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UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL INSTITUTO SUPERIOR DE POSTGRADO EN CIENCIAS INTERNACIONALES “DR. ANTONIO PARRA VELASCO” “TRABAJO DE TITULACIÓN EXAMEN COMPLEXIVO” PARA LA OBTENCIÓN DEL GRADO DE MAGISTER EN CIENCIAS INTERNACIONALES Y DIPLOMACIA ANÁLISIS DE LA DELIMITACIÓN DE LA RESERVA MARINA DE GALÁPAGOS FRENTE AL DERECHO INTERNACIONAL Y A LA LEY ORGÁNICA DE RÉGIMEN ESPECIAL DE GALÁPAGOSAUTOR: DIEGO FERNANDO TERÁN GUERRERO TUTOR: DR. JOAQUÍN NOROÑA MEDINA, PhD (c) GUAYAQUIL ECUADOR AGOSTO 2016

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UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL

INSTITUTO SUPERIOR DE POSTGRADO EN

CIENCIAS INTERNACIONALES

“DR. ANTONIO PARRA VELASCO”

“TRABAJO DE TITULACIÓN EXAMEN COMPLEXIVO”

PARA LA OBTENCIÓN DEL GRADO DE MAGISTER EN CIENCIAS

INTERNACIONALES Y DIPLOMACIA

“ANÁLISIS DE LA DELIMITACIÓN DE LA RESERVA MARINA DE

GALÁPAGOS FRENTE AL DERECHO INTERNACIONAL Y A LA

LEY ORGÁNICA DE RÉGIMEN ESPECIAL DE GALÁPAGOS”

AUTOR: DIEGO FERNANDO TERÁN GUERRERO

TUTOR: DR. JOAQUÍN NOROÑA MEDINA, PhD (c)

GUAYAQUIL – ECUADOR

AGOSTO 2016

ii

REPOSITORIO NACIONAL EN CIENCIAS Y TECNOLOGÍA

FICHA DE REGISTRO TRABAJO DE TITULACIÓN EXAMEN COMPLEXIVO

TÍTULO: ANÁLISIS DE LA DELIMITACIÓN DE LA RESERVA MARINA DE

GALÁPAGOS FRENTE AL DERECHO INTERNACIONAL Y LA LEY ORGÁNICA DE

RÉGIMEN ESPECIAL PARA GALÁPAGOS

AUTOR/ES: DIEGO FERNANDO

TERÁN GUERRERO

TUTOR: DR. JOAQUIN A. NOROÑA

MEDINA, Ph.D

REVISOR: ECON. WILLIAM G. ARCOS

CHONILLO, Msc

INSTITUCIÓN: UNIVERSIDAD DE

GUAYAQUIIL

FACULTAD: INSTITUTO SUPERIOR DE

POSTGRADO EN CIENCIAS

INTERNACIONALES “DR. ANTONIO

PARRA VELASCO”

PROGRAMA: MAESTRÍA EN CIENCIAS INTERNACIONALES Y DIPLOMACIA

FECHA DE PUBLICACIÓN: NO. DE PÁGS: 45

ÁREA TEMÁTICA: DERECHO INTERNACIONAL MARÍTIMO

PALABRAS CLAVES: RESERVA MARINA DE GALÁPAGOS, DERECHO

INTERNACIONAL MARITIMO, DELIMITACIÓN

RESUMEN: EL ESTADO NECESITA VIVIR EN SOCIEDAD PARA SOBREVIVIR, DE

LA POLÍTICA PARA SOBRESALIR, Y DE LA APLICACIÓN DE LOS

CONOCIMIENTOS GEOGRÁFICOS DEL ÁREA PARA EXISTIR; POR LO QUE LA

OCEANOPOLÍTICA ES DE VITAL IMPORTANCIA PARA QUE EL ESTADO

GARANTICE LA CONSERVACIÓN Y APROVECHAMIENTO DE SUS RECURSOS EN

EL MAR PARA EL BIENESTAR DE SU SOCIEDAD. LA RESERVA MARINA DE

GALÁPAGOS, PARTE FUNDAMENTAL PARA EL DESARROLLO DEL ESTADO, ES

DE VITAL IMPORTANCIA SU CONSERVACIÓN Y SOSTENIBILIDAD; POR LO QUE

ES PRIORITARIO QUE LA RESERVA MARINA DE GALÁPAGOS SEA DELIMITADA

EN FORMA ADECUADA CONFORME LO ESTABLECE EL DERECHO

INTERNACIONAL MARÍTIMO Y LA NORMATIVA NACIONAL VIGENTE. EL

OBJETIVO DE ESTE ESTUDIO DE CASO ES ANALIZAR LA ACTUAL

DELIMITACIÓN DE LA RESERVA MARINA DE GALÁPAGOS, Y AL FINAL

PROPONER UN MAPA DE DELIMITACIÓN QUE SATISFAGA AL DERECHO

INTERNACIONAL MARÍTIMO Y A LA NORMATIVA NACIONAL, CON LA

FINALIDAD DE QUE LA AUTORIDAD DE POLICÍA MARÍTIMA Y LA AUTORIDAD

AMBIENTAL DISPONGAN DE UNIDAD DE CRITERIO PARA EL CONTROL Y

MANEJO DE TAN IMPORTANTE ÁREA PROTEGIDA DE NUESTRO PAÍS.

N° DE REGISTRO(en base de datos): N° DE CLASIFICACIÓN: Nº

DIRECCIÓN URL (tesis en la web)

ADJUNTO PDF: SI x NO

CONTACTO CON AUTORES/ES: Teléfono:

593-998602562 E-mail:

[email protected]

CONTACTO EN LA INSTITUCION: Nombre: Lcda. Sonia Venegas Paz Msc.

Teléfono: 042449796

x

iii

CERTIFICACIÓN DEL TUTOR

En mi calidad de tutor del estudiante Diego Fernando Terán Guerrero, del Programa de

Maestría en Ciencias Internacionales y Diplomacia, nombrado por el Director del Instituto

Superior de Posgrado en Ciencias Internacionales “Dr. Antonio Parra Velasco”

CERTIFICO: que el estudio de caso del examen complexivo titulado “Análisis de la

delimitación de la Reserva Marina de Galápagos frente al Derecho Internacional y a la Ley

Orgánica de Régimen Especial de Galápagos”, en opción al grado académico de Magíster

en Ciencias Internacionales y Diplomacia, cumple con los requisitos académicos,

científicos y formales que establece el Reglamento aprobado para tal efecto.

Atentamente

DR. JOAQUIN A. NOROÑA MEDINA, Ph.D(c)

Guayaquil, 22 de agosto de 2016

iv

DEDICATORIA

A Dios y a mi querida compañera, soporte de

mi hogar y pilar fundamental en mi vida.

A mis hermosas hijas, por ser la alegría y la

fuerza para continuar adelante, y a mis padres por

ser el ejemplo de honradez, sacrificio y esfuerzo

para continuar caminando.

v

AGRADECIMIENTO

A los valiosos maestros del

Instituto Superior de Postgrado en

Ciencias Internacionales “Dr. Antonio

Parra Velasco”, y a la gloriosa Armada

del Ecuador.

vi

DECLARACIÓN EXPRESA

“La responsabilidad del contenido de esta Tesis de Grado, me corresponden

exclusivamente; y el patrimonio intelectual de la misma a la UNIVERSIDAD DE

GUAYAQUIL”

___________________________

FIRMA

Lcdo. Diego Fernando Terán Guerrero

vii

ABREVIATURAS

AMP Área Marino Protegida

CONVEMAR Convención de la Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar

CGREG Consejo de Gobierno de Régimen Especial para Galápagos

INOCAR Instituto Oceanográfico de la Armada

DI Derecho Internacional

DIRGIN Dirección Regional de los Espacios Acuáticos Insular

DMI Derecho Marítimo Internacional

DPNG Dirección del Parque Nacional Galápagos

LOREG Ley Orgánica de Régimen Especial de la Provincia de Galápagos

MEPC Comité de Protección del Medio Marino

MN Millas Náuticas

OI Organismo Internacional

OMI Organización Marítimo Internacional

RMG Reserva Marina de Galápagos

TRB Toneladas de Registro Bruto

ZMES Zona Marina Especialmente Sensible

viii

TABLA DE CONTENIDOS

CERTIFICACIÓN DEL TUTOR ........................................................................................ iii

DEDICATORIA ................................................................................................................... iv

