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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES “UNIANDES” FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CARRERA DE DERECHO PROYECTO DE INVESTIGACIÓN PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TITULO DE ABOGADA DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA TEMA: “PROYECTO DE ORDENANZA QUE REGULA EL USO, FUNCIONAMIENTO Y ADMINISTRACIÓN DE LOS MERCADOS MUNICIPALES Y DE LAS FERIAS LIBRES EN EL CANTÓN LA CONCORDIA, PARA GARANTIZAR EL DERECHO AL AMBIENTE SANO” AUTORA: MOREIRA CEVALLOS MILDRED MATILDE ASESOR: DR. JACOME CORDONES JUAN ORLANDO SANTO DOMINGO-ECUADOR 2018

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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES

“UNIANDES”

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA

CARRERA DE DERECHO

PROYECTO DE INVESTIGACIÓN PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TITULO

DE ABOGADA DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA

TEMA:

“PROYECTO DE ORDENANZA QUE REGULA EL USO, FUNCIONAMIENTO Y

ADMINISTRACIÓN DE LOS MERCADOS MUNICIPALES Y DE LAS FERIAS

LIBRES EN EL CANTÓN LA CONCORDIA, PARA GARANTIZAR EL

DERECHO AL AMBIENTE SANO”

AUTORA: MOREIRA CEVALLOS MILDRED MATILDE

ASESOR: DR. JACOME CORDONES JUAN ORLANDO

SANTO DOMINGO-ECUADOR

2018

APROBACIÓN DEL ASESOR DEL TRABAJO DE INVESTIGACIÓN

CERTIFICACIÓN

Quien suscribe, legalmente CERTIFICA QUE: El presente Trabajo de Titulación realizado

por la señorita Mildred Matilde Moreira Cevallos, estudiante de la Carrera de Derecho,

Facultad de Jurisprudencia, con el tema: “PROYECTO DE ORDENANZA QUE

REGULA EL USO, FUNCIONAMIENTO Y ADMINISTRACIÓN DE LOS

MERCADOS MUNICIPALES Y DE LAS FERIAS LIBRES EN EL CANTÓN LA

CONCORDIA, PARA GARANTIZAR EL DERECHO AL AMBIENTE SANO”, ha

sido prolijamente revisado, y cumple con todos los requisitos establecidos en la normativa

pertinente de la Universidad Regional Autónoma de los Andes –UNIANDES-, por lo que

apruebo su presentación.

Santo Domingo, marzo de 2018

Dr. Jácome Cordones Juan Orlando

ASESOR

DECLARACIÓN DE AUTENTICIDAD

Yo, Mildred Matilde Moreira Cevallos, estudiante de la Carrera de Derecho, Facultad de

Jurisprudencia, declaro que todos los resultados obtenidos en el presente trabajo de

investigación, previo a la obtención del título de ABOGADA DE LOS TRIBUNALES DE

LA REPÚBLICA, son absolutamente originales, auténticos y personales; a excepción de las

citas, por lo que son de mi exclusiva responsabilidad.

Santo Domingo, marzo de 2018

Srta. Mildred Matilde Moreira Cevallos

C.C. 2300333545

AUTORA

DERECHOS DE AUTOR

Yo, Mildred Matilde Moreira Cevallos, declaro que conozco y acepto la disposición

constante en el literal d) del Art. 85 del Estatuto de la Universidad Regional Autónoma de

los Andes, que en su parte pertinente textualmente dice: El patrimonio de la UNIANDES,

está constituido por: La propiedad intelectual sobre las Investigaciones, trabajos científicos,

proyectos profesionales, y consultoría que se realicen en la Universidad o por cuenta de ella.

Santo Domingo, marzo de 2018

Srta. Mildred Matilde Moreira Cevallos

C.C. 2300333545

AUTORA

CERTIFICACIÓN DEL LECTOR DEL TRABAJO DE TITULACIÓN

Yo, Juan Carlos Nevárez Moncayo, en calidad de lector del Proyecto de Investigación.

CERTIFICO:

Que el presente trabajo de titulación para la estudiante Mildred Matilde Moreira Cevallos,

sobre el tema: “PROYECTO DE ORDENANZA QUE REGULA EL USO,

FUNCIONAMIENTO Y ADMINISTRACIÓN DE LOS MERCADOS

MUNICIPALES Y DE LAS FERIAS LIBRES EN EL CANTÓN LA CONCORDIA,

PARA GARANTIZAR EL DERECHO AL AMBIENTE SANO”, ha sido

cuidadosamente revisado por el suscrito, por lo que he podido constatar que cumple con todos

los requisitos de fondo y forma establecidos por la Universidad Regional Autónoma de los

Andes, para esta clase de trabajos, por lo que autorizo su presentación.

Santo Domingo, abril de 2018

Dr. Juan Carlos Nevárez Moncayo

LECTOR

DEDICATORIA

Dedico este trabajo investigativo, a Dios por darme la dicha de contar con mis padres

MARTHA CEVALLOS ORELLANA y ROQUE MOREIRA BUSTE, que a través de sus

consejos, enseñanzas y ejemplo me han sabido guiar por el buen camino, dándome fuerzas

para seguir adelante y no desmayar ante las adversidades de la vida, quienes me han

demostrado su cariño y su apoyo incondicional para llegar a donde he llegado.

¡Gracias por confiar y creer en mí!

Mildred Matilde Moreira Cevallos

AGRADECIMIENTO

A Dios, por proteger mi camino, por estar siempre conmigo y darme la bendición de contar

con personas que amo mucho y que han sido ejemplo para superarme cada día.

A mis padres, por su ayuda incondicional, por ser unos padres ejemplares, por enseñarme a

luchar en la vida y no desfallecer ni rendirme ante nada.

A la Universidad Regional Autónoma de los Andes “UNIANDES”, por recibirme en este

establecimiento.

A mis catedráticos quienes con sus enseñanzas que me impartían día a día y han sido el

medio para lograr el objetivo propuesto.

A mi Asesor de Tesis Dr. Juan Jácome Cordones, por su colaboración brindada y por guiarme

en el presente trabajo de investigación.

Al Dr. Edgardo Lara Averos, por ser con quien más obtuve conocimientos a través de mi

formación profesional, quien con paciencia día a día me ha enseñado lo que se y quien

complemento mi noción de lo que es el derecho.

A mis amigos y compañeros quienes de una u otra manera con su apoyo brindado me dieron

un consejo para seguir adelante.

Mildred Matilde Moreira Cevallos

RESUMEN

El presente trabajo investigativo tiene como tema “Proyecto de Ordenanza que regula el uso,

funcionamiento y administración de los mercados municipales y de las ferias libres en el

cantón La Concordia”, es necesario porque se ha detectado el problema que tienen en la

actualidad los pobladores del cantón La Concordia, por lo que el tema así planteado en vista

a la enorme importancia de actualidad para efectivizar el derecho a un ambiente sano

establecido en el Art. 66, numeral 27, de la Constitución de la República del Ecuador.

La Metodología de Investigación utilizada es: los métodos inductivo-deductivo, analítico,

encuestas y entrevistas a los habitantes del cantón La Concordia.

La línea de investigación “Retos, perspectivas y perfeccionamiento de las ciencias jurídicas

en Ecuador”. A lo que se refiere la sub-línea de investigación: “El ordenamiento jurídico

Ecuatoriano, presupuestos históricos, teóricos, filosóficos y constitucionales”.

Adicionalmente en la validación y/o evaluación de los resultados a obtener es que a través de

una ordenanza en el cantón de La Concordia, son vivir en un ambiente más sano, que exista

una organización entre los comerciantes y sus puestos de trabajo, para de esta forma brindarle

a los ciudadanos una mejor atención, organización y facilidad de acceso al adquirir sus

productos, ayudando de esta manera al ornato del cantón y la participación ciudadana con las

autoridades locales.

ABSTRACT

The present investigative work has as its theme "Ordinance that regulates the Use, Operation

and Administration Project from Municipal Markets and Free Fairs in La Concordia" canton,

it is necessary, because the problem has been detected that currently have inhabitants from

La Concordia canton, being the issue raised enormous importance at present, to effectuate

the right to a healthy environment established in Art. 66, numerals 2, 15, 25 and 27, in

Ecuador Republic Constitution. The Research Methodologies used are: the inductive-

deductive, analytical methods, surveys and interviews to the inhabitants from La Concordia

canton, in Santo Domingo de los Tsáchilas Province. The line of research "Challenges,

perspectives and improvement of the legal sciences in Ecuador", sub-line: "The Ecuadorian

legal system, historical, theoretical, philosophical and constitutional budgets". Additionally,

in the validation and / or evaluation from results to be obtained, it will be through an

ordinance in La Concordia canton, Santo Domingo de los Tsáchilas Province, so that there

is an adequate distribution among the merchants and their jobs, and in this way, provide

citizens with better care, organization and accessibility by acquiring products that are part

from the basic basket, helping the ornate from canton, which will result in an adequate

balance between the population and a healthier environment, in virtue that the investigation

in La Concordia canton doesn’t have ordinance that regulates or controls the use, operation

and administration for Municipal Markets and Free Fairs.

INDICE GENERAL

PORTADA

APROBACIÓN DEL ASESOR DEL TRABAJO DE TITULACIÓN

DECLARACIÓN DE AUTENTICIDAD

DERECHOS DE AUTOR

CERTIFICACIÓN DEL LECTOR DEL TRABAJO DE TITULACIÓN

DEDICATORIA

AGRADECIMIENTO

RESUMEN

ABSTRACT

INTRODUCCIÓN .............................................................................................................................. 1

Antecedentes de la Investigación ............................................................................................ 1

Estado del Arte .................................................................................................................... 1

Actualidad e importancia de la investigación ........................................................................... 1

Formulación del problema ..................................................................................................... 2

Delimitación del problema .................................................................................................... 3

Objeto de investigación ......................................................................................................... 3

Campo de acción .................................................................................................................. 3

Identificación de la Línea de Investigación .............................................................................. 3

Objetivo General .................................................................................................................. 3

Objetivos Específicos ........................................................................................................... 3

Idea a defender..................................................................................................................... 4

Preguntas Científicas ............................................................................................................ 4

Justificación del Tema .......................................................................................................... 4

CAPITULO I ....................................................................................................................... 6

1 MARCO TEÓRICO........................................................................................................... 6

EPÍGRAFE I ...................................................................................................................... 6

1.1 Origen y evolución del objeto de investigación ............................................................................ 6

1.1.1 Derecho Administrativo ............................................................................................................. 6

1.1.2 Derecho Municipal ..................................................................................................................... 8

EPÍGRAFE II .................................................................................................................... 10

1.2. Análisis de las distintas posiciones teóricas sobre el objeto de investigación............................ 10

1.2.1 Derecho Administrativo ........................................................................................................... 10

1.2.1.1 Ramas del Derecho Administrativo ...................................................................................... 10

1.2.1.2 Ámbito de Aplicación ........................................................................................................... 11

1.2.1.3 Relación de la Administración Pública con otras ciencias .................................................... 13

1.2.2 Derecho Municipal ................................................................................................................... 14

1.2.2.1 Definición del Derecho Municipal ........................................................................................ 14

1.2.2.2 El concepto de municipio en la legislación ecuatoriana ........................................................ 14

1.2.2.3 Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal .................................................................. 19

1.2.2.3.1 Facultad de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales.............................. 20

1.2.2.3.2 Requisitos que exige el Municipio del cantón La Concordia, para el funcionamiento de los

mercados. .......................................................................................................................................... 21

1.2.3 Ordenanza ................................................................................................................................ 22

1.2.3.1 Definición de Ordenanza Municipal ..................................................................................... 22

1.2.3.2 Tipos de ordenanzas .............................................................................................................. 22

1.2.3.3 Contenido de una ordenanza Municipal ................................................................................ 22

1.2.3.4 Pasos para la creación de una ordenanza ............................................................................... 23

1.2.4 Mercado .................................................................................................................................... 24

1.2.4.1 Concepto de mercado ............................................................................................................ 24

1.2.4.2 Definición de mercado .......................................................................................................... 24

1.2.4.3 Estudio de mercado ............................................................................................................... 24

1.2.4.4 Clases de mercados ............................................................................................................... 25

1.2.4.4.1 Mercado mayorista ............................................................................................................. 25

1.2.4.4.2 Mercado Minorista ............................................................................................................. 25

1.2.4.5 Estrategias de mercado en un producto-mercado amplio ...................................................... 25

1.2.4.6 Características de mercado .................................................................................................... 25

1.2.4.7 Comercialización y mercado ................................................................................................. 26

1.2.4.8 Definición de la microcomercialización ................................................................................ 26

1.2.4.9 Definición de la macrocomercialización ............................................................................... 27

1.2.4.10 Segmentación del mercado .................................................................................................. 27

1.2.5 Ferias ........................................................................................................................................ 28

1.2.5.1 Concepto de feria .................................................................................................................. 28

1.2.5.2 Orígenes de una feria............................................................................................................. 29

1.2.5.3 Evolución de las ferias .......................................................................................................... 29

1.2.6 Fundamentación Legal ............................................................................................................. 30

1.2.6.1 Constitución de la República del Ecuador ............................................................................ 30

1.2.6.2 Código Orgánico Territorial Autónomo Descentralización .................................................. 30

1.2.6.3 Ordenanza del Gad Municipal de Santo Domingo “Uso, Funcionamiento y Administración

de los Mercados Municipales y funcionamiento de las ferias” ......................................................... 31

1.2.7 Análisis de distintas posiciones teóricas sobre la investigación ............................................... 32

1.2.7.1 El buen vivir, breves reflexiones constitucionales ................................................................ 32

1.2.7.2 La soberanía alimentaria y el buen vivir ............................................................................... 33

1.2.7.3 Ley Orgánica de Régimen de Soberanía Alimentaria ........................................................... 38

EPIGRAFE III ................................................................................................................... 38

1.3 Valoración crítica de los conceptos principales de las distintas posiciones teóricas sobre el

objeto de investigación. ..................................................................................................................... 38

EPIGRAFE IV ................................................................................................................... 39

1.4 Conclusiones Parciales del Capitulo ........................................................................................... 39

CAPITULO II .................................................................................................................... 41

2. MARCO METODOLÓGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA. ........................... 41

2.1 Caracterización del problema seleccionado para la investigación. ............................................. 41

2.1.2 Metodología de la investigación. ............................................................................................. 41

2.1.3 Modalidad de la Investigación. ................................................................................................ 41

2.1.4 Población y muestra de la investigación. ................................................................................. 42

2.1.5 Interpretación de los resultados de las encuestas realizadas .................................................... 43

2.2 Entrevista. .................................................................................................................................... 52

2.3 Propuesta del investigador .......................................................................................................... 55

2.4 Conclusiones parciales del capítulo. ........................................................................................... 56

CAPITULO III .................................................................................................................. 57

VALIDACIÓN Y/O EVALUACIÓN DE RESULTADOS DE SU APLICACIÓN ........................ 57

3.1 De la propuesta. ........................................................................................................................... 57

3.3 Certificados de Viabilidad ........................................................................................................... 73

3.4 Conclusiones Parciales del Capitulo ........................................................................................... 74

CONCLUSIONES GENERALES .................................................................................................... 75

RECOMENDACIONES ................................................................................................................... 76

BIBLIOGRAFÍA

ANEXOS

INDICE DE TABLAS

Tabla 1 .................................................................................................................................. 43

Tabla 2 .................................................................................................................................. 44

Tabla 3 .................................................................................................................................. 45

Tabla 4 .................................................................................................................................. 46

Tabla 5 .................................................................................................................................. 47

Tabla 6 .................................................................................................................................. 48

Tabla 7 .................................................................................................................................. 49

Tabla 8 .................................................................................................................................. 50

Tabla 9 .................................................................................................................................. 51

INDICE DE GRAFICOS ESTADISTICOS

Gráfico Estadístico 1 ............................................................................................................ 43

Gráfico Estadístico 2 ............................................................................................................ 44

Gráfico Estadístico 3 ............................................................................................................ 45

Gráfico Estadístico 4 ............................................................................................................ 46

Gráfico Estadístico 5 ............................................................................................................ 47

Gráfico Estadístico 6 ............................................................................................................ 48

Gráfico Estadístico 7 ............................................................................................................ 49

Gráfico Estadístico 8 ............................................................................................................ 50

Gráfico Estadístico 9 ............................................................................................................ 51

INDICE DE ANEXOS

Anexo 1 Carta de Aprobación del Perfil del Proyecto de Investigación

Anexo 2 Perfil de Proyecto de Investigación

Anexo 3 Preguntas de encuestas

Anexo 4 Preguntas de entrevista

Anexo 5 Fotografía

1

INTRODUCCIÓN

Antecedentes de la Investigación

Después de una exhaustiva búsqueda en las diferentes bibliotecas de la ciudad de Santo

Domingo, el CEDIC de la Universidad Regional Autónoma de los Andes “UNIANDES”, y

en el internet, para determinar si existen trabajos investigativos sobre el tema: “PROYECTO

DE ORDENANZA QUE REGULA EL USO, FUNCIONAMIENTO Y

ADMINISTRACION DE LOS MERCADOS MUNICIPALES Y DE LAS FERIAS

LIBRES EN EL CANTÓN LA CONCORDIA, PARA GARANTIZAR EL DERECHO

AL AMBIENTE SANO”; se puede apreciar que no existen trabajos relacionados

directamente con el tema, razón por la cual el desarrollo del presente tema es viable,

oportuno, de mi autoría y efectivo.

Estado del Arte

Para la realización de la presente investigación, se revisó diferentes fuentes bibliográficas

como: El Desarrollo del Municipio Liberal y el reto de la alimentación en el Alicante de la

Primera Mitad del Siglo XIX, autora Mercedes Pascuala Arteaga y Eva María Trescastro

López; El Municipio, autor Juan Carlos Benalcázar Guerrón; Tratado de Derecho

administrativo y obras selectas, autor Agustín Gordillo; Nociones fundamentales del derecho

administrativo y su relación con el derecho municipal, autor Instituto Profesional

Latinoamericano de Comercio Exterior (IPLAXEC).

Así como también fue de gran importancia como Norma Suprema la Constitución de la

República, Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización; y,

Ordenanza del Gad Municipal de Santo Domingo, “Uso, Funcionamiento y Administración

de los Mercados Municipales y de las ferias, la misma que me servirá de apreciación para el

presente proyecto.

Actualidad e importancia de la investigación

Los mercados municipales a nivel mundial constituyen es una de las fórmulas comerciales

más tradicionales y con mayor arraigo en la distribución de productos frescos para la

comunidad. Es lógico pensar que las cosas no hayan variado mucho como probablemente lo

hayan hecho otros sectores en los últimos diez años, a pesar de su incursión en la Provincia

2

de Santo Domingo de los Tsáchilas, todavía no se aprecian cambios y mejoras dentro del

GAD Municipal de la Concordia, viéndose un deterioro de los servicios brindados en los

mercados y ferias libres, en la calle Juan Montalvo, siendo necesario un cambio por la

evolución social y económica diaria que no solo se vive en el país, sino también el mundo.

A nivel global si se tuviera que definir el sector de los mercados municipales con dos

palabras, las elegidas serian "complicado y competitivo”. Desde el punto de vista del cliente

podemos observar el comportamiento de un consumidor cada vez más exigente y con

mayores necesidades al momento de dirigirse a comprar los productos básicos de la canasta

familiar. Si bien es verdad en el Ecuador muchas de las provincias con mayor desarrollo

económico, que cuentan con mercados municipales con una buena infraestructura y

organización de los locales comerciales distribuidos de una forma estratégica y llamativa a

la vista del consumidor que permite que el mismo pueda adquirir los productos con mayor

facilidad, como se pueden constatar los avances en los mercados de la ciudad de Guayaquil.

Ahora si bien es conocido la desatención que ha vivido el cantón La Concordia, en gobiernos

pasados, todavía no cuenta con unos mercados y ferias, acorde a la necesidad de su población

ya que los que existen se encuentran desorganizados, debido al desinterés de las autoridades

municipales, para dar una solución eficaz y oportuna a ese conflicto, denotando la falta de

organización de los comerciantes del mercado municipal y ferias libres, a pesar de cuentan

con un mercado el mismo carece de una buena infraestructura y organización por parte de

los comerciantes con respaldo de las autoridades competentes, siendo un problema para los

ciudadanos, generando mal aspecto al ornato de dicho cantón.

Formulación del problema

La falta de organización de los comerciantes del mercado municipal y ferias libres, en el

cantón la Concordia, podría ser subsanada con una ordenanza que regule el uso,

funcionamiento y administración de los mismos, a través del análisis crítico del material

bibliográfico, legal e investigativo llevado a cabo en el sector.

3

Delimitación del problema

La investigación en el presente caso está dirigida a la elaboración de un Proyecto de

Ordenanza que regula el uso, funcionamiento y administración de los mercados municipales

y de las ferias libres en el cantón La Concordia, para garantizar el derecho al ambiente sano.

Objeto de investigación

La elaboración de un Proyecto de Ordenanza que regula el uso, funcionamiento y

administración de los mercados municipales y de las ferias libres.

Campo de acción

El campo de acción se encuentra en el Derecho Municipal y Código Municipal del cantón La

Concordia.

Identificación de la Línea de Investigación

De acuerdo con la situación problémica planteada, y en base a las nuevas disposiciones

dictadas por la Universidad Regional Autónoma de Los Andes; en este sentido, la línea de

investigación de este trabajo es: “Retos, Perspectivas y Perfeccionamiento de las Ciencias

Jurídicas en Ecuador”, especialmente en “El ordenamiento jurídico Ecuatoriano,

presupuestos históricos, teóricos, filosóficos y constitucionales”.

Objetivos

Objetivo General

Elaborar un proyecto de ordenanza que regule el uso, funcionamiento y administración de

los mercados municipales y de las ferias libres en el cantón La Concordia, para garantizar el

derecho al ambiente sano.

Objetivos Específicos

Fundamentar constitucional, jurídica y doctrinariamente la necesidad de elaborar un

proyecto de ordenanza que regule el uso, funcionamiento y administración de los

mercados municipales y de las ferias libres en el cantón La Concordia.

4

Cuantificar los datos estadísticos arrojados de las encuestas y entrevistas realizadas a

entidades públicas.

Elaborar componentes jurídicos tendientes a la elaboración de un proyecto de ordenanza

que regule el uso, funcionamiento y administración de los mercados municipales y de las

ferias libres en el cantón La Concordia, para garantizar el derecho al ambiente sano.

Validar la presente propuesta por la vía de expertos.

Idea a defender

La elaboración de un proyecto de ordenanza que regula el uso, funcionamiento y

administración de los mercados municipales y de las ferias libres en el cantón La Concordia,

para garantizar así el derecho a un ambiente sano.

Preguntas Científicas

¿Cómo lograr que en el cantón La Concordia, se aplique de manera efectiva el derecho al

ambiente sano establecido en el Art. 66, numeral 27, de la Constitución de la República del

Ecuador?

¿Cómo lograr un trabajo más coordinado entre el GAD Municipal de La Concordia y los

comerciantes de los mercados y ferias libres para una mejor organización y desarrollo del

comercio dentro del cantón?

¿Qué acciones debe emprender el GAD Municipal de La Concordia, para prevenir que los

comerciantes del cantón no presten un buen servicio a la ciudadanía en los mercados y ferias

libres?

Justificación del Tema

Conveniencia. La ordenanza que regule el uso, funcionamiento y administración de los

mercados municipales y de las ferias libres en el cantón La Concordia, garantizara el derecho

al ambiente sano, a los ciudadanos concordenses, al mantener un excelente desarrollo

comercial, buena infraestructura y control de calidad de sus productos.

5

Relevancia social. La subsanación no solo legal del problema, sino también dotar de un buen

control comercial al cantón de La Concordia, para evitar que en el futuro no solo este cantón,

si no que más cantones del país no busquen regular el funcionamiento de los mercados y

ferias libres, en pro del derecho de la comunidad y de esta manera cumplir con lo establecido

en la Constitución.

Implicación práctica. El Problema que se soluciona es la desorganización de los mercados

y ferias libres del cantón La Concordia.

Valor teórico. Este trabajo de investigación es un tema de gran relevancia social, y servirá

como fuente de consulta para los futuros estudiantes de la Facultad de Jurisprudencia de la

Escuela de Derecho.

Utilidad metodológica: Las futuras generaciones de estudiantes de derecho de la

UNIANDES, podrán hacer un estudio más minucioso sobre la falta de control por parte de

los GAD Municipales, a las ferias libres y mercados, por el avance social y económico que

se vive diariamente.

La creación de la ordenanza es pertinente debido a la falta de uso, funcionamiento y

administración, por parte de las autoridades competentes del Gad Municipal del cantón La

Concordia, frente a los comerciantes y usuarios de los mercados.

6

CAPITULO I

1 MARCO TEÓRICO

EPÍGRAFE I

1.1 Origen y evolución del objeto de investigación

1.1.1 Derecho Administrativo

El del Derecho Administrativo, cuyo nacimiento tuvo lugar en Francia, a partir de la

Revolución Francesa, en 1789 cuyo fin fue terminar con el feudalismo, así mismo se dice

que se desarrolló con las revoluciones liberales de los siglos XVII y XIX, por cuanto el

antiguo régimen liberal requería la existencia de normas jurídicas, aprobadas por asambleas,

con carácter abstracto, general y permanente que permitieran a los monarca regular la

relación entre estado y ciudadanos.

Luego de este proceso surge lo que se conoce como el Estado Liberal, en el cual se reconoce

por primera vez la igualdad de los hombres como principio jurídico, a partir de ahora se

pueden incluir súbditos para convertirse en ciudadanos, con derechos y obligaciones iguales.

Con posterioridad a la instalación del régimen administrativo, surge en Francia la pregunta

de quién debe juzgar a la Administración.

Se cuestionó si, por una parte, debían ser los jueces ordinarios pertenecientes al Poder

Judicial que juzgaran a la Administración, o si, por otra parte, debía ser la propia

Administración que ejerciera esa función. La raíz del problema se encuentra en que los jueces

ordinarios eran aquellos del Antiguo Régimen, nobles que quedarían dotados de poder de las

decisiones del Nuevo Régimen. Por tal razón, se desconfiaba sumamente. En Francia se

resolvió el problema con la creación del Consejo de Estado, que es el mismo tiempo en el

que se depende del Jefe de Gobierno.

A partir del reconocimiento de la necesidad de un régimen jurídico especial para los asuntos

propios de la administración del Estado, ese nuevo derecho, llamado derecho administrativo,

7

consolidándose progresivamente, de manera especial por el trabajo jurisprudencial del

Consejo de Estado francés.

Venezuela no escapo de estos cambios de orden social y humano, en consecuencia fue

imposible influenciarse por la Revolución Francesa, la cual dejo marcas importantes en el

desarrollo político de nuestro país, en este sentido el autor AMBROSIO OROPEZA, que el

Estado constitucional que nace en Venezuela con la Carta de 1861, representó el preámbulo

para el desarrollo en este sentido, cuando se estableció los grandes principios cardinales del

Derecho público venezolano:

1.- El principio de la separación poderes, al consagrar expresamente la división del Poder

Supremo en tres: Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

2.- El principio de la supremacía de la Ley, como "la expresión libre de la voluntad general"

y con la sujeción del Poder Ejecutivo al control de los tribunales (ordinarios), es decir civiles;

y por último, el principio de la soberanía nacional, que residía en los habitantes del país, se

ejerce por los representantes.

Después, durante el período 1936-1945, es cuando se elabora una buena parte del sistema de

garantías, dejando su impronta en la legislación nacional, sobre organizaciones jurídicas muy

similares, así: organización del Distrito Federal (1936); expropiación por causa de utilidad

pública (1936); minas (1936); bosques y aguas (1936); tierras baldías y ejidos (1936);

hidrocarburos (1938); turismo (1938); armas y explosivos (1939); vagos y maleantes (1939);

pesas y medidas (1939); ejército y la armada (1939); naturalización (1940); registro público

(1940); bancos (1940); educación (1940); telecomunicaciones (1940); crédito público

(1941); aviación civil (1941); navegación (1941) y muchas otras más.

Posteriormente, se dictan las grandes letras administrativas del último cuarto del siglo XX, -

marcada con la huella de la próxima generación de administrativistas que encabeza

BREWER-CARÍAS-, sobre las materias siguientes: la carrera administrativa (1976); el

ambiente (1976); la Corte Suprema de Justicia (1976); el procedimiento administrativo

(1981); el urbanismo (1983); la ordenación del territorio (1987), etc., que pervivirá incluso

tras la aprobación de la Constitución de 1999.

8

1.1.2 Derecho Municipal

El régimen municipal ecuatoriano, como en muchos países de América, es de herencia

española. Según la Constitución de Cádiz de 1812, debía haber ayuntamientos en los pueblos

que por sí o con su comarca se llegue a mil habitantes. Los alcaldes, regidores y procuradores

síndicos debían ser nombrados por elección en los pueblos. El ayuntamiento tenía

competencias en materia de policía, orden público, educación, obras públicas, salud y

beneficencia, entre otras.

La primera Constitución del Ecuador es del año de 1830, fecha en la que el país se separó de

la Gran Colombia, confederación a la que pertenecía conjuntamente con las actuales

repúblicas de Venezuela y Colombia. Dicha Constitución disponía que el territorio del Estado

se divide en departamentos, provincias, cantones y parroquias. Cada cantón o la reunión de

algunos de ellos en circuito estaba regido por un corregidor que ejercía sus funciones por

cuatro años, y que podía ser reelegido “según su buen comportamiento”. Se establecían

concejos municipales en las capitales de provincia, pero la Constitución remitía a la ley para

la regulación de la organización de dichos concejos, la determinación de sus atribuciones, el

número de miembros, la duración de su empleo, y la forma de su elección. Las disposiciones

de la Constitución de 1830 se recogieron, en su formulación básica, en las posteriores cartas

políticas que tuvo el Ecuador, salvo lo concerniente a los departamentos, que fueron

eliminados de la estructura territorial del Estado.

En la Constitución de 1861 se encuentra una primera alusión a las competencias de las

municipalidades al disponerse que “La ley determinará sus atribuciones en todo lo

concerniente a la policía, educación e instrucción de los habitantes de su localidad, sus

mejoras materiales, recaudación, manejo e inversión de las rentas municipales, fomento de

los establecimientos públicos y demás objetos y funciones a que deban contraerse”.

En la Constitución de 1878 se prohibió al Congreso menoscabar las atribuciones

constitucionales que pertenecían a las autoridades del régimen seccional. La Constitución de

1906, además de la prohibición mencionada, incorporó una categórica disposición sobre la

autonomía municipal, al declarar que en el ejercicio de sus funciones privativas las

municipalidades serán absolutamente independientes de los otros poderes, pero sin contrariar

en ningún caso las leyes generales del país.

9

La Constitución de 1945 habla por primera vez de las asociaciones de municipios. En la

Constitución de 1946 se incorporan normas sobre la autonomía económica de las

municipalidades, y se destaca la prohibición de que se prive a los municipios de todo o parte

de su derecho sobre el pro- ducto del impuesto a la propiedad urbana. Posteriormente, en la

Constitución de 1967 se prohibió que el Congreso prive a las municipalidades de sus rentas,

sin concederles al mismo tiempo ingresos equivalentes. En la misma Constitución se

establecieron normas para la asignación de recursos a los organismos del régimen seccional

y se determinaron las principales rentas que debían asignárseles, entre las que se cuentan los

impuestos a la propiedad urbana y a las ventas finales.

El texto vigente que había en 1998 se caracteriza por declarar que Ecuador tiene un gobierno

de “administración descentralizada”, y por ende, se incorporan novedosas disposiciones

sobre descentralización administrativa y la autonomía municipal, a las cuales nos referiremos

a lo largo de este trabajo. En las leyes del Ecuador, el municipio se ha concebido tradicional-

mente como una sociedad política menor, y se resalta que su función no sólo consiste en

procurar el bienestar material, sino también en fomentar el civismo y la confraternidad.

La Codificación de la Ley de Régimen Municipal de 19334 dispone que el municipio es

autónomo en el ejercicio de su administración, sin más limitaciones que las impuestas por la

Constitución “…y las restricciones que para casos de conflictos correspondan al Poder

Central. Por tanto, las autoridades del orden administrativo general no podrán ejercer

respecto a los Municipios otras atribuciones que las que especialmente les confieran las

leyes”. El artículo 4 determina que la “Actividad municipal comprende todo lo relativo a los

intereses comunales, a la vitalización del organismo comunal y a la creación de una

personalidad social…”, de tal forma que corresponde a los municipios “…la responsabilidad

del vivir cantonal, así como la organización y la dirección de los servicios públicos locales,

salvo aquellos que, por disposición expresa de la Ley, deban ser atendidos exclusivamente

por el Estado”.

10

EPÍGRAFE II

1.2. Análisis de las distintas posiciones teóricas sobre el objeto de investigación.

1.2.1 Derecho Administrativo

El derecho administrativo (del latín ad "junto a", y ministrare, "manejar las cosas comunes")

es aquella rama del derecho público que regula la Administración pública, la función

administrativa y la relación entre los particulares y además, es el conjunto de casos reales

que regula la organización, el funcionamiento y los poderes y deberes de la Administración

pública en sus relaciones con otros sujetos.

En otras palabras, el derecho administrativo es aquel que organiza la organización y el

funcionamiento de las Administraciones públicas. Por extensión, suele ser también aplicable

a la actuación materialmente administrativa de los demás poderes del Estado y de todos esos

entes del sector público. Y todo ello, desde la doble perspectiva de procurar la eficacia de las

Administraciones pero también garantizar los derechos de los particulares en sus relaciones

con ellas.

Tradicionalmente, se ha entendido que administración es una subfunción del desarrollo

humano del mundo encargada del buen funcionamiento de los servicios públicos encargados

de mantener el bienestar, la seguridad y de entregar a la población diversas labores de diversa

índole (económicas, educativas, sociales, etc.). “Efraín Pérez, en su libro Manual de Derecho

Administrativo, actualizado 2018, Pág. 74)”

1.2.1.1 Ramas del Derecho Administrativo

• Derecho administrativo orgánico: encargado del estudio sobre las formas y principios

de organización administrativa.

• Derecho administrativo funcional: sobre el funcionamiento de la Administración,

sobre todo en su actividad formalizada (procedimientos y actos administrativos).

• Derecho procesal administrativo: normas sobre control de la Administración y

jurisdicción revisora de su actuación.

11

• Responsabilidad del Estado: estudia las causales y procedencia del deber de la

Administración de reparar los daños causados por ella.

• Derecho municipal: estudio sobre el régimen legal de las municipalidades o

corporaciones similares.

• Derecho ambiental: encargado de las normas sobre protección del medio ambiente.

• Derecho urbanístico: sobre las normas de construcción y planificación urbana.

• Derecho vial: normas sobre tránsito y caminos.

• Derecho aduanero: sobre las aduanas.

• Derecho migratorio: sobre el control migratorio.

• Contratación pública: Estudia el procedimiento contractual que deben seguir las

Entidades Públicas para la adjudicación de obras o la adquisición de bienes y servicios.

“Efraín Pérez, en su libro Manual de Derecho Administrativo, actualizado 2018, Págs. 6 y

7)”

1.2.1.2 Ámbito de Aplicación

En cuanto a normas de organización, el Derecho administrativo establece los órganos e

instituciones a través de los que actúan la Administración Pública, desde los servicios

centrales, los órganos desconcentrados, descentralizados y organismos autónomos

dependientes de otras instituciones y, en su caso, los Consejos de Ministros, los Ministerios,

Secretarías Generales, Direcciones generales, Subsecretarías, órganos representativos de las

entidades que componen la Administración local, de empresas públicas, entre otros que no

sean los mismos.

La mayoría de estos órganos tienen como característica común, la competencia para actuar

con prerrogativas o poderes superiores a los que poseen los particulares (imperium). En lo

que respecta a las normas de funcionamiento, es preciso señalar que el Derecho

Administrativo sólo regula aquellas actuaciones de la Administración Pública en las que los

órganos administrativos actúan investidos de potestades públicas, es decir, están revestidos

de imperium.

12

En tanto que en la vida privada los derechos y obligaciones se crean casi siempre por vía

contractual, la Administración debe, en interés del servicio público, poder imponer,

unilateralmente, sin necesidad de previo pronunciamiento judicial, obligaciones a los

particulares, y su decisión debe ser tenida como jurídicamente válida en tanto que el

interesado no promueva su anulación por el juez'.

Se suele distinguir entre Administración territorial (con distintas subdivisiones que tiende a

ser coincidente con la división territorial del Estado) y Administración institucional, la cual,

en distintos grados en función del ordenamiento jurídico de que se trate, no ejerce ninguna

potestad administrativa. Cuando, en estos casos, la Administración Pública actúa como un

mero particular y le son de aplicación las normas del derecho común. No obstante, siempre

habrá en su actuación un núcleo estrictamente administrativo, aunque solo sea a los efectos

del procedimiento para la formación de la voluntad del órgano administrativo (unipersonal o

colegiado) y las normas de atribución de competencias del órgano implicado. La ley orgánica

de la administración pública federal es el ordenamiento legal que se encarga de regular la

estructura, facultades y atribuciones de los organismos integrantes de la administración

pública.

El derecho Administrativo es una rama del derecho público muy importante pues sirve para

que exista relación de las personas con las instituciones y entidades públicas. Dentro del

derecho administrativo la principal función que se realiza es el Acto administrativo. El acto

administrativo no es más que la declaración de las entidades públicas como los municipios,

los gobiernos regionales y locales, que van a generar efectos jurídicos dentro del marco legal.

Para que se lleve a cabo este acto se necesita indispensablemente de requisitos fundamentales

las cuales están establecidos en determinadas leyes.

El principal ámbito de aplicación del derecho administrativo se dará entre la entidad y usuario

mediante documentos, los cuales serán de suma importancia tanto para la persona como para

la entidad pues mediante ellos se prevalecerá los derechos y deberes, los cuales tiene que ser

cumplidos ininterrumpida y respetando todos los parámetros legales impuestos por la norma.

“Efraín Pérez, en su libro Manual de Derecho Administrativo, actualizado 2018, Págs. 119)”

13

1.2.1.3 Relación de la Administración Pública con otras ciencias

• a) La Administración Pública y el Derecho Constitucional

• b) La Administración Pública y la Sociología

• c) La Administración Pública y la Economía

• d) La Administración Pública y la Ciencia Política

• e) La Administración Pública y la Psicología

• f) La Administración Pública y el Derecho internacional

• g) La Administración Pública y el Derecho penal.

En la administración pública y el derecho constitucional, la administración tiene su contenido

de origen en la Constitución y el derecho constitucional, determinan la naturaleza,

organización, funcionamiento, fines y justificación del estado, lo que significa la fusión del

órgano que lleva a cabo la administración pública.

En la administración pública y la sociología, en razón de que esta es la madre de las ciencias

sociales y estudia al hombre en todos sus aspectos de relación e interacción con sus

semejantes, como base y fundamento de sus reglas; a través de la administración pública se

llevan a cabo todas las actividades necesarias con la finalidad de satisfacer las necesidades

de la sociedad.

En la administración pública y la economía, esta relación se deriva del hecho que para realizar

las actividades, atribución es, tareas o encomiendas de la administración pública es necesario

tener conocimiento de los recursos con que cuenta la misma.

En la administración pública y la ciencia política, la administración pública materializa y

concreta los proyectos que plantea la ciencia política, pues es evidente que antes de la

administración publica esta la ciencia política que determina y programa.

En la administración pública y la Psicología, ya que esta estudia los fenómenos de la mente

humana, su comportamiento.

14

En el derecho administrativo y el derecho internacional, hay relación por que las actividades

diplomáticas y constes son los tratados y convenios siendo el titular el poder ejecutivo.

En el derecho administrativo y el derecho penal, las bases para cometer figuras delictivas las

puede dirimir el ministerio público que es el poder sancionador. “Efraín Pérez, en su libro

Manual de Derecho Administrativo, actualizado 2018, Pág. 112)”

1.2.2 Derecho Municipal

1.2.2.1 Definición del Derecho Municipal

Derecho municipal es el que rige la organización y funcionamiento de la administración

(inclusive de las finanzas públicas), o bien de la administración y gobierno de los grupos

urbanos (municipio). Como ya hemos adelantado, el órgano institucional de las ciudades y

villas, es denominado común mente entre nosotros, municipalidad. En la definición hemos

afirmado que el derecho municipal rige la Administración de los grupos urbanos, o bien la

administración y gobierno de los mismos.

1.2.2.2 El concepto de municipio en la legislación ecuatoriana

El artículo 53 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y

Descentralización define al municipio como “…personas jurídicas de derecho público, con

autonomía política, administrativa y financiera. Estarán integrados por las funciones de

participación ciudadana, legislación y fiscalización; y ejecutiva previstas en este Código,

para el ejercicio de las funciones y competencias que le corresponde”.

Como puede observarse, el ordenamiento jurídico ecuatoriano concibe al municipio como

una sociedad política autónoma, y como tal, constituye una persona jurídica de derecho

público, con patrimonio propio y con capacidad para realizar los actos jurídicos que fueran

necesarios para el cumplimiento de sus fines, en la forma y condiciones que determinan la

Constitución y la ley. Se trata, por consiguiente, de una sociedad política menor, cuyo bien

común local constituye “…el principio unificador en virtud del cual la pluralidad de personas

que componen tales grupos forman un solo ser moral”.

El gobierno municipal constituye la actividad y la organización, que en ejercicio de

competencias privativas determinadas por el ordenamiento jurídico dirige a dicha sociedad

15

política hacia la consecución de un bien común de carácter local, sin interferencia de otras

funciones públicas, pero según un principio de coordinación con ellas. “Ecuador, El

Municipio, autor Juan Carlos Benalcázar Guerrón, obra que forma parte del acervo de la

biblioteca jurídica virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, Pág.268”

(buscar)

Desarrollo del Régimen Municipal en las Constituciones Ecuatorianas y en las Leyes

El régimen municipal ecuatoriano, como en muchos países de América, es de herencia

española. Según la Constitución de Cádiz de 1812, debía haber ayuntamientos en los pueblos

que por sí o con su comarca se llegue a mil habitantes. Los alcaldes, regidores y procuradores

síndicos debían ser nombrados por elección en los pueblos. El ayuntamiento tenía

competencias en materia de policía, orden público, educación, obras públicas, salud y

beneficencia, entre otras.

La primera Constitución del Ecuador es del año de 1830, fecha en la que el país se separó de

la Gran Colombia, confederación a la que pertenecía conjuntamente con las actuales

repúblicas de Venezuela y Colombia. Dicha Constitución disponía que el territorio del Estado

se divide en departamentos, provincias, cantones y parroquias. Cada cantón o la reunión de

algunos de ellos en circuito estaba regido por un corregidor que ejercía sus funciones por

cuatro años, y que podía ser reelegido “según su buen comportamiento”. Se establecían

concejos municipales en las capitales de provincia, pero la Constitución remitía a la ley para

la regulación de la organización de dichos concejos, la determinación de sus atribuciones, el

número de miembros, la duración de su empleo, y la forma de su elección. Las disposiciones

de la Constitución de 1830 se recogieron, en su formulación básica, en las posteriores cartas

políticas que tuvo el Ecuador, salvo lo concerniente a los departamentos, que fueron

eliminados de la estructura territorial del Estado.

En la Constitución de 1861 se encuentra una primera alusión a las competencias de las

municipalidades al disponerse que “La ley determinará sus atribuciones en todo lo

concerniente a la policía, educación e instrucción de los habitantes de su localidad, sus

mejoras materiales, recaudación, manejo e inversión de las rentas municipales, fomento de

los establecimientos públicos y demás objetos y funciones a que deban contraerse”.

16

En la Constitución de 1878 se prohibió al Congreso menoscabar las atribuciones

constitucionales que pertenecían a las autoridades del régimen seccional. La Constitución de

1906, además de la prohibición mencionada, incorporó una categórica disposición sobre la

autonomía municipal, al declarar que en el ejercicio de sus funciones privativas las

municipalidades serán absolutamente independientes de los otros poderes, pero sin contrariar

en ningún caso las leyes generales del país.

La Constitución de 1945, habla por primera vez de las asociaciones de municipios. En la

Constitución de 1946 se incorporan normas sobre la autonomía económica de las

municipalidades, y se destaca la prohibición de que se prive a los municipios de todo o parte

de su derecho sobre el producto del impuesto a la propiedad urbana. Posteriormente, en la

Constitución de 1967 se prohibió que el Congreso prive a las municipalidades de sus rentas,

sin concederles al mismo tiempo ingresos equivalentes. En la misma Constitución se

establecieron normas para la asignación de recursos a los organismos del régimen seccional

y se determinaron las principales rentas que debían asignárseles, entre las que se cuentan los

impuestos a la propiedad urbana y a las ventas finales.

El texto vigente desde 1998 se caracteriza por declarar que Ecuador tiene un gobierno de

“administración descentralizada”, y por ende, se incorporan novedosas disposiciones sobre

descentralización administrativa y la autonomía municipal, a las cuales nos referiremos a lo

largo de este trabajo.

En las leyes del Ecuador, el municipio se ha concebido tradicional- mente como una sociedad

política menor, y se resalta que su función no sólo consiste en procurar el bienestar material,

sino también en fomentar el civismo y la confraternidad

La Codificación de la Ley de Régimen Municipal de 19334 dispone que el municipio es

autónomo en el ejercicio de su administración, sin más limitaciones que las impuestas por la

Constitución “…y las restricciones que para casos de conflictos correspondan al Poder

Central. Por tanto, las autoridades del orden administrativo general no podrán ejercer

respecto a los Municipios otras atribuciones que las que especialmente les confieran las

leyes”. El artículo 4 determina que la “Actividad municipal comprende todo lo relativo a los

intereses comunales, a la vitalización del organismo comunal y a la creación de una

personalidad social…”, de tal forma que corresponde a los municipios “…la responsabilidad

17

del vivir cantonal, así como la organización y la dirección de los servicios públicos locales,

salvo aquellos que, por disposición expresa de la Ley, deban ser atendidos exclusivamente

por el Estado”.

La Ley de 1933 establecía un régimen de relaciones entre los municipios y el poder central,

fundamentalmente, especificando las atribuciones propias de los primeros y garantizando su

ejercicio sin interferencias. No obstante, existía la intervención del denominado “Poder

Central” para ciertos actos de control y para autorizaciones. El artículo 127 se refiere al

“Ministro de Municipalidades”, que es considerado como “alto funcionario del régimen

municipal”, y que tenía atribuciones de control financiero y de gestión, además de facultades

para disipar las controversias que se produzcan, bien entre las municipalidades y otras

entidades públicas, bien entre concejales de un mismo cantón, por interpretación de la ley,

en lo que se refiere a la instalación y funcionamiento legal de los concejos. Además, cuando

se decidía el cambio de destino de un bien público, se exigía la autorización de la función

ejecutiva; y en materia de contratación pública y de concesiones de uso público para la

realización de ciertas obras, se requería de la autorización del Consejo del Estado. De igual

forma, las ordenanzas sobre creación de tributos debían elevar- se en consulta a dicho

Consejo y a los ministerios de Municipalidades y de Hacienda.

A los municipios les estaba especialmente vedado invadir las atribuciones del gobierno

central, y de igual manera, se declaraba que carecían de atribuciones de carácter político o de

intervención en la política nacional.

Este marco jurídico institucional, en sus planteamientos básicos, y sobre todo en lo que se

refiere a la intervención de la gobierno central para algunas materias y asuntos, se mantuvo

sustancialmente en las posteriores codificaciones de 19375 y 1949.6 En la codificación de

1949 existen normas relacionadas con las contribuciones que debe realizar el gobierno central

para el gasto público municipal y se regulan varios impuestos para la financiación de la

administración local, como el que grava la pro- piedad urbana, el de alcabala, registro e

inscripción, vehículos, matrículas y patentes, espectáculos públicos, utilidad en la

compraventa de inmuebles, entre otros. También se regularon tasas y contribuciones

especiales de mejora.

18

La codificación de la Ley de Régimen Municipal de 1960 garantiza aún más la autonomía

municipal, a través de expresas y categóricas prohibiciones para el gobierno central. Así, se

le impedía suspender la ejecución de las ordenanzas y actos administrativos municipales; se

prohibía la separación o suspensión de los cargos de los miembros del concejo y de los

funcionarios y empleados municipales; estaba vedado a las instituciones del Estado tomar

rentas o bienes municipales; no se podía declarar nacional o provincial un impuesto u otra

renta municipal, sin conceder al mismo tiempo ingresos equivalentes; se establecía que el

municipio no estaba obligado a recaudar impuestos de carácter fiscal, y se disponía que no

se puede obligar al municipio, sino mediante su propia resolución, a pagar un servicio que

no administre. Además, se otorgó a los municipios una vía de reclamación ante el Consejo

de Estado cuando consideren violada su autonomía.

Sin embargo, en la codificación de 1960 se mantienen competencias consultivas y de control

para órganos de la función ejecutiva, que según dicha ley recaen en el Ministerio de Gobierno

o en el Consejo de Estado. En la codificación de la Ley de Régimen Municipal de 1971 se

mantienen los avances de las codificaciones anteriores y también las atribuciones de control

y fiscalización de órganos de la función ejecutiva. Los lineamientos básicos de esta Ley se

encuentran vigentes, aunque han existido varias reformas. Actualmente, dicha ley se

encuentra codificada y declarada de carácter orgánico, pero en congruencia con el vigente

esquema constitucional y los postulados de la descentralización administrativa, se han

eliminado antiguas autorizaciones e informes que el gobierno central debía otorgar a las

municipalidades en el ejercicio de sus funciones, especialmente en lo relacionado con la

gestión financiera. “Ecuador El Municipio, autor Juan Carlos Benalcázar Guerrón, obra que

forma parte del acervo de la biblioteca jurídica virtual del Instituto de Investigaciones

Jurídicas de la UNAM, Págs. 258 a la 261”

Con esto indicamos que a través de la historia del Ecuador el derecho municipal ha tenido

una constante evolución relativa a buscar el bienestar de sus habitantes dentro del circuito

jurisdiccional de cada cantón, siendo así el caso, las normativas actuales permitieron que se

enrumbe hacia el bienestar tanto de los habitantes, así como del medio ambiente, el cual es

el entorno donde se desarrollan las actividades de agricultura, cosecha, transporte, mercadeo

y consumo de los productos de primera necesidad.

19

Así también entenderemos que atrás de la constante evolución de la normativa que ha ido

desde la creación de un régimen municipal, actualmente derogado por el Código Orgánico

Territorial Autónomo Descentralización, se enmarca las competencias y atribuciones de los

GAD’s Municipales para con sus habitantes.

1.2.2.3 Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal

1.2.2.3.1 Competencias de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales

Según el ordenamiento jurídico establecido en el Código Orgánico de Organización

territorial y Descentralización, se determinan las competencias de los Gobiernos Autónomos

Descentralizados y que se enumeran a continuación:

1. Planificar el desarrollo cantonal y formular los correspondientes planes de

ordenamiento territorial, de manera articulada con la planificación nacional, regional,

provincial y parroquial, con el fin de regular el uso y la ocupación del suelo urbano y rural.

2. Ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón.

3. Planificar, construir y mantener la vialidad urbana.

4. Prestar los servicios públicos de agua potable, alcantarillado, depuración de aguas

residuales, manejo de desechos sólidos, actividades de saneamiento ambiental y aquellos que

establezca la ley.

5. Crear, modificar o suprimir mediante ordenanzas, tasas y contribuciones especiales

de mejoras.

6. Planificar, regular y controlar el tránsito y el transporte público dentro de su territorio

cantonal.

7. Planificar, construir y mantener la infraestructura física y los equipamientos de salud

y educación, así como los espacios públicos destinados al desarrollo social, cultural y

deportivo, de acuerdo con la ley.

8. Preservar, mantener y difundir el patrimonio arquitectónico, cultural y natural del

cantón y construir los espacios públicos para estos fines.

9. Formar y administrar los catastros inmobiliarios urbanos y rurales.

20

10. Delimitar, regular, autorizar y controlar el uso de las playas de mar, riberas y lechos

de ríos, lagos y lagunas, sin perjuicio de las limitaciones que establezca la ley.

11. Preservar y garantizar el acceso efectivo de las personas al uso de las playas de mar,

riberas de ríos, lagos y lagunas.

12. Regular, autorizar y controlar la explotación de materiales áridos y pétreos, que se

encuentren en los lechos de los ríos, lagos, playas de mar y canteras.

13. Gestionar los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de incendios.

14. Gestionar la cooperación internacional para el cumplimiento de sus competencias.

Como podemos observar las competencias antes determinadas buscan que el perfecto balance

entre la atención a las necesidades básicas de los habitantes y el cuidado y promoción de un

medio ambiente sano que son parte de las bases del Plan Nacional del Buen Vivir, y que

actualmente es política del Estado Ecuatoriano.

1.2.2.3.1 Facultad de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales

1. Promover las actividades turísticas dentro de la provincia en coordinación con las

instituciones pertinentes.

2. Coordinar actividades derivadas de la planificación del sector turístico entre los diferentes

niveles de gobierno.

3. Fomentar proyectos turísticos provinciales que guarden concordancia con la legislación

vigente.

4. Difundir mensualmente información actualizada sobre eventos y actividades turísticas en

su circunscripción territorial.

5. Elaborar y difundir material promocional e informativo turístico provincial enmarcado en

las directrices nacionales de promoción turística.

6. Otorgar asistencia técnica y capacitación a los prestadores de servicios turísticos de la

provincia, en el marco de la normativa nacional.

21

7. Realizar y apoyar ferias, muestras, exposiciones, congresos y demás actividades

promocionales del turismo, de acuerdo a los lineamientos de la Autoridad Nacional de

Turismo.

8. Impulsar campañas de concienciación ciudadana que generen una cultura sobre la

importancia del turismo.

9. Promover el desarrollo de productos y destinos turísticos en el ámbito provincial que

posibiliten la promoción conjunta y acceso a nuevos mercados en coordinación con los demás

niveles de gobierno.

10. Fomentar el turismo comunitario y aquel desarrollado por los actores de la economía

popular y solidaria, en coordinación con los gobiernos autónomos descentralizados

parroquiales rurales, para lo cual los distintos prestadores de servicios deberán cumplir con

lo establecido en la normativa vigente.

11. Dotar de facilidades en los sitios identificados como turísticos, en articulación con la

Autoridad Nacional de Turismo y los gobiernos autónomos descentralizados municipales y

metropolitanos.

12. Las demás que estén establecidas en la ley y la normativa nacional vigente.

Dentro de las facultades de los GAD’s Municipales está el de facilitar y promover las

actividades de comercio y turismo y justamente en eso queremos enmarcar nuestra

investigación ya que como es conocido en otras jurisdicciones cantonales existen mercados

de multiactividades, es decir comercio de víveres y productos de primera necesidad así como

actividades artesanales lo que hacen dinamizar la economía de la ciudad y ese objetivo busca

la presente.

1.2.2.3.2 Requisitos que exige el Municipio del cantón La Concordia, para el

funcionamiento de los mercados.

1.- Comprar un formulario de ocupación de vía pública

2.- Dos copias de cedula de ciudadanía del solicitante

3.- Dependiendo de la actividad (alimentos), solicitar un certificado de salud

22

4.- Copia del carnet de afiliación de comerciantes que otorga el Gad Municipal. De ser nuevo

socio deberá contar con una certificación remitida por el Presidente de la Asociación que

desea pertenecer.

5.- Acercarse a la Comisaria Municipal, quien emitirá una orden de pago por la ocupación

del espacio público. Dicho funcionario se encargara de subir dicha información al sistema.

1.2.3 Ordenanza

1.2.3.1 Definición de Ordenanza Municipal

Ordenanza es una disposición o mandato. El término se utiliza para nombrar al tipo de norma

jurídica que forma parte de un reglamento y que está subordinada a una ley. La ordenanza es

emitida por la autoridad que tiene el poder o la facultad para exigir su cumplimiento. De

acuerdo al ordenamiento jurídico en cuestión, la ordenanza recibe distintos nombres. La

ordenanza municipal es aquella dictada por la máxima autoridad de una municipalidad o un

ayuntamiento y con validez dentro del municipio o comuna. La ordenanza provincial, en

cambio, extiende su alcance a toda una provincia.

1.2.3.2 Tipos de ordenanzas

• a) Ordenanzas de policía, que incorporan aquellas normas encaminadas a regular la

policía urbana y rural;

• b) Ordenanzas de construcción y planes de urbanismos, cuya regulación y contenido

se recogen en la legislación urbanística. En ellas se contienen normas sobre alineaciones y

rasantes, altura, voladizos, patios, alturas, y cuantas normas sean precisas para garantizar la

higienes, seguridad, comodidad, la estética, el ornato, etc.;

• c) Ordenanzas fiscales. En el marco de lo que establece la Ley de Haciendas locales.

• d) Reglamentos orgánicos. Su fin es regular la organización de la Administración

municipal.

1.2.3.3 Contenido de una ordenanza Municipal

En el Art. 322 del COOTAD, establece: “Decisiones legislativas.- Los consejos regionales y

provinciales y los concejos metropolitanos y municipales aprobarán ordenanzas regionales,

23

provinciales, metropolitanas y municipales, respectivamente, con el voto conforme de la

mayoría de sus miembros. Los proyectos de ordenanzas, según corresponda a cada nivel de

gobierno, deberán referirse a una sola materia y serán presentados con la exposición de

motivos, el articulado que se proponga y la expresión clara de los artículos que se deroguen

o reformen con la nueva ordenanza. Los proyectos que no reúnan estos requisitos no serán

tramitados.

El proyecto de ordenanza será sometido a dos debates para su aprobación, realizados en días

distintos. Una vez aprobada la norma, por secretaría se la remitirá al ejecutivo del gobierno

autónomo descentralizado correspondiente para que en el plazo de ocho días la sancione o la

observe en los casos en que se haya violentado el trámite legal o que dicha normativa no esté

acorde con la Constitución o las leyes.

El legislativo podrá allanarse a las observaciones o insistir en el texto aprobado. En el caso

de insistencia, se requerirá el voto favorable de las dos terceras partes de sus integrantes para

su aprobación. Si dentro del plazo de ocho días no se observa o se manda a ejecutar la

ordenanza, se considerará sancionada por el ministerio de la ley.

1.2.3.4 Pasos para la creación de una ordenanza

1.- Exposición de motivos

2.- Considerandos

3.- Norma Legal que se encuentran divididos en capítulos y artículos

4.- Disposiciones generales;

5.- Disposiciones transitorias

En estos títulos precedentes se trató sobre el tema de las ordenanzas los cuales se indicó su

definición, tipos de ordenanzas y el contenido de la ordenanzas que es uno de los medios que

tienen los GAD’s Municipales para ejercer plenamente su potestad sobre la jurisdicción

cantonal y de este modo atender las necesidades gubernamentales de cada cantón.

24

1.2.4 Mercado

1.2.4.1 Concepto de mercado

Mercado, en economía, es un conjunto de transacciones de procesos o intercambio de bienes

o servicios entre individuos. El mercado no hace referencia directa al lucro o a las empresas,

sino simplemente al acuerdo mutuo en el marco de las transacciones. [Cita requerida] Estas

pueden tener como partícipes a individuos, empresas, cooperativas, ONG, entre otros.

El mercado también es el ambiente social (o virtual) que propicia las condiciones para el

intercambio. En otras palabras, debe interpretarse como la institución u organización social

a través de la cual los ofertantes (productores, vendedores) y demandantes (consumidores o

compradores) de un determinado tipo de bien o de servicio, entran en estrecha relación

comercial a fin de realizar abundantes transacciones comerciales.

1.2.4.2 Definición de mercado

En el latín, y más exactamente en el término mercatus, es donde encontramos el origen

etimológico de la palabra mercado que ahora nos ocupa. Un término este que es empleado

con gran frecuencia en la sociedad actual para referirse a todo aquel sitio público en el que,

en los días establecidos, se procede a comprar o vender diversos productos.

1.2.4.3 Estudio de mercado

El estudio de mercado surge como un problema del marketing y que no podemos resolver

por medio de otro método. Al realizar un estudio de éste tipo resulta caro, muchas veces

complejos de realizar y siempre requiere de disposición de tiempo y dedicación de muchas

personas. Para tener un mejor panorama sobre la decisión a tomar para la resolución de los

problemas de marketing se utilizan una poderosa herramienta de auxilio como lo son los

estudios de mercado, que contribuyen a disminuir el riesgo que toda decisión lleva consigo,

pues permiten conocer mejor los antecedentes del problema.

El estudio de mercado es pues, un apoyo para la dirección superior, no obstante, éste no

garantiza una solución buena en todos los casos, más bien es una guía que sirve solamente

de orientación para facilitar la conducta en los negocios y que a la vez tratan de reducir al

mínimo el margen de error posible.

25

1.2.4.4 Clases de mercados

1.2.4.4.1 Mercado mayorista

Son en los que se venden mercaderías al por mayor y en grandes cantidades. Allí acuden

generalmente los intermediarios y distribuidores a comprar en cantidad los productos que

después han de revender a otros comerciantes, a precios mayores y caprichosamente

elevados.

1.2.4.4.2 Mercado Minorista

Llamados también de abastos, donde se venden en pequeñas cantidades directamente a los

consumidores. Una nueva modalidad de este tipo de mercados lo tenemos en los llamados

"Supermarkets" (Supermercados) de origen norteamericano, los que constituyen grandes

cadenas u organizaciones que mueven ingentes capitales. En aquellos se estila el

"autoservicio", es decir, que el mismo consumidor elige los artículos que va a comprar,

eliminándose el empleado dependiente y al pequeño comerciante que vende personalmente

sus artículos.

1.2.4.5 Estrategias de mercado en un producto-mercado amplio

1. El método del mercado meta único: segmentar el mercado y escoger uno de los segmentos

homogéneos, como mercado meta de la firma.

2. El método del mercado meta múltiple: segmentar el mercado y elegir dos o más segmentos,

cada uno de los cuales será tratado como mercado meta separado, que necesita una mezcla

comercial diferente.

3. El método del mercado meta combinado: combinar dos o más submercados en un mercado

meta mayor como base para una estrategia.

1.2.4.6 Características de mercado

El mercado está compuesto de vendedores y compradores que vienen a representar la oferta

y la demanda. Se realizan relaciones comerciales de transacciones de mercancías. Los precios

26

de las mercancías tienden a unificarse y dichos precios se establecen por la oferta y la

demanda.

1.2.4.7 Comercialización y mercado

La comercialización se ocupa de aquello que los clientes desean, y debería servir de guía para

lo que se produce y se ofrece. La comercialización es a la vez un conjunto de actividades

realizadas por organizaciones, y un proceso social. Se da en dos planos: Micro y Macro. Se

utilizan dos definiciones: Microcomercialización y macrocomercialización. La primera

observa a los clientes y a las actividades de las organizaciones individuales que los sirven.

La otra considera ampliamente todo nuestro sistema de producción y distribución.

¿Qué es un mercado?

La palabra marketing (comercialización) proviene del vocablo ingles market (mercado) que

representa un grupo de vendedores y compradores deseosos de intercambiar bienes y/o

servicios por algo de valor.

El concepto de comercialización significa que una organización encamina todos sus

esfuerzos a satisfacer a sus clientes por una ganancia.

Hay tres ideas fundamentales incluidas en la definición del concepto de comercialización:

1. Orientación hacia el cliente.

2. Esfuerzo total de la empresa.

3. Ganancia como objetivo.

Los directivos deberían trabajar juntos ya que lo hecho por un departamento puede ser la

materia prima para la actividad de otro. Lo importante es que todos los departamentos

adopten como objetivo máximo la satisfacción del cliente.

1.2.4.8 Definición de la microcomercialización

Es la ejecución de actividades que tratan de cumplir los objetivos de una organización

previendo las necesidades del cliente y estableciendo entre el productor y el cliente una

corriente de bienes y servicios que satisfacen las necesidades. (Se aplica igualmente a

organizaciones con o sin fines de lucro). La ganancia es el objetivo de la mayoría de las

27

empresas. Los clientes pueden ser consumidores particulares, firmas comerciales,

organizaciones sin fines de lucro. La comercialización debería comenzar a partir de las

necesidades potenciales del cliente, no del proceso de producción. (La comercialización no

lo hace todo ella sola).

1.2.4.9 Definición de la macrocomercialización

Proceso social al que se dirige el flujo de bienes y servicios de una economía, desde el

productor al consumidor, de una manera que equipara verdaderamente la oferta y la demanda

y logra los objetivos de la sociedad. No obstante, el énfasis de la comercialización no recae

sobre las actividades de las organizaciones individuales. Por el contrario, el acento se pone

sobre cómo funciona todo el sistema comercial. Esto incluye la observación de cómo influye

la comercialización en la sociedad y viceversa. (Toda sociedad necesita un sistema

económico).

Todos los sistemas económicos deben elaborar algún método para decidir qué y cuánto debe

producirse y distribuirse y por quién, cuándo y para quién. La manera de tomar esas

decisiones puede variar de una nación a otra. Pero los macro objetivos son básicamente

similares: crear bienes y servicios y ponerlos al alcance en el momento y en el lugar donde

se necesiten, con el fin de mantener o mejorar el nivel de vida de cada nación.

1.2.4.10 Segmentación del mercado

Es el proceso que consiste en dividir el mercado total de un bien o servicio en varios grupos

más pequeños e internamente homogéneos. Todos los mercados están compuestos de

segmentos y éstos a su vez están formados usualmente por subsegmentos. Por ejemplo el

segmento de adolescentes puede dividirse aún más atendiendo a bases de edad, sexo, o algún

otro interés. Un segmento de mercado está constituido por un grupo importante de

compradores. La segmentación es un enfoque orientado hacia el consumidor y se diseñó para

identificar y servir a éste grupo. No existe una sola forma de segmentar un mercado, es por

eso que se deben probar diversas variables, solas y combinadas, con la esperanza de encontrar

la manera óptima de concebir la estructura del mercado. A continuación se detallan las

principales variables utilizadas para la segmentación de mercado:

Segmentación geográfica.

28

Requiere que el mercado se divida en varias unidades geográficas como naciones, estados,

condados, ciudades o barrios; se puede operar en una o dos áreas, o en todas.

Segmentación demográfica.

Es la división en grupos basados en variables demográficas como la edad, el sexo, el tamaño

de la familia, ciclo de vida, nivel de ingresos. Una de las razones por la que se utiliza éste

tipo de segmentación es que las necesidades, deseos y tazas de uso están a menudo

estrechamente relacionada con las variables demográficas.

Segmentación psicográfica.

Aquí los clientes se dividen en grupos según su clase social, estilo de vida o personalidad.

Segmentación por conducta.

En esta segmentación los clientes se dividen en grupos según sus conocimientos, actitudes,

costumbres o sus respuestas a un producto.

1.2.5 Ferias

1.2.5.1 Concepto de feria

Las ferias libres son mercadillos periódicos que funcionan en calles de las ciudades chilenas.

Su existencia data desde la época colonial. A pesar de la modernidad y los supermercados en

las ciudades de Chile, prosperan y renacen antiguas ferias de productos principalmente

agrícolas. Es característico un canto o grito típico que hace el vendedor promocionando su

mercadería.

Cada puesto tiene un sector marcado en la calle, designado por el municipio, o se ocupa un

sector ganado con el tiempo. Los vendedores llevan toldos desarmables para protegerse del

sol y a veces de la lluvia. Al final de la feria existen los "coleros", es decir, vendedores

irregulares o informales que aprovechan la existencia del público para vender sus productos.

Las "colas" han evolucionado en el tiempo al grado que a veces superan en número e

importancia a los integrantes oficiales de la feria.

29

1.2.5.2 Orígenes de una feria

Las ferias fueron un fenómeno económico surgido durante la Baja Edad Media en Europa

Occidental, en una coyuntura expansiva del feudalismo, en la que las ciudades estaban

creciendo junto al comercio a larga distancia, la artesanía y las finanzas, es decir: todas las

actividades económicas que iban más allá de la economía rural agropecuaria, que aun así

constituía la gran mayoría de la producción.

Consistía en una confluencia organizada de numerosos mercaderes en una localidad cuya

posición geográfica representara alguna ventaja, que permitía establecer tratos comerciales

durante varios días y con periodicidad normalmente anual, con motivo de la fiesta local

puesta bajo la advocación de un santo patrón. Las autoridades locales o de mayor nivel (señor

jurisdiccional -laico o religioso-, o el propio rey -cuyas funciones estaban aumentando en el

proceso de constitución de la monarquía autoritaria-) les conceden protección física y una

serie de garantías económicas, fundamentalmente la exención o rebaja sustancial de

impuestos.

Tanto por razones de espacio como por lo que suponía de símbolo fiscal, las ferias se solían

celebrar a las puertas de las murallas, en explanadas abiertas que la expansión posterior de

las ciudades terminó convirtiendo en plazas cerradas con edificios alrededor (la plaza de

mercado), muchos de ellos con función comercial estable, y que la continuación de la

expansión del plano urbano termina convirtiendo en un punto céntrico de la ciudad.

En las ferias se sofisticaron las prácticas comerciales y financieras (establecimiento de

precios, distintos tipos de crédito y pago aplazado, como la letra de cambio, cambio de

moneda, banca, compañía comercial, etc.) que están en el origen del denominado capitalismo

comercial.

1.2.5.3 Evolución de las ferias

Posteriormente, el término feria fue evolucionando, designando desde exposiciones de

ganado para la venta como cualquier tipo de evento comercial, hasta las ferias taurinas.

Actualmente el término se ha extendido desde su original función comercial para incluir

eventos festivos, con puestos de venta de artículos variados y atracciones; éstas últimas se

sitúan a menudo a las afueras de la ciudad.

30

Hoy en día, dependiendo de la localidad, los países, el término feria puede referirse a:

• Un evento religioso

• Un evento o festividad regional o local.

• Un parque de diversiones y juegos mecánicos permanente.

• Diversiones y juegos mecánicos ambulantes.

• Ferias de artesanía donde los artesanos exponen y venden sus productos artesanales.

• Ferias Profesionales business to business.

La llegada de una feria ambulante a una localidad puede convertirse en un evento anual o

recurrente, dependiendo, generalmente, del éxito previo de ésta. Otra variedad y de gran

actualidad es la Feria Virtual, desde la cual podemos ver otra forma de realizar este tipo de

eventos. Las ferias religiosas son populares en muchos países de América Latina, por

ejemplo en Venezuela, y reflejan la creencia de una particular región: Feria de la Chinita

(Maracaibo, Zulia), Feria de la Divina Pastora (Barquisimeto, Lara).

1.2.6 Fundamentación Legal

1.2.6.1 Constitución de la República del Ecuador

Art. 66 numeral 27, El derecho a vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado,

libre de contaminación y en armonía con la naturaleza.

1.2.6.2 Código Orgánico Territorial Autónomo Descentralización

El Art. 134, literal c) del Código Orgánico Territorial Autónomo Descentralización, señala

que una de las obligaciones del GAD Municipal del cantón la Concordia: Planificar y

construir la infraestructura adecuada, en coordinación con los gobiernos autónomos

descentralizados provinciales, municipales y parroquiales rurales, para fomentar la

producción, conservación, intercambio, acceso, comercialización, control y consumo de

alimentos, preferentemente provenientes de la pequeña, la micro, y la mediana producción

campesina, y de la pesca artesanal; respetando y protegiendo la agro biodiversidad, los

conocimientos y formas de producción tradicionales y ancestrales. Complementariamente, la

planificación y construcción de las redes de mercados y centros de transferencia de las

31

jurisdicciones cantonales serán realizadas por los gobiernos autónomos descentralizados

municipales.

1.2.6.3 Ordenanza del Gad Municipal de Santo Domingo “Uso, Funcionamiento y

Administración de los Mercados Municipales y funcionamiento de las ferias”

En el capítulo II, de la ordenanza del GAD Municipal de Santo Domingo, “Uso,

Funcionamiento y Administración de los Mercados Municipales y funcionamiento de las

ferias”, señala claramente la denominación, sectorización, espacio y mantenimiento de los

mercados.

Por lo que es de gran importancia establecer este tipo de control y manejo en los mercados

del GAD Municipal de La Concordia, para garantizar así no solo el derecho a un ambiente

sano, sino también ejercer el derecho al buen vivir como lo establece la Constitución de la

República, norma suprema de nuestro régimen jurídico y precautelando el derecho tanto al

comerciante como consumidor de contar en espacios adecuados y poder brindarle al

comprador productos de calidad.

En el capítulo V, de la ordenanza del GAD Municipal de Santo Domingo, “Uso,

Funcionamiento y Administración de los Mercados Municipales y funcionamiento de las

ferias”, establece claramente la categorización y espacios de las ferias.

De este capítulo podemos destacar las ventajas que tiene de categorizar a las ferias para de

este modo direccionar al comerciantes y ciudadanos, a un correcto ofrecimiento y consumo

de los productos, brindando comodidad a las dos partes y así de esta forma ayudar a la imagen

del ornato municipal de este cantón.

De igual manera constatamos la etimología histórica tanto de mercados; así como de las ferias

libres, las cuales han servido desde hace mucho tiempo el desarrollo económico, cultural y

social de los habitantes donde se asientan y su posterior evolución a centros de

abastecimiento de productos parte de la canasta básica, en dicha evolución se ha determinado

que la responsabilidad de su adecuado funcionamiento siempre han sido los cabildos y este

es quien debe conocer cada una de las necesidades que se generen para su creación como es

materia de la presente investigación

32

1.2.7 Análisis de distintas posiciones teóricas sobre la investigación

1.2.7.1 El buen vivir, breves reflexiones constitucionales

Del Plan Nacional de Desarrollo del Buen vivir en su objetivo 5, que se refiere a Impulsar la

productividad y competitividad para el crecimiento económico sostenible de manera

redistributiva y solidaria, en su Pág. 80 dice: “La generación de trabajo y empleo es una

preocupación permanente en los diálogos. En ellos se propone la dinamización del mercado

laboral a través de tipologías de contratos para sectores que tienen una demanda y

dinámica específica. Asimismo, se proponen incentivos para la producción que van desde

el crédito para la generación de nuevos emprendimientos; el posicionamiento de sectores

como el gastronómico y el turístico –con un especial énfasis en la certificación de pequeños

actores comunitarios; hasta la promoción de mecanismos de comercialización a escala

nacional e internacional.

Sobre la contratación de bienes y servicios, hubo recurrentes propuestas para que esta

sea desarrollada de manera más inclusiva; es decir, favoreciendo la producción nacional,

la mano de obra local, la producción de la zona, con especial énfasis en los sectores

sociales más vulnerables de la sociedad y la economía. Asimismo, se ha destacado la

importancia de fortalecer la asociatividad y los circuitos alternativos de cooperatividad,

el comercio ético y justo, y la priorización de la Economía Popular y Solidaria.

La ciudadanía destaca que para lograr los objetivos de incrementar la productividad, agregar

valor, innovar y ser más competitivo, se requiere investigación e innovación para

la producción, transferencia tecnológica; vinculación del sector educativo y académico con

los procesos de desarrollo; pertinencia productiva y laboral de la oferta académica, junto

con la profesionalización de la población; mecanismos de protección de propiedad

intelectual y de la inversión en mecanización, industrialización e infraestructura productiva.

Estas acciones van de la mano con la reactivación de la industria nacional y de un potencial

marco de alianzas público-privadas.

En resumen, en las mesas de diálogo se propone la promoción y ampliación de mecanismos

y acuerdos comerciales bilaterales y multilaterales, bajo criterios de negociaciones

equilibradas, complementación económica y reducción de asimetrías comerciales.”

33

1.2.7.2 La soberanía alimentaria y el buen vivir

En su obra “El Buen Vivir en el camino del post – desarrollo: una lectura desde la

Constitución de Montecristi”. Edic. FES – ILDIS, Ecuador, autor Alberto Acosta, manifiesta:

Soberanía Alimentaria y Tierra

Una de las marcas del mal desarrollo del Ecuador, desde la época colonial hasta la presente

fase, es la persistencia estructural de una problemática ligada al hambre, la presencia de

desnutrición crónica en un país caracterizado por la diversidad de pisos climáticos y fertilidad

de suelos.

La desnutrición crónica, según datos oficiales, en el 2010: “El 60% de los niños con

desnutrición crónica y el 71 % de los niños con desnutrición crónica grave, habitan en las

áreas rurales; también se da una concentración muy elevada en las áreas de la Sierra, que

tiene el 60 % de los niños con desnutrición crónica y el 63 % con desnutrición crónica

extrema. El 71 % de los niños con desnutrición crónica provienen de hogares clasificados

como pobres, lo cual se aplica también al 81% de los niños con desnutrición crónica

extrema”.

El problema alimentario en el Ecuador no es asunto de teoría, o amenaza de un futuro

incierto, es una lacerante realidad consecuencia de un patrón de acumulación primario

exportador que desde el primer auge cacaotero, fines del siglo XIX, pasando por las fases

bananera y petrolera, incluso ahora en el siglo XXI, ha ido concentrando a su favor la tierra,

apropiándose de los suelos con mayor potencialidad agrícola, destinando su producción a

los mercado externos.

Una resolución profunda del problema del hambre atraviesa por enfrentar al patrón de

acumulación primario exportador, que organiza el desarrollo de agricultura en el sentido de

la renta del gran capital, en lugar de orientar las evoluciones de la agricultura en el sentido

de satisfacer las necesidades básicas del conjunto de la población, tanto urbana como rural.

El concepto de soberanía alimentaria puede dar nuevas guías para diseñar y emprender en

políticas públicas con un nuevo sentido, más amplio que los clásicos de productividad o

desarrollo rural.

34

La virtud del concepto de soberanía alimentaria, que nace de la lucha de los movimientos

sociales del campo contra los tratados de libre comercio y las imposiciones de la OMC, es

colocar al centro el derecho de cada uno de los estados de decir con soberanía cuáles

políticas alimentarias adoptar, garantizando el derecho a la alimentación del conjunto de la

población, y que estos alimentos deben provenir de la producción de los campesinos y

agricultores familiares.

En ese sentido tiene un horizonte más integral que el concepto de la seguridad alimentaria,

cuyo foco es la provisión de alimentos para la población, pero no la sustentabilidad de la

población campesina y familiar, de sus territorios, y su rol para garantizar alimentación sana

del conjunto de una región y país. De hecho este concepto enriquece la visión sobre la

temática de la tierra, al promover políticas que garanticen el acceso a la tierra a los

campesinos para sostener y expandir la producción de alimentos, recuperando los valores

culturales y de identidad.

Ahora bien el procesos constituyente en Ecuador, reinterpreta el concepto de la soberanía

alimentaria, al colocarlo inserto en la visión de derechos y régimen de desarrollo, como eje

para reconstruir un nuevo modelo de agricultura dentro de una propuesta de nuevo modelo

de desarrollo, orientado hacia los seres humanos y no al mercado.

El derecho a la alimentación, “las personas y colectividades tienen derecho al acceso seguro

y permanente a alimentos sanos, suficientes y nutritivos, preferentemente producidos a nivel

local y en correspondencia con sus diversas culturas”, es parte sustancial de los derechos del

buen vivir. La soberanía alimentaria es una responsabilidad del estado que implica “impulsar

la producción, transformación agroalimentaria y pesquera de las pequeñas y medianas

unidades de producción, comunitarias y de la economía social y solidaria”.

El propio texto constitucional articula la realización de la soberanía alimentaria con la

necesidad de “promover políticas redistributivas de la tierra, que permitan su acceso al

campesinado”, y expone un mandato al Estado: “el estado normará el uso y acceso a la tierra,

que deberá cumplir la función social y ambiental… se prohíbe el latifundio y la concentración

de la tierra”.

35

Los sentidos que nos plantea Soberanía Alimentaria también modifican las comprensiones

sobre la tierra, que dejaría de ser vista meramente como un objeto, un recurso natural cuyo

uso tiene el propósito de garantizar la tasa de ganancia de quien es dueño e invierte en ella.

En su lugar tenemos la visión de la tierra como sustento para la reproducción de la vida y un

uso social respecto de la riqueza que genera, así como un rol para la reproducción de los

ecosistemas en los cuales se encuentra.

Dentro de las funciones económicas y sociales de la tierra, un lugar prioritario tiene la

responsabilidad de satisfacer las necesidades humanas, individuales y colectivas, entre ellas

la alimentación, mas también la generación de empleo para todos/as quienes habitan y

trabajan el campo. Para ello es necesario mirar la necesidad de acceso a la tierra junto con el

acceso al agua y con mecanismos de financiamiento, que permitan reproducción la economía

y sociedad campesina, en un sentido amplio que incorpora tanto a indígenas, afro

descendiente y agricultores familiares. Esta visión cobra mayor trascendencia cuando se

enfrenta al debate de políticas públicas ante el fenómeno de crisis alimentaria, esto lo

veremos más adelante.

Buen Vivir y Tierra

Las comprensiones económicas y políticas del discurso dominante sobre la tierra, están

siendo modificadas, desde otras propuestas respecto de desarrollo y evoluciones

económicas, entre ellas las concepciones del Buen Vivir, que recuperan las Constituciones

de Ecuador y Bolivia. De ahí la trascendencia incorporar en el debate sobre políticas públicas

de la tierra, las nociones del buen vivir, para desde ahí definir nuevos objetivos y estrategias

para las políticas en el agro.

En primer lugar, las comprensiones del buen vivir provienen de las culturas y cosmovisiones

de los pueblos originarios del abya yala, han sido el sustento para la resistencia ante los

embates de la Colonia, de los terratenientes y luego la expansión del modelo primario

exportador, permitiendo la pervivencia de la comunidad, los sentidos de vida de pueblos

ancestrales, y en ciertas regiones, cuando las condiciones lo han permitido, de los territorios

indígenas. En el caso ecuatoriano los primeros rescates de estas comprensiones y visiones

del Buen Vivir, por parte del discurso crítico, se dan alrededor de las comunidades quechuas

de la Amazonía, y desde allí se destacaba, a fines del siglo XX, los siguientes elementos: “en

36

la cosmovisión de las sociedades indígenas, en la comprensión del sentido que tiene y debe

tener la vida de las personas, no existe el concepto de desarrollo, existe una visión holística

acerca de lo que debe ser el objetivo o la misión de todo esfuerzo humano, que consiste en

buscar y crear las condiciones materiales y espirituales para construir y mantener el “buen

vivir”, que se define como “vida armónica”, que en idiomas como el quichua se expresa como

“Allí Kausai” o “Sumak Kausai”.

En el caso boliviano se despliega un proceso similar, donde es traducido como Vivir Bien, y

tomado del concepto Suma Qamaña: “Qamaña es vivir, morar, descansar, cobijarse y cuidar

a otros, en un segundo uso insinúa la convivencia con la naturaleza, con la madre tierra o

pacha mama… por su parte Suma describe un sentido de plenitud, que no se da en el

castellano, mas pudiera traducirse como agradable, amable, acabado”. Incluso algunos

estudiosos del tema precisan que quizás una mejor traducción sería “convivir bien”, o

“convivir en armonía”. He aquí uno de los desafíos: la articulación de la tierra y la propuesta

de convivir mutuamente en armonía, los propios pueblos originarios dieron ya algunas de las

respuestas, la tierra concebida como base de la vida y de su reproducción, la madre tierra o

pacha mama, individual, familiar y colectiva, integrando estos tres niveles de sociabilidad,

siendo uno solo con la naturaleza; la tierra no es un objeto inerte a ser depredado, es un sujeto

con vida y que sustenta la reproducción de los seres humanos y la naturaleza, no como entes

separados, sino como una unidad en diversidad.

Adicionalmente, y no menos importante, es que en los casos de Ecuador y Bolivia, no solo

se trata de una recuperación de las concepciones de los pueblos y naciones indígenas, sino

que el buen vivir ingresa a las etapas constituyentes y es enriquecido, complejizado, desde

otras lecturas y experiencias, como las tendencias post – desarrollistas, y de ese proceso

tenemos, lo que podríamos llamar “el buen vivir constituyente”.

De allí rescatamos el debate del buen vivir con las concepciones clásicas del desarrollo, que

adoptan como horizonte el capitalismo central y sus instituciones, el crecimiento material sin

límites, el mercado como realizador del interés general, la economía reducida a una

racionalidad de fines y medios.

Como lo ha sistematizado quién fuera el presidente de la constituyente ecuatoriana: “el

planteamiento del Buen Vivir colocado en la Constitución se plantea como una oportunidad

37

para construir otra sociedad, sustentada en una convivencia ciudadana en diversidad y

armonía con la Naturaleza, a partir del reconocimiento de los diversos valores culturales

existentes en el país y el mundo”.

El Buen Vivir resulta convertido en un proyecto de futuro para el conjunto de la sociedad,

interactuando, enriqueciéndose en la misión común con las otras tendencias del pensamiento

crítico y humanista, hacia un horizonte emancipatorio.

En esa construcción de buen vivir como proyecto de nueva sociedad, sus debates

contemporáneos se confrontan tanto con las tendencias neoliberales, que van en retirada, y

también las tendencias neo desarrollistas, que van ingresando a una fase de expansión,

pretendiendo copar el escenario abierto por los procesos políticos de fines de los 90 e inicios

del 2000.

Volviendo a la temática central de este artículo, se puede decir que el buen vivir constituyente

interroga al debate sobre la tierra desde proyectos de sociedades distintas, construidas con

horizontes de equidad, democracia, economía social y solidaria, plurinacionalidad, derechos

de la naturaleza.

Un Ecuador distinto donde el acceso a la tierra sea la base para la equidad, que este repartida

con equilibrio, sin los abismos actuales, para que todos quienes habitan la sociedad rural

puedan sustentar su vida, en especial quienes no tienen tierra, o tan poca, que torna imposible

vivir de lo que produce la tierra. Pero no solo equidad también democracia, que esos

campesinos, indígenas, afro descendientes, sean actores sociales y políticos de ese nuevo

modelo de la tierra en la agricultura y el desarrollo, que tengan voz y voto, peso real en las

instancias que gobiernan la tierra a nivel local, regional y nacional, afirmando sus

organizaciones de reivindicación social y política. Donde haya espacio para la reproducción

y crecimiento de las economías populares, que requieren la redistribución de la tierra para

afirmar las agriculturas campesinas y familiares, en contextos de procesos de acumulación

descentralizada y desconcentrada. Un Ecuador distinto que en la temática de la tierra, asume

esa diversidad que fue negada por el colonialismo, esto significa empatar el acceso a la tierra

con las demandas respecto de Plurinacionalidad e Interculturalidad, lo cual nos va llevando

hacia las relaciones entre tierra y territorios, no solo étnicos, sino también sociales, esto es

38

que los campesinos e indígenas acceden a tierra y a la par promueven su capacidad de

participar en el gobierno, en la cultura, en el acceso a otros recursos.

1.2.7.3 Ley Orgánica de Régimen de Soberanía Alimentaria

Art.13.­ Fomento a la micro, pequeña y mediana producción.­ Para fomentar a los

microempresarios, microempresa o micro, pequeña y mediana producción agroalimentaria,

de acuerdo con los derechos de la naturaleza, el Estado, en su literal c) dice: “c) Regulará,

apoyará y fomentará la asociatividad de los microempresarios, microempresa o micro,

pequeños y medianos productores, de conformidad con el Art.319 de la Constitución de la

República para la producción, recolección, almacenamiento, conservación, intercambio,

transformación, comercialización y consumo de sus productos. El Ministerio del ramo

desarrollará programas de capacitación organizacional, técnica y de comercialización, entre

otros, para fortalecer a estas organizaciones y propender a su sostenibilidad.

Capítulo III, Comercialización y abastecimiento agroalimentario Art.21, inciso segundo dice:

“Los gobiernos autónomos descentralizados proveerán de la infraestructura necesaria para el

intercambio y comercialización directa entre pequeños productores y consumidores, en

beneficio de ambos, como una nueva relación de economía social y solidaria.”

Hemos revisado las políticas del Estado Ecuatoriano que garantizan la adecuada equidad

entre la satisfacción de las necesidades básicas de los habitantes y la responsabilidad para

con el medio ambiente. Así también enmarcar en ellas, el cumplimiento de normativas a fin

de que la Soberanía Alimentaria básica para la creación de complejos de mercadeo de

productos de la canasta básica a la población se cumpla a satisfacción. Siendo el caso, cada

GAD Municipal deber emprender el adecuado equilibrio entre población y medio ambiente

y con esa visión la creación de mercados y ferias libres que cumplan ese rango.

EPIGRAFE III

1.3 Valoración crítica de los conceptos principales de las distintas posiciones teóricas

sobre el objeto de investigación.

Se procederá, hacer una valoración de algunos conceptos de distintos autores que han sido

tomados para fundamentar la presente investigación, así por ejemplo en lo relacionado al

mercado y ferias libres, que consideramos es una figura a tomar en cuenta como fundamental

39

para el desarrollo del comercio dentro de un cantón, respecto de este término, Eva Méndez

en su tesis “Mercado Municipal” señala que “Un mercado es un recinto en el que se venden

artículos de primera necesidad, generalmente alimenticios. Los mercados están formados por

puestos individuales que ofrecen productos de diversa índole con predominancia de los

productos frescos: carne, frutas, verduras, pescado, etc. Se instalan en el centro de los barrios

o localidades.”

El Mercado es el lugar destinado por la sociedad en el que vendedores y compradores se

reúnen para tener una relación comercial, para esto, se requiere un bien o servicio

que comercializar, un pago hecho en dinero y el interés para realizar la transacción.

Popularmente, la palabra mercado sirve para hacer referencia a aquel sitio en el que se

dispensan productos, donde la persona va a hacer sus compras y este ofrece productos al

mayor y al detal, por lo que es un espacio indispensable para los cantones de este país.

Mientras tanto que ferias libres “son mercadillos periódicos que funcionan en calles de las

ciudades chilenas. Su existencia data desde la época colonial. A pesar de la modernidad y

los supermercados en las ciudades de Chile, prosperan y renacen antiguas ferias de productos

principalmente agrícolas. (...), según el Observatorio de Feria libre de Chile.

La feria libre a manera general son comerciantes minoristas, cuyo giro es la venta de

alimentos de origen animal o vegetal y otros artículos, y que prestan servicios de manera

periódica, regular y programada, en un espacio territorial urbano habilitado determinado, en

días y momentos específicos.

EPIGRAFE IV

1.4 Conclusiones Parciales del Capitulo

En este capítulo se ha logrado establecer los principios fundamentales en los que se

asienta de Constitucionalidad en el Ecuador; sobre el derecho al ambiente sano de

todos los ciudadanos de la Concordia ala adquirir un producto en los mercados y

ferias libres.

40

Hacemos una revisión del marco legal establecido a las normas legales ecuatorianas

para poder crear una ordenanza y regular el uso, funcionamiento y administración de

los mercados y de las ferias libres del cantón la Concordia.

Mediante la investigación doctrinaria logramos un acercamiento a la fundamentación

teórica de varios autores que hacen referencia al tema que permita la creación de una

ordenanza para regular el uso, funcionamiento y administración de los mercados y de

las ferias libres del cantón la Concordia.

El enfoque del derecho comparado nos permite identificar la legislación de otros

países para sustentar la importancia de controlar y organizar el comercio en los

mercados y ferias libres.

41

CAPITULO II

2. MARCO METODOLÓGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA.

En el presente Capítulo señalaremos y desarrollaremos la metodología aplicada por la

investigadora para desarrollar el trabajo de investigación.

2.1 Caracterización del problema seleccionado para la investigación.

Mediante el presente capítulo se busca plasmar un Proyecto de Ordenanza para regular el

uso, funcionamiento y administración de los mercados municipales y de las ferias libres en

el cantón La Concordia, para garantizar el derecho al ambiente sano establecido en el Art.

66 de la Constitución de la República, numeral 27.

2.1.2 Metodología de la investigación.

Es importante hacer constar la metodología que se utilizara en el presente trabajo de

investigación, la misma que se detallara a continuación.

2.1.3 Modalidad de la Investigación.

La modalidad de investigación es cualitativa y cuantitativa

Investigación Cualitativa.

La utilización de la investigación cualitativa permitirá estudiar la situación del comercio en

los mercados y ferias libres del cantón La Concordia y ver su afectación por la falta de control

en estas áreas de negocios.

Investigación Cuantitativa.

Con la investigación cuantitativa lograremos sustentar con datos demostrativos y estadísticos

las respectivas conclusiones al final del trabajo.

2.1.3.1 Métodos de Investigación.

En el trabajo investigativo se aplicarán los siguientes métodos de investigación, los mismos

que ayudarán a establecer la problemática de manera individual y general de los afectados

directos.

Método inductivo. - Porque se analizará cada uno de los factores propuestos en el tema de

investigación partiendo de lo particular a lo general.

42

Método deductivo. - Se recurrirá a este método para el presente trabajo, por cuanto es

indispensable deducir las respuestas obtenidas de las encuestas, enfocados desde lo general

a lo particular.

Método analítico. - En este método se utilizará en la investigación, para lograr realizar un

análisis profundo de la problemática, como la vulneración del derecho al ambiente

establecido en la Constitución de la República del Ecuador en su Art 66 numeral 27.

2.1.3.2 Técnicas utilizadas en la investigación.

Es el conjunto de instrumentos y medios a través de los cual se efectúa el método. Es

importante destacar que las técnicas de investigación elementales utilizadas en cuanto al

presente trabajo de tesis fueron:

Encuesta

La encuesta es una técnica de investigación aplicada para obtener la respuesta de varias

personas sobre un problema determinado que interesa al investigador; en nuestro caso la

utilizamos para saber el grado de necesidad que tiene tanto los comerciantes de los mercados

y ferias libres, así como sus usuarios, respecto al uso, funcionamiento y administración de su

lugar de trabajo y la pertinencia de contar con una Ordenanza para solucionar el problema.

2.1.4 Población y muestra de la investigación.

A fin de fundamentar de mejor forma el problema encontrado se aplicaron varias encuestas

a una población de 857 personas, que corresponden a los comerciantes de los mercados y

ferias libres del cantón La Concordia., y para determinar. Los estratos que se seleccionaron

son los siguientes:

Comerciantes del mercado y ferias libres del cantón la Concordia

Calculo de la Muestra

𝑛 = 𝑁

(E)2 (𝑁 − 1) + 1

n = Tamaño de la muestra

N = Población o Universo

43

E = Error máximo admisible (0,5)

n = 857

(0.05)2 (857 − 1) + 1 n =

857

(0.0025)(856) + 1

n = 857

2.14 + 1 n = 273

2.1.5 Interpretación de los resultados de las encuestas realizadas

Pregunta 1.- ¿Conoce Usted, que el GAD Municipal del cantón La Concordia, posee una

ordenanza, que regule el uso, funcionamiento y administración de los mercados y ferias

libres, para prevenir la vulneración el derecho a un ambiente sano y equilibrado conforme lo

establece la Constitución de la República?

Tabla 1

Parámetros Cantidad Porcentaje (%)

SI 8 3 %

NO 265 97%

Total 273 100%

Gráfico Estadístico 1

Fuente: Campo de la Investigación

3%

97%

SI

NO

44

Autor: Mildred Matilde Moreira Cevallos

Interpretación de Resultados.- Podemos observar a través de la pregunta realizada que la

gran mayoría de los comerciantes encuestados dice con un 97% no conoce que el Gad

Municipal del Cantón La Concordia posee una ordenanza, que regule el uso, funcionamiento

y administración de los mercados y ferias libres, para prevenir la vulneración el derecho a un

ambiente sano y equilibrado conforme lo establece la Constitución de la República y el 3 %

restante afirma saber.

Pregunta 2.- ¿Considera usted que el Gad Municipal presta la debida atención e interés a los

problemas que surgen dentro de los mercados y ferias libres del cantón La Concordia?

Tabla 2

Parámetros Cantidad Porcentaje (%)

SI 22 8 %

NO 251 92 %

Total 273 100%

Gráfico Estadístico 2

Fuente: Campo de la Investigación

Autor: Mildred Matilde Moreira Cevallos

8%

92%

SI

NO

45

Interpretación de Resultados.- Podemos Observar que un 92 % de los comerciantes

encuestados dice que el Gad Municipal no presta la debida atención e interés a los problemas

que surgen dentro de los mercados y ferias libres del cantón La Concordia y el 7 % restante

dice que sí.

Pregunta 3.- ¿Considera usted que al implementar la una ordenanza para que regule el uso,

funcionamiento y administración de los mercados y ferias libres en el cantón La Concordia,

favorecería a los usuarios y comerciantes?

Tabla 3

Parámetros Cantidad Porcentaje (%)

SI 268 98 %

NO 5 2 %

Total 273 100%

Gráfico Estadístico 3

Fuente: Campo de la Investigación

Autor: Mildred Matilde Moreira Cevallos

98%

2%

SI

NO

46

Interpretación de Resultados.- Realizada la pregunta y logramos observar que la mayoría

de los comerciantes encuestados con un 98 % dice que al implementar una ordenanza para

que regule el uso, funcionamiento y administración de los mercados y ferias libres en el

cantón La Concordia si favorecería a los usuarios y comerciantes y el 2 % restante dice que

no.

Pregunta 4.- ¿Cree usted que el desinterés por parte del Gad Municipal de La Concordia,

obedece por los problemas políticos en cuanto a la creencia de la ordenanza de regulación, y

control de mercados y ferias libres?

Tabla 4

Parámetros Cantidad Porcentaje (%)

SI 205 75 %

NO 68 25 %

Total 273 100%

Gráfico Estadístico 4

Fuente: Campo de la Investigación

Autor: Mildred Matilde Moreira Cevallos

75%

25%

SI

NO

47

Interpretación de Resultados.- De los resultados obtenidos a los comerciantes encuestados

con un 75 % de las personas afirman que el desinterés por parte del Gad Municipal, obedece

a los problemas políticos en cuanto a la creencia de la ordenanza de regulación, y control de

mercados y ferias libres, mientras el 25 % restante de los pobladores alegan lo contrario.

Pregunta 5.- ¿Considera usted que existe el debido control de los productos y los precios

que ofertan en los mercados y ferias libres del cantón La Concordia?

Tabla 5

Parámetros Cantidad Porcentaje (%)

SI 153 56 %

NO 120 44 %

Total 273 100%

Gráfico Estadístico 5

Fuente: Campo de la Investigación

Autor: Mildred Matilde Moreira Cevallos

56%44% Sí

No

48

Interpretación de Resultados: En esta pregunta los comerciantes dieron su opinión con un

56 % la gran mayoría considera que si existe un debido control de los productos y los precios

que ofertan en los mercados y ferias libres del cantón La Concordia y el 44 % de los

encuestados dijo que no.

Pregunta 6.- ¿Considera usted que en el interior de los mercados y ferias libres existe una

buena distribución de los puestos de venta, de los productos, los comerciantes y así poder

ofrecer sus productos de una mejor manera?

Tabla 6

Parámetros Cantidad Porcentaje (%)

SI 46 17 %

NO 227 83 %

Total 273 100 %

Gráfico Estadístico 6

Fuente: Campo de la Investigación

Autor: Mildred Matilde Moreira Cevallos

17%

83%

No

49

Interpretación de Resultados: la mayoría de los encuestados con un 83 % dio una respuesta

que considera que no existe una buena distribución de los puestos de venta, de los productos,

los comerciantes y así poder ofrecer sus productos de una mejor manera, por otra parte el 17

% restante dice que sí.

Pregunta 7.- ¿Sabe que los productos que ofertan en los mercados y ferias libres del cantón

La Concordia, contienen la seguridad y asepsia por parte de los vendedores y de esta manera

garantizar la salud de los usuarios y comerciantes?

Tabla 7

Parámetros Cantidad Porcentaje (%)

SI 93 34 %

NO 180 66 %

Total 273 100%

Gráfico Estadístico 7

Fuente: Campo de la Investigación

Autor: Mildred Matilde Moreira Cevallos

Interpretación de Resultados: El 66 % de los comerciantes encuestados dijo que no sabe

que los productos que ofertan en los mercados y ferias libres del cantón La Concordia,

34%

66%

No

50

contienen la seguridad y asepsia por parte de los vendedores y de esta manera garantizar la

salud de los usuarios y comerciantes, mientras con un 34 % de los encuestados dijeron que

sí.

Pregunta 8.- ¿Considera usted que el Gobierno Municipal del cantón La Concordia socializa

y dialoga con los comerciantes de los mercados y ferias libres a fin de conocer sus

necesidades y adecuaciones necesarias para su mejor desenvolvimiento laboral?

Tabla 8

Parámetros Cantidad Porcentaje (%)

SI 57 21 %

NO 216 79 %

Total 273 100%

Gráfico Estadístico 8

Fuente: Campo de la Investigación

Autor: Mildred Matilde Moreira Cevallos

Interpretación de Resultados.- La mayoría de los comerciantes encuestados con un 79 %

de la población dice que considera que el Gobierno Municipal del cantón La Concordia no

21%

79%

No

51

socializa y dialoga con los comerciantes de los mercados y ferias libres a fin de conocer sus

necesidades y adecuaciones necesarias para su mejor desenvolvimiento laboral, por otra parte

el 21 % de los encuestados dice que sí.

Pregunta 9.- ¿Considera usted que los comerciantes de los mercados y ferias libres reciben

capacitación a fin de mejor manera expandir sus productos listados por el Gad Municipal La

Concordia?

Tabla 9

Parámetros Cantidad Porcentaje (%)

SI 8 3 %

NO 265 97 %

Total 273 100%

Gráfico Estadístico 9

Fuente: Campo de la Investigación

Autor: Mildred Matilde Moreira Cevallos

Interpretación de Resultados: Los encuestados en su mayoría con un 97 % dice que los

comerciantes de los mercados y ferias libres no reciben capacitación a fin de mejor manera

3%

97%

No

52

expandir sus productos listados por el Gad Municipal La Concordia mientras tanto el 3 % de

los encuestados dice que sí.

2.2 Entrevista.

Es una técnica que regularmente nos permite contar con una información directa de las

personas que trabajan en el área donde se trata o se presenta el problema, los cuales por lo

tanto tienen un criterio de relevancia por ser especializados en el tema.

2.2.1 Interpretación de la entrevista realizada.

Arq. Galo Marmolejo

Director de Planificación del Gad Municipal del cantón La Concordia

Pregunta 1.- ¿Existe una ordenanza que regule el uso, funcionamiento y administración de

los mercados y ferias libres del cantón La Concordia?

Respuesta: Aquí en la Concordia como ordenanza para regular directamente los espacios no

existen, pero si hay ordenanzas que regulan el uso de los espacios públicos, la vía pública, el

comercio informal, las tasas y contribuciones que hacen uso de los mismos. Pero en cuanto

a los mercados y ferias no existe una ordenanza especial que regule.

Pregunta 2.- ¿Cuál cree usted que es el mecanismo para la creación de una ordenanza que

regule el uso, funcionamiento y administración de los mercados y ferias libres del cantón La

Concordia?

Respuesta: Primero tener un diagnóstico de la cantidad de comerciantes, necesidades, que

tipos de actividades comerciales generan, después de hacer este diagnóstico técnico para

poder analizar la parte en cuanto a la infraestructura del sector, porque primero habría que

analizar si es conveniente tener un mercado, de que categoría, para después tomar la decisión

de elaborar una ordenanza y es una de las razones por las cuales no contamos con una ya que

el cantón no cuenta con mercado construido como tal, de algo que no se tiene.

Pregunta 3.- ¿Cómo actualmente se controlan los mercados y ferias libres del cantón La

Concordia?

53

Respuesta: El control lo realiza la comisaria municipal, ellos cuentan con una ordenanza que

les permite el control del uso de la vía pública de los comerciantes, en la feria es de manera

temporal, y en el espacio que esta denominado como mercado es más eventualmente y

frecuente cuentan con su metodología para generar un informe y el municipio realice el

cobro.

Pregunta 4.- ¿Ha existido socialización con los comerciantes a fin de establecer el control

de precios de los mercados y ferias libres?

Respuesta: Existen reuniones entre los socios de los mercados, comisario municipal y el

alcalde hallándose frecuentemente en un dialogo

Pregunta 5.- ¿Qué sugiere usted o estrategia a fin de entablar un buen desarrollo y

mantenimiento de los mercados y ferias libres y de esta manera proteger al usuario en el

precio y en la salud?

Respuesta: Una sugerencia seria primeramente organizarnos dentro del espacio físico,

después pensar en equilibrar los precios, para lo cual se requiere un instrumento legal que a

la municipalidad, para dejar las cosas en claro para que la ciudadanía no salga perjudicada y

no tenga inconvenientes.

Sr. Jorge Luis Chicaiza Guano

Socio del Mercado 20 de Noviembre

Pregunta 1.- ¿Existe una ordenanza que regule el uso, funcionamiento y administración de

los mercados y ferias libres del cantón La Concordia?

Respuesta: Desconozco si existe una ordenanza que regule ya que los encargados de esa

función es la Comisaria Municipal.

Pregunta 2.- ¿Cuál cree usted que es el mecanismo para la creación de una ordenanza que

regule el uso, funcionamiento y administración de los mercados y ferias libres del cantón La

Concordia?

54

Respuesta: Que el Gad Municipal se organice junto con los presidentes de las distintas

asociaciones de comerciantes minoristas y mayoristas.

Pregunta 3.- ¿Cómo actualmente se controlan los mercados y ferias libres del cantón La

Concordia?

Respuesta: Se encarga la Comisaria Municipal.

Pregunta 4.- ¿Ha existido socialización con los comerciantes a fin de establecer el control

de precios de los mercados y ferias libres?

Respuesta: Entre los socios cada cierto tiempo existen reuniones.

Pregunta 5.- ¿Qué sugiere usted o estrategia a fin de entablar un buen desarrollo y

mantenimiento de los mercados y ferias libres y de esta manera proteger al usuario en el

precio y en la salud?

Respuesta: Que entre todos los socios aportemos al buen uso de los establecimientos y

espacios para mantener un buen aspecto para el mercado y que las autoridades competentes

cada cierto tiempo regulen que todos los socios cumplen con los precios establecidos y con

el control de salud de los productos.

Sra. Maria de las Mercedes Loor Oña

Consumidora del Mercado 20 de Noviembre

Pregunta 1.- ¿Existe una ordenanza que regule el uso, funcionamiento y administración de

los mercados y ferias libres del cantón La Concordia?

Respuesta: Desconozco.

Pregunta 2.- ¿Cuál cree usted que es el mecanismo para la creación de una ordenanza que

regule el uso, funcionamiento y administración de los mercados y ferias libres del cantón La

Concordia?

Respuesta: Esa es una obligación del Gobierno Municipal crear dicha ordenanza.

55

Pregunta 3.- ¿Cómo actualmente se controlan los mercados y ferias libres del cantón La

Concordia?

Respuesta: Desconozco.

Pregunta 4.- ¿Ha existido socialización con los comerciantes a fin de establecer el control

de precios de los mercados y ferias libres?

Respuesta: Desconozco.

Pregunta 5.- ¿Qué sugiere usted o estrategia a fin de entablar un buen desarrollo y

mantenimiento de los mercados y ferias libres y de esta manera proteger al usuario en el

precio y en la salud?

Respuesta: Que las autoridades cada cierto tiempo vengan al mercado a supervisar que

cumplan con los precios establecidos y que cuenten con el permiso de salubridad.

2.3 Propuesta del investigador.

La propuesta de este proyecto es elaborar un “Proyecto de Ordenanza que regula el Uso,

Funcionamiento y Administración de los Mercados Municipales y de las Ferias Libres en el

cantón La Concordia, para garantizar el Derecho al Ambiente Sano”, como una forma de

apoyar al GAD Municipal para poder subsanar este problema social que en los últimos años,

ha sido y sigue siendo motivo de preocupación de las comerciantes y ciudadanos por el

consumo de los productos diarios de gran necesidad.

El Objetivo principal es la elaboración del proyecto de ordenanza, el mismo que será

presentado en el GAD Municipal del cantón La Concordia, para que una vez tratado en la

comisión pertinente pase al pleno del Concejo en atención a lo señalado en el Código

Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización. - En lo fundamental

la nueva normativa local servirá para apoyar el uso, funcionamiento y administración de los

mercados y de las ferias libres.

El proyecto de Ordenanza prevé la creación de un ente coordinador de las actividades

impulsadas desde el GAD Municipal de La Concordia, integrado por un concejal designado

por el Alcalde, y los funcionarios responsables de los departamentos que tienen injerencia en

el ámbito social, quienes ejecutarán el Plan de Uso, Funcionamiento y Administración para

56

los mercados y de las ferias libres., en pro del derecho al ambiente sano previsto en Art. 66

numeral 27, que dispone que se debe vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado,

libre de contaminación y en armonía con la naturaleza.

2.4 Conclusiones parciales del capítulo.

Al finalizar el capítulo precedente se ha logrado realizar las siguientes conclusiones parciales

del mismo:

En el presente Capítulo se aplicaron dos modalidades de investigación, en este caso

es cualitativa y cuantitativa, lo cual permitió que las ideas sean interpretadas a fin de

establecer calificaciones y comparaciones a partir de la información obtenida.

Se llegó a utilizar algunos tipos de investigación bibliográfica y de campo, las cuales

sirvieron para el desarrollo de este trabajo de investigación, por cuanto cada una

responde a una necesidad específica del diseño.

Fue necesario utilizar los métodos inductivo, deductivo, analítico, para poder

establecer el problema en investigación de manera particular y generalizada.

Por último, se utilizó en este capítulo las técnicas de investigación como: la encuesta,

y la entrevista, porque a través de estos instrumentos permitió validar la existencia

del problema y alcanzar los resultados que se sustentan por medio de tablas, gráficos

con su respectivo análisis e interpretación; permitiendo de esta manera determinar las

conclusiones y recomendaciones finales.

57

CAPITULO III

VALIDACIÓN Y/O EVALUACIÓN DE RESULTADOS DE SU APLICACIÓN

3.1 De la propuesta.

Luego de concluido este trabajo de investigación se refleja los resultados presentados en el

informe final, y se ha podido demostrar a través del análisis tanto legal, doctrinario e

investigación de campo los problemas que atraviesan los comerciantes y ciudadanos del

cantón La Concordia en sus mercados y ferias libres, por la ausencia de un control en su uso,

funcionamiento y administración de estos; y por los casos presentados en el cantón, que es

necesaria la presentación de un “Proyecto de Ordenanza que regula el Uso, Funcionamiento

y Administración de los Mercados Municipales y de las Ferias Libres en el cantón La

Concordia, para garantizar el Derecho al Ambiente Sano”; Este proyecto consta de una

exposición de motivos, seis capítulos, veinte y siete artículos, seis disposiciones generales, y

cinco disposiciónes transitorias, contenido que establece los fines y objetivos de la normativa

local y, de esta manera fundamental orientar al trabajo que debe realizar el GAD Municipal

de la Concordia, para mejorar los espacios de sus mercados y ferias libres, lo que permitirá

cumplir con uno de los principales objetivos del Plan Nacional del Buen Vivir, como el de

garantizar el derecho al medio ambiente, y así dar solución al problema planteado.

58

3.1.1 Propuesta de la Investigadora:

EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN

LA CONCORDIA

“PROYECTO DE ORDENANZA QUE REGULA EL USO, FUNCIONAMIENTO Y

ADMINISTRACIÓN DE LOS MERCADOS MUNICIPALES Y DE LAS FERIAS

LIBRES EN EL CANTÓN LA CONCORDIA, PARA GARANTIZAR EL DERECHO

AL AMBIENTE SANO”

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de La Concordia, según las

prescripciones señaladas en el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y

Descentralización tiene entre otras, la función de prestar servicios que satisfagan necesidades

colectivas, así como la elaboración, manejo y expendio de víveres y servicios plazas de

mercado entre otras.

De igual forma artículo Art. 134 ibídem determina el ejercicio de la competencia de fomento

de la seguridad alimentaria, correspondiéndole complementariamente, a los gobiernos

autónomos descentralizados municipales la planificación y construcción de las redes de

mercados y centros de transferencia en su respectiva jurisdicción.

En este sentido la entidad municipal tiene como proyecto realizar la construcción de un

moderno edificio en el que funcionará el Mercado Municipal Central, para brindar un mejor

servicio, satisfaciendo las necesidades de la sociedad concordense, en un ambiente sano, con

instalaciones que brindan comodidad, garantizando condiciones higiénicas y sanitarias

óptimas.

59

El Concejo Municipal ha expedido la ordenanza de USO, FUNCIONAMIENTO Y

ADMINISTRACIÓN DE LOS MERCADOS MUNICIPALES Y DE LAS FERIAS EN EL

CANTÓN LA CONCORDIA, determinando el modelo de gestión de la prestación del

servicio de plazas de mercado, a través de la entrega en concesión de uso u ocupación de los

locales, puestos o espacios del referido Centro Comercial.

En razón de entrar en funcionamiento las instalaciones del Centro Comercial Mercado

Municipal, y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 25 de la referida ordenanza, en

concordancia con lo prescrito por el artículo 55 literal c) del Código Orgánico de

Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, es necesario fijar las tasas de

concesión con su respectiva tarifa para efectuar la determinación y recaudación tributo

respectivo.

EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO

MUNICIPAL DE LA CONCORDIA

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 3, numeral 1, de la Constitución de la República del Ecuador, señala como

uno de los deberes primordiales del Estado: "Garantizar sin discriminación alguna el efectivo

goce de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales.

":

Que, el Artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, expresa que: "Las

instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos

y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las

competencias y facultades que les sean atribuidas en la constitución y la ley;

Que, el Artículo 276 de la Constitución de la República determina que: "El régimen de

desarrollo tendrá los siguientes objetivos:

1. Mejorar la calidad y esperanza de vida, y aumentar las capacidades y potencialidades de

la población en el marco de los principios y derechos que establece la Constitución.

60

2. Construir un sistema económico, justo, democrático, productivo, solidario y sostenible

basado en la distribución igualitaria de los beneficios del desarrollo, de los medios de

producción y en la generación de trabajo digno y estable (...)";

Que, el Artículo 283 de la Constitución, establece que: "El sistema económico es social y

solidario; reconoce al ser humano como sujeto y fin; propende a una relación dinámica y

equilibrada entre sociedad, Estado y mercado, en armonía con la naturaleza; y tiene por

objetivo garantizar la producción y reproducción de las condiciones materiales e inmateriales

que posibiliten el buen vivir.

El sistema económico se integrará por las formas de organización económica pública,

privada, mixta, popular y solidaria, y las demás que la Constitución determine";

Que, la Constitución de la República del Ecuador, establece en su Artículo 329, que: "Las

jóvenes y los jóvenes tendrán el derecho de ser sujetos activos en la producción, así como en

las labores de auto sustento, cuidado familiar e iniciativas comunitarias. Se impulsarán

condiciones y oportunidades con este fin.

Para el cumplimiento del derecho al trabajo de las comunidades, pueblos y nacionalidades,

el Estado adoptará medidas específicas a fin de eliminar discriminaciones que los afecten,

reconocerá y apoyará sus formas de organización del trabajo, y garantizará el acceso al

empleo en igualdad de condiciones.

Se reconocerá y protegerá el trabajo autónomo y por cuenta propia realizado en espacios

públicos, permitidos por la ley y otras regulaciones. Se prohíbe toda forma de confiscación

de sus productos, materiales o herramientas de trabajo.

Los procesos de selección, contratación y promoción laboral se basarán en requisitos de

habilidades, destrezas, formación, méritos y capacidades. Se prohíbe el uso de criterios

instrumentos discriminatorios que afecten la privacidad, la dignidad e integridad de las

personas";

Que, el inciso primero del Artículo 5 del Código Orgánico de Organización Territorial,

Autonomía y Descentralización, respecto a la autonomía, refiere lo siguiente: "La autonomía

política, administrativa y financiera de los gobiernos autónomos descentralizados y

regímenes especiales prevista en la Constitución comprende el derecho y la capacidad

61

efectiva de estos niveles de gobierno para regirse mediante normas y órganos de gobierno

propios, en sus respectivas circunscripciones territoriales, bajo su responsabilidad, sin

intervención de otro nivel de gobierno y en beneficio de sus habitantes. Esta autonomía se

ejercerá de manera responsable y solidaria. En ningún caso pondrá en riesgo el carácter

unitario del Estado y no permitirá la secesión del territorio nacional";

Que, el literal I) del artículo 54 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía

y Descentralización, señala como una de las funciones del gobierno autónomo

descentralizado municipal: "Prestar servicios que satisfagan necesidades colectivas respecto

de los que no exista una explícita reserva legal a favor de otros niveles de gobierno, así como

la elaboración, manejo y expendio de víveres; servicios de faenamiento, plazas de mercado

y cementerios".

Que, el Artículo 417 del COOTAD, señala que: "Son bienes de uso público aquellos cuyo

uso por los particulares es directo y general, en forma gratuita. Sin embargo, podrán también

ser materia de utilización exclusiva y temporal, mediante el pago de una regalía.

Los bienes de uso público, por hallarse fuera del mercado, no figurarán contablemente en el

activo del balance del gobierno autónomo descentralizado, pero llevarán un registro

general de dichos bienes para fines de administración.

Constituyen bienes de dominio público: g) Las casas comunales, canchas, mercados,

escenarios deportivos, conchas acústicas y otros de análoga función de servicio comunitario";

Que, el propósito del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de La Concordia, es

optimizar la atención al público en los mercados municipales; y, en las ferias; En ejercicio

de la facultad que le confieren en los Artículos7 y 57 literal a) del Código Orgánico de

Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,

Expide la siguiente:

"ORDENANZA QUE REGULA EL USO, FUNCIONAMIENTO Y

ADMINISTRACIÓN DE LOS MERCADOS MUNICIPALES Y DE LAS FERIAS

LIBRES EN EL CANTÓN LA CONCORDIA”

CAPÍTULO I

62

GENERALIDADES

Artículo 1.- Ámbito. - El presente Subtítulo tiene por objeto regular la concesión, uso,

funcionamiento y administración de los Mercados Municipales y la organización de Ferias

en el cantón La Concordia y los centros poblados de sus parroquias rurales.

Artículo 2.- Administración y funcionamiento. - Los Mercados Municipales y la realización

de Ferias, se sujetarán a lo que establece el presente Subtítulo y a las disposiciones del

Alcalde o Alcaldesa como primera autoridad ejecutiva del Gobierno Autónomo

Descentralizado Municipal del cantón La Concordia; por lo que, la Dirección de Mercados y

Comercio con el apoyo de otras direcciones de acuerdo a sus competencias se encargarán de

la administración y organización.

Artículo 3.- Ubicación. - Los Mercados Municipales y Ferias estarán ubicadas dentro de la

zona urbana de la ciudad de La Concordia y centros poblados de sus parroquias rurales, los

que deberán funcionar en los bienes inmuebles y espacios destinados al servicio público

según la planificación territorial.

Artículo 4.- Usos y servicios. – Las actividades, usos y servicios que presten los

Mercados Municipales y Ferias, son aquellos que se establezcan a través de la Dirección de

Mercados y Comercio, la que debe garantizar el servicio público.

CAPÍTULO II

MERCADOS

Artículo 5.- Mercados. - Se denominan mercados a las plazas de compra y venta

permanente de productos agroalimenticios en estado natural o elaborados, cárnicos y lácteos,

que funcionan en edificaciones adecuadas, en donde además se ubicarán venta de víveres,

abarrotes y otros afines a la actividad, que será regulado por la Dirección de Mercados y

Comercio, siendo los vendedores comerciantes y actores de la economía popular y solidaria.

Artículo 6.- Locales.- Son espacios físicos cerrados ubicados dentro de los Mercados,

destinados para la comercialización de bienes y/o servicios y serán entregados a los

comerciantes a través de un contrato de concesión, y no podrán, subarrendarse o prestarse a

otras personas ajenas al contrato.

63

Artículo 7.- Puestos. -Son espacios físicos abiertos situados dentro del Mercado,

destinados para la comercialización de productos perecibles y no perecibles, numerados

Ordenanza Municipal No. M-070-VQM y establecidos según los catastros levantados por la

Dirección de Mercados y Comercio, conforme al plano de cada mercado, elaborado por la

Dirección de Planificación y Proyectos y aprobado por el alcalde o alcaldesa del cantón.

CAPÍTULO III

ASEO Y MANTENIMIENTO DE LOS MERCADOS

Artículo 8.- Plan de mantenimiento y aseo. - La Dirección de Mercados y Comercio es la

responsable de velar porque los Mercados, se encuentren en condiciones habitables y que

muestre a la ciudadanía una buena imagen sanitaria de salubridad y hospitalidad; por lo que,

a través de los responsables de mercados, elaborará el plan anual de mantenimiento y aseo

de los mercados, para el correcto funcionamiento de estos, cumpliendo con la normativa

vigente.

Artículo 9.- En los Locales.- El aseo y mantenimiento de los locales será de responsabilidad

y obligatoriedad absoluta de cada comerciante, quien deberá realizar limpieza diaria de su

local y pasillos, debiendo sujetarse al plan de mantenimiento y aseo anual, establecido por la

Dirección de Mercados y Comercio y a la normativa vigente.

CAPÍTULO IV

COMERCIANTES DE LOS MERCADOS

Artículo 10.- Se consideran comerciantes dentro del Mercado, a aquellas personas que hayan

obtenido autorización del GAD Municipal de La Concordia para el uso y ocupación de un

local o puesto.

Artículo 11.- Derechos. - Los comerciantes, usuarios de un local o puesto de los

Mercados Municipales, tienen los siguientes derechos:

1. Ejercer sus actividades con libertad, respetando y cumpliendo las leyes, Ordenanzas

municipales, Reglamentos y disposiciones emanadas por la Máxima Autoridad y

administradores de los mismos;

64

2. Ser atendidos oportunamente por la Administración Municipal en asuntos concernientes a

servicios básicos y seguridad del mercado;

3. Recibir capacitaciones para el fortalecimiento y mejoramiento de sus actividades en forma

regular;

4. Ser informados oportunamente de cualquier resolución de la administración y del Concejo

Municipal, a través de la Dirección de Mercados y Comercio; y,

5. Denunciar por escrito ante el órgano regulador cualquier irregularidad como: abusos,

agresiones físicas o verbales, amenazas o acto de corrupción como: peculado, cohecho,

concusión, extorsión, chantaje por parte de los funcionarios encargados de la administración

o de cualquier persona que se considere con derechos a actuar en nombre del GAD

Municipal, y/o miembros socios o compañeros de la entidad.

Artículo 12.- Obligaciones. - Los comerciantes, usuarios de un local o puesto de los

Mercados Municipales, tienen las siguientes obligaciones:

1. Pagar oportunamente los tributos y tasas por servicios de conformidad a las Ordenanzas

y/o reglamentos aprobados por el GAD Municipal de La Concordia;

2. Pagar mensualmente la tarifa asignada por el uso del local o puesto en la Tesorería

Municipal o puntos dispuestos por la Dirección Financiera del GAD Municipal;

3. Atender en los horarios establecidos en el Reglamento de mercados y aprobado por la

Máxima Autoridad Ejecutiva del GAD Municipal;

4. Mantener buena presentación en sus locales y puestos, siguiendo el reglamento y los

protocolos establecidos por la Dirección de Mercados y Comercio;

5. Exhibir los precios de venta de los productos incluido el IVA, de acuerdo a los decretos

que emite la Autoridad competente nacional;

6. Para el expendio de sus productos, deberá utilizar las correspondientes pesas y medidas

justas, de conformidad con la Ley vigente;

7. Ingresar los productos de sus proveedores, a través de los lugares dispuestos para este fin

y en los horarios establecidos en el Reglamento de mercados;

65

8. Colaborar con el personal de las entidades públicas, debidamente identificados, como son:

Gobernación, Intendencia de Policía, Comisarías de Policía, funcionarios del Servicio de

Rentas Internas, GAD Municipal y demás funcionarios que acorde a sus competencias tengan

que realizar control; a quienes les darán las facilidades para realizar inspecciones,

suministrando toda clase de información sobre instalaciones, precios, calidad de los

productos o documentación justificativa de las transacciones realizadas;

9. Moderar el volumen y decibeles según la normativa vigente de los aparatos y/o artefactos

instalados en el interior de sus locales, cuando los utilicen;

10. Respetar al público, debiendo dirigirse a las personas con respeto y buenas maneras,

evitando palabras que sean contrarias a la moral y a las buenas costumbres, observando las

normas de disciplina, cortesía y buen trato a los usuarios, ocupantes y autoridades;

11. Informar a la Máxima Autoridad del GAD Municipal por lo menos con quince días de

anticipación, su deseo de dar por terminado el contrato de concesión;

12. Asistir y participar a las reuniones de trabajo, mingas de limpieza, cursos de capacitación

y otras actividades convocadas por la Municipalidad, a través de la Dirección de Mercados

y Comercio;

13. Emitir facturas o notas de venta a los compradores que le demanden, de acuerdo a lo que

establece el Servicio de Rentas Internas;

14. Cumplir con las disposiciones vigentes respecto a la normativa higiénico sanitario emitida

por el Ministerio de Salud Pública;

15. Cubrir los gastos por daños causados en el local asignado;

16. Los comerciantes observarán la normativa vigente para el manejo de cárnicos y lácteos;

17. Se priorizará la comercialización de los productos de la zona; y,

18. Es obligación de los comerciantes la utilización de los uniformes de acuerdo a lo

estipulado en los reglamentos.

Artículo 13.- Prohibiciones. - Se prohíbe a los comerciantes, usuarios de un local o puesto

de los Mercados Municipales, cualquiera sea su actividad, lo siguiente:

66

1. Ingresar, ingerir o vender bebidas alcohólicas dentro del mercado;

2. Ejercer su trabajo en estado de ebriedad;

3. Destinar el local o puesto, a una actividad distinta a la convenida;

4. Mantener en el local o puesto a menores de edad (niños o niñas) trabajando;

5. Enviar a vender sus productos en forma ambulante, tanto dentro como fuera del mercado;

6. Alterar el orden público;

7. Cerrar su local o puesto por más de cuatro días consecutivos sin justificación motivada a

la Autoridad competente;

8. Vestir en forma que afecte la moral y costumbres de la sociedad;

9. Almacenar y vender materiales inflamables o explosivos;

10. Modificar la imagen corporativa de los locales o puestos sin el respectivo permiso;

11. Arrojar basura fuera de los depósitos destinados para ese fin;

12. Portar cualquier tipo de armas de fuego dentro de los locales, puestos o dentro del

mercado; y,

13. Criar o mantener en los locales y puestos, animales domésticos o cualquier tipo de

mascota.

CAPÍTULO V

FERIAS

Artículo 14.- Ferias. -Son eventos económicos de carácter social o cultural, público o

privado, que serán regulados y autorizados por el GAD Municipal de La Concordia a través

de la Dirección de Mercados y Comercio, previo a la certificación de uso de suelo emitida

por la Dirección de Planificación y Proyectos; y, permiso de Cuerpo de Bomberos con la

presentación del Plan de contingencias y emergencias, las misma que pueden tener las

siguientes características:

67

1. FERIAS LIBRES.- es la actividad comercial que con la participación y organización de

comerciantes y/o productores se realizan en espacios destinados para este fin, para la venta

de productos agroalimenticios, abarrotes y víveres, etc.;

2. FERIAS PERMANENTES.- son aquellas que se realizan con regularidad en un mismo

lugar, esto es, con frecuencia cada semana;

3. FERIAS MUNICIPALES.- son aquellas que serán desarrolladas y administradas por el

GAD Municipal, a través de la Dirección de Mercados y Comercio, así como por la Dirección

de Desarrollo e Inclusión Económica y Social, quien para su ejecución solicitará a la

Dirección de Mercados y Comercio la asignación de los espacios, y contarán con un plano

de distribución de espacios, elaborado por la Dirección de Planificación y Proyectos y

aprobado por el Alcalde o Alcaldesa; y,

4. FERIAS PARTICULARES.- son aquellas que se organicen, se desarrollen de manera

eventual y se administren por terceras personas, mismas que pueden ser naturales o jurídicas,

públicas o privadas, las que deberán tener la autorización y permiso de la Dirección de

Mercados y Comercio.

Artículo 15.- Espacios para las Ferias.- Las Ferias se realizarán en los espacios públicos

determinados por la Dirección de Mercados y Comercio, de acuerdo al plano elaborado por

la Dirección de Planificación y Proyectos y aprobado por la máxima autoridad

administrativa, donde constarán los puestos numerados y áreas de circulación.

Las ferias particulares también podrán realizarse en lugares privados, pero deberán contar

con el respectivo permiso de la Máxima Autoridad del GAD Municipal de La Concordia,

cumpliendo lo que para el efecto establece el presente Subtítulo.

CAPÍTULO VI

CONCESIÓN DE LOCALES Y PUESTOS

Artículo 16.- Todo comerciante que use u ocupe o desea ocupar un local o espacio dentro de

los mercados, deberá tener la correspondiente autorización de la Máxima Autoridad

Municipal, que identifique el local o puesto, la actividad a realizar y demás especificaciones

68

que deberán constar en el respectivo contrato de concesión, el mismo que determinará el

tiempo y demás requisitos.

Artículo 17.- Autorización para la ocupación de locales y puestos en Mercados.- La

autorización municipal, para ocupar un puesto o local en los mercados municipales, será

resuelta por el Comité de Concesión, previo el cumplimiento de los requisitos y más

solemnidades que para el efecto establece este Subtítulo.

Artículos 18. - El Comité de Concesiones estará integrado por:

1. El alcalde o alcaldesa o su delegado, quien presidirá el Comité;

2. El Coordinador/a de Desarrollo Humano, o quien haga sus veces en esta área;

3. El Director/a de Mercados y Comercio, quien actuará además en calidad de Secretario; y,

4. Un concejal designado por el Pleno del Concejo Municipal.

Artículo 19.- Facultades del Comité de Concesión.- Son facultades del Comité de

Concesión:

1. Cumplir y hacer cumplir el presente Subtítulo;

2. Resolver la concesión de los locales y puestos en los Mercados Municipales,

conforme al contrato existente;

3. Decidir sobre la terminación de concesiones y declarar vacantes los locales o

puestos, siempre y cuando haya incurrido en las prohibiciones establecidas en el

presente Subtítulo; y,

4. Revisar periódicamente la actualización del catastro de cada mercado.

Artículo 20.- Funciones del Secretario del Comité de Concesión.- El Secretario del Comité

de Concesión tendrá las siguientes funciones:

1. Receptar y analizar las solicitudes de los peticionarios, a fin de que cumplan con los

requisitos pertinentes;

2. Notificar el contrato de concesión de puestos y locales de los mercados;

3. Mantener actualizado el catastro de los concesionarios de los mercados;

69

4. Llevar las actas de las sesiones o reuniones del Comité y el archivo de toda la

documentación; y,

5. Presentar un informe motivado al Presidente del Comité de Concesión, quien

convocará al Comité para su análisis y resolución.

Artículo 21.- Las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, que desean hacer uso

de un local o un puesto situados dentro de los Mercados Municipales, deberán cumplir

y presentar los siguientes requisitos:

1. Solicitud dirigida al señor Alcalde o Alcaldesa del cantón, donde conste la actividad

comercial que realiza; y,

2. Copia de cédula.

Artículo 22.- El Presidente o su delegado del Comité de Concesiones, convocará a sus

miembros, para tratar los pedidos de concesiones o permisos para ocupar un local o puesto

en los Mercados Municipales, así como conocer y resolver los asuntos que conforme a sus

funciones le competen.

Las resoluciones del Comité serán de cumplimiento obligatorio de los concesionarios,

debiendo ser notificadas dentro del término de tres días por parte del secretario o Secretaria

del mismo.

Artículo 23.- Concesión. - En las concesiones para el uso y ocupación de locales o puestos

comerciales en los mercados, se determinarán responsabilidades y obligaciones y más

características del espacio físico a determinarse en el contrato de concesión, el mismo que

tendrá el carácter de intransferible.

Artículo24.- Deterioros o daños en la edificación- Para garantizar el buen uso de los locales

concesionados y precautelar los bienes municipales sobre posibles daños que se ocasionaren,

los concesionarios se responsabilizarán y se comprometerán a cubrir todos los costos que

demanden la reparación de daños causados.

Artículo 25- Fijación de Tarifas de Locales de Mercados - Para la fijación de las tarifas se

tomará en cuenta los diferentes servicios, todos los costos directos e indirectos que se

relacionen con el funcionamiento de cada mercado municipal y que se identifiquen como

tales en el estudio propuesto por la Dirección de Mercados y Comercio, y con informe de la

70

Dirección Financiera, mismo que será aprobado por el Concejo Municipal, una vez que las

Comisiones de trabajo Permanentes de Legislación y de Planificación y Presupuesto emitan

sus informes con sus respectivas conclusiones y recomendaciones.

Artículo 26.- La Dirección de Mercados y Comercio es la autoridad competente para

controlar y administrar los Mercados Municipales y, por lo tanto, velar por los usuarios de

los locales o puestos, cumplan con sus obligaciones y deberes, respeten las normativas

municipales y evitar el desorden dentro de cada mercado; razón por lo que, de encontrar que

existen indicios claros de que un comerciante ha incurrido en una falta o alguna violación a

las disposiciones establecidas en este Subtítulo, elaborará un informe debidamente

motivado para luego de respetarse el debido proceso y los derechos fundamentales,

de justificarse la falta, sea sancionado conforme a lo establecido en el presente Subtítulo y

las Leyes vigentes. Si la falta es de aquellas que merezcan dejar sin efecto la resolución de

concesión, o la clausura temporal y definitiva, se enviará todo el expediente al Comité de

Concesiones, para su análisis y resolución. Si la falta o violación de una normativa

municipal son de aquellas que merecen una Sanción disciplinaria o económica, el informe

motivado será enviado a la Unidad de Juzgamiento de Infracciones para que se inicie el

respectivo expediente administrativo sancionador, de acuerdo al procedimiento establecido

en el artículo 401 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y

Descentralización, se resuelva lo que en derecho corresponda.

Previo a enviar el informe debidamente motivado al Comité de Concesiones, el Director o

Directora de Mercados y Comercio invitará a la o al comerciante a su oficina para tratar el

hecho que se haya cometido, y de ser la falta disciplinaria o económica, solicitará a la o al

comerciante usuario de un local o puesto, de ser factible enmiende la misma, caso contrario

de no hacerlo o de que la misma merezca una sanción, procederá conforme a lo estipulado

en los incisos anteriores.

Artículo 27.- Se prohíbe de manera absoluta la presencia de vendedores ambulantes en el

interior de los mercados municipales, por lo que, el responsable de la Dirección de Mercados

y Comercio, en caso de encontrar a alguna persona ejerciendo dicha actividad, será retirada

de inmediato con los funcionarios de la Dirección de Seguridad Ciudadana.

DISPOSICIONES GENERALES

71

PRIMERA.-La Máxima Autoridad Municipal, mediante la expedición del Reglamento,

normará el uso y funcionamiento de los mercados municipales y ferias.

SEGUNDA. - El aseo y mantenimiento de las áreas comunes de los mercados, enunciadas

en este Subtítulo, será responsabilidad de la Dirección de Mercados y Comercio, quien

solicitará a la Dirección Administrativa Municipal la contratación del servicio y garantizará

su presencia en los mercados.

TERCERA. - Para el uso de los bienes comunes se entenderá como tal aquellos espacios

al interior de los mercados municipales, que el GAD Municipal de La Concordia ha destinado

para el uso público como: los pasillos, patios de comida, veredas e instalaciones, aceras y

gradas.

CUARTA.- Se garantizará la atención de grupos prioritarios con discapacidades diferentes

que tengan emprendimientos individuales o asociativos.

QUINTA. - En los Mercados Municipales de la ciudad de La Concordia y los centros

poblados de sus parroquias rurales, los concesionarios, sólo podrán tener un puesto o local

por núcleo familiar.

SEXTA. - En todo cuanto no se encuentre contemplado en este Subtítulo, se estará a lo

dispuesto en el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y

Descentralización y demás leyes conexas que sean aplicables y no se contrapongan.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

PRIMERA. – Las Ferias Libres o Ciudadanas funcionarán hasta que los Mercados

Municipales entren en funcionamiento, mientras tanto, éstas utilizarán espacios municipales

y no la vía pública.

SEGUNDA. -Se concederá el plazo de tres meses a partir de la vigencia del presente subtítulo

para que la Dirección de Mercados y Comercio presente el estudio con los costos directos e

indirectos relacionados al funcionamiento de los mercados y para la entrega del respectivo

Reglamento a este subtítulo.

72

TERCERA. - El Comité de Concesión incluirá entre sus miembros a un integrante de los

comerciantes de los mercados que será nombrado democráticamente de conformidad a la ley,

sin que su ausencia impida la constitución del Comité así como la toma de decisiones.

CUARTA. - A partir de la ocupación de los locales en los mercados, hasta que el Concejo

apruebe la propuesta de la Dirección de Mercados y Comercio, establecida en la Disposición

Transitoria Segunda, los comerciantes cancelarán los gastos administrativos de manera

equitativa y prorrateada para todos los ocupantes en el momento, según los valores reales de

consumo mes a mes.

QUINTA. - Circundante a los Mercados Municipales, defínase una franja de 200 metros en

la que se establezcan como incompatibles los siguientes usos de suelo: Comercial y Servicios

Barrio: carnicerías, fruterías, floristerías, distribuidores de flores, comidas rápidas y expendio

de productos perecibles; Comercial y Servicios Centralidad: frigoríficos con venta de

embutidos similares, distribuidora de flores, patios de comidas, centros de comercio popular,

ferias temporales y expendio de productos perecibles; y, Comercial y Servicios Ciudad:

bodegas comerciales de productos perecibles, expendio de productos perecibles.

Exceptúese a esta disposición todo comercio de expendio de productos que está dentro de la

franja de 200 metros, que esté funcionando dentro de locales con el permiso correspondiente

hasta la fecha de aprobación del presente subtítulo, mismos que se mantendrán.

ARTÍCULO 2.- Con la aprobación de la presente Ordenanza, quedan derogadas todas las

disposiciones que se opongan y que sean contrarias a la misma; así como todas las

resoluciones y disposiciones que sobre esta materia se hubieren aprobado anteriormente.

ARTÍCULO 3.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de su sanción sin perjuicio

de su publicación en el Registro Oficial, Gaceta Municipal y portal web institucional. Dado,

en la Sala de Sesiones del Salón Legislativo del Gobierno Autónomo Descentralizado

Municipal de La Concordia, a los… días del mes de… del…

73

3.3 Certificados de Viabilidad

74

3.4 Conclusiones Parciales del Capitulo

Una vez concluido el Trabajo de Investigación cuyo tema es: “Proyectó de Ordenanza que

regula el uso, funcionamiento y administración de los mercados municipales y de las ferias

libres en el cantón La Concordia, para garantizar el derecho al ambiente sano” luego del

análisis de los resultados se ha llegado a las siguientes conclusiones:

Que la Constitución de la República del Ecuador garantiza a las personas el derecho

a un ambiente sano que incluye una vida libre de contaminación y en armonía con la

naturaleza.

Que lo positivo del presente trabajo investigativo fue con la aprobación del Gad

Municipal del cantón La Concordia y de los comerciantes y compradores que se

encontraban en el mercado al momento de realizarles la encuesta referente al tema

propuesto, mostrando un gran interés en que se cree una normativa local que de

cumplimento obligatorio para que no se siga vulnerando el derecho a un ambiente

sano que incluye una vida libre de contaminación y en armonía con la naturaleza.

Que lo negativo de la presente investigación es el llegar a darnos cuenta sobre la

realidad que existe en el Cantón La Concordia al reflejar un porcentaje alto de

consumidores que necesitan que se cree una ordenanza que mejore la infraestructura,

organización y ubicación correcta dentro de los mercados y ferias libres.

Que lo benéfico del presente trabajo investigado es que, daría lugar que al

implementar esta ordenanza la ciudadanía pueda contar con una normativa local que

dé cumplimiento obligatorio, contando con un presupuesto fijo por parte de la

Alcaldía erradicar este problema de gran necesidad para los pobladores del cantón.

75

CONCLUSIONES GENERALES

De acuerdo a las conclusiones a las que se ha llegado en la investigación se

recomienda:

El no considerar la creación de una Ordenanza para el uso, funcionamiento y

administración de los mercados municipales y de las ferias libres en el cantón La

Concordia limita los beneficios que podrían adquirir este gobierno autónomo

descentralizado en cuanto al mayor nivel competitivo que adoptaría; así como, el

incremento por la mejora comercial.

La Ordenanza Municipal que vele el uso, funcionamiento y administración de los

mercados municipales y de las ferias libres en el cantón La Concordia sirve como un

instrumento jurídico útil y aplicable para justificar los reclamos de los Derechos al

ambiente sano y la Recreación de los habitantes de dicho Cantón, que se ven afectados

al no poder desempeñar sus actividades comerciales en lugares adecuados, y a los

usuarios ejerciendo una vigilancia en los productos que van a adquirir, estableciendo

su calidad y salubridad .

La falta de orden y control en el uso de los espacios de los mercados y ferias libres,

puede solucionarse con la respectiva intervención de las autoridades competentes del

cantón La Concordia, por lo tanto, surge la necesidad de crear una ordenanza

municipal, donde se regule a los mercados y ferias libres para un comercio de calidad.

Se debe considerar una campaña de socialización de esta Ordenanza, con el motivo

de explicar a los comerciantes de los mercados y ferias libres del cantón La

Concordia, los derechos constitucionales y las razones sociales, económicas y

culturales, por las cuales se fundamenta la pertinencia de dicha Ordenanza, pues un

pueblo conocedor de sus derechos y obligaciones, genera la convivencia pacífica que

tanto anhela.

Que se remita al GAD Municipal del cantón La Concordia el presente Proyecto de

ordenanza para su conocimiento, análisis y aprobación.

76

RECOMENDACIONES

Sugerir la creación de una Ordenanza para el uso, funcionamiento y administración

de los mercados municipales y de las ferias libres en el cantón La Concordia, como

un instrumento jurídico útil y aplicable para justificar los reclamos de los Derechos

al ambiente sano y la Recreación de los habitantes de dicho Cantón,

Que el Plan Nacional de Desarrollo del Buen Vivir, elaborado por la Secretaria

Técnica del Sistema Nacional Descentralizado Participativo SENPLADES, en su

objetivo 5, que se refiere a Impulsar la productividad y competitividad para el

crecimiento económico sostenible de manera redistributiva y solidaria, en su Pág. 80

dice: “La generación de trabajo y empleo es una preocupación permanente en los

diálogos. En ellos se propone la dinamización del mercado laboral a través de

tipologías de contratos para sectores que tienen una demanda y dinámica específica.

Asimismo, se proponen incentivos para la producción que van desde el crédito para

la generación de nuevos emprendimientos; el posicionamiento de sectores como el

gastronómico y el turístico –con un especial énfasis en la certificación de pequeños

actores comunitarios; hasta la promoción de mecanismos de comercialización a

escala nacional e internacional”.

Que las autoridades del cantón La Concordia, luego de haber conocido el proyecto de

ordenanza, realicen todas las gestiones dentro del ámbito de su competencia, para

ayudar a dar fin a la problemática relacionada con uso, funcionamiento y

administración de los mercados y ferias libres, que ocasiona un enorme perjuicio a

las normales actividades económicas, sociales y culturales de los comerciantes de

dicha jurisdicción cantonal.

Que el GAD Municipal del cantón la Concordia, utilice todos los medios necesarios

a fin de sociabilizar y obtener opiniones de las diferentes asociaciones de

comerciantes para así se realice un diseño adecuado de un futuro mercado municipal

con las mejores características de la región.

77

Que este estudio sea el punto de partida para el desarrollo de investigaciones respecto

a la creación de una Ordenanza para el uso, funcionamiento y administración de los

mercados municipales y de las ferias libres en el cantón La Concordia, para garantizar

de esta manera con los lineamientos establecidos en la Constitución de tener un

ambiente sano.

BIBLIOGRAFÍA

Bibliografía documental

Constitución de la República del Ecuador, corporación estudios y publicaciones,

Quito, 2008

Código Orgánico de Organización territorial, autonomía y descentralización,

corporación estudios y publicaciones, Quito, 2010

Ley de Gestión Ambiental, Registro oficial suplemento 418 de 10 de Septiembre del

2004

Libardo Rodríguez Rodríguez; La explicación histórica del Derecho Administrativo.

Derecho Municipal, derecho, competencia

Enrique Arroyo, Derecho municipal ecuatoriano, Quito, Impreso en Talleres

Gráficos “Miververva”.

Porras Arboledas, Pedro A. Las Ordenanzas Municipales: sus orígenes contenidos y

posibilidades de investigación Univ. Complutense de Madrid 2009

El proceso de Descentralización en Ecuador, Augusto Barrera, FLACSO, Diciembre

2015

Diccionario Jurídico Elemental, Guillermo Cabanellas, Editorial Heleaste S.R.L

Rafael Martínez Morales, Diccionario Jurídico General

Héctor Luis Ávila Baray, Introducción a la Metodología de la investigación

Manual de Investigación educacional, Gastón Pérez

Bibliografía digital

https://www.monografias.com/docs/Origen-y-evolucion-del-derecho-municipal-

F3CT2SZYBY

https://create.piktochart.com/output/15415864-origen-y-evolucion-del-derecho-

administrativo

https://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_administrativo

http://www.monografias.com/trabajos13/mercado/mercado.shtml

http://fido.palermo.edu/servicios_dyc/blog/docentes/trabajos/8820_23148.pdf

https://jorgemachicado.blogspot.com/2011/12/dmcd.html

http://www.santodomingo.gob.ec/docs/transparencia/2016/septiembre/Anexos/a3/C

ODIGO%20MUNICIPAL%20DE%20SD-a%20Sept.2016.pdf

http://www.planificacion.gob.ec/wp-

content/uploads/downloads/2012/07/Plan_Nacional_para_el_Buen_Vivir.pdf

https://vlex.ec/vid/canton-concordia-regula-uso-573835042

ANEXO 1: CARTA DE APROBACION DEL PERFIL DE PROYECTO DE

INVESTIGACION

ANEXO 2: Perfil de Proyecto de Investigación

Antecedentes de la Investigación

Después de una exhaustiva búsqueda en las diferentes bibliotecas de la ciudad de Santo

Domingo, el CEDIC de la Universidad Regional Autónoma de los Andes “UNIANDES”, y

en el internet, para determinar si existen trabajos investigativos sobre el tema: “PROYECTO

DE ORDENANZA QUE REGULA EL USO, FUNCIONAMIENTO Y

ADMINISTRACION DE LOS MERCADOS MUNICIPALES Y DE LAS FERIAS

LIBRES EN EL CANTÓN LA CONCORDIA, PARA GARANTIZAR EL DERECHO

AL AMBIENTE SANO”; se puede apreciar que no existen trabajos relacionados

directamente con el tema, razón por la cual el desarrollo del presente tema es viable,

oportuno, de mi autoría y efectivo.

Situación Problemática

La falta de un control y de una ordenanza municipal que permita el desarrollo del comercio,

denota la falta de una debida adecuación a lo que manifiesta el Art. 134 en su literal c), del

Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización donde es

prioridad fomentar la seguridad alimentaria, y que cuyo ejercicio corresponde a los gobiernos

autónomos descentralizados regionales por lo que se debe buscar que el GAD Municipal de

la Concordia planifique y construya las infraestructuras más adecuadas para las mismas.

Todos estos antecedentes llevan a una inadecuada conservación, intercambio, acceso,

comercialización, control y consumo de alimentos, preferentemente provenientes de la

pequeña, la micro, y la mediana producción campesina, y de la pesca artesanal, sin respetar

ni proteger la agrobiodiversidad, los conocimientos y formas de producción tradicionales y

ancestrales; complementariamente, la planificación y construcción de las redes de mercados

y centros de transferencia de las jurisdicciones que son competencias de los Gad Municipales.

ANEXO 3: Preguntas de encuestas

ANEXO 4: Preguntas de entrevista

ANEXO 5: Fotografías

Fuente: Mercado Municipal del cantón La Concordia

Elaborado: Mildred Matilde Moreira Cevallos

Fuente: Mercado Municipal del cantón La Concordia

Elaborado: Mildred Matilde Moreira Cevallos

Fuente: Mercado Municipal del cantón La Concordia

Elaborado: Mildred Matilde Moreira Cevallos

Fuente: Mercado Municipal del cantón La Concordia

Elaborado: Mildred Matilde Moreira Cevallos

Fuente: Mercado Municipal del cantón La Concordia

Elaborado: Mildred Matilde Moreira Cevallos

Fuente: Gad Municipal del cantón La Concordia

Elaborado: Mildred Matilde Moreira Cevallos

Fuente:Gad Municipal del cantón La Concordia

Elaborado: Mildred Matilde Moreira Cevallos

Fuente: Comisaria Municipal del cantón La Concordia

Elaborado: Mildred Matilde Moreira Cevallos