

Promover que los(as) niños(as) sean privilegiadas y privilegiados con los servicios de salud promovidos por la Asociación.

Asegurar que las sugerencias escritas en el permiso ambiental, para la explotación del recurso hídrico establecido por el Ministerio de Medio Ambiente se cumplan.

Elaborar un plan de trabajo operativo con su respectivo presupues-to.

Cumplir otras funciones encomendadas por la Junta Directiva y Asamblea General.

h. Director(a) de Infraestructura

Tomar muestra de cloro residual en sus comunidades, con el pro-motor o inspectores de salud para garantizar la calidad del agua.

Elaborar un plan de trabajo operativo con su respectivo presupues-to.

Cumplir otras funciones encomendadas por la Junta Directiva y Asamblea General. Dar seguimiento a las reparaciones que se realicen a red de infraestructura.

Velar y controlar el buen funcionamiento de los equipos de bom-beo.

Supervisar los procedimientos de trabajo de los fontaneros, bom-beros y valvuleros.

Page 31: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

31DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

Dar seguimiento a los nuevos proyectos o ampliaciones que se den en el sistema.

i. Director(a) Social

Velar por el bienestar social de todos sus asociados/as en materia de agua, salud y medio ambiente.

Realizar estudios Socio Económicos de aquellas familias que presenten difi cultades en el pago de su tarifa para proponer medidas que faciliten el pago de la misma.

Contactar con organismos de tutela, públicos o privados, nacio-nales o internacionales, para gestionar ayuda en casos de emergencia o desastres naturales relacionados con el sistema de agua, medio ambiente y saneamiento básico.

Realizar estudios Socio Económicos: a las nuevas familias intere-sadas en acometidas para identifi car la forma de pago de la acometida según lo establecido en el Reglamento Interno. Así mismo, apoyar a familias de escasos recursos económicos interesadas en acometidas, a gestionar recursos para la construcción de la letrina y un sistema de eliminación de aguas usadas, previa a la instalación de la acometida.

Aplicar el Reglamento Interno para la administración, operación y mantenimiento del sistema de agua potable, a todas las personas usua-rias, sin distinción de ninguna naturaleza, en coordinación con la Junta Directiva y Junta de Vigilancia.

Llevar un registro de las personas que proporcionaron su aporte en efectivo.

Velar y monitorear la ejecución de los planes de Administración, Operación y Mantenimiento del acueducto con el apoyo de las institu-ciones afi nes a los objetivos de la Asociación.

Buscar apoyo de grupos o Comités para el desempeño efectivo de sus funciones.

Capítulo IV: De la Contraloría de la Asociación:

Junta de Contraloría.

Art. 35: La Junta de Contraloría estará integrada por tres personas representantes del cantón El Paraíso y una persona de la Municipalidad. El proceso de elección se describe en el Reglamento Interno.

El período de elección de las personas que integran la Junta de Contraloría, será cada tres años, poniéndose a elección en ese momento el cargo del contralor Social y un año más después deberán someterse a elección los otros dos cargos de la Junta de Contraloría.

El rol de la Junta de Contraloría es dar seguimiento a todo lo actuado por la Junta Directiva de la Asociación, especialmente en lo relativo al cumplimiento a los estatutos y reglamento interno. Esta Junta podrá participar en pleno o por medio de un representante, sin voz y voto en las reuniones de la Junta Directiva; con el propósito de conocer la forma y tipo de decisiones que está tomando la Junta Directiva. Sin perder la objetividad y dejar de ejercer su rol contralor, esta Junta será de carácter propositivo, proactivo y constructivo, y mantendrá informado a los(as) asociados de todo lo actuado por la Junta Directiva.

Esta Junta de Contraloría tendrá acceso a toda la información, libros y registros que lleva la Junta Directiva de la Asociación, previa solicitud por escrito.

La Junta de Contraloría está facultada para solicitar a la Junta Di-rectiva, las reuniones con los directores/as o con alguno/a en particular, según el tema o asunto de interés.

Art. 36: La Junta de Contraloría estará conformada por cuatro Cargos Titulares, que son los siguientes:

a. Contralor(a) de Gestión

b. Contralor(a) Legal

c. Contralor(a) Social

d. Contralor(a) Administrativo

Art. 37: La Junta de Contraloría se reunirá ordinariamente dos veces al mes y extraordinariamente las veces que sea necesario, convocada por el(la) Contralor Social o cuando lo solicitasen por escrito las otras personas integrantes, sólo la presencia total de sus integrantes establece el Quórum, las resoluciones se tomarán por mayoría simple. Todos los acuerdos deberán registrarse en el Libro de Actas. Tienen la potestad de convocar a reunión a la Junta Directiva una vez al mes.

Art. 38: La Junta de Contraloría, sobre la base de sus atribucio-nes:

a) Monitorear y evaluar el trabajo de la Junta Directiva como de la efi ciencia de las personas que representan los cargos dentro de ella y hacer las recomendaciones pertinentes a los mismos a la Asamblea General.

b) Informar a la Asamblea General, de cualquier situación que surja dentro de la Junta Directiva o de los cargos asignados que vayan en contra de los intereses de la Asociación.

c) Informar a la Asamblea General, de las gestiones positivas que la Asociación está desarrollando, a fi n de que los aso-ciados puedan conocer el rumbo de la gestión de la Junta Directiva.

d) Solicitar a la Junta Directiva cualquier informe que crea conveniente relacionado con la gestión que ésta desarrolla.

e) Vigilar que los gastos mensuales de la Asociación no excedan de lo aprobado en Asamblea General.

f) Elaborar anualmente su propio Plan de Trabajo y Presupues-to, incluyendo en ese los costos necesarios que le permitan mantener informados a los asociados de los hallazgos en la gestión de la Junta Directiva. (positivas o negativas)

g) Dar Visto Bueno para que se someta cualquier plaza que esté fuera del Presupuesto Anual que sea necesaria para la Administración de la Asociación.

h) Exigir las auditorías cuando la Junta Directiva no ha cumplido con esta función o no ha dado fe del rendimiento de cuentas y se considera en riesgo la administración.

i) Vigilar que la Junta Directiva facilite los medios para cumplir con los derechos de los(as) asociados(as) y usuarios(as) del sistema de agua.

j) Cumplir los mecanismos de contraloría para la Administración de la Asociación que están establecidos en el Reglamento Interno.

k) Solicitar a la Asamblea General la destitución de integrantes Directivos cuando éstos hayan violado estos estatutos.

1) Asegurar que la conformación de la Junta Directiva y la Junta de Contraloría sea igualitaria en número de hombres y mujeres.

m) Monitorear que la Junta Directiva cumpla sus acuerdos y resoluciones tomadas en Asamblea General.

Page 32: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

n) Presentar anualmente ante la Junta Directiva de la Asocia-ción, el presupuesto necesario para la Junta de Contraloría, para que éste sea incorporado en el presupuesto anual de la Asociación.

o) Desempeñar otras funciones que crean convenientes para el ejercicio de contraloría siempre y cuando no contravengan estos Estatutos.

p) Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos y el reglamento Interno de la Asociación.

q) Proponer a la Asamblea General la disolución de la Aso-ciación, siguiendo los procedimientos descritos en el Título de la Disolución de la asociación en estos Estatutos y en el Reglamento Interno.

r) Además de las responsabilidades de fi scalización y contraloría, la Junta de Contraloría también podrá ejercer acciones de apoyo a la Junta Directiva y Asamblea General para el cumplimiento de los objetivos de la Asociación.

Art. 39: Funciones Generales de las personas que integran la Junta de Contraloría:

Contralor(a) de Gestión

a. Representar a la Junta de Contraloría cuando le sea solicitada su participación.

b. Velar porque se cumplan los acuerdos de Asamblea General, Asamblea de Delegados, Junta Directiva y del Comité mis-mo.

c. Participar en la elaboración del Presupuesto anual de la Asociación, con la Junta Directiva de la Asociación.

d. Informar a la Asamblea General de cualquier situación que surja dentro de la Junta Directiva o de los cargos asignados que vaya en contra de los intereses de la asociación.

e. Elaborar el Plan anual de la Junta de Contraloría con su presupuesto junto al resto de integrantes.

f. Monitorear y evaluar el trabajo del(a) Director(a) de Salud y Medio Ambiente de la Junta Directiva.

g. Realizar otras funciones que le sean encomendadas por acuerdo de la Junta de Contraloría y Asamblea General.

h. Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos y Reglamento Interno de la asociación.

i. Participar en actividades relacionadas a los fi nes de la aso-ciación.

Contralor(a) Legal

a. Vigilar porque se cumplan los Estatutos y el presente Regla-mento para la administración del Sistema de Agua.

b. Velar para que el presente Reglamento sea conocido por todos(as) los(as) usuarios(as) del sistema de agua.

c. Velar y defender judicial y extrajudicialmente los intereses de los usuarios(as) del sistema de agua, en todo lo relacionado con los bienes, derechos y obligaciones conforme a los Estatutos y este Reglamento.

d. Apoyar al Director Legal de la Junta Directiva, si observa que él no está cumpliendo con este cometido o apoyarlo si nota defi ciencias en el rol de éste.

e. Velar porque los Contratos que celebre la Junta Directiva se ajusten a las prescripciones legales.

f. Emitir dictamen en forma razonada y oportuna con todos los miembros de la contraloría de Vigilancia sobre asuntos relacionados con la administración del sistema de agua, salud y medio ambiente.

g. Asesorar a todos los miembros de la Junta de contraloría.

h. Cumplir este Reglamento y los Estatutos de la Asociación.

Contralor(a) Social

a. Elaborar y llevar el archivo de Actas y toda documentación relacionada a las actividades de Junta de Contraloría.

b. Tener a disposición el Registro de las personas asociadas.

c. Monitorear y evaluar el trabajo del Director(a) de Gestión y Directores(as) de Finanzas de la Junta Directiva.

d. Vigilar que el servicio de agua se preste con calidad y canti-dad.

e. Promover en la Junta Directiva que la cobertura de agua llegue a todos los hogares en donde existe red de distribución del servicio de agua, sino hay acceso también promover que se busquen los mecanismos para ampliarla.

f. Participar en actividades relacionadas a los fi nes de la Aso-ciación.

g. Coordinar con el(la) Administrador(a) la elaboración y dis-tribución de convocatorias para la Asamblea General.

h. Realizar otras funciones que le sean encomendadas por acuerdo de la Junta de Contraloría y Asamblea General.

i. Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación.

Contralor(a) Administrativo

a. Representar judicial los intereses de los(as) Usuarios(as) del sistema de agua, apegado a los Estatutos y Reglamento Interno.

b. Emitir informes fi rmados por los integrantes de la Junta de Contraloría de los hallazgos en la Administración que deben corregirse por la Junta Directiva.

c. Monitorear y evaluar el trabajo de los(as) Director(a) Legal y Directores(as) de Operaciones, de la Junta Directiva.

d. Solicitar auditorías cuando la Junta Directiva no ha cumplido con esta responsabilidad y porque se considera que la admi-nistración de la Asociación está en riesgo.

e. Da seguimiento a la Junta Directiva, para que ésta cumpla y/o supere observaciones que resulten en los informes de auditorías.

f. Da seguimiento a las gestiones de tipo administrativo y fi nanciero que realiza la Junta Directiva.

g. Da seguimiento a quejas y resoluciones que han sido planteadas por los usuarios a la Junta Directiva.

h. Monitorear que el personal empleado cumple con sus fun-ciones y que la Junta Directiva les otorga sus prestaciones de acuerdo al Reglamento de trabajo y contratos establecidos con cada empleado(a).

i. Realizar otras funciones que le sean encomendadas por acuerdo de la Junta de Contraloría y Asamblea General.

Page 33: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

33DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

j. Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos y Reglamento Interno de la asociación.

k. Participar en actividades relacionadas a los fi nes de la Aso-ciación.

Capítulo V: De la Operación de la Asociación

Art. 40: La Unidad Administrativa/Operativa, será la responsable de la coordinación de los recursos fi nancieros, humanos y materiales de la Asociación, a través de un(a) Administrador(a) con experiencia y formación académica acorde a rol y funciones a desempeñar.

Art. 41: La defi nición de la política de personal contratado o a ser contratado por la Asociación estará a cargo de la Junta Directiva, especifi cando la estructura salarial, la evaluación del desempeño, las prestaciones y otras condiciones sobre las relaciones de trabajo y el desarrollo del recurso humano; lo cual constará en el Reglamento Interno de Trabajo.

Art. 42: Los tipos de contratos que celebrará la Asociación serán: Contratos por Servicios Personales, Contratos por servicios Profesionales y Contratos por tiempo Defi nido, bajo los procedimientos establecidos en el Reglamento Interno de Trabajo.

Art. 43: Corresponderá al Administrador la responsabilidad de velar porque se hagan efectivos los términos de contratación de cada empleado y el cumplimiento de las normas reglamentarias que en materia de personal haya establecido la Asociación. Además, deberá participar en reuniones de Junta Directiva a solicitud de ésta, dándole el derecho a voz pero no a voto.

Art. 44: No podrán ser empleados de la Asociación, quienes sean cónyuges o parientes dentro primero y segundo grado de consanguinidad y afi nidad, de las personas integrantes del Concejo Municipal de Turín, de la Junta Directiva, del Comité Contralor y de los(as) empleados(as) de la Asociación.

Título IV: De la Administración de los Bienes de la Asociación.

Capítulo I: Del Fondo Patrimonial de la Asociación.

Art. 45: El Fondo Patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a. Activos circulantes.

b. Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectiva-mente; y todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las rentas provenientes de los mismos.

c. Aporte económico por Derechos de Conexión.

d. Fondos por fi anzas.

e. Los bienes que han sido transferidos para su administración defi nitiva sin reciprocidad.

Art. 46: La Asociación es propietaria de todo el Sistema de Abas-tecimiento de agua potable descrito en escritura pública de donación.

Art. 47: Todos aquellos bienes que le hayan sido entregados en comodato por la Alcaldía Municipal, o aquellos que hayan sido transferi-dos bajo concesión por cualquier otra institución, no serán considerados Patrimonio de la Asociación, sin embargo podrán ser utilizados para sus fi nes.

Art. 48: Los bienes muebles e inmuebles que formen el patrimonio no podrán ser enajenados, dados en garantías, vendidos, alquilados o concedidos, por constituir un bien social.

Art. 49: La Asociación deberá llevar los registros contables exigi-dos por la ley contable y necesidades propias de la misma, siempre que llenen los requisitos establecidos por la ley. Al fi nal de cada año se hará un balance general de todas las operaciones.

Capítulo II: De las Aportaciones No Patrimoniales y Egresos

Art. 50: Las Aportaciones No Patrimoniales y egresos estarán constituidos por:

a. Fondos provenientes del pago por servicio de agua.

b. Pagos por instalación de nuevas acometidas

c. Pagos por reconexión.

d. Multas por mora.

e. Multas por conexiones ilegales.

f. Gastos operativos

g. Los bienes que han sido transferidos en forma temporal por otra institución.

h. Sistemas de agua que hayan sido transferidos para su adminis-tración, a menos que los documentos legales que respaldan esa concesión exprese que esos pasan a ser parte de su patrimonio en calidad de propietarios.

Título V: De la Disolución

Capítulo Único

Art. 51: La disolución de la Asociación podrá acordarse por las causales siguientes: por incumplimiento de los fi nes para los que fue creada la Asociación o por la imposibilidad manifi esta de realizarlos, por el incumplimiento de los Estatutos y el Reglamento Interno y por la disminución en el número de las personas socias que lleguen a un número menor de cien.

Art. 52: La disolución de la Asociación podrá ser acordada en sesión extraordinaria de Asamblea General, con la asistencia del 90% de los asociados(as) activos, dicho acuerdo de disolución será con la votación favorable de las tres cuartas partes de los asociados(as) debidamente registrados en el libro de Asociados(as).

Page 34: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

Art. 53: La Junta de Contraloría tiene la facultad de proponer en Asamblea General Extraordinaria, la disolución de la Asociación por las causales antes mencionadas. Antes de que la Asamblea de asociados(as) Activos apruebe la disolución de la Asociación, deberá nombrarse una Comisión de asociados(as) que investigue las razones por las cuales la Junta de Contraloría u otras personas proponen en Asamblea General la Disolución. La Comisión que se forme dispondrá de 30 días para elaborar el informe y emitir su fallo. Si el informe es para aprobar la disolución, ésta deberá hacer entrega de todos los bienes a la Alcaldía de Turín para su custodia y administración temporal.

Art. 54: Al disolverse y liquidarse la Asociación, los bienes de cualquier naturaleza (fondo patrimonial) no serán distribuidos directa o indirectamente entre sus asociados(as), sino que pasarán a la Alcaldía Municipal de Turín para su custodia temporal y en un período de 60 días, la Alcaldía de Turín organizará una nueva entidad administradora sostenible del sistema de agua, de acuerdo de los intereses mayoritarios de los usuarios(as) del servicio de agua y de acuerdo a las regulaciones y leyes vigentes para los sistemas de agua en el país.

Art. 55: Agotados los recursos de la creación de una nueva ad-ministración, con pruebas testimoniales escritas de los procesos que se siguieron y que los resultados no fueron favorables, según el artículo anterior, el Concejo Municipal de Turín y los Usuarios(as) del Sistema de Agua, podrán solicitar la intervención de una Institución u Organización que les apoye en la organización de la nueva entidad administradora, que represente los intereses de la mayoría de usuarios(as) del sistema de agua.

Art. 56: Si la Asociación se disuelve deberán crearse los documen-tos legales que garanticen la liquidación de la misma y conservará su Personalidad Jurídica sólo para efectos de la liquidación.

Título VI: Disposiciones Generales

Capítulo Único

Art. 57: Para modifi car los presentes Estatutos será necesario el voto favorable de no menos del 90% de los Asociados(as) Activos regis-trados, convocados en Asamblea General Extraordinaria para tal efecto, además deberá seguir todos los procedimientos legales efectuados en la constitución de la Asociación, lo cual se describe en el reglamento Interno.

Art. 58: Todo lo relativo al orden interno de la asociación no com-prendido en estos Estatutos se establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva, Junta de Contraloría y Asamblea General y aprobado por el 70% de los(as) Asociados(as) Activos(as) en Asamblea General en sesión extraordina-ria.

Art. 59: La Asociación llevará sus libros de Registros de Asociados(as), de Usuarios(as), Actas de Asambleas Generales, Actas de Junta Directiva, Actas de Junta de Contraloría y Registros Contables.

Art. 60: La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo Municipal de Turín, durante los primeros quince días posteriores a la elección, la nómina de la nueva Junta Directiva, Junta de Contraloría, Asamblea General y la Nómina de los asociados(as), informe de las sustituciones o ratifi caciones de las personas integrantes de la Junta Directiva, Junta de Contraloría y Asamblea General.

Art. 61: La asociación queda facultada para asumir la administración temporal o defi nitiva de otros sistemas de agua y saneamiento en el futuro, considerados como viables para asumir la administración de los mismos, sin que esto ponga en riesgo su capacidad de prestación de servicio de la gestión actual. Para esos posibles nuevos sistemas, se deberá analizar la conveniencia o no de aplicar lo establecido en los actuales estatutos; de ser viable su aplicación, se deberá crear una reglamentación acorde a cada caso.

Art. 62: Las situaciones que no sean solventadas por la Adminis-tración u Organización de la Asociación serán resueltas con el apoyo de Organismos Locales, Nacionales o Internacionales según sea la situación.

Art. 63: Los presentes Estatutos, entrarán en vigencia, desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial.

Dado en el Salón de Reuniones de la Municipalidad, a los dieciséis días del mes de Mayo del año dos mil cinco.

ACUERDO No. 03.

Vistos los Estatutos de la Asociación Comunal Administradora del Sistema de Agua Potable “San José” del Cantón El Paraíso, Municipio de Turín y que se abrevia “A.C.O.A.S.A.P” los cuales constan de sesenta y tres Artículos (63) y no encontrando en ellos ninguna disposición, contraria a la Leyes de la República, el Orden Público ni a las Buenas Costumbres, de conformidad al Art. 30 Numeral 23 del Código Municipal y Arts. 119 y 121 del mismo Código y a la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales del Municipio de Turín, el Concejo Municipal por unanimidad, ACUERDA: 1- Aprobar en todas sus partes los Estatutos de la Asociación Comunal Administradora del Sistema de Agua Potable “San José” del Cantón El Paraíso, que se abrevia “A.C.O.A.S.A.P.” del Mu-nicipio de Turín, Departamento de Ahuachapán: 2- Aprobar sus Estatutos que constan de sesenta y tres Artículos (63) y Publíquese en el Diario Ofi cial para los efectos legales consiguientes.- COMUNIQUESE.-

Alcaldía Municipal de Turín, Departamento de Ahuachapán, a los treinta días del mes de mayo de dos mil cinco.

JOSE ADALBERTO CRISTALES VALIENTE,

ALCALDE MUNICIPAL.

JOSE LUIS AGUILAR CHINCHILLA,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F006751)

Page 35: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

35DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN INTERCOMUNAL 95

SAN RAMÓN, MUNICIPIO DE MEJICANOS.

CONSTITUCIÓN, DENOMINACIÓN Y DOMICILIO.

CAPITULO I

Art. 1.- Constitúyese la Asociación Intercomunal de San Ramón del Municipio de Mejicanos. La asociación que se constituye, estará regulada por el Código Municipal, la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales del Municipio de Mejicanos, por estos Estatutos, el Regla-mente Interno y demás disposiciones; y se denominará AISARA 95.

Art. 2.- La asociación tendrá su domicilio legal en la jurisdicción del sector San Ramón de la Ciudad de Mejicanos y desarrollará sus actividades en el municipio, podrán establecer ofi cinas en cualquier lugar del sector, según sus necesidades.

CAPITULO II

DE LA NATURALEZA Y EL OBJETIVO.

Art. 3.- La asociación es de naturaleza comunal, apolítica, sin fi nes de lucro, social, democrático, representativo, no religioso y de concertación entre las organizaciones comunales. Será una entidad con amplia participación, que se encargará de promover el bienestar, desarrollo e integración del sector.

Art. 4.- El objetivo fundamental es contribuir, promover y fortalecer la organización comunal de su jurisdicción; a fi n de que la Asociación se convierta en un referente ante las distintas instituciones del municipio. Sus objetivos específi cos son:

a) Lograr el mejoramiento y desarrollo de la Intercomunal.

b) Promover el desarrollo de la zona San Ramón, de manera conjunta con las organizaciones miembros de la Asociación, la Municipalidad y todas aquellas asociaciones interesadas en los programas de desarrollo local.

c) Garantizar la ejecución de las políticas de desarrollo de las comunidades de la asociación.

d) Unir esfuerzos para lograr el desarrollo integral de la persona humana, de la familia y de la comunidad.

e) Fomentar el espíritu de comunidad, solidaridad y coopera-ción mutua entre los vecinos, grupos comunales y entidades representativas.

f) Participar organizadamente en el estudio y el análisis de la realidad social, de los problemas y necesidades en la localidad, así como en cualquier actividad en el campo social, económico, cultural, religioso, cívico, educativo y cualesquiera otros que fueren legales y provechosos a la comunidad.

Art. 5.- El plazo y la duración de la asociación es por tiempo indefi nido; sin embargo, podrá disolverse y liquidarse por cualquiera de las causas previstas en el Código Municipal, Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales, sus Estatutos y Reglamento interno.

CAPITULO III

DE LOS MIEMBROS DE LA ASOCIACIÓN

Art. 6.- Los asociados podrán ser: Fundadores, Activos y Honora-rios. Serán Socios fundadores: Todas las comunidades que integran la jurisdicción de la Intercomunal y fi rmaron el acta de constitución de la

Asociación. Serán Socios Activos: todas aquellas asociaciones comunales inscritas y activas dentro del trabajo de la Intercomunal. Serán Socios Honorarios: quienes por sus méritos o valiosos servicios prestados a la Asociación, sean nombrados como tales por la Asamblea Genera de la Asociación.

DE LOS REQUISITOS PARA SER ASOCIADO

Art. 7.- Podrán pertenecer a la Asociación, todas aquellas orga-nizaciones afi nes, vinculadas con el quehacer comunal dentro de la jurisdicción de la Intercomunal en el municipio de Mejicanos.

a) Toda comunidad al ingresar a la Asociación, debe presentar una solicitud en la que manifestará su deseo de pertenecer a la Asociación, avalada por su Junta Directiva y dirigida a la Junta Directiva Intercomunal.

b) La Junta Directiva resolverá sobre la admisión o el rechazo dentro de los veinte días siguientes.

c) Todo miembro de Junta Directiva deberá ser elegido y avalado por la Junta Directiva de su comunidad a la que pertenece, salvo en aquellos casos, en que los miembros tengan carácter de Honorario.

DERECHOS, DEBERES Y SANCIONES DE LOS MIEMBROS.

Art. 8.- Son Derechos y Facultades de los Asociados:

a) Cumplir y hacer cumplir los presentes estatutos, el reglamente interno y demás disposiciones.

b) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales ordi-narias y extraordinarias de la Asociación.

c) Elegir y ser electo en la Junta Directiva y comisiones de trabajo.

d) Concluir su periodo para el cual fue electo, salvo por incon-formidad expresa de la Junta Directiva a la que pertenece.

e) Aceptar y cumplir las resoluciones y acuerdos de los organis-mos de la Asociación, de conformidad con los procedimientos establecidos en la ley y en estos estatutos.

f) Apelar ante la Asamblea General las resoluciones y acuerdos de los organismos de la Asociación, de conformidad con los procedimientos establecidos en la ley y en estos Estatutos.

g) Participar en actividades promovidas por la Asociación.

h) Retirarse voluntariamente de la Asociación.

i) Todas las demás que le confi eren estos estatutos y otras leyes afi nes.

Art. 9.- Son Deberes y Obligación de los Asociados:

a) Asistir con puntualidad a las sesiones que fuesen convocadas por la Junta Directiva y las comisiones de trabajo.

b) Cumplir y hacer cumplir los presentes estatutos, el reglamento interno y demás disposiciones que se dicten.

c) Fomentar el espíritu de servicio y cooperación entre los miembros asociados.

d) Abstenerse de realizar acciones que puedan perjudicar la armonía, el trabajo, las actividades, como también el cum-plimiento de los objetivos de la Asociación.

e) Participar en la planifi cación, gestión, elaboración y ejecu-ción de las diferentes tareas, programas y proyectos de la Asociación.

Page 36: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

f) Desempeñar con responsabilidad y seriedad los cargos, comisiones o misiones que se le encomienden.

g) Respetar las disposiciones que dicten las Juntas Directivas de las comunidades miembros de la Asociación y otras aso-ciaciones afi nes, siempre que no se violen estos estatutos.

Art. 10.- El incumplimiento a los estatutos, al reglamente interno y acuerdos por parte de cualquiera de los asociados, según sea el caso, será sancionado de la siguiente forma: Amonestación verbal o escrita, suspensión temporal y expulsión defi nitiva.

Art. 11.- Según la gravedad del incumplimiento de los deberes previstos en estos estatutos y desarrollados en el Reglamento Interno, las sanciones serán impuestas por la Junta Directiva después de un análisis objetivo de las faltas atribuidas, concediendo en todo caso el legítimo derecho de defensa del demandado. Las sanciones podrán apelarse ante la Junta Directiva y en segunda instancia al Comité de Vigilancia, caso contrario se considerará que hay aceptación o consentimiento del miembro sancionado.

Art. 12.- El retiro voluntario puede ser expreso o tácito: Será expreso: cuando el asociado lo solicite por escrito o verbalmente a la asamblea general. Será tácito: cuando el asociado deje de participar en las actividades y planes de trabajo implementados por la Junta Directiva, o cuando se encuentre ausente por un periodo de tres meses sin expresión de motivo o causa justifi cada.

CAPITULO IV

DE LA ESTRUCTURA Y GOBIERNO DE LA ASOCIACIÓN.

Art. 13.- Su estructura será: Asamblea General, Junta Directiva y Comité de Vigilancia.

La Dirección de la Intercomunal estará a cargo de la Asamblea General y la Junta Directiva.

La administración fi nanciera de la Asociación estará a cargo de la Secretaría de Finanzas. La fi scalización interna corresponderá al Comité de Vigilancia.

Art. 14.- La máxima autoridad estará representada por la Asamblea General, constituida por todas las comunidades inscritas pertenecientes jurídica y catastralmente dentro de la ubicación de la Intercomunal.

Art. 15.- La Junta Directiva será el órgano permanente de dirección del trabajo de la Asociación, y con atribuciones deliberativas, adminis-trativas, consultivas, planifi cativas, gestoras de la Asociación y estará integrada por todas aquellas que resulten electos por la Asamblea General y su estructura será

1. Un(a) Presidente

2. Un(a) Vicepresidente

3. Un(a) Secretario de Actas y un(a) suplente.

4. Un(a) Secretario de Finanzas y un(a) suplente.

5. Un(a) Secretario de Asuntos Legales y un(a) suplente.

6. Un(a) Secretario de Organización y Comunicaciones y un(a) suplente.

7. Un(a) Secretario de Cultura Recreación y Deportes y un(a) suplente.

8. Un(a) Secretario de Proyectos y un(a) suplente.

9. Un(a) Secretario de Bienestar Social y un(a) suplente.

10. Un(a) Secretario del Medio Ambiente y un(a) suplente.

11. Un(a) Secretario de la Mujer y un(a) suplente.

12. Un(a) Secretario de Formación y Capacitación y un(a) su-plente.

Art. 16.- El Comité de Vigilancia también forma parte de la estructura de la Asociación y deberá constituirse de entre los miembros que asistan a la Asamblea General para la elección de la Junta Directiva, el cual estará integrado por tres miembros propietarios y dos suplentes, elegidos de comunidades diferentes para tener mayor representatividad y deberá cumplir los requisitos establecidos en los artículos 9, 11 y 12 de estos estatutos a su interior contará con un Coordinador y un Secretario.

DE LA ASAMBLEA GENERAL

Art. 17.- La Asamblea General estará constituida por todos los delegados activos de las comunidades y sus Juntas Directivas, así como las asociaciones que participan en el desarrollo de la localidad.

Art. 18.- Las decisiones de la Asamblea General se tomarán por votación pública y por la mayoría simple, salvo en los casos de elecciones de Junta Directiva General o aprobación de memorias.

Art. 19.- En casos de reforma a los Estatutos o disolución de la Asociación, se requerirá del voto favorable de las tres cuartas partes de los Asociados.

Art. 20. - La Asamblea General sesionará en forma ordinaria y extraordinaria. Serán ordinarias las sesiones de Asamblea General, las que se realizarán dos veces al año en el lugar, día y hora que lo señale la Junta directiva por medio de convocatoria escrita. Siendo la Asamblea General el órgano máximo de la Asociación. En las sesión ordinarias de Asamblea General se tratarán los puntos comprendidos en la agenda y los que propongan los Asociados. Las sesiones extraordinarias de Asamblea General se realizarán, en cualquier tiempo y lugar, siempre que así lo acuerde la Junta Directiva, en ella se tratarán los puntos específi cos para los cuales fue convocada la Asamblea General; las discusiones y decisiones que se tomarán en relación a puntos no comprendidos en la convocatoria, no tendrán validez alguna. Las disposiciones en reuniones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General y de Junta Directiva, para que sean válidas deberán contar con la mitad más uno de los miembros.

Art. 21.- El quórum de la Asamblea General se integrará con la mayoría simple de los miembros, en caso de que no haya quórum en la fecha y hora señaladas por la Junta Directiva, se realizará la misma, una hora después con los miembros presentes, siempre y cuando la asistencia de los miembros de las comunidades sea representativa de la mitad más uno de los presentes.

Art. 22.- Validez de acuerdos: los acuerdos de la Asamblea General se tomarán en primera convocatoria con mayoría simple, y en segunda convocatoria con los dos tercios de los Asociados.

Art. 23.- La Asamblea General tendrá las siguientes atribucio-nes:

a) Aprobar, reformar o derogar estos estatutos, plan de trabajo y Reglamento Interno.

Page 37: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

37DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

b) Establecer las políticas, estrategias, prioridades y coordinación de mecanismos operativos de la Asociación.

c) Ratifi car o desaprobar los planes operativos e informes de resultados presentados por la Junta Directiva.

d) Elegir a los miembros de la Junta Directiva por mayoría simple de votos.

e) Establecer criterios para el ingreso de nuevos miembros y ratifi cación de los mismos.

f) Acordar en apelación, la expulsión de uno o más miembros de la Asociación según el dictamen previo del Comité de Vigilancia y las que señale la Ordenanza Reguladora de Asociaciones Comunales.

DE LA JUNTA DIRECTIVA.

Art. 24.- Serán atribuciones de la Junta Directiva:

a) Elaborar y reformar los estatutos y su reglamento interno sometiéndolos a la Asamblea General para su aprobación.

b) Cumplir y hacer cumplir estos estatutos, el reglamente interno y el plan de trabajo.

c) Cumplir y velar porque se respeten los acuerdos y disposi-ciones de la Asamblea General.

d) Dictaminar previamente sobre los casos de retiro voluntario, muerte, expulsión temporal de los asociados, así como de destitución individual de los miembros de Junta Directiva;

e) Administrar con honestidad el patrimonio de la Asocia-ción.

f) Presentar la memoria anual de labores, el informe de la eje-cución presupuestaria y el plan de trabajo de la Asociación.

g) Velar porque se distribuya equitativamente los proyectos en benefi cio de cada una de las comunidades.

h) Coordinar e impulsar actividades, recaudar fondos y gestionar proyectos en benefi cio de las Comunidades.

i) Gestionar y dar seguimiento a los proyectos de la Asociación por medio de la municipalidad, previa aprobación en Junta Directiva.

j) Dirigir el fi el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los socios.

k) Nombrar delegados para que nos representen en otras aso-ciaciones de interés social para las comunidades.

l) Todas las demás atribuciones que le señala estos Estatutos, el Reglamento Interno y las leyes de la República.

Art. 25.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente dos veces al mes y extraordinariamente cuando lo considere necesario.

Art. 26.- La elección de los nuevos miembros de la Junta Directiva deberá realizarse como mínimo, quince días antes de que concluya el periodo para el que fue electa la Junta Directiva saliente.

Art. 27.- Los requisitos para ser miembros de la Junta Directiva son:

a) Tener dieciocho años, excepto el presidente, Secretario de asuntos legales y el Tesorero que deben ser mayores de veintiún años; ser socio activo de una de las Juntas Directivas de las Comunidades y cumplir con los requisitos establecidos en estos estatutos.

b) Residir en el sector, se salvadoreño(a) por nacimiento o nacionalizado.

c) Los miembros de la Junta Directiva deberán ser electos en Asamblea General por mayoría simple mediante elección pública y con presencia de un delegado municipal.

Art. 28.- La representación judicial y extrajudicial de la Asociación, estará a Cargo del Presidente y el Secretario de Asuntos Legales.

Art. 29.- Son atribuciones del Presidente:

a) Representar legalmente a la Junta Directiva de la Asocia-ción.

b) Presidir las sesiones de la Junta Directiva y de la Asamblea General, orientando las deliberaciones.

c) Coordinar las actividades que realizan los directivos y los respectivos comités de apoyo.

d) Firmar la correspondencia, los documentos de pago, y autorizar los gastos que haya sido aprobados en Junta Directiva.

e) Presentar una propuesta de agenda a tratar en las diferentes sesiones y coordinar los informes correspondientes.

f) Velar para que se mantenga el orden y la disciplina de los miembros en las asambleas y demás actividades que se rea-licen.

g) Velar porque se cumplan todos los acuerdos tomados en asamblea general o Junta Directiva.

h) Velar por que cada secretaría presente a Junta Directiva, el plan de trabajo anual, al inicio de cada año.

j) Todas las demás atribuciones que le señalen estos estatutos, la ordenanza reguladora de las Asociaciones del Municipio de Mejicanos y demás leyes de la República en virtud de su cargo.

Art. 30.- Son atribuciones del Vicepresidente:

a) Colaborar con el Presidente en el desempeño de sus funcio-nes.

b) Sustituir al Presidente en caso de impedimento permanente, ausencia temporal, muerte, renuncia o remoción, hasta concluir el periodo para el cual fue electo.

c) Desempeñar los cargos que la Junta Directiva le asigne.

d) Fungir como enlace entre las comunidades y las entidades e instituciones con las cuales la Asociación se relaciona en cumplimiento de sus fi nes.

e) Las demás que le asignen estos Estatutos y otras disposiciones que emita la Asamblea General o la Junta Directiva.

Art. 31.- Son atribuciones del Secretario(a) de Actas:

a) Elaborar un plan de trabajo anual.

b) Llevar el libro de actas en que se hace constar las actuaciones de las sesiones de Asamblea General y Junta Directiva.

c) Llevar el libro de registros de socios, correspondencia y demás documentos confi ados a su cuidado.

d) Dar lectura al acta correspondiente a la sesión anterior y demás documentación que reciba la Asociación.

f) Las demás que por razón de su cargo le competen.

Page 38: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

Art. 32.- Son atribuciones del Secretario de Finanzas:

a) Elaborar un plan de trabajo anual para la captación de recursos, aprobado por la Junta Directiva.

b) Llevar y mantener actualizado el inventario de los bienes y cualquier equipo propiedad de la Asociación.

c) Autorizar con su fi rma junto al Presidente la entrada y salida de los fondos de la Asociación.

d) Llevar los registros de control de ingresos y egresos de la Asociación.

e) Custodiar el patrimonio de la Asociación, velar por la utiliza-ción adecuada de los recursos económicos, así como efectuar los pagos de las obligaciones de ésta.

f) Elaborar y presentar a la Junta Directiva y a la Asamblea General el informe fi nanciero anual de la Asociación, o cuando ésta lo solicite.

g) Captar, administrar y distribuir los fondos recibidos por las comunidades en las actividades concretas que se planifi quen con la aprobación de la Junta Directiva.

h) Todas las demás atribuciones que le señalen estos estatutos y reglamento interno y que sean compatibles a su cargo.

Art. 33.- Son atribuciones de la Secretaría de Asuntos Legales:

a) Elaborar un plan de trabajo de la Secretaría para su ejecución en un año.

b) Coordinar y planifi car con las Secretarías de Asuntos Legales de las Comunidades, las tareas y prioridades a implementar.

c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación.

d) Velar por el estricto cumplimiento de la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales del Municipio de Mejicanos, reglamento interno y demás acuerdos tomados por la Asamblea General y la Junta Directiva.

e) Colaborar en la elaboración de reformas a los Estatutos y demás reglamentos.

f) Participar en la legalización de los proyectos en gestión y ejecución.

g) Orientar y asesorar a cada uno de las Comunidades represen-tadas en la Asamblea General.

h) Elaborar un plan jurídico de apoyo para cada una de las comunidades representadas en la Asociación.

i) Velar porque las comunidades adquieran su personería jurí-dica.

j) Los demás que le señale la Asamblea General y la Junta Directiva, estos estatutos y demás leyes en el municipio.

Art. 34.- Son atribuciones de la Secretaría de Comunicaciones y Organización:

a) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General y de Junta Directiva.

b) Mantener y fortalecer vínculos de solidaridad con otras asociaciones comunales, para posibilitar la realización de programas de desarrollo comunal.

c) Implementar un órgano de comunicación para la Asociación, de tal manera que se cree opinión hacia el público y los afi liados, sobre los problemas y logros de la Asociación.

d) Recibir y contestar la correspondencia de la Asociación.

e) Asumir la dirección de la Asociación, en caso de ausencia del Presidente(a) y Vicepresidente(a).

f) Tener a disposición las estadísticas reales de los miembros de la Asociación, el control de los nuevos miembros y el retiro de los mismos.

h) Hacer un plan de trabajo anual, para apoyar, fortalecer e incrementar la organización en la Asociación.

i) Llevar el archivo y un control de cada uno de los miembros, a fi n de que sirva de orientación a la Asamblea General, para los nombramientos y elección que se efectúen.

j) Extender y retirar el carnet, según el caso.

k) Hacer llamamientos constantemente a guardar la disciplina, acatar los acuerdos y respetar la autonomía de cada una de las comunidades miembros de la Intercomunal.

l) Recibo y envío de delegaciones, donde se promueven las buenas relaciones de la Asociación y de donde depende la efectiva solidaridad de las demás organizaciones.

m) Las demás que le asigne estos Estatutos, el Reglamento Interno y la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones comunales del municipio.

Art. 35.- Son atribuciones de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte:

a) Impulsar programas y proyectos de recreación, deporte, etc. Para el logro de un sano esparcimiento en las comunida-des.

b) Promover y realizar torneos o eventos de cualquier ramo deportivo entre las comunidades para una mayor integración de los sectores comunales que componen la Intercomunal y el municipio.

c) Despertar la motivación, crear y fortalecer grupos artísticos en las ramas de: música, danza, teatro, pintura, literatura, títeres y otros de igual naturaleza.

d) Realizar actividades culturales con fi nes benéfi cos.

e) Elaborar un plan de trabajo para un periodo de un año, en coordinación con las Secretarías de cada una de las comuni-dades y aprobado por la Junta Directiva.

f) Coordinar con la Secretaría de Cultura, Recreación y Deportes del Concejo Municipal y otras asociaciones afi nes para la unifi cación de esfuerzos en el municipio.

g) Las demás que le asigne estos Estatutos, el Reglamento Interno y la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales del Municipio.

Art. 36.- Son atribuciones de la Secretaría de Gestión y Proyec-tos:

a) Elaborar un plan de trabajo anual sobre gestión y ejecución de proyectos de la Asociación.

b) Coordinar y planifi car con los responsables de proyectos de las comunidades.

c) Realizar un diagnóstico de necesidades de las comunidades de la zona San Ramón cada año, con el fi n de buscarle solu-ción.

d) Gestionar y dar seguimiento a los proyectos de la Asociación en coordinación con la municipalidad, previa aprobación en Junta Directiva.

e) Dirigir el proceso lógico que permita la identifi cación, gestión y ejecución de proyectos alternativos que respondan a las prioridades planteadas.

f) Supervisar los diferentes proyectos gestionados por la Asocia-ción y elaborar los informes requeridos al concluir éstos.

Page 39: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

39DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

g) Tener un registro de los proyectos canalizados por medio de la Asociación, desde su inicio, ejecución y fi nalización.

h) Revisar los proyectos que no se ejecuten y darles seguimiento, para proporcionar la información oportuna a las comunidades que no se benefi cien de ellos.

i) Las demás que le asigne la Asamblea General y la Junta Directiva.

Art. 37.- Son atribuciones de la Secretaría de Bienestar Social:

a) Trabajar en el establecimiento y mejoras de los servicios básicos de la Asociación, con el equipamiento y los medios necesarios.

b) Impulsar programas o proyectos de alfabetización para adultos o refuerzo escolar para niños de primaria o secundaria.

c) Impulsar programas y proyectos de salud, tales como esta-blecimientos de botiquines, atención médica, campañas de limpieza, charlas preventivas y de primeros auxilios.

d) Crear e impulsar comités de emergencia en la Intercomunal y las comunidades para prevenir desastres.

e) Incorporar y priorizar en los programas de bienestar social, la incorporación de los jóvenes para prevenir actos de delin-cuencia.

f) Coordinar con las Organización No Gubernamentales y Organizaciones Gubernamentales Como la Policía Nacio-nal Civil y otras instancias que tengan programas juveniles, para facilitar mecanismos de participación e incorporación de las(os) jóvenes, en el campo productivo, con programas de educación y capacitación.

g) Todas las demás que le señale estos Estatutos, Reglamento Interno, Ordenanza Reguladora y las Asociaciones Comuna-les.

Art. 38.- Son atribuciones de la Secretaría del Medio Ambiente:

a) Elaborar un plan de trabajo anual, aprobado por la Junta Directiva que responda a los objetivos de la Asociación y cumpla con las prioridades de la Intercomunal.

b) Trabajar en coordinación con las instituciones encargadas de velar por el medio ambiente y la salud, para encontrar alternativas de solución de los problemas.

c) Gestionar proyectos ante las instancias correspondientes, en coordinación con la Junta Directiva.

d) Coordinar esfuerzos con la Unidad de Medio Ambiente de la Alcaldía de Mejicanos y otras instancias afi nes.

e) Informar a la Junta Directiva sobre el trabajo realizado por esta Secretaría.

f) Las demás que le establezcan estos Estatutos, el Reglamente Interno y la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Co-munales.

DEL COMTÉ DE VIGILANCIA.

Art. 39.- Serán atribuciones del Comité de Vigilancia:

a) Acceder a todas las gestiones, operaciones, libros y documentos de la Junta Directiva y de la Asociación; podrá inquirir sobre el trabajo que realicen los comités o comisiones.

b) Supervisar todas las actividades que realice la Junta Directiva a través de sus secretarías.

c) Revisar el libro de actas y garantizar el cumplimiento de los acuerdos tomados por la Asamblea General y Junta Directi-va.

e) Vigilar porque la contabilidad se lleve con la debida puntua-lidad y corrección; que los balances, inventarios, informes y memoria, se elaboren y presenten a su debido tiempo.

f) Revisar y dar su visto bueno a la memoria anual, informe del estado de cuenta de la Asociación, plan de trabajo y presupuesto anual, previo a ser presentado a la Asamblea General.

g) Informar a la Junta Directiva o Asamblea General, las irregu-laridades o anomalías observadas y verifi car que éstas sean corregidas.

h) Proponer o realizar arqueos de caja chica o caja general en forma periódica, con el objetivo de garantizar una sana administración de la Asociación.

i) Elaborar un plan de trabajo anual, que le permita a la Asamblea General y Junta Directiva conocer sobre su quehacer en la Asociación.

j) Todas las demás que le señalen estos Estatutos, Reglamento Interno y Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comu-nales.

CAPITULO V

DEL PATRIMONIO DE LA ASOCIACIÓN

Art. 40.- El Patrimonio de la Asociación, estará constituido por: Los ingresos provenientes de actividades realizadas para recaudar fondos para la Asociación, los demás ingresos que lícitamente obtuviere; equipo, mobiliario e inmuebles y la Cuota Social. El patrimonio de la Asociación estará destinado única y exclusivamente para el logro de la Asociación y no podrá repartirse ninguna clase de utilidad entre sus miembros.

CAPITULO VI

DEL CONTROL Y LA FISCALIZACIÓN

INTERNA Y EXTERNA.

Art. 41.- La Junta Directiva será responsable de las actividades que desarrollen las Secretarías de la Asociación.

Art. 42.- El Comité de Vigilancia, será el responsable de fi scalizar internamente la Asociación, además deberá informar a la Junta Directiva sobre lo actuado.

Art. 43.- Cuando se considere, la Alcaldía Municipal, podrá realizar arqueos a solicitud del Comité de Vigilancia o por lo menos la tercera parte de los afi liados a la Asociación.

CAPITULO VII

DE LAS MODIFICACIONES DE LOS ESTATUTOS.

Art. 44.- La Junta Directiva podrá proponer a la Asamblea General, la modifi cación de los presentes estatutos, para lo cual deberá presentar las razones o justifi caciones que la sustenten.

Art. 45.- Para poder modifi car total o parcialmente estos estatutos, será necesario el voto de por lo menos el sesenta por ciento de los miembros reunidos en Asamblea General y especialmente convocados para ello, debiendo incluir en las convocatorias respectivas el texto de la reforma. Se presentará al Concejo Municipal para su respectiva aprobación.

Page 40: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

CAPITULO VIII

DE LA DISOLUCION Y LIQUIDACIÓN DE LA ASOCIACIÓN

Art. 46.- La Asociación Comunal Intercomunal de San Ramón del Municipio de Mejicanos, podrá disolverse mediante acuerdo tomado en la Asamblea General extraordinaria, por mayoría absoluta de los afi liado presentes.

Art. 47.- Serán causales para disolver la Asociación las siguien-tes:

a) Disminución del número de los miembros afi liados en un cincuenta por ciento del número mínimo establecido por la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales, el Código Municipal y por las demás causales que las mencio-nadas leyes establecen.

b) Por imposibilidad de realizar los fi nes para los que fue cons-tituida.

c) Cuando sus funciones no se ajusten a los preceptos legales.

d) Cuando desarrolle actividades contrarias a la democracia, orden público, la moral y las buenas costumbres.