AGRADECIMIENTO ........................................................................................................... v

DECLARACIÓN EXPRESA ............................................................................................... vi

ABREVIATURAS .............................................................................................................. vii

TABLA DE CONTENIDOS ............................................................................................. viii

ÍNDICE DE FIGURAS ........................................................................................................ xi

ÍNDICE DE TABLAS ......................................................................................................... xii

RESUMEN ........................................................................................................................ xiii

ABSTRACT ....................................................................................................................... xiv

INTRODUCCIÓN ................................................................................................................. 1

Desarrollo .............................................................................................................................. 6

1 Marco teórico ................................................................................................................. 6

1.1 Teorías generales .................................................................................................... 6

1.2 Teorías sustantivas .................................................................................................. 8

1.3 Referentes empíricos ............................................................................................... 9

1.3.1 Delimitación de la RMG ................................................................................. 9

1.3.2 LOREG y los Instrumentos Internacionales .................................................. 13

1.3.3 Mapa de Demarcación ................................................................................... 14

2 Marco metodológico .................................................................................................... 18

2.1 Metodología: ......................................................................................................... 18

ix

2.2 Método de estudio de casos. ................................................................................. 18

2.3 Premisa. ................................................................................................................. 19

2.4 Cuadro de categorías, dimensiones, instrumentos y unidades de análisis (CDIU)

19

2.5 Descripción de las unidades de análisis ................................................................ 20

2.6 Gestión de datos .................................................................................................... 20

2.7 Criterios éticos de la investigación ....................................................................... 21

3 Resultados .................................................................................................................... 23

3.1 Antecedentes de la unidad de análisis ................................................................... 23

3.2 Presentación de los resultados .............................................................................. 23

4 Discusión ..................................................................................................................... 30

4.1 Contrastación empírica ......................................................................................... 30

4.2 Limitaciones .......................................................................................................... 31

4.3 Líneas de investigación ......................................................................................... 32

4.4 Aspectos novedosos del estudio de caso ............................................................... 32

5 Propuesta ..................................................................................................................... 33

Conclusiones y recomendaciones ........................................................................................ 34

Referencias bibliográficas ................................................................................................... 35

ANEXOS ............................................................................................................................. 39

ANEXO A. ÁRBOL DE PROBLEMAS ................................................................... 39

ANEXO B. PROPUESTA DE DELIMITACIÓN DE LA RMG CONSIDERANDO

LA ZMES DE GALÁPAGOS ......................................................................................... 40

x

ANEXO C. CUESTIONARIO 1 ............................................................................... 41

ANEXO D. CUESTIONARIO 2 ............................................................................... 43

ANEXO E. CUESTIONARIO 3 ............................................................................... 45

xi

ÍNDICE DE FIGURAS

Figura 1 Delimitación actual de la RMG............................................................................. 11

Figura 2 Líneas de Base del Archipiélago de Galápagos y la RMG .................................. 12

Figura 3 Ejemplo de Delimitación de una ZMES .............................................................. 13

Figura 4 Zona Marina Especialmente Sensible de Galápagos ........................................... 15

Figura 5 Líneas de Base, RMG y ZMES de Galápagos .................................................... 16

xii

ÍNDICE DE TABLAS

Tabla 1 Tabla CDIU ........................................................................................................... 19

Tabla 2 Resultados Obtenidos ............................................................................................. 30

xiii

RESUMEN

El Estado necesita vivir en sociedad para sobrevivir, de la Política para sobresalir, y de la

aplicación de los conocimientos geográficos del área para existir; por lo que la

Oceanopolítica es de vital importancia para que el Estado garantice la conservación y

aprovechamiento de sus recursos en el mar para el bienestar de su sociedad. La Reserva

Marina de Galápagos, parte fundamental para el desarrollo del Estado, es de vital

importancia su conservación y sostenibilidad; por lo que es prioritario que la Reserva

Marina de Galápagos sea delimitada en forma adecuada conforme lo establece el Derecho

Internacional Marítimo y la normativa nacional vigente. El objetivo de este estudio de caso

es analizar la actual delimitación de la Reserva Marina de Galápagos, y al final proponer

un mapa de delimitación que satisfaga al Derecho internacional Marítimo y a la normativa

nacional, con la finalidad de que la Autoridad de Policía Marítima y la Autoridad

Ambiental dispongan de unidad de criterio para el control y manejo de tan importante área

protegida de nuestro país.

Palabras claves: Reserva Marina de Galápagos, Derecho Internacional Marítimo,

delimitación

xiv

ABSTRACT

The State needs to live in society to survive, of the Politics to excel, and the application of

geographical knowledge of the area to exist; so the Oceanpolitics is vitally important for

the State to guarantee the conservation and utilization of their resources the sea for the

welfare of their society. The Galapagos Marine Reserve, fundamental to the development

of the State party is vital conservation and sustainability; so it is a priority for the

Galapagos Marine Reserve is properly defined as established by the International

Maritime law and national legislation in force. The objective of this case study is to

analyze the current delimitation of the Galapagos Marine Reserve, and finally propose a

map of demarcation that meets international maritime law and national legislation, in

order that the Authority Maritime Police and Environmental authorities have discretion

unit for control and management of this important protected area of our country.

Keywords: Galapagos Marine Reserve, International Maritime Law, delimitation

1

INTRODUCCIÓN

Este estudio de Caso tiene como finalidad analizar la actual delimitación

de la Reserva Marina de Galápagos (en adelante RMG), la legislación pertinente

que ampara su delimitación, así como las repercusiones que podrían existir en

caso de presentarse controversias en los límites del área marina protegida (en

adelante AMP), considerando el Derecho Marítimo Internacional (en adelante

DMI), para lo cual se verificará la normativa nacional vigente, la relación que

debería tener con la normativa internacional, considerando que somos parte de

organizaciones y convenios internacionales sobre DMI, y que además la RMG es

un área sensible que encierra muchos intereses para el Estado Ecuatoriano, y

deben ser protegidos por las instituciones del Estado pertinentes.

La RMG, la segunda más grande en el planeta tierra, fue creada en el año

1986 y extendida en 1998 a través de la Ley Orgánica de Régimen Especial de la

Provincial Galápagos (en adelante LOREG), en la cual se establecen los límites de

mencionada Área Marina Protegida (en adelante AMP), y desde esa fecha se han

modificado lugares y zonas en beneficio de la protección tanto de la flora como de

la fauna de la reserva marina.

En la LOREG no se encuentra delimitada en forma pertinente la RMG,

ya que no existen puntos geográficos establecidos en coordenadas de latitud y

longitud, sino que, en forma general se establece que la RMG tendrá una

extensión de 40 MN (millas náuticas) a partir de las líneas de base.

Lo antes mencionado ha ocasionado que la RMG sea delimitada

arbitrariamente, no en base a líneas rectas, como son las líneas de base, sino con

semicircunferencias en algunos sectores, como actualmente la Autoridad

Ambiental (Parque Nacional Galápagos) lo refleja en su normativa.

2

En el DMI, se establecen ciertas normas para delimitar áreas marinas, por

lo que es necesario analizar si la legislación nacional concuerda con la legislación

internacional, y así evitar posibles controversias con embarcaciones que realizan

sus actividades cerca de la RMG, principalmente embarcaciones que no son

nacionales, y que desconocen la forma en como ha sido delimitada la RMG

mediante la normativa nacional.

Para la delimitación del problema , ver el árbol de problemas en el Anexo

A, se ha considerado que actualmente existe una inexacta y poco detallada

delimitación de la RMG, lo que podría ocasionar que la Autoridad Ambiental

como la Autoridad de Policía Marítima (Armada del Ecuador) tengan diferentes

criterios al momento de poder vigilar, controlar o monitorear mencionada área

protegida, esto debido a que la Autoridad Ambiental dentro de su normativa

(Dirección del Parque Nacional Galápagos, 2014), ha delimitado a la RMG sin

criterios técnicos de cartografía que sea consecuente con las líneas de base del

Archipiélago de Galápagos tomando en consideración lo establecido en la

LOREG.

La Autoridad de Policía Marítima (Armada del Ecuador) monitorea un

AMP con la forma de un polígono consecuente al polígono que forma las líneas

de base del Archipiélago de Galápagos (Organización Marítimo Internacional,

2005) y consecuente con la extensión de 40 MN establecidas en la LOREG; por lo

que, cuando existan embarcaciones, especialmente internacionales navegando en

los límites del AMP, podrían ocurrir controversias, ya que la RMG difiere del

AMP, al no estar delimitada por coordenadas geográficas.

Las embarcaciones que realizan sus actividades dentro como fuera de la

RMG, principalmente las internacionales, poseen cartas náuticas para poder ubicar

3

su posición, la cual se la obtiene por coordenadas geográficas (latitud y longitud)

y en base a la teoría de navegación plana (Cutler, 2003), por lo que, en caso de

encontrarse en un lugar que para la Autoridad Ambiental no es permitido por

encontrarse dentro de la RMG sin autorización y la embarcación podría ser

judicializada; pero ante la Autoridad Marítima no, ya que las cartas náuticas son

instrumentos aprobados por la Organización Marítimo Internacional (en adelante

OMI) a petición del Estado Ribereño y en ellas se encuentra establecida una AMP

con límites diferentes a la RMG.

Es de vital importancia para nuestro país trabajar con igualdad de criterios

y definiciones ya que las actividades que se ejecutan en la RMG son

responsabilidad tanto de la Autoridad de Policía Marítima como de la Autoridad

Ambiental (Asamblea Nacional, 2015) y, quienes realizan sus actividades cerca de

la RMG, o incluso el Estado Ribereño, podrían verse afectados por existir

diferencia de criterios en la delimitación de la RMG.

Con el fin de emplear la metodología del estudio de caso se han formulado

dos preguntas ¿Cómo delimitar la RMG, de tal manera que exista unidad de

criterios entre la Autoridad de Policía Marítima y la Autoridad Ambiental

considerando la LOREG y los instrumentos internacionales válidos para el Estado

Ecuatoriano?, y ¿De qué manera se puede contribuir a la delimitación de la RMG

a través de un mapa de demarcación basado en la LOREG y los instrumentos

internacionales en beneficio de los intereses del Estado ecuatoriano?

La Autoridad Ambiental como la Autoridad de Policía Marítima tienen

competencia en la RMG, conforme lo establecido en la LOREG (Asamblea

Nacional, 2015), ya sea para evitar que se materialicen delitos ambientales, como

actividades ilícitas que atenten contra la seguridad de la vida humana en el mar o

4

afecten a la soberanía del Estado Ecuatoriano; por lo que es necesario que la RMG

se encuentre correctamente delimitada considerando lo establecido en la LOREG,

al ser un área que se extiende hasta 40 MN a partir de las líneas de base y

además, la normativa internacional pertinente establecida tanto por la OMI, como

la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (en adelante

CONVEMAR).

Esta unidad de criterio permitirá que la Autoridad Ambiental como la

Autoridad de Policía Marítima puedan trabajar en conjunto y en forma coordinada

en beneficio del Estado Ecuatoriano y así garantizar los intereses de quienes

trabajan en el mar, salvaguardando sus derechos, así como también la protección

de un ecosistema tan frágil como es la RMG.

Una correcta delimitación de la RMG permitiría mantener relación entre la

norma nacional e internacional, así como unidad de criterio entre la Autoridad de

Policía Marítima y la Autoridad Ambiental para poder ejercer control dentro de la

RMG, justificando así la investigación realizada en este estudio de caso.

El objeto de la investigación es la RMG, la cual es una de las AMP más

grandes del mundo, siendo declarada Patrimonio Natural de la Humanidad en el

2001 por parte de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la

Ciencia y la Cultura, por lo que es de gran importancia para el Estado Ecuatoriano

el garantizar la permanencia sus recursos. Se ha definido al DIM como el campo

del estudio de caso, porque en él se establecen ciertas normas para delimitar áreas

marinas, y es necesario analizar si la legislación nacional concuerda con la

legislación internacional.

El objetivo general que se ha planteado en la presente investigación es

analizar los límites establecidos para la RMG, considerando la LOREG, a través

5

del estudio de caso, estudio de campo y bibliográfico, para una delimitación

acorde al Derecho Internacional Marítimo DMI. Los objetivos específicos son:

• Identificar los artículos de la LOREG y de los Instrumentos

Internacionales que puedan guardar relación con la RMG, mediante un

estudio bibliográfico, comparativo y entrevistas dirigidas a expertos con

la aplicación de un cuestionario.

• Determinar la delimitación actual de la RMG mediante fuentes

bibliográficas.

• Describir la actual delimitación de la RMG.

• Verificar como se establecen límites a un AMP, conforme el DMI.

• Identificar los posibles problemas que se ocasionarían por no tener un

área marina protegida correctamente delimitada.

• Proponer una delimitación (mapa de demarcación) de la RMG que

satisfaga tanto al Derecho Nacional como al DMI.

Finalmente, con base a la LOREG y a la normativa internacional, se

analizarán los límites de la RMG, considerando las posibles controversias que

podrían generarse con las embarcaciones que naveguen en los lugares limítrofes

de la RMG y se propondría un mapa de demarcación para delimitar la RMG fin

concuerde con el DMI, propuesta que podría ser dirigida al Consejo de Gobierno

del Régimen Especial de Galápagos (en adelante CGREG) para que sea

considerado en la norma pertinente.

6

DESARROLLO

1 MARCO TEÓRICO

1.1 TEORÍAS GENERALES

Los paradigmas que existen en las Relaciones Internacionales (Arenal,

2014) resultado de los hechos mundiales a través de la historia, han determinado

que los intereses, sean estos de los estados, de organizaciones e incluso en la

actualidad de hasta personas jurídicas, sean la causa que provoque conflictos y

controversias entre los sujetos antes mencionados. Precisamente en alusión a la

teoría neoliberal con respecto a las relaciones internacionales y considerando la

actual posición del Estado Ecuatoriano frente a las potenciales amenazas

internacionales que pretendan aprovecharse de la gran riqueza de recursos que

nuestro Estado posee, es imprescindible solucionar las controversias de forma

pacífica y con el diálogo, considerando la seguridad integral del ser humano y el

sumak kawsay por sobre todas las cosas (Asamblea Constituyente, 2008)

Las Relaciones Internacionales, como disciplina científica y como teoría

representa gran parte del esfuerzo de los seres humanos para entenderse entre sí y

solucionar los problemas que los aquejan; por lo que, cuando existen dos puntos

de vista distintos entre dos sujetos de derecho, y potencialmente ocurran

controversias y afectaciones en particular a un Estado, la herramienta adecuada

para conseguir una solución es el Derecho Internacional (en adelante DI),

particularmente para el caso que se abordará será el DMI a través de sus fuentes.

Los océanos y mares del mundo, son ahora el eje trascendental en la vida

del hombre; el espacio agua se ha transformado ahora en un espacio vital y que en

el siglo XXI se transformará en el proveedor de recursos naturales que requiera la

humanidad, por lo que desde la perspectiva de Fredrich Ratzel respecto al Estado

7

es como un ser vivo que “…cumple un ciclo vital de nacer, crecer, desarrollarse y

morir, para lo cual necesita un espacio vital que le sirva de nutriente para volverse

fuerte…” (Armada del Ecuador, 2014)

El Estado para defender, proteger y garantizar sus intereses y actividades

económicas y humanas, exige a los poderes públicos actuar desde una perspectiva

multidisciplinar e integrada, mediante el desarrollo de instrumentos de

planificación y gestión. Considerando el tema particular de la Oceanopolítica, la

humanidad a lo largo de su historia encontró en el mar los recursos necesarios

para su desarrollo y su supervivencia; también lo usó como una vía para expandir

su influencia y poder, por lo que es imprescindible garantizar la sostenibilidad de

los grandes recursos que existen, y uno de los mecanismos pertinentes es con una

correcta delimitación de sus espacios acuáticos.

La visión oceanopolítica de un Estado ribereño no puede estar exenta de

una norma internacional inherente al mar que la direccione, identificando

principios, valores, responsabilidades, obligaciones y derechos implícitos en la

gestión marítima (Armada del Ecuador, 2014), por lo que el Estado ecuatoriano a

partir del año 2012 es parte de la CONVEMAR, cuyo objetivo es regular el uso

pacífico, justo y equitativo del mar y así limitar los excesos en la explotación de

sus recursos por parte de los Estados, a través de la protección y la preservación

del medio ambiente marino.

La posición geográfica única y privilegiada del territorio ecuatoriano, por

encontrarse relativamente cerca a varios puntos estratégicos tanto al norte como al

sur, particularmente las Islas Galápagos; y al tener una gran riqueza de recursos en

sus aguas, hacen que los demás países así como organizaciones transnacionales,

quiera aprovechar su riqueza para solventar sus necesidades. Hecho que no debe

8

ser desatendido por el Estado Ecuatoriano, por lo que es necesario normar,

delimitar y establecer áreas que protejan sus recursos.

1.2 TEORÍAS SUSTANTIVAS

El Ecuador es un país que reconoce el derecho de la población a vivir en

un ambiente sano y equilibrado, que garantiza la sostenibilidad y el buen vivir,

sumak kawsay; así como también declara de interés público la preservación del

ambiente, la conservación de los ecosistemas y la biodiversidad (Asamblea

Constituyente, 2008), por lo que la conceptualización de Galápagos como un

socio-ecosistema o sistema socio-ecológico complejo, permite poner en evidencia

el altísimo valor social que tienen las áreas protegidas como la base y sustento del

buen vivir de la población local, a través de la provisión de servicios de los

ecosistemas y su biodiversidad (alimentos, agua, energía, protección de nuestras

costas, disfrute espiritual, etc.) para garantizar los derechos de la naturaleza y

promover un ambiente sano y sustentable, así como fortalecer la gobernanza

ambiental del régimen especial del archipiélago de Galápagos (Secretaria

Nacional de Planificación y Desarrollo, 2013, Objetivo 7)

La RMG fue creada en 1998 con la expedición de la LOREG, la cual fue

modificada en el año 2015, y comprende toda la zona marina dentro de una franja

de cuarenta millas náuticas medidas a partir de las líneas de base del Archipiélago

y sus aguas interiores (Asamblea Nacional, 2015), delimitación que en forma

general establece su extensión, por lo que es pertinente realizar una delimitación

más específica con puntos geográficos que permitan una fácil ubicación, tanto

para aquellos que hacen uso del mar por temas laborales, como para quienes

realizan el control, monitoreo y cuidado de los espacios acuáticos.

9

La CONVEMAR establece que los Estados tienen el derecho soberano de

explotar sus recursos naturales con arreglo a su política en materia de medio

ambiente y de conformidad con su obligación de proteger y preservar el medio

marino (Organización de las Naciones Unidas, 1992), es así que una de las

políticas que el Estado Ribereño puede adoptar, es la creación de una AMP, a fin

de dar sustentabilidad y sostenimiento de sus recursos marinos. En este contexto,

el área de la RMG es plenamente justificable ya que existe un ecosistema

vulnerable, considerando que ciertas formas de vida marina se encuentran

diezmadas, amenazadas o en peligro.

La OMI ha emitido directrices que son de interés para la designación de

Zonas Marinas Especialmente Sensibles (en adelante ZMES) en tal virtud, para

que un área en particular sea designada como ZMES, debe satisfacer con al menos

uno de los criterios ecológicos, socioeconómicos o científicos, y además que el

área sea vulnerable a las actividades marítimas internacionales, en consecuencia

con el tipo de tráfico marítimo y la naturaleza de la zona (Organización Marítimo

internacional, 2001).

1.3 REFERENTES EMPÍRICOS

1.3.1 Delimitación de la RMG

Las áreas protegidas “son espacios geográficos claramente definidos,

reconocidos y gestionados, mediante medios legales u otros tipos de medios

eficaces para conseguir la conservación a largo plazo de la naturaleza y de sus

servicios ecosistémicos y sus valores culturales asociados” (Ministerio del

Ambiente, s. f.); otra definición de área protegida es, “aquella definida

geográficamente que haya sido designada o regulada y administrada a fin de

alcanzar objetivos específicos de conservación” (Organización de las Naciones

10

Unidas, 1992). Las áreas protegidas también son espacios ubicados el mar, por lo

que de los conceptos anteriores nacen las AMP; y si consideramos la definición de

reserva marina como un “área marina que incluye la columna de agua, fondo

marino y subsuelo que contiene predominantemente sistemas naturales no

modificados que es objeto de actividades de manejo para garantizar la

protección y el mantenimiento de la diversidad biológica a largo plazo, al

mismo tiempo de proporcionar un flujo sostenible de productos naturales,

servicios y usos para beneficio de la comunidad” (Honorable Congreso Nacional,

2004, Art. 106), es pertinente afirmar que un AMP es lo mismo que una reserva

marina.

La ZMES es un área de protección y conservación del medio ambiente y

persigue el mismo objetivo que un AMP; la ZMES es un área creada con el

objetivo de brindar protección especial mediante la acción de la OMI debido a su

importancia por motivos ecológicos, socioeconómicos o científicos reconocidos y

porque puede ser vulnerable a los daños causados por las actividades marítimas

internacionales. Considerando los tres conceptos anteriormente citados, se

establece que la reserva marina, el AMP y la ZMES persiguen el mismo objetivo

de brindar protección al medio ambiente, indistintamente de los riesgos

potenciales.

La RMG actualmente se encuentra delimitada en formar gráfica pero sin

tener posiciones geográficamente establecidas, es decir no es un espacio

geográfico claramente definido, y además está establecida en base a lo dispuesto

en la LOREG, que al ser una Ley Orgánica, describe en forma general su

delimitación, por lo que es necesario se delimite con mayor acuciosidad y detalle.

11

Al ser la Dirección del Parque Nacional Galápagos (en adelante DPNG), la

institución que tiene competencia sobre las áreas naturales de Galápagos y en

cuyas zonas ejercerá jurisdicción sobre el uso, manejo y aprovechamiento de los

recursos naturales y las actividades que en dichas áreas se realicen (Asamblea

Nacional, 2015), han delimitado a la RMG según se detalla a continuación:

Figura 1 Delimitación actual de la RMG

Fuente: Línea Base de Biodiversidad Marina Galápagos Elaborado por: Eva Danulat & Graham J Edgar

En la siguiente figura, se encuentran dibujados la RMG y las líneas

de base establecidas según el Decreto Supremo N0. 959-A publicado el 28 de

junio de 1971 en el Registro Oficial 265 del 13 de julio de 1971, las que guardan

relación con lo establecido en el DMI a través de la CONVEMAR (Ministerio de

Relaciones Exteriores, Comercio e Integración, 2012).

12

Figura 2 Líneas de Base del Archipiélago de Galápagos y la RMG

Elaborado por: Diego Terán Guerrero

De la delimitación de la RMG se puede apreciar que los bordes del área

son semicircunferencias; la RMG cumple con la extensión de las 40 MN, sin

embargo la actual delimitación no es práctica para quienes navegan y necesitan

ubicarse en el mar, sobre todo cuando una embarcación se encuentre ingresando a

la RMG sin autorización ya que no existen coordenadas geográficas de la RMG

que puedan ser ubicadas en una carta náutica.

En navegación plana, las embarcaciones, sobre todos las embarcaciones

mayores consideradas aquellas mayores a 20 TRB, se posicionan a través de

coordenadas geográficas, ya sea por métodos tradicionales como las cartas

náuticas o por métodos más sofisticados como radares, sistemas de

posicionamiento global, los cuales utilizan posiciones en latitud y longitud,

además no es común trazos, derrotas, rutas, gráficos, etc., en los cuales se utilicen

semicircunferencias; las proyecciones y las cartas se las han realizado de tal forma

13

que se puedan emplear segmentos de recta, así como posiciones a través de un

sistema de coordenadas geográficas en latitud y longitud (Marina de los Estados

Unidos, 2014), con lo cual se consigue obtener un punto sobre la tierra, es decir

sobre una carta náutica de papel o digital.

1.3.2 LOREG y los Instrumentos Internacionales

La OMI establece ZMES a petición del Estado Ribereño y después de un

análisis previo (Organización Marítimo internacional, 2001) a través de una

resolución del Comité de Protección del Medio Marino (en adelante MEPC por

sus siglas en inglés), se crean los límites de una ZMES, la cual por lo general, se

encuentra delimitada por coordenadas geográficas en latitud y longitud, con la

única finalidad de facilitar sea dibujada y colocada en las cartas náuticas

empleadas para la navegación (Organización Marítimo Internacional, 2016).

Figura 3 Ejemplo de Delimitación de una ZMES

Fuente: Resolución MPEC.226 (64)

Elaborado por: Comité de Protección del Medio Marino OMI

De la figura anterior se puede observar que la delimitación de la ZMES se

ha realizado en base a coordenadas geográficas en latitud y longitud, áreas que

14

fácilmente pueden ser graficadas en las cartas náuticas y además, es fácil para las

embarcaciones poder ubicarse sobre la carta náutica con el área establecida; por

tal efecto, la RMG es imprescindible se encuentre correctamente definida, con

mayor claridad que lo establece la LOREG, y no sea tan solo un área a partir de

las líneas de base con una extensión de 40 millas náuticas, esto permitirá

garantizar en forma absoluta los recursos que el Estado Ecuatoriano tiene la

obligación de proteger, y amparado tanto con la normativa nacional como la

internacional.

1.3.3 Mapa de Demarcación

Un mapa de demarcación es un dibujo o esquema que representa una cierta

franja de un territorio sobre una determinada superficie de dos dimensiones, el

cual se desarrolla con propiedades métricas; ayudan a medir superficies y

distancias con una gran exactitud, por lo tanto, brinda datos de utilidad para el

desarrollo de distintas actividades. La disciplina pertinente para el trazado de

mapas es la cartografía; en el Ecuador la Institución que se encarga de elaborar las

cartas náuticas oficiales es la Armada del Ecuador a través del Instituto

Oceanográfico de la Armada (en adelante INOCAR).

Una carta náutica es la representación a escala de una parte de la superficie

de la Tierra, particularmente par el caso de las cartas náuticas, representan una

parte de la superficie de la Tierra sobre el mar. La importancia de las cartas

náuticas radica en que en ella se pude colocar nuestra posición geográfica en

cualquier instante; las cartas de náuticas estaban impresas en papel, pero

recientemente se han desarrollado sistemas informáticos que permiten el

almacenamiento y tratamiento de cartas náuticas con ordenadores, lo cual se

conoce como cartas electrónicas.

15

Dentro de las tares el INOCAR se encuentra el realizar, dirigir, coordinar y

controlar los levantamientos hidrográficos, fluviales, y oceanográficos para el

desarrollo, compilación y elaboración de la Carta Náutica (Instituto

Oceanográfico de la Armada, 2014), por lo que todas las cartas náuticas del

territorio ecuatoriano son elaboradas por el INOCAR, además de solicitar ante los

OI competentes siguiendo el respectivo procedimiento, su aprobación y

validación; es así que en el año 2005, una vez analizada la propuesta presentada

por el Estado Ecuatoriano, el MEPC emitió la Resolución MEPC.135(53) para la

designación del Archipiélago de Galápagos como ZMES, y se establecen los

límites adecuados en base a la cartografía pertinente.

Figura 4 Zona Marina Especialmente Sensible de Galápagos

Fuente: Resolución MEPC.135 (53)

Elaborado por: MPEC/OMI

Por lo expuesto anteriormente existen dos delimitaciones para el misma

AMP, una que se encuentra establecida a partir de la LOREG, la cual es la RMG y

16

el otra AMP es la ZMES de Galápagos, establecida a través de cartografía por el

MEPC; áreas que se observan en la siguiente figura, la RMG (línea color verde),

la ZMES de Galápagos (línea color amarillo) y las líneas de base (línea color

azul). También se puede establecer que existen diferencias notables en el extremo

norte como en el extremo este del AMP, lugares que al tener diferentes límites

podrían generar confusión al momento de monitorear, controlar, administrar y

vigilar, tareas que según la ley son potestad tanto de la Autoridad Ambiental como

de la Autoridad de Policía Marítima (Asamblea Nacional, 2015).

Figura 5 Líneas de Base, RMG y ZMES de Galápagos

Elaborado por: Diego Terán Guerrero

Estas diferencias causarían inconvenientes con embarcaciones que se

encuentren navegando por los lugares antes descritos sin autorización previa, y es

muy posible que ocurran controversias en las cuales podría verse afectado el

Estado Ecuatoriano; por lo que es necesario se delimite correctamente la RMG

17

con la finalidad de que la norma nacional tenga coherencia con la norma

internacional, y de esta forma, la Autoridad Ambiental como la Autoridad de

Policía Marítima puedan trabajar en forma coordinada.

18

2 MARCO METODOLÓGICO

2.1 METODOLOGÍA:

Para el análisis de la actual delimitación de la RMG frente al DI y a la

LOREG, se empleó la metodología cualitativa de estudio de caso propuesta por

Robert Yin, por medio de una revisión bibliográfica y a través de un análisis

descriptivo se obtendrá la información que permita analizar los límites de la RMG

y el DMI.

Como herramienta de investigación se empleó el cuestionario para la

realización de entrevistas que brinden una perspectiva más clara y cercana a la

realidad sobre dicho análisis.

Se recopiló diferentes tipos de normativa y de información cualitativa, así

como también, se describen e ilustran fenómenos, los cuales no son fácilmente

cuantificables, por lo tanto, tiene un enfoque netamente cualitativo.

2.2 MÉTODO DE ESTUDIO DE CASOS.

El estudio de caso permite encausar un fenómeno contemporáneo en el

contexto de la vida real, enfocando la realidad a través de la indagación empírica

simultáneamente con la información obtenida mediante técnicas de recolección de

datos, para luego poder triangular y obtener los resultados en forma cualitativa,

generando ideas que permitan conducir a una acción en forma inmediata; es así

que por su importancia, se utilizó el método descriptivo e inductivo, recopilando

diferentes tipos de normativa e información pertinente, así como también, se

describen e ilustran fenómenos del mundo real, obteniendo un enfoque netamente

cualitativo, obteniendo datos mediante cuestionarios, revisión documental y

análisis gráfico.

19

2.3 PREMISA.

• Una adecuada delimitación de la RMG permite garantizar a nuestro país

los derechos como Estado Ribereño, armonizando la norma nacional con

la norma internacional.

• La delimitación apropiada de la RMG nos permitirá vigilar, monitorear y

controlar entre la Autoridad de Policía Marítima y la Autoridad

Ambiental en forma conjunta, eficiente y coordinada, el ecosistema y la

seguridad de la vida humana en el mar de quienes utilizan el mar del área

marino protegida y sus alrededores.

2.4 CUADRO DE CATEGORÍAS, DIMENSIONES, INSTRUMENTOS Y

UNIDADES DE ANÁLISIS (CDIU)

Tabla 1 Tabla CDIU

CATEGORIA DIMENSIONES INSTRUMENTOS UNIDAD DE

ANÁLISIS

OCEANOPOLÍTICA

– CARTOGRAFÍA

• Definiciones de

AMP/Reserva

Marina/ZMES

• Cartas náuticas

• Análisis

bibliográfico

• Análisis gráfico

Delimitación

de la RMG

DERECHO

INTERNACIONAL -

MEDIO AMBIENTE

• Tratados

Internacionales

• Normativa Nacional

• Cuestionario

• Análisis

bibliográfico

Delimitación

de la RMG

OCEANOPOLÍTICA

– CARTOGRAFÍA

• Cartografía Náutica

• Análisis

bibliográfico

• Cuestionario

DMI y la

LOREG

DERECHO

INTERNACIONAL

MARITIMO -

CARTOGRAFIA

• Cartografía Náutica

• Resoluciones

Internacionales

• Análisis

bibliográfico

• Cuestionario

• Análisis gráfico

Mapa de

Demarcación

Elaborado por: Diego Terán Guerrero.

20

2.5 DESCRIPCIÓN DE LAS UNIDADES DE ANÁLISIS

Se han establecido tres unidades de análisis para el estudio de caso, la

Delimitación de la RMG, el Derecho Internacional Marítimo y la Ley Orgánica de

Régimen Especial para Galápagos, y la adopción de un Mapa de Demarcación.

La delimitación de la RMG es importante que se encuentre claramente

definida por motivos de control y monitoreo, al existir grandes recursos dentro de

esta área, que son controlados por distintas autoridades dentro de su ámbito de

competencia; tanto la Autoridad Ambiental como la Autoridad de Policía

Marítima tienen responsabilidades para el control y administración de la RMG de

acuerdo a lo estipulado en la LOREG.

El Derecho Internacional Marítimo y la Ley Orgánica de Régimen

Especial para Galápagos son la normativa pertinente, que permite garantizar los

derechos y obligaciones de los Estados y de sus ciudadanos respectivamente,

incluyendo los intereses y recursos, y así conseguir el buen vivir para todos.

Finalmente el Mapa de Demarcación, que es el resultado final, la

herramienta a través de la cual podemos ejercer el derecho a nuestros recursos e

intereses.

2.6 GESTIÓN DE DATOS

Mediante un análisis descriptivo de documentos bibliográficos sobre DMI,

normativa nacional, DMI, Derecho Internacional Ambiental, entre otros, se

obtuvieron datos sobre definiciones, importancia y delimitación de las AMP, así

como también describir y determinar la actual delimitación de la RMG; para

posteriormente realizar un análisis definitivo, al comparar con los datos obtenidos

de la aplicación de un cuestionario con preguntas abiertas y así alcanzar resultados

cualitativos finales.

21

El cuestionario fue aplicado a funcionarios de la DPNG, CGREG y de la

Armada del Ecuador en la provincia de Galápagos, a fin de determinar si para la

delimitación de la RMG, se consideró la cartografía náutica y el DMI, determinar

posibles problemas que ocurrirían por la actual delimitación de la RMG y

finalmente proponer una delimitación acorde con el DMI y la normativa nacional

(LOREG).

La muestra se determinó en base a los criterios de Robert Yin, por lo que

se consideró al CGREG, institución que tiene la competencia para normar la

delimitación de la RMG, conforme lo establece la LOREG; a la Armada del

Ecuador y a la DPNG, como autoridades de Policía Marítima y Autoridad

Ambiental respectivamente, instituciones que son encargadas de hacer cumplir la

normativa para el control y manejo de la RMG; y finalmente a la DPNG y

Armada del Ecuador como instituciones que se beneficiarán al tener una misma

AMP, en términos de delimitación, para poder controlar en igualdad de criterio

cuando se presenten embarcaciones no autorizadas dentro del AMP.

2.7 CRITERIOS ÉTICOS DE LA INVESTIGACIÓN

Durante la elaboración de este estudio de caso se respetó los principios y

criterios de la Investigación Científica así como también las leyes y normas

vigentes sobre propiedad intelectual, establecidos en la Constitución de la

República del Ecuador; Ley Orgánica de Educación Superior y particularmente

evitando incurrir en lo estipulado en el Reglamento de Régimen Académico en su

artículo 67 sobre fraude o deshonestidad académica.

De igual forma durante la aplicación de los cuestionarios se respetó la

integridad de los entrevistados y se obtuvo consentimiento voluntario para que

puedan aportar a este estudio de caso. Es necesario recalcar que se aplicó los

22

cuestionarios a las autoridades e instituciones competentes sobre el tema en la

provincia de Galápagos como son la DPNG, la Armada del Ecuador a través de la

Dirección Regional de los Espacios Acuáticos y Guardacostas Insular (en adelante

DIRGIN) y el CGREG.

23

3 RESULTADOS

3.1 ANTECEDENTES DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS

Las unidades de análisis establecidas son la delimitación de la RMG, que

es un área geográfica por lo tanto debe ser delimitada cartográficamente; la otra

unidad de análisis definida es el Derecho Marítimo Internacional y la LOREG,

normativa bajo la cual la RMG debe estar concebida para que el Estado pueda

garantizar los recursos existentes en ella; y finalmente la última unidad de análisis

es el mapa de demarcación que es el resultado gráfico que un AMP como la RMG

debe tener. Lo antes expuesto obedece a la Oceanopolítica de un estado para

garantizar sus recursos frente a los demás.

3.2 PRESENTACIÓN DE LOS RESULTADOS

De los cuestionarios elaborados se han obtenido los siguientes resultados:

Cuestionario 1 aplicado al Director de la DPNG, Director de Ecosistemas de la

DPNG y el Director de la Unidad Técnica San Cristóbal de la DPNG

1.- ¿Tiene usted conocimiento sobre Derecho Internacional Marítimo,

Organización Marítimo Internacional, tratados, convenios o resoluciones

afines dl Derecho del Mar y que tengan concordancia con la delimitación de

la actual Reserva Marina de Galápagos? En caso de conocer algún convenio,

tratado o resolución en particular, por favor enunciarla.

01: Luego de CONVEMAR, se profundizó el marco jurídico donde se

inserta la Reserva Marina

02: Plan de Manejo de las áreas Protegidas de Galápagos, Sistema de

Zonificación de las AP’s de Galápagos, CONVEMAR.

03: CONVEMAR

24

2.- ¿Conoce Usted cómo determinar una posición sobre el mar; qué

método se utiliza para obtener una posición específica sobre el globo

terrestre, particularmente sobre el mar?

No conozco.

01: No conozco

02: Posición geográfica, GPS

03: No

3.- ¿Conoce Usted los límites de la Reserva Marina de Galápagos,

existen posiciones establecidas y claramente definidas en su delimitación?

01: Conozco los límites de manera general, no a nivel de coordenadas,

pero si como marco referencial.

02: Si

03: Límites generales, no por coordenadas

4.- ¿Se establecieron límites definidos a la Reserva Marina de

Galápagos?, considerando que en la Ley Orgánica de Régimen Especial para

Galápagos LOREG, se establece en forma general que su extensión será de

40 millas náuticas a partir de las líneas de base.

01: Es necesario delimitar las Reserva Marina a nivel de coordenadas

02: No existen límites definidos, solo referencia 40 millas a partir de línea

base.

03: Los límites no afectan las 40 millas establecidas

5.- ¿Cuándo se elaboró el Plan de Manejo de las Áreas Protegidas de

Galápagos, se coordinó asesoramiento sobre algún tema con la Armada del

Ecuador?

25

01: Varios planes de manejo han sido trabajados con la Armada del

Ecuador

02: Con EIMAGA durante todo el proceso

03: Todos los planes de manejo son consensuados con diversos sectores

públicos y privados, incluido Armada.

6.- ¿En el Plan de Manejo de las Áreas protegidas de Galápagos, se

encuentra claramente definida la Reserva Marina de Galápagos?

01: Faltan las coordenadas exactas.

02: Si

03: El plan de manejo contempla las acciones de manejo y detalla de

forma general las coordenadas. Las coordenadas de la RMG están incluidas en el

instrumento jurídico que creó la RMG.

7.- ¿Cree que es pertinente coordinar con la Armada del Ecuador en

materia de Derecho Internacional Marítimo, con la finalidad de tener

asesoramiento y así poder trabajar en conjunto?

01: Definitivamente si

02: La coordinación debe ser permanente con la Autoridad Marítima

03: Muy necesario seguir trabajando en conjunto, el trabajo entre Armada

y DPNG es fortalecido con un control conjunto.

Cuestionario 2 aplicado al funcionarios del Departamento de Planificación y

Asesoría Jurídica del CGREG.

1.- ¿Tiene usted conocimiento sobre Derecho Internacional Marítimo,

Organización Marítimo Internacional, tratados, convenios o resoluciones

afines dl Derecho del Mar y que tengan concordancia con la delimitación de

26

la actual Reserva Marina de Galápagos? En caso de conocer algún convenio,

tratado o resolución en particular, por favor enunciarla.

01: CONVEMAR

02: No

03: Zonificación

2.- ¿Conoce Usted cómo determinar una posición sobre el mar; qué

método se utiliza para obtener una posición específica sobre el globo

terrestre, particularmente sobre el mar?

01: Con GPS

02: No

03: GPS

3.- ¿Conoce Usted los límites de la Reserva Marina de Galápagos,

existen posiciones establecidas y claramente definidas en su delimitación?

01: No existen posiciones que delimiten

02: Si conozco los límites de la Reserva Marina de Galápagos y me parece

muy bien los límites establecidos

03: Si existen límites de la Reserva Marina de Galápagos, así como

posiciones establecidas.

4.- ¿Se establecieron límites definidos a la Reserva Marina de

Galápagos?, considerando que en la Ley Orgánica de Régimen Especial para

Galápagos LOREG, se establece en forma general que su extensión será de

40 millas náuticas a partir de las líneas de base.

01: No recuerdo si esta delimitación consta en la CONVEMAR a nivel

nacional

27

02: Para conservar las especies endémicas y migratorias, pienso que se

debería extender a 80 millas.

03: Si existen límites de la Reserva Marina pero que aún no están

totalmente claros

5.- ¿Considera pertinente que se establezca los límites de la RMG en

coordenadas geográficas, y que además se las publique en alguna norma

nacional?

01: Si

02: Se la debe dar a conocer por medio de la prensa, correo electrónico y

otros.

03: Estoy de acuerdo, ya que es de interés general de la población de

Galápagos

6.- ¿Considerando que se encuentra en trámite de aprobación el

Reglamento a la LOREG, cree usted que es pertinente establecer los límites

de la RMG en esta norma legal?

01: Si

02: Debería ser a 80 millas.

03: Es necesario que esté establecido y conste en cada ley y reglamento.

7.- ¿Tiene usted conocimiento sobre la Zona Marina Especialmente

Sensible de Galápagos, considera que es lo mismo que la Reserva Marina de

Galápagos?

01: No

02: Galápagos es un sistema frágil y en varias zonas se requiere un trato

específico, por su especie de aves y peces

28

03: La Zona Marina y la Reserva Marina son dos temas diferentes aunque

lo uno hace parte de lo otro.

Cuestionario 3 aplicado al Jefe del Centro de Monitoreo y Operaciones Marinas

de la Dirección de Ecosistemas de la DPNG, la Asesora Jurídica de la Dirección

Regional de los Espacios Acuáticos Insular de la Armada, y el Responsable del

Proceso de Control de Usos de la DPNG

1.- ¿Tiene usted conocimiento de la existencia de la Zona Marina

Especialmente Sensible de Galápagos?

01: Si

02: Si

03: Si

2.- ¿Cree usted que la ZMES tiene la misma delimitación con la

Reserva Marina de Galápagos?

01: Si

02: No

03: No, es probable que la ZMES tenga un área menor a la RMG

3.- ¿Cree usted que podrían ocurrir controversias con embarcaciones

(nacionales o internacionales) que naveguen sin autorización de ingreso a la

RMG, pero que a la vez se encuentren navegando fuera de la ZMES, o

viceversa, considerando que la Autoridad Ambiental controla la RMG y la

Autoridad de Policía Marítima controla también la ZMES? (caso particular,

al norte o al este de la RMG)

01: Si porque justo existe el desconocimiento de los usuarios respecto de

cuáles son los limites ZMES.

02: No

29

03: Claro que pueden existir controversias ya que las zonas este, oeste y

norte existen diferencia en la delimitación de ambas zonas.

4.- ¿Cree que es conveniente que la RMG tenga la misma delimitación

que la ZMES?, con el único objetivo de poder trabajar en conjunto y en

forma coordinada entre la Autoridad Ambiental y la Autoridad de Policía

Marítima.

01: Si es conveniente

02: Si

03: Totalmente de acuerdo, así se unifican las delimitaciones, los esfuerzos

de control y se establece un solo criterio jurídico para el caso de infracciones.

30

4 DISCUSIÓN

4.1 CONTRASTACIÓN EMPÍRICA

Los resultados obtenidos de los cuestionarios realizados se reflejan en la

siguiente tabla:

Tabla 2 Resultados Obtenidos

INSTRUMENTO POBLACIÓN RESULTADO

Cuestionario 1

DPNG

(Directores)

• Conocimiento deficiente sobre DMI

• Conocimiento deficiente sobre

cartografía náutica

• La RMG no tiene adecuada delimitación

Cuestionario 2

CGREG

(Departamento

de Planificación

y Asesoría

Jurídica)

• Conocimiento deficiente sobre DMI

• Conocimiento ligero sobre

posicionamiento en el mar

• Necesidad de realizar la delimitación de

la RMG en coordenadas geográficas y

normar en la ley nacional

Cuestionario 3

DPNG y

Armada

(Departamento

de Operaciones

y Asesoría

Jurídica)

• Existe posibilidad de controversias por

posicionamiento erróneo considerando

la actual RMG y la ZMES.

• Es pertinente delimitar la RMG

conforme a la ZMES.

• Necesario trabajar en conjunto entre

Autoridades para control de una misma

AMP.

Elaborado por: Diego Terán Guerrero

31

Del análisis de los resultados obtenidos se puede observar que existe un

deficiente conocimiento sobre DMI; además que es necesario delimitar en forma

cartográfica a la RMG, considerando que la delimitación establecida en la

LOREG se encuentra en forma general y poco detallada. Durante en análisis

bibliográfico se pudo determinar que la OMI a través del MPEC, en sus

resoluciones sobre designación de AMP, específicamente de ZMES, las delimita

en coordenadas geográficas en base a cartografía náutica y no realiza trazos

circulares (Organización Marítimo Internacional, 2016) .

Además, del análisis bibliográfico se determinó que la ZMES de

Galápagos es un AMP y que persigue el mismo objetivo que la RMG, por lo que

es pertinente que los límites establecidos para la ZMES sean los mismos para la

RMG, ya que la extensión de las dos AMP son iguales, tal como se demuestra en

el análisis gráfico realizado.

Al establecer que la RMG y la ZMES de Galápagos son lo mismo,

considerando su extensión y el objetivo por el cual fueron creadas y una vez

establecida que las dos AMP deben tener la misma delimitación con iguales

coordenadas geográficas, se consigue armonizar la normativa nacional con la

normativa internacional; por lo que, la Autoridad Ambiental y la Autoridad de

Policía Marítima tendrían igual criterio para el control y manejo del AMP (tanto

RMG como ZMES de Galápagos) y así trabajar en conjunto y de manera

coordinada en beneficio del Estado con la finalidad de garantizar sus recursos e

intereses.

4.2 LIMITACIONES

Las limitaciones observadas durante la realización de este estudio de caso,

particularmente en la fase de campo se manifestaron al aplicar el cuestionario a

32

los funcionarios de las Instituciones competentes en el tema de delimitación de la

RMG, se percibió cierto rechazo al cuestionario una vez que se percataron que las

preguntas tenían como objetivo determinar que existe desconocimiento sobre

DIM y además que la RMG no se encuentra debidamente delimitada conforme a

la cartografía náutica, por lo que podría existir dificultad en que la propuesta sea

acogida y publicada en la norma respectiva.

4.3 LÍNEAS DE INVESTIGACIÓN

Los conflictos internacionales, en sus diferentes manifestaciones, nacen

del quehacer político de las naciones, por lo tanto al tomar como líneas de

investigación a la Oceanopolítica mediante uno de sus instrumento como es la

cartografía náutica y considerando el Derecho Internacional Marítimo y

Ambiental, se determina que está completamente relacionado con las Relaciones

Internacionales y la Diplomacia.

4.4 ASPECTOS NOVEDOSOS DEL ESTUDIO DE CASO

Luego de haber realizado la triangulación utilizando múltiples fuentes de

información para clarificar los resultados de la investigación y verificar que lo que

los entrevistados dicen sea real, y considerando que la propuesta es factible, al

determinar que la ZMES de Galápagos ya se encuentra delimitada en forma

adecuada mediante coordenadas geográficas tomadas en latitud y longitud, se

puede afirmar que la RMG puede ser delimitada con forme la ZMES de

Galápagos.

33

5 PROPUESTA

En base a lo analizado cualitativamente respecto al problema de

investigación, y una vez determinado que la RMG no se encuentra delimitada en

forma detallada ni tampoco en base a la cartografía náutica; que además un AMP

puede ser una Reserva Marina como una ZMES, y al comprobar que Galápagos es

una ZMES con igual extensión que la RMG; se propone que los límites de la

ZMES de Galápagos sean considerados como límites de la RMG, con lo cual la

norma nacional, en este caso la LOREG, sería consecuente con la norma

internacional.

El mapa de demarcación propuesto, ver Anexo B, considerando los límites

de la ZMES de Galápagos, designación realizada por MEPC de la OMI, podría ser

dirigido al CGREG con la finalidad de que sea publicado mediante la norma

pertinente y así de esta forma, la Autoridad Ambiental tendría el mismo área de

responsabilidad para su manejo y administración que la Autoridad de Policía

Marítima para su control y monitoreo.

34

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

Conclusiones

El insuficiente conocimiento sobre DMI y cartografía náutica de la

Autoridad Ambiental, ocasionó que la RMG sea delimitada en forma general y sin

coordenadas geográficas.

El fin por el cual fueron creadas la RMG y la ZMES de Galápagos,

permite establecer que ambas son conceptualizadas como AMP y así establecer

que son lo mismo.

La designación del MPEC de la OMI como ZMES a Galápagos, facilita

tomar como base para establecer límites idóneos en coordenadas geográficas a la

RMG, considerando que la ZMES tiene la misma extensión que la RMG.

El establecer iguales límites (en coordenadas geográficas) a la RMG y la

ZMES de Galápagos, permite que la Autoridad Ambiental como la Autoridad de

Policía Marítima tenga unidad de criterio ante el cometimiento de una infracción a

la ley.

Recomendaciones

Establecer que la RMG es un AMP que tiene las mismas características

que la ZMES de Galápagos, por lo tanto son lo mismo.

Delimitar a la RMG con los mismos límites en coordenadas geográficas

que la ZMES de Galápagos.

Presentar ante el CGREG la propuesta de delimitación de la RMG

considerando las mismas coordenadas geográficas que la ZMES de Galápagos,

con la finalidad de que sea establecida y publicada en la norma pertinente.

35

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39

ANEXOS

ANEXO A. ÁRBOL DE PROBLEMAS

Diferencia de criterios entre la Autoridad de

Policía Marítima y Autoridad Ambiental para

el control y monitoreo de la RMG

Delimitación inexacta y poco detallada de la RMG

Desconocimiento de

tratados, convenios y

resoluciones internacionales

existentes en DMI

Desconocimiento de

navegación plana, sistemas

de posicionamiento y

cartografía náutica

Controversias

Embarcaciones

nacionales y/o

internacionales

afectadas

Estado Ribereño

afectado

Cooperación interinstitucional y

trabajo en conjunto deficiente para el

control y manejo de la RMG

40

ANEXO B. PROPUESTA DE DELIMITACIÓN DE LA RMG

CONSIDERANDO LA ZMES DE GALÁPAGOS

COORDENADAS GEOGRÁFICAS:

1) 02° 30',02 N, 092° 21',27 W 2) 02° 14',20 N, 091° 40',02 W

3) 01° 14',15 N, 090° 25',75 W 4) 00° 53',24 N, 089° 30',03 W

5) 00° 35',38 S, 088° 38',59 W 6) 00° 52',00 S, 088° 33',59 W

7) 01° 59',01 S, 089° 12',87 W 8) 02° 05',01 S, 089° 33',70 W

9) 02° 01',43 S, 090° 34',53 W 10) 01° 32',28 S, 091° 51',89 W

11) 01° 13',08 S, 092° 07',08 W 12) 01° 48',88 N, 092° 40',36

1

2

3

4

5

6

7

8 9

10

11

12

41

ANEXO C. CUESTIONARIO 1

UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL

INSTITUTO DE CIENCIAS INTERNACIONALES

“DR. ANTONIO PARRA VELASCO”

El objetivo del presente cuestionario es poder recopilar información sobre la

delimitación actual de la Reserva Marina de Galápagos y determinar si se

encuentra correctamente delimitada con respecto al Derecho internacional

Marítimo, con el único fin de poder elaborar un trabajo académico. Se pide que

las preguntas sean contestadas con claridad en el espacio pertinente para tal

efecto, y se emitan respuestas concretas que permitan obtener resultados para el

trabajo de investigación.

1.- ¿Tiene usted conocimiento sobre Derecho Internacional Marítimo,

Organización Marítimo Internacional, tratados, convenios o resoluciones afines dl

Derecho del Mar y que tengan concordancia con la delimitación de la actual

Reserva Marina de Galápagos? En caso de conocer algún convenio, tratado o

resolución en particular, por favor enunciarla.

2.- ¿Conoce Usted cómo determinar una posición sobre el mar; qué método se

utiliza para obtener una posición específica sobre el globo terrestre,

particularmente sobre el mar?

3.- ¿Conoce Usted los límites de la Reserva Marina de Galápagos, existen

posiciones establecidas y claramente definidas en su delimitación?

42

4.- ¿Se establecieron límites definidos a la Reserva Marina de Galápagos?,

considerando que en la Ley Orgánica de Régimen Especial para Galápagos

LOREG, se establece en forma general que su extensión será de 40 millas náuticas

a partir de las líneas de base.

5.- ¿Cuándo se elaboró el Plan de Manejo de las Áreas Protegidas de Galápagos,

se coordinó asesoramiento sobre algún tema con la Armada del Ecuador?

6.- ¿En el Plan de Manejo de las Áreas Protegidas de Galápagos, se encuentra

claramente definida la Reserva Marina de Galápagos?

7.- ¿Cree que es pertinente coordinar con la Armada del Ecuador en materia de

Derecho Internacional Marítimo, con la finalidad de tener asesoramiento y así

poder trabajar en conjunto?

43

ANEXO D. CUESTIONARIO 2

UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL

INSTITUTO DE CIENCIAS INTERNACIONALES

“DR. ANTONIO PARRA VELASCO”

El objetivo del presente cuestionario es poder recopilar información sobre la

delimitación actual de la Reserva Marina de Galápagos y determinar si se

encuentra correctamente delimitada con respecto al Derecho internacional

Marítimo, con el único fin de poder elaborar un trabajo académico. Se pide que

las preguntas sean contestadas con claridad en el espacio pertinente para tal

efecto, y se emitan respuestas concretas que permitan obtener resultados para el

trabajo de investigación.

1.- ¿Tiene usted conocimiento sobre Derecho Internacional Marítimo,

Organización Marítimo Internacional, tratados, convenios o resoluciones afines dl

Derecho del Mar y que tengan concordancia con la delimitación de la actual

Reserva Marina de Galápagos? En caso de conocer algún convenio, tratado o

resolución en particular, por favor enunciarla.

2.- ¿Conoce Usted cómo determinar una posición sobre el mar; qué método se

utiliza para obtener una posición específica sobre el globo terrestre,

particularmente sobre el mar?

3.- ¿Conoce Usted los límites de la Reserva Marina de Galápagos, existen

posiciones establecidas y claramente definidas en su delimitación?

44

4.- ¿Se establecieron límites definidos a la Reserva Marina de Galápagos?,

considerando que en la Ley Orgánica de Régimen Especial para Galápagos

LOREG, se establece en forma general que su extensión será de 40 millas náuticas

a partir de las líneas de base.

5.- ¿Considera pertinente que se establezca los límites de la RMG en coordenadas

geográficas, y que además se las publique en alguna norma nacional?

6.- Considerando que se encuentra en trámite de aprobación el Reglamento a la

LOREG, ¿cree usted que es pertinente establecer los límites de la RMG en esta

norma legal?

7.- ¿Tiene usted conocimiento sobre la Zona Marina Especialmente Sensible de

Galápagos, considera que es lo mismo que la Reserva Marina de Galápagos?

45

ANEXO E. CUESTIONARIO 3

UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL

INSTITUTO DE CIENCIAS INTERNACIONALES

“DR. ANTONIO PARRA VELASCO

El objetivo del presente cuestionario es poder recopilar información sobre la

delimitación actual de la Reserva Marina de Galápagos y determinar si se

encuentra correctamente delimitada con respecto al Derecho internacional

Marítimo, con el único fin de poder elaborar un trabajo académico. Se pide que

las preguntas sean contestadas con claridad en el espacio pertinente para tal

efecto, y se emitan respuestas concretas que permitan obtener resultados para el

trabajo de investigación.

1.- ¿Tiene usted conocimiento de la existencia de la Zona Marina Especialmente

Sensible de Galápagos?

2.- ¿Cree usted que la ZMES tiene la misma delimitación con la Reserva Marina

de Galápagos?

3.- ¿Cree usted que podrían ocurrir controversias con embarcaciones (nacionales o

internacionales) que naveguen sin autorización de ingreso a la RMG, pero que a la

vez se encuentren navegando fuera de la ZMES, o viceversa, considerando que la

Autoridad Ambiental controla la RMG y la Autoridad de Policía Marítima

controla también la ZMES? (caso particular, al norte o al este de la RMG)

4.- ¿Cree que es conveniente que la RMG tenga la misma delimitación que la

ZMES?, con el único objetivo de poder trabajar en conjunto y en forma

coordinada entre la Autoridad Ambiental y la Autoridad de Policía Marítima.