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UNIVERSIDAD DE LAS AMÉRICAS FACULTAD DE DERECHO Análisis a las Reformas de la Ley del Servicio Exterior Ecuatoriano con respecto a señalar colaboradores en las Misiones Diplomáticas, que no necesariamente sean funcionarios de carrera Trabajo de Titulación presentado en conformidad a los requisitos establecidos para optar por el título de: Abogado de los Juzgados y Tribunales de la República Profesor Guía: Dr. Alfredo Suquilanda AUTORA: MARÍA GABRIELA AUCANCELA MOYA Año 2012

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UNIVERSIDAD DE LAS AMÉRICAS

FACULTAD DE DERECHO

Análisis a las Reformas de la Ley del Servicio Exterior Ecuatoriano

con respecto a señalar colaboradores en las Misiones Diplomáticas,

que no necesariamente sean funcionarios de carrera

Trabajo de Titulación presentado en conformidad a los requisitos

establecidos para optar por el título de:

Abogado de los Juzgados y Tribunales de la República

Profesor Guía:

Dr. Alfredo Suquilanda

AUTORA:

MARÍA GABRIELA AUCANCELA MOYA

Año

2012

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II

DECLARACIÓN DEL PROFESOR GUÍA

“Declaro haber dirigido este trabajo a través de reuniones periódicas con el

estudiante, orientando sus conocimientos para un adecuado desarrollo del

tema escogido, y dando cumplimiento a todas las disposiciones vigentes que

regulan los Trabajos de Titulación.”

_____________________

Alfredo Suquilanda

Doctor en Jurisprudencia

C.I.: 090325212-0

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III

DECLARACIÓN DE AUTORÍA DEL ESTUDIANTE

“Declaro que este trabajo es original, de mi autoría, que se han citado las

fuentes correspondientes y que en su ejecución se respetaron las disposiciones

legales que protegen los derechos de autor vigentes”.

_____________________________

María Gabriela Aucancela Moya

C.I.: 172036292-8

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IV

AGRADECIMIENTO

A Dios por la fortaleza que me brinda día a día,

Al Dr. Jimmy Carvajal por su tiempo y apoyo,

A mi tutor por su tiempo y sus conocimientos,

A mi hermano,

A mis amigos.

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V

DEDICATORIA

A las personas que impulsan que mis sueños

se hagan realidad, a mis padres; Hugo y

Catalina.

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VI

RESUMEN

De acuerdo a lo dispuesto por la Constitución de la República le corresponde al

Jefe de Estado el manejo y dirección de las relaciones internacionales y del

servicio exterior del Ecuador, y corresponde al Ministro de Relaciones

Exteriores colaborar directamente con él al ser el órgano inmediato al mismo.

El 26 de Enero del 2009 se aprobaron reformas propuestas por el ejecutivo

sobre la reestructuración del servicio exterior, lo que generó cierta

incertidumbre entre los funcionarios de carrera diplomática. Es importante

conocer el valor de las funciones que desempeñan los representantes del

servicio exterior y el rol que cumple la existencia de la carrera diplomática en el

manejo de relaciones con otros países.

El Estado debe promover la formación de funcionarios de alta calidad

profesional especializados para el eficiente desempeño de sus funciones

acorde al cargo para el que fueron designados.

En el presente trabajo se realiza un análisis de conceptos y definiciones tanto

jurídicas como doctrinarias en torno a las relaciones internacionales, incluyendo

su importancia, origen y la necesidad de su existencia, diplomacia en general,

el desarrollo de la carrera diplomática en Ecuador, su historia, y la creación de

una institución que guíe a los futuros representantes instruyéndolos con

conocimientos y cultura general.

Es necesario mencionar aspectos históricos que denoten el origen,

transformación y desarrollo de las relaciones internacionales y diplomáticas en

el mundo y en el Ecuador dentro del Derecho Internacional Público, con el

objetivo de denotar cual es su rol fundamental y cuál es el proceso evolutivo al

que se hallan sujetos.

Finalmente se realiza un análisis completo de las reformas a la Ley Orgánica

del Servicio Exterior aprobadas el pasado enero del 2009. El estudio será

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VII

complementado con conclusiones y recomendaciones a ser consideradas

como una parte objetiva del Derecho Internacional Público.

En lo referente al campo jurídico, se debe respetar y cumplir con lo establecido

en las disposiciones legales y en caso de ser reformada la norma debe tener

concordancia con la realidad que se vive en el país para su correcta aplicación,

con el único objetivo de beneficiarlo e impulsar su desarrollo.

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VIII

ABSTRACT

According to the provisions of the Constitution of the Republic rests with the

Chief of the State, the management and direction of international relations and

foreign service in Ecuador, and for the Minister of Foreign Affairs, the immediate

organ, to work directly with him.

On January 26, 2009 the reforms proposed by the executive on the

restructuring of the foreign service were approved, which generated some

uncertainty among diplomatic officials. It is important to know the value of the

roles of representatives of the foreign service and the role played by the

existence of the diplomatic in handling relations with other nations.

The State shall promote the training of high quality professional expertise for the

efficient discharge of its functions according to the position for which they were

appointed.

In this thesis there is an analysis of concepts and definitions both legal and

doctrinal about international relations, including its importance, origin and

necessity of its existence, diplomacy in general, the development of the

diplomatic service in Ecuador, its history and the creation of an institution that

guides the future representatives instructing them with knowledge and general

culture.

It should be mentioned historical aspects that denote the source, transformation

and development of international and diplomatic relations in the world and in

Ecuador in the Public International Law, in order to denote their role which is

fundamental and what is the evolutionary process that are subject.

Finally, there is a complete analysis of the reforms to the Foreign Service

Statute approved in January 2009. The study will be completed with

conclusions and recommendations to be considered as an objective part of

public international law.

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IX

In recognition to the legal field, people should respect and comply with the

provisions of the laws and if the rule should be amended consistent with the

reality of life in the country for its correct application, with the sole purpose of

benefiting and promoting its development.

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ÍNDICE

INTRODUCCIÓN ..................................................................................... 1

CAPÍTULO I ............................................................................................... 3

1 RELACIONES INTERNACIONALES ........................................ 3

1.1 ORÍGEN Y EVOLUCIÓN DE LAS RELACIONES INTERNACIONALES........................................................................ 3

1.2 DIVERSAS ACEPCIONES DE RELACIONES INTERNACIONALES........................................................................ 7

1.3 OBJETIVO DEL ESTUDIO DE LAS RELACIONES INTERNACIONALES...................................................................... 14

1.4 OTRAS DISCIPLINAS QUE COMPONEN LAS RELACIONES INTERNACIONALES.............................................. 16 1.4.1 Historia................................................................................. 16 1.4.2 Sociología ............................................................................ 17 1.4.3 Ciencias Políticas................................................................. 18 1.4.4 Economía............................................................................. 19 1.4.5 Derecho Internacional.......................................................... 20

1.5 DERECHO INTERNACIONAL Y SUJETOS INTERNACIONALES...................................................................... 21

1.6 VÍNCULO QUE EXISTE EN LAS RELACIONES INTERNACIONALES Y LA DIPLOMACIA...................................... 25

CAPÍTULO II............................................................................................ 27

2 LA DIPLOMACIA ............................................................................ 27

2.1 ¿QUÉ ES LA DIPLOMACIA? ......................................................... 27 2.2 ETIMOLOGÍA, ACEPCIONES Y DEFINICIONES DE LA

DIPLOMACIA ................................................................................. 29 2.3 ANTECEDENTES HISTÓRICOS DE LA DIPLOMACIA................. 32 2.4 ESTRUCTURA DE LAS MISIONES DIPLOMÁTICAS ................... 38

2.4.1 Cancillería ............................................................................ 38 2.4.2 Agregaduría Comercial ........................................................ 39 2.4.3 Agregaduría Militar............................................................... 39 2.4.4 Agregaduría Cultural............................................................ 39 2.4.5 Otras Agregadurías.............................................................. 40

2.5 FUNCIONES DE LAS MISIONES DIPLOMÁTICAS....................... 40

CAPÍTULO III........................................................................................... 46

3 DIPLOMACIA EN ECUADOR .................................................... 46

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3.1 SÍNTESIS DE LA HISTORIA DIPLOMÁTICA EN EL ECUADOR (1830- 2010) ................................................................ 46

3.2 ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN ACTUAL EN EL ECUADOR .......... 53 3.3 IMPORTANCIA DE LA EXISTENCIA DE LA CARRERA

DIPLOMÁTICA ............................................................................... 62

CAPÍTULO IV.......................................................................................... 71

4 ANÁLISIS A LAS REFORMAS GENERADAS POR LA LEY ORGÁNICA DEL SERVICIO EXTERIOR ECUATORIANO PROMULGADA EL 30 DE ENERO DE 2009 .............................................................................................. 71

4.1 ANÁLISIS CRÍTICO-COMPARATIVO A LAS REFORMAS DE LA LEY ORGÁNICA DE SERVICIO EXTERIOR ECUATORIANO VIGENTES A PARTIR DEL 30 DE ENERO DE 2009 ......................................................................................... 71

CAPÍTULO V ........................................................................................... 85

5 CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES........................ 85

5.1 CONCLUSIONES........................................................................... 85 5.2 RECOMENDACIONES .................................................................. 86

Bibliografía .............................................................................................. 88

Anexos....................................................................................................... 90

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1

INTRODUCCIÓN

De acuerdo a lo dispuesto por la Constitución de la República le corresponde al

Jefe de Estado el manejo y dirección de las relaciones internacionales y del

servicio exterior del Ecuador, y corresponde al Ministro de Relaciones

Exteriores colaborar directamente con él al ser el órgano inmediato al mismo.

Las Misiones Diplomáticas representan un papel primordial ya que son la carta

de presentación de un Estado, es por ello que los aspirantes, deben cumplir

con los requisitos necesarios para formar parte del servicio exterior, además,

de poseer experiencia y conocimiento sobre varios temas de índole mundial,

incluyendo normativa y tratados internacionales.

A finales del 2008, el gobierno del Presidente de la República Rafael Correa

decidió efectuar una reestructuración del Ministerio de Relaciones Exteriores,

Comercio e Integración, la Cancillería e incluso la Academia Diplomática por lo

que el ejecutivo envió un proyecto de reformas a la Ley Orgánica de Servicio

Exterior mismo que fue aprobado el 26 de Enero de 2009 por la Asamblea

Nacional.

La cuota política, es decir, aquellos funcionarios que no pertenecen a la carrera

diplomática, no debe exceder del 20% del total de los representantes del

servicio exterior (Articulo 84 de la Ley Orgánica del Servicio Exterior). Por

disposición legal el porcentaje establecido debe ser respetado por las

autoridades que se encuentran a cargo de la designación de los mismos

incluso por los más altos mandos.

El Estado Ecuatoriano como obligación debe promover e impulsar la formación

de funcionarios del servicio exterior de alta calidad profesional, incluyendo los

designados por cuota política, especializados para el eficiente desempeño de

sus funciones acorde al cargo para el que fueron designados.

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2

El tema tratado es de actualidad, ya que se basa en la realidad social de

nuestro país, y las reformas se encuentran en vigencia desde que fueron

aprobadas por la Asamblea Nacional.

El propósito de este trabajo, es realizar un análisis de las normas nacionales e

internacionales que se encargan de regular las funciones y facultades de los

representantes de los Estados en el ámbito internacional para enfatizar la

importancia de la existencia de la carrera diplomática, así como, la experiencia

y excelencia académica que deben poseer los delegados de las Misiones

Diplomáticas.

Se pretende crear mayor conciencia de la ciudadanía en general sobre la

situación actual del servicio exterior ecuatoriano, con el objetivo de que los

ecuatorianos se interesen por conocer quiénes son sus representantes y como

establecen las relaciones internacionales con otros Estados, así como los

procesos de integración que se llevan a cabo en la actualidad.

En lo referente al campo jurídico, se debe respetar y cumplir con lo establecido

en las disposiciones legales y en el caso de ser reformada la norma debe tener

concordancia con la realidad que se vive en el país para su correcta aplicación,

con el único objetivo de beneficiar al Ecuador e impulsar su desarrollo.

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CAPÍTULO I

1 RELACIONES INTERNACIONALES

1.1 ORÍGEN Y EVOLUCIÓN DE LAS RELACIONES INTERNACIONALES

Desde la antigüedad la Historia y el Derecho se han preocupado por estudiar

diversos fenómenos sociales que conciernen al hombre, su evolución y las

relaciones que surgen de la interacción del mismo. Se considera a las

Relaciones Internacionales como la ciencia que se ocupa del estudio de la

realidad y los problemas internacionales. Este concepto es muy general y será

analizado a conciencia más adelante, sin embargo, sirve como punto de partida

para el desarrollo del presente capítulo.

Las Relaciones Internacionales son una ciencia relativamente nueva, por

cuanto su estudio y análisis como disciplina científica se origina en los países

anglosajones a partir de la Primera Guerra Mundial y se consolida con la

Segunda Guerra Mundial. Esto no significa por ningún motivo que no se haya

indagado con anterioridad sobre la realidad internacional y relaciones

interestatales, tratando de comprenderla y estudiarla, pero cabe denotar que a

partir de los dos sucesos históricos mencionados, se da un énfasis mucho más

fuerte en el estudio de esta rama con una perspectiva nueva de la misma.

TRUYOL ha podido decir que; “en términos generales, cabria afirmar que en la

génesis de las relaciones internacionales (y, en su caso de la política

internacional) como disciplina autónoma o diferenciada ha correspondido a la

historia diplomática un papel de primer plano.” (DEL ARENAL, 1984, pág. 47)

Su estudio de manera general se inicia en la Edad Moderna, con la aparición

del Estado y la estructuración de un sistema de estados europeo junto con esto

y a través de la historia de los tratados y la historia diplomática se origina un

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estudio más concreto de las relaciones interestatales y junto con ellas del

derecho internacional.

La historia de los tratados inicia en el siglo XVI, a partir de las primeras

colecciones de tratados, más concretamente los Tratados de Wesfalia. En el

siglo XVIII se da la interrogante de cuáles eran los factores que originaban los

tratados e incluso que principios dominaban la acción diplomática. La historia

de los tratados daba lugar a una historia política de las relaciones

internacionales.

Sin duda, después de la Primera Guerra Mundial (1914-1918) empiezan a

producirse cambios en las relaciones internacionales respecto del pasado, así

como el surgimiento de nuevos problemas que presentan las mismas, esto

conlleva se realice nuevos estudios específicos y globales sobre ese sector de

la realidad social, que antes no era considerada mayormente por el Derecho

Internacional.

“En concreto, se empieza a percibir que el tradicional sistema de Estados, que

había venido funcionando desde el siglo XVI, iba dejando paso a un nuevo

sistema internacional de características y dinámicas diferentes, en el que

incluso aparecían actores estatales, nuevas grandes potencias, especialmente

los Estados Unidos, con políticas distintas de las tradicionales, que anunciaban

la noción y la realidad de lo que después de la Segunda Guerra Mundial se

denominarían superpotencias.” (DEL ARENAL, 1984, pág. 15)

Tan solo veinte años después estalla la Segunda Guerra Mundial (1939 - 1945)

y después de esta empezó a producirse una progreso en las relaciones

internacionales que hasta antes de esa época eran consideradas como un

capitulo muy pequeño dentro del estudio de la realidad internacional. Nacieron

nuevas superpotencias como Estados Unidos que en la actualidad es uno de

los países con mayor poder y desarrollo. Se integran otros actores para la

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interacción de las relaciones incluyendo organizaciones internacionales,

organizaciones no gubernamentales (ONGs) y corporaciones multinacionales.

Además, otras ramas toman gran fuerza como las ciencias sociales en general,

las ciencias políticas y especialmente la sociología, que entre si se

complementan para realizar un estudio más profundo y completo de las

relaciones internacionales.

Según el autor del libro Introducción a las Relaciones Internacionales, Celestino

del Arenal, existen dos procesos fundamentales que promueven el desarrollo y

cambio de la sociedad internacional:

1.- El paso de la sociedad internacional a la sociedad mundial

Ha transcurrido menos de un siglo, de una sociedad desintegrada y

estancada en problemas y estructura que tenían los Estados, a una

completamente diferente que desea integrarse, que posee intereses

comunes y solidarios con otros Estados, organizaciones e individuos que

van más allá de la frontera nacional de cada país y que busca nuevas

formas de organización política, económica y social. Se ha evolucionado

de un mundo donde existían sociedades internacionales particulares o

regionalizadas, que prácticamente tenían poco contacto entre sí, a una

sociedad universal. Esto se debe a varios factores como la globalización,

el libre comercio de bienes, servicios y productos entre otros que han

impulsado a que las relaciones internacionales mejoren, avancen y

desarrollen a gran escala en un tiempo relativamente corto.

Otro factor fundamental en este proceso ha sido la superación de las

barreras que impedían una comunicación más ágil y rápida y junto con

esto el perfeccionamiento de la tecnología y la producción.

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2.- El paso del conflicto a la cooperación

La palabra conflicto tiene un significado muy amplio, pero se puede

traducirla al termino violencia. Después de las dos grandes guerras

mundiales por las que atravesó la humanidad, el hecho de pensar en que

puede producirse una Tercera Guerra Mundial es escalofriante. Se

considera a este proceso abierto y su desarrollo es aún incierto pero

forma parte de las consecuencias provocadas por el paso de la sociedad

internacional a la mundial y evidentemente esta será responsable de la

consolidación de una futura sociedad.

“La mundialización de la sociedad internacional provoca necesariamente

el cambio en las pautas de comportamiento, en los valores imperantes, en

los modos de gestión, como forma de dar respuesta adecuada a las

nuevas realidades. Frente al conflicto traducido en violencia que en el

pasado fue la vía normal de solución de los problemas, y que todavía no

ha desaparecido, se intensifica la cooperación en todos los campos,

cambiándose una de las características tradicionales más significativas de

la sociedad internacional.” (DEL ARENAL, 1984, págs. 16, 17)

Nos encontramos frente a una sociedad globalizada que prefiere utilizar

otras alternativas de solución de conflictos pacificas antes que recurrir a la

violencia y a la guerra como comúnmente se lo hacía en el pasado. La

realidad internacional actual no es sino la consecuencia de un proceso

complejo que sigue en miras de desarrollo y que ha generado varios

cambios en estas últimas décadas. Las relaciones internacionales nacen

de los cambios profundos y radicales que experimenta la sociedad a

como también surgen nuevos problemas internacionales y se enfatiza la

búsqueda para la solución de los mismos.

Algunas de estas dificultades son la guerra y los conflictos

internacionales, que son considerados por el autor Celestino del Arenal

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como problemas clásicos de esta ciencia, que se han intensificado con el

aparecimiento de las armas nucleares y que sus consecuencias son

letales para la supervivencia de la humanidad. Además, existen otros

como el hambre, la desigualdad entre Estados, la opresión, las

privaciones económicas entre otros que reclama de manera urgente la

atención de los que llevan a cargo las relaciones internacionales.

Después de todo este proceso podemos decir que las relaciones

internacionales, son de carácter fundamental y representan en la

actualidad, un esfuerzo muy grande del hombre por mejorar la

comunicación entre los individuos, Estados, organizaciones

internacionales etc., con el fin de poder entenderse mejor y de esta

manera tratar de llegar a acuerdos o soluciones a los problemas

económicos, sociales, políticos e incluso culturales que aquejan a la

humanidad. Se da un proceso de consolidación de las mismas debido a

los avances tecnológicos que han ayudado a estrechar lasos de

comunicación entre los países del mundo.

1.2 DIVERSAS ACEPCIONES DE RELACIONES INTERNACIONALES

El conocimiento es demasiado extenso y complejo, por ello el hombre solo ha

podido llegar a conocer una parte mínima de las cosas que se sabe existen.

Es necesario realizar una división de este conocimiento para facilitar la

comprensión y entendimiento de lo que se estudia. Esta disciplina se

encuentra en constante desarrollo y es relativamente nueva en comparación

con otras, por ello se han generado distintas definiciones basadas en varios

puntos de vista de distinguidos autores que se dedican a su complejo estudio.

A continuación realizare un profundo análisis a las definiciones que autores

realizan sobre las relaciones internacionales, mismas que se han ido

perfeccionando con el transcurso del tiempo.

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Uno de los primeros autores en proponer una definición fue Nicholas J.

Spykman: “Las relaciones internacionales son relaciones entre individuos que

pertenecen a diferentes estados”. (DOUGHERT & PFALTZGRAFF, 1993, pág.

23)

Considero que Spykman, al ser uno de los primeros autores que se atrevió a

proponer una definición tomó en cuenta algunos elementos necesarios para

fundamentarla, sin embrago, pienso que es un concepción muy general de lo

que enfoca la ciencia y por eso puede llegar a causar confusiones.

Las relaciones internacionales no solo se dan entre individuos de diferentes

estados sino que también encierran una variedad de factores detrás de ellos.

Por ejemplo incluyen a organismos internacionales como puede ser la

Organización de Naciones Unidas, que está conformada por varios Estados

integrantes de todo el mundo. Por tanto, es necesario denotar el campo

específico de aplicación de este concepto.

Por otro lado, las relaciones también se dan entre individuos de otros Estados,

y son consideradas como internacionales cuando transcienden y van más allá

de las fronteras de cada país. Pero como mencionamos antes la palabra

relaciones internacionales tiene un significado muy amplio, eso incluye un sin

número de actividades diferentes como transacciones comerciales,

competencias deportivas, programas de intercambio estudiantil entre otros, por

tanto es un campo muy general al denominar a esta ciencia como “relaciones

entre individuos que pertenecen a diferentes estados.”

Frederick S. Dunn señala lo siguiente: “Las relaciones internacionales pueden

ser consideradas como las relaciones concretas que tienen lugar a través de

las fronteras nacionales, o como el cuerpo de conocimientos que tenemos

sobre tales relaciones en cualquier momento dado.” (DOUGHERT &

PFALTZGRAFF, 1993, pág. 24)

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El autor realiza una definición mucho más amplia que la anterior e inclusive

menos completa ya que se enfoca en denominar a las relaciones

internacionales como aquellas que trascienden las fronteras de un Estado, sin

embargo, no le brinda la importancia necesaria a aquellas relaciones oficiales

entre gobiernos o representantes de los mismos.

James E. Dougherty y Robert L. Pfaltzgraff en el libro Teorías en Pugna de las

Relaciones Internacionales indican que la definición del autor mencionado

anteriormente no toma en cuenta las relaciones entre gobiernos y Estados. Su

preocupación se basa en que las relaciones internacionales abarcan todas

aquellas entre agentes estatales y no estatales, internacionales y

transnacionales en la medida que contribuyen al desarrollo de los fenómenos

políticos.

Dougherty y Pfaltzgraff definen a la política internacional como: “el esfuerzo de

un Estado u otro agente internacional por influir en cierta forma a otro Estado u

otro agente internacional. Una relación de influencia puede abarcar el uso

concreto o la amenaza de uso de la fuerza militar o puede basarse

enteramente o en parte en otros alicientes, tales como incentivos políticos o

económicos. La política internacional, mas aun al igual que toda la política,

representa la conciliación de perspectivas, metas e intereses variables”.

(DOUGHERT & PFALTZGRAFF, 1993, pág. 24)

Dougherty y Pfaltzgraff realizan una definición de política internacional bastante

completa y entendible. Para ellos la palabra relaciones internacionales

necesariamente es aplicable al campo de las relaciones políticas que se dan

entre Estados, ya que es una forma de conciliación de puntos de vista,

intereses y metas que tienen o no en común los Estados u otro agente

internacional.

Concuerdo con ellos ya que considero que las relaciones políticas forman parte

de las relaciones internacionales y son una rama fundamental de las mismas,

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ya que ayudan al entendimiento de los Estados en temas de interés común y

de una u otra forma fortalecen las relaciones entre ellos, ya que mejoran la

comunicación con el fin de evitar discrepancias, y en el caso de que existan

son una forma de tratar de encontrar soluciones aplicables a la realidad social

de cada país. Así la política internacional incluye varias interacciones que

trascienden las fronteras nacionales pero no todas.

MORGENTHAU, señala que “la realidad internacional es, así, una realidad

esencialmente conflictiva, en la que el poder militar, la guerra, tiene siempre la

última palabra.” (DEL ARENAL, 1984, pág. 417)

Es claro que existe un vinculo entre política internacional, relaciones

internacionales y diplomacia, dentro de ellas se encierran varios aspectos

referentes a la violencia, la fuerza, el poder, e incluso la paz y la guerra. Po

ello es necesario llevar buenas relaciones con otros Estados y es

imprescindible se lleve un estudio meticuloso de las relaciones internacionales

y todos los factores que ayudan a su desarrollo o modificación.

Existen varios autores que vinculan obligatoriamente a las relaciones

internacionales con el poder político. Entre ellos se encuentran WRIGHT,

VIRALLY, ARON, DUNN, HASSNER, HOFFMAN y VELAS que realizan

definiciones que consideran a los actores del poder político como grupos

políticos, grupos con poder, unidades políticas, en sí, realizan un análisis muy

superficial al considerar solo al poder político como parte de las relaciones

internacionales sin tomar en cuenta a otros campos como el económico,

ideológico, cultural, diplomático entre otros. Dentro de esta ciencia existen las

relaciones de coexistencia y de cooperación.

BRUCAN realiza una acepción mucho más completa a mi criterio. Para este

autor las relaciones internacionales constituyen “el sistema que abarca al

conjunto de las conexiones y relaciones – económicas, políticas, ideológicas,

culturales, jurídicas, diplomáticas y militares- entre Estados y sistemas de

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Estados, sin exceptuar las fuerzas sociales que tienen el poder de actuar en la

escena mundial. Puesto que las relaciones internacionales se dan en una

esfera que carece de autoridad política suprema, están reguladas por la

relación de fuerzas entre Estados y sistemas de Estados y sufren la influencia

de la conciencia de las personas.” (DEL ARENAL, 1984, pág. 418)

Tratar de definir esta ciencia, sin duda, no es una tarea fácil y requiere mucho

esfuerzo y conocimiento de los factores que estructuran su estudio. Sin

embargo, BRUCAN consideró otros campos de aplicación de las relaciones

internacionales, que engloba aquellas interacciones no solo de índole política

sino de carácter social, cultural, diplomático e incluso jurídico que nacen de la

convivencia de los sujetos de diferentes Estados. Es un aporte bastante

interesante que servirá de apoyo para que futuros autores tengan un punto de

partida y establezcan sus parámetros para continuar con el estudio de esta

disciplina.

Continuando con el análisis existen otros autores que aportan con la doctrina

de esta materia. CHELAVIER, menciona un “complejo relacional internacional”

refiriéndose a la diversidad de relaciones que existen, dice que se trata de “un

entrelazamiento de relaciones de toda clase ente los diversos Estados,

anudadas en el seno de ese medio especial que se denomina comúnmente:

Sociedad Internacional (y secundariamente entre los Estados y ciertos

organismos que se llaman “internacionales”)”. (DEL ARENAL, 1984, pág. 418)

Con esto se refiere a que no existe sector en la actividad social que no se

expanda más allá de las fronteras estatales. Esto a demás de incluir a los

individuos particulares, organizaciones internacionales, organizaciones no

gubernamentales, empresas transnacionales abarca hasta las iglesias, partidos

políticos y un sin número de actores que surgen de las relaciones de la

sociedad. Hemos analizado el criterio del concepto de relaciones

internacionales de varios autores, pero siendo un poco más específicos ¿qué

significa la palabra internacional?

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MAX HUBER, establece un criterio de la palabra “internacionalidad”, y

considera que “es el conjunto de fenómenos sociales que expresan relaciones

inmediatas los Estados entre sí, o influyen directa o indirectamente en estas

relaciones o están por ellas influidos. Es internacional una relación cuando se

refiere a las relaciones entre grupos sociales que están determinados por

poderes estatales distintos, y son internacionales en el sentido más estricto,

jurídico, las relaciones entre los Estados mismo.” (DEL ARENAL, 1984, pág.

419)

La palabra internacional puede tener un significado muy amplio por eso es

necesario establecer un criterio adecuado al campo de aplicación de la misma,

para evitar su generalidad. Comprendemos que la palabra internacional es

todo aquel fenómeno social que sobrepasa las fronteras nacionales y establece

vínculos entre individuos de otros Estados.

Apoyo la aseveración del autor Celestino del Arenal al diferenciar las relaciones

internacionales de las demás relaciones sociales ya que su naturaleza

relacional propia hace referencia a Estados. Al momento en que las

interacciones entre individuos, gobiernos o grupos sociales trascienden las

fronteras de cada país se convierten en internacionales.

H. SPROUT señala que por relaciones internacionales se entiende “toda

manifestación del comportamiento humano que naciendo, de un lado de una

frontera política nacional, ejerce una acción sobre el comportamiento humano

del otro lado de esa frontera.” (DEL ARENAL, 1984, pág. 420)

Continuando con el análisis, una de las primeras conclusiones que podemos

realizar es que los Estados forman parte indispensable para el desarrollo de las

relaciones en la comunidad internacional.

Gracias a la definición de H. SPROUT comprendemos que las relaciones

internacionales sobrepasan las fronteras de los Estados en base a las

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interacciones entre sus individuos. Sin embargo, este concepto considera

relación internacional a toda manifestación del comportamiento del hombre, lo

cual extiende de sobremanera su contenido. Pienso que las relaciones no solo

se originan de individuos y grupos representantes de entes políticos sino entre

personas que habitan los Estados, por tanto no son solo estatales sino

sociales.

Concuerdo con TRUYOL y MEDINA que en su definición, hacen referencia a

que éstas no solo se dan en la comunidad política o Estado sino que

trascienden sus límites a otros sectores existentes, por lo que perfecciona el

concepto que anteriores autores realizan, al ir más allá de las relaciones

políticas, pero sin quitarle importancia al papel que el Estado desempeña en las

mismas como tal para llevarlas adecuadamente en la sociedad internacional,

abriendo un panorama mucho más amplio para el estudio de esta ciencia.

MEDINA considera que el interés de su estudio no solo radica en que

trascienden fronteras sino que constituyen un sistema social y político dentro

del cual se encierran además de las relaciones de representantes de Estados,

las de grupos particulares e individuos a través de las fronteras que existen

entre los países; las relaciones que afectan a la sociedad internacional como

tal.

Otros autores como LANDHEER expresan que también es importante analizar

la estructura social global ya que es la llave para comprender los fenómenos

internacionales.

Es primordial superar los aspectos particulares para avanzar un nivel en el

análisis y estudio de esta ciencia, y hacerlo de una manera global que encierre

el conjunto de los problemas internacionales, como señala GONIDEC. El

estudio de las relaciones internacionales y de la sociedad internacional en si es

complejo y varios autores toman en cuenta para realizar sus definiciones a la

sociedad internacional como fuente de origen de estas relaciones.

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Después de realizar un detallado análisis de las definiciones que autores han

realizado basándose en el estudio de los factores y fenómenos que mueven el

origen y desarrollo de esta ciencia, puedo llegar a la siguiente conclusión:

Las relaciones internacionales son consideradas como la ciencia que se ocupa

de la sociedad internacional y del estudio de las relaciones que surgen entre

individuos, colectividades humanas y representantes políticos y de Estado cuya

característica principal es que transcienden las fronteras nacionales y como

consecuencia de esas interacciones se constituye un sistema social y político.

1.3 OBJETIVO DEL ESTUDIO DE LAS RELACIONES INTERNACIONALES

Existen varias razones que justifican el estudio de esta ciencia. La principal sin

duda, es brindar soluciones prácticas sobre los problemas que atraviesa la

sociedad internacional. Celestino de Arenal, en su libro “Introducción a las

Relaciones Internacionales” menciona a la guerra como principal problema que

enfrenta la humanidad. No solo a la guerra en sí, sino a su control y

prevención y a la cantidad de armamentos que existen a nivel mundial gracias

al desarrollo tecnológico y a la invención del arma nuclear.

Otro objetivo de esta disciplina es alcanzar a formar relaciones entre Estados y

pueblos que eliminen la injusticia, la desigualdad y la discriminación de orden

económico, social y cultural que afectan a la sociedad internacional permitiendo

la convivencia del hombre en un marco social y político que respete sus

derechos fundamentales y al mismo tiempo cumpla con los deberes y

obligaciones que tiene con su país.

Para Celestino del Arenal, el estudioso de las relaciones internacionales debe

tratar de establecer principios sobre los que se ha de basar la sociedad

internacional pero para alcanzar esos principios debe hacerlo a través de

procedimientos que le permitan llegar a ese fin.

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Para el autor los fines del estudio de esta disciplina pueden resumirse de la

siguiente manera:

Primero, es importante elevar el nivel del saber humano. Conocer sobre los

hechos y problemas de la sociedad internacional y aquellos que regulan sus

relaciones, esto se consigue a través de un análisis, explicación y evaluación

de los mismos.

Segundo, dar una perspectiva general, global y universal de lo que constituye

la sociedad internacional, y no solo desde la óptica de sus actores.

Tercero, hacer una contribución para mejorar las relaciones de la política

exterior de los Estados realizando un análisis de las consecuencias que de

estas se puede derivar.

Cuarto, formular criterios de importancia que puedan servir como referencia

para el perfeccionamiento de esta disciplina, sobre la política internacional y la

actuación internacional.

Quinto, promover la comprensión, cooperación, participación, reciprocidad y

colaboración entre Estados y pueblos para conservar las buenas relaciones y

mantener la paz.

Como último objetivo que plantea el autor y de igual importancia, es formular

una teoría general de las relaciones internacionales que englobe todos los

parámetros necesarios para su aprehensión, interpretación y comprensión

tomando en cuenta la realidad internacional para tratar de llegar a la solución

de sus problemas, conservando la integridad de la humanidad.

No solo es el hecho de dar soluciones a problemas importantes para el

hombre, sino analizar desde un punto de vista científico la evolución y

desarrollo de las relaciones entre Estados, individuos de diferentes países,

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organizaciones internacionales gubernamentales y no gubernamentales, con el

único fin de mejorar estas relaciones y mantener la paz.

1.4 OTRAS DISCIPLINAS QUE COMPONEN LAS RELACIONES

INTERNACIONALES

Las relaciones internacionales al ser una ciencia tan amplia y variada han sido

objeto de análisis de varias disciplinas relacionadas con la sociedad

internacional. Su estudio es tan complejo y extenso que existen varias ciencias

que complementan su comprensión. Es decir, cada una de ellas aporta de

manera significativa al estudio de las relaciones internacionales y de la

sociedad internacional como tal.

Considero existen un sin número de ciencias que sin duda colaboran de una u

otra manera con el desarrollo y comprensión de las relaciones internacionales,

pero existen aquellas que han contribuido de manera esencial para su estudio.

Son aquellas que perfeccionan el estudio de las mismas: Ciencias Políticas,

Historia, Derecho Internacional, Sociología y Economía.

El estudio de las Relaciones Internacionales como materia autónoma se inicio a

partir de la Segunda Guerra Mundial como mencionamos en el inicio de este

capítulo. Antes de este suceso, las disciplinas antes mencionadas se

encargaban del estudio de una parte de todo lo que engloban las relaciones

internacionales.

1.4.1 Historia

La historia ha desempeñado un papel fundamental en el origen y desarrollo de

las relaciones internacionales. Es las más antigua de las ciencias que se ha

ocupado de llevar asuntos de índole internacional, que han iniciado desde la

antigua Grecia hasta la actualidad. Desde los tratados en la antigüedad hasta

los que se utilizan ahora.

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“Las cancillerías se desarrollan a la par con el crecimiento y organización del

Estado y la práctica de la diplomacia, así como la conservación y estudio de los

documentos a que da lugar, genera una rama de la Historia conocida como

Historia de los Tratados primero e Historia Diplomática con posterioridad.”

(ORTÍZ, 2000, pág. 29)

A medida que se desarrollan los Estados se originan disciplinas que estudian

esos cambios. Una de ellas es la Diplomacia que la estudiaremos con

detenimiento en capítulos posteriores. Esta disciplina va de la mano con el

desarrollo de las Relaciones internacionales y el Estado.

TUYOL afirma que sin duda, en la génesis de las relaciones internacionales

como disciplina autónoma la historia diplomática ha cumplido un papel

primordial.

La Historia se ha encargado de recopilar toda la información necesaria y de

utilidad para facilitar el estudio de un sin número de ciencias, entre ellas las

Relaciones Internacionales, ya que con anterioridad a la autonomía de esta

ciencia, la Historia se encargaba de estudiar una parte de ella.

El estudio de las Relaciones internacionales, en un plano científico, se apoya

en el material que le brinda la Historia. Para el autor EDUARDO ORTIZ, el

historiador es el único que puede tratar un dato particular llamado:

“acontecimiento”. ORTIZ afirma que lo que interesa no es únicamente los

acontecimientos actuales, sino también su evolución, origen, creaciones, la

constatación de continuidades. Pienso que con esto se refiere, a que la

Historia es la piedra angular para el estudio de las relaciones internacionales ya

que establece una base solida para su entendimiento.

1.4.2 Sociología

Esta disciplina tuvo su origen en el siglo XIX, en Francia, gracias a AUGUSTO

COMTE Y EMILIO DURKHEIM. También es conocida como la ciencia de la

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sociedad. El centro de atención de esta nueva ciencia fue la sociedad humana

y los fenómenos a que da lugar, que pueden originarse en el campo interno o

internacional.

Dentro de esta rama existen varias divisiones de la misma, por ello tenemos a

la Sociología Histórica (connotaciones sociales), una Sociología Jurídica

(norma jurídica) y una Sociología de la Política (organizaciones del poder).

SCHWARZENBERGER: “El campo de la ciencia de las relaciones

internacionales es la sociedad internacional. Sus objetos son la evolución y

estructura de la sociedad internacional, los individuos o grupos que se ocupan

activa o positivamente en este nexo social; los tipos de conducta en el medio

internacional, las fuerzas que operan tras la acción en la esfera internacional y

los modelos de las cosas futuras en el plano internacional”. (ORTÍZ, 2000, pág.

41)

Según este autor, la sociología es una rama que se ocupa de la sociedad

internacional. Al tener un vínculo muy estrecho con la sociedad, sin duda, esta

ciencia está íntimamente ligada con el estudio de las relaciones

internacionales. Estas interacciones incluyen la conducta que se desarrolla en

el medio internacional, las relaciones entre Estados. Además, en sus objetivos

de estudio se enmarca el poder y el uso legitimo de la fuerza que se sitúa en la

Sociología Política Internacional.

1.4.3 Ciencias Políticas

Esta ciencia ha formado un vínculo muy estrecho con las relaciones

internacionales. Se puede decir que es considerada como un complemento del

estudio de las mismas, al enfocarse en los fenómenos del poder y la estructura

y funcionamiento de los Estados. Las ciencias políticas son una disciplina

bastante antigua, cuyo origen se da en las antiguas civilizaciones e imperios, y

que ha venido acompañando a la humanidad durante toda su evolución hasta

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la actualidad, ejerciendo su influencia a nivel mundial en el manejo de las

relaciones entre Estados e individuos de diferentes países.

Es importarte se tome en cuenta en la sociedad internacional, ya que la política

internacional está claramente relacionada. Comprender su estudio ayudaría a

la sociedad internacional y al hombre a crear mecanismos más efectivos para

el desarrollo de las relaciones entre Estados. A la vez su estudio es mucho

más complejo de lo que aparenta, ya que no siempre se toman decisiones en

torno a la razón sino en base a pasiones e intereses de los actores. Por eso es

necesario se perfeccionen ciertos aspectos como por ejemplo la madurez

intelectual de las naciones interesadas en estrechar lazos de paz preservando

las creencias e intereses de cada una de ellas.

1.4.4 Economía

Otro campo asociado con las relaciones internacionales es la ciencia

económica. Las dos tienen un estrecho vínculo ya que los fenómenos y

problemas económicos han acercado o alejado a los países. Dentro de estos

fenómenos se encuentran el comercio, la producción, los mercados

internacionales, el intercambio de bienes y servicios que mantienen una

constante interacción entre los Estados.

Gracias a la globalización el mundo vive hoy una era de tecnología que permite

un comunicación constante e inmediata. Este suceso junto a los actos de

comercio y producción mencionados han colaborado para que se dé una

integración a escala mundial entre las naciones. Ha promovido la negociación,

asociación y toda clase de operaciones más allá de las fronteras de los

Estados. La economía ha sido fundamental para las relaciones

internacionales. En la antigüedad la comunicación no era un arma muy

efectiva debido a las grandes distancias que había que recorrer y a la falta de

tecnología de la época. La economía y los actos de comercio ayudo a

estrechar en gran medida las relaciones entre imperios y los integrantes de los

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mismos entre sí. Estas actividades en gran medida contribuyeron a la ruptura

del aislamiento que se vivía en esa época. El mercantilismo se desarrollo en

miras de una sociedad que requería expandirse más allá de las fronteras de

cada nación, y se empezó la comercialización de oro, plata y demás materias

primas.

Así podemos aseverar que los intereses económicos entre naciones son

comunes y que uno de los objetivos de esta ciencia es generar estabilidad y

desarrollo para los Estados a través de la integración de los mismos.

1.4.5 Derecho Internacional

“El derecho internacional es la más antigua de las disciplinas internacionales,

dado que inicia su configuración, como disciplina científica en los siglos XVI y

XVII.” (DEL ARENAL, 1984, pág. 52)

Otra rama que aporta su conocimiento al estudio de las relaciones

internacionales antes de la existencia autónoma de las mismas, es el Derecho

Internacional. Junto a ella va de la mano la Historia Diplomática. Antes de la

existencia del estudio de la sociedad internacional y las relaciones

internacionales como parte de ellas, el Derecho Internacional englobaba otras

disciplinas como la diplomacia.

El Derecho Internacional es una ciencia normativa, cuyo estudio se basa en un

mandato o disposición obligatoria y su no cumplimiento acarrea una sanción.

Las normas internacionales son respetadas en su mayoría por su vigencia y

beneficios que traen a un gran número de Estados. Además, recogen valores

de orden y justicia, y determinan cuales serán los sujetos que serán regulados

por estas normas, los cuales son los Estados. Al ser titulares de los derechos

que concede esta norma también son responsables si infringen la misma en el

orden internacional y como mencionamos antes están sujetos a cumplir con la

sanción que acarrea su incumplimiento.

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21

1.5 DERECHO INTERNACIONAL Y SUJETOS INTERNACIONALES

El Derecho Internacional es una rama muy amplia y de gran importancia para el

ordenamiento internacional. No solo por regular las relaciones entre Estados, a

través de Tratados Internacionales y Convenios, sino por su gran aporte al

estudio de las relaciones internacionales.

Es necesario, realizar un breve análisis de lo que es el derecho internacional

público y cuáles son los sujetos que están regulados por esta norma para

continuar con el desarrollo de los siguientes capítulos.

Para MATHIAS HERDEGEN, autor del libro “Derecho Internacional Público”,

esta ciencia se puede definir como “la totalidad de las reglas sobre las

relaciones (soberanas) de los Estados, organizaciones internacionales, y otros

sujetos del derecho internacional entre sí, incluyendo los derechos o deberes

de los individuos relevantes para la comunidad estatal (o parte de esta)”.

(HERDEGEN, 2005, pág. 3)

El Derecho Internacional es una rama del Derecho conformada por un grupo de

normas y principios que se encarga de regular las relaciones no solo entre

Estados sino también entre Organismos Internacionales sujetos a estas normas

como por ejemplo La Santa Sede, el Comité Internacional de la Cruz Roja entre

otros. La existencia de esta rama del Derecho sirve como un equilibrio de los

intereses entre Estados o de los gobiernos que forman parte de su estructura,

al igual que de los pueblos y los hombres que habitan en ellos.

El Autor EDUARDO ORTIZ, considera al Derecho Internacional como “una

ciencia normativa que tiene una estructura lógica y especial y cuya unidad

básica de análisis es la norma jurídica, es decir, un mandato o disposición

obligatoria cuya violación acarrea un sanción.” (ORTÍZ, 2000, pág. 35)

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22

El autor, considera que el hecho de que su incumplimiento conlleve una

sanción la hace diferente a todas las demás ciencias que se dedican al estudio

de las relaciones internacionales. Igualmente menciona que existen varias

dificultades para la realización de valores universales, como el orden y la

justicia, debido a la precaria existencia de una sociedad internacional y la falta

de autoridad u organismo que se encargue de su regulación.

El Derecho Internacional también es conocido como Ley de las Naciones, y los

propios Estados consideran que las normas y precios que forman parte de su

estructura son de aplicación obligatoria, lo que se refleja en el principio de

PACTA SUNT SERVANTA. (Lo pactado debe cumplirse). Además de las

relaciones interestatales el derecho internacional en la actualidad regula la

creación de organizaciones internacionales y otras entidades consideradas

como sujetos del derecho internacional, ya que tienen derechos y obligaciones.

En la Sociedad Internacional existen intereses de carácter político, económico,

cultural y social. Estos son los factores que han ayudado a la creación de

grupos de Estados que tienen intereses comunes y como consecuencia de ello

surgen normas de Derecho Internacional aplicables a estos grupos, a

miembros de determinadas regiones y a tratar de mantener relaciones de

cooperación entre ellos. Sería ideal que las normas y leyes regulen todas las

acciones u omisiones de los actores que existen en la sociedad, sin embargo,

esto es un proceso mucho más complejo de lo que se imagina, ya que

intervienen otros factores antes mencionados como los intereses particulares

de cada Estado, que como es de pensar ocupan un primer plano antes que los

de otros países.

Los sujetos internacionales son aquellos que se encuentran sometidos a

deberes y derechos que se encuentran obligados a cumplir, al ser

considerados como tales por la sociedad y el derecho internacional. Según el

autor HERDEGEN existen los siguientes sujetos de Derecho Internacional:

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23

ESTADOS

Es una forma de organización social, política, soberana y coercitiva que

debe cumplir con elementos fundamentales como una población

permanente, un territorio determinado, un gobierno y la capacidad de

entrar en relaciones con los demás Estados para ser considerado como

tal. Además del reconocimiento que le da la sociedad y el derecho

internacional de su existencia.

SUJETOS DE DERECHO INTERNACIONAL ATÍPICOS

Se consideran dentro de esta clasificación a la Santa Sede, la Soberana

Orden de Malta y el Comité Internacional de la Cruz Roja.

ORGANIZACIONES INTERNACIONALES

Son aquellas organizaciones interestatales con personalidad jurídica en

las que participan los Estados y otros sujetos de del derecho

internacional. Fueron creadas con el objeto de mejorar las relaciones y

cooperación política entre Estados. Se basa en un tratado de derecho

internacional entre por lo menos dos Estados u otros sujetos de derecho

internacional. Se consolidó con el establecimiento de la Liga de Naciones

en 1919 (League of Nations) y posteriormente con la creación de la

Organización Internacional de Trabajo (International Labour Organization).

Con el transcurso del tiempo se crearon otras organizaciones

internacionales como la Organización de Naciones Unidas (ONU).

En la actualidad la cooperación económica internacional y las políticas

externas y de defensa en los campos económicos están a cargo por

completo de las organizaciones internacionales. Un claro ejemplo de

esto, es la Unión Europea.

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24

También existen las organizaciones no gubernamentales u ONGs y son

aquellas que no provienen de un acuerdo de derecho internacional

interestatal. Se ocupan de temas humanitarios, en el sector religioso o se

orientan hacia el derecho Internacional.

REGÍMENES DE FACTO GRUPOS INSURGENTES Y MOVIMIENTOS

DE LIBERACIÓN

Son el resultado de las formas de gobierno que provienen de una guerra

civil o algún acontecimiento de separación Estatal. Gozan de la

protección que otorga la prohibición de intervenir y hacer uso de la fuerza

a los Estados que no forman parte del conflicto.

Los grupos insurgentes pueden solicitar se les conceda la personalidad

jurídica de forma muy limitada, solo en temas de reglas de guerra siempre

y cuando hayan sido reconocidas como partes en la guerra.

Dentro de los grupos insurrectos, ocupan un lugar especial los

movimientos de liberación creados para la lucha en contra del dominio

colonial o racista, como fue el caso de SWAPO en Namibia en Sudáfrica.

En la práctica es muy difícil que el Derecho Internacional conceda la

personalidad jurídica y el reconocimiento a estos grupos, además del

temor de que después de ser reconocidos puede impulsar a tendencias

de división o separación del Estado donde se encuentran.

Otro problema es que estos grupos no poseen un grado de organización

adecuado que pueda asegurar el cumplimiento de derechos o deberes

obligatorios en el derecho internacional.

INDIVIDUOS

La palabra individuos se refiere a personas naturales. La atribución

derechos y deberes al individuo es un fenómeno poco frecuente. Por

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25

ejemplo, la personalidad jurídica del individuo se da cuando un tratado

internacional le da la posibilidad de acudir ante un tribunal internacional

para hacer valer por si mismos los derechos que se contemplan en un

tratado o en el plano internacional.

EMPRESAS TRANSNACIONALES

Las empresas transnacionales también son conocidas como empresas

multinacionales. Son sujetos de derecho internacional al establecer

relaciones contractuales con otras empresas de otros Estados, o con los

Estados mismos.

1.6 VÍNCULO QUE EXISTE EN LAS RELACIONES INTERNACIONALES Y

LA DIPLOMACIA

Otra disciplina que se encuentra ligada íntimamente al estudio de las relaciones

internacionales es la diplomacia. Considero que existe un vínculo un poco más

estrecho entre estas dos disciplinas, por el hecho de que gracias a la

diplomacia y al manejo adecuado de la misma por los representantes

designados de cada Estado se puede llegar a evitar hasta cierto punto el origen

o profundización de problemas entre los países interesados. Sin embargo, no

es posible la total relación armónica entre las naciones a nivel mundial debido a

que todas y cada uno de ellas poseen varios intereses y anhelan diferentes

cosas para su país. Pero si es posible, se genere una cooperación para llegar

a acuerdos y lograr cumplir con metas comunes entre los pueblos.

La diplomacia ha sido utilizada desde los inicios del hombre para mantener vías

de diálogo y conservar en gran medida las relaciones de cooperación en la

sociedad. Es un arte existente desde la época de los grandes imperios como

Grecia y Roma hasta la actualidad utilizada por los representantes de cada

Estado a nivel mundial.

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La diplomacia en nuestros días es considerada como una habilidad para

manejar las relaciones o intereses que se dan entre Estados. ¿Porque es

considerada como una habilidad? Pienso que no siempre las relaciones entre

Estados serán manejadas correctamente por individuos capaces de mantener

una posición que beneficie a los intereses particulares de cada país. Es por

eso, que existe la necesidad tan grande de que las relaciones entre Estados

sean llevadas por representantes no solo intelectualmente capaces sino

conocedores de normas, leyes, tratados, principios, protocolos, entre otras

facultades para mantener buenas relaciones entre los interesados y además

proyectar una imagen honorable y confiable ante la sociedad internacional.

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27

CAPÍTULO II

2 LA DIPLOMACIA

2.1 ¿QUÉ ES LA DIPLOMACIA?

Varios autores consideran a la diplomacia como una de las artes más antiguas

del mundo. Desde las primeras civilizaciones como la egipcia, china, hindú,

entre otras, se menciona a los negociadores que eran personas enviadas por

cada civilización para cumplir una función similar a lo que hoy se conoce como

diplomáticos o funcionarios de carrera.

La Diplomacia es una disciplina que contiene muchos aspectos que sirven de

base para el ejercicio y desarrollo de las relaciones en una sociedad, entre

individuos de distintas sociedades, o entre Estados u Organizaciones

Internacionales con el resto del mundo.

Se puede producir una confusión entre Diplomacia y Política Exterior, por eso

se considera importante realizar una diferencia entre las dos ciencias.

Según WIELAND la Política Exterior se define como “un conjunto de principios,

criterios y acciones de que se valen los Estados para alcanzar, frente a otros

Estados y organismos internacionales, objetivos concebidos en términos de

interés nacional.” (WIELAND ALZAMORA, 2006, pág. 8)

Es decir, la política exterior abarca un campo muy extenso ya que engloba

principios, juicios, criterios que serán utilizados por los Estados para llegar a

cumplir sus objetivos, mientras que la Diplomacia según el mismo autor

WIELAND, la define como la “técnica de que se sirven los Estados para

comunicarse entre sí a través de representantes formales y otros, a fin de, en

ejecución de su política exterior, articular, coordinar y asegurar sus intereses,

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utilizando diversos medios, y principalmente la negociación.” (WIELAND

ALZAMORA, 2006, pág. 8)

Es decir, esta ciencia es el instrumento o la técnica utilizada por los

representantes diplomáticos que los mismos Estados envían para aplicar la

política exterior y lograr sus intereses utilizando medios como la negociación

para hacerlas efectivas. La Política Exterior es el conjunto de acciones y

principios usados para lograr los objetivos de interés nacional de cada país,

mientras que la diplomacia es el medio o técnica utilizado para aplicar la

política exterior de cada Estado.

La política de cada Estado, es llevada a cabo por personas designadas por el

mismo. El Agente Diplomático es aquel funcionario que es enviado por el

gobierno de un Estado a otro Estado para representarlo y manejar las

relaciones de política exterior, sociales, culturales, económicas entre otras. El

carácter representativo del funcionario diplomático consiste básicamente en la

facultad que tiene de obrar en nombre del Estado al que pertenece acreditado

en virtud de las credenciales y poderes que este le otorga por ser delegado del

mismo.

Además, el artículo 1 de la Convención de Viena define a Agente Diplomático

como el Jefe de Misión o aquel miembro personal diplomático de la misma y se

clasifican en ordinarios o permanentes y en extraordinarios o especiales.

El autor JAVIER PÉREZ DE CUELLAR, en su libro Manual de Derecho

Diplomático considera que los agentes diplomáticos tienen como misión

principal la representación y la protección de los intereses de cada Estado en el

país en el que se encuentren, es decir, los funcionarios que están a cargo

deben precautelar los intereses del Estado al que representan y como tal

deben desempeñar funciones y actividades en beneficio del mismo. Debido a

la gran responsabilidad que implica ser agente diplomático, existen en muchos

países instituciones o escuelas dedicada a la formación de los futuros

representantes desde sus inicios.

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CUELLAR considera que la profesión del diplomático solo puede ser ejercida

en servicio al Estado y por esta razón los mismos deben encargarse de

mantenerla fuera del área política, es decir, tanto los gobiernos de los Estados

como los agentes deben preservar la esencia de esta institución y evitar

cualquier introducción de tintes políticos.

Sin embargo, algunos gobiernos acostumbran designar como Embajadores a

personas que no provienen de la carrera diplomática para ejercer dicho cargo.

CUELLAR considera que el número de personas designadas para ejercer tales

actividades debe ser limitado, y además, deben recibir una cuidadosa

formación académica, información sobre su país y sobre aquel Estado en el

que representarán el propio, así como usos diplomáticos y protocolo. No es

prudente desalentar a aquellas personas que han dedicado años enteros de su

vida preparándose académicamente para ejercer la profesión. Además, la

función diplomática conlleva otras aéreas del conocimiento como protocolo,

cultura general, historia y conocimiento de temas actuales de importancia

mundial.

2.2 ETIMOLOGÍA, ACEPCIONES Y DEFINICIONES DE LA DIPLOMACIA

Como mencionamos anteriormente la diplomacia es un arte antiguo que se ha

hecho presente en diferentes épocas de la sociedad y sus civilizaciones.

Considero es un arte, porque es una disciplina que exige vocación al igual que

muchas otras, sin embrago, resulta más complicada su aplicación en la

sociedad por la diversidad de criterios que existe en cada ser humano.

Varios autores concuerdan con el filólogo francés EMILE LITTRE, en afirmar

que el término diplomacia proviene de la palabra griega “diploun”, que significa

doblar. Los diplomas, eran documentos oficiales emitidos por un soberano o

autoridad, que concedían privilegios a las personas a los que se les otorgaba, y

se llamaban así porque eran entregados doblados en dos.

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Según el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, define a la

Diplomacia como “la ciencia o conocimiento de los intereses y relaciones de

unas naciones con otras. Servicio de Estados en sus relaciones

internacionales.” (WIELAND ALZAMORA, 2006, pág. 5)

Al igual que WIELAND el Diccionario de la Real Academia de la Lengua

Española reconoce a la diplomacia como una ciencia que se encarga de

manejar las relaciones entre Estados con el fin de obtener resultados

beneficiosos en diferentes campos como el económico, político, social, entre

otros.

La diplomacia es utilizada por los Estados, de diferentes maneras. Desde la

designación de representantes diplomáticos idóneos, la ejecución de la política

exterior de cada país, o el estudio de la profesión diplomática e incluso se

puede relacionar con la negociación entre Estados.

Existen varios autores que han realizado definiciones de esta ciencia, de las

cuales me permitiré citar las siguientes para una mejor compresión de su

concepto:

“Es el arte de las negociaciones.” KLUBER (WIELAND ALZAMORA, 2006, pág.

5)

“La ciencia y el arte de la representación de los Estados y las negociaciones.”

RIVIER (WIELAND ALZAMORA, 2006, pág. 5)

Las definiciones de los autores KLUBER y RIVIER coinciden en parte. Si bien

el primero realiza una definición mucho más corta y general, concuerda con

RIVIER al considerar a la diplomacia un arte llevada a cabo por representantes

de los Estados para manejar las relaciones. Mucho depende de la técnica que

utilicen los funcionarios encargados, es decir, de cómo se desenvuelvan en las

relaciones con los delegados de otros Estados.

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Al considerarse un arte a ésta disciplina, es muy grande la importancia que se

debe dar al nivel de cultura, educación y conocimiento que deben tener los

delegados de cada Estado para formalizar las relaciones que se dan entre los

mismos.

Concuerdo con SATOW al definir a la Diplomacia como la “aplicación de la

inteligencia y el tacto en la relación de las relaciones oficiales entre los

gobiernos de Estados independientes.” (WIELAND ALZAMORA, 2006, pág. 5)

La diplomacia entre Estados no solo estrecha lazos y ayuda a la resolución o

prevención de conflictos, firma de convenios o tratados en beneficio para los

interesados, también es una ciencia considerada como un arte, por la

complejidad que abarca la aplicación de la misma. Una de sus finalidades

principales es la gestión de los negocios internacionales. Es decir, las

personas encargadas de mantener las relaciones entre los países además de

un nivel de educación y cultura adecuado para tal cargo, deben tener aptitud de

ordenar, dirigir y seguir la negociaciones políticas y desarrollar una técnica del

manejo de las mismas con el fin de obtener resultados requeridos por los

países. Ésta disciplina no solo maneja las relaciones internacionales entre

Estados mediante la negociación y otros medios pacíficos, sino entre los

Estados y otros actores, como las organizaciones internacionales,

organizaciones no gubernamentales y los individuos.

Se piensa que a esta ciencia solo le competen las actividades pacíficas, pero

es importante señalar, que puede prestar su concurso o influencia en una

guerra o un conflicto armado. Esto se da porque la guerra y la paz son

escenarios presentes en los pueblos, y el papel de la diplomacia entra en

cualquiera de las dos situaciones por las que se encuentre atravesando un

Estado. Por ejemplo, en caso de conflicto bélico, las potencias vencedoras

querrán establecer nueva relaciones de poder, y por su parte, a las potencias

derrotadas les interesa la negociación a fin de restablecer las relaciones que se

vieron afectadas debido a la guerra y tratar de mejorarlas.

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Por consiguiente, la diplomacia además de ser considerada un arte, por su

complejidad, es una ciencia, porque tiene por objeto el conocimiento de

relaciones jurídicas y políticas de los diversos Estados, intereses respectivos,

tradiciones, cultura y el contenido de los tratados que se firman entre los

mismos.

Para ejecutar la política exterior, los países de todo el mundo se valen de

representantes formales calificados y otros actores que consideren adecuados,

para que se encarguen de asegurar los intereses que tienen como nación,

haciendo uso de conversaciones privadas, intercambio de opiniones,

intercambio de correspondencia, visitas e incuso amenazas y advertencias

entre otras actividades que preserven y promuevan el manejo de las relaciones

de los Estados.

2.3 ANTECEDENTES HISTÓRICOS DE LA DIPLOMACIA

La diplomacia nace, evoluciona y se desarrolla conforme los Estados se ven

obligados a resolver problemas que se derivan de sus relaciones, como la

lucha por el poder, adquisición de riquezas naturales, territorio u otros factores

como el económico, comercial y político.

NICHOLSON manifiesta que la diplomacia, en el sentido de la conducción de

relaciones entre un grupo de seres humanos es tan antigua como la historia.

Es interesante el ejemplo con el que prueba esa afirmación. El autor manifiesta

que incluso en la prehistoria debió existir un grupo de salvajes que deseo

negociar con otro, en el momento de una batalla u otra situación en la que se

requirió un acercamiento.

WIELAND en su libro; El Manual del Diplomático hace una referencia histórica

de los orígenes y evolución de la Diplomacia. Manifiesta que la diplomacia era

conocida ya en la Antigüedad y su práctica siguió hasta la Edad Media con

misiones temporales. Es decir, los delegados se encargaban a resolver

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asuntos específicos, como llevar regalos de un soberano a otro, declarar la

guerra, solicitar treguas, negociaciones de paz y establecer alianzas. Sus

funciones no pasaban de las mencionadas, debido a que los soberanos eran

los encargados de profundizar las relaciones con otros interesados. La

diplomacia de la antigüedad ya contenía algunos aspectos que en la actualidad

se respetan, como el principio de inviolabilidad de los enviados extranjeros, es

decir, poseían ciertos privilegios e inmunidades, cuya violación tenía como

resultado sanciones severas. Por ejemplo, en Asiria y Babilonia, así como

entre los hebreos, la inviolabilidad de los embajadores extranjeros era

generalmente observada, para evitar se generen problemas.

En Egipto en el año 1280 A.C., Ramsés II suscribió con Quetasar, Príncipe de

los Hititas, un tratado de paz y alianza entre los dos pueblos, en el que además

trataba asuntos referentes a la extradición de los refugiados políticos. Es decir,

de una u otra forma desde las primeras civilizaciones que habitaron el mundo

ya se practicaban formas de diplomacia al establecer alianzas y mantener la

paz a través de los tratados.

En la India, las leyes de Manu (500 A.C.), son un conjunto de sanscritos que

contienen las antiguas leyes y costumbres sagradas de ese pueblo, y en ellas,

se hacían constantes referencias a las políticas entre los pueblos vecinos de

modo que constituían un verdadero código de reglas diplomáticas. En las

denominadas leyes, se consideraba que el Embajador debía ser amable,

educado, agradable, intrépido, entre otras cualidades importantes.

Durante el siglo XV A.C., la República de Venecia amenazaba con el destierro

e incluso la muerte a aquellos ciudadanos que tenían tratos con embajadores

extranjeros. Con el fin de detener dichas prácticas tan severas, nació la

costumbre de conceder ciertos privilegios diplomáticos a los embajadores.

A partir del siglo VI A.C., las ciudades y Estados empezaron a elegir a sus

embajadores entre los más finos oradores y los mejores abogados que

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existían. Las funciones de los Embajadores designados se ampliaron, y tenían

participación en las asambleas populares que se generaban en sus ciudades o

en ciudades extranjeras. Se esperaba que pronunciaran magníficos discursos

y se otorgaba poca importancia a que obtuvieran información sobre los países

que visitaban o redactaran informes de sus visitas a su regreso.

En el siglo V A.C., los griegos perfeccionaron el sistema de relaciones

diplomáticas concediendo a los miembros de las misiones ciertas inmunidades.

Se reconoció que las relaciones entre los Estados no solo debían basarse en la

violencia o el uso de las armas para solucionar disputas sino que estas en

ocasiones era más favorable manejarlas en base a los intereses nacionales y

las conveniencias de cada Estado. La civilización griega fue sin duda una de

las más avanzadas de la época antigua, practicaban el arbitraje obligatorio y

solo acudían a la guerra después de haber agotado la vía diplomática.

Sus embajadores gozaban del derecho a viáticos y estaban dotados de las

correspondientes credenciales como los actuales. “Los tratados concluidos por

ellos, se inscribían en placas de bronce o mármol y se los guardaba en templos

y edificios públicos.” (WIELAND ALZAMORA, 2006, pág. 11)

La civilización romana prefería utilizar la violencia para la solución de conflictos,

pero heredaron algunos principios y prácticas de los griegos, y enviaban y

recibían embajadores, a quienes denominaban legati, oradores o fetiales. Los

fetiales tenían como única función, anunciar la paz o la guerra entre los

pueblos. Tal fue la importancia que tomaron las misiones diplomáticas de la

época, que el hecho de que un Estado no recibiera a sus embajadores, se

consideraba casi un sacrilegio y como consecuencia se interrumpían

inmediatamente la ejecución de los tratados pactados con el país que

rechazaba las misiones enviabas por Roma. Se utilizaban tres clases de

tratados: los de paz, denominados Foedus; los Indutiae, que consistían en la

suspensión de las agresiones entre dos grupos, países o naciones que se

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encuentran enfrentados en una lucha armada; y la Sponsio, que consistía en

una tregua hecha por los generales antes de la ratificación de un acuerdo.

“En el último periodo del Imperio Romano, la diplomacia la practicaban casi

exclusivamente los obispos, quienes eran favorecidos por el prestigio de la

Iglesia y, sobretodo, por la autoridad moral del Papa. Fue durante dicho

periodo que se hizo sentir la necesidad del arte de negociar, o propiamente de

la diplomacia.” (WIELAND ALZAMORA, 2006, pág. 12)

Para alcanzar dicho propósito era necesario que los oradores posean

cualidades extra. Se requería formar representantes entrenados en la

observación, con amplia experiencia y juicio certero. Gracias a estos

acontecimientos, el embajador o diplomático profesional fue evolucionando a

través de un complejo y largo proceso, y se empezó a considerar a esta

disciplina como una ciencia basada en el precedente y en la experiencia, el

análisis de los viejos tratados y el estudio de la historia de negociaciones

internacionales.

Según WIELAND, en el Medioevo, a los representantes diplomáticos se los

conocía como legados, oradores, comisarios, procuradores, agentes o

embajadores. Se reconocía al embajador, quien al igual que en la actualidad,

era el representante personal del Estado al que pertenecía. Sin embargo, los

embajadores estaban mal pagados o no recibían compensación económica

alguna, por cuanto el hecho de representar al soberano solo les permitía

vincularse con personas de sangre real o alta nobleza y el reconocimiento de la

sociedad. Problemas que a largo plazo se convertían en deudas de los

embajadores sin pagar y mala posición económica.

En el año de 1815, se celebro el Congreso de Viena y los plenipotenciarios que

participaron aprovecharon tal oportunidad para poner fin a todas las prácticas

indignas y establecer el status y las reglas de regularización de dicha profesión

por acuerdo internacional.

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Se definió cuatro categorías de representantes diplomáticos organizados

jerárquicamente de esta forma:

(1) Embajadores, legados papales y nuncios papales (representantes

diplomáticos de la Santa Sede);

(2) Enviados extraordinarios y Ministros plenipotenciarios;

(3) Ministros Residentes;

(4) Encargado de negocios.

De acuerdo a este sistema, el embajador más antiguo se convertía en el

decano del cuerpo diplomático y los demás representantes se ubicaban de

acuerdo a él, en el correcto orden cronológico.

El actual sistema diplomático tiene sus orígenes en Italia en el siglo XV, cuando

se establecieron las embajadas permanentes. Después de la Paz de Wesfalia,

que puso fin a la Guerra de los Treinta Años (1648) y con el origen del Derecho

de Gentes, la mayoría de países civilizados europeos adoptó de manera

definitiva la institución en las embajadas permanentes.

Se desarrollaron normas de procedimientos conocidos como el protocolo

diplomático y procedimientos que debían realizarse para suscribir tratados por

las partes involucradas en una negociación. Además, de una serie de

privilegios e inmunidades que se concedieron tanto a funcionarios de carrera

como a las actividades diplomáticas. Se consideraba que el embajador debía

tener ciertos privilegios para ser capaz de ejecutar sus labores sin temor ni

impedimentos, por la importancia de salvaguardar todo el sistema de

comunicación entre los actores políticos.

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Otra razón, fue que al ser el embajador enviado por el monarca a representarlo

a otras ciudades o Estados, este debía ser tratado con las mismas

consideraciones que el soberano.

Existen prácticas que se aplican en la actualidad y se desarrollaron a partir del

siglo XVIII, como la costumbre de los embajadores de hacerse acompañar por

sus cónyuges.

La diplomacia se ha fortalecido gracias a factores significativos como la

incrementación de las relaciones entre los Estados. Esto los ha obligado a

negociar de manera regular con otros Estados sobre asuntos de interés. Los

jefes de Estado tuvieron que negociar indirectamente y para este fin se

enviaron representantes al exterior, quienes se institucionalizaron y luego se

profesionalizaron alrededor del siglo XIX. Las embajadas son consideradas

como una importarte expresión del interés de los Estados, se han conectado

con los ministerios de relaciones exteriores y trabajan en conjunto para

alcanzar los objetivos que cada país tiene como tal.

Según WIELAND autor del libro Manual del Diplomático, en la actualidad los

Estados comparten el escenario con otras organizaciones internacionales como

las intergubernamentales y no gubernamentales y empresas transnacionales,

principalmente por el poder económico que estas poseen y que les permite

ejercer influencia política.

Los Estados han dejado de velar exclusivamente por la seguridad física de los

ciudadanos como en la época antigua y se han preocupado más por el

bienestar social y económico de sus pueblos, por lo que las funciones de las

misiones diplomáticas se han ampliado para cumplir con dichos objetivos.

WIELAND, considera que a medida que transcurren los años la diplomacia ha

sufrido grandes cambios. Concluye que por primera vez esta ciencia posee

alcances globales, es decir, es utilizada mundialmente, ya que han

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desaparecido las divisiones ideológicas que en épocas anteriores fueron un

gran impedimento para la integración de los Estados y otros actores, pero en la

actualidad las relaciones internacionales pueden desenvolverse con mayor

libertad y traer mejores beneficios para los países.

La diplomacia en la modernidad puede considerarse diversa y compleja, es

decir, aparte de la estructura y procedimiento de esta disciplina, existen

muchos actores involucrados, que además de Estados incluyen entidades no

estatales, ONGs, actividades diplomáticas, complejos procesos bilaterales y

multilaterales, en general todo un conjunto de pasos y procesos de difícil

manejo para los funcionarios encargados.

2.4 ESTRUCTURA DE LAS MISIONES DIPLOMÁTICAS

El autor Ismael Moreno Pino autor de La Diplomacia, señala que las estructuras

de las misiones diplomáticas de los Estados suelen ser muy semejantes. A

continuación se hará un breve análisis a las secciones que integran la misión

diplomática:

1) Cancillería

2) Agregadurías Comerciales

3) Agregadurías Militares

4) Agregaduría Cultural

5) Otras Agregadurías

2.4.1 Cancillería

La cancillería es una oficina encargada de recibir y preparar documentos que

son de la competencia del jefe de misión. También está bajo su cargo el

manejo de archivos, claves, registros y funciones administrativas que tengan

que ver con la propia misión.

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Según WIELAND, la cancillería de la misión diplomática se encarga de realizar

el seguimiento del desarrollo de la política del país receptor, elaborar los

informes que al respecto se rinde al país acreditante y las notas que la misión

envía al ministerio de relaciones exteriores del país receptor.

2.4.2 Agregaduría Comercial

Las agregadurías comerciales se ocupan de “las relaciones comerciales entre

el Estado acreditante y el receptor. Informa al Estado acreditante acerca de

cuanto concierne a la situación económica del Estado receptor, con lo que

permite dirigir más eficazmente su política comercial.” (MORENO PINO, 2001,

pág. 189)

Las agregadurías comerciales son agregadas a la misión diplomática que se

encargan de manejar, facilitar y agilizar las relaciones de intercambio

comercial, económicas y todo lo concerniente a la situación económica entre el

país en el que se encuentra y aquel del que provienen.

2.4.3 Agregaduría Militar

Las agregadurías pueden ser de tres tipos: Militares, Navales o Aéreas. A su

cargo se encuentra un agregado que puede ser miembro activo de la fuerza

aérea, naval o militar según sea el caso. Son miembros de las fuerzas

previamente mencionadas que se encargan principalmente de manejar temas

relacionados con la defensa y seguridad nacional del país acreditante. Por

ejemplo, un agregado militar de una misión diplomática que es enviado a otro

Estado puede tratar temas relacionados con la frontera limítrofe entre ambos

países para mejorar la seguridad.

2.4.4 Agregaduría Cultural

Considero que la agregaduría cultural cumple un papel fundamental ya que

refleja la cultura e imagen de un Estado hacia al exterior.

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“Las funciones que realiza el agregado cultural consisten fundamentalmente en

entrar en contacto con la intelectualidad y los medios educativos del país

receptor; promover el intercambio de estudiantes; dar a conocer la cultura de

su país mediante la promoción de conferencias y exposiciones artísticas;

facilitar la realización de estudios por parte de estudiantes de su país que se

encuentren en el Estado receptor.” (MORENO PINO, 2001, pág. 192)

En resumen, podemos concluir, que los agregados culturales de una misión

diplomática tienen como función difundir y promocionar la cultura de su Estado

en el país receptor donde se encuentren. Grandes potencias como Inglaterra y

Alemania se preocupan de crear institutos culturales en las principales

capitales del mundo para que se conozca su cultura, además les otorgan la

posibilidad de obtener becas a los estudiantes de otros países para que

realicen o perfeccionen sus estudios en sus propios países.

2.4.5 Otras Agregadurías

Existen otras agregadurías que pueden incluirse en la estructura de las

misiones diplomáticas como la oficina de prensa, agregaduría agrícola,

agregaduría laboral entre otras. El establecimiento de estas depende de las

necesidades que el país acreditante tenga frente a temas relacionados con la

producción agrícola, materia laboral en el caso de que existan trabajadores

migratorios, información local del país donde se encuentra la misión

diplomática, en fin, sirven para tratar de encontrar una solución a problemas de

interés nacional.

2.5 FUNCIONES DE LAS MISIONES DIPLOMÁTICAS

El autor ARMANDO PESÁNTEZ considera que “son muy variadas las

finalidades de la gestión diplomática, pues esta abarca todo cuanto el agente

diplomático realiza en el desempeño de sus funciones como representante de

un Estado. Comprende esto desde los simples trámites administrativos hasta

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las negociaciones y la suscripción de tratados, pasando por asuntos de

carácter rutinario y cuestiones de espacial delicadeza.” (WIELAND

ALZAMORA, 2006, pág. 49)

La carrera diplomática al igual que otras es realmente compleja. Sin embargo,

su importancia radica en que abarca otros aspectos que son de interés para

todo un pueblo, por ello conlleva una responsabilidad muy grande.

Los Estados utilizan principalmente de sus misiones diplomáticas para realizar

los tratos entre sí. Según el artículo 3 de la Convención de Viena sobre

Relaciones Diplomáticas del 18 de abril de 1961 entró en vigor el 24 de abril de

1964, las funciones de las misiones diplomáticas son las siguientes:

“Artículo 3º

1. Las funciones de una misión diplomática consisten principalmente en:

A. Representar al Estado acreditante ante el Estado receptor;

B. Proteger en el Estado receptor los intereses del Estado acreditante y

los de sus nacionales, dentro de los límites permitidos por el derecho

internacional;

C. Negociar con el gobierno del Estado receptor;

D. Enterarse por todos los medios lícitos de las condiciones y de la

evolución de los acontecimientos en el Estado receptor e informar

sobre ello al gobierno del Estado acreditante;

E. Fomentar las relaciones amistosas y desarrollar las relaciones

económicas, culturales y científicas entre el Estado acreditante y el

Estado receptor.” (Convención de Viena sobre Relaciones

Diplomáticas, 1961)

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A.- Representar al Estado acreditante ante el Estado receptor

Según WIELAND la representación es la primera y la más importante de

las funciones de una misión diplomática. Esta función contempla los

actos protocolares a partir de la presentación de credenciales, que

certifiquen que efectivamente, el funcionario pertenece a la misión

diplomática de un Estado.

Un agente diplomático es el representante de su país, y como tal, debe

relacionarse con el gobierno ante el cual está acreditado al igual que el

trato con sus colegas. Depende mucho de los agentes diplomáticos el

estado en que se encuentren las relaciones entre países, es decir, es

fundamental llevar buenas relaciones entre pueblos y de cómo sus

representantes apliquen el protocolo y demás técnicas para mejorar las

mismas.

WIELAND considera que la representación es de gran trascendencia

porque “contempla la explicación y defensa de la política nacional a través

de la embajadas y por otros medios. A ellas corresponde sentar las

bases y preparar el terreno para una nueva política o nuevas iniciativas

políticas, económicas o culturales, De igual modo, en el caso de un

conflicto ya existente o potencial, dichas misiones deberán contribuir a

reducir las fricciones y suavizar las relaciones bilaterales o multilaterales.”

(WIELAND ALZAMORA, 2006, pág. 44)

Como mencionamos anteriormente los agentes diplomáticos conllevan

una gran responsabilidad al ser representantes simbólicos de su país, ya

que la calidad de su intervención por ejemplo, puede sin duda afectar

positiva o negativamente las relaciones entre dos o más Estados en un

momento determinado en el que existan problemas. Además, considero

es importante la seriedad con que tal representante maneje las funciones

que están a su cargo ya que mejora el prestigio y la reputación del país al

que representa.

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WIELAND menciona que debe cumplir con las funciones que el gobierno

de su país le asigne basándose en la Constitución y leyes de su país. Por

ejemplo puede autorizársele suscribir un tratado, ser delegado de su

Estado en conferencias a nivel internacional, defender los intereses de su

país, intervenir cuando sea el caso, entre otras tareas.

B.- Protección de los Intereses del Estado y de sus Nacionales

La segunda función de las misiones diplomáticas es la protección de los

intereses del Estado y de sus nacionales, que incluyen a personas

naturales y jurídicas que se encuentren en el. El agente diplomático no

solo debe ejercer funciones de política exterior con otros Estados,

también debe precautelar los intereses del Estado como tal y de las

personas que se encuentran en el. Por ejemplo, en el caso de que un

país vecino viole las fronteras terrestres, marítimas y del espacio aéreo

puede tener consecuencias para el país que atraviesa dichas fronteras sin

permiso del otro Estado. En este caso el agente diplomático debe cuidar

el fiel cumplimiento del compromiso que existe entre los Estados de no

ingresar al otro país sin previa autorización o consentimiento del mismo.

La Convención de Viena sobre las Relaciones Diplomáticas dispone que

la preservación de los intereses de los Estados bajo ningún motivo pueda

violar otras normas del Derecho Internacional.

C.- Negociación

La tercera función de las misiones diplomáticas es la negociación. La

negociación entre Estados se refiere a tratar un asunto de interés para

dos o más países, con el fin de llegar a un entendimiento, sin que exista

necesariamente una disputa, aunque si es posible que exista una

variedad de criterios, intereses o posiciones diferentes.

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La participación de los agentes diplomáticos en negociaciones con otros

Estados es beneficiosa para ambos países. Por ejemplo, antes de

presentarse una demanda por violación reiterada del espacio aéreo,

terrestre o marítimo de un país contra otro se pueden generar

conversaciones entre el afectado y el país que violo dicho espacio antes

de tomar vías más complejas para solucionar el problema.

Sin embargo, hay que estar consientes que en toda negociación se pone

en juego el poder del Estado, ya que este se valdrá de todos los recursos

disponibles para que la negociación que se lleva a cabo sea lo más

favorable posible.

D.- Enterarse por todos los medios lícitos de las condiciones y de la

evolución de los acontecimientos en el Estado receptor e informar

sobre ello al gobierno del Estado acreditante

La cuarta función de las misiones diplomáticas es la información. Cada

embajada tiene la obligación de informar sobre temas y problemas claves

tanto en el ámbito interno como de política exterior que afecten a los

Estados a los que representan.

El fin de la información constituye más que nada una advertencia

oportuna a los gobiernos de los Estados sobre la existencia de un

problema en el Estado acreditante, y es un acto muy importante de las

misiones diplomáticas que exige apreciable capacidad, juicio certero y

coraje político, según ALZAMORA.

E.- Fomentar las relaciones amistosas y desarrollar las relaciones

económicas, culturales y científicas entre el Estado acreditante y el

Estado receptor

Dentro de la quinta función, es importante implementar diversas formas

de integración con el Estado receptor. Por ejemplo, se puede impulsar y

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45

mejorar las relaciones con distintas maneras de ayuda exterior no solo en

el campo económico y financiero sino apoyando intercambios culturales y

científicos, cooperación en el terreno militar, programas de asistencia

técnica entre otros enfatiza WIELAND. Como consecuencia para realizar

las diversas funciones de las misiones se ha implementado personal

especializado en variados asuntos con el fin de cumplir con eficacia

dichas funciones.

Finalmente, WIELAND enfatiza otra función considerada importante

aunque no cuente en el artículo 3 de la Convención de Viena sobre las

Relaciones Diplomáticas. La elaboración, redacción o enmienda de un

amplio cuerpo de normas internacionales de naturaleza normativa y

reguladora, que provean de estructura al sistema internacional, como por

ejemplo la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar.

Concluyendo el presente capítulo concuerdo con el autor JULIO RAMÓN

LASCANO al señalar que “en este nuevo mundo unipolar y globalizado el

diplomático se ve obligado a incorporar a sus conocimientos del derecho

diplomático la función consular y los idiomas, como nuevas materias

específicas: comercio exterior, prensa, promoción cultural, ciencia y

tecnología y seguridad e inteligencia. Y además debe cada vez

conectarse más con la realidad política de su país.” (LASCANO Y VEDIA,

2007, pág. 93)

Es necesario señalar que la Diplomacia ha evolucionado junto con la

sociedad y los avances tecnológicos que además de acortar distancias

han podido mejorar la comunicación. Junto con estos acontecimientos

nacieron nuevas ciencias como explica LASCANO mismas que deben

abordadas por los diplomáticos modernos ya que son aquellas que se

encuentran acorde con la realidad actual y la globalización.

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46

CAPÍTULO III

3 DIPLOMACIA EN ECUADOR

En el capitulo uno y dos de la presente tesis realizamos una introducción a los

orígenes y evolución de las relaciones internacionales y a la diplomacia desde

sus inicios. Gracias a la globalización se han integrado nuevos actores a las

relaciones internacionales refiriéndome a las empresas transnacionales,

organizaciones no gubernamentales, organizaciones intergubernamentales,

entre otros. Estos participantes enriquecen los objetivos e intereses de la

participación en el ámbito internacional de los Estados.

“El Estado, como representante de la sociedad en su conjunto, debe formular

una política exterior acorde a la realidad y a los intereses prioritarios del país,

que recoja y armonice las propuestas de los distintos actores de las relaciones

internacionales en una gestión externa global, única e indivisible.” (YÉPEZ

LASSO, 2001, pág. 62)

La realidad de cada país es aquella que se vive día a día y es necesario que

los representantes en el exterior de un Estado actúen de acuerdo a una

realidad social, económica y política. Conlleva un proceso complejo que

encierra los intereses permanentes y de prioridad de un Estado.

3.1 SÍNTESIS DE LA HISTORIA DIPLOMÁTICA EN EL ECUADOR (1830-

2010)

Después de la independencia de España, se creó la primera Constitución del

Ecuador en 1830, en el gobierno del primer presidente del país, Juan José

Flores. Se inicia la administración de los departamentos y provincias que

conformaban la República.

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“La ciudad de Quito pasó a constituirse en el año 1830 en la capital de la

naciente República del Ecuador. La política exterior estuvo encomendada,

desde los primeros años hasta finales del siglo XIX, al Ministerio de lo Interior.”

(Ministerio de Relaciones Exteriores, Comerio e Integración, 2009 - 2010)

Las relaciones exteriores del país empiezan su proceso evolutivo como lo

indica el informe a la nación de 1831, expuesto por el Ministro Secretario de

Estado, Rafael Viteri, donde indica que “el jefe de Gobierno ha empleado todos

los medios que han estado a su alcance para consolidar la existencia del

Estado, estrechando sus relaciones con las demás sesiones. Se ha enviado un

comisionado a la convención que se había convocado entre los Pueblos

Granadinos. Se han iniciado negociaciones con los Gobiernos de las

florecientes Republicas de Perú y Bolivia, y el jefe de Estado en desempeño del

deber que le impone la Constitución, y autorizado especialmente por el

Gobierno Constituyente ha dirigido un Ministro instruido suficientemente para

estrechar con ellos sus relaciones de paz y comercio.” (VITERI, 1831)

Es indispensable señalar, la importancia de establecer lazos de fraternidad con

países vecinos. El Ecuador, al igual que el resto de países del mundo, necesita

establecer relaciones culturales, sociales, comercio e integración para

consolidarse como un país soberano y fomentar el desarrollo en todos los

campos posibles de sus habitantes en una sociedad moderna en la que no es

posible mantener una posición de autosuficiencia. La preparación académica y

cultural es importante en el entorno de relaciones internacionales, es la carta

de presentación de un Estado, y el manejo de las mismas es una gran

responsabilidad.

Como indica el Informe a la Nación de 1831, se envió a un Comisionado por el

Jefe de Estado “instruido suficientemente” para desarrollar negociaciones con

las Republicas de Perú y Bolivia. Sin embargo, me hago una pregunta, ¿es

sinónimo de excelencia el instruir “lo suficiente” a un delegado de un país en el

exterior?

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Según los Informes a la Nación recogidos en el archivo nacional de la biblioteca

del Ministerio de Relaciones Exteriores del Ecuador se puede resumir lo

siguiente:

A partir de 1833 se dividió a la República de Colombia en tres secciones y

debido a la dificultad de ponerse de acuerdo se firmó el Tratado de Paz con la

Nueva Granada que sirvió para restablecer las relaciones de paz que unían a

uno y a otro Estado. Se mantuvieron las relaciones de amistad con Bolivia y

Venezuela.

Desde 1838 se establecen relaciones mercantiles con México y Estados

Unidos. Se celebra la Asamblea General Americana, y se envían Ministros ya

considerados agentes diplomáticos para fortalecer relaciones de paz y

comercio entre Estados independientes y disfrutar de sus libertades, incluyendo

a Ecuador. Se estrechan relaciones con Centro América. Se nombran ya las

primeras delegaciones diplomáticas y existe ya acreditado un Cónsul y un Vice-

Cónsul en el puerto de San Salvador. Continúan las relaciones de paz con los

demás países Sud- Americanos. Se firman tratados con otros países como

Chile y con el Ministro de la Confederación Perú- Boliviana.

Las relaciones con Europa ese fortalecen, y un agente diplomático es enviado

a la Corte de Londres para promover las relaciones correspondientes a los

intereses de la republica en orden a la deuda Colombiana.

Durante el periodo de 1830 a 1870, el Ecuador, “aprendió las normas y los

usos de la diplomacia occidental e intento desarrollar en un inicio, una política

exterior que aspiraba a establecer relaciones de cordialidad y confianza,

basadas en el comercio. Pronto, sin embargo las realidades de su debilidad

frente a sus vecinos se hicieron evidentes, así como su precariedad como

Estado Colchón.” (ZEPEDA, 2010, pág. 20)

El autor clásico NICHOLAS SPYKMAN, define al Estado Colchón como “un

Estado relativamente débil situado entre dos Estados relativamente fuertes.

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Debido a su localización geográfica, la seguridad de este tipo de estados

depende de la seguridad que sus vecinos obtengan de su existencia, de

manera que los Estados colchón están obligados a mantener una política

exterior neutral, que casi siempre resulta precaria”. (ZEPEDA, 2010, pág. 16,

17)

La debilidad externa del Ecuador, reflejó los profundos problemas y divisiones

internas de la época, como consecuencia, durante aquel periodo ofreció varias

oportunidades a potencias con ambiciones imperialistas y ambiciosas.

Desde 1897 se organizó el Ministerio de Relaciones Exteriores como cartera

independiente. Gabriel García Moreno, tuvo desatinos que conllevaron a un

aislamiento internacional del Ecuador según Francisco Carrión Mena, ex

canciller.

“Este aislamiento solo fue superado a partir de la Revolución Liberal y gracias a

la política exterior proactiva implementada por Eloy Alfaro. Lamentablemente,

esto no duro mucho, Eloy Alfaro fue asesinado en 1912 y el país se sumergió

en un profundo conservadurismo que dominaría las siguientes décadas de la

vida política ecuatoriana.” (ZEPEDA, 2010, pág. 22)

A partir de 1942, “el conflicto limítrofe con el Perú y la mutilación territorial –

última y fehaciente evidencia del carácter de Estado colchón- se convertirían,

en el eje articulador y en un agente distorsionador de la política exterior. El

protocolo de Rio de Janeiro, promovido bajo la presión estadounidense para

apaciguar la región en un momento en que la entrada de Estados Unidos a la

Segunda Guerra Mundial parecía ineludible, formalizaba la pérdida territorial

del Ecuador.” (ZEPEDA, 2010, pág. 23)

El objetivo de la firma del Protocolo de Rio de Janeiro fue el lograr una paz

digna con Perú que se mantendría a lo largo del periodo y contribuiría a

mantener las relaciones entre ambos países. Además, se fortalecieron las

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relaciones con Estados Unidos y se produjo un aumento de la representación

diplomática de Legación en la Embajada. Estados Unidos se convirtió en el

país más importante para Ecuador, ya que existía una gran preocupación por

garantizar la seguridad y defensa del continente, especialmente del Canal de

Panamá por lo que se negoció con el gobierno de Ecuador la construcción de

bases aéreas en Galápagos y Salinas.

Al terminar la Segunda Guerra Mundial las relaciones internacionales de todos

los países del mundo sufrieron cambios y evoluciones, incluyendo a Ecuador.

Durante aquella época la principal preocupación de Política Exterior para el

país, fueron las relaciones con Perú, este, había atacado a Ecuador y el

objetivo trascendental era evitar que volviera a suceder un nuevo ataque.

Inició la Guerra Fría y Ecuador se volvió más dependiente de Estados Unidos

para comprar armas y equipamiento militar. Estados Unidos participó en la

política interna y externa del Ecuador y apoyó activamente la dictadura militar

que asumió el poder en 1963. En septiembre del mismo año, el Embajador

Ecuatoriano, José A. Correa, se reunió con el Secretario de Estado, Dean

Rusk.

Después de varios gobiernos militares, el Ecuador retornó a la democracia en

1979 con Jaime Roldós. Los siguientes gobiernos se preocuparon unos más

que otros en estrechar relaciones con países como Colombia y Estados

Unidos.

“En las décadas de los 60’s y 70’s, no existía un procedimiento establecido y

regular para el ingreso de Terceros Secretarios al Servicio Exterior. Los

concursos no eran convocados periódicamente y sus reglas cambiaban de

acuerdo a la coyuntura del momento. A principios de 1987, durante la gestión

del Canciller Rafael García Velasco que el ex Presidente León Febres Cordero

firmo el decreto ejecutivo No. 2923, el 21 de mayo de 1897, que establecía la

Academia Diplomática, con el fin de profesionalizar la carrera y fortalecer la

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51

institucionalidad del Ministerio de Relaciones Exteriores.” (Ministerio de

Relaciones Exteriores, 2011)

Durante los años ochenta la política exterior ecuatoriana fue producto de las

presiones domésticas sobre temas económicos como deuda externa y

seguridad nacional, específicamente sobre el conflicto irresuelto de los limites

con el Perú, (resuelto tras una intensa guerra selvática producida a finales de

1994 hasta marzo de 1996 y que finalmente se resolvió en 1998).

“Hasta finales del siglo XX la agenda ecuatoriana en los organismos

internacionales y los escenarios multilaterales estuvo centrada en equilibrar la

presencia peruana, tras ciento ochenta años de disputas territoriales con el

Perú. Las relaciones multilaterales de Ecuador se desenvuelven básicamente

en los ámbitos del hemisferio occidental y de alguna manera, se encuentran

atravesados por la influencia de la política exterior estadounidense.” (BONILLA,

2006, págs. 168, 169)

La política exterior del Ecuador también se desarrolla a través de organismos

internacionales, como su presencia en la Organización de Estados Americanos

OEA, la Comunidad Andina de Naciones y la Comunidad Sudamericana de

Naciones.

Según BONILLA, los principales temas de interés para Ecuador en “organismos

multilaterales tienen que ver con su condición de país pequeño y con su

necesidad de democratizar el acceso a las decisiones en ellos.

Los temas que ha manejado el Ecuador dentro de la ONU en los últimos 10

años son:

1) Reforma y revitalización de las Naciones Unidas;

2) Reformas del Consejo de Seguridad;

3) Medio Ambiente y Desarrollo;

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4) Desarme;

5) Agenda para la paz;

6) Corte Penal Internacional;

7) Promoción de la Justicia y la Observancia del Derecho;

8) Condena al Terrorismo Internacional.

Los temas que se han manejado dentro de la OEA son:

1) Seguridad Hemisférica;

2) Seguridad Humana;

3) Democracia;

4) Anticorrupción;

5) Cooperación para el Desarrollo; y

6) Medio Ambiente.” (BONILLA, 2006, pág. 169)

Es importante señalar que en la actualidad las relaciones más importantes son

las bilaterales con Estados Unidos (mayor socio comercial), Colombia

(Segundo socio comercial) y Perú (rival territorial hasta 1998).

A partir de 1999 se ha desarrollado un vínculo importante con Europa,

específicamente con España debido a la emigración de más de un millón de

ecuatorianos luego de la crisis financiera que se produjo en Ecuador (1999-

2001).

“La política Exterior del Ecuador siempre se ha caracterizado por el entusiasmo

demostrado para la integración de organismos internacionales. Es miembro

fundador de la OEA y de la ONU, es parte del grupo de Río, es miembro de la

OMC, participa regularmente en las Cumbres Iberoamericanas y

Sudamericanas, en varias organizaciones comerciales, productivas y enérgicas

regionales y en organismos intergubernamentales académicos.” (BONILLA,

2006, pág. 170)

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Las relaciones internacionales entre Ecuador y sus vecinos y demás aliados en

su mayoría han sido pacificas, a excepción del Perú, debido a problemas

limítrofes. Es preciso señalar, cuan importante es establecer vínculos de paz y

de comercio entre países para impulsar el avance económico, político, social y

cultural de los involucrados. El cumplimiento de los objetivos planteados por la

política exterior de los Estados siempre se basará en el interés y conveniencia

de toda la nación y no en el de unos pocos.

3.2 ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN ACTUAL EN EL ECUADOR

Históricamente se conoce que existían dificultades para el ingreso y

designación de cargos diplomáticos en el país. Por esa razón se consideraba

de cierta manera un monopolio e incluso aquellos abusos generaban

corrupción en la Cancillería ya que era complicado acceder a cargos

diplomáticos por personas fuera de la esfera debido a que aquella institución

pública era manejada por pocas personas.

Estas dificultades generaron una crisis en el Ministerio de Relaciones

Exteriores y la Cancillería por lo que el actual gobierno del Presidente Rafael

Correa decidió realizar una reestructuración de las instituciones nombradas e

incluso de la Academia Diplomática y realizar reformas en la Ley Orgánica de

Servicio Exterior Ecuatoriana a finales del año 2008. El pleno de la Comisión

Legislativa y de Fiscalización de la Asamblea Nacional aprobó las reformas

planteadas por el Ejecutivo el 26 de Enero del 2009 que consistían en un total

de siete artículos reformados de la Ley. El 29 de Enero del 2009 las reformas

fueron publicadas en el Suplemento del Registro Oficial 517 y entraron en

vigencia inmediatamente.

Consecuentemente en febrero de 2010, el presidente Rafael Correa, oficializó

la eliminación de la Academia Diplomática (AD), mediante el Decreto 650, con

el cual al mismo tiempo creó la Escuela de Relaciones Internacionales José

Peralta, adscrita al Instituto de Altos Estudios Nacionales (IAEN).

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Estas reformas generaron malestar a algunos diplomáticos de carrera ya que

consideraban que la Academia Diplomática del Ecuador era una de las mejores

de Iberoamérica. Estas reformas han sido claves para la reestructuración del

servicio exterior.

Por eso, es preciso señalar que en el Ecuador existe la Ley Orgánica de

Servicio Exterior, que tiende a regular la estructura orgánico-funcional de

quienes prestan sus servicios al país en el exterior, sin perjuicio de normar

también al personal que debe permanecer en el Ecuador no solo en las

categorías elevadas sino también al personal administrativo.

La Ley Orgánica de Servicio Exterior fue creada en 1963 y su objetivo principal

es “cumplir la gestión internacional de Estado” Artículo 1 (Ley Orgánica de

Servicio Exterior, 2011), política internacional que será ejecutada por el Ministro

de Relaciones Exteriores considerado el Jefe directo del Servicio Exterior.

El cuerpo normativo contiene XI Títulos que a manera de sinopsis abarcan los

siguientes puntos:

LEY ORGÁNICA DE SERVICIO EXTERIOR

TITULO I: DE LOS FINES

Como mencionamos anteriormente, el principal objetivo es el cumplimiento de

la política internacional a cargo del Ministro.

TITULO II: DE LOS ORGANISMOS DEL SERVICIO EXTERIOR

Capítulo I.- DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

La representación y dirección de la gestión internacional en el exterior está a

cargo del Presidente de la Republica y del Ministro de Relaciones Exteriores.

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El Servicio Exterior lo conforman además del Ministerio de Relaciones

Exteriores, las misiones diplomáticas y las oficinas consulares.

Se establecen las funciones del Ministerio cuya principal es la defensa en el

orden diplomático de la personalidad y soberanía del Estado conjuntamente

con la vigilancia y protección de su dignidad, respeto y PRESTIGIO.

Capítulo II.- DE LA ORGANIZACIÓN DEL MINISTERIO DE RELACIONES

EXTERIORES

La organización, estructura y funciones de las dependencias del Ministerio

como la Subsecretaria General, Subsecretaria de Política, Subsecretaria

Económica, Dirección General del Servicio Exterior, Asesoría Técnico Jurídica,

Asesoría de Soberanía Territorial, Asesoría de Asuntos Económicos entre otras

direcciones y departamentos.

Capítulo III.- DE LOS ORGANISMOS CONSULTIVOS DEL MINISTERIO DE

RELACIONES EXTERIORES

En este capítulo se establecen órganos consultivos del Ministerio como la Junta

Consultiva de Relaciones Exteriores y tres Comisiones encargadas de elaborar

dictámenes y opiniones en cuanto a Política Exterior, Relaciones Culturales y la

Comisión Calificadora del Personal.

Capítulo IV.- DE LAS MISIONES DIPLOMÁTICAS

Las Misiones Diplomáticas se encuentran reguladas en este capítulo. Se

clasifican en temporales y permanentes y al ser órganos de las relaciones

internacionales dependen directamente del Ministerio de Relaciones Exteriores

y corresponde solo a ese impartirles o transmitirles órdenes e instrucciones.

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Se establecen las funciones y se determinan a los jefes de las misiones:

1. Embajadores,

2. Ministros: y,

3. Encargados de Negocios.

Capitulo V.- DE LAS OFICINAS CONSULARES

Según el artículo 62 las oficinas consulares se clasifican en:

1. Consulados Generales,

2. Consulados,

3. Vice consulados; y,

4. Agencias Consulares.

Y cumplirán determinadas funciones. Además del Ministerio de Relaciones

Exteriores reciben y cumplen órdenes de la Contraloría General del Estado, el

Ministerio de Economía y Finanzas y la Misión Diplomática siempre que estén

bajo su jurisdicción.

TÍTULO III.- DE LA CARRERA DIPLOMÁTICA

Capítulo I.- DISPOSICIONES GENERALES

Según el artículo 72 se establece la carrera diplomática con el fin de obtener

mayor EFICIENCIA en las funciones del servicio exterior mediante el sistema

de MERITOS que permitan disponer de funcionarios IDONEOS para la

representación del Ecuador en el exterior. Existen funcionarios titulares y

honorarios.

La designación de personal de carrera diplomática estará a cargo del Ministro,

y la designación de personal no perteneciente a la carrera diplomática se lo

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hará bajo la Ley de Servicio Civil y Carrera Administrativa y de Unificación y

Homologaciones de las Remuneraciones del Sector Publico y su Reglamento.

Capítulo II.- DE LAS CATEGORÍAS

Se establecen las categorías de funcionarios del servicio exterior:

1. Primera: Embajador

2. Segunda: Ministro

3. Tercera: Consejero

4. Cuarta: Primer Secretario

5. Quinta: Segundo Secretario

6. Sexta: Tercer Secretario

También se establecen categorías de los funcionarios consulares equivalentes

a los funcionarios diplomáticos:

1. Ministro o Consejero: Cónsul General

2. Primero o Segundo Secretario: Cónsul

3. Tercer Secretario: Vice cónsul o Agente Consular.

Capítulo III.- DEL INGRESO A LA CARRERA DIPLOMÁTICA

La carrera diplomática empieza por ingreso a la sexta categoría, es decir,

Tercer Secretario.

Se establecen los requisitos para el ingreso a la misma como el ser ecuatoriano

mayor de 21 años, hablar y escribir por lo menos un idioma extranjero y haber

cumplido con la pasantía exigida por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Además de los requisitos puntualizados en la Ley Orgánica de Servicio Civil y

Carrera Administrativa y de Unificación y Homologación de las

Remuneraciones del Sector Publico.

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Se señala que en casos de excepción y de CONVENIENCIA para el país se

podrá establecer una cuota política del 20% del total de los funcionarios del

Servicio Exterior y deberán cumplir ciertos requisitos especiales.

En los concursos de selección de personal se examinaran conocimientos de

cultura general, idiomas y temas relacionados a diplomacia y relaciones

internacionales y se tomaran en cuenta meritos para el ingreso del servicio

exterior y ascensos.

Capítulo IV.- DE LA SITUACIÓN EN EL SERVICIO

Los miembros del servicio exterior podrán estar activos, en disponibilidad y

retiro. Se establecen parámetros y requisitos fijar la condición de los miembros

del servicio exterior.

Capítulo V.- DEL ESCALAFÓN

El escalafón y los Registros del Personal de los miembros del Servicio Exterior

estarán a cargo de la Dirección General.

Capítulo VI.- DE LA CALIFICACIÓN DE MÉRITOS

La Dirección General del Servicio Exterior llevara a cabo una vez al año la

calificación de meritos.

Los objetivos principales son el ascenso o aplicación de medidas disciplinarias,

el aumento de sueldos y la concesión de otros estímulos que estipula esta ley.

Capítulo VII.- DE LA PROVISIÓN DE CARGOS, NOMBRAMIENTOS,

TRASLADOS, ROTACIÓN, ASCENSOS Y SITUACIONES ACCIDENTALES

Los cargos se proveerán por traslado, rotación o ascenso. El nombramiento de

los Jefes de Misiones Diplomáticas se realizará por Decreto.

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Se establece como se realizaran los nombramientos de jefes de oficinas

consulares, personas ajenas al servicio exterior y funcionarios consulares

honorarios, los ascensos y rotación de cargos.

Capitulo IX.- DE LOS DEBERES, DERECHOS Y PROHIBICIONES

ESPECIALES

Se deberán cumplir los derechos, deberes y prohibiciones de los funcionarios

establecidos en Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativa y de

Unificación y Homologación de las Remuneraciones del Sector Publico, en la

presente ley y en los reglamentos que determine cada cargo que desempeñe

un funcionario.

TÍTULO IV.- ESTATUTO FINANCIERO

En este título se determina la forma de remuneración económica de los

funcionarios del Servicio Exterior a excepción de los funcionarios honorarios.

TITULO V.- DE LAS VACACIONES, LICENCIAS Y PERMISOS

Se determina como derecho de los funcionarios las vacaciones, licencia con

sueldo y el procedimiento para obtenerla.

TÍTULO VI.- RÉGIMEN DISCIPLINARIO

Se establecen cuales serán las sanciones y como será su aplicación en caso

de que un funcionario incumpla el régimen de disciplina. Las sanciones irán

desde una amonestación verbal hasta la destitución del cargo dependiendo de

la gravedad de la infracción.

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TITULO VII.- DEL RECLAMO EN CASO DE DESTITUCIÓN

Se establece cual será el procedimiento a seguir en caso de que un funcionario

decida realizar un reclamo lo hará ante el Tribunal Distrital de lo Contencioso

Administrativo competente.

TÍTULO VIII.- SERVICIO COMERCIAL

La determinación de la política económica y comercial estará a cargo del

Ministerio de Comercio Exterior, Industrialización, Pesca y Competitividad, el

Ministerio de Economía y Finanzas, Agricultura y Ganadería y los demás

organismos públicos que sean competentes.

TITULO IX.- DEL PERSONAL TÉCNICO Y ADMINISTRATIVO

Capítulo I.- DEL PERSONAL TÉCNICO

El personal técnico y administrativo comprende los adjuntos militares, navales y

de aeronáutica, cultural, económico, comercial, financiero o de prensa y los

demás funcionarios especializados que la Función Ejecutiva considere deban

formar parte de las misiones diplomáticas, oficinas consulares o al Ministerio de

Relaciones Exteriores.

Capítulo II.- DEL PERSONAL AUXILIAR DEL SERVICIO EXTERIOR

Para formar parte del personal auxiliar se deberá cumplir con los siguientes

requisitos:

1.- Ingreso por concurso público de libre oposición y merecimiento;

2.- Informe favorable para formar parte de la carrera del personal auxiliar de

la Comisión Calificadora de Personal al cumplirse el primer año

interrumpido de servicio.

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TÍTULO X.- DISPOSICIONES GENERALES

Se establece que no es necesario pertenecer a la carrera diplomática para el

desempeño de cualquier cargo administrativo de libre nombramiento en el

Ministerio de Relaciones Exteriores.

TÍTULO XI.- DEROGATORIAS

Se derogan leyes como la Ley Orgánica de Servicio Exterior de 1963 y otras

por considerar que la actual ley abarca las disposiciones establecidas en los

cuerpos normativos derogados.

Después de realizar una breve sinopsis del contenido de la actual Ley de

Servicio Exterior, considero que toma en cuenta varios campos de importancia

para el Servicio Exterior y se complementa con otros cuerpos normativos y

reglamentos afines. Podemos resaltar como funciones principales del

Ministerio la defensa, el orden diplomático, las cuestiones territoriales del

Estado, las relaciones que mantiene el Ecuador con otros Estados, casos de

asilos diplomáticos, convenios y tratados internacionales y en fin todo aquello

que esté relacionado con la gestión de la política internacional y su ejecución

adecuada a fin los intereses no solo del Estado sino de los ecuatorianos.

La actual ley regula todo aquello concerniente a las misiones diplomáticas y

consulados e incluso podemos observar que existen Comisiones

Especializadas encargadas de la Cultura, Economía y Selección del Personal

lo que analizaremos en el siguiente punto de este capítulo.

Es transcendental enfatizar la importancia de que un cuerpo normativo sea

aplicado según lo expresa la ley. Considero que la actual Ley de Servicio

Exterior contiene todos aquellos aspectos que deben ser regulados en cuanto

al servicio exterior y sus funcionarios, sin embargo, al ser un campo de tal

magnitud como la gestión de la política internacional, se debe tomar en cuenta

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62

hasta el mínimo detalle para la selección adecuada de funcionarios que

representaran a nuestro país en el exterior.

La gestión internacional no solo es cuestión de representación e imagen

política, es una gran responsabilidad para el gobierno de un país de llevar a

cabo estrategias a través de sus representantes que permitan impulsar las

relaciones de paz, comerciales, culturales etc., entre los habitantes de

diferentes Estados y con diferentes costumbres pero que sin embargo eso no

sea impedimento para estrechar lazos de amistad y comerciales que permitan

el continuo desarrollo de un país.

3.3 IMPORTANCIA DE LA EXISTENCIA DE LA CARRERA DIPLOMÁTICA

Según el Ministerio de Relaciones Exteriores, la misión del mismo es “contribuir

a la formulación de la política exterior y ejecutarla en función de los interés del

Estado y de la sociedad ecuatoriana, conforme a la constitución y a los

principios y normas del derecho internacional.” (Ministerio de Relaciones

Exteriores, Plan Estratégico 2005, 2005)

Como el mismo Ministerio menciona la política exterior debe ejecutarse no solo

en función a la conveniencia del Estado o del gobierno que se encuentre a

cargo sino de sus habitantes y en consecuencia aquellas decisiones que los

funcionarios del servicio exterior tomen en representación del país afectarán

directamente a sus ciudadanos, es por ello, que implica una gran

responsabilidad el manejo de las relaciones con otros Estados y estas deben

estar a cargo de personas capaces con preparación y conocimientos

adecuados.

La lógica indica que no es posible que personas sin preparación sean

designadas para dirigir la política exterior de un país porque pueden surgir

problemas e inconvenientes por falta de experiencia o ejecución de estrategias

adecuadas como por ejemplo el fracaso de negociaciones con otros Estados lo

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que sin duda afectaría a la economía del Estado interesado. Así mismo, es

importante mantener buenas relaciones en convenios y tratados

internacionales ya que como conocemos los tratados se encuentran por encima

de la ley de cada Estado y deben ser cumplidos obligatoriamente.

Es por ello, que la propia Ley Orgánica de Servicio Exterior Ecuatoriana faculta

la existencia de la carrera diplomática, en el Titulo III.

El fin de la carrera diplomática es establecer un mayor grado de EFICIENCIA

en las funciones del servicio exterior a través de meritos que deben tener los

funcionarios.

La eficiencia según el Diccionario de la Real Academia Española es la

“capacidad de disponer de alguien o de algo para conseguir un efecto

determinado”. (Real Academia Española). Es por ello que los funcionarios

deben poseer características específicas como ser idóneos, eficientes, eficaces

y además poseer la capacidad de conseguir el objetivo planteado.

El Ministro de Relaciones Exteriores, al ser el jefe de la institución es el

encargado de la designación del personal de la carrera diplomática. Como

mencionamos la ley hace una clasificación de los funcionarios del servicio

exterior en seis categorías que van desde la sexta (Tercer secretario), quinta

(Segundo secretario), cuarta (Primer secretario), tercera (Consejero), segunda

(Ministro) y la primera (Embajador) y expresa que a partir de la sexta categoría

se ingresa a la carrera diplomática siempre y cuando se el aspirante tenga

título universitario y para el asenso de la quinta a la cuarta categoría deberá

poseer un título académico en ciencias internacionales, diplomacia o carreras

afines.

Podemos darnos cuenta que la carrera diplomática posee una estructuración

bastante completa y que para su ingreso se deben cumplir varios requisitos que

la propia ley establece lo que promueve la competencia y la excelencia no solo

académica sino de cultura general de los aspirantes.

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La Comisión Calificadora de Personal estará a cargo de los concursos para el

ingreso a la carrera diplomática que toma en cuenta conocimientos de cultura

general, idiomas y temas relacionados a las ciencias internacionales.

Ésta Comisión se compone de cinco miembros que son:

1) Subsecretario del Servicio Exterior (Presidente)

2) Dos representantes del Ministro designados dentro de los funcionarios de

carrera de Primera y Segunda Categoría

3) El presidente de la AFESE

4) Un representante elegido de entre los funcionarios que presten servicios

en las distinta dependencias del Ministerio dentro del territorio nacional y,

5) El Director General de Desarrollo Organizacional.

Además, la Comisión es la encargada de autorizar los sistemas de pruebas

para los concursos, elaborar los dictámenes de ingreso a la carrera,

confirmación, ascenso, disponibilidad, reincorporación, retiro y aplicación de

medidas disciplinarias, revisar y dar el visto bueno a las calificaciones de las

pruebas realizadas, seleccionar de entre los elegibles y recomendarlos al

Ministro para los puestos siguiendo procedimientos establecidos.

Otro punto interesante es que se establecen méritos para ingresar a la carrea

diplomática entre ellos poseer tirulo académico en Derecho Internacional, a

científica o administrativa, estudios, investigaciones, obras publicadas.

Se establece la situación en el servicio de los funcionarios (en servicio activo,

en disponibilidad y en retiro), el escalafón de los funcionarios, antigüedad y

calificación de meritos.

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Se regulan otros campos como los deberes, derechos, prohibiciones,

nombramientos, cargos, traslados, rotación, asensos y casos especiales como

la exclusión de la carrera diplomática que se puede producir por destitución,

perdida de la ciudadanía, fallecimiento y aceptación de solicitud expresa.

Al ser la carrera diplomática una rama de tal importancia para la ejecución de la

política exterior de un Estado, la Ley Orgánica de Servicio Exterior Ecuatoriana

regula en su Título III regula varios aspectos sobre organización, estructura y

funciones de la misma en el país y fuera del Ecuador. Es necesario señalar

que el actual cuerpo normativo se encarga de sistematizar muchos de los

aspectos concernientes a la carrera diplomática e incluso establecen

parámetros para el ingreso a la misma.

Conocemos que el Presidente de la Republica y el Ministro de Relaciones

Exteriores además de designar funcionarios en el servicio exterior que

pertenezcan a la carrera diplomática también pueden designar un veinte por

ciento de cuota política, es decir, personal que no sean funcionarios de carrera

y que cumplan ciertos requisitos para representar al Ecuador a nivel mundial.

La Ley de Servicio Exterior de Ecuador incluye el veinte por ciento de cuota

política en el artículo 84: “En casos excepcionales de conveniencia para el país

se podrá prescindir de lo dispuesto en el artículo 82 de la presente ley. En

esos casos, los nombramientos se darán única y exclusivamente para los

cargos de Jefe de Misiones Diplomáticas y de Consulados Generales. Estos

nombramientos no excederán del 20% del total efectivo de los Funcionarios de

Servicio Exterior.

Las personas nombradas en virtud del párrafo presente deben ser mayores de

35 años, de reconocidos meritos, que haya restado relevantes servicios a la

Republica, para el cual se podrá observar el equilibrio regional.

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La Contraloría General del Estado cuidara del cumplimiento de lo dispuesto en

este articulo para efecto de la inscripción de nombramientos y de pagos de las

remuneraciones.” (Ley Orgánica de Servicio Exterior, 2011)

Como indica el presente artículo el Presidente de la Republica y el Ministro de

Relaciones Exteriores al ser las autoridades a cargo de la ejecución de la

política exterior del Ecuador pueden nombrar a un porcentaje de funcionarios

del servicio exterior que no pertenezcan a la carrera diplomática, pero no puede

sobrepasar el veinte por ciento de todo el personal. Estos nombramientos se

harán en casos de conveniencia para el país y solo a los cargos de Jefe de

Misiones Diplomáticas y Consulados Generales.

Es importante, se realice un proceso adecuado para seleccionar los

nombramientos de aquellos representantes ya que al no ser parte de la carrera

diplomática no están regulados bajo la ley de servicio exterior sino bajo la Ley

Orgánica de Servicio Civil y Administrativo y deben cumplir además los

requisitos establecidos en el artículo 82 que son ser ecuatoriano de nacimiento,

tener más de veintiún años de edad, hablar y escribir por lo menos un idioma

extranjero y cumplir con la pasantía requerida por el Ministerio de Relaciones

Exteriores.

Definir CONVENIENCIA para el país es una situación que requiere de un

análisis profundo para nombrar a los representantes del Ecuador en el exterior.

Es claro que no es posible que se designe a personas con poca o nula

experiencia para ejercer tales funciones, ya que estar a cargo de esos puestos

implica el manejo de asuntos trascendentales para la economía y relaciones

internacionales del país y por consiguiente el Presidente y el Ministro de

Relaciones Exteriores al designar a aquel personal, tomarán los debidos

cuidados para escoger a funcionarios aptos para ejercer cargos de primera y

segunda categoría como Jefes de Misiones Diplomáticas que implican a

Embajadores, Ministros y Encargados de Negocios y Jefes de Consulados

Generales.

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Las personas que sean escogidas por sus meritos, preparación académica y

conocimiento del área que van a representar deben ser elegidas no de manera

personal sino de interés y provecho para todo el Estado.

Como menciona la ley deben ser mayores de 35 años, de reconocidos meritos

y que hayan prestado relevantes servicios al país. Por eso la misma norma le

otorga la responsabilidad al Ministro de Relaciones Exteriores para elegir a la

cuota política permitida, ya que es la autoridad nominadora del personal no

perteneciente a la carrera diplomática. Es elemental resaltar que la

representación de un país es una responsabilidad y un compromiso enorme

que acarrea consecuencias para el mismo, por tanto, es importante realizar el

proceso de selección del personal de la forma que más beneficie a las

relaciones con otros Estados.

Existe un organismo encargado de la calificación de los funcionarios del

servicio exterior y es la Comisión Calificadora del Personal. Una de las

principales funciones de la Comisión es la calificación anual del personal

diplomático y auxiliar del servicio exterior, sin embargo, los Jefes de Misiones

Diplomáticas y Consulados Generales no se encuentran sujetos a esta norma

ya que se hace una excepción de aquellos cargos.

GALO YÉPEZ HOLGUÍN, recomienda se “propenda al incremento de la

profesionalización y capacitación de los funcionarios del Servicio Exterior, a fin

de que puedan responder de una mejor manera en los nuevos requerimientos

de la sociedad ecuatoriana en sus vinculaciones en el exterior.” (YÉPEZ

HOLGUÍN, 2001, pág. 89)

Es preciso recalcar la importancia de realizar evaluaciones a las personas que

pertenecen al servicio exterior ya que se asegura la eficiencia con la que se

encuentran desempeñando sus funciones, y al no encontrarse sujetos a esta

norma Jefes de Misiones Diplomáticas y de Consulados Generales no es

posible calificar el ejercicio de sus funciones ya que al ser personal pre

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calificado se realiza un refuerzo para la carrera diplomática. Es por ello que la

selección de los funcionarios que no pertenecen a la carrera diplomática que

ejercen cargos de primera y segunda categoría debe ser siempre y cuando

exista la convicción de que su desempeño será beneficioso para el país y

favorecerá las relaciones con otros Estados.

En cuanto a la preparación académica de los aspirantes a funcionarios de

carrera, la Academia Diplomática del Ecuador, creada por Decreto

Presidencial, en el gobierno de León Febres Cordero, fue la encargada de

llevar a cabo esa función desde su creación en 1987. Sin embargo, la

institución dejó de funcionar en Febrero del 2008 por Decreto Presidencial 650,

en el actual gobierno del Presidente Rafael Correa y en su lugar se creó la

Escuela de Relaciones Internacionales “José Peralta” adscrita al Instituto de

Altos Estudios Nacionales, considerado como la Universidad de Posgrado del

Estado.

La Escuela de Relaciones Internacionales José Peralta “plantea el estudio de

las relaciones e intereses entre países, las relaciones del Ecuador con el resto

del mundo y la manera como se construyen políticas públicas para las

relaciones internacionales, en consonancia con los objetivos del Estado,

expresados en la Constitución y el Plan Nacional del Buen Vivir.” (Instituto de

Altos Estudios Nacionales, 2011)

El instituto funciona preparando académicamente en las áreas de Cooperación

Internacional, Relaciones Internacionales y Diplomacia a aquellos interesados

en incurrir en el servicio exterior. El IAEN fue fundado en 1972 y atiende

preferentemente a la formación y educación de servidores públicos y aquellos

que deseen serlo, sin embargo no únicamente a ellos.

Al ser la Escuela “José Peralta” adscrita al IAEN, se debe cumplir un proceso

de admisión para ingresar. Los requisitos que debe cumplir el aspirante son los

mismos que para el ingreso a cualquier otra rama de estudio en la universidad.

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Entre los requisitos exigidos por cada aspirante están los siguientes:

1. Poseer titulo de tercer nivel aprobado por la Secretaria Nacional de

Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación,

2. Copia certificada de las calificaciones obtenidas durante la educación

universitaria,

3. Copia de la cedula de identidad y dos fotografías recientes,

4. Currículum,

5. Tres cartas de recomendación de personas reconocidas, (En caso de

funcionario público presentar recomendación de un directivo de la

institución),

6. Rendir una prueba de admisión y entrevista,

7. Publicaciones, documentos o proyectos en los que el aspirante haya

participado,

8. Completar la solicitud de admisión al IAEN.

El contenido de la solicitud de admisión que el aspirante a ingresar al IAEN

consiste en datos personales, donde realizó sus estudios de secundaria,

universidad, posgrado y especialización, experiencia laboral y lugares en lo que

ejerció funciones, y publicaciones, cursos, congresos, simposios y seminarios

que se hayan realizado. Se debe rendir pruebas de admisión y además una

entrevista antes del ingreso al IAEN y consecuentemente a la Escuela de

Relaciones Internacionales para el área de Cooperación Internacional que

abarca la gestión, diseño y negociación de políticas en el área de cooperación

internacional y Relaciones Internacionales y Diplomacia con el fin de mejorar la

capacidad y manejo del Ecuador en el ámbito internacional.

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Es evidente que se ha realizado una reestructuración orgánico-funcional en el

sector diplomático de nuestro país. La actual ley Orgánica de Servicio Exterior

prevé la importancia de la existencia de la carrera diplomática y realiza un

proceso de selección para designar a sus cooperadores de servicio exterior a

cargo de la Comisión de Selección de Personal y además permite se designe a

un veinte por ciento del total del personal de cuota política elegidos por el

Presidente y el Ministro de Relaciones Exteriores siempre y cuando cumplan

los requisitos señalados y el desempeño de las funciones sea de beneficio para

el país.

LASCANO señala que es “importante que el Ministerio de Relaciones

Exteriores de un país, dote a sus profesionales del servicio exterior de un

ámbito adecuado para evaluar, formular, y ejecutar una política institucional en

el plano exterior, una verdadera política de Estado.” (LASCANO Y VEDIA,

Oilítica y Diplomacia, 2007, pág. 94)

El sistema en el que se maneja la sociedad actual ha dejado claro que las

relaciones internacionales de los Estados son una responsabilidad de cada

país y por ello existen normas como la Ley de Servicio Exterior del Ecuador y

otros reglamentos y leyes que regulan a la carrera diplomática siempre dejando

la posibilidad de que se establezcan nuevas reformas a la estructuración de

sus organismos y funciones de servidores del servicio exterior, reformas que

deberán realizarse con el único objetivo de conseguir el beneficio y estrechar

las relaciones internacionales entre el Ecuador y otros países y mejorar la

eficiencia en la gestión de la política exterior.

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CAPÍTULO IV

4 ANÁLISIS A LAS REFORMAS GENERADAS POR LA LEY

ORGÁNICA DEL SERVICIO EXTERIOR ECUATORIANO

PROMULGADA EL 30 DE ENERO DE 2009

4.1 ANÁLISIS CRÍTICO-COMPARATIVO A LAS REFORMAS DE LA LEY

ORGÁNICA DE SERVICIO EXTERIOR ECUATORIANO VIGENTES A

PARTIR DEL 30 DE ENERO DE 2009

En la actualidad, gran parte del desarrollo y evolución de los Estados se debe a

la globalización y a los avances en la comunicación y tecnología que han

logrado que las relaciones entre países a nivel mundial se hayan estrechado e

incluso mejorado.

La sociedad moderna utiliza cuerpos normativos y leyes para regular el

comportamiento de sus habitantes. Es necesario que las leyes existan para

convivir con otras personas y diferentes formas de pensar.

Los gobernantes de los Estados deben proteger y cuidar los derechos de sus

habitantes pero de igual manera deben existir reglas de convivencia y

sanciones en el caso de que no se cumplan con las disposiciones. El objetivo

de reformar las leyes es beneficiar a los ciudadanos de un Estado.

A mediados del 2008, el actual Presidente de la República, Rafael Correa,

anunció que existían ciertas reformas que deberían realizarse a la Ley

Orgánica de Servicio Exterior Ecuatoriano y que las mismas iban a ser

enviadas por el ejecutivo para ser analizadas en la Asamblea Nacional. El

Pleno de la Comisión Legislativa y de Fiscalización de la Asamblea Nacional

tuvo a su cargo dar trámite a las reformas enviadas por el Presidente.

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Después de analizar y considerar que dichas reformas fuesen aplicables, el

treinta de diciembre del 2008 fueron aprobadas y publicadas en el Registro

Oficial en Enero del 2009 para que entren en vigencia.

Existen varios puntos que impulsaron se generen las reformas mencionadas.

Se establecieron los siguientes motivos en los considerandos de las reformas

enviados a la Asamblea Nacional:

1. La Ley Orgánica de Servicio Exterior profesionaliza a los funcionarios del

servicio exterior,

2. La ley establece que los funcionarios de carrera además de asumir

labores de servicio exterior también pueden ejercer labores

administrativas dentro del Ministerio de Relaciones Exteriores,

3. La ley impide a la autoridad nominadora (Ministro de Relaciones

Exteriores) la designación de funcionarios administrativos de libre

nombramiento y remoción,

4. Se considera necesario designar profesionales especializados en labores

de administración para que los funcionarios del servicio exterior se

dediquen a funciones propias de la carrera diplomática,

5. También, se considera necesario garantizar el debido proceso en cuanto

al juzgamiento de las infracciones administrativas.

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Artículos de la Ley Orgánica de Servicio Exterior aprobados el 26 de

Enero de 2009 y vigentes a partir del 29 de Enero de 2009 (Suplemento

Registro Oficial No. 517)

Artículo Anterior:

Artículo 9.- El Subsecretario General será nombrado de entre los embajadores

de carrera en servicio activo.

Le corresponde colaborar con el Ministro de Relaciones Exteriores en la

preparación y ejecución de la política exterior de la República y en el

desempeño de las demás funciones que la ley señala al Ministro.

Son funciones principales del Subsecretario General:

1. Reemplazar al Ministro en los casos señalados por la ley;

2. Supervigilar la Organización del Ministerio y el debido cumplimiento de las

labores que le corresponden;

3. Autorizar con su firma, por el Ministro, la correspondencia oficial, los

pasaportes diplomáticos y oficiales, así como los documentos de carácter

oficial;

4. Autorizar con su firma las copias que se otorguen, previa orden del

Ministro, de documentos pertenecientes al archivo de la Cancillería;

5. Instruir a las demás dependencias del Ministerio para el trámite y

despacho de los asuntos que sean encomendados;

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6. Recibir a los funcionarios del servicio exterior, por delegación del Ministro,

el juramento de lealtad al Estado y subscribir, con los nombrados, la

correspondiente acta de posesión; y,

7. Las demás señaladas en la ley y los reglamentos.

Reforma:

Artículo 1.- Sustituyese el primer inciso del artículo 9 por el siguiente:

“El Subsecretario General será de libre nombramiento y remoción por parte de

la autoridad nominadora.” Ver ANEXO

Análisis:

La reforma plantea un cambio importante. En la ley previa a la reforma, el

Subsecretario General era nombrado de entre los Embajadores de carrera de

servicio activo, es decir, las personas que ejercían el cargo pertenecían a la

carrera diplomática.

En la reforma se designa al Subsecretario General por libre nombramiento y

remoción por parte de la autoridad nominadora, en este caso, el Ministro de

Relaciones Exteriores.

Existen ventajas y desventajas respecto al tema. La autoridad nominadora al

designar un funcionario de libre nombramiento y remoción debe observar

ciertos aspectos importantes como por ejemplo los nombramientos no son

puestos fijos, se puede correr el riesgo de nombrar a personas por amistad o

favores políticos y con poca experiencia en el desempeño de actividades

especificas relacionadas con el cargo, además, se puede prescindir de los

servicios del profesional en el momento que se decida necesario nombrar a

otra persona para el cargo.

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Sin embargo, existen puntos positivos, por ejemplo; generar mayor oportunidad

para el acceso a estos cargos del servicio exterior de personas interesadas que

demuestren capacidad, conocimientos y experiencia para ejercer el cargo. No

se limita al círculo de funcionarios de carrera ya que la reforma permite que

profesionales de diferentes especialidades y aptitudes puedan acceder al

puesto.

Debido a la importancia del cargo y en ausencia del Ministro de Relaciones

Exteriores es indispensable que la persona que ejerza estas funciones se

encuentre preparada adecuadamente para que su desenvolvimiento sea

óptimo.

Después de analizar los aspectos positivos y negativos de la reforma podemos

concluir que el propósito de la misma es permitir la accesibilidad de este cargo

a más personas fuera del área diplomática, es decir, personas con gran

capacidad y preparación académica que no eran diplomáticos de carrera no

podían ser nombrados como Subsecretario General.

La anterior ley permitía que solo Embajadores de carrera puedan aplicar para

ejercer el cargo lo que limitaba mucho a los candidatos.

Artículo Anterior:

Articulo 33.- El cargo de Asesor Técnico-Jurídico será desempeñado por un

abogado, el cual será escogido de entre los que hayan ejercido funciones en el

servicio exterior durante cinco años, por lo menos.

Corresponde a este funcionario asesorar al Ministro, al Subsecretario General y

a los departamentos de la Cancillería en los asuntos importantes de carácter

jurídico, particularmente de derecho internacional, que deban ser resueltos por

el Ministerio. Debe, asimismo, cumplir las demás funciones señaladas en la ley

y en los reglamentos.

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Reforma:

Artículo 2.- Sustituyese el primer inciso del artículo 33 por el siguiente:

“El Asesor- Técnico Jurídico será de libre nombramiento y remoción por parte

de la autoridad nominadora.” Ver ANEXO

Análisis:

Anteriormente para desempeñar este cargo del servicio exterior el requisito

principal era ser abogado y haber ejercido funciones en el servicio exterior

durante mínimo 5 años. La actual ley señala que el Asesor Técnico- Jurídico

sea de libre nombramiento y remoción.

El asesor técnico-jurídico debe conocer sobre leyes, normas, tratados y

derecho internacional, además de otros campos importantes para ejercer el

cargo de manera eficiente. Como mencionamos existen ventajas y desventajas

al nombrar a personal con libre nombramiento y remoción.

Considero que la persona que sea escogida para ejercer este cargo

obligatoriamente debe poseer conocimiento y experiencia en el manejo de

leyes y procesos jurídicos debido a que las funciones que ejerce tienen relación

con procedimientos judiciales y la aplicación de otras normas jurídicas

nacionales e internacionales además de asesorar al Ministro, al Subsecretario

General y a los departamentos de la Cancillería en asuntos de carácter legal y

de derecho internacional. Sin embargo, el propósito de la reforma es abrir

campo a profesionales de igual capacidad y conocimiento y permitir a

profesionales de otras ramas puedan aplicar a estos puestos.

Permitir el acceso a los cargos del servicio exterior a personas de diferentes

ramas es un acierto, sin embargo, el proceso de selección para el desempeño

de las funciones del Asesor Técnico- Jurídico debe cumplir con las expectativas

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que requiere el cargo y como la misma ley expresa asesorar en temas jurídicos

al Ministro, Subsecretario General y Cancillería.

El artículo 34 de la Ley Orgánica de Servicio Exterior señala que el Asesor

Técnico Jurídico estará a cargo del Departamento Legal del Ministerio de

Relaciones Exteriores y entre las principales funciones se encuentra el trámite

de cuestiones judiciales del Ecuador, que se presenten en el campo de las

relaciones internacionales.

Artículo Anterior:

Articulo 35.- El cargo de Asesor de Soberanía Territorial será desempeñado por

un abogado, el cual será escogido de entre los que hayan ejercido funciones en

el servicio exterior durante cinco años, por lo menos.

Corresponde a este funcionario asesorar al Ministro, al Subsecretario General y

a los departamentos de la Cancillería en los asuntos relativos a cuestiones

territoriales y limítrofes. Debe, asimismo, cumplir las demás funciones

señaladas en la ley y en los reglamentos

Reforma:

Artículo 3.- Sustituyese el primer inciso del artículo 35 por el siguiente:

“El Asesor de soberanía territorial será de libre nombramiento y remoción por

parte de la autoridad nominadora.” Ver ANEXO

Análisis:

Para ejercer el cargo de Asesor de Soberanía Territorial era requisito ser

abogado caso contrario no era posible aplicar para este puesto en el servicio

exterior. A diferencia del Asesor Técnico - Jurídico considero que es posible

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que personas especializadas en otras profesiones puedan ejercer este cargo

ya que sus funciones así lo permiten y no se limitan al campo jurídico.

Sin embargo, es importante señalar que aquella persona elegida como Asesor

de Soberanía Territorial debe cumplir con los requisitos necesarios para

desempeñar sus funciones de manera eficaz, eficiente y beneficiosa para el

país y sus habitantes.

Artículo Anterior:

Articulo 36.- El cargo de Asesor de Asuntos Económicos será desempeñado

por un economista, el cual será escogido de entre los que hayan ejercido

funciones en el servicio exterior durante cinco años, por lo menos.

Corresponde a este funcionario asesorar al Ministro, al Subsecretario General y

a los departamentos de la Cancillería en los asuntos relativos a política

económica o comercial. Debe, asimismo, cumplir las demás funciones

señaladas en la ley y en los reglamentos

Reforma:

Artículo 4.- Sustitúyese el primer inciso del artículo 36 por el siguiente:

“El Asesor de asuntos económicos será de libre nombramiento y remoción por

parte de la autoridad nominadora.”

Análisis:

El Asesor de asuntos económicos estará a cargo de los asuntos de política

económica o comercial del Ecuador. Al igual que el Asesor Técnico - Jurídico y

el Asesor de Soberanía Territorial, las personas que ejerzan el cargo serán

ubicadas por libre nombramiento y remoción.

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La reforma establece que no será necesario ser economista para ejercer

funciones como Asesor de Asuntos Económicos lo que permite apertura a los

profesionales de otras ramas para ejercer este cargo.

Por este motivo, el proceso de selección de personal debe ser adecuado y

estricto para que la persona que sea elegida por sus meritos, conocimientos y

experiencia cumpla con las funciones del cargo de la manera esperada.

Artículo Anterior:

Articulo 80.- Sera condición para el desempeño de funciones de Subsecretario

General pertenecer a la primera categoría; para el de Asesor Técnico -

Jurídico, Asesor de Soberanía Territorial, Asesor de Asuntos Económicos,

subsecretarios, Director General del Servicio Exterior y Director General del

Protocolo, pertenecer a la primera o segunda categoría; para el Director de

Departamento, pertenecer a la segunda o tercera categoría; para el de Jefe de

Sección, pertenecer a la tercera, cuarta o quinta alegría.

Reforma:

Artículo 5.- “Deróguese el artículo 80 de la Ley Orgánica del Servicio Exterior”.

Ver ANEXO

Análisis:

La antigua ley señalaba que para desempeñar ciertos cargos administrativos

dentro del Ministerio de Relaciones Exteriores se debía pertenecer

necesariamente a una de las categorías que señala la carrera diplomática.

Por consecuente, se limitaba mucho el acceso a los cargos ya que para

ejercerlos era necesario ser parte del círculo diplomático, sin dar apertura para

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que otros profesionales que no pertenezcan a la carrera diplomática puedan

acceder a concursar para obtener el cargo.

El artículo derogado señalaba que el Subsecretario General debía pertenecer

obligatoriamente a la primera categoría (Embajador), es decir, solo los

embajadores activos podían llegan a ejercer las funciones de Subsecretarios.

De igual manera para acceder a otros cargos administrativos en el Ministerio se

establecían requisitos que solo cumplían ciertos funcionarios, como por

ejemplo, para ejercer cargos específicos se debía pertenecer a una de las

categorías de la carrera diplomática.

Este artículo ha sido derogado y en la actualidad ya no se encuentra en

vigencia.

Analizando la situación el artículo ochenta de la anterior ley permitía solo a

funcionarios de la carrera diplomática ejercer ciertos cargos como Asesor

Técnico – Jurídico, Asesor de Asuntos Económicos entre otros puestos lo que

de cierta manera limitaba solo a personas de un determinado círculo poder

ejercer las funciones que estos cargos conllevan.

Sin embargo, como mencionamos con anterioridad el proceso que debe

aplicarse para la selección de personal debe ser estricto y cumplir con todos los

requisitos establecidos con el fin de obtener resultados beneficiosos para el

país.

Artículo Anterior:

Artículo 168.- El Ministerio de Relaciones exteriores integrara una Comisión

compuesta en la siguiente forma:

1. Un representante personal del Presidente de la Republica, quien lo

presidirá:

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2. Un vocal escogido de entre los funcionarios de primera categoría; y,

3. Un vocal escogido de entre los ex ministros de Relaciones Exteriores.

Esta Comisión de encargara de tramitar los expedientes que se levanten para

juzgar las infracciones cometidas por funcionarios de la primera categoría del

servicio exterior, o las deficiencias notorias en su rendimiento, y recomendara

la aplicación de las medidas disciplinarias correspondientes.

Reforma:

Artículo 6.- Sustituyese el primer inciso del artículo 168 por el siguiente:

“El Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración conformará una

Comisión de Disciplina, compuesta de la siguiente forma:

1. El Subsecretario de Desarrollo Interno y Gestión Administrativa y

Financiera, del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e

Integración, quien lo presidirá y tendrá voto dirimente;

2. Un representante designado por la Secretaria General de la

Administración Pública;

3. Un representante designado por la Secretaria Nacional Técnica de

Desarrollo de Recursos Humanos y Remuneraciones del Sector Publico;

y,

4. Un representante de la Asociación de Funcionarios y Empleados del

Servicio Exterior Ecuatoriano, AFESE.

Esta Comisión se encargara de tramitar los expedientes que se levanten para

juzgar las infracciones cometidas por funcionarios de la primera categoría del

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servicio exterior, o las deficiencias notorias en su rendimiento, y se

recomendara la aplicación de las medidas disciplinarias correspondientes.

Si la medida disciplinaria fuere la destitución como establece el numeral 6 del

artículo 166 de esta Ley, el funcionario afectado será separado del servicio

exterior y de la administración pública.” Ver ANEXO

Análisis:

La Comisión de Disciplina ha sido creada por el Ministro de Relaciones

Exteriores con el fin de sancionar conductas no permitidas de aquellos

funcionarios del servicio exterior. En la reforma planteada la Comisión estará

formada por cuatro diferentes representantes del sector público.

La Comisión se integrará por el Subsecretario de Desarrollo Interno y Gestión

Administrativa y Financiera del Ministerio, un representante designado por la

Secretaria General de la Administración Pública; un representante designado

por la Secretaria Nacional Técnica de Desarrollo de Recursos Humanos y

Remuneraciones del Sector Público y un representante de la Asociación de

Funcionarios y Empleados del Servicio Exterior Ecuatoriano, AFESE, a

diferencia del la anterior ley en donde la Comisión era conformada por tres

representantes que eran elegidos de manera general.

Anteriormente la Comisión se conformaba por un representante del Presidente

de la Republica, un vocal escogido de entre los funcionarios de primera

categoría; y un vocal escogido de entre los ex ministros de Relaciones

Exteriores.

La Comisión está a cargo de sancionar a aquellos funcionarios de servicio

exterior que no cumplan con las disposiciones de disciplina que existen y será

la encargada de iniciar el proceso de investigación para aplicar la medida

sancionadora al funcionario.

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Es necesario se realicen procesos transparentes de investigación que

fortalezcan la credibilidad de la Comisión ya que es una responsabilidad

determinar cuál será la medida que se aplique a cada funcionario infractor.

Reforma

Articulo 7.- En el Titulo X, a continuación del artículo 208, añádase la siguiente

Disposición General:

“Para el desempeño y ejercicio de cualquier cargo administrativo de libre

nombramiento y remoción en el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio

e Integración, no es necesario pertenecer a la carrera diplomática.

Quedan Derogadas las disposiciones legales, reglamentarias, acuerdos,

resoluciones o cualquier otra norma jurídica que haya previsto tal condición.

Por tanto, a partir de la vigencia de la presente Ley Reformatoria, se

consideran de libre nombramiento y remoción, los cargos de Viceministros;

Subsecretarios de Estado; Asesores, Directores Generales; Directores;

Secretarios Generales; Coordinadores Institucionales. Estas designaciones en

ningún caso significaran ingreso al escalafón ni conceden la calidad de

miembro personal de carrera diplomática.” Ver ANEXO

Como consecuencia de las reformas previamente analizadas, se añade el

presente artículo en concordancia con los cambios que se realizaron en la

estructura orgánico-funcional en el Ministerio de Relaciones Exteriores,

Comercio e Integración. Se agrega una disposición final que indica que para

ejercer cualquiera de los cargos administrativos mencionados no es necesario

pertenecer a la carrera diplomática, es decir, profesionales que no sean

funcionarios de carrera tendrán la oportunidad de acceder a estos cargos del

servicio exterior ecuatoriano.

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Finalmente, derogan todas aquellas disposiciones que indiquen lo contrario y

se señala que las designaciones de estos cargos no dan la categoría de

funcionario de carrera a aquellos profesionales que lo ejerzan.

Al incluir esta disposición final, se ratifica la intención de las reformas de los

artículos que es permitir el libre nombramiento y remoción de profesionales a

cargos específicos del servicio exterior, lo que permite a personas que no sean

diplomáticos concursar para dichos cargos pero al mismo tiempo la estabilidad

laboral disminuye ya que al ser cargos de libre nombramiento y remoción la

autoridad encargada puede prescindir de los servicios del profesional en el

caso de considerarlo necesario.

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CAPÍTULO V

5 CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

En razón de la investigación y del análisis efectuado, he logrado obtener las

siguientes conclusiones y recomendaciones:

5.1 CONCLUSIONES

El establecimiento de buenas relaciones entre países desempeña un rol

elemental dentro de la Comunidad Internacional ya que conforman la

aplicación y el respeto de las normas internacionales y el Derecho

Internacional Público.

Es importante que los representantes de los Estados de las misiones

diplomáticas (se incluye a la cuota política) posean una formación

académica y cultural adecuada para el cargo que se encuentren

ejerciendo ya que como su nombre lo indica representan al país en el

ámbito internacional y de ellos depende los resultados que se obtengan

del manejo de las relaciones entre los países interesados.

La existencia de la carrera diplomática afianza la preparación de

funcionarios diplomáticos de excelencia profesional, ya que la misma ley

exige cumplir ciertos requisitos esenciales para aquellos aspirantes a

funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores.

El Estado Ecuatoriano debe priorizar la formación de sus representantes

en el ámbito internacional y exigir a todos los funcionarios del servicio

exterior, incluyendo la cuota política cumplir con todos los requisitos que

la ley exige, además, es importante adecuar la escuela de relaciones

internacionales para el propósito para el que fue creada.

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Las reformas vigentes a partir del 29 de Enero del 2009 permiten se

genere una mayor apertura a profesionales capacitados de otras ramas

además del derecho y economía, sin embargo, es necesario que los

aspirantes a estos cargos cumplan con los requisitos y las demás

disposiciones que la ley señala.

Las disposiciones legales de un país deben realizarse siempre acorde con

los tratados internacionales, por ello, deben respetar los parámetros

establecidos por el Derecho Internacional.

5.2 RECOMENDACIONES

Debido a la importancia que los funcionarios diplomáticos de un Estado

representan a nivel internacional en las relaciones entre países, es

recomendable que el proceso de selección de las misiones diplomáticas y

cuota política se cumplan con lo establecido por la ley.

El Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración y la

Cancillería al ser órganos a cargo del manejo de las relaciones

internacionales del Ecuador con otros países, podrían proponer planes de

capacitaciones constantes tanto a funcionarios de carrera como a

aquellos representantes que forman parte de la cuota política designados

por la autoridad competente, además de los programas con los que ya

consta.

Es preponderante que el Estado ecuatoriano se encargue de impulsar la

formación de delegados diplomáticos de calidad, pertenezcan o no a la

carrera diplomática, es decir, el Estado debería exigir tanto a funcionarios

de carrera como al personal de cuota política, el ingreso a una academia

o escuela de relaciones internacionales para reforzar los conocimientos

de los representantes. (En este caso la Escuela de Relaciones

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Internacionales; José Peralta, adscrita al Instituto de Altos Estudios

Nacionales IAEN).

El Ministerio de Relaciones Exteriores es el encargado de la designación

de personal de servicio exterior, por ello, se recomienda realizar un

estudio previo tanto a los aspirantes a funcionarios del servicio exterior

ecuatoriano como a la cuota política previo a su nombramiento, para que

de este modo, poder definir qué tan aptos son para el cargo que van a

desempeñar en el servicio exterior.

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BIBLIOGRAFÍA

Libros:

DEL ARENAL, Celestino. (1984). Introducción a las Relaciones Internacionales. Madrid, España: Tecnos.

DOUGHERT, James E., & PFALTZGRAFF, Robert L. (1993). Teorìas en Pugna en las Relaciones Internacionales. Buenos Aires, Argentina: Grupo Editor Latinoamericano.

HERDEGEN, Mathias (2005). El Concepto de Derecho Internacional. México DF, México: Fundación Konrad Adenauer.

LASCANO Y VEDIA, Julio Ramón (2007). Política y Diplomacia: Una política institucional hacial el mundo. Buenos Aires, Argentina: Tu Llave.

MORENO PINO, Ismael (2001). La Diplomacia. México DF, México: Fondo de Cultura Económica.

ORTÍZ, Eduardo (2000). El estudio de las Relaciones Internacionales. Santiago, Chile: Fondo de Cultura Económica Chile S.A.

PÉREZ DE CUELLAR, J. (1997). Manual de Derecho Diplomático. México DF, México: Fondo de Cultura Económica.

WIELAND ALZAMORA, Hubert (2006). Manual del Diplomático. Lima, Perú: Fondo de Cultura Económica.

YÉPEZ HOLGUÍN, Galo (2001). Los Nuevos Lineamientos de la Política Exterior. Quito, Ecuador: Tribal.

YÉPEZ LASSO, Fernando (2001). Política Internacional del Ecuador en el siglo XXI. Quito, Ecuador: Artes Gráficas Señal.

ZEPEDA, Beatriz. (2010). Ecuador: Relaciones Exteriores a la Luz del Bicentenario. Quit, Ecuador: Flacso, Sede Ecuador.

Revistas, Reportajes y Editoriales:

BONILLA, Adrián. (2006). Política Exterior del Ecuador: 25 años de vulnerabilidad. Revista AFESE No. 44.

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Diccionarios:

Diccionario de la Real Academia Española. Vigésima Segunda Edición. Madrid, España.

Documentos de Internet:

Instituto de Altos Estudios Nacionales (IAEN). Escuela de Relaciones Internacionales “José Peralta”. www.iaen.edu.ec

Ministerio de Relaciones Exteriores, Comerio e Integración. (2009 - 2010). Academia Diplomatica del Ecuador: Génesis y Evolución, de www.mmrree.gob.ec/ministerio/academia_genesis.asp.

Información Auxiliar:

Informes a la Nación (1830 – 2010). Archivo Biblioteca Nacional de Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.

Plan Estratégico 2005. Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración. Quito, Ecuador.

Normativa:

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR, Registro Oficial No. 449 del 20 de Octubre de 2008.

CONVENCIÓN DE VIENA SOBRE RELACIONES DIPLOMÁTICAS, 18 de Abril de 1961. (Entró en vigencia a partir del 24 de Abril de 1964)

LEY ORGÁNICA DE SERVICIO EXTERIOR ECUATORIANO, Registro Oficial Suplemento 262.

LEY REFORMATORIA A LA LEY ORGÁNICA DE SERVICIO EXTERIOR ECUATORIANO, Suplemento Publicado en el Registro Oficial No. 517 del 29 de Enero de 2009.

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ANEXOS

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Suplemento del Registro Oficial No. 517 Jueves 29 de Enero de 2009

047: Expídese la Ley Reformatoria a la Ley Orgánica del Servicio Exterior

ASAMBLEA NACIONAL

COMISIÓN LEGISLATIVA Y DE FISCALIZACIÓN

Oficio No. SCLF-2009-047

Quito, 27 de enero del 2009

Señor

Luis Fernando Badillo

Director del Registro Oficial, Enc.

Ciudad

De mi consideración:

La Comisión Legislativa y de Fiscalización, de conformidad con las atribuciones

que le confiere la Constitución de la República del Ecuador y el Mandato

Constituyente No. 23, discutió y aprobó el proyecto de Ley Reformatoria a la

Ley Orgánica del Servicio Exterior.

En sesión de 26 de enero del 2009, el Pleno de la Comisión Legislativa y de

Fiscalización conoció y se allanó a la objeción parcial presentada por el señor

Presidente Constitucional de la República.

Por lo expuesto; y, tal como lo dispone el artículo 138 de la Constitución de la

República del Ecuador y el artículo 30 del Mandato 23, acompaño el texto de la

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Ley Reformatoria a la Ley Orgánica del Servicio Exterior, para que se sirva

publicarla en el Registro Oficial.

Atentamente,

f.) Dr. Francisco Vergara O., Secretario de la Comisión Legislativa y de

Fiscalización.

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EL PLENO DE LA COMISIÓN LEGISLATIVA Y DE FISCALIZACIÓN

CONSIDERANDO:

Que, la carrera diplomática se encuentra establecida en la Ley Orgánica del

Servicio Exterior, cuerpo legal que pretende profesionalizar a los funcionarios

del servicio exterior;

Que, según establece dicha Ley, los funcionarios de carrera están asumiendo

labores en el servicio exterior, y además labores de dirección administrativa al

interior del Ministerio de Relaciones Exteriores;

Que, la actual Ley Orgánica de Servicio Exterior impide a la autoridad

nominadora la designación de funcionarios administrativos de libre

nombramiento y remoción;

Que, es necesario designar profesionales especializados en labores de

administración y contribuir a que los funcionarios del servicio exterior, se

dediquen a labores propias de la carrera diplomática;

Que, urge la necesidad de garantizar el debido proceso en el juzgamiento de

las infracciones disciplinarias administrativas de diferente índole; y,

En ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 17 del Régimen de

Transición aprobado mediante referendo de 28 de septiembre de 2008, y en el

número 6 del artículo 120 de la Constitución de la República del Ecuador, se

expide la siguiente:

LEY REFORMATORIA A LA LEY ORGÁNICA DEL SERVICIO EXTERIOR

Artículo 1.- Sustitúyese el primer inciso del artículo 9 por el siguiente “El

Subsecretario General será de libre nombramiento y remoción por parte de la

autoridad nominadora.”

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Artículo 2.- Sustitúyese el primer inciso del artículo 33 por el siguiente:

“El Asesor técnico-jurídico será de libre nombramiento y remoción por parte de

la autoridad nominadora.”

Artículo 3.- Sustitúyese el primer inciso del artículo 35 por el siguiente:

“El Asesor de soberanía territorial será de libre nombramiento y remoción por

parte de la autoridad nominadora.”

Artículo 4.- Sustitúyese el primer inciso del artículo 36 por el siguiente:

“El Asesor de asuntos económicos será de libre nombramiento y remoción por

parte de la autoridad nominadora.”

Artículo 5.- Deróguese el artículo 80 de la Ley Orgánica del Servicio Exterior.

Artículo 6.- Sustitúyese el artículo 168, por el siguiente:

“El Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración, conformará una

Comisión de Disciplina, compuesta de la siguiente forma:

1. Un delegado del Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e

Integración, quien lo presidirá y tendrá voto dirimente;

1. Un representante designado por la Secretaría General de la

Administración Pública y Comunicación; y,

2. Un representante designado por la Secretaría Nacional Técnica de

Desarrollo de Recursos Humanos y Remuneraciones del Sector

Público.

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Esta comisión se encargará de tramitar los expedientes que se levanten para

juzgar las infracciones cometidas por funcionarios de la primera categoría del

servicio exterior, o las deficiencias notorias en su rendimiento, y recomendará

por mayoría de sus miembros, la aplicación de las medidas disciplinarías

correspondientes.

Si la medida disciplinaria fuere la destitución como establece el numeral 6 del

artículo 166 de esta Ley, el funcionario afectado será separado del servicio

exterior y de la administración pública.”.

Artículo 7.- En el Título X, a continuación del artículo 208, añádase la siguiente

Disposición General:

“Para el desempeño y ejercicio de cualquier cargo administrativo de libre

nombramiento y remoción en el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio

e Integración, no es necesario pertenecer a la carrera diplomática.

Quedan derogadas las disposiciones legales, reglamentarias, acuerdos,

resoluciones o cualquier otra norma jurídica que haya previsto tal condición.

Por tanto, a partir de la vigencia de la presente Ley Reformatoria, se

consideran de libre nombramiento y remoción, los cargos de Viceministros;

Subsecretarios de Estado; Asesores; Directores Generales; Directores;

Secretarios Generales; Coordinadores Institucionales. Estas designaciones en

ningún caso significarán ingreso al escalafón ni conceden la calidad de

miembro del personal de carrera diplomática.”.

Dado y suscrito en la sede de la Asamblea Nacional, ubicada en el Distrito

Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, a los veinte y seis días del mes

de enero de dos mil nueve.

f.) Fernando Cordero Cueva, Presidente de la Comisión Legislativa y de

Fiscalización.

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f.) Dr. Francisco Vergara O., Secretario de la Comisión Legislativa y de

Fiscalización.

CERTIFICO que la Comisión Legislativa y de Fiscalización discutió y aprobó el

proyecto de LEY REFORMATORIA A LA LEY ORGÁNICA DEL SERVICIO

EXTERIOR en primer debate el 17 de diciembre del 2008, segundo debate el

30 de diciembre de 2008 y allanamiento a la objeción parcial del Presidente de

la República el 26 de enero de 2009.

Quito, 27 de enero del 2009.

f.) Dr. Francisco Vergara O., Secretario de la Comisión Legislativa y de

Fiscalización.