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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES “UNIANDES” FACULTAD DE EDUCACIÓN Y COMUNICACIÓN PROGRAMA DE MAESTRÍA EN DOCENCIA UNIVERSITARIA MENCIÓN CIENCIAS JURÍDICAS PROYECTO DE INVESTIGACIÓN PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL GRADO ACADÉMICO MAGISTER EN DOCENCIA UNIVERSITARIA MENCIÓN CIENCIAS JURÍDICAS TEMA: CENTRO DE MEDIACIÓN DE LA UNIVERSIDAD UNIANDES, EXTENSIÓN SANTO DOMINGO, PARA FACILITAR EL EJERCICIO DE LAS PRÁCTICAS PRE- PROFESIONALES DE LOS ESTUDIANTES DE LA CARRERA DE DERECHO. AUTORA: ABG. RUILOVA TORRES LETI MARIUXI ASESOR: DR. C. CASTRO SÁNCHEZ FERNANDO DE JESÚS, PhD AMBATO ECUADOR 2018

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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES

“UNIANDES”

FACULTAD DE EDUCACIÓN Y COMUNICACIÓN

PROGRAMA DE MAESTRÍA EN DOCENCIA UNIVERSITARIA MENCIÓN

CIENCIAS JURÍDICAS

PROYECTO DE INVESTIGACIÓN PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL GRADO

ACADÉMICO MAGISTER EN DOCENCIA UNIVERSITARIA MENCIÓN CIENCIAS

JURÍDICAS

TEMA:

CENTRO DE MEDIACIÓN DE LA UNIVERSIDAD UNIANDES, EXTENSIÓN

SANTO DOMINGO, PARA FACILITAR EL EJERCICIO DE LAS PRÁCTICAS PRE-

PROFESIONALES DE LOS ESTUDIANTES DE LA CARRERA DE DERECHO.

AUTORA: ABG. RUILOVA TORRES LETI MARIUXI

ASESOR: DR. C. CASTRO SÁNCHEZ FERNANDO DE JESÚS, PhD

AMBATO – ECUADOR

2018

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APROBACIÓN DEL ASESOR DEL TRABAJO DE TITULACIÓN.

CERTIFICACIÓN:

Quien suscribe, legalmente CERTIFICA QUE: El presente Trabajo de investigación

realizado por la, Abg. RUILOVA TORRES LETI MARIUXI, Maestrante del Programa

de Maestría en Docencia Universitaria Mención Ciencias Jurídicas, Facultad de

Educación y Comunicación, con el tema: “CENTRO DE MEDIACIÓN DE LA

UNIVERSIDAD UNIANDES, EXTENSIÓN SANTO DOMINGO, PARA FACILITAR EL

EJERCICIO DE LAS PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES DE LOS ESTUDIANTES

DE LA CARRERA DE DERECHO”, ha sido prolijamente revisado y cumple con todos

los requisitos establecidos en la normativa pertinente de la Universidad Regional

Autónoma de los Andes –UNIANDES - por lo que se le aprueba su presentación.

Ambato, enero del 2018

………………………………….

DR. C. CASTRO SÁNCHEZ FERNANDO DE JESÚS, PHD

ASESOR

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DECLARACIÓN DE AUTENTICIDAD

Yo, Abg. RUILOVA TORRES LETI MARIUXI, Maestrante del Programa de Maestría

en Docencia Universitaria Mención Ciencias Jurídicas, Facultad de Educación y

Comunicación, declaro que todos los resultados obtenidos en el presente trabajo de

investigación, previo a la obtención del grado académico de MAGISTER EN

DOCENCIA UNIVERSITARIA MENCIÓN CIENCIAS JURÍDICAS, son absolutamente

originales, auténticos y personales; a excepción de las citas, por lo que son de mi

exclusiva responsabilidad.

Ambato, enero del 2018

…………………………………….

Abg. RUILOVA TORRES LETI MARIUXI

C.C.0703400069

AUTORA

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DERECHOS DE AUTOR

Yo, Abg. RUILOVA TORRES LETI MARIUXI, declaro que conozco y acepto la

disposición constante en el literal d) del art.85 del Estatuto de la Universidad Regional

Autónoma de los Andes, que en su parte pertinente textualmente dice: El Patrimonio

de la UNIANDES, está constituido por: La propiedad intelectual sobre las

investigaciones, trabajos científicos o técnicos, proyectos profesionales y consultoría

que se realicen en la Universidad o por cuenta de ella;

Ambato, enero del 2018

…………………………………….

Abg. RUILOVA TORRES LETI MARIUXI

C.C.0703400069

AUTORA

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DEDICATORIA

“El hombre se supera a si mismo infinitamente, porque siempre está en camino hacia

la plenitud infinita” Blaise Pascal

Dedicado al ser principal “DIOS” por existir en mi vida y en mi corazón, a mi madre y

mis dos retoños, por su apoyo incondicional y afectivo.

Abg. RUILOVA TORRES LETI MARIUXI

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AGRADECIMIENTO

“Si quieres vivir una vida feliz, átala a una meta, no a una persona o un objeto”

A. Einstein

Mi agradecimiento a la Universidad UNIANDES, por permitir seguir avanzando en mi

preparación académica, y tener buenos tutores el Dr. Fernando Castro, por su

dedicación y guía.

Abg. RUILOVA TORRES LETI MARIUXI

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ÍNDICE

APROBACIÓN DEL ASESOR DEL TRABAJO DE TITULACIÓN

DECLARACIÓN DE AUTENTICIDAD

DERECHOS DE AUTOR

DEDICATORIA

AGRADECIMIENTO

INDICE

RESUMEN

ABSTRACT

INTRODUCCIÓN ............................................................................................... 1

ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN……………………………………...…2

SITUACIÓN PROBLEMÁTICA…………………………………………………….….4

CAPÍTULO I……………………………………………………….…………….…… 8

1. LA MEDIACIÓN, NEGOCIACIÓN Y ARBITRAJE………………………………9

1.1.La mediación……………………………………………………………….…….9

1.1.1. Conceptos básicos de la mediación………………………………….….....9

1.1.2. ¿Para que sirve la Mediación?...............................................................12

1.1.3. Principios procesales aplicables a la mediación…………………………..13

1.1.4. Ventajas de la mediación…………………………………………………..15

1.1.5. Campos de aplicación de la mediación……………………………..……18

1.1.6. La negociación en la mediación y el arbitraje……………………….… .19

1.1.7. Métodos de negociación en la mediación y arbitraje……………….…...21

1.1.8. Validez de la mediación……………………………………………............22

1.1.9. Objetivo de la mediación……………………………………………….…..22

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1.1.10. Aspectos de la mediación………………………………………….……23

1.2. Las prácticas pre profesionales y su lugar en el currículo…………….…24

1.2.1. El diseño curricular……………………………………………………….…24

1.2.2. Evolución histórica del diseño curricular………………………………..24

1.2.3. Definiciones del curriculo……………………………………………….….25

1.2.4. La formación curricular y el curriculo universitario ………………………29

1.2.5. Concepto de prácticas pre profesionales…………………………………29

1.3. LAS PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES EN LA FORMACIÓN DEL

PROFESIONAL DEL DERECHO. DEFINICIONES EN UNIANDES………….32

CAPÍTULO II………………………………………………………………………….35

Marco Metodológico ……………………………………………………................35

2.1. Descripción del procedimiento metodológico…………………………..…35

2.1.1 Modalidad o enfoque de la investigación ……………………………….…35

2.1.2. Tipo de investigación por su diseño.......................................................35

2.1.3. Tipo de investigación por sus alcances……………………………….…..35

2.1.4. Métodos, técnicas e instrumentos de investigación……………………..36

2.1.5. Relación población - muestra……………………………………………..37

2.2. CARACTERÍZACIÓN DE LA INSTITUCIÓN OBJETIVO DE

INVESTIGACIÓN………………………………………………………………….…..38

2.2.1. Universidad Regional Autónoma de los Andes. Extensión Santo

Domingo…………………………………………………………………………………..38

2.2.1.1. Extensión UNIANDES Santo Domingo……………………………….….39

2.2.2. Misión de la carrera de Derecho………………………………………………..39

2.2.3. Visión de la carrera de Derecho………………………………………………...39

2.2.4. Objetivo general declarado para la carrera de Derecho………………..…….40

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2.2.5. Perfil profesional declarado para la carrera de Derecho………………..……40

2.3. ANALISIS E INTERPRETACIÓN DE LOS RESULTADOS DEL DIAGNOSTICO

REALIZADO…………………………………………………………………………..….41

2.3.1. Análisis e interpretación de los resultados de la encuesta aplicada a

estudiantes……………………………………………………………………………..…41

2.3.2. Análisis e interpretación de los resultados realizados a los docentes de la

carrera de Derecho en la Extensión UNIANDES Santo Domingo……………...…..47

CAPÍTULO III……………………………………………………………………….…50

Marco propositivo………………………………………………………………….….50

3.1. Fundamentación de la propuesta del Centro de Mediación………………50

3.2. Objetivos generales de la propuesta ……….............................................55

3.3 Objetivo específico de la propuesta…………………………………..………55

3.4. ASPECTOS DE ANÁLISIS PARA LA CONSTITUCIÓN DEL CENTRO DE

MEDIACIÓN UNIANDES, EXTENSIÓN SANTO DOMINGO…..........................55

3.4.1. Ubicación geográfica………………………………………………………….…55

3.4.2. Límites…………………………………………………………………………….56

3.4.3. Demografía……………………………………………………………………….56

3.4.4. Datos importantes…………………………………………………………….….58

3.4.5. Grupo objetivo…………………………………………………………………….59

3.4.6. Mapa de conflictividad……………………………………………………….…..59

3.4.7. Materias de Mediación……………………………………………………….….61

3.4.8. Objetivos estratégicos…………………………………………………………...62

3.4.8.1. Objetivo general…………………………………………………………….….62

3.4.8.2. Objetivos específicos……………………………………………………….…62

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3.4.8.3. Para la consecución del primer objetivo del plan estratégico contempla los

siguientes líneas de actuación: (corto y mediano plazo)……………………..…….62

3.4.8.4. Para el cumplimiento del segundo objetivo se incorporará sistemas de

evaluación de la actividad dirigidos a tres objetivos (corto, mediano y largo

plazo)……………………………………………………………………………………..63

3.4.8.5. Para el cumplimiento del tercer objetivo específico se ejecutará las

siguientes acciones: (mediano y largo plazo)………………………………………..64

3.4.8.6. Para el cumplimiento de cuarto objetivo específico se prevén las siguientes

actuaciones………………………………………………………………………………64

3.5. Estructura del Centro de Mediación………………………………………….…..65

3.6. Representación gráfica del Centro de Mediación……………………………....67

3.7. Aportes del Centro de Mediación a la formación profesional de los estudiantes

de Derecho de UNIANDES Extensión Santo Domingo a través de sus prácticas pre

profesionales………………………………………………………………………….….67

CONCLUSIONES ............................................................................................. 69

RECOMENDACIONES. ................................................................................... 70

BIBLIOGRAFÍA

ANEXOS

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RESUMEN

Este trabajo de tesis aborda la problemática de la necesidad de diseñar un centro de

mediación en la Universidad UNIANDES, Extensión Santo Domingo, con el fin de que

los estudiantes de la carrera de Derecho realicen sus prácticas pre profesionales, con

este proyecto la Universidad UNIANDES brindará un servicio a la sociedad en general

y a su vez proporcionará a los estudiantes cuasi abogados un medio para la

realización de sus prácticas aplicando sus conocimientos teóricos. Un centro de

mediación en UNIANDES, Extensión Santo Domingo, aporta a nuestra sociedad que

lo necesita, ya que diariamente está investida de conflictos, problemas sociales que

en muchas ocasiones no son resueltos a la brevedad que se requiere, por esta razón

nuestra Constitución en su Artículo 190 reconoce el arbitraje, la mediación y otros

procedimientos alternativos para la solución de conflictos, en materias en las que por

su naturaleza se pueda transigir. El centro de mediación tendrá como alternativa de

solución a los conflictos en materia civil y penal, que abarcan muchas otras ramas

como inquilinato, niñez y adolescencia, laboral, tránsito, las mismas que pueden ser

resueltas en un corto tiempo y este ejercicio significará un momento fundamental en

la formación de los estudiantes por cuanto a través de esas prácticas pre profesionales

profundizarán sus conocimientos de especialización.

En cuanto a la metodología, se utilizará la modalidad paradigmática cuali- cuantitativa,

con rasgos de la investigación-acción, en la que se establecerán soluciones para

resolver el problema planteado. Entre los métodos utilizados destaca el enfoque en

sistema, primeramente por su empleo a lo largo de toda la investigación con la

integración en sus tres momentos: análisis teórico, diagnóstico y propuesta. Y como

segundo momento, en la propia propuesta por ser una integración de dimensiones y

relaciones.

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ABSTRACT

This thesis work addresses the problem of the need to design a mediation center at

the University Uniandes, Santo Domingo Extension, in order that students of the law

career perform their pre-professional practices, with this project Uniandes University

will provide a service to society in general and in turn will provide students with quasi-

lawyers a means to carry out their practices by applying their theoretical knowledge. A

mediation center in Uniandes, Santo Domingo Extension, contributes to our society

that needs it, since it is invested daily with conflicts, social problems that many times

are not solved as soon as required, for this reason our Constitution in Article 190

recognizes arbitration, mediation and other alternative procedures for the resolution of

conflicts, in matters in which by their nature they can be compromised. The mediation

center will have an alternative solution to conflicts in civil and criminal matters, which

include many other branches such as tenancy, childhood and adolescence, work,

transit, which can be resolved in a short time and this exercise will mean a moment

fundamental in the training of students, as these pre-professional practices will deepen

their knowledge of specialization.

Regarding the methodology, the paradigmatic qualitative-quantitative modality will be

used, with features of action research, in which solutions will be established to solve

the problem posed. Among the methods used, the focus on the system stands out,

firstly for its use throughout the entire investigation with integration in its three

moments: theoretical analysis, diagnosis and proposal. And as a second moment, in

the proposal itself to be an integration of dimensions and relationships.

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INTRODUCCIÓN

Este proyecto de investigación se encauza en investigar la necesidad de implementar

un centro de mediación y arbitraje en la Universidad UNIANDES Extensión Santo

Domingo, para que los estudiantes de la carrera de Derecho realicen sus prácticas

pre profesionales y de esta manera se les facilite sus pasantías, brindando a la

ciudadanía en general un servicio imprescindible que sirve para solucionar los

conflictos judiciales que agobian a la sociedad que muchas de las veces se ve

obligada a litigar ante autoridades competentes, que en muchos casos son retardados

su juicio final.

Con este proyecto, los estudiantes de la carrera de derecho contribuirían con nuevos

conocimientos adquiridos a través del aprendizaje de la enseñanza impartida por los

docentes de la Universidad UNIANDES, ya que los estudiantes instruidos capaces de

identificar y de resolver los problemas en las diferentes ramas del Derecho constituyen

la mediación en una imperiosa necesidad de aplicación con la finalidad de que a través

del conocimiento y la utilización de los mismos los agremiados y agremiadas de esta

organización se empoderen de esta justicia alternativa.

ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN

La mediación es una forma de implementación de justicia en el Ecuador, la

Universidad facilitaría al estudiante de la carrera de Derecho hacer sus prácticas pre-

profesionales, con el objeto de que el estudiante cuente con el apoyo de la universidad

y aplique sus conocimientos para que a futuro se encuentre netamente preparado para

ejercer su profesión.

El campo de la mediación abarca la orientación que se provee a los involucrados para

encontrar soluciones de posibles hechos, para lo cual levantamos información

cercana, detallada, de eventos hechos, personas, situaciones, comportamientos,

interacciones, adicionándole experiencias, pensamientos, mitos, actitudes, creencias

de los participantes. El análisis y entendimiento de los problemas sociales son básicos

y necesarios para determinar las causalidades de los problemas que se presentan en

el relacionamiento entre las partes que conforman el conflicto, visto no solamente

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2

como el espacio de aplicación de un mecanismo de resolución de conflictos, sino

también como el generador de acciones preventivas que convoquen a incorporar una

cultura de convivencia en las comunidades, construyendo territorios de paz

(Baytelman, A., y Duce, 2014).

En nuestro contexto social desde décadas anteriores y en la actualidad se muestra la

existencia de una seria de problemas sociales o conflictos sociales que en su mayoría

están siendo ventiladas ante los jueces; muchos de estos conflictos llamados

procesos judiciales no son resueltos en el tiempo previsto por la ley, están estancados

por diversas razones y los conflictos continúan en una larga espera de ser resueltos

(Registro Oficial 417, 2015).

En otros casos de conflictos sociales tenemos los que a diario se presentan en nuestra

sociedad y que podrían ser solucionados en cuestión de acuerdos estableciendo un

diálogo para luego tipificarlo legítimamente en un acuerdo, que permite dar solución

satisfactoria a las partes, esta solución es la mediación. Estos acuerdos pueden ser

voluntarios, y son establecidos como acuerdos conciliatorios, por muto acuerdo o

dependiendo del conflicto (Villoro, 2009).

La mediación, integrante pleno del conjunto de métodos denominados «de resolución

alternativa de conflictos» y –como profesión de fe- «de resolución apropiada de

conflictos», junto con la negociación, la facilitación y la conciliación, ha experimentado

un marcado crecimiento en los países tributarios del sistema jurídico continental

romanista en los últimos veinte años. A ésta segmentación del universo mediación, se

le llama igualmente «modelo latino de mediación», para diferenciarlo del modelo de

mediación de raíz anglosajona, el cual reconoce como baluarte principal, científico y

técnico, a los Estados Unidos de América (Witker, 2009).

Con estos breves antecedentes expuestos, y del análisis que requiere la realización

de un proyecto de tesis, se propone la constitución de un Centro de Mediación de la

Universidad “UNIANDES” en Santo Domingo, siendo que la Universidad UNIANDES

por ser el ente pedagógico sirva para que los estudiantes hagan las prácticas pre

profesionales con la cual no se deben a otras entidades al realizar sus pasantías.

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Situación problémica

El transmitir, desarrollar y fomentar el uso de mecanismos alternativos de solución de

conflictos mediante actividades de extensión e investigación en el campo del Derecho,

es posible impartir las herramientas conceptuales y prácticas básicas relacionadas

con el manejo alternativo de conflictos, que faciliten el ejercicio democrático y

ciudadano, como el que deben realizar como parte de la formación profesional los

estudiantes de UNIANDES

En lo que hace a la mediación judicial o prejudicial específicamente considerada como

aquella que es requerida como paso procesal antecedente o posterior a la

interposición de un reclamo judicial (antes de la traba de la litis), ella resulta

incorporada formalmente en los programas de los Poderes Judiciales, sea porque

directamente se regentea el servicio o porque se lo supervisa mediante funcionarios

que son designados por el Poder Judicial aun cuando los mediadores que prestan el

servicio no sean personal dependiente del mismo, por su incorporación a la plantilla o

por contratos de servicios.

Todo lo anterior conduce a reafirmar la idea de la necesidad de que para sus prácticas

pre-profesionales, los estudiantes cuenten con un medio para el ejercicio de la

mediación como importante componente de su formación en el campo del Derecho.

No obstante, para el caso de la Extensión UNIANDES Santo Domingo no se cuenta

hasta el presente con este tipo de organización institucional.

Problema científico

¿Cómo contribuir a mejorar el componente de la mediación en las prácticas pre-

profesionales de los estudiantes de Derecho de la Extensión UNIANDES Santo

Domingo?

Delimitación del problema.

Objeto de investigación: Prácticas pre-profesionales en Instituciones de Educación

Superior

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Campo de acción: Desarrollo de la mediación como alternativa de solución de

conflictos en las prácticas pre-profesionales de la carrera de Derecho en la Extensión

UNIANDES Santo Domingo.

Identificación de la línea de investigación.

Factores y condicionantes de los procesos de aprendizaje.

Objetivo general

Diseñar un Centro de Mediación de Conflictos para el desarrollo de la formación de

competencias sobre mediación en las prácticas pre-profesionales de los estudiantes

de la carrera de Derecho de la Extensión UNIANDES Santo Domingo.

Preguntas científicas y tareas de investigación

En correspondencia con la metodología de investigación educativa, y para dar

respuesta al objetivo general, se formularon las siguientes preguntas científicas y

tareas de investigación:

Preguntas científicas

1. ¿Qué presupuestos teóricos y metodológicos fundamentan la investigación en

relación con la esencia y vías de desarrollo del ejercicio de la mediación en las

prácticas pre-profesionales del estudiante de Derecho?

2. ¿Cuál es el estado actual de los conocimientos y habilidades para el ejercicio de la

mediación que desarrollan los estudiantes de Derecho de la Extensión UNIANDES

Santo Domingo en sus prácticas pre-profesionales?

3. ¿Cuáles son las dimensiones y relaciones que debe tener un Centro de Medicación

de Conflictos dirigido a mejorar el componente de la mediación en las prácticas pre-

profesionales de los estudiantes de Derecho de la Extensión UNIANDES Santo

Domingo?

Tareas de investigación

1. Sistematización de los presupuestos teóricos y metodológicos que fundamentan

una investigación sobre la esencia y vías de desarrollo del ejercicio de la mediación

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en las prácticas pre-profesionales del estudiante de Derecho formación de valores

en los estudiantes universitarios.

2. Diagnóstico del estado de los conocimientos y habilidades para el ejercicio de la

mediación que desarrollan los estudiantes de Derecho de la Extensión UNIANDES

Santo Domingo en sus prácticas pre-profesionales.

3. Definición de las dimensiones y relaciones que debe tener un Centro de Medicación

de Conflictos dirigido a mejorar el componente de la mediación en las prácticas pre-

profesionales de los estudiantes de Derecho de la Extensión UNIANDES Santo

Domingo

Metodología a emplear

Modalidad o enfoque.

En la presente investigación se utilizará la modalidad paradigmática cuali- cuantitativa,

con rasgos de la investigación-acción, en la que se establecerán soluciones para

resolver el problema planteado.

Descripción de la estructura del proyecto de investigación.

La tesis se estructura de la siguiente forma: Introducción, el desarrollo de dos

capítulos, conclusiones, recomendaciones, bibliografía y anexos.

La introducción será un relato breve de las razones teóricas y prácticas que sirvieron

de motivación para el desarrollo de la investigación; así también se hará una reseña

de la metodología utilizada y una síntesis del contenido de cada capítulo que

contendrá el trabajo de investigación.

El Capítulo I: Abordará la fundamentación teórica y metodológica del tema de la

mediación de conflictos como competencia básica del proceso de formación

profesional, mediante las prácticas pre-profesionales, de los estudiantes de Derecho.

Esta sistematización se realiza con el análisis crítico de posiciones teóricas

encontradas en la bibliografía.

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En el Capítulo II: Se realiza el diagnóstico situacional en base a la aplicación de varios

métodos y técnicas del nivel empírico del conocimiento. Se presenta un resumen de

los resultados y tendencias de comportamiento del objeto de estudio y se define la

necesidad de un Centro de Medición de Conflictos para perfeccionar el proceso de

prácticas pre-profesionales en la carrera de Derecho de la Extensión UNIANDES

Santo Domingo.

En el Capítulo III: Se presenta la propuesta de solución con su respectivo

fundamento, además de las constataciones iniciales y finales de la investigación.

Finalmente se realiza un proceso de validación del resultado en base al criterio de

expertos, seleccionados de acuerdo a parámetros de calidad y pertinencia de la

formación y ejercicio profesional de los mismos.

En las conclusiones y recomendaciones, se manifestará lo más destacado que se

encontró durante el desarrollo del proyecto de investigación. Aquí se mostrará las

aportaciones a la solución del problema inicialmente revelado y se emitirán

recomendaciones para su cumplimiento por parte del contexto institucional

investigador, esto es, la carrera de Derecho de la Extensión UNIANDES Santo

Domingo.

Aporte teórico, significación práctica y novedad.

Aporte teórico

Esta tesis intenta abrir una alternativa en la teoría y la práctica de la mediación, como

una alternativa de solución a los problemas en un término más corto que normalmente

se realiza ante los tribunales de justicia. Sin embargo, a través de los antecedentes

teóricos ofrecidos en este proyecto de investigación, se determinan las condiciones

de una mediación que puede incidir activamente en la transformación de la realidad

actual de las prácticas pre-profesionales que realizan los estudiantes de Derecho de

la Extensión UNIANDES Santo Domingo.

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Significación práctica

El proyecto de investigación para la tesis de maestría, contribuye positivamente al

proceso de enseñanza aprendizaje en las prácticas pre profesionales de los

estudiantes de Derecho de la Universidad Regional Autónoma de Los Andes,

Extensión Santo Domingo,

Novedad

Resulta totalmente novedosa la propuesta de creación de un Centro de Mediación de

Conflictos para guiar la formación de este tipo de competencias en la formación del

estudiante de Derecho de la Universidad Regional Autónoma de Los Andes, Extensión

Santo Domingo. El resultado principal de la investigación,

brindará un aporte de servicio a la sociedad, ya que las instituciones públicas no

alcanzan a ofrecer un servicio rápido y eficaz en razón de que existen una gran

extensión de procesos aún sin resolver, la mediación es un trámite extrajudicial que

de acuerdo a la nueva ley que rige en el campo civil se encuentra como la alternativa

de solución con el objetivo de alterar la cultura prevalente de resolución de conflictos

y reducir el colapso de los tribunales, facilitando el acceso a una justicia rápida.

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CAPÍTULO I

MARCO TEÓRICO

1. LA MEDIACIÓN, NEGOCIACIÓN Y ARBITRAJE

1.1. La mediación.

La mediación es un proceso de solución positiva de conflictos, voluntario y

confidencial, donde un tercero, el mediador, de forma neutral e imparcial, ayuda a las

personas implicadas a comunicarse de forma adecuada y constructiva con el fin de

alcanzar acuerdos satisfactorios y aceptados por todos los participantes.

La Constitución de la República del Ecuador, determina en su Artículo 190 “Se

reconoce el arbitraje, la mediación y otros procedimientos alternativos para la solución

de conflictos. Estos procedimientos se aplicarán con sujeción a la ley, en materias en

las que por su naturaleza se pueda transigir” (Decreto Ejecutivo 0, Registro Oficial 449

- 2015).

El Artículo 43 de la Ley Arbitraje y mediación, determina: “La mediación es un

procedimiento de solución de conflictos por el cual las partes, asistidas por un tercero

neutral llamado mediador, procuran un acuerdo voluntario, que verse sobre materia

transigible, de carácter extrajudicial y definitivo, que ponga fin al conflicto”. (Registro

Oficial 417 – 2015)

A diferencia de un Juez, o un árbitro cuyas decisiones obligan a las partes, e implican

que una parte gana y la otra pierde, la mediación busca obtener una solución válida

para ambas partes donde las voluntades de ambas son claras produciéndose

prácticamente una especie de negociación asistida, que en mediación es el acuerdo.

La Mediación es una forma flexible de resolución de conflictos, que permite a las

partes en disputa una solución previa a lo que hubiera constituido un litigio. La

Mediación ofrece a las partes una oportunidad de ganar una mayor comprensión de

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su conflicto, y limitar el coste (tanto en tiempo como en dinero) que implica un

procedimiento legal completo.

En la Mediación no hay vencedores ni desventajas. Son dos ganadores, por ello

existen mayores garantías de que el acuerdo obtenido se cumpla y sea duradero en

el tiempo previsto. Incluso aunque en ocasiones las partes no logren alcanzar un

acuerdo, la relación entre ellas puede salir reforzada pues han conseguido volver a

comunicarse.

Pero hemos de ser conscientes de que no todos los conflictos se pueden llevar a

Mediación. Para eso están los mediadores que ayudan a las partes a determinar si el

conflicto que tiene se puede resolver a través de este mecanismo o se debe utilizar la

justicia, el arbitraje o la conciliación.

1.1.1. Conceptos básicos de la mediación.

La mediación es el proceso de comunicación entre partes en conflicto con la ayuda de

un facilitador (mediador), que procurará que las personas implicadas en una disputa

puedan llegar, por ellas mismas, a establecer un acuerdo que permita recomponer la

buena relación y dar por acabado, o al menos mitigad, el conflicto (Vinyamata, 2003).

Según el diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, mediación significa

“acción y efecto de mediar”, mediar (que viene del latín mediare) significa interponerse

entre dos o más que riñen o pelean procurando reconciliarlos y unirlos en amistad.

La mediación se configura como intervención para resolver conflictos, facilitando el

entendimiento y la toma de decisiones entre las partes implicadas. En la medida que

mantiene características diferenciales específicas respecto de otros métodos de

resolución, se ha desarrollado desde distintos campos orientaciones de pensamientos

(una filosofía de la resolución de conflictos) y técnicas que han configurado diversos

modelos concretos de mediación (Vera Martínez, 2010).

La mediación es un proceso confidencial, voluntario y estructurado de gestión y

resolución de los conflictos que sirve para que dos partes, del ámbito familiar o laboral,

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que estén inmersas en algún conflicto entre sí, consigan solucionarlo de una forma

satisfactoria, aceptando la ayuda de una persona mediadora profesional, experta y

debidamente formada, que tiene como característica principal es la de ser imparcial y

no imponer acuerdos, pero dirigiendo las partes a la consecución de los mismos y al

logro de su cumplimiento, siendo éstos equilibrados y equitativos (Guillen, 2008).

El mediador cumple un papel importante en una mediación, este tercer sujeto llamado

mediador, debe manejar los espacios, tener una actitud neutral, con actitud paciente

que escucha los relatos de cada una de las partes y realiza el parafraseo en relación

al tema en cuestión, el parafraseo es comentar, explicar, ilustrar, esto es sin dar criterio

a las partes y se centra en hacer reflexionar a las partes poniéndola al uno en los

zapatos del otro, para que así sus reflexiones sean enfocadas en que cada uno analice

sus intereses y los del otro manteniendo una equidad en la solución, siendo este el

objetivo.

Otras conceptualizaciones insisten en otros importantes aspectos.

Por ejemplo, para Kafzyk (2006), se entiende por mediación al procedimiento

voluntario de naturaleza auto-compositiva, por la cual dos o más personas, llamadas

mediados, involucradas en un conflicto buscan una solución amigable y aceptable, a

través de la asistencia de un tercero llamado mediador, quien ajustándose a los

principios rectores de este método, establecidos en las reglas de operación, les

auxiliará en la construcción de la solución a su disputa.

Por su parte, Picker (2001), señala que la mediación es un proceso que emplea a un

tercero neutral “el mediador” para facilitar las negociaciones entre las partes de un

conflictos con el fin de llegar a una solución mutuamente aceptable

Y en el caso de Caram (2000), queda indicado que la mediación es un sistema

alternativo, no excluyente, de resolución de conflictos, donde las partes asistidas por

un tercero neutral, son acompañadas en el proceso de toma de decisiones con

relación a su desacuerdo. Se trata de un proceso voluntario, confidencial, flexible,

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donde las decisiones son auto compuestas, centrado en el futuro, donde se enfatizan

las necesidades reales de los participantes.

Un criterio mu completo sobre la mediación ofrece Susana San C Reales (2013). Para

esta autora la mediación, actualmente, está regulada con carácter general, en el

ámbito civil y mercantil, por Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles

y mercantiles. En este sistema de gestión de controversias voluntario, las partes en

conflicto, con la ayuda de un tercero neutral (el mediador), resuelven sus diferencias

alcanzando por si mismas un acuerdo. El mediador actuará como canal de

comunicación, creando un espacio de diálogo necesario para que las partes puedan

expresar su versión de la situación, fijar los puntos del conflicto, expresar sus

opiniones y puntos de vista, sus intereses y necesidades, de modo que entre ellas se

vayan acercando las posiciones para llegar a un acuerdo.

La Ley se centra en la idea de solución de conflictos por auto composición, y en la

neutralidad del mediador, por lo que el mediador no está obligado a realizar

propuestas de acuerdos, aunque puede ser útil que los haga. Por tanto, la mediación

es un mecanismo que se utilizará cuando las partes por sí mismas a través de la

negociación no son capaces de llegar a un acuerdo (Susana San C Reales, 2013).

De lo anteriormente presentado se infiere que en la mediación, el mediador cumple

un papel importante, que con la intervención, conduce a las partes a comunicarse de

forma constructiva y a colaborar entre ellas para resolver su conflicto. Ahora bien, el

mediador, no impone la resolución (como en la jurisdicción o el arbitraje), su función

es única y exclusivamente de ayuda y colaboración con las partes, para que éstas

resuelvan sus diferencias, a través de una solución dialogada y negociada.

Para lograr el acuerdo de las partes, el mediador puede utilizar medidas persuasivas,

integradoras e incluso disuasorias, con el fin de acercar las posturas de ambas, y

propiciar un acuerdo que en ningún caso será impuesto por el mediador, sino

aprobado por los propios interesados.

Por tanto, el mediador trata de superar las situaciones de bloqueo con técnicas que

se toman generalmente del campo de la psicología, de la diplomacia, o de la

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comunicación. Por otro lado, el mediador en el ejercicio de su función, no necesita

ceñirse únicamente a los aspectos legales del conflicto, sino que puede tener en

cuenta preferentemente los intereses latentes de cada parte, cuando la materia objeto

de litigio está regida por normas dispositivas, con lo que amplía las posibilidades de

encontrar una solución pactada.

Ahora bien, el pacto, no puede ser contrario a una norma imperativa, o prohibitiva,

porque lo convenido será nulo (art. 6.3 CC). En este sentido, la ley de mediación

establece que el pacto no puede ser contrario a derecho. En nuestro ordenamiento

jurídico, hay dos clases de conciliación en relación con la litispendencia. Si la

conciliación es anterior al juicio y con el fin de evitarlo es pre-procesal, y tiene

naturaleza de acto de jurisdicción voluntaria. (Art. 25.2 Ley 5/2012, de Mediación en

adelante LM). (Susana San C Reales, 2013).

La conciliación es otro mecanismo auto-compositivo, por el que las partes, por la

autonomía de la voluntad, y siempre que la materia sea disponible, pueden evitar el

inicio de un pleito o poner fin al juicio ya comenzado, por consenso en la solución de

su conflicto, alcanzado ante un tercero (juez de paz, o secretario judicial) antes del

proceso de declaración, o iniciado el proceso, en la Audiencia Previa del juicio

ordinario, o en la vista del juicio verbal. El tercero no decide nunca, resuelven las

partes (REALES, 2013).

1.1.2. ¿Para qué sirve la mediación?

La mediación sirve principalmente para prevenir y resolver conflictos, dejando

posiblemente a las partes en un ambiente de paz y armonía, En la mayoría de los

casos sirve como auxiliar de los tribunales, los cuales una gran parte se encuentra

saturados, quedando expuestos a lentas y costosas resoluciones, convirtiéndose la

Mediación en un importante medio de acceso a la justicia. (Vinyamata, 2003).

El concepto esencial de la mediación y sus funciones crean un sistema de poder

donde no existe la violencia institucionalizada de manera arbitraria por parte de los

juzgadores.

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De tal modo, la mediación sirve como medio alternativo o método para resolver

conflictos que nada tiene que ver con el arbitraje. En este escenario hay un conflicto,

dos o más partes, y un tercero cuya tarea no es decidir ni ofrecer una solución sino

facilitar la comunicación y el proceso de negociación entre las partes con el de que

estas lleguen a un acuerdo satisfactorio para las partes.

Las ventajas que tiene la mediación es que con este procedimiento de resolución de

conflictos, las partes disponen de una herramienta ágil y económica para llegar a

acuerdos; es un procedimiento confidencial y voluntario que favorece la comunicación,

el diálogo y el consenso y que ofrece soluciones personalizadas adaptadas a las

necesidades de las partes en conflicto. Las partes se encuentran en una posición de

igualdad y previene conflictos futuros.

La mediación, es un proceso confidencial, voluntario y estructurado de gestión y

resolución de los conflictos que sirve para que dos partes, del ámbito familiar o laboral,

que estén inmersas en algún conflicto entre sí, consigan solucionarlo de una forma

satisfactoria, aceptando la ayuda de una persona mediadora profesional, experta y

debidamente formada, que tiene como características principales la de ser imparcial

y no imponer acuerdos, pero dirigiendo a las partes a la consecución de los mismos y

al logro de su cumplimiento, siendo éstos equilibrados y equitativos (Guillen, 2008).

1.1.3. Principios procesales aplicables a la mediación.

La mediación se rige por los siguientes principios:

Principio de Economía Procesal: no solo por la economía de esfuerzo que significa

concentrar en pocas audiencias numerosos actos que llevaría el proceso común; sino

además por la economía de costos al ser absolutamente reducido el nivel de inversión

para acceder a la mediación.

Principio de Voluntariedad: Las partes manejan el procedimiento libremente facilitado

por un tercero neutral, someten su conflicto a mediación.

Principio de Neutralidad: el mediador no puede inclinare hacia ninguna de las partes

que intervienen.

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Principio de Informalidad: es otro de los beneficios unido a la simplicidad del esquema.

Principio de la Celeridad: tomando en cuenta por el breve tiempo utilizado en resolver

los conflictos, el procedimiento es ágil por lo que el tiempo utilizado no tiene punto de

comparación con el proceso judicial, que puede durar años mientras que la audiencia

de mediación puede durar horas.

Principio de Privacidad: las partes mantienen el conflicto fuera del dominio público

Principio de Confidencialidad: la confidencialidad es una de las características más

importantes del proceso, el mediador no puede divulgar, es decir debe preservar el

secreto de todo lo que es revelado en la audiencia o expuesto en la audiencia por las

partes de acuerdo al Código de Ética de cada centro, las partes se reservan el derecho

de hacerlo conocer.

El proceso de mediación se debe regir, de manera general, por los siguientes

principios de actuación, según Fernández Riquelme (2009):

a) Independencia y autonomía: el poder de decisión lo ejercen las propias partes.

Son los participantes quienes controlan el proceso y establecen las decisiones;

son las que buscan la solución al conflicto con la ayuda del mediador, quien no

puede imponer un determinado acuerdo.

b) Transparencia: solo mediante este principio de puede asegurar la eficacia y

protección de los derechos de las partes en conflicto, tanto en el procedimiento

como en el organismo responsable. Tres son las claves de la transparencia: la

información, la eficacia y la equidad, y varios son los medios para obtenerlas: la

comunicación por escrito, el respeto a la legalidad vigente, la descripción exacta

de las normas y reglas, etc.

c) Contradicción: este principio significa la posibilidad de que todas las partes

interesadas den su punto de vista y que tanto el mediador como el organismo

responsable tengan conocimiento de todas las posturas, de todos los hechos y de

las opiniones de los expertos. De esta manera, se asegura que las partes pueden

negarse a aceptar ciertos aspectos que entren en contradicción con sus intereses

y formular las alegaciones que consideren oportunas.

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d) Eficacia: el mediador debe asegurar que las medidas emprendidas sean

adecuadas, que cumplan con las exigencias de los participantes, y que puedan

ser rápidamente sustituidas por otras más efectivas.

e) Legalidad: en todo momento, el proceso mediador debe atenerse a los principios

legales, generales (del país) y específicos (del organismo).

f) Representación: el procedimiento debe respetar el derecho de las partes a

hacerse representar o acompañar por un tercero en todas sus etapas.

g) Equidad y neutralidad: antes de iniciar el proceso, el mediador debe preguntarse

sobre la existencia de alguna situación o circunstancia susceptible de general

parcialidad en el desarrollo de la misma. Por ello, el mediador no puede tomar

partido por ninguna de las partes en conflicto, ya que cualquier creencia explicita

puede hacer ser visto como aliado de dichas partes.

h) Confidencialidad: durante el proceso, los participantes deben mantener la

privacidad más absoluta sobre las negociaciones, teniendo la garantía de la

misma por parte del mediador, que subrayará que la información que surja en el

proceso, en cualquiera de sus sesiones, no será utilizada ante un tribunal. El

mediador debe reservar todo lo escuchado y visto en el proceso, no pudiendo

revelar su contenido a menos que las partes, de mutuo acuerdo, lo autoricen.

i) Libertad y voluntariedad: el proceso requiere del acuerdo libre y explícito de los

participantes. La mediación no puede imponerse, ni se puede obligar a nadie a

establecer relaciones o llegar a acuerdos para la resolución de un conflicto;

asimismo, las partes pueden abandonar el proceso en cualquier momento, sin que

signifique un perjuicio para la parte que tomó esa decisión.

1.1.4. Ventajas de la mediación.

La mediación es una estrategia muy adecuada para que los protagonistas de la

negociación, especialmente laboral, puedan hacer concesiones son que ellos suponga

un elemento de desprestigio. El marco mediador es mucho más favorable a las

concesiones que en el escenario en el que se mueven las negociaciones.

La mediación es, frecuentemente, un pretexto para hacer concesiones, lo cual acelera

enormemente la resolución de los conflictos. En los conflictos negociados está

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comprobado que existe entre las partes un cierto temor a aparecer débil ante sus

compañeros y ante los opositores. En mediación esta posibilidad desaparece, pues

las partes que inician el proceso ya suelen tener un plus de motivación adicional

positiva para alcanzar un acuerdo. En realidad, se ha comprobado que la mera

presencia de un mediador y las expectativas de las partes ante un próximo proceso

mediador modulan tácitamente los comportamientos de las partes que exhiben una

dinámica significativa de cooperación, incrementando el número de concesiones

iniciales (Boada, 2008).

Según Acland (2010), la mediación tiene una serie de ventajas que se podrían resumir

como:

La mediación es flexible. Dotada de amplio rango de flexibilidad puede de

situaciones formales (en el ámbito de los negocios o la política) a más

informales dentro de un equipo de trabajo, familia, vecinos, etc.

La mediación es voluntaria, por cuanto:

o Las partes de una disputa ingresan en el proceso de mediación por su

propia decisión;

o Pueden determinar qué información revelan u ocultan;

o Pueden decidir si llegan finalmente a un acuerdo o no;

o Pueden retirarse en cualquier momento y sin perjuicios.

En la medida que hay obligación de revelar documentación, ni de aceptar una solución

impuesta, ni hay exhibición pública ante tribunales y medios de comunicación, las

partes prefiriendo ir ante tribunales sin acuerdo. Pero la mediación aporta datos sobre

la situación y el punto de vista de la otra parte si correr riesgos, evita el trasiego de los

abogados e incluso puede superar a un acuerdo de transacción cara a cara sin la

presencia del mediador.

La mediación es eficaz en función de los gastos. Puede resultar incluso barato

en relación a los costes habituales de un litigio y es más soportable por los

ciudadanos de a pies a las pequeñas organizaciones. También puede evitar

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pérdidas en los ámbitos económicos al no deteriorar irreversiblemente la

relación si esta era de tipo comercial, empresarial, entre otros.

La mediación es un proceso rápido. Evita la lentitud, esperas y dilaciones, y

complejidad que a menudo se dan entono a los tribunales. Necesita sólo de la

aceptación de las partes para iniciar el proceso para ponerse en marcha. Esto

evita costes directos e indirectos de esperas insostenibles.

La mediación permite encontrar soluciones basadas en el sentido común. A

veces la aplicación e interpretación de la ley por los tribunales se muestra para

el que pierde o no ve satisfechas sus pretensiones como algo caprichoso o

incomprensible, cuando no arbitraria e injusta. La mediación evita que haya

perdedores, pues no hay solución sin acuerdo. En la medida que los

participantes tienen el dominio de la situación no importa tanto los precedentes

legales y permite que cada parte examine y tenga en cuenta las reclamaciones

y expectativas de la otra parte. Se posibilita un reajuste de percepciones, y

estas se hacen más realistas.

La mediación establece relaciones en lugar de destruirlas por la propia

dinámica de ganadores-perdedores de los litigios y en el debate de muchas

negociaciones se producen significativos daños a la relación y desprestigio

para las partes. Como Fischer y Ury mostraron, a estas les debe importar tanto

el asunto en juego como la relación, intimidad e imagen social, La mediación

puede evitar el enfrentamiento y la más que posible incomunicación.

La mediación produce acuerdos creativos. La relación va más allá de las

imposiciones de un litigio o arbitraje. El trabajo conjunto de las partes y el

mediador explora soluciones posibles manejando toda la información

disponible en relación al problema y al mantenimiento de la relación. La

mediación permite aprovechar el potencial creativo del conflicto.

La mediación es “amistosa para el usuario” y usa un lenguaje sencillo. Este

procedimiento es menos enrevesado que el “ritual y lenguaje judicial”. Aunque

el mediador aconseje a las partes asesoramiento legal y recopilar

documentación aplicable al caso, muchas veces el conflicto no necesita tanto.

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El lenguaje y usos de la mediación es sencillo, de la calle, que todos pueden

entender para comunicarse entre sí.

La mediación surte efecto. Quizá sea la más simple de sus virtudes, pero la

efectividad con la que logra acuerdos en poco tiempo es su mejor publicidad.

En un corto análisis de las ventajas de la mediación, resumimos que con este

procedimiento de resolución de conflictos, las partes disponen de una herramienta ágil

y económica para llegar a acuerdos. En un procedimiento confidencial y voluntario que

favorece la comunicación, el dialogo y el consenso que ofrece soluciones

personalizadas adaptadas a las necesidades de las partes en conflicto. Las partes se

encuentran en una posición de igualdad y previene conflictos futuros.

1.1.5. Campos de aplicación de la mediación.

La mediación tiene su valorización sobre materia transigible, de carácter extrajudicial

y definitivo, que ponga fin al conflicto (Ley de Arbitraje y Mediación, Registro Oficial

417, 2015).

El Código Orgánico de la Función Judicial, (2017), en su Artículo 17 inciso tercero,

determina, en los casos de violencia intrafamiliar, por su naturaleza, no se aplicará la

mediación y arbitraje.

Asimismo se considera lo siguiente:

Cuando se trata de materia transigible, como hemos dicho anteriormente.

Cuando las partes han previsto en un convenio o cláusula compromisoria someterse

a la mediación o al arbitraje. Así, por ejemplo, en escrituras públicas que contienen

contratos administrativos y otros documentos, por lo general se estipulará así:

“Cualquier controversia que se produzca entre los contratantes respecto a la ejecución

del contrato, se resolverá a través de la mediación conforme a la ley de la materia y

para el caso de no resolver por este medio las partes acudirán al arbitraje, según la

misma ley”.

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Por solicitud al Centro de una de las partes o en conjunto.

Cuando una de las partes o en conjunto se ha solicitado al juzgado que se derive la

causa a un Centro de Mediación y el juez remite (de oficio o a petición de parte) en

cualquier estado que se encuentre el proceso, según lo establecido en el Art. 46 de la

LAYM, según el Instructivo emitido por el CONSEJO NACIONAL DE LA JUDICATURA

(2007).

¿Qué papel tienen los jueces en esto? La Ley de Arbitraje y Mediación (1997), en su

Art. 46, prescribe que: “Los jueces ordinarios no podrán conocer demandas que

versen sobre el conflicto materia del convenio, a menos que exista acta de

imposibilidad de acuerdo o renuncia escrita de las partes al convenio de mediación”.

Entonces, sólo podrán conocer cuando no haya cláusula compromisoria y si las partes

quieren acudir a la justicia formal, únicamente allí los jueces ordinarios conocerán

aquellas demandas.

1.1.6. La negociación, en la mediación y el arbitraje.

La base latina para el concepto de negociación es: NEGOTIATIO, que viene a ser:

“acción y efecto de negociar, intento de arreglar algún problema o conflicto”. Una

referencia de raíz gramatical, aplicable en este momento, es denotar el significado de

“Negocio”: Negar el Ocio. Para razonar estas dos acepciones podemos advertir que,

el hombre necesita negociar, buscando satisfacción a sus necesidades. Este proceso

está presente a lo largo de la vida, como un transcurso normal y necesario que se

halla gracias a la interrelación entre los entes humanos en el día a día, que a veces

hasta nos parece normal, pero es ese contacto y relacionamiento que hace que

usemos la negociación como una necesidad (Palacios, 2017).

El diccionario Jurídico Cabanellas (1979), negociar nos dice “comerciar, tratar, ventilar

o gestionar diplomáticamente, de potencia a potencia, un asunto de interés recíproco

o para la causa de un tercero, que requiere negociación, y por el cual se procura algo”.

En la guía práctica de Formación de Mediadores, Lissety Espinoza, (2017) las

negociaciones comunes con frecuencia dejan a las personas insatisfechas, cansadas

y alienada, y a menudo los tres aspectos a la vez. Por lo común aplican dos maneras

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para negociar: la suave y la dura. El negociador suave procura evitar conflictos

personales y por eso hace concesiones, quiero una solución amistosa y termina

sintiéndose explotado y amargado.

El negociador duro ve todas las situaciones como un duelo de voluntades, en el cual

la parte que tome las posiciones más extremas y se resista por más tiempo es la que

gana. Su respuesta es dura que lo agota, también agota sus recursos y lastima su

relación con la otra parte.

Otras estrategias se encuentran entre los extremos de dura y suave, pero todas éstas

implican un intento de armonizar el logro de los que se quiere y el deseo de llevarse

bien con los demás.

En la mediación suele suceder que cada parte asume una posición, argumenta en su

favor, y hace concesiones para llegar a un compromiso. Se toma y abandona una

seria de posiciones.

El negociador, mientras más clara su posición y más la defiende contra los ataques,

más se compromete con ella; su ego se identifica con su posición, y tendrá intereses

en quedar bien, en conciliar las acciones futuras con las posiciones pasadas haciendo

menos probable que un acuerdo sensato pueda conciliar los intereses originales de

las partes.

Cuando mayor atención se presta a las posiciones, menor atención se dedica a

satisfacer los intereses y preocupaciones subyacentes de las personas. Así cualquier

acuerdo a que se llegue de esta forma (posiciones) puede reflejar una distribución

mecánica de las diferencias entre las posiciones finales, más que una solución

cuidadosamente diseñada para satisfacer los intereses legítimos de las partes.

En la negociación basada en posiciones, ser amables no es la solución, el juego de la

negociación suave da importancia en la construcción y mantener una relación; esta

corre el riesgo de concluir en un acuerdo desequilibrado. Guía práctica de Formación

de Mediadores, Lissety Espinoza, (2017).

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1.1.7. Métodos de negociación en la mediación y arbitraje.

Cualquier método de negociación en la mediación y arbitraje debe juzgarse conforme

a tres criterios:

1. Debe conducir a un acuerdo sensato, si el acuerdo es posible.

Un acuerdo sensato es aquel que satisface los intereses legítimos de ambas

partes dentro de lo posible.

Resuelve los conflictos de interés y equidad.

Es durable.

Tiene en cuenta los intereses de la comunidad.

2. Debe ser eficiente.

3. Debe mejorar, o por lo menos no deteriorar la relación entre las partes.

Los dos niveles de la negociación en la mediación y arbitraje son:

1. La negociación en materia de mediación se da en dos niveles, en el primero la

negociación trata lo esencial.

2. En el segundo, se concentra (por lo general en forma implícita) en el

procedimiento para tratar lo esencial, este segundo nivel es el método de

negociación en sí.

En la práctica todo movimiento que hacemos es parte de la negociación sobre las

reglas de procedimiento aun cuando esos movimientos parecen referirse

exclusivamente a lo esencial.

En la negociación no existe como en el litigio, una autoridad externa que impone la

resolución del conflicto. Son las propias partes las que buscan y encuentran la solución

del conflicto mediante la intervención de “Negociadores” cada uno de los cuales

representa a una de las partes y buscan los puntos complementarios para desarrollar

una solución con el esquema de ganar-ganar (Ross, 2009).

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1.1.8. Validez de la mediación

En la mediación encontramos varias ventajas que favorecen a las partes litigantes,

cuando se ha logrado un acuerdo. Este acuerdo se plasma en un acta de mediación

y conciliación, la cual tiene la misma validez que una sentencia emitida por un Juez

de los Tribunales de Justicia.

Los asuntos tratados en la audiencia de mediación no pueden ser revelados por el

mediador en ninguna instancia judicial o externa. Todo lo que se dice en la audiencia

es de carácter reservado.

En razón de que dichos acuerdos son libres y voluntarios, las partes proponen los

acuerdos que pongan fin al conflicto y que sean de beneficio mutuo y por lo tanto, que

sean duraderos en el tiempo previsto.

De esta manera la mediación ha beneficiado a los litigantes ahorrar tiempo y dinero,

notoriamente distinta a la vía judicial que es más lenta su resolución, obligando a las

partes a someterse al criterio del Juez y de los sustentos sostenidos por los litigantes.

1.1.9. Objetivo de la mediación

El objeto de la mediación es promover y brindar un servicio de mediación oportuno y

eficiente a las y los ciudadanos para la resolución de conflictos que versen sobre

materia transigible, de forma transparente, imparcialidad, neutralidad,

confidencialidad, celeridad, equidad, garantía de derechos.

Este servicio de mediación es impartido en todo el territorio nacional y posicionarlo

como un mecanismo efectivo de solución de conflictos.

Un entrenamiento implica un espacio donde se prioriza pensar para hacer donde el

contenido del aprendizaje es tan importante como su forma o modo. Para ellos el

objetivo primero es crear un espacio adecuado para que los participantes puedan

pensar y experimentar vivencialmente cada uno de los temas que definen el marco de

la mediación, poniendo acento el mediador. En este sentido se articularán pensar y

hacer pensar en forma permanente a través del análisis reflexivo.

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Además se persigue revisar, aplicar y recorrer los instrumentos conceptuales,

procedimentales y comunicacionales que definen la tarea del mediador. Ayuda a

comprender la estructura y dinámica del procedimiento de mediación en sus diferentes

etapas, generando una actitud de compromiso con el encuadre en resguardo de las

normas de la mediación.

Otras características de la mediación son las siguientes.

1. Voluntariedad

2. Autocomposición

3. Confidencialidad

4. Cooperación

5. Acento en el futuro

6. Informal pero estructura

7. Economía de costo.

1.1.10. Aspectos legales de la mediación y arbitraje

Nuestra Constitución de la República del Ecuador, ampara los medios alternativos

determinados en su Artículo 190; se promulgó la Ley de Arbitraje y Mediación; el

Código Civil y Código Orgánico General de Procesos son aplicables a la mediación y

arbitraje (Registro Oficial 145, 1997).

La Ley de Arbitraje y Mediación, creada mediante codificación 14, publicada en el

Registro Oficial 417 de fecha 14-12-2006 modificada el 22-05-2015, en su Artículo 44

determina: “La mediación podrá solicitarse a los centros de mediación o a mediadores

independientes debidamente autorizados. Podrán someterse al procedimiento de

mediación que establece la presente Ley, sin restricción alguna, las personas

naturales o jurídicas, públicas o privadas, legalmente capaces para transigir. El Estado

o las instituciones del sector público podrán someterse a mediación, a través del

personero facultado para contratar a nombre de la institución respectiva. La facultad

del personero podrá delegarse mediante poder” (Registro Oficial 417, 2006).

Código Orgánico de la Función Judicial, determina: Inciso segundo y tercero del

Artículo 17 “El arbitraje, la mediación y otros medios alternativos de solución de

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conflictos establecidos por la ley, constituyen una forma de este servicio público, al

igual que las funciones de justicia que en los pueblos indígenas ejercen sus

autoridades. En los casos de violencia intrafamiliar, por su naturaleza, no se aplicará

la mediación y arbitraje” (Registro Oficial Suplemento 544, 2009).

El Código Orgánico General de Procesos - COGEP, determina en el numeral 6), del

Artículo 294, la derivación a los centros de mediación, la o el juzgador, de oficio o a

petición de parte dispondrá que la controversia pase a un centro de mediación

legalmente constituido, para que busque un acuerdo entre las partes y dar por

concluido el proceso (Registro Oficial Suplemento 506, 2015).

El Código Orgánico Integral Penal - COIP, en sus disposiciones generales, Décimo

Sexta, determina en su parte pertinente la creación y funcionamiento de Centros de

Mediación en materia de adolescentes infractores (Registro Oficial Suplemento 180,

2014).

1.2. LAS PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES Y SU LUGAR EN EL

CURRÍCULO.

1.2.1. El diseño curricular

En el constructo del diseño curricular, se imbrican diversos factores que deben ser

tomados en cuenta, estos factores son: evolución de los métodos de enseñanza;

evolución del contenido de la enseñanza; evolución de la teoría curricular y, el factor

del cambio político y social, que acarrean consigo las interminables reformas

curriculares que vienen cargadas de una amalgama matices políticos.

En el estudio del vector histórico, es necesario hacer cortes en momentos, los cuales

generan tiempos.

1.2.2. Evolución histórica del diseño curricular.

Para realizar el recorrido histórico del currículo, es menester en primera instancia,

conocer un concepto aunque sucinto de Currículo, así, es una serie de acciones que

se realizan en el laboratorio social llamado aula de clase, para el manejo adecuado

del proceso de aprendizaje y enseñanza. El Currículo, no se puede desarraigar de la

realidad histórica de la educación. Ya en los albores de las civilizaciones han existido

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ensayos bien definidos y porque no decir muy bien estructurados sobre las prácticas

educativas. Cada una de las civilizaciones de proyección futura, aporto con su

contingente: por citar algunos ejemplos, los chinos contribuyeron a la educación con

la introducción del examen; los índicos su ceremonial religioso; los griegos su

humanismo; los romanos su formación encíclica; los Judíos su instrucción talmúdica;

la educación medieval puso en práctica el Trívium y Quadrivium; en fin, todas y cada

una de las agrupaciones sociales, tienen su contribución a la historia del Currículo.

David Hamilton y María Gibbons (1980), citados por Stephem Kemmis (1993),

concluyen que el origen del término currículo, se remonta a las primeras décadas del

Siglo XVII, de manera exacta en 1633 en la Universidad de Glasgow, en donde se

incorporó el término al proceso de enseñanza-aprendizaje. Para ello tuvieron en

cuenta dos de sus connotaciones históricas: disciplina y “ratio studiorum”. Disciplina,

como característica de un orden estructural y “ratio studiorum” como característica de

un esquema de estudios (Ovejera, 2009).

En el desarrollo histórico del currículo, es imprescindible abordar el tema del anclaje

geopolítico que existe en su estructuración, la misma que ésta supeditada a intereses

que se presentan en un momento determinado por el grupo de poder de un contexto

geográfico determinado, acompañado de un entramado administrativo e imbricada

sine qua non, la cultura.

1.2.3. Definiciones del currículo

En la actualidad, se presentan diferentes definiciones de currículo. En el presente

trabajo de investigación se realizará una revisión prospectiva que amén de las ya

realizadas en la evolución histórica del currículo, trata de las definiciones de finales

del siglo pasado, hasta algunas concepciones de los albores del presente.

En 1927, Harol Rugg, se refería a los enfoques esenciales que debía tener el currículo,

primero era determinar los objetivos a cumplir, seleccionar y organizar las actividades

y materiales de enseñanza. En los años 1935, Caswell y Campell, al notar el

estancamiento que tenía la educación, hablan ya de currículo como aquel conjunto de

experiencias que va adquiriendo él estudiante, bajo la tutoría del profesor. Tyler, en

1949, manifiesta que son las experiencias en conjunto de los niños y que es la escuela

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quien debe asumir responsabilidades. En 1950, Caswell, afina el concepto de 1935

refiriéndose al mismo como todo aquello que acontece en la vida de un niño, en la

vida de su país y de sus profesores. En 1958, Bestor, señala que es un programa

compuesto de conocimientos verdaderos, válidos y esenciales, que se da en la

escuela y sirve para desarrollar la mente con el entrenamiento de la inteligencia

(Ovejera, 2009).

Continuando con las concepciones sobre currículo, en 1966, Inlow responsabiliza a la

escuela, para que a través del conjunto de planificaciones, conduzcan el aprendizaje

de los estudiantes. Un año después, Johnson, manifiesta que es el conjunto

estructurado de objetivos de aprendizaje, que se aspira que los estudiantes alcancen.

Para el año 1969, Foshay enfatiza sobre el currículo manifestando que son las

experiencias del aprendiz en la escuela. De igual manera, Tabat en 1974 lo define

como un plan para aprender, para que esto se dé, es necesario abordar tres caminos

paralelos que son: seleccionar y ordenar contenidos, seleccionar las experiencias de

aprendizaje y, diseñar planes para que esto se cumpla (Ovejera, 2009).

El currículo es la concreción específica de un teoría pedagógica para volverla efectiva

y asegurar el aprendizaje y el desarrollo de un grupo particular de alumnos para la

cultura, época y comunidad de la que hacen parte. Es la manera práctica de aplicar

una teoría pedagógica al aula, a la enseñanza, es el plan de acción específico que

desarrolla el profesor con sus alumnos en el aula, es un instrumento de apoyo

imprescindible que el docente de cualquier nivel debe seguir para cumplir con los

objetivos planteados dentro del proceso educativo el mismo que facilitará la

enseñanza-aprendizaje, la cual está fundamentada en bases sólidas y principios

definidos a cumplir objetivos claros y concretos fortaleciendo la formación educativa y

el desarrollo integral de los estudiantes.

Es necesario hacer un alto en el camino, para determinar la similitud que existen

entre las definiciones escritas por los diversos autores, quienes de una u otra manera,

ven al estudiante como el fin de la educación. En 1980, Nassif, pone de manifiesto

que es el conjunto de experiencias programadas para la consecución de objetivos

definidos y son los maestros los llamados a hacer cumplir dichos objetivos. Schubert,

en 1986 es citado por Sacristán (Sacristán, 1995).

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El autor señala que las acepciones de currículo en ocasiones son parciales y

contradictorias y se muestran sesgadas por algún planteamiento político, científico,

filosófico o cultural.

Un año posterior, Zabalza, lo infiere como el conjunto de supuestos de partida, de las

metas a cumplir y los pasos que se deben dar para alcanzarlas. Año seguido, Gervilla,

lanza la idea que es el plan general de conocimientos, vivencias y experiencias de los

estudiantes en la escuela. (Ovejera, 2009).

Gimeno Sacristán, en 1988, citado por Navarro, hace ya una definición más pulcra, la

cual es necesario resaltar “eslabón entre la cultura y la sociedad exterior a la escuela,

entre el conocimiento y la cultura heredados y el aprendizaje de los alumnos, entre la

teoría y la práctica posible, dadas unas determinadas condiciones” (Navarro, 2011).

Navarro, R, lleva al contexto de las definiciones a Lorenzo Delgado, quien en 1994,

hace una síntesis del currículo, determinándolo como “la formalización de la teoría y

la práctica educativa escolar”.

Una definición bastante amplía y contextualizada es la que hacen en 2005, Darling-

Hammond, “el currículo abarca las experiencias de aprendizaje y las metas que los

profesores desean alcanzar en su planificación y desarrollo de la enseñanza- teniendo

en cuenta las características de los estudiantes y del contexto de la enseñanza”.

(Ovejera, 2009).

Entrando en el contexto educativo ecuatoriano, currículo se define como “el proceso

de construcción del conocimiento. Orientado al desarrollo de un pensamiento lógico,

crítico y creativo, a través del cumplimiento de los objetivos educativos, que se

evidencian en el planteamiento de habilidades y conocimientos” (Ministerio de

Educación del Ecuador, 2011).

Sacristán (2011), haciendo uso de la lógica y el empoderamiento del objeto del

conocimiento, se encarga de clasificar al currículo desde la función social que cumple;

el proyecto o plan educativo pretendido o real; la expresión formal y material del

proyecto educativo; el campo práctico y; la actividad discursiva académica e

investigadora.

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A la hora de establecer un criterio sobre el vector que debe seguir el currículo, resulta

fácil encontrar posiciones antagónicas, ya que las mismas van en función de la

filosofía, los intereses, tradiciones, costumbres, etc. De cada sistema educativo y su

secularidad, de cada nivel o estructura escolar. Esto permite inferir que el currículo es

una realidad a medias, abstracta y, que está en la vera del sistema educativo para el

que fue diseñado y en el que se va a desglosar y volver a unificar.

El currículo, por tanto sigue como ya se ha mencionado un vector sistémico y mantiene

un engranaje diseñado de tal manera que permite tener una visión holística, integral,

concomitante una con otra, es una relación planificada y directa entre objetivos y

oportunidades que llevan al fin deseado, el empoderamiento del objeto por parte de

los estudiantes.

El currículo, no se maneja solo, forma parte de un todo más amplio, de un campo

interdisciplinar que se llama pedagogía, por tanto debe ser manejado desde el estudio

del objeto a través de la investigación científica continua, ya que el conocimiento es

infinito y la tarea por alcanzarlo es eterna. Ampliando más el abanico, se puede

asegurar que el currículo no puede ceñirse tampoco, solo dentro de la parcela

pedagógica, sino que está subordinado a situaciones de orden político, financiero,

administrativo, de supervisión, de producción de medios, de creación intelectual, de

evaluación, los cuales amén de ser autónomos e interdependientes alrededor de la

pedagogía, están presentes en la construcción del currículo

Sacristán (1995), permite visualizar ocho subsistemas que tienen relación directa con

el currículo, siendo estos: El ámbito de la actividad político-administrativa; de

participación y control; la ordenación del sistema educativo; de producción de medios;

de los ámbitos de creación cultural y científico; técnico-pedagógico; de innovación;

práctico pedagógico. Estos mantienen una relación directa y a la vez las fuerzas de

tensión de los mismos, puedes ser unas veces distintas, dependiendo del momento e

interés social, religioso, económico y político del sistema educativo o país.

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1.2.4. La formación curricular y el currículo universitario

La formación curricular y el currículo universitario es un conjunto armónico, articulado,

ordenado dinámico y productivo de acciones docentes investigados y proyectivas que

permitan entender la universidad como sistema abierto que produce, envía, recibe,

interpreta y amplifica la información, con el fin de armonizar sus dimensiones

axiológica y teleológica.

El currículo así concebido constituye la formación en valores, métodos y principios de

acción, según el estado del arte de cada disciplina o profesión y propende por la

formación integral del estudiante, iluminado por la misión institucional y los objetivos

que se haya planteado cada programa académico en particular (Cabrera y Gonzáles,

2007).

Es importante recalcar que la formación curricular con el currículo universitario tienen

que ir de la mano, porque, de ellos depende el éxito en la formación de los

profesionales de las universidades especialmente para la que está dirigida la

investigación, los mismos que deben fortalecer la capacitación, intervención y

desarrollo social en su entorno.

La universidad con la ayuda de cada uno de los integrantes es quien debe ofrecer

propuestas, normas, y convenios para ofertar a la comunidad las competencias

educativas y de formación profesional en todo campo.

De acuerdo a Ferrer y Ferrares en su investigación en el año de 1995, describen que

en décadas anteriores se consideraba a la estructura del currículo universitario como

una serie de magistrales cursos, talleres, seminarios, coloquios, conferencias y

trabajos al revisar las diferentes definiciones y acepciones de currículo universitario y

la planificación de éste es algo restringido. Era el contenido de las materias que se

tenía que enseñar (Malagón, 2007).

1.2.5. Concepto de prácticas pre-profesionales

Son un servicio que brinda la oportunidad de participar como practicante en

organizaciones laborales de distintos giros y tamaños desde micro y pequeñas

empresas hasta transnacionales, privadas, públicas o asociaciones civiles.

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Su objetivo es conocer las áreas laborales de la carrera y al mismo tiempo se

desarrolle un antecedente en el trabajo para el currículum. Ofrece beneficios como:

adquirir experiencia profesional en la carrera, desarrollar aprendizajes

complementarios a los del aula, conocer diferentes puestos de trabajo, experimentar

la responsabilidad profesional y la posibilidad de tener acceso a diversas tecnologías

(ITESO, 2011).

Las prácticas profesionales permiten integrar al alumno en la realidad de una profesión

concreta permitiéndole conocer las aplicaciones del aprendizaje, más o menos

teóricas, estudiadas en el aula. Pero más allá le permite conocer, y a veces integrarse

en la cultura profesional de una empresa concreta con objetivos y medios orientados

a fines distintos de la enseñanza (Bolivar, 2000).

Las ventajas de las prácticas profesionales:

La fórmula de las prácticas como vía para adquirir experiencia profesional e incluso

acceder a un puesto de trabajo es cada vez más admitida y valorada por empresarios

y jóvenes demandantes de empleo.

Las prácticas pre profesionales ofrecen ventajas múltiples para muchos actores:

Tanto la empresa como los estudiantes que se embarcan en unas prácticas coinciden

en los múltiples beneficios que aportan. Por un lado, para las empresas, esta fórmula

les permite, entre otros aspectos, disponer de unos recursos humanos mejor

cualificados y mejor adaptados a sus necesidades.

Y por otro, en ocasiones, las estancias en prácticas constituyen una herramienta

eficaz de selección de personal, ya que el "proceso de reclutamiento" se basa en una

prueba prolongada y en contexto real del universitario y potencial candidato, y no en

un pronóstico.

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Igualmente, para los estudiantes, los programas de formación y prácticas contribuyen,

en gran medida, a romper el círculo vicioso en el que se encuentran muchos de ellos

que, al carecer de experiencia profesional, no pueden acceder a un puesto de trabajo.

Además, las estancias en prácticas son de gran utilidad en lo relativo al conocimiento

de la realidad profesional y el funcionamiento de las organizaciones, así como la

percepción del mercado de trabajo en ese momento determinado, los perfiles más

buscados, los sectores más dinámicos, entre otros.

Entre las ventajas más significativas de las prácticas pre profesionales están:

Adquisición de conocimientos: Las prácticas permiten al participante adquirir

conocimientos prácticos y habilidades propias del mundo profesional al cual desea

dedicarse, a la vez que le permite enriquecer cuantitativamente su currículum vitae.

Experiencia profesional: El participante tiene la oportunidad de poder aplicar a la

realidad laboral los conocimientos teóricos adquiridos en el aula, añadiendo una nueva

experiencia profesional en su currículum vitae.

Obtención de ayuda económica: Durante el período de prácticas el participante puede

recibir una ayuda económica.

Incorporación al mundo laboral: El participante tiene la posibilidad de demostrar a la

entidad su potencial profesional de cara a una futura incorporación (IDEC-Universitat

Pompeu Fabra, 2011).

Por otra parte, los beneficios más relevantes para la organización que recibe a los

estudiantes son básicamente de desempeño de alto nivel o de nivel profesional con el

beneficio económico directo para la empresa al obtener un trabajo calificado con el

mínimo costo (Nava, 2006).

Los jóvenes estudiantes acceden al mundo de trabajo por dos vías: las prácticas

profesionales y el trabajo anterior a la finalización de la carrera. De esta manera, la

secuencia estudios trabajo, que puede ser la norma en otras realidades no tiene

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validez general entre los egresados. Las prácticas profesionales son muy

generalizadas y la inserción del estudiante es mayoritaria. En este aspecto, existe una

articulación muy importante pues las escuelas consiguen que una parte sustancial de

los egresados lleguen a conocer aspectos cotidianos de la práctica laboral que va más

allá de los conocimientos puramente técnicos.

Esta inserción temprana de los estudiantes en los mercados de trabajo es importante

desde el punto de vista del conocimiento práctico de las normas de funcionamiento de

las empresas y de la realidad social de los empleos. La ambigüedad respecto al

sentido y calidad de las prácticas profesionales surge cuando se examina la forma en

que las plantas conciben y organizan dichas prácticas, ya que no todas las plantas

están dispuestas a aceptar estudiantes en prácticas.

Las prácticas profesionales no han sido requisito para completar el currículo educativo

del estudiante. De hecho, para muchas empresas los estudiantes en prácticas son

fundamentalmente mano de obra calificada a la que se le puede encomendar una gran

variedad de tareas dentro de la planta por un salario más bajo. Las consideraciones

anteriores llevan a pensar que las prácticas profesionales carecen de un efecto

estructurador del mercado de trabajo (Huale, 2001).

1.3. LAS PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES EN LA FORMACIÓN DEL

PROFESIONAL DEL DERECHO. DEFINICIONES EN UNIANDES

El Consejo Superior de la Universidad Regional Autónoma de los Andes, UNIANDES,

crea el Reglamento de pasantías y prácticas pre profesionales, este reglamento tiene

como objeto en su Artículo 1, regulas la organización, desarrollo y evaluación de las

pasantías y/o prácticas pre profesionales que realicen los estudiantes de las diferentes

carreras que oferta la UNIANDES dentro de la Institución a través de convenios, carta

compromisos o acuerdos celebrados entre Instituciones del Estado, organizaciones

comunitarias y sector empresarial público o privado.

En su artículo 2 determina que este reglamento es aplicable para los y las estudiantes

de las diferentes carreras y modalidades de estudio que oferta UNIANDES en los

niveles de pre y postgrado de acuerdo a la naturaleza de cada carrera.

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En este reglamento se establece que el estudiante regular que realiza actividades de

aprendizaje encaminadas a la aplicación de conocimientos inherentes a la formación

académica y orientada al desarrollo de competencias para su futuro desempeño

profesional.

Las pasantías son actividades remuneradas de investigación-acción ejecutadas

dentro de las Instituciones del Estado, organizaciones comunitarias y sector

empresarial público o privado desarrolladas de conformidad a la naturaleza de cada

carrera y que forman parte fundamental del currículo.

El pasante es el estudiante que realiza actividades de aprendizaje bajo una

remuneración encaminadas a la aplicación de los conocimientos inherentes a su

formación.

En este reglamento se establece la finalidad de las prácticas pre-profesionales y

pasantías, las cuales son:

Adquirir experiencia práctica en las diferentes áreas y de conformidad a su

formación que contribuya a su futuro desempeño profesional;

Proporcionar a los estudiantes la oportunidad de integrarse en equipos de

trabajo relacionados con su práctica pre profesional;

Vincular a UNIANDES con Instituciones del estado, organizaciones

comunitarias y sectores empresariales públicos o privados;

Conocer los diferentes entornos laborales propios de su formación; y,

Aportar a la sociedad a través de la realización de prácticas pre profesionales

o pasantías en las diferentes áreas del conocimiento.

Las obligaciones de los estudiantes que realizan prácticas pre-profesionales o

pasantías, deben cumplir lo establecido en el reglamento, convenio, acuerdos o cartas

compromiso y demás normas pertinentes.

Además asistir cumplidamente a la realización de las prácticas pre profesionales o

pasantías, cumplir las funciones asignadas y colaborar con la buena marcha de la

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Institución donde se desarrollan las prácticas pre profesionales o pasantías y

presentar informes finales sobre la realización de prácticas pre profesionales o

pasantías.

En este mismo reglamento se determina en su Artículo 20, las prácticas posgrado,

dependiendo de su carácter y requerimiento formativo, podrá incorporar horas de

prácticas previo a la obtención de la respectiva titulación, con excepción de las

especialidades en el campo específico de la salud en las que las prácticas son

obligatorias.

Conclusiones del capítulo.

Una vez analizados los principales referentes teóricos de este proyecto de

investigación, se puede llegar como conclusiones a los siguientes criterios:

La mediación es un sistema alternativo, no excluyente, de resolución de conflictos,

donde las partes asistidas por un tercero neutral, son acompañadas en el proceso de

toma de decisiones con relación a su desacuerdo. Con este procedimiento de

resolución de conflictos, las partes disponen de una herramienta ágil y económica para

llegar a acuerdos.

El currículo es la manera práctica de aplicar una teoría pedagógica al aula, a la

enseñanza, es el plan de acción específico que desarrolla el profesor con sus alumnos

en el aula, es un instrumento de apoyo imprescindible que el docente de cualquier

nivel debe seguir para cumplir con los objetivos planteados dentro del proceso

educativo el mismo que facilitará la enseñanza-aprendizaje

En cuanto a las prácticas pre – profesionales, como importante dimensión del

currículo, se le considera un servicio que brinda la oportunidad de participar al

estudiante como un practicante en organizaciones laborales de distintos tipos y

tamaños y su principal objetivo es conocer las áreas laborales de la carrera y al mismo

tiempo se desarrolle un antecedente en el trabajo para el currículum.

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CAPÍTULO II

MARCO METODOLÓGICO Y DESARROLLO DEL DIAGNÓSTICO

2.1. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO METODOLÓGICO

2.1.1. Modalidad o enfoque de la investigación

Dentro del presente trabajo investigativo, la metodología utilizada fue de tipo cuali-

cuantitativa, cualitativa debido a que es una investigación de aplicabilidad, en ella se

refirió a los criterios del investigador, además es Cuantitativa, pues se empleó

fórmulas matemáticas y estadísticas, para la interpretación de la información

recolectada.

2.1.2. Tipo de investigación por su diseño.

No experimental: En tanto no hay proceso de experimentación el área educativa ni

manipulación intencional de las variables objeto de análisis.

Con diagnóstico transversal: El estudio diagnóstico, a partir de la operacionalización

de variable, se realiza en un momento único a lo largo del proceso de investigación.

Con elementos de investigación acción: en tanto la investigadora se involucra

directamente con su investigación en el perfeccionamiento de las prácticas pre-

profesionales del estudiante de Derecho de la Extensión UNIANDES Santo Domingo,

contexto institucional donde ha sido revelado el problema de investigación.

2.1.3. Tipo de investigación por sus alcances.

El alcance de la investigación se subdivide en:

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Investigación exploratoria: Identifica los modos de actuación correctos que deben

asumir los educandos para el desarrollo de conocimientos y habilidades para el

ejercicio de la mediación en la solución de conflictos jurídicos. Es un estudio no

realizado con anterioridad, de ahí su carácter exploratorio.

Descriptiva: Se concreta durante el diagnóstico situacional dirigido a establecer los

elementos que ayudan a justificar la necesidad de la creación de un Centro de

Mediación de Conflictos orientado a la formación de competencias del estudiante de

Derecho de la Extensión de UNIANDES Santo Domingo.

Explicativa: Identifica las consecuencias que produce la debilidad en los

conocimientos y habilidades sobre mediación de conflictos en la formación profesional

de los estudiantes de Derecho de la Extensión de UNIANDES Santo Domingo y

contiene una respuesta en forma de diseño de un Centro de Mediación de Conflictos

que perfecciona las prácticas pre-profesionales de dichos estudiantes.

2.1.4. Métodos, técnicas e instrumentos de investigación.

Métodos del nivel teórico:

Histórico y lógico: Se utilizará en el análisis del tratamiento del tema de la mediación

de conflictos en la práctica del Derecho, así como en la evolución de la formación para

el ejercicio de la mediación de conflictos en la práctica pre-profesional de los

estudiantes de Derecho de la Extensión UNIANDES Santo Domingo

Análisis y Síntesis: Se utilizará durante el proceso de la investigación tanto en la

sistematización y profundización de la bibliografía que tiene relación con el tema que

se investiga, así como en el análisis del diagnóstico inicial y final para interpretar los

datos empíricos obtenidos para la justificación de la creación de un Centro de

Mediación de Conflictos que contribuya al perfeccionamiento de las prácticas pre-

profesionales de dichos estudiantes.

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Inducción y Deducción: Se utilizará en la sistematización para fundamentar el objeto

de estudio de la investigación y para determinar las dimensiones e indicadores de los

instrumentos de diagnóstico.

Enfoque en sistema: Se utiliza en el conjunto del proyecto de investigación para la

integración de sus componentes de análisis teórico, realización del diagnóstico y

planteamiento de propuesta en forma de Centro de Mediación de Conflictos.

Métodos del nivel empírico del conocimiento:

Observación científica: se empleará para constatar el comportamiento de la muestra

en el tema objeto de investigación antes, durante y después de introducir la variable

independiente.

Análisis documental: Se utilizará para conocer el nivel de conocimiento real que

presentan los alumnos en cuanto al ejercicio de la mediación como alternativa de

solución de conflictos en el área del Derecho. En particular se emplea para la revisión

de documentos normativos y funcionales de la carrera de Derecho de la Extensión

UNIANDES Santo Domingo.

Técnicas de investigación:

Encuesta: Se utilizará para conocer los criterios y opiniones de los alumnos sobre las

deficiencias en la formación para la mediación de conflictos de los estudiantes de la

carrera de Derecho de la Extensión UNIANDES Santo Domingo.

Entrevista: Se utilizará para conocer la opinión de los docentes respecto del estado

actual del objeto de estudio.

2.1.5. Relación población – muestra

Los estratos que se seleccionaron fueron los siguientes:

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ESTRATOS

UNIVERSIDAD

Alumnos UNIANDES

16

Profesores UNIANDES

8

TOTAL

24

En tanto el universo de individuos (estudiantes y docentes) que participan en el

proceso de diagnóstico, en calidad de implicados, constituyen una cantidad manejable

desde los procedimientos de la metodología de la investigación, la autora de este

proyecto de investigación toma la decisión de trabajar con la totalidad de la población

y no se hace selección ni cálculo de muestra.

2.2. CARACTERIZACIÓN DE LA INSTITUCIÓN OBJETO DE INVESTIGACIÓN

2.2.1 Universidad Regional Autónoma de Los Andes. Extensión Santo

Domingo

La Universidad Regional Autónoma de Los Andes -UNIANDES- es un Centro de

Educación Superior, entidad de derecho privado y laico, con personería jurídica y

autonomía administrativa y financiera, que ofrece una formación integral a sus

estudiantes, sin distinción de sexo, raza, religión o política; por lo tanto, el ingreso de

los alumnos depende de sus capacidades intelectuales.

La Universidad Regional Autónoma de Los Andes “UNIANDES” fue creada en

cumplimiento al Art. 7 de la Ley de Universidades y Escuelas Politécnicas del Ecuador.

Se basa en el informe No. 01235 del 10 de octubre de 1996 emitido por el Consejo

Nacional de Universidades y Escuelas Politécnicas CONUEP; en la Ley de creación

de la Universidad expedida por el Congreso Nacional el 9 de enero de 1997 y su

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publicación en el Registro Oficial No. 07 del 20 de febrero de 1997, constituyéndose

así en Ley de la República. Además por el Estatuto Universitario aprobado por el

CONUEP, según resolución No. 02 del 15 de octubre de 1997 y sus Reformas, según

Of. No. CONESUP.STA del 28 de mayo del 2001; y, por el Proyecto Sistema de

Teleducación autorizado por el CONUEP según resolución No. 00853 del 23 de

septiembre de 1998.

La Universidad Regional Autónoma de Los Andes “UNIANDES” tiene su matriz en la

ciudad de Ambato, sus extensiones funcionan en las ciudades de: Tulcán, Ibarra,

Santo Domingo, Quevedo, Babahoyo, Riobamba y el Puyo.

2.2.1.1. Extensión UNIANDES Santo Domingo

La Universidad Regional Autónoma de Los Andes “UNIANDES” extensión Santo

Domingo Campus universitario Dr. Gustavo Álvarez Gavilanes Phd, se encuentra

ubicado en la Avenida La Lorena Km 2 ½ y Av. Del Cooperativismo de la Provincia de

Santo Domingo de los Tsáchilas, la misma que cuenta con la Carrera en el Área de

Derecho.

2.2.2. Misión de la carrera de Derecho

Contribuir a la formación de profesionales para la solución de problemas jurídicos de

los sectores sociales, económicos, políticos, en la administración de justicia, a través

de la formación de Abogados y Profesionales de Cuarto Nivel, críticos y reflexivos,

con capacidad de analizar y aplicar el ordenamiento normativo, a través de la

investigación de la realidad jurídica y social, responsables, con conciencia ética y

moral, respetuosos de los derechos humanos,

2.2.3. Visión de la carrera de Derecho

Ser una Carrera de Derecho reconocida en el Ámbito Nacional e Internacional por la

calidad profesional de sus egresados, manteniendo entre sus fortalezas un cuerpo

docente de alto nivel académico y un proceso de formación profesional centrado en el

estudiante, acorde con los avances científicos y tecnológicos, contribuyendo en forma

efectiva a la planificación nacional y regional en vínculo permanente con el Estado,

los sectores sociales, productivos y la administración de justicia.

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2.2.4. Objetivo general declarado para la carrera de Derecho

El graduado de la Carrera de Derecho al término de sus estudios será capaz de

proponer soluciones a los problemas del Derecho y del ordenamiento jurídico, elaborar

reformas, políticas públicas y garantías jurisdiccionales, producir estudios

comparativos vinculantes a las Áreas del Derecho, explicar Instituciones Jurídicas,

conceptos básicos y Principios del Derecho desde el Estado constitucional de

derechos, y justicia, argumentar jurídicamente el patrocinio y asesoría de las causas,

así como la motivación de las decisiones judiciales, investigar las instituciones del

derecho para fortalecer el pluralismo jurídico.

2.2.5. Perfil profesional declarado para la carrera de Derecho

El abogado egresado de la Universidad Regional Autónoma de los Andes, será un

profesional vigilante del cumplimiento de los derechos y garantías constitucionales,

con conciencia y responsabilidad ciudadana al servicio de la justicia y el derecho,

capaz de resolver problemas jurídicos con eficiencia, eficacia y oportunidad,

interiorizado con los valores fundamentales del derecho: justicia, libertad y seguridad

jurídica, para desempeñarse en la defensa judicial, logrando el cambio social,

respetuoso de los derechos fundamentales con competencias cognoscitivas,

comunicativas, criticas, valorativas y analíticas que le permiten estar dispuesto para

desempeñarse en la sustanciación de procesos y en la investigación aplicada a las

diversas áreas del Derecho.

Además será competente para:

Analizar las instituciones del ordenamiento jurídico interno, externo y el pluralismo

jurídico existente, aplicando los valores y principios del Estado Constitucional de

derechos y justicia, democrático, multiétnico y plurinacional.

Gestionar los procesos judiciales en la casuística jurídica para el fortalecimiento y

utilización del sistema oral en la administración de justicia.

Asesorar, defender, y patrocinar conflictos tanto judiciales como extrajudiciales,

aplicando técnicas generales de litigación oral y de los mecanismos alternativos

de solución de conflictos, con sujeción a las normas jurídicas y a los derechos

humanos.

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Asumir con responsabilidad, liderazgo y capacidad de argumentación los casos

jurídicos de su conocimiento ya sea como abogado en libre ejercicio, asesor

jurídico o auxiliar de justicia.

Proponer y difundir soluciones jurídicas a partir de la investigación científica y la

tecnología.

El profesional del Derecho de la Universidad Regional Autónoma de los Andes estará

preparado para el mundo globalizado, con conocimientos indispensables en doctrina,

investigación y técnica jurídica, capaz de interpretar la normativa del derecho nacional

e internacional de forma crítica y comprometido con los valores deontológicos de la

profesión.

2.3. ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE LOS RESULTADOS DEL DIAGNÓSTICO

REALIZADO.

2.3.1 Análisis e interpretación de los resultados de la encuesta aplicada a

estudiantes.

Se realizaron ocho preguntas a los estudiantes del noveno semestre modalidad

presencial nocturna de la carrera de Derecho de la Extensión Santo Domingo, pues

intencionalmente se seleccionan estudiantes ya relacionados con los ciclos

especializados y de titulación que han tenido participación en pasantías y prácticas

pre-profesionales. El cuestionario se dirige a corroborar las opiniones existentes sobre

las prácticas pre – profesionales y la necesidad de crear e implementar un Centro de

Mediación en UNIANDES Extensión Santo Domingo.

El análisis de las encuestas realizadas a los estudiantes, las cuales refleja lo siguiente:

Primera pregunta: ¿Cumple su práctica pre profesional actual con sus

expectativas con relación a su formación en la carrera de Derecho? Diez

estudiantes no considera que sus prácticas pre profesionales cumplan con su

objetivo, esta inconformidad se debe a que las entidades públicas no cumplen

los objetivos enmarcados a las practicas pre profesionales de los estudiantes

de la carrera de derecho. Mientras que seis consideran que sus prácticas pre

profesionales cumplen son su objetivo y expectativa en relación a su carrera.

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Representación gráfica 1

Segunda pregunta: ¿Considera Usted el contenido de su práctica pre

profesional como apropiada para abarcar los conocimientos y habilidades

propios del jurista? Diez de los estudiantes consideran que el contenido u

objetivo es apropiado pero en realidad no se cumple. Mientras que seis

considera que son inapropiados por que no son exigidos su cumplimiento.

Representación gráfica 2

NO SI TOTAL

Columna1

Columna2

Columna3 10 6 16

10

6

16

0

2

4

6

8

10

12

14

16

18

0

0,2

0,4

0,6

0,8

1

1,2

NO SI TOTAL

Columna1

Columna2

Columna3 10 6 16

10

6

16

0

2

4

6

8

10

12

14

16

18

0

0,2

0,4

0,6

0,8

1

1,2

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Tercera pregunta: ¿Considera Usted que un Centro de Mediación aportaría en

el desarrollo de su práctica pre profesional? Todos los estudiantes encuestados

consideran que un Centro de Mediación en Uniandes Extensión Santo

Domingo, si aportaría con el desarrollo de sus prácticas pre profesionales.

Representación gráfica 3

Cuarta pregunta: ¿Está de acuerdo que la Universidad implemente un Centro

de Mediación, para que sus estudiantes de derecho realicen sus prácticas pre

profesionales? Todos los estudiantes encuestados están de acuerdo en la

implementación de un Centro de Mediación en Uniandes Extensión Santo

Domingo.

Representación gráfica 4

NO SI TOTAL

Columna1

Columna2

Columna3 0 16 16

0

16 16

0

2

4

6

8

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14

16

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0

0,2

0,4

0,6

0,8

1

1,2

NO SI TOTAL

Columna1

Columna2

Columna3 0 16 16

0

16 16

0

2

4

6

8

10

12

14

16

18

0

0,2

0,4

0,6

0,8

1

1,2

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Quinta pregunta: ¿Cree Usted que los estudiantes de Derecho que realicen sus

prácticas pre profesionales en un Cetro de Mediación de UNIANDES, deben

contar con el apoyo de un tutor o profesional del derecho para garantizar un

buen servicio a la sociedad? La gran mayoría, esto es 15 estudiantes sí

consideran que un Centro de Mediación implementado en la Extensión Santo

Domingo debe contar con el apoyo de un tutor para garantizar el buen

desarrollo y cumplimiento de objetivos.

Representación gráfica 5

Sexta pregunta: ¿Cree que realizar las prácticas pre profesionales en un Centro

de Mediación en UNIANDES, le estaría dando la oportunidad de ampliar

conocimientos y habilidades que a futuro aplicará en su vida profesional? Todos

los estudiantes encuestados están de acuerdo que con la implementación de

un Centro de Mediación en Uniandes Extensión Santo Domingo esto les dará

la oportunidad de ampliar su conocimiento que aportaría al desarrollo

crecimiento en su vida profesional de la carrera de Derecho.

NO SI TOTAL

Columna1

Columna2

Columna3 1 16 16

1

16 16

0

2

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0

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0,8

1

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Representación gráfica 6

Séptima pregunta: ¿Cree que un centro de mediación para los estudiantes

realicen sus prácticas pre profesionales aportaría en su desarrollo como

investigador en el campo jurídico? Todos los estudiantes encuestados están de

acuerdo que con la implementación de un Centro de Mediación en Uniandes

Extensión Santo Domingo les serviría como aporte para su desarrollo

profesional.

Representación gráfica 7

NO SI TOTAL

Columna1

Columna2

Columna3 0 16 16

0

16 16

0

2

4

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0

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0,4

0,6

0,8

1

1,2

NO SI TOTAL

Columna1

Columna2

Columna3 0 16 16

0

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0

2

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Octava pregunta: ¿Conoce lo que es un Centro de Mediación, para que esta

creado? La mayoría de los estudiantes encuestados conoce los objetivos de un

centro de mediación.

Representación gráfica 8

NO SI TOTAL

Columna1

Columna2

Columna3 0 16 16

0

16 16

0

2

4

6

8

10

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14

16

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0

0,2

0,4

0,6

0,8

1

1,2

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2.3.2 Análisis e interpretación de los resultados de la entrevista realizada a los

docentes de la carrera de Derecho en la Extensión UNIANDES Santo Domingo.

En entrevista realizada a ocho docentes involucrados con las modalidades presencial

y semi-presencial de la carrera de Derecho de UNIANDES, Extensión de Santo

Domingo se obtienen los siguientes criterios fundamentales sobre el tema objeto de

análisis:

o Primera pregunta: ¿Qué opinión le merece la situación actual de desarrollo de

la práctica pre profesional de los estudiantes de Derecho de UNIANDES, en la

Extensión Santo Domingo? En la encuesta a los profesores, siete consideran

que si tiene un desarrollo positivo y cumple con sus objetivos. Mientras que uno

considera que existe un buen desarrollo pero con insatisfacción por parte del

estudiante.

o Segunda pregunta: ¿Según su opinión, en el diseño actual de las prácticas pre

profesionales de los estudiantes de Derecho de UNIANDES, Extensión Santo

Domingo, está comprendida la profundización de conocimientos y habilidades

para el desarrollo de procesos de mediación jurídica? Cuatro profesores

encuestados consideran que esta bien expresada el diseño actual de las

prácticas pre profesionales. Mientras que dos profesores consideran que está

contemplada pero requiere de nuevas definiciones; y, dos consideran que no

aparece diseñada correctamente.

o Tercera pregunta: ¿Considera Usted que un estudiante de la carrera de

derecho estaría bien encaminado para el desarrollo de sus conocimientos, al

realizar sus prácticas pre profesionales en un centro de mediación propio de

UNIANDES? Todos los profesores encuestados consideran que si estaría bien

encaminado un estudiante en realizar sus prácticas pre profesionales en un

centro de mediación propio de Uniandes, expresan también que los estudiantes

están preparados para realizar las practicas tomando en consideración que

tienen suficientes conocimientos y podrán realizarlos en el centro de mediación

siendo ideal que la UNIANDES cree su propio centro de mediación.

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o Cuarta pregunta: ¿Cree Usted que un Centro de Mediación en UNIANDES,

prestaría una atención eficaz a la población, contando con los estudiantes de

Derecho como agentes jurídicos que ofrecen el servicio? Todos los tutores

encuestados consideran que efectivamente un centro de mediación en

Uniandes si prestaría una atención eficaz a la población, con los estudiantes

de la carrera de Derecho como agentes jurídicos al realizar sus prácticas pre

profesionales.

Conclusiones del capítulo.

De acuerdo a los resultados positivo obtenidos en las encuestas, se establece que la

propuesta presentada es factible por cuanto, existe la necesidad de que UNIANDES,

Extensión Santo Domingo, tenga su propio Centro de Mediación con el fin de que los

estudiantes de la carrera de Derecho realicen sus prácticas pre profesionales y a la

vez se dé servicio a la comunidad en general.

La presente propuesta se enmarca en lo establecido en la Constitución de la República

del Ecuador, Ley de Arbitraje y Mediación, ya que se debe analizar la necesidad de

los estudiantes en realizar no solo sus prácticas pre profesionales sino también sus

pasantías conforme lo exigen las normas y leyes a las que se rige las universidades

del país.

Con la creación de este centro de mediación los estudiantes podrán desarrollar sus

destrezas, habilidades y conocimientos, dándoles la oportunidad de ingresar sin

problemas ni obstáculos que muchas de las veces se presentan para los estudiantes

al solicitar realizar sus prácticas pre profesionales en Instituciones públicas, además

estaría en el campo práctico correspondiente de la carrera de Derecho, no como se

suele encontrar a la mayoría de los estudiantes realizando prácticas pre- profesionales

en instituciones y áreas que prácticamente nada tiene que ver con sus estudios,

proceso de formación profesional y desarrollo de capacidades.

Cabe indicar que las encuestas también fueron realizadas a estudiantes de otros

niveles y semestres, que de acuerdo al análisis de los resultados se puede concluir

que los estudiantes coinciden con el criterio que existe la necesidad de que

UNIANDES les ofrezca un centro de mediación propio y poder realizar en este sus

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prácticas pre profesionales que aportaría en ampliar conocimientos y crecimiento

como futuros profesionales.

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50

CAPÍTULO III

MARCO PROPOSITIVO

3.1. Fundamentación de la propuesta de Centro de Mediación.

La base de la creación de este proyecto de investigación se enfoca en la problemática

actual que tienen los estudiantes cuando requieren realizar sus prácticas pre

profesionales, que de acuerdo a la investigación que requiere para llegar a este

objetivo es la necesidad de implementar un centro de mediación y arbitraje en la

Universidad UNIANDES Extensión Santo Domingo, para que los estudiantes de la

carrera de Derecho tengan mejores resultados y de esta manera se les facilite sus

pasantías. Con este proyecto, a la vez se brinda a la ciudadanía de la provincia de los

Tsáchilas un servicio imprescindible que sirve para solucionar los conflictos judiciales

que a diario agobian a la sociedad y que muchas de las veces se ve obligada a litigar

ante autoridades judiciales, que en muchos casos son lentos para llegar a una

sentencia o juicio final.

Con este proyecto, los estudiantes de la carrera de derecho contribuirían con nuevos

conocimientos adquiridos a través del aprendizaje de la enseñanza impartida por los

docentes de la Universidad UNIANDES, ya que los estudiantes instruidos serán

capaces de identificar y resolver los problemas en las diferentes ramas del Derecho

convistiendo la mediación en una imperiosa necesidad de aplicación con la finalidad

de que a través del conocimiento y la utilización de los mismos los agremiados y

agremiadas de esta organización se empoderen de esta justicia alternativa.

Principalmente este proyecto se fundamenta acorde al marco legal jurídico que provee

la Constitución de la República del Ecuador en sus artículos 27, 350, 351 y 353, donde

se determina:

Art. 27.- La educación se centrará en el ser humano y garantizará su desarrollo

holístico, en el marco del respeto a los derechos humanos, al medio ambiente

sustentable y a la democracia; será participativa, obligatoria, intercultural,

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51

democrática, incluyente y diversa, de calidad y calidez; impulsará la equidad de

género, la justicia, la solidaridad y la paz; estimulará el sentido crítico, el arte y

la cultura física, la iniciativa individual y comunitaria, y el desarrollo de

competencias y capacidades para crear y trabajar. La educación es

indispensable para el conocimiento, el ejercicio de los derechos y la

construcción de un país soberano, y constituye un eje estratégico para el

desarrollo nacional;

Art. 350.- El sistema de educación superior tiene como finalidad la formación

académica y profesional con visión científica y humanista; la investigación

científica y tecnológica; la innovación, promoción, desarrollo y difusión de los

saberes y las culturas; la construcción de soluciones para los problemas del

país, en relación con los objetivos del régimen de desarrollo;

Art. 351.- El sistema de educación superior estará articulado al sistema

nacional de educación y al Plan Nacional de Desarrollo; la ley establecerá los

mecanismos de coordinación del sistema de educación superior con la Función

Ejecutiva. Este sistema se regirá por los principios de autonomía responsable,

cogobierno, igualdad de oportunidades, calidad, pertinencia, integralidad,

autodeterminación para la producción del pensamiento y conocimiento, en el

marco del diálogo de saberes, pensamiento universal y producción científica

tecnológica global; y.

Art. 353.- El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

público de planificación, regulación y coordinación interna del sistema y de la

relación entre sus distintos actores con la Función Ejecutiva. 2. Un organismo

público técnico de acreditación y aseguramiento de la calidad de instituciones,

carreras y programas, que no podrá conformarse por representantes de las

instituciones objeto de regulación.

En concordancia con la Ley Orgánica de Educación intercultural, creada mediante Ley

0, publicada en el Registro Oficial Suplemento 417 de fecha 31 marzo 2011,

modificada el 14 nov 2017, en sus Artículos que citaremos a continuación, determina

todo cuanto comprende a los derechos de los estudiantes de educación superior:

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Art. 1.- Ámbito.- La presente Ley garantiza el derecho a la educación,

determina los principios y fines generales que orientan la educación

ecuatoriana en el marco del Buen Vivir, la interculturalidad y la

plurinacionalidad; así como las relaciones entre sus actores. Desarrolla y

profundiza los derechos, obligaciones y garantías constitucionales en el ámbito

educativo y establece las regulaciones básicas para la estructura, los niveles y

modalidades, modelo de gestión, el financiamiento y la participación de los

actores del Sistema Nacional de Educación. Se exceptúa del ámbito de esta

Ley a la educación superior, que se rige por su propia normativa y con la cual

se articula de conformidad con la Constitución de la República, la Ley y los

actos de la autoridad competente;

Art. 7.- Derechos.- Las y los estudiantes tienen los siguientes derechos: a. Ser

actores fundamentales en el proceso educativo; b. Recibir una formación

integral y científica, que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad,

capacidades y potencialidades, respetando sus derechos, libertades

fundamentales y promoviendo la igualdad de género, la no discriminación, la

valoración de las diversidades, la participación, autonomía y cooperación; c.

Ser tratado con justicia, dignidad, sin discriminación, con respeto a su

diversidad individual, cultural, sexual y lingüística, a sus convicciones

ideológicas, políticas y religiosas, y a sus derechos y libertades fundamentales

garantizados en la Constitución de la República, tratados e instrumentos

internacionales vigentes y la Ley; n. Disponer de facilidades que le permitan la

práctica de actividades deportivas, sociales, culturales, científicas en

representación de su centro de estudios, de su comunidad, su provincia o del

País, a nivel competitivo..(…)”.

Asimismo la Ley Orgánica de Educación Superior, LOES, creada mediante Ley 0,

publicada en el Registro Oficial Suplemento 298 de 12 oct 2010, reformada el 19 mayo

2017, determina y regula el Sistema Superior en el país, en cuando a los derechos,

deberes y obligaciones de las personas naturales y jurídicas, como en el presente

proyecto de investigación provee determinar lo siguiente:

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53

Art. 4.- Derecho a la Educación Superior.- El derecho a la educación superior

consiste en el ejercicio efectivo de la igualdad de oportunidades, en función de

los méritos respectivos, a fin de acceder a una formación académica y

profesional con producción de conocimiento pertinente y de excelencia. Las

ciudadanas y los ciudadanos en forma individual y colectiva, las comunidades,

pueblos y nacionalidades tienen el derecho y la responsabilidad de participar

en el proceso educativo superior, a través de los mecanismos establecidos en

la Constitución y esta Ley;

Art. 5.- Derechos de las y los estudiantes.- Son derechos de las y los

estudiantes los siguientes: b) Acceder a una educación superior de calidad y

pertinente, que permita iniciar una carrera académica y/o profesional en

igualdad de oportunidades; c) Contar y acceder a los medios y recursos

adecuados para su formación superior; garantizados por la Constitución; d)

Participar en el proceso de evaluación y acreditación de su carrera; f) Ejercer

la libertad de asociarse, expresarse y completar su formación bajo la más

amplia libertad de cátedra e investigativa; g) Participar en el proceso de

construcción, difusión y aplicación del conocimiento; i) Obtener de acuerdo con

sus méritos académicos becas, créditos y otras formas de apoyo económico

que le garantice igualdad de oportunidades en el proceso de formación de

educación superior;

Art. 13.- Funciones del Sistema de Educación Superior.- Son funciones del

Sistema de Educación Superior: a) Garantizar el derecho a la educación

superior mediante la docencia, la investigación y su vinculación con la

sociedad, y asegurar crecientes niveles de calidad, excelencia académica y

pertinencia; b) Promover la creación, desarrollo, transmisión y difusión de la

ciencia, la técnica, la tecnología y la cultura; c) Formar académicos, científicos

y profesionales responsables, éticos y solidarios, comprometidos con la

sociedad, debidamente preparados para que sean capaces de generar y aplicar

sus conocimientos y métodos científicos, así como la creación y promoción

cultural y artística; d) Fortalecer el ejercicio y desarrollo de la docencia y la

investigación científica en todos los niveles y modalidades del sistema; e)

Evaluar, acreditar y categorizar a las instituciones del Sistema de Educación

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Superior, sus programas y carreras, y garantizar independencia y ética en el

proceso; f) Garantizar el respeto a la autonomía universitaria responsable; g)

Garantizar el cogobierno en las instituciones universitarias y politécnicas; h)

Promover el ingreso del personal docente y administrativo, en base a concursos

públicos previstos en la Constitución; i) Incrementar y diversificar las

oportunidades de actualización y perfeccionamiento profesional para los

actores del sistema; j) Garantizar las facilidades y condiciones necesarias para

que las personas con discapacidad puedan ejercer el derecho a desarrollar

actividad, potencialidades y habilidades; k) Promover mecanismos asociativos

con otras instituciones de educación superior, así como con LEY ORGANICA

DE EDUCACION SUPERIOR, LOES - Página 10 LEXIS FINDER -

www.lexis.com.ec unidades académicas de otros países, para el estudio,

análisis, investigación y planteamiento de soluciones de problemas nacionales,

regionales, continentales y mundiales; l) Promover y fortalecer el desarrollo de

las lenguas, culturas y sabidurías ancestrales de los pueblos y nacionalidades

del Ecuador en el marco de la interculturalidad; m) Promover el respeto de los

derechos de la naturaleza, la preservación de un ambiente sano y una

educación y cultura ecológica; n) Garantizar la producción de pensamiento y

conocimiento articulado con el pensamiento universal; y, ñ) Brindar niveles

óptimos de calidad en la formación y en la investigación; y,

Art. 87.- Requisitos previos a la obtención del título.- Como requisito previo a

la obtención del título, los y las estudiantes deberán acreditar servicios a la

comunidad mediante prácticas o pasantías pre-profesionales, debidamente

monitoreadas, en los campos de su especialidad, de conformidad con los

lineamientos generales definidos por el Consejo de Educación Superior. Dichas

actividades se realizarán en coordinación con organizaciones comunitarias,

empresas e instituciones públicas y privadas relacionadas con la respectiva

especialidad.

Con estas normas y leyes que se han citado en relación al tema del proyecto de

investigación se colige, la razón por la cual se plantea la propuesta de Centro de

Mediación en Uniandes Extensión Santo Domingo, para que los estudiantes de la

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carrera de Derecho realicen sus prácticas pre profesionales, la misma que aportará

en la formación de excelentes profesionales del Derecho. Este Centro de Mediación

beneficiará a todos los estudiantes que se encuentran cursando la carrera de Derecho

en la Universidad Uniandes Extensión Santo Domingo.

3.2. Objetivo general de la propuesta

Proponer a los Administradores de UNIANDES la posibilidad de crear un Centro de

Mediación en UNIANDES Extensión Santo Domingo, que proporcione a los

estudiantes de la carrera de Derecho realizar sus prácticas pre profesionales con el

apoyo de los profesionales del Derecho especializados en materia de Mediación.

3.3. Objetivos específicos de la propuesta.

o Prestar servicio jurídico gratuito a la sociedad.

o Aplicar los conocimientos teóricos aprehendidos en las aulas Universitarias.

o Facilitar el acceso a la justicia a las personas de bajos recursos económicos.

o Aprender a desenvolverse frente a los demás, dando asesoría jurídica con

información que sea de ayuda, para solucionar problemas de personas que

requieren de nuestros servicios.

3.4. ASPECTOS DE ANÁLISIS PARA LA CONSTITUCIÓN DEL CENTRO DE

MEDIACIÓN UNIANDES, EXTENSIÓN SANTO DOMINGO.

3.4.1. Ubicación Geográfica

El cantón Santo Domingo está ubicado en las estribaciones de la Cordillera

Occidental, a 133 Km de Quito, capital del Ecuador.

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3.4.2. Límites: El cantón Santo Domingo, está circunscrito entre los siguientes

linderos.

3.4.3. Demografía

Cuenta con una población aproximada de 450.000 habitantes, según la estimación de

acuerdo con su tasa de crecimiento anual. Es una de las ciudades más prósperas y

de mayor crecimiento poblacional del país.

Por sus características geo-estratégicas muy peculiares, cuenta con una importante

población flotante, puesto que en este cantón ciudadanos de los cantones aledaños

tales como La Concordia, Quininde, La Unión, El Carmen, realizan sus actividades

económicas de tránsito por el cantón, es decir, no residen en el cantón, pero ejercen

sus actividades laborales o de comercio en esta ciudad, lo que deja en evidencia que

la población de Santo Domingo tiene una cifra más elevada que la referida en líneas

anteriores, puesto que la población flotante que mantiene la zona no está cuantificada.

El cantón Santo Domingo, se distingue por el alto índice de comercio, cooperativismo,

asociaciones, y, demás organizaciones sociales que han dado el plus de crecimiento,

cada uno de los sectores con características muy particulares, pero que por su

actividades intrínsecas demanda de la justicia ordinaria, tomando en consideración

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que un considerable número de causas podrían ser ventiladas o atendidas en un

Centro de Mediación.

Para tener un diagrama más claro de la población de Santo Domingo, se citará

algunos datos que han sido revelados tras el último censo poblacional realizado por

el INEN en la ciudad, en el año 2010, que si bien es cierto ya está desactualizado

puesto en cinco años, las circunstancias han cambiado, no deja de ser un referente

para elaborar un análisis situacional.

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De los datos citados se refleja que la actividad laboral en Santo Domingo, se encuentra

ceñida mayormente en cuatro grupos muy bien definidos que son: empleados privados

o públicos, jornaleros o trabajadores autónomos. En el tema de vivienda hay un

porcentaje considerable de personas que viven arrendando.

3.4.4. Datos Importantes

La población asciende a 450.000 habitantes, siendo este un índice poblacional muy

alto, que demanda de atención de solución de conflictos en varias áreas como por

ejemplo:

a) Al tener un índice considerable de ciudadanos que sus viviendas son

arrendadas los conflictos en inquilinato son latentes.

b) En una población con una alta tabla de comercio, los conflictos derivados de

la actividad comercial son frecuentes.

c) Es elevado el porcentaje de trabajadores en relación de dependencia en la

localidad, los conflictos laborales son frecuentes, por ello, las inspectorías de

trabajo, permanecen abarrotadas.

d) Un cantón en proceso de construcción tendrá siempre que estar expuesto a la

contratación de obras civiles, por ello el nivel de conflictividad en este tipo de

contrataciones son frecuentes.

e) El índice de natalidad en el cantón es considerable, por lo que las problemáticas

derivadas de casos de la niñez y la familia, también son frecuentes.

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3.4.5. Grupo objetivo

El Centro de Mediación UNIANDES Extensión Santo Domingo, tendrá como

potenciales usuarios los siguientes:

a) Instituciones Públicas;

b) Instituciones Privadas;

c) Asociaciones con y sin fines de lucro de diversas líneas citándose entre

algunas de ellas: Las de comercio, construcción, jubilados, docentes,

estudiantes, servidores públicos, trabajadores privados;

d) Sindicatos de Trabajadores;

e) Comités de Empresa;

f) Progenitores que demanden solución de conflictos derivados de la niñez y la

familia;

g) Contraventores en materia de tránsito;

h) Contratistas del Estado;

i) Contratistas particulares;

j) Cooperativas de Vivienda vigentes o en proceso de liquidación;

k) Cooperativas de Transporte;

l) Organizaciones no gubernamentales;

m) Abogados o demás profesionales;

n) Personas naturales o jurídicas en general.

3.4.6. Mapa de Conflictividad

Previo a detallar el mapa de conflictividad de conformidad al grupo objetivo del Centro

de Mediación UNIANDES Extensión Santo Domingo, es menester señalar que el

conflicto es visto como la oposición de diferentes elementos psíquicos (deseos,

valores, creencias, etc.) que se manifiestan externamente como síntomas o problemas

de conducta. Por ejemplo, en la concepción freudiana, la oposición entre un deseo y

una exigencia moral puede manifestarse como un problema de conducta. A partir de

aquí, cuando observamos una interacción en términos de disputa entre dos personas,

tendríamos que entenderla como una manifestación o expresión del conflicto que cada

uno de ellos tiene.

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En este sentido, el conflicto no requiere «del otro» para constituirse y, por lo tanto, se

convierte en algo propio del ser humano. Es más, para estas teorías, por mucho que

se aceptará la noción de conflicto intrapersonal y de conflicto interpersonal, la segunda

sería siempre conceptual y pragmáticamente dependiente de la primera; el conflicto

interpersonal es una manifestación del conflicto intrapersonal; por ello, que en las

sociedades sin importar el nivel social, económico, cultural, académico de sus

habitantes, el conflicto se mantiene latente, siendo necesario que estos sean resueltos

por los mismos actores del conflicto evitando la judialización de los mismos, con

fundamento en esta realidad se pretende atender a varios grupos de la población que

a diario se ven envueltos en diversas problemáticas demandando siempre de una

solución rápida y eficaz que garantice una alternativa práctica para superar la

problemática existente entre las partes y que esta no soslaye sus derechos.

GRUPOS OBJETIVOS CONFLICTOS DE MAYOR INCIDENCIA

Instituciones Públicas Procesos administrativos, relación obrero

patronal, problemáticas surgidas a partir de los

procesos de contratación pública.

Instituciones Privadas Relación obrero-patronal, de comercio, de

acreedores y deudores, de bienes raíces, de

liquidación de accionistas.

Asociaciones con y sin fines de lucro de

diversas líneas citándose entre algunas de

ellas: Las de comercio, construcción, jubilados,

docentes, estudiantes, servidores públicos,

trabajadores privados;

Sindicatos de Trabajadores Relación obrero- patronal, de asociatividad.

Comité de Empresas Relación obrero- patronal, de asociatividad

Progenitores que demanden solución de

conflictos derivados de la niñez y la familia;

Fijación de pensión de alimentos, días de visitas.

Contratistas del Estado;

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Contratistas particulares

Contraventores en materia de tránsito;

Infracciones, contravenciones, solución de

accidentes de tránsito.

Cooperativas de Vivienda vigentes o en

proceso de liquidación;

De los socios con la organización o viceversa,

del cumplimiento de obligaciones de las partes;

de designación de terrenos (lotes de vivienda);

de sesión de derechos.

Cooperativas de Transporte De sesión de participaciones u acciones, de los

socios con la organización, de los conflictos

derivados con las entidades que regentan el

transporte en el país: Empresas de Transporte,

CNT, ANT, etc.

Organizaciones no gubernamentales

Abogados o demás profesionales De las causas designadas a su cargo por sus

clientes: Civil, Laboral, Penal, Niñez y

Adolescencia, Tránsito, Contratación Pública;

Contravenciones.

Personas naturales o jurídicas en general De las causas que tengan sus conflictos: Civil,

Laboral, Penal, Niñez y Adolescencia, Tránsito,

Contratación Pública; Contravenciones.

3.4.7. Materias de Mediación El Centro de Mediación UNIANDES Extensión Santo Domingo, en atención a su

función social se dedicará a las siguientes materias:

a) Civil; b) Laboral; c) Penal; d) Tránsito; e) Contravenciones: f) Ley de Caminos; g) De la Niñez y Adolescencia h) De la Mujer y la Familia; i) De Contratación Pública j) De Inquilinato; k) Derecho Societario; l) De telecomunicaciones;

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3.4.8. Objetivos Estratégicos

3.4.8.1. Objetivo general

Promoción de los Medios Alternativos para la Solución de Conflictos y fortalecimiento

de la mediación, como herramientas prioritarias para la solución pacífica de los

conflictos e impulso de la justicia restaurativa.

3.4.8.2. Objetivos específicos

1.- Fortalecer el papel institucional del Centro de Mediación como un referente en

materia de solución alternativa de conflictos e impulsar el conocimiento sobre la

mediación en las diversas materias que sean transigibles.

2.- Mejorar los resultados de los procedimientos de mediación y la atención al usuario

de los servicios que otorga el Centro.

3.- Liderar a nivel cantonal, provincial y nacional la capacitación y formación de

mediadores es pos de impulsar la Cultura de Paz garantizada en la Constitución de la

República.

4.- Mejorar las instalaciones y los procesos del Centro de Mediación con el objetivo

de facilitar la actuación de los mediadores, la comodidad de los usuarios y agilizar los

procesos mediante la simplificación de actuaciones.

3.4.8.3. Para la consecución del primer objetivo el Plan Estratégico contempla

las siguientes líneas de actuación: (corto y mediano plazo):

a) Fomentar la suscripción de acuerdos de colaboración con universidades,

instituciones públicas y privadas, cooperativas, asociaciones para dar a

conocer los beneficios de la mediación en conflictos transigibles.

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b) Mejorar la divulgación de los beneficios de la actividad de Centro de Mediación

mediante actuaciones dirigidas a un mayor conocimiento de nuestra actividad.

Entre estas actuaciones se encontraría:

c) Optimizar la información que se difunde principalmente desde la página web,

promoviendo una reunión anual con medios de comunicación para divulgar

nuestra actividad.

3.4.8.4. Para el cumplimiento del segundo objetivo se incorporará sistemas de

evaluación de la actividad dirigidos a tres objetivos: (corto, mediano y

largo plazo)

a) Medir el impacto económico de la resolución o no de conflictos en a través de

los servicios que presta el Centro de Mediación para de esta manara contar

con información que permita difundir los beneficios de la mediación, con el

ánimo de que los ciudadanos ecuatorianos opten por esta alternativa para

solucionar sus conflictos.

b) Conocer el grado de confianza de los usuarios de los servicios del Centro de

Mediación (Autoevaluación y los motivos para no acudir a ellos, en aras de

poder establecer, en futuro, medidas correctoras que favorezcan un uso más

intenso y generalizado de los mismos

c) Valorar la actividad de mediación desarrollada hasta el momento.

d) Estudiar y elaborar un informe comparativo de los sistemas de solución de

conflictos de otros Centros y su funcionamiento que nos permita detectar

buenas prácticas que puedan ser útiles para nuestra actividad.

e) Organizar y participar en Jornadas divulgativas específicas del papel del Centro

de Mediación en universidades, centros de postgrado, empresas, despachos

de abogados, organizaciones sindicales, cooperativas y ciudadanía en general.

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3.4.8.5. Para el cumplimiento del tercer objetivo específico se ejecutará las

siguientes acciones: (mediano y largo plazo).

a) Fomentar el estudio y la formación de mediadores, árbitros para de esta forma

impulsar la formación de Centros de Mediación y con ello coadyuvar a la

instauración de una Cultura de Paz, propendiendo al descongestionamiento de

las causas en los juzgados en lo que respecta a causas transigibles.

b) Fomentar la colaboración y el intercambio de experiencias con los organismos

autonómicos de solución extrajudicial de conflictos, dirigida al objetivo de contar

con información común sobre los procedimientos tramitados, resultado, tipo de

conflictos, materia etc.

c) Impulsar la participación de la Fundación en foros, jornadas, seminarios o

congresos donde podamos exponer la experiencia de la Fundación en la

solución extrajudicial de conflictos, así como la publicación de artículos en

revistas, colecciones, libros o publicaciones relacionados con la actividad del

Centro de Mediación

d) Mejorar nuestra presencia e impacto tanto en la web como en redes sociales.

e) Para alcanzar el segundo objetivo, relativo a mejorar los resultados de los

procedimientos de mediación y arbitraje y la atención al usuario de los servicios

del CENTRO DE MEDIACIÓN, las líneas de actuación serían:

3.4.8.6. Para el cumplimiento del cuarto objetivo específico se prevén las

siguientes actuaciones:

a) Establecer un protocolo de actuación en relación con las reuniones de

mediación y arbitraje y la creación de un buzón de sugerencias que nos permita

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conocer de forma sencilla las opiniones sobre el organismo y su

funcionamiento.

b) Instalación paulatina de video pantallas en las salas de reuniones para facilitar

el uso de las tecnologías en los procedimientos de mediación, colaborando en

la agilidad de las reuniones.

c) Reducir el número de expedientes en los que alguna de las partes no asiste

por defecto en la notificación del procedimiento mediante actuaciones

específicas, analizando las causas que lo motivan.

3.5. Estructura del Centro de Mediación

El centro de mediación en Uniandes Extensión Santo Domingo estaría

conformado por profesionales del derecho capacitados en materia de

mediación quienes harán las veces de mediadores debidamente autorizados y

registrados por el Consejo de la Judicatura, este centro de mediación contará

con un espacio que se encuentre dividido en sala de audiencias privadas, sala

de espera, receptores de los casos que correspondería a los estudiantes de la

carrera de Derecho, quienes brindarán atención a los usuarios, en asesoría

legal e información en cuanto a la mediación.

Su estructura estará diseñado como Centro de mediación UNIANDES

Extensión Santo Domingo, contará con un espacio físico como son la sala de

audiencias, sala de estar, cubículos para los estudiantes y recepcionista, y

oficinas para los mediadores cumpliendo con la infraestructura exigida por la

ley, los estudiantes cumplirán un rol importante como el de orientar a los

usuarios en base a sus conflicto.

La creación de un reglamento para el centro de mediación UNIANDES

Extensión Santo Domingo, contendrá los objetivos, el rol, disciplina, deberes y

obligaciones, remuneración y sanciones para los que conformen el centro de

mediación UNIANDES.

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- Directorio: Estará conformado por un Presidente/a, Vicepresidente/a,

Secretario/a, Tesorero/a, que serán elegidos entre los mediadores inscritos

como parte del Centro de Mediación, que tengan al menos un año en la

institución, el proceso de elección se efectuará mediante elecciones abiertas o

cerradas, para un período de dos años.

- Director del Centro: El Director o Directora del Centro de Mediación será

nombrado por el Directorio, durará en sus funciones dos años;

concomitantemente con las funciones de la Dirección podrá atender los asuntos

de mediación que sean requeridos por los usuarios en cuanto se refiere a

Mediación.

- Mediador o Mediadora: Es el ciudadano que haya cumplido con la formación

teórica y práctica conforme lo determine la normativa vigente emitida por el

Consejo de la Judicatura.

- Estudiante que realice su práctica pre profesional: Estudiante que brinda

atención al usuario, orientándole acorde al marco legal jurídico que requiera a

ser aplicado en relación al conflicto y necesidad que quiera solucionar mediante

la mediación.

- Asistente- Recepcionista: Es la persona encargada de recibir las solicitudes

de atención de mediación, atender al usuario en primera instancia, llevar el

control del archivo digital del Centro de Mediación.

Para la aprobación y registro del centro de mediación, se requiere constituir una

Asociación creada por la Universidad UNIANDES, enmarcada en las exigencias de

las normas y leyes del Instituto Nacional de Economía Popular y Solidario, estatutos

que pueden ser valorados en el Anexo No 3.

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3.6. Representación gráfica del Centro de Mediación (Esquema)

Organigrama del Centro

3.7. Aportes del Centro de Mediación a la formación profesional de los

estudiantes de Derecho de UNIANDES Santo Domingo a través de sus

prácticas pre profesionales.

El centro de mediación abarca la gran mayoría de las materias jurídicas, los casos

de niñez, inquilinato, transito, civil, mercantil, laboral y otras, las mismas que

dependiendo determinan el objeto de la mediación, conciliación o en ciertos casos

la imposibilidad de acuerdo.

El estudiante con avanzados conocimientos que le facilita el desenvolvimiento y

desempeño en materia de mediación.

DIRECTORIO DEL CENTRO DE MEDIACIÓN UNIANDES

DIRECTOR DEL CENTRO UNIANDES EXTENSIÓN SANTO DOMINGO

Mediador

Mediador

Mediador

Asistente-Recepcionista Estudiante práctica pre

profesionales

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Un centro de mediación para el estudiante de la carrera de derecho a vísperas de

culminar sus estudios sería una escuela más de aprendizaje, envestida de

desarrollar destrezas que involucra a la sociedad envuelta en problemas sociales

que pueden ser solucionados en lapsos de tiempo cortos en comparación a la vía

judicial que se toman años por solucionar.

CONCLUSIONES DE CAPÍTULO

Con el diseño de un Centro de Mediación en Uniandes Extensión Santo Domingo,

aplicado a la organización y desarrollo de la práctica pre profesional de los

estudiantes de la carrera de Derecho, se crean las condiciones más idóneas para

el desarrollo de conocimientos, capacidades, habilidades y valores que conectan

con su futuro ejercicio laboral.

A su vez, este Centro de Mediación contribuirá a desplegar de una forma más

plena la función social de la institución, por el servicio de solución de conflictos

relacionados con el desarrollo institucional y comunitario de la sociedad

santodomingueña.

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CONCLUSIONES GENERALES

Se ha fundamentado científica y teóricamente la necesidad de la propuesta

inicial de un centro de mediación en Uniandes Extensión Santo Domingo

para que los estudiantes de la carrera de Derecho realicen sus prácticas

pre profesionales. Para ello fue necesario arribar a conceptos actualizados

sobre: mediación, arbitraje, diseño curricular, prácticas pre- profesionales,

entre otros.

El diagnóstico sobre la importancia de implantar un Centro de Mediación en

Uniandes Santo Domingo para que los estudiantes desarrollen

conocimientos, destrezas, habilidades y apliquen conocimientos a la

práctica y profesión, arrojó una tendencia convincente de la necesidad de

este Centro, tanto en estudiantes como en docentes, con ello se reafirma el

propósito central establecido en la presente investigación.

Se pudo diseñar el Centro de Mediación con todos sus componentes de

marco legal y educativo de nivel superior, para que los estudiantes de la

carrera de Derecho de la Universidad Uniandes, Extensión Santo Domingo,

desarrollen y amplíen sus conocimientos y ejercicio práctico en el ámbito

jurídico.

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RECOMENDACIONES

A los directivos de Extensión y carrera de Derecho de Uniandes Santo Domingo

se sugiere el análisis de la propuesta contenida en este proyecto de

investigación, para ejecutar los pasos correspondientes que conlleven a la

creación en el marco de la legalidad del Centro de Mediación propuesto.

A los directivos de la carrera de Derecho de Uniandes Santo Domingo se

sugiere, con apoyo en los resultados de este proyecto de investigación, que

promuevan el desarrollo de actividades curriculares y extracurriculares donde

se profundice la concepción, importancia y vías de ejecución de los procesos

de mediación.

A los directivos de la carrera de Derecho de Uniandes Santo Domingo se

sugiere socializar entre los docentes de la carrera de Derecho de Uniandes

Santo Domingo la propuesta de Centro de Mediación contenida en este

proyecto de investigación con el objetivo de recabar su apoyo en el proceso de

su creación y puesta en funcionamiento como parte del desarrollo de las

prácticas pre- profesionales de sus estudiantes.

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BIBLIOGRAFÍA.

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2-. Cáceres, E, (2009) “Pasos hacia una teoría constructivista y conexionista del

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Hill.

4.- Beane, J, (2010). La Integración del Currículo. Madrid. Ediciones MORATA

5.- González Galván, J. A (2008), “Enseñanza de la metodología de la investigación

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9-. Bianchi, Roberto A: MEDIACIÓN PREJUDICIAL Y CONCILIACIÓN. Editorial

Zaballa, Buenos Aires, 1996

10-. Folberg, Jay; Taylor, Alison: MEDIACIÓN RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS SIN

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11-. Alvarez Highton, Jassan; MEDIACIÓN Y JUSTICIA, Editorial Zaballa, Buenos

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12-. Singm Lynda: RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS. Editorial Paidós. Buenos Aires,

1996.

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13-. Bush, Robert A. Baruch – Folger Joseph P: LA PROMESA DE LA MEDITACIÓN,

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14-. Moore, Christopher; EL PROCESO DE MEDIACIÓN MÉTODOS PRÁCTICOS

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15.- TRATADO DE DERECHO DE FAMILIA. Aspectos sustantivos y procesales.

Coordinadores: Pedro González Poveda y Pilar González Vicente. Editorial Sepin

(2005).

16.- MEDIACION Y PROTECCION DE MENORES EN DERECHO DE FAMILIA.

Volumen editado por el Consejo General del Poder Judicial (2005).

17.- “SOLUCIONES EXTRAJUDICIALES DE CONFLICTOS FAMILIARES:

ARBITRAJE, CONCILIACION, MEDIACIÓN”. Artículo doctrinal del Magistrado D. José

Luis Utrera Gutiérrez y publicado en TEMAS DE ACTUALIDAD EN DERECHO DE

FAMILIA. Por la Asociación Española en Derecho de Familia (AEAFA). Editorial

Dykinson (2004).

18.- “EL PROCESO CIVIL I: Epígrafe 268; Terminación anormal del proceso:

Transacción” Artículo doctrinal de Barona Vilar en Tirant on line.

19.- “SEPARACION Y DIVORCIO TRAS LA LEY 15/2005”. Artículo doctrinal de

Montero Aroca, Flors Matíes y Arenas García en Tirant on line.

20.- “LA FAMILIA EN PERSPECTIVA INTERNACIONAL Y EUROPEA”. Artículo

doctrinal de Dña. Susana Sanz Caballero en Tirant on line

21.- ASOCIACION PARA EL ARBITRAJE DE DERECHO DE FAMILIA Y

SUCESIONES (ARBIFAM). www.arbifam.es

22.- “ANALISIS DE LAS REFORMAS MÁS IMPORTANTES INTRODUCIDAS POR

LA LEY 15/2005, DE 8 DE JULIO. REVISTA JURÍDICA DE CANARIAS I”. Artículo

doctrinal de Pedro Joaquín Herrera Puentes en Tirant on line.

23.- “ARBITRAJE EN EL MARCO DE LA LEY 1/2000 DE ENJUICIAMIENTO CIVIL”.

Artículo doctrinal de Martínez García en Tirant on line.

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P. 19 Salamanca - España 1ª Edición.

LEGISGRAFÍA

1.- Constitución de la República del Ecuador. (2008). Ley. Ecuador: Asamblea

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2.- Ley de Arbitraje y Mediación, creada mediante Codificación 14, publicada en el

Registro Oficial 417 (del 14 dic 2006) modificado 22-may-2015 Quito.

3.- Ley Orgánica de Educación Superior, LOES, creada mediante Ley 0, publicada en

el Registro Oficial Suplemento 298 (del 12 oct 2010), reformada el 19 mayo 2017.

4.- Ley Orgánica de Educación intercultural, creada mediante Ley 0, publicada en el

Registro Oficial Suplemento 417 (del 31 marzo 2011), modificada el 14 nov 2017.

5.- Reglamento General de Pasantías y prácticas pre profesionales, Ambato 21 de

marzo del 2017.

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ANEXOS

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ANEXO NO 1

CARTA DE APROBACIÓN DEL PERFIL DE PROYECTO DE INVESTIGACIÓN

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ANEXO NO 2

GUÍA DE ENCUESTA APLICADA A ESTUDIANTES

Estimado estudiante:

La UNIANDES, a través de su Departamento de Teleeducación, le está dando

seguimiento al desarrollo de una Maestría en Docencia Universitaria en Ciencias

Jurídicas, y sus trabajos de titulación son direccionados mediante proyectos de

investigación de carácter pedagógicos al perfeccionamiento de la docencia

universitaria, el proceso de enseñanza aprendizaje y la formación de valores de

los estudiantes.

En particular, la investigación relacionada con este cuestionario está orientada

hacia el perfeccionamiento de la práctica pre profesional a través de la creación

de un Centro de Mediación de Conflictos.

Usted ha sido seleccionado como valiosa fuente de información para contribuir

con el diagnóstico de la investigación, por lo cual sometemos a su opinión el

siguiente cuestionario. Le solicitamos su aporte con respuestas que revelen su

sinceridad.

Una vez concluida la investigación, usted puede tener acceso a los resultados,

a través del informe final de la investigación.

Muchas gracias.

Primera pregunta

1- ¿Cumple su práctica pre profesional actual con sus expectativas con

relación a su formación en la carrera de Derecho?

SI____ NO____

Ofrezca dos elementos justificativos de su respuesta

______________________________________________________________

______________________________________________________________

_______________________________________________

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Segunda Pregunta

2- ¿Considera Usted el contenido de su práctica pre profesional como apropiada

para abarcar los conocimientos y habilidades propios del jurista?

SI____ NO____

Argumente su respuesta

___________________________________________________________________

___________________________________________________________________

___________________________________________________________________

___________________________________________________________________

___________________________________________-

Tercera Pregunta

3- ¿Considera Usted que un Centro de Mediación aportaría en el desarrollo de su

práctica pre profesional?

SI____ NO____

¿Porque?

___________________________________________________________________

___________________________________________________________________

___________________________________________________________________

___________________________________________________________________

_________________

Cuarta Pregunta

4- ¿Está de acuerdo que la Universidad implemente un Centro de Mediación, para

que sus estudiantes de Derecho realicen sus prácticas pre profesionales ?

SI ____ NO___

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Quinta Pregunta

5.- ¿Cree Usted que los estudiantes de Derecho que realicen sus prácticas pre

profesionales en un centro de mediación de UNIANDES, deben contar con el

apoyo de un tutor o profesional del derecho para garantizar un buen servicio a la

sociedad?

SI ____ NO___

¿Porque?

___________________________________________________________________

___________________________________________________________________

___________________________________________________________________

___________________________________________________________________

____________________________________

Sexta Pregunta

1. ¿Cree que realizar las prácticas pre profesionales en un Centro de Mediación

en UNIANDES, le estaría dando la oportunidad de ampliar conocimientos y

habilidades que a futuro aplicará en su vida profesional?

SI ____ NO___

Justifique su opción de respuesta con dos elementos

___________________________________________________________________

___________________________________________________________________

___________________________________________________________________

___________________________________________________________________

__________________

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Séptima Pregunta

2. ¿Cree que un centro de mediación para los estudiantes realicen sus prácticas

pre profesionales aportaría en su desarrollo como investigador en el campo

jurídico?

SI ____ NO___

Por qué?

___________________________________________________________________

___________________________________________________________________

___________________________________________________________________

___________________________________________________________________

______________

Octava Pregunta

3. ¿Conoce lo que es un Centro de Mediación, para que esta creado?

SI ____ NO___

Ofrezca una breve caracterización

___________________________________________________________________

___________________________________________________________________

___________________________________________________________________

___________________________________________________________________

__________________

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ANEXO NO 3

GUÍA DE ENTREVISTA REALIZADA A DOCENTES

Estimado profesor:

La UNIANDES, a través de su Departamento de Teleeducación, le está dando

seguimiento al desarrollo de una Maestría en Docencia Universitaria en Ciencias

Jurídicas, y sus trabajos de titulación son direccionados mediante proyectos de

investigación de carácter pedagógicos al perfeccionamiento de la docencia

universitaria, el proceso de enseñanza aprendizaje y la formación de valores de

los estudiantes.

En particular, la investigación relacionada con este cuestionario está orientada

hacia el perfeccionamiento de la práctica pre profesional a través de la creación

de un Centro de Mediación de Conflictos.

Usted ha sido seleccionado como valiosa fuente de información para contribuir

con el diagnóstico de la investigación, por lo cual sometemos a su opinión el

siguiente cuestionario. Le solicitamos su aporte con respuestas que revelen su

sinceridad.

Una vez concluida la investigación, usted puede tener acceso a los resultados,

a través del informe final de la investigación.

Muchas gracias.

1. ¿Qué opinión le merece la situación actual de desarrollo de la práctica pre

profesional de los estudiantes de Derecho de UNIANDES, en la Extensión

Santo Domingo?

Tiene un desarrollo positivo y cumple con sus objetivos _______

En desarrollo pero con insatisfacciones por parte de estudiantes _______

En su formato actual no cumple su papel en el currículo ______

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Argumente la opción de su respuesta.

______________________________________________________________

______________________________________________________________

______________________________________________________________

______________________________________________________________

__________________________________________

2. ¿Según su opinión, en el diseño actual de las prácticas pre profesionales de

los estudiantes de Derecho de UNIANDES, Extensión Santo Domingo, está

comprendida la profundización de conocimientos y habilidades para el

desarrollo de procesos de mediación jurídica?

Sí, considero que está bien expresada _______

No aparece diseñada correctamente _______

Está contemplada pero requiere de nuevas definiciones ______

Argumente su respuesta.

______________________________________________________________

______________________________________________________________

______________________________________________________________

______________________________________________________________

___________________________________

3. ¿Considera Usted que un estudiante de la carrera de derecho estaría bien

encaminado para el desarrollo de sus conocimientos, al realizar sus prácticas

pre profesionales en un centro de mediación propio de UNIANDES?

SI ____ NO___

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Por qué?

______________________________________________________________

______________________________________________________________

______________________________________________________________

______________________________________________________________

_____________________________________

4. ¿Cree Usted que un Centro de Mediación en UNIANDES, prestaría una

atención eficaz a la población, contando con los estudiantes de Derecho como

agentes jurídicos que ofrecen el servicio?

SI ____ NO___

Por qué?

______________________________________________________________

______________________________________________________________

__________________________________________________

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ANEXO NO 4

MODELO DE ESTATUTO DE LA ASOCIACIÓN

DE SERVICIO DE ASESORIA JURÍDICA ALTERNATIVO Y SOLIDARIO

“ASAJAS”

TÍTULO PRIMERO

GENERALIDADES Y PRINCIPIOS

Artículo 1.- CONSTITUCION: Se constituye la Asociación DE SERVICIO DE

ASESORIA JURÍDICA ALTERNATIVO Y SOLIDARIO “ASAJAS”, organización que

somete su actividad y operación a la Ley Orgánica y Reglamento General de

Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario, en

cumplimiento de los requisitos establecidos en el Art. 6 del Reglamento General de la

Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario, para adquirir

su personería jurídica.

Artículo 2.-DOMICILIO, RESPONSABILIDAD Y DURACIÓN: El domicilio principal

de la Asociación será el Cantón Santo Domingo, Provincia Santo Domingo de los

Tsáchilas, pudiendo ejercer su actividad en cualquier parte del territorio nacional,

previa autorización de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria.

La asociación será de duración indefinida, y responsabilidad limitada a su capital

social, por tanto, la responsabilidad de sus asociados estará limitada al capital que

aporten a la entidad.

Artículo 3.- OBJETO SOCIAL: El objetivo de la asociación es brindar servicios de

asesoría legal, tributaria, capacitación a través de talleres, charlas, cursos; de

asesoría y atención en la solución alternativa de conflictos; elaboración de estudios

de consultoría.

Para su cumplimiento podrá efectuar especialmente las siguientes actividades.

1. Adquirir, arrendar, enajenar, administrar, prendar o hipotecar bienes inmuebles;

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2. Importar maquinaria, vehículos, equipos, materia prima, insumos y similares,

destinados al cumplimiento de su objeto social;

3. Propender al mejoramiento social de sus miembros, mediante la comercialización

de los productos o servicios desarrollados por ellos;

4. Propender a la eficiencia de las actividades económicas de sus asociados,

fomentando el uso de técnicas y tecnologías innovadoras y amigables con el medio

ambiente;

5. Brindar servicios de asesoría legal, contable y tributaria;

6. Brindar capacitación mediante talleres, cursos, seminarios;

7.- Brindar los servicios de asesoría en la solución alternativa de conflictos;

8.- Suscribir convenios de cooperación técnica y capacitación con organismos

gubernamentales y no gubernamentales, nacionales y/o extranjeros, para el

fortalecimiento de las capacidades de sus asociados; y,

9. Promover la integración con organizaciones afines o complementarias, procurando

el beneficio colectivo;

TITULO SEGUNDO

DE LOS ASOCIADOS

Art. 4.- ASOCIADOS: Son miembros de la Asociación, las personas naturales

legalmente capaces, con actividades relacionadas con el objeto social establecido en

el artículo 3 del presente Estatuto, aceptadas por la Junta Directiva, previo el

cumplimiento de los requisitos y procedimientos específicos que constarán en el

Reglamento Interno.

Art. 5.- OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LOS ASOCIADOS: Son obligaciones y

derechos de los asociados, además de los establecidos en la Ley Orgánica de la

Economía Popular y Solidaria y su Reglamento General, los siguientes:

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1. Intervenir en las Juntas Generales con voz y voto, pudiendo elegir y ser elegidos

para los cargos directivos, previo el cumplimiento de los requisitos previstos en el

presente estatuto y en su Reglamento Interno;

2. Ser beneficiarios de los programas de capacitación, asistencia técnica y de los

servicios que ofrezca la Asociación;

3. Utilizar responsablemente los bienes y servicios comunes;

4. Cumplir las disposiciones legales, reglamentarias, los estatutos sociales y la

normativa interna que rigen a la Asociación;

5. Cancelar los aportes de capital no reembolsable y las cuotas ordinarias y

extraordinarias que sean fijadas por la Junta General o la Junta Directiva;

6. Desempeñar las obligaciones inherentes al cargo para el que hayan sido

designados;

7. Contribuir con su comportamiento al buen nombre y prestigio de la Asociación;

8. No incurrir en competencia desleal en los términos dispuestos en la Ley Orgánica

de la Economía Popular y Solidaria y su Reglamento;

9. No utilizar a la organización para evadir o eludir obligaciones tributarias propias o

de terceros, o para realizar actividades ilícitas;

10. Los demás que consten en el Reglamento Interno.

Art. 6.- PÉRDIDA DE LA CALIDAD DE ASOCIADO: La calidad de asociado se pierde

por retiro voluntario, exclusión o fallecimiento.

Art. 7.- RETIRO VOLUNTARIO: El asociado podrá solicitar a la Junta Directiva, en

cualquier tiempo, su retiro voluntario. En caso de falta de pronunciamiento por parte

de la Junta Directiva, la solicitud de retiro voluntario surtirá efecto transcurridos 30 días

desde su presentación.

Art. 8.- EXCLUSIÓN: La exclusión del asociado será resuelta por la Junta Directiva

de conformidad con las causas y el procedimiento establecidos en el Reglamento

Interno. La exclusión será susceptible de apelación ante la Junta General en última y

definitiva instancia.

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TÍTULO TERCERO

ORGANIZACIÓN Y GOBIERNO

Art. 9.- ESTRUCTURA INTERNA: El gobierno, dirección, administración y control

interno de la Asociación, se ejercerá por medio de los siguientes organismos:

1. Junta General;

2. Junta Directiva;

3. Junta de Vigilancia; y;

4. Administrador.

DE LA JUNTA GENERAL

Art. 10.- La Junta General es la máxima autoridad de la Asociación, estará integrada

por todos los asociados, quienes tendrán derecho a un solo voto. Sus decisiones serán

obligatorias para los órganos internos y sus asociados, siempre que estas decisiones

no sean contrarias a la ley, al reglamento o su estatuto social.

Art. 11. ATRIBUCIONES Y DEBERES DE LA JUNTA GENERAL

1. Aprobar y reformar el Estatuto Social y el Reglamento Interno;

2. Elegir y remover a los miembros de las Juntas Directiva y de Vigilancia y al

Administrador, con el voto secreto de más de la mitad de sus integrantes;

3. Fijar las cuotas de admisión, ordinarias y extraordinarias que tendrán el carácter de

no reembolsables;

4. Resolver las apelaciones presentadas por los asociados sancionados por la Junta

Directiva;

5. Aprobar los estados financieros y el balance social de la asociación;

6. Aprobar o rechazar los informes de la Junta Directiva, Junta de Vigilancia y

Administrador;

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7. Aprobar el plan estratégico y el plan operativo anual, con sus presupuestos,

presentados por la Junta Directiva;

8. Resolver la transformación, fusión, disolución y liquidación, de la Asociación en

Junta General extraordinaria con el voto de las dos terceras partes de los asociados;

Aprobar la reforma de los estatutos.

12.- CLASES Y PROCEDIMIENTO DE JUNTAS GENERALES: Las Juntas

Generales serán ordinarias y extraordinarias y su convocatoria, quórum y normas de

procedimiento parlamentario, constarán en el Reglamento Interno de la Asociación.

En la convocatoria constará por lo menos: lugar, fecha, hora de la Junta y el orden del

día.

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 13.- La Junta Directiva estará integrada por el Presidente, Vicepresidente,

Tesorero, Secretario y 3 Vocales elegidos en votación secreta por la Junta General,

previo cumplimiento de los requisitos que constarán en el Reglamento Interno de la

Asociación. Los miembros de la Junta Directiva durarán 2 años en sus funciones y

podrán ser reelegidos por una sola vez consecutiva. Cuando concluyan su segundo

período inmediato, no podrán ser elegidos para ningún cargo directivo hasta después

de 2 años.

Art. 14.- ATRIBUCIONES Y DEBERES DE LA JUNTA DIRECTIVA: Son atribuciones

y deberes de la Junta Directiva:

1. Dictar las normas de funcionamiento y operación de la Asociación;

2. Aceptar o rechazar las solicitudes de ingreso o retiro de asociados;

3. Autorizar la celebración de contratos en los que intervenga la Asociación, hasta por

el 30% del presupuesto anual;

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4. Sancionar a los socios de acuerdo con las causas y el procedimiento establecidos

en el Reglamento Interno;

5. Aprobar los programas de educación, capacitación y bienestar social de la

Asociación, con sus respectivos presupuestos;

6. Presentar, para aprobación de la Junta General, los estados financieros, balance

social y su informe de labores;

7. Elaborar el proyecto de reformas al Estatuto y someterlo a consideración y

aprobación de la Junta General.

DE LA JUNTA DE VIGILANCIA

Art. 15.- La Junta de Vigilancia supervisará las actividades económicas y el

cumplimiento de las resoluciones de la Junta General y la Junta Directiva. Estará

integrada por 3 vocales principales y sus respectivos suplentes, elegidos en votación

secreta por la Junta General, previo cumplimiento de los requisitos constantes en el

Reglamento Interno. Los miembros de la Junta Vigilancia durarán 2 años en sus

funciones y podrán ser reelegidos por una sola vez consecutiva. Cuando concluyan

su segundo período inmediato, no podrán ser elegidos para ningún cargo directivo

hasta después de 2 años.

Art. 16.- ATRIBUCIONES Y DEBERES DE LA JUNTA DE VIGILANCIA: Son

atribuciones y deberes de la Junta de Vigilancia:

1. Supervisar los gastos económicos que realice la Asociación:

2. Vigilar que la contabilidad se encuentre al día y debidamente sustentada;

3. Conocer el informe administrativo, los estados financieros y el balance social

presentados por el Administrador;

4. Presentar su Informe anual de labores a la Junta General.

5. Absolver todas las consultas que le formulen los socios en lo referente a sus

funciones.

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DEL PRESIDENTE

Art. 17.-ATRIBUCIONES: El Presidente de la Junta Directiva presidirá también la

Asociación y la Junta General. Durará 2 años en sus funciones, pudiendo ser reelegido

por una sola vez, mientras mantenga la calidad de vocal de la Junta Directiva; y,

además de las atribuciones propias de la naturaleza de su cargo, tendrá las siguientes;

1. Convocar y presidir las juntas generales y sesiones de junta directiva;

2. Firmar, conjuntamente con el Secretario, la documentación de la Asociación y las

actas de las sesiones;

3. Presidir todos los actos oficiales y protocolarios de la Asociación;

4. Cumplir y hacer cumplir el Estatuto, Reglamento Interno y demás disposiciones

emitidas por la Junta General y la Junta Directiva.

DEL SECRETARIO

Art. 18.- FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES: El o la Secretario/a de la

Asociación, además de las funciones y responsabilidades propias de la naturaleza de

su cargo, tendrá las siguientes:

1. Elaborar las actas de las sesiones de Junta General y Junta Directiva,

responsabilizándose por su contenido y conservación;

2. Firmar, conjuntamente con el Presidente, la documentación de la Asociación y las

actas de las sesiones;

3. Certificar y dar fe de la veracidad de los actos, resoluciones y de los documentos

institucionales, previa autorización del Presidente;

4. Cumplir las obligaciones relacionadas con la recepción, conocimiento y despacho

de la correspondencia de la Asociación;

5. Custodiar y conservar ordenadamente el archivo;

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6. Entregar a los asociados, previa autorización del Presidente, la información que

esté a su cargo y que le sea requerida;

7. Notificar las resoluciones;

8. Llevar el registro actualizado de la nómina de asociados, con sus datos personales.

TÍTULO CUARTO

RÉGIMEN ECONÓMICO

Art. 20.- CAPITAL SOCIAL: El capital social de la Asociación estará constituido por:

1. Las cuotas de admisión, ordinarias y extraordinarias, que tienen el carácter de no

reembolsables;

2. La totalidad de las utilidades y excedentes del ejercicio económico una vez

cumplidas las obligaciones legales; y,

3. Las donaciones efectuadas a su favor que, en caso de disolución, no podrán ser

objeto de reparto entre los asociados. La Junta General determinará, la organización

pública o privada, sin fin de lucro, que será beneficiaria de estos bienes y que tendrá

como objeto social una actividad relacionada con el sector economía popular y

solidaria.

Art.21.- CONTABILIDAD Y BALANCES: La Asociación aplicará las normas

contables establecidas en el Catálogo Único de Cuentas emitido por la

Superintendencia de Economía Popular y Solidaria. Los estados financieros y balance

social anuales serán aprobados dentro de los primeros noventa días de cada año por

la Junta General.

TÍTULO QUINTO

DE LA TRANSFORMACIÓN, FUSIÓN, DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN

Art. 22.- TRANSFORMACIÓN: La Asociación podrá transformarse en cooperativa por

decisión de las dos terceras partes de los asociados tomada en Junta General

convocada para ese efecto y con aprobación de la Superintendencia de Economía

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Popular y Solidaria; o, por disposición de esta Superintendencia, cuando haya

superado los niveles de activos, ventas y número de asociados para mantener la

condición de Asociación.

Art. 23.- FUSIÓN: La Asociación podrá fusionarse con otra u otras de actividad similar,

por decisión tomada por las dos terceras partes de los asociados en la Junta General

convocada especialmente para este efecto y con aprobación de la Superintendencia

de Economía Popular y Solidaria.

Art 24.- DISOLUCIÓN y LIQUIDACIÓN: La Asociación se disolverá y liquidará por

voluntad de sus integrantes, expresada con el voto secreto de las dos terceras partes

de los asociados, en Junta General convocada especialmente para el efecto; y, por

resolución de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, de acuerdo con

las causales establecidas en la Ley y su Reglamento.

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA.- Se entienden incorporadas al presente estatuto y formando parte del

mismo, las disposiciones de la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria y del

Sector Financiero Popular y Solidario, su Reglamento General, las dictadas por el ente

regulador y la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria.

SEGUNDA. - Los conflictos que surgieren al interior de la Asociación serán resueltos

según los mecanismos establecidos en el Reglamento Interno que deberá incluir como

instancia de resolución, la presentación ante un Centro de Mediación debidamente

autorizado y calificado por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria,

antes del ejercicio de las acciones administrativas o judiciales que sean pertinentes.

TERCERA.- Los directivos, asociados de la Asociación, brindarán, obligatoriamente,

las facilidades necesarias para la realización de inspecciones, supervisiones,

exámenes especiales, auditorías y entregarán la información que fuere requerida por

la Superintendencia, caso contrario, serán de su responsabilidad, las sanciones que

pudieran imponerse a la asociación.

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DISPOSICIÓN TRANSITORIAPRIMERA.- Dentro de los 30 días siguientes a la

aprobación del presente estatuto por parte de la Superintendencia de Economía

Popular y Solidaria, se procederá a la elección y reporte de los directivos designados,

para su registro.

CERTIFICACIÓN.- En mi calidad de Secretario de la Asociación DE SERVICIO DE

ASESORIA JURÍDICA ALTERNATIVO Y SOLIDARIO “ASAJAS” CERTIFICO que

el presente Estatuto, adecuado a la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria,

fue aprobado en Asamblea General, efectuada el 14 de febrero del 2018, conforme

consta en el Libro de Actas, al que me remito en caso de ser necesario. Lo certifico,

en Quito a14 de febrero del año 2018.

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SECRETARIO

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ANEXO NO 5

CERTIFICACIÓN DEL DIRECTOR DE LA EXTENSIÓN UNIANDES SANTO

DOMINGO SOBRE EL DESARROLLO DE LA INVESTIGACIÓN DIAGNÓSTICA.

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ANEXO NO 6

CERTIFICACIÓN DE VIABILIDAD DEL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN POR

PARTE DE LA DRA. LOURDES SÁNCHEZ PÉREZ, COORDINADORA DE LAS

PRÁCTICAS PRE- PROFESIONALES DE LOS ESTUDIANTES DE DERECHO DE

UNIANDES SANTO DOMINGO.