Art. 48.- El acuerdo de disolución tomado en Asamblea General, deberá ser comunicado al registrador de las Asociaciones Comunales por la Junta Directiva, dentro de los diez días siguientes a la fecha en que fue tomado el acuerdo, remitiéndose además una certifi cación del acta respectiva.

Art. 49.- Para liquidar la Asociación, deberá integrarse una comisión liquidadora que estará conformada por dos delegados municipales y por dos representantes de este organismo, quienes deberán ser electos en Asamblea General extraordinaria, para efectos de liquidación. Si no fueran electos se procederá a la liquidación con los dos delegados municipales disponiendo dicha comisión de noventa días para la liquidación.

Art. 50.- La Junta Directiva de la Asociación en proceso de liqui-dación está obligada a poner a disposición de la comisión liquidadora todos los libros y documentos y rendir los informes y explicaciones que le soliciten.

Art. 51.- Una vez concluida la liquidación, la comisión liquidadora remitirá a la Asociación, para su aprobación, los documentos pertinentes y un informe detallado de su gestión.

CAPITULO IX

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 52. - La Asociación podrá utilizar sus propios recursos u obtenerlos de otra fuente: aportes, denominaciones, préstamos, etc.

Para llevar a cabo sus programas y proyectos, la asociación estará obligada a informar a la Asamblea General el origen de sus recursos.

Art. 53.- Los cargos de la Junta Directiva serán ad-honoren; sin embargo cuando un miembro de ésta trabajó en actividades a tiempo completo eventuales para la asociación, podrá cobrar una retribución convencional o cuando el volumen del trabajo y las circunstancias lo ameriten, previo acuerdo de la Junta Directiva.

Art. 54.- Esta Asociación llevará los libros necesarios para hacer constar sus actuaciones enumerados y sellados, con una razón de aper-tura que contendrá el objeto del libro, número de folios fi rmados y se-llados por el Secretario(a) de Actas de la Junta Directiva. Terminado el libro, se pondrá una razón de cierre que fi rmará y sellará el mismo Secretario(a).

Art. 55.- Todo miembro de la Junta Directiva saliente, podrá formar parte de un grupo de apoyo que elija conforme a estos estatutos, no pu-diendo integrar al mismo, aquellos miembros a quienes se les haya com-probado una conducta viciosa o por haber administrado inadecuadamente los fondos y denominaciones hechas a la Asociación.

Art. 56.- Los miembros de la Junta directiva permanecerán en sus cargos hasta que termine su periodo de dos años.

Art. 57.- Simbología del sello de la Asociación.

Los símbolos de la Asociación tendrá la forma siguiente: La Aso-ciación como distintivo, un sello circular que a su alrededor, se leerá: Asociación Comunal Intercomunal 95 San Ramón, Mejicanos, San Salvador, El Salvador, Centro América. Y en el centro tendrá el logo del Municipio.

Art. 58.- Estos estatutos entrarán en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

Mejicanos, veinte de Junio de dos mil cuatro.

EL INFRASCRITO SECRETARIO DEL CONCEJO,

CERTIFICA: Que en el libro de Actas de Sesiones del Concejo, que lleva esta Secretaría durante el año de dos mil cinco, se encuentra el ACTA NÚMERO VEINTIOCHO, DECIMA NOVENA SESIÓN ORDINARIA, celebrada por el Concejo Municipal el día dieciocho de Mayo del presente año, que Contiene el Acuerdo Número Nueve que literalmente dice:

ACUERDO NÚMERO NUEVE: Vistos los Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal Inter Comunal San Ramón 95 (AISARA 95), que consta de Cincuenta y ocho Artículos, y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las Leyes de la República, al orden público ni a las buenas costumbres, de conformidad a los Artículos 119 y 30, numeral 23 del Código Municipal vigente, este Concejo, ACUERDA: Apruébense los estatutos de la Asociación Inter Comunal, San Ramón 95(AISARA 95), confi éraseles personalidad jurídica, autorizase a la junta directiva de conformidad a lo establecido en las respectivas actas de constitución, e inscríbanse en el correspondiente registro de Asociaciones de esta municipalidad y se publiquen en el Diario Ofi cial.- Comuníquese.

Para los efectos legales correspondientes y en el ejercicio de los deberes que me señala el Código Municipal, expido, fi rmo y sello la presente a los diecinueve días del mes de mayo de dos mil cinco.-

JOSE LAZARO ROQUE BONILLA,

SECRETARIO DEL CONCEJO.

(Registro No. F006852)

Page 41: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

41DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO

COMUNAL, CASERÍO CRISTO REY,

CANTÓN SAN FRANCISCO CHAMOCO,

JURISDICCIÓN DE SAN VICENTE,

DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE.

CAPITULO UNO:

DENOMINACIÓN, DURACIÓN, DOMICILIO,

FINES Y METAS.

Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el ordenamiento legal, municipal y todas las demás disposiciones legales aplicables, estará al servicio de la comunidad de su domicilio para el desarrollo de los planes, programas y proyectos de interés social, cultural y económicos; es de carácter apolítico, no religioso y no lucrativo, y se denominará Asociación de Desarrollo Comunal: Caserío Cristo Rey, Cantón San Francisco Chamoco, Jurisdicción de San Vicente, Departa-mento de San Vicente.

La Asociación de Desarrollo Comunal Cristo Rey, podrá abreviarse: “ADESCO CRISTOREY”, que en los presentes Estatutos se llamará La Asociación.

Art. 2.- La duración de la Asociación será por tiempo indefi nido, sin embargo podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los casos previstos en ordenanzas, Ley de Asociaciones de Desarrollo Comunal y reglamentos municipales, y estos Estatutos.

Art. 3.- El domicilio de la Asociación será: Caserío Cristo Rey, Cantón San Francisco Chamoco, Jurisdicción de San Vicente, Departa-mento de San Vicente.

Art 4.- Los fi nes de la Asociación son de carácter general: Son Fines Generales:

a) La formación del hombre en lo que respecta a educación, salud y economía, la obra física será considerada como un medio y proyección que la Asociación aprovechará para el logro de lo primero en este literal.

b) Fomentar los principios de solidaridad, cooperación y democracia de sus miembros y todos los habitantes de la comunidad.

c) Impulsar y participar en programas de capacitación promocional de los dirigentes y de los grupos comunales, con el fi n de contribuir al mejoramiento de la Asociación Comunal.

d) Promover el desarrollo de la respectiva localidad, conjunta-mente con el Concejo Municipal respectivo, otros organismos gubernamentales e instituciones autónomas, privadas y/o per-sonas jurídicas que participan en programas y proyectos de benefi cio comunal, así como con organismo de cooperación internacional.

Art. 5.- La asociación se propone cubrir las metas de acuerdo al plan de trabajo aprobado por la Alcaldía Municipal de San Vicente, el desarrollo del hombre es el primero, procurando su formación integral espontánea, por medio de la educación, la cultura, la economía, la salud, y el deporte; incentivando la democratización factor indispensable para la buena armonía de la ciudadanía; la obra física será producto del esfuerzo propio, la ayuda del Concejo Municipal y de las instituciones estatales, empresa privada e instituciones internacionales, ya sea a corto, mediano y largo plazo, de la forma que se detalla a continuación:

1. Mejoramiento de Calle

2. Construcción de Muro de Retención

3. Construcción de Letrinas

4. Mejoramiento de Escuela

5. Construcción de Cancha de Fútbol

6. Construcción de Casa Comunal

CAPITULO DOS:

DE LOS SOCIOS.

Art. 6.- La Calidad de los socios será: Activos y Honorarios. Todos deben ser mayores de dieciocho años.

a) Son Socios Activos: Todas las personas que reúnan los requi-sitos señalados en el inciso anterior, residentes dentro de los límites de la unidad vecinal correspondiente o en vecindades colindantes inmediatas, que hayan residido en este lugar por un período no menor de un año.

b) Son Socios Honorarios: Aquellas personas a quienes la Asamblea General, por su iniciativa o a propuesta de la Junta Directiva, les conceda tal calidad, en atención a sus méritos personales y relevantes servicios prestados a la Asociación o Comunidad.

Art. 7.- Los Socios Honorarios gozarán de los derechos que la Asamblea General les otorgue.

CAPITULO TRES:

DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACIÓN.

Art. 8.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por la Asamblea General y la Junta Directiva.

Art. 9.- La Asamblea General será el máximo Organismo de la Asociación y se integrará con todos o con la mayoría de socios activos, pudiendo haber representación de socios; pero cada socio no podrá llevar más de una representación, las resoluciones se tomarán por mayoría de votos de los presentes o representados.

Art. 10.- La Asamblea General se reunirá Ordinariamente dos veces al año con intervalos de seis meses, y extraordinariamente cuando sea convocada por la Junta Directiva, a iniciativa propia o a solicitud de diez miembros afi liados a la Asociación.

Page 42: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

Art. 11.- En las Asambleas Ordinarias, se tratarán los asuntos com-prendidos en la agenda y los que propongan los socios; en las Asambleas Extraordinarias sólo se tratarán los asuntos comprendidos en la convo-catoria; y cualquier decisión sobre otros aspectos no comprendidos en la agenda será nulo.

Art. 12.- La convocatoria para Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria, se hará por medio de circular dirigida a los socios con quince días de anticipación para la primera y con cuarenta y ocho horas de anticipación para la segunda, indicando lugar, día y hora en que se celebrará la Asamblea General; si a la hora señalada no pudiere celebrarse la sesión por falta de quórum, ésta se llevará a cabo el día siguiente con los socios que concurran.

En este último caso las resoluciones que se tomen serán obligatorias aun para aquellos que legalmente convocados no asistieron.

Art. 13.- Son Atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir y dar posesión de los cargos a los miembros de la Junta Directiva.

b) Destituir por causas justifi cadas a los miembros de la Junta Directiva y elegir a sus sustitutos, asimismo retirar la calidad de miembros a los que hubieran renunciado, fallecido o pierdan su calidad de socio.

c) Pedir a la Junta Directiva los informes que crea convenien-te.

d) Otorgar la calidad de socio honorario.

e) Acordar la destitución total o parcial de los miembros de la Junta Directiva.

f) Aprobar el reglamento interno de la Asociación y los que sean necesarios para su buen funcionamiento.

g) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y reglamentos que se dictaren.

CAPITULO CUATRO:

DE LA JUNTA DIRECTIVA.

Art. 14.- La Junta Directiva será integrada por once miembros electos en la Asamblea General por votación nominal y pública.

En todo caso la nominación de los cargos será la siguiente: Un Presidente, Un Vicepresidente, Un Secretario General, Un Secretario de Actas, Un Tesorero, Un Síndico y Cinco Vocales.

Art. 15.- La Junta Directiva fungirá por un período de dos años.

Art. 16.- La Junta Directiva se reunirá Ordinariamente cada quince días y Extraordinariamente cuantas veces sea convocada por el Presidente, para que la sesión sea válida deberán concurrir por lo menos seis de sus miembros y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos. En todo caso de empate el Presidente o quien haga sus veces tendrá voto de calidad.

SON ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS

DE LA JUNTA DIRECTIVA.

Art. 17.- Funciones del Presidente:

a) Presidir las sesiones de la junta Directiva y de la Asamblea General.

b) Representar legalmente en forma conjunta con el síndico a la Asociación, previa autorización de la Junta Directiva.

c) Firmar los documentos de pago de la Tesorería y autorizar los gastos administrativos no previstos en el Presupuesto Anual.

d) Elaborar la agenda a tratar en las diferentes sesiones de Junta Directiva y de Asamblea General, y presentar los informes correspondientes.

Art. 18.- Funciones del Vicepresidente:

a) Colaborar en todas las funciones del Presidente.

b) Sustituir en caso de ausencia al Presidente, por un período de tiempo determinado.

c) Ejecutar las funciones que el Presidente le delegue.

d) Asesorar las diferentes comisiones que se formen.

e) Colaborar en la elaboración de la Memoria Anual de Labo-res.

f) Resolver los problemas de carácter urgente que se presen-ten.

Art. 19.- Funciones del Secretario General:

a) Mantener una campaña permanente de afi liación y presentar informe a la Junta Directiva.

b) Recibir las solicitudes de ingreso de nuevos asociados y su informe a la Junta Directiva y Asamblea General

c) Firmar los documentos relacionados con su cargo y los que señale el reglamento interno.

d) Llevar un registro actualizado de los socios.

Art. 20.- Funciones del Secretario de Actas

a) Llevar el libro de Actas y Acuerdos de las sesiones de la Junta Directiva y de Asamblea General en las cuales se haga constar las actuaciones de la Asociación.

b) Recibir y despachar la correspondencia de la Asociación.

c) Convocar a sesiones de la Junta Directiva y girar las convo-catorias para Asamblea General.

Art.- 21.- Funciones del Tesorero:

a) El Tesorero será depositario y custodio de los fondos y bienes de la Asociación.

b) Llevar los libros de contabilidad o cuentas de la asociación y se encargará de que se hagan efectivos los créditos a favor de la misma.

Page 43: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

43DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

c) Dará cuenta a la Junta Directiva y a la Asamblea General en cada sesión, del estado económico de la misma.

d) Hará los pagos de las obligaciones y de los emolumentos, si los hubiere.

e) Recolectar la cuota de los Asociados.

f) Elaborar el anteproyecto del presupuesto anual de ingresos y egresos de la Asociación y ponerlo en consideración de la Junta Directiva y Asamblea General.

g) En todos los casos los gastos serán autorizados con su fi r-ma.

h) Los fondos serán depositados en una institución Bancaria o Crediticia.

i) Las fi rmas del Presidente y del Tesorero de la Asociación serán requeridas para todo retiro de fondos.

j) Responder solidariamente con el Presidente por el patrimonio y los fondos de la Asociación.

h) Llevar el registro de inventario general de bienes muebles e inmuebles.

Art. 22.- Son Atribuciones del Síndico

a) Representar legalmente a la Asociación conjuntamente o separadamente con el Presidente.

b) Atender los problemas que se le presenten a los Asociados en el desempeño de sus Labores.

c) Asesorar a los Asociados conforme a lo establecido en las leyes vigentes y darles asistencia legal.

d) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación.

Art. 23.- Funciones de los Vocales:

a) Sustituir a los demás miembros de la Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento.

b) Desempeñar las comisiones que les designen la Asamblea General y la Junta Directiva.

c) Investigar los casos que afecten la disciplina y la armonía de la entidad; en caso de suspensión temporal de algún miembro directivo, la Junta Directiva designará de entre los vocales quien debe desempeñar las funciones del suspendido por el tiempo que dure el cese de funciones.

DEL COMITE DE VIGILANCIA.

Art. 24.- El Comité de Vigilancia será electo en la Asamblea General Extraordinaria donde se haya elegido la Junta Directiva y se constituirá con tres miembros. El período de funciones del comité iniciará y concluirá al mismo tiempo que el de la Junta Directiva.

Art 25.- Las funciones del comité de vigilancia serán de contralor, tendrá acceso a todos los libros, facturas u otros documentos para realizar su función. Recibirá denuncias de los Asociados contra la Junta Directiva, e iniciará el respectivo informativo.

Una vez recibida una denuncia el comité iniciará una investigación. El resultado será dado a conocer a la Asamblea General para que sea ésta quien tome la decisión sobre lo investigado.

Art 26.- El comité de Vigilancia a través del Secretario de Actas tiene la facultad de convocar a reunión extraordinaria y hacer propuestas de destitución de la Junta Directiva en pleno o individualmente.

CAPITULO CINCO:

PATRIMONIO DE LA ASOCIACIÓN.

Art 27.- El Patrimonio de la Asociación estará constituido por

a) El monto de las contribuciones que aportan los socios.

b) Las herencias, donativos y legados que reciba la Asocia-ción.

c) Los fondos recaudados en las actividades programadas y realizadas.

d) Los bienes muebles e inmuebles que adquiera a cualquier título y las rentas que se obtengan por el alquiler de los mismos.

Art. 28.- De las utilidades netas obtenidas por la Asociación, ésta aportará el cinco por ciento para formar el fondo de reserva a fi n de incrementar el capital bancario a nombre de la Asociación. Se llevará al efecto un libro especial de registro de capital en el que deberá expresarse todo incremento o disminución del mismo.

CAPITULO SEIS:

DISOLUCIÓN DE LA ASOCIACIÓN.

Art. 29.- La Asociación podrá disolverse, cuando las tres cuartas partes de los socios así lo dispongan en Asamblea General y en tal caso los fondos y bienes que existan a la fecha de su disolución, el Concejo Municipal lo destinará a programas de Desarrollo Comunal, preferen-temente en la localidad del domicilio de la Asociación, mientras no se realice su inversión, el remanente estará bajo el control de Concejo Municipal Jurisdiccional.

CAPITULO SIETE:

PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA LA REMOCIÓN DE ASOCIADOS Y DIRECTIVOS

Art. 30.- Los miembros de la Asociación, podrán ser retirados de ella por acuerdo de la Junta Directiva, tomado por mayoría de votos y previa audiencia del interesado, por infracciones a las ordenanzas, reglamentos, Ley de las Asociaciones de Desarrollo Comunal, Código Municipal y estos Estatutos. Se consideran como causales de retiro o expulsión las siguientes anomalías:

a) Por mala conducta del socio que se traduzca en perjuicio grave para la Asociación.

b) Por negarse sin motivo justifi cado a cumplir los cargos de elección o comisiones que le sean delegados por la Asamblea General o Junta Directiva.

Page 44: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

c) Por promover actividades políticas, religiosas o antidemocráticas y de otra naturaleza que perjudiquen a la Asociación.

d) Por obtener benefi cios por medio del fraude, para sí o para terceros que afecten a la Asociación.

Art. 31.- Los miembros de la Junta Directiva electos por la Asam-blea General, podrán ser suspendidos temporal o defi nitivamente según la gravedad del caso.

La suspensión defi nitiva o temporal únicamente podrá ser acordada por la Asamblea General.

Art. 32.- Para proceder a la suspensión temporal, la Junta Directiva nombrará una comisión de dos de sus miembros, ellos investigarán los hechos y al oír el informe de éstos y las razones que el supuesto infractor exponga en su defensa resolverá, para que dicha resolución sea presentada a la asamblea general.

En caso de la suspensión defi nitiva, la Junta Directiva seguirá el procedimiento a que se refi ere el inciso anterior, acordada que fuere ésta se nombrará a los sustitutos.

Art. 33.- En caso de que la Junta Directiva no proceda de conformi-dad a los artículos anteriores dentro del plazo de diez días de conocida la infracción, por lo menos por un número de cinco asociados podrá pedir al Concejo Municipal, para que éste resuelva lo siguiente:

a) El nombramiento dentro de los mismos Directivos, la comisión investigadora.

b) Convocar a la Asamblea General que conocerá sobre la sus-pensión en base a los informes de la comisión investigadora, el procedimiento anterior se seguirá cuando de acuerdo a las infracciones deba conocerse sobre la suspensión temporal o defi nitiva de toda la Junta Directiva, o cuando por tratarse de un número considerable de miembros, cuando los restantes no inicien el procedimiento dentro del plazo establecido en el inciso anterior, en todos los casos de este artículo, será la Asamblea General la que resolverá sobre la suspensión temporal o defi nitiva de los miembros. Y en la misma sesión elegirá y dará posesión a los sustitutos por el tiempo de la suspensión o por el resto del período de los Directivos sus-pendidos

Art. 34.- De las resoluciones establecidas para la suspensión tem-poral decretada por la Junta Directiva, únicamente podrá interponerse el recurso de revisión para ante la misma, dentro del tercer día de la notifi cación, de las resoluciones de la Asamblea General, no se admitirá ningún recurso.

CAPITULO OCHO:

DISPOSICIONES GENERALES.

Art. 35.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo Municipal de su domicilio en los primeros quince días posteriores a la elección, la nómina de la Junta Directiva, en todo caso proporcionará al Concejo Municipal de su domicilio cualquier dato que se le pidiere relativo a la Asociación.

Art. 36.- Las sustituciones de los miembros de la Junta Directiva, cuando sea en forma defi nitiva deberá ser comunicada a la respectiva municipalidad en la forma expresada en el artículo anterior.

Art. 37.- Dentro de treinta días posteriores a la elección de la nueva Junta Directiva, deberá enviarse al Concejo Municipal de su domicilio el Plan de Trabajo correspondiente, y la nómina de la nueva Junta Di-rectiva.

Art. 38.- La Junta Directiva con el apoyo del pleno y en Asamblea General, podrá acordar la entrega de certifi cados, diplomas o medallas al mérito a personas, autoridades o instituciones que demuestren espíritu de servicio a favor de la Asociación y de la comunidad.

Art. 39.- Un reglamento interno determinará la forma de dar cumplimiento a las disposiciones de los presentes Estatutos, el cual será sometido por la Junta Directiva a la Asamblea General para su aprobación.

Art. 40.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ochos días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

ACUERDO NUMERO ONCE.

Vistos los Estatutos de la ASOCIACIÓN DE DESARROLLO CO-MUNAL, CRISTO REY, fundada en el Cantón San Francisco Chamoco Departamento de San Vicente, que podrá abreviarse “ADESCOCRIS-TOREY”, que los cuales consta de 40 Artículos, y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las Leyes de la República, orden público ni a las buenas costumbres, de conformidad con el Art. 7 de la Constitución de República, que señala que los habitantes de la República tienen derecho a Asociarse libremente y a reunirse pacífi camente y sin armas para cualquier objeto lícito, Art. 119 que literalmente dice: Que las Asociaciones Comunales, tendrán personalidad Jurídica otorgada por el Concejo respectivo, y Art. 30 numeral 23 del Código Municipal, que señala que son facultades del Concejo Conceder la personalidad Jurídica a las Asociaciones Comunales, El Concejo Municipal en uso de sus facultades legales ACUERDA: Aprobar los Estatutos en todas sus partes y conferirle a dicha Asociación el Carácter de persona Jurídica. Comuníquese y publíquense en el Diario Ofi cial para los efectos legales consiguientes.

Dado en el Salón de Sesiones de la Alcaldía Municipal: San Vicente, a los dieciocho días del mes de abril de dos mil cinco.

Lic. RAFAEL CALDERON AGUIRRE,

ALCALDE MUNICIPAL.

Lic. MAURICIO CORPEÑO,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F006734)

Page 45: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

45DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO

COMUNAL CASERÍO EL PAPALÓN,

CANTÓN CACAHUATALEJO,

JURISDICCIÓN DE SAN FRANCISCO GOTERA,

DEPARTAMENTO DE MORAZAN.

NATURALEZA, DENOMINACIÓN,

DURACIÓN Y DOMICILIO.

Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el Código Municipal, la Ordenanza Municipal respectiva, estos estatutos y demás disposiciones legales aplicables. Estará al servicio de la comu-nidad, para el desarrollo de los planes, programas y proyectos de interés social, cultural, económico y ambiental. Será una entidad apolítica, no lucrativa ni religiosa y de carácter democrático.

La asociación se denominará: ASOCIACIÓN DE DESARROLLO COMUNAL CASERÍO EL PAPALÓN, CANTÓN CACAHUATALEJO, JURISDICCIÓN DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE MORAZAN, la que se podrá abreviar “ADESCOEP” y que en estos estatutos se denominará: LA ASOCIACION.

Art. 2.- La duración de la Asociación será por un tiempo indefi nido, sin embargo podrá disolverse y liquidarse por los casos previstos por las leyes de la materia.

Art. 3.- El domicilio de la Asociación será el Caserío El Papalón, Cantón Cacahuatalejo, del Municipio de San Francisco Gotera, Depar-tamento de Morazán.

FINES

Art. 4.- La Asociación tendrá como fi nes el desarrollo humano, social y la obra productiva y física que proyecte; para ello deberá:

a) Promover el progreso del Caserío El Papalón, de la jurisdic-ción de San Francisco Gotera, juntamente con los organismos públicos y privados que participen en los correspondientes programas.

b) Fomentar el espíritu de servicio en los asociados, los vecinos, grupos de interés y comunidades circunvecinas.

c) Coordinar y cooperar con otras comunidades organizadas en la mayor integración de sus miembros y la mejor organización de sus actividades.

d) Impulsar y participar en los programas de capacitación y promoción social a fi n de contribuir al mejoramiento de la organización de la Comunidad, la administración de proyectos sociales y económicos y la elevación de niveles educativos.

e) Trabajar en el establecimiento de los servicios de la comunidad, con el equipamiento y medios indispensables para solucionar los distintos problemas que existen en la comunidad.

f) Utilizar al máximo los recursos humanos y materiales para el desarrollo de la comunidad, a través de la ayuda mutua y el esfuerzo propio, a fi n de complementar las obras que se consideren en el respectivo plan de trabajo y otras que de emergencia surjan.

g) Incrementar las actividades a nivel comunal a fi n de obtener recursos propios, que sirvan para impulsar el mejoramiento de la comunidad.

h) Promover las organizaciones juveniles de ambos sexos, ha-ciéndoles participar responsablemente al desarrollo local.

i) Promover la incorporación de la mujer al proceso de la comunidad.

j) Realizar diversos proyectos y actividades que generen ingresos económicos y servicios sociales a la comunidad.

k) Participar en los planes de desarrollo local, regional y nacional en cuanto a la determinación de proyectos y la obtención de recursos comunales, gubernamentales, etc.

METAS

Art. 5.- La Asociación tendrá como metas, las especifi cadas en el Plan de Desarrollo aprobados por el Concejo Municipal de San Francisco Gotera de acuerdo a las siguientes áreas: Organización, Capacitación comunal, Salud, Mejoramiento de Infraestructura Básica, Agropecuaria, Vivienda, Industria, Trabajo y Educación y serán desarrolladas por medio de la ejecución de proyectos y actividades de interés de los asociados y la comunidad.

SOCIOS: CALIDAD, DERECHOS,

DEBERES Y OBLIGACIONES.

Art. 6.- Los socios podrán ser: a) Activos y b) Honorarios.

Todos deben ser personas mayores de dieciocho años, sin embargo cuando provengan de Asociaciones Juveniles, el requisito de edad antes mencionado será de quince años.

Son socios activos, todas las personas que reúnan los requisitos señalados en el inciso anterior, residentes dentro de los límites de la unidad vecinal correspondiente o en unidades vecinales colindantes inmediatas y afi liarse mediante procedimiento determinado.

Son socios honorarios, aquellas personas a quienes la Asamblea General por su iniciativa o por propuesta de la Junta Directiva les concede tal calidad en atención a sus méritos personales y relevantes servicios prestados a la Asociación.

Art. 7.- Son derechos y obligaciones de los socios Activos:

a) Participar con voz y voto en las Asambleas generales.

b) Presentar mociones y sugerencias en las Asambleas Genera-les.

c) Retirarse voluntariamente de la Asociación cuando así lo solicitaren.

d) Elegir y ser electo para cargos de Junta Directiva.

e) Cooperar con todos los medios promocionales posibles al incremento del número de miembros de la comunidad a la asociación.

f) Asistir con puntualidad a las secciones de Asamblea General, previa convocatoria en legal forma.

g) Desempeñar a cabalidad todas las comisiones y cargos que se le encomienden.

h) Pagar en forma puntual la cuota social.

i) Cumplir estos Estatutos y Obedecer las disposiciones de la Asamblea General y Junta Directiva, siempre que estén relacionados con los fi nes de la asociación.

Art. 8.- Los socios Honorarios, gozarán de los derechos que la Asamblea General les otorgue.

GOBIERNO DE LA ASOCIACION

Art. 9.- El gobierno de la Asociación será ejercido por la Asamblea General y la Junta Directiva; siendo la Asamblea General la máxima autoridad.

Page 46: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

LA ASAMBLEA GENERAL

Art. 10.- La asamblea General la componen todos los socios activos y se instalará por mayoría simple siendo la mitad más uno.

Las resoluciones se acordarán por mayoría simple de votos, salvo en lo referente a la disolución de la Asociación, que será por mayoría califi cada.

Art. 11.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente trimes-tralmente y extraordinariamente.

Art. 12.- En las Asambleas Generales Ordinarias, se tratarán los asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los socios. En las Asambleas Generales Extraordinarias, sólo se tratarán los asuntos comprendidos en la convocatoria y cualquier decisión sobre otros aspectos no comprendidos en la agenda, serán nulos.

Art. 13.- La convocatoria a Asamblea General Ordinaria o Extraor-dinaria se hará por medio de un aviso escrito, con tres días de anticipación para la primera y con veinticuatro horas de anticipación para la segunda, indicandose en la misma el lugar, día y hora en que han de celebrarse; si a la hora señalada no pudiera celebrarse la sesión por falta de quórum, ésta se llevará a cabo en un plazo no mayor de ocho días, con los socios que asistan.

En este último caso las decisiones que se tomen serán obligatorias aún para aquellos que legalmente fueron convocados y no asistieron.

Art. 14.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva.

b) Recibir los informes de trabajo y aprobar o desaprobar el Estado Financiero de la Asociación.

c) Destituir por causa justifi cada a los miembros de la Junta Directiva y elegir a los sustitutos; así mismo, retirarán la calidad socios, a los que hubieren renunciados, fallecidos o perdido su calidad de socio.

d) Pedir a la Junta Directiva, los informes que crea convenien-te.

e) Aprobar el reglamento interno de la asociación.

f) Acordar la petición de la Personalidad Jurídica y aprobación de estos Estatutos al Concejo Municipal respectivo, por medio del Representante Legal de la Asociación.

g) Otorgar la calidad de Socios Honorarios.

h) Aprobar la suspensión defi nitiva de los socios.

i) Aprobar el plan anual de trabajo y su respectivo presupues-to.

j) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamento que se dicten.

LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 15.- La Junta Directiva estará integrada por doce miembros electos en Asamblea General, por votación nominal y pública, ya sea por cargos separados o en planillas, en todo caso, la nominación de los cargos será la siguiente: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero, Protesorero, Síndico y Vocales.

Los cargos de la junta directiva serán Adhonorem, sin embargo, cuando el socio o directivo trabaje en actividades ofi ciales para la Aso-ciación, podrá otorgársele una retribución convencional o cuando por el volumen de trabajo o las circunstancias lo ameriten.

Art. 16.- La Junta Directiva, se reunirá ordinariamente una vez al mes o cuantas veces sea necesario y extraordinariamente cuando sea convocada por el presidente.

Para que la sesión sea válida, deberán concurrir al menos siete de sus miembros y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos.

En caso de empate, el presidente o el que haga sus veces tendrá voto de calidad.

Art. 17.- Son atribuciones de la Junta Directiva:

a) Elaborar el proyecto de Estatutos de la Asociación y propo-nerlos a la Asamblea General.

b) Tramitar el reconocimiento legal de la Asociación conforme a la ley.

c) Constituir comisiones de trabajo de la Asociación, con el fi n de encauzar su mejor organización y desenvolvimiento.

d) Convocar a la Asamblea General a reuniones ordinarias o extraordinarias.

e) Gestionar con las organizaciones del Estado, las municipali-dades, Organismos no gubernamentales y con las entidades privadas que trabajan en la región proyectos de desarrollo comunal.

f) Participar en su caso, en las investigaciones, planeamiento, ejecución y evaluación de los programas y proyectos de mejoramiento de la comunidad.

g) Informar periódicamente a la Asamblea General de las acti-vidades que desarrolla y presentarle el plan Anual de Trabajo y el presupuesto respectivo e informar igualmente a los or-ganismos que cooperaron en el desarrollo de sus programas de trabajo.

h) Velar por el patrimonio de la Asociación sea aplicado en la consecución de sus fi nes.

i) Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicos de la Asociación.

j) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los afi liados.

k) Tomar las medidas necesarias para cumplir las disposiciones emanadas de la Asamblea General y las que crea conveniente dictar.

l) Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionales no previstas en estos estatutos.

m) Presentar a la consideración y aprobación de la Asamblea General en la sesión ordinaria de fi n de año su plan anual de trabajo y su respectivo presupuesto.

n) Ejercer las demás actividades que se determinen en las leyes correspondientes y estos Estatutos.

FUNCIONES SEGÚN CARGO DIRECTIVO

Art. 18.- El presidente de la Junta Directiva, presidirá y dirigirá las sesiones de Asamblea Generales y de Junta Directiva, autorizando con su fi rma los acuerdos que emanen de las mismas y coordinará las actividades de la Asociación.

Page 47: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

47DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

Art. 19.- El vicepresidente, colaborará con el presidente, lo sustituirá en los casos de ausencia o impedimento de éste y todo lo demás que fuese concerniente a actividades comunales.

Art. 20.- La secretaria, será el órgano de comunicación de la Aso-ciación llevará el inventario de los bienes de la misma; además tendrá a su cargo los libros de Actas de sesiones que celebren la Asamblea General y la Junta Directiva y todo lo demás que fuere pertinente.

Art. 21.- El prosecretario colaborará con el secretario en todo lo concerniente a sus funciones, lo sustituirá en caso de ausencia o impe-dimento de éste.

Art. 22.- El tesorero, será el depositario de los fondos y bienes de la Asociación y llevará los libros de contabilidad o las cuentas de la misma.

Se encargara así mismo, que se haga efectivo los créditos a favor de la Asociación y dará cuenta a la Junta Directiva en cada sesión del estado económico; hará los pagos de las obligaciones de la Asociación y dará cuenta a la Junta Directiva en cada sesión del estado económico; hará los pagos de las obligaciones de la Asociación y de los emolumentos si los hubiere.

Todos los fondos serán depositados en una institución Bancaria o Crediticia, para lo cual se abrirá una cuenta a nombre de la Asociación, debiendo registrar su fi rma con la del Presidente como refrendario.

Art. 23.- El protesorero colaborará con el tesorero en todo lo concer-niente a sus funciones; lo sustituirá en casos de ausencia o impedimento de éste.

Art. 24.- El Síndico, tendrá la representación judicial y Extrajudicial junto con el presidente o separadamente y el uso de la Personalidad Jurídica quien para comparecer en juicios, escrituras, contratos, actas notariales y otros.

Deberán ser autorizados por la Junta Directiva, quien lo legitimará mediante la certifi cación del punto de Acta que lo Autoriza.

A falta del Síndico, fungirá el presidente o los vocales en su or-den, autorizados en sesión de Junta Directiva; la Ordenanza respectiva, así como los presentes Estatutos y las leyes de la materia y los demás acuerdos tomados por la Asamblea General y la Junta Directiva.

Art. 25.- Los vocales, colaborarán con la Junta Directiva en la medida que ésta lo considere necesario en todo caso sustituirán a los miembros de la Junta Directiva que faltaren.

Art. 26.- En caso de suspensión temporal, la Junta Directiva llamará y dará posesión a los sustitutos por el tiempo que dure la suspensión.

Art. 27.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un periodo de tres años y sólo podrán ser reelectos en forma consecutiva para un periodo más, seis de sus miembros que podrán cualesquiera de ellos.

PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA LA REMOCIÓN DE ASOCIADOS Y DIRECTIVOS.

Art. 28.- Los miembros de la Asociación podrán ser retirados de ella por acuerdo de la Junta Directiva, tomando por mayoría de votos y previa audiencia del interesado, por infracciones al Código Municipal, Ordenanza Municipal y estos Estatuto.

Se consideran además como causales de amonestación, suspensión, retiro o expulsión las siguientes:

a) Mala conducta del socio que se traduzca en perjuicio grave de la asociación.

b) Negarse sin motivo justifi cado a desempeñar los cargos de elección o comisiones que le encomiende la Asamblea General o la Junta Directiva.

c) Promover actividades políticas, religiosas o de otra naturaleza que vayan en perjuicio de la Asociación.

d) Obtener por medio fraudulento benefi cios de la Asociación, para sí o para terceros.

e) Cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la asocia-ción.

f) Hacer caso omiso de las normas implícitas en el reglamento interno.

Art. 29.- Para proceder a la suspensión temporal, la Junta Directiva nombrará una comisión de tres de sus miembros, para que investigue los hechos y oyendo el dictamen de éstos y las razones que el supuesto infractor exponga en su defensa, resolverá.

En caso de suspensión defi nitiva, la Junta Directiva seguirá el procedimiento a que se refi ere el inciso anterior; pero en este caso, la Asamblea General resolverá por sobre tal suspensión acordada.

Art. 30.- Sobre el retiro de asociados y sobre la suspensión temporal decretada por la Junta Directiva, podrá interponerse únicamente el recurso de revisión ante la misma, dentro del tercer día de la notifi cación.

De las resoluciones de la Asamblea General, no se admitirá ningún recurso.

Art. 31.- Los miembros de la Junta Directiva electos par la Asamblea General, podrá ser suspendidos en forma temporal o defi nitiva, según la gravedad del caso.

La suspensión defi nitiva únicamente podrá ser acordada por la Asamblea General y la suspensión temporal, por la Junta Directiva,

Art. 32.- En caso de que la Junta Directiva, dentro del plazo de diez días de conocida la infracción, no procede a dar cumplimiento a los artículos anteriores, un número de diez asociados, por lo menos, podrá pedir al Concejo Municipal correspondiente, que se les autorice:

a) Para nombrar dentro de los mismos la comisión investigadora y

b) Para que ésta convoque a la Asamblea General, resuelva la suspensión basándose en los informes de la comisión investiga-dora. El mismo procedimiento se seguirá cuando de acuerdo a las infracciones, debe conocerse sobre la suspensión temporal o defi nitiva de toda la Junta Directiva o cuando por tratarse de un número considerable de miembros, los que quedad no pueden o no inicien el procedimiento dentro del plazo que establezca el inciso anterior.

En todos los casos de este artículo, será la Asamblea General la que resolverá sobre tal suspensión temporal o defi nitiva de los miembros y en la misma sesión elegirá y dará posesión a los sustitutos por el tiempo de la suspensión o por el resto del periodo de los directivos suspendidos.

Page 48: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

PATRIMONIO DE LA ASOCIACIÓN

Art. 33 - El patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) Los fondos provenientes de las contribuciones que aporten los socios Activos.

b) Las subvenciones o aportes extraordinarios, herencias, donaciones, legados, etc., que provengan de diversas fuen-tes.

c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada para hacer llegar fondos a la Asociación.

d) El valor de los intereses que devenguen los créditos otorgados a los asociados, estos serán fi jados por la asamblea General, a propuesta de la Junta Directiva; pero en todo caso, este interés deberá ser menor que el estipulado por el sistema Bancario Nacional.

e) El valor del alquiler cobrado por el uso de maquinaria, bienes muebles e inmuebles de propiedad de la Asociación; serán aprobados por la Asamblea General a propuesta de la Junta Directiva; pero en ningún caso eximirá de estos pagos el hecho de ser asociados.

f) Sus bienes muebles e inmuebles adquiridos a cualquier título.

g) Los bienes muebles e inmuebles que formen el patrimonio de la Asociación, no podrán ser enajenados en garantía, ven-didos, alquilados o prestados sin la autorización previa de la Asamblea General.

Art. 34.- La Asociación cuenta hoy, con un capital de cincuenta dólares en efectivo provenientes de diversas actividades realizadas.

Art. 35.- De las utilidades netas obtenidas al fi nal del ejercicio administrativo por la Asociación, se aportará el cinco por ciento por lo menos, para formar un fondo de reserva para incrementar el capital bancario o nombre de la misma.

La Asociación llevará un libro especial de registro de capital, en el que deberá expresarse todo aumento y disminución del mismo.

La Asociación deberá desarrollar sus fi nes sociales y de obras físicas, siempre que conduzca a operaciones canalizadas a través de recursos económicos, deberá ser conocido y aprobado por la Asamblea General y autorizada por la Junta Directiva.

En todo caso, se establecerán los controles contables necesarios para el efectivo control de fondos propios o procedentes de fuentes externas en los distintos programas y proyectos que se desarrollan.

Art. 36.- Si al fi nal de cada ejercicio administrativo anual (enero a diciembre) se obtuvieron fondos, la Junta Directiva propondrá a la Asamblea General los proyectos en los que pueden ser aplicados dichas ganancias, como también el tiempo y forma de invertir el fondo de reserva.

Art. 37.- En caso de disolución de la Asociación, si después de pagada las obligaciones hubiere un remanente, el Concejo Municipal lo destinará a programas de Desarrollo Comunal, a realizarse en la Colonia Altos de San Francisco Segunda Etapa del municipio de San Francisco Gotera y mientras no se realice su inversión, el remanente estará bajo el control del Concejo Municipal.

Art. 38.- La disolución de la Asociación será acordada en sesión extraordinaria de Asamblea General, mediante acuerdo de dos tercera partes de socios de la misma, por motivos que el Código y Ordenanza Municipal, estos Estatutos y las demás leyes de la materia establez-can.

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 39.- La asociación llevará sus libros de registro de afi liados, Actas de Asambleas Generales, Junta Directiva, Registro fi nanciero y Registro de inventario; todos foliados y sellados con una razón de apertura que contenga el objeto del libro, su número de hojas y luego al terminarse el libro se pondrá su razón de cierre, la cual deberá estar fi rmada y sellada por la secretaria de la Junta Directiva.

Art. 40.- La Junta Directiva, tiene la obligación de enviar al Concejo Municipal, durante los primeros quince días posteriores a la elección la nómina de la nueva Junta Directiva; durante los primeros quince días del año, la nómina de los asocia, informe de las sustituciones de los miembros de la Junta Directiva, cuando sean en forma defi nitiva y cualquier otro dato relativo a la asociación.

Dentro de los treinta días posteriores a la elección de la nueva Junta Directiva, deberá enviar al Concejo Municipal, su plan de actividades (trabajo).

Art. 41.- Para la modifi cación del Acta de Constitución y los presentes Estatutos, se seguirán los mismos procedimientos que para la constitución e Inscripción de la Asociación.

Art. 42.- Los casos no contemplados en estos estatutos, serán resueltos en Asamblea General de Socios.

Art. 43.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia, ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

ACUERDO NÚMERO CUARENTA Y OCHO (48).

Vistos los Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal “Ca-serío El Papalón, Cantón Cacahuatalejo”, del Municipio de San Fran-cisco Gotera, Departamento de Morazán, (ADESCOEP) que constan de CUARENTA Y TRES (43) artículos y no encontrando en ellos, ninguna disposición que contravenga las disposiciones, leyes, reglamentos y buenas costumbres de la República; el Concejo Municipal de conformidad a lo dispuesto en el numeral 23 del Artículo 30 y 119 del Código Municipal; unánimemente ACUERDA: Aprobar en todas sus partes los estatutos de dicha Asociación y se le confi ere la Personería Jurídica, para que puedan hacer uso conforme la Ley.

Dado en la Alcaldía Municipal y Jefatura del Distrito: San Francisco Gotera, a los treinta y un días del mes de enero del año dos mil cinco.

CARLOS CALIXTO HERNÁNDEZ GÓMEZ,

ALCALDE MUNICIPAL.

JOSÉ VICENTE RAMÍREZ ARANDA,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F006712)

Page 49: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

49DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN

DECLARATORIA DE HERENCIA

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito.

AVISA: que por resolución de las once horas del día dieciocho de octubre del año dos mil uno, ha declarado a la señora ELIZABETH MURCIA DE MOLINA, heredera benefi ciaria e intestada en la sucesión del causante JOSE ARISTIDES MOLINA, que falleció el día dos de mayo de mil novecientos noventa y ocho, en el Hospital Santa Teresa de esta ciudad, habiendo tenido como último domicilio la población de San Luis La Herradura, y se ha conferido, la administración y representación defi nitiva de la sucesión juntamente con la señora CONSUELO MOLINA, quien por resolución de este juzgado de fecha cuatro de diciembre del año dos mil, fue declarada heredera en calidad de madre del causante.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, siete de junio del año dos mil cinco. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

Of. 1 v. No. 847

ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GALVEZ, Juez de lo Civil Interino de este distrito judicial,

AVISA: que este día ha declarado a las señoras MARIA DEL SOCORRO BLANCO y MARIA RITA BLANCO, herederas intestadas con benefi cio de inventario de los bienes dejados por su madre señora JOSEFA BLANCO, que falleció el día cinco de marzo de mil nove-cientos noventa y seis, en el cantón Espino Abajo de esta jurisdicción, su último domicilio, confi riéndoles, conjuntamente, la administración y representación defi nitivas de la sucesión.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los veinticinco días del mes de noviembre de dos mil cuatro.- Lic. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GALVEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO. JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

Of. 1 v. No. 848

ACEPTACION DE HERENCIA

RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal con fecha ocho horas treinta y dos minutos de este día, se ha tenido por aceptada, con benefi cio de inventario, de parte de los señores RICARDO ALFARO y MARIA MAGDALENA ALFARO DE GARCIA, la sucesión

intestada que a su defunción dejó la causante señora ENCARNACION ALFARO LANDAVERDE, quien fue de setenta y nueve años de edad, soltera, fallecida a las dos horas del día diez de octubre de mil novecientos noventa y uno, en el Cantón Primavera de esta jurisdicción, siendo ése el lugar de su último domicilio.-

Los señores RICARDO ALFARO y MARIA MAGDALENA ALFARO DE GARCIA, son hijos de la de cujus y en ese carácter se les confi ere interinamente la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Lo que se hace del conocimiento del público, para que todo aquel que se crea con derecho en la presente sucesión, se presente a deducirlo dentro de los quince días subsiguientes al de la tercera publicación de este edicto.-

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: Santa Ana, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del día veintinueve de abril de dos mil cinco.- Dr. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Br. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 849-1

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial, al público para los efectos de ley;

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y quince minutos del día doce de este mes; se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor ABEL RODRIGUEZ AYALA o ABEL RODRIGUEZ, que falleció el día veintidós de agosto de mil novecientos ochenta y tres, en el Hospital Santa Teresa de esta ciudad, su último domicilio, por parte de los señores SANTOS MARLENE GONZALEZ RODRIGUEZ, TERESA ROXANA GONZALEZ RODRIGUEZ o TERESA ROXANA GONZALES DE ESTRADA y CARLOS ALFREDO RODRIGUEZ GONZALEZ, en concepto de hijos del causante; y se ha nombrado a los aceptantes, interinamente, administradores y representantes de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, catorce de enero del año dos mil cinco. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 850-1

Page 50: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

Luis Salvador Peña, Juez de lo Civil, de este distrito judicial, al público para los efectos de ley;

HACE SABER: Que este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante RENE ALFREDO VASQUEZ MEJIA o RENE ALFREDO VASQUEZ, quien falleció el día veintitrés de junio del año dos mi dos, en el Cantón San Sebastián Arriba, jurisdicción de Santiago Nonualco su último domicilio, por parte de la señora MARIA ISABEL MEJIA, ISABEL MEJIA o MARIA ISABEL MEJIA DE VASQUEZ, en concepto de madre del causante. Nómbrase a la aceptante, interinamente, adminis-tradora y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley, comparezcan a este Juzgado a justifi car dicha circunstancia.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, dieciséis de febrero de dos mil cinco. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 851-1

TITULO DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD,

HACE SABER; Que a esta Ofi cina se presentó la Lic. VERALI-CIA DE LA PAZ MARTINEZ ORTIZ, mayor de edad, del domicilio de San Miguel, con carnet Número siete mil quinientos treinta y siete, actuando en calidad de Auxiliar del señor Fiscal General de la República, en representación del Estado y Gobierno de El Salvador en el Ramo del Ministerio de Educación, solicitando Título de Propiedad y dominio de naturaleza Urbana, situado en el Barrio Concepción de esta Ciudad de Chilanga, Departamento de Morazán, de la capacidad superfi cial de CUATROCIENTOS VEINTISEIS METROS CUADRADOS, SESENTA Y UN DECIMETROS, de las medidas y linderos siguientes: Al ORIENTE: mide diecinueve metros con doce centímetros y linda con El Ministerio de Educación, antes solar Municipal; Al NORTE: mide veinte metros con setenta y nueve centímetros y linda con El Ministerio de Educación, antes Demetrio Vásquez; Al PONIENTE: mide veintiún metros con veintiséis centímetros y linda con Juan Pablo Hernández, calle de por medio; y Al SUR: mide veintiún metros con cuarenta y siete centímetros y linda con Antonia Perla, calle de por medio. En dicho Inmueble se encuentra construido la Escuela Parvularia de esta Ciudad, y fue adquirido por Donación que hizo el señor VICTORINO HERNANDEZ, en el año de mil novecientos Ochenta y seis, no existe cargas o Derechos reales que pertenezcan a otra ni lo posee en proindivisión. El cual en su momento de donación se estimaba en $171.42. Los colindantes son de este domi-cilio.

Alcaldía Municipal de la Ciudad de Chilanga, Departamento de Morazán, a los dieciséis días del mes de Mayo del dos mil cinco. GUADALUPE ANTONIO VASQUEZ MARTINEZ, ALCALDE MUNICIPAL. OSCAR DAGOBERTO MARTINEZ QUINTANILLA, SECRETARIO MUNICIPAL.

Of. 3 v. alt. No. 852-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL:

Hace Saber: Que se ha presentado la Licenciada Veralicia de la Paz Martínez Ortiz, mayor de edad, Abogado, del domicilio de San Miguel; actuando en calidad de Auxiliar del Señor Fiscal General de la República, tal como lo comprobó con la respectiva Credencial que en original y copia presentó; solicitando Título de Propiedad de un Solar Urbano situado en el Barrio Candelaria, de esta ciudad de Usulután; de la capacidad superfi cial de: cuatrocientos ochenta y ocho metros cincuenta y siete decímetros cuadrados; que linda: AL ORIENTE: veintiocho metros sesenta y dos centímetros, con casa y solar de Felipe Cicerón Castillo; AL NORTE: diecisiete metros treinta y ocho centímetros con solar de Francisco Paniagua; AL PONIENTE: veintisiete metros sesenta centímetros, con solar y casa de Teodora Ramírez y sucesión de Julián Huezo, calle de por medio; AL SUR: diecisiete metros treinta y cinco centímetros, con solar y casa de Luís Jarquín, calle de por medio. El inmueble referido no está sujeto a ningún gravamen, ni está en proindivisión; no es predio dominante, ni sirviente; no tiene cargos y no tiene derechos reales que respetar; fue adquirido por el Estado y Gobierno de El Salvador en el Ramo del Ministerio de Educación, por venta libre de gravamen, que le hiciera el Señor Luís Canelo, según consta en el Testimonio de Escritura Pública número once otorgada en la ciudad de Usulután, a las doce horas del día veintitrés de Octubre de mil novecientos cuarenta y siete, ante los ofi cios notariales del Licenciado José Eliseo Colorado; poseyente del estado desde esa fecha y lo estima en la Cantidad de: NOVECIEN-TOS SETENTA COLONES CON VEINTITRES CENTAVOS; precio según Testimonio de Escritura de Compraventa, antes relacionada, alega posesión.

Alcaldía Municipal de Usulután, 25 de Mayo de 2005. Ing. FRANCISCO ANTONIO RIVAS ESCOBAR, ALCALDE MUNICI-PAL. DOLORES DEL CARMEN VDA. DE HAAS, SECRETARIA MUNICIPAL INTO.

Of. 3 v. alt. No. 853-1

TITULO MUNICIPAL

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL:

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado la señora(ita): VERALICIA DE LA PAZ MARTINEZ ORTIZ, mayor de edad, Abogado del domicilio de San Miguel Departamento de San Miguel, actuando en calidad de Auxiliar del Señor Fiscal General de la República; que he sido comisionada para promover Diligencias, a efecto de obtener Título Municipal, a favor del Estado y Gobierno de El Salvador, en el Ramo de Órgano Judicial.

El Estado y Gobierno de El Salvador, es dueño y actual poseedor de buena fe, de inmueble de naturaleza urbana, situado en el barrio El Calvario, Jurisdicción de Osicala, de la extensión superfi cial de CIENTO CINCUENTA METROS CUADRADOS, equivalentes a doscientos cator-ce varas cuadradas con sesenta y dos centésimas de vara cuadrada, cuya descripción técnica es la siguiente: Partiendo de la intersección formada por los ejes de la calle pública y midiendo sobre el eje de la calle hacia

Page 51: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

51DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

ACEPTACION DE HERENCIA

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para efectos de ley que por resolución de este Juzgado de las ocho horas cincuenta minutos del día veintiocho de Noviembre de dos mil dos: Se ha tenido por aceptada expresamente y con Benefi cio de Inventario de parte de los menores GERSON WILFREDO y CARLOS ALEXANDER, ambos de Apellidos LOPEZ ROMERO, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor CARLOS HUMBERTO LOPEZ SORIANO quien falleció en esta ciudad el día veintiuno de Septiembre de dos mil uno, siendo ésta su último domicilio, aceptación que hacen en su carácter de hijos del referido causante. Y se ha conferido a los aceptantes la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente, los cuales ejercerán por medio de su Representante Legal señora SANDRA ELIZABETH ROMERO ALVARADO.

Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince días contados a partir desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN SALVADOR, a las diez horas con treinta minutos del día nueve de Diciembre del dos mil dos. Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS, SECRETARIA INTA.

Of. 3 v. alt. No. 817-2

GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio Judicial,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las quince horas del día dieciocho de mayo del dos mil cinco.- Se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia testamentaria que a su defunción ocurrida en la Ciudad de San Salva-dor, siendo su último domicilio esta ciudad de San Marcos, el día doce de septiembre del año dos mil cuatro, dejó el señor MARIO CORTEZ SANCHEZ, de parte de la señora BLANCA LIDIA HERRERA, conocida por BLANCA LIDIA HERRERA OVIEDO y de los menores JENNI-FER HAZEL CORTEZ HERRERA, conocida por YENNIFER HAZEL CORTEZ HERRERA, KATYA ELIZABETH CORTEZ HERRERA y ALFREDO LEONARDO CORTEZ HERRERA, todos en su calidad de su herederos testamentarios del causante, los dos últimos, por medio de representante, Licenciado MAURICIO ALBERTO MELENDEZ DE LEON, como Agente Auxiliar del señor Procurador General de la República.- Se ha conferido a los aceptantes la administración y repre-sentación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, debiendo ejercerla los menores JENNI-FER HAZEL CORTEZ HERRERA, conocida por YENNIFER HAZEL CORTEZ HERRERA, KATYA ELIZABETH CORTEZ HERRERA y ALFREDO LEONARDO CORTEZ HERRERA, por medio de su madre y represente legal, señora BLANCA LIDIA HERRERA, conocida por BLANCA LIDIA HERRERA OVIEDO.

Cítese a los que se crean con derecho a la herencia en mención, para que transcurridos el término de quince días contados a partir de la tercera publicación de este edicto, concurran a este tribunal a hacer uso de sus derechos.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Departa-mento de San Salvador, a las ocho horas y treinta minutos del día treinta de mayo del año dos mil cinco. – Dr. GUILLERMO ALFARO SAN-TOS, JUEZ DE LO CIVIL. –Lic. IRMA ELENA DOÑAN BELLOSO, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 818-2

el sur, una distancia de veintisiete metros cuadrados con ochenta centí-metros, defi niéndose un punto desde el cual hay una defl exión negativa de noventa grados y una distancia de cuatro metros con sesenta y tres centímetros, llegando al vértice nor oeste del terreno que se describe, que mide y linda al NORTE un tramo recto con una distancia de quince metros, lindando por este lado con el resto del terreno municipal, al ORIENTE un tramo recto con una distancia de diez metros lindando con resto del terreno municipal; al SUR un tramo recto con distancia de quince metros lindando por este lado con sucesión de Nicolás Sol; y al PONIENTE un tramo con distancia de diez metros, lindando con María Ercilia Argueta, calle pública de por medio, llegando al vértice nor-oeste desde el cual se dio inicio a la descripción.

El inmueble referido inmueble no está sujeto a ningún gravamen, ni está en proindivisión; no es predio dominante ni sirviente; no tiene cargos y no tiene derechos reales que respetar; fue adquirido por el Estado y Gobierno de El Salvador en el Ramo del Órgano Judicial, por donación gratuita e irrevocable, que le hiciera la Alcaldía Municipal de Osicala, por medio del señor Natividad Majano García, según consta

en el testimonio de Escritura Pública Número veintitrés, otorgada en la ciudad de San Salvador, a las once horas con treinta minutos del día veintisiete de mayo de mil novecientos noventa y tres, ante los ofi cios notariales del Lic. Mauro Arturo Vásquez, poseyente el Estado desde esa fecha, que unida a la de sus antecesores suman más de cincuenta y dos años de posesión, quieta, pacífi ca e ininterrumpida tal como lo establece el Art. 756 del Código Civil y lo valúan en la cantidad de, CINCO MIL COLONES, los colindantes son de este domicilio.

SE AVISA AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

Para efectos legales se entiende la presente en la Alcaldía Municipal de Osicala, a los seis días del mes de junio de dos mil cinco. NEFTALI ROMEO MARTINEZ M., ALCALDE MUNICIPAL. LILY JEBZABETH SANTOS DE A., SECRETARIA MUNICIPAL.

Of. 3 v. alt. No. 854-1

Page 52: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

ACEPTACION DE HERENCIA

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial,

AVISA: Que este día ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó la señora MA-RIA AMANDA AQUINO DE ALVARADO o MARIA AMANDA AQUINO o MARIA HERMINDA HENRIQUEZ o MARIA ARMINDA AQUINO VIUDA DE ALVARADO, que falleció el día seis de octubre de dos mil tres, en el cantón San Pedro Mártir, jurisdicción de San Rafael Obrajuelo, su último domicilio, por parte de los señores LUIS ANTONIO ALVARADO AQUINO o LUIS ANTONIO ALVARADO y JOSE ALFREDO ALVARADO HENRIQUEZ o JOSE ALFREDO ALVARADO, en concepto de hijos de la causante, y se les ha conferido la administración y representación interinas de la sucesión.

Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para que dentro de quince días contados desde el siguiente de la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.-

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los nueve días del mes de marzo de dos mil cinco. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 810-3

Lic. Roberto Mauricio Antonio Quintanilla Gálvez, Juez de lo Civil Interino, de este distrito judicial, al público para los efectos de ley;

HACE SABER: Que este día, ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el causante JUAN FRANCISCO MENDOZA, quien falleció el día once de junio de dos mil dos, en el Barrio Los Remedios de esta ciudad, su último domicilio, por parte de los menores HECTOR ANTONIO, MAR-TA EVELY, y TOMAS ALEXANDER, todos de apellidos MENDOZA GONZALEZ, en concepto de hijos del causante, y representados por su madre señora EDUARDA DE JESUS GONZALEZ MORALEZ,

conocida por EDUARDA DE JESUS GONZALEZ, y por MERCEDES DE JESUS GONZALEZ; y se ha nombrado a los menores aceptantes, interinamente, administradores y representantes de la sucesión; con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, 25 de junio de 2003. Lic. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GALVEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 811-3

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PUBLICO PARA EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas del día quince de marzo del presente año, se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia INTESTADA de los bienes que a su defunción dejó la causante MARIA LIDIA POLANCO conocida por MARIA LIDIA POLANCO SOTO y por LIDIA POLANCO SOTO, quien falleció en el Hospital Médico Quirúrgico del Seguro Social de San Salvador, a las nueve horas treinta minutos del día seis de junio de dos mil uno, siendo su último domicilio esta ciudad, de parte de la señora ANA MARGARITA MARTINEZ POLANCO, en su concepto de hija del causante.

Habiéndose conferido en el carácter antes indicado la administra-ción y representación INTERINA con las facultades y restriciones de los curadores de la herencia yacente.

Y CITA: A los que se crean con derecho a la referida herencia a deducirlo dentro del término de quince días a partir de la última publi-cación del presente edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Mejicanos, a las ocho horas y cinco minutos del día dieciséis de marzo de dos mil cinco. Lic. JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. JORGE ALBERTO GONZALEZ MENDEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 812-3

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas y cuaren-ta y dos minutos del día siete de mayo de dos mil cinco, se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la HERENCIA TESTAMENTARIA de los bienes que a su defunción dejó el causante JOSE HECTOR MUÑOZ, quien falleció en Calle Quince de Septiembre casa número catorce, Ayutuxtepeque, a las ocho horas y diez minutos del día veintisiete de octubre de mil novecientos noventa y siete, siendo su último domicilio la ciudad de Ayutuxtepeque; por parte de los señores MARIA JULIA MUÑOZ conocida por MARIA JULIA MUÑOZ DE LOPEZ y por MARIA JULIA MUÑOZ VELASQUEZ DE LOPEZ; JOSE HECTOR MUÑOZ conocido por JOSE HECTOR MUÑOZ VELASQUEZ; y MAURICIO LARA MUÑOZ, todos en su concepto de herederos testamentarios del Causante.

Habiéndose conferido además a los aceptantes en el carácter antes indicado la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION INTERINAS de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Y CITA: A todas las personas que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días contados a partir de la última publicación del presente edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las diez horas y ocho minutos del día siete de mayo de dos mil cinco. – Lic. JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. – Lic. JORGE ALBERTO GONZALEZ MENDEZ, SECRETARIO.-

Of. 3 v. alt. No. 819-2

DE TERCERA PUBLICACIÓN

Page 53: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

53DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN

DECLARATORIA DE HERENCIA

ROSA NELIS PARADA DE HERNANDEZ, Notaria, del domicilio de San Salvador, con ofi cina establecida en Quinta Avenida Norte y Diecisiete Calle Poniente, Centro Comercial Las Rosas, Local Número Cinco, al público para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que al Señor CORLEO ADALBERTO PLEITEZ LOPEZ, por resolución de la Suscrita Notaria, proveída a las quince horas del día dos de junio del año dos mil cinco, en las diligencias de Aceptación de Herencia promovidas ante mis Ofi cios Notariales, se ha declarado HEREDERO DEFINITIVO ABINTESTATO, con Benefi cio de Inventario, del Señor ROMEO PLEITEZ PEÑA, quien fue de cin-cuenta y un años de edad, Empleado y del domicilio de Agua caliente, Departamento de Chalatenango, habiendo fallecido a las dieciséis horas del día veintidós de septiembre de dos mil cuatro, en el Cantón Encum-brado de la Jurisdicción de la Villa de Agua Caliente, Departamento de Chalatenango, su último domicilio, y se le confi rió al heredero declarado, la Administración y Representación defi nitiva de la Sucesión Intestada.

Librado en la Ofi cina de la Notaria, ROSA NELIS PARADA DE HERNANDEZ, a las nueve horas del día seis de junio del año dos mil cinco.-

ROSA NELIS PARADA DE HERNANDEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F006710

MANUEL VICENTE RAMÍREZ TOVAR, Notario, de este domicilio, con despacho notarial ubicado en Cuarta Calle Oriente número dos-A, atrás del Teatro Nacional de la ciudad de Santa Ana,

HACE SABER: Que por resolución proveída a las diez horas del día veintidós de enero del año dos mil cinco, se ha declarado a la señora TEODORA FLORES VIUDA DE GAMEZ, HEREDERA DEFINITIVA, con benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción ocurrida en esta ciudad, el día treinta de abril de mil novecientos ochenta y cinco dejara el señor PEDRO LEÓN GAMEZ, en su concepto de esposa del causante; habiéndole concedido la representación y administración defi nitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en la ciudad de Santa Ana, a los diez días del mes de junio del año dos mil cinco.-

Lic. MANUEL VICENTE RAMÍREZ TOVAR,

NOTARIO.

1 v. No. F006713

MIRNA LISSETTE SOSA RECINOS, Notario, del domicilio de Quezaltepeque y del de San Salvador, con ofi cina ubicada en Octava Ave-nida Sur número cincuenta y uno- A, Barrio El Guayabal, Quezaltepeque, Departamento de La Libertad,

HACE SABER: que por resolución de la suscrita Notario pro-nunciada a las diez horas del día seis de Junio del corriente año, se ha declarado a los señores CONCEPCION HERCULES DE GUERRERO,

de cincuenta y un años de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de esta ciudad, JUANA BAUTISTA HERCULES DE ZAMORA, de cincuenta y ocho años de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de esta ciudad, ADOLFO HERCULES SANTAMARIA, de treinta y seis años de edad, Agricultor, del domicilio de esta ciudad, PILAR SANTAMARIA conocido por PILAR HERCULES SANTAMARIA, de sesenta años de edad, Agricultor en pequeño, del domicilio de esta ciudad y ESTANISLAO HERCULES SANTAMARIA, de cuarenta y dos años de edad, Pastor Evangélico, del domicilio de esta ciudad, Herederos Defi nitivos ab intestado con benefi cio de inventario, de la Herencia Intestada que a su defunción dejara el señor ESTANISLAO HERCULES, de setenta y nueve años de edad, Agricultor en pequeño, Salvadoreño por Nacimiento, del domicilio de Quezaltepeque, ocurrida en Quezaltepeque Departamento de La Libertad, el día ocho de Julio del dos mil uno, en su calidad de hijos del causante y como cesionarios de los derechos hereditarios que en dicha sucesión le correspondían a la señora JULIA SANTAMARIA VIUDA DE HERCULES conocida por JULIA SANTAMARIA en su calidad de cónyuge del causante, y habiéndoseles conferido la Administración y representación defi nitivas de la sucesión

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en Quezaltepeque, Departamento de La Libertad, el día siete de Junio del año dos mil cinco.

Lic. MIRNA LISSETTE SOSA RECINOS,

NOTARIO.

1 v. No. F006714

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO.

AVISA: Que por resolución de las nueve horas del día veintitrés de mayo del año dos mil cinco. Han sido declarada heredera abintestato con benefi cio de inventario de la herencia dejada por el señor BALBINO ARANA conocido por BALBINO ARANA DOMINGUEZ, fallecido el dieciocho de abril del año dos mil uno, en el Caserío Mandinga, Cantón El Presidio de ésta jurisdicción, siendo ese el lugar de su último domicilio, a los señores GABINO TINO ARANA Y CELIA MARIA ARANA TINO, en concepto de hijos del causante.

Se ha conferido a los herederos declarados la administración y representación defi nitiva de la sucesión.

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas cuarenta mi-nutos del día dos de junio del año dos mil cinco. Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

1 v. No. F006732

Page 54: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

EFRAIN OLANO RUIZ, Notario, con Ofi cina en Sexta Avenida Sur, Residencial El Cordobés, local número once. Sonsonate, AL PUBLICO, para efectos de ley.

AVISA: Que por resolución del suscrito notario, proveída a las nueve horas del día catorce de junio del año dos mil cinco, se ha declarado al señor EDGAR ELEAZAR ORTIZ CASTANEDA, heredero defi nitivo, abintestato con benefi cio de inventario, en concepto de cesionario de los derechos que le correspondían al señor JUAN AREVALO, conocido por JUAN AREVALO GONZALEZ, POR JUAN GONZALEZ, Y POR JUAN PABLO GONZALEZ Y PABLO GONZALEZ como cónyuge sobreviviente de la causante ALEJANDRA GALAN DE AREVALO, quien fue de cincuenta y nueve años de edad, Doméstica del domici-lio del Cantón Talcomunca, Jurisdicción de Izalco, Departamento de Sonsonate, siendo éste su último domicilio, habiéndosele concedido la representación y administración defi nitiva de la referida sucesión.

Por lo que avisa al público para los efectos de ley.

Librado en la ciudad de Sonsonate, el día quince de junio del año dos mil cinco.

Lic. EFRAIN OLANO RUIZ,

NOTARIO.

1 v. No. F006736

EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de ley,

AVISA: Que por resolución de las doce horas y cinco minutos de este día, se han declarado herederos defi nitivos con benefi cio de inventario a los señores MARICELY MARLENE ROMERO DE CACERES en calidad de hija de la causante, conjuntamente con el señor RAFAEL ANTONIO LEMUS SANTIZO, conocido por RAFAEL ANTONIO LEMUS, en calidad de cónyuge sobreviviente de la misma causante, señora MARIA ANGELA CEDILLOS GALINDO, en la sucesión intestada, que dejó al fallecer, el día seis de agosto del año dos mil uno, en el Hospital San Juan de Dios de la Ciudad de San Miguel, habiendo sido esta Ciudad de Usulután el lugar que tuvo como último domicilio.-

Confi riéndole a los herederos declarados la administración y representación defi nitiva de dicha sucesión con las facultades de ley.-

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil cinco.- Enmendado-Ciudad. Vale.- Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.

1 v. No. F006738

RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que por resolución de este Juzgado de las nueve horas quince minutos del día catorce de los corrientes, se han declarado a la señora MARTA GUDELIA MORALES RODRIGUEZ hoy de MARTINEZ y a los menores LUIS FERNANDO y CLAUDIA NOEMI ambos de apellidos MARTINEZ MORALES, HEREDEROS DEFINITIVOS con benefi cio de inventario, de la sucesión intestada que a su defunción dejó el señor JOSE FERNANDO MARTINEZ, quien fue de cuarenta y un años de edad, empleado, casado, fallecido en el Hospital San Juan de Dios de esta ciudad, el día diecinueve de agosto de dos mil tres, siendo el Barrio Santa Lucía de esta ciudad el lugar de su último domicilio.-

La señora MARTA GUDELIA MORALES RODRIGUEZ hoy de MARTINEZ y los menores LUIS FERNANDO y CLAUDIA NOEMI ambos de apellidos MARTINEZ MORALES, son cónyuge e hijos del causante y en ese carácter se han declarado herederos defi nitivos, con-fi riéndoles la administración y representación defi nitivas de la sucesión, la que ejercerán los menores mencionados por medio de su madre y representante legal señora MARTA GUDELIA MORALES RODRIGUEZ hoy de MARTINEZ.-

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: Santa Ana, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del día catorce de marzo de dos mil cinco.- Dr. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Br. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA.

1 v. No. F006757

LICENCIADO RONY ALBERTO MURILLO LARA, Notario, de este domicilio, con despacho notarial ubicado en Sexta Calle Poniente, entre Cuarta y Sexta Avenida Norte, Número dieciocho, de esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída a las nueve horas del día veintiocho de mayo del presente año, se ha declarado a la señora BLANCA LIDIA MENDEZ DE MARTINEZ, heredera defi nitiva con benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción intestada ocurrida en el Cantón Cujucuyo, de la Jurisdicción de Texistepeque, departamento de Santa Ana, lugar de su último domicilio, el día once de octubre del año dos mil tres; dejó la señora ROSA LIDIA MENDEZ MENENDEZ, en su concepto de hija de la expresada causante, habiéndosele conferido la representación y administración defi nitiva de la referida sucesión.-

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.-

LIBRADO EN LA: Ciudad de Santa Ana, a las diez horas treinta minutos del día treinta del mes de mayo del año dos mil cinco.-

Lic. RONY ALBERTO MURILLO LARA,

NOTARIO.

1 v. No. F006758

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO: Al público para los efectos de ley,

AVISA: Que por resolución de este Tribunal de las nueve horas de este día, se ha declarado heredero abintestado y con benefi cio de inventario de la causante señora MARIA MARGARITA PERDOMO, fallecida el día seis de mayo del año dos mil dos, en el Barrio San Juan de esta ciudad, el lugar de su último domicilio, al señor JOSE ANTO-NIO PERDOMO, en su calidad de hijo de la referida causante, a quien se le confi ere defi nitivamente la administración y representación de la sucesión.

Juzgado Primero de lo Civil; Santa Ana a las nueve horas cuarenta minutos del día treinta de mayo del dos mil cinco. Lic. FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Lic. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETA-RIA.

1 v. No. F006759

Page 55: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

55DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las doce horas y cincuenta minutos del día veinticinco de mayo del corriente año, se ha declarado heredero, con benefi cio de inventario, de la herencia intestada dejada a su defunción, por la causante, señora DINA MAREILI BERGER DE BARRIERE conocida por DINA MA-REILI BERGER y por DINA BERGER, ocurrida el día once de abril de mil novecientos setenta y seis, en esta Ciudad, lugar de su último domicilio, al señor CARLOS ERNESTO BARRIERE BERGER, en su calidad de hijo de la causante, y además como cesionario de los derechos hereditarios que correspondían a los señores Manuel Ernesto Barriere Salazar y Manuel Alfredo Barriere Berger, el primero como cónyuge sobreviviente y el segundo como cesionario en parte, de los derechos hereditarios que correspondían al señor Barriere Salazar, en la calidad ya relacionada; y se ha conferido al heredero declarado, la administración y la representación defi nitivas de la sucesión.-

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las catorce horas veintitrés minutos del día tres de junio de dos mil cinco.- Lic. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. SANDRA ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, SECRETARIO.

1 v. No. F006765

JOSÉ ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE USULUTAN, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas con vein-ticinco minutos de este día, ha sido declarada Heredera defi nitiva y con benefi cio de inventario, en la Herencia intestada dejada a su defunción por el señor JOSÉ ADÁN PORTILLO, al fallecer el día veintiuno de abril de mil novecientos noventa y seis, en el Cantón El Paraisal de la Jurisdicción de Concepción Batres, siendo la ciudad de Concepción Batres, lugar que tuvo como su último domicilio; la señora Santa Zamora de Martínez, en su calidad de Hija del causante.- Confi érasele a la Heredera Declarada la Administración y Representación defi nitiva de la sucesión, con las facultades de Ley.-

Fíjese y publíquese el Edicto respectivo.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los dieciocho días del mes de mayo del año dos mil cinco. Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN H., SE-CRETARIA.

1 v. No. F006768

EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de ley,

AVISA: Que por resolución de las catorce horas y cinco minutos de este día, se ha declarado heredera defi nitiva, con benefi cio de inventario a MERCEDES ZAMORA, en calidad de madre del causante, señor,

ADAN ZAMORA PORTILLO, en la sucesión intestada que dejó al fallecer, el día quince de enero de mil novecientos ochenta y tres, en el Cantón El Paraisal, de la Jurisdicción de Concepción Batres, habiendo sido Concepción Batres su último domicilio.- Confi riéndosele a la he-redera declarada, la administración y representación defi nitiva de dicha sucesión con las facultades de ley.

LIBRADA EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los vein-ticinco días del mes de abril del año dos mil cinco.- enmendado ADAN ZAMORA PORTILLO. VALE.- Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.

1 v. No. F006769

LICENCIADO DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución dictada por este Juzgado, a las catorce horas diez minutos del día veintiséis de mayo del dos mil cinco. Se han declarado herederos defi nitivos abintestatos de los bienes dejados a su defunción por el señor IBAN ESCOBAR ESCOBAR quien falleció a las veintidós horas del día veinticuatro de de enero del corriente año, en el Barrio Concepción de esta ciudad, siendo éste su último domicilio, a los señores MARIA ELVA ESCOBAR DE ESCOBAR y TRANSITO ALFONSO ESCOBAR como padres del causante, así mismo a la menor IVANIA YANET ESCOBAR BARAHONA como hija del causante quien es representada legalmente por la misma señora YANET DEL CARMEN BARAHONA DE ESCOBAR. Confi éreseles a los herederos declarados la administración y representación defi nitiva de la sucesión.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de San Pedro Masahuat, a las diez horas y quince minutos del día diez de junio del dos mil cinco. Lic. DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. MARIA ELENA ARIAS LOPEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F006792

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este tribunal a las quince horas del siete de junio de dos mil cinco, se han declarado herederos defi nitivos con benefi cio de inventario a la señora CLAUDIA LIMA DE GONZALEZ, en su calidad de cónyuge sobreviviente, y a los menores JOSE LUIS y RAFAEL ANTONIO, ambos de apellidos GONZALEZ LIMA, de la herencia Intestada que dejó el causante señor

Page 56: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

JAIME JOSE GONZALEZ DUKE quien falleció el día catorce de enero de dos mil cinco; en esta ciudad, su último domicilio; Confi éresele a los herederos declarados la administración y representación defi nitivas de la sucesión, es de advertir que los menores JOSE LUIS y RAFAEL ANTONIO ambos GONZALEZ LIMA, ejercerán las anteriores facul-tades por medio de su Representante Legal, es decir su madre, la señora CLAUDIA LIMA DE GONZALEZ.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las ocho horas treinta y cuatro minutos del día diez de junio de dos mil cinco. Dr. DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL. Lic. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

1 v. No. F006794

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: que por resolución proveída este día a las ocho horas y veinte minutos, el señor CARLOS ARMANDO ORTIZ AGUILAR, ha sido declarado heredero defi nitivo, con benefi cio de inventario en la herencia testamentaria que dejó el señor BENITO ORTIZ, quien falleció el día siete de octubre de mil novecientos setenta y cuatro, en el Barrio de Honduras de esta ciudad, siendo ese lugar su último, en concepto de hijo y como heredero instituido del causante, se le ha conferido al heredero declarado la administración y representación defi nitivas de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los once días del mes de mayo de dos mil cinco. Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSA-LES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.

1 v. No. F006814

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que por resolución de las quince horas y cuarenta minutos del día seis del mes y año en curso, se DECLARARON DEFINITI-VAMENTE HEREDEROS con benefi cio de inventario, de la herencia testamentaria de los bienes que a su defunción dejó el causante señor DANIEL ANTONIO ALFARO, quien falleció a las seis horas del día diecisiete de enero de dos mil cinco, en la Colonia San Antonio, Calle Principal, número dieciocho, de esta Ciudad, siendo Mejicanos su últi-mo domicilio, a los señores ERNESTO ALFARO GARCIA, DANIEL ANTONIO ALFARO GARCIA, ANA ALFARO GARCIA y JAEL ALFARO GARCIA, en sus conceptos de herederos testamentarios del causante. Confi éreseles a los herederos declarados en el carácter antes indicado, la administración y representación defi nitivas de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las once horas y veinte minutos del día siete de junio de dos mil cinco. Lic. JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JORGE ALBERTO GONZALEZ MENDEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F006816

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Al público para efectos de ley que por resolución de este Juzgado de las nueve horas quince minutos del día veinticinco de mayo de dos mil cinco; se han DECLARADO HEREDERAS con Benefi cio de Inventario de la Herencia Intestada que a su defunción dejó el causante señor CARLOS ALBERTO JUARES conocido por CARLOS ALBERTO JUÁREZ y por CARLOS ALBETO JUÁREZ RODAS, fallecido en esta Ciudad lugar de su último domicilio, el día once de junio de dos mil cuatro, a las señoras ELENA JUAREZ CISNEROS y CLAUDIA MARGARITA JUAREZ JUAREZ, la primera en su calidad de cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a la señora ZOILA GERTRUDIS JUÁREZ TRUJILLO conocida por SOILA JUÁREZ en su calidad de madre del referido de cujus y la segunda en su calidad de hija del causante. Y se ha conferido a las herederas declaradas la administración y representación defi nitiva de la sucesión.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN SALVADOR, a las once horas treinta minutos del día treinta de mayo de dos mil cinco. Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS, SECRETARIA.

1 v. No. F006835

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a las ocho horas con diez minutos del día uno de junio de dos mil cinco, se ha DECLARADO HEREDERA ABINTESTATO con benefi cio de inventario a la señora MARIA ANTONIA MARTINEZ RAMIREZ o MARIA ANTONIA MARTINEZ; la expresada aceptante lo hace en calidad de HIJA de la causante EULALIA MARTINEZ, quien fue de setenta y ocho años de edad, Soltera, Ofi cios Domésticos, fallecida el día tres de abril de dos mil uno, siendo Metapán su último domicilio; en consecuencia se le confi ere a la heredera declarada la administración y representación DEFINITIVA de la sucesión.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las doce horas con treinta minutos del día siete de junio de dos mil cinco.- Lic. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

1 v. No. F006838

Page 57: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

57DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

LEON RAFAEL PINEDA SOL, Notario, de este domicilio, con ofi cinas situadas en Tercera Calle Poniente, Pasaje Los Pinos número ciento once, Colonia Escalón, San Salvador, al público para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las nueve horas del día trece de junio del año dos mil cinco, se ha declarado HEREDERO DEFINITIVO INTESTADO con benefi cio de inventario al señor ANTONIO BONET BORONAT en su concepto de hijo de la señora MARIA TERESA BORONAT SENDRA DE BONET conocida por MARIA TERESA BORONAT y por MARIA TERESA BORONAT DE BONET, quien falleció en esta ciudad, a las ocho horas treinta minutos del día veintiséis de septiembre del año dos mil cuatro, siendo esta Ciudad su último domicilio, habiéndosele conferido al he-redero declarado la Administración y Representación Defi nitiva de la Sucesión.

Librado en San Salvador, a los quince días del mes de junio del año dos mil cinco.

Dr. LEON RAFAEL PINEDA SOL,

NOTARIO.

1 v. No. F006846

JUAN MIGUEL PINEDA PEREZ, Notario de este domicilio,

AVISA: Que mediante resolución proveída a las doce horas del día trece de junio del presente año, en las diligencias de aceptación de herencia seguida ante los ofi cios del suscrito notario, en base a la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligen-cias, se han declarado heredera con benefi cio de inventario y conferido la administración y representación defi nitiva de la sucesión a la señora ESMERALDA DEL CARMEN GOMEZ, en su concepto de heredera de la causante señora HILDA DEL TRANSITO GOMEZ, conocida por HILDA DEL TRANSITO MENDIETA GOMEZ, en la herencia que a su defunción ocurrida en la carretera que conduce a San Pedro Nonualco, Jurisdicción de Santiago Nonualco, Departamento de La Paz, siendo esta ciudad su último domicilio, el día veintitrés de junio de mil novecientos noventa y ocho, dejó la señora Hilda del Tránsito Gómez, conocida por Hilda del Tránsito Medieta Gómez, de cuarenta años de edad, del domicilio de esta ciudad.

Lo que avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la ofi cina del suscrito notario, situado en Condominio Héroes Norte, Edifi cio A, local número 2-03, Boulevard de Los Héroes, en esta ciudad. San Salvador, a los trece días del mes de junio del año dos mil cinco.- Enmendado –ala-Vale.-

JUAN MIGUEL PINEDA PEREZ,

NOTARIO.

1 v. No. F006854

La Infrascrita Notario Licenciada DINORA GUADALUPE SAAVEDRA

MURCIA, del domicilio de Santa Tecla, departamento de La Libertad,

con ofi cina ubicada en Residencial Buena Vista I, Pasaje Diez, casa

“O-Diecinueve”, Santa Tecla, La Libertad;

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario proveída

en esta ciudad a las diecisiete horas cuarenta y cinco minutos del día trece

de junio de dos mil cinco, se ha declarado al señor Guillermo Armando

Castro, conocido por Guillermo Armando Castro Rosales HEREDERO

DEFINITIVO con BENEFICIO DE INVENTARIO de los bienes que

a su defunción dejara GUILLERMO ADOLFO CASTRO MIRANDA,

originario de San Salvador, quien falleció a las cuatro horas y treinta

minutos del día primero de enero de dos mil cinco, en Soyapango, de-

partamento de San Salvador, siendo su último domicilio la ciudad de

Mejicanos, departamento de San Salvador; en su calidad de padre del

causante, habiéndosele conferido la representación y administración

defi nitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en la Ofi cina Notarial, de la suscrita Notario. En la ciudad

de Santa Tecla, a los catorce días del mes de junio de dos mil cinco.

Lic. DINORA GUADALUPE SAAVEDRA MURCIA,

NOTARIO.

1 v. No. F006856

LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

AVISA: que por resolución emitida por este Juzgado, a las once

horas y quince minutos del día tres de este mes, se ha declarado defi -

nitivamente herederos abintestatos y con benefi cio de inventario de la

sucesión que a su defunción dejó la señora MARIA ELENA ARTIAGA

LOPEZ, conocida por MARIA ELENA ARTEAGA, quien falleció a las

trece horas y treinta y ocho minutos del día quince de Febrero del año

dos mil cinco en el Hospital Nacional Doctor Luis Edmundo Vásquez,

de esta ciudad, siendo esta ciudad de Chalatenango, su último domicilio;

a los señores EMORGELIA GUARDADO ARTEAGA, MIRNA GUAR-

DADO ARTEAGA, JOSE OVID GUARDADO ARTEAGA Y ADAN

GUARDADO ARTEAGA, en sus conceptos de hijos sobrevivientes de

la citada causante.-

Se confi ere a los herederos declarados la administración y repre-

sentación defi nitiva de la sucesión, en la calidad antes expresada.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Page 58: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chalatenango, a las

once horas y treinta minutos del día tres de Junio del dos mil cinco. Lic.

MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA. Lic. ANA EDITH PERAZA, SECRETARIA.

1 v. No. R000313

LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

AVISA: Que por resolución emitida por este Juzgado, a las doce horas

y cinco minutos del día tres de este mes, se ha declarado defi nitivamente

heredera abintestato y con benefi cio de inventario de la sucesión que a

su defunción dejó el señor JUAN ANTONIO MARTINEZ MENJIVAR,

quien falleció a las dieciséis horas del día veintiséis de Noviembre del

año de mil novecientos noventa y cinco, en el Núcleo uno, de Reubi-

cación, del Cantón Bartola, de esta jurisdicción, siendo esta ciudad de

Chalatenango, su último domicilio, a la señora FELIX LOPEZ VIUDA

DE MARTINEZ, en su concepto de cónyuge sobreviviente del citado

causante.

Se confi ere a la heredera declarada la administración y represen-

tación defi nitiva de la sucesión, en la calidad antes expresada.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chalatenango, a las

doce horas y veinte minutos del día tres de Junio de dos mil cinco. Lic.

MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA. Lic. ANA EDITH PERAZA, SECRETARIA.

1 v. No. R000314

LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

AVISA: Que por resolución emitida por este Juzgado, a las diez

horas y cuarenta y cinco minutos del día tres de este mes, se ha declarado

defi nitivamente heredera abintestato y con benefi cio de inventario de

la sucesión que a su defunción dejó el señor MARCIAL ORELLANA

HERNANDEZ, quien falleció a las quince horas con treinta minutos del

día veintinueve de Junio del año de mil novecientos noventa y cinco, en

el Núcleo uno, de Reubicación, del Cantón Bartolo, de esta jurisdicción,

siendo esta ciudad de Chalatenango, su último domicilio; a la señora

ALEJANDRA DOLORES BORJA, en su concepto de cónyuge sobre-

viviente del citado causante.

Se confi ere a la heredera declarada la administración y represen-tación defi nitiva de la sucesión, en la calidad antes expresada.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chalatenango, a las once horas y diez minutos del día tres de Junio del dos mil cinco. Lic. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. ANA EDITH PERAZA, SECRETARIA.

1 v. No. R000315

ARMANDO FRANCO SALES, Notario, de este domicilio, con ofi cina ubicada en Condominio Centro de Gobierno local Veintitrés Segundo nivel, entre Trece Calle Poniente y Séptima Avenida Norte, de esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída, a las nueve horas y veintidós minutos del día once de junio de dos mil cinco, se ha declarado a las señoras ANA VILMA PEREZ MORALES y MIRNA ALICIA PEREZ MORALES, herederas defi nitivas con benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción ocurrida en Municipio de La Libertad, departamento de La Libertad, el día trece de noviembre de mil novecientos noventa y uno, siendo La Libertad, departamento de La Libertad, su último domicilio, dejara la señora MARIA DOLORES PEREZ conocida por DOLORES PEREZ y por DOLORES PEREZ SALAZAR, en su concepto de madre de las aceptantes; habiéndoles conferido la administración y representación defi nitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en San Salvador, el día trece de junio de dos mil cinco.

Lic. ARMANDO FRANCO SALES,

NOTARIO.

1 v. No. R000320

DELIA MARINA AGUILAR VISCARRA, Notario, del domicilio de la Ciudad de La Unión, con ofi cina profesional ubicada en la Calle General Menéndez, Número uno-dos, Barrio El Centro de la Ciudad y Departamento de La Unión, al público en general,

HACE SABER: que por resolución pronunciada a las doce horas del día trece de Junio de dos mil cinco, se ha declarado a la señora

ROSA MARGARITA ÁLVAREZ, heredera Defi nitiva con benefi cio

de Inventario de los bienes que a su defunción dejara el señor EUFE-

Page 59: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

59DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

MIO GUZMÁN, quien fue de sesenta y tres años de edad, agricultor

en pequeño, originario de Nueva Esparta, de este Departamento y del

domicilio del Caserío El Nacimiento, Cantón Sirama, Departamento de

La Unión, a causa de insufi ciencia renal, sin asistencia médica, siendo

éste su último domicilio el día veintiuno de Enero de dos mil cinco, a la

señora ROSA MARGARITA ÁLVAREZ, en su calidad de Cesionaria

de los derechos que le correspondían a los señores Santos Julián Álva-

rez Guzmán, José Alfredo Álvarez Guzmán, Hilda del Carmen Álvarez

Guzmán y José Nelson Álvarez Guzmán, en la calidad de hijos del de

cujus; habiéndole concedido a la referida señora la REPRESENTACIÓN

Y ADMINISTRACIÓN DEFINITIVA DE LA REFERIDA SUCESIÓN

INTESTADA.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en la Ciudad de La Unión a los catorce días del mes de

Junio de dos mil cinco.

DELIA MARINA AGUILAR VISCARRA,

NOTARIO.

1 v. No. R000321

JOSÉ ORLANDO HERNANDEZ BUSTAMANTE, JUEZ DE PRIME-

RA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

AVISA: Que por resolución de este Juzgado, de las diez horas

y treinta y cinco minutos de este día, se ha declarado heredero defi ni-

tivo y con benefi cio de inventario al señor INOCENTE ZELAYA de

la herencia Intestada dejada a su defunción por el señor GERARDO

BERNAL GUZMAN, conocido por GERARDO GUZMÁN BERNAL y

por GERARDO GUZMAN BERNAL, quien falleció a las quince horas

treinta minutos del día veintinueve de mayo de mil novecientos noventa y

tres, en el Cantón Las Granadillas; de esta jurisdicción, siendo esta ciudad

su último domicilio, POR DERECHO DE TRANSMISION, que en la

referida herencia le correspondía al señor VICTOR MANUEL MULATO,

conocido por VICTOR MANUEL MULATO BERNAL, por ser hijo de la

señora MARCELINA MULATO conocida por MARCELINA MULATO

ROGEL y por MARCELINA MULATO DE BERNAL, quien falleció a

las once horas del día ocho de agosto de mil novecientos noventa y ocho,

en el Cantón Las Granadillas de esta jurisdicción, siendo esta ciudad

su último domicilio, tal como consta a folios 22, quien fue cónyuge del

causante GERARDO BERNAL GUZMAN, conocido por GERARDO

GUZMAN BERNAL y por GERARDO GUZMÁN BERNAL y según

escritura pública de cesión de derechos hereditarios, otorgada por el

señor Víctor Manuel Mulato, conocido por Víctor Manuel Mulato Bernal,

en la ciudad Aguilares a las dieciséis horas treinta y cinco minutos del

día cinco de octubre del año pasado, ante los ofi cios del Notario José

Guillermo Valle López, documento agregado a folios 45 y 46 el señor

Víctor Manuel Mulato, conocido por Víctor Manuel Mulato Bernal cedió

al aceptante, señor INOCENTE ZELAYA el derecho hereditario que le

correspondía. Confi érese al declarado heredero en el concepto indicado

la administración y representación defi nitivas de la indicada sucesión.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las

diez horas y cincuenta minutos del día tres de junio de dos mil cinco.

Lic. JOSE ORLANDO HERNANDEZ BUSTAMANTE, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA. Licdo. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES,

SECRETARIO.

1 v. No. R000322

MAURICIO ANTONIO COSME MERINO, Notario, del domicilio de

San Salvador, Departamento de San Salvador, con despacho Notarial

ubicado en Primera Avenida Sur Número Tres, Barrio El Calvario, de

la ciudad de Sensuntepeque, Cabañas,

HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, proveída

a las catorce horas del día veintiséis de enero del año dos mil cinco, se

han declarado a los señores MARIA EMILIA DEL CARMEN MORA-

LES DE MENDOZA, ANA DELMY MORALES DE ZAVALA o ANA

DELMY MORALES MEMBREÑO o ANA DELMY MEMBREÑO

MORALES, esta última actuando por sí y en nombre y representación

de sus tres hermanos señores JOSE BARTOLOME MEMBREÑO o

JOSE BARTOLOME MEMBREÑO BONILLA, JOSE ALEJANDRO

MORALES MEMBREÑO, JOSE ANGEL ALBERTO MORALES

MEMBREÑO, herederos defi nitivos con benefi cio de inventario de los

bienes que a su defunción ocurrida en el Hospital Médico Quirúrgico del

Instituto Salvadoreño del Seguro Social de San Salvador, Departamento

de San Salvador, siendo la Ciudad de Sensuntepeque su último domicilio,

el día siete de septiembre del año dos mil tres, dejara la señora MARIA

CRUZ MEMBREÑO VIUDA DE MORALES, en su concepto de hijos

sobrevivientes de la causante; habiéndole concedido la representación

y administración defi nitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en la Sensuntepeque, el día catorce de junio del año dos

mil cinco.

MAURICIO ANTONIO COSME MERINO,

NOTARIO.

1 v. No. R000330

Page 60: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

ACEPTACION DE HERENCIA

CESAR POMPILIO RAMOS LOPEZ, Notario, de este domicilio, con ofi cina ubicada en Sesenta y Siete Avenida Sur, Pasaje Dos, número veintiséis Colonia Escalón, en la Ciudad de San Salvador,

HACE SABER: Que por resolución de suscrito Notario, proveída a las diez horas del día treinta y uno de mayo del año dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción, ocurrida en esta ciudad el día veintiséis de abril del año dos mil cinco, dejó el señor MAURICIO ALBERTO DUQUE ALVARADO, de parte de la señora MARTA DEL CARMEN ALVARADO VIUDA DE DUQUE, en su concepto de madre del causante, habiéndose conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario, Cesar Pompilio Ramos López. En la Ciudad de San Salvador, a las once horas del día uno de junio del año dos mil cinco.

CESAR POMPILIO RAMOS LOPEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F006747

EL INFRASCRITO NOTARIO, con ofi cinas ubicadas en Final Boulevard Tutunichapa Edifi cio Villatoro Barriere, Tercera Planta San Salvador, AL PÚBLICO

HACE SABER para los efectos de ley: Que en el procedimiento de Jurisdicción Voluntaria de Aceptación de Herencia Testamentaria, seguidos ante mis ofi cios notariales, por los señores ELSIRA BEATRIZ GALVEZ DE BELTRÁN Y RENE AMILCAR GALVEZ REYES, se proveyó en esta ciudad a las catorce horas del día veintiocho de marzo del corriente año, la Resolución por la cual se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia testamentaria que a su defunción ocurrida en la ciudad de Ilopango, Departamento de San Salvador, el día dieciocho de diciembre de dos mil cuatro, dejara el señor JOEL GALVEZ conocido por JOEL GALVEZ LINARES, por HECTOR JOEL GALVEZ y por HECTOR JOEL GALVEZ LINARES, como únicos y universales herederos, tal y como lo dispusiera el causante en el testamento presentado habiéndosele conferido la administración y representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a dicha ofi cina notarial en el término de quince días, contados desde el día siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario GUISELA MARIA MOLINA RECINOS. En la ciudad de San Salvador, a las quince horas del día veintinueve de marzo de dos mil cinco.

GUISELA MARIA MOLINA RECINOS,

NOTARIO.

1 v. No. F006801

EL INFRASCRITO NOTARIO, con ofi cinas ubicadas en Final Boulevard Tutunichapa Edifi cio Villatoro Barriere, Tercera Planta San Salvador, AL PÚBLICO

HACE SABER para los efectos de ley: Que en el procedimiento de Jurisdicción Voluntaria de Aceptación de Herencia Testamentaria, seguidos ante mis ofi cios notariales, por las señoras MARIA DE LOS ANGELES FAGOAGA ARTIGA y MARTHA EUGENIA FAGOAGA ARTIGA, se proveyó en esta ciudad a las catorce horas y treinta minutos del día veintiocho de marzo del corriente año, la Resolución por la cual se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia testamentaria que a su defunción ocurrida en la ciudad de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, el día veintidós de enero de dos mil cinco, dejara la señora ROSA ELA ARTIGA HERNANDEZ, como únicos y universales herederas, tal y como lo dispusiera la causante en el testamento presentado habiéndosele conferido la administración y representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a dicha ofi cina notarial en el término de quince días, contados desde el día siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario GUISELA MARIA MOLINA RECINOS. En la ciudad de San Salvador, a las quince horas del día veintinueve de marzo de dos mil cinco.

GUISELA MARIA MOLINA RECINOS,

NOTARIO.

1 v. No. F006851

Licenciado DONALD AUGUSTO VALDIVIESO LOPEZ, Notario, del domicilio de la ciudad de Ahuachapán, con ofi cina en Segunda Avenida Sur y Primera Calle Poniente, de la ciudad de Ahuachapán,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída a las ocho horas del día diez de junio de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la Herencia intestada que a defunción ocurrida en el Cantón El Corozo, Jurisdicción

Page 61: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

61DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

de San Francisco Menéndez, del Departamento de Ahuachapán, el día veintisiete de Septiembre de mil novecientos noventa y siete, dejó el señor ARTURO ESCOBAR, de parte del señor JUAN PABLO ESCO-BAR CRUZ en su concepto de Padre del causante y como cesionario de los derechos Hereditarios en Abstracto, que le correspondían a las señoras LUZ DE MARIA AROCHE y DELFINA ESCALANTE, en su carácter de esposa, y madre respectivamente del causante; habiéndole conferido la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.-

Librado en la ofi cina del suscrito Notario Licenciado Donald Augusto Valdivieso López, a las diez horas del día once de junio de dos mil cinco.-

Lic. DONALD AUGUSTO VALDIVIESO LOPEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F006864

RAUL EDMUNDO MIRANDA, Notario, de este domicilio, con ofi cina en Edifi cio Niza, local doscientos doce, Primera Avenida Norte y Die-cinueve Calle Poniente, de esta Ciudad,

HACE SABER: Que por resolución proveída a las nueve horas del día seis de junio del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida en el Hospital de Emergencias y Diagnóstico, de esta ciudad, siendo su último domicilio San Salvador, el doce de enero del presente año, dejó la señora INES ALTAGRACIA MORALES DE DIAZ conocida por INES MORALES DE DIAZ, de parte de la señora TERESA DIAZ DE SARAVIA en calidad de Heredera y cesionaria de los derechos hereditarios de su padre, señor EDMUNDO DIAZ ORELLANA, en su concepto de hija de la causante INES ALTAGRACIA MORALES DE DIAZ conocida por INES MORALES DE DIAZ; habiéndosele confe-rido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en la ofi cina del Notario RAUL EDMUNDO MIRANDA.- San Salvador, siete de junio de dos mil cinco.

Lic. RAUL EDMUNDO MIRANDA,

NOTARIO.

1 v. No. R000311

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las diez horas y cuarenta minutos del día diecisiete de enero del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inven-tario, la herencia testamentaria, dejada a su defunción por el causante, señor JOSE MIGUEL ALFONSO GUILLEN VALLE, conocido por JOSE MIGUEL GUILLEN VALLE y por JOSE MIGUEL ALFONSO GUILLEN, ocurrida el día dieciséis de julio de mil novecientos noventa y siete, en el Hospital de Especialidades del Seguro Social, de la Ciudad de San Salvador, siendo esta Ciudad, el lugar de su último domicilio, de parte de los señores PEDRO ALFONSO GUILLEN CIENFUEGOS y ROBERTO ARMANDO GUILLEN CIENFUEGOS, en su carácter de herederos testamentarios del causante; y se ha conferido a los aceptantes, la administración y la representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las catorce horas cincuenta y un minutos del día veinticinco de enero de dos mil cinco. Enmendados-Juzgado-yacente-Valen. Lic. YOALMO ANTO-NIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. SANDRA ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006702-1

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las ocho horas y diez minutos del día dieciséis de marzo del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia testamentaria, dejada a su defunción por el causante, señor JOSE MIGUEL ALFONSO GUILLEN VALLE conocido por JOSE MIGUEL GUILLEN VALLE y por JOSE MIGUEL ALFONSO GUILLEN, ocurrida el día dieciséis de julio de mil novecientos noventa y siete, en el Hospital de Especialidades del Seguro Social, de la Ciudad de San Salvador, sien-do esta Ciudad, el lugar de su último domicilio, de parte de las señoras TOMASA CIENFUEGOS viuda de GUILLEN conocida por TOMASA CIENFUEGOS, JANETT REFUGIO GUILLEN DE MARTELL co-nocida por JANETT REFUGIO GUILLEN CIENFUEGOS y MARTA VIOLETA GUILLEN DE TALAVERA conocida por MARTHA VIO-LETA GUILLEN DE TALAVERA y por MARTA VIOLETA GUILLEN CIENFUEGOS, en calidad de herederas testamentarias del causante; y se ha conferido a las aceptantes, la administración y la representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, debiendo ejercerlas conjuntamente con los otros aceptantes, señores PEDRO ALFONSO GUILLEN CIENFUEGOS y ROBERTO ARMANDO GUILLEN CIENFUEGOS.-

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las once horas siete minutos del día siete de abril de dos mil cinco.- Lic. YOALMO AN-TONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. SANDRA ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006703-1

Page 62: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por resolución dictada en este Tribunal a las ocho horas con quince minutos del día cuatro de mayo de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada, que a su defunción ocurrida en la ciudad de San Salvador, siendo éste su último domicilio, el día veintiuno de mayo de dos mil cuatro, dejó LUIS EDUARDO MELENDEZ FLORES, de parte de la señora REYNA DE LA PAZ MELENDEZ DE JOVEL conocida por REYNA JOVEL; BLANCA MERCEDES MELENDEZ DE GONZALEZ conocida por BLANCA GONZALEZ; FRANCISCO JOSE MELENDEZ conocido por FRANCISCO JOSE MELENDEZ AVALOS; DAVID ORLANDO MELENDEZ VENTU-RA; CARLOS EDUARDO MELENDEZ AVALOS; LUIS ENRIQUE MELENDEZ AVALOS; LUIS EDUARDO MELENDEZ AZCUNAGA; MILAGRO DEL ROSARIO AZCUNAGA DE MELENDEZ conocida por MILAGRO DEL ROSARIO AZCUNAGA SANCHEZ y por MILAGRO AZCUNAGA y el menor JUAN ANTONIO MELENDEZ AZCUNAGA, los primeros siete y el menor en concepto de hijos y la octava en concepto de cónyuge sobreviviente del causante. Se ha conferido a los aceptantes la administración y representación INTERINA de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente, de-biendo el menor antes mencionados ejercer sus derechos a través de su representante legal señora MILAGRO DEL ROSARIO AZCUNAGA DE MELENDEZ conocida por MILAGRO DEL ROSARIO AZCUNAGA SANCHEZ y por MILAGRO AZCUNAGA.-

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las diez horas y diecisiete minutos, del día once de mayo de dos mil cinco.- Dr. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006739-1

CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.-

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las ocho horas y treinta minutos del día veintitrés de mayo del presente año, se ha tenido aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la sucesión intestada que a su defunción dejó la causante señora ANTONIA MENDEZ FLORES, conocida por ANTONIA MENDEZ, quien fue de sesenta y un años de edad, de ofi cios domésticos, soltera, de nacionali-dad salvadoreña, originaria de Olocuilta, Departamento de La Paz, hija de Pedro Méndez y Teresa Flores, quien falleció el día tres de junio de dos mil, siendo su último domicilio Ilopango; de parte de los señores TRINIDAD DEL CARMEN MENDEZ, y JOSE MARIO RAMIREZ MENDEZ; la primera, de cincuenta y seis años de edad, ama de casa, del domicilio de Ciudad Delgado; y el segundo, de cincuenta y dos años de edad, empleado, del domicilio de San Salvador, ambos en su calidad de hijos de la causante, y como cesionarios de los derechos hereditarios que le correspondían a la señora MARTA ALICIA CHICAS MENDEZ, en su calidad de hija de la causante.

Confi érase a los aceptantes la administración y representación INTERINA de la sucesión intestada con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Cítense a los que se crean con derecho a la sucesión intestada para que dentro del término de quince días subsiguientes al de la publicación del aviso respectivo, se presenten a este Tribunal a deducir sus derechos.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las diez horas del día veinticuatro de mayo de dos mil cinco.- Lic. CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006743-1

RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA; AL PUBLICO,

HACE SABER: Que por resolución proveída en este Tribunal a las diez horas y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de la señora RO-CIO IDALIA VILLAGRAN DE CHAVEZ y menores ALESSANDRO ALBERTO y MARCO RODRIGO ambos de apellidos CHAVEZ VI-LLAGRAN, éstos representados legalmente por la primera nombrada, la sucesión intestada que a su defunción dejó el causante señor SAMUEL ALBERTO CHAVEZ MENENDEZ quien fue de veintiocho años de edad, Estudiante, fallecido el día treinta de mayo de dos mil cuatro, en el Barrio San Sebastián de esta ciudad, lugar de su último domicilio.-

La señora ROCIO IDALIA VILLAGRAN DE CHAVEZ es cón-yuge sobreviviente del referido causante, y los menores ALESSANDRO ALBERTO y MARCO RODRIGO ambos de apellidos CHAVEZ VI-LLAGRAN, son hijos del de cujus; y en ese carácter se les confi ere la administración y representación INTERINA de esta sucesión, con las facultades y restricciones de ley, la cual ejercerán dichos menores por medio de su Representante Legal señora ROCIO IDALIA VILLAGRAN DE CHAVEZ, madre de los mismos.-

Lo anterior se hace del conocimiento del público para que todo aquel que se considere con derecho a esta sucesión, se apersone a este Tribuna a manifestarlo, con la documentación legal correspondiente, dentro de los quince días subsiguientes a la tercera publicación de este edicto.-

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: Santa Ana, a las diez horas y veinte minutos del día diez de febrero de dos mil cinco.- Dr. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Br. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006760-1

Page 63: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

63DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.-

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas del día seis de junio del año dos mil cinco, se ha tenido por aceptada con benefi cio de Inventario de la Herencia Intestada, que a su defunción dejó el señor SANTOS LEONARDO QUINTANILLA conocido por LEONARDO QUINTANILLA, quien falleció a las seis horas del día veintiséis de septiembre del año dos mil tres, en el Hospital San Juan de Dios de esta ciudad de San Miguel; siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio; de parte al señor DOMINGO EMILIO HERNANDEZ QUINTANILLA, en calidad de hijo del causante; y se le ha conferido al aceptante declarado en el carácter indicado, la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.-

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a las ocho horas y veinte minutos del día seis de junio del año dos mil cinco.- Lic. EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Lic. GUSTAVO ADOLFO BENITEZ ORELLANA, SECRETARIO INTERINO.

3 v. alt. No. F006766-1

LICENCIADO DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución emitida por este Tribunal, a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del día veintitrés de Mayo de dos mil cinco; se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada a su defunción por el señor FRANCISCO MIRANDA CANALES, quien falleció el día dieciocho de Enero del año dos mil dos, en el Barrio El Centro, calle al cantón La Palma jurisdicción de Tapalhuaca, de este Distrito Judicial, siendo éste su último domicilio, a consecuencia de MEDULA OSEA; de parte del señor SERAFIN HERNANDEZ MIRANDA, en el concepto de HIJO DEL CAUSANTE. Confi riéndose al aceptante, la administración y re-presentación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente

Lo que se hace saber al público, para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de San Pedro Masahuat, a las nueve horas y veinte minutos del día treinta y uno de Mayo de dos mil cinco. Lic. DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. MARIA ELENA ARIAS LOPEZ, SECRETA-RIO.

3 v. alt. No. F006795-1

LICENCIADO DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL

HACE SABER: Que por resolución emitida por este Tribunal, a las doce horas y cuarenta y cinco minutos del día tres de Junio de dos mil cinco; se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada a su defunción por el señor MEDARDO CORTEZ conocido por MEDARDO CORTEZ FLORES, quien falleció el día veintinueve de Junio del año de mil novecientos ochenta y seis, en el cantón El Porvenir de esta jurisdicción, siendo éste su último domicilio, a consecuencia de LESIONES PRODUCIDAS

CON ARMA CORTO-PUNZANTE (CORVO); de parte de la señora MARIA JULIA HERNANDEZ LOVO, en el concepto de ESPOSA SOBREVIVIENTE. Confi riéndose a la aceptante, la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se hace saber al público, para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de San Pedro Masahuat, a las doce horas y veinticinco minutos del día siete de Junio de dos mil cinco. Lic. DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA.- Licda. MARIA ELENA ARIAS LOPEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006797-1

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE SUCHITOTO, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este tribunal a las doce horas y cincuenta y cinco minutos del día nueve del presente mes y año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de los bienes intestados que a su defunción dejara el señor MONICO MENDOZA PEREZ, quien falleció el día cuatro de febrero de mil novecientos ochenta y uno, en el Cantón Tenango de esta jurisdic-ción, siendo éste su último domicilio; de parte del señor JOSE PEDRO MENDOZA MEDRANO, actuando en su concepto de hijo sobreviviente de dicho causante.

Se le ha conferido al aceptante la administración y representación interina de los bienes sucesorales con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, se citan a todas las personas que se crean con derecho a la herencia antes mencionada para que se presenten a este tribunal a deducirlo en el término de quince días contados a partir desde el día siguiente a la tercera publicación del presente edicto.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Suchitoto, a las trece horas y diez minutos del día nueve de junio del dos mil cinco. Lic. OSWALDO DAGOBERTO ARGUETA FUNES, JUEZ DE PRIME-RA INSTANCIA.- Licda. JUANA DE JESUS FIGUEROA COCA, SECRETARIA.-

3 v. alt. No. F006818-1

CARLOS WILFREDO GARCÍA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las nueve horas y cuarenta y cuatro minutos del día uno de Junio del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la sucesión intestada que a su defunción dejó el señor JOSE BARTOLOMÉ MARTINEZ o JOSE BARTOLOME MARTINEZ POR-TILLO, quien fue de sesenta y seis años de edad, soltero, fi larmónico, originario de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel y de este domicilio, de nacionalidad salvadoreña, hijo de hijo de José Nicolás Martínez Amaya ó Nicolás Martínez y Onecífora Portillo conocida por Onocífera Portillo, y por Sinforosa Portillo de Martínez, quien falleció el día veintidós de Julio de dos mil; de parte de MARIA SANTANA SORIANO conocida por ANA MARÍA SORIANO, en su calidad de cesionaria de los derechos hereditarios que como hijos del causante le correspondían a los señores HUGO MARTÍNEZ SORIANO y BERTHA ELIZABETH MARTÍNEZ SORIANO.

Se ha conferido a la aceptante la representación y administración INTERINA de la herencia intestada, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Page 64: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

Cítase a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Tribunal dentro de los quince días subsiguientes después de la última publicación de este Edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las diez horas y cuarenta y nueve minutos del día dos de Junio de dos mil cinco. Lic. CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006828-1

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley.

HACE SABER: que por resolución de las once horas y cinco mi-nutos del día uno de este mes, se ha tenido por aceptada expresamente, y con benefi cio de inventario la herencia intestada que dejó la señora LUZ RODRIGUEZ DE MERLOS o MARIA LUZ RODRIGUEZ o LUZ RODRIGUEZ, quien falleció el día diecinueve de marzo de mil novecientos ochenta y tres, en el Hospital Santa Teresa de esta ciudad, habiendo tenido Santiago Nonualco su último domicilio, por parte de la señora MARIA ISABEL MERLOS, en concepto de hija de la causante, y como cesionaria de los derechos hereditarios que en la misma sucesión le correspondían a los señores JOSE BENITO MERLOS, ANTONIA MERLOS, JUANA MERLOS RODRIGUEZ, hijos de la misma fi nada; y se ha nombrado a la aceptante, en el concepto dicho, administradora y representante interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, doce de mayo del año dos mil cinco. Enmendado: MERLOS-Vale.- Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006836-1

DOCTOR DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado proveída a las nueve horas con treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor EUGENIO ESCOBAR, quien fue de setenta y seis años de edad, jornalero, soltero, hijo de Elena Escobar, originario de Agua Caliente, Departamento de Chalatenango, falleció a las catorce horas del día dieciocho de febrero de mil novecientos noventa y dos, siendo su último domicilio el Municipio de Nueva Concepción, Departamento de Chalatenango, por parte de la señora FRANCISCA ESCOBAR en concepto de hermana del causante. Confi érese a la aceptante la admi-nistración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones legales que les corresponde a los curadores de la herencia yacente.

Fíjense y publíquense los edictos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Tejutla, Departamento de Chalatenango, a los diecinueve días del mes de abril del dos mil cinco. Dr. DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRI-MERA INSTANCIA.- Licda. ERLINDA GUADALUPE GUERRERO DE JIMENEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006847-1

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE SUCHITOTO. AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este tribunal a las ocho horas y cinco minutos del día siete, del presente mes y año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de los bienes intestados que a su defunción dejara el señor IGNACIO DE JESUS ESCOBAR O IGNACIO ESCOBAR, quien falleció el día veinticuatro de septiembre de mil novecientos ochenta y uno, en el Barrio La Cruz de esta ciudad, siendo éste su último domicilio; de parte de al señora ESTEBANA DE JESUS GUZMAN VIUDA DE ESCOBAR, actuando en su concepto de cónyuge sobreviviente y como cesionaria de los derechos hereditarios que en dicha sucesión les correspondía a los señores: CARLOS CORNELIO DE JESUS ESCOBAR GUZMAN, JULIA ISABEL ESCOBAR DE FLORES, MARIA CLARA LUZ ESCO-BAR GUZMAN, MARINA NOEMI DE JESUS ESCOBAR DE MEJIA y ELENA DE JESUS ESCOBAR GUZMAN, todos en su concepto de hijos del referido causante.

Se le ha conferido a la aceptante la administración y representación interina de los bienes sucesorales con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, se citan a todas las personas que se crean con derecho a la herencia antes mencionada para que se presenten a este tribunal a deducirlo en el término de quince días contados a partir desde el día siguiente a la tercera publicación del presente edicto.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Suchitoto, a las nueve horas y dieciocho minutos del día ocho de junio del dos mil cinco. Lic. OSWALDO DAGOBERTO ARGUETA FUNES, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. JUANA DE JESUS FIGUEROA COCA, SECRE-TARIO.

3 v. alt. No. R000309-1

ULISES MENJIVAR ESCALANTE, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO.

HACE SABER: Que mediante resolución proveída por este Tri-bunal a las nueve horas y siete minutos del día trece de Junio del año dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la causante VILMA ESTELA QUIJADA DERAS, conocida por VILMA ESTELA DERAS y por VILMA ESTELA DERAS DE OSORIO, quien falleció a las veintitrés horas y cincuenta y cinco minutos del día diez de Marzo de mil novecientos noventa y ocho, en Melchor de Mencos, Peten, de la República de Guatemala, siendo su último domicilio la población de San Rafael, Departamento de Chalatenango; de parte de la señora YESENIA CAROLINA OSORIO DERAS, en el concepto de hija de la causante y cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores ROSENDA DERAS CARDOZA, conocida por ROSENDA DERAS, y JUAN FRANCISCO QUIJADA GUTIERREZ, conocido por JUAN QUIJADA en calidad de padres legítimos de la causante.- Habiéndosele conferido a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en el término legal se presenten a este Tribunal a hacer uso de su derecho.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Dulce Nombre de María, Departamento de Chalatenango, a los trece días del mes de Ju-nio del año dos mil cinco.-Lic. ULISES MENJIVAR ESCALANTE, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- OSCAR IMERY HERNANDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. R000316-1

Page 65: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

65DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

DOCTOR DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado proveída a las once horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JOSE MANUEL MELGAR MENJIVAR, quien fue de treinta y seis años de edad, soltero, agricultor en pequeño, falleció a las diez horas del día ocho de septiembre de mil novecientos noventa y seis, en el Barrio El Calvario de Nueva Concepción, Departamento de Chalatenango, lugar de su último domicilio, siendo originario de San Isidro Labrador de este Departamento, por parte de la señora MARIA MARGARITA BELTRAN MENDEZ, en el carácter de cesionaria de los derechos hereditarios que le corresponden a los señores María Jesús Menjívar de Melgar y José Rubén Melgar, en calidad de padres legítimos del causante. Confi érese a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones legales que les corresponden a los curadores de la herencia yacente.

Fíjense y publíquense los edictos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de Tejutla, Departamento de Chalatenango, a los dos días del mes de junio del dos mil cinco. Dr. DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. ERLINDA GUADALUPE GUERRERO DE JIMENEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. R000317-1

LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, este mismo día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia INTESTADA que a su defunción ocurrida el día once de julio del año dos mil tres, en el Cantón El Portezuelo de esta jurisdicción, siendo el Barrio San Juan de esta ciudad, el lugar de su último domicilio, dejó el señor JOSÉ ROBERTO ALVARADO GOMEZ de parte de SANDRA FRANCISCA YAQUE DE ALVARADO ahora viuda DE ALVARADO, y los menores JOSÉ MAURICIO y SOFIA GUADALUPE ambos de apellidos ALVARADO YAQUE, la primera como cónyuge sobreviviente y los otros dos como hijos del causante antes referido; confi riéndoseles INTERINAMENTE la administración y representación de la sucesión expresada, con las facultades y restricciones de ley. A los referidos menores por medio de su madre y representante legal Sra. SANDRA FRANCISCA YAQUE DE ALVARADO ahora viuda DE ALVARADO.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Tribunal, en el término de Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa Ana, a las doce horas cincuenta minutos del día doce de mayo del año dos mil cinco. Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. Licda. MARISOL DEL CARMEN LEMUS DE GARCIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. R000327-1

LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, este mismo día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de in-ventario la herencia INTESTADA que a su defunción ocurrida el día nueve de septiembre del año dos mil uno, en el Hospital San Rafael de Nueva San Salvador hoy Santa Tecla, siendo la ciudad de Santa Ana, el lugar de su último domicilio, dejó el señor SANTOS ADALBERTO MELENDEZ ÁLVAREZ conocido por JAIME ADALBERTO MELENDEZ de parte de DORA HAYDE REYES VIUDA DE MELENDEZ, en calidad de cónyuge sobreviviente del causante antes referido; confi riéndosele INTERINAMENTE la administración y representación de la sucesión expresada, con las facultades y restricciones de ley.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Tribunal, en el término de Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa Ana, a las catorce horas cincuenta minutos del día tres de junio del año dos mil cinco. Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. Licda. MARISOL DEL CARMEN LEMUS DE GARCIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. R000328-1

ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil, de este Distrito Judicial, al Público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de les once horas del día siete de Junio del corriente año, se tuvo por aceptada expresamente y con bene-fi cio de inventario, la herencia intestada que al fallecer a las nueve horas y treinta minutos del día veinticuatro de Diciembre de mil novecientos noventa y seis, en el Barrio El Centro de la ciudad de Anamorós, siendo éste su último domicilio, dejara el causante Eustaquio Reyes Ventura, conocido por Eustaquio Reyes, al señor Alexis Danilo Reyes Villatoro, en concepto de cesionario del derecho hereditario que le correspondía a los señores Santos Arístides Reyes Lazo, conocido por Santos Arístides Reyes, Paula Reyes Lazo, conocida por Paula Reyes, Digna Emérita Reyes Lazo, conocido por Digna Emérita Reyes de Zelada, Julia Amparo Reyes Lazo, María Magdalea Reyes, conocida por María Magdalena Reyes Lazo, y Maura Yolanda Reyes, conocida por Maura Yolanda Reyes Lazo, en concepto de hijos del referido causante. Se le confi rió al aceptante en mención la administración y representación interina de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, a los diez días del mes de Junio del dos mil cinco. Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SRIO.

3 v. alt. No. R000331-1

Page 66: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las once horas y quince minutos del día diecisiete de los corrientes; se tuvo por aceptada expresamente, y con benefi cio de inventario, de la herencia intestada que al fallecer CARLOS CRUZ FUENTES, conocido por CARLOS CRUZ, a las ocho horas y veinte minutos del día veinte de diciembre de mil novecientos noventa, en el Centro de Salud de esta Ciudad, siendo el lugar de su último domicilio la ciudad de Santa Rosa de Lima, dejó el causante antes relacionado, a favor de la señora BARTOLA REYES DE CRUZ HOY VIUDA DE CRUZ, en concepto de cónyuge del expresado causante y como cesionaria del derecho que le corresponde a Juana Francisca Cruz, en su calidad de madre del causante, no así del señor Miguel Ángel Fuentes, por no tener vocación sucesoral, tal como aparece de la certifi cación de la partida de nacimiento del causante Carlos Cruz, de fs., 28, las señoras Reina Isabel Cruz y Juana Francisca Cruz Reyes, como hijas del causante antes relacionado. En consecuencia, se le confi rió a la aceptante, en el carácter dicho, la administración y representación interina de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de Lo Civil de Santa Rosa de Lima, departa-mento de La Unión, a los veintitrés días de mayo de dos mil cinco. Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. R000332-1

EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que por resolución de las Catorce horas con Quince minu-tos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la Herencia intestada dejada a su defunción por la señora María Leonor Garay Lizama, al fallecer el día diez de Septiembre de mil novecientos noventa y tres, en el Cantón El Maculis de la Jurisdicción de Ereguayquín siendo la ciudad de Ereguayquín, lugar que tuvo como su último domicilio; De parte de los señores Raúl Jiménez Garay, José Inés Jiménez Garay, conocido por José Inés Jiménez, José Elías Jiménez Garay, todos en su calidad de hijos, Conjuntamente con el señor Marcial Jiménez, conocida por José Marcial Jiménez Garay también en su calidad de Hijo de la misma causante.

Confi érasele a los aceptantes antes dichos, la Administración y Representación interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Fíjense y Publíquense los Edictos respectivos, citando a los que se crean con Derecho a la Herencia, para que se presenten a deducirlo en el término de Quince días contados a partir de tercera publicación de Edicto respectivo en el Diario Ofi cial.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los catorce días del mes de Enero del año dos mil cinco. Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN H., SE-CRETARIA.

3 v. alt. No. R000341-1

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las once horas y quince minutos de este mismo día; se ha tenido por repudiado el derecho que les corresponde a las señoras REINA LISETH ROSALES DE MORALES, Y FELICITA GARCÍA AHORA DE ROSALES; y el señor CARLOS ROSALES HURTADO O CARLOS ROSALES, la primera en su calidad de hija y los dos últimos en calidad de padres del causante MARCO TULIO ROSALES GARCIA o MARCO TULIO ROSALES. Y tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada de los bienes que a su defunción dejó el causante MARCO TULIO ROSALES GARCÍA o MARCO TULIO ROSALES, ocurrida el día veintisiete de enero del año dos mil dos, en el Hospital Medico Quirúrgico del Instituto Salvadoreño del Seguro Social, siendo su último domicilio Santa Cruz Analquito de este Departamento, de parte de la señora PAULA GARCÍA AHORA VIUDA DE ROSALES, conocida por MARIA PAZ GARCIA en calidad de cónyuge sobrevi-viente del referido causante.- Habiéndosele conferido a la aceptante, la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en el término legal se presenten a este Tribunal, a hacer uso de sus dere-chos.

Librado en el Juzgado de lo Civil; Cojutepeque, a las once horas y cuarenta minutos del día dieciocho de abril del año dos mil cinco. Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JOSÉ ORLANDO BELTRÁN MEJIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. R000343-1

TITULOS DE PROPIEDAD

La Infrascrito Alcaldesa Municipal,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARTIN PLATERO AVALOS, de cincuenta y siete años de edad, Jornalero, de este domicilio y con Documento Único de Identidad Número cero cero quinientos sesenta y siete mil setecientos treinta y dos - tres, solicitando se extienda a su nombre Título de Propiedad de un Terreno de Naturaleza Rústica, con construcción de una casa sistema mixto, de CUATROCIEN-TOS OCHENTA Y SIETE PUNTO NOVENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS DE EXTENSION SUPERFICIAL, situado en el Cantón San José Abajo de esta jurisdicción, mide y linda: AL NORTE: Veintiuno punto setenta y cinco metros, linda con propiedad de Dionisio Alegaría, pero según fi cha Catastral termina en vértice; AL ORIENTE: en seis punto setenta y seis metros; con terreno de Florencio Córdova; calle de por medio que conduce a Comalapa, según Ficha Catastral con terreno de Alfredo Romero Carrillo; AL SUR: en veintidós punto sesenta y cinco metros, con propiedad de Carmen Platero de Valladares y AL PONIENTE: en cinco punto cero ocho metros; con terrenos del Minis-terio de Educación, donde funciona el Centro Escolar “Cantón San José Abajo”. Los colindantes son todos de este domicilio. Inmueble lo valora en TRES MIL CUATROCIENTOS DOLARES ESTADOUNIDENSES. Lo adquirió por compra al señor Florentino Platero Rivas conocido por Florentino Platero, ya fallecido, por medio de Escritura Pública celebra-da en San Salvador, el ocho de septiembre de mil novecientos ochenta y tres, ante los ofi cios del Notario Juan Carlos Castellón Murcia. Lo posee de manera quieta, pacífi ca e ininterrumpida por más de treinta

Page 67: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

67DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

años consecutivos, al sumar la posesión suya con la de su antecesor. No tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia, sin proindivisión con nadie. No es sirviente, si dominante, porque al rumbo Oriente hay una servidumbre de tránsito a favor de esta porción, de cinco metros de largo por cuatro de ancho sobre la propiedad de Carmen Platero Avalos de Valladares.

Se avisa para efectos de Ley.

ALCALDIA MUNICIPAL: SANTIAGO NONUALCO, a dieciocho de noviembre de dos mil cuatro. MARVIN MORENA MARTELL DE CANALES, ALCALDESA MUNICIPAL. ELIAS BARAHONA LOVO, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F006742-1

OSCAR OVIDIO GARCIA CRUZ, Notario, de este domicilio y del de San Salvador, al público,

HACE SABER: Que a mi ofi cina profesional ubicada en kilómetro CINCUENTA Y SEIS Y MEDIO carretera Literal, costado Norte de la Parada de buses de la Despensa de Don Juan, de esta ciudad, se ha presentado el señor ALEJANDRO AZUCENA, sesenta y cuatro años de edad, jornalero, de este domicilio, a quien conozco e identifi co por medio de su Documento Único de Identidad Número cero cero cincuenta y uno veinticinco veintiocho-siete, y con Documento Único de Identidad Número cero ochocientos veintiuno-cero diez mil ciento cuarenta-ciento cuatro-dos, solicitando Título de Propiedad de un inmueble de naturaleza urbano situado en el barrio San Sebastián de esta ciudad, compuesto de CIENTO VEINTIOCHO PUNTO OCHO METROS CUADRADOS de extensión superfi cial, de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE, línea recta de seis metros treinta y cuatro centímetros, en la realidad seis metros, con lo que fue de Juan Sánchez hoy de Presentación Guardado y Carmen Guadrón; AL ORIENTE, línea recta de veintitrés metros, con resto del inmueble del cual se segregó el que se describe; AL SUR, línea recta de cuatro metros ochenta y seis centímetros, en la realidad seis metros, calle de por medio con Leonso Sánchez, hoy de Matea Corcios y Juana Flores; Y AL PONIENTE, línea recta de veintitrés metros, con resto del inmueble general de donde se desmembró el que se describe, existe construida una casita techo de tejas paredes de bahareque de un área de VEINTICUATRO METROS CUADRADOS, el inmueble lo obtuvo por compra que hizo a la señora RITA AZUCENA, que la posesión que tiene el solicitante unida con la de su antecesora resulta ser por más de treinta años consecutivos e interrumpidos.- Que el terreno lo valora en la cantidad de DIEZ MIL COLONES.

Lo hace del conocimiento del público para los efectos legales correspondientes.

Librado en la ofi cina notarial: Zacatecoluca, a veintiséis de julio del dos mil cuatro.

OSCAR OVIDIO GARCIA CRUZ,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F006861-1

TITULOS SUPLETORIOS

ANDRES SORIANO NAVIDAD, NOTARIO, del domicilio de San Salvador, con Ofi cina Jurídica, situada en Treinta y Tres Calle Oriente, Número Trescientos Trece, Colonia La Rábida, de esta ciudad, al público para los efectos de ley,

AVISA: Que a su ofi cina jurídica se ha presentado el señor SE-CUNDINO MIRANDA SANTOS, de ochenta y cuatro años de edad, Jornalero, del domicilio de Panchimalco, solicitando TITULO SUPLE-TORIO, sobre un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón Santa Lucía de Los Palones, jurisdicción de Panchimalco, Departamento de San Salvador, de la extensión superfi cial de ONCE MIL QUINIEN-TOS CINCUENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE, en nueve tiros rectos así, el pri-mero con ligera inclinación al sur, mide sesenta y seis metros cincuenta centímetros, linda con terrenos de José Antonio Vásquez, el segundo con inclinación completa hacia el sur, mide cincuenta y cinco metros, y linda con terrenos de Onofre Ramírez, hoy de Maclovio Ramírez, el tercero con inclinación al poniente, mide siete metros, el cuarto con inclinación hacia el sur, mide treinta y cinco metros, el quinto con inclinación al oriente, mide diecisiete metros, lindando en estos tres tiros con terrenos de José Contreras, el sexto con inclinación al sur mide cinco metros, el séptimo con inclinación al oriente mide treinta metros, el octavo con inclinación al norte, mide diecinueve metros, lindando en estos tres tiros con terrenos de Santiago Valencia, hoy de José Contreras, y el noveno con inclinación hacia el oriente, mide cuarenta y nueve metros y colinda con terrenos de Onofres Ramírez, hoy de José Contreras; AL ORIENTE, con dirección hacia el sur mide treinta y un metros cuarenta centímetros, y colinda con terrenos de Francisco Eduardo Martínez Pérez, Eustaquia Carrillo Martínez, Onofre Ramírez Santos y Domingo Jorge, calle vecinal que conduce a los Cantones Pajonales y Panchimalquito de por medio; AL SUR, con dirección al poniente en línea de dos tiros, el primero con curva hacia el sur, mide ciento cuarenta metros, lindando con terrenos de Eustaquia Carrillo, y el segundo tiro también ligeramente curvo hacia el poniente mide ochenta y tres metros, lindando con terrenos de Joaquín Meléndez, hoy por todo el rumbo sur colinda con terrenos de la señora Marta Lilian Meléndez Cortez; y AL PONIENTE, en dos tiros, el primero en línea sinuosa de cuarenta metros setenta centímetros, colinda con terrenos de Macario Santos, y el segundo también en línea sinuosa de ciento treinta y tres metros, colinda con terrenos de Pedro Rivas, hoy de Joaquín Mario Vásquez Ortíz, de Miguel Angel Fortín Magaña, y María Elisa Leiva de Fortín Magaña, por todo el rumbo poniente. Este terreno no tiene nombre alguno determinado, y lo adquirió por compra hecha al señor BRAULIO CARRILLO, el día quince de Septiembre de mil novecientos setenta y cinco. No está en proindivisión, ni es dominante ni sirviente, y no soporta ninguna carga ni derecho real, y que no es inscribible por carecer de antecedente inscrito.

San Salvador, a los quince días del mes de Junio del año dos mil cinco.

Dr. ANDRES SORIANO NAVIDAD,

NOTARIO.

1 v. No. F006771

Page 68: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

EL INFRANSCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA, del Distrito Judicial de San Francisco Gotera; Al Público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado, el Licenciado José Otoniel Zelaya Henríquez, como Apoderado General Judicial del señor CARLOS RENE CHICA AMAYA, a solicitar a su favor, TITU-LO SUPLETORIO, sobre un terreno de naturaleza rústica, ubicado en el Cantón Agua Zarca, Caserío Pueblo Viejo, Jurisdicción de Osicala, Departamento de Morazán, de la capacidad superfi cial de CUATROCIEN-TOS VEINTISEIS METROS CON VEINTICINCO CENTIMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: veinticinco metros, linda con terreno del señor Otoniel Alexander Ro-mero, cerco de alambre y piedra del colindante; AL NORTE: veintitrés metros, linda con terreno de Otoniel Alexander Romero, cerco de alambre; AL SUR: ocho metros, linda con terreno del señor Otoniel Alexander Romero, calle vieja de por medio; Y AL PONIENTE: tres tramos de: el Primero, once metros; el segundo, siete metros y el tercero doce metros, linda con terreno de los señores Lucinia Gómez Vásquez y de José Norberto Gómez, calle vieja de por medio. Existe en el inmueble descrito construida una casa de habitación de bloque y techo de teja; Y lo adquirió por compraventa de Posesión Material que hizo al señor Aquilino Méndez Díaz.- Se estima el inmueble descrito en el precio de DIEZ MIL COLONES.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las diez horas del día diecisiete de Mayo del dos mil cinco. Licdo. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2º. DE 1ª. INSTANCIA. Br. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA INTERINA.

3 v. alt. No. F006748-1

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que la señora MARIA ELSY RUBIO, de treinta y cinco años de edad, de ofi cioso domésticos, del domicilio de Tecoluca de este Departamento, solicita Título Supletorio de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón San Carlos Lempa, jurisdicción de Tecoluca, de este Departamento, de la extensión superfi cial de SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS, de las medidas y linde-ros especiales siguientes: AL NORTE, línea recta, mide treinta y cuatro metros cincuenta centímetros y linda calle de por medio, con terreno propiedad de Eugenia María Tobías; AL ORIENTE, línea recta, mide veintitrés metros con setenta y cinco centímetros y linda con terreno de José Montano; AL SUR, línea recta mide treinta metros cincuenta centímetros y linda con terreno de Plantina Martínez de Bolaños; y AL PONIENTE, línea recta, mide veintidós metros cincuenta centímetros y linda calle de por medio, con terreno de Eutelia Echeverría Elena Alemán y lo valúa en la suma de UN MIL SETECIENTOS CATORCE DOLARES CON VEINTIOCHO CENTAVOS DE DÓLAR.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los diecisiete días del mes de Mayo del año dos mil cinco. Dra. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006764-1

Lic. Angel Albino Alvarenga, Juez de lo Civil, de este Distrito Judicial, al Público para los efectos de ley,

HACE SABER; Que a este Juzgado se han presentado los señores TITO ANTONIO MALDONADO MALDONADO, de cincuenta y tres años de edad, agricultor, del domicilio de Nueva Esparta; y señora:

ERLINDA AGUILAR DE MALDONADO, de cuarenta y cinco años de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de Nueva Esparta, solicitando DILIGENCIAS CIVILES DE TITULO SUPLETORIO, de dos terrenos de naturaleza rústica, situados el primero en el Cantón Las Marías, de la jurisdicción de Nueva Esparta, de este Distrito, Departamento de La Unión, de la capacidad de DIEZ MIL NOVECIENTOS SESENTA Y UN METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS, que mide y linda: al ORIENTE, ciento siete metros, calle de por medio, con José Espinal; al NORTE, noventa y cinco me-tros, con José Espinal y Maximiliano Palacios; al PONIENTE, CIENTO CUARENTA Y TRES METROS, con Aparicio Maldonado; y al SUR, en tres tiros, el primero de poniente a oriente, setenta y siete metros, el segundo de norte a sur, treinta metros, y el último de poniente a Oriente, tres metros, con Aparicio Maldonado, por todo el rumbo. No contiene construcciones; y el segundo terreno, situado en el Cantón Monteca, de la jurisdicción de Nueva Esparta, de este Distrito, Departamento de La Unión, de la capacidad superfi cial de DOS MIL SEISCIENTOS CUARENTA METROS CUADRADOS, que mide y linda: al ORIENTE, CINCUENTA Y UN metros, con Fausto Morales; al NORTE, setenta metros, con Blanca Maldonado y Victorino Maldonado; al PONIENTE, treinta y siete metros, con Inocencio Maldonado; y al SUR, cincuenta metros, con Inocencio Maldonado, Contiene una casa.- Los inmuebles descritos los valoran en tres mil dólares exactos. Y los adquirieron por compra que hicieron a Pastor Maldonado, mayor de edad, agricultor del domicilio de Nueva Esparta.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, a los dos días del mes de Febrero de dos mil cinco.- Enmendados: Y.Vale. Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006778-1

JUICIO DE AUSENCIA

ANA GISELA BOLAÑOS RODRIGUEZ, Notario de este domicilio, al público,

hace saber: Que a su ofi cina de Notario situada en Diecisiete Calle Oriente y Avenida Independencia Sur, esquina, de esta Ciudad, se ha presentado el día cuatro de mayo del corriente año el señor HECTOR ANTONIO GRANADOS BETANCOURT, de sesenta y tres años de edad, comerciante, de este domicilio, originario de Atiquizaya, Depar-tamento de Ahuachapán; MANIFESTANDO: Que entregó a título de mutuo al señor LAUREANO DE JESUS FIGUEROA conocido por LAUREANO JESUS FIGUEROA, mayor de edad, tenedor de libros, originario de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, habiendo tenido su domicilio en la misma Ciudad, la suma de un mil doscientos cincuenta colones; cantidad mutuada cuya obligación de pago quedó garantizada por medio de la entrega de un inmueble rústico, ubicado en el Cantón Cutumay Camones, Departamento de Santa Ana, de una extensión de DOS MANZANAS Y MEDIA equivalentes a CIENTO SETENTA Y CINCO AREAS; que el referido señor se ausentó desde hace aproximadamente treinta años, ignorándose su paradero o domicilio actual, asimismo se ignora si ha dejado procurador o representante legal que lo represente en el JUICIO EJECUTIVO CIVIL, por lo que ha iniciado ante mis ofi cios notariales, en base al artículo veinticinco de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, a efecto que se declare ausente al señor LAUREANO DE JESUS FIGUEROA conocido por LAUREANO JESUS FIGUEROA, y que se le nombre un curador especial para que lo represente en el juicio mencionado. En consecuencia prevengo: Que si el referido ausente LAUREANO DE JESUS FIGUEROA conocido por LAUREANO JESUS FIGUEROA, tuviere procurador u otro representante legal en la República, se presente en mi ofi cina de notario a legitimar su personería, dentro de los quince días subsiguientes a la última publicación de este aviso que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

Page 69: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

69DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

Ofi cina de la Notario, ANA GISELA BOLAÑOS RODRIGUEZ. Santa Ana, a los doce días del mes de mayo de dos mil cinco.

ANA GISELA BOLAÑOS RODRIGUEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F006725

RENOVACION DE MARCAS

No. de Expediente: 1974001060

No. de Presentación: 20050063476

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARISABE-LLA NOVOA HENRIQUEZ conocido por MARISABELLA NOVOA H., mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de FUJISAWA PHARMACEUTICAL CO. LTD, del domicilio de 4-7 DOSHOMACHI 3-CHOME; CHUO-KU; OSAKA; JAPON, de nacionalidad JAPONESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00167 del Libro 00058 de REGISTRO DE MAR-CAS, consistente en EL DIBUJO DE UNA LETRA EFE MINUSCULA ENMARCADA DENTRO DE UN CUADRO DE FONDO NEGRO.; que ampara productos comprendidos en la Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los veinticinco días del mes de mayo del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006807-1

No. de Expediente: 1984000123

No. de Presentación: 20050063477

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MARI-SABELLA NOVOA HENRIQUEZ conocido por MARISABELLA NOVOA H., mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio

de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de FUJISAWA PHARMACEUTICAL CO. LTD, del domicilio de 4-7 DOSHOMACHI 3-CHOME; CHUO-KU; OSAKA; JAPON, de nacionalidad JAPONESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00051 del Libro 00109 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en LA PALABRA “CEFTIX”; que ampara productos comprendidos en la Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los veinticuatro días del mes de mayo del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006808-1

No. de Expediente: 1991001851

No. de Presentación: 20050061521

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FRANCISCO ALONSO MARTINEZ, mayor de edad, QUIMICO (A) FARMACEU-TICO, del domicilio de SALVADOREÑO, de nacionalidad SALVADO-REÑA, actuando como REPRESENTANTE UNICO PROPIETARIO de FALMAR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: FALMAR, S.A. DE C.V., del domicilio de VILLA DE ZARA-GOZA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00209 del Libro 00025 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en La palabra: “YODO-PAC”; que ampara productos comprendidos en la Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los tres días del mes de mayo del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R000319-1

Page 70: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

No. de Expediente: 1990001974

No. de Presentación: 20050061888

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE DA-NIEL JULIO MARTINEZ MARTINEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO de LANCASCO SALVA-DOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LANCASCO SALVADOREÑA, S.A. DE C.V., del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00058 del Libro 00028 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra MATERLAN, escrita en letras corrientes; que ampara productos comprendidos en la Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los tres días del mes de mayo del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JOSE ANGEL RIVERA CAMPOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R000345-1

No. de Expediente: 1990001975

No. de Presentación: 20050061890

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE DA-NIEL JULIO MARTINEZ MARTINEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LANCASCO SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-BLE que se abrevia: LANCASCO SALVADOREÑA, S.A. DE C.V., del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00060 del Libro 00028 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA “NERVILAN”, ESCRITA EN LETRAS CORRIENTES; que ampara productos comprendidos en la Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los cinco días del mes de mayo del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R000357-1

No. de Expediente: 1990001182

No. de Presentación: 20050061889

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE DANIEL JULIO MARTINEZ MARTINEZ, mayor de edad, ABOGA-DO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LANCASCO SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-BLE que se abrevia: LANCASCO SALVADOREÑA, S.A. DE C.V., del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00059 del Libro 00028 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA “URYSIN”; que ampara productos comprendidos en la Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,REGISTRADOR.

IRMA CAROLINA AGUILAR,SECRETARIA.

3 v. alt. No. R000358-1

MARCAS DE FABRICA

No. de Expediente: 2005048727.

No. de Presentación: 20050064049.

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado VICTOR MANUEL IRAHETA ALVAREZ, en su calidad de APODERADO ES-PECIAL de LABORATORIOS MEDIKEM, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: MEDIKEM, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

TOTALVIT

Consistente en: la palabra TOTALVIT.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de mayo del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, tres de junio del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,REGISTRADOR.

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006844-1

Page 71: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

71DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

No. de Expediente: 2005048660

No. de Presentación: 20050063949

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA ADELA RODRIGUEZ DE FUENTES, en su calidad de REPRESEN-TANTE LEGAL de FADIME, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: FADIME, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

SANAPIE

Consistente en: la palabra SANAPIE.

La solicitud fue presentada el día trece de mayo del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de mayo del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R000308-1

No de Expediente: 2005047456

No. de Presentación: 20050062223

CLASE: 39.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GERARDO RAMIRO ERNESTO GUTIERREZ ORELLANA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra GUANA-PACK El Salvador en una Cajita y diseño.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de marzo del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de abril del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R000329-1

No. de Expediente: 2005048766

No. de Presentación: 20050064094

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE DA-NIEL JULIO MARTINEZ MARTINEZ, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LA FABRIL DE ACEITES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LA FABRIL DE ACEITES, S.A. DE C.V. LA FABRIL, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

ORISOL

Consistente en: la palabra ORISOL.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de mayo del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de mayo del año dos mil cinco.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R000346-1

No. de Expediente: 2005047282

No. de Presentación: 20050061893

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE DANIEL JULIO MARTINEZ MARTINEZ, en su calidad de APODERADO de LA FABRIL DE ACEITES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

Page 72: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra DOÑA BLANCA.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de marzo del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de mayo del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R000348-1

No. de Expediente: 2005047555

No. de Presentación: 20050062375

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE DANIEL JULIO MARTINEZ MARTINEZ, en su calidad de APODERADO ES-PECIAL de LABORATORIOS QUIMICO-FARMACEUTICOS LAN-CASCO, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-CIO,

LANGESIC

Consistente en: la palabra LANGESIC.

La solicitud fue presentada el día cuatro de abril del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, tres de mayo del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R000350-1

No. de Expediente: 2005047554

No. de Presentación: 20050062374

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE DANIEL JULIO MARTINEZ MARTINEZ, en su calidad de APODERADO ES-PECIAL de LABORATORIOS QUIMICO-FARMACEUTICOS LAN-CASCO, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-CIO,

KAPUTT

Consistente en: la palabra KAPUTT.

La solicitud fue presentada el día cuatro de abril del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, tres de mayo del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. R000351-1

No. de Expediente: 2005047557

No. de Presentación: 20050062377

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE DANIEL JULIO MARTINEZ MARTINEZ, en su calidad de APODERADO ES-PECIAL de LABORATORIOS QUIMICO-FARMACEUTICOS LAN-CASCO, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-CIO,

PRE-MENS

Consistente en: la palabra PRE-MENS.

La solicitud fue presentada el día cuatro de abril del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, tres de mayo del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. R000352-1

Page 73: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

73DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

No. de Expediente: 2005047559

No. de Presentación: 20050062379

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE DANIEL JULIO MARTINEZ MARTINEZ, en su calidad de APODERADO ES-PECIAL de LABORATORIOS QUIMICO-FARMACEUTICOS LAN-CASCO, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-CIO,

LANCASCO

Consistente en: la palabra LANCASCO.

La solicitud fue presentada el día cuatro de abril del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de abril del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R000353-1

No. de Expediente: 2005047558

No. de Presentación: 20050062378

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE DANIEL JULIO MARTINEZ MARTINEZ, en su calidad de APODERADO ES-PECIAL de LABORATORIOS QUIMICO-FARMACEUTICOS LAN-CASCO, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-CIO,

DOCELAN

Consistente en: la palabra DOCELAN.

La solicitud fue presentada el día cuatro de abril del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, tres de mayo del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R000354-1

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2005048724

No. de Presentación: 20050064044

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CAROLINA DEL CARMEN PINEDA OLMEDO, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la palabra Karoliche y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A LA VENTA DE COMIDA Y BEBIDAS, UBICADO EN COLONIA ALTOS DE MIRAMONTE, PASAJE LOS GERANIOS Y FINAL CALLE LOS SISIMILES NUMERO SIETE-D, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de mayo del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de mayo del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006825-1

Page 74: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

No. de Expediente: 2005049061

No. de Presentación: 20050064534

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado WALTER ERNESTO ROMERO GUTIERREZ, en su calidad de REPRESEN-TANTE LEGAL de GRUPO ROME, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: GRUPOROME, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la expresión GRUPO ROME, S.A. DE C.V., y diseño, que servirá para: INDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A LA IMPORTACION DE MERCADERIA DE TODO TIPO DE BIENES, EN ESPECIAL DISCOS COMPACTOS; APARATOS ELECTRONICOS Y ELECTRODOMESTICOS; LAM-PARAS PARA ILUMINACION; VIDEO JUEGOS, Y COMPUTADO-RAS; UBICADO EN PROLONGACION ALAMEDA JUAN PABLO SEGUNDO, CENTRO COMERCIAL SAN JUAN, BODEGA NUMERO QUINCE, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de mayo del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, tres de junio del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R000324-1

No. de Expediente: 2005047294

No. de Presentación: 20050061906

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado NAYIB ARMANDO BUKELE ORTEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras GRUPO BUKELE y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDI-CADO A LA PUBLICIDAD, UBICADO EN ALAMEDA ROOSEVELT,

# 2613-E, COLONIA FLOR BLANCA, ENTRE 49 Y 51, AVENIDA SUR, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de marzo del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, tres de mayo del año dos mil cinco.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R000347-1

MATRICULA DE COMERCIO

ASIENTO DE EMPRESA 2005054126

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2005054126- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor MAURICIO ANTONIO ALVAREZ GALVEZ, en su calidad de Repre-sentante legal de la sociedad TURIN MOTORS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse TURIN MOTORS, S.A. DE C.V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 11 del libro 1990 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-211204-108-8; el cual ha presentado solicitud a las ocho horas y cincuenta y nueve minutos del día veintidós de abril de dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2005054126 inscripción 139 y el asiento de Establecimiento No. 2005054126- 001, inscripción 140, ambos del Libro 84 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina TURIN MOTORS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a LA VENTA DE VEHICULOS AUTOMOTORES Y MOTOCICLETAS, con dirección en AUTOPISTA SUR, N° 1, COLONIA LOMAS DE SAN FRANCISCO, del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON 57/100 ($ 11,428.57) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado TURIN MOTORS, S.A. DE C.V. ubicado en AUTOPISTA SUR, Nº 1, COLONIA LOMAS DE SAN FRANCIS-CO, SAN SALVADOR y que se dedica a LA VENTA DE VEHICULOS AUTOMOTORES Y MOTOCICLETAS.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, dos de junio de dos mil cinco.

Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F006755-1

Page 75: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

75DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

ASIENTO DE EMPRESA 2002015880

ESTABLECIMIENTO 2002015880- 003

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-

MIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FREDY

DONALDO BARRIENTOS BRAVO, en su calidad de Repre-

sentante legal de la sociedad CHRIST, SOCIEDAD ANONI-

MA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse CHRIST,

S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio

de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número

49 del libro 950 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio,

con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-150693-101-5, ha pre-

sentado solicitud a las quince horas y catorce minutos del día dieciséis

de marzo de dos mil cinco. Con la cual se otorgó el asiento número de un

tercer establecimiento de Empresa No. 2002015880 y Establecimiento

No. 2002015880- 003; a favor de la Empresa denominada CHRIST,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a

VENTA DE CALZADO, con dirección en 7ª AVENIDA SUR, PASAJE

GUATEMALA, LOCAL N° 2, INTERIOR NORTE, BAJOS HOTEL

RITZ, del domicilio de SAN SALVADOR, y que tiene el establecimien-

to, siguiente: 003-) BRAVO’ S SHOES ubicado en 7ª AVENIDA SUR

BAJOS HOTEL RITZ, LOCAL Nº 1 INTERIOR SUR, del domicilio

de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintiséis de abril de dos mil cinco.

Lic. RUBEN ALBERTO NAVARRO CRUZ,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F006841-1

ASIENTO DE EMPRESA 2002041039

ESTABLECIMIENTO 2002041039-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-

MIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MORALES

DE TEODORO ANA LETICIA en su calidad de Representante legal

de la sociedad EUNICE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-

RIABLE que puede abreviarse EUNICE, S.A. DE C.V., de nacionalidad

SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura

social está inscrita bajo el número 10 del libro 1706 del Registro de

Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación

Tributaria: 0614-230402-106-4, ha presentado solicitud a las quince

horas y treinta y seis minutos del día diez de octubre de dos mil dos.

Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No. 2002041039 y

Establecimiento No. 2002041039-001; a favor de la Empresa denominada

EUNICE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual

se dedica a CONFECCION DE ROPA, con dirección en COLONIA

ESCALON, CALLE CIRCUNVALACION, RESIDENCIAS DEL

PASEO # 10, del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende

a CIEN MIL COLONES CON 00/100 ¢ 100,000.00 y que tiene el (los)

establecimiento (s) siguiente (s): 001-) EUNICE, S.A. DE C.V. ubicado

en COLONIA ESCALON, CALLE CIRCUNVALACION, RESIDEN-

CIAS DEL PASEO # 10, SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, quince de octubre de dos mil dos.

LIC. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. R000325-1

ASIENTO DE EMPRESA 2004052379

ESTABLECIMIENTO 2004052379- 001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO

DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE-

CIMIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JORGE

ROLANDO SARMIENTO CACERES en su calidad de Representante

legal de la sociedad PLATINIUM, SOCIEDAD ANONIMA DE CA-

PITAL VARIABLE que puede abreviarse PLATINIUM, S.A. DE C.V.,

de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR,

cuya escritura social está inscrita bajo el número 57 del libro 1787 del

Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de

Identifi cación Tributaria: 0614-070203-104-2, ha presentado solicitud

a las dieciséis horas y dieciséis minutos del día treinta y uno de marzo

de dos mil cuatro. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa

No. 2004052379 y Establecimiento No. 2004052379- 001; a favor de

la Empresa denominada PLATINIUM, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a COMPRA VENTA DE MA-

TERIALES DE CONCRETO, con dirección en 47 AVENIDA NORTE,

CONDOMINIO METRO 2000, LOCAL 21-E, del domicilio de SAN

SALVADOR, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS

VEINTIOCHO DOLARES CON 57/100 $ 11,428.57 y que tiene el (los)

establecimiento (s) siguiente (s) : 001-) PLATINIUM, SOCIEDAD ANO-

NIMA DE CAPITAL VARIABLE ubicado en 47 AVENIDA NORTE,

CONDOMINIO METRO 2000, LOCAL 21-E, del domicilio de SAN

SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintinueve de julio de dos mil cuatro.

Lic. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. R000340-1

Page 76: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

ASIENTO DE EMPRESA 2001001240

ESTABLECIMIENTO 2001001240- 012

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO

DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE-

CIMIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor CESAR

CATANI PAPINI, en su calidad de Apoderado General Administrativo

de la sociedad OXIGENO Y GASES DE EL SALVADOR, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse OXGA,

S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN

SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 85 del libro

10 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de

Identifi cación Tributaria: 0614-311059-001-5, ha presentado solicitud a

las catorce horas y cuarenta y nueve minutos del día veintidós de junio

de dos mil cuatro. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa

No. 2001001240 y Establecimiento No. 2001001240- 012; a favor de

la Empresa denominada OXIGENO Y GASES DE EL SALVADOR,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica

a, con dirección en 25 AVENIDA NORTE #1080 SAN SALVADOR,

del domicilio de SAN SALVADOR, y que tiene el establecimientos

siguiente: 012-) OXGASA SERVICIO TECNICO ubicado en FINAL

CALLE PRINCIPAL, COLONIA LAS ROSAS 2, SAN SALVADOR,

del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintidós de junio de dos mil cuatro.

Lic. HERMINIA ELIZABETH LOZANO Z.,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. R000342-1

ASIENTO DE EMPRESA 2005054432

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2005054432-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor JOSE

MANUEL CASTILLO AGUILAR en su calidad de Representante legal

de la sociedad PRODUCTIVA SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que puede abreviarse PRODUCTIVA S. A. DE C. V.;

sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA del domicilio de SAN

SALVADOR, cuya escritura social, está inscrita bajo el número 29 del

libro 2016 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con

Número de Identifi cación Tributaria: 0614-060405-103-5; el cual ha

presentado solicitud a las once horas y veintinueve minutos del día seis

de junio de dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de Empresa

No. 2005054432 inscripción 12 y el asiento de Establecimiento No.

2005054432-001, inscripción 13, ambos del Libro 85 de Asientos de

Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina

PRODUCTIVA SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

la cual se dedica a OTRAS ACTIVIDADES DE SERVICIOS NO CLA-

SIFICADOS PREVIAMENTE, con dirección en 79ª AVENIDA SUR Y

CALLE CUSCATLAN, No. 23, COLONIA ESCALON del domicilio

de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a DOCE MIL DOLARES

CON 00/100 ($ 12,000.00) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-)

denominado PRODUCTIVA S.A. DE C.V. ubicado en 79ª AVENIDA

SUR Y CALLE CUSCATLAN, Nº 23, COLONIA ESCALON, SAN

SALVADOR y que se dedica a OTRAS ACTIVIDADES DE SERVICIOS

NO CLASIFICADOS PREVIAMENTE.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, ocho de junio de dos mil cinco.

Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. R000344-1

ASIENTO DE EMPRESA 2004052717

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2004052717- 001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-

TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la señora

GLORIA JUAREZ LARA DE FLORES, de nacionalidad SALVADO-

REÑA, con número de Documento Unico de Identidad 01158744-7 del

domicilio de SAN MIGUEL, con Número de Identifi cación Tributaria:

1217-190650-003-1, la cual ha presentado solicitud a las once horas y

cincuenta y cinco minutos del día dieciocho de junio de dos mil cuatro,

con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2004052717 inscripción

21 y el asiento de Establecimiento No. 2004052717- 001, inscripción

22, ambos del Libro 81 de Asientos de Matrícula de Empresa y Esta-

blecimiento. La Empresa se dedica a SERVICIO DE LABORATORIO

CLINICO, con dirección en 3A. AVENIDA NORTE, # 207 BIS, del

domicilio de SAN MIGUEL, cuyo activo asciende a TRECE MIL

QUINIENTOS QUINCE DOLARES CON 84/100 $ 13,515.84 y que

tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado LABORATORIO

CLINICO CITOLOGICO UNIDOS ubicada en 3A. AVENIDA NORTE,

# 207 BIS, del domicilio de SAN MIGUEL y que se dedica a SERVICIO

DE LABORATORIO CLINICO.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, ocho de abril de dos mil cinco.

Lic. HERMINIA ELIZABETH LOZANO Z.,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. R000349-1

Page 77: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

77DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

ASIENTO DE EMPRESA 2002005096

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002005096- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el (la) señor(a) CARMEN PATRICIA GONZALEZ ARGUELLO DE LAGOS en su calidad de Representante legal de la sociedad EL SAUCE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse EL SAU-CE, S.A. DE C.V.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 18 del libro 114 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-110576-001-9; el cual ha presentado solicitud a las quince horas y treinta y nueve minutos del día veintiocho de julio de dos mil cuatro., con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2002005096 inscripción 218 y el asiento de establecimiento No. 2002005096-001 inscripción 219, ambos del libro 83 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada EL SAUCE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-RIABLE, la cual se dedica a ADMINISTRACION DE PROPIEDADES AGRICOLAS, con dirección en KILOMETROS 68, CARRETERA A SANTA ANA-METAPAN, CANTON CUTUMAY CAMONES, del domicilio de SANTA ANA, cuyo activo asciende a OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS VEINTISEIS DOLA-RES CON 02/100 $857,826.02 y que tiene el (los) establecimiento (s) siguiente (s): 001-) denominado BENEFICIO EL SAUCE ubicado en KILOMETROS 68, CARRETERA A SANTA ANA- METAPAN, CAN-TON CUTUMAY CAMONES, y que se dedica a ADMINISTRACION DE PROPIEDADES AGRICOLAS.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veinticinco de mayo de dos mil cinco.

LIC. RUBEN ALBERTO NAVARRO CRUZ,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. R000355-1

CONVOCATORIAS

CONVOCATORIA

El infrascrito Secretario de la Junta Directiva de Inversiones Salvado-reñas S. A. de C.V. de esta ciudad, con el propósito de cumplir con lo establecido en el artículo 228 del Código de Comercio, convoca a los señores accionistas a celebrar Junta General Ordinaria, en la ofi cina de la sociedad ubicada en Calle La Reforma # 131 tercer nivel, Colonia San Benito, de la ciudad de San Salvador, de las diecisiete horas en adelante, del día trece de Julio del dos mil cinco. En el caso de no poder celebrar la sesión a que se convoca en la fecha y hora indicada por este medio se convoca nuevamente y con el mismo fi n a las diecisiete horas del día catorce de Julio del dos mil cinco, en el lugar ya señalado. La

agenda a conocer en la sesión es la siguiente: 1) Establecimiento del Quórum; 2) Aprobación de la Agenda; 3) Lectura de la sesión anterior; 4) Memoria de Labores del ejercicio 2004; 5) Presentación del Balance y estado de Ganancias y Pérdidas para el año 2004; 6) Informe del Au-ditor Externo; 7) Elección de Junta Directiva para los años 2005-2008 y señalamiento de sus honorarios; 8) Disposición de utilidades de años anteriores; 9) Nombramiento del Auditor Externo y señalamiento de sus Honorarios; 10) Otros que puedan discutirse según el Pacto Social y de Acuerdo con la ley. Para celebrar Junta en Primera convocatoria deberán estar presentes o representadas por lo menos, la mitas más una de todas las acciones que tengan derecho a voto, que forman el Capital Social de la Sociedad y las resoluciones solo serán válidas cuando se tomen por mayoría de votos de los presentes o representados. En la segunda convocatoria, la sesión se celebrará con cualquiera que sea el número de acciones presentes o representadas y sus resoluciones se tomarán por mayoría de votos presentes o representados.

San Salvador, Diez de Junio del dos mil cinco.

INVERSIONES SALVADOREÑAS, S.A. de C.V.,

JOHN RICHARD KEILHAUER FERRAN.

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006859-1

CONVOCATORIA

PROCESOS LACTEOS, S.A. DE C.V

El Director Presidente de PROCESOS LACTEOS, S.A. DE C.V., por este medio CONVOCA a sus accionistas para que asistan a celebrar JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, a realizarse en las instalaciones de la empresa, ubicada en la urbanización Madreselva, Calle Llama del Bosque Poniente # 21 Antiguo Cuscatlán, a las 8.00 horas del día 12 de julio del presente año, en primera convocatoria y la agenda a tratar será la siguiente:

I. Verifi cación del Quórum.

II. Lectura y aprobación del Acta Anterior.

III. Lectura de la memoria de labores presentada por la Junta Directiva.

IV. Aprobación del balance general y Estado de Pérdidas y Ganancias correspondientes al ejercicio 2004.

V. Informe del Auditor.

VI. Reestructuración de la actual Junta Directiva y fi jación de sus emolumentos.

VII. Remoción de actual auditor y/o nombramiento de nuevo auditor y fi jación de sus emolumentos

VIII. Distribución de las Utilidades correspondientes al período 2004.

La sesión se instalará válidamente en primera convocatoria al estar presentes por lo menos la mitad más una de las acciones que integran el capital social. Si la Junta General se reuniere en segunda convocatoria por falta del quórum necesario para hacerlo en la primera, se convoca

Page 78: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

para el día 14 de julio del presente año, en el mismo lugar y a la misma hora, en este caso se considerará válidamente constituida cualesquiera que sea el número de acciones presentes o representadas. Para tomar resolución será necesaria la mayoría de votos correspondientes a las acciones presentes o representadas.

Antiguo Cuscatlán, 08 de junio de 2005.

LIC. GILBERTO VÍCTOR VILLALTA,

APODERADO.

3 v. alt. No. R000334-1

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de DERIVADOS DE PAPEL Y CARTÓN DE CENTROAMÉRICA. S.A. DE C.V., por este medio convoca a sus ac-cionistas a Asamblea General ORDINARIA de Accionistas, a celebrarse en las ofi cinas de D.P.C. de Centroamérica, S. A. DE C.V., situadas en 43 Avenida Sur No. 422 Colonia Flor Blanca, San Salvador, el día lunes once julio del año dos mil cinco, de las dieciocho horas en adelante.

En dicha Asamblea se conocerán asuntos de carácter ordinario, conforme a la siguiente agenda:

1. Verifi cación del Quórum y fi rma de lista de asistencia;

2. Lectura del acta anterior;

3. Lectura de la Memoria de Labores de la Junta Directiva, presentada por el Presidente de la Sociedad;

4. Lectura de los Estados Financieros del ejercicio 2004 y Dictamen del Auditor Externo;

5. Aprobación Memoria de Labores de la Junta Directiva y Estados Financieros del ejercicio 2004;

6. Aplicación de Resultados del Ejercicio 2004;

7. Nombramiento del Auditor Externo Propietario y Suplente, y fi jación de sus emolumentos para el ejercicio 2005;

8. Varios.

El quórum necesario para el establecimiento de la Junta General Ordinaria de Accionistas, en primera convocatoria, será la mitad más una de las acciones; sino hubiera quórum en la fecha y hora señaladas, se convoca para una hora después del mismo día y lugar indicados; en este caso la Junta será válida con cualquiera que sea el número de las acciones presentes o representadas y las decisiones se tomarán con el voto de la mayoría de las acciones presentes o representadas.

JOSÉ ROGELIO MONGE,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R000339-1

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA

La Junta Directiva de Selva Negra, Sociedad Anónima de Capital Variable de conformidad al Artículo 237 del Código de Comercio, CONVOCA a sus Accionistas a la Junta General Ordinaria de Accionistas, a celebrarse en las instalaciones situadas en Boulevard Merliot Edifi cio Ucraprobex, N° I, Polígono “C” Ciudad Merliot, La Libertad, a las 9:00 horas del día 14 de Julio de dos mil cinco, en la cual se tratarán los puntos de AGENDA siguientes:

1. Verifi cación de Quórum.

2. Designación de dos Asambleístas para fi rmar el acta de Asamblea General.

3. Presentación de Memoria de Labores e Informe de Organismos Directivos correspondiente al año 2004, para su Aprobación o Desaprobación.

4. Presentación de Dictamen de los Auditores Externos de los Estados Financieros correspondientes del ejercicio 2003 y 2004.

5. Aplicación de Resultados del Ejercicio Económico 2003 y 2004.

6. Elección de Directores propietarios y suplentes de Junta Directiva.

7. Nombramiento del Auditor Externo para el período 2005 y fi jación de sus emolumentos.

El Quórum necesario en primera convocatoria será la mitad más una de las acciones representadas. En caso de no existir Quórum a la hora y fecha señalada se convoca por segunda vez a los representantes acreditados de los socios accionistas para que asistan en el mismo lugar, a las 10:00 horas del día 14 de Julio de dos mil cinco, se considera válidamente constituida cualquiera que sea el número de acciones representadas y sus resoluciones se tomarán con la mayoría de sus acciones inscritas de los presentes.

San Salvador, 08 de Junio de 2005.

FAUSTO FRANCISCO HERNANDEZ CRUZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R000356-1

SUBASTAS PUBLICAS

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO:

HACE SABER: Que por ejecución seguida en este Tribunal inicial-mente por el señor José Orlando Cruz, ahora continuado por el Licenciado Jobel Darío Eguizábal Altuve como Apoderado del primero, contra el señor José Benjamín Linares Velis, se venderá en pública subasta y en fecha oportuna el siguiente inmueble: “Un inmueble situado en el Cantón

Page 79: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

79DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

Teshcalito de la jurisdicción de Izalco de este Departameto, desmem-brado de otro de mayor extensión, ubicado en el sectoctor Suroeste, el cual tiene una superfi cie de Veinte Areas Trece Centiáreas Veintisiete Decímetros Cuadrados Treinta y Siete Centímetros Cuadrados, y de las medidas y colindantes especiales siguientes: AL NORTE, cincuenta y seis metros, linda con resto que se reserva el señor Pedro Enecón Velis; AL ORIENTE, treinta y siete metros, linda con resto que se reserva el señor Pedro Enecón Velis; AL SUR, cuarenta y ocho metros cuarenta y cinco centímetros, linda con propiedad del señor Andrés Larín; y AL PONIENTE, cuarenta metros diez centímetros; linda con propiedad del señor Andrés Larín, servidumbre de por medio. La porción antes descrita goza también del derecho real de servidumbre de tránsito de que goza el inmueble general del cual ha sido desmembrado y soportará a su vez el mismo gravamen que soporta el todo, respecto al fundo que es actualmente propiedad del señor Andrés Larín.-Inscrito a favor del demandado, bajo el Número DOCE del Libro MIL DOSCIENTOS DIECINUEVE del Registro de la Propiedad de este Departamento.-

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.-

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas cincuenta minu-tos del día seis de Mayo del año dos mil cinco.- DR. MARIO MOISA MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. CECILIA DEL CARMEN CERÉN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006733-1

EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL: Al público para los efectos,

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y quince minutos de este día, se ha ordenado la venta en pública subasta, en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovido por el doctor JOSE ANGEL INFANTOZZI, de sesenta y un años de edad, abogado de este domicilio, en su calidad de Apoderado General Judicial del señor RICARDO ALBERTO GUTIERREZ, de sesenta y tres años de edad, agricultor, del domicilio de California departamento de Usulután, contra los señores: TEO DORO ERNESTO BONILLA y DILCIA EMPERATRIZ ROMERO CRUZ DE BONILLA, el primero de treinta y ocho años de edad, comerciante, la segunda de treinta y cinco años de edad, de ofi cios domésticos, ambos de este domicilio, sobre el siguiente inmueble: “Un inmueble rústico, situado en los suburbios del Barrio El Calvario, hoy Barrio El Molino, de esta ciudad, Distrito y Departamento de Usulután,, el cuál forma parte de la Lotifi cación El Molino, y en el plano respectivo se determina como el lote número CUARENTA Y SIETE del POLIGONO “D”, del Block SEIS, de una extensión superfi cial de DOSCIENTOS CUARENTA METROS CUADRADOS, equivalentes a trescientas cuarenta y tres varas, treinta y nueve centésimos de vara cuadrada, con sus medidas y linderos siguientes, lote marcado con el número cuarenta y siete del polígono “D” Block SEIS, de la parcela rural El Molino, que se describe así, partiendo de la intersección de la Avenida Mauricio Meardi y Calle Eleonore Meardi, se mide sobre el eje de ésta última con rumbo norte, setenta y nueve grados cincuenta y cinco minutos seis decimos de minuto Este, una distancia de noventa metros, donde se hace defl exión derecho de noventa grados y con una distancia de tres metros, se llega al vertice Noroeste, del lote que mide y linda, al NORTE doce metros, linda con lote número treinta y cuatro del poligo “D”, Block número cinco, Calle Eleonore Meardi, de por medio, al SUR: doce metros linda con lote número sesenta del polígono “D”, block número seis, al Oriente veinte metros linda con lote número cuarenta y ocho, del polígono “D” Block

SEIS, y al PONIENTE: veinte metros linda con lote número cuarenta y seis, polígono “D”, Block número SEIS, Todos los lotes colindantes son o han sido propiedad de Berlin Comercial S.A. y Arturo Arminio Antonio Mantero, se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección de Oriente, al número NOVENTA Y SIETE, del tomo SETECIENTOS OCHENTA Y UNO DE propiedad de este departamento.-

Quien quiera hacer posturas que ocurran que se admitirán siendo legal.

Librado en el JUZGADO DE LO CIVIL DE USULUTAN, a los dieciocho días del mes de abril del dos mil cinco.- LIC. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006735-1

LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL:

HACE SABER: Que en el Juicio Mercantil Ejecutivo que en este Tribunal promueve el Licenciado JOSE EDGARDO MORALES POR-TILLO, en calidad de Apoderado del BANCO AGRICOLA SOCIEDAD ANONIMA, entidad fusionante del Banco DESARROLLO SOCIEDAD ANONIMA, contra los señores JOSE EDGARDO FLORES y MARTA IBAÑEZ de FLORES, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, en fecha que más adelante se señalará, el bien inmueble que a continua-ción se localiza y describe, ASI: “ Un inmueble de naturaleza urbana, ubicado según antecedentes en fi nal de Calle La Campiña, Jurisdicción de Quezaltepeque, Departamento de La Libertad, que se identifi ca en el plano respectivo como vivienda número CATORCE, del polígono “A”, del complejo habitacional conocido como RESIDENCIAL SAN JOA-QUIN, con un área de CIENTO TREINTA Y TRES PUNTO SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS. - Que se describe así: AL NORTE: Veintiocho metros, AL SUR: Veinticinco punto cincuenta metros; AL ORIENTE: Cinco metros; AL PONIENTE: Cinco punto cincuenta y siete metros. Inmueble propiedad de los señores JOSE EDGARDO FLO-RES y MARTA IBAÑEZ de FLORES, en proindivisión y por iguales partes en cincuenta por ciento cada uno, Inscrito en el Sistema de Folio Real Computarizado del Registro Social de Inmuebles, bajo Matrícula número M CERO UNO DOS UNO SEIS SIETE UNO DOS Asiento CERO CERO CERO UNO, de Propiedad del Registro de La Propiedad Raíz e Hipotecas, de La Cuarta Sección del Centro, del Departamento de La Libertad.”

Se admitirán posturas siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL, San Salvador, a las doce horas del día treinta de Mayo del año dos mil cinco. LIC. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL.- LIC. ANA CECILIA FIGUEROA DE BARAHONA, SECRETARIO INTERINO.

3 v. alt. No. F006786-1

Page 80: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, de este Distrito Judicial al público en general,

HACE SABER: Que en el presente Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por el Licenciado JOSE DONALDO PINEDA, mayor de edad, Abogado, de este domicilio, actuando como Apoderado General Judicial del BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA, antes BANCO AGRICOLA COMERCIAL DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, de este domicilio, contra la señora CLARIXA ZALDAÑA DE VALLE, mayor de edad, Secretaria Comercial, de este domicilio, se venderá en pública subasta en este Tribunal, en fecha que más adelante se especifi cará, Un inmueble de naturaleza antes rústica ahora en urba-nización, ubicado sobre la calle El Roble al Sur de pasaje Los Andes de la Colonia San Bartolo, San Antonio Abad, Jurisdicción de esta Ciudad y Departamento, en el cual se ha desarrollado el Condominio Denomi-nado Condominio Residencial “EL ROBLE”, donde se encuentra el inmueble número NUEVE del CONDOMINIO RESIDENCIAL “EL ROBLE”, con un área de SESENTA Y SEIS PUNTO VEINTINUEVE METROS CUADRADOS, equivalentes a NOVENTA Y CUATRO PUN-TO OCHENTA Y CINCO VARAS CUADRADAS, con las medidas y linderos siguientes: Partiendo de la intersección de los ejes de la Calle El Roble y Senda El Nogal, se mide sobre este último eje una distancia de treinta y dos punto setenta metros llegando a un punto del cual con un ángulo a la derecha de noventa grados y distancia de tres punto cero cero metros, se llega al mojón Nor-Oriente número uno, a partir del cual se da inicio a la descripción técnica: LINDERO ORIENTE, en un solo tramo con rumbo sur veintiséis grados cero dos minutos doce segundos Oeste y distancia de trece punto cincuenta metros, se llega al mojón número Dos, lindando en estos tramos con lotes números Seis, Siete y Ocho, Senda El Nogal y Senda El Conacaste de por medio; LINDERO SUR: en un solo tramo, partiendo del mojón número Dos con rumbo Norte cincuenta y ocho grados veinticinco minutos doce segundos Oeste y distancia de cinco punto cero cero metros, se llega al mojón número Tres, lindando en este tramo con parte del terreno del cual se desmembró dicho inmueble propiedad de la familia Mélendez Salazar; LINDERO PONIENTE, en un solo tramo, partiendo del mojón número Tres, con rumbo Norte veintinueve grados cincuenta y ocho minutos cincuenta y cinco segundos Este y distancia de trece punto cero uno metros, se llega al mojón número Cuatro, lindando con este tramo con lote inmueble propiedad de Matilde Salazar Nerio, y LINDERO NORTE: en un solo tramo, partiendo del mojón número Cuatro con rumbo Sur sesenta y tres grados cincuenta y siete minutos cuarenta y ocho segundos Este y distancia de cinco punto cero cero metros, se llega al mojón número Uno, y a partir del cual se comenzó la descripción técnica, lindando en este tramo con lote número diez, el cual forma parte del CONDOMINIO RESIDENCIAL EL ROBLE. El inmueble así relacionado y descrito se encuentra inscrito a favor de la señora CLARIXA ZALDAÑA DE VALLE, bajo la Matricula Número M CERO UNO DOS SEIS CINCO CUATRO SEIS NUEVE, del Registro Social de Inmuebles de este Departamento.

La base del remate será de: DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL COLONES o su equivalente en DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Se admitirán posturas siendo legales.

LIBRADO: en el Juzgado Quinto de lo Mercantil, San Salvador, a las once horas del día cuatro de mayo de dos mil cinco.- DR. SALVADOR CANO GUTIÉRREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL.- LIC. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006787-1

EL INFRASCRITO JUEZ INTERINO DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promo-vido por el Licenciado JOSE DONALDO PINEDA actuando como Apoderado General Judicial del BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA; contra la señora HILDA NINETT LINARES AMADOR, se venderá en pública subasta en este tribunal en fecha y hora que será señalada posteriormente el inmueble que a continuación se describe: UN INMUEBLE antes rústico, hoy urbano, situado en el cantón Loma Alta de la jurisdicción de la ciudad de Santa Ana, ubicado en Avenida Independencia Sur, contiguo a Urbanización La Heroica de la ciudad de Santa Ana en la cual está desarrollada la Urbanización denominada PINARES DE SANTA ANA ETAPA I, desmembrado al rumbo Oriente de otro de mayor extensión el cual se describe así: de una extensión de NOVENTA PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS, equivalentes a CIENTO VEINTIOCHO PUNTO SETENTA Y SIETE VARAS CUADRADAS, que mide y linda: AL NORTE: seis punto cero cero metros, con área de uso futuro dos, calle El Pinar de nueve punto cero cero metros de derecho de vía por medio; AL ORIENTE: quince punto cero cero metros, con lote número uno del polígono “A” de la ya mencionada Urbanización, en desarrollo, PINARES DE SANTA ANA ETAPA I; AL SUR: seis punto cero cero metros con Picasa, fábrica de calzado, AL PONIENTE: quince punto cero cero metros, con resto de Inmueble General, de donde se desmembra la presente porción. Esta porción desmembrada está marcada con la letra “D”; inscrito a favor de la demandada bajo la Matrícula Número DOS CERO CERO CERO CUATRO CINCO UNO CERO- CERO CERO CERO CERO del Registro Social de Inmuebles del Departamento de Santa Ana.

Se admitirán posturas siendo legales, lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en el JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL: San Salvador, a las nueve horas y doce minutos del día veintisiete de mayo del año dos mil cinco.- LIC. JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL INTERINO.- LICDA. TERESA DE JESUS VASQUEZ VASQUEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006789-1

DOCTOR MIGUEL ÁNGEL REYES HERNÁNDEZ, JUEZ DE LO LABORAL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: AL PUBLICO para los efectos de ley, que por resolución proveída por este Tribunal a las once horas del día diez de junio del corriente año, en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por el Licenciado ROBERTO EDUARDO CALDERÓN BARAHONA, actuando en su carácter de Apoderado General Judicial de de la Sociedad PINTURAS SUR DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA, contra el Señor CARLOS NAPOLEÓN MENA, reclamando capital adeudado e intereses; se ordenó la VENTA EN PUBLICA SUBASTA de los bien embargados, en fecha que oportunamente se señalará, el bien a subastarse es: Una empresa individual denominada PINTURAS Y MAS, con todos los activos y pasivos presentes de los que está comprendido la empresa, la cual es propiedad del demandado Señor CARLOS NAPOLEÓN MENA.

Page 81: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

81DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

LIBRADO: En el Juzgado de lo Laboral: Santa Tecla, a las once horas y quince minutos del día diez de junio del dos mil cinco.- DR. MI-GUEL ÁNGEL REYES HERNÁNDEZ, JUEZ DE LO LABORAL. LIC. MIRNA MARGARITA DIAZ DE DOMINGUEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006803-1

ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ MOLINA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIUDAD DE ARMENIA,

HACE SABER: Que en el proceso Civil Ejecutivo 21/05, a solicitud del Doctor JORGE ANTONIO MARROQUIN RUGAMAS, se vendrá en pública subasta por razones de embargos los inmuebles propiedad de la herencia yacente dejada por la causante ROSA IRMA FLORES DE MEZA GARCIA CONOCIDA POR ROSA IRMA FLORES DE GARCIA, ROSA IRMA FLORES, ROSA ERMA FLORES, IRMA ROSA FLORES RIVERA, ROSA IRMA RIVERA Y ROSA IRMA FLO-RES, representada legalmente por la Curadora Licenciada GRACIELA CLAUDINET GALDAMEZ MENDEZ, siendo los mismos, el primero de naturaleza urbana, situado en el Barrio “San Sebastián”, de la pobla-ción de Jayaque, Departamento de La Libertad, con una superfi cie de TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL ORIENTE; siete metros ochenta centímetros, calle de por medio, con casa de Rafael Alabí, AL SUR, treinta y cinco metros, Calle de por medio con casa y solar de Salvador Guerrero Aguilar, AL PONIENTE, doce metros con casa y solar de Ezequiel Rubio, pared y cerco de alambre medianero, Y AL NORTE, treinta y cinco metros, con casa y solar de Jorge Alberto Barrios, pared y cerco de alambre de por medio. Inscrito al número TREINTA Y CUATRO DEL LIBRO SETE-CIENTOS CUARENTA Y UNO DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD RAIZ E HIPOTECAS DEL DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD. “El segundo inmueble de naturaleza rústica, situado en los Extinguidos Ejidos de la Jurisdicción de Jayaque, Departamento de La Libertad, en el lugar denominado “Chancinaga”, precisamente hacia el rumbo Sur de Jayaque, de forma irregular, que mide y linda: AL SUR, ciento sesenta y ocho metros, con terreno de Antonio García Lemus, hoy de sucesión; en cuarenta y dos metros, con terreno de María Martínez; en noventa y cuatro metros con terreno de Dámaso Martínez, en cuarenta y dos metros, con terreno de la sucesión de Samuel Rivera Monterrosa, con todos estos colindantes, de por medio peñas intransitables; AL OCCI-DENTE, doscientos cincuenta y seis metros, con terreno de la sucesión de Samuel Rivera Monterrosa, quebrada de por medio; AL ORIENTE, doscientos un metros con terreno de Justo Antonio Calzada, quebrada de por medio; AL NORTE, once metros con terreno del mismo Justo Antonio Calzada, quebrada de por medio. Goza de una servidumbre de tránsito por una calle de dos metros de ancho sobre el terreno de Justo Antonio Calzada, y según sus medidas lineales tiene doscientas cincuenta y siete áreas treinta y cinco centiáreas de superfi cie, INSCRITO AL NUMERO SESENTA Y CINCO DEL LIBRO DOS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO DE DICHO REGISTRO.

Lo que aviso al público en general para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Armenia, a los tres días del mes de junio del año dos mil cinco. LIC. ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ MOLINA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. RAFAEL ANTONIO CUELLAR ANGEL, SECRE-TARIO.

3 v. alt. No. F006827-1

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Al público para efectos de ley que por ejecución

promovida en este Juzgado por el LICENCIADO JOSE EDGARDO MO-

RALES PORTILLO, Apoderado de la FUNDACION SALVADOREÑA

PARA EL DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL que se abrevia

FUSADES contra LA SOCIEDAD DROGUERIA QUIMICA FARMA-

CEUTICA SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se

abrevia DROQUIFA, S.A. DE C.V., y el señor MANUEL DE JESUS

LOPEZ FLORES venderá en pública subasta en este mismo Juzgado

por el precio y el día que oportunamente se indicará, el bien inmueble

embargado siguiente: “Un lote de terreno urbano y construcciones que

contiene identifi cado con lote número veinticuatro del polígono uno de

la Urbanización Residencial San Alberto, situado en Jurisdicción de

Mejicanos departamento de San Salvador el cual se localiza y describe

así: partiendo del punto de intersección de los ejes de la Calle Margi-

nal al Volcán Avenida San Alberto, se mide sobre el eje de esta última

con rumbo Norte Cuarenta y un grados, cero cero punto seis minutos

Oeste, una distancia de cuarenta y dos punto cincuenta metros. En este

punto se hace una defl exión negativa de noventa grados y midiendo una

distancia de tres punto setenta metros se llega al esquinero Sur Oriente

del lote que se describe, el cual mide y linda así: SUR: lindero de un

tramo recto con una distancia de once punto ochenta y cinco metros, con

rumbo Sur cuarenta y cuatro grados cuarenta y cinco punto cero minutos

Oeste colindando con el lote número veintitrés del polígono número uno

de esta misma urbanización PONIENTE: lindero de un tramo recto

con una distancia de trece punto ochenta metros, con rumbo norte cero

cero grados cuarenta y cinco punto cero minutos Oeste, colindando

con lote número veinticinco del polígono número uno, de esta misma

urbanización. NORTE: lindero de un tramo recto con una distancia de

cuatro punto cuarenta y siete metros con rumbo norte ochenta y nueve

grados quince punto cero minutos este colindando con zona verde de

esta urbanización calle de Los Cafetos de once metros de derecho de

vía de por medio. ORIENTE: linderos de dos tramos curvos, el primero

de longitud cinco punto cuarenta y nueve metros y radio de tres punto

cincuenta metros y el segundo de longitud dos punto veinticinco metros

y radio de cuarenta y cuatro punto setenta y nueve metros colindando

con terrenos propiedad de Ursulino Campos, Avenida San Alberto de

doce metros de derecho de vía de por medio. El lote así descrito tiene un

área de SETENTA Y SIETE PUNTO OCHENTA Y SIETE METROS

CUADRADOS, equivalentes a CIENTO ONCE PUNTO CUARENTA

Y DOS VARAS CUADRADAS. Inmueble inscrito a favor del demandado

bajo el Sistema de Folio Real matrícula número SEIS CERO CERO

CUATRO NUEVE OCHO CUATRO NUEVE propiedad del Registro

de la Propiedad Raíz e Hipoteca de la Primera Sección del Centro.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: San

Salvador, a las diez horas del día trece de mayo de dos mil cinco. LIC.

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CI-

VIL.- LIC. TATIANA VILMA MERCEDES CÁCERES DE ALAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R000323-1

Page 82: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

AUMENTO DE CAPITAL

AVISO

La Sociedad PANIFICADORA LISBOA, S. A. DE C. V., de este domi-

cilio, en cumplimiento de lo que prescribe el Código de Comercio, para

los efectos de Ley, al público

HACE SABER: Que en Sesión de Junta General Extraordinaria

de Accionistas, llevada a cabo en esta ciudad, el día 2 de Mayo de 2005,

por decisión unánime de sus Accionistas convocados para tal fi n, ACOR-

DARON: Incrementar en SETENTA MIL COLONES el Capital Social

Fijo de la Sociedad, el cual aumentado a los Treinta Mil Colones de su

contitución, formarán el nuevo CAPITAL MINIMO de la Sociedad, en

la suma de CIEN MIL COLONES, tal como lo prescribe la Ley.-

San Salvador, 5 de mayo de 2005.-

JOSE ALEX CHACON MONTALVA,

ADMINISTRADOR UNICO.

3 v. alt. No. R000318-1

EL INFRASCRITO DIRECTOR SECRETARIO DE LA JUNTA DI-

RECTIVA DE LA SOCIEDAD PROFESIONALES EN SEGURIDAD

PRIVADA, S.A. DE C.V.,

CERTIFICA: el acta TRES de JUNTA GENERAL EXTRAORDI-

NARIA DE ACCIONISTAS, celebrada a las OCHO horas del día cinco

de los corrientes con la presencia del cien por ciento de los accionistas

de la mencionada sociedad; la cual literalmente dice “PUNTO ÚNICO.

Aumento de Capital Social mínimo. El presidente de la Junta Directiva

propone al pleno que en vista de las reformas efectuadas al Código de

Comercio es necesario adecuar la Escritura de Constitución a las nue-

vas disposiciones legales, específi camente en cuanto al Capital Social

mínimo, por lo cual propone aumentar el Capital Social actual que es

de DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 71/100 DÓ-

LARES, con lo cual el nuevo Capital Social mínimo con que giraría la

Sociedad sería de CINCUENTA MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y

SIETE 60/100 DÓLARES. Visto lo anterior la Junta ACUERDA por

unanimidad aumentar el Capital Social mínimo de la Sociedad en la

suma de CUARENTA Y OCHO MIL UNO CON 89/100 DÓLARES

por lo que el nuevo Capital Social mínimo con que girará la Sociedad

será de CINCUENTA MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE 60/100

DÓLARES. El anterior aumento se realiza por nuevas aportaciones de

los socios, el cual queda suscrito y pagado en su totalidad en este mismo

momento, habiendo en consecuencia que emitir 440 nuevas acciones, las

cuales serán suscritas de la siguiente manera, la señora Reina Maricel

Cuéllar Flamenco suscribe y paga 354 acciones, el señor Jorge Armando

Mármol Guerra suscribe y paga 60 acciones y el señor Jorge Alberto

Murcia Recinos suscribe y paga 6 acciones. Cada acción suscrita y pagada

tiene un valor de CIENTO CATORCE CON 29/100 DÓLARES. De tal

manera que la señora Reina Maricel Cuéllar Flamenco paga la suma de

CUARENTA MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO 66/100

DÓLARES, el señor Jorge Armando Mármol Guerra paga la suma de

SEIS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE 40/100 DÓLARES

y el señor Jorge Alberto Murcia Recinos paga la suma de seiscientos

ochenta y cinco 74/100 dólares. Lo anterior sumado a las acciones que

anteriormente poseía cada uno, resulta la siguiente distribución, la señora

Reina Maricel Cuéllar Flamenco es ahora propietaria de 361 acciones,

equivalente al 82% del Capital Accionario, el señor Jorge Armando

Mármol Guerra es ahora propietario de 66 acciones equivalente al 15%

del Capital Accionario y el señor Jorge Alberto Murcia Recinos es ahora

propietario de 13 acciones equivalente al 3% del Capital Accionario.

Esta Junta ACUERDA nombrar como Ejecutor Especial al señor Jorge

Alberto Murcia Recinos a fi n de que proceda a efectuar los trámites

legales correspondientes y necesarios en virtud del acuerdo tomado por

la Junta General Extraordinaria de Accionistas”.

Y para los efectos legales consiguientes, extiendo la presente en

la ciudad de San Salvador, a los siete días del mes de febrero de dos mil

cinco.

JORGE ARMANDO MARMOL GUERRA,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. R000337-1

DISOLUCION DE SOCIEDADES

La Suscrita Secretaria de la Sociedad “LA FUENTE TRAVEL AGENCY

S.A. DE C.V.,

CERTIFICA: Que en Junta General Extraordinaria de Accionistas

de LA FUENTE TRAVEL AGENCY, S.A. DE C.V., celebrada en esta

ciudad a las dieciséis horas del día catorce de Junio del año dos mil cin-

co, se encuentra asentada el acta número 31, que en lo pertinente dice:

”” ACTA NUMERO 31.- RESOLVIENDO: La Junta por unanimidad

acuerda: I) Proceder a la Disolución y Liquidación de la Sociedad “LA

FUENTE TRAVEL AGENCY, S. A. DE C.V.”, por considerar que ya no es

rentable desde ningún punto de vista, ni conveniente para los intereses de

los socios y de la Sociedad misma la continuación de su funcionamiento;

II) Nombrar como Ejecutores Especiales para que comparezcan ante

Notario a otorgar las correspondientes escrituras de reconocimiento de

la Disolución y Liquidación de dicha Sociedad a los Accionistas Nora

Elvy Recinos de Delgado y Francisca Guadalupe del Rosario Casano-

vas de Recinos; y III) Asimismo nombrar como Liquidadores de dicha

Page 83: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

83DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

Sociedad a las expresadas señoras Nora Elvy Recinos de Delgado y

Francisca Guadalupe del Rosario Casanovas de Recinos de acuerdo

al Pacto Social.- NORA ELVY R. DE DELGADO.- PAQUITA C. DE

RECINOS.-RUBRICADAS.-

Es conforme con su original y para efecto de inscribir la presente

en el Registro de Comercio extiendo, fi rmo y sello la presente en la

ciudad de San Salvador, a los quince días del mes de junio del año dos

mil cinco.

FRANCISCA GUADALUPE DEL ROSARIO

CASANOVAS DE RECINOS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006728-1

AVISO DE COBRO

EL INFRASCRITO JEFE DE RECURSOS HUMANOS DE LA DE-

PARTAMENTAL DE EDUCACION, LA LIBERTAD,

HACE SABER: Que en esta Unidad se ha presentado la señora

ARACELI NIETO MORALES, mayor de edad, con DUI N° 00012709

del domicilio de Colón, Urbanización Miramontes Lourdes, Pasaje 5-15;

solicitando se le permita cobrar la cantidad de SEISCIENTOS TREIN-

TA Y CINCO 83/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA correspondiente al período del 01 de Junio al 30 del mismo

mes, del Dos mil Cinco, que a su fallecimiento dejó pendiente de cobro

su compañero de vida, señor MAURICIO ANAYA HERNANDEZ en

concepto de sueldo, quien falleció el día 04 de Junio de 2005, cuando

desempeñaba el cargo de Profesor Docente Nivel Dos en el Centro Escolar

“Francisco Gavidia”, Jurisdicción de Colón, código 11023, con cargo a

las Cifras Presupuestarias 2005-3100-3-03-01-21-1-011.

Lo anterior se informa para conocimiento del público, a fi n de que

toda persona que se crea con mayor o igual derecho, se presente a hacer

uso de él, a más tardar dentro del término de 3 días, después de la última

publicación del presente aviso.

La Libertad, a los catorce días del mes de junio de dos mil cinco.

Ing. GUILLERMO ANTONIO CASTRO VIANA,

JEFE DE RECURSOS HUMANOS

DEPARTAMENTAL DE EDUCACION, LA LIBERTAD.

3 v. 1 v. c/3 d. No. F006716-1

La Infrascrito Subjefe del Departamento Jurídico del Ministerio de

Hacienda, a quien interese para los efectos de ley

HACE SABER: Que a este Departamento se ha presentado la

señora GUADALUPE CANALES PEREZ, conocida como Guadalupe

Gutiérrez, en representación de su menor hija MARTHA ALICIA PA-

LACIOS GUTIERREZ, hija sobreviviente del causante señor José Jesús

Palacios, solicitando se le autorice fi rmar los documentos respectivos para

que se le haga efectiva la devolución de la cantidad de TRESCIENTOS

SIETE 00/100 DOLARES ($307.00), en concepto de excedente del

Impuesto sobre la Renta del ejercicio 2004, según devolución número

133116, que dejó pendiente de cobro su padre, por haber fallecido el

día 29 de septiembre de 2004.

Lo anterior, se hace de conocimiento del público para que toda

persona que se crea con igual o mejor derecho, se presente a este Depar-

tamento a más tardar dentro de los quince días subsiguientes, contados a

partir del día siguiente al de la tercera y última publicación del presente

aviso, a fi n de ejercer su derecho.

Ministerio de Hacienda. San Salvador, a los seis días del mes de

junio de dos mil cinco.

NORA LIZETH PEREZ DE LOPEZ,

SUBJEFE DEPARTAMENTO JURIDICO

MINISTERIO DE HACIENDA.

3 v. 1 v. c/3 d. No. F006840-1

PATENTE DE INVENCION

No. de Expediente: 1999000029

No. de Presentación: 19990000029

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado DINA CASTRO

DE CALLEJAS, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domici-

lio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de ELI LILLY AND COMPANY, del domicilio

de INDIANAPOLIS, INDIANA, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,

de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando se conceda Registro

de la PATENTE DE INVENCION, por el término de VEINTE AÑOS,

de acuerdo a lo establecido en el Artículo 27 numeral 1 y 33 del Anexo

1 C de los Acuerdos sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad

Intelectual, relacionados con el Comercio (ADPIC), para una PATENTE

DE INVENCION denominada FORMULACION DE 2-METIL-TIENO-

Page 84: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

BENZODIACEPINA REF. X-12542, con Clasifi cación Internacional

C07D 243/00, y con prioridad de la solicitud ESTADOUNIDENSE No.

N°09/163.768, de fecha treinta de septiembre del año mil novecientos

noventa y ocho.

La solicitud fue presentada a las quince horas y veinticinco minutos

del día veintiséis de marzo del año mil novecientos noventa y nueve.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-

MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los veintiséis días del mes

de noviembre del año dos mil cuatro.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

3 v. c. No. R000326-1

TITULO MUNICIPAL

OSCAR FERNANDO MENDOZA VIERA, Notario; de este domicilio,

con ofi cina Jurídica ubicada en Séptima Avenida Norte, Barrio La Cruz,

de San Alejo, al público para los efectos de Ley;

HACE SABER: Que ante mis ofi cios Notariales se han presentado

los señores: LUIS ARMANDO ROBLES, ARACELI ABIGAIL RO-

BLES, conocida Tributariamente por ARACELY ABIGAIL ROBLES

BAUTISTA Y REINA SANTANA AZUCENA BAUTISTA DE MORAN,

solicitando se les extienda Título Municipal de Un solar de naturaleza

urbana, situado en el Barrio El Calvario de la ciudad de San Alejo,

Distrito y Departamento de La Unión, de la capacidad superfi cial de

SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO METROS, SESENTA Y SEIS

DECIMETROS, NOVENTA CENTIMETROS CUADRADOS, que tiene

las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: veinticuatro metros,

treinta centímetros, linda con solar y casa que fueron de Irenea Hernández,

y Graciela Hernández, actualmente de María Victoria Urquilla Vásquez y

José Benjamín Urquilla Robles, calle de por medio; AL NORTE: veintiséis

metros, ochenta y seis centímetros, y linda con solar y casa que fue de

Eligio Marcía, después de la señora Concepción Cálix y actualmente de

María de la Paz Alberto; AL PONIENTE, mide veinticuatro metros, y

linda con solar que fue de Magdalena Marquina, y José Vilanova, ahora

de Manuel Angel Vilanova, y Tomás Méndez Bautista; Y AL SUR, mide

veintiséis metros, ochenta y seis centímetros, y linda calle de por medio

con casa y solar de Irene Bautista, hoy de Carlos Arturo Bautista Reyes.

En este solar se encuentra la casa que también entra en la presente venta,

la cual es techo de tejas, sobre horcones, paredes de bahareque, de once

metros de longitud, por cinco metros, cincuenta centímetros de ancho,

incluyendo un caído de siete metros de largo por cuatro metros y medio

de ancho. Dicho inmueble lo poseen de buena fe, en forma quieta y

pacífi ca, continua e ininterrumpida, y lo poseen desde el día veintiocho

de julio del año dos mil cuatro; y les corresponde por Compra hecha a

la señora: CONCEPCION ROBLES, según Escritura Pública, otorgada

en esta ciudad, departamento de La Unión, a las diecisiete horas y treinta

minutos del día veintiocho de julio del año dos mil cuatro, ante los ofi cios

del notario Jesús Edmundo Urbina López.

San Alejo, Departamento de La Unión, a los catorce días del mes

de junio del año dos mil cinco.-

Lic. OSCAR FERNANDO MENDOZA VIERA,

NOTARIO.

1 v. No. R000333

OTROS

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL, DE

ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL PARA

LOS EFECTOS DE LEY.

AVISA: Que a este Juzgado se han presentado los Abogados

RICARDO SALVADOR MARTINEZ y TITO EDMUNDO ZELAYA

MEJIA, como Apoderados de la Empresa INVERSIONES N J SAFIE,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, manifestando que

el día uno de marzo del presente año, en prolongación Alameda Juan

Pablo Segundo, Número Trescientos Setenta y siete, Bodegas San Jorge,

de esta ciudad se han encontrado, al parecer perdidos, los bienes muebles

que se describen a continuación: A) Un Vehículo Marca Chevrolet, años

desconocido, Color Café con Negro, Placa UNO CERO OCHO- CERO

NUEVE DOS (P 108-092), formato del año Noventa y cuatro; B) Un

vehículo Marca Kia Master Panel, Color Gris, año desconocido, Placa

Número P-UNO UNO OCHO-SIETE TRES CUATRO (P-118-734),

formato año noventa y cuatro; y C) Maquinaria Industrial no determi-

nada.

Por lo que se previene que si hay alguna persona que justifi que su

domicilio sobre tales especies se presente a este Tribunal a comprobar

dicha circunstancia.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las

ocho horas y cuarenta y cinco minutos del día trece de Septiembre del

año dos mil cuatro. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO

DE LO CIVIL. Lic. IVONNE LIZZETTE FLORES GONZALEZ,

SECRETARIA INTERINA.

3 v. 1 v. c/30 d. No. R000312-1

Page 85: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

85DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

DE SEGUNDA PUBLICACIÓNACEPTACION DE HERENCIA

RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada y con benefi cio de inventario, de parte del señor DANIEL ANTONIO QUINTANILLA, la sucesión intestada que a su defunción dejó la causante ANA MARGARITA QUINTANILLA quien fue de cincuenta y siete años de edad, Comerciante, soltera, quien falleció en el Cantón Primavera de esta Jurisdicción, a las veinte horas y quince minutos del día veintitrés de septiembre de dos mil tres, siendo el referido Cantón, el lugar de su último domicilio.

El señor DANIEL ANTONIO QUINTANILLA es hijo y cesionaria de los derechos hereditarios que por derecho de representación de la señora MARIA DEL PILAR QUINTANILLA PERAZA, les correspon-dería a sus hijos señores MIGUEL ANGEL ORTIZ QUINTANILLA y CLAUDIA ELIZABETH CARDONA QUINTANILLA; y cesionario del derecho hereditario que le correspondería a la señora ROSARIO DEL CARMEN QUINTANILLA HOY QUINTANILLA DE CLIMACO, en calidad de hija de la de cujus; y en ese carácter se le confi ere interinamente la administración y representación de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Lo que se pone en conocimiento del público, para que todo aquel que se crea con derecho en la presente sucesión, comparezca a este Tribunal a probarlo dentro de los quince días subsiguientes a la tercera publicación de este edicto.-

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: Santa Ana, a las doce horas veinte minutos del día doce de mayo de dos mil cinco. Dr. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Br. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006448-2

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las diez horas y once minutos del día veintidós de mayo de mil novecientos noventa y ocho, se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de los menores EVA MONSERRAT y JOSE ANGEL ambos de apellidos LOPEZ ESTRADA la herencia intestada que les defi rió la causante MARIA MIRIAN LOPEZ CHAVEZ, quien falleció en la colonia San Antonio número dos Cantón San Nicolás, jurisdicción de Apopa, el día dieciocho de mayo de mil novecientos ochenta y ocho, en concepto de hijos de la causante.

Confi érese a los aceptantes la administración y representación in-terinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, quienes deberán ejercer sus derechos por medio de su representante legal señor SALVADOR ESTRADA DIMAS.

CITA: A los que se crean con derecho a la herencia referida, para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días, contados desde el siguiente al de la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil; San Salvador, a las diez horas treinta minutos del día veinticinco de mayo de dos mil cinco. Dr. DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL. Lic. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006485-2

EL INFRASCRITO JUEZ,

HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal, a las once horas y treinta y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada, expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó al fallecer el señor SAUL AVALOS, conocido por SAUL AVALOS COREAS, el día diecisiete de marzo del año en curso, en San Miguel, frente al Ingenio Chaparrastique, habiendo sido Santa Elena su último domicilio de parte de ANGELA HUEZO BENAVIDES DE AVALOS conocida por ANGELA HUEZO y por ANGELA HUEZO BENAVIDES, en calidad de cónyuge sobreviviente del causante; Confi riéndosele la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de quince días después de la tercera publicación de este edicto.-

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los tres días del mes de junio del año dos mil cinco.- Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006496-2

ANA ESTELA RAMOS GAVIDIA, Notario de los domicilios de San Salvador y Nueva San Salvador, con Ofi cina Notarial establecida en la casa número veintidós del Pasaje Doce Poniente y polígono E- catorce de Ciudad Merliot, en Nueva San Salvador, al Público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución proveída por la Suscrita, a las nueve horas de este día, se ha tenido por aceptada, expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia testamentaria, que dejó al fallecer la señora OTILIA CORTEZ DE DOMINGUEZ, conocida por OTILIA CORTES DE DOMINGUEZ, OTILIA CORTES, OTILIA CORTEZ, DOTILA CORTEZ Y CLOTILDE CORTEZ, el día primero de marzo del año dos mil tres, en la Sexta Calle Poniente y Diecinueve Avenida, número mil treinta y nueve de la ciudad de San Salvador, habiendo sido San Salvador, su último domicilio, de parte de MARIA VICTORINA DOMINGUEZ CORTEZ, conocida también por MARIA VICTORINA CORTES, en calidad de hija de la causante, heredera testamentaria, legataria y cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores SILVIA DOMINGUEZ DE QUINTANILLA, conocida por SILVIA DOMINGUEZ CORTES, MARIA ELVY DOMINGUEZ DE AZUCENA, conocida por MARIA ELVY CORTEZ, RICARDO CORTES ALVARADO, conocido por RICARDO CORTES, SERGIO ANTONIO DOMINGUEZ CORTEZ, MARIA ANTONIA DOMINGUEZ CORTEZ DE ALFARO conocida por MARIA ANTONIA DOMINGUEZ COR-TES Y MARIA ANTONIA CORTEZ, Y JOSE SAUL DOMINGUEZ

Page 86: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

CORTEZ, JOSE SAUL DOMINGUEZ CORTES, JOSE SAUL COR-TES, JOSE SAUL CORTEZ Y JOSE SAUL DOMINGUEZ, en calidad de hijos y herederos testamentarios de la causante, Confi riéndosele la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a esta ofi cina notarial, a deducirlo en el término de quince días después de la tercera publicación de este edicto.-

LIBRADO EN MI OFICINA NOTARIAL: en Nueva San Salvador, a los dos días del mes de junio del año dos mil cinco.

Lic. ANA ESTELA RAMOS GAVIDIA,

ABOGADO Y NOTARIO.

3 v. alt. No. F006497-2

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO: Al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal de las nueve horas treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia Testamentaria del causante FELIX DE JESUS MEDINA HENRIQUEZ, conocido por FELIX GRANILLO ORELLANA y por FELIX GRANIELLO ORELLANA, fallecido en el Hospital del Seguro Social de esta ciudad, el día ocho de enero del corriente año, siendo la ciudad de Santa Ana el lugar de su último domicilio, de parte de la señora EVANGELINA MARTINEZ DE MEDINA, en su calidad de Heredera testamentaria instituida por el referido causante, a quien se le confi ere interinamente la administración y representación de la sucesión, con las facultades y restricciones que la ley confi ere a los curadores de la Herencia Yacente.

Juzgado Primero de lo Civil; Santa Ana a las diez horas del día veinticuatro de mayo del dos mil cinco. Lic. FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Lic. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006504-2

SAMUEL ARMANDO GARCIA REVOLORIO, Notario, de este domi-cilio y con ofi cina situada en Avenida Oscar Arnulfo Romero, Número ciento veintinueve, ex -edifi cio del Banco Salvadoreño, frente a la Plaza Morazán, Local trescientos veintidós, de esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución proveída a las doce horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente, con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en el Cantón El Zapote, Jurisdicción de Ayutuxtepeque, el día veintitrés de enero del año mil novecientos noventa y uno, dejó el señor JOSE ESTANISLAO HERNANDEZ BARAHONA, por parte de los señores SAMUEL MEDINA HERNANDEZ, MARIA LIDIA HERNANDEZ MEDINA DE ALEGRIA, VICENTE ERNESTO MEDINA HERNANDEZ Y SALVADOR DE JESUS MEDINA HERNANDEZ, todos en concepto de hijos del causante, habiéndoseles conferido a éstos la administración y representación interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

LO QUE SE HACE DEL CONOCIMIENTO PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

Librado en las ofi cinas del suscrito Notario, en San Salvador, a las doce horas con quince minutos del día treinta de septiembre del año dos mil cuatro.

Lic. SAMUEL ARMANDO GARCIA REVOLORIO,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F006520-2

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PUBLICO PARA EFEC-TOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas del día diez de enero del presente año, se tuvo por aceptada expresamente y con bene-fi cio de inventario la herencia intestada de los bienes que a su defunción dejó el causante señor ERICK GAMALIEL PINTO GOMEZ, quien falleció en COATEPEQUE, QUETZALTENANGO, GUATEMALA, el día veinticinco de septiembre de dos mil tres, siendo su último domicilio Ayutuxtepeque, de parte de la menor GABRIELA IVETH PINTO DUE-ÑAS, en su concepto de hija del causante, Representanda legalmente por su madre señora KAREN EUGENIA DUEÑAS SOSA.

Confi érese a la aceptante en el carácter antes indicado la admi-nistración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, debiendo ejercerla la menor antes mencionada por medio de su representante legal nom-brada.

Habiéndose conferido en el carácter antes indicado la administra-ción y representación interina con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Y CITA: a los que se crean con derecho a la referida herencia a deducirlo dentro del término de quince días a partir de la última publi-cación del presente edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Mejicanos, a las nueve horas y treinta minutos del día diez de enero de dos mil cinco. Lic. JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JORGE ALBERTO GONZALEZ MENDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. R000244-2

EVELYN DEL CARMEN GOMEZ DE MELÉNDEZ, Notario, del domicilio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, con ofi cina ubicada en la Calle Walter A. Soundy Número Tres- Seis A, de la Ciudad de Santa Tecla,

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita notario, proveída a las diez horas del día veinticuatro de mayo de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la herencia testamentaria que a su defunción ocurrida en la Ciudad de San Francisco California, Estados Unidos de América, el día veintisiete de octubre de dos mil tres, dejó la señora ROSENDA ANGELA MUNGUIA conocida por ANGELA MUNGUIA, de parte de los señores: ANA DEL CAR-MEN MUNGUIA o CARMEN MUNGUIA, JOSE LUIS MUNGUIA

Page 87: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

87DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

ALVARADO o JOSE LUIS MUNGUIA, GLORIA IMELDA MUNGUIA o IMELDA MUNGUIA; ROSANA DEL TRANSITO FLAMENCO DE MENDOZA O ROXANA FLAMENCO DE MENDOZA y RUBEN FELIX FLAMENCO o RUBEN FLAMENCO, en su concepto de Herede-ros Testamentarios de la causante, habiéndose conferido la administración y representación de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos lo que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida ofi cina en el término de quince días contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina de la notario, situada en la Calle Walter A. Soundy Número Tres- Seis A de la Ciudad de Santa Tecla, departamento de La Libertad.

En la Ciudad de Santa Tecla, a las diez horas del día de nueve de junio de dos mil cinco.-

EVELYN DEL CARMEN GOMEZ DE MELÉNDEZ,

NOTARIO.

3 v. c. No. F006638-2

TITULOS DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor Rubén Sandoval Marroquín, mayor de edad, Agricultor en Pequeño, de este domicilio, solicitando para sí, Título de Propiedad de UN TERRENO RUSTICO, situado en el Cantón Meléndez de esta jurisdicción, cons-tante: de SEIS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO METROS CUADRADOS UN CENTIMETROS, de colindancias siguientes: AL NORTE: lindando con Mariano Sandoval y Josefi na Marroquín; AL ORIENTE: colindando con Carmen Cruz Capacho, AL SUR: colindando con José Roberto López Meléndez, José Antonio López e Iglesia Católica; y AL PONIENTE: colindando con Mariano Sandoval. Lo adquirió por compra que le efectuó al señor mediante escritura pública; y lo valora CINCUENTA MIL COLONES Siendo todos los colindantes de este domicilio.

ALCALDIA MUNICIPAL DE SAN JOSE GUAYABAL, a los once días del mes de abril del dos mil cinco.- ING. MAURICIO ARTURO VILANOVA VAQUERO, ALCALDE MUNICIPAL.- ANA CONCEP-CIÓN ARTIGA SÁNCHEZ, SECRETARIA MUNICIPAL INTO.

3 v. alt. No. F006479-2

TITULOS SUPLETORIOS

DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que ante este Juzgado se ha presentado el doctor RAFAEL MORAN CASTANEDA, en su calidad de Apoderado General Judicial de la señora JOSEFA SALAZAR, solicitando obtener a favor de dicha señora Título Supletorio de un predio de naturaleza rústica,

situado en el Cantón Los Magueyes, de esta jurisdicción compuesto de setecientos veintinueve punto setenta y tres metros cuadrados de las medidas lineales y colindancias especiales siguientes: AL NORTE, vein-tidós metros ochenta centímetros, con porción vendida a Alberto Durán Salazar, AL ORIENTE, treinta y uno punto noventa y dos metros, con José Angel Artero, antes después de Julia Nathan de Borja y ahora es de Margarita Aldemira Papini Ruiz de Borja, cerco de alambre ajeno de por medio; AL SUR, veintidós metros ochenta centímetros, con terreno de Rosa Eguizábal, antes después de Mercedes Gallegos ahora de Regina Melany Pine de Boreman, camino en medio; y AL PONIENTE , treinta y dos metros diez centímetros, con José Eulogio Aguilar, antes, ahora con la Escuela Rural Mixta del Cantón Los Magueyes, propiedad del Ministerio de Educación, Soporta servidumbre de tránsito por el rumbo Poniente, a favor de los lotes que se han adjudicado a los señores ANA REINA SALAZAR Y ALBERTO DURAN SALAZAR, y que formaron parte del inmueble general del cual se desmembró el que se describe, para salir al camino que del Cantón Los Magueyes conduce a esta ciudad.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los fi nes de ley.

Juzgado de lo Civil: Ahuachapán, a las doce horas cuarenta minu-tos del día dieciséis de noviembre del año dos mil cuatro. Dr. JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.- INOCENTE GRANILLO CASTELLON, SECRETARIO.

3 v. alt. No F006507-2

TITULOS DE DOMINIO

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNCIPAL DE ESTA CIUDAD.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la señora. ROSA DOLORES SEGOVIA REYES, de treinta y dos años de edad, de ofi cios domésticos, de este domicilio, Solicitando se le extienda TITULO DE DOMINIO a su favor, de un solar de Naturaleza Urbana, situado en los límites jurisdiccionales, en los suburbios hacia el oriente, entre la Quinta Avenida Sur y Segunda Calle Oriente, del Barrio El Centro, de la ciudad y distrito de Sesori, departamento de San Miguel, de la Capa-cidad Superfi cial de DOSCIENTOS METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE: veinte metros, linda con terreno del señor Teófi lo Lizama, tapial de ladrillo quemado propio del colindante de por medio; AL NORTE: diez metros, linda con terreno del señor Teófi lo Lizama, callejón de por medio; AL PONIENTE: veinte metros, linda con solar de la señora Rosa Cándida Ramos de Martínez, cerco de alambre de púas de por medio; y AL SUR: diez metros, linda con terrenos del señor Teófi lo Lizama y Mercedes Chávez de Lizama.- En el inmueble antes descrito existe construida una Casa de sistema mixto, con sus respectivos servicios de agua potable y energía eléctrica, el referido inmueble no es dominante ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales que deban respetarse, dicho inmueble lo posee exclusivamente sin estar en proindivisión con nadie, el cual lo adquirió por compra formal que hizo en el mes de Julio del año dos mil tres, al señor Teófi lo Lizama, y su posesión unida a la de su antecesor es por más de diez años, en forma quieta, pacífi ca e interrumpida, el inmueble descrito está valorado en la cantidad de quince mil colones.

Page 88: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

Lo anterior se avisa al público en general para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal: Sesori, dieciséis de Mayo de dos mil cinco. RENE ALEXANDER PORTILLO, ALCALDE MUNICIPAL. HERNAN RODRIGUEZ CHICAS, SECRETARIO MUNICIPAL.-

3 v. alt. No. R000251-2

RENOVACION DE MARCAS

No. de Expediente: 1954002730

No. de Presentación: 20050061016

CLASE: 12.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL de GENERAL MOTORS CORPORATION, del domicilio de WEST GRAND BOULEVARD AND CASS AVENUE, DETROIT, ESTADO DE MICHIGAN 48202, ESTA-DOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 02730 del Libro 00019 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en LAS LETRAS GM; que ampara productos comprendidos en la Clase 12 de la Clasifi cación internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los veinticinco días del mes de mayo del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006388-2

No. de Expediente: 1994000283

No. de Presentación: 20050062903

CLASE: 01.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, ac-tuando como APODERADO de DISTRIBUTORS PROCESSING, INC.,

del domicilio de 17656 AVENUE 168, PORTEVILLE, CALIFORNIA 93257, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADO-UNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00219 del Libro 00027 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA EXPRESION “MICRO-AID”; que ampara productos comprendidos en la Clase 01 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

IRMA CAROLINA AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006390-2

No. de Expediente: 1993002628

No. de Presentación: 20050062820

CLASE: 09

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de THOMSON MULTIMEDIA INC., del domicilio de 10330 N. MERIDIAN STREET, INDIANAPOLIS, INDIANA 46290, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00207 del Libro 00027 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “ProScan” siendo la letra “S” mayúscula, que ampara productos comprendidos en la Clase 09 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

IRMA CAROLINA AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006394-2

Page 89: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

89DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

No. de Expediente: 1993003345.

No. de Presentación: 20050063412.

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domi-cilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de WALGREEN COMPANY, del domicilio de 200 Wilmot Road Deefi eld, Illinois 60015, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00154 del Libro 00026 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “WALGREENS”; que ampara pro-ductos comprendidos en la Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JOSE ANGEL RIVERA CAMPOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006395-2

No. de Expediente: 1990002012.

No. de Presentación: 20050063266.

CLASE: 16.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA:

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Kimberly-Clark Worldwide, Inc., del domicilio de NEENAH, WISCONSIN, 54956, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00103 del Libro 00027 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA SECURITY; que ampara productos comprendidos en la Clase 16 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de mayo del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

IRMA CAROLINA AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006397-2

No. de Expediente: 1993002841.

No. de Presentación: 20050062904.

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA:

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de AMERICAN HOME PRODUCTS CORPORATION, del domicilio de 685 Third Avenue, New York, New York, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00183 del Libro 00027 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión LO-RONDAL siendo el guión parte de la marca; que ampara produc-tos comprendidos en la Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de mayo del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006398-2

No. de Expediente: 1964012412.

No. de Presentación: 20050060832.

CLASE: 03.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA:

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PERFUMERIA GAL, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de LA PLAZA DE LA MONCLOA 1, MA-DRID, ESPAÑA, de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando RENOVA-CION, para la inscripción Número 12412 del Libro 00033 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en UNA ETIQUETA DE TRES FRANJAS HORIZONTALES, DOS AMARILLOS Y UNA BLANCA AL CENTRO, DIVIDIDAS POR UNA CADENA DE FLORES DE LIS DORADOS, EN LA FRANJA AMARAILLA SUPERIOR LA PALABRA JABON, EN LA BLANCA “HENO DE PRAVIA” Y EN LA FRANJA AMARILLA INFERIOR “Gal – Madrid”; que ampara productos comprendidos en la Clase 03 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Page 90: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los veinticuatro días del mes de mayo del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

IRMA CAROLINA AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006401-2

No. de Expediente: 1987001560.

No. de Presentación: 20050063683.

CLASE: 16.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR:

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PITNEY BOWES INC., del domicilio de WALTER H. WHEELER, JR. DRIVE, STAMFORD, CONNECTI-CUT, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADO-UNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00022 del Libro 00028 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en UNA CRUZ CON BRAZOS MAS ANCHOS QUE LA COLUMNA. EN LOS ESPACIOS FORMADOS POR SUS ANGULOS RECTOS, DE CABIDA, EN CADA UNO DE ELLOS, A DOS ESCUADRAS QUE TIENEN UNO DE SU LADOS MAS ANCHOS QUE EL OTRO; que ampara productos comprendidos en la Clase 16 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de mayo del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006402-2

No. de Expediente: 1991002846.

No. de Presentación: 20050063618.

CLASE: 09.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA:

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PITNEY BOWES INC., del domicilio de WALTER H. WHEELER, JR. DRIVE, STAMFORD, CONNECTI-CUT, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADO-UNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00229 del Libro 00028 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión PITNEY BOWES; que ampara productos comprendidos en la Clase 09 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006404-2

No. de Expediente: 1975002112.

No. de Presentación: 20050060854.

CLASE: 21.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA:

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA EUGENIA MENDEZ DE HUEZO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de RENA WARE DISTRIBUTORS, INC., del domicilio de CIUDAD DE REDMOND CONDADO DE KING, ESTADO DE WASHINGTON, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNI-DENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00179 del Libro 00058 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en LAS PALABRAS “RENA-WARE”.; que ampara productos comprendidos en la Clase 21 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los veinticuatro días del mes de mayo del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

IRMA CAROLINA AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006510-2

Page 91: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

91DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

No. de Expediente: 1993000955.

No. de Presentación: 20050062944.

CLASE: 29.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA:

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de BENVENUTO, S.A.C.I., del domicilio de Hipólito Irigoyen 2576, 1315 Buenos Aires, Argentina, de nacionalidad ARGENTINA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00186 del Libro 00026 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LAS PALABRAS “LA CAMPAGNOLA” ESCRITAS EN LETRAS MAYUSCULAS DE MOLDE; que ampara productos comprendidos en la Clase 29 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los dieciséis días del mes de mayo del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R000254-2

No. de Expediente: 1989000207.

No. de Presentación: 20030045392.

CLASE: 12.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR:

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MAGNO TULIO SANDOVAL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PRODUCTORA NACIONAL DE LLANTAS, S.A., del domicilio de Ciudad de Cali, República de Colom-bia, de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00105 del Libro 00010 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA “MONTANA”; que ampara productos comprendidos en la Clase 12 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los veinticinco días del mes de mayo del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R000255-2

MARCAS DE FABRICA

No. de Expediente: 2005047134.

No. de Presentación: 20050061676.

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de SOCIETE DES PRODUITS NESTLE S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

HOT POCKETS

Consistente en: la expresión HOT POCKETS traducida al castellano como BOLSAS CALIENTES.

La solicitud fue presentada el día ocho de marzo del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de mayo del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006355-2

No. de Expediente: 2005048720.

No. de Presentación: 20050064039.

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL AL-BERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de L´OREAL SOCIETE ANONYME, de nacionalidad FRANCESA, soli-citando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

BI-WHITE

Consistente en: la expresión BI-WHITE, la palabra White traducida al castellano como BLANCO.

Page 92: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

La solicitud fue presentada el día diecisiete de mayo del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de mayo del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006358-2

No. de Expediente: 2005048721.

No. de Presentación: 20050064040.

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL AL-BERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de L´OREAL SOCIETE ANONYME, de nacionalidad FRANCESA, soli-citando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

AMINEXIL

Consistente en: la PALABRA AMINEXIL.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de mayo del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de mayo del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006360-2

No. de Expediente: 2005048718.

No. de Presentación: 20050064037.

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL AL-BERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de

L´OREAL SOCIETE ANONYME, de nacionalidad FRANCESA, soli-citando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

DERCOS

Consistente en: la palabra DERCOS.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de mayo del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de mayo del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006361-2

No. de Expediente: 2005048709.

No. de Presentación: 20050064028.

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL AL-BERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de L´OREAL SOCIETE ANONYME, de nacionalidad FRANCESA, soli-citando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

LIFTACTIV

Consistente en: la palabra LIFTACTIV.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de mayo del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de mayo del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006362-2

Page 93: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

93DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

No. de Expediente: 2005048713

No. de Presentación: 20050064032

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de L’OREAL SOCIETE ANONYME, de nacionalidad FRANCESA, so-licitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

NORMADERM

Consistente en: la palabra NORMADERM.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de mayo del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de mayo del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006363-2

No. de Expediente: 2005048707

No. de Presentación: 20050064026

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de L’OREAL SOCIETE ANONYME, de nacionalidad FRANCESA, so-licitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

NUTRILOGIE

Consistente en: la palabra NUTRILOGIE.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de mayo del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de mayo del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006364-2

No. de Expediente: 2005048708

No. de Presentación: 20050064027

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de L’OREAL SOCIETE ANONYME, de nacionalidad FRANCESA, so-licitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

PURETE THERMALE

Consistente en: las palabras PURETE THERMALE traducidas al castellano como PUREZA TERMAL.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de mayo del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de mayo del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006365-2

No. de Expediente: 2005048719

No. de Presentación: 20050064038

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de L’OREAL SOCIETE ANONYME, de nacionalidad FRANCESA, so-licitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

CAPITAL SOLEIL

Consistente en: las palabras CAPITAL SOLEIL traducidas al castellano como CAPITAL SOL.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de mayo del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de mayo del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006367-2

Page 94: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

No. de Expediente: 2005048591

No. de Presentación: 20050063819

CLASE: 31.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de SOCIETE DES PRODUITS NESTLE S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

SISTEMA FOR

Consistente en: la expresión SISTEMA FOR, en donde la palabra FOR se traduce al castellano como Para.

La solicitud fue presentada el día once de mayo del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, doce de mayo del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006369-2

No. de Expediente: 2005048742

No. de Presentación: 20050064064

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL AL-BERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de WYETH, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

NUASIS

Consistente en: la palabra NUASIS.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de mayo del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de mayo del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006370-2

No. de Expediente: 2005047662

No. de Presentación: 20050062538

CLASE: 41

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de FUTE-CA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

FUTECA

Consistente en: la palabra FUTECA.

La solicitud fue presentada el día seis de abril del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de mayo del año dos mil cinco.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006373-2

No. de Expediente: 2004044604

No. de Presentación: 20040057604

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de ADMINISTRADORA DE MARCAS RD, S. DE R.L. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

DIRECTO TELCEL

Consistente en: la palabra DIRECTO TELCEL.

La solicitud fue presentada el día quince de noviembre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de mayo del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006374-2

Page 95: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

95DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

No. de Expediente: 2005045960

No. de Presentación: 20050059794

CLASE: 28.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CLAUDIA JUDITH MACEDA CHICO, en su calidad de APODERADO de PRI-CESMART, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra Member’s Selection y diseño que tra-ducida al castellano signifi ca Seleccion del Miembro.

La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, siete de junio del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006375-2

No. de Expediente: 2004044646

No. de Presentación: 20040057646

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de ADMINISTRADORA DE MARCAS RD, S. DE R.L. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

AMIGO TELCEL DIRECTO

Consistente en: la expresión AMIGO TELCEL DIRECTO.

La solicitud fue presentada el día quince de noviembre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de mayo del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006376-2

No. de Expediente: 2004044640

No. de Presentación: 20040057640

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de ADMINISTRADORA DE MARCAS RD, S. DE R.L. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

TELCEL AMIGO DIRECTO

Consistente en: la expresión TELCEL AMIGO DIRECTO.

La solicitud fue presentada el día quince de noviembre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de mayo del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,REGISTRADOR.

HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006379-2

No. de Expediente: 2005045961

No. de Presentación: 20050059795

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CLAUDIA JUDITH MACEDA CHICO, en su calidad de APODERADO de PRI-CESMART, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra Member’s Selection y diseño traducida al castello como Selección del Miembro.

La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, siete de junio del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006380-2

Page 96: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

No. de Expediente: 2004044686.

No. de Presentación: 20040057687.

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL AL-BERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de ADMINISTRADORA DE MARCAS RD, S. DE R.L. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

TELCEL DIRECTO

Consistente en: la expresión TELCEL DIRECTO.

La solicitud fue presentada el día quince de noviembre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de mayo del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

KARLA GRACIELA ORTEGA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006381-2

No. de Expediente: 2004044644.

No. de Presentación: 20040057644.

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL AL-BERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de ADMINISTRADORA DE MARCAS RD, S. DE R.L. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

AMIGO TELCEL DIRECTO

Consistente en: la expresión AMIGO TELCEL DIRECTO.

La solicitud fue presentada el día quince de noviembre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de mayo del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006382-2

No. de Expediente: 2004044611.

No. de Presentación: 20040057611.

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL AL-BERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de ADMINISTRADORA DE MARCAS RD, S. DE R.L. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

DIRECTO TELCEL

Consistente en: la expresión DIRECTO TELCEL.

La solicitud fue presentada el día quince de noviembre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de mayo del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006383-2

No. de Expediente: 2005046564.

No. de Presentación: 20050060800.

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de GENERAL MOTORS CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, so-licitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

CHEVROLET SIEMPRE CONTIGO

Consistente en: las palabras CHEVROLET SIEMPRE CONTI-GO.

La solicitud fue presentada el día diez de febrero del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de mayo del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006385-2

Page 97: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

97DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

No. de Expediente: 2004041551.

No. de Presentación: 20040053078.

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de BIOTHERM, de nacionalidad MONAGUESCA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

BODY DIET

Consistente en: la expresión BODY DIET traducida como DIETA DE CUERPO.

La solicitud fue presentada el día dos de julio del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de mayo del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006386-2

No. de Expediente: 2005048201.

No. de Presentación: 20050063253.

CLASE: 37.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ENRIQUE POSADA MAGAÑA, en su calidad de DIRECTOR PRESI-DENTE Y REPRESENTANTE de AMERICASAS, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: AMERICASAS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Terrenos de campo

Consistente en: las palabras Terrenos de campo.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de mayo del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006439-2

No. de Expediente: 2005048193.

No. de Presentación: 20050063245.

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ENRIQUE POSADA MAGAÑA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de AMERICASAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: AMERICASAS, S.A. DE C.V., de nacio-nalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Terrenos de campo

Consistente en: las palabras Terrenos de campo.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de mayo del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006440-2

No. de Expediente: 2005048203.

No. de Presentación: 20050063255.

CLASE: 37.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ENRIQUE POSADA MAGAÑA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de AMERICASAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: AMERICASAS, S.A. DE C.V., de nacio-nalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Terrenos de Montaña

Consistente en: las palabras Terrenos de Montaña.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de mayo del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006442-2

Page 98: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

No. de Expediente: 2005048195.

No. de Presentación: 20050063247.

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ENRIQUE POSADA MAGAÑA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de AMERICASAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: AMERICASAS, S.A. DE C.V., de nacio-nalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Terrenos de Montaña

Consistente en: las palabras Terrenos de Montaña.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de mayo del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006445-2

No. de Expediente: 2005048202.

No. de Presentación: 20050063254.

CLASE: 37.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ENRIQUE POSADA MAGAÑA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de AMERICASAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: AMERICASAS, S.A. DE C.V., de nacio-nalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Nuestras Montañas

Consistente en: las palabras Nuestras Montañas.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de mayo del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006447-2

No. de Expediente: 2005048196.

No. de Presentación: 20050063248.

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ENRIQUE POSADA MAGAÑA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de AMERICASAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: AMERICASAS, S.A. DE C.V., de nacio-nalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Nuestras Montañas

Consistente en: la expresión Nuestras Montañas.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de mayo del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006449-2

No. de Expediente: 2005048198.

No. de Presentación: 20050063250.

CLASE: 37.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ENRIQUE POSADA MAGAÑA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de AMERICASAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: AMERICASAS, S.A. DE C.V., de nacio-nalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Nuestro campo

Consistente en: la expresión Nuestro campo.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de mayo del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006450-2

Page 99: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

99DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

No. de Expediente: 2005048194

No. de Presentación: 20050063246

CLASE: 36

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ENRIQUE POSADA MAGAÑA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de AMERICASAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: AMERICASAS, S.A. DE C.V., de nacio-nalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Nuestro campo

Consistente en: las palabras Nuestro campo.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de mayo del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006453-2

No. de Expediente: 2005048197

No. de Presentación: 20050063249

CLASE: 36

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ENRIQUE POSADA MAGAÑA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de AMERICASAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: AMERICASAS, S.A. DE C.V., de nacio-nalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Las Montañas

Consistente en: la expresión Las Montañas.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de mayo del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006454-2

No. de Expediente: 2002028862

No. de Presentación: 20020031197

CLASE: 25

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ALICIA MER-CEDES FRANCES DE GONZALEZ, en su calidad de REPRESEN-TANTE LEGAL de DINDYS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DINDYS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: las palabras EL PANALITO y diseño.

La solicitud fue presentada el día once de noviembre del año dos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de marzo del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006465-2

Page 100: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

No. de Expediente: 2005048319

No. de Presentación: 20050063409

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FRANCISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de COSMETICA NACIONAL S.A., de nacionalidad CHILENA, soli-citando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

U2

Consistente en: la expresión U2.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de abril del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, siete de junio del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006481-2

No. de Expediente: 2005047622

No. de Presentación: 20050062481

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIO CONCEPCION MARTINEZ SANDOVAL, en su calidad de APODE-RADO GENERAL JUDICIAL de HOTELES DE CENTRO AMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: HOTELES DE CENTRO AMERICA, S.A. DE C.V. y HOTELES, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras Café Real y diseño.

La solicitud fue presentada el día cinco de abril del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, seis de mayo del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006518-2

No. de Expediente: 2003032431

No. de Presentación: 20030037573

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIRIAM ARACELY HENRIQUEZ MORENO, en su calidad de APODERADO de Nissin Shokuhin Kabushiki Kaisha haciendo negocios como Nissin Food Products Co., Ltd., de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: la palabra nissin y diseño.

La solicitud fue presentada el día veinte de mayo del año dos mil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de mayo del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R000256-2

Page 101: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

101DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

No. de Expediente: 2004045640

No. de Presentación: 20040059285

CLASE: 11.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Legrand SNC (Société en nom Collectif), de nacionalidad FRANCESA y Legrand (Société Anonyme), de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

ARQUEA

Consistente en: la palabra ARQUEA.

La solicitud fue presentada el día veintidós de diciembre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de mayo del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R000257-2

No. de Expediente: 2005048539

No. de Presentación: 20050063756

CLASE: 19.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Weyerhaeuser Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

FORRESTAR

Consistente en: la palabra FORRESTAR.

La solicitud fue presentada el día seis de mayo del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, once de mayo del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R000259-2

No. de Expediente: 2005048780

No. de Presentación: 20050064108

CLASE: 44.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO ROMERO PINEDA, en su calidad de APODERADO de Ivax Corpora-tion, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

IVX

Consistente en: las letras IVX.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de mayo del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de mayo del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R000260-2

Page 102: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

No. de Expediente: 2005048804

No. de Presentación: 20050064132

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LINDA MAR-CELA PLEITEZ VELA, en su calidad de APODERADO de Millennium Pharmaceuticals, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: un diseño que se identifi cará como LOGO DE MILLENNIUM PHARMACEUTICALS, INC.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de mayo del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de mayo del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R000261-2

No. de Expediente: 2005046169

No. de Presentación: 20050060166

CLASE: 21.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de TECHNOCHEM INTERNATIONAL INC., de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: la palabra NEUTRODOR y diseño.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de enero del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de mayo del año dos mil cinco.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

MARIA ISABEL JACO LINARES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R000263-2

No. de Expediente: 2005048495

No. de Presentación: 20050063694

CLASE: 21.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Golden Plastic, Sociedad Anónima, de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

ETERNA GOPLASA

Consistente en: las palabras ETERNA GOPLASA.

La solicitud fue presentada el día cinco de mayo del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, once de mayo del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R000264-2

Page 103: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

103DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

No. de Expediente: 2005048610

No. de Presentación: 20050063849

CLASE: 39.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO ROMERO PINEDA, en su calidad de APODERADO de United States Postal Service, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

EXPRESS MAIL

Consistente en: las palabras EXPRESS MAIL, que se traducen al castellano como expreso correo.

La solicitud fue presentada el día once de mayo del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, doce de mayo del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R000265-2

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2005047663

No. de Presentación: 20050062539

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de FUTE-CA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

FUTECA

Consistente en: la palabra FUTECA, que servirá para: IDENTIFI-CAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A LOS SERVICIOS DE EDUCACION; PROVISION DE ENTRENAMIENTO; ENTRETENIMIENTO; ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPOR-TIVAS, UBICADO EN 10ª. AVENIDA 8-16, ZONA 14, CIUDAD DE GUATEMALA, REPUBLICA DE GUATEMALA.

La solicitud fue presentada el día seis de abril del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de mayo del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006372-2

No. de Expediente: 2005048191

No. de Presentación: 20050063243

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ENRIQUE POSADA MAGAÑA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de AMERICASAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: AMERICASAS, S.A. DE C.V., de na-cionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Nuestras Montañas

Consistente en: las palabras Nuestras Montañas, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A OPERACIONES DE DESARROLLO DE PROYECTOS INMOBILIARIOS, UBICADA EN PASAJE FRANCISCO CAMPOS, NUMERO CIENTO SETENTA Y NUEVE, ENTRE SEPTIMA Y TERCERA CALLE PONIENTE, CO-LONIA ESCALON, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de mayo del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006430-2

Page 104: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

No. de Expediente: 2005048192

No. de Presentación: 20050063244

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ENRIQUE POSADA MAGAÑA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de AMERICASAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: AMERICASAS, S.A. DE C.V., de na-cionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Terrenos de Montaña

Consistente en: las palabras Terrenos de Montaña, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS QUE DESARROLLA OPERACIONES DE DESARROLLO DE PRO-YECTOS INMOBILIARIOS; UBICADA EN PASAJE FRANCISCO CAMPOS, NUMERO CIENTO SETENTA Y NUEVE, ENTRE SEPTI-MA Y TERCERA CALLE PONIENTE, COLONIA ESCALON, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de mayo del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006434-2

No. de Expediente: 2005048188

No. de Presentación: 20050063240

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ENRIQUE POSADA MAGAÑA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de AMERICASAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: AMERICASAS, S.A. DE C.V., de na-cionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Terrenos de campo

Consistente en: la expresión Terrenos de campo, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A OPERACIONES DE DESARROLLO DE PROYECTOS INMOBILIARIOS, UBICADA EN PASAJE FRANCISCO CAMPOS, NUMERO CIENTO SETENTA Y NUEVE, ENTRE SEPTIMA Y TERCERA CALLE PONIENTE, CO-LONIA ESCALON.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL Registro de la Propiedad Industrial. Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de mayo del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006436-2

No. de Expediente: 2005048190

No. de Presentación: 20050063242

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ENRIQUE POSADA MAGAÑA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de AMERICASAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: AMERICASAS, S.A. DE C.V., de na-cionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Nuestro campo

Consistente en: las palabras Nuestro campo, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS QUE DESARROLLA OPERACIONES DE DESARROLLO DE PROYEC-TOS INMOBILIARIOS; UBICADA EN PASAJE FRANCISCO CAM-POS, NUMERO CIENTO SETENTA Y NUEVE, ENTRE SEPTIMA Y TERCERA CALLE PONIENTE, COLONIA ESCALON, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de mayo del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006437-2

Page 105: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

105DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

No. de Expediente: 2005048189

No. de Presentación: 20050063241

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ENRIQUE POSADA MAGAÑA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de AMERICASAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: AMERICASAS, S.A. DE C.V., de na-cionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Las Montañas

Consistente en: las palabras Las Montañas, que servirá para: IDENTIFICAR LA EMPRESA Y ESTALECIMIENTOS EN LA QUE DESARROLLA SUS OPERACIONES DE DESARROLLO DE PRO-YECTOS INMOBILIARIOS, UBICADA EN PASAJE FRANCISCO CAMPOS, NUMERO CIENTO SETENTA Y NUEVE, ENTRE SEP-TIMA Y TERCERA CALLE PONIENTE, COLONIA ESCALON, DE ESTA CIUDAD.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de mayo del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006438-2

No. de Expediente: 2005047617

No. de Presentación: 20050062476

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIO CONCEPCION MARTINEZ SANDOVAL, en su calidad de APODE-RADO GENERAL JUDICIAL de HOTELES DE CENTRO AMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: HOTELES DE CENTRO AMERICA, S.A. DE C.V. y HOTELES, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

REAL INTERCONTINENTAL DE SAN SALVADOR

Consistente en: las palabras REAL INTERCONTINENTAL DE SAN SALVADOR, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA O ESTABLECIMIENTO QUE OFRECE SERVICIOS DE HOTELERIA, UBICADO EN BOULEVARD DE LOS HEROES Y CALLE SISIMILES, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día cinco de abril del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, seis de mayo del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006516-2

No. de Expediente: 2005047614

No. de Presentación: 20050062473

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIO CON-CEPCION MARTINEZ SANDOVAL, en su calidad de APODERADO de HOTELES DE CENTRO AMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: HOTELES DE CENTRO AME-RICA, S.A. DE C.V, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

EL ESCORIAL

Consistente en: las palabras EL ESCORIAL, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A REALI-ZAR TODO TIPO DE ACTIVIDADES MERCANTILES. OFRECE A TODO PUBLICO LA VENTA DE TODO TIPO DE COMIDA TIPICA NACIONAL O INTERNACIONAL, FRIA O CALIENTE, POSTRES; BEBIDAS ALCOHOLICAS Y NO ALCOHOLICAS, NACIONALES E INTERNACIONALES, FRACCIONADAS Y ENVASADAS Y TODO LO RELACIONADO A LOS SERVCIIOS QUE ORDINARIAMENTE OFRECE UNA CAFETERIA O RESTAURANTE, UBICAO EN BLVD, DE LOS HEROES Y CALLE SISIMILES SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día cinco de abril del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, seis de mayo del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006517-2

Page 106: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

No. de Expediente: 2005045792

No. de Presentación: 20050059518

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de MELHER, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: MELHER S. A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

MELHER´S CONFITES DE CHOCOLATE

Consistente en: las palabras MELHER’S CONFITES DE CHO-COLATE, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A LA MANUFACTURA, DISTRIBUCION Y VENTA AL POR MAYOR DE LOS PRODUCTOS AMPARADOS POR LA MARCA MELHER, A SABER, CONFITERIA, HELADOS CO-MESTIBLES Y CHOCOLATES DE TODA CLASE, ESPECIALMENTE CUBIERTA DE CHOCOLATE PARA CONFITERIA, CUBIERTA DE CHOCOLATE PARA FRUTAS, CUBIERTA DE CHOCOLATE PARA PAN Y PASTELERIA, Y CUBIERTA DE CHOCOLATE PARA TODA CLASE DE ALIMENTOS PROPIEDAD DE MELHER S.A. DE C.V., Y A PRESTAR SERVICIOS DE ALMACEN MINORISTA, UBICADO EN AVENIDA AYUTUXTEPEQUE NUMERO 1-BIS, COLONIA LAS COLINAS, MEJICANOS, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día cuatro de enero del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de mayo del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R000253-2

SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL

No. de Expediente: 2004045624

No. de Presentación: 20040059266

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de THE COCA-COLA COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, so-licitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

POWERADE ES PODER

Consistente en: la expresión POWERADE ES PODER, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DE LOS CONSUMIDORES HACIA LOS PRODUCTOS DE THE COCA-COLA COMPANY, PRINCIPAL-MENTE: CERVEZAS; AGUAS MINERALES Y GASEOSAS Y OTRAS BEBIDAS NO ALCOHOLICAS; BEBIDAS Y ZUMOS DE FRUTAS; SIROPES Y OTRAS PREPARACIONES PARA HACER BEBIDAS.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de diciembre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de mayo del año dos mil cinco.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

MARIA ISABEL JACO LINARES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R000258-2

No. de Expediente: 2005047025

No. de Presentación: 20050061514

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de THE COCA-COLA COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, so-licitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

DEJA TU HUELLA

Consistente en: la expresión DEJA TU HUELLA, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DE LOS CONSUMIDORES HACIA LOS PRODUCTOS DE THE COCA-COLA COMPANY, PRINCIPALMEN-TE: CERVEZAS; AGUAS MINERALES Y GASEOSAS Y OTRAS BEBIDAS NO ALCOHOLICAS; BEBIDAS Y ZUMOS DE FRUTAS; SIROPES Y OTRAS PREPARACIONES PARA HACER BEBIDAS.

La solicitud fue presentada el día dos de marzo del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de mayo del año dos mil cinco.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

MARIA ISABEL JACO LINARES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R000262-2

Page 107: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

107DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

No. de Expediente: 2004044788

No. de Presentación: 20040057853

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EDGAR ARTURO FLORES MARTINEZ, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de MARBER, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: MARBER, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

LAMYL

Consistente en: la palabra LAMYL, que servirá para: Llamar la atención de los consumidores o usuarios sobre productos farmacéuticos, productos higiénicos para la medicina y sustancias dietéticas para uso médico.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de noviembre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, siete de junio del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,REGISTRADOR.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. R000267-2

No. de Expediente: 2004044808

No. de Presentación: 20040057873

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EDGAR ARTURO FLORES MARTINEZ, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de MARBER, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: MARBER, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

MYL

Consistente en: la palabra MYL, que servirá para: Atraer la atención de los consumidores o usuarios sobre productos farmacéuticos, productos higiénicos para la medicina y sustancias dietéticas para uso médico.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de noviembre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, siete de junio del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,REGISTRADOR.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. R000268-2

MATRICULA DE COMERCIO

ASIENTO DE EMPRESA 2002023034

ESTABLECIMIENTO 2002023034- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JORGE ARIAS GOMEZ H., en su calidad de Representante legal de la socie-dad EQUUS INGENIEROS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse EQUUS INGENIEROS, S.A. DE C.V. de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVA-DOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 1 del libro 1092 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-050195-102-0, ha presentado solicitud de MODIFICACIÓN DE ASIENTOS DE MATRICULA DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTO POR CAMBIO DE DIRECCION a las diez horas y nueve minutos del día seis de mayo de dos mil cinco. Con la cual se le otorga la inscripción No. 48 del libro 83 del folio 97 al 98; a favor de la Empresa denominada EQUUS INGENIEROS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a la CONS-TRUCCION DE OBRAS CIVILES Y MECANICAS, con dirección en CALLE LOS VIVEROS, CONDOMINIO PARQUE RESIDENCIAL ALTAMIRA, APARTAMENTO N° 7, EDIFICIO “A”, 4ª PLANTA, SAN SALVADOR, y que tiene el Establecimiento denominado EQUUS IN-GENIEROS, S.A. DE C.V., la cual se dedica a CONSTRUCCION DE OBRAS CIVILES Y MECANICAS, con dirección en CALLE LOS VIVEROS, CONDOMINIO PARQUE RESIDENCIAL ALTAMIRA, APARTAMENTO N° 7, EDIFICIO “A”, 4ª PLANTA, domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, once de mayo de dos mil cinco.

Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. R000245-2

ASIENTO DE EMPRESA 2001021370

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2001021370- 001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado HECTOR ANTONIO GUIDOS RODRIGUEZ, en su calidad de Representante legal de la sociedad CLINICA DE RADIOLOGIA, ULTRASONOGRAFIA E IMAGENES GUIDOS-ZAPATA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-TAL VARIABLE que puede abreviarse CLINICA DE RADIOLOGIA, ULTRASONOGRAFIA E IMAGENES GUIDOS-ZAPATA, S.A.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 75 del libro 953 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-080693-103-7; el cual ha presentado solicitud a las diez horas y cuarenta y dos minutos del día veintinueve de junio del años dos mil uno, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2001021370

Page 108: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

inscripción 37 y el asiento de Establecimiento No. 2001021370- 001 inscripción 38, ambos del libro 17 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; a favor de la Empresa denominada CLINICA DE RADIOLOGIA, ULTRASONOGRAFIA E IMAGENES GUIDOS-ZAPATA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a SERVICIOS DE RADIOLOGIA, ULTRASONOGRAFIA E IMAGENES con dirección en MEDICENTRO LA ESPERANZA, MODULO “M”, LOCAL N° 112, ENTRE 25ª AVENIDA NORTE Y 25ª CALLE PONIENTE, del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a TREINTA MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO DOLARES CON 79/100 ($ 30,918.79) y que tiene el establecimiento comercial siguiente: 001-) denominado CLINICA DE RADIOLOGIA, ULTRASONOGRAFIA E IMAGENES GUIDOS-ZAPATA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE ubicado en MEDICENTRO LA ESPERANZA, MODULO “M”, LOCAL N° 112, ENTRE 25ª AVENIDA NORTE Y 25ª CALLE PONIENTE del domicilio de SAN SALVA-DOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, nueve de junio de dos mil cinco.

Lic. HERMINIA ELIZABETH LOZANO Z.,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. R000247-2

CONVOCATORIAS

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Caja de Crédito de Jucuapa “Salomón R. Zelaya”, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capi-tal Variable, en cumplimiento a los Artículos 224 y 228 del Código de Comercio Vigente y de acuerdo con el Artículo 15 de la Escritura de Constitución de la Caja, convoca a los Representantes de Acciones y demás socios de la misma, para celebrar Junta General Extraordinaria de Accionistas a realizarse en el Auditórium de esta Caja de Crédito el día domingo DIEZ de JULIO de dos mil cinco a partir de las nueve horas, en PRIMERA CONVOCATORIA; en caso de no integrarse el quórum legal correspondiente, se establece SEGUNDA CONVOCATORIA para el día domingo DIECISIETE de JULIO de dos mil cinco, a la hora y lugar antes señalados.

La Junta General se constituirá con las formalidades que establece el Pacto Social de la Caja y el Código de Comercio, para conocer y resolver los puntos que contiene la agenda siguiente:

AGENDA

1. Integración del quórum

2. Apertura de la sesión

3. Modifi cación al Pacto Social

El quórum legal necesario para celebrar sesión de Junta General Extraordinaria en Primera Convocatoria de conformidad con el artículo 243 del Código de Comercio, será de las tres cuartas partes del total de los Representantes y para resolver será necesaria la misma proporción de los presentes.

El quórum necesario para celebrar sesión en Segunda Convocatoria, será de la mitad más uno del total de los Representantes y para tomar resolución se requerirá las tres cuartas partes de los presentes.

Jucuapa, a los catorce días del mes de julio de dos mil cinco.

CARLOS ARTURO AVENDAÑO RIVERA,PRESIDENTE.

JOSE ORLANDO ARAUJO RAMIREZ,SECRETARIO.

JUAN ANTONIO ZAMORA AYALA,TESORERO.

3 v. alt. No. R000306-2

SUBASTA PUBLICA

RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Civil seguido en este Tribunal por el doctor JAIME BERNARDO OLIVA GUEVARA, en cali-dad de apoderado general judicial de la ASOCIACION COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SIHUATEHUACAN DE RESPONSABILI-DAD LIMITADA, contra la señora MARTA ALICIA MENDOZA DE LINARES, conocida por MARTA ALICIA MENDOZA VEGA recla-mándole cantidad de dinero adeudada y accesorios de ley, se venderá en pública subasta y en el mejor postor, en fecha que oportunamente se dará a conocer, el siguiente bien: Un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón Cantarrana, de esta Jurisdicción y Departamento, marcado como lote número nueve, polígono número treinta y cuatro, con un área de CIENTO SESENTA PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS, equivalentes a DOSCIENTAS VEINTIOCHO PUNTO NOVENTA Y TRES VARAS CUADRADAS, ubicándose de la siguiente manera: Partiendo de la Intersección de las líneas centrales de la calle “A” y calle número catorce, se parte al oriente, sobre la línea central de la última una distancia de cincuenta y nueve punto cincuenta metros, luego en este punto se hace una defl exión izquierda de noventa grados, y con distancia de tres punto cincuenta metros, se llega al mojón esquinero Sur Poniente, describiendo a continuación cada lindero: LINDERO PO-NIENTE, distancia de veinte punto cero cero metros, colindante con lote número ocho del mismo polígono número treinta y cuatro. LINDERO NORTE, distancia de ocho punto cero cero metros, colindante con lote número diecinueve del mismo polígono número treinta y cuatro; LIN-DERO ORIENTE, distancia de veinte punto cero cero metros, colindan-te con lote número diez del mismo polígono número treinta y cuatro, LINDERO SUR, distancia de ocho punto cero cero metros colindante con lote número dieciocho del polígono número treinta y dos, calle número catorce de por medio.- Los lotes colindantes son o han sido de la Lotifi cación El Nazareno I, ubicada en el inmueble de propiedad del señor FEDERICO ALEJANDRO MENÉNDEZ ORDOÑEZ.- Inscrito a favor de la señora MARTA ALICIA MENDOZA DE LINARES, cono-cida por MARTA ALICIA MENDOZA VEGA bajo el asiento número CERO CERO UNO de la Matrícula M CERO TRES CERO CERO DOS CINCO NUEVE NUEVE; y está gravado con Primera Hipoteca a favor de la ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO SI-HUATEHUACAN DE RESPONSABILIDAD LIMITADA al Asiento número CERO CERO DOS de la Matrícula M CERO TRES CERO CERO DOS CINCO NUEVE NUEVE y SEGUNDA HIPOTECA, a favor de la misma ASOCIACIÓN, al Asiento número CERO CERO CUATRO de la Matrícula M CERO TRES CERO CERO DOS CINCO NUEVE NUEVE, ambas inscripciones del Registro Social de Inmuebles.-

Se admitirán posturas siendo legal.-

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: Santa Ana, a las doce horas diecisiete minutos del día treinta y uno de marzo de dos mil cinco.- Enmendado- número- Vale. Más Enmendados- treinta y uno de marzo de dos mil cinco- Vale. Dr. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- Br. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006451-2

Page 109: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

109DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

LICENCIADO OSCAR MAURICIO TEJADA SOLITO, JUEZ PRI-MERO DE PAZ DE ESTE DISTRITO JUDICIAL:

HACE SABER: Que por ejecución promovida por el Licenciado JAIME BERNARDO OLIVA GUEVARA, Ens. calidad de Apoderado General Judicial de la Asociación Cooperativa de Ahorro Crédito y Servi-cios de los Mercados de Occidente de Responsabilidad Limitada, de ésta ciudad, en contra de BERTA ALICIA GARCIA y MARIO ERNESTO PEÑATE MEZA, se venderá en Pública Subasta por este Tribunal los inmuebles siguientes: un aparato de sonido marca AIWA, modelo CXNS cinco cinco cinco LH, serie SO cuatro PM ocho CM cero dos nueve seis, con sus bafl es y control remoto, en mal estado de funcionamiento, una lavadora marca Whirpool, tipo uno uno cuatro, junto con sus mangueras, en mal estado de funcionamiento, una refrigeradora marca Super Cold Premium, color café, dos puertas, modelo S-12P, con sus respectivos depósitos inferiores y vidrio inferior interno de verduras completos, en mal estado de funcionamiento, un mil usos de cinco compartimientos color café, hecho de madera torneada y durapanel, de más de un metro veinte centímetros en regular estado.

Se admitirán posturas siendo conformes y legales.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley consiguientes.-

Librado en el Juzgado Primero de Paz de la ciudad de Santa Ana, a los cinco días del mes de Mayo del año dos mil cinco. Lic. OSCAR MAURICIO TEJADA SOLITO, JUEZ PRIMERO DE PAZ, Lic. JOSE ORLANDO MENDOZA CAMPOS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006452-1

LICENCIADA MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: al público para los efectos de Ley que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por FONDO DE SANEAMIENTO Y FORTALECIMIENTO FINANCIERO que se abrevia FOSAFI antes BANCO DE CREDITO INMOBILIARIO, SOCIEDAD ANONIMA EN LIQUIDACIÓN contra ELSA ELIZABETH GUEVARA FLORES, recla-mándoles cantidad de colones y accesorios de Ley, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal en fecha que oportunamente se señalará, el bien Inmueble embargado siguiente “Un lote de terreno urbano marcado con el número SEIS del polígono “A” ubicado en la urbanización San Ernesto situado en la Jurisdicción de la ciudad y departamento de Santa Ana de una extensión superfi cial de CINCUENTA METROS CUADRADOS el cual mide AL NORTE cinco metros, AL ORIENTE diez metros, AL SUR, cinco metros AL PONIENTE, diez metros, el inmueble descrito es propiedad de la señora ELSA ELIZABETH GUEVARA FLORES, matrícula M CERO TRES MILLONES DIEZ MIL CIENTO SETENTA Y SEIS asiento CERO CERO UNO del Registro Social de Inmuebles del Departamento de Santa Ana.

Se hace saber a las personas que se presenten a participar a la subasta que deberán presentar sus respectivos documentos de identidad personal, NIT y comprobar su solvencia económica por medio de libreta de ahorro, cheque certifi cado, constancia de ahorro, efectivo u otro documento similar.

LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE LO MERCAN-TIL: San Salvador, a las nueve horas del día veinte de abril de dos mil cinco.- Lic. MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZA PRIMERO DE LO MERCANTIL.- Lic. OSCAR EMILIO ZETINO URBINA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006503-1

EDUARDO JAIME ESCALANTE DIAZ, JUEZ CUARTO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: Que en el Proceso Mercantil Ejecutivo promovido por BANCO DE CREDITO INMOBILIARIO, SOCIEDAD ANONIMA EN LIQUIDACION, a través de su Apoderado General Judicial Licenciado RICARDO ALFREDO MARTINEZ RIVAS, ahora continuado por el FONDO DE SANEAMIENTO Y FORTALECIMIENTO FINANCIE-RO, a través de su Apoderado General Judicial Licenciado ROBERTO EFRAIN PORTILLO MEZA, contra las señoras MARIA JUDITH GARCIA y VILMA BEATRIZ LEMUS, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, un inmueble de naturaleza urbana y construcciones que contiene, marcado como LOTE NUMERO CINCO DEL POLIGONO “A”, del PARQUE RESIDENCIAL ALTOS DEL NOPAL, situado en el Cantón Loma de la Gloria, conocido como “El Nopal”, de los suburbios de la Ciudad de Ahuachapán y Departamento del mismo nombre, que se describe así: Partiendo del punto de intersección de los ejes de la Calle El Nopal y Catorce Avenida Sur, se mide sobre el eje de esta última una distancia de veintinueve punto cincuenta metros con rumbo Norte cero tres grados cuarenta y cuatro punto siete Este, y con una defl exión hacia la derecha de noventa grados se mide una distancia de siete punto cero cero metros, llegando así al esquinero Sur-Poniente del lote a describir cuyas medidas y linderos son los siguientes: LINDERO PONIENTE: Línea recta que mide una distancia de seis punto cero cero metros con rumbo Norte cero tres grados cuarenta y cuatro punto siete Este lindando por este tramo con Escuela Urbana Mixta Unifi cada Carlota León viuda de Trigueros, con catorce Avenida Sur de catorce punto cero cero metros de derecho de vía de por medio; AL NORTE: Línea recta que mide una distancia de dieciséis punto trece metros con rumbo Sur, ochenta y siete grados cincuenta y cinco punto ocho Este; lindando este tramo con lote número seis del polígono “A” de la misma urbanización; AL ORIENTE: Línea recta que mide una distancia de seis punto cero cero metros, con un rumbo Sur cero dos grados cero cuatro punto dos oeste, lindando por este tramo con lote número nueve del Polígono “A” de la misma Urbanización; AL SUR: Línea recta que mide una distancia de dieciséis punto treinta metros con rumbo Norte ochenta y siete grados cincuenta y cinco punto ocho Oeste, lindando con lote número cuatro del polígono “A” de la misma urbanización. El lote así descrito tiene un área de NOVENTA Y SIETE PUNTO VEINTINUEVE METROS CUADRADOS, equivalentes a CIENTO TREINTA Y NUEVE PUNTO VEINTIUNO VARAS CUADRADAS.- El inmueble descrito es propie-dad de las señoras las señoras MARIA JUDITH GARCIA y VILMA BEATRIZ LEMUS, por estar inscrito a su favor en proindivisión y por partes iguales, equivalentes al cincuenta por ciento para cada una, a la Matrícula número M CERO TRES CERO UNO OCHO CUATRO TRES SEIS, del Registro Social de Inmuebles del Departamento de Santa Ana.

Lo que se avisa al Público para los efectos de legales consiguien-tes.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, a las ocho horas y treinta minutos del día dieciocho de marzo de dos mil cinco. Lic. EDUARDO JAIME ESCALANTE DIAZ, JUEZ CUARTO DE LO MERCANTIL.- Licda. JAQUELINE JOHANNA ORTIZ DURAN, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006505-1

Page 110: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

REPOSICION DE CERTIFICADO

AVISO

INVERSIONES DIVERSAS, S. A.

Comunica: Que a nuestras ofi cinas se ha presentado el Señor Fran-cisco Choriego Carranza con Documento Único de Identidad número cero, cero quinientos diez mil ochocientos setenta y nueve guión ocho, quien dice ser propietario de los Certifi cados de Acciones números: DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE, Y SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE, que amparan Veinticuatro acciones del capital social de esta Sociedad, de un valor nominal de Diez Colones cada una, y manifi esta que por haber extraviado los originales, solicita reposición de dichos Certifi cados.

Lo anterior se hace del conocimiento público para efectos legales. Transcurridos treinta días de la tercera publicación de este aviso, si no hubiere ninguna oposición, se procederá a la reposición de los certifi cados mencionados.

San Salvador, siete de junio de dos mil cinco.

ADOLFO MIGUEL SALUME BARAKE,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006419-2

AVISO

INMOBILIARIA Y VALORES, S. A. DE C.V.

COMUNICA: Que a sus ofi cinas administrativas, ubicadas en Edifi cio YSU, segunda Planta, Avenida Olímpica y Calle a Santa Tecla, Colonia Escalón, San Salvador, se ha presentado el señor Oscar Alfredo Contreras Bolaños, accionista de esta Sociedad, para solicitar reposición de sus certifi cados de Acciones número ciento dieciocho por seis accio-nes numeradas del veinte mil noventa y ocho al veinte mil ciento tres, y el número ciento treinta y cinco por diecisiete acciones numeradas del diecinueve mil ochocientos sesenta al diecinueve mil ochocientos setenta y seis. En consecuencia se hace del conocimiento público para los efectos legales y si transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso no hubiere oposición, se procederá a reponer los mencionados certifi cados de acciones.

San Salvador, ocho de Junio de dos mil cinco.

INMOBILIARIA Y VALORES, S.A. DE C.V.

Dr. ALLAN HUMBERTO ESCAPINI,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006471-2

AVISO

El Banco Cuscatlán S.A.,

COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas en 6ª. Calle Poniente y Avenida Cuscatlán, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO DOLARES Número 002PLA200003167, solicitando la reposición de dicho CERTIFICADO por CINCO MIL TRESCIENTOS CUATRO 50/100 DOLARES (US$5,304.50).

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

San Salvador, 8 de junio de 2005

JUAN CARLOS SERMEÑO VASQUEZ,

BANCO CUSCATLAN S.A.

AGENCIA.

3 v. alt. No. F006472-2

Corporación Industrial Centroamericana, S.A. de C.V.,

Comunica que: a nuestras ofi cinas ubicadas en Desvío del Niño, entrada a Quezaltepeque, Departamento de La Libertad, se ha presentado la Señora María Zablah Touché, propietaria de los certifi cados de acciones No. 72, 153, 238, 331, 377, 421, 492, 590, 545, 637, 677 y 888 por la suma total de 42,461; solicitando la reposición de dichos certifi cados.

Por lo que se hace del conocimiento del público en general para los efectos legales del caso, que después de transcurridos treinta días de la tercera publicación de este aviso, no existiera ninguna oposición, se procederá a reponer los certifi cados en referencia.

Quezaltepeque, a los nueve días del mes de Junio de dos mil cin-co.

CORINCA, S.A. de C.V.

Ing. SERGIO CATANI,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. R000242-2

Corporación Comercial y de Servicios, S.A. de C.V.,

Comunica que: a nuestras ofi cinas ubicadas en Desvío del Niño, entrada a Quezaltepeque, Departamento de La Libertad, se ha presen-tado la Señora María Zablah Touché, propietaria de los certifi cados de acciones No. 86, 159, 203, 246, 288, 342 y 470 por la suma total de 11,187; solicitando la reposición de dichos certifi cados.

Por lo que se hace del conocimiento del público en general para los efectos legales del caso, que después de transcurridos treinta días de la tercera publicación de este aviso, no existiera ninguna oposición, se procederá a reponer los certifi cados en referencia.

Page 111: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

111DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

Quezaltepeque, a los nueve días del mes de Junio de dos mil cin-co.

CORISA, S.A. de C.V.

Ing. SERGIO CATANI,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. R000243-2

PATENTE DE INVENCION

No. de Expediente: 2004001843

No. de Presentación: 20040002831

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NO-TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADO-REÑA, actuando como APODERADO de INTERNATIONAL PAPER COMPANY, del domicilio de 400 ATLANTIC STREET STAMFORD CT06921 ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTA-DOUNIDENSE, solicitando se conceda Registro de la PATENTE DE INVENCION, por el término de VEINTE AÑOS, para una PATENTE DE INVENCION denominada LAMINA DE CARTON PARA USO EN EMPAQUES DE ALIMENTOS, con Clasifi cación Internacional B65D 5/00, y con prioridad de la solicitud ESTADOUNIDENSE No. 200320310638511, de fecha once de agosto del año dos mil tres. La solicitud fue presentada a las quince horas y cuarenta y dos minutos del día once de agosto del año dos mil cuatro.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTAMEN-TO DE PATENTES. San Salvador, a los cuatro días del mes de abril del año dos mil cinco.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

3 v. c. No. F006591-2

No. de Expediente: 2004001863

No. de Presentación: 20040002861

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NO-TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADO-REÑA, actuando como APODERADO de INTERNATIONAL PAPER COMPANY, del domicilio de 400 ATLANTIC STREET, STAMFORD CT 06921 ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTA-DOUNIDENSE, solicitando se conceda Registro de la PATENTE DE INVENCION, por el término de VEINTE AÑOS, para una PATENTE DE INVENCION denominada LAMINADOS DE BARRERA QUE NO SON DE HOJAS DE METAL, con Clasifi cación Internacional

B32B 27/00, y con prioridad de la solicitud ESTADOUNIDENSE No. 200310647955, de fecha veintiséis de agosto del año dos mil tres. La solicitud fue presentada a las quince horas y veinte minutos del día veintiséis de agosto del año dos mil cuatro.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTAMEN-TO DE PATENTES. San Salvador, a los primero días del mes de marzo del año dos mil cinco.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

3 v. c. No. F006595-2

EMBLEMAS

No. de Expediente: 2004045699

No. de Presentación, 20040059375

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ENRIQUE MADRIGAL GOMEZ, en su calidad de APODERADO de TELEMOVIL EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad SALVADO-REÑA, solicitando el registro del EMBLEMA,

Consistente en: un diseño que se identifi ca como “carita sonriendo”, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TO COMERCIAL, DEDICADO A LA PRESTACION DE SERVICIOS Y VENTA DE PRODUCTOS DE TELECOMUNICACIONES, UBI-CADO EN EL NOVENO NIVEL DE LA TORRE “D” DEL CENTRO FINANCIERO GIGANTE, ENTRE LA ALAMEDA ROOSEVELT Y SESENTA Y TRES AVENIDA SUR, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de diciembre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, ocho de abril del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006511-2

Page 112: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

DE TERCERA PUBLICACIÓNACEPTACION DE HERENCIA

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las diez horas quince minutos del día veinticuatro de los corrientes, ha sido aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada dejada por el señor JUAN ANTONIO MOLINA CALZADILLA, fallecido el día nueve de Julio del año dos mil, en esta ciudad, siendo el Cantón Sisimitepet jurisdicción de Nahuizalco su último domicilio, de parte de la señora ANA GLADIS GOMEZ VIUDA DE MOLINA, señorita ERIKA GRISELDA MOLINA DE GOMEZ, menores LOYDA CECIBEL y JORGE ANTONIO, ambos de apellido MOLINA GOMEZ, la primera como cónyuge sobreviviente y los demás como hijos, todos del causante, dichos menores representados por la primera.

Y se ha conferido a los aceptantes la administración y representación interinas de la sucesión.-

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las nueve horas treinta minutos del día treinta y uno de mayo del dos mil cinco. Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. CECILIA DEL CAR-MEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006022-3

Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial. Al Público para efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución dictada, a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del día once de Abril del dos mil cinco, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó el señor ANTONIO HERNANDEZ VASQUEZ, de parte de la señora MARIA VICTORINA HERNANDEZ DE REYES, de sesenta y tres años de edad, ofi cios del hogar, originaria y del domicilio de Osicala, en calidad de hija del causante ANTONIO HERNANDEZ VASQUEZ, quien a la fecha de su fallecimiento fue de ochenta años de edad, agricultor en pequeño, de nacionalidad salvadoreña, hijo de Ciriaco Vásquez y Nicolasa Hernández; y falleció el día dieciocho de Julio de mil novecientos setenta y nueve, en la ciudad de Osicala; siendo este lugar su último domicilio. Se le Confi rió a la aceptante antes mencionada y en la forma establecida, la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se pre-senten a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación del edicto en el expresado periódico.-

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia, San Francisco Gotera, a las once horas del día trece de Abril del dos mil cinco. Lic. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2º DE 1ª INSTAN-CIA. Licda. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SRIA.

3 v. alt. No. F006025-3

DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas quince minutos del día treinta y uno de enero del corriente año; se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida a las cuatro horas del día primero de febrero del año dos mil tres, en el Hospital Francisco Menéndez de Ahuachapán dejó el señor SALOMON TORRES o SALOMON MARTINEZ o SALOMON MARTINEZ TORRES, habiendo sido su último domicilio el de la ciudad de Concepción de Ataco; de parte del señor JOSE OBDULIO MARTINEZ LOPEZ o JOSE OBDULIO CAL-DERON MARTINEZ o JOSE OBDULIO MARTINEZ CALDERON o JOSE OBDULIO CALDERON, en su calidad de hijo del causante; y a quien se ha nombrado interinamente representante y administrador de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los fi nes de ley.

Juzgado de lo Civil: Ahuachapán, a las nueve horas treinta minutos del día dos de marzo del año dos mil cinco. Dr. JULIO CESAR FLO-RES, JUEZ DE LO CIVIL.- INOCENTE GRANILLO CASTELLON, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006060-3

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO: Al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal de las nueve horas treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada de la causante ERIKA YAMILETT MOYA CONTRERAS, fallecida el día veinte de febrero del corriente año, en el Barrio San Sebastián de esta ciudad, el lugar de su último domicilio, de parte de la señora ROSA MARGARITA CONTRERAS, en su calidad de Madre de la referida causante, a quien se le confi ere interinamente la administración y representación de la sucesión, con las facultades y restricciones que la ley confi ere a los curadores de la Herencia Yacente.-

Fíjense y publíquense los edictos de ley.-

Juzgado Primero de lo Civil; Santa Ana a las diez horas del día trece de Diciembre del dos mil cuatro.- Lic. FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Lic. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006070-3

Page 113: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

113DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE MORAZAN,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado a las nueve horas de este día; se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte del señor LUCIO PORTILLO SANTOS, la herencia que en forma intestada dejó el señor PABLO ELVIRO DE JESUS CASTILLO, conocido por PABLO ELVIRO DE JESUS CASTILLO ANDRADE, quien fue de cuarenta y cinco años de edad, casado, jornalero, originario de Guatajiagua, departamento de Morazán, hijo de CEFERINO ANDRADE y LUCIA CASTILLO, quien falleció a las dos horas del día uno de enero de mil novecientos noventa y uno, en el Cantón Pajigua, jurisdicción de Guatajiagua, departamento de Morazán, siendo ese lugar su último domicilio; en concepto de cesionario de los derechos hereditarios que les correspondían a los señores MARIA URBANA ALVARADO DE CASTILLO, hoy viuda de CASTILLO, JOSE JOAQUIN CASTILLO ALVARADO y JUAN PABLO CASTILLO ALVARADO, la primera como cónyuge sobreviviente, y el segundo y tercero como hijos del referido causante. A quien se le ha conferido en la calidad expresada, la administración y representación INTERINA de dicha sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Y cita a las partes que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Juzgado Primero de Primera Instancia, San Francisco Gotera, a las nueve horas y treinta minutos del día ocho de abril de dos mil cinco. Lic. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZ 1o. DE 1ª. INSTANCIA.- Br. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006074-3

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas del día treinta y uno de mayo del presente año, se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de Inventario la herencia intestada de los bienes que a su defunción dejó el causante señor VICTOR ARMANDO MACHUCA HERNANDEZ, quien falleció a las nueve horas y veinte minutos del día veintinueve de diciembre del año dos mil cuatro, en el Hospital Médico Quirúrgico del Seguro Social, siendo esta Ciudad su último domicilio, de parte de las señoras ELIZABETH MERCEDES SUAREZ DE MACHU-CA, ELISA MARIA MACHUCA SUAREZ y CLAUDIA EUGENIA MACHUCA SUAREZ, en sus conceptos de cónyuge sobreviviente e hijas del causante, respectivamente. Confi riéndose a las aceptantes en el carácter antes indicado la Administración y Representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Y CITA: A los que se crean con derecho a la referida sucesión a que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días contados a partir de la publicación del presente edicto.-

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las diez horas y treinta minutos del día treinta y uno de mayo de dos mil cinco.- Lic. JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JORGE ALBERTO GONZALEZ MENDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006079-3

EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y treinta minutos del día veinticuatro de mayo del corriente año, se ha tenido por aceptada con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la señora LUCIA MAJANO ROSA conocida por LUCIA MAJANO, quien falleció a las catorce horas con treinta minutos del día treinta de junio de dos mil uno en la Villa de Comacarán de este Departamento, siendo dicha Villa el lugar de su último domicilio; de parte de la señora MARIA DEL CARMEN MAJANO, como hija de la causante.

Y se confi ere a la aceptante declarada en el carácter indicado la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL; San Miguel, a las diez horas y cincuenta minutos del día veinticuatro de mayo de dos mil cinco. Lic. EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Lic. GUSTAVO ADOLFO BENITEZ ORELLANA, SECRETARIO INTERINO.

3 v. alt. No. F006091-3

LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.-

HACE SABER: que por resolución dictada en este Tribunal a las doce horas y diez minutos del día ocho de Abril de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia Intestada dejada a su defunción por el señor JOSE BLADIMIR SERMEÑO CORTEZ, quien fue de veintisiete años de edad, Emplea-do, Casado, falleció el día veintisiete de Abril de dos mil cuatro, en Quezaltepeque, siendo éste su último domicilio, de parte de la señora CLAUDIA LORENA GOMEZ DE SERMEÑO y de sus menores hijas KHATERINE MICHELL y CLAUDIA TATIANA ambas de apellidos SERMEÑO GOMEZ, la primera en concepto de cónyuge sobreviviente y de las dos restantes en concepto de hijas del causante, a quienes se les ha conferido la administración y representación Interina de la Sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacen-te, debiendo ejercerla las menores por medio de su Madre CLAUDIA LORENA GOMEZ DE SERMEÑO, en su calidad de representante legal.

Lo que se hace saber al público en general para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las nueve horas del día once de abril de dos mil cinco.-Enmendados:éste-ape-llidos-sobreviviente-representación-Interina-Valen.- Más enmendado: las-once-Valen.- Más enmendado: once- Vale.- Licda. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JOSE ELEAZAR CARDONA GUEVARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006121-3

Page 114: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil, de este Distrito Judicial, al público para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las nueve horas del día seis de Mayo de dos mil cinco.- Se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que al fallecer a las once horas del día quince de Febrero de dos mil cinco siendo el Cantón Cordoncillo, Jurisdicción de la Villa de Anamorós, de este Distrito, Departamento de La Unión, su último domicilio dejó la cau-sante FIDELINA VILLATORO, conocida por FIDELINA VILLATORO CRUZ o FIDELINA VIATORO, de parte del señor Nicolás Viatoro, en concepto de hijo de la referida causante, de conformidad con el Artículo 988 numeral 1º C.c. Se le Confi ere al aceptante en el carácter dicho la administración y representación INTERINA de los bienes de la indicada susesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Extiéndase para sus publicaciones los edictos respectivos.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, a los siete días del mes de Mayo de dos mil cinco.- Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006145-3

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a las once horas y cuarenta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia Intestada que a su defunción dejó la causante MARIA ENCARNACION SANCHEZ CARPIO, conocida por ENCARNACION SANCHEZ, y por ASUNCION SANCHEZ, ocurrida el día diecinueve de noviembre de mil novecientos treinta y cuatro, en el Cantón La Cruz, jurisdicción de San Pedro Perulapán, Departamento de Cuscatlán, siendo este lugar su último domicilio; de parte de la señora CARMEN SANCHEZ, en su calidad de hija de la referida causante.-

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en el término legal se presenten a este Tribunal a hacer uso de su derecho.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las once horas y cincuenta minutos del día dos de junio del año dos mil cinco.- Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. JOSE ORLANDO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.-

3 v. alt. No. F006150-3

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, Juez Primero de lo Civil del Distrito Judicial de Santa Ana, AL PUBLICO, PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las diez horas dos minutos de este día, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESA-MENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, la herencia intestada del CAUSANTE, SEÑOR GERMAN LOPEZ AQUINO, conocido por GERMAN AQUINO y por GERMAN AQUINO LOPEZ, quien falleció en el Hospital San Juan de Dios de esta ciudad, el día veintiséis de octubre de dos mil uno, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio, de parte de las señoras ALBA ELIZABETH LOPEZ DE SANTILLANA

y YESENIA SUSANA LOPEZ DE CRUZ, como hijas del de cujus, y en el carácter dicho se le confi ere interinamente la administración y representación de la sucesión con las formalidades y restricciones que la ley confi ere a los curadores de la herencia yacente.-

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las once horas del día siete de mayo de dos mil cinco.- Enmendado-Civil-resolución-EXPRESAMENTE-intestada-AQUINO-quien-ELIZABETH-cujus,-restricciones-once-Vale.- Lic. FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Licda. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETARIA.-

3 v. alt. No. F006153-3

ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las doce horas y veinticinco minutos del día veinticuatro de febrero del corriente año; se tuvo por aceptada expresamente, y con benefi cio de inventario, la herencia testada que al fallecer el causante Mariano Reyes conocido también por Mariano Reyes Bonilla, a las dos horas y cuatro minutos del día treinta de julio de dos mil tres, en la ciudad de Collin del Estado de Texas de los Estados Unidos de América, originario de Polorós, Departamento de La Unión, siendo este lugar su último domicilio en El Salvador, dejara a los señores Ana María Reyes de Clift conocida Ana María Clift, Irma Marina Reyes de Aparicio, Azucena Mercedes Reyes de Amaya, Mario Reyes Bonilla y Atilio Reyes Bonilla en concepto de herederos testamentarios del expresado causante. Se les confi rió a los aceptantes en el carácter dicho la administración y representación interina de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, departa-mento de La Unión, a las catorce horas y diez minutos del día veintiocho de febrero de dos mil cinco. Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MARINA CONCEPCIÓN MARTINEZ, SECRETARIO.-

3 v. alt. No. R000182-3

HERENCIA YACENTE

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en las Diligencias de Herencia Yacente, promovidas por los señores CON-CEPCION VEGA, MARIA ELENA VEGA DE BERNAL y RUFINO VEGA, en su carácter personal; por resolución dictada en este Tribunal a las nueve horas cinco minutos del día lunes catorce de Marzo de dos mil cinco, se ha declarado Yacente la Herencia que al fallecer en el Barrio El Calvario del Municipio de Rosario de Mora, Departamento de San Salvador, siendo su último domicilio el Municipio de Rosario de Mora, Departamento de San Salvador, el día siete de Abril de dos mil uno, dejó el señor MARGARITO VÁSQUEZ PÉREZ.- Se ha nombrado Curador para que represente dicha herencia a la Licenciada ANA LUZ PANAMÁ CERÓN, a quien se le hizo saber dicho nombramiento para su aceptación, juramentación y demás efectos legales.-

Page 115: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

115DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

Se cita a los que se crean con derecho a la referida herencia para que se presenten a deducir sus derechos a este Tribunal, dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este edicto.-

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las once horas del día once de Abril de dos mil cinco.- Dr. JOSE MA-NUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.-

3 v. alt. No. F006122-3

TITULOS DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA VILLA,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el Licenciado HENRY ALEXANDER ZAPATA FUENTES, como Apoderado General Judicial de ISRAEL ANTONIO LUNA, solicitando Título de Propiedad y Dominio a favor de su representado, de un inmueble de naturaleza Urbana, situado en el Barrio El Centro de esta Villa, Distrito de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, de una extensión superfi cial de CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE METROS CUARENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: ORIENTE; veinte metros sesenta centímetros, en tres tramos, primero de cinco metros noventa centímetros, segundo de tres metros setenta centímetros, tercero de once metros, calle pública de por medio y FLORISELDA CRUZ VIUDA DE DINARTE, NORTE: veintisiete metros cincuenta centímetros; en tres tramos; primero de quince metros setenta centímetros; segundo de dos metros cincuenta centímetros y el tercero de nueve metros treinta centímetros; con RICARDO MARTINEZ, PONIENTE: trece metros cuarenta centímetros, con DAVID FLORES y AL SUR: veinticuatro metros veinte centímetros con TERESA DE JESUS LUNA VIUDA DE VILLALTA, valorado en CUATRO MIL DOLARES, los colindantes todos de este domicilio.

Se avisa al público para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal: San Carlos, a tres de febrero del dos mil cinco. ROBERTO NAPOLEON LUNA MAJANO, ALCALDE MUNICIPAL. MARTHA GLADIS ARGUETA, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. A068452-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado el señor EDILBERTO ALCIDES DURAN PONCE, mayor de edad, casado, Licenciado en Contaduría Pública, del domicilio de San Salvador, soli-citando se le extienda Título de Propiedad de un Solar Urbano, situado en los Suburbios del Barrio El Carmen de esta Ciudad, cuyas medidas y colindantes son: NORTE: linda con Edilberto Alcides Durán Ponce, de un jiote donde se inicia la descripción a dar a un jocote, mide ciento tres

metros cincuenta centímetros, ORIENTE: linda con Francisco Ponce, Calle Pavimentada de por medio, del jocote a un pito, mide veintitrés metros cuarenta centímetros, SUR: linda con Edilberto Alcides Durán Ponce, del pito a un jiote, mide ciento treinta y un metros veinte centí-metros, PONIENTE: linda con Francisco Antonio Ruiz, Miguel Ángel Cubías, camino vecinal hacia la Colonia Milagro II, del jiote a otro de la misma clase donde se comenzó la descripción. El Inmueble no es sirviente ni dominante; no tiene cargas o derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con nadie, lo hubo por compra a María Elia Abrego de Ponce, lo estima en la cantidad de CINCO MIL DOLARES EXACTOS.

Lo que se hace saber al público para los efectos legales consiguien-tes

Alcaldía Municipal de la Ciudad de San Lorenzo, departamento de San Vicente, a tres días del mes de Junio del año dos mil cinco. Lic. JOSE OVIDIO ALVARADO, ALCALDE MUNICIPAL.- Br. EDWIN OMAR RAMIREZ LOPEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.-

3 v. alt. No. F006136-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado el señor: JUAN ALBERTO BOLAÑOS, de Cincuenta y Siete años de edad, jubilado, de este domicilio, con Documento Único de Identidad número: Cero cero nueve uno cero siete dos seis - cinco. Solicitando Título de Propiedad, de un Inmueble de Naturaleza Urbano, situado en el lugar denominado San Isidro Viejo Jurisdicción de esta Ciudad. Cuya extensión super-fi cial es de: DOSCIENTOS CATORCE METROS CUADRADOS CINCUENTA Y SEIS CENTIMETROS CUADRADOS. Siendo sus medidas, linderos y colindancias las siguientes: AL PONIENTE: Diez metros cinco centímetros con resto de terreno del compareciente señor Ezequiel Chávez, divididos por una línea imaginaria, y calle de cinco metros de ancho: AL SUR: Veintiún metros, con solar vendido a María Victoria Ticas y María Elvira Constanza, y con resto de terreno del com-pareciente, señor Ezequiel Chávez, divididos por una línea imaginaria: AL ORIENTE: Diez metros cinco centímetros, con resto de terreno del señor Ezequiel Chávez, divididos por una línea recta imaginaria; y AL NORTE: Veintiún metros, con resto de terreno del señor Exzequiel Chávez divididos por una línea recta imaginaria. El inmueble contiene una casa del Sistema Mixto; no es dominante ni sirviente; no tiene carga ni derecho real que pertenezca a otra persona o que deba respetarse, ni se encuentra en proindivisión con nadie y lo adquirió por venta que le hiciera a el señor: EXZEQUIEL CHAVEZ. El Inmueble está Valorado en la cantidad de DIEZ MIL COLONES o su equivalente en Dólares. Todos los colindantes son de este domicilio y se avisa al público para los demás efectos de ley.

Alcaldía Municipal: San Isidro, a cinco de marzo del dos mil cuatro.- JOSÉ IGNACIO BAUTISTA, ALCALDE MUNICIPAL. ROSICELA MARTÍNEZ VIDES, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. R000193-3

Page 116: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

TITULOS SUPLETORIOS

JOSE MANUEL CHAVEZ LOPEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE ILOBASCO, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que en este Juzgado se ha presentado el señor JOSE TRANSITO ROSALES conocido por JOSE TRANSITO RO-SALES ALFARO, de cincuenta y seis años de edad, jornalero, de este domicilio, con Documento Unico de Identidad número cero uno siete cero ocho tres uno cero ocho guión dos, solicitando Título Supletorio a su favor, de un terreno rústico de la extensión superfi cial de CIENTO SETENTA Y SIETE AREAS, situado en el Caserío Las Minas, cantón Azacualpa de esta jurisdicción, que linda AL NORTE: con terreno de Anacleto Morales, calle que conduce al cantón San Francisco del Monte de por medio; AL ORIENTE: con terreno de la Iglesia Católica, cerco de piña y brotones, propio del inmueble que se describe; AL SUR: con inmueble de María Ana García Estrada, cerco de piña y brotones, propio del inmueble que se describe; y AL PONIENTE: con Marcos Alfaro, Berta Rosales, y Benigno Hernández a llegar a la calle, brotones de jiote y cerco de piña propios del inmueble que se describe; siendo tres porciones, las cuales forman un solo cuerpo. El inmueble antes descrito, no es predio sirviente pero sí dominante, por gozar de servidumbre de abrevadero, no se encuentra en proindivisión con persona alguna, ni tiene cargas ni gravámenes de ninguna naturaleza, y lo valúa en la cantidad de CIEN MIL COLONES o su equivalente en dólares americanos, y tiene más de diez años de poseerlo.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Ilobasco, departamento de Cabañas, a las doce horas treinta minutos del día seis de junio de dos mil cinco. Lic. JOSE MANUEL CHAVEZ LOPEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. CELIO GERMAN MENJIVAR ROMERO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006035-3

ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que este Juzgado se ha presentado el doctor Luis Sigifredo Nativí Fuentes, como Apoderado General Judicial de la señora BLAS ELVIRA ESPINOZA DE VELASQUEZ, de cuarenta y ocho años de edad, ama de casa, y del domicilio de Concepción de Oriente, departamento de La Unión; solicitando título supletorio sobre un terreno de naturaleza rústica situado en el Cantón Gueripe, Juris-dicción de Concepción de Oriente, de este Distrito, departamento de La Unión, de la capacidad superfi cial de SIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, que tiene las medidas y colindancias siguientes: Al Oriente, ciento tres metros, con terreno de Ramón Velásquez, cerco de piña del colindante; al Poniente, setenta y siete metros, quebrada de por medio, con Evelio Acosta; al SUR, ciento quince metros, así: treinta y cinco metros, con Sedin Velásquez, cerco de piña de por medio; diez metros, con terreno de Elías Mendoza, y setenta metros, quebrada de por medio, con Julián Velásquez; al Norte, cuarenta y seis metros, calle de por medio, con Leonila Umanzor; contiene construida una casa de habitación, que mide nueve varas de largo por ocho varas de ancho, techo de tejas, paredes de adobe con dos cuartos, que miden uno seis varas y media de ancho por seis varas y media de largo, y el otro de seis varas de largo por seis varas de ancho, techo de

tejas y paredes de adobe, y una cocina que mide cinco varas y media de largo por seis varas de ancho, siempre techo de tejas y paredes de adobe, con sus correspondientes instalaciones de luz eléctrica y pozo broquel. El inmueble antes relacionado se valúa en la cantidad de DIECISIETE MILCIENTO CUARENTA Y DOS DOLARES CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, y ha sido adquirido durante el día siete de febrero de dos mil cinco, por compra hecha al señor Gumersindo Velásquez García, mayor de edad, agricultor en pequeño, del domicilio de Concepción de Oriente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, departa-mento de La Unión, a los dieciocho días de mayo de dos mil cinco. Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006147-3

JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CABANAS, AL PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado el señor JOSE BENJAMIN VELASCO LAINEZ, en su carácter personal, de sesenta y tres años de edad, casado, jornalero, de este domicilio, portador de Documento Unico de Identidad número cero cero ochocientos sesenta y cuatro mil cuatrocientos veinticinco guión seis, solicitando se le ex-tienda TITULO SUPLETORIO a favor del expresado señor VELASCO LAINEZ, dos inmuebles, de naturaleza rústica, que hoy en día forman un solo cuerpo, ubicados en el Cantón San Matías, Caserío El Tablón, juris-dicción de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, de una extensión superfi cial de DIEZ MIL CIENTO CINCUENTA PUNTO CATORCE METROS CUADRADOS, que mide y linda AL SUR, partiendo desde un bordo de tierra que sirve como mojón esquinero, línea recta, cuarenta y tres punto setenta metros, cerco de alambre, calle pública de por medio que conduce al Cerrón Grande, linda con terreno de Alonso Cruz; AL PONIENTE, del último mojón dos tramos, uno recto que mide sesenta y cuatro punto cuarenta y cinco metros y el segundo de ciento setenta y uno punto treinta y cinco metros, mediando en parte con cerco de piedra y alambre y línea imaginaria, linda con terrenos de Dominga Velásquez, María Santos Aguilar; AL NORTE, Un tramo curvo de veintisiete punto cuarenta metros, cerco de piedra y alambre medianero, linda con terreno de Juan José Rivas; AL PONIENTE, dos tramos curvos, el primero de ciento cincuenta y cuatro punto treinta y cinco metros y el segundo tramo de ciento cincuenta y ocho punto treinta y cinco metros hasta llegar a donde se inició la presente descripción, existiendo en este rumbo una casa de techo de tejas, paredes de bahareque y piso natural, linda con terreno de Juan José Rivas e Hilda Laínez. Inmueble que los adquirió por compra que le hizo a los señores el primero a los señores Leonardo Velasco Laínez y Manuel Antonio Laínez y el segundo al señor Máximo Justo Velasco, en el año mil novecientos ochenta y siete y lo valora en la cantidad de UN MIL DOSCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los veintitrés días del mes de mayo de dos mil cinco. Lic. JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br. HUGO ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO INTERINO.

3 v. alt. No. F006149-3

Page 117: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

117DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

TITULOS DE DOMINIO

NERY MARGARITA RIVERA BENAVIDES, Notario, con Ofi cina Jurídica en la Sexta Avenida Norte, Número cuatrocientos uno, de esta ciudad.

HACE SABER: Que a mi Ofi cina de Notario, se ha presentado el señor FREDIS MANRIQUE MARTINEZ COREAS, mayor de edad, Jornalero, del domicilio de Moncagua, departamento de San Miguel, solicitando TITULO DE DOMINIO, de un terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón Valle Alegre, Municipio, de Moncagua, distrito, y departamento de San Miguel, de la capacidad superfi cial de NOVE-CIENTOS DIECIOCHO METROS VEINTINUEVE DECIMETROS SETENTA Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS, de los linderos siguientes: AL ORIENTE: linda con la señora María Luisa Quintanilla de González; AL SUR: linda con Mercedes Manzanares y Elida Amparo Guevara de Segovia, callejón de por medio; AL PONIENTE: linda con Aracely González, y Carlos Benedicto Campos Guevara; y AL NORTE: linda con Gerónimo Chávez y Saturnina Martínez de González. En dicho inmueble existe construida una casa de sistema mixto techo de tejas, paredes y piso de cemento. Adquirió el inmueble por compra verbal que hizo a la señora ROSA DESIDERIA SANCHEZ, en el año de mil nove-cientos noventa; todos los colindantes son del domicilio de Moncagua, departamento de San Miguel y lo estima en la suma de CUATRO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Lo que pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.

San Miguel, cuatro de junio del año dos mil cinco.

Lic. NERY MARGARITA RIVERA BENAVIDES,

NOTARIO.-

3 v. alt. No. F006090-3

RENOVACION DE MARCAS

No. de Expediente: 1965012534

No. de Presentación: 20050063986

CLASE: 05

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN FRAN-CISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de SCHERING-PLOUGH HEALTHCA-RE PRODUCTS, INC., del domicilio de Ciudad de Memphis, Estado de Tennessee, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADO-UNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 12534 del Libro 00033 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra “DI-GEL”; que amara productos comprendidos en la Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los primero días del mes de junio del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

JOSE ANGEL RIVERA CAMPOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006140-3

MARCAS DE FABRICA

No. de Expediente: 2004044075

No. de Presentación: 20040056854

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ROLANDO GALLARDO PAREDES, de nacionalidad GUATEMALTECA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra ALAZAN y diseño.

La solicitud fue presentada el día veintidós de octubre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de octubre del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006045-3

Page 118: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

No. de Expediente: 2005047615

No. de Presentación: 20050062474

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIO CON-CEPCION MARTINEZ SANDOVAL, en su calidad de APODERADO de HOTELES DE CENTRO AMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: HOTELES DE CENTRO AME-RICA, S.A. DE C.V, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

GRUPO REAL

Consistente en: las palabras GRUPO REAL.

La solicitud fue presentada el día cinco de abril del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, seis de mayo del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006084-3

No. de Expediente: 2005046994

No. de Presentación: 20050061477

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO GUILLERMO CASTANEDA, en su calidad de APODERADO ES-PECIAL de BON APPETIT, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: las palabras California Fascination y diseño, donde la palabra Fascination se traduce al castellano como FASCINACION.

La solicitud fue presentada el día primero de marzo del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, tres de marzo del año dos mil cinco.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006087-3

No. de Expediente: 2005046993

No. de Presentación: 20050061476

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO GUILLERMO CASTANEDA, en su calidad de APODERADO ES-PECIAL de BON APPETIT, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: las palabras California Senses y diseño, donde la palabra Senses se traduce al castellano como Sentidos.

La solicitud fue presentada el día primero de marzo del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, tres de marzo del año dos mil cinco.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006088-3

Page 119: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

119DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

No. de Expediente: 2005046995

No. de Presentación: 20050061478

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO GUILLERMO CASTANEDA, en su calidad de APODERADO ES-PECIAL de BON APPETIT, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: las palabras California Icecool y diseño, donde la palabra Icecool se traduce al castellano como Hielo Frío.

La solicitud fue presentada el día primero de marzo del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, ocho de marzo del año dos mil cinco.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006089-3

No. de Expediente: 2005048809

No. de Presentación: 20050064137

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de APODERADO de THE CLOROX COMPANY, de nacionalidad ES-TADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra CLOROX y diseño.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de mayo del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de mayo del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006139-3

No. de Expediente: 2004045244

No. de Presentación: 20040058460

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado AIDA DEL CARMEN VASQUEZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de VASMAR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra CYR.

La solicitud fue presentada el día treinta de noviembre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, siete de diciembre del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R000192-3

Page 120: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL

No. de Expediente: 2005047616

No. de Presentación: 20050062475

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIO CONCEPCION MARTINEZ SANDOVAL, en su calidad de APODE-RADO GENERAL JUDICIAL de HOTELES DE CENTRO AMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: HOTELES DE CENTRO AMERICA, S.A. DE C.V. y HOTELES, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

Consistente en: la expresión GRUPO REAL Y diseño, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DE LAS PERSONAS EN CUANTO A LOS SERVICIOS DE HOTELERIA, CONSTRUCCION Y EX-PLOTACION DE CENTROS COMERCIALES, URBANIZACIO-NES, ARRENDAMIENTO Y VENTA DE INMUEBLES CON FINES INDUSTRIALES, COMERCIALES, TURISTICOS, RECREATIVOS DE OFICINA Y RESIDENCIAS.

La solicitud fue presentada el día cinco de abril del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, seis de mayo del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006086-3

MATRICULA DE COMERCIO

ASIENTO DE EMPRESA 2005054277

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2005054277- 001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la señora GLO-RIA MARIBEL ORTEZ DE NUÑEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, con número de Documento Unico de Identidad 00222213-7 del domicilio de SAN SALVADOR, con Número de Identifi cación Tributaria: 1413-

020170-101-9, el cual ha presentado solicitud a las trece horas y minutos del día siete de mayo de dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento, de Empresa No 2005054277 inscripción 98 y el asiento de Establecimiento No 2005054277-001, inscripción 99, ambos del Libro, 83 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento. La Empresa se dedica a VENTA DE ROPA, con dirección en CALLE ARCE, N° 433, EDIFI-CIO MICHEL del domicilio de SAN SALVADOR, SAN SALVADOR cuyo activo asciende a CIENTO TREINTA Y UN, MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO DOLARES CON 53/100 $131,585.53 y que tie-ne el establecimiento siguiente: 001-) denominado DISTRIBUIDORA JOSUE ubicado en CALLE ARCE, N° 433, EDIFICIO MICHEL del domicilio de SAN SALVADOR, SAN SALVADOR y que se dedica a VENTA DE ROPA.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

Salvador, trece de mayo de dos mil cinco.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. F006072-3

ASIENTO DE EMPRESA 2001032441

ESTABLECIMIENTO 2001032441- 1

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS MAURICIO QUIJANO en su calidad de Representante legal de la sociedad INVERSIONES QUIJANO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede Abreviarse INVERQUI, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, cuya escritura social está inscrita bajo el número 00026 del Libro 1271 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria : 0614-021296-102-5, ha presentado solicitud a las quince horas y cincuenta minutos del día treinta de Mayo del año dos mil uno. Con la cual se otorgaron los asientos de matrícula de Empresa No. 2001032441 y Establecimiento No 2001032441-1; a favor de la Empresa denominada INVERSIONES QUIJANOS, S.A. DE C.V, la cual se dedica a COMPRA VENTA DE REPUESTOS PARA VEHICULOS AUTOMOTORES, con dirección en CALLE SIEMENS #53, ZONA INDUSTRIAL SANTA ELENA, ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD cuyo activo es de CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL CIEN 55/100 Dólares (184,100.55); y que tiene un Establecimiento Comercial denominado 1-) INVERSIONES QUIJANOS, S. A. DE C. V., ubicado en CALLE SIEMENS # 53 ZONA INDUSTRIAL SANTA ELENA, ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD.

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, trece de Junio del año dos mil uno

Lic. LILIANA PATRICIA CACERES DE MONTOYA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. R000173-3

Page 121: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

121DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

ASIENTO DE EMPRESA 2002024433

ESTABLECIMIENTO 2002024433- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado QUIJANO ESPINOZA, CARLOS MAURICIO, en su calidad de Representante Legal de la empresa QUIJANO HERMANOS SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, con Número de Identifi cación Tributaria: 0511-290895-101-9, ha presentado solicitud de renovación, a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del día doce de julio de dos mil tres. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No 2003024433 y Establecimiento No 2003024433- 001; a favor de la Empresa denomi-nada QUIJANO HERMANOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a la COMPRA y VENTA DE REPUES-TOS PARA VEHICULO, con dirección en ZONA INDUSTRIAL SANTA ELENA CALLE SIEMENS # 53, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, cuyo activo asciende a SETECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y UN DOLARES CON 76/100 $776,361.76 y que tiene el (los) establecimiento (s) siguiente (s) 001-) QUIJANO HERMANOS, S.A. DE C.V. ubicado en ZONA INDUSTRIAL SANTA ELENA, CALLE SIEMENS # 53, ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD y del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, dieciocho de noviembre de dos mil tres

ROSA MAURA CABRERA MARTINEZ,REGISTRADOR.

3 v. alt. No. R000174-3

ASIENTO DE EMPRESA 2002016082 ESTABLECIMIENTO 2002016082-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MAYRA PATRICIA SALAZAR AVALOS, en su calidad de Representante legal de la sociedad IMPORTADORA GONZALEZ, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse IMPORTADORA GONZALEZ, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 34 del libro 706 del Registro de sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614- 160390-101-5, ha presentado solicitud de MODIFICACIÓN POR CAMBIO DE DIRECCIÓN DE LA EMPRESA Y DEL ESTABLECIMIENTO, a las once horas y cuatro minutos del día dos de junio de dos mil cinco. Con la cual se le otorga la inscripción No. 149 del libro 84 del folio 299 al 300; a favor de la Empresa denominada IMPORTADORA GONZALEZ, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a la VENTA DE PARTES, PIEZAS Y ACCESORIOS DE VEHICULOS AUTOMOTORES Y MOTOCICLETAS, con dirección en COLONIA LAS PALMAS, POLIGONO “D”, Nº 15, del domicilio de ILOPANGO, departamento de SAN SALVADOR, y que tiene el establecimiento deno-minado IMPORTADORA GONZALEZ, S.A. DE C.V., la cual se dedica a la VENTA DE PARTES, PIEZAS Y ACCESORIOS DE VEHICULOS AUTOMOTORES Y MOTOCICLETAS, con dirección en COLONIA LAS PALMAS, POLIGONO “D”, No. 15 del domicilio de ILOPANGO departamento de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, dos de junio de dos mil cinco.

Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. R000179-3

ASIENTO DE EMPRESA 2001019789

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2001019789-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor NAPOLEON ANTONIO FLAMENCO JIMENEZ en su calidad de Representante legal de la sociedad INDUSTRIAS TEXTILES ANTONIO FLAMENCO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse IN DUTAF, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-DOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 48 del libro 659 del Registro de sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614- 260189-107-8, el cual ha presentado solicitud a las ocho horas y doce minutos del día veinticinco de abril de dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2001019789 inscripción 224 y el asiento de Establecimiento No. 2001019789-001 inscripción, ambos del libro 83 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimien-to; la Empresa denominada INDUSTRIAS TEXTILES ANTONIO FLAMENCO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a ACABADO DE MATERIALES TEXTILES, con dirección en BOSQUES DE CUSCATLAN, AVENIDA EL ESPINO Nº 8 del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, cuyo activo asciende a CUARENTA Y OCHO MIL CATORCE DOLARES CON 98/100 $ 48,014.98 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado INDUSTRIAS TEXTILES ANTONIO FLAMENCO, S.A. DE C.V., ubicado en BOSQUES DE CUSCATLAN, AVENIDA EL ESPINO Nº 8 ANTIGUO CUSCATLAN y que se dedica a ACABADO DE MATE-RIALES TEXTILES.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veinticinco de mayo de dos mil cinco.

Lic. RUBEN ALBERTO NAVARRO CRUZ,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. R000180-3

ASIENTO DE EMPRESA 2005053910

ESTABLECIMIENTO 2005053910-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GERMAN ARMANDO BOILLAT INFANTOZI, en su calidad de Representante legal de la sociedad JVB, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse JVB, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de USULUTAN, cuya escritura social está inscrita bajo el número 37 del libro 1845 del Registro de sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria:

Page 122: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

0614- 260803-103-1, el cual ha presentado solicitud a las trece horas y doce minutos del día cuatro de marzo de dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2005053910 inscripción 120 y el asiento de Establecimiento No. 2005053910-001 inscripción, ambos del libro 79 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada JVB, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a SERVICIOS, EXPLOTACION Y COMERCIALIZA-CION EN GENERAL DE LA AGRICULTURA Y GANADERIA, con dirección en 4ª CALLE ORIENTE Y 2ª AVENIDA NORTE, Nº 10, BARRIO LA PARROQUIA, del domicilio de USULUTAN, cuyo activo asciende a CUARENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES DOLARES CON 63/100 $ 45,693.63 y que tiene el estableci-miento siguiente: 001-) denominado JVB, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE ubicado en 4ª CALLE OREINTE Y 2ª AVENIDA NORTE, Nº 10, BARRIO LA PARROQUIA, USULUTAN, y que se dedica a SERVICIOS, EXPLOTACION Y COMERCIALIZACION EN GENERAL DE LA AGRICULTURA Y GANADERIA.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, ocho de marzo de dos mil cinco.

Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. R000186-3

CONVOCATORIAS

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de LEMUSIMUN PUBLICIDAD, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE, convoca a los señores accionistas de la misma, a JUNTA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA a celebrarse a partir de las dieciséis horas del día siete de julio del presente año, en las ofi cinas de la Sociedad, situadas en Urbanización Santa Elena, Boulevard Orden de Malta No. 5, Antiguo Cuscatlán, De-partamento de La Libertad. El quórum necesario para que estas juntas puedan celebrarse se formará con la concurrencia de la mitad más una de las acciones que tengan derecho a voto, para la Junta Ordinaria y de las tres cuartas parte de las acciones con derecho a voto para la Junta Extraordinaria, entre presente y representadas y las resoluciones sólo serán válidas cuando se adopten por la mayoría de los votos presentes y representados, para la Junta Ordinaria y de las tres cuartas partes, para la Junta Extraordinaria.

Los asuntos a tratar y resolver y que constituirán la agenda de la sesión son los siguientes.

ASUNTOS ORDINARIOS:

1. Establecimiento del quórum.

2. Elección de la Junta Directiva y fi jación de sus dietas

ASUNTOS EXTRAORDINARIOS:

1. Aumento del Capital Variable

En caso de no haber quórum, en la fecha y hora señalados, por este mismo aviso queda convocada por segunda vez la Junta General Ordinaria y Extraordinaria con la misma agenda, para celebrarse a las dieciséis horas del día ocho de julio del presente año, en el mismo lugar, debiendo en este caso celebrarse con el número de acciones que estén

presentes y representadas y las resoluciones se tomarán por la mayoría de los votos presente, para la Junta Ordinaria y para la Junta Extraordinaria se celebrará con la concurrencia de la mitad más una de las acciones con derecho a voto y sus resoluciones serán válidas con las tres cuartas partes de las acciones presentes o representas.

Antiguo Cuscatlán, ocho de junio del dos mil cinco.

ANTONIO LEMUS SIMUN,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. R000175-3

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS

La Junta Directiva de la sociedad TELEFÓNICA MÓVILES EL SALVA-DOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse TELÉFONICA MÓVILES EL SALVADOR, S.A. DE C.V. y TELESAL, S.A. DE C.V., convoca a sus accionistas a Junta General Ordinaria y Extraordinaria, a celebrarse, en primera convocatoria, a partir de las diecisiete horas del día trece de julio de dos mil cinco, en el Hotel Real Intercontinental, situado entre la Calle Los Sisimiles y Boulevard de Los Héroes, de la ciudad de San Salvador, República de El Salvador, para conocer los asuntos incluidos en la siguiente agenda:

Punto 1. Verifi cación del quórum

Punto 2. Designación del Presidente y Secretario de la Sesión

Punto 3. Lectura del acta anterior

Asuntos de Carácter Ordinario

Punto 4. Lectura y aprobación de la Memoria de labores que pre-senta la Administración, del ejercicio que fi nalizó el 31 de diciembre de 2004

Punto 5. Presentación y aprobación del Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias del ejercicio que fi nalizó el 31 de diciembre de 2004

Punto 6. Conocimiento del Informe del Auditor sobre el ejercicio que fi nalizó el 31 de diciembre de 2004

Punto 7. Aplicación de Resultados del ejercicio 2004 y distribución de pérdidas

Punto 8. Nombramiento del Auditor Externo y fi jación de sus ho-norarios

Punto 9. Nombramiento del Auditor Fiscal y fi jación de sus hono-rarios

Asuntos de Carácter Extraordinario

Punto 10. Disminución del capital social

Punto 11. Modifi cación del Pacto Social

Punto 12. Nombramiento de Ejecutores Especiales de los acuerdos adoptados por la Junta de Accionistas

Para que la Junta General se considere legalmente reunida para conocer asuntos de carácter ordinario, en la primera fecha de la convo-catoria, deberán estar representadas, por lo menos, la mitad más una de las acciones que tengan derecho a votar, es decir, seis millones ciento veinticinco mil seiscientas ochenta y seis (6,125,686) acciones de un total de doce millones doscientas cincuenta y un mil trescientas setenta

Page 123: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

123DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

(12,251,370) acciones en que está dividido el capital social, y las reso-luciones serán válidas si se toman con el voto de la mitad más una de las acciones presentes o representadas.

Para que la Junta General se considere legalmente reunida para conocer asuntos de carácter extraordinario en la primera fecha de la convocatoria, deberán estar representadas, por lo menos las tres cuartas partes de todas las acciones de la sociedad, es decir nueve millones ciento ochenta y ocho mil quinientas veintiocho (9,188,528) acciones, y para adoptar resolución de los asuntos a conocer se necesitará el voto del setenta y cinco por ciento del capital social.

Si no hubiere quórum en la fecha y hora expresadas, se convoca para celebrar la reunión en segunda convocatoria, a las diecisiete horas del día catorce de julio de dos mil cinco, en el mismo lugar destinado para la primera convocatoria.

Si la Junta General se reuniere en la segunda fecha de la convo-catoria, por falta de quórum necesario para hacerlo en la primera, se considerará válidamente constituida para conocer asuntos de carácter ordinario, cualquiera que sea el número de acciones representadas, y sus resoluciones se tomarán por mayoría de los votos presentes.

Si la Junta General se reuniere en la segunda fecha de la convo-catoria, el quórum necesario para celebrar sesión y conocer los asuntos de carácter extraordinario será de la mitad más una de las acciones que componen el capital social, es decir, seis millones ciento veinticinco mil seiscientas ochenta y seis (6,125,686) acciones. El número de votos necesarios para adoptar resolución, serán las tres cuartas partes de las acciones presentes.

San Salvador, 13 de junio de 2005.

MARIO SALVADOR TORRES RUBIO,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. R000361-3

SUBASTAS PUBLICAS

EL INFRASCRITO JUEZ, SEGUNDO DE LO MERCANTIL INTERI-NO DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por la Licenciada DINORA ALICIA LARIOS LANDAVERDE, Apo-derada del BANCO SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANONIMA, contra la Sociedad SERVITECHOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE y señores JULIO ALBERTO BRACAMONTE conocido por JULIO ALBERTO BRACAMONTE SIBRIAN, GUILLERMO ALFON-SO HERNENDEZ HONLES, conocido por ALFONSO HERNANDEZ HONLES y RENE GONZALEZ CARRANZA, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal en fecha y hora que será señalada posteriormente, los inmuebles que a continuación se describen: “ 1) APARTAMIENTO Número A- ONCE del Edifi cio A, este Apartamiento tiene un área de treinta y dos punto ochenta y cinco metros cuadrados y su medida cúbica es de ochenta y dos punto trece metros cúbicos, la elevación del piso es de seiscientos treinta y ocho punto cincuenta metros sobre el nivel del mar, cuyas coordenadas en el vértice Nor- Oeste son, latitud doscientos ochenta y cinco mil seiscientos veintiuno punto noventa y nueve, longitud cuatrocientos setenta y nueve mil ciento setenta punto cero dos metros, lindando así: AL NORTE: Línea recta un tramo cuya distancia es cinco punto cuatrocientos setenta y cinco metros, rumbo Norte ochenta y dos grados dieciocho punto ocho minutos Este, colindando en Boulevard Venezuela, jardín exterior de por medio. AL ORIENTE: Línea recta de un tramo cuya distancia es seis metros y rumbo Sur siete grados cuarenta y uno punto dos minutos Este, colindando con Apartamiento A-Doce del

mismo Edifi cio A. AL SUR: Línea recta de un tramo, cuya distancia es cinco punto cuatrocientos setenta y cinco metros, rumbo Sur ochenta y dos grados dieciocho punto ocho minutos Oeste, colindando con Río Arenal de Candelaria, jardín exterior de por medio. AL PONIENTE: Línea recta de un tramo cuya distancia es seis metros y rumbo Norte siete grados cuarenta y uno punto dos minutos Oeste, colindando con escaleras de acceso a segunda planta del Edifi cio A-B-C. Por la parte baja o piso linda con bien raíz del inmueble, y por la parta alta o cielo linda con Apartamiento A-veintiuno del mismo edifi cio, obra gruesa de por medio.- 2) APARTAMIENTO Número “A-DOCE” del Edifi cio “A”, este Apartamiento tiene un área de treinta y dos punto ochenta y cinco metros cuadrados y su medida cúbica es de ochenta y dos, punto trece metros cúbicos, la elevación del piso es de seiscientos treinta y ocho punto cincuenta metros sobre el nivel del mar, cuyas coordenadas en el vértice Nor- Oeste son: Latitud doscientos ochenta y cinco mil seiscientos veintidós punto setenta y dos , y longitud cuatrocientos setenta y nueve mil ciento setenta y cinco punto cuarenta y cinco metros, lindando así: AL NORTE: línea recta de un tramo cuya distancia es cinco punto cuatrocientos setenta y cinco rumbo Norte ochenta y dos grados dieciocho punto ocho minutos Este, colindando con Boulevard Venezuela, jardín exterior de por medio. AL ORIENTE: Línea recta de un tramo cuya distancia es seis metros y rumbo Sur siete grados cuarenta y uno punto dos minutos Este, colindando con estaciona-miento oriente del mismo edifi cio AL SUR: Línea recta de un tramo, cuya distancia es cinco punto cuatrocientos setenta y cinco metros, y rumbo Sur ochenta y dos grados dieciocho punto ocho minutos Oeste, colindando con Río Arenal de Candelaria, jardín externo de por medio. AL PONIENTE: Línea recta de un tramo cuya distancia es seis metros y rumbo Norte siete grados cuarenta y uno punto dos minutos Oeste, colindando con Apartamiento A-ONCE del mismo Edifi cio. Por la parte baja o piso linda con bien raíz del inmueble y por la parte alta o cielo linda con Apartamiento A-Veintidós del mismo edifi cio, obra gruesa de por medio. 3) APARTAMIENTO Número “E-DOCE del Edifi cio “E” este Apartamiento tiene un área de treinta y dos punto ochenta y cinco metros cuadrados, y su medida cúbica es de ochenta y dos punto trece metros cúbicos, la elevación del piso es de seiscientos cuarenta y tres punto noventa metros sobre el nivel del mar, cuyas coordenadas en el vértice Nor-Oeste son: Latitud doscientos ochenta y cinco mil seiscientos veintiuno punto setenta y cinco y longitud cuatrocientos setenta y nueve mil ciento treinta y seis punto trece metros, lindando así: AL NORTE. Línea recta de un tramo cuya distancia cuya distancia es seis metros y rumbo Sur setenta y seis grados cuarenta y nueve punto cinco minutos Este, colindando con Apartamiento E-Once de este mismo edifi cio “E”. AL ORIENTE: Línea recta de un tramo cuya distancia es cinco punto cuatrocientos setenta y cinco metros y rumbo Sur trece grados diez punto cinco minutos Oeste, colindando con Apartamiento E- Trece de este mismo edifi cio E. AL SUR: Línea recta de un tramo, cuya distancia es seis metros y rumbo Norte setenta y seis grados cuarenta y nueve punto cinco minutos Oeste, colindando con Ricardo Iraheta en una parte y por otra con los señores Juan Quezada, después de María Serrano Escobar y ahora de Rafael Amadeo Ramírez. AL PONIENTE. Línea recta de un tramo cuya distancia es cinco punto cuatrocientos setenta y cinco metros, y rumbo Norte trece grados diez punto cinco minutos Este, colindando con estacionamiento poniente de este Condominio. Por la parte baja o piso linda con bien raíz del inmueble y por la parte alta o cielo linda con Apartamiento Veintidós del mismo edifi cio E, obra grueso de por medio. Los inmuebles descritos tienen un área construida de TREINTA Y DOS PUNTO CERO SIETE METROS CUADRADOS cada uno.

Se admitirán posturas siendo legales.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.-

JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL. San Salvador, a las doce horas veinte minutos del día cuatro de mayo del año dos mil cinco. Lic. JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL INTERINO.- Lic. AMINDA MERCEDES CRUZ PARADA, SECRETARIA INTERINA.

3 v. alt. No F006016-3

Page 124: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL SOYAPANGO.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Civil promovido por el abogado Santos Mario Huezo Torres, en calidad de apoderado del señor JOSE LISANDRO ARTIGA ESCOBAR, contra el señor JUAN CRUZ PEREZ, se venderá en pública subasta en este Tribunal los bie-nes inmuebles embargados en el presente juicio: dos lote urbanos y construcciones que contiene que forman un solo cuerpo, identifi cados como número seis y siete del polígono “G” Lotifi cación La Flor, can-tón La Flor jurisdicción de San Martín, de este Departamento: de una extensión superfi cial de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES PUNTO OCHENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, equivalentes a seiscientas cuarenta y nueve punto cuarenta y ocho varas cuadradas, que miden y lindan: partiendo de la intersección de la Calle número uno y Calle “C”, con una distancia de quine metros, con defl exión derecha de noventa grados, se localiza al vértice Sur-poniente, donde da inicio la presente descripción: AL SUR, con una distancia de veintitrés metros ochenta y cinco centímetros, Linda con lote número cinco, ORIENTE, con una distancia de diecinueve metros cuarenta centímetros linda con los lotes números quince y dieciséis; AL NORTE, con una distancia de veintidós metros noventa centímetros, linda con lote número ocho, AL PONIENTE, con una distancia de diecisiete metros cincuenta y cinco centímetros, Calle “C”, de por medio, linda con lotes número siete y ocho del Block “E”, llegando así al vértice Sur- poniente donde dio inicio la presente descripción, los lotes colindantes de los primeros tres rumbos relacionados pertenecen al mismo Block “G”. Los inmuebles así descritos se encuentran inscritos en el Sistema de Folio Real con la Matrícula número CERO UNO GUION CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO, inscripción uno del Registro de la Propiedad Raíz e Hipoteca de la Primera Sección del Centro

Se admitirán posturas siendo legales.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las catorce horas del día veintidós de abril de dos mil cinco. Lic. CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006019-3

LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL:

HACE SABER: Que en el Juicio Mercantil Ejecutivo que en este Tribunal promueve la Licenciada ANA CONCEPCION IRIAS LOZANO, en calidad de Apoderada General Judicial del BANCO CUSCATLAN DE EL SALVADOR SOCIEDAD ANONIMA, contra la Sociedad FLOWER COMPUTADORAS SOCIEDAD ANONIMA de CAPITAL VARIABLE, y a los señores FLOR DE MARIA LAGUARDIA LOPEZ hoy de RIVAS, conocida por FLOR DE MARIA LAGUARDIA RIVAS, por FLOR DE MARIA LAGUARDIA LOPEZ y por FLOR DE MARIA LAGUARDIA de RIVAS y MARIO EDGARDO RIVAS ROMERO, se venderá en pública Subasta en este Tribunal, en fecha que más adelante se señalará, los bienes inmuebles que a continuación se localizan y describen, ASI: “PRIMER INMUEBLE. LA CIUDAD DE SAN SALVADOR, “ Un solar urbano y sus construcciones, situado en el Barrio La Esperanza de la Ciudad de San Salvador, designado como Lote número VEINTIUNO, en el plano de Lotifi cación respectivo, que se describe, ASI: Lote número Veintiuno del Polígono “M”, de la Urbanización La Esperanza, de la Ciudad de San Salvador, que se localiza así: Partiendo de la Intersección formada por los ejes de la Primera Diagonal y el Pasaje número Tres se mide: Hacia el Oriente sobre el eje del Pasaje mencionado, una distan-cia de veinticuatro metros cincuenta centímetros, de este punto se hace

una defl exión izquierda de noventa grados y con una distancia de siete metros quince centímetros, llagamos el vértice Sur-Este del lote que se describe, Sur compuesta de dos tramos ASI: PRIMERO: En línea recta hacia el Poniente y paralela del eje número tres, mide doce metros veinte centímetros; SEGUNDO: En línea curva hacia la derecha y de sur a Norte con radio de cinco metros quince centímetros mide ocho metros nueve centímetros lindando en ambos tramos con el Polígono “R” de la misma Urbanización; AL PONIENTE: En línea recta hacia el Norte y paralela al eje de la primera diagonal mide dieciocho metros ochenta y cinco centímetros, lindado con el Polígono “N” de la misma Urbanización; NORTE: En línea recta hacia el Oriente y perpendicular al eje de la primera diagonal, mide diecisiete metros treinta y cinco centí-metros, lindando con el lote número Dieciocho del mismo Polígono “M” ORIENTE: En línea recta hacia el Sur y perpendicular al eje del Pasaje número tres mide veinticuatro metros lindando con el Lote Número diecinueve del mismo Polígono “M”.- El inmueble así descrito tiene una superfi cie de CUATROCIENTOS DIEZ METROS CUADRADOS SETENTA Y OCHO CENTESIMOS DE METROS CUADRADO, equi-valente a QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE VARAS CUADRADAS SETENTA Y CUATRO CENTESIMAS DE VARA CUADRADA.- El inmueble antes descrito está Inscrito a favor de la Sociedad demandada FLOWER COMPUTADORAS S. A. de C. V., bajo la Matrícula M CERO CINCO MILLONES NOVENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS VEIN-TIDOS, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, del Departamento de San Salvador. “SEGUNDO INMUEBLE. “LA CIUDAD DE SAN SALVADOR. “Un inmueble urbano y construcciones de sistema mixto que contiene, situado en el lugar denominado Colonia Centro América, sobre la Calle Guatemala número VEINTIUNO, ahora DOSCIENTOS CUARENTA Y UNO, en la afueras del Barrio Santa Lucía de esta Ciudad, de cuatrocientos cuarenta y dos metros cuadrados ochenta y un decímetros cuadrados, en el cual está construida una casa de tipo tienda medio, con los linderos y medidas siguientes, AL NORTE: Veintidós metros con terrenos del Instituto de Vivienda Urbana, calle Guatemala de catorce metros de ancho de por medio; AL ORIENTE: Veinte metros diecinueve centímetros, con casa número diecinueve tipo residencial; AL SUR: Veinte metros dos centíme-tros con casas números cinco y seis timo empleado; Y AL PONIENTE: veinte metros veintiún centímetros con casas número cinco y veintitrés, tipo empleado, pasaje número nueve de once metros de ancho de por medio. - Las casa tipo empleado y residencia1 antes mencionadas están construidas en terrenos de la Colonia Centro América y son o fueron del Instituto de Vivienda Urbana. El inmueble antes descrito está Inscripto a favor de la Sociedad demandada FLOWER COMPUTADORAS S.A. de C.V., bajo la Matrícula M CERO CINCO MILLONES NOVENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS DOS, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas, Departamento de San Salvador.

Se admitirán posturas siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL, San Salvador, a las diez horas y cincuenta minutos del día ocho de febrero del año dos mil cinco. Lic. ANA MARIA CORDÓN ESCOBAR, JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL.- Lic. ANA CECILIA FIGUEROA DE BARAHONA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006044-3

LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO EN GENERAL.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil marcado con la Referencia 290-E-03 promovido por la Licenciada ANA MARIA CACERES SEOANE, como Apoderada del BANCO AGRICOLA CO-MERCIAL DE EL SALVADOR, S.A., ahora BANCO AGRICOLA, S.A., contra la Sociedad INDUSTRIAS GRAFICAS, S.A. DE C.V. por medio de su Representante Legal señor AXEL CHRISTENSEN, y a éste en su carácter personal, se venderá en Pública Subasta, en este Tribunal en fecha que más adelante se señalará los bienes muebles que a continuación

Page 125: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

125DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

se localizan y describen así: “Ubicadas en Centro Médico San Rafael, Cuarta Calle Oriente, Colonia Utila, Nueva San Salvador, hoy Santa Tecla departamento de La Libertad, DOS MAQUINAS IMPRESORAS tipo OFFSET; marca HEIDELBERG; MODELOS KORS SESENTA Y CUATRO; SERIE TRES CINCO CERO UNO TRES SEIS; Y MODELO MOE, SERIE SEIS UNO UNO CINCO SEIS DOS; Y UNA GUILLO-TINA INDUSTRIAL MARCA POLAR MOHR, MODELO NUEVE DOS CE, SERIE CUATRO NUEVE UNO UNO DOS CERO NUEVE, la maquinaria, anteriormente descrita, por ser propiedad de la SOCIEDAD “INDUSTRIAS GRAFICAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE”, que se abrevia “IG, S.A. DE C.V.”, según inscripción número CUARENTA Y CUATRO, del Libro UN MIL TREINTA Y CUATRO, del Registro de Prendas, del Registro de Comercio.

Se admitirán posturas siendo legales

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL: San Salvador, a las quince horas del día veintiuno de abril de dos mil cinco. Lic. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL.- Lic. ANA CECILIA FIGUEROA DE BARAHONA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006076-3

LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO EN GENERAL;

HACE SABER: Que en el Juicio Mercantil Ejecutivo marcado con el número 169-E-0l, promovido inicialmente por la señora MARIA VIRGINIA SEOANE DE CACERES y actualmente continuado por la Licenciada ANA MARIA CACERES SEOANE primero como Apoderada de la señora MARIA VIRGINIA SEOANE DE CACERES actualmente en su carácter de Heredera Universal Testamentaria de la señora MARIA VIRGINIA SEOANE DE CACERES; contra la señora GLORIA VILMA FUENTES DE ARGUETA; se venderá en Pública subasta en este Tribunal en fecha que más adelante se señalará el bien mueble que a continuación se localiza y describe así: “ Un vehículo ubicado en Tercera Avenida Sur, número tres-diez, de la ciudad y departamento de Ahuachapán, Placa particular: TRESCIENTOS SETENTA MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS; Clase Pick UP; Marca: NISSAN; Modelo: DOBLE CABINA; Año mil novecientos noventa y ocho; Color: GRISCLA METALICO; número de Chasis tres N uno G D uno tres SXZK- cero cero tres mil setecientos catorce, número de Motor: veintisiete quinientos ochenta y un mil cuatrocientos treinta y nueve; capacidad uno punto cincuenta toneladas.

Se admitirán posturas siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL: San Salvador, a las nueve horas del día dieciocho de mayo de dos mil cinco. Lic. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL.- Lic. ANA CECILIA FIGUEROA DE BARAHONA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F006077-3

REPOSICION DE CERTIFICADO

AVISO

BANCO PROMERICA, S.A.,

COMUNICA: que en sus ofi cinas ubicadas en 2ª Calle Poniente y 4ª Av. Norte No. 5, Santa Ana, se ha presentado el propietario del certifi cado a plazo fi jo número: 1701- 2048 por el valor de $ 75,000.00 con fecha de vencimiento 19-06-2005, solicitando la reposición del mismo por haber sido extraviado.

En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento del público en general, para los efectos del caso.

Transcurrido treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiera ninguna oposición se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

Santa Ana a los ocho días del mes de Junio del 2005.

Sra. JOSEFINA DE GIAMMATTEI,

JEFE DE AGENCIA SANTA ANA.

3 v. alt. No. F006036-3

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A.,

COMUNICA: que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del certifi cado de depósitos a plazo No. 20601029565 (112517) emitido en Suc. Santa Rosa de Lima el 27 de septiembre de 1999, por valor original de ¢ 4,680.00 a un plazo de 60 días, el cual devenga el 8% de interés solicitando la reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los nueve días del mes de junio de dos mil cinco.

Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. F006111-3

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A.,

COMUNICA: que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del certifi cado de depósitos a plazo No. 121032874 (122117) emitido en Suc. Santiago de María el 01 de junio de 1998, por valor original de ¢3,000.00 a un plazo de 360 días, el cual devenga el 2.75% de interés solicitando la reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los nueve días del mes de junio de dos mil cinco.

Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. F006112-3

Page 126: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A.,

COMUNICA: que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del certifi cado de depósitos a plazo No. 6601090107 (365583) emitido en Suc. Santa Ana el 28 de febrero de 2003, por valor original de $12,119.52 a un plazo de 3 meses, el cual devenga el 2.125% de interés solicitando la reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los nueve días del mes de junio de dos mil cin-co.

Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. F006113-3

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A.,

COMUNICA: que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del certifi cado de depósitos a plazo No. 20601198375 (037776) emitido en Suc. Santa Rosa de Lima el 04 de abril de 2005, por valor original de $8,000.00 a un plazo de 1 año, el cual devenga el 2.50% de interés so-licitando la reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los nueve días del mes de junio de dos mil cin-co.

Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. F006114-3

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A.,

COMUNICA: que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del certifi cado de depósitos a plazo No. 66601036586 (001979) emitido en Suc. Ciudad Delgado el 21 de junio de 2004, por valor original de $1,500.00 a un plazo de 6 meses, el cual devenga el 2.50% de interés so-licitando la reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los nueve días del mes de junio de dos mil cinco.

Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. F006115-3

AUMENTO DE CAPITAL

La infrascrita Secretaria de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad RGH DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, Licenciada IVONNE LIZETH RODRIGUEZ PALACIOS,

HACE SABER: Que por acuerdo tomado en Junta General Ex-traordinaria de Accionistas de dicha sociedad celebrada en esta ciudad, a las catorce horas del día diecisiete de marzo de año dos mil cinco, por unanimidad de votos emitidos por los accionistas presentes, que conforman quórum de la totalidad de las acciones en que está dividido el Capital Social Mínimo de CIEN MIL COLONES, o sea CIEN ACCIONES; se acordó en aumentar el capital mínimo de la sociedad en QUINIENTOS SETENTA MIL COLONES, o sea QUINIENTAS SETENTA ACCIO-NES, con un valor nominal de MIL COLONES cada una, elevándolo a la suma de SEISCIENTOS SETENTA MIL COLONES, o sea SETENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SETENTA Y UN 43/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Todas las acciones que amparan el Capital Social Mínimo se encuentran totalmente suscritas y pagadas.

San Salvador, siete de junio del año dos mil cinco.

IVONNE LIZETH RODRIGUEZ PALACIOS,

SECRETARIA DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS.

RGH DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. R000189-3

AVISO DE AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL.

El Infrascrito Secretario de la Junta General Extraordinaria de la Sociedad LABORATORIOS BIOQUIMICOS SALVADOREÑOS S.A. DE C.V., de este domicilio, CERTIFICA, que en Asamblea General Extraordinaria de Socios celebrada a las quince horas del treinta de mayo de dos mil cinco, consta el Punto IV que literalmente DICE:

IV-AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL MINIMO DE LA SOCIEDAD. Los accionistas acordaron por unanimidad aumentar el Capital Social Fijo, de la mencionada Sociedad en la cantidad de OCHENTA MIL CO-LONES mediante la emisión de OCHO MIL nuevas acciones del valor

Page 127: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

127DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005.

nominal de DIEZ COLONES cada una, estableciéndose el capital social mínimo en la cantidad de CIEN MIL COLONES EXACTOS, equivalentes a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS, a fi n de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo Ciento Tres del Código de Comercio, acordando que dicho incremento será cubierto mediante la capitalización de una parte de las utilidades de los ejercicios un mil novecientos noventa y cuatro y un mil novecientos noventa y cinco, a razón de TREINTA Y UN MIL TRESCIENTOS CATORCE COLONES CON QUINCE CENTAVOS DE COLON equivalentes a TRES MIL QUINIENTOS SETENTA Y OCHO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON SETEN-TA Y SEIS CENTAVOS DE DOLAR correspondiente a las utilidades del año de mil novecientos noventa y cuatro y CUARENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO COLONES CON OCHENTA Y CINCO CENTAVOS, equivalentes a CINCO MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON DIEZ CENTAVOS DE DOLAR correspondiente a las utilidades del año de mil novecientos noventa y cinco, en consecuencia se incrementa la participación accionaria de cada uno de ellos en proporción al número de acciones que poseen a esta fecha, conforme lo dispone

la cláusula VIII del Pacto Social de la referida sociedad. Asimismo se sometió al pleno el proyecto de reforma de las cláusulas IV) y V) de la respectiva Escritura de Constitución, aprobándose por unanimidad de los accionistas y designándose a la Señora DORA ELIZABETH BLANDON DE YUDICE como EJECUTORA ESPECIAL para que comparezca a otorgar la escritura respectiva, autorizándola para que consigne en un solo instrumento todas las cláusulas que constituyen los Estatutos de la sociedad para que conste su texto íntegro en un solo documento.

Y para los efectos legales consiguientes, se expide la presente, en la ciudad de San Salvador, a los treinta días de mayo de dos mil cinco.

Lic. JOSE MIGUEL CASTRO BATRES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F006160-3

BALANCES DE LIQUIDACION

VULCANO SEGURIDAD Y PROTECCIÓN, S.A. DE C.V.

BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN AL 31 DE MARZO DE 2005 (EN DOLARES)

ACTIVO PASIVO

Caja 571.42 Capital pagado 571.42

Menos gastos Menos Défi cit 571.42

de liquidación 571.42

TOTAL 0.0 TOTAL 0.0

Sr. VILDAD RAFAILAN SERRANO Sr. JOSE ARNOLDO GUEVARA MARTINEZ,

LIQUIDADOR. CONTADOR.

Lic. AMILCAR ALEXANDER QUINTANILLA ORELLANA,

AUDITOR EXTERNO REGISTRO 3042.

3 v. alt. No. F006031-3

SOLICITUD DE NACIONALIDAD

RODRIGO AVILA AVILES, VICEMINISTRO DE SEGURIDAD CIUDADANA.

HACE SABER: Que a esta Secretaría de Estado se ha presentado la señora MAIBE COROMOTO GARCIA DE CALDERON, solicitando que se le reconozca la calidad de salvadoreña por NATURALIZACIÓN por ser de origen y nacionalidad VENEZOLANA y tener domicilio fi jo en El Salvador.

La peticionaria en su solicitud manifi esta ser de cuarenta y cuatro años de edad, de sexo femenino, casada, de profesión u ofi cio Ingeniero Agrónomo, del domicilio de San Salvador, Originaria de Caracas, De-partamento de Distrito Federal, República de Venezuela, lugar donde nació el día dos de Junio de mil novecientos sesenta, portadora de su Carnet de Identifi cación de Extranjero Residente número doce mil ciento sesenta y nueve, inscrito en el Registro de Extranjeros Residentes que lleva la Dirección General de Migración y Extranjería. Que su cónyuge responde al nombre de SANTIAGO ROBERTO CALDERON AVELAR, de cuarenta y siete años de edad, Ingeniero Agrónomo, originario Santa Tecla, Departamento de La Libertad, del domicilio de San Salvador, y de nacionalidad Salvadoreña. Siendo sus padres los señores AR-

Page 128: Universidad Tecnológica de El Salvadorbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...2005/06/17  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 17 de Junio de 2005. 1 DIARIO OFI

128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 367

MANDO GREGORIO GARCIA BOLIVAR Y GLORIA JOSEFINA MANZANARES DE GARCIA, el primero de sesenta y siete años de edad, Maquinista, ya fallecido y la segunda de sesenta y cuatro años de edad, de ofi cios del hogar, sobreviviente; ambos originarios de Caracas y de nacionalidad venezolana.

Ingresó al país por la Delegación Migratoria del Aeropuerto Internacional de Comalapa el día dieciocho de diciembre del año de mil novecientos ochenta y cuatro. Expresa su voluntad de adhesión, obediencia y sumisión a las leyes y Autoridades de la República de El Salvador.

Lo que hace saber al público para los efectos de Ley y se emplaza a toda persona interesada en oponerse a la referida solicitud para que el término de quince días contados desde la fecha de la última publicación de este edicto en el DIARIO OFICIAL y en un Periódico de circulación nacional, se presente a este Ministerio justifi cando la oposición con la prueba pertinente.

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN: San Salvador a las ocho horas con quince minutos del día doce de abril de dos mil cinco.

Ing. RODRIGO AVILA AVILES,

VICEMINISTRO DE SEGURIDAD CIUDADANA.

3 v. c. No. R000246-3

AVISO DE COBRO

La Infrascrito Subjefe del Departamento Jurídico del Ministerio de Hacienda, a quien interese para los efectos de ley

HACE SABER: Que a este Departamento se ha presentado la señora ESTENIA ABREGO conocida como Estenia Abrego Menjívar, en representación de su menor hijo CRISTIAN ALFREDO REYES ABREGO, hijo sobreviviente del causante señor Julio Alfredo Reyes Rivera, solicitando se le autorice fi rmar los documentos respectivos, para que se le haga efectiva la devolución de la cantidad de CIENTO SESENTA Y DOS DOLARES ($162.00), en concepto de excedente del Impuesto sobre la Renta del ejercicio fi scal 2004, según devolución número 50670, que dejó pendiente de cobro, su padre, por haber fallecido el día 1 de marzo de 2005.

Lo anterior, se hace de conocimiento del público para que toda persona que se crea con igual o mejor derecho, se presente a este Depar-tamento a más tardar dentro de los quince días subsiguientes, contados a partir del día siguiente al de la tercera y última publicación del presente aviso, a fi n de ejercer su derecho.

Ministerio de Hacienda. San Salvador, a los veintiocho días del mes de abril de dos mil cinco.

NORA LIZETH PEREZ DE LOPEZ,

SUBJEFE DEPARTAMENTO JURIDICO

MINISTERIO DE HACIENDA.

3 v. 1 v. c/3 d. No. F005528-3

TITULO MUNICIPAL

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el Lic. CAR-LOS ANTONIO ELIAS BERRIOS, como apoderado de JOSE OVIDIO RAMOS CHAVEZ, de cincuenta y nueve años de edad, Agricultor en Pequeño, de este domicilio y del de los Estados Unidos de América; solicitando a favor de su representado Título Municipal de dominio de un solar de naturaleza urbana situado en el al rumbo oriente hoy Barrio Concepción de la Población de Intipucá, departamento de La Unión, de un área de DOS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO ME-TROS CUADRADOS, que mide y linda: ORIENTE: cuarenta metros, con Martín Lazo, Paula Delgado, cerco de piedra de por medio de los colindantes; NORTE: cuarenta metros, con Norberta Mata, cerca de piedra de por medio, antes mediando la calle pública; PONIENTE: con la misma señora Norberta Mata y Brígido Chávez, calle de servicio pú-blico de por medio; y SUR: Maura Salvador, y María Hernández, cerca de piedra de por medio, una parte del predio que se describe y la otra de las colindantes; por estos dos rumbos mide cuarenta metros por cada uno, existen dos ranchos pajizos que está en buen estado de servicio. Dicho inmueble no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas; y ha sido poseído en forma quieta, pacífi ca y no interrumpida. Lo estima en la cantidad de QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; Los colindantes son de este domicilio.

Lo que se le avisa al público para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal: Intipucá departamento de La Unión, a dos de junio del año dos mil cinco.- ENRIQUE MENDEZ BERRIOS, ALCALDE MUNICIPAL. GREGORIA ESCOBAR A. DE PEÑA, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F006028-3

Imprenta Nacional - Tiraje 500 Ejemplares